Resolución de Empates |
En caso de haber una igualdad de puntajes (más de una oferta con puntaje máximo), la Comisión Evaluadora analizará a los proponentes con igualdad de puntos y se basará en la siguiente tabla de prioridades:
CONDICIÓN
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ADJUDICACIÓN
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Igual puntaje
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Se recomendará la adjudicación al oferente que presente mayor puntaje en el criterio “Precio”.
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Igual puntaje e igual precio
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Se recomendará la adjudicación a la empresa que presente mayor puntaje en el criterio “Calidad Técnica”.
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De persistir el empate
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Decidirá el Sr. Alcalde o quien lo subrogue.
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ADJUDICACIÓN O RECHAZO DE LAS PROPUESTAS |
La Municipalidad de Los Álamos estudiará las propuestas a través de la Comisión Evaluadora señalada en el punto 10 de estas Bases.
Esta comisión propondrá al Señor Alcalde dentro del plazo cinco (05) días siguientes al cierre de ofertas en el portal Chile-compras, la oferta que estime más conveniente, pudiendo éste aceptar la proposición o declararla desierta si correspondiere o rechazarlas todas, sin que los proponentes tengan derecho a indemnización alguna. La oferta que se acepte podrá ser igual o inferior al presupuesto disponible.
11.1.- Una vez adjudicada o rechazadas las propuestas por el Mandante, se procederá a dictar la resolución o decreto que así lo resuelva y a comunicarlo por el Portal www.mercadopublico.cl.
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FORMALIZACION DE LA ADQUISICION |
La adquisición de Mobiliario Urbano, se formalizará mediante la emisión de la Orden de Compra Electrónica vía sistema www.mercadopublico.cl, por parte de la Unidad de compra, y su aceptación por parte del proveedor.
Para lo anterior, el proveedor adjudicado deberá encontrarse HÁBIL para contratar con el Estado, lo que será verificado en línea, en el sistema www.mercadopublico.cl, emitiéndose el Certificado de Estado de Inscripción en Chile Proveedores correspondiente.
En el caso de que el adjudicado no se encuentre hábil en Chile Proveedores contará con un plazo de 10 días corridos para habilitarse caso contrario se procederá a efectuar la Re-adjudicación o declarar desierta esta licitación.
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EMISION DE LA ORDEN DE COMPRA |
Luego de sancionado el Decreto que aprueba la adjudicación de la licitación, la unidad de compra del Programa PMU procederá a adjudicar la adquisición en el portal www.mercadopublico.cl, emitiéndose y enviándose al proveedor adjudicado la Orden de Compra respectiva, con el detalle y cantidad de los productos a adquirir.
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ACEPTACION DE LA ORDEN DE COMPRA. |
El proveedor tendrá un plazo de 2 días hábiles para aceptar la Orden de Compra Electrónica, desde el día que le fue enviada por parte de la Unidad de Compra del Programa PMU a través del sistema www.mercadopublico.cl, en caso de que no se dé cumplimiento, el comprador deberá solicitar el rechazo entendiéndose definitivamente rechazada transcurridas 24 horas desde dicha solicitud, según lo establecido en el artículo 63 del Reglamento de Compras, procediendo en ese caso el comprador a efectuar la correspondiente cancelación de dicha orden de compra y a re adjudicar la licitación si correspondiere.
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PLAZO DE ENTREGA |
El oferente adjudicado deberá realizar la entrega del Mobiliario Urbano dentro del plazo que indicará en su propuesta, el cual no podrá ser superior a 15 días corridos, contados desde la fecha del envío de la Orden de Compra respectiva y su aceptación.
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EXTINCION Y SUSPENSION |
INCUMPLIMIENTO DE LAS OBLIGACIONES DEL ADJUDICADO: La adjudicación terminará anticipadamente de pleno derecho y sin necesidad de interpelación previa a Tribunal alguno, cuando el Adjudicado no dé cumplimiento a las obligaciones asumidas al momento de aceptar la Orden de Compra.
b) MUTUO ACUERDO DE LAS PARTES: Si por cualquier motivo o circunstancia las partes están de acuerdo en cancelar la orden de compra emitida, se deberá emitir un Decreto Alcaldicio que autorice dicha acción administrativa.
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SANCIONES Y MULTAS |
En caso de que el proveedor adjudicado incurra en incumplimiento definido en el presente documento, la municipalidad de Los Alamos podrá aplicar administrativamente multas salvo que sea debido a casos de fuerza mayor o caso fortuito, los que deberán ser justificado por el adjudicado ante la contraparte técnica.
Para los efectos de la aplicación de multas, la causal que puede originarlas es la siguiente:
CAUSA MONTO DE LA MULTA
a) Atraso en la fecha de entrega. 1 UF por día hábil del atraso.
Observación: La UF aplicable, será la pertinente al día en que se originó la falta.
La multa podrá aplicarse una vez que se verifique la causal y deberá pagarse directamente en la Municipalidad de Los Alamos o descontarse del monto total de la factura.
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FORMA DE PAGO |
El adjudicatario deberá facturar la provisión del Mobiliario Urbano de la siguiente forma:
Municipalidad de Los Alamos, Rut: 69.160.400-4, dirección: Libertad #300, Los Alamos, Provincia de Arauco.
Para tal efecto al momento de facturar deberá adjuntar la Orden de Compra (OC) respectiva emitida por la Unidad de Compra del Programa PMU y remitir la factura junto con el Mobiliario Urbano a la bodega Municipal, ubicada en Pedro Eyheramendy N° 876, Los Alamos, quien recepcionará la factura conforme a la fecha de ingreso y posterior a ello será remitida al Programa PMU, quien solicitará la recepción conforme del Administrador de unidad requirente, para posteriormente pasar los antecedentes a pago a la Tesorería Municipal.
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CONDICIONES DE PAGO |
Se realizará el PAGO con la recepción conforme del ADMINISTRADOR DEL PROGRAMA MEJORAMIENTO URBANO (PMU), por entregas de productos efectivamente realizados y en conformidad a las exigencias técnicas requeridas. Una vez ingresados los antecedentes a la Tesorería Municipal, ésta pagará a la empresa en un plazo no superior a 30 días.
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MODIFICACIONES DE LOS DOCUMENTOS DE LA LICITACION: |
La Municipalidad de Los Álamos podrá, antes de que venza la fecha de cierre de la propuesta, modificar los documentos de la licitación mediante enmienda, ya sea por iniciativa propia o en atención a las consultas efectuadas o a las aclaraciones que fueren pertinentes. La modificación de las bases deberá ser autorizada o aprobada mediante Decreto Alcaldicio.
La Municipalidad tendrá la facultad discrecional de prorrogar el plazo para la presentación de las propuestas, a fin de dar un plazo razonable para la presentación de los antecedentes, considerando lo estipulado en el párrafo anterior.
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