Licitación ID: 792899-2-LE23
Servicio de aseo DR Atacama
Responsable de esta licitación: SUPERINTENDENCIA DE EDUCACION ESCOLAR, SUPEREDUC DIRECCION REGIONAL III
Reclamos recibidos por incumplir plazo de pago: 1
Este número indica los reclamos recibidos por esta institución desde los últimos 12 meses hasta el día de ayer. Recuerde interpretar esta información considerando la cantidad de licitaciones y órdenes de compra que esta institución genera en el Mercado Público.
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Productos o servicios
1
Servicios de limpieza de edificios 1 Unidad
Cod: 76111501
Servicio de Aseo, Desinfección, Desinsectación, Desratización y Sanitización de las dependencias y vehículos institucionales de la Dirección Regional de Atacama de la Superintendencia de Educación, para el período 2023-2025. Según bases anexas  

1. Características de la licitación
Nombre de la licitación:
Servicio de aseo DR Atacama
Estado:
Adjudicada
Descripción:
Servicio de Aseo, Desinfección, Desinsectación, Desratización y Sanitización de las dependencias ubicadas en calle Chacabuco N° 681 piso 9 comuna de Copiapó, Región de Atacama; y de los 03 vehículos institucionales que posee en la región para el ejercicio de sus funciones
Tipo de licitación:
Pública-Licitación Pública igual o superior a 100 UTM e inferior a 1.000 UTM (LE)
Tipo de convocatoria:
ABIERTO
Moneda:
Peso Chileno
Etapas del proceso de apertura:
Una Etapa
Contrato
Se requerirá suscripción de contrato
Toma de razón por Contraloría:
No requiere Toma de Razón por Contraloría
Publicidad de ofertas técnicas:
Las ofertas técnicas serán de público conocimiento una vez realizada la apertura técnica de las ofertas.
2. Organismo demandante
Razón social:
SUPERINTENDENCIA DE EDUCACION ESCOLAR
Unidad de compra:
SUPEREDUC DIRECCION REGIONAL III
R.U.T.:
61.980.220-9
Dirección:
Chacabuco N°681, piso 9
Comuna:
Copiapó
Región en que se genera la licitación:
Región de Atacama
3. Etapas y plazos
Fecha de cierre de recepción de la oferta: 14-07-2023 15:00:00
Fecha de Publicación: 30-06-2023 21:00:25
Fecha inicio de preguntas: 30-06-2023 22:01:00
Fecha final de preguntas: 10-07-2023 23:59:00
Fecha de publicación de respuestas: 12-07-2023 20:00:00
Fecha de acto de apertura técnica: 14-07-2023 15:01:00
Fecha de acto de apertura económica (referencial): 14-07-2023 15:01:00
Fecha de Adjudicación: 20-07-2023 16:12:21
Fecha de entrega en soporte fisico No hay información
Fecha estimada de firma de contrato No hay información
Tiempo estimado de evaluación de ofertas No hay información
Vista a terreno obligatoria 06-07-2023 15:30:00
4. Antecedentes para incluir en la oferta
Adicionalmente, todos los proveedores para ofertar en esta licitación, deberán obligatoriamente confirmar y firmar electrónicamente la Declaración Jurada de Requisitos para Ofertar.
Documentos Administrativos
1.- Los oferentes deberán presentar, a través del portal www.mercadopublico.cl, dentro del plazo de recepción de ofertas, los siguientes antecedentes administrativos: • Anexo N°1: Identificación del Oferente. El anexo tiene sólo carácter informativo para la Superintendencia. En caso de una unión temporal de proveedores, se requiere individualizar todas las personas naturales o jurídicas que lo integren y deberán adjuntar además el documento indicado en el numeral 6.2 precedente. • Anexo Nº2: Formato de declaración jurada de no haber sido condenado por prácticas antisindicales, infracción a los derechos fundamentales de los trabajadores o delitos concursales establecidos en los artículos 463 y siguientes del Código Penal, de acuerdo con lo señalado en el numeral 6.1 precedente. En el caso de las uniones temporales de proveedores del numeral 6.2 precedente, cada uno de sus miembros deberá presentar este anexo. • Anexo N°3: Formato de Declaración Jurada de Inhabilidades, de acuerdo con la calidad jurídica del oferente. En caso de que éste no sea presentado al momento de ofertar, deberá ser presentado obligatoriamente en la oportunidad señalada en el numeral 18.1 “Requisitos para contratar” de las presentes bases administrativas. • En caso de oferentes persona jurídica: Documento que acredite la personería de su(s) representante(s) legal(es). Los oferentes que se encuentren inscritos en el Registro Electrónico de Proveedores de Mercado Público, no deberán acompañar estos documentos si ellos u otros similares se encuentran disponibles. (*) Idealmente acompañar los anexos según formato de las presentes bases y debidamente firmado por el representante legal
Documentos Técnicos
1.- Para efectos de evaluación técnica de las propuestas, el oferente deberá ingresar como Anexos Técnicos del portal www.mercadopublico.cl, al momento de presentar su oferta, un archivo o varios que contengan lo siguiente: a) Anexo N°5: Experiencia del Oferente. b) Anexo N°6: Remuneración Imponible Ofertada por Sobre el Ingreso Mínimo Mensual. c) Anexo N°7: Condición de Inclusión d) Anexo N°8: Mejores Condiciones Laborales (*) Idealmente acompañar los anexos según formato de las presentes bases y debidamente firmado por el representante legal.
 
