Licitación ID: 812261-13-LQ21
SERVICIO OXIGENOTERAPIA DOMICILIARIA PARA EL HLF
Responsable de esta licitación: HOSPITAL CLINICO METROPOLITANO DE LA FLORIDA DOCTORA ELOISA DIAZ, convenios , operaciones , informatica
Reclamos recibidos por incumplir plazo de pago: 58
Este número indica los reclamos recibidos por esta institución desde los últimos 12 meses hasta el día de ayer. Recuerde interpretar esta información considerando la cantidad de licitaciones y órdenes de compra que esta institución genera en el Mercado Público.
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Productos o servicios
1
Oxígeno O 1 Unidad
Cod: 12141904
Suministro de oxígeno gaseoso (balón de 10 m3 más cilindro tipo E de respaldo)  

2
Oxígeno O 1 Unidad
Cod: 12141904
Suministro, con concentrador de oxígeno 5 Lpm (más cilindro tipo E de respaldo)  

3
Oxígeno O 1 Unidad
Cod: 12141904
Suministro, con concentrador de oxígeno 10 Lpm (más cilindro tipo E de respaldo)  

4
Oxígeno O 1 Unidad
Cod: 12141904
Suministro, con termo con oxígeno líquido  

5
Oxígeno O 1 Unidad
Cod: 12141904
Suministro de Oxígeno mensual, con mochila  

6
Oxígeno O 1 Unidad
Cod: 12141904
Oximetría domiciliaria  

7
Oxígeno O 1 Unidad
Cod: 12141904
Sobreconsumo (consumo por sobre 3 lts)  

8
Oxígeno O 1 Unidad
Cod: 12141904
Cobro mínimo por ingreso de paciente, si el servicio es por menos de 15 días  

1. Características de la licitación
Nombre de la licitación:
SERVICIO OXIGENOTERAPIA DOMICILIARIA PARA EL HLF
Estado:
Adjudicada
Descripción:
El objeto de la presente licitación es la contratación del SERVICIO DE OXIGENOTERAPIA DOMICILIARIA para el Hospital de La Florida, servicio que no se encuentra en Convenio Marco de la Dirección de Compras y Contratación Pública, para que a través de uno o más adjudicatarios, se disponga en forma constante, continua y permanente de los servicios licitados, necesarios para responder adecuadamente a la demanda asistencial de todos los pacientes beneficiarios, y con ello dar cumplimiento a la obligación de otorgar las pertinentes prestaciones de salud. Las presentes Bases Administrativas, establecen las disposiciones que regirán la licitación y posterior Contrato que celebre el Hospital La Florida, destinado a la provisión del servicio antes indicado, conforme a las Especificaciones Técnicas.
Tipo de licitación:
Pública-Licitación Pública igual o superior a 2.000 UTM e inferior a 5.000 UTM (LQ)
Tipo de convocatoria:
ABIERTO
Moneda:
Peso Chileno
Etapas del proceso de apertura:
Una Etapa
Toma de razón por Contraloría:
No requiere Toma de Razón por Contraloría
Publicidad de ofertas técnicas:
Las ofertas técnicas serán de público conocimiento una vez realizada la apertura técnica de las ofertas.
2. Organismo demandante
Razón social:
HOSPITAL CLINICO METROPOLITANO DE LA FLORIDA DOCTORA ELOISA DIAZ
Unidad de compra:
convenios , operaciones , informatica
R.U.T.:
65.075.485-9
Dirección:
FROILAN ROA 6542
Comuna:
La Florida
Región en que se genera la licitación:
Región Metropolitana de Santiago
3. Etapas y plazos
Fecha de cierre de recepción de la oferta: 16-04-2021 16:00:00
Fecha de Publicación: 05-04-2021 18:28:19
Fecha inicio de preguntas: 05-04-2021 18:30:00
Fecha final de preguntas: 07-04-2021 23:59:00
Fecha de publicación de respuestas: 12-04-2021 16:00:00
Fecha de acto de apertura técnica: 19-04-2021 8:00:00
Fecha de acto de apertura económica (referencial): 19-04-2021 8:00:00
Fecha de Adjudicación: 20-05-2021 12:47:18
Fecha de entrega en soporte fisico No hay información
Fecha estimada de firma de contrato No hay información
Tiempo estimado de evaluación de ofertas No hay información
4. Antecedentes para incluir en la oferta
Adicionalmente, todos los proveedores para ofertar en esta licitación, deberán obligatoriamente confirmar y firmar electrónicamente la Declaración Jurada de Requisitos para Ofertar.
Documentos Administrativos
1.- CARPETA ADMINISTRATIVA: PRESENTACIÓN DEL OFERENTE DECLARACIÓN JURADA CONDICIONES DE EMPLEO
Documentos Técnicos
1.- CARPETA TÉCNICA: ESPECIFICACIONES TÉCNICAS EXPERIENCIA IDÓNEA DEL RRHH OPORTUNIDAD DE PRESTACIÓN DE SERVICIOS
 
Documentos Económicos
1.- CARPETA ECONÓMICA: CARTA OFERTA
5. Requisitos para contratar al proveedor adjudicado
Persona natural
Encontrarse hábil en el Registro de Proveedores, registro que verificará NO haber incurrido en las siguientes causales de inhabilidad:

1 .- Haber sido condenado por cualquiera de los delitos de cohecho contemplados en el título V del Libro Segundo del Código Penal.
 
2 .- Registrar una o más deudas tributarias por un monto total superior a 500 UTM por más de un año, o superior a 200 UTM e inferior a 500 UTM por un período superior a 2 años, sin que exista un convenio de pago vigente. En caso de encontrarse pendiente juicio sobre la efectividad de la deuda, esta inhabilidad regirá una vez que se encuentre firme o ejecutoriada la respectiva resolución.
 
3 .- Registrar deudas previsionales o de salud por más de 12 meses por sus trabajadores dependientes, lo que se acreditará mediante certificado de la autoridad competente.
 
4 .- La presentación al Registro Nacional de Proveedores de uno o más documentos falsos, declarado así por sentencia judicial ejecutoriada.
 
5 .- Haber sido declarado en quiebra por resolución judicial ejecutoriada.
 
6 .- Haber sido eliminado o encontrarse suspendido del Registro Nacional de Proveedores por resolución fundada de la Dirección de Compras.
 
7 .- Haber sido condenado por prácticas antisindicales o infracción a los derechos fundamentales del trabajador.
 
8 .- Registrar condenas asociadas a responsabilidad penal jurídica (incumplimiento artículo 10, Ley 20.393).
 
Documentos persona natural
- Fotocopia Legalizada de Cédula de Identidad
- Declaración jurada acreditando que no se encuentra afecto al art. 4 inciso 6 de la ley 19.886, en el cual se establece que "ningún órgano de la administración del Estado podrá suscribir contratos administrativos de provisión de bienes y servicios con los funcionarios directivos del mismo órgano o empresa, ni con personas unidas a ellos por los vínculos de parentesco."
Persona jurídica
Encontrarse hábil en el Registro de Proveedores, registro que verificará NO haber incurrido en las siguientes causales de inhabilidad:

1 .- Haber sido condenado por cualquiera de los delitos de cohecho contemplados en el título V del Libro Segundo del Código Penal.

2 .- Registrar una o más deudas tributarias por un monto total superior a 500 UTM por más de un año, o superior a 200 UTM e inferior a 500 UTM por un período superior a 2 años, sin que exista un convenio de pago vigente. En caso de encontrarse pendiente juicio sobre la efectividad de la deuda, esta inhabilidad regirá una vez que se encuentre firme o ejecutoriada la respectiva resolución.

3 .- Registrar deudas previsionales o de salud por más de 12 meses por sus trabajadores dependientes, lo que se acreditará mediante certificado de la autoridad competente.

4 .- La presentación al Registro Nacional de Proveedores de uno o más documentos falsos, declarado así por sentencia judicial ejecutoriada.

5 .- Haber sido declarado en quiebra por resolución judicial ejecutoriada.

6 .- Haber sido eliminado o encontrarse suspendido del Registro Nacional de Proveedores por resolución fundada de la Dirección de Compras.

7 .- Haber sido condenado por prácticas antisindicales o infracción a los derechos fundamentales del trabajador.

8 .- Registrar condenas asociadas a responsabilidad penal jurídica (incumplimiento artículo 10, Ley 20.393).

Documentos persona jurídica
- Fotocopia Legalizada del Rut de la Empresa
- Declaración jurada acreditando que no se encuentra afecto al art. 4 inciso 6 de la ley 19.886, en el cual se establece que "ningún órgano de la administración del Estado podrá suscribir contratos administrativos de provisión de bienes y servicios con los funcionarios directivos del mismo órgano o empresa, ni con personas unidas a ellos por los vínculos de parentesco."
- Certificado de Vigencia de la Sociedad
- (1) Certificado de Boletín de Informes Comerciales
- (1) Certificado de Quiebras/Convenio Judicial
6. Criterios de evaluación
ÍtemObservacionesPonderación
1 Evaluación Económica Según Punto N°8.4.4 de las Bases de Licitación 50%
2 Comportamiento Contractual Según Punto N°8.4.3 de las Bases de Licitación 15%
3 Evaluación Requisitos Formales Según Punto N°8.4.1 de las Bases de Licitación 2%
4 Condiciones de empleo Según Punto N°8.4.2 de las Bases de Licitación 3%
5 Especificaciones Técnicas Según Punto N°8.4.4.1 de las Bases de Licitación 10%
6 Experiencia idónea del equipo humano Según Punto N°8.4.4.2 de las Bases de Licitación 10%
7 Capacidad y oportunidad en la prestación de servic Según Punto N°8.4.4.3 de las Bases de Licitación 10%

