2. DISPOSICIONES PRELIMINARES. |
2.1.- De los oferentes
Podrán participar en esta licitación las personas naturales o jurídicas, chilenas o extranjeras que realicen sus
ofertas a través del sistema de información www.mercadopublico.cl. Del mismo modo podrán participar en
el presente proceso, las personas naturales y/o jurídicas que decidan asociarse a través de la unión temporal
de proveedores, regulada en el artículo 67 bis del Decreto Nº 250 del 2004 del Ministerio de Hacienda, que
aprueba el reglamento de la Ley Nº 19.886.
Tratándose de personas naturales o jurídicas extranjeras, deberán al momento de contratar contar con
agencia y domicilio en Chile, con un representante con mandato y poder suficiente para contratar a nombre
del mandante, y para responder de las obligaciones que emanen del contrato respectivo, de acuerdo a la
normativa vigente, y sin perjuicio de las normas que sobre el particular establezcan tratados o convenios
internacionales vigentes suscritos por Chile y por el país de origen de dicha persona natural o jurídica.
Para estos efectos, la documentación que deberá exigirse a las empresas extranjeras, se hará conforme a lo
dispuesto en la ley N°20711, en caso de ser ello procedente.
En cuanto a la aplicabilidad de los Tratados Internacionales a los que se hace alusión en este apartado, será
pertinente en la medida que tales instrumentos hayan sido suscritos y ratificados por Chile.
Todo Proponente u Oferente interesado en presentar Oferta deberá estudiar cuidadosamente las Bases
Administrativas y Técnicas, debiendo informarse de todas las condiciones que de alguna manera afecten el
costo de los bienes y/o servicios ofertados, tales como permisos que deben obtenerse, leyes o reglamentos
que puedan ser aplicables, entre otros.
Cualquier omisión por parte del Oferente, será a su propio riesgo y sólo él será responsable de los errores u
omisiones en que incurra. El Proponente sufragará todos los costos relacionados con la preparación y
presentación de su oferta. El Hospital no será responsable en caso alguno de dichos costos, cualquiera sea el
resultado de la Licitación.
2.2.- Unión temporal de los proveedores
Se entenderá como unión temporal de proveedores, si dos o más proveedores se unen para el efecto de
participar en un proceso de compra, deberán establecer, en el documento que formaliza la unión, a lo menos,
la solidaridad entre las partes respecto de todas las obligaciones que se generen con la Entidad y el
nombramiento de un representante o apoderado común con poderes suficientes.
Cuando se trate de adquisiciones inferiores a 1.000 UTM, el representante de la unión temporal de
proveedores deberá adjuntar al momento de ofertar, el documento público o privado que da cuenta del
acuerdo para participar de esta forma.
Para contrataciones iguales o superiores al monto indicado, y sin perjuicio del resto de las disposiciones legales
y reglamentarias que resulten aplicables, el acuerdo en que conste la unión temporal deberá materializarse
por escritura pública, como documento para contratar, sin que sea necesario constituir una sociedad.
Si la Entidad exige la inscripción en el Registro de Proveedores para suscribir el contrato, cada proveedor de
dicha unión temporal deberá inscribirse.
Al momento de la presentación de las ofertas, los integrantes de la Unión determinarán qué antecedentes
presentarán para ser considerados en la evaluación respectiva, siempre y cuando lo anterior no signifique
ocultar información relevante para la ejecución del respectivo contrato que afecte a alguno de los integrantes
de la misma.
La vigencia de esta unión temporal de proveedores no podrá ser inferior a la del contrato adjudicado.
2.3.- Inhabilidades para participar en la Licitación y/o Contratar
No podrán participar como oferentes, ni contratar con el estado, las personas naturales o jurídicas, nacionales
o extranjeras, afectos a alguna de las prohibiciones, inhabilidades o incompatibilidades para contratar con
órganos y organismos de la Administración del Estado, contempladas en los incisos 1º y 6º respectivamente
del artículo 4º de la Ley Nº 19.886, de Bases sobre Contratos Administrativos de Suministro y Prestación de
Servicios y su normativa complementaria.
Tampoco podrán contratar quienes hayan sido condenados, a esta inhabilidad, por el Tribunal de Defensa de
la Libre Competencia en conformidad con lo dispuesto en el inciso segundo del artículo 26, letra d), del DFL
N° 1, de 2004, del Ministerio de Economía, Fomento y Reconstrucción, que fijó el texto refundido, coordinado
y sistematizado del DL N° 211, de 1973, que fijó normas para la defensa de la libre competencia.
Tampoco podrán participar aquello interesados que se encuentren afectos a la inhabilidad para contratar con
el estado, a que se refiere el artículo 33 de Ley N° 21.595 de Delitos Económicos.
Tratándose de personas jurídicas, además, no deben haber sido condenadas a pena de prohibición de celebrar
actos y contratos con organismos del Estado, de conformidad con la Ley N° 20.393, que establece la
Responsabilidad Penal de las Personas Jurídicas en los Delitos de Lavado de Activos, Financiamiento del
Terrorismo y Delitos de Cohecho que Indica.
Tratándose de la unión temporal de proveedores, cualquiera de las causales de inhabilidad para la
presentación de las ofertas, para la formulación de la propuesta o para la suscripción de la convención,
establecidas en la legislación vigente, afectarán a cada integrante de la Unión individualmente considerado.
En caso de afectar una causal de inhabilidad a algún integrante de la Unión, ésta deberá decidir si continuará
con el respectivo procedimiento de contratación con los restantes integrantes no inhábiles de la misma o se
desiste de su participación en el respectivo proceso.
Todo lo anterior, aun cuando, cumplan con los requisitos técnicos establecidos en las presentes bases de
Licitación.
2.4.- Aceptación del contenido de las bases
Los oferentes por el sólo hecho de presentarse a la Licitación aceptan y se entenderán en cabal conocimiento
de estas Bases, así como también de las características de la provisión de los bienes que se requieren y de las
Modificaciones de Bases y aclaraciones publicadas en su oportunidad, por el solo hecho de presentar sus
ofertas, por lo que se declaran conformes con ellas y no tienen reservas ni observaciones que formular,
debiendo ajustarse a ellas en todo momento.
2.5.- Presentación de documentos
El idioma español regirá para todo el proceso de Licitación, para todos los documentos asociados y aquellos
que posteriormente origine la materialización de la adjudicación.
Todos los antecedentes y formularios deberán ser anexados a la respectiva oferta presentada en idioma
español, en formatos digitales utilizando para estos efectos Word (como procesador de textos), Excel (planilla
electrónica) e imágenes digitalizadas en formatos PDF.
Para estos efectos, la documentación que deberá exigirse a las empresas extranjeras, se hará conforme a lo
dispuesto en la ley N°20711, en caso de ser ello procedente.
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3. ANTECEDENTES QUE RIGEN EL PROCESO DE COMPRA |
Junto a la Ley N° 19.886 de Bases sobre Contratos Administrativos de Suministro y Prestación de Servicios y al
Decreto N° 250 de fecha 09 de marzo de 2004, del Ministerio de Hacienda y sus modificaciones, forman parte
integrante de los documentos de la presente licitación los que a continuación se señalan, los cuales regirán
de forma obligatoria y complementaria, y en caso de discrepancia prevalecerán en el orden de prelación que
se indica:
• Las presentes Bases Administrativas, Bases Técnicas, Anexos y sus modificaciones.
• Las Respuestas y/o Aclaraciones realizadas en esta licitación.
• Los antecedentes económicos, técnicos y administrativos presentados por el oferente adjudicado.
• Ley 20.584, que Regula Los Derechos y Deberes que tienen las Personas en relación con acciones
vinculadas a su atención de salud.
• Norma de Derecho Público.
• Normas de Derecho Privado.
Lo anterior, es sin perjuicio de la facultad interpretativa de la Contraloría General de la República y del Tribunal
de Contrataciones Públicas.
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4. DEFINICIÓN DE TÉRMINOS. |
Se aplicarán en las presentes Bases Administrativas, Bases Técnicas y en los Anexos, los términos y definiciones
establecidos en la Ley N° 19.886, de Bases sobre Contratos Administrativos de Suministro y Prestación de
Servicios y en el Decreto N° 250 de 2004 del Ministerio de Hacienda que aprueba el Reglamento de la Ley
19.886, y sus modificaciones, más los que a continuación se indican:
• Hospital Clínico Metropolitano La Florida Dra. Eloísa Díaz Insunza u Hospital La Florida u Hospital o HLF:
Establecimiento asistencial de alta complejidad, RUT 65.075.485-9, ubicado en Av. Froilán Roa Nº 6542,
comuna La Florida, Santiago de Chile.
• Días Hábiles: Son todos los días de la semana, excepto los sábados, domingos y festivos.
• Días Corridos: Son los días de la semana que se computan uno a uno en forma correlativa. Salvo que se
exprese lo contrario, los plazos de días señalados en las presentes bases de licitación podrán ser de días
corridos. En todos los casos, el plazo de cierre para la recepción de ofertas no podrá vencer en días
inhábiles ni en un día lunes o en un día siguiente a un día inhábil, antes de las quince horas. Todos los
plazos de días que se haga mención en las presentes bases se entenderán que han de ser completos y
correrán además hasta la media noche del último día del plazo. Lo anterior, salvo en aquellos casos en que
se indique hora exacta, y siempre y cuando se respeten los plazos mínimos legales establecidos por el
ordenamiento jurídico.
• Dispositivo Médico (DM): La Ley Nº 19.497, Art. 101 del Código Sanitario, define como artículo de uso
médico a: “Los instrumentos, aparatos, dispositivos y otros artículos o elementos destinados al
diagnóstico, prevención y tratamiento de enfermedades de seres humanos, así como al reemplazo o
modificación de sus anatomías y que no correspondan a las sustancias descritas en los artículos 97. 98 y
99 de este código”. La norma ISO 10993-1/1992, define a un artículo de uso médico como: “Cualquier
instrumento, aparato, material u otros artículos, incluyendo software, usados solos o en combinación,
definidos por el fabricante para ser usados en seres humanos solos o con el propósito de: Diagnóstico,
prevención, seguimiento, tratamiento o alivio de una enfermedad daño o discapacidad; Investigación,
reemplazo o modificación de la anatomía o de un proceso fisiológico; Regulación de la concepción y cuya
acción principal prevista en el cuerpo humano, no se alcance por medios farmacológicos, inmunológicos o
metabólicos, aunque puedan concurrir tales medios a su función”.
• Dispositivo médico implantable: Dispositivo medico indicado para ser totalmente introducido dentro del
cuerpo humano o para sustituir una superficie epitelial o la superficie ocular, mediante intervención
quirúrgica, destinado a permanecer allí después de la intervención. También se considera dentro de esta
categoría a cualquier dispositivo medico indicado para ser parcialmente introducido dentro del cuerpo
humano, mediante intervención quirúrgica, destinado para permanecer al menos treinta días después de
la intervención.
• Consignación: Corresponde a un acuerdo contractual entre la empresa adjudicada y el Hospital, en virtud
del cual se efectúa la entrega de insumos al Hospital y la empresa adjudicada solo recibe el pago de lo
utilizado. Al término del contrato el Hospital realiza la devolución de los productos que no fueron
utilizados.
• Consignación de llamado: Corresponde al material que es utilizado en procedimientos que son
programados por el Hospital, los cuales son requeridos previamente a la cirugía por el personal de
traumatología de la Unidad de Compras del Hospital la Florida, según los requerimientos de la Tabla
quirúrgica.
• Horario hábil: corresponde al horario que se extiende desde las 8:00 hasta las 17:00 horas, de lunes a
jueves y viernes de 8.00 a 16:00 horas.
• Horario inhábil: horas no incluidas en horario hábil, que también comprende los fines de semana y
festivos.
• Asistente Técnico: Profesional de la salud, debidamente acreditado en el área de traumatología y en la
superintendencia de salud, quien deberá acudir a los procedimientos programados (horario hábil e inhábil)
en dependencias de Pabellones Quirúrgicos del Hospital La Florida para servir como soporte en las cirugías.
• Comodato: El art. 2174 del Código Civil chileno define el comodato en los siguientes términos: “El
comodato o préstamo de uso es un contrato en que una de las partes entrega a la otra gratuitamente una
especie, mueble o raíz, para que haga uso de ella, y con cargo de restituir la misma especie después de
terminado el uso.
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5. DISPOSICIONES GENERALES. |
5.1-Comunicaciones
Cualquier comunicación que deba realizar el Hospital a los proponentes, la publicará en el portal
www.mercadopublico.cl. Así mismo, cualquier comunicación que los proponentes requieran realizar al
Hospital deberá ser a través de igual medio.
5.2.- Consultas a los Antecedentes de la Licitación.
El oferente que tenga dudas respecto de la licitación debe efectuar sus consultas única y exclusivamente a
través del Foro del Sistema de Información y de acuerdo al plazo del numeral 5.4 de las presentes bases. No
se atenderá ni aceptará ningún tipo de consulta por otro medio.
Las consultas que se reciban pasada esa fecha, no obtendrán respuesta.
En las consultas, se deberá indicar la página y punto de las bases y/o el número del anexo objeto de la consulta.
Se considerará que estas aclaraciones formarán parte integral de las bases y por tanto se presumen conocidas
y su aplicación obligatoria para todos los oferentes.
El conocimiento del contenido de las aclaraciones emanadas del Hospital La Florida, es de exclusiva
responsabilidad de los oferentes.
5.3.- Entrega de Respuestas y Aclaraciones a los Antecedentes de la Licitación
Las respuestas a las consultas se publicarán en www.mercadopublico.cl en un solo documento, a todos los
proponentes que participen en la licitación, en el plazo señalado en el numeral 5.4 de las presentes bases.
Se considerará que estas aclaraciones formarán parte integral de las bases y por tanto se presumen conocidas
y su aplicación obligatoria para todos los oferentes.
El conocimiento del contenido de las aclaraciones emanadas del Hospital La Florida, es de exclusiva
responsabilidad de los oferentes.
5.4.- Cronograma de la Licitación
Para los efectos de esta licitación se establece el siguiente cronograma:
Publicación de Bases
de Licitación
Las Bases se encontrarán publicadas durante treinta días corridos, desde la
fecha que se suban al portal www.mercadopublico.cl hasta el día de cierre de las
ofertas.
Consultas de las Bases
El oferente podrá hacer consultas sobre las Bases de Licitación, hasta las 23:59
horas del décimo día corrido contado desde la publicación de éstas y sólo a
través de www.mercadopublico.cl.
Respuestas y
Aclaraciones
Se dará respuesta a las consultas de las Bases, el vigésimo día corrido contado
desde la publicación de Bases, a través de www.mercadopublico.cl
Si el vigésimo día fuere sábado, domingo o festivo, el plazo se extenderá hasta
el primer día hábil siguiente.
Cierre de recepción de
las ofertas
Los oferentes podrán presentar sus ofertas hasta el trigésimo día corrido
contado desde la publicación de bases hasta las 16:00 horas, a través de
www.mercadopublico.cl, De acuerdo con lo preceptuado en el inciso penúltimo
del artículo 25 del decreto N° 250, de 2004, no podrá vencer en días inhábiles o
en un día lunes o en un día siguiente a un día inhábil antes de las 15:00 hrs.
Si el trigésimo día fuere sábado, domingo o festivo, el plazo se extenderá hasta
el primer día hábil siguiente.
Apertura de las ofertas
El acto de Apertura se efectuará a través de www.mercadopublico.cl. La apertura
se realizará desde las 16:01 hrs de la fecha del cierre de las ofertas y hasta los
cinco días hábiles siguientes al cierre.
Evaluación de
admisibilidad
La evaluación de admisibilidad se realizará en la apertura de las ofertas y
consistirá en la revisión de todos los documentos y anexos obligatorios
publicados por los oferentes, exigidos en bases de licitación, junto a la
verificación de la entrega física o electrónica del documento en garantía de la
seriedad de la oferta, si esta, ha sido requerida en el proceso. Todo, sin perjuicio
ni limitación a que, con posterioridad, pueda detectarse una causal de
inadmisibilidad en la presentación de algún oferente durante la etapa de
evaluación Administrativa, Técnica y Económica.
Evaluación
Administrativa,
Técnica y Económica
de las Ofertas
La evaluación Administrativa, Técnica y Económica de las ofertas se realizará
desde el día hábil siguiente de la evaluación de admisibilidad y no podrá exceder
de diez días hábiles.
Adjudicación
La adjudicación de la Licitación se realizará dentro de los diez días hábiles
contados desde el término de la evaluación.
Suscripción del
contrato
El oferente adjudicado, cuando corresponda, estará obligado a firmar el
contrato, dentro de los cinco días hábiles siguientes al envío del contrato.
5.5.- Modalidad de Propuesta
Las propuestas se presentarán a través de www.mercadopublico.cl en pesos, con valores netos sin IVA., y
según la cantidad solicitada del ítem. Además, se deberán presentar todos los anexos solicitados los cuales
deberán tener el producto requerido claramente identificado.
Los valores ofertados deberán incluir todos los gastos en los que incurra el adjudicatario hasta su total
recepción conforme, comprendiéndose entre ellos, por ejemplo, los relativos a capacitación, fletes incluidos,
derechos, patentes, legalización de documentos, asistencia técnica, etc.
Los oferentes podrán presentar una sola oferta o bien una oferta principal y otra alternativa.
5.6.- Ofertas Alternativas
Los proponentes podrán presentar una oferta alternativa, la que será estudiada por el Hospital como una
oferta más. La oferta alternativa deberá ser identificada en el Portal Mercado Público como “Oferta
Alternativa”.
5.7.- Validez de las Ofertas
Las ofertas deberán tener una validez mínima de 180 días corridos, contados desde la fecha de cierre de las
ofertas. La oferta cuyo período de validez sea menor al requerido, dará causa a declararla inadmisible. Lo
anterior, sin perjuicio de que se efectuará la revisión de la totalidad de los antecedentes contenidos en la
oferta, de acuerdo al artículo 9 de la Ley N° 19.886. con todo, si nada señala la oferta, se entenderá que la
oferta tiene una validez de 180 días corridos para todos los efectos.
Vencido este plazo, y si no se hubiere realizado la adjudicación, el Hospital podrá solicitar a los proponentes
la prórroga de sus ofertas y garantías. Los proponentes podrán ratificar sus ofertas o retirarlas, formalizando
su decisión mediante comunicación escrita dirigida al Director del Hospital y la entrega de nueva garantía la
cual deberá hacerse llegar a en oficinas de la Unidad de Licitaciones.
La comunicación se realizará a través de correo electrónico, al correo indicado por el oferente en el ANEXO
N°1. El oferente tendrá el plazo de 5 días hábiles para responder y entregar nueva garantía. De no recibir
respuesta se entenderá que el oferente no tiene interés en continuar.
Desde el día siguiente hábil contado de la comunicación del oferente de no perseverar en la propuesta, o
vencido el plazo de respuesta sin que el oferente se pronuncie al respecto, se pondrá a disposición de los
proponentes para su devolución la garantía a aquellos que no accedan a la prórroga.
5.8.- Garantía de Seriedad de la Oferta
El oferente garantizará la seriedad de su oferta mediante la entrega de una garantía por las propuestas
presentadas, siendo de su exclusiva responsabilidad que dicha garantía sea presentada conforme a las
siguientes especificaciones, en consecuencia, cualquier error u omisión en la mencionada garantía, dará causa
a declarar inadmisible la o las ofertas.
