Licitación ID: 797305-5-LE24
CONTRATACIÓN SERVICIOS DE SEGURO.
Responsable de esta licitación: SUPERINTENDENCIA DE INSOLVENCIA Y REEMPRENDIMIENTO, Superintendencia de Insolvencia y Reemprendimiento
Reclamos recibidos por incumplir plazo de pago: 0
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Productos o servicios
1
Seguros de edificios o de su contenido 1 Unidad
Cod: 84131501
Servicios de suministro de seguros para contenido e instalaciones para sus dependencias.  

2
Seguro de automóviles o camiones 1 Unidad
Cod: 84131503
Servicios de suministro de seguros para los dos vehículos institucionales.  

1. Características de la licitación
Nombre de la licitación:
CONTRATACIÓN SERVICIOS DE SEGURO.
Estado:
Desierta (o art. 3 ó 9 Ley 19.886)
Descripción:
Contratación de los servicios de suministro de seguros para los dos vehículos institucionales de propiedad de la Superintendencia de Insolvencia y Reemprendimiento y contenido e instalaciones para sus dependencias.
Tipo de licitación:
Pública-Licitación Pública igual o superior a 100 UTM e inferior a 1.000 UTM (LE)
Tipo de convocatoria:
ABIERTO
Moneda:
Peso Chileno
Etapas del proceso de apertura:
Una Etapa
Contrato
El contrato se formalizará con la orden de compra
Toma de razón por Contraloría:
No requiere Toma de Razón por Contraloría
Publicidad de ofertas técnicas:
Las ofertas técnicas serán de público conocimiento una vez realizada la apertura técnica de las ofertas.
2. Organismo demandante
Razón social:
SUPERINTENDENCIA DE INSOLVENCIA Y REEMPRENDIMIENTO
Unidad de compra:
Superintendencia de Insolvencia y Reemprendimiento
R.U.T.:
61.005.000-k
Dirección:
AMUNATEGUI 228, PISO 1
Comuna:
Santiago Centro
Región en que se genera la licitación:
Región Metropolitana de Santiago
3. Etapas y plazos
Fecha de cierre de recepción de la oferta: 08-05-2024 15:00:00
Fecha de Publicación: 18-04-2024 12:25:51
Fecha inicio de preguntas: 18-04-2024 13:01:00
Fecha final de preguntas: 23-04-2024 16:00:00
Fecha de publicación de respuestas: 25-04-2024 19:00:00
Fecha de acto de apertura técnica: 08-05-2024 15:01:00
Fecha de acto de apertura económica (referencial): 08-05-2024 15:01:00
Fecha de Adjudicación: 22-05-2024 19:00:00
Fecha de entrega en soporte fisico No hay información
Fecha estimada de firma de contrato No hay información
Tiempo estimado de evaluación de ofertas No hay información
Extensión automática del plazo de ofertas:

