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12.1 Recepción de las Ofertas |
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Todo el procedimiento se realizará mediante el Sistema de Información de Compras Públicas www.mercadopublico.cl dentro del plazo señalado, por lo que una vez expirado dicho plazo no se aceptará propuesta alguna.
Salvo que ocurriese alguna indisponibilidad técnica de la plataforma, en tal circunstancia, se permitirá excepcionalmente, la presentación de ofertas fuera del sistema, para lo cual el oferente deberá hacer llegar su propuesta en formato impreso (a la Oficina de Partes de la CONADI Cañete, ubicada en calle Segundo de Línea N°398, de la ciudad de Cañete) junto con el Certificado que acredite la indisponibilidad del Sistema de la Dirección de ChileCompra, dentro de los plazos que establece el Reglamento de la ley N° 19.886.
En el caso de los antecedentes que se suban al portal www.mercadopublico.cl, como el Anexo N° 1, Anexo N° 2, Anexo N° 3 y Anexo N° 4 deben presentarse escaneados con la firma.
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12.2 Cuadro resumen de presentación de oferta |
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ANTECEDENTES ADMINISTRATIVOS
Documento Indicaciones Según Formato
Identificación del Oferente Documento debe estar debidamente llenado y firmado, dado que estos antecedentes servirán de base para contratación, seguimiento posterior, o según corresponda. Anexo N° 1.
Declaración Jurada Persona Natural o Jurídica Según corresponda a persona natural o jurídica.
Cuando el Oferente sea Unión Temporal de Proveedores (UTP) deberá presentar una Declaración por cada integrante de la UTP, o por el representante legal de cada integrante, según sea el caso. Anexo Nº 2
Acuerdo para la creación de la UTP (Unión Temporal de Proveedores) En caso que, el oferente realice una Unión Temporal de Proveedores, debe adjuntar Acuerdo para la creación de UTP, en el caso de las Licitaciones Públicas menores a 1.000 UTM. Este será uno de los Requisitos de Admisibilidad para las UTP.
Este documento debe presentar al menos: La identificación de los integrantes, nombramiento de un apoderado con poder suficiente, declaración de responsabilidad solidaria de todos sus miembros, (sin formato)
ANTECEDENTES TÉCNICOS Y ECONÓMICOS
Documento Indicaciones Según Formato
FORMATO OFERTA TÉCNICA Formato para la presentación de la propuesta técnica. Debe presentarse firmada por el oferente y/o Representante Legal. El oferente debe indicar con detalle las características y descripción de lo ofertado, debiendo cumplir, como mínimo, con las especificaciones indicadas en las Bases Técnicas.
Anexo N° 3
FORMATO OFERTA ECONÓMICA Formato para la presentación de la propuesta económica. Debe presentarse firmada por el oferente y/o Representante Legal. La propuesta económica deberá expresarse en pesos chilenos, con todas sus cifras y por el monto correspondiente al valor del producto requerido en la presente licitación. Esta cantidad debe incluir todo impuesto o retención legal y no podrá incluir reajuste alguno. En ningún caso, se aceptará que en la cantidad ofertada se agregue la frase "más impuesto" o "más IVA Anexo N° 4
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12.3 Pacto de Integridad |
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El oferente declara que, por el sólo hecho de participar en la presente licitación, acepta expresamente el presente pacto de integridad, obligándose a cumplir con todas y cada una de las estipulaciones contenidas en el mismo, sin perjuicio de las que se señalen en el resto de las bases de licitación y demás documentos integrantes. Especialmente, el oferente acepta el suministrar toda la información y documentación que sea considerada necesaria y exigida de acuerdo a las presentes bases de licitación, asumiendo expresamente los siguientes compromisos:
1.- El oferente se obliga a no ofrecer ni conceder, ni intentar ofrecer o conceder, sobornos, regalos, premios, dádivas o pagos, cualquiera fuese su tipo, naturaleza y/o monto, a ningún funcionario público en relación con su oferta, con el proceso de licitación pública, ni con la ejecución de él o los contratos que eventualmente se deriven de la misma, ni tampoco a ofrecerlas o concederlas a terceras personas que pudiesen influir directa o indirectamente en el proceso licitatorio, en su toma de decisiones o en la posterior adjudicación y ejecución del o los contratos que de ello se deriven.