7. Montos y duración del contrato
Estimación en base a: Presupuesto Disponible
Fuente de financiamiento: No hay información
Contrato con Renovación: NO
Observaciones SEGUN BASES DE LICITACION
Tiempo del Contrato 12 Meses
Plazos de pago: 30 días contra la recepción conforme de la factura
Opciones de pago: Transferencia Electrónica, Cheque
Nombre de responsable de pago: Gustavo Hernández Gottschalk
e-mail de responsable de pago: gustavo.hernandez@redsalud.gov.cl
Nombre de responsable de contrato: Hernán Baeza Gallis
e-mail de responsable de contrato: hernan.baeza@redsalud.gov.cl
Teléfono de responsable del contrato: 56-22-6121339-
Prohibición de subcontratación: No permite subcontratación
Según Punto 10.8 de las Bases de Licitación
8. Garantías requeridas
    Garantías de Seriedad de Ofertas
Beneficiario: Hospital Clínico Metropolitano de la Florida Dra. Eloísa Díaz Insunza
Fecha de vencimiento: 13-08-2021
Monto: 500000 Peso Chileno
Descripción: Documento legal que cumpla las siguientes condiciones: Sea pagadero a la vista no sujeto a modalidad irrevocable
Glosa: “Garantizar la Seriedad de la Oferta para la Contratación del SERVICIO DE OXIGENOTERAPIA DOMICILIARIA, ID 812261-13-LQ21”
Forma y oportunidad de restitución: La devolución de las garantías de seriedad de la oferta, de aquellos proponentes cuyas ofertas hayan sido declaradas inadmisibles o desestimadas, se efectuará dentro del plazo de 10 días hábiles, contados desde la notificación de la Resolución que dé cuenta de la inadmisibilidad o adjudicación. Respecto de los oferentes adjudicados, su garantía de seriedad de la oferta, será devuelta una vez que estos entreguen la garantía de fiel cumplimiento del contrato. En todos los casos precedentemente indicados, el oferente o su representante debidamente individualizado y con poder especial ante notario, podrán solicitar la devolución del documento de garantía por seriedad de la oferta ante el responsable de la licitación, caso en el que éste comunicará tal situación a la Unidad de Tesorería, para que proceda a la devolución del documento.
    Garantía fiel de Cumplimiento de Contrato
Beneficiario: Hospital Clínico Metropolitano de la Florida Dra. Eloísa Díaz Insunza
Fecha de vencimiento: 26-07-2022
Monto: 10 %
Descripción: Cualquier documento que asegure el cobro de la garantía de manera rápida y efectiva, pagadera a la vista, no sujeta a modalidad e irrevocable
Glosa: Garantizar el Fiel Cumplimiento del Contrato de “Servicio de Oxigenoterapia Domiciliaria para el HLF, ID 812261-13-LQ21”
Forma y oportunidad de restitución: La devolución de las garantías de cumplimiento del contrato, se efectuará dentro del plazo de 10 días hábiles contado desde el término de su vigencia, y una vez acreditado que se han cumplido todas las obligaciones de dicho contrato, mediante Certificación de Conformidad, suscrito por el Administrador del Contrato, al término del convenio. Un representante de la empresa debidamente individualizado con poder especial ante notario, podrá solicitar la devolución ante el responsable de la licitación, caso en el que se comunicará a la Unidad de Tesorería.
9. Requerimientos técnicos y otras cláusulas
OBJETO
El objeto de la presente licitación es la contratación del SERVICIO DE OXIGENOTERAPIA DOMICILIARIA para el Hospital de La Florida, servicio que no se encuentra en Convenio Marco de la Dirección de Compras y Contratación Pública, para que a través de uno o más adjudicatarios, se disponga en forma constante, continua y permanente de los servicios licitados, necesarios para responder adecuadamente a la demanda asistencial de todos los pacientes beneficiarios, y con ello dar cumplimiento a la obligación de otorgar las pertinentes prestaciones de salud. Las presentes Bases Administrativas, establecen las disposiciones que regirán la licitación y posterior Contrato que celebre el Hospital La Florida, destinado a la provisión del servicio antes indicado, conforme a las Especificaciones Técnicas.
DISPOSICIONES PRELIMINARES
2.1 De los Oferentes Podrán participar en esta licitación las personas naturales o jurídicas, chilenas o extranjeras que realicen sus ofertas a través del sistema de información www.mercadopublico.cl. Del mismo modo podrán participar en el presente proceso, las personas naturales y/o jurídicas que decidan asociarse a través de la unión temporal de proveedores, regulada en el artículo 67 bis del Decreto Nº 250 del 2004 del Ministerio de Hacienda, que aprueba el reglamento de la Ley N° 19.886. Tratándose de personas naturales o jurídicas extranjeras, deberán al momento de contratar contar con agencia y domicilio en Chile, con un representante con mandato y poder suficiente para contratar a nombre del mandante, y para responder de las obligaciones que emanen del contrato respectivo, de acuerdo a la normativa vigente, y sin perjuicio de las normas que sobre el particular establezcan tratados o convenios internacionales vigentes suscritos por Chile y por el país de origen de dicha persona natural o jurídica. Tanto el proponente como el adjudicatario, deberán constituir domicilio en la ciudad de Santiago, para todos los efectos legales. Todo Proponente u Oferente interesado en presentar Oferta deberá estudiar cuidadosamente las Bases Administrativas y Técnicas, debiendo informarse de todas las condiciones que de alguna manera afecten el costo de los servicios ofertados, tales como permisos que deben obtenerse, leyes o reglamentos que puedan ser aplicables, entre otros. Cualquier omisión por parte del Oferente, será a su propio riesgo y sólo él será responsable de los errores u omisiones en que incurra. El Proponente sufragará todos los costos relacionados con la preparación y presentación de su oferta. El HLF no será responsable en caso alguno de dichos costos, cualquiera sea el resultado de la Licitación. 2.2 Inhabilidades para participar en la Licitación y/o Contratar Podrán participar como oferentes, las personas naturales o jurídicas , nacionales o extranjeras, que no les afecten alguna de las prohibiciones, inhabilidades o incompatibilidades para contratar con órganos y organismos de la Administración del Estado, contempladas en los incisos 1º y 6º del artículo 4º de la Ley Nº 19.886, de Bases sobre Contratos Administrativos de Suministro y Prestación de Servicios y su normativa complementaria; y que cumplan con los requisitos establecidos en las presentes bases administrativas y técnicas. Tratándose de personas jurídicas, no deben haber sido condenadas a pena de prohibición de celebrar actos y contratos con organismos del Estado, de conformidad con la Ley N° 20.393, que establece la Responsabilidad Penal de las Personas Jurídicas en los Delitos de Lavado de Activos, Financiamiento del Terrorismo y Delitos de Cohecho que Indica. Tratándose de la unión temporal de proveedores, las causales de inhabilidad para la presentación de las ofertas, para la formulación de la propuesta o para la suscripción de la convención, establecidas en la legislación vigente, afectarán a cada integrante de la Unión individualmente considerado. En caso de afectar una causal de inhabilidad a algún integrante de la Unión, ésta deberá decidir si continuará con el respectivo procedimiento de contratación con los restantes integrantes no inhábiles de la misma o se desiste de su participación en el respectivo proceso. 2.3. Aceptación del contenido de las bases Los oferentes por el sólo hecho de presentarse a la Licitación se entenderán en cabal conocimiento de estas Bases, así como también de las características de la provisión del servicio que se requiere y de las aclaraciones realizadas en su oportunidad, por el solo hecho de presentar sus ofertas, por lo que se declaran conformes con ellas y no tienen reservas ni observaciones que formular, debiendo ajustarse a ellas en todo momento. 2.4. Presentación de documentos El idioma español regirá para todo el proceso de Licitación, para todos los documentos asociados y aquellos que posteriormente origine la materialización de la adjudicación. Todos los antecedentes y formularios deberán ser anexados a la respectiva oferta presentada, en formatos digitales utilizando para estos efectos Word (como procesador de textos), Excel (planilla electrónica) e imágenes digitalizadas en formatos PDF. Todos los anexos deben venir debidamente firmados si correspondiere. 2.5. Unión temporal de los proveedores. Se entenderá como unión temporal de proveedores, si dos o más proveedores se unen para el efecto de participar en un proceso de compra, deberán establecer, en el documento que formaliza la unión, a lo menos, la solidaridad entre las partes respecto de todas las obligaciones que se generen con la Entidad y el nombramiento de un representante o apoderado común con poderes suficientes. Cuando se trate de adquisiciones inferiores a 1.000 UTM, el representante de la unión temporal de proveedores deberá adjuntar al momento de ofertar, el documento público o privado que da cuenta del acuerdo para participar de esta forma. Para contrataciones iguales o superiores al monto indicado, y sin perjuicio del resto de las disposiciones legales y reglamentarias que resulten aplicables, el acuerdo en que conste la unión temporal deberá materializarse por escritura pública, como documento para contratar, sin que sea necesario constituir una sociedad. Si la Entidad exige la inscripción en el Registro de Proveedores para suscribir el contrato, cada proveedor de dicha unión temporal deberá inscribirse. Al momento de la presentación de las ofertas, los integrantes de la Unión determinarán qué antecedentes presentarán para ser considerados en la evaluación respectiva, siempre y cuando lo anterior no signifique ocultar información relevante para la ejecución del respectivo contrato que afecte a alguno de los integrantes de la misma. La vigencia de esta unión temporal de proveedores no podrá ser inferior a la del contrato adjudicado.
ANTECEDENTES QUE RIGEN EL PROCESO DE COMPRA
Junto a la Ley N° 19.886 de Bases sobre Contratos Administrativos de Suministro y Prestación de Servicios y al Decreto N° 250 de fecha 09 de marzo de 2004, del Ministerio de Hacienda y sus modificaciones, forman parte integrante de los documentos de la presente licitación los que a continuación se señalan, los cuales regirán de forma obligatoria y complementaria, y en caso de discrepancia prevalecerán en el orden de prelación que se indica: • Las presentes Bases Administrativas, Bases Técnicas y Anexos • Las Respuestas y/o Aclaraciones realizadas en esta licitación. • Los antecedentes económicos, técnicos y administrativos presentados por el oferente adjudicado. • Ley 20.584, que Regula Los Derechos y Deberes que tienen las Personas en relación con acciones vinculadas a su atención de salud. Lo anterior, es sin perjuicio de la facultad interpretativa de la Contraloría General de la República y del Tribunal de Contrataciones Públicas.
DEFINICIÓN DE TÉRMINOS