Documentos Económicos
1.- El precio que ingresen los oferentes como Oferta Económica en el portal www.mercadopublico.cl es solo de carácter referencial. Para efectos de evaluación y determinación del valor efectivo del servicio, se considerará el valor ofertado en el Anexo N°4 de las presentes bases, expresado en pesos chilenos y en valor total (impuestos incluidos) por los 24 meses. Adicionalmente se requiere que el oferente adjunte el Anexo 4 A “Cotización Servicios Referencial” en caso de requerir servicios adicionales o modificación del contrato. Los oferentes deberán considerar en su oferta económica todos los gastos, incluidos los de personal, servicios, equipos, permisos, derechos, otros impuestos y en general, todo en cuanto implique un gasto para el cumplimiento del contrato, sea este directo, indirecto o a causa de él. Los precios ofertados serán invariables y fijos hasta el total cumplimiento del contrato; no se aceptarán cláusulas relacionadas con futuros reajustes, variaciones, reconsideraciones o alza del precio cotizado a la propuesta o durante su cumplimiento. En caso que los proponentes no presenten su propuesta económica o no ingrese el Anexo N°4 A “cotización de servicios referencial”, omitan información o ésta sea parcial en términos que la hagan ininteligible, no serán evaluados y la oferta será declarada inadmisible. (*) Idealmente acompañar los anexos según formato de las presentes bases, para una mejor revisión, y debidamente firmado por el representante legal.
5. Requisitos para contratar al proveedor adjudicado
Persona natural
Encontrarse hábil en el Registro de Proveedores, registro que verificará NO haber incurrido en las siguientes causales de inhabilidad:

1 .- Haber sido condenado por cualquiera de los delitos de cohecho contemplados en el título V del Libro Segundo del Código Penal.
 
2 .- Registrar una o más deudas tributarias por un monto total superior a 500 UTM por más de un año, o superior a 200 UTM e inferior a 500 UTM por un período superior a 2 años, sin que exista un convenio de pago vigente. En caso de encontrarse pendiente juicio sobre la efectividad de la deuda, esta inhabilidad regirá una vez que se encuentre firme o ejecutoriada la respectiva resolución.
 
3 .- Registrar deudas previsionales o de salud por más de 12 meses por sus trabajadores dependientes, lo que se acreditará mediante certificado de la autoridad competente.
 
4 .- La presentación al Registro Nacional de Proveedores de uno o más documentos falsos, declarado así por sentencia judicial ejecutoriada.
 
5 .- Haber sido declarado en quiebra por resolución judicial ejecutoriada.
 
6 .- Haber sido eliminado o encontrarse suspendido del Registro Nacional de Proveedores por resolución fundada de la Dirección de Compras.
 
7 .- Haber sido condenado por prácticas antisindicales o infracción a los derechos fundamentales del trabajador.
 
8 .- Registrar condenas asociadas a responsabilidad penal jurídica (incumplimiento artículo 10, Ley 20.393).
 
Documentos persona natural
- Fotocopia Legalizada de Cédula de Identidad
- Declaración jurada acreditando que no se encuentra afecto al art. 4 inciso 6 de la ley 19.886, en el cual se establece que "ningún órgano de la administración del Estado podrá suscribir contratos administrativos de provisión de bienes y servicios con los funcionarios directivos del mismo órgano o empresa, ni con personas unidas a ellos por los vínculos de parentesco."
Persona jurídica
Encontrarse hábil en el Registro de Proveedores, registro que verificará NO haber incurrido en las siguientes causales de inhabilidad:

1 .- Haber sido condenado por cualquiera de los delitos de cohecho contemplados en el título V del Libro Segundo del Código Penal.

2 .- Registrar una o más deudas tributarias por un monto total superior a 500 UTM por más de un año, o superior a 200 UTM e inferior a 500 UTM por un período superior a 2 años, sin que exista un convenio de pago vigente. En caso de encontrarse pendiente juicio sobre la efectividad de la deuda, esta inhabilidad regirá una vez que se encuentre firme o ejecutoriada la respectiva resolución.

3 .- Registrar deudas previsionales o de salud por más de 12 meses por sus trabajadores dependientes, lo que se acreditará mediante certificado de la autoridad competente.