Tipo de Documento
Podrán ser presentados como documentos de caución, boletas de
garantía, vale vistas, certificados de fianza, póliza de garantía o cualquier
otro documento que cumpla con los siguientes requisitos:
• Sea pagadero a la vista.
• no sujeto a modalidad.
• irrevocable.
• Emitida a favor de Entidad Pública.
Monto Mínimo $500.000 (Quinientos mil pesos).
Beneficiario Hospital Clínico Metropolitano de La Florida Rut 65.075.485-9
Vigencia 180 días corridos a partir del momento del cierre de la recepción de
ofertas.
Glosa PARA GARANTIZAR LA SERIEDAD DE LA OFERTA LICITACION PÚBLICA “CAJA DE
PRÓTESIS REVISIÓN ARTROPLASTÍA CADERA CON INSTRUMENTAL Y EQUIPO
EN COMODATO PARA EL HOSPITAL LA FLORIDA” ID: 812030-XX-LR23
(donde se señala XX, se debe reemplazar por el número de la licitación).
Si el documento a presentar, no permite, por su naturaleza, señalar la glosa en su
texto, esta, deberá venir escrita al reverso o en acta adjunta adherida al
documento.
Forma y oportunidad
de
Entrega
El oferente o su representante deberá entregar físicamente la garantía a
profesional a cargo Sr. Anat Silva, en la Unidad de Licitaciones, ubicada en
dependencias del Ex CRS (CESFAM Provisorio de La Florida), Avenida Froilán Roa
6420, en horario de lunes a viernes, de 08:30 a 13:00 y de 14:30 a 16:00 horas,
antes del día y hora de cierre del proceso de recepción de ofertas en mercado
público. Las garantías deben entregarse en sobre cerrado dirigido a Sr. Anat Silva,
Unidad de Licitaciones del Hospital La Florida, señalando en el sobre lo siguiente:
- GARANTIA SERIEDAD DE LA OFERTA ID: 812030-XX-LR23 (donde se señala XX,
se debe reemplazar por el número de la licitación)
- IDENTIFICACION DEL OFERENTE.
El oferente que necesite respaldar la entrega de su garantía deberá acompañar
una fotocopia del sobre que entrega. Esta fotocopia será timbrada por
profesional, indicando la fecha de su recepción y solo si se comprueba que el
documento físico viene en su interior.
Sin perjuicio de lo señalado anteriormente, la revisión del documento y requisitos
de admisibilidad solo se realizará en la apertura de las ofertas.
En caso de presentarse una Garantía en Formato Electrónico, deberán ser
presentadas en formato original junto a la oferta, antes del cierre de la recepción
de las ofertas en mercado público.
De no presentar la garantía en forma, lugar, día y hora señalados, la(s) oferta(s)
presentada(s) será(n) declarada(s) inadmisible(s). Esto último, sin perjuicio de las
garantías en formato electrónico que deben ajustarse, además, a las
disposiciones de la Ley N°19.799 sobre documentos electrónicos, firma
electrónica y servicios de certificación de dicha firma, que deberán acompañarse
juntamente con la oferta.
La garantía podrá ser tomada por el oferente o por un tercero a nombre de él.
Custodia Las garantías serán custodiadas por la Unidad de Tesorería del Hospital
de La Florida.
Se hace presente que en el edificio ubicado en dependencias ubicado en Froilán Roa N° 6420, comuna La
Florida, funcionan distintas dependencias del Hospital, por lo que será de exclusiva responsabilidad del
proveedor entregar correctamente la garantía, en caso que se entregue en un lugar distinto del indicado
precedentemente, se tendrá por no presentado el documento.
Si se presenta más de una oferta a concurso por un mismo oferente (oferta principal y oferta alternativa),
este solo deberá presentar una garantía por ambas ofertas publicadas.
5.9.- Devolución y Cobro de la Garantía de Seriedad de la Oferta
Las garantías de seriedad de la oferta se podrán hacer efectivas administrativamente, en los siguientes casos:
• Si el oferente en cualquier instancia desiste de su oferta.
• Si el proponente retira su oferta o se comprueba por el director o por la Comisión de Evaluación, la
falsedad de la información presentada, por cualquier medio que resulte procedente.
• Si una vez aceptada la oferta, el adjudicatario no acompaña el correspondiente documento de
garantía de fiel y oportuno cumplimiento del contrato dentro del plazo establecido en las presentes
bases.
• Si el adjudicatario no se inscribe dentro del plazo establecido al efecto, en el Registro Electrónico
Oficial de Contratistas de la Administración “Chileproveedores” en forma previa a la subscripción del
contrato.
• Si el adjudicatario no firma el contrato y/o no acompaña la documentación necesaria para la
suscripción del mismo.
Para el cobro de la Garantía de Seriedad de la Oferta, se aplicará el mismo procedimiento utilizado para el
cobro de multas, según lo establecido en estas Bases de Licitación.
La devolución de las garantías de seriedad de la oferta, de aquellos proponentes cuyas ofertas hayan sido
declaradas inadmisibles o desestimadas, se efectuará dentro del plazo de 10 días hábiles, contados desde la
notificación de la Resolución que dé cuenta de la inadmisibilidad o adjudicación, salvo respecto del oferente
que hubiere obtenido el segundo lugar en el ranking de evaluación, ya que para resguardar una posible
readjudicación, su garantía será devuelta una vez suscrito el contrato.
Respecto del oferente adjudicado, su garantía de seriedad de la oferta, será devuelta una vez que éste
entregue la garantía de fiel cumplimiento del contrato.
Para hacer la entrega material del documento, y dado que estos documentos se encuentran en resguardo y
custodia de la Subdirección de Finanzas del HLF, el oferente deberá solicitar la devolución de la Garantía a
través de correo electrónico al responsable de la licitación, indicando tipo de documento e identificación del
proceso.
Una vez liberada la garantía desde la Unidad de Finanzas, el profesional a cargo de la licitación, informará al
oferente, mediante correo electrónico, la fecha y horario disponible para el retiro de la garantía.
La devolución de garantía se hará efectiva poniendo a disposición del proveedor el documento para su retiro
desde las dependencias del HLF.
Para el retiro se deberá cumplir con los siguientes requisitos:
Si retira Representante Legal deberá presentar:
• Representación Legal de la empresa.
• Fotocopia de Cédula de Identidad por ambas partes.
Si retira otra persona, deberá presentar:
• Poder Notarial Especial (para retiro de garantía, identificando documento que retira).
• Fotocopia de Cédula de identidad por ambas partes del representante legal.
• Fotocopia de Cédula de Identidad de la persona que retira.
5.10.- Modificación de las Bases
En cualquier momento, antes del cierre de recepción de ofertas, el Hospital podrá introducir modificaciones
a los documentos de licitación por medio de un acto administrativo publicado a través del portal electrónico
www.mercadopublico.cl, si estima que ello resulta esencial para los fines y/o correcto desarrollo del proceso
licitatorio.
En caso de que lo anterior ocurra, el Hospital La Florida podrá otorgar un plazo prudencial a los oferentes para
que puedan conocer y adecuar sus ofertas a las modificaciones introducidas, pudiendo, modificar la fecha de
cierre para estos efectos, lo cual será informado por el portal Mercado Público junto con las modificaciones,
una vez que el acto administrativo que las aprueba se encuentre totalmente tramitado.
En el evento de modificarse la fecha de cierre, el plazo para ofertar se ampliará en la cantidad de días que se
señale en www.mercadopublico.cl.
Es exclusiva responsabilidad del Proponente la revisión del Portal, con el objeto de informarse sobre lo
expuesto en este punto y en el punto 5.3. Así mismo, es obligación del oferente, una vez cerrada la
presentación de ofertas, revisar el Foro Inverso y responder las aclaraciones que se le soliciten por esta vía.
5.11.- Pacto De Integridad
El oferente declara que, por el sólo hecho de participar en la presente licitación, acepta expresamente el
presente pacto de integridad, obligándose a cumplir con todas y cada una de las estipulaciones contenidas en
el mismo, sin perjuicio de las que se señalen en el resto de las bases de licitación y demás documentos
integrantes. Especialmente, el oferente acepta el suministrar toda la información y documentación que sea
considerada necesaria y exigida de acuerdo a las presentes bases de licitación, asumiendo expresamente los
siguientes compromisos:
1. El oferente se obliga a no ofrecer ni conceder, ni intentar ofrecer o conceder, sobornos, regalos, premios,
dádivas o pagos, cualquiera fuese su tipo, naturaleza y/o monto, a ningún funcionario público en relación
con su oferta, con el proceso de licitación pública, ni con la ejecución de él o los contratos que
eventualmente se deriven de la misma, ni tampoco a ofrecerlas o concederlas a terceras personas que
pudiesen influir directa o indirectamente en el proceso licitatorio, en su toma de decisiones o en la
posterior adjudicación y ejecución del o los contratos que de ello se deriven.
2. El oferente se obliga a no intentar ni efectuar acuerdos o realizar negociaciones, actos o conductas que
tengan por objeto influir o afectar de cualquier forma la libre competencia, cualquiera fuese la conducta
o acto específico, y especialmente, aquellos acuerdos, negociaciones, actos o conductas de tipo o
naturaleza colusiva, en cualquiera de sus tipos o formas.
3. El oferente se obliga a revisar y verificar toda la información y documentación, que deba presentar para
efectos del presente proceso licitatorio, tomando todas las medidas que sean necesarias para asegurar la
veracidad, integridad, legalidad, consistencia, precisión y vigencia de la misma.
4. El oferente se obliga a ajustar su actuar y cumplir con los principios de legalidad, ética, moral, buenas
costumbres y transparencia en el presente proceso licitatorio.
5. El oferente manifiesta, garantiza y acepta que conoce y respetará las reglas y condiciones establecidas en
las bases de licitación, sus documentos integrantes y él o los contratos que de ellos se derivase.
6. El oferente se obliga y acepta asumir, las consecuencias y sanciones previstas en estas bases de licitación,
así como en la legislación y normativa que sean aplicables a la misma.
7. El oferente reconoce y declara que la oferta presentada en el proceso licitatorio es una propuesta seria,
con información fidedigna y en términos técnicos y económicos ajustados a la realidad, que aseguren la
posibilidad de cumplir con la misma en las condiciones y oportunidad ofertadas.
8. El oferente se obliga a tomar todas las medidas que fuesen necesarias para que las obligaciones
anteriormente señaladas sean asumidas y cabalmente cumplidas por sus empleados y/o dependientes y/o
asesores y/o agentes y en general, todas las personas con que éste o éstos se relacionen directa o
indirectamente en virtud o como efecto de la presente licitación, incluidos sus subcontratistas, haciéndose
plenamente responsable de las consecuencias de su infracción, sin perjuicio de las responsabilidades
individuales que también procediesen y/o fuesen determinadas por los organismos correspondientes.
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6. DE LAS PROPUESTAS. |
Es responsabilidad de los oferentes presentar sus propuestas en tiempo y forma, es decir, en el plazo fijado
en el numeral 5.4 y con toda la información requerida en las presentes bases, de manera tal que permita una
evaluación objetiva, certera, entendible y transparente de todas y cada una de ellas.
Los archivos, documentos y/o anexos, que constituyan la oferta y que deben publicarse en el portal
www.mercadopublico.cl por el oferente, deben ingresarse al portal con el nombre asignado en estas bases,
de modo que sean fácilmente identificables para el evaluador, ejemplo: Anexo Nº02 Declaración Jurada.
Debe respetarse dicha fórmula de nomenclatura y el formato electrónico de cada anexo, a fin de facilitar la
identificación de los documentos y el proceso de evaluación, es decir deberá incorporarse con la mencionada
formula de nomenclatura y en el formato electrónico en el que originalmente figura el anexo (Excel, Word u
otro).
Los anexos Nº01 y 02 se deben presentar uno por cada oferente, es decir, si un oferente presenta oferta
alternativa, no es necesario ingresarlos por cada una de las ofertas. Lo anterior, sin perjuicio de que se
efectuará la revisión de la totalidad de los antecedentes contenidos en la oferta, de acuerdo al artículo 9 de
la Ley N° 19.886.
La no presentación de cualquiera de los Anexos señalados como OBLIGATORIOS, hará inadmisible la oferta.
Los antecedentes solicitados en la presente licitación deben subirse a las carpetas disponibles del proceso en
www.mercadopublico.cl, agrupadas según se señala a continuación:
CARPETA ADMINISTRATIVA.
ANEXO NOMBRE ANEXO DESCRIPCIÓN
ANEXO
01
PRESENTACIÓN DEL
OFERENTE Y
ASISTENTE TÉCNICO
Documento en el cual el oferente indica información básica y esencial
respecto de su identificación. Debe adjuntarse en la carpeta administrativa
con el nombre: Anexo N°01 Presentación Del Oferente y Asistente Técnico.
ANEXO OBLIGATORIO, por tanto, su no presentación hará inadmisible la
oferta. Lo anterior, sin perjuicio de que se efectuará la revisión de la
totalidad de los antecedentes contenidos en la oferta, de acuerdo al
artículo 9 de la Ley N° 19.886.
02 DECLARACIÓN
JURADA
Documento en el cual el oferente declara cumplir con las disposiciones
generales de la Ley de Compras y su respectivo Reglamento para ofertar y
contratar con el Estado. Debe adjuntarse en la carpeta administrativa con el
nombre: Anexo N°02 Declaración Jurada Del Oferente.
Por contener este documento la Declaración Jurada exigida para ofertar,
este anexo se considera un ANEXO OBLIGATORIO, por tanto, su no
presentación hará inadmisible la oferta.
No están obligados a presentar este Anexo N°02 Declaración Jurada,
aquellos oferentes que estén inscritos y en estado hábil en el portal
www.chileproveedores.cl y que posean en este registro publicado la
declaración para ofertar exigida por la normativa vigente y por estas bases,
a la fecha del cierre de las ofertas.
Además, los oferentes deben identificarse y acreditar su existencia, para ello deberá acompañar los siguientes
documentos en la Carpeta Administrativa:
• Si es persona natural:
- Imagen digitalizada de la cédula nacional de identidad.
• Si es persona jurídica:
El oferente deberá acreditar la vigencia de la sociedad, y para ello deberá presentar uno de los siguientes
documentos:
▪ Imagen digitalizada del certificado de vigencia de la sociedad oferente de data no superior a tres (3)
meses contados desde la presentación de la oferta, emitido por el Conservador de Bienes Raíces.
▪ Imagen digitalizada de la escritura pública de constitución de la sociedad y de todas sus modificaciones
vigentes.
▪ Imagen digitalizada del certificado de vigencia emitido por el Ministerio de Economía, Fomento y
Turismo para aquellas empresas creadas bajo el régimen establecido por la Ley N° 20.659, de data no
superior a tres (3) meses contados desde la presentación de la oferta.
El oferente deberá acreditar la vigencia de poderes del Representante Legal de la Sociedad, y para ello deberá
presentar la imagen digitalizada del RUT del oferente y de la cédula de identidad de su representante legal y
uno de los siguientes documentos:
▪ Imagen digitalizada del certificado de vigencia de poderes del representante legal del oferente, de data
no superior a tres (3) meses contados desde la presentación de la oferta, emitido por el Conservador
de Bienes Raíces.
▪ Imagen digitalizada del certificado de vigencia de la sociedad oferente de data no superior a tres (3)
meses contados desde la presentación de la oferta, emitido por el Conservador de Bienes Raíces, en
que consten los poderes otorgados al representante legal de la empresa.
▪ Imagen digitalizada del certificado de estatuto actualizado emitido por el Ministerio de Economía,
Fomento y Turismo para aquellas empresas creadas bajo el régimen establecido por la Ley N° 20.659,
de data no superior a tres (3) meses contados desde la presentación de la oferta.
No están obligados a acreditar su existencia y vigencia aquellos oferentes que estén inscritos y en estado hábil
en el portal www.chileproveedores.cl a la fecha del cierre de las ofertas cuyos respaldos e información para
acreditar su existencia y vigencia, se encuentren ya publicados en dicho portal.
CARPETA TÉCNICA
ANEXO NOMBRE ANEXO DESCRIPCIÓN
ANEXO
03 ESPECIFICACIONES
TÉCNICAS
Documento Excel en el cual el oferente debe indicar si cumple con la
información técnica respecto del bien y/o servicio ofertado.
Para acreditar si cumple o no el requisito técnico, debe adjuntar todos los
documentos, fotografías y/o certificados que respalden su información,
según los requerimientos de las presentes bases.
El proponente deberá descargar archivo Excel “Anexo N°03 Especificaciones
Técnicas” publicado en el portal www.mercadopublico.cl. y completar con la
información señalada según cumpla o no las características solicitadas.
Las propuestas que no cumplan o no logren acreditar alguno de los requisitos
técnicos OBLIGATORIOS, serán declaradas inadmisibles y no serán
evaluadas.
Una vez completada la tabla Excel con la información requerida, debe
adjuntarse en la carpeta técnica con el nombre: Anexo N°03 Especificaciones
Técnicas.
ANEXO OBLIGATORIO, por tanto, su no presentación hará inadmisible la
oferta. Lo anterior, sin perjuicio de que se efectuará la revisión de la
totalidad de los antecedentes contenidos en la oferta, de acuerdo al
artículo 9 de la Ley N° 19.886.
04
PLAZOS DE
ENTREGA
Documento en que se debe indicar por el proveedor el plazo mínimo y
máximo para la entrega de primer stock de prótesis, reposición insumos,
instrumental y equipo en comodato, de acuerdo a las Bases Administrativas,
técnicas y demás documentos que forman parte de la licitación.
El criterio plazo de entrega evaluará las horas de antelación a la fecha de
cirugía en las que el proveedor se compromete a realizar la entrega de
prótesis, instrumental y equipo en comodato
a. Plazo de entrega caja de prótesis:
El plazo ofertado para la entrega de la caja de prótesis se entiende
comenzará a partir de la solicitud enviada por el personal de
Traumatología de la Unidad de Compras del Hospital la Florida vía
correo electrónico.
Se establece que el límite base para el tiempo de entrega es de 1
desde la solicitud (es decir tiempo mínimo). Cualquier otro
inferior, se considerará con igual puntaje a dicho límite de
referencia, es decir se debe ofertar desde 1 día en adelante.
Se establece que el límite máximo en tiempo de entrega es de 3
días corridos desde la solicitud. Cualquier plazo de entrega que
supere los 3 días corridos, hará inadmisible la oferta.
La entrega, con todo, se deberá realizar en los horarios establecidos
y señalados en bases técnicas.
En caso que el proveedor oferte un rango de plazo de entrega se
evaluará basándose en el mayor periodo de tiempo especificado (a
modo de ejemplo: si oferta señala entrega entre 1 a 3 días corridos,
se evaluará como si se hubiera ofertado 3 día corrido de entrega).
El plazo de entrega se deberá expresar en días corridos Si el
proveedor no señala expresamente el/lo(s) plazo(s) en su oferta o
señala en su oferta un plazo en días hábiles, su oferta será
declarada inadmisible.
Si el proveedor no señala expresamente en su oferta si son días
hábiles o corridos, se entenderán que son días corridos, para todo
efecto.
b. Plazo de entrega instrumental básico y de abordaje más
equipos en comodato en comodato:
Se establece que el instrumental básico y de abordaje más los
equipos en comodato se entregan de manera conjunta.
El plazo comenzará a regir desde la solicitud enviada por el personal
de Traumatología de la Unidad de Compras del Hospital la Florida
vía correo electrónico.