Se aplicarán en las presentes Bases Administrativas, Bases Técnicas y en los Anexos, los términos y definiciones establecidos en la Ley N° 19.886, de Bases sobre Contratos Administrativos de Suministro y Prestación de Servicios y en el Decreto N° 250 de 2004 del Ministerio de Hacienda que aprueba el Reglamento de la Ley 19.886, y sus modificaciones, más los que a continuación se indican: • Hospital de La Florida, Hospital o HLF: Establecimiento asistencial dependiente del Servicio de Salud Metropolitano Sur Oriente, ubicado en Av. Froilán Roa Nº 6542, comuna de La Florida, Santiago de Chile. • Director: Autoridad superior del Hospital de La Florida. • Referente técnico: En la presente licitación pública, el referente técnico es jefe de Hospital de Dia o quien éste designe para tal efecto. • Especificaciones Técnicas: Documentos aprobados por la autoridad competente que contienen las especificaciones, descripciones, requisitos y demás características del servicio a contratar. • Administrador de contrato: funcionario designado por el Hospital, que velará por el adecuado cumplimiento del contrato y será interlocutor válido ante el oferente. • Orden de compra: Documento emitido a través del portal www.mercadopúblico.cl en virtud del cual se formaliza una determinada decisión de compra, estipulándose particularmente para el servicio respectivo, a lo menos la descripción y el precio. • Días Hábiles: Son todos los días de la semana, excepto los sábados, domingos y festivos. • Días corridos: Son los días de la semana que se computan uno a uno en forma correlativa. Salvo que se exprese lo contrario, los plazos de días señalados en las presentes bases de licitación son días corridos. En caso que el plazo expire en días sábados, domingos o festivos se entenderá prorrogado para el día hábil siguiente. En todos los casos, el plazo de cierre para la recepción de ofertas no podrá vencer en días inhábiles ni en un día lunes o en un día siguiente a un día inhábil, antes de las quince horas. Todos los plazos de días que se haga mención en las presentes bases se entenderán que han de ser completos y correrán además hasta la media noche del último día del plazo. Lo anterior, salvo en aquellos casos en que se indique hora exacta, y siempre y cuando se respeten los plazos mínimos legales establecidos por el ordenamiento jurídico. • Unión temporal de proveedores: Asociación de personas naturales y/o jurídicas, para la presentación de una oferta en caso de licitación. Todos los plazos de días que se haga mención en las presentes bases se entenderán que han de ser completos y correrán además hasta la media noche del último día del plazo. Lo anterior, salvo en aquellos casos en que se indique hora exacta, y siempre y cuando se respeten los plazos mínimos legales establecidos por el ordenamiento jurídico.
DISPOSICIONES GENERALES
5.1. Comunicaciones Cualquier comunicación que deba realizar el Hospital a los proponentes, la publicará en el portal www.mercadopublico.cl. Así mismo, cualquier comunicación que los proponentes requieran realizar al Hospital deberá ser a través de igual medio. 5.2. Consultas y aclaraciones a los Antecedentes de la Licitación El oferente que tenga dudas respecto de la licitación debe efectuar sus consultas única y exclusivamente a través del Foro del Sistema de Información y de acuerdo al plazo del numeral 5.4 de las presentes bases. No se atenderá ni aceptará ningún tipo de consulta por otro medio. Las consultas que se reciban pasada esa fecha, no obtendrán respuesta. En las consultas, se deberá indicar la página y punto de las bases y/o el número del anexo objeto de la consulta. Se considerará que estas aclaraciones formarán parte integral de las bases y por tanto se presumen conocidas y su aplicación obligatoria para todos los oferentes. El conocimiento del contenido de las aclaraciones emanadas del Hospital de La Florida, es de exclusiva responsabilidad de los oferentes. 5.3. Entrega de Respuestas y Aclaraciones Las respuestas a las consultas se publicarán en www.mercadopublico.cl en un solo documento, a todos los proponentes que participen en la licitación, en el plazo señalado en el numeral 5.4 de las presentes bases. 5.4. Cronograma de la licitación Para los efectos de esta licitación se establece el siguiente cronograma: Publicación Se encontrarán publicadas durante 10 (diez) días corridos, desde la fecha en que se suban al portal. Consultas Hasta las 23:59 horas del segundo corrido contado desde la publicación a través de www.mercadopublico.cl. Respuestas y Aclaraciones El quinto día corrido contado desde la publicación, a través de www.mercadopublico.cl. Cierre El décimo día corrido contado desde la publicación a las 16:00 horas, en el mencionado Portal. Apertura de las ofertas El acto de Apertura administrativa se efectuará a través de www.mercadopublico.cl. correspondiendo la primera apertura al siguiente día hábil desde la fecha de cierre, a las 08:00 horas. Evaluación de criterios de admisibilidad La evaluación de los criterios de admisibilidad se realizará desde el día hábil siguiente a la apertura y no podrá exceder de cinco días hábiles. Evaluación de las ofertas La evaluación de las ofertas se realizará desde el día hábil siguiente de la evaluación de los criterios de admisibilidad y no podrá exceder de diez días hábiles incluyendo el tiempo para aclaraciones vía foro inverso, contados desde el requerimiento al oferente a través de www.mercadopublico.cl Adjudicación La adjudicación de la Licitación se realizará dentro de los quince días hábiles siguientes, a contar del término de la evaluación de las ofertas, y se dispondrá de cinco días hábiles para publicarla a través de www.mercadopublico.cl, contados desde la fecha de aprobación de la total tramitación de la Resolución de adjudicación. Plazo para suscribir el contrato El o los oferentes adjudicados estarán obligados a firmar el contrato dentro del plazo que se le informe al correo indicado en Anexo N°1, posterior a la fecha de envío del contrato, luego de la notificación de la Resolución de adjudicación totalmente tramitada en el portal, lo que en ningún caso podrá exceder de 60 días corridos desde la total tramitación de la resolución de adjudicación. Es menester señalar, que mediante la presente licitación se busca adquirir bienes de simple y objetiva especificación, y que razonablemente conlleva un esfuerzo menor en la preparación de ofertas, por lo tanto el plazo entre el llamado y el cierre de la recepción de las ofertas, se ha reducido conforme lo dispuesto en el artículo 25 del Decreto N° 250 de 2004, del Ministerio de Hacienda que aprueba Reglamento de la Ley Nº 19.886, de Bases sobre Contratos Administrativos de Suministro y Prestación de Servicios. En caso que alguna de las fechas indicadas para “Cierre” coincida con algún día sábado, domingo o festivo, la actividad en cuestión se realizará al día siguiente hábil. 5.5. Modalidad de Propuesta Las propuestas se presentarán a través de www.mercadopublico.cl en pesos, con valores unitarios sin IVA., incluyendo dicho valor todos los gastos en los que deba incurrir el adjudicatario. 5.6. Ofertas alternativas Los proponentes podrán presentar ofertas alternativas, las que serán estudiadas por el Hospital como una oferta más. Las ofertas alternativas deberán ser enumeradas correlativamente y señaladas en el Portal Mercado Público. Cada oferta deberá indicar claramente el número de la alternativa a la cual corresponde y presentarse de acuerdo a lo especificado en estas Bases. 5.7. Validez de las Ofertas Las ofertas deberán tener una validez por 120 días corridos, contados desde la fecha de cierre de la propuesta. La oferta cuyo período de validez sea menor al requerido, dará causa a declararla inadmisible. Vencido este plazo, y si no se hubiere realizado la adjudicación, el Hospital podrá solicitar a los proponentes la prórroga de sus ofertas y garantías. Los proponentes podrán ratificar sus ofertas o retirarlas, formalizando su decisión mediante comunicación escrita dirigida al Hospital a través de www.mercadopublico.cl. Desde el décimo día hábil contado de la comunicación de no perseverar en la propuesta, se devolverá la garantía a aquellos que no accedan a la prórroga. 5.8. Garantía de Seriedad de la Oferta El oferente garantizará la seriedad de su oferta mediante la entrega de un certificado de fianza, una boleta de garantía o un vale vista, siendo de su exclusiva responsabilidad que dicha garantía sea presentada conforme a las siguientes especificaciones, en consecuencia, cualquier error u omisión en la mencionada garantía, dará causa a declarar inadmisible la o las ofertas. Tipo de Documento Documento legal que cumpla las siguientes condiciones: Sea pagadero a la vista no sujeto a modalidad irrevocable Monto $ 500.000 (quinientos mil pesos chilenos) Beneficiario Hospital Clínico Metropolitano de la Florida Dra. Eloísa Díaz Insunza RUT Nº 65.075.485-9 Vigencia Mínimo 120 (ciento veinte) días corridos, a partir de la fecha de cierre de la presentación de las ofertas. Glosa “Garantizar la Seriedad de la Oferta para la Contratación del SERVICIO DE OXIGENOTERAPIA DOMICILIARIA, ID 812261-13-LQ21” Forma y oportunidad de Entrega Física El oferente o su representante deberá entregar físicamente la garantía en: Secretaria de Abastecimiento ubicada en dependencias del Ex CRS (CESFAM Provisorio Bellavista) emplazadas en Avenida Froilán Roa 6420, en horario de lunes a viernes, de 08:30 a 13:00 y de 14:30 a 16:00 horas Se recibirán las garantías hasta la fecha y hora del cierre de las ofertas. De no presentar dicha garantía en el lugar, día y hora señalados la oferta presentada será inadmisible. Esto último, sin perjuicio de las garantías en formato electrónico que deben ajustarse a las disposiciones de la Ley N° 19.799 sobre documentos electrónicos, firma electrónica y servicios de certificación de dicha firma, que deberán acompañarse conjuntamente con la oferta. Custodia Las garantías serán custodiadas por la Unidad de Tesorería del Hospital la Florida. Se hace presente que será de exclusiva responsabilidad del proveedor entregar correctamente la garantía, en caso que se entregue en un lugar distinto del indicado precedentemente, se tendrá por no presentado el documento 5.8 Devolución y Cobro de la Garantía de Seriedad de la Oferta La garantía de seriedad de la oferta se podrá hacer efectiva administrativamente, sin notificación ni forma de juicio, en los siguientes casos: • Si el proponente retira su oferta o se comprueba por el Hospital o por la Comisión de Evaluación, la falsedad de la información presentada, por cualquier medio que resulte procedente. • Si una vez aceptada la oferta, el adjudicatario no acompaña el correspondiente documento de garantía de fiel y oportuno cumplimiento del contrato dentro del plazo establecido en las presentes bases. • Si el adjudicatario no se inscribe dentro del plazo establecido al efecto, en el Registro Electrónico Oficial de Contratistas de la Administración “Chileproveedores” en forma previa a la subscripción del contrato. • Si el adjudicatario no firma el contrato y/o no acompaña la documentación necesaria para la suscripción del mismo, si procede. La devolución de las garantías de seriedad de la oferta, de aquellos proponentes cuyas ofertas hayan sido declaradas inadmisibles o desestimadas, se efectuará dentro del plazo de 10 días hábiles, contados desde la notificación de la Resolución que dé cuenta de la inadmisibilidad o adjudicación. Respecto de los oferentes adjudicados, su garantía de seriedad de la oferta, será devuelta una vez que estos entreguen la garantía de fiel cumplimiento del contrato. En todos los casos precedentemente indicados, el oferente o su representante debidamente individualizado y con poder especial ante notario, podrán solicitar la devolución del documento de garantía por seriedad de la oferta ante el responsable de la licitación, caso en el que éste comunicará tal situación a la Unidad de Tesorería, para que proceda a la devolución del documento. 