4 .- La presentación al Registro Nacional de Proveedores de uno o más documentos falsos, declarado así por sentencia judicial ejecutoriada.

5 .- Haber sido declarado en quiebra por resolución judicial ejecutoriada.

6 .- Haber sido eliminado o encontrarse suspendido del Registro Nacional de Proveedores por resolución fundada de la Dirección de Compras.

7 .- Haber sido condenado por prácticas antisindicales o infracción a los derechos fundamentales del trabajador.

8 .- Registrar condenas asociadas a responsabilidad penal jurídica (incumplimiento artículo 10, Ley 20.393).

Documentos persona jurídica
- Fotocopia Legalizada del Rut de la Empresa
- Declaración jurada acreditando que no se encuentra afecto al art. 4 inciso 6 de la ley 19.886, en el cual se establece que "ningún órgano de la administración del Estado podrá suscribir contratos administrativos de provisión de bienes y servicios con los funcionarios directivos del mismo órgano o empresa, ni con personas unidas a ellos por los vínculos de parentesco."
- Certificado de Vigencia de la Sociedad
- (1) Certificado de Boletín de Informes Comerciales
- (1) Certificado de Quiebras/Convenio Judicial
6. Criterios de evaluación
ÍtemObservacionesPonderación
1 Oferta Técnica Ver numeral 14.2.1 de las Bases Administrativas 60%
2 Oferta Económica Ver numeral 14.2.2 de las Bases Administrativas 35%
3 Cumplimiento de los requisitos formales Ver numeral 14.2.3 de las Bases Administrativas 5%

