Garantías de Seriedad de Ofertas
Beneficiario:
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Subsecretaría del Deporte
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Fecha de vencimiento:
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13-06-2023
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Monto:
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300000
Peso Chileno
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Descripción:
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Se exige una garantía de seriedad de la oferta, por lo que todo oferente deberá presentar junto a su
oferta, uno o más documentos de garantía que, en su conjunto, caucionen la seriedad de la propuesta
realizada, aceptándose cualquier tipo de instrumento de garantía que asegure su cobro de manera
rápida y efectiva, pagadera a la vista y con el carácter de irrevocable, según lo dispuesto en el artículo
31 del Reglamento de la Ley N°19.886. Como beneficiario de la garantía debe figurar la Subsecretaría
del Deporte, RUT 61.980.360-4.
La garantía deberá ser entregada antes de la fecha y hora de cierre de la licitación en la dirección de
la Subsecretaría del Deporte, ubicada en calle Fidel Oteíza N°1956, segundo piso, ala poniente,
comuna de Providencia, en la ciudad de Santiago, Región Metropolitana, en el horario de lunes a
viernes entre las 09:00 a 17:00 horas, o a través de carta certificada. Cuando la garantía sea emitida
electrónicamente, ésta deberá ajustarse a la Ley N°19.799, sobre Documentos electrónicos, firma
electrónica y servicios de certificación de dicha firma y ser presentadas en el portal
www.mercadopublico.cl, dentro del plazo para ofertar, como archivo adjunto a la oferta.
Cuando corresponda según el tipo de instrumento de garantía, ésta deberá indicar en su texto la
siguiente glosa: “Para garantizar la seriedad de la oferta en la licitación: Contratación de Servicios de
arriendo de impresoras para las dependencias de la Subsecretaría del Deporte”. En caso de
tratarse de un instrumento que no permita la incorporación de la referida glosa, ésta deberá ser escrita
en el reverso del mismo documento o en una declaración jurada acompañada a tal instrumento.
El monto de la garantía de la seriedad de la oferta es de $300.000.- (trescientos mil pesos).
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Glosa:
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Para garantizar la seriedad de la oferta en la licitación: Contratación de Servicios de
arriendo de impresoras para las dependencias de la Subsecretaría del Deporte
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Forma y oportunidad de restitución:
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Tratándose del proveedor adjudicado, la restitución de esta garantía será realizada una vez que se
haya suscrito el respectivo contrato de prestación de servicios.
La devolución de las garantías de seriedad a aquellos oferentes cuyas propuestas hayan sido
declaradas inadmisibles se efectuará dentro del plazo de 10 días hábiles contados desde la notificación
de la resolución que dé cuenta de la inadmisibilidad. En este caso, las garantías podrán ser retiradas a
contar del día siguiente de dicha notificación en el sistema de información, en la dirección de la
Subsecretaría del Deporte, ubicada en calle Fidel Oteíza N°1956, piso 2, ala poniente, comuna de Providencia, ciudad de Santiago, Región Metropolitana, en el horario de lunes a jueves de 08:30 a
13:00 y de 14:00 a 17:30, viernes mismo horario, pero en la tarde hasta las 16:30 horas.
La devolución de las garantías de seriedad a aquellos oferentes cuyas ofertas hayan sido
desestimadas, esto es que, habiendo sido evaluadas no hayan resultado adjudicadas, se efectuará
dentro del plazo de 10 días hábiles contados desde la notificación en el portal www.mercadopublico.cl,
de la total tramitación de la resolución que apruebe el contrato suscrito con el proveedor adjudicado,
en la dirección y en el horario referido en el párrafo anterior.
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Garantía fiel de Cumplimiento de Contrato
Beneficiario:
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Subsecretaría del Deporte
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Fecha de vencimiento:
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31-12-2025
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Monto:
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10
%
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Descripción:
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La garantía podrá otorgarse mediante uno o varios instrumentos financieros de la misma naturaleza
que en conjunto sean equivalentes al monto que debe caucionarse y deberá ser entregada dentro de
los 15 días hábiles contados desde la notificación de la adjudicación, en las dependencias de la
Subsecretaría del Deporte, ubicada en calle Fidel Oteíza N°1956, piso 2, ala poniente, comuna de
Providencia, ciudad de Santiago, Región Metropolitana, en el horario de lunes a viernes entre las 09 a
17 horas, o a través de carta certificada.
Cuando la garantía sea emitida electrónicamente, ésta deberá ajustarse a la Ley N°19.799 sobre
Documentos electrónicos, firma electrónica y servicios de certificación de dicha firma. En estos casos
la entrega de la garantía se hará a través de correo electrónico a la cuenta del funcionario que le solicite
por ese mismo medio la entrega de la referida garantía.
Cuando corresponda según el tipo de instrumento de garantía, éste deberá indicar en su texto la
siguiente glosa: “Para garantizar el fiel cumplimiento del contrato denominado Contratación de
Servicio de arriendo de impresoras para las dependencias de la Subsecretaría del Deporte y/o
de las obligaciones laborales y sociales del adjudicatario”. En caso de tratarse de un instrumento que
no permita la incorporación de la referida glosa, ésta deberá ser escrita en el reverso del mismo
documento o en una declaración jurada acompañada a tal instrumento.
Será responsabilidad del adjudicatario realizar los trámites pertinentes para entregar la garantía de fiel
y oportuno cumplimiento de contrato en la forma y plazos establecidos para ello.
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Glosa:
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Para garantizar el fiel cumplimiento del contrato denominado Contratación de
Servicio de arriendo de impresoras para las dependencias de la Subsecretaría del Deporte y/o
de las obligaciones laborales y sociales del adjudicatario
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Forma y oportunidad de restitución:
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El plazo de vigencia de la garantía de fiel cumplimiento de contrato no podrá ser inferior a 90 días
hábiles después de la fecha de término del contrato.
Será responsabilidad del adjudicatario mantener vigente la garantía de fiel cumplimiento de contrato, al
menos hasta 90 días hábiles después de culminado el contrato. Mientras se encuentre vigente el
contrato, las renovaciones de esta garantía serán de exclusiva responsabilidad del proveedor.
En caso de cobro de esta garantía, derivado del incumplimiento de las obligaciones contractuales
contraídas por el adjudicatario, éste deberá reponer la garantía por igual monto y por el mismo plazo
de vigencia que la que reemplaza dentro de los 5 días hábiles siguientes contados desde la
comunicación del cobro de la primera, so pena de aplicar el término anticipado del contrato según lo
señalado en estas Bases en la cláusula N°10.9. “Término Anticipado de Contrato”, en su numeral 12.
La devolución de esta garantía será realizada una vez que se haya cumplido su fecha de vencimiento,
y su retiro será obligación y responsabilidad exclusiva del contratado.
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