5.9. Enmiendas a los Documentos de la Licitación En cualquier momento, antes del cierre de la propuesta, el Hospital podrá introducir aclaraciones a las presentes bases que no impliquen modificación de estas, a través del envío de una carta aclaratoria, que se comunicará de acuerdo a lo establecido en punto 5.1. En caso de modificación de las Bases, estas deberán ser sometidas al trámite administrativo correspondiente, ampliándose los plazos para que se puedan realizar las adaptaciones por parte de los proponentes, situación que será informada de acuerdo al punto 5.1. En este evento, el plazo para ofertar se ampliará en la cantidad de días que se señale en www.mercadopublico.cl, publicada que sea la modificación de las bases. Es exclusiva responsabilidad del Proponente la revisión del Portal, con el objeto de informarse sobre lo expuesto en este punto y en el punto 5.1. Así mismo, es obligación del oferente revisar el Foro Inverso y responder las aclaraciones que se le soliciten por esta vía. 5.10. Pacto De Integridad El oferente declara que, por el sólo hecho de participar en la presente licitación, acepta expresamente el presente pacto de integridad, obligándose a cumplir con todas y cada una de las estipulaciones contenidas en el mismo, sin perjuicio de las que se señalen en el resto de las bases de licitación y demás documentos integrantes. Especialmente, el oferente acepta suministrar toda la información y documentación que sea considerada necesaria y exigida, de acuerdo a las presentes bases de licitación, asumiendo expresamente los siguientes compromisos: • El oferente se obliga a no ofrecer ni conceder, ni intentar ofrecer o conceder, sobornos, regalos, premios, dádivas o pagos, cualquiera fuese su tipo, naturaleza y/o monto, a ningún funcionario público en relación con su oferta, con el proceso de licitación pública, ni tampoco a ofrecerlas o concederlas a terceras personas que pudiesen influir directa o indirectamente en el proceso licitatorio, en su toma de decisiones o en la posterior adjudicación de los contratos que de ello se deriven. • El oferente se obliga a no intentar ni efectuar acuerdos o realizar negociaciones, actos o conductas que tengan por objeto influir o afectar de cualquier forma la libre competencia, cualquiera fuese la conducta o acto específico, y especialmente, aquellos acuerdos, negociaciones, actos o conductas de tipo o naturaleza colusiva, en cualquier de sus tipos o formas. • El oferente se obliga a revisar y verificar toda la información y documentación, que deba presentar para efectos del presente proceso licitatorio, tomando todas las medidas que sean necesarias para asegurar la veracidad, integridad, legalidad, consistencia, precisión y vigencia de la misma. • El oferente se obliga a ajustar su actuar y cumplir con los principios de legalidad, ética, moral, buenas costumbres y transparencia en el presente proceso licitatorio. • El oferente manifiesta, garantiza y acepta que conoce y respetará las reglas y condiciones establecidas en las bases de licitación, sus documentos integrantes y él o los contratos que de ellos se derivase. • El oferente se obliga y acepta asumir, las consecuencias y sanciones previstas en estas bases de licitación, así como en la legislación y normativa que sean aplicables a la misma. • El oferente reconoce y declara que la oferta presentada en el proceso licitatorio es una propuesta seria, con información fidedigna y en términos técnicos y económicos ajustados a la realidad, que aseguren la posibilidad de cumplir con la misma en las condiciones y oportunidad ofertadas. • El oferente se obliga a tomar todas las medidas que fuesen necesarias para que las obligaciones anteriormente señaladas sean asumidas y cabalmente cumplidas por sus empleados y/o dependientes y/o asesores y/o agentes y en general, todas las personas con que éste o éstos se relacionen directa o indirectamente en virtud o como efecto de la presente licitación, incluidos sus subcontratistas, haciéndose plenamente responsable de las consecuencias de su infracción, sin perjuicio de las responsabilidades individuales que también procediesen y/o fuesen determinadas por los organismos correspondientes.
DE LAS PROPUESTAS
Es responsabilidad de los oferentes presentar sus propuestas en tiempo y forma, es decir, en el plazo fijado en el numeral 5.4 y con toda la información requerida en las presentes bases, de manera tal que permita una evaluación objetiva, certera, entendible y transparente de todas y cada una de ellas. Los archivos y documentos, Anexos, que constituyan la oferta y que deban subirse al portal mercadopublico.cl deben denominarse en su nomenclatura, de modo que sean fácilmente identificables para el evaluador; a modo ejemplar: Anexo02DeclaracionJurada. Debe respetarse dicha fórmula de nomenclatura y el formato electrónico de cada anexo, a fin de facilitar la identificación de los documentos y el proceso de evaluación, es decir, deberá incorporarse con la mencionada formula de nomenclatura y en el formato electrónico en el que originalmente figura el anexo (Excel, Word u otro). En el caso que el oferente requiera presentar un documento firmado, deberá subirlo además de su formato original, escaneado en pdf. 6.1.-Carácter de los Documentos Cada oferta deberá cumplir con todos los requisitos de admisibilidad administrativa, técnica y económica, sin embargo, es dable señalar que cada uno de los documentos, antecedentes o anexos, tienen elementos que por su naturaleza son esenciales o cabe la posibilidad de enmienda o subsanaciones de errores u omisiones. Conforme a lo anterior, los elementos se pueden clasificar en esencial o subsanable, según el siguiente detalle: a.1 Carácter Esencial: Son aquellos elementos dentro de los documentos, que no admiten corrección, enmienda, rectificación o subsanación, por ende, si alguna de las propuestas no cumple con una de las exigencias de carácter esencial, la oferta será declarada inadmisible. Está expresamente prohibido modificar los anexos que conforman la parte esencial de estas bases de licitación y cualquier modificación de estos acarreará consigo la inadmisibilidad de la oferta. Donde serán elementos esenciales los siguientes: • Cumplimiento de los requerimientos obligatorios de las presentes bases y sus documentos de respaldo, Cualquier modificación a estos anexos acarreará la inadmisibilidad absoluta de las ofertas. • El precio del servicio ofertado en el portal y en la Carta Oferta • El documento de garantía de seriedad de la oferta presentado correctamente en tiempo y forma a.2 Carácter Subsanable: Son aquellos elementos dentro de los documentos, antecedentes o anexos que adolecen de defectos de forma o errores no esenciales, que obedecen a una justa causa de error u omisión, siempre que aquello defectuoso, omitido o erróneo, no se refiera a aspectos esenciales, no altere el tratamiento igualitario de todos los proponentes, ni genere una situación de privilegios respecto de los demás oferentes. Si alguna de las propuestas no cumple con las exigencias de carácter subsanable, los oferentes podrán presentar las certificaciones o antecedentes que hayan omitido, siempre que dichas certificaciones o antecedentes se hayan producido u obtenido con anterioridad al vencimiento del plazo para presentar ofertas o se refieran a situaciones no mutables entre el vencimiento del plazo para presentar ofertas y el período de evaluación. Los oferentes podrán enmendar sus omisiones u errores de carácter subsanable, dentro de un plazo de 24 o 48 horas según explicite el HLF, contado desde su requerimiento, mediante el foro inverso. Sin perjuicio de lo cual la propuesta será evaluada con una calificación inferior, conforme al numeral 8.4.1 de las presentes bases. Si transcurrido el plazo antes señalado, no se subsanare la observación, se entenderá que el requerimiento no se cumple y la oferta obtendrá cero puntos en ese requerimiento. Los antecedentes solicitados en la presente licitación deben subirse a las carpetas disponibles en www.mercadopublico.cl, agrupadas según se señala a continuación:
DE LA APERTURA DE LA PROPUESTA
Se efectuará en un acto la apertura electrónica de las propuestas que se hayan ingresado en el portal www.mercadopublico.cl., de acuerdo al calendario de plazos del numeral 5.4, debiendo levantarse acta de lo obrado. Se realizará una revisión de los requisitos de admisibilidad esencial dejando constancia de los oferentes que no cumplen con dichos requisitos en Apertura Electrónica que se publica en www.mercadopublico.cl.
DE LA EVALUACIÓN DE LAS OFERTAS
