Resolución de Empates |
En caso de presentarse un empate entre 2 o más ofertas, ello se resolverá adjudicando al oferente que hubiese obtenido el mayor puntaje en el criterio “Oferta económica”. Si aplicando la fórmula anterior aún persiste el empate entre oferentes, dicha situación se resolverá adjudicando al oferente que hubiese obtenido el mayor puntaje en el sub-criterio “Remuneración del personal”. De persistir el empate, se adjudicará al oferente que hubiese obtenido el mayor puntaje en el sub-criterio "Experiencia del oferente en servicios similares”, de continuar aun así empatados los oferentes, se adjudicará al oferente que hubiese obtenido el mayor puntaje en el sub-criterio “Trabajadores adultos mayores”, y, finalmente, de continuar aun así empatados los oferentes, se adjudicará al oferente que hubiese obtenido el mayor puntaje en el sub-criterio “Entrega oportuna de antecedentes”.
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Mecanismo para solución de consultas respecto a la adjudicación |
Las consultas sobre la adjudicación deberán realizarse a la Subsecretaría del Deporte dentro del plazo de 5 días hábiles contados desde la publicación de la resolución de adjudicación en el Sistema de Información www.mercadopublico.cl, a través del siguiente enlace: https://ayuda.mercadopublico.cl/, indicando el ID de la presente licitación.
La Subsecretaría del Deporte dispondrá de 10 días hábiles para responder, contados desde el vencimiento del plazo para presentar estas consultas.
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Acreditación de cumplimiento de remuneraciones o cotizaciones de seguridad social |
Durante la ejecución del contrato, el proveedor adjudicado deberá acreditar que no registra saldos
insolutos de remuneraciones o cotizaciones de seguridad social con sus actuales trabajadores o
con trabajadores contratados en los últimos dos años.
En caso de que la empresa adjudicada registre saldos insolutos de remuneraciones o cotizaciones
de seguridad social con sus actuales trabajadores o con trabajadores contratados en los últimos
dos años, los primeros estados de pago producto de esta licitación deberán ser destinados al pago
de dichas obligaciones, debiendo la empresa acreditar que la totalidad de las obligaciones se
encuentran liquidadas al cumplirse la mitad del período de ejecución de las prestaciones, con un
máximo de seis meses.
La Subsecretaría del Deporte exigirá que la empresa adjudicada proceda a dichos pagos y le
presente los comprobantes y planillas que demuestren el total cumplimiento de la obligación. El
incumplimiento de estas obligaciones por parte de la empresa adjudicataria dará derecho a terminar
la relación contractual, pudiendo llamarse a una nueva licitación, en la que la empresa referida no
podrá participar.
La Subsecretaría del Deporte se reserva el derecho a exigir al contratista, a simple requerimiento
de la contraparte técnica, y sin perjuicio de lo dispuesto en el artículo 4° de la Ley de Compras y el
artículo 183-C del Código del Trabajo, un certificado que acredite el monto y estado de cumplimiento
de las obligaciones laborales y previsionales emitido por la Inspección del Trabajo respectiva, o
bien, por medios idóneos que garanticen la veracidad de dicho monto y estado de cumplimiento,
respecto de sus trabajadores. Ello, con el propósito de hacer efectivo por parte del órgano
comprador, su derecho a ser informado y el derecho de retención, consagrados en los incisos
segundo y tercero del artículo 183-C del Código del Trabajo, en el marco de la responsabilidad
subsidiaria derivada de dichas obligaciones laborales y previsionales, a la que alude el artículo 183-
D del mismo Código.
Por otra parte, se deja expresa constancia que la suscripción del contrato respectivo no significará
en caso alguno que el adjudicatario, sus trabajadores o integrantes de los equipos presentados por
éstos, adquieran la calidad de funcionarios públicos, no existiendo vínculo alguno de subordinación
o dependencia de ellos con la Subsecretaría del Deporte.
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Presentación de antecedentes omitidos por los oferentes |
Una vez realizada la apertura electrónica de las ofertas, la Subsecretaría del Deporte podrá solicitar a los oferentes que salven errores u omisiones formales, siempre y cuando las rectificaciones de dichos vicios u omisiones no les confieran a esos oferentes una situación de privilegio respecto de los demás competidores, esto es, en tanto, no se afecten los principios de estricta sujeción a las bases y de igualdad de los oferentes, y se informe de dicha solicitud al resto de los oferentes a través del sistema de información www.mercadopublico.cl (artículo 40, inciso 1°, del Reglamento de la Ley N°19.886).Asimismo, se podrá permitir la presentación de las certificaciones y/o antecedentes que hayan omitido presentar al momento de efectuar la oferta, siempre que dichas certificaciones o antecedentes se hayan producido u obtenido con anterioridad al vencimiento del plazo para
presentar ofertas o se refieran a situaciones no mutables entre el vencimiento del plazo para
presentar ofertas y el periodo de evaluación (artículo 40, inciso 2° del Reglamento de la Ley
N°19.886). No se aceptarán certificados que se encuentren en “trámite” o “no vigentes”.