Se establece que el límite base de entrega es 1 días desde la
solicitud (es decir tiempo mínimo). Cualquier otro inferior, se
considerará con igual puntaje a dicho límite de referencia, es decir
se debe ofertar desde 1 día en adelante.
Se establece que el límite máximo en tiempo de entrega es de 2
días corridos. Cualquier plazo de entrega que supere los 2 días
corridos, hará inadmisible la oferta.
En caso de presentar un rango de entrega, se evaluará basándose
en el mayor periodo de tiempo especificado (a modo de ejemplo: si
oferta señala entrega entre 1 a 2 días corridos, se evaluará como si
se hubiera ofertado 2 días corridos).
El plazo de entrega se deberá expresar en días corridos. Si el
proveedor no señala expresamente el plazo en su oferta o señala
días hábiles, su oferta será declarada inadmisible.
Si el proveedor no señala expresamente en su oferta si se trata de
días hábiles o corridos, se entenderá que son días corridos, para
todo efecto.
Una vez completados los datos, debe adjuntarse el documento en la carpeta
técnica con el nombre: “Anexo N°04 Plazos de Entrega”.
Este anexo tiene carácter de ANEXO OBLIGATORIO, por tanto, su no
presentación hará inadmisible la oferta. Lo anterior, sin perjuicio de que se
efectuará la revisión de la totalidad de los antecedentes contenidos en la
oferta, de acuerdo al artículo 9 de la Ley N° 19.886.
05
CERTIFICADO
COMPORTAMIENTO
CONTRACTUAL
ANTERIOR
Documentos que indican la identificación de los clientes con los que tenga o
haya tenido contratos del mismo rubro y envergadura de prótesis requeridas
en la presente licitación y que certifican que el oferente ha tenido un
comportamiento contractual intachable.
Para estos efectos se considerarán del mismo rubro, contratos referidos a la
venta de los mismos insumos requeridos en esta adquisición y de la misma
marca ofertada y se considerará de la misma envergadura cuando los
contratos se hayan celebrado con instituciones de salud pública o privada. Si
no concurren estas dos condiciones en conjunto, el certificado no será
considerado en la Evaluación.
Los Certificados de Comportamiento Contractual Anterior, deberán
presentarse firmados por la persona facultada para ello de la respectiva
empresa o institución, identificándose en el mismo como tal y con el timbre
de la Institución que adquirió las prótesis. No serán considerados para la
evaluación los Certificados de Comportamiento Contractual Anterior
emitidos por el propio oferente, por las entidades del grupo empresarial al
que pertenece la empresa o sociedad oferente o por las personas jurídicas
que tengan, respecto de la empresa o sociedad oferente, la calidad de
matriz, coligante, filial o coligada, en conformidad a las definiciones
contenidas en la Ley N° 18.046.
El Hospital se encontrará facultado para confirmar los antecedentes
entregados, contactando a las respectivas Instituciones que hayan otorgado
dichas certificaciones.
Si se presentan certificaciones del propio Hospital La Florida, solo serán
consideradas a evaluación las emitidas por la Unidad de Gestión de
Contratos del Hospital.
En consecuencia, los antecedentes y clientes del oferente, que no puedan
ser acreditados o confirmados a través de la presentación y revisión de
estos certificados, se entenderán como no presentados, para efectos de la
evaluación.
Para la Evaluación se considerará sólo la presentación hasta un máximo de 6
certificados de clientes distintos, que hayan adquirido las mismas prótesis en
los últimos 72 Meses desde la publicación de esta Licitación.
Si el oferente presenta más de 6 certificados, sólo se considerarán los 6
certificados donde consten las contrataciones de fechas más recientes.
Estos certificados deben adjuntarse en la carpeta técnica con el nombre:
“Anexo N°05 Certificado Comportamiento Contractual Anterior”.
06
EXPERIENCIA DE LA
EMPRESA
Anexo en el cual el proveedor deberá señalar los años de experiencia en el
mercado. Para acreditar lo anterior el proveedor deberá adjuntar los
siguientes documentos:
a. Para organismos de salud pública, órdenes de compra de Mercado
Publico aceptadas por el oferente y donde conste expresamente su
recepción conforme.
b. Para organismos de salud privada, orden de compra y factura
correspondiente.
Documentos que indican la identificación de los clientes con los que tenga o
haya tenido contratos del mismo rubro y envergadura de los bienes
requeridos en la presente licitación.
Para estos efectos se considerarán del mismo rubro, contratos referidos a la
venta de los mismos productos requeridos en esta adquisición y las mismas
marcas y modelos ofertados y se considerará de la misma envergadura
cuando los contratos se hayan celebrado con instituciones de salud Pública
o Privada. Si no concurren estas dos condiciones en conjunto, el certificado
no será considerado en la Evaluación.
Para la Evaluación se considerará sólo la presentación hasta un máximo de 6
órdenes de compra de clientes distintos que hayan adquirido los mismos
bienes en los últimos 72 meses desde la publicación de esta Licitación.
El anexo y el respaldo deberán adjuntarse a carpeta técnica del portal
mercadopublico.cl. con el nombre de “Anexo N°06 Experiencia de la
empresa”.
08
DECLARACIÓN
JURADA
PROGRAMA DE
INTEGRIDAD CON
APLICACIÓN DE
CÓDIGO ÉTICA
PARA
PROVEEDORES
(DIRECTIVA N°31
CHILECOMPRA)
Documento que declara la aplicación de programas de integridad de Código
de ética para proveedores, correspondiente a la Directiva N°31 ChileCompra,
por el proveedor y sus trabajadores.
Si no se presenta este anexo, o se presenta sin firma, se entenderá que no
conoce ni aplica programas de integridad y/o políticas contenidas en Código
de ética para proveedores, por tanto, su oferta no será evaluada en este
criterio de evaluación.
Anexo N°08: Declaración jurada programa de integridad con aplicación de
código ética para proveedores (Directiva N°31 ChileCompra).
CARPETA ECONÓMICA
ANEXO NOMBRE ANEXO DESCRIPCIÓN
ANEXO
07 CARTA OFERTA
Documento donde se oferta el valor unitario y total por caja de prótesis, sin
IVA y en pesos chilenos, incluidos todos los gastos en los que incurra el
adjudicatario hasta su total recepción conforme, comprendiéndose entre
ellos por ejemplo los relativos a capacitación, fletes incluidos, derechos,
patentes, asistencia técnica, etc.
En la carta oferta se debe indicar el valor total del contenido mínimo
obligatorio por ítem ofertado.
Se deberá adjuntar de forma obligatoria a la oferta económica del anexo 07,
en formato Excel, el detalle valorizado del contenido del paquetizado,
instrumental y equipos entregados en calidad de comodato, los cuales
deberán estar valorizados, solo para efectos de pérdida. Dicho detalle deberá
contener, además de la valorización, el detalle de las características (largo,
ancho, diámetro, material etc.) código de referencia, modelo, marca, etc.
En la valorización se debe especificar el precio unitario de cada tipo de
insumo, instrumental y equipos entregados en comodato de manera
individual.
Los valores deberán incluir todos los gastos en los que incurra el adjudicatario
hasta su total recepción conforme, desde el inicio de la consignación y/o envió
del primer stock de insumos, así como las reposiciones necesarias que se
indicaran en el Anexo 04 “plazos de entrega”, comprendiéndose entre ellos
por ejemplo los relativos a capacitación, fletes incluidos, derechos y patentes,
asistente técnico, etc.
Se deja constancia que el Hospital adquiere en calidad de consignación TODAS
LAS CAJAS DE PRÓTESIS, por lo tanto, los montos de facturación quedarán
supeditados al consumo real registrado por el Hospital tras la validación
médica de los componentes utilizados para la intervención quirúrgica del
paciente, a partir de la valorización comercial detallada en este anexo.
Una vez completado el documento, debe adjuntarse en la carpeta Económica
con el nombre: Anexo N°07 Carta Oferta.
El oferente deberá asegurarse que el valor total por los insumos que
conforman la oferta, sean iguales a los valores ingresados en el campo
correspondiente en el portal www.mercadopublico.cl. En caso de existir
discrepancias entre el valor indicado en el anexo y el valor ingresado en el
portal, prevalecerá la oferta subida en cada línea de producto a
www.mercadopublico.cl.
Se establece expresamente que si la oferta del proveedor es de $1 en
Mercado Público, su oferta será declarada inadmisible.
ANEXO OBLIGATORIO, por tanto, su no presentación hará inadmisible la
oferta. Lo anterior, sin perjuicio de que se efectuará la revisión de la
totalidad de los antecedentes contenidos en la oferta, de acuerdo al artículo
9 de la Ley N° 19.886.
Si falta alguno de los anexos OBLIGATORIOS o no se logra acreditar su contenido, la oferta será inadmisible.
Lo anterior, sin perjuicio de que se efectuará la revisión de la totalidad de los antecedentes contenidos en
la oferta, de acuerdo al artículo 9 de la Ley N° 19.886.
6.1.-Carácter de los documentos
Cada oferta deberá cumplir con todos los requisitos de admisibilidad administrativa, técnica y económica, sin
embargo, es dable señalar que en esta Licitación podrán existir los siguientes documentos:
• DOCUMENTO “ANEXO”: Anexo numerado que se debe completar o no, según corresponda y cuyo
contenido se deberá acreditar cuando así se indique, con los respectivos documentos de respaldo adjuntos
en cada carpeta de su oferta.
• DOCUMENTO “RESPALDO”: Documento que se pide acompañar en la oferta para respaldar y/o acreditar
algún requerimiento solicitado en un anexo o en bases.
Estos documentos de respaldo podrán ser entre otros: fotos, boucher, fichas técnicas, certificados,
declaraciones, contratos, Ordenes de Compras, catálogos, etc. según se solicite en cada caso.
Los documentos Anexos o respaldos podrán tener carácter de obligatorios o no.
Según lo anterior, los documentos, anexos o respaldos, se pueden clasificar en “esencial” o “subsanable”,
según el siguiente detalle:
a.1 Documento Esencial: Son aquellos, que no admiten corrección, enmienda, rectificación o subsanación,
por ende, si alguna de las propuestas no cumple con la presentación conforme y/o el correcto llenado del
documento sea anexo o respaldo, según se solicita en estas bases, la oferta será inadmisible. Lo anterior, sin
perjuicio de que se efectuará la revisión de la totalidad de los antecedentes contenidos en la oferta, de
acuerdo al artículo 9 de la Ley N° 19.886.
Se entenderán Documentos, anexos o respaldos esenciales los siguientes:
▪ Anexo N°02 Declaración Jurada.
▪ Anexo N°04 Plazos de entrega.
▪ Anexo N°07 Carta Oferta.
▪ Garantía de Seriedad de la Oferta.
a.2 Documento Subsanable: Son aquellos documentos que, presentados, adolecen de defectos de forma o
errores no esenciales o de tipeo, que obedecen a una justa causa de error u omisión o aquellos documentos
que no se hayan adjuntado por omisión a la oferta.
Los oferentes podrán enmendar sus omisiones u errores, dentro de un plazo de 24 o 48 horas según explicite
el Hospital La Florida, contado desde su requerimiento, mediante el foro inverso del proceso licitatorio y a
través de www.mercadopúblico.cl., y según lo señalado en el punto 8.2.1. de estas bases.
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7. DE LA APERTURA DE LA PROPUESTA. |
La apertura electrónica de las propuestas que se hayan ingresado en el portal www.mercadopublico.cl. Se
efectuará de acuerdo al calendario de plazos del numeral 5.4, debiendo levantarse acta de lo obrado.
Se realizará en ella, la revisión de los requisitos de admisibilidad esencial dejando constancia de los oferentes
que no cumplan con dichos requisitos en la Apertura Electrónica que se publica en www.mercadopublico.cl.
Una vez verificado el cumplimiento de los oferentes, de los requisitos exigidos en las presentes bases de
licitación y confeccionada la correspondiente Acta de Apertura, se procederá a la evaluación administrativa,
técnica y económica de los oferentes y sus ofertas, por parte de la Comisión Evaluadora, designada por el
Hospital en las presentes bases.
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8. DE LA EVALUACIÓN DE LAS OFERTAS. |
8.1.- Comisión de Evaluación
La Comisión de Evaluación podrá estar integrada por las siguientes personas o sus subrogantes legales:
1. SDA.
2. SD de Área.
3. Jefe Departamento de Abastecimiento.
4. Jefe Departamento de Finanzas.
5. Jefe CR.
6. Jefe Contratos.
7. Referente/s Técnico/s.
8. Responsable de la licitación.
En caso de ausencia o inhabilidad de uno o más de los miembros de la comisión de evaluación, ocupará su
lugar el subrogante respectivo, o el funcionario que designe la autoridad en su caso, con la finalidad que la
comisión sesione con la totalidad de los miembros que la integran.
En el caso de no ser posible la subrogancia, se reemplazará al integrante de la comisión a través de resolución
fundada, por funcionario que, revista las mismas calidades, todo, sin perjuicio de que su composición sea
informada en el portal www.mercadopublico.cl, una vez dictado el acto administrativo, correspondiente
conforme al inciso final del artículo 37 del decreto N°250, de 2004.
En el evento que la comisión este excepcionalmente integrada por personas ajenas a la administración y en
un número inferior a los funcionarios públicos, tal como lo previene el inciso cuarto del artículo 37 del
mencionado reglamento, su designación deberá ser fundada.
Las autoridades y funcionarios, así como los contratados a honorarios o las personas ajenas a la
administración, (en los casos en que excepcionalmente participen en procedimientos de contratación),
deberán abstenerse de participar en la evaluación y distintas etapas de los procedimientos de contratación,
cuando exista cualquier circunstancia que les reste imparcialidad. Para ello, previa evaluación, cada uno de
sus integrantes, firmará una Declaración Jurada de no tener Conflicto de Interés.
En caso de que alguno de los integrantes esté contratado a honorarios o se trate de personas ajenas a la
administración, estos solo tendrán derecho a voz, debiendo siempre la Comisión estar conformada por
mayoría simple de miembros a contrata.
La comisión revisará, las ofertas recepcionadas e inscritas en el Acta de Apertura, la Comisión de Evaluación
dará inicio al proceso de evaluación de las ofertas formuladas.
La Comisión de Evaluación, podrá ser asesorada por una Comisión Técnica compuesta por un máximo de 3
profesionales de las áreas correspondientes al proceso en análisis.
La comisión de Evaluación será presidida según el siguiente orden de prelación:
1. SDA.
2. Jefe Departamento de Abastecimiento.
3. Jefe Contratos.
La comisión podrá sesionar con un mínimo de 3 de sus integrantes en los días y horas citadas para los efectos
de evaluación. Las decisiones se tomarán conforme la metodología de evaluación indicada en el punto 8.3.
8.2.- Examen de Antecedentes
La Comisión de evaluación verificará los Antecedentes presentados por los oferentes e informará al director,
quien en virtud de lo dispuesto en el artículo 9 de la Ley Nº 19.886, podrá declarar, mediante resolución
fundada, inadmisible aquellas ofertas que no cumplan los requisitos establecidos en las bases.
El Hospital Clínico Metropolitano La Florida se reserva el derecho de declarar inadmisible las ofertas cuando
no cumplieren con los requisitos exigidos en las presentes Bases.
A su vez, el Hospital declarará desierta la licitación cuando no se presenten ofertas, o bien, cuando éstas no
resulten convenientes a sus intereses. En todos los casos, los oferentes no tendrán derecho a indemnización
alguna por estas circunstancias.
La decisión de inadmisibilidad o de declaración de desierta, se efectuará por resolución fundada, que será
publicada en www.mercadopublico.cl.
8.2.1.-Aclaración y complementación de antecedentes en FORO INVERSO de www.mercadopublico.cl
• Errores u omisiones en documentos presentados
El Hospital La Florida de conformidad con el artículo 40 inciso 1º del Decreto Nº 250 que aprueba el
reglamento de la Ley Nº 19.886, podrá solicitar a los oferentes aclaraciones o que salven errores u
omisiones formales, siempre y cuando las rectificaciones de dichos vicios u omisiones no les
confieran a esos oferentes una situación de privilegio respecto de los demás competidores, esto
es, en tanto no se afecten los principios de estricta sujeción a las bases y de igualdad de los oferentes,
informándose debidamente dicha solicitud al resto de los oferentes a través del Portal Mercado
Público.
• Omisión de documentos
El Hospital La Florida de conformidad con el artículo 40 inciso 2° del Decreto Nº 250, podrá permitir
la presentación de certificaciones o antecedentes que los oferentes hayan omitido presentar al
momento de efectuar la oferta, siempre que dichas certificaciones o antecedentes se hayan
producido u obtenido con anterioridad al vencimiento del plazo para presentar ofertas o se refieran
a situaciones no mutables entre el vencimiento del plazo para presentar ofertas y el periodo de
evaluación.
El plazo que tendrán los oferentes, en ambos casos, ya sea para subsanar documentos presentados
o adjuntar documentos omitidos para dar cumplimiento a lo solicitado por el mandante, no podrá
ser superior a 24 o 48 horas, según defina el Hospital, contadas desde la fecha de publicación en el
FORO INVERSO de www.mercadopublico.cl, de la solicitud por parte del Hospital.
Si la aclaración solicitada o el documento omitido no se presenta dentro del plazo asignado, se
asumirá que el requisito en duda no se cumple y la oferta recibirá el puntaje correspondiente
establecido en el criterio “cumplimiento de requisitos formales”.
8.3.- Metodología de Evaluación
La evaluación se hará asignando puntuación según los rangos que se indican, a los aspectos que se detallan;
la oferta que logre la puntuación más alta, será propuesta para adjudicación.
La evaluación de las propuestas será realizada por la Comisión de Evaluación conforme a los criterios de
evaluación, analizando los antecedentes admisibles aportados por los oferentes a través del Portal
www.mercadopublico.cl.
Se ponderarán los puntajes obtenidos, estableciéndose un ranking, del cual se seleccionará la oferta que
obtenga el mayor puntaje y que cumpla de mejor forma los intereses del Hospital.
En el caso de tratarse de un proceso cuya adjudicación se realice por la totalidad de líneas o ítems licitados a
un solo proveedor, el resultado final de la evaluación se obtendrá de la sumatoria de puntajes finales de todos
los ítems ofertados en su conjunto, siendo la oferta ganadora la que obtenga el mayor puntaje de dicha
sumatoria.
Se elaborará el Acta de Evaluación según el análisis realizado para cada uno de los criterios evaluados.