8.1. Comisión de Evaluación La Comisión de Evaluación estará integrada por las siguientes personas o sus subrogantes legales: Jefe de Departamento Abastecimiento del Hospital La Florida Jefe de Departamento Comercialización del Hospital La Florida Jefe de Departamento de Finanzas del Hospital La Florida Jefe Unidad de Convenios Clínicos del Hospital La Florida Jefe Hospital de Dia del Hospital La Florida Referente técnico del Hospital La Florida En caso que exista cualquier circunstancia que reste imparcialidad a cualquiera de los integrantes de la Comisión de Evaluación, el afectado se deberá abstener de participar en los procedimientos de contratación, conforme con lo establecido en el Artículo 6º bis del Reglamento de la Ley N°19.886. La comisión revisará las ofertas recibidas y dará inicio al proceso de evaluación de las ofertas formuladas y que fueron declaradas admisibles en el acto de apertura. La Comisión de Evaluación, podrá ser asesorada por una Comisión Técnica compuesta por un máximo de tres miembros con conocimiento en el servicio evaluado. La Comisión de Evaluación será presidida según el siguiente orden de prelación: Jefe de Departamento Abastecimiento del Hospital La Florida Jefe de Departamento Comercialización del Hospital La Florida Una vez publicada el Acta de Apertura, la Comisión de Evaluación dará inicio al proceso de evaluación de las ofertas que fueron declaradas admisibles en el acto de apertura. La Comisión de Evaluación, podrá ser asesorada por una Comisión Técnica compuesta por un máximo de 3 profesionales de las áreas correspondientes a la oferta en análisis. La comisión podrá sesionar con un mínimo de 3 de sus integrantes en los días y horas citadas para los efectos de evaluación. Se publicará en el portal www.mercadopublico.cl , la integración de la comisión. Las decisiones se tomarán conforme la metodología de evaluación indicada en el punto 8.3. 8.2. Examen de antecedentes Durante el período de evaluación, el Hospital, a través del Foro Inverso podrá solicitar aclaración de las ofertas que están en proceso de evaluación. El oferente dispondrá de 24 o 48 horas, según se especifique, desde el requerimiento para acompañar los antecedentes omitidos o aclaraciones solicitadas. Si la aclaración solicitada no se presenta dentro del plazo asignado, se asumirá que el requisito en duda no se cumple y, por lo tanto, no se le asignará el puntaje correspondiente. En caso que sea necesario para la correcta evaluación de las ofertas, se solicitará la presentación de muestras o demostraciones de los productos o servicios que determine la comisión de evaluación, por la totalidad o alguno de los oferentes. Dicha solicitud se materializará únicamente a través del mecanismo de foro inverso indicándose en este el plazo y lugar donde se deberán presentar las muestras y/o demostraciones, cuidando de no vulnerar los principios de igualdad entre los oferentes. 8.3. Metodología de evaluación La evaluación se hará asignando puntuación según los rangos que se indican, a los aspectos que se detallan; la oferta que logre la puntuación más alta, será propuesta para adjudicación. La evaluación de las propuestas será realizada por la Comisión de Evaluación conforme a los criterios de evaluación, analizando los antecedentes admisibles aportados por los oferentes a través del Portal www.mercadopublico.cl. Se ponderarán los puntajes obtenidos y se seleccionarán las ofertas que cumplan de mejor forma los intereses del Hospital La Florida. Se elaborará el informe respectivo para las evaluaciones realizadas. La obtención de los puntajes de los requerimientos para cada evaluación podrá ser del tipo dicotómico o porcentual. Para el caso del puntaje dicotómico, el cumplimiento del requerimiento significará la obtención del puntaje y, en caso contrario, el puntaje obtenido será cero. Para el caso del puntaje porcentual, este se obtendrá dependiendo de si se aplica el criterio del mayor valor o menor valor donde la fórmula de cálculo para cada caso es la siguiente: Criterio Mayor Valor=( (Valor ofertado)/(Mayor Valor Ofertado)) x (Puntaje del requerimiento) El oferente obtendrá el puntaje máximo del requisito evaluado toda vez que su valor ofertado sea igual al mayor valor ofertado, del conjunto de las ofertas. Cada valor ofertado distinto al mayor valor ofertado, en consecuencia, generará un puntaje menor para el requerimiento en evaluación. Criterio Menor Valor=( (Menor Valor ofertado)/(Valor Ofertado)) x (Puntaje del requerimiento) El oferente obtendrá el puntaje máximo del requerimiento evaluado, toda vez que su valor ofertado sea igual al menor valor ofertado, del conjunto de las ofertas. Cada valor ofertado distinto al menor valor ofertado, en consecuencia, generará un puntaje menor para el requerimiento en evaluación.
DE LA ADJUDICACION DE PROPUESTA
9.1 Criterios de Adjudicación Se adjudicará la propuesta a aquellos proponentes cuyas ofertas hayan sido evaluadas como ventajosas para los intereses de la institución, considerando los criterios de evaluación establecidos en las presentes Bases y conforme las facultades y prerrogativas establecidas en la normativa sobre contratos administrativos de suministro y prestación de servicio. 9.2 Criterio para Dirimir Empates En caso que dos o más ofertas obtengan igual puntaje total, se resolverá el empate según los siguientes criterios: • Se seleccionará aquella oferta que presente el mejor puntaje en cumplimiento de la evaluación técnica. (punto 8.4.3.) • Si subsistiese el empate, se seleccionará aquella oferta que presente el puntaje más alto en criterio Capacidad y oportunidad en la prestación de servicio (punto 8.4.3.3) • En última instancia, se preferirá, fundadamente, la oferta que resulte más conveniente a los intereses de la institución, para lo cual se podrá recurrir a la información emanada desde el Registro de Proveedores del portal. 9.3 Comunicación de la Adjudicación El Hospital adjudicará las ofertas mediante un acto administrativo, el cual tendrá plena vigencia una vez que se encuentre totalmente tramitado y notificado a los adjudicatarios y al resto de los oferentes a través de www.mercadopublico.cl. En dicho acto administrativo, se especificarán los criterios de evaluación aplicados, de acuerdo a lo establecido en las presentes Bases. Si no se adjudicase en el plazo indicado en el punto 5.4 de estas Bases, se avisará a través del Portal las razones de ello, indicando un nuevo plazo para la adjudicación o la decisión de declarar desierto. El Hospital se reserva el derecho de declarar inadmisible las ofertas cuando no cumplieren con los requisitos exigidos en las presentes Bases. De igual manera, el Hospital declarará desierta la licitación cuando no se presenten ofertas, o bien, cuando éstas no resulten convenientes a sus intereses. En ambos casos, los oferentes no tendrán derecho a indemnización alguna por estas circunstancias. La decisión de inadmisibilidad o de declaración de desierta, se efectuará por resolución fundada, que será publicada en www.mercadopublico.cl. 9.4.- Peticiones o Reclamos de los Proponentes Adjudicados Adjudicada la propuesta, no podrán los proponentes formular petición o reclamo de ninguna especie fundado en el desconocimiento de estas Bases Administrativas, de las Bases Técnicas y los anexos; las cuales se entienden plenamente conocidas por el solo hecho de presentación de la oferta. 9.5.- De la Readjudicación El Hospital podrá readjudicar la licitación, dejando sin efecto la adjudicación previa, haciendo efectivo el documento de garantía por seriedad de la oferta, en los siguientes casos: 1. Si algún contrato no se firma dentro del plazo estipulado por causas atribuibles al adjudicatario. 2. Si algún adjudicatario no entrega la garantía por fiel cumplimiento del contrato dentro del plazo establecido. 3. Si algún adjudicatario desiste de su oferta. 4. Si algún adjudicatario es inhábil para contratar con el estado en los términos del artículo cuarto, incisos 1° y 6° de la Ley 19.886, o no proporciona los documentos que sean requeridos para verificar dicha condición o le sobreviene una inhabilidad. El Hospital determinará si efectúa un nuevo llamado a licitación, emitiéndose en cualquier caso la respectiva resolución.
DEL CONTRATO
10.1.- Plazo para Celebrar el Contrato El adjudicatario deberá firmar el contrato de que trata la presente licitación dentro del plazo indicado en el punto 5.4. De las bases. La comunicación se realizará mediante la publicación de la respectiva resolución de adjudicación en portal www.mercadopublico.cl, y si el Hospital lo estimase conveniente, también podrá enviarse una comunicación al domicilio, al fax o al correo electrónico de los proponentes, según Anexo N° 1. El adjudicatario deberá dentro del plazo de 10 días hábiles contados desde la publicación de la resolución de adjudicación, hacer llegar toda la documentación necesaria para la suscripción definitiva de su contrato e informar los datos del documento de garantía por Fiel cumplimiento de contrato, según el siguiente detalle: • Inscripción en el registro electrónico oficial de proveedores del Estado. El adjudicatario deberá cumplir con la inscripción en el registro de Chileproveedores dentro del plazo de 15 días hábiles contados desde la notificación de la adjudicación. La no inscripción configurará causal suficiente para dejar sin efecto la resolución de adjudicación respectiva. En tal caso se procederá al cobro de la garantía de seriedad de la oferta correspondiente y se llamará a sesionar nuevamente a la Comisión de Adjudicación con miras a readjudicar entre las siguientes ofertas válidas o declarar desierta la licitación según sea el caso. • Garantía de fiel y oportuno cumplimiento del contrato. Al momento de contratar, el proveedor adjudicado debe presentar garantía o caución para asegurar el fiel cumplimiento de contrato según monto y glosa, de acuerdo a lo establecido en las presentes bases. • Acreditación poderes del representante legal. Al momento de contratar, el proveedor adjudicado en el caso que fuera persona jurídica, deberá acreditar la vigencia de los poderes del representante legal a través de certificado de vigencia de poderes emitido por el Registro de Comercio o por la institución que corresponda, de data no superior a tres (3) meses contados desde la fecha en que deba suscribirse el contrato. • Declaraciones juradas. El oferente adjudicado, al momento de contratar, deberá presentar las siguientes declaraciones juradas: a) Declaración Jurada simple del oferente, firmada por el representante legal de la empresa o persona natural, según corresponda, en la cual se consigna haber estudiado, analizado y aceptado las bases de licitación como las respuestas otorgadas a las consultas y aclaraciones efectuadas durante el período de licitación. b) Declaración Jurada simple del representante legal de la empresa o persona natural, según corresponda, en la cual se consigne que no se encuentra vinculado por los vínculos de parentesco descritos en la letra B) del artículo 54 de la ley 18.575, que no se encuentra afecto a las inhabilidades establecidas en el artículo 4° de la ley Nº 19.886, ni ha sido condenado a pena de prohibición de celebrar actos y contratos con Organismos del Estado, de conformidad con la ley Nº 20.393. c) En el caso de una unión temporal de proveedores, los oferentes adjudicados que se unan de esta forma, deberán presentar la escritura que materialice la unión temporal de proveedores. Dicho documento deberá establecer la solidaridad entre las miembros de la unión temporal de proveedores y el nombramiento de un representante o apoderado común con poderes suficientes, además de tener una vigencia que no podrá ser inferior a la vigencia del contrato que se adjudica mediante el proceso licitatorio, incluyendo las renovaciones del mismo si existiesen, conforme a lo regulado en el art. 67 bis, del Reglamento de la ley N° 19.886 aprobado por el decreto Nº 250/2004 del Ministerio de Hacienda • Cumplimiento de obligaciones laborales y previsionales. Además, al momento de firmar el contrato, el proponente adjudicado deberá presentar un certificado en que se acredite el cumplimiento de las obligaciones laborales y cotizaciones previsionales por parte del proveedor adjudicado para con sus trabajadores, éste deberá ser emitido por la Inspección del Trabajo o por empresas autorizadas para extender este tipo de certificados. En caso que el certificado arroje deudas o saldos insolutos de remuneraciones o cotizaciones previsionales, los primeros estados de pago producto del contrato licitado deberán ser destinados al pago de dichas obligaciones, debiendo el oferente adjudicado acreditar que la totalidad de las obligaciones se encuentran liquidadas al cumplirse la mitad del período de ejecución del contrato. El incumplimiento de esta obligación, como, asimismo, la falta de presentación de dicho certificado, habilitará al Hospital, para poner término al contrato y podrá llamar a una nueva licitación, sin que el oferente adjudicado pueda participar en este nuevo proceso. Cabe hacer presente que es responsabilidad del adjudicatario cumplir en tiempo y forma, con todas las exigencias antes descritas. En caso de no cumplir los requisitos, anteriormente mencionados, al momento de la suscripción del contrato, el Hospital se encontrará habilitado para adjudicar esta licitación al 2º mejor oferente, el que deberá acreditar dentro del plazo de 5 días hábiles desde notificado de la adjudicación que se encuentra inscrito en Chile Proveedores, y acreditar las mismas exigencias de los párrafos anteriores. En todo caso, El Hospital podrá declarar desierta la licitación, cuando las ofertas no resulten convenientes a sus intereses, en conformidad al artículo 9 de la Ley N° 19.886. 