7. Montos y duración del contrato
Estimación en base a: Presupuesto Disponible
Fuente de financiamiento: 22-08-001
Monto Total Estimado: 43200000
Contrato con Renovación: NO
Observaciones Sin observaciones
Tiempo del Contrato 24 Meses
Plazos de pago: 30 días contra la recepción conforme de la factura
Opciones de pago: Transferencia Electrónica
Nombre de responsable de pago: Monica Cabello Gómez
e-mail de responsable de pago: monica.cabello@supereduc.cl
Nombre de responsable de contrato: Monica Cabello Gómez
e-mail de responsable de contrato: monica.cabello@supereduc.cl
Teléfono de responsable del contrato: 56-02-32431098-
Prohibición de subcontratación: Se permite subcontratación
8. Garantías requeridas
    Garantía fiel de Cumplimiento de Contrato
Beneficiario: Superintendencia de Educación
Fecha de vencimiento: 05-10-2025
Monto: 5 %
Descripción: La Garantía de Fiel y Oportuno Cumplimiento del Contrato será pagadera a la vista, con carácter de irrevocable y tomada por uno o varios integrantes del oferente adjudicado. Tratándose de una boleta bancaria, es necesario que en dicho documento se indique la individualización del oferente adjudicado.
Glosa: Garantía Contrato Licitación Pública Aseo Superintendencia de Educación Región Atacama
Forma y oportunidad de restitución: La Dirección Regional hará devolución de la Garantía de Fiel y Oportuno Cumplimiento de Contrato cuando corresponda, una vez finalizada su vigencia, o una vez transcurridos 60 días hábiles posteriores al plazo de vigencia del contrato, previa recepción conforme de los bienes o servicios y cumplido a satisfacción el contrato. Para ello la Contraparte Técnica deberá emitir un certificado que acredite tal situación. Lo cual requerirá previa presentación por parte del proveedor, del certificado que acredite el cumplimiento de las obligaciones laborales y previsionales. La Dirección Regional de Atacama notificará al adjudicatario a través de correo electrónico u otro medio, la fecha desde la cual puede hacer retiro del respectivo documento de garantía. La Dirección Regional de Atacama devolverá el documento de garantía mediante su endoso, en el caso que el documento sea endosable o, en caso que no lo sea, estampando al dorso la leyenda “Devuelta al Tomador”. El documento de garantía se entregará directamente al representante legal del adjudicatario, debidamente identificado, o a la persona mandatada especialmente para retirar tal documento, quien deberá identificarse presentando poder simple firmado por el representante legal y su cédula de identidad. La persona que haga el retiro del documento de garantía deberá firmar el documento respectivo de la Superintendencia que certifica el retiro y recepción
9. Requerimientos técnicos y otras cláusulas
Cláusula de Readjudicación
Si el respectivo adjudicatario se desiste de su oferta, no entrega los antecedentes legales para contratar y/o la garantía de fiel cumplimiento, no firma el contrato o no se inscribe en Chileproveedores en los plazos que se establecen en las presentes bases, la entidad licitante podrá dejar sin efecto la adjudicación y seleccionar al oferente que, de acuerdo al resultado de la evaluación le siga en puntaje, y así sucesivamente, a menos que, de acuerdo a los intereses del servicio, se estime conveniente declarar desierta la licitación.
Modificación de Las Bases
La institución licitante podrá efectuar modificaciones a las Bases de Licitación hasta la fecha de cierre de recepción de las ofertas, lo que deberá ser puesto a disposición de todos los oferentes a través del portal www.mercadopublico.cl. Las modificaciones deberán ser aprobadas mediante Resolución fundada sometida a igual tratamiento que la presente Resolución aprobatoria de bases, pasando a formar parte de ellas.
Aceptación de las Bases
Se establece que la sola circunstancia de presentar una propuesta para la presente licitación implica que el respectivo oferente ha analizado las Bases Administrativas, Técnicas y Anexos, aclaraciones y respuestas a las preguntas de ésta, con anterioridad a la presentación de su oferta, y que manifiesta su conformidad y aceptación, sin ningún tipo de reservas ni condiciones, a toda la documentación antes referida. Por lo anterior, el oferente se hace responsable y se compromete a cumplir con los requisitos y condiciones solicitadas en las presentes Bases de licitación, así como con la totalidad de las condiciones para la ejecución del servicio, en especial consideración con aquellos referentes a los productos y servicios especificados en las Bases Técnicas.
Pacto de Integridad
El oferente, por el sólo hecho de participar en la presente licitación, acepta expresamente el presente pacto de integridad, obligándose a cumplir con todas y cada una de las estipulaciones contenidas en el mismo, sin perjuicio de las que se señalen en el resto de las bases de licitación y demás documentos integrantes. Especialmente, el oferente acepta el suministrar toda la información y documentación que sea considerada necesaria y exigida de acuerdo con las presentes bases de licitación, asumiendo expresamente los siguientes compromisos: a) El oferente se obliga a no ofrecer ni conceder, ni intentar ofrecer o conceder, sobornos, regalos, premios, dádivas o pagos, cualquiera fuese su tipo, naturaleza y/o monto, a ningún funcionario público en relación con su oferta, con el proceso de licitación pública, ni con la ejecución de él o los contratos que eventualmente se deriven de la misma, ni tampoco a ofrecerlas o concederlas a terceras personas que pudiesen influir directa o indirectamente en el proceso licitatorio, en su toma de decisiones o en la posterior adjudicación y ejecución del o los contratos que de ello se deriven. b) El oferente se obliga a no intentar ni efectuar