Los oferentes tendrán un plazo máximo de 48 horas corridas, contadas desde la comunicación del
respectivo requerimiento, para responder a lo solicitado por la Subsecretaría del Deporte o para
acompañar los antecedentes requeridos por ésta. La Subsecretaría del Deporte no considerará las
respuestas o los antecedentes recibidos una vez vencido dicho plazo o que no hayan sido enviados
a través de la plataforma.
La responsabilidad de revisar oportunamente dicho sistema durante el período de evaluación recae
exclusivamente en los respectivos oferentes.
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Pacto de integridad |
El oferente declara que, por el sólo hecho de participar en la presente licitación, acepta expresamente el presente pacto de integridad, obligándose a cumplir con todas y cada una de las estipulaciones que contenidas el mismo, sin perjuicio de las que se señalen en el resto de las bases de licitación y demás documentos integrantes. Especialmente, el oferente acepta el suministrar toda la información y documentación que sea considerada necesaria y exigida de acuerdo a las presentes bases de licitación, asumiendo expresamente los siguientes compromisos:
1.- El oferente se compromete a respetar los derechos fundamentales de sus trabajadores, entendiéndose por éstos los consagrados en la Constitución Política de la República en su artículo 19, números 1º, 4º, 5º, 6º, 12º, y 16º, en conformidad al artículo 485 del código del trabajo. Asimismo, el oferente se compromete a respetar los derechos humanos, lo que significa que debe evitar dar lugar o contribuir a efectos adversos en los derechos humanos mediante sus actividades, productos o servicios, y subsanar esos efectos cuando se produzcan, de acuerdo a los Principios Rectores de Derechos Humanos y Empresas de Naciones Unidas.
2.-El oferente se obliga a no ofrecer ni conceder, ni intentar ofrecer o conceder, sobornos, regalos, premios, dádivas o pagos, cualquiera fuese su tipo, naturaleza y/o monto, a ningún funcionario público en relación con su oferta, con el proceso de licitación pública, ni con la ejecución de él o los contratos que eventualmente se deriven de la misma, ni tampoco a ofrecerlas o concederlas a terceras personas que pudiesen influir directa o indirectamente en el proceso licitatorio, en su toma de decisiones o en la posterior adjudicación y ejecución del o los contratos que de ello se deriven.
3.- El oferente se obliga a no intentar ni efectuar acuerdos o realizar negociaciones, actos o conductas que tengan por objeto influir o afectar de cualquier forma la libre competencia, cualquiera fuese la conducta o acto específico, y especialmente, aquellos acuerdos, negociaciones, actos o conductas de tipo o naturaleza colusiva, en cualquier de sus tipos o formas.
4.- El oferente se obliga a revisar y verificar toda la información y documentación, que deba presentar para efectos del presente proceso licitatorio, tomando todas las medidas que sean necesarias para asegurar la veracidad, integridad, legalidad, consistencia, precisión y vigencia de la misma.
5.- El oferente se obliga a ajustar su actuar y cumplir con los principios de legalidad, ética, moral, buenas costumbres y transparencia en el presente proceso licitatorio.
6.- El oferente manifiesta, garantiza y acepta que conoce y respetará las reglas y condiciones establecidas en las bases de licitación, sus documentos integrantes y él o los contratos que de ellos se derivase.
7.- El oferente se obliga y acepta asumir, las consecuencias y sanciones previstas en estas bases de licitación, así como en la legislación y normativa que sean aplicables a la misma.
8.- El oferente reconoce y declara que la oferta presentada en el proceso licitatorio es una propuesta seria, con información fidedigna y en términos técnicos y económicos ajustados a la realidad, que aseguren la posibilidad de cumplir con la misma en las condiciones y oportunidad ofertadas.
9.- El oferente se obliga a tomar todas las medidas que fuesen necesarias para que las obligaciones anteriormente señaladas sean asumidas y cabalmente cumplidas por sus empleados y/o dependientes y/o asesores y/o agentes y en general, todas las personas con que éste o éstos se relacionen directa o indirectamente en virtud o como efecto de la presente licitación, incluidos sus subcontratistas, haciéndose plenamente responsable de las consecuencias de su infracción, sin perjuicio de las responsabilidades individuales que también procediesen y/o fuesen determinadas por los organismos correspondientes.
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