10.2.- Contenido del Contrato Los contratos contendrán la declaración del adjudicatario de que se obliga a entregar el servicio objeto del contrato, por la suma alzada de su propuesta y con arreglo a las presentes Bases Administrativas, Bases Técnicas y Anexos. Se comprende dentro del objeto de la obligación y de la prestación del adjudicatario, todo lo señalado en su oferta, incluyéndose las eventuales capacitaciones necesarias para el personal. Contendrá dicho contrato todas y cada una de las cláusulas necesarias para su efectivo cumplimiento, y el detalle de las obligaciones de cumplimiento de plazos, de protocolos, de normas, etc. El incumplimiento de lo ofertado será considerado incumplimiento grave de las obligaciones contraídas en el contrato y podrá dar origen a su término, sin perjuicio de las acciones legales correspondientes que pueda ejercer el Hospital. Las cláusulas del respectivo contrato son aplicables tanto a las obligaciones principales, como las obligaciones accesorias y complementarias se cumplirán del modo natural que a ellas correspondieren. El adjudicatario será empleador único y exclusivo de su personal y por lo tanto, directamente responsable ante las autoridades administrativas y del trabajo, Tribunales de Justicia, organismos previsionales, y en general ante cualquier tercero, del cumplimiento fiel y oportuno de todas las obligaciones laborales y previsionales que le correspondan en dicha calidad y en general de todas y cada una de las obligaciones que nacen del contrato de trabajo, y de aquellas establecidas por el Código del Trabajo. El HLF podrá requerir en todo momento, información relativa al cumplimento de las obligaciones laborales y previsionales que le asisten al empleador respecto de sus trabajadores, y especialmente respecto de aquellos que estén involucrados directa o indirectamente en las prestaciones de que trata la presente licitación y el respectivo contrato. 10.3.- Vigencia y Duración del Contrato El Contrato entrará en vigencia a contar de la fecha de notificación al adjudicatario de la total tramitación de la resolución que lo apruebe, y su duración será de 12 meses contados desde su vigencia o hasta que se alcance un gasto de 4.999 UTM, lo que ocurra primero. No obstante, por razones de buen servicio la prestación podrá iniciarse antes de la total tramitación de la resolución antes indicada; sin perjuicio que el pago quede sujeto al cumplimiento de la notificación. 10.4.- Modificación del Contrato Mediante Resolución fundada, el HLF podrá modificar el contrato en cualquiera de las situaciones que se señalan a continuación: a) Mutuo acuerdo entre los contratantes. b) Si así lo exigiera el interés público o la seguridad nacional. c) Aumentos o Disminuciones; durante la vigencia del contrato, el requerimiento podrá disminuir o aumentar hasta en un 30%, por motivos fundados, toda vez que se cuente con la disponibilidad presupuestaria para la prestación de servicios adicionales a los contratados en la presente licitación en caso de aumentos. 10.5 Garantía de Fiel Cumplimiento del Contrato Junto a la firma del Contrato, el adjudicatario deberá entregar un certificado de fianza, un vale vista o una boleta de garantía para cautelar el cumplimiento de la correcta ejecución del mismo, siendo de su exclusiva responsabilidad que dicha garantía sea presentada conforme a las siguientes especificaciones que a continuación se indican. En consecuencia, cualquier error u omisión dará causa para estimar que dicha garantía no fue presentada, procediéndose a su cobro y a la readjudicación de acuerdo a lo indicado en las presentes bases. Se hace presente que será de exclusiva responsabilidad del proveedor entregar correctamente la garantía, en caso que se entregue en un lugar distinto del indicado precedentemente, se tendrá por no presentado el documento 10.6.- Devolución y Cobro de la Garantía de Fiel Cumplimiento del Contrato La garantía de fiel cumplimiento del contrato se podrá hacer efectiva sin notificación ni forma de juicio, en caso de incumplimiento por parte del proveedor de las obligaciones del Contrato, calificado por el Hospital, sin perjuicio de las multas que corresponda aplicar. La devolución de las garantías de cumplimiento del contrato, se efectuará dentro del plazo de 10 días hábiles contado desde el término de su vigencia, y una vez acreditado que se han cumplido todas las obligaciones de dicho contrato, mediante Certificación de Conformidad, suscrito por el Administrador del Contrato, al término del convenio. Un representante de la empresa debidamente individualizado con poder especial ante notario, podrá solicitar la devolución ante el responsable de la licitación, caso en el que se comunicará a la Unidad de Tesorería. 10.7. Término anticipado del Contrato Las partes podrán poner término al contrato de común acuerdo, en forma anticipada, suscribiendo el documento respectivo. Así mismo, el Hospital podrá poner término anticipado, previo aviso por escrito con una anticipación no menor a 30 días a la fecha solicitada para su término, en caso de que se produzca este término anticipado no generará indemnización alguna en contra del Hospital. 10.8.- Cesión y Subcontratación El adjudicatario no podrá ceder, traspasar, transferir, ceder en forma alguna, total ni parcialmente los derechos y obligaciones establecidos en el contrato suscrito entre las partes. En lo referido a la cesión de los instrumentos y títulos de crédito que surjan del contrato, se estará al artículo 75 del Decreto Supremo N° 250 de 2004 del Ministerio de Hacienda que aprueba Reglamento de la ley N° 19.886 de Bases de Contratos Administrativos de Suministro y Prestación de Servicios, particularmente al hecho que se notifique oportunamente dicho contrato o cesión y no existan obligaciones o multas pendientes. Dada la calidad de los servicios licitados, se prohíbe la subcontratación sin que el HLF apruebe previamente la calidad técnica de los profesionales que otorgarán el servicio. Cualquier cambio posterior de uno o más personas, que el proponente presente en su Oferta Técnica, deberá ser aceptado por el HLF. Esta se aceptará ante la ocurrencia de una situación excepcional y ajena a toda previsión, atendido que uno de los factores por los cuales se adjudicó la licitación es por la evaluación a que fue sometido cada uno de los integrantes del personal del oferente, por lo que no podrá ser de inferior calidad curricular. 10.9. Reajustabilidad de los Precios Para el presente convenio no se considera reajuste de precios.
DE LAS ACTIVIDADES
11.1 Inicio de Actividades El inicio formal de las actividades será informado al adjudicatario por el jefe del Centro de Responsabilidad del Adulto o quien lo subrogue, momento en el cual se le informará los pacientes y datos de domicilio, que deben recibir el oxígeno. A su vez, el adjudicatario informará al administrador del contrato, quiénes serán sus referentes para efectos de: - Solicitud de oxigenoterapia y/o oximetría domiciliaria - Coordinación de ruta - Resumen mensual del servicio brindado - Cualquier otro referente que facilite el buen cumplimiento del servicio licitado El adjudicatario deberá ceñirse estrictamente a las instrucciones y coordinación que le sean impartidas por el Hospital de La Florida, a través del referente técnico o quien este designe o quien lo subrogue. Cabe señalar que la cantidad efectiva de pacientes para los que se solicite el servicio licitado puede diferir de las cantidades estimadas informadas en las presentes bases, por lo que dichas cantidades estimadas no constituyen una obligación de consumo del Hospital, sino solo una referencia para facilitar los cálculos de la Oferta Económica.
SANCIONES POR INCUMPLIMIENTO DE CONTRATO
12.1 Término Anticipado Del Contrato Se pondrá término al presente convenio, por las causales que se señalan a continuación, sin perjuicio, de las causales establecidas en el artículo 77 del Reglamento de Ley Nº 19.886 de Bases Sobre Contratos Administrativos de Suministro y Prestación de Servicios, aprobado por el Decreto Nº 250/2004 del Ministerio de Hacienda. 12.1.1. Por mutuo acuerdo: las partes podrán poner término anticipado al contrato de mutuo acuerdo, de lo que se dejará constancia mediante acta o documento suscrito por ambas partes, en el que se estipulará que dicho término producirá sus efectos 30 días después de su suscripción. El término anticipado del contrato por esta causal será aprobado por resolución fundada totalmente tramitada. 12.1.2. Unilateralmente: el Hospital Clínico Metropolitano La Florida ante un incumplimiento del adjudicado, podrá unilateralmente declarar el término del contrato, en forma inmediata, sin forma de juicio y sin indemnización alguna a favor de la contraparte, en los casos que a continuación se detallan, si la causal es imputable al proveedor: 1. La aplicación de dos o más multas durante la vigencia del contrato. 2. El incumplimiento reiterado, considerándose como tal, el retardo, en más de tres oportunidades por causa imputable al proveedor de los plazos comprometidos en su propuesta. 3. Evaluación deficiente del proveedor emitida por el Hospital. 4. Cambio o modificación unilateral del precio ofertado, del producto, condiciones de su oferta, calidad, u otra condición establecida y aceptada por la Entidad. 5. Acumulación de multas por un monto equivalente a un 50% del valor del contrato. 6. Por situación de instrucción de una autoridad competente de la cual el Hospital dependa o deba acatar instrucciones, tales como del: Ministerio de Salud, Seremi de Salud, Instituto Salud Pública, ISP, entre otros. 7. Realización de actividades que pongan en riesgo al establecimiento, pacientes y/o a sus funcionarios, ya sea por el proveedor o su personal. 8. Incurrir en falsedad en la documentación presentada relativa al producto adjudicado. 9. Si el proveedor fuere declarado en quiebra o cayera en estado de notoria insolvencia. 