acuerdos o realizar negociaciones, actos o conductas que tengan por objeto influir o afectar de cualquier forma la libre competencia, cualquiera fuese la conducta o acto específico, y especialmente, aquellos acuerdos, negociaciones, actos o conductas de tipo o naturaleza colusiva, en cualquier de sus tipos o formas. c) El oferente se obliga a revisar y verificar toda la información y documentación, que deba presentar para efectos del presente proceso licitatorio, tomando todas las medidas que sean necesarias para asegurar la veracidad, integridad, legalidad, consistencia, precisión y vigencia de esta. d) El oferente se obliga a ajustar su actuar y cumplir con los principios de legalidad, ética, moral, buenas costumbres y transparencia en el presente proceso licitatorio. e) El oferente manifiesta, garantiza y acepta que conoce y respetará las reglas y condiciones establecidas en las bases de licitación, sus documentos integrantes y él o los contratos que de ellos se derivase. f) El oferente se obliga y acepta asumir, las consecuencias y sanciones previstas en estas bases de licitación, así como en la legislación y normativa que sean aplicables a la misma. g) El oferente reconoce y declara que la oferta presentada en el proceso licitatorio es una propuesta seria, con información fidedigna y en términos técnicos y económicos ajustados a la realidad, que aseguren la posibilidad de cumplir con la misma en las condiciones y oportunidad ofertadas. h) El oferente se obliga a tomar todas las medidas que fuesen necesarias para que las obligaciones anteriormente señaladas sean asumidas y cabalmente cumplidas por sus empleados y/o dependientes y/o asesores y/o agentes y en general, todas las personas con que éste o éstos se relacionen directa o indirectamente en virtud o como efecto de la presente licitación, haciéndose plenamente responsable de las consecuencias de su infracción, sin perjuicio de las responsabilidades individuales que también procediesen y/o fuesen determinadas por los organismos correspondientes. En caso de que la Superintendencia compruebe, por si misma o por terceros, en cualquiera de las etapas de la presente contratación, que se han vulnerado los literales a), b), c) o g) precedentes, se procederá a declarar inadmisible la oferta, declarar desierta o readjudicar la licitación, o poner término anticipado al contrato, según corresponda.
Aclaraciones
La Superintendencia podrá efectuar de oficio, aclaraciones respecto de la presente licitación, junto con las respuestas a las consultas que efectúen los oferentes. En caso que las aclaraciones involucren una modificación en las Bases de Licitación, esas modificaciones deberán ser aprobadas mediante resolución fundada que será sometida igual tramitación que la presente Resolución aprobatoria de Bases.
Errores u omisiones detectadas durante la evaluación
La Superintendencia podrá solicitar a los oferentes que salven errores u omisiones formales, quienes contarán con un plazo de 24 horas siguientes de formulada la solicitud, siempre y cuando las rectificaciones de dichos vicios u omisiones no les confieran a esos oferentes una situación de privilegio respecto de los demás competidores, esto es, en tanto no se afecten los principios de estricta sujeción a las bases y de igualdad de los oferentes, y se informe de dicha solicitud al resto de los oferentes a través del portal.(Estos errores u omisiones formales, sólo se refieren a los antecedentes administrativos.) En el evento que alguno de los documentos o antecedentes presentados por cualquiera de los proponentes, no satisfaga las exigencias de las bases administrativas, se procederá a declarar fuera de las bases la oferta presentada por el respectivo proponente
Vigencia de la oferta
Las ofertas tendrán una validez mínima de 60 días corridos, a contar de la fecha de cierre de recepción de ofertas, señalada en el numeral 3 “Etapas y plazos de la licitación”, de los Antecedentes Generales. Si el oferente no señalare el plazo de vigencia de su oferta, se entenderá que esta cumple con el plazo de vigencia mencionado anteriormente. Si dentro de la vigencia señalada anteriormente no se hubiere efectuado la adjudicación de la licitación, la Superintendencia podrá solicitar a los oferentes prorrogar dicha vigencia hasta por el mismo periodo, a través del portal www.mercadopublico.cl. Si alguno de los proponentes no accediera a la solicitud o no diera respuesta a ésta, se entenderá que ha desistido de su oferta.
Inadmisibilidad de las ofertas, declaración de proceso licitatorio desierto y adjudicación
La Dirección Regional declarará inadmisibles las ofertas cuando éstas no cumplan con los requisitos establecidos en las presentes Bases. Declarará desierta la licitación, según corresponda, cuando no se presenten ofertas, o bien, cuando éstas no resulten convenientes para los intereses de la institución. En ambos casos la declaración deberá ser por Resolución fundada. La Dirección Regional podrá adjudicar según el resultado de la evaluación de las ofertas, primando aquellas que hubieren obtenido el mejor puntaje, según los criterios de evaluación establecidos en las presentes bases. La adjudicación se realizará en la fecha indicada en el numeral 3 “Etapas y Plazos de la Licitación” de los Antecedentes Generales de la Licitación. Si a la fecha de cierre de la licitación se han presentado menos de 2 oferentes, este plazo se ampliará automáticamente por dos días más, según opción disponible en el portal www.mercadopublico.cl. Sin perjuicio de lo anterior, la Dirección Regional podrá ampliar el plazo para realizar la adjudicación, informando de este hecho, sus fundamentos y el nuevo plazo a través del portal www.mercadopublico.cl. La notificación de la Resolución de adjudicación se entenderá perfeccionada luego de transcurridas 24 horas desde que la Dirección Regional publique en el portal www.mercadopublico.cl dicha Resolución. Los oferentes podrán efectuar consultas respecto de la Resolución de adjudicación, dentro del segundo día hábil de notificada ésta en el portal www.mercadopublico.cl.
