En caso de empate, el mecanismo para solucionarlo consistirá en adjudicar al proveedor que obtenga mayor puntaje, en el criterio de evaluación con mayor ponderación.
Si la situación de empate persiste, se deberá considerar el criterio de evaluación que le siga según su ponderación.
De persistir en un empate, se recurrirá a lo establecido en el Artículo 38, inciso 5 del Reglamento Ley N° 19.886 de Bases sobre Contratos Administrativos de Suministro y Prestación de Servicio.