Se estableció para esta licitación que: "Si a la fecha de recepción de ofertas, se han recibido 2 o menos propuestas, el plazo de cierre se ampliará automáticamente en 2 días hábiles, por una sola vez, bajo las condiciones establecidas en el artículo 25, inciso octavo, del Reglamento de la ley 19.886."
4. Antecedentes para incluir en la oferta
Adicionalmente, todos los proveedores para ofertar en esta licitación, deberán obligatoriamente confirmar y firmar electrónicamente la Declaración Jurada de Requisitos para Ofertar.
Documentos Administrativos
1.- Los documentos que forman parte de los Anexos Administrativos deberán ser ingresados en formato digital como “Anexo Administrativo” en el portal www.mercadopublico.cl, dentro de los plazos señalados en el numeral 3 de estas bases administrativas. Lo anterior es sin perjuicio de lo señalado en el artículo 62 del Decreto Supremo N.° 250, de 9 de marzo de 2004, del Ministerio de Hacienda, que contiene el Reglamento de la Ley N.º 19.886. Deberán anexarse en el portal www.mercadopublico.cl los siguientes documentos, los que se entenderán formar parte de los Anexos Administrativos (El sólo ingreso de la oferta y los anexos solicitados por los oferentes, se entenderá efectuado por el representante legal de éstos y validados con firma electrónica simple al ser ingresados en la plataforma de mercado público bajo el ID de la presente licitación): 5.2.1 Personas Naturales. a) Declaración jurada simple conforme al formato que se adjunta como Anexo N.º 1-A, firmado por el oferente. b) Declaración jurada simple con la identificación del oferente, conforme al formato que se adjunta como Anexo N.º 3-A, firmado por el oferente. 5.2.2 Personas Jurídicas no acogidas a la Ley N.º 20.659. a) Declaración jurada simple conforme al formato que se adjunta como Anexo N.º 1-B, firmado por el/los representante/s legal/es del oferente. b) Declaración jurada simple conforme al formato que se adjunta como Anexo N.º 2, firmada por el/los representante/s legal/es del oferente. c) Declaración jurada simple con la identificación del oferente, conforme al formato que se adjunta como Anexo N.º 3-C, firmado por el/los representante/s legal/es del oferente. 5.2.3 Personas Jurídicas acogidas a la Ley N.º 20.659. a) Declaración jurada simple conforme al formato que se adjunta como Anexo N.º 1-B, debidamente firmado por el/los representantes/s legal/es del oferente. b) Declaración jurada simple conforme al formato que se adjunta como Anexo N.º 2, debidamente firmada por el/los representantes/s legal/es del oferente. c) Declaración jurada simple con la identificación del oferente, conforme al formato que se adjunta como Anexo N.º 3-C, debidamente firmado por el/los representantes/s legal/es del oferente. 5.2.4 Unión Temporal de Proveedores. En relación con las uniones temporales de proveedores, éstas deberán cumplir con los requisitos establecidos en el artículo 67 bis del Decreto N.° 250, el que fue agregado conforme a lo establecido en el Decreto N.° 1410, de 2015, que modifica el Decreto Supremo N.° 250, de 2004, que aprueba el Reglamento de la Ley N.° 19.886, de Bases sobre Compras Públicas. La Unión Temporal de Proveedores, estará conformada por personas naturales y/o jurídicas. Para tal efecto, los integrantes deberán autorizar a un representante legal común para que ejerza a su nombre todos los derechos y cumplan todas las obligaciones de la Unión Temporal de Proveedores frente a la Superintendencia respecto al servicio a contratar que refieren las presentes bases de licitación. No obstante, todos los socios serán responsables solidariamente en el cumplimiento de las obligaciones que surjan sobre el servicio a contratar. Las causales de inhabilidad para la presentación de ofertas, para la formulación de la propuesta o para la suscripción de la convención, establecidas en la legislación vigente, afectarán a cada integrante de la Unión individualmente considerado y en ese caso, corresponderá a todos sus miembros decidir si se continúa con el respectivo procedimiento de contratación con los restantes partícipes no inhábiles o si desisten de la participación conjunta en esta modalidad. Para la presentación de las Ofertas, la Unión Temporal de Proveedores deberá cumplir con las siguientes reglas especiales, acompañando los siguientes antecedentes: a. Presentar el Anexo N.° 3-B, en que todos y cada uno de los oferentes integrantes de la Unión Temporal de Proveedores, deberá designar entre sus miembros, a un representante común, con facultades suficientes para actuar en el proceso licitatorio en representación de todos ellos. b. Al momento de la presentación de ofertas, los integrantes de la Unión Temporal de Proveedores determinarán y deberán informar qué antecedentes presentarán para ser considerados en la evaluación respectiva, siempre y cuando lo anterior no signifique ocultar información relevante para la ejecución del respectivo contrato que afecte a alguno de los integrantes de la misma. En el caso que uno de los miembros de la Unión sea inhábil y ésta decidiera excluirlo del presente proceso, y continuar con su propuesta, se excluirán asimismo los antecedentes que el participante inhábil hubiese presentado para la evaluación. c. Cada una de las personas naturales o jurídicas integrantes de la Unión Temporal de Proveedores deberá presentar los antecedentes indicados en los numerales 5.2.1, 5.2.2 y/o 5.2.3 precedentes, según corresponda a su naturaleza jurídica. Además, por tratarse de una contratación inferior a 1.000 UTM, el representante de la unión temporal de proveedores deberá adjuntar al momento de ofertar, el documento público o privado que da cuenta del acuerdo para participar de esta forma, en el cual se especifique:  Las condiciones de dicho Unión Temporal de Proveedores para efectos de la presentación de la oferta y la adjudicación.  Pacto expreso de la obligación solidaria respecto del cumplimiento de las exigencias que se señalan en las presentes bases, de los contenidos de su oferta y de las normas legales pertinentes.  La designación de un representante común, que será el encargado de mantener las comunicaciones con la SUPERIR durante la realización de la licitación. En caso de Unión Temporal de Proveedores entre personas chilenas y extranjeras, el representante común deberá tener domicilio en la ciudad de Santiago.
Documentos Técnicos
1.- Los antecedentes que conforman la propuesta técnica deberán presentarse electrónicamente, conforme a los requisitos y formato (Anexo N.° 5) que se solicitan en el Capítulo II, “Bases Técnicas” y medios de verificación de acuerdo a punto 8.1, según corresponda. Los oferentes que formen una Unión Temporal de Proveedores deberán presentar una oferta técnica común. Los oferentes al momento de presentar sus propuestas deberán cumplir todos los requerimientos técnicos de cada uno de los servicios establecidos en las bases técnicas. De no cumplir uno o más requerimientos técnicos, la oferta no seguirá siendo evaluada y será declarada inadmisible.
 