Causales para dejar sin efecto la adjudicación
La Superintendencia dejará sin efecto la adjudicación, mediante el correspondiente acto administrativo, en los siguientes casos: a) Si el oferente adjudicado no se inscribiese en el Registro Electrónico Oficial de Proveedores de mercado público, en el plazo señalado en el numeral 18.1 de las presentes Bases Administrativas. b) Si el oferente adjudicado, mediante comunicación formal dirigida a la Superintendencia, se desistiera de su oferta. c) Si el adjudicatario no entregase en tiempo y forma la Garantía de Fiel y Oportuno Cumplimiento del Contrato, de acuerdo a lo señalado en el punto 19 “Garantía de Fiel y Oportuno Cumplimiento del Contrato”, del título II. “Bases Administrativas”, de las presentes bases de licitación. d) Si el oferente adjudicado se encontrara inhabilitado para contratar con el Estado. e) Si el oferente adjudicado presentara información falsa o adulterada. f) Si el oferente no presenta la documentación para celebrar el contrato dentro del plazo establecido en el numeral 18.2 de estas bases. g) Si el oferente adjudicado se negare a la firma del contrato o no lo hiciere dentro del plazo establecido al efecto.
Re-adjudicación
De producirse alguna de las situaciones señaladas en el numeral precedente, la Superintendencia dejará sin efecto la adjudicación de la licitación, y podrá readjudicar al oferente que, según el Acta o informe final de evaluación, hubiese obtenido el siguiente mayor puntaje final, si dicha oferta es conveniente para los intereses de la Superintendencia, dentro del plazo de 60 días corridos contados desde la publicación de la adjudicación original, o declarará desierta la licitación, según corresponda, a través de acto administrativo fundado. La readjudicación podrá realizarse sucesivamente en caso de que concurran los hechos mencionados en los literales indicados anteriormente respecto de los oferentes posibles de readjudicar.
Del Contrato
El adjudicatario deberá suscribir el contrato correspondiente dentro del plazo de 15 días corridos contados desde la notificación de la resolución de adjudicación. Si el adjudicatario no suscribe el contrato dentro del plazo ya indicado, se tendrá por desistida su oferta, a menos que la no suscripción del contrato se deba a una causa imputable a la Superintendencia. De esta forma, si el adjudicado no concurriese a la suscripción dentro de plazo, la Superintendencia podrá proceder según lo señalado en el numeral 17 de las presentes Bases Administrativas. Para todos los efectos legales de aplicación del contrato, el proponente deberá fijar su domicilio en la ciudad Copiapó, el que quedará establecido en la resolución de adjudicación.
Formalización del Contrato
El contrato que suscriba el adjudicatario será redactado por la Dirección Regional y deberá ser aprobado a través del correspondiente acto administrativo. El adjudicatario deberá suscribir el contrato correspondiente dentro del plazo de 15 días corridos contados desde la notificación de la Resolución de adjudicación. Si el adjudicatario no suscribe el contrato dentro del plazo ya indicado, se tendrá por desistida su oferta, a menos que la no suscripción del contrato se deba a una causa imputable a la Dirección Regional. En el primer caso la Dirección Regional podrá proceder según lo señalado en el punto 17 de las presentes Bases Administrativas.
Vigencia y duración del contrato
El contrato entrará en vigor a partir de la fecha de inicio de la prestación de los servicios y se extenderá por un periodo de 24 meses Se dejará constancia escrita de la fecha de inicio de los servicios a través de un Acta de Inicio de Servicios o documento similar que será firmado por la contraparte técnica y el adjudicatario. Sin perjuicio de lo anterior, no procederá pago alguno hasta que se encuentre totalmente tramitado el acto administrativo que apruebe el respectivo contrato.
Condiciones de pago
El pago sólo podrá hacerse efectivo una vez que se encuentre totalmente tramitado el acto administrativo que apruebe el respectivo contrato. La Superintendencia pagará al contratista por la prestación del servicio de aseo, desinfección, desinsectación, desratización y sanitización para dependencias y vehículos institucionales de la Dirección Regional, en 24 cuotas mensuales y sucesivas, de acuerdo al valor total mensual. Debido a los cambios que está generando el Estado en cuanto a su modernización en los sistemas digitales, y dentro de estos nuevos propósitos está la creación de un sistema interconectado que tiene el SII, Dipres y TGR, denominado SGDTE. (Sistema de Gestión de Documentos Tributarios Electrónicos), desde el día 25 de septiembre del año 2020, toda Factura Afecta, Factura Exenta, Nota de Crédito, Nota de Débito y Guías de Despacho, deberán enviarse a la casilla: dipresrecepcion@custodium.com. Una de las acciones más importantes de esta nueva disposición, es que recomienda a los proveedores abstenerse de emitir sus facturas, hasta no cerciorarse de la Recepción Conforme de los bienes o servicios prestados, la que podrán chequear a través de la plataforma de Mercado Público, esto para evitar posibles rechazos. Posterior al envío y recepción de los productos y/o servicios, el proveedor debe revisar la Recepción Conforme de los productos y/o servicios entregados a esta Dirección Regional en la Plataforma de Mercado Publico, para luego facturar. Importante destacar que este nuevo sistema opera en todos los servicios públicos y una vez emitida la factura electrónica, el proveedor deberá generar y adjuntar el documento tributario electrónico a la casilla : dipresrecepcion@custodium.com. La Superintendencia procederá a efectuar cada uno de los pagos que correspondan dentro del plazo de 30 días corridos contados desde que el adjudicatario presente los siguientes antecedentes: a) Certificado de Cumplimiento de Obligaciones Laborales y Previsionales, otorgado por la Dirección del Trabajo, con la pertinente individualización del contratista, domicilio de éste, indicando región, comuna y localidades, cuando corresponda, y la situación de los trabajadores declarados a la fecha de la solicitud del certificado. La Superintendencia se reserva la facultad de solicitar información adicional al prestador del servicio, en cualquier tiempo, que le permita comprobar el debido cumplimiento de sus obligaciones laborales y previsionales. Todo el personal que el contratista emplee en la prestación de los servicios, será contratado por él, bajo su exclusiva subordinación y dependencia, sin relación contractual o fáctica alguna con la Superintendencia o la Dirección Regional. Por lo tanto, el contratista se obliga, desde ya a asumir, en su carácter de empleador, la total responsabilidad por el íntegro y oportuno cumplimento de todas y cada una de las obligaciones que, de acuerdo con la legislación laboral, previsional, tributaria, de salud y de seguridad vigentes, emanen. b) Fotocopias de las liquidaciones de remuneraciones firmadas por cada uno de los operarios que hayan prestado servicios durante el mes anterior al que se está pagando. Cuando corresponda, la planilla debe incluir el pago de los incentivos laborales (bonos) y todos aquellos beneficios monetarios que haya comprometido el adjudicatario en su oferta. c) La(s) factura(s) respectiva(s), deberán ser extendida(s) a nombre de la Superintendencia de Educación, RUT Nº 61.980.220-9. Para el pago del primer mes, sólo se exigirá lo indicado en los literales b)y c) precedentes, además de solicitar por única vez los contratos de trabajos del personal de quienes realizarán las labores de aseo en las dependencias. En caso que el adjudicatario subcontrate parte de los servicios requeridos, para proceder al pago, deberá acompañar, además, los antecedentes señalados en la letra b) respecto del Subcontratista y ajustarse a lo dispuesto en el artículo 4º de la Ley Nº19.886. La Superintendencia podrá retener del pago que corresponda, el monto que adeude el contratista por concepto de remuneraciones u obligaciones previsionales con sus trabajadores o con los trabajadores del subcontratista, si correspondiese. Dicho monto será utilizado para pagar al trabajador o a la institución previsional respectiva. Así mismo, el contratista deberá notificar a la Superintendencia oportunamente, en caso de ceder el crédito, de acuerdo a lo establecido en el artículo 7º de la Ley Nº19.983, informando el nombre, Rut, dirección y giro del cesionario del crédito. Sin perjuicio de lo anterior, la Superintendencia podrá reclamar en contra del contenido de la factura dentro del plazo de 30 días corridos, de acuerdo a lo establecido en la Ley Nº19.983.
Causales de término anticipado del Contrato
a) Cuando el contratista proporcione antecedentes falsos con relación a las exigencias de las presentes Bases Administrativas y Técnicas. b) Si se detectare durante la vigencia del contrato que el contratista incurre en alguna de las causales de inhabilidad establecidas en el artículo 4º de la Ley Nº 19.886 o si se detectare falsedad de la declaración jurada simple de los Anexos N° 2 y 3. c) Filtración, divulgación, venta, reproducción total o parcial y/o uso indebido de la información que el contratista o los integrantes de su equipo de trabajo conozcan o llegaren a conocer con ocasión o a propósito del contrato y sus actividades complementarias, sin previa autorización. d) Estado de notoria insolvencia del contratista, a menos que se mejoren las cauciones entregadas o éstas sean suficientes para garantizar el cumplimiento del contrato. e) En caso que el contratista abandonare intempestivamente la ejecución del servicio o se negare, sin causa justificada, a prestar cualquiera de los servicios contratados. f) Por incumplimiento grave, debidamente calificado, de las obligaciones contraídas por el contratista. Se considerarán como situaciones de incumplimiento grave las siguientes: f. 1) En caso de ser aplicada cualquier tipo de multa del item 24, en dos meses consecutivos, o en 3 meses distintos dentro del periodo de 1 año. f.2) En caso que el personal se ausente sin justificación por más de 3 días (consecutivos o acumulados) en un mes. f.3) Si el contratista no repone la boleta de garantía de fiel cumplimiento del contrato, en los casos y plazos que corresponda, de acuerdo con lo indicado en las presentes bases. g) Por atraso en el pago de remuneraciones y cotizaciones del personal contratado o subcontratado para desempeñar las labores ya señaladas, así como sus reemplazantes. Del mismo modo, por el no pago de las remuneraciones acordadas según oferta, o cualquier otra práctica contraria a la normativa laboral. h) Por negligencia inexcusable o descuidos graves en la ejecución de las tareas de limpieza que recaen sobre la esfera de sus funciones y conforme las obligaciones propias de las tareas que deba desarrollar la adjudicataria, las cuales puedan provocar perdidas, destrucción o daños irreparables de bienes fiscales. Se entenderá por negligencia inexcusable o descuido grave toda acción u omisión en que incurra algún trabajador de la empresa adjudicada que signifique una falta de diligencia mínima en el cumplimiento de sus funciones, demostrando una falta de atención