10. Si falleciese el proveedor o se disolviese la empresa o perdiere su personalidad jurídica. En tal evento, se procederá a efectuar la liquidación del contrato determinando las obligaciones que quedasen. 11. Si el adjudicatario cede o transfiere total o parcialmente los derechos y obligaciones que nacen de la presente licitación, y en especial los establecidos en el contrato definitivo, salvo que una norma legal especial permita la cesión de derechos y obligaciones. Lo anterior, es sin perjuicio que los documentos justificativos de los créditos que emanen de estos contratos podrán transferirse de acuerdo a las normas del derecho común. 12. Si la persona jurídica ha sido condenada penalmente de conformidad a la Ley Nº 20.393. 13. Si el adjudicatario cede o subcontrata total o parcialmente el contrato. 14. Si el adjudicatario durante la vigencia del contrato, es condenado por prácticas antisindicales o infracción a los derechos fundamentales del trabajador, ejecutoriada o que cause ejecutoria dicha condena. 15. Las demás causales que se establezcan en la Ley Nº 19.886 y su normativa reglamentaria. Terminado que sea en forma anticipada el contrato, por causa imputable al proveedor, el Hospital queda facultado para hacer efectiva la Boleta de Fiel Cumplimiento de Contrato, sin que el adjudicatario tenga derecho a indemnización. 12.2 Sanciones Con el objeto de cautelar la calidad del servicio brindado, existirá como método de control la aplicación de dos tipos de sanciones: amonestación y multa. 12.2.1 Amonestación. Constituye un documento firmado por las partes, que deja constancia de cualquier falta menor y objetiva, cometida por el adjudicatario, y que, en atención a su importancia, no está afecta a cobros pecuniarios, salvo que exista acumulación según se describe más adelante. 12.2.2 Multas. El HLF podrá aplicar y cobrar multas al adjudicatario por incumplimiento de sus obligaciones contractuales, previa calificación de las circunstancias y resolución fundada de su director, por el monto que se indica y según las causales que se detallan a continuación: i) Inicio del servicio: Se aplicará una multa por cada semana de atraso en el inicio del servicio, contado desde la fecha para inicio formal de las actividades informada al adjudicatario por el referente técnico hasta el inicio efectivo de actividades. ii) Falta gravísima: importa incumplimiento grave del contrato celebrado y puede llevar asociada la terminación anticipada del mismo sin forma de juicio y hacer efectiva la garantía indicada en las presentes bases, sin perjuicio de las acciones legales y cobro de indemnizaciones a que hubiese lugar. a) Conductas que conlleven falta o falla que atente directa o indirectamente, contra la integridad física o moral de pacientes y/o funcionarios, tanto el adjudicatario, su personal y/o su equipamiento. (por ejemplo, maltrato físico o verbal, robo o hurto a pacientes funcionarios o familiares, incumple el deber de confidencialidad, etc.) b) Conductas que impliquen condiciones sanitarias deficientes, de acuerdo a normas de infecciones intrahospitalarias o que obstruyan la atención y/o calidad del servicio. (ejecutar transporte de cilindros en vehículos no aptos vehículos; no cumplir con los protocolos de seguridad; etc.) c) Incurrir en 3 (tres) faltas graves dentro de un plazo de 12 (doce) meses, contados desde la comisión de la primera falta grave. iii) Falta grave: será aquella con la cual se ponga en riesgo o se afecte directamente a las personas o limite significativamente la atención y calidad del servicio, pero que sea posible de ser corregida. a) Conductas que conlleven incumplimiento de los tiempos ofertados y/o acordados con el Hospital. b) Conductas que conlleven incumplimiento de los protocolos de atención y/o seguridad definidos con el Hospital. (Por ejemplo, aviso inoportuno de la recepción de las Órdenes de Instalación al encargado del convenio, se estima inoportuno el aviso en un tiempo superior a 1 hora; aviso inoportuno de causal de fuerza mayor o caso fortuito que impida la adecuada ejecución de los servicios, se estima inoportuno si excede de 6 horas contadas de sucedido el hecho; incumplimiento en tiempo y forma con los informes clínicos y/o administrativos solicitados por el Hospital.) c) Incurrir en 3 (tres) faltas leves dentro de un plazo de 12 (doce) meses, contados desde la comisión de la primera falta leve. iv) Falta leve: importa incumplimiento del contrato que no origina riesgos serios a las personas o daño a los bienes del Hospital, pero afecta igualmente la atención y calidad del servicio o la imagen del Hospital. a) Utilización de personal en actividades que no correspondan a su función. b) Conducta irrespetuosa de parte del personal del adjudicatario hacia los pacientes, sus familiares y/o el personal del Hospital. c) Mala presentación o utilización deficiente de su uniforme Ante cualquier inobservancia cometida por el adjudicatario, el Referente técnico informará por escrito al administrador del contrato, quien enviará un informe a la Dirección del Hospital. Dicho informe contendrá los hechos denunciados y comprobados por el Referente técnico, más cualquier otro antecedente que le permita a la Dirección HLF determinar si la situación o condición denunciada da lugar a la aplicación de una multa. Si la Dirección estima que la situación es de aquellas considerada como causal para la aplicación de una multa, la pondrá en conocimiento del proveedor, por escrito, a fin de que manifieste sus descargos y una propuesta de solución en el término de 05 días hábiles. Si aquella propuesta no fuere cumplida o fuere insuficiente, se aplicará la multa dictando la respectiva resolución, que indicará la causa que motiva la aplicación de la multa, el valor de la misma y la forma de su pago. De lo anterior se informará a la Dirección de Compras y Contratación Pública, a objeto de incorporarlo al Registro de Proveedores. En la resolución que aplique la multa, deberá informarse al multado de los recursos administrativos que proceden en contra de dicha resolución, de conformidad a la Ley N° 19.880 que establece Bases de los Procedimientos Administrativos que rigen los Actos de los Órganos de la Administración del Estado. Dicha resolución se notificará mediante carta certificada. El HLF podrá cobrar las multas directamente al adjudicatario o retener su monto al momento del pago de las facturas. En este último caso, se descontarán administrativamente del pago de las facturas que no hayan sido pagadas por el HLF. Serán descontadas del pago, no de la factura, es decir, el proveedor deberá facturar por el total sin descontar las multas que se le aplicasen. Estas serán descontadas al momento de girar el pago respectivo por parte de la Unidad Financiera del Hospital La Florida.
DEL PAGO
La obligación de pago por parte del Hospital de La Florida se perfeccionará a partir de la recepción completa, conforme y sin observaciones del servicio brindado, que debe constar en el respectivo Informe de Visación Técnica suscrito por el referente técnico, una vez emitido éste, el proveedor podrá facturar, dicha factura deberá indicar el Numero de OC que se generó por los servicios. Además de la Factura y del Formulario 30 “Solicitud de Certificado de Antecedentes Laborales y Previsionales” (si procede), momento en el cual se inicia el término fijado para el pago, Además de la Factura y del Formulario 30 “Solicitud de Certificado de Antecedentes Laborales y Previsionales” (si procede), momento en el cual se inicia el término fijado para el pago. Para acreditar los servicios realizados en forma efectiva, a mes vencido, el proveedor deberá presentar a la Unidad de Convenios Clinicos, un listado mensual que deberá contener a lo menos la siguiente información: - Listado de pacientes atendidos del mes con detalle de: nombre completo, RUT, fecha de ingreso, fecha de salida, tipo de equipo, valor. El pago de facturas se efectuará en un plazo no superior a 30 días hábiles, contados desde la recepción de los documentos antes indicados, conforme a lo establecido en la Glosa 02 e) de la Ley de Presupuesto del Sector Salud. Lo anterior se funda en los plazos existentes, considerando los procesos administrativos de la institución. En caso que falte algún documento o la factura presente algún error, el HLF dispondrá de 8 días para reclamar la factura en el SII. Éste dispondrá de 10 días hábiles para subsanar los errores, emitiendo una nota de crédito por la factura reclamada y la refacturación correspondiente. La nueva factura, sufrirá el mismo trámite formal que el documento original, cuyo pago lo realizará la Tesorería General de la República. En caso que el Proveedor registre saldos insolutos de remuneraciones o cotizaciones de seguridad social con sus actuales trabajadores o con trabajadores contratados en los últimos dos años, aplicará lo estipulado en el artículo 4º de la Ley 19.886.”
ADMINISTRACIÓN Y FISCALIZACIÓN DEL CUMPLIMIENTO DEL CONTRATO
Con el objeto de coordinar y controlar el correcto cumplimiento del contrato, el Hospital, designará a dos funcionarios en calidad de Administrador Titular y Suplente, los que tendrán las siguientes responsabilidades: • Fiscalizar el estricto y oportuno cumplimiento de las obligaciones contractuales. • Mantener actualizado un archivo con la totalidad de los antecedentes del contrato. • Proponer la aplicación de multas, en caso de verificarse alguna de las infracciones consignadas en las presentes bases, notificando la infracción o incumplimiento al adjudicatario, recibiendo los descargos si se presentaren. • Revisar y aprobar el estado de pago, previa verificación del cumplimiento de las obligaciones laborales y previsionales del adjudicatario, considerando los descuentos y/o multas a que hubiere lugar. • Autorizar la devolución de la garantía de fiel y oportuno cumplimiento del contrato o solicitar se haga efectiva, si procede. • Remitir la factura al Departamento de Finanzas, previa aprobación del correspondiente estado de pago, en un plazo no mayor a 10 días hábiles de su recepción En general, desarrollar todas las acciones referidas al control y gestión de las acciones que faciliten la ejecución del contrato. Por su parte, el adjudicatario deberá designar un jefe o Encargado de Contrato que se relacionará con el Administrador del contrato para los efectos señalados. Todas las decisiones y acuerdos adoptados por el Administrador y jefe o Encargado de Contrato deberán constar en actas firmadas por ambos.
RESPETO DE LA NORMATIVA DEL HOSPITAL LA FLORIDA Y DEBIDO CUIDADO A SUS BIENES
Para la ejecución del contrato, el Hospital permitirá la entrada del personal del adjudicatario, debidamente acreditado, a las dependencias involucradas en la ejecución de éste. En tal caso, el personal del adjudicatario deberá acatar las medidas de resguardo y control de los recintos institucionales y el adjudicatario será responsable, y quedará obligado a la reparación o reposición, de cualquier desperfecto, daño o pérdida que puedan sufrir el inmueble del Hospital la Florida y/o los bienes muebles que lo guarnecen. Cabe hacer presente, que las visitas que realice tanto el adjudicatario como su personal al Hospital La Florida, para efectos de ejecutar su contrato, estarán sujetas a protocolos de seguridad que deberá coordinar con el funcionario designado para tal efecto y que será oportunamente informado.