8.3.1 Mecanismos de Evaluación:
La obtención de los puntajes de los requerimientos para cada evaluación podrá ser del tipo tabulación,
dicotómico o porcentual.
a) Mecanismo de Tabulación:
Para el caso de evaluación a través de tabulación, se asignará un puntaje por tramo, requisito o característica
indicada según orden de importancia, el resultado será ponderado según el porcentaje asignado al criterio.
b) Mecanismo Dicotómico:
Para el caso del puntaje dicotómico, el cumplimiento del requerimiento significará la obtención del puntaje
máximo y en caso contrario, el puntaje obtenido será cero.
c) Mecanismo Porcentual:
Para el caso del puntaje porcentual, este se obtendrá dependiendo de si se aplica el criterio del mayor valor
o menor valor, donde la fórmula de cálculo para cada caso es la siguiente:
c.1) Criterio Mayor Valor:
𝐶𝑟𝑖𝑡𝑒𝑟𝑖𝑜 𝑀𝑎𝑦𝑜𝑟 𝑉𝑎𝑙𝑜𝑟: (
𝑉𝑎𝑙𝑜𝑟 𝑂𝑓𝑒𝑟𝑡𝑎𝑑𝑜
𝑀𝑎𝑦𝑜𝑟 𝑉𝑎𝑙𝑜𝑟 𝑂𝑓𝑒𝑟𝑡𝑎𝑑𝑜) 𝑥 (𝑃𝑢𝑛𝑡𝑎𝑗𝑒 𝑑𝑒𝑙 𝑅𝑒𝑞𝑢𝑒𝑟𝑖𝑚𝑖𝑒𝑛𝑡𝑜)
El oferente obtendrá el puntaje máximo del requisito evaluado toda vez que su valor ofertado sea igual al
mayor valor ofertado, del conjunto de las ofertas. Cada valor ofertado distinto al mayor valor ofertado, en
consecuencia, generará un puntaje menor para el requerimiento en evaluación.
c.2) Criterio Menor Valor :
𝐶𝑟𝑖𝑡𝑒𝑟𝑖𝑜 𝑀𝑒𝑛𝑜𝑟 𝑉𝑎𝑙𝑜𝑟: (
𝑀𝑒𝑛𝑜𝑟 𝑉𝑎𝑙𝑜𝑟 𝑂𝑓𝑒𝑟𝑡𝑎𝑑𝑜
𝑉𝑎𝑙𝑜𝑟 𝑂𝑓𝑒𝑟𝑡𝑎𝑑𝑜 ) 𝑥 (𝑃𝑢𝑛𝑡𝑎𝑗𝑒 𝑑𝑒𝑙 𝑅𝑒𝑞𝑢𝑒𝑟𝑖𝑚𝑖𝑒𝑛𝑡𝑜)
El oferente obtendrá el puntaje máximo del requerimiento evaluado, toda vez que su valor ofertado sea igual
al menor valor ofertado, del conjunto de las ofertas. Cada valor ofertado distinto al menor valor ofertado, en
consecuencia, generará un puntaje menor para el requerimiento en evaluación.
8.4.- Criterios de Evaluación
Se evaluará conforme a los criterios de evaluación, que a continuación se indican, sin afectar los principios de
igualdad de los mismos y con estricta sujeción a las bases, de acuerdo a las ponderaciones que se señalan:
CRITERIOS PONDERACIÓN FACTOR PONDERACIÓN
FACTOR
PUNTAJE
MAXIMO
CUMPLIMIENTO DE
REQUISITOS FORMALES 1% 100
CRITERIO TÉCNICO 19% 100
PROGRAMAS DE
INTEGRIDAD CON
APLICACIÓN DE CÓDIGO DE
ÉTICA PARA PROVEEDORES
DEL ESTADO
1% 100
PLAZOS DE ENTREGA 13%
PLAZO DE ENTREGA
CAJA DE PRÓTESIS 50% 100
PLAZO DE ENTREGA
INSTRUMENTAL
BÁSICO Y DE ABORDAJE
MÁS EQUIPO EN
COMODATO
50% 100
COMPORTAMIENTO
CONTRACTUAL ANTERIOR 8% 100
EXPERIENCIA DE LA
EMPRESA 8% 100
PRECIO 50% 100
8.4.1 Cumplimiento de requisitos formales (1 %)
Se evaluará el cumplimiento formal de los requisitos administrativos, técnicos y económicos, a través del
mecanismo de Tabulación, asignándose el siguiente puntaje:
TRAMO, REQUISITO O CARACTERISTICA PUNTAJE
Presenta oferta con todos los documentos requisitos administrativos, técnicos, económicos
y anexos solicitados, en tiempo y forma. 100
Presenta oferta con todos los documentos, requisitos administrativos, técnicos, económicos
y anexos solicitados, pero se debe pedir subsanar o enmendar elementos de tipo
subsanables a través de foro inverso y proveedor corrige y/o subsana en tiempo y forma.
50
Presenta oferta con todos los documentos, requisitos administrativos, técnicos, económicos
y anexos solicitados, pero se debe pedir subsanar o enmendar elementos de tipo
subsanables a través de foro inverso y proveedor NO corrige o subsana en tiempo y forma.
0
8.4.2. Criterio Técnico (19%)
El Criterio Técnico se evaluará a través de mecanismo de tabulación, donde cada requisito deseable tendrá
una puntuación asignada.
La ponderación del 19% será aplicada al total de la puntación obtenida por cada proveedor en la tabla de
evaluación de este criterio.
El Anexo N° 03 contendrá los requisitos OBLIGATORIOS y los requisitos DESEABLES de la oferta Técnica de
cada proveedor.
Requisitos Deseables (D): Considera los requisitos que son importantes, pero que, sin embargo, su
incumplimiento no afecta el funcionamiento del Producto.
Se evaluarán en este criterio solo el cumplimiento de los requisitos técnicos DESEABLES especificados en el
Anexo Nº 03. Se entenderá que no cumple el requisito técnico Deseable:
• Cuando no acompañe el Certificado que acredite el requisito técnico Deseable.
• También se entenderá que no cumple el requisito técnico deseable, si el Certificado que acredite
dicho requisito, contenga elementos de los considerados en estas bases como subsanables y se ha
debido pedir al oferente a través de foro inverso que subsane y/o enmiende y este NO subsanó y/o
enmendó en el tiempo y forma requerido.
ÍTEM N°01: CAJA DE PRÓTESIS REVISIÓN ARTROPLASTIA CADERA (DE LLAMADO)
N° REQUERIMIENTO PUNTAJE FORMA DE ACREDITAR O RESPALDO
1 Dedales de titanio para cuello 15 Adjuntar Certificado
2 Cesta acetabular de revisión (cup cage) 15 Adjuntar Certificado
3 Certificación FDA 50 Adjuntar Certificado
4 Certificación CE 10 Adjuntar Certificado
5 Certificaciones ISO 10 Adjuntar Certificado
Requisitos Obligatorias (O): Corresponden a los requisitos cuyo incumplimiento declaran a la oferta
inadmisible. Bajo esta categoría se incluyen los requisitos técnicos cuyo incumplimiento impide el
funcionamiento requerido, no cumple con lo requerido por el Hospital o producen una falta a las normas de
seguridad vigente.
Las propuestas que no cumplan con alguno de los requisitos técnicos OBLIGATORIOS, serán declaradas
inadmisibles y no serán evaluadas.
Se entenderá que no cumplen los requisitos técnicos Obligatorios:
• Cuando no acompañe el documento, fotografía y/o certificado que acredite los requisitos técnicos.
• También se entenderá que no cumple los requisitos técnicos Obligatorios, si el documento, fotografía
y/o certificado que acredite dicho requisito, contenga elementos de los considerados en estas bases
como subsanables y se ha debido pedir al oferente a través de foro inverso que subsane y/o
enmiende y este NO subsanó y/o enmendó en el tiempo y forma requerido.
8.4.3. Programas de integridad con aplicación de código de ética para proveedores del Estado (1%)
Corresponde a programas de integridad relacionadas a la contratación pública con aplicación del código de
ética para proveedores dentro de la empresa y por parte de sus trabajadores, situación debidamente
acreditada, a través de declaración jurada del proveedor (Anexo 08), donde se señala expresamente como
política de su empresa dicho programa de integridad con aplicación del código de ética para proveedores
(Directiva N°31 de ChileCompra).
Si el oferente es una UTP se deberán adjuntar las declaraciones juradas por cada uno de sus integrantes.
De no ser presentadas las declaraciones juradas, se entenderá que no cuentan con estas políticas ni aplican
código de ética para proveedores, otorgándoles 0 puntos en este criterio.
Para este criterio se aplicará el mecanismo dicotómico, según la siguiente tabla y el Anexo N°08:
REQUERIMIENTO PUNTAJE
Aplica programa de integridad con código de ética para proveedores
(Directiva N°31 ChileCompra) en sus contrataciones con el estado. 100
No Aplica programa de integridad con código de ética para
proveedores (Directiva N°31 ChileCompra) en sus contrataciones con
el estado, o no logra acreditar.
0
8.4.4. Plazos de entrega (13%)
Este Criterio se evaluará a través de la sumatoria de los siguientes factores: “Plazo de Entrega de Caja de
Prótesis” (50%) y “Plazo de entrega instrumental y equipo en comodato” (50%), de acuerdo a la siguiente
tabla y formula.
CRITERIO FACTORES
Plazos de entrega
Plazo de Entrega Caja de Prótesis (50%) + Plazo de Entrega
Instrumental básico y de abordaje más Equipo en comodato
(50%)
Al resultado final de esta sumatoria se aplicará la fórmula de menor valor:
𝐶𝑟𝑖𝑡𝑒𝑟𝑖𝑜 𝑀𝑒𝑛𝑜𝑟 𝑉𝑎𝑙𝑜𝑟: (
𝑀𝑒𝑛𝑜𝑟 𝑉𝑎𝑙𝑜𝑟 𝑂𝑓𝑒𝑟𝑡𝑎𝑑𝑜
𝑉𝑎𝑙𝑜𝑟 𝑂𝑓𝑒𝑟𝑡𝑎𝑑𝑜 ) 𝑥 (𝑃𝑢𝑛𝑡𝑎𝑗𝑒 𝑑𝑒𝑙 𝑅𝑒𝑞𝑢𝑒𝑟𝑖𝑚𝑖𝑒𝑛𝑡𝑜)
8.4.4.1 Factor Plazo de Entrega Caja de Prótesis (50%):
El Plazo de Entrega de Caja de Prótesis se evaluará a través del mecanismo de formula menor valor:
𝐶𝑟𝑖𝑡𝑒𝑟𝑖𝑜 𝑀𝑒𝑛𝑜𝑟 𝑉𝑎𝑙𝑜𝑟: (
𝑀𝑒𝑛𝑜𝑟 𝑉𝑎𝑙𝑜𝑟 𝑂𝑓𝑒𝑟𝑡𝑎𝑑𝑜
𝑉𝑎𝑙𝑜𝑟 𝑂𝑓𝑒𝑟𝑡𝑎𝑑𝑜 ) 𝑥 (𝑃𝑢𝑛𝑡𝑎𝑗𝑒 𝑑𝑒𝑙 𝑅𝑒𝑞𝑢𝑒𝑟𝑖𝑚𝑖𝑒𝑛𝑡𝑜)
El plazo comenzará a regir desde la solicitud enviada por el personal de Traumatología de la Unidad de
Compras del Hospital la Florida vía correo electrónico.
Se establece que el límite base para el tiempo de entrega es de 1 día desde la solicitud (es decir tiempo
mínimo). Cualquier otro inferior, se considerará con igual puntaje a dicho límite de referencia, es decir se
debe ofertar desde 1 día en adelante.
Se establece que el límite máximo en tiempo de entrega es de 3 días corridos desde la solicitud. Cualquier
plazo de entrega que supere los 3 días corridos, hará inadmisible la oferta.
En caso de presentar un rango de entrega, se evaluará basándose en el mayor periodo de tiempo especificado
(a modo de ejemplo: si oferta señala entrega entre 1 a 3 días, se evaluará como si se hubiera ofertado 3 día
de entrega).
El plazo de entrega se deberá expresar en días corridos. Si el proveedor no señala expresamente el/lo(s)
plazo(s) en su oferta o señala en su oferta un plazo en días hábiles, su oferta será declarada inadmisible.
Si el proveedor no señala expresamente en su oferta si son días hábiles o corridos, se entenderán que son días
corridos, para todo efecto.
8.4.3.2 Factor plazo de entrega instrumental básico y de abordaje más equipos en comodato (50%):
El Plazo de entrega del instrumental básico y de abordaje más los equipos en comodato se evaluará a través
del mecanismo de formula menor valor:
𝐶𝑟𝑖𝑡𝑒𝑟𝑖𝑜 𝑀𝑒𝑛𝑜𝑟 𝑉𝑎𝑙𝑜𝑟: (
𝑀𝑒𝑛𝑜𝑟 𝑉𝑎𝑙𝑜𝑟 𝑂𝑓𝑒𝑟𝑡𝑎𝑑𝑜
𝑉𝑎𝑙𝑜𝑟 𝑂𝑓𝑒𝑟𝑡𝑎𝑑𝑜 ) 𝑥 (𝑃𝑢𝑛𝑡𝑎𝑗𝑒 𝑑𝑒𝑙 𝑅𝑒𝑞𝑢𝑒𝑟𝑖𝑚𝑖𝑒𝑛𝑡𝑜)
Se establece que el instrumental básico y de abordaje más los equipos en comodato se entregan de manera
conjunta.
Se establece que el límite base para el tiempo de entrega es de 1 día desde la solicitud (es decir tiempo
mínimo). Cualquier otro inferior, se considerará con igual puntaje a dicho límite de referencia, es decir se
debe ofertar desde 1 día en adelante.
Se establece que el límite máximo en tiempo de entrega es de 2 días corridos desde la solicitud. Cualquier
plazo de entrega que supere los 2 días corridos, hará inadmisible la oferta.
En caso de presentar un rango de entrega, se evaluará basándose en el mayor periodo de tiempo especificado
(a modo de ejemplo: si oferta señala entrega entre 1 a 2 días corridos, se evaluará como si se hubiera ofertado
2 días corridos).
El plazo de entrega se deberá expresar en días corridos. Si el proveedor no señala expresamente el plazo en
su oferta o señala días hábiles, su oferta será declarada inadmisible.
Si el proveedor no señala expresamente en su oferta si se trata de días hábiles o corridos, se entenderá que
son días corridos, para todo efecto.
El plazo comenzará a regir desde la solicitud enviada por el personal de Traumatología de la Unidad de
Compras del Hospital la Florida vía correo electrónico.
8.4.5. Comportamiento contractual anterior (8%)
Este Factor se evaluará a través del mecanismo de Tabulación, en base a lo siguiente:
Se medirá el comportamiento contractual anterior del oferente con la evaluación del documento Anexo N°05,
“Certificado Comportamiento Contractual Anterior”, suscrito por clientes con los que tenga o haya tenido
contratos del mismo rubro y envergadura de las prótesis requeridas en la presente licitación que declaren la
conducta intachable del oferente sin multas, sanciones ni término anticipado de contrato.
Para estos efectos se considerarán del mismo rubro, contratos referidos a la venta de las mismas prótesis
requeridas en esta adquisición y de la misma marca ofertada y se considerará de la misma envergadura
cuando los contratos se hayan celebrado con instituciones de salud pública o privada. Si no concurren estas
dos condiciones en conjunto, el certificado no será considerado en la Evaluación.
Los Certificados de Comportamiento Contractual Anterior, deberán presentarse firmados por la persona
facultada para ello de la respectiva empresa o institución, identificándose en el mismo como tal y con el timbre
de la Institución que adquirió la prótesis. No serán considerados para la evaluación los Certificados de
Comportamiento Contractual Anterior emitidos por el propio oferente, por las entidades del grupo
empresarial al que pertenece la empresa o sociedad oferente o por las personas jurídicas que tengan, respecto
de la empresa o sociedad oferente, la calidad de matriz, coligante, filial o coligada, en conformidad a las
definiciones contenidas en la Ley N° 18.046.
El Hospital se encontrará facultado para confirmar los antecedentes entregados, contactando a las respectivas
Instituciones que hayan otorgado dichas certificaciones.
Si se presentan certificaciones del propio Hospital La Florida, solo serán consideradas a evaluación las emitidas
por la Unidad de Gestión de Contratos del Hospital.
En consecuencia, los antecedentes y clientes del oferente, que no puedan ser acreditados o confirmados a
través de la presentación y revisión de estos certificados, se entenderán como no presentados, para efectos
de la evaluación.
Para la Evaluación se considerará sólo la presentación hasta un máximo de 6 certificados de clientes distintos,
que hayan adquirido las prótesis en los últimos 72 Meses desde la publicación de esta Licitación.
Si el oferente presenta más de 6 certificados, sólo se considerarán los 6 certificados donde consten las
contrataciones de fechas más recientes.
Estos certificados deben adjuntarse en la carpeta técnica con el nombre: “Anexo N°05 Certificado
Comportamiento Contractual Anterior”.
REQUERIMIENTO PUNTAJE
Presenta Certificados de 6 clientes 100
Presenta Certificados de 5 clientes 80
Presenta Certificados de 4 clientes 60
Presenta Certificados de 3 clientes 40
Presenta Certificados de 2 clientes 20
Presenta Certificados de 1 clientes 10
No presenta certificados o estos no pueden ser corroborados con la entidad emisora 0
8.4.6. Experiencia de la empresa (8%)
Este criterio se evaluará a través de mecanismo de Tabulación, en base a lo siguiente:
Se medirá evaluando experiencia en venta que acredite a través de las Ordenes de Compras que hayan
presentado en su Anexo N°06, que indican los clientes con los que tenga o haya tenido contratos del mismo
rubro y envergadura de los productos requeridos en la presente licitación.
Para estos efectos se considerarán del mismo rubro, la experiencia referida a la provisión de los mismos
productos requeridos en esta licitación y de la misma marca y modelo ofertados y se considerará de la misma
envergadura cuando dichos contratos se hayan celebrado con instituciones de salud pública de Alta
Complejidad.
Si no concurren estas dos condiciones en conjunto, las Órdenes de Compra no serán consideradas como
antecedentes para la Evaluación.
Para acreditar lo anterior el proveedor deberá adjuntar los siguientes documentos:
a. Para organismos de salud pública, órdenes de compra de Mercado Publico aceptadas por el oferente
y donde conste expresamente su recepción conforme.
b. Para organismos de salud privada, orden de compra y factura correspondiente.
Se deberán presentar 1 orden de compra por cada año que desee acreditar en venta del mismo bien y/o
servicio ofertado. Si presenta más de una Orden de Compra emitida por la misma organización de salud
Pública o privada, sólo será considerada la Orden de Compra de fecha más antigua.
Si el proveedor presenta 2 o más órdenes de compra del mismo año, solo se considerará una de ellas para la
evaluación.
Para la Evaluación se considerará sólo la presentación hasta un máximo de 6 órdenes de compra de clientes
distintos que hayan adquirido los mismos bienes en los últimos 72 meses desde la publicación de esta
Licitación.
Para todo efecto, el año a considerar como experiencia en ventas de la empresa, será el año de emisión de la
orden de compra, independientemente de la duración del contrato asociado a la orden de compra presentada.
El anexo y el respaldo deberán adjuntarse en la carpeta técnica del portal mercadopublico.cl. con el nombre
de Anexo N°6 “Experiencia de la empresa”.
El Hospital se encontrará facultado para confirmar los antecedentes entregados revisando el portal mercado
público y de ser necesario, contactando a las respectivas Instituciones que hayan emitido dichas Ordenes.
En consecuencia, los antecedentes y clientes del oferente, que no puedan ser acreditados o confirmados a
través de la presentación y revisión de las Órdenes de Compra, se entenderán como no presentados, para
efectos de la evaluación.
AÑOS DE EXPERIENCIA PUNTAJE
6 años de experiencia en ventas. 100
Entre 2 y 5 años de experiencia en ventas. 50
Menos de 2 años de experiencia en ventas. 0
8.4.7. Evaluación económica (50%)
La evaluación económica considerará el valor unitario neto total del contenido mínimo obligatorio por Caja
de Prótesis el cual se debe ingresar en Anexo Nº07 Carta Oferta:
REQUERIMIENTO PUNTAJE MÁXIMO
Menor Valor Ofertado 100
El valor ofertado de cada prótesis se debe ajustar al monto estimado señalado en Bases Técnicas.