Documentos Económicos
1.- Los oferentes deberán señalar en su propuesta u oferta económica, de acuerdo al formato señalado en el Anexo N.º 4, expresados en pesos chilenos incluyendo en este precio todos los gastos, costos administrativos, honorarios, remuneraciones, equipos, impuestos y todo otro desembolso que sea necesario para prestar los servicios ofertados. En tal sentido, la contratación de los servicios es a suma alzada, por tanto, los oferentes deberán considerar en su propuesta todos los insumos y costos asociados a la contratación. No se pagará costos extraordinarios y en el evento que el oferente adjudicado se niegue a cumplir con la prestación del servicio, será considerado un incumplimiento grave de las obligaciones que impone el contrato, facultando a la SUPERIR a disponer el término anticipado del contrato. En caso de existir diferencia entre el monto ingresado en la ficha electrónica y el indicado en el Anexo N.º 4, primará lo dispuesto en el citado Anexo. Los precios serán, en caso de serle adjudicada la oferta, los que queden consignados en la propuesta correspondiente, por lo que cualquier otra partida que no se incluya por el oferente, no podrá ser modificada con posterioridad a la formulación. Los oferentes que formen una Unión Temporal de Proveedores deberán presentar una oferta económica común.
5. Requisitos para contratar al proveedor adjudicado
Persona natural
Encontrarse hábil en el Registro de Proveedores, registro que verificará NO haber incurrido en las siguientes causales de inhabilidad:

1 .- Haber sido condenado por cualquiera de los delitos de cohecho contemplados en el título V del Libro Segundo del Código Penal.
 
2 .- Registrar una o más deudas tributarias por un monto total superior a 500 UTM por más de un año, o superior a 200 UTM e inferior a 500 UTM por un período superior a 2 años, sin que exista un convenio de pago vigente. En caso de encontrarse pendiente juicio sobre la efectividad de la deuda, esta inhabilidad regirá una vez que se encuentre firme o ejecutoriada la respectiva resolución.
 
3 .- Registrar deudas previsionales o de salud por más de 12 meses por sus trabajadores dependientes, lo que se acreditará mediante certificado de la autoridad competente.
 
4 .- La presentación al Registro Nacional de Proveedores de uno o más documentos falsos, declarado así por sentencia judicial ejecutoriada.
 
5 .- Haber sido declarado en quiebra por resolución judicial ejecutoriada.
 
6 .- Haber sido eliminado o encontrarse suspendido del Registro Nacional de Proveedores por resolución fundada de la Dirección de Compras.
 
7 .- Haber sido condenado por prácticas antisindicales o infracción a los derechos fundamentales del trabajador.
 
8 .- Registrar condenas asociadas a responsabilidad penal jurídica (incumplimiento artículo 10, Ley 20.393).
 
Documentos persona natural
- Fotocopia Legalizada de Cédula de Identidad
- Declaración jurada acreditando que no se encuentra afecto al art. 4 inciso 6 de la ley 19.886, en el cual se establece que "ningún órgano de la administración del Estado podrá suscribir contratos administrativos de provisión de bienes y servicios con los funcionarios directivos del mismo órgano o empresa, ni con personas unidas a ellos por los vínculos de parentesco."
Persona jurídica
Encontrarse hábil en el Registro de Proveedores, registro que verificará NO haber incurrido en las siguientes causales de inhabilidad:

1 .- Haber sido condenado por cualquiera de los delitos de cohecho contemplados en el título V del Libro Segundo del Código Penal.

2 .- Registrar una o más deudas tributarias por un monto total superior a 500 UTM por más de un año, o superior a 200 UTM e inferior a 500 UTM por un período superior a 2 años, sin que exista un convenio de pago vigente. En caso de encontrarse pendiente juicio sobre la efectividad de la deuda, esta inhabilidad regirá una vez que se encuentre firme o ejecutoriada la respectiva resolución.