2.- El oferente se obliga a no intentar ni efectuar acuerdos o realizar negociaciones, actos o conductas que tengan por objeto influir o afectar de cualquier forma la libre competencia, cualquiera fuese la conducta o acto específico, y especialmente, aquellos acuerdos, negociaciones, actos o conductas de tipo o naturaleza colusiva, en cualquier de sus tipos o formas.
3.- El oferente se obliga a revisar y verificar toda la información y documentación, que deba presentar para efectos del presente proceso licitatorio, tomando todas las medidas que sean necesarias para asegurar la veracidad, integridad, legalidad, consistencia, precisión y vigencia de la misma.
4.- El oferente se obliga a ajustar su actuar y cumplir con los principios de legalidad, ética, moral, buenas costumbres y transparencia en el presente proceso licitatorio.
5.- El oferente manifiesta, garantiza y acepta que conoce y respetará las reglas y condiciones establecidas en las bases de licitación, sus documentos integrantes y él o los contratos que de ellos se derivase.
6.- El oferente se obliga y acepta asumir, las consecuencias y sanciones previstas en estas bases de licitación, así como en la legislación y normativa que sean aplicables a la misma.
7.- El oferente reconoce y declara que la oferta presentada en el proceso licitatorio es una propuesta seria, con información fidedigna y en términos técnicos y económicos ajustados a la realidad, que aseguren la posibilidad de cumplir con la misma en las condiciones y oportunidad ofertadas.
8.- El oferente se obliga a tomar todas las medidas que fuesen necesarias para que las obligaciones anteriormente señaladas sean asumidas y cabalmente cumplidas por sus empleados y/o dependientes y/o asesores y/o agentes y en general, todas las personas con que éste o éstos se relacionen directa o indirectamente en virtud o como efecto de la presente licitación, incluidos sus subcontratistas, haciéndose plenamente responsable de las consecuencias de su infracción, sin perjuicio de las responsabilidades individuales que también procediesen y/o fuesen determinadas por los organismos correspondientes.
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12.4 CONSULTAS Y ACLARACIONES DE LOS DOCUMENTOS DE LA LICITACIÓN |
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Los oferentes que participen en la licitación podrán formular consultas exclusivamente a través del portal www.mercadopublico.cl, respecto de cualquiera de los puntos de estas bases, en los plazos establecidos en el portal. La CONADI, pondrá a disposición de los oferentes las aclaraciones que hubieren surgido con motivo de las consultas, informando de ello en el Portal www.mercado publico.cl, de acuerdo a las etapas y plazos dispuestos en las bases.
Sin perjuicio de lo anterior, la CONADI podrá efectuar para todos los oferentes, otras aclaraciones de cualquier naturaleza que estime pertinente hasta las 48 horas antes del cierre de la propuesta establecida en el portal, para que los proveedores puedan poseer toda información antes de la fecha límite de la presente licitación.
Será responsabilidad de los oferentes verificar la existencia de las aclaraciones a las bases de licitación, y se entenderán conocidas por parte del oferente a quien se le adjudique la licitación. Las aclaraciones y/o respuestas emitidas por CONADI, formaran parte integrante de la presente licitación.
Según lo estipulado en el Artículo 27 del Reglamento de la ley N° 19.886, los proveedores no pueden contactarse de ninguna otra forma con la CONADI o sus funcionarios, por motivo de la presente licitación, durante el transcurso del proceso, salvo lo establecido en las presentes Bases de Licitación.
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12.5 MODIFICACIÓN DE BASES |
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Toda modificación de las Bases se sujetará al mismo procedimiento a que está sometida la aprobación de las presentes bases, por tanto, dicha modificación deberá aprobarse mediante Resolución y publicarse en el portal mercadopublico.cl. Junto con lo anterior, se deja establecido que las eventuales modificaciones sólo serán procedentes hasta antes de cierre de la recepción de ofertas, considerándose un plazo prudencial para que los proveedores interesados puedan conocer y adecuar su oferta a las modificaciones, acorde con lo dispuesto por el artículo 19 inciso primero del D.S. Nº 250, de 2004, del Ministerio de Hacienda, que aprueba el Reglamento de la ley N° 19.886, de Bases sobre Contratos Administrativos de Suministro y Prestación de Servicios.