Se establece expresamente que si la oferta del proveedor es de $1 en Mercado Público, su oferta será
declarada inadmisible.
𝑀𝑒𝑛𝑜𝑟 𝑃𝑟𝑒𝑐𝑖𝑜: (
𝑀𝑒𝑛𝑜𝑟 𝑃𝑟𝑒𝑐𝑖𝑜 𝑂𝑓𝑒𝑟𝑡𝑎𝑑𝑜
𝑃𝑟𝑒𝑐𝑖𝑜 𝑂𝑓𝑒𝑟𝑡𝑎𝑑𝑜 ) 𝑥 100
Los valores a evaluar serán los valores ofertados por cada caja de prótesis la que deberá contener el mínimo
obligatorio de insumos solicitados según bases técnicas.
Los valores deberán incluir todos los gastos en los que incurra el adjudicatario hasta su total recepción
conforme, desde el inicio de la consignación de prótesis, así como las reposiciones necesarias que se indicarán
en el anexo “plazos de entrega”, comprendiéndose entre ellos por ejemplo los relativos a capacitación, fletes
incluidos, derechos, patentes, asistencia técnica, etc.
Se deja constancia que el Hospital la Florida adquiere en calidad de consignación TODAS LAS CAJAS DE
PRÓTESIS, por lo tanto, los montos de facturación quedarán supeditados al consumo real de insumos
registrado por el Hospital tras la validación médica de los componentes utilizados para la intervención
quirúrgica del paciente, a partir de la valorización comercial detallada en Anexo 07.
Para estos efectos, el proveedor deberá señalar en Anexo N°07 los valores de cada insumo de manera
individual, lo anterior para calcular, según lo utilizado, el monto a facturar y que se recepcionará para pago
según la necesidad de cada cirugía, donde se haya utilizado dicha caja de prótesis.
Además, se deberá adjuntar de forma obligatoria a la oferta económica del Anexo 07, en formato Excel, el
detalle valorizado de los insumos, el instrumental básico y de abordaje más los equipos entregados en calidad
de comodato, los cuales deberán estar valorizados, solo para efectos de pérdida. Dicho detalle deberá
contener además de la valorización el detalle de las características (largo, ancho, diámetro, material etc.)
código de referencia, modelo, marca, etc. En la valorización se debe especificar el precio unitario de cada tipo
de insumo, instrumental y/o equipo entregado en comodato de manera individual.
8.5.- Situación de Empate:
En caso de que dos o más ofertas obtengan igual puntaje total, se resolverá el empate según los siguientes
criterios:
a) Se seleccionará aquella oferta que presente el mejor puntaje en Criterio Precio.
b) Se seleccionará aquella oferta que presente el mejor puntaje en Criterio Técnico.
c) Se seleccionará aquella oferta que presente el mejor puntaje en Criterio Plazos de Entrega.
d) Si subsistiese el empate, se seleccionará aquella oferta que presente el mejor puntaje en el Criterio
Experiencia de la Empresa.
e) Si subsistiese el empate, se seleccionará aquella oferta que presente el mejor puntaje en el Criterio
Comportamiento Contractual Anterior.
f) Si subsistiese el empate, se seleccionará aquella oferta que presente el mejor puntaje en el criterio
Programas de integridad con aplicación de código de ética para proveedores del Estado.
g) Si subsistiese el empate, se seleccionará aquella oferta que presente el mejor puntaje en el Criterio
Cumplimiento de Requisitos Formales.
h) Si subsistiese el empate, se seleccionará aquella oferta que fuese ingresada primero, según la fecha y hora
en el portal Mercado Publico.
8.6.- Acta de Evaluación
La Comisión de Evaluación elaborará el "Informe o Acta Final de Evaluación" el cual contendrá:
• La identificación de los integrantes de la Comisión de Evaluación que asistieron a evaluar.
• La identificación de los asesores expertos invitados a la Evaluación, si es que existieron.
• La identificación de las ofertas que no cumplieron alguno de los requerimientos obligatorios de bases,
siendo rechazadas sus ofertas en la apertura, quedando por lo tanto fuera de evaluación y aquellas que
fueron evaluadas pero se determinó de igual manera que no cumplieron alguno de los requerimientos
obligatorios de bases, por tanto se deben proponer junto a las rechazadas, para ser declaradas
inadmisibles por la autoridad y la información detallada sobre cuál o cuáles requerimientos no fueron
cumplidos por todas estas ofertas.
• Un cuadro comparativo de las propuestas con las respectivas puntuaciones parciales obtenidas en cada
uno de los criterios de evaluación, así como también un resumen de la Evaluación realizada con
especificación del puntaje final.
• Un análisis final de evaluación y/o las observaciones, si proceden.
• Cuando no se hayan presentado ofertas, la constancia de esta situación para declarar Desierto el proceso.
• Los fundamentos de declarar desierto el proceso en base a ofertas presentadas y evaluadas que no
resulten convenientes para los intereses del establecimiento.
• La recomendación o propuesta final, a la autoridad competente, de adjudicación del oferente mejor
evaluado o de declarar desierto el proceso, según sea el caso, fundada en razones objetivas y no
discriminatorias.
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9- DE LA ADJUDICACION DE PROPUESTA |
9.1.- Criterios de Adjudicación
Se adjudicará aquel proponente cuya oferta haya sido evaluada como la más ventajosa para los intereses
de la institución, considerando los criterios de evaluación establecidos en las presentes Bases y conforme
las facultades y prerrogativas establecidas en la normativa sobre contratos administrativos de suministro y
prestación de servicios.
9.2.- Comunicación de la Adjudicación
El Hospital Clínico Metropolitano La Florida adjudicará la oferta mediante acto administrativo, el cual tendrá
plena vigencia una vez que se encuentre totalmente tramitado y notificado al adjudicatario y al resto de los
oferentes a través de www.mercadopublico.cl. En dicho acto administrativo, se especificarán los criterios de
evaluación aplicados, de acuerdo a lo establecido en las presentes Bases.
Si no se adjudicase en el plazo indicado en el punto 5.4 de estas Bases, se avisará a través del Portal las razones
de ello, indicando un nuevo plazo para la adjudicación o la decisión de declarar desierto.
9.3.- Peticiones o Reclamos del Proponente Adjudicado
Adjudicada la propuesta, no podrá el proponente formular petición o reclamo de ninguna especie fundado en
el desconocimiento de estas Bases Administrativas, de las Bases Técnicas y los anexos y sus modificaciones;
las cuales se entienden plenamente conocidas y aceptadas por el solo hecho de presentación de su oferta.
9.4.- De la Readjudicación
El Hospital Clínico Metropolitano La Florida podrá readjudicar la licitación, dentro de los 60 días corridos
desde la publicación, al oferente que siga en orden de prelación de acuerdo con el puntaje total obtenido,
dejando sin efecto la adjudicación previa, en los siguientes casos:
1.-Si el adjudicatario desiste de su oferta.
2.-Si el adjudicatario se desiste de firmar el contrato o rechaza la orden de compra emitida en el portal
mercadopublico.cl.
3.-Si el adjudicatario no entrega garantía de fiel y oportuno cumplimiento o cualquier otro documento
solicitado para la firma del contrato en tiempo y forma.
4.-Si el Oferente adjudicado es inhábil para contratar con el estado en los términos del artículo cuarto, incisos
1° y 6° de la Ley 19.886, o según lo establecido en el inciso segundo del artículo 26, letra d), del DFL N° 1, de
2004, del Ministerio de Economía, Fomento y Reconstrucción sobre condena establecida por el Tribunal de
Defensa de la Libre Competencia, o lo dispuesto en la Ley N° 20.393 Sobre Responsabilidad Penal de Personas
Jurídicas condenadas por delitos de Cohecho , Lavado de Activos y Financiamiento al Terrorismo o no
proporciona los documentos que sean requeridos para verificar dicha condición o le sobreviene una
inhabilidad.
Sin perjuicio de lo anterior, el Hospital podrá elegir si adjudica a la segunda oferta mejor evaluada o desertar
el proceso, para efectuar un nuevo llamado a licitación, emitiéndose para cada caso la respectiva resolución.
9.5.- Revocación de la Licitación
Si se ha detectado una ilegalidad en y durante el proceso o aconteciere durante su tramitación un hecho
considerado como Imprevisto, Caso Fortuito o Fuerza mayor, que haga imposible e improcedente adjudicar
la Licitación, el Hospital Clínico Metropolitano La Florida, podrá realizar la revocación de esta, previo acto
administrativo que justifique tal situación, sin perjuicio de otras causales específicas de las normas especiales
vigentes, aplicables a los actos del Estado.
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10- DEL CONTRATO |
De acuerdo a lo estipulado en el Artículo 63° del Reglamento de la ley N° 19.886 aprobado por el decreto Nº
250/2004 del Ministerio de Hacienda, la formalización del contrato en este proceso se llevará a cabo según lo
siguiente:
a) La firma de un contrato escrito será obligatoria en esta adquisición para los oferentes que
adjudiquen un monto total igual o mayor a 100 UTM, ya sea por la adjudicación de una o varias
líneas. Además, deberá presentar la Garantía de Fiel Cumplimiento de Contrato, de acuerdo a lo
estipulado en el punto 10.8 de estas Bases.
b) Para los oferentes que adjudiquen un monto entre 50 y 99 UTM, su contratación se formalizará a
través de la emisión y aceptación de la correspondiente Orden de Compra, más la presentación de
la Garantía de Fiel Cumplimiento de Contrato, de acuerdo a lo estipulado en el punto 10.8 de estas
Bases.
c) Para los oferentes que adjudiquen montos inferiores a 50 UTM, su contratación se formalizará a
través de la emisión y aceptación de la correspondiente Orden de Compra.
10.1.- Entrega de Documentación y Antecedentes para la formalización del contrato.
El adjudicatario deberá hacer llegar toda la documentación necesaria para la suscripción definitiva de su
contrato y/o la correspondiente emisión de la Orden de Compra, según corresponda, a la Unidad de Contratos
de Comercialización del Hospital, dentro de los cinco días hábiles siguientes a la adjudicación y según el
siguiente detalle:
• Garantía de Fiel y oportuno cumplimiento: Solo el proveedor adjudicado cuyo contrato sea igual o
superior a 50 UTM debe presentar garantía o caución para asegurar el fiel y oportuno cumplimiento de
contrato según monto y glosa, de acuerdo a lo establecido en numeral 10 de las presentes Bases.
• Acreditación poderes del representante legal: El proveedor adjudicado en el caso que fuera persona
jurídica, deberá acreditar la vigencia de los poderes del representante legal a través de certificado de
vigencia de poderes emitido por el Registro de Comercio o por la institución que corresponda, de data
no superior a 3 meses contados desde la fecha en que deba suscribir el contrato escrito.
• Declaraciones juradas: El oferente adjudicado, deberá presentar las siguientes declaraciones juradas:
a) Anexo N°02 Declaración Jurada Simple: en formato físico firmada por el representante legal
de la empresa o la persona natural, según corresponda, en la cual se consigna que no se
encuentra unido por los vínculos de parentesco descritos en la letra B) del artículo 54 de la ley
18.575, que no se encuentra afecto a las inhabilidades establecidas en el artículo 4° de la ley
Nº19.886, y que tratándose de personas jurídicas, además, no ha sido condenado a pena de
prohibición de celebrar actos y contratos con Organismos del Estado, de conformidad con la ley
Nº20.393.
b) Si el contrato es igual o superior a 1000 UTM y el adjudicado es una unión temporal de
proveedores: Los oferentes adjudicados que se unan de esta forma, deberán presentar la
Escritura Pública que materialice la unión temporal de proveedores. Dicho documento deberá
establecer la solidaridad entre las miembros de la unión temporal de proveedores y el
nombramiento de un representante o apoderado común con poderes suficientes, además de
tener una vigencia que no podrá ser inferior a la vigencia del contrato que se adjudica mediante
el proceso licitatorio, incluyendo las renovaciones del mismo si existiesen, conforme a lo
regulado en el art. 67 bis, del Reglamento de la ley N°19.886 aprobado por el decreto Nº
250/2004 del Ministerio de Hacienda.
• Cumplimiento de obligaciones laborales y previsionales: El proponente adjudicado deberá presentar
un certificado en que se acredite el cumplimiento de las obligaciones laborales y cotizaciones
previsionales por parte del proveedor adjudicado para con sus trabajadores, éste deberá ser emitido por
la Inspección del Trabajo o por empresas autorizadas para extender este tipo de certificados. En caso de
que el certificado arroje deudas o saldos insolutos de remuneraciones o cotizaciones previsionales, los
primeros estados de pago producto del contrato licitado deberán ser destinados al pago de dichas
obligaciones, debiendo el oferente adjudicado acreditar que la totalidad de las obligaciones se
encuentran liquidadas al cumplirse la mitad del período de ejecución del contrato. El incumplimiento de
esta obligación, como, asimismo, la falta de presentación de dicho certificado habilitará al Hospital, para
poner término al contrato y podrá llamar a una nueva licitación, sin que el oferente adjudicado pueda
participar en este nuevo proceso.
10.2. - Inscripción en el Registro Electrónico Oficial de Proveedores Del Estado.
El proveedor al momento de adjudicar y contratar deberá estar inscrito en el registro nacional
www.chileproveedores.cl. Si al momento de adjudicar el proveedor no se encuentra inscrito en este registro,
tendrá un plazo excepcional de 10 días hábiles contados desde la notificación de la adjudicación para
inscribirse, sin perjuicio de lo anterior, deberá hacer entrega de todos los demás antecedentes según lo
dispuesto en párrafo primero del numeral 10.1.
La no inscripción en Chileproveedores o la no entrega de cualquiera de los documentos y antecedentes ya
señalados, configurará causal suficiente para dejar sin efecto la resolución de adjudicación respectiva. En tal
caso se procederá al cobro de la garantía de seriedad de la oferta correspondiente (si se ha solicitado en el
proceso licitatorio), pudiendo el Hospital readjudicar al 2º mejor oferente evaluado, el que deberá acreditar
las mismas exigencias de los párrafos anteriores, o bien, declarar desierta la licitación, cuando la 2da mejor
oferta evaluada no resulte conveniente a sus intereses, en conformidad al artículo Nº 9 de la Ley N° 19.886.
Será responsabilidad del adjudicatario cumplir en tiempo y forma, con todas las exigencias antes descritas.
10.3 Suscripción Del Contrato y Aceptación De La Orden De Compra:
10.3.a Firma de contrato: Una vez adjudicada la Licitación, cuando proceda, se hará llegar al adjudicatario el
documento de contrato vía correo electrónico, al correo informado por el proveedor en el Anexo N°01 de su
oferta. El oferente adjudicado estará obligado a firmar y devolver contrato firmado en 3 copias en formato
físico, en sobre cerrado a nombre de Unidad de Contratos del Hospital La Florida, indicándose la siguiente
referencia “CONTRATO ID 812030-XX-LR23 (donde XX, se debe reemplazar por el número de la licitación), El
sobre deberá ser entregado en secretaria de Comercialización del Hospital, dentro del plazo estipulado en el
numeral 5.4. de las bases.
10.3.b Resolución que aprueba contrato: Una vez firmado y devuelto el contrato por el proveedor, se
procederá a firmar por la autoridad competente del Hospital y se dictará la correspondiente Resolución que
aprueba dicho contrato.
10.3.c Emisión de Orden de compra: Las órdenes de compra serán emitidas, por mes vencido, a través del
sistema de información www.mercadopublico.cl y solo una vez firmado el contrato y emitida la resolución
que aprueba el mismo.
Sin perjuicio de lo anterior, y por razones de buen servicio, se podrá emitir, excepcionalmente, y en los casos
que proceda la suscripción de contrato escrito, la orden de compra antes de la completa tramitación de la
Resolución que aprueba el Contrato. Sin perjuicio de que esta, debe encontrarse totalmente tramitada al
momento de pagar dicha Orden de compra.
Se deja constancia que el Hospital adquiere en calidad de consignación TODAS LAS CAJAS DE PRÓTESIS, por
lo tanto, la emisión de cada Orden de compra quedará supeditada al consumo real de insumos registrado por
el Hospital la Florida tras la validación médica de los componentes utilizados para la intervención quirúrgica
del paciente, a partir de la valorización comercial detallada e individualizada por insumo, en la oferta del
Anexo 07.
10.3.d Aceptación de la Orden de compra por el proveedor: El proveedor deberá aceptar la Orden de compra
en el plazo de 24 horas desde su publicación en el sistema de información www.mercadopublico.cl. Vencidas
las 24 horas sin respuesta en el portal, se entenderá que la Orden de compra ha sido aceptada tácitamente
por el proveedor, comenzando a correr los plazos de entrega y cumplimiento de todas las obligaciones del
contrato.
Todo, sin perjuicio, de que, para el pago de factura, esta Orden de compra deberá encontrarse aceptada
expresamente en el sistema de información y con recepción Conforme, aceptación y recepción, sin la cual el
pago no se llevará a cabo.
El proveedor no podrá imponer un monto mínimo de despacho para aceptar la Orden de Compra.
10.4.- Contenido del Contrato
El contrato escrito, cuando proceda, contendrá todas y cada una de las cláusulas necesarias para su efectivo
cumplimiento, especificará el objeto, precio, plazo de entrega definido por el adjudicatario en su oferta,
además señalará la forma de recepción de los bienes y/o servicios, garantía técnica, modalidad de pago, entre
otras.
Se comprende dentro del objeto de la obligación del adjudicatario, todo lo señalado en su oferta, incluyéndose
las capacitaciones necesarias para el correcto, adecuado y útil uso del bien, si procede y la entrega de las
licencias, de todo tipo, incluyendo las intelectuales e industriales, que del caso correspondan, para el uso
correcto, útil y adecuado del bien.
El incumplimiento de lo ofertado será considerado incumplimiento grave de las obligaciones contraídas en el
contrato y podrá dar origen a su término y al cobro de la respectiva garantía, sin perjuicio de las acciones
legales correspondientes que pueda ejercer el Servicio.
Las cláusulas del respectivo contrato serán aplicables tanto a las obligaciones principales, como las
obligaciones accesorias y complementarias y se cumplirán del modo natural que a ellas correspondieren.
El adjudicatario será empleador único y exclusivo de su personal y por lo tanto, directamente responsable
ante las autoridades administrativas y del trabajo, Tribunales de Justicia, organismos previsionales, y en
general ante cualquier tercero, del cumplimiento fiel y oportuno de todas las obligaciones laborales y
previsionales que le correspondan en dicha calidad y en general de todas y cada una de las obligaciones que
nacen del contrato de trabajo, y de aquellas establecidas por el Código del Trabajo. No existiendo vínculo
laboral alguno entre el Hospital y el adjudicatario ni con sus trabajadores. El Hospital podrá requerir en todo
momento, información relativa al cumplimento de las obligaciones laborales y previsionales que le asisten al
empleador respecto de sus trabajadores, y especialmente respecto de aquellos que estén involucrados directa
o indirectamente en las prestaciones de que trata la presente licitación y el respectivo contrato.
10.5.- Vigencia y Duración del Contrato
El contrato que se celebre comenzará a regir a contar de la total tramitación del acto administrativo que lo
apruebe, o desde la aceptación de la respectiva Orden de Compra, según corresponda, salvo en aquellos
casos en los cuales, por razones de buen servicio, y mediante resolución fundada, las prestaciones contenidas
en el contrato escrito, deban iniciarse desde el momento de su suscripción, sin perjuicio, de que no proceda
pago alguno antes de la total tramitación del acto administrativo que lo aprueba.
La duración del contrato será de 24 meses o hasta que se alcance el monto total máximo adjudicado, lo que
ocurra primero.
10.6.- Renovación del Contrato
Para este contrato no será considerada la renovación.
10.7.- Modificación Del Contrato
Mediante Resolución fundada, el HLF podrá modificar el contrato en cualquiera de las situaciones que se
señalan a continuación:
a) Mutuo acuerdo entre los contratantes, sin que pueda alterarse la aplicación de los principios de estricta
sujeción a las bases y de igualdad de los oferentes, ni que pueda aumentarse el monto del contrato más allá
del 30% del monto originalmente pactado.
b) Si así lo exigiera el interés público o la seguridad nacional.
c) Las demás causales establecidas en el artículo 77 del reglamento de la Ley 19.886.
10.8.- Garantía de Fiel y Oportuno Cumplimiento del Contrato
Junto a la firma del Contrato y para cautelar el cumplimiento de la correcta ejecución del mismo, el
adjudicatario deberá entregar una caución o garantía, siendo de su exclusiva responsabilidad que dicha caución
o garantía sea presentada conforme a las especificaciones que a continuación se indican.
Tipo de Documento
Podrán ser presentados como documentos de caución, boletas de garantía,
vale vistas, certificados de fianza, póliza de garantía o cualquier otro
documento que cumpla con los siguientes requisitos:
• Sea pagadero a la vista.
• no sujeto a modalidad.
• irrevocable.
• Emitida a favor de Entidad Pública.
Monto
10% de monto total adjudicado con IVA incluido en pesos chilenos.
Beneficiario
Hospital Clínico Metropolitano La Florida; Rut: 65.075.485-9
Vigencia
24 meses más 120 días hábiles, a contar de la adjudicación.
Glosa
Garantizar el Fiel y Oportuno Cumplimiento del Contrato “CAJA DE
PRÓTESIS REVISIÓN ARTROPLASTÍA CADERA CON INSTRUMENTAL Y
EQUIPO EN COMODATO PARA EL HOSPITAL LA FLORIDA” ID 812030-XXLR23. (donde se señala XX reemplazar por el número de la Licitación).
Si se presentan certificaciones del propio Hospital La Florida, solo serán
consideradas a evaluación las emitidas por la Unidad de Gestión de
Contratos del Hospital.
Forma y oportunidad de
Entrega
Física
El oferente o su representante deberá entregar físicamente la garantía en
secretaría de Comercialización ubicada en dependencias del Hospital La
Florida (primer piso), Avenida Froilán Roa 6542, en horario de lunes a
viernes, de 08:30 a 13:00 y de 14:30 a 16:00 horas, dentro de los 5 días
hábiles desde la adjudicación.
La garantía debe entregarse en sobre cerrado dirigido a la Unidad de
Contratos del Hospital La Florida, señalando en el sobre lo siguiente:
GARANTIA DE FIEL OPORTUNO CUMPLIMIENTO ID: 812030-XXLR23 (donde se señala XX, se debe reemplazar por el número de la
licitación)
IDENTIFICACION DEL OFERENTE
La garantía podrá otorgarse mediante uno o varios instrumentos
financieros de la misma naturaleza, que en conjunto representen el monto
o porcentaje a caucionar y entregarse de forma física o electrónicamente.
El oferente que necesite respaldar la entrega de su garantía deberá
acompañar una fotocopia del sobre que entrega. Esta fotocopia será
timbrada por profesional, indicando la fecha de su recepción y solo si se
comprueba que el documento físico viene en su interior.
Sin perjuicio de lo señalado anteriormente, la revisión del documento y
cumplimiento de requisitos formales, solo se verificará por la Unidad de
Contratos.
En caso de presentarse una Garantía en Formato Electrónico, deberán ser
enviadas al correo: garantiahlf@redsalud.gov.cl, antes del del vencimiento
del plazo de 5 días hábiles desde la adjudicación, indicando en el asunto del
correo el ID de la Licitación y el nombre del Oferente.
De no presentar dicha garantía en forma, lugar, día y hora señalados, la
oferta adjudicada se entenderá desistida.
Esto último, sin perjuicio de las garantías en formato electrónico que,
además, deben ajustarse a las disposiciones de la Ley N°19.799 sobre
documentos electrónicos, firma electrónica y servicios de certificación de
dicha firma, que deberán acompañarse conjuntamente con la oferta.
En el caso de que la garantía entregada contenga errores, se solicitará
corregir dentro de los 5 días hábiles siguientes, so pena de no firmarse el
contrato respectivo.
La no entrega de esta Garantía de Fiel y Oportuno Cumplimiento, dará lugar
al cobro de la Garantía de Seriedad de la Oferta (si se ha solicitado en el
proceso licitatorio) y el Hospital podrá readjudicar la Licitación o declarar
Desierto el proceso.
La garantía podrá ser tomada por el oferente o por un tercero a nombre
de él.
Custodia
Las garantías serán custodiadas por la Unidad de Tesorería del Hospital.
Se hace presente que en el Departamento de comercialización ubicado en dependencias del Hospital La
Florida (primer piso), Avenida Froilán Roa 6542, funcionan distintas unidades del Hospital, por lo que será
de exclusiva responsabilidad del proveedor entregar correctamente la garantía, en caso de que se entregue
en un lugar distinto del indicado precedentemente, se tendrá por no presentado el documento.
En caso de que el Hospital determine necesario aumentar el contrato, el adjudicatario deberá renovar la
garantía de fiel y oportuno cumplimiento, conforme al nuevo plazo y monto que se estime para estos efectos.
La garantía original será devuelta una vez que se haya entregado la nueva garantía.
10.8.1.- Aumento de Garantía
Cuando el precio de la oferta presentada por un Oferente sea menor al 50% del precio presentado por el
Oferente que le sigue, y se verifique por parte de la Entidad Licitante que los costos de dicha oferta son
inconsistentes económicamente, la Entidad Licitante podrá a través de una resolución fundada, adjudicar esa
oferta, solicitándole una ampliación de las garantías de fiel cumplimiento, hasta por la diferencia del precio
con la oferta que le sigue.
10.9.- Devolución y Cobro de la Garantía de Fiel y Oportuno Cumplimiento del Contrato
La garantía de fiel y oportuno cumplimiento del contrato se podrá hacer efectiva, en caso de incumplimiento
por parte del proveedor de cualquiera de las obligaciones del Contrato, sin perjuicio de las multas que
corresponda aplicar.
Para el cobro de la Garantía de Fiel y Oportuno Cumplimiento, se aplicará el mismo procedimiento utilizado
para el cobro de multas, según lo establecido en estas Bases de Licitación.
La devolución de la garantía de fiel y oportuno cumplimiento del contrato se efectuará dentro del plazo de 10
días hábiles contado desde el término del contrato, y una vez acreditado que se han cumplido todas las
obligaciones de dicho contrato, mediante Certificación de Conformidad, suscrito por el jefe de la Unidad de
Contratos o quien lo subrogue, para tal efecto, al término del convenio.
Un representante de la empresa debidamente individualizado con poder especial ante notario podrá solicitar
la devolución ante el responsable de Contrato de la Unidad de Contratos del Hospital, caso en el que se
comunicará a la Unidad de Tesorería.
10.10. Resciliación Del Contrato por Mutuo Acuerdo.
Las partes podrán poner término al contrato de común acuerdo, en forma anticipada, suscribiendo el
documento respectivo.
10.11.- Prohibición De Cesión
El adjudicatario no podrá ceder ni transferir en forma alguna, total ni parcialmente los derechos y
obligaciones. En lo referido a la cesión de los instrumentos y títulos de crédito que surjan del contrato, se
estará a los artículos 74 y 75 del Decreto N°250 de 2004 del Ministerio de Hacienda que aprueba Reglamento
de la ley N°19.886 de Bases de Contratos Administrativos de Suministro y Prestación de Servicios,
particularmente al hecho que se notifique oportunamente dicho contrato o cesión y no existan obligaciones
o multas pendientes.
10.12.- Subcontratación
Queda prohibida la subcontratación de los bienes y/o servicios contratados. Lo anterior salvo en los casos de
transporte y/o distribución.
10.13.-Reajustabilidad de los Precios
El precio adjudicado será reajustado anualmente, según variación experimentada por el índice de precios al
consumidor (IPC) de los últimos 12 meses anteriores a la fecha del reajuste.
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11. DE LA ENTREGA |
11.1.- De la Entrega
Para la entrega de las consignaciones de llamado, los plazos de entrega, serán los ofertados por el proponente
en Anexo N°04 “Plazos de Entrega”, dichos plazos se contabilizarán a partir de la solicitud que realice el
personal de Traumatología de la Unidad de Compras del Hospital de la Florida, vía correo electrónico, al
proveedor adjudicado.
El oferente adjudicado deberá entregar todos los productos según se establece en el numeral 8 de Bases
Técnicas.
Se debe acompañar a la entrega la respectiva Guía de despacho, un inventario en formato digital que describa
el contenido de la entrega, ya sea de las prótesis o del instrumental y los equipos en comodato, y el manual
de tratamiento de los instrumentos y referencias de esterilización por parte del fabricante en español.
La guía de despacho deberá contener los datos de identificación de la Licitación adjudicada.
En caso de que el bien no cumpla con las condiciones mínimas para garantizar que se encuentra en
condiciones de ser utilizado, como por ejemplo producto distinto del solicitado, cajas o sellos alterados o
dañados, temperaturas por sobre lo recomendado, traslado sin cadena de frío, etc., el bien será devuelto total
o parcialmente, debiendo el adjudicatario realizar una nueva entrega dentro de las 24 horas siguientes, según
lo establecido en las Bases Técnicas sobre Política de Canje obligatoria. Todo, sin perjuicio de las sanciones y
multas que se puedan aplicar por incumplimiento por atraso en la nueva entrega.
El proveedor no podrá imponer una cantidad o un monto mínimo de despacho.
11.2.- Ampliación del plazo de entrega
El plazo de entrega podrá ser ampliado de oficio por el Hospital. La solicitud de aumento de plazo que pudiese
realizar el Hospital, se realizará mediante comunicación formal al proponente a través de correo electrónico
señalado en el Anexo N°01 por el proveedor, con antelación a la fecha de entrega ofertada.
Si el plazo de entrega comprometido por el oferente no es respetado por una causa imputable a éste, el
adjudicatario deberá asumir, junto a la aplicación de la correspondiente multa, el costo que eventualmente
se pueda producir con ocasión de ello.
Con todo, el adjudicatario podrá a través de Carta dirigida al Director del Hospital enviada por correo
electrónico a la jefatura de la Unidad de Contratos del Hospital antes del vencimiento de la fecha de entrega,
solicitar la ampliación de dicho plazo, pudiendo invocar solo como causal la fuerza mayor o caso fortuito.
Dicha solicitud deberá acompañarse de todos los documentos o respaldos que acrediten la causal invocada.
La autoridad competente, calificará la causal y resolverá sobre su aprobación o rechazo. Con todo, esta
ampliación no deberá irrogar un mayor costo para el Hospital.
La alegación de caso fortuito o fuerza mayor deberá ser probada en los términos de la legislación civil, y En
caso de rechazo se aplicará la multa respectiva.
En caso de aumento de plazo, se emitirá la Resolución respectiva, la que será sometida al procedimiento
administrativo que corresponda.
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12. MULTAS Y SANCIONES POR INCUMPLIMIENTO DE CONTRATO |
12.1.- Término Anticipado Del Contrato
El Hospital podrá, previa calificación de las circunstancias y emisión de resolución fundada de su Director,
poner administrativamente término al contrato, en forma anticipada, unilateral e inmediata, en caso de
incumplimiento del contrato celebrado, considerándose como causales de dicho término, las indicadas en el
artículo Nº13 de la Ley Nº19.886, en el artículo Nº77 del Decreto Nº250 de 2004 que contiene el Reglamento
de la Ley N°19.886, además de las siguientes causales específicas:
a) La aplicación de dos o más multas dentro de un plazo de tres (3) meses, durante la vigencia del contrato,
cualquiera sea su fuente, de las enumeradas en el punto 12.3, o por la acumulación de multas cuyo monto
total sea igual o superior al 30% del monto del contrato.
b) Si el proveedor cae en quiebre de stock y no soluciona la entrega por más de 15 días hábiles.
c) La suspensión de 3 cirugías al mes por causas imputables al proveedor.
d) El incumplimiento de la política de canje por causa imputable al proveedor.
e) Cambio o modificación unilateral por parte del Proveedor del precio ofertado, del producto, condiciones
de su oferta, calidad, u otra condición establecida en la oferta adjudicada y aceptada por la Entidad.
f) Realización de actividades que pongan en riesgo al establecimiento y/o a sus funcionarios.
g) Incurrir en falsedad en la documentación presentada relativa al producto adjudicado.
h) Si el proveedor fuere declarado en quiebra o cayera en estado de notoria insolvencia.
i) Si falleciese el proveedor o se disolviese la empresa o perdiere su personalidad jurídica. En tal evento, se
procederá a efectuar la liquidación del contrato determinando las obligaciones que quedasen.
j) Si el adjudicatario cede o transfiere total o parcialmente los derechos y obligaciones que nacen de la
presente licitación, y en especial los establecidos en el contrato definitivo, salvo que una norma legal
especial permita la cesión de derechos y obligaciones. Lo anterior, es sin perjuicio que los documentos
justificativos de los créditos que emanen de estos contratos podrán transferirse de acuerdo a las normas
del derecho común.
k) Si la persona jurídica ha sido condenada penalmente de conformidad a la Ley Nº20.393.
l) Si el adjudicatario subcontrata total o parcialmente el contrato, salvo lo estipulado en el numeral 10.12.
m) Si el adjudicatario durante la vigencia del contrato, es condenado por prácticas antisindicales o infracción
a los derechos fundamentales del trabajador, ejecutoriada o que cause ejecutoria dicha condena.
n) Las demás causales que se establezcan en la Ley Nº19.886 y su normativa reglamentaria.
Terminado que sea en forma anticipada el contrato, siempre que se haya debido a responsabilidad del
proveedor, el Hospital queda facultado para hacer efectiva la Boleta de Fiel y oportuno Cumplimiento de
Contrato, sin que el adjudicatario tenga derecho a indemnización alguna.
12.2.- Amonestación.
Constituye un documento firmado por las partes, que deja constancia de cualquier falta menor y objetiva,
cometida por el adjudicatario, y que, en atención a su importancia, no está afecta a cobros pecuniarios, salvo
que exista acumulación según se describe más adelante.
12.3.- Multas
El Hospital La Florida podrá, previa calificación de las circunstancias y resolución fundada del Director del
Hospital, aplicar y cobrar multas al adjudicatario por incumplimiento de sus obligaciones contractuales, por el
monto que se indica, y con un tope máximo de un 30% del total del contrato.
a) Plazos de entrega: el incumplimiento de cualquiera de los plazos ofertados en Anexo N°04 y lo establecido
en bases técnicas, generara una multa de 3 UTM por cada día de atraso en la entrega de Caja de Prótesis,
instrumental y/o Equipo en comodato según corresponda.
b) Suspensión de cirugías: Se aplicará una multa de 8 UTM por cada vez que se deba suspender una cirugía
por el incumplimiento de cada una de las obligaciones contenidas en los numerales 8 “Procedimiento de
Entrega Consignación de Llamado”, 9 “Entrega y Retiro Instrumental y Equipo en Comodato de Llamado”
y 14 “Consideraciones de Esterilización” de las Bases Técnicas.
c) Por incumplimiento de alguna de las obligaciones contenidas en los numerales 8, 9 y 14 de Bases Técnicas
que no generen la suspensión de la cirugía, se aplicará una multa de 2 UTM.
d) Prótesis, instrumental, contenedores en mal estado: Se aplicará una multa de 5 UTM si el instrumental,
prótesis y/o contenedores llegan en mal estado a la central de esterilización. Se entenderá por mal estado:
Abolladuras, empaquetaduras deterioradas, oxidación, partes quebradas, bisagras sueltas, material con
restos orgánicos, porta filtros sueltos (no se pueden anclar) y todo tipo de daño/contaminación que genere
un riesgo al proceso de esterilización.
e) Se aplicará una multa de 5 UTM, por cada vez que se genere un incumplimiento en el plazo de entrega en
el caso que se requiera un aumento de stock de los insumos, señalado en el numeral 3 “De los Insumos
Adquirir” de Bases Técnicas.
f) Se aplicará una multa de 5 UTM, por cada vez que se genere un incumplimiento de las obligaciones
señaladas en el numeral 4 “Del Instrumental Básico y de Abordaje en Comodato” de las Bases Técnicas.
g) Se aplicará una multa de 5 UTM, por cada vez que se genere un incumplimiento de las obligaciones
señaladas el numeral 5 “Del Equipo en Comodato” de las Bases Técnicas.
h) Se aplicará una multa de 1 UTM, por cada día de atraso que supere las 24 horas desde la solicitud de
“Política de Canje” señalada el numeral 6 de las Bases Técnicas.
i) Quiebre de stock por más de 10 días corridos desde la fecha original de entrega, se deberá cancelar la OC
emitida aplicándose una multa de 3 UTM al proveedor. El Hospital tendrá la facultad de adquirir los
insumos a terceros, suspendiendo por este hecho las recepciones de los insumos al proveedor hasta que
se le emita una nueva orden de compra en virtud de su contratación.
j) Se aplicará una multa de 5 UTM, por cada vez que se genere un incumplimiento de las obligaciones
señaladas en el numeral 10 “Procedimiento de retiro de las Cajas de Insumos, Instrumental y Equipo en
Comodato” de las Bases Técnicas.
k) Se aplicará una multa de 1 UTM por el incumplimiento de las obligaciones señaladas el numeral 11 “Del
Asistente Técnico” de las Bases Técnicas.
l) Se aplicará una multa de 3 UTM, por el incumplimiento de las obligaciones señaladas el numeral 12
“Capacitación del Personal Clínico” de las Bases Técnicas.
m) Se aplicará una multa de 1 UTM por el incumplimiento de las obligaciones señaladas el numeral 13
“Catálogos, Manuales, Folletos y/o Ficha Técnica” de las Bases Técnicas.
n) Se aplicará una multa 5 UTM por la acumulación de dos amonestaciones dentro del plazo de 2 meses.
o) Se aplicará una multa de 1 UTM por el incumplimiento de las obligaciones señaladas el numeral 13 de
Bases Administrativas.
El valor de la UTM será el que corresponde al mes en que se emita la resolución de aplicación de multa.
12.4 Registro de comportamiento
El proveedor que sea sancionado durante la vigencia del contrato, por aplicación de amonestaciones, multa(s),
cobro de garantías o por causal imputable de término anticipado de contrato, será ingresado a los siguientes
registros:
• Registro de Chileproveedores y
• Registro interno del Hospital Registro de Proveedores sancionados, que lleva la Unidad de Contratos
del Hospital, para estos efectos.
La información en ellos registrada podrá ser utilizar en la evaluación del proveedor en futuros procesos de
adquisición que lleve a cabo el Hospital y en cuyas bases se incorpore como herramienta para medir el
correspondiente Criterio de Comportamiento Contractual Anterior.
12.5 Procedimiento de Aplicación de sanciones, multas y/o Término Anticipado de Contrato.
La determinación de una situación o condición que diere lugar a la aplicación de una sanción, multa y/o
termino anticipado de contrato, se originará a partir de un informe que emane desde el Referente Técnico
administrador del contrato, dirigido a la Unidad de contratos del Departamento de Comercialización. Recibido
el informe, ésta evaluará si la situación es de aquellas consideradas como causales para la aplicación de una
sanción, multa y/o termino anticipado de contrato según Bases y tratándose de multas calculará los montos
a pagar.
Tratándose de las sanciones o multas, la Unidad de gestión de Contratos notificará al adjudicatario, a través
del módulo de sanciones del aplicativo de gestión de contratos dispuesto en www.mercadopublico.cl , por
escrito a través de correo electrónico, al correo indicado por el proveedor en anexo 01 de su oferta, del
informe emanado por el Referente Técnico Administrador de contrato/ o por ella y la causal que origina la
sanción o Multa y si se trata de la aplicación de Multa , el monto a pagar, a fin de que el proveedor manifieste
sus descargos acompañando todos los antecedentes que estime pertinente dentro del término de 5 días
hábiles desde dicha notificación, a través del módulo gestión de contratos.
En el caso del término anticipado del contrato, la Unidad de gestión de Contratos notificará al adjudicatario,
a través de carta certificada a la dirección indicada por el proveedor en el anexo 01 de su oferta, del informe
emanado por el Referente Técnico Administrador de contrato/ o por ella y la causal que origina el término
anticipado de contrato, a fin de que el proveedor manifieste sus descargos acompañando todos los
antecedentes que estime pertinente dentro del término de 5 días hábiles desde dicha notificación.
Una vez vencido el plazo sin presentar descargos, el Hospital dictará la respectiva resolución aplicando la
medida y detallando las circunstancias fácticas que hicieron procedente dicha sanción.
Si el adjudicatario hubiera presentado descargos en tiempo y forma, el Hospital tendrá un plazo de 30 días
hábiles a contar de la recepción de los mismos para rechazarlos o acogerlos, total o parcialmente. Al respecto,
el rechazo total o parcial de los descargos del proveedor deberá formalizarle a través de una resolución
fundada del Hospital, en el cual deberá detallarse el contenido y las características de la sanción, Multa o el
término anticipado de contrato según corresponda y si se trata de la aplicación de Multa, el monto a pagar.
La indicada resolución deberá notificarse al proveedor adjudicado mediante carta certificada remitida por la
Unidad de Gestión de Contratos al proveedor a la dirección indicada en el Anexo N°1 e informarse en el
módulo de sanciones del portal www.mercadopublico.cl.
Las notificaciones por carta certificada se entenderán practicadas a contar del tercer día siguiente a su
recepción en la oficina de correos que corresponda. Contra la resolución que aplique la medida respectiva
procederán los recursos establecidos en la Ley N°19.880, Ley de Bases de Procedimientos Administrativos que
rigen los Actos de los Órganos de la Administración del Estado.
La entidad compradora tendrá la obligación de registrar las medidas indicadas en la presente clausula a través
del módulo de gestión de contratos dispuesto en plataforma www.mercadopublico.cl.
12.6. El pago de la multa podrá ser cobrado
a) Directamente al adjudicatario quien deberá pagar dentro de los 10 días corridos desde su notificación, o
b) Se podrá descontar del estado de pago correspondiente. En este caso, se descontará del pago, no de la
factura, es decir, el proveedor deberá facturar por el total sin descontar las multas que se le aplicasen. Estas
serán descontadas al momento de girar el pago respectivo por parte de la Unidad Financiera, o
c) Con todo, de no hacer pago directo el proveedor o de no existir estado de pago pendiente, se podrá hacer
el cobro de las multas haciendo efectiva la garantía de fiel y oportuno cumplimiento, sin más trámite.
12.7 Procedimiento para interponer recurso:
El proveedor dispondrá de un plazo de cinco días hábiles, contados desde la notificación mediante carta
certificada de la resolución fundada, remitida por la Unidad de gestión de Contratos al proveedor a la dirección
indicada en el Anexo N°01, para impugnar dicho acto administrativo, debiendo acompañar todos los
antecedentes que justifiquen eliminar, modificar o reemplazar la respectiva sanción, mediante un escrito o
carta ante la autoridad máxima del servicio por la sanción aplicada. Esta presentación se debe realizar
mediante carta certificada o con entrega presencial en la Oficina de Partes del Hospital. El Hospital tendrá un
plazo no superior a 30 días hábiles para resolver el citado recurso. Mientras se encuentre pendiente la
resolución de recurso de reposición, no se hará efectiva la respectiva sanción.
La resolución que acoja el recurso podrá modificar, reemplazar a dejar sin efecto el acto impugnado. Ahora
bien, en el caso de multas, que sean finalmente cursadas, sea total o parcialmente, ésta se hará efectiva
mediante el cobro directo en un plazo máximo de 20 días, debiendo pagar en un plazo de hasta 10 días una
vez notificado el cobro, o bien, se hará efectivo a través del cobro de la o las garantías de fiel cumplimiento,
según cuál sea el caso.
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13.- DE LA GARANTIA TÉCNICA DE LOS BIENES ADJUDICADOS |
a) El oferente se obliga a mantener una garantía técnica de los productos, por sobre la garantía
obligatoria legal, según lo establecido en la normativa vigente para esta materia durante toda la
vigencia del Contrato más 120 días hábiles.
b) La obligación de garantía técnica por parte del proveedor, se perfecciona mediante las acciones que
permitan que el bien objeto del contrato sirva para el uso para el cual fue adquirido.
c) En este contexto, considerar que mientras los dispositivos, instrumental o elementos extras se
encuentren en mantención y/o reparación, no se debe ver afectada la continuidad del servicio, por
ende, el proveedor deberá disponer de equipamiento de back up de la misma calidad de los insumos
originales. So pena, de aplicar la multa correspondiente.
d) En caso que las prótesis quirúrgicas presenten daños, desperfectos, defectuosos, presenten
problemas de calidad, (cambio de fabricación, tipo de material) el oferente deberá reponerlos y
cumplir con el tiempo ofertado en reposición de prótesis quirúrgica. So pena, de aplicar la multa
correspondiente.
e) Para asegurar la calidad de los procesos quirúrgicos, el oferente deberá mantener en excelentes
condiciones el instrumental, contenedores y otros dispositivos entregados dentro del instrumental,
dispositivo, y/o elemento extra.
f) El proveedor deberá entregar un informe técnico detallando tipo y causa de falla, mecanismos de
mantenimiento y cambio de pieza, si fuera necesario. Todas estas acciones serán de cargo exclusivo
al proveedor adjudicado.
g) Será responsabilidad de la persona designada de Pabellón y/o Enfermera (o) de Esterilización,
encargada de los instrumentos quirúrgicos traumatológicos, solicitar el cambio de piezas cuyo
desgaste, corrosión o pérdida de filo no permitan un uso o un proceso de esterilización seguro y esto,
sin costo alguno para el Hospital Metropolitano La Florida.
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14.- DE LA RECEPCION |
Para las consignaciones de llamado, el adjudicatario deberá hacer la entrega del instrumental y el equipo en
comodato, en la Unidad de Esterilización, en los plazos comprometidos en Anexo N°04 Plazo de Entrega y
según lo establecido en estas bases.
Las cajas de prótesis deberán ser entregadas en la bodega de Abastecimiento, ubicada en el piso -1 del
Hospital La Florida, en los plazos comprometidos en Anexo N°04 Plazo de Entrega y según lo establecido en
estas bases.
Para la Recepción de los bienes, el oferente deberá adjuntar los siguientes documentos:
• Guía de despacho.
• Receta médica (enviada al proveedor vía email por el personal de pabellón del Hospital de La Florida).
El Hospital, solo recibirá junto a la entrega de los productos, la guía de despacho, debiendo el adjudicatario,
solo una vez realizada la recepción conforme, emitir la factura correspondiente.
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15.- DE LA FACTURACIÓN |
El oferente por el sólo hecho de presentar su oferta renuncia a sus políticas de facturación y se somete al
requerimiento del Hospital, en consecuencia, no podrá imponer el oferente un monto mínimo de despacho
ni de facturación para ningún efecto.
El oferente solo podrá facturar la Orden de Compra aceptada, una vez que esta se encuentre con su recepción
conforme publicada en el portal mercadopublico.cl
Se deja constancia que el Hospital adquiere en calidad de consignación TODAS LAS CAJAS DE PRÓTESIS, por
lo tanto, los montos de facturación y pago quedarán supeditados al consumo real de insumos registrado por
el Hospital tras la validación médica de los componentes utilizados para la intervención quirúrgica del
paciente, a partir de la valorización comercial detallada en Anexo 07.
En caso de que la factura presente algún error o no cuente la orden de compra respectiva con la recepción
conforme señalada anteriormente, el Hospital dispondrá de 08 días corridos para hacer las observaciones
correspondientes al adjudicatario o rechazarla. El proveedor dispondrá de 08 días corridos para subsanar si se
tratara de errores subsanables. La nueva factura o Nota de Crédito según sea el caso, sufrirá el mismo trámite
formal que el documento original, salvo que, por tratarse de una segunda tramitación, el plazo para su pago
será de 20 días hábiles desde su recepción conforme por parte del Hospital.
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16.- DEL PAGO |
La obligación de pago por parte del Hospital se perfecciona a partir de la comunicación que realice la Unidad
de Contratos del Departamento de Comercialización del Hospital al Departamento de Finanzas, previa
confirmación de los siguientes antecedentes:
a) Orden de Compra aceptada por el proveedor en el portal www.mercadopublico.cl
b) La recepción completa, conforme y sin observaciones en bodega de los bienes incluidos en la orden
de compra.
c) El acta de recepción conforme firmada por el Referente Técnico Administrador del contrato.
d) Formulario 30, Solicitud de Certificado de Antecedentes Laborales y Previsionales.
e) La eventual aplicación de multas y sanciones.
f) Recepción en plataforma SAP del Hospital.
g) Recepción conforme en la plataforma de Mercado Público, siendo esta última recepción en el portal,
la que dará origen a la facturación electrónica.
Para iniciar el proceso pago de manera correcta y oportuna, es fundamental que el adjudicatario haya
aceptado expresamente la orden de compra en la plataforma de mercado público.
El pago de facturas se realizará en 30 días corridos por Tesorería General de La República, desde la fecha de
la aceptación de la correspondiente factura.
La recepción conforme de los bienes y/o los servicios, conlleva la validación y emisión de OC lo cual se realizará
en 10 días hábiles. Lo anterior se funda en los plazos internos existentes, considerando los procesos
administrativos de la institución.
En caso que el adjudicatario registre saldos insolutos de remuneraciones o cotizaciones de seguridad social
con sus actuales trabajadores o con trabajadores contratados en los últimos dos años, aplicará lo estipulado
en el artículo 4º de la Ley 19.886.
Se deja constancia que el Hospital adquiere en calidad de consignación TODAS LAS CAJAS DE PRÓTESIS, por
lo tanto, los montos de facturación y pago quedarán supeditados al consumo real de insumos registrado por
el Hospital tras la validación médica de los componentes utilizados para la intervención quirúrgica del
paciente, a partir de la valorización comercial detallada en Anexo 07.
16.1.- Pagos con Trasferencias electrónicas.
La Tesorería General de la República, está facultada para realizar pagos a través de transferencia electrónica
a los proveedores que completen de manera correcta la autorización notarial adjunta para pago con
transferencia electrónica.
Una vez completado, este mandato debe ser legalizado ante notario y posteriormente debe ser entregado en
Tesorería o Secretaria de Finanzas del Hospital de La Florida, ubicada en el tercer piso de la institución. Este
mandato una vez entregado, no puede ser modificado por el oferente durante la duración del contrato.
AUTORIZACIÓN NOTARIAL PARA PAGO CON TRANSFERENCIA ELECTRÓNICA
Yo, ____________________________________________, RUN: _________________________, en
calidad de representante legal de la empresa, ________________________________________________
R.U.T. _______________________________ ; autorizo al Hospital Clínico La Florida Dra. Eloísa Díaz
Insunza, para que pague con transferencia electrónica bancaria, documentos por cobrar que existan con
dicha entidad, en la cuenta que detallo a continuación:
Cta.Corriente
Cta.Débito
Cta.deAhorro
Cta.Vista
N°cuenta:
Banco:
R.U.T. empresa:
Nombre empresa:
Mail confirmación de pago:
Firma Representante Legal
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17.- RESPECTO DE LA NORMATIVA DEL HOSPITAL LA FLORIDA Y DEBIDO CUIDADO A SUS BIENES |
Para la ejecución del contrato, el Hospital permitirá la entrada del personal del adjudicatario, debidamente
acreditado, a las dependencias involucradas en la ejecución de éste. En tal caso, el personal del adjudicatario
deberá solicitar acatar las medidas de resguardo y control de los recintos institucionales y el adjudicatario será
responsable, y quedará obligado a la reparación o reposición, de cualquier desperfecto, daño o perdida que
puedan sufrir el inmueble del Hospital La Florida y/o los bienes muebles que lo guarnecen. Cabe hacer
presente, que el ingreso tanto el adjudicatario como su personal al Hospital La Florida, para efectos de ejecutar
su contrato, estarán sujetos a protocolos de seguridad que deberá coordinar con el funcionario designado
para tal efecto y que será oportunamente informado.
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18.- ADMINISTRACIÓN Y FISCALIZACIÓN DEL CUMPLIMIENTO DEL CONTRATO. |
18.1 Administración por parte del Hospital
Con el objeto de coordinar y controlar el correcto cumplimiento del contrato, se designa al Dr. Manuel Acosta,
Jefe Equipo Traumatología Cadera, o quien sea titular del mismo cargo al momento de la ejecución del
contrato, o quien lo subrogue, en calidad de Referente Técnico Administrador del Contrato, quien, junto a la
Unidad de Contratos del Departamento de Comercialización del Hospital, tendrán las siguientes
responsabilidades:
Referente técnico administrador de contrato:
• Fiscalizar el estricto y oportuno cumplimiento de las obligaciones contractuales, en especial la calidad y
entrega oportuna de los bienes.
• Proponer la aplicación de multas, en caso de verificarse alguna de las infracciones consignadas en las
presentes bases, notificando la infracción o incumplimiento a través de un informe, a la Unidad de
Contratos.
Unidad de Contratos:
• Mantener actualizado un archivo con la totalidad de los antecedentes del contrato.
• Llevar registro de sanciones y multas aplicadas al proveedor.
• Llevar el control del consumo y ejecución del contrato hasta su término en cuanto a su precio total.
• Proveer el estado de recepción conforme e informar los descuentos y/o multas a que hubiere lugar, para
que se verifique el pago por parte de la Unidad de Finanzas.
• Revisar procedencia y autorizar la devolución de la garantía de fiel y oportuno cumplimiento del contrato
o solicitar se haga efectiva, si procede.
En general, ambos deberán desarrollar todas las acciones referidas al control y gestión de las acciones que
faciliten la ejecución del contrato.
18.2 Encargado del Contrato por parte del Proveedor
Por su parte, el adjudicatario deberá designar un Encargado de Contrato que se relacionará con el
Administrador del contrato para los efectos señalados y que deberá señalar en su Anexo 1.
Sin perjuicio de lo anterior, se establece que el Hospital podrá modificar la designación del Referente Técnico
Administrador de Contrato, en cualquier momento durante la ejecución del contrato, de lo cual dará aviso
oportuno al proveedor vía correo electrónico.
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19.- LEY Nº 20.584. |
Tanto el adjudicatario como su personal deberán en todo momento observar estrictamente la normativa que
establece la Ley Nº20.584, que Regula Los Derechos y Deberes que tienen las Personas en relación con
acciones vinculadas a su atención de salud.
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20.- DEBER DE CONFIDENCIALIDAD. |
Durante el desarrollo del contrato, como al término de éste, el adjudicatario y/o su personal no podrá divulgar
o hacer uso de la información a que haya tenido acceso con ocasión del mismo, constituyendo su infracción,
incumplimiento grave de su obligación de confidencialidad, facultando al Hospital La Florida para ejercer las
acciones judiciales que estime pertinentes para el resarcimiento de todos sus perjuicios. Lo anterior, teniendo
en especial consideración lo dispuesto en la Ley Nº19.628 de Protección de Datos de Carácter Personal.
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II. BASES TÉCNICA |
1.- OBJETO
El objetivo de las presentes Bases Técnicas, es establecer los procedimientos, términos y exigencias que
regularán la consignación para el suministro de “CAJA DE PRÓTESIS REVISIÓN ARTROPLASTÍA CADERA CON
INSTRUMENTAL Y EQUIPO EN COMODATO” para el Hospital de La Florida.
2. ASPECTOS GENERALES
Las ofertas deben ajustarse exactamente a las características exigidas en bases. En caso de no cumplir con los
requerimientos obligatorios, la oferta se declarará inadmisible.
A continuación, se detallan las prótesis a adquirir:
Í
TEM DESCRIPCIÓN
N° DE PRÓTESIS
ESTIMADA PARA 24
MESES
MONTO PARA 24 MESES DE
GASTO ESTIMADO
VALOR CON IVA INCLUIDO
1
CAJA DE PRÓTESIS REVISIÓN
ARTROPLASTIA CADERA (DE
LLAMADO)
120 9694 UTM
Para efectos de valorización y evaluación de la oferta económica, se establece en el Anexo 07 un contenido
mínimo obligatorio de todos los insumos que cada Caja de Prótesis debe contener para poder ofertar. Sin
perjuicio de lo anterior, el proveedor deberá cumplir con los requisitos obligatorios mínimos establecidos en
el Anexo N°03 sobre cantidades y rangos de medidas mínimos por insumo que deben entregarse en
consignación de llamado, para que, el personal médico pueda elegir la utilización de lo que corresponda según
el tipo de intervención.
Por cada solicitud emitida para la realización de una cirugía de revisión artroplastia cadera, se debe
considerar la entrega de caja de prótesis, instrumental básico y de abordaje necesario para realizar la
operación y un equipo en calidad de comodato.
El consumo estará sujeto a la cantidad de Cirugías que se realicen según las necesidades del Hospital, por
tanto, el consumo podrá ser menor o mayor según lo que requiera el Hospital la Florida durante toda la
ejecución del contrato.
Las ofertas económicas por el total de los insumos deberán ajustarse al monto estimado señalado en estas
bases.
Se deja constancia que el Hospital adquiere en calidad de consignación TODAS LAS CAJA DE PRÓTESIS, por
lo tanto, los montos de facturación quedarán supeditados al consumo real de insumos registrado por el
Hospital.
3. DE LOS INSUMOS ADQUIRIR
a) Todos los insumos son de uso en cirugías programadas o de urgencia, electivas de alta frecuencia u
otros imprevistos.
b) Todos los insumos se adquieren con carácter de consignados y por llamado, según necesidad del
Hospital.
c) En caso de que exista una mejora técnica o innovación en los insumos entregados al Hospital, durante
la vigencia del contrato, el proveedor estará obligado a realizar el recambio sin costo alguno para el
Hospital, manteniendo todos los valores ofertados en la Carta de Oferta.
d) En caso de que el Hospital de La Florida requiera un aumento de stock de los insumos, informará
mediante correo del personal de Traumatología de la Unidad de Compras del Hospital la Florida a la
empresa adjudicada, la cual deberá realizar el aumento en un plazo no mayor a 3 días. En caso de que
lo solicitado no se encuentre en Chile, el proveedor deberá informar mediante un correo electrónico
la fecha de entrega de estos insumos, nunca sobrepasando los 30 días corridos desde la notificación,
so pena, aplicación de la multa respectiva descrita en numeral 12.3 bases administrativas.
e) El proveedor deberá considerar en el valor de su oferta los traslados hacia el Hospital, el adecuado
embalaje, los seguros necesarios, entrega, reposición de los insumos, capacitación e instrucción del
personal del Hospital, durante el período de validez del contrato de suministro.