3 .- Registrar deudas previsionales o de salud por más de 12 meses por sus trabajadores dependientes, lo que se acreditará mediante certificado de la autoridad competente.

4 .- La presentación al Registro Nacional de Proveedores de uno o más documentos falsos, declarado así por sentencia judicial ejecutoriada.

5 .- Haber sido declarado en quiebra por resolución judicial ejecutoriada.

6 .- Haber sido eliminado o encontrarse suspendido del Registro Nacional de Proveedores por resolución fundada de la Dirección de Compras.

7 .- Haber sido condenado por prácticas antisindicales o infracción a los derechos fundamentales del trabajador.

8 .- Registrar condenas asociadas a responsabilidad penal jurídica (incumplimiento artículo 10, Ley 20.393).

Documentos persona jurídica
- Fotocopia Legalizada del Rut de la Empresa
- Declaración jurada acreditando que no se encuentra afecto al art. 4 inciso 6 de la ley 19.886, en el cual se establece que "ningún órgano de la administración del Estado podrá suscribir contratos administrativos de provisión de bienes y servicios con los funcionarios directivos del mismo órgano o empresa, ni con personas unidas a ellos por los vínculos de parentesco."
- Certificado de Vigencia de la Sociedad
- (1) Certificado de Boletín de Informes Comerciales
- (1) Certificado de Quiebras/Convenio Judicial
6. Criterios de evaluación
ÍtemObservacionesPonderación
1 Calidad Técnica de los Bienes o Servicios Los oferentes deberán considerar todos los servicios obligatorios contenidos en el Anexo N.º 5. Puntaje Final coberturas obligatorias = (Puntaje coberturas obligatorias*20) /100 Los oferentes deberán considerar todos los servicios adicionales contenidos en el Anexo N.º 5. Puntaje coberturas adicionales = (N.° de Coberturas adicionales ofertada/22) * 100 Puntaje final coberturas adicionales = (Puntaje coberturas adicionales *10) /100 30%
2 Plazo de Entrega Los tiempos deberán ser expresados en días hábiles, el plazo máximo de entrega es de 5 días hábiles. La oferta que obtenga nota cero en este criterio será declarada inadmisible. Puntaje plazo de entrega de entrega de certificado de cobertura o pólizas = (a.2* 0,10) La nota final de la evaluación técnica de cada oferente estará dada por la siguiente fórmula: Nota Final = (a.1.1*0,20) + (a.1.2*0,10) + (a.2*0,10) 10%
3 Cumplimiento de requisitos formales Para determinar el puntaje del presente requisito se deberá ocupar la siguiente fórmula: (b.1 * 0,05) = PUNTAJE Presentación formal de la propuesta o antecedentes administrativos. 5%
4 Precio La evaluación de las ofertas económicas que hayan pasado la etapa de evaluación técnica y administrativa. Se compararán los precios ofertados por los proveedores en su oferta. El puntaje será asignado de acuerdo con la siguiente fórmula: Puntaje Precio = (precio mínimo / precio proponente) *100 El precio final a evaluar, resultará del monto total ofertado de acuerdo a lo señalado en el Anexo N.° 4. 50%
5 Enfoque de Género Se evaluará la Presentación de ofertas por empresas lideradas por mujeres o de propiedad de mujeres, Anexo N.° 6. Para determinar el puntaje del presente requisito se deberá ocupar la siguiente fórmula: (b.2 * 0,05) = PUNTAJE enfoque de género. 5%

7. Montos y duración del contrato
Estimación en base a: Presupuesto Disponible
Fuente de financiamiento: No hay información
Monto Total Estimado: 3000000
Contrato con Renovación: NO
Observaciones Sin observaciones
Plazos de pago: 30 días contra la recepción conforme de la factura
Opciones de pago: Transferencia Electrónica
Nombre de responsable de pago: MARIA SOLEDAD ZUMELZU ALVAREZ
e-mail de responsable de pago: mzumelzu@superir.gob.cl
Nombre de responsable de contrato: JOHANNA ARANGUIZ GUTIERRE
e-mail de responsable de contrato: jaranguiz@superir.gob.cl
Teléfono de responsable del contrato: 56-02-4952500-
Prohibición de subcontratación: No permite subcontratación
El adjudicatario no podrá ceder ni transferir en forma alguna, total ni parcialmente los derechos y obligaciones que nacen del desarrollo de la presente licitación.
8. Garantías requeridas
No hay información de Garantías
9. Requerimientos técnicos y otras cláusulas
Cláusula de Readjudicación
e Readjudicar, dentro de los sesenta 60 días siguientes contados desde la publicación de la Resolución de adjudicación en el sistema www.mercadopublico.cl, en cualquiera de los siguientes casos: • Si el oferente adjudicado no acepta la orden de compra dentro del plazo de 24 horas de emitida. • Si el adjudicatario se desiste de su oferta. • Si el adjudicatario es inhábil para contratar con el Estado en los términos del artículo 4° de la Ley de Compras o no proporciona los documentos que le sean requeridos para verificar dicha condición. • Si el adjudicatario no se inscribe en el Registro Electrónico Oficial de Proveedores del Estado dentro del plazo indicado en el numeral 11.2 de estas Bases Administrativas.
Resolución de Empates