LEY Nº20.584
Sin perjuicio de las normas aplicables a la prestación de servicios, tanto el adjudicatario como su personal, deberán en todo momento observar estrictamente la normativa que establece la Ley Nº20.584, que Regula Los Derechos y Deberes que tienen las Personas en relación con acciones vinculadas a su atención de salud.
DEBER DE CONFIDENCIALIDAD
Durante el desarrollo del contrato, como al término de éste, el adjudicatario y/o su personal no podrá divulgar o hacer uso de la información a que haya tenido acceso con ocasión del mismo, constituyendo su infracción, incumplimiento grave de su obligación de confidencialidad, facultando al Hospital La Florida para ejercer las acciones judiciales que estime pertinentes para el resarcimiento de todos sus perjuicios.
AUTORIZACIÓN SANITARIA y ACREDITACIÓN
El adjudicatario, estará obligado a prestar toda su colaboración y cumplir con todos los requisitos que sean exigidos por la autoridad pública en el proceso de autorización sanitaria y/o acreditación del Hospital La Florida, en caso de cualquier incumplimiento o negativa por parte del proveedor o su personal, el Hospital podrá poner término anticipado al contrato.
BASES TÉCNICAS
1.- CONDICIONES GENERALES El Servicio que se licita, tiene por finalidad contar con un servicio de oxigenoterapia domiciliaria y oximetría para un total mensual de 200 pacientes aproximadamente mayores de 15 años, pacientes todos del Hospital La Florida, con domicilio en la comuna de La Florida, o en comunas aledañas (aprox. el 10% de los pacientes). Se estiman 5 ingresos y 2 egresos diarios de pacientes, según estadística del último periodo para la unidad de Hospitalización Domiciliaria, y 2 a 3 ingresos semanales por unidad de Cuidados Paliativos. El área de cobertura es para pacientes de la comuna de La Florida y comunas aledañas (aprox. el 10% de los pacientes). Para cada paciente se utiliza Concentrador de 5Lpm (con kit de descartables, que corresponde a humidificador, sistema de entrega de oxígeno y bidón de agua destilada de 5 litros), Cilindro tipo E de transporte, Cilindro de 10mt3 de respaldo. En casos excepcionales se solicitará concentrador de un flujo mayor, lo cual estará con valor diferenciado en anexo carta oferta. Dentro de las unidades que requieren este servicio se encuentran Broncopulmonar, Cuidados Paliativos, Hospitalización Domiciliaria, donde las solicitudes podrán ser realizadas en horario 24*7. El servicio podrá componer siete prestaciones distintas, todas las cuales deben ser otorgadas por el mismo oferente. Es así como la presente Licitación está compuesta por una sola línea (“ítem”), y se adjudicará en su totalidad a un solo oferente. Para la Unidad de Hospitalización Domiciliaria se debe mantener un stock de 10 concentradores de 5 Lpm y 1 concentrador de 10 Lpm disponibles en la unidad, los cuales se utilizarán como primera etapa de derivación de pacientes a sus domicilios. Las reposiciones de concentradores deben realizarse una vez solicitados, en máximo 24 hrs., debiendo ser el límite mínimo de seguridad de 5 concentradores entregados. Se debe considerar, la entrega de estos en horario hábil, no descartando entregar concentradores en horarios festivos o adicionales previo a festivos, si ocurre un aumento de la demanda del uso, si esto ocurre en horario festivo, la entrega debe realizarse en horario de 9 a 17 horas. Las fuentes de oxígeno a mantener en stock en la Unidad de Hospitalización Domiciliaria, sólo deben corresponder a los concentradores (junto con su kit de descartables sellado), los cilindros E de transporte deben ser entregados en los domicilios de los pacientes junto con el cilindro de 10mt3 y carro de transporte, lo cual debe ser máximo 24 hrs posteriores al envío de la solicitud de instalación. Las instalaciones en Domicilio de los pacientes serán realizadas de Lunes a Domingo, pudiendo el oferente diferenciar valores por horario Hábil y/o inhábil. 2.- CONDICIONES TECNICAS PARA LA PRESTACIÓN DEL SERVICIO DE OXIGENOTERAPIA Y OXIMETRIA Al inicio del convenio se informará un protocolo que, junto a las actividades citadas en el punto anterior, dentro de las principales obligaciones y responsabilidades del adjudicatario podrá agregar las siguientes: a) El adjudicatario deberá poseer, para estos efectos, una planta o depósito con un stock comprobable y permanente. b) El adjudicatario deberá realizar las entregas iniciales dentro del plazo ofertado en Anexo N°06 luego de efectuado el pedido. c) El adjudicatario podrá contar con uno o más lugares de despacho, todos deberán estar capacitados para cumplir con los requerimientos que le impone el contrato producto de la presente Licitación. El Hospital se reserva el derecho de controlar la carga y pureza del oxígeno en cualquier momento y lugar (punto de fabricación, almacenaje o entrega). En este sentido, podrá realizar inspecciones o auditorías en el momento que a su juicio sea el más adecuado, pudiendo llegar a anular la contratación si la producción, almacenamiento y/o transporte de los equipos o cilindros se efectúa sin cumplir con la Norma Chilena y lo que exigen las farmacopeas sobre la calidad de sus productos. 3.- PRESTACIONES 3.1. SERVICIO DE OXIGENOTERAPIA DOMICILIARIA La prestación deberá incluir al menos cuatro fuentes de administración de oxígeno de uso flexible, de acuerdo al paciente, considerando: Edad, patología base, asistencia a colegio, pacientes que se encuentran laboralmente activos o una razón justificada de salidas frecuentes de su domicilio (ejemplo rehabilitación), necesidad de desplazamiento y consumo de oxígeno. La indicación será hecha por el médico tratante de acuerdo a Norma Técnica Específica. Los cuatro tipos de fuentes de oxígeno serán los siguientes: a) Cilindro de oxígeno gaseoso medicinal b) Concentrador de Oxígeno c) Equipo termo d) Mochila (o equipo portátil) Las características de cada tipo de fuente de oxígeno se detallan en Anexo N°4, y su utilización dependerá de las indicaciones del médico tratante, de las condiciones socioeconómicas del paciente y de su grupo familiar y de un informe técnico elaborado por personal del adjudicatario. Con relación a requerimiento de equipo termo y/o mochila, la indicación será exclusivamente médica y probablemente ocasional, por tratarse de pacientes que se encuentren laboralmente activos o una razón justificada de salidas frecuentes de su domicilio (ejemplo rehabilitación). Se entiende que independiente del tipo de fuente de oxígeno, a cada paciente se le entregará además un cilindro tipo E de transporte y un cilindro de 10 mt3 de respaldo en caso de corte de suministro eléctrico. El suministro de cilindros E dependerá del aporte del oxígeno del paciente y la frecuencia con que debe asistir a citas médicas y procedimientos en su hospital y consultorio lo cual puede variar mes a mes. Se establecen las siguientes precisiones: - El consumo de oxígeno según la indicación médica de uso va de 0.5 L a 3 L / min, en casos excepcionales se prescribe aporte mayor en enfermos terminales con plan de termino de vida en domicilio, donde se utiliza 2 tipos de equipo para cumplir con el requerimiento. - El consumo promedio para pacientes que utilizan más de 3L/min es entre 5 a 8 L/m. 3.2. SERVICIO DE OXIMETRIA El adjudicatario deberá realizar mediciones de oximetría de pulso en domicilio, según solicitud del médico tratante, el retraso en la ejecución de la solicitud se considerará falta grave. El estudio será anotado en Hoja de Registro especialmente diseñada para este efecto – el diseño será consensuado entre las partes al dar inicio al Convenio. Esta prestación deberá llevarse a cabo de dos formas: a) Oximetría simple (Medición hecha con el sistema y flujo indicado por el médico, en condición de reposo) Deberá realizarse cada 15 días (2 veces al mes), durante los primeros 2 meses de iniciada la oxigenoterapia en domicilio; posteriormente se realizará 1 (Una) medición mensual b) Oximetría nocturna domiciliaria Se realizará sólo bajo solicitud de médico del a cargo del programa de oxígeno domiciliario, el adjudicatario realizará el estudio de la oximetría nocturna domiciliaria por 1 noche con la indicación habitual de oxígeno que usa el paciente (salvo indicación expresa del médico) y en el reporte se requiere la curva de pulsos y saturación entregada por tarjeta del software con un mínimo de 4 horas de sueño. c) Consideraciones técnicas Las mediciones deben ser realizadas por un profesional de la salud o técnico entrenado. Equipos: saturómetros de pulso con curva pletismográfica, sensor de artefactos (Sistema PAMR) y software de análisis computacional. 4.- DEL PROCEDIMIENTO DE SOLICITUD DE LA PRESTACIÓN El Hospital solicitará al adjudicatario la prestación de cada uno de los servicios por medio de una Orden de Instalación, la que será enviada por e-mail, donde el proveedor deberá confirmar la recepción de la solicitud en un plazo máximo de 2 horas desde enviada la solicitud. Una vez confirmada la recepción de la Orden de Instalación, el adjudicatario enviará, por escrito, la correspondiente recepción al encargado y responsable del programa al HLF. Sólo cumplido lo anterior, se entiende aceptada la solicitud, de lo contrario, el HLF deberá insistir en el reenvío. La Orden de Instalación indicará, a lo menos, lo siguiente: (i) Nombre completo y apellidos del paciente; (ii) Dirección y teléfono de contacto del paciente y persona responsable con datos actualizados; (iii) Flujo de oxígeno requerido por el paciente; (iv) Equipo que se le deberá asignar conforme a las instrucciones del médico tratante; (v) Nombre completo y apellidos del médico tratante; (vi) Nombre completo de una persona responsable por paciente y/o tutor; (vii) Copia de la receta/prescripción médica y/o formulario ad hoc; (viii) Descripción de aquellas circunstancias particulares del paciente que el adjudicatario deba tener presente. (ix) Confirmación de visita domiciliaria por asistencia social para la verificación de las condiciones de seguridad para utilizar los equipos de oxigenoterapia en el domicilio del paciente. Una vez recibida la Orden de Instalación, el adjudicatario se obligará a proveer a los pacientes, en el domicilio indicado en la Orden de Instalación, los servicios, indicados en el contrato, salvo que exista una causal de fuerza mayor o caso fortuito que impida la adecuada ejecución de los servicios. En este caso, el adjudicatario deberá justificar el hecho que motiva la suspensión de los servicios ante el HLF dentro de las 48 horas siguientes a producida la fuerza mayor o caso fortuito. El adjudicatario, procederá a efectuar cada instalación solicitada, dentro del plazo indicado en el Anexo N° 5, desde que recibió conforme la respectiva Orden de Instalación. Se entiende que los servicios de oