Suscripción del contrato y vigencia del contrato:
Se suscribirá un contrato por un periodo que va desde el 01 de enero de 2023 hasta el 31 de diciembre de 2023, denominado “Servicio de seguridad de las dependencias del Ilustre Tercer Tribunal Ambiental”.
El contrato entrará en vigencia a partir de la fecha de su suscripción y tendrá una duración equivalente al plazo de ejecución exigido en las bases técnicas.
Sin perjuicio de lo anterior, las partes podrán renovar directamente el contrato, hasta el 31 de diciembre de 2024, previa evaluación favorable de los servicios contratados y siempre que exista disponibilidad presupuestaria en conformidad a la correspondiente Ley Anual de Presupuestos. En el caso de ser renovado, el precio total del contrato se reajustará de acuerdo a la variación que experimente el Índice de Precio al Consumidor entre el mes de enero de 2023, y el mes de noviembre de 2023. En este evento, el proveedor incrementará las remuneraciones del personal destinado a atender el servicio licitado, en un monto equivalente al porcentaje de reajuste que determine la Ley de Reajuste de remuneraciones del sector público del año 2024.
La firma del contrato será el día estimado previsto según calendario de licitación, y se realizará en las oficinas del Tercer Tribunal Ambiental, ubicadas en calle General Lagos N° 837, de la ciudad de Valdivia.
El oferente adjudicado deberá presentar, entre la notificación de la Resolución de adjudicación y antes del día previsto para la firma del contrato, los siguientes antecedentes actualizados:
a) Fotocopia de la escritura pública o documento legal, en que conste la personería jurídica del o de los representantes legales del adjudicatario, si procediera.
b) Fotocopia del RUT del oferente (persona natural o jurídica) y de su representante legal.
c) Acreditar relación contractual con personal destinado a la prestación del servicio.
d) Copia simple de la inscripción de la sociedad en el Registro de Comercio del Conservador de Bienes Raíces, con anotaciones marginales completas emitidas por el Conservador de Bienes Raíces respectivo y sus modificaciones, cuando existieran.
e) Copia simple del certificado de vigencia de la Sociedad en la cual conste la inscripción (fojas, N° y año), con una antigüedad no superior a 60 días hábiles contados desde la publicación de la Resolución que dispone la contratación en el portal www.mercadopublico.cl. El adjudicatario extranjero deberá presentar los antecedentes antes señalados debidamente legalizados y en idioma español.
f) Certificado de deuda de la persona emitido por Tesorería General de la República y Boletín Laboral y Previsional de la Dirección del Trabajo.
g) Declaración Jurada al tenor de lo señalado en Anexo N° 5.
h) En el evento que el oferente adjudicado declare que registra saldos insolutos de remuneraciones o cotizaciones de seguridad social con sus actuales trabajadores o con trabajadores contratados en los últimos dos años, deberá adjuntar todos los antecedentes que permitan determinar el monto de la deuda, es decir, los comprobantes de remuneraciones, libro auxiliar de remuneraciones y planillas de cotizaciones previsionales respectivas y una declaración jurada en que señale que los antecedentes entregados comprenden a todos sus trabajadores actuales o contratados en los últimos dos años.
i) La Garantía de fiel cumplimiento de contrato, exigida al día de firma del contrato.
Los antecedentes establecidos en las letras a), b), c) y d) precedente no serán exigidos a los participantes cuya documentación publicada en el registro de Chileproveedores sea la correspondiente y suficiente para satisfacer la documentación exigida para la suscripción del contrato respectivo.
Dichos documentos deberán ser enviados en formato digital al correo electrónico rodrigo.paredes@3ta.cl, y presentados en papel el día de firma del contrato. El Tribunal podrá requerir en original alguno de los documentos señalados, o bien, complementar o aclarar la información contenida en ellos.
Si el adjudicatario no proporciona los antecedentes antes indicados, no presenta la garantía de fiel cumplimiento del contrato, o no firma el contrato, por causas que le sean imputables, dentro del plazo indicado, el Tercer Tribunal Ambiental podrá dejar sin efecto la adjudicación realizada, y adjudicar la licitación al siguiente proponente mejor calificado o bien declarar desierta la licitación, de acuerdo a sus intereses y sin derecho a indemnización alguna.