En caso de existir empate entre dos o más propuestas se adjudicará al oferente que tenga el mayor puntaje en el criterio de evaluación del numeral 8.1.a.3 En caso de persistir el empate, la licitación se adjudicará al oferente que haya obtenido el mayor puntaje promedio en el criterio de evaluación 8.1.a.1. En caso de persistir el empate, la licitación se adjudicará al oferente que haya obtenido el mayor puntaje promedio en el criterio oferta económica.

En caso que, no obstante, lo anterior, la situación de empate subsista se adjudicará a la oferta que haya sido ingresada primero según comprobante de ingreso de oferta emitido por la Dirección de Compras y Contratación Pública en el portal www.mercadopublico.cl.

Mecanismo para solución de consultas respecto a la adjudicación

Las consultas sobre los contenidos de las bases deberán ser efectuadas sólo a través del portal www.mercadopublico.cl, dentro del plazo establecido en el calendario publicado en el citado portal y en el horario que en este se indique, no pudiendo los proveedores contactarse de ninguna otra forma con la SUPERIR o con sus funcionarios, por la respectiva licitación, durante el curso del proceso.

Dichas consultas serán respondidas y publicadas en el portal  www.mercadopublico.cl en el plazo indicado en el numeral 3 de estas bases administrativas y formarán parte integrante de las bases, teniéndose por conocidas y aceptadas por todos los participantes.

Asimismo, las aclaraciones que la SUPERIR estime necesario hacer a las Bases y/o sus documentos anexos, deberán realizarse exclusivamente a través del portal www.mercadopublico.cl.

Todas las notificaciones que hayan de efectuarse con ocasión del presente proceso de licitación se entenderán realizadas luego de transcurridas 24 horas desde que la SUPERIR publique en el portal www.mercadopublico.cl el documento, acto o resolución objeto de la notificación.

Cada oferente es responsable en consecuencia de revisar periódicamente el portal www.mercadopublico.cl, ya que toda comunicación referida a la presente licitación será informada en dicho portal por la SUPERIR.

Presentación de antecedentes omitidos por los oferentes

Con todo, en atención a lo dispuesto en el artículo 40 del Decreto Supremo N.° 250, de 9 de marzo de 2004, del Ministerio de Hacienda, que contiene el Reglamento de la Ley N.º 19.886, la SUPERIR podrá solicitar a los oferentes que salven los errores u omisiones formales detectados en el acto de apertura o en el posterior proceso de revisión de las ofertas, siempre y cuando las rectificaciones de dichos vicios u omisiones no les confieran a estos oferentes una situación de privilegio respecto de los demás competidores, esto es, en tanto no se afecten los principios de estricta sujeción a las bases y de igualdad de los oferentes, y se informe de dicha solicitud al resto de los oferentes a través del Sistema de Información.

Asimismo, la SUPERIR podrá solicitar la presentación de certificaciones o antecedentes que los oferentes hayan omitido presentar al momento de efectuar la oferta, siempre que dichas certificaciones o antecedentes se hayan producido u obtenido con anterioridad al vencimiento del plazo para presentar ofertas o se refieran a situaciones no mutables entre el vencimiento del plazo para presentar ofertas y el periodo de evaluación.

Para estos efectos, se otorgará un plazo de dos (2) días hábiles, contado desde la fecha de la solicitud respectiva al oferente, para que éste subsane la omisión de las formalidades requeridas, pero será sancionado en la calificación de su oferta, específicamente en el criterio b.1) "Presentación Formal de la oferta", según lo estipulado en el numeral 8.1 “Criterios de Evaluación” contenido en las presentes bases administrativas.

Si transcurrido el plazo otorgado por la SUPERIR sin que el oferente subsane las omisiones señaladas, la Superintendencia podrá rechazar sin más trámite su oferta, declarándola fuera de bases en caso de constituir un requisito de admisibilidad o imposibilite evaluar su oferta.