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12.6. APERTURA ELECTRÓNICA Y ADMISIBILIDAD. |
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Luego del cierre de la licitación en el portal, se procederá con la apertura electrónica de las ofertas presentadas. Será el Director Regional de CONADI Región del Biobío, quien, de acuerdo a lo obrado por la Comisión de Evaluación, declarará la admisibilidad de las ofertas, en la Resolución de adjudicación respectiva.
Documentos de admisibilidad:
La unidad operativa licitante determinará los documentos y antecedentes de cada licitación para que las ofertas sean declaradas admisibles. Dentro de estos deben figurar:
Anexo Nº1: Identificación del Proveedor.
Anexo Nº2: Declaración Jurada simple, inhabilidades y lavado de activos.
Anexo Nº3: Presentación Oferta Técnica
Anexo N°4: Oferta Económica
El Comité de Admisibilidad y Evaluación analizará las ofertas aceptadas electrónicamente a fin de constatar si cumplen con lo establecido en estas bases para su presentación. El incumplimiento de uno o más de estos, serán causal suficiente para declarar su inadmisibilidad.
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12.7 RECTIFICACIÓN DE ERRORES U OMISIONES FORMALES |
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De conformidad a lo establecido en el artículo 40 del Decreto Supremo N° 250 de Hacienda de 2004, que Aprueba el reglamento de la ley N° 19.886, el Comité de Admisibilidad y Evaluación podrá solicitar a los oferentes que salven errores u omisiones formales, si en el proceso de evaluación de antecedentes se advierten errores u omisiones en aspectos solicitados en conformidad a las bases de licitación.
El plazo para dar cumplimiento a lo requerido no podrá ser superior a las 72 horas, las cuales se contarán desde que se envíe al oferente una comunicación en tal sentido mediante el portal www.mercadopublico.cl. De dicha solicitud se deberá informar a los demás oferentes, a través del sistema de información. Esta situación será considerada por el Comité de Evaluación al momento de la evaluación de la respectiva oferta, bajo el criterio "Presentación de Antecedentes Formales Completos.
Para los efectos de la presente licitación, el comité podrá solicitar que se rectifiquen, enmienden o aclararen antecedentes formales, entre otros, el siguiente:
- En caso de existir errores en Anexos N° 1, N° 2.
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12.8.1 Comisión Evaluadora |
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El Director Regional de CONADI Región del Biobío designará con al menos 3 días hábiles antes del cierre de la licitación, por Resolución Exenta, una Comisión integrada a lo menos, por tres funcionarios públicos, que se encargarán de analizar las diferentes Ofertas, para posteriormente proponer la adjudicación a los Oferentes cuya oferta consideren que mejor satisface a los intereses y necesidades de la Institución y por haber obtenido la mayor evaluación global, aceptando por tanto la oferta más ventajosa, considerando los criterios de evaluación, con sus correspondientes puntajes y ponderaciones, establecidas en las presentes Bases, lo que deberá ser declarado por resolución fundada. Excepcionalmente, y de manera fundada, podrán integrar esta comisión personas ajenas a la administración y siempre en un número inferior a los funcionarios públicos que la integran. La CONADI Región del Biobío, podrá proveer a la comisión evaluadora de la asesoría de expertos de reconocido prestigio en las materias técnicas a revisar en los procesos de licitación.
Para sesionar se requerirá de la asistencia de la mayoría de sus miembros.
Los miembros de la comisión deberán adoptar las medidas que aseguren el correcto almacenamiento de los documentos que deben revisar en el ejercicio de sus funciones, y que las personas que no pertenecen a la comisión no tengan acceso a dichos documentos.
Esta Comisión podrá solicitar antecedentes aclaratorios a los Proveedores, para un mejor resolver, sin que esto signifique alteración de la Oferta presentada, ni vulneración al principio de igualdad de los oferentes.
La integración de los miembros del comité evaluador se publicará en el Sistema de Información y Contratación de Compras y Contrataciones Públicas, de conformidad a lo establecido en el artículo 37 inciso final del Decreto Supremo N° 250 de 2004, del Ministerio de Hacienda, que aprueba Reglamento de la Ley Nº 19.886.
Los miembros de la Comisión Evaluadora, no podrán tener conflictos de intereses con los Oferentes o sus representantes legales, de conformidad con la normativa vigente al momento de la evaluación conforme al art. 37 inciso final del D.S. N° 250/04, del Ministerio de Hacienda.
La comisión evaluadora podrá requerir la asesoría jurídica en aquellas materias en la que exista la necesidad de una interpretación jurídica, debiendo la Unidad jurídica disponer de insumos y reflexiones técnico jurídicos que permitan la resolución del asunto en el menor tiempo posible.
DEJASE ESTABLECIDO que los integrantes de comisión de evaluación designados de acuerdo a la ley N° 19.886, son SUJETOS PASIVOS en virtud de lo dispuesto en la ley N° 20.730, que regula el Lobby y las Gestiones que Representen Intereses Particulares ante las Autoridades y funcionarios. Conforme lo anterior, deberán llevar los registros que contempla dicha ley (Registro de audiencias y reuniones, de viajes y donativos, y de Lobbista y de gestores de Intereses) y cumplir con las demás obligaciones que la ley antes señalada establece.
Es responsabilidad de la Comisión hacer una evaluación completa tanto de los aspectos formales como de fondo que se deben cumplir por los oferentes, consignando sus conclusiones en el informe que al efecto evacúe.
El informe de la Comisión de Evaluación, deberá ajustarse al artículo 40 bis del DS 250.-
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12.9 PUNTUACIÓN Y RESOLUCIÓN DE EMPATES |
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La comisión de evaluación evaluará la Oferta Técnica y la Oferta Económica de conformidad a los criterios y pautas de evaluación que se establecen en las Bases Técnicas. Los/as integrantes de la Comisión se deberán reunir a evaluar y calificar individualmente las ofertas presentadas, aplicando para ello los criterios de evaluación.
El puntaje final de cada oferta, se determinará mediante los criterios de evaluación y sus respectivas ponderaciones, que se señalan en la Bases Técnicas. Culminada la evaluación, se elaborará un Informe Final que contendrá los puntajes de las Ofertas evaluadas. El puntaje mínimo para adjudicar será de un 60 sobre un total de 100.
Es responsabilidad de la Comisión hacer una evaluación completa tanto de los aspectos formales como de fondo que se deben cumplir por los oferentes, consignando sus conclusiones en el informe que al efecto evacúe.
Si como resultado del proceso de evaluación resultare igualdad de puntaje, se preferirá adjudicar a aquella oferta que tenga mejor puntaje en la evaluación técnica y en caso de persistir la igualdad, se dará preferencia a aquella que haya obtenido mejor evaluación en el criterio técnico de mayor ponderación. En caso de perseverar el empate, se preferirá a aquella propuesta que haya obtenido mejor puntaje en la evaluación económica.
Si aun así persiste el empate, será el director regional de CONADI Cañete quien decidirá si adjudica o declara desierta la licitación.
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12.10 DEL INFORME DE EVALUACIÓN |
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Será responsabilidad de la comisión de evaluación la confección del informe de evaluación respectivo, que deberá ajustarse de acuerdo a lo indicado en bases de licitación, debiendo este contener:
a.- Identificación del proceso licitatorio, con referencia al acto administrativo aprobatorio de las Bases y al número de adquisición que lo identifica dentro del sistema de compras públicas.
b.- Integrantes de la Comisión Evaluadora.
c.- Indicación de oferentes que presentaron ofertas.
d.- Examen de admisibilidad de las ofertas. Se declararán inadmisibles las ofertas cuando éstas no cumplieren los requisitos establecidos en las bases. Esto implica que la comisión ha de hacer una revisión previa de todos los requerimientos que conforme a las bases deben ser cumplidos por todo oferente.
e.- Evaluación de las ofertas, con asignación de puntaje conforme a los factores definidos en las Bases. Debe explicitarse los criterios de evaluación y el razonamiento aplicado por la Comisión.
g.- Propuesta de adjudicación, con un desarrollo explícito de los fundamentos en los cuales dicha propuesta se apoya (el adjudicatario será aquel que, en su conjunto, haga la propuesta más ventajosa, teniendo en cuenta las condiciones que se han establecido en las bases) o en su defecto solicitará se declare desierta la propuesta, porque no se presentaron ofertas, o bien, porque éstas no resultan convenientes a los intereses del Servicio.
Asimismo, la carpeta con antecedentes de evaluación deberá contener los siguientes anexos:
• Acta electrónica de Apertura de Ofertas a través del Sistema de Información.
• Sistematización de las preguntas, respuestas y aclaraciones formuladas en el período contemplado al efecto, en las Bases.
• Documentación que acredite la personería del representante legal de la empresa y fotocopia de su carnet de identidad, así como la acreditación de vigencia de la sociedad que se propone adjudicar. En el caso de personas naturales, solo acompañar fotocopia de su carnet de identidad.
• Personas jurídicas que se hayan constituido en conformidad al sistema simplificado que contempla la ley N° 20.659, y el D.S. N° 45 de Economía de 2013 deberán acompañar:
a) Certificado de Vigencia.
b) Rut de la sociedad
Esta documentación no será necesaria en caso de estar publicada en www.chileproveedores.cl
De esta manera, la Comisión emitirá su propuesta fundada, la que se remitirá al Director Regional de la CONADI Región del Biobío, quien adoptará la decisión final.
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13. ADJUDICACIÓN, INADMISIBILIDAD O DESERCIÓN |
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Adoptada la decisión por el Director Regional de CONADI Región del Biobío, se procederá a dictar la resolución de adjudicación, en un plazo de hasta 10 días hábiles contados desde la fecha de cierre de la licitación.
Cuando la adjudicación no se realice dentro del plazo señalado en las bases de licitación, el Servicio deberá informar en el Sistema de Información las razones que justifican el incumplimiento del plazo para adjudicar e indicar un nuevo plazo para la adjudicación.
El Director Regional de CONADI Región del Biobío, declarará desierta la licitación cuando no se presenten ofertas, o bien, cuanto estas no resulten convenientes a sus intereses o declarar inadmisibles alguna o todas las ofertas cuando éstas no cumplieren los requisitos establecidos en las bases, conforme se dispone en el artículo 9 de la ley N° 19.886. Estas eventuales determinaciones se formalizarán por la correspondiente resolución Fundada.
El resultado de la Propuesta se comunicará a todos los oferentes una vez cumplido el trámite administrativo de los antecedentes a través del Portal Mercado Público.
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13.1 CLÁUSULA DE READJUDICACIÓN |
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Si el respectivo adjudicatario se desiste de su oferta o no se inscribe en Chileproveedores en los plazos que se establecen en las presentes bases, no cumpla con los requisitos para proveer del producto de acuerdo a lo establecido en las presentes bases, o sea inhábil para contratar de acuerdo con los términos de la ley N° 19.886 y su Reglamento, la CONADI podrá, dentro del plazo de 60 días corridos contados desde la publicación de la adjudicación original, junto con dejar sin efecto la adjudicación original, readjudicar la licitación al Oferente que, de acuerdo al resultado de la evaluación le siga en puntaje, y así sucesivamente, a menos que, de acuerdo a los intereses del servicio, se estime conveniente declarar desierta la licitación, mediante la correspondiente Resolución.
En el caso de que el adjudicatario sea una UTP y alguno de sus integrantes estuviese afecto a la citada inhabilidad del artículo 4°, inciso 6°, de la ley N° 19.886, la UTP deberá informar por escrito, dentro del plazo de 5 días hábiles, si se desiste o si decide igualmente ejecutar el contrato adjudicado, con la integración del resto de sus miembros, siempre que estos fuesen hábiles. En el evento de no informar lo anterior o de manifestar su intención de desistirse, la licitación será readjudicada al siguiente oferente mejor evaluado, a menos que, de acuerdo a los intereses del servicio, se estime conveniente declarar desierta la licitación, mediante la correspondiente Resolución.
Luego del retiro de alguno de sus miembros, la UTP debe continuar funcionando con al menos 2 integrantes. Si la integración no cumple con el mínimo recién indicado, o el integrante de la UTP que se retira es alguno de los que hubiese reunido una o más características objeto de la evaluación de la oferta, ésta deberá ser dejada sin efecto, debiendo la licitación ser readjudicada al siguiente mejor evaluado, a menos que, de acuerdo a los intereses del servicio, se estime conveniente declarar desierta la licitación, mediante la correspondiente Resolución.
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13.2 MECANISMO PARA SOLUCIÓN DE CONSULTAS RESPECTO A LA ADJUDICACIÓN |
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Las preguntas o consultas que surjan con ocasión de la adjudicación de la licitación deberán formularse al encargado del proceso, Srta. Paulina Orellana Contreras, a través de carta a la dirección calle Segundo de Línea N° 398, de la ciudad Cañete o vía correo electrónico porellana@conadi.gov.cl. La respuesta será dada dentro del plazo de 48 horas desde la recepción formal de la pregunta o consulta.
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14.- CONDICIONES PARA ADQUIRIR EL BIEN |
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Una vez adjudicada la Licitación y publicada en www.mercadopublico.cl, el adjudicatario seleccionado deberá aceptar la Orden de Compra que elabore el Servicio dentro del plazo 10 días hábiles, contados desde la publicación de la adjudicación en el Portal del www.mercadopublico.cl, la cual será elaborada por el Servicio tomando como base el texto de las presentes Bases de Licitación.
En el caso que el adjudicatario haya ofertado a través de la Unión Temporal de Proveedores, deberá entregar el acuerdo en que conste la unión temporal de proveedores, materializado a través de una escritura pública, con vigencia no inferior a la del contrato adjudicado.
Conforme al inciso cuarto del artículo Nº 16 de la ley Nº 19.886, y artículo Nº 66 de su Reglamento, se requerirá del Proveedor a quien se le adjudique la propuesta, su inscripción en el Registro de Contratistas y Proveedores (www.chileproveedores.cl) a cargo de la Dirección de Compras y Contratación Pública al momento de la suscripción del contrato.
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15.- GARANTIAS Y MULTAS |
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Por la naturaleza del producto solicitado, no se requieren garantías
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15.1. MULTAS: |
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Cada vez que el contratista incurra en los incumplimientos definidos en las presentes bases, la CONADI de la Región del Biobío, aplicará administrativamente multas, salvo que sea debido a casos de fuerza mayor o caso fortuito, los que deberán ser justificados por el contratista o proveedor ante la Corporación.
La CONADI aplicará multas en los siguientes casos:
a) Multas por no cumplimiento de plazo de entrega o por no prestación oportuna de servicios, de acuerdo al plazo ofertado y convenido.
b) Por cada día corrido de atraso en la entrega del producto, se cobrará una multa de 0,5 UTM.
c) El monto de la UTM que se utilizará para este cálculo será el del Mes que se presenta el incumplimiento.
En todo caso, si el adjudicatario comprueba que los atrasos o las deficiencias obedecen a problemas de fuerza mayor o caso fortuito, no imputable a su desempeño, el Servicio podrá dejar sin efecto la sanción.
PROCEDIMIENTO:
Una vez detectada la falta por la contraparte técnica del contrato, ésta informará al ejecutor mediante oficio, para que, dentro de 5 días hábiles, presente sus descargos frente al eventual incumplimiento.
Efectuado los descargos o sin ellos, la unidad que generó la contratación, elaborará un informe y calculará el monto de la multa y previa visación de la Unidad de Administración y Finanzas, remitirá todos los antecedentes a la Unidad Jurídica para aprobación jurídica, y la dictación de la Resolución fundada por el Director Regional de CONADI Región del Biobío, la que deberá ser notificada a la ejecutora mediante correo electrónico indicado por éste y/o carta certificada.
Si transcurrido el plazo para interponer los recursos administrativos que procedan, el ejecutor no ejerce este derecho, la resolución queda firme y se debe proceder al cobro de la multa.
Interpuesto el recurso, la contraparte técnica remitirá los antecedentes a la unidad jurídica, la que podrá solicitar informes u otros antecedentes para resolver mediante Resolución fundada del Director Regional de la CONADI Región del Biobío. Rechazados los recursos, se procederá al cobro de las multas.
Las multas se pagarán con cheque nominativo o mediante depósito o transferencia electrónica, dentro de los 30 días siguientes de tenidas a firme, a nombre de la Corporación Nacional de Desarrollo Indígena, RUT 72.396.000-2, cuenta corriente N° 56309026182, Restos CONADI.
Si pasado treinta días de la notificación de la multa ésta no es pagada, se deducirá el monto de la factura(s) pendiente(s) y si no se alcanzara a cubrir, se ejecutará la garantía por cumplimiento de contrato. En este caso, el proveedor deberá reponer dicha garantía en las mismas condiciones que la original dentro del plazo de 5 días hábiles de ejecutada.
La contraparte técnica del contrato será responsable de requerir la aplicación de las multas al Director Regional de la CONADI Región del Biobío, para lo cual adjuntará todos los documentos que sustenten las medidas.
Con todo, el monto total de las multas a aplicar, no podrá superar el 30% del precio total contratado.
No se dará curso al pago de ninguna factura si hay pago de multa pendiente.
En el caso de aplicación de multas por parte del Servicio, deberá dejarse constancia de ello ingresando los antecedentes correspondientes a los portales www.mercadopublico.cl y/o www.chileproveedores.cl según corresponda.
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15.2 CONTRAPARTE TÉCNICA |
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La contraparte técnica del contrato por parte de la CONADI Región del Biobío será la funcionaria Srta. Paulina Orellana Contreras, quien estará a cargo de la correcta adquisición del bien, que tendrá, entre otras, las funciones de recibir el producto y emitir el certificado de recepción conforme a las especificaciones requeridas por el servicio y las ofertadas por el adjudicatario.
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15.3 RECHAZO |
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La CONADI, por iniciativa propia, se reserva el derecho de rechazar los productos entregados, por defectos de calidad o por no corresponder a las especificaciones técnicas. Por lo tanto, el Director Regional de CONADI Región del Biobío, aplicará las sanciones y multas contempladas en las presentes Bases y ejercerá los derechos que le corresponden para obtener la reparación íntegra oportuna y total de los daños que se causaren
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16. DEL PAGO |
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El pago por el bien adquirido se hará en una cuota y se procederá posterior a la recepción conforme que haga la contraparte técnica en un plazo no superior a los 30 días corridos de emitida la factura por el proveedor.
En el caso de una UTP, será el representante de la misma, indicado en el documento de su constitución, quien deberá emitir la boleta o factura respectiva para cursar los pagos que generen la ejecución contractual.
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17.- DE LA FACTURACIÓN Y PAGO: |
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El pago lo hará CONADI por intermedio de la Tesorería General de la República mediante transferencia electrónica, previa recepción conforme por parte de la contraparte técnica. Cada factura o documento tributario se pagará dentro de los 30 días corridos contados desde la fecha de emisión.
Para proceder al pago, el proveedor, posterior a la aprobación o recepción conforme de los productos o servicios por parte de la contraparte técnica del contrato de la CONADI, deberá emitir y entregar la factura electrónica o documento tributario de acuerdo a lo adjudicado y a las órdenes de compra emitidas, en la forma establecida por el Servicio de Impuestos Internos, haciendo referencia en el campo respectivo, el número de la Orden de Compra de Mercado Público.
La factura debe ser emitidas a:
Razón Social: Corporación Nacional de Desarrollo Indígena
Rut: 72.396.000-2
Giro Comercial: Servicio Público
Dirección: Segundo de Línea N° 398, de la ciudad de Cañete.
Las facturas deben emitirse al crédito a 30 días plazo.
El proveedor debe informar los datos necesarios para realizar la transferencia bancaria a la contraparte técnica del contrato y a su jefatura a través de correo electrónico, estos deben corresponder a la persona a quien se emitió la Orden de Compra..
Nuestro Servicio opera bajo dos importantes modalidades de trabajo, en el marco de la modernización del Estado, las cuales tienen como objetivo, cumplir con la aceptación formal de la Factura dentro del plazo legal de ocho días y el pago oportuno.
Estas modalidades corresponden básicamente al devengo automático y pago centralizado a través de Tesorería General de la República, TGR, en este contexto, en la relación contractual se debe considerar lo siguiente:
1.- Esta modalidad implica la aceptación formal de la Factura dentro del plazo legal de ocho días, motivo por el cual y considerando los tiempos de traslado, recepción e ingreso de mercadería apuntan hacia la utilización en forma preferente de despacho de los bienes con Guía de Despacho, para posteriormente efectuar la emisión de la factura solamente una vez realizada la recepción conforme de los Bienes (incluido la instalación, capacitación y puesta en marcha, según corresponda).
2.- Esta instrucción trae consigo, el uso de un sistema establecido por la Dirección de presupuesto (DIPRES), que recepcionará las facturas emitidas a nuestro Servicio, para hacer más expedita la tramitación de las mismas. Dicho sistema considera las siguientes validaciones que se realizarán de forma automática, sobre las cuales deberá tener especial atención de cumplir, ya que darse alguno de los casos señalados, las facturas serán reclamadas.
Las facturas serán rechazadas automáticamente si:
a. No se indica correctamente la Orden de Compra, OC, de acuerdo al formato de Mercado Público y en el campo habilitado en el sistema de facturación electrónica del Servicio de Impuestos Internos.
b. Traer OC errónea o no es aceptada por el proveedor en Mercado Público.
c. No enviar el archivo xml de la factura a la casilla de intercambio conadirecepcion@custodium.com dentro de 72 horas en la forma establecida por el Servicio de Impuestos Internos.
d. Por facturar un valor mayor al disponible en la Orden de Compra.
La revisión de los pagos podrá ser consultada por el proveedor en la página de Tesorería General de la República; www.tgr.cl en modulo CONSULTA PAGO PROVEEDORES DEL ESTADO.
Recibido el documento tributario en ACEPTA, (administrador)/adquisiciones/funcionario responsable lo envía, mediante correo electrónico, al Fondo, Programa, Unidad o Departamento requirente, quien debe (gestionar) manifestar su conformidad/o rechazo con los productos/servicios recibidos, en el plazo máximo de 6 días de emitido el documento tributario.
De conformidad al manual de gestión de abastecimiento de la CONADI, el responsable de la recepción del bien o servicio debe expresar su:
Conformidad mediante su firma en el mismo documento tributario, mediante certificado de recepción conforme, o bien junto a un memo conductor o por correo electrónico.
Disconformidad mediante memorándum o correo electrónico, indicando si rechazo corresponde a reclamo por contenido documento, reclamo por falta parcial productos/servicios, reclamo por falta total productos/servicios, otras que a futuro defina plataforma ACEPTA, puede indicar mayores detalles si es pertinente. Informa situación mediante correo electrónico al Proveedor.
En caso de Disconformidad y acorde a información recibida, adquisiciones/administrador SGDT, rechaza documento tributario en SGDTE/SII.
En caso de conformidad, recibido el documento pertinente, la unidad de adquisiciones/funcionario responsable ejecutar recursos, gestiona Recepción Conforme orden de compra en portal Mercadopublico.
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18. PLAZO DE ENTREGA DE PRODUCTOS |
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Los productos deberán ser entregados en el plazo ofertado por el adjudicatario y establecido en la Orden de Compra, en conformidad al punto 3.2 de las Bases Técnicas
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19. AMPLIACIÓN DEL PLAZO DE EJECUCIÓN Y MULTAS POR ATRASO |
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El plazo para la entrega del producto se podrá ampliar por una sola vez y hasta 05 días hábiles a solicitud del ejecutor formulada a más tardar 1 día de aceptada de Orden de Compra y siempre que existan razones fundadas para ello, lo que será calificado por la ULTA, y aprobado por resolución del Director Regional de CONADI Región del Biobío. Solo se admitirán las causales de fuerza mayor o caso fortuito, conforme las definiciones que establece el Código Civil y por el número de días que la causal haya generado un entorpecimiento.
La solicitud de aumento de plazo deberá ser requerida antes del vencimiento del plazo pactado, indicando las razones por las cuales se justifica la ampliación por el tiempo solicitado
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20. INTERPRETACIÓN DE LAS BASES ADMINISTRATIVAS Y TÉCNICAS |
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Cualquier diferencia en la interpretación de estas Bases Administrativas será resuelta por el Director Regional de CONADI con asesoría de la Unidad Jurídica de CONADI Región del Biobío, sin perjuicio de la facultad que pueda corresponder a la Contraloría General de la República.
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21. DE LOS PLAZOS |
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se entienden corridos, salvo mención expresa en orden a ser hábiles.
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22. DOMICILIO |
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Para todos los efectos legales, se fija domicilio en la ciudad Cañete y las partes que suscriban contrato se someten a la jurisdicción de sus tribunales.
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