Pacto de integridad |
El oferente declara que, por el sólo hecho de participar en la presente licitación, acepta expresamente el presente pacto de integridad, obligándose a cumplir con todas y cada una de las estipulaciones que contenidas el mismo, sin perjuicio de las que se señalen en el resto de las bases de licitación y demás documentos integrantes. Especialmente, el oferente acepta el suministrar toda la información y documentación que sea considerada necesaria y exigida de acuerdo a las presentes bases de licitación, asumiendo expresamente los siguientes compromisos:
1.- El oferente se compromete a respetar los derechos fundamentales de sus trabajadores, entendiéndose por éstos los consagrados en la Constitución Política de la República en su artículo 19, números 1º, 4º, 5º, 6º, 12º, y 16º, en conformidad al artículo 485 del código del trabajo. Asimismo, el oferente se compromete a respetar los derechos humanos, lo que significa que debe evitar dar lugar o contribuir a efectos adversos en los derechos humanos mediante sus actividades, productos o servicios, y subsanar esos efectos cuando se produzcan, de acuerdo a los Principios Rectores de Derechos Humanos y Empresas de Naciones Unidas.
2.-El oferente se obliga a no ofrecer ni conceder, ni intentar ofrecer o conceder, sobornos, regalos, premios, dádivas o pagos, cualquiera fuese su tipo, naturaleza y/o monto, a ningún funcionario público en relación con su oferta, con el proceso de licitación pública, ni con la ejecución de él o los contratos que eventualmente se deriven de la misma, ni tampoco a ofrecerlas o concederlas a terceras personas que pudiesen influir directa o indirectamente en el proceso licitatorio, en su toma de decisiones o en la posterior adjudicación y ejecución del o los contratos que de ello se deriven.
3.- El oferente se obliga a no intentar ni efectuar acuerdos o realizar negociaciones, actos o conductas que tengan por objeto influir o afectar de cualquier forma la libre competencia, cualquiera fuese la conducta o acto específico, y especialmente, aquellos acuerdos, negociaciones, actos o conductas de tipo o naturaleza colusiva, en cualquier de sus tipos o formas.
4.- El oferente se obliga a revisar y verificar toda la información y documentación, que deba presentar para efectos del presente proceso licitatorio, tomando todas las medidas que sean necesarias para asegurar la veracidad, integridad, legalidad, consistencia, precisión y vigencia de la misma.
5.- El oferente se obliga a ajustar su actuar y cumplir con los principios de legalidad, ética, moral, buenas costumbres y transparencia en el presente proceso licitatorio.
6.- El oferente manifiesta, garantiza y acepta que conoce y respetará las reglas y condiciones establecidas en las bases de licitación, sus documentos integrantes y él o los contratos que de ellos se derivase.
7.- El oferente se obliga y acepta asumir, las consecuencias y sanciones previstas en estas bases de licitación, así como en la legislación y normativa que sean aplicables a la misma.
8.- El oferente reconoce y declara que la oferta presentada en el proceso licitatorio es una propuesta seria, con información fidedigna y en términos técnicos y económicos ajustados a la realidad, que aseguren la posibilidad de cumplir con la misma en las condiciones y oportunidad ofertadas.
9.- El oferente se obliga a tomar todas las medidas que fuesen necesarias para que las obligaciones anteriormente señaladas sean asumidas y cabalmente cumplidas por sus empleados y/o dependientes y/o asesores y/o agentes y en general, todas las personas con que éste o éstos se relacionen directa o indirectamente en virtud o como efecto de la presente licitación, incluidos sus subcontratistas, haciéndose plenamente responsable de las consecuencias de su infracción, sin perjuicio de las responsabilidades individuales que también procediesen y/o fuesen determinadas por los organismos correspondientes.
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Propiedad de la información |
Las ofertas técnicas presentadas por los oferentes y los documentos asociados NO serán de
propiedad del órgano comprador. Sólo serán de propiedad del órgano comprador la oferta
técnica que haya sido adjudicada, así como todos los informes y reportes entregados bajo este
contrato.
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Confidencialidad |
El Adjudicatario no podrá utilizar para ninguna finalidad ajena a la ejecución de la relación
contractual, la documentación, los antecedentes y, en general, cualquier información, que haya
conocido o a la que haya accedido, en virtud de cualquier actividad relacionada con aquélla.
El Adjudicatario, así como su personal dependiente que se haya vinculado a la ejecución de la
relación contractual, en cualquiera de sus etapas, deben guardar confidencialidad sobre los
antecedentes relacionados con el desarrollo de aquélla.