elemental en la ejecución de la tareas de trabajo y que resulten en un perjuicio relevante para los bienes fiscales. En cualquiera de las circunstancias antes descritas, la Institución, podrá poner término anticipado al contrato y hará efectiva la Garantía de Fiel y Oportuno Cumplimiento de Contrato, pudiendo, además, solicitar judicialmente la indemnización de perjuicios que corresponda, de conformidad a las reglas generales del derecho común. En el evento que se ponga término anticipado al contrato, el contratista estará obligado a prestar el servicio que por este acto se licita, mientras se procede a una nueva adjudicación de éste y la Superintendencia, por su parte, deberá pagarle hasta el último día en que efectivamente realizó la prestación contratada, salvo que ésta opte por una solución distinta, la cual notificará por escrito al adjudicatario, y notificado a correo electrónico informado por el proveedor.
. Confidencialidad de la Información
El contratista se obliga en forma irrevocable a que toda información que éste, los integrantes de su equipo de trabajo, sus dependientes, contratistas u otras personas vinculadas a él, conozcan o llegaren a conocer con ocasión o a propósito del contrato y sus actividades complementarias, tendrá el carácter de confidencial, cualquiera sea la forma o formato a través del cual se exprese dicha información, sea que este contenida en documentos, memorandos, escritos de otra naturaleza, discos, cintas, disquetes, archivos computacionales o en cualquiera otra forma. El contratista solo utilizará la información confidencial con el fin de alcanzar los objetivos de este Contrato y no divulgará, publicará ni permitirá la publicación de todo o parte de la información confidencial. Asimismo, adoptará las medidas que sean pertinentes para que su personal sólo tenga acceso a la información confidencial que sea estrictamente necesaria para el cumplimiento de las obligaciones asumidas en el respectivo contrato y, adicionalmente, para que su personal en función de la información que pudiese acceder guarde estricta confidencialidad. En el evento que por orden judicial o de autoridad competente, el contratista se viere obligado a divulgar todo o parte de la información confidencial, deberá notificar previamente y de inmediato de esta circunstancia a la Dirección Regional. La divulgación, por cualquier medio, de la totalidad o parte de la información referida por parte del contratista durante la vigencia del respectivo convenio, o después de su finalización, dará lugar a la Superintendencia y/o a su Dirección Regional para entablar las acciones judiciales que correspondan contra la empresa responsable, sin perjuicio de la responsabilidad solidaria por los actos en infracción de esta obligación que hayan ejecutado sus empleados y quienes resulten responsables.
Subcontratación
El adjudicatario, a fin de apoyar la ejecución de algunas de las obligaciones contraídas en virtud del contrato respectivo podrá subcontratar con terceros la prestación parcial del servicio, sin perjuicio que la responsabilidad y la obligación de su cumplimiento permanecerán en él. Dichos contratos serán de exclusiva responsabilidad del contratista, sin que ello genere vínculo contractual alguno entre dichas personas y la Superintendencia. El adjudicatario podrá subcontratar parcialmente la ejecución de servicios relacionados, pero no podrá ceder o traspasar las obligaciones que contraiga con la Superintendencia. El oferente podrá informar las posibles subcontrataciones en su oferta, indicando quienes serán los subcontratistas y los servicios que serán subcontratados. En caso que no lo realice en su propuesta, podrá comunicársele a la Contraparte Técnica, en la reunión de inicio. En el caso que la subcontratación se produzca durante la vigencia del contrato, el contratista deberá comunicarlo a la Contraparte Técnica y necesitará de su aprobación para hacerse efectiva. Los subcontratistas no podrán ser reemplazados sin autorización previa de la contraparte técnica. Las subcontrataciones se regirán por lo dispuesto en el Artículo 15 de la Ley Nº19.886 y en la Ley Nº20.123 y su reglamento.
Modificaciones Contractuales
Sin perjuicio de lo establecido en el artículo 13 de la Ley Nº 19.886, el contrato podrá ser modificado, previo acuerdo de las partes y siempre que no se alteren los elementos esenciales del mismo. Su formalización se realizará a través de la suscripción del instrumento modificatorio correspondiente, aprobado por el respectivo acto administrativo. En el evento que la modificación implique un aumento en el valor del contrato, que en ningún caso podrá ser superior al 30% del monto originalmente pactado, el contratista deberá consignar una nueva garantía de fiel y oportuno cumplimiento del contrato, en las mismas condiciones establecidas en el numeral 19 “GARANTÍA DE FIEL Y OPORTUNO CUMPLIMIENTO DEL CONTRATO”, del Título II. “BASES ADMINISTRATIVAS, equivalente al 5% del valor total de la modificación del contrato, con una vigencia que exceda en al menos 60 días hábiles el plazo previsto para el total cumplimiento del contrato, a objeto de avalar el fiel y oportuno cumplimiento de las obligaciones emanadas del mismo. En el evento que la modificación implique un aumento en la vigencia del contrato, el adjudicatario deberá presentar dentro de los 10 días hábiles anteriores a la fecha de suscripción de la modificación de contrato, una nueva Garantía que cumpla los mismos requisitos establecidos en el punto 19. “GARANTÍA DE FIEL Y OPORTUNO CUMPLIMIENTO DEL CONTRATO”, del Título II. “BASES ADMINISTRATIVAS. Asimismo, se podrán disminuir los servicios solicitados en la presente licitación en su tipo y cuantía, según lo ameriten las necesidades de la Superintendencia.