4. DEL INSTRUMENTAL BÁSICO Y DE ABORDAJE EN COMODATO.
a) El proveedor adjudicado deberá proveer el instrumental básico y de abordaje y todo otro accesorio
que sea necesario para la correcta realización de las cirugías y utilización del material a adquirir,
durante toda la vigencia del contrato, so pena, aplicación de la multa respectiva descrita en numeral
12.3 bases administrativas.
b) Cualquier elemento, dispositivo y/o accesorio o instrumental que sea indispensable para el uso y
fijación de las prótesis quirúrgicas, aun cuando no se indique explícitamente en las bases, deberá ser
entregado y deberá permanecer en el Hospital de La Florida, por tanto, debe estar incluido en la oferta.
c) En caso de requerir instrumental extra, personal de Traumatología de la Unidad de Compras del
Hospital la Florida enviará una solicitud vía email en la cual se indicará el instrumental a agregar y en
que prótesis. El proveedor deberá respetar cotización y los plazos de entrega señalados en su oferta,
la cual será la vigente por toda la duración del contrato.
d) En caso de que algún instrumental sea extraviado y/o sea dañado de tal manera que no pueda ser
reparado durante su permanencia en el Hospital y cuyo extravío y / o daño sea producto del uso del
personal del Hospital (situación que debe estar respaldada por un informe técnico detallando la baja),
el Hospital se hará responsable de gestionar el pago de este instrumental a través de una Orden de
Compra respetando los valores referenciales indicados en el Excel llamado “INSUMOS, INSTRUMENTAL
Y/O EQUIPAMIENTO EN COMODATO”, documento adjunto en Anexo N° 07 carta oferta.
e) Sea por responsabilidad del Hospital o del proveedor la pérdida o daño, el proveedor deberá empezar
el proceso de reposición de este instrumental inmediatamente desde la notificación del suceso por
parte del Hospital, el tiempo de reposición para estos efectos, será el indicado en el Anexo 04 para el
plazo de reposición de insumos, so pena, aplicación de la multa respectiva descrita en numeral 12.3
bases administrativas.
f) El proveedor deberá encargarse de mantener completo el instrumental durante toda la vigencia del
contrato, realizando la reposición de alguna pieza las veces que sea necesario.
g) El proveedor solo podrá hacer retiro del instrumental quirúrgico y de abordaje entregado en calidad
de comodato al término del contrato.
5. DEL EQUIPO EN COMODATO.
El proveedor adjudicado deberá proveer de 1 equipo por el ítem solicitado en esta licitación, nuevo y sin uso,
en calidad de comodato para el Hospital La Florida, durante toda la vigencia del contrato.
Por lo tanto, por cada solicitud emitida para la realización de una cirugía de revisión artroplastia cadera, se
debe considerar un equipo en calidad de comodato.
Sera responsabilidad del proveedor adjudicado mantener la efectiva operatividad del equipo en comodato
durante toda la vigencia del contrato, so pena, aplicación de la multa respectiva descrita en numeral 12.3
bases administrativas.
6. POLÍTICA DE CANJE
El proponente que se adjudique se obliga ante el Hospital Clínico Metropolitano La Florida a cumplir con la
siguiente Política de Canje Obligatoria para los insumos adquiridos:
Se deberá cambiar o canjear los productos, cuando ocurra algunas de las siguientes situaciones:
a. Cuando los productos no cumplan con las especificaciones requeridas en estas bases de licitación.
b. Cuando los productos se entreguen en empaques dañados y/o defectuosos.
c. Cuando se detecten productos adulterados o mal rotulados.
d. Cuando los productos entregados sean de distinta calidad, materiales, procedencia y/o marca a la
adjudicada.
e. Cuando los productos fallen, se deterioren o rompan durante la garantía del producto, siempre y cuando
estas fallan no sean ocasionadas por mal uso del producto.
f. Cuando la fecha de vencimiento de la prótesis sea menor a 2 años contado desde la fecha de entrega.
g. Cuando la temperatura del transporte sea distinta a la indicada por el fabricante.
Las situaciones descritas podrán ser verificadas y notificadas, tanto por personal de esterilización como por el
referente técnico administrador de contrato, haciéndose efectiva obligatoriamente la Política de Canje al
Proveedor.
Para hacer efectiva la política de cambio, personal del Hospital se comunicará con la persona encargada del
contrato por parte del proveedor para solicitar a través de correo electrónico indicado en Anexo N°01, el
correspondiente cambio o canje dentro de las 24 hrs. siguientes a la solicitud, so pena, aplicación de la multa
respectiva descrita en numeral 12.3 bases administrativas.
7. FALTA DE STOCK.
El oferente adjudicado debe mantener un stock suficiente de las cajas de prótesis contratadas a fin de
garantizar la continuidad del servicio del Hospital La Florida, resguardando no caer en quiebres de stock.
De ocurrir tal situación por fuerza mayor o caso fortuito, el oferente deberá dar aviso oportunamente, vía
correo electrónico, dentro de las siguientes 24 horas desde la solicitud de los productos por parte del personal
de Traumatología de la Unidad de Compras del Hospital la Florida, adquirir dicho insumo a un tercero y a su
costo para dar cumplimiento a la obligación, sin perjuicio de lo señalado en bases administrativas, numeral
12.3 multas y sanciones por incumplimiento del contrato.
El producto adquirido en tales circunstancias debe ser de igual o superior calidad, debiendo solicitar
autorización previa al Hospital La Florida a través de la Unidad de Contratos.
La adquisición a tercero por parte del proveedor tendrá costo cero para el Hospital, y el recargo en el valor de
los implantes será de su exclusiva responsabilidad.
El nuevo plazo de entrega de los insumos adquiridos a terceros, si se justifica el quiebre de stock, no podrá
superar los 10 días corridos desde el aviso de quiebre, so pena, aplicación de la multa respectiva descrita en
numeral 12.3 de las Bases Administrativas.
En el caso que el Oferente no pueda solucionar tal situación de quiebre dentro de 10 días corridos, se deberá
cancelar la orden de compra emitida, aplicándose la multa establecida en las bases administrativas.
Asimismo, el Hospital tendrá la facultad de adquirir los insumos a terceros, suspendiendo por este hecho las
recepciones de los insumos al proveedor hasta que se le emita una nueva orden de compra en virtud de su
contratación.
Ahora bien, en caso de que el hospital adquiera el insumo con un tercero producto del quiebre de stock, el
proveedor adjudicado deberá hacerse cargo de la diferencia de precio entre el monto ofertado en la presente
licitación y el precio pagado al tercero por el insumo y que esta adquisición pudiese ocasionar.
Dicha diferencia podrá ser cobrada en la forma prevista en el numeral 12.6 de las bases administrativas.
Con todo, y sin perjuicio de lo anterior, el gasto en que incurra el Hospital, en este caso, por la adquisición del
insumo a tercero, deberá ser imputado y rebajado del ítem presupuestario asignado a la adjudicación de esta
Licitación.
Por último, si la falta de stock supera los 15 días hábiles, operara lo señalado en el numeral 12.1, letra b) de
las Bases Administrativas.
8. PROCEDIMIENTO DE ENTREGA CONSIGNACIÓN DE LLAMADO
8.1 Entrega caja de prótesis de llamado
• Las prótesis serán dejadas en Hospital mediante sistema de consignación de llamado, estas deberán
ser nuevas y sin uso, e incluir su respectivo envase que demuestre dicha acción.
• Se deberá entregar las cajas prótesis necesarias, cada vez que se envié la correspondiente solicitud vía
correo electrónico desde el personal de traumatología de la Unidad de Compras del Hospital la Florida.
• Las prótesis consignadas de llamado, deberán ser entregadas en la bodega del Hospital, en los plazos
ofertados por el oferente en el Anexo N°04 “plazos de entrega”.
• La entrega debe incluir la guía de despacho con la siguiente información:
➢ Nombre real de la prótesis.
➢ Nombre de insumos asociados a la prótesis.
➢ Descripción completa de cada artículo (largo, diámetro, tamaño rosco, etc.).
➢ Código de referencia de cada producto.
➢ Fecha de elaboración.
➢ Fecha de vencimiento.
• Esta entrega quedará reflejada en un Acta de recepción o de rechazo de las prótesis traumatológicas,
firmada por un representante de la empresa y por quien recibe estos.
• Cada vez que el proveedor haga entrega de las cajas de prótesis quirúrgicas traumatológicas al Hospital
La Florida, estos deberán tener indicado y de acuerdo a Normativa de trazabilidad de DM Norma
técnica N° 226, Decreto Exento N°63/2022: el número de lote, fecha de elaboración y vencimiento, la
que no deberá ser inferior a 24 meses desde la fecha de entrega.
• Junto con la entrega de esta documentación, el proveedor deberá adjuntar la correspondiente guía de
despacho valorizada por el detalle anterior. En caso de que este documento no sea entregado durante
la recepción, se considerara como incompleta la entrega, por lo cual se procederá a cobrar las multas
detalladas en las Bases Administrativas.
9. ENTREGA INSTRUMENTAL Y EQUIPO EN COMODATO DE LLAMADO
Para la solicitud del instrumental y equipo en comodato, personal encargado del Área de Traumatología de la
Unidad de Compras del Hospital la Florida enviara un correo indicando claramente el instrumental y equipo
en comodato que se necesita, adjuntara la solicitud quirúrgica entregada por pabellón e indicara fecha de
cirugía.
El proveedor deberá entregar el instrumental en comodato en el plazo ofertado en Anexo 04.
• El proveedor deberá entregar el instrumental y el equipo en comodato, en contenedores, según los
plazos de entrega ofertado (2 días corridos máximos) y solicitud enviada por el Hospital, en horario
hábil entre las 8:00 y 09:00 am, en la Central de Esterilización. La persona designada para la recepción
procederá a realizar una revisión ocular de cada pieza, aceptando o rechazando cada una de ellas de
acuerdo a su evaluación. De haber un rechazo, se generará un documento con el detalle de las piezas
rechazadas que se entregará al proveedor y se procederá a cobrar las multas detalladas en las Bases
Administrativas.
• La entrega debe incluir la guía de despacho e inventario impreso con detalle del instrumental y el
equipo entregado. De no cumplir con lo mencionado se aplicarán las multas detalladas en las bases
administrativas.
• El detalle debe indicar nombre, cantidad y códigos de referencia de cada elemento presente en cada
contenedor quirúrgico.
• Los contenedores con su instrumental deben venir en buen estado, sin evidencia de materia orgánica,
ni oxido, deben venir sin desperfectos técnicos (piezas dobladas, quebradas, en mal estado) y el
contenedor debe sellar herméticamente, en caso de que los contenedores lleguen en mal estado se
aplicarán las multas detalladas en las bases administrativas.
• El instrumental debe venir en contenedores en número adecuados a la cantidad de piezas y este no
debe superar los 7 kilos (incluyendo los contenedores).
10. PROCEDIMIENTO RETIRO DE LAS CAJAS CON INSUMOS CONSIGNADOS, INSTRUMENTAL Y EQUIPO EN
COMODATO:
• Terminada la cirugía, la enfermera supervisora de pabellón o su subrogante deberá informar al
proveedor que ya puede hacer retiro de sus cajas.
• El retiro de las cajas quirúrgicas deberá realizarse en la unidad de pabellón (área sucia).
• El Hospital prestará sus instalaciones por si el proveedor desea prelavar sus cajas quirúrgicas antes
de retirarlas en el área sucia de pabellón.
• El proveedor deberá traer todos los insumos necesarios para poder realizar proceso de prelavado, ya
sea guantes, detergente, escobillas, etc. De lo contrario no podrá realizar la acción de prelavado en
el Hospital.
• Producida la utilización de las cajas de llamado, el proveedor a través de su encargado técnico deberá
confeccionar una guía de cobro de los insumos utilizados (Receta Talonario y/o informe de cirugía)
de la cual dejará una copia en el hospital, además deberá hacer llegar a la persona designada de la
unidad de Pabellón en el momento.
• La persona designada de Pabellón una vez revisado el detalle de los insumos, enviara a la persona
responsable de Traumatología de la Unidad de Compras el detalle del consumo con el plazo de una
semana, para que está realice la respectiva orden de compra. se enviará órdenes de compra de
manera mensual (mes vencido), según la utilización de insumos de las cajas de llamado.
11. DEL ASISTENTE TÉCNICO.
• El proveedor deberá contar con un profesional dedicado al área de traumatología, debidamente
acreditado en la superintendencia de salud, quien cumplirá el rol de Asistente Técnico. Por ello,
deberá adjuntar documentos de acreditación en el área de traumatología y en la superintendencia
de salud, de lo contrario, su oferta será inadmisible.
• El Asistente Técnico deberá acudir a todas las cirugías de pacientes programadas. Las cirugías
programadas serán en las dependencias de Pabellones Quirúrgicos del Hospital La Florida y el
encargado deberá servir como soporte en las cirugías.
• El Asistente Técnico deberá acudir a los procedimientos programados, con al menos 1/2 hora de
anticipación, esto incluye procedimientos en horario hábil, procedimientos en horario inhábil y
procedimientos de urgencias realizados los días sábados y domingo, es decir, disponibilidad 24/7.
• El Asistente Técnico debe tener conocimiento a cabalidad de los flujos y protocolos del Hospital la
florida, y actuar en base a ellos.
• El encargado Técnico deberá cambiarse de ropa de calle a uniforme clínico en los camarines del
Hospital la flora, deberá siempre portal su credencial otorgada por la empresa adjudicada.
• El proveedor deberá disponer de un teléfono de contacto las 24/7.
• En caso de que el Hospital requiera utilizar una caja consignada durante horario inhábil y se requiera
un encargado técnico, el Hospital enviara un correo solicitando asistencia quirúrgica.
• El proveedor deberá adjuntar a su oferta ANEXO N°1 identificando los datos del Encargado del
Contrato y Técnico del oferente.
11.1 Funciones del Asistente Técnico.
El Encargado Técnico deberá acudir a los procedimientos programados (horario hábil e inhábil) en
dependencias de Pabellones Quirúrgicos del Hospital La Florida para servir como soporte en las cirugías.
Dentro de sus funciones se encuentra:
a) Presentarse con una media hora de anticipación a las Cirugías programadas.
b) Previo a la cirugía, deberá revisar el listado y corroborar la completitud de la caja. Si se encontrase
alguna diferencia entre lo solicitado y la existencia, deberá informar a la enfermera encargada del
procedimiento.
c) Debe dejar el instrumental en comodato en el área sucia de pabellón, una vez utilizado el dispositivo
médico, en condiciones para el retiro posterior de su empresa, la que deberá hacer el retiro lo antes
posible (por más de un día el hospital no se hará responsable de ningún daño o perdida).
d) Servir de soporte en la identificación de los implantes quirúrgicos traumatológicos cuando el personal
clínico a cargo del procedimiento lo requiera.
e) Debe avisar a persona designada del Pabellón central si existe algún instrumento o implante que se
encuentre en mal estado y requiera cambio.
f) Apoyar en el armado y desarmado de piezas que se deban ensamblar.
g) Prestar apoyo técnico y en caso que sea requerido asistir a la Arsenalera del Pabellón.
h) Registrar y corroborar los implantes quirúrgicos utilizados en cirugía.
i) Confeccionar una guía de cobro de los implantes o insumos utilizados en cirugía, deberá dejar una
copia en las dependencias del hospital.
12. CAPACITACIÓN AL PERSONAL CLÍNICO
• El oferente, debe realizar una capacitación al personal que el hospital estime conveniente, las veces
que sea necesario durante la vigencia del contrato, en el uso de los insumos, instrumental y equipos
requeridos. So pena, de aplicar la multa correspondiente.
• Las capacitaciones deberán ser impartidas al personal definido por la Jefatura de la unidad
requirente, según procedimiento y plazos acordados entre las partes en la operación del producto.
• Las capacitaciones serán sin costo para el Hospital, las cuales deberán realizarse, preferentemente,
en las instalaciones solicitadas por el jefe de Pabellón o de la Central de Esterilización.
• En los casos que haya recambio de personal o actualización de versiones del producto, esta
capacitación será solicitada por el Hospital y el oferente deberá proveerla sin costo adicional durante
el periodo del contrato. Por otra parte, si el adjudicatario estima necesario actualizar la capacitación
de los usuarios, el Hospital de La Florida deberá crear las condiciones para que ésta se realice sin
retrasos.
El proveedor adjudicado tendrá 48 hrs. para dar respuesta desde el momento en que se solicita la
capacitación por parte del Hospital la Florida, so pena de aplicación de multa respectiva.
13. CATÁLOGOS, MANUALES, FOLLETOS Y/O FICHA TÉCNICA.
• De acuerdo a la tecnología de cada producto licitado, el proveedor deberá entregar al momento de la
entrega de las prótesis e instrumental a lo menos dos manuales de usuario con referencia de cuidado y
mantenimiento, incluyendo procedimiento de esterilización impresos o en versión digital, los cuales deben
ser originales del fabricante.
• El manual antes indicado debe ser en idioma español. En caso que los manuales se encuentren en otro
idioma con respecto al solicitado, el proveedor deberá proporcionar dichos manuales traducidos al
español por el fabricante. Estos manuales serán requisito para la Recepción Definitiva Conforme.
• Los manuales técnicos deben incluir como mínimo:
a) Teoría de operación.
b) Métodos de esterilización validados por el fabricante.
c) Listado completo de partes y su descripción.
d) Plan de mantención preventiva, incluyendo calibración, ajuste, rutinas de inspección entre otros.
e) Verificación de funcionamiento.
En caso de contar con un Centro de Llamadas de soporte técnico, indicar información de contacto (fono/web).
14. CONSIDERACIONES ESTERILIZACIÓN
Para los contenedores del instrumental se deben cumplir obligatoriamente las siguientes consideraciones:
• Contenedores insumos, instrumental y equipos deben ser nuevos y sin uso.
• Los contenedores con múltiples perforaciones que no presentan porta filtros no se consideraran
CONTENEDORES.
• El color de las tapas se define con enfermera de esterilización del HLF.
• Peso máximo de contenedor con instrumental debe ser 7 kilogramos.
• Los insumos (solo cuando deban ser esterilizados) deben venir en contenedores separados del
instrumental.
• El asentamiento del pasivado debe ser realizado en esterilización del HLF.
• Inventario detallado y entendible de piezas que contenga el contenedor (nombre, cantidad y códigos de
referencia).
• Todo el contenido del contenedor debe tener un código (instrumental y cesta).
• Los contenedores deben ser de aluminio anonizado, deben ser de una pieza de bordes lisos y redondos sin
topes en su interior. Poseer perforación para los porta filtros para la base y la tapa (número de acuerdo al
tamaño 2 o 4 porta filtros)
• Cestas deberán ser no tejidas, con asas para extraerlas del contenedor.
• Los contenedores deben ser auto apilables.
• No se aceptarán como contenedores, cajas perforados o cestas tipo malla o tejidas, para evitar empaque
de cajas a través de papel.
• La marcación del contenedor y tapa (estará a cargo de la empresa y deberá incluir nombre de la empresa,
identificación del contenido x/e: set de instrumental básico N°1).
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