El Adjudicatario debe adoptar medidas para el resguardo de la confidencialidad de la
información, reservándose el órgano comprador el derecho de ejercer las acciones legales que
correspondan, de acuerdo a las normas legales vigentes, en caso de divulgación no autorizada,
por cualquier medio, de la totalidad o parte de la información referida.
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Resolución de Empates |
En caso de producirse un empate en el resultado final de la evaluación, el Tercer Tribunal
Ambiental resolverá adjudicar la licitación recurriendo al siguiente criterio de desempate:
1) Mayor experiencia del oferente en producción de eventos, adjudicando a quien obtenga el
puntaje mayor en el criterio de “Experiencia del oferente en Producción de eventos”.
En el evento en que debiendo aplicarse el criterio de desempate antes indicado, se perpetúe el
empate, se recurrirá al siguiente criterio de desempate:
2) Mayor experiencia Experiencia del oferente en realización de videos institucionales,
adjudicando a quien obtenga el puntaje mayor en el criterio de “Experiencia del oferente en
realización de videos institucionales”.
En el evento en que debiendo aplicarse el criterio de desempate antes indicado, se perpetúe el
empate, se recurrirá al siguiente criterio de desempate:
3) Precio más conveniente, adjudicando a quien obtenga el puntaje mayor en el criterio
“Precio”
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Mecanismo para solución de consultas respecto a la adjudicación |
Los oferentes podrán hacer consultas sobre la adjudicación a la entidad licitante, dentro del
plazo fatal de 1 días Hábiles, contados desde la publicación de la resolución de adjudicación en
el sistema www.mercadopublico.cl, a través de la siguiente casilla electrónica
rodrigo.paredes@3ta.cl
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Presentación de antecedentes omitidos por los oferentes |
La Comisión Evaluadora a través de la Jefa de Administración y Presupuesto del Tribunal podrá
solicitar a los oferentes, por escrito y través del Portal, que salven errores u omisiones formales,
detectados durante el período de evaluación, siempre y cuando las rectificaciones de dichos
vicios u omisiones no les confieran a los oferentes una situación de privilegio respecto de los
demás competidores, esto es, en tanto no se afecten los principios de estricta sujeción a las bases
y de igualdad de los oferentes, y se informe de dicha solicitud al resto de los oferentes a través
del Portal. Estas aclaraciones formarán parte de la oferta del proponente.
Si la Comisión Evaluadora estima necesario hacer uso de su facultad de solicitar un determinado
antecedente, debe realizarlo para todos aquellos oferentes que se encuentren en la misma
situación.
Asimismo, la Comisión Evaluadora podrá permitir la presentación de certificaciones o
antecedentes que los oferentes hayan omitido presentar al momento de efectuar la oferta,
siempre que dichas certificaciones o antecedentes se hayan producido u obtenido con
anterioridad al vencimiento del plazo para presentar ofertas o se refieran a situaciones no
mutables entre el vencimiento del plazo para presentar ofertas y el período de evaluación.
Mediante la aclaración no podrán modificarse aspectos sustanciales de la propuesta, de tal
forma que la oferta no podrá, mediante las aclaraciones, transformarse en otra diferente, ni
constituir una nueva oferta.
Para estos efectos se otorgará un plazo de 24 horas contadas desde el requerimiento, informado
a través del Portal, para que el o los oferentes subsanen el error o la omisión de las formalidades
exigidas. Si el o los oferentes no dan respuesta en el plazo establecido y del modo indicado, la
incidencia que ello tenga en la evaluación de la propuesta será de exclusiva responsabilidad del
proponente.
En el caso que la solicitud corresponda a archivos o documentos, y siempre que no exista la
factibilidad técnica en el Portal, hecho que debe ser demostrado, estos documentos deberán ser
ingresados en la Oficina de recepción del Tercer Tribunal Ambiental, ubicada en calle General
Lagos N°837 de la ciudad de Valdivia.
La Comisión Evaluadora tendrá facultades para aceptar propuestas que presenten defectos
menores de forma, que constate en el proceso de evaluación, siempre que ello no implique o
confiera una situación de privilegio respecto de los demás competidores.
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Estándares de probidad |
Los adjudicados que presten los servicios deberán observar, durante toda la época de ejecución
de la relación contractual, el más alto estándar ético exigible a los funcionarios públicos. Los
estándares de probidad exigibles a el personal de apoyo, por lo tanto, deben entenderse
equiparados a aquellos exigidos a los funcionarios de la Administración Pública, en
conformidad con el título III de la ley N° 18.575, Orgánica Constitucional de Bases Generales de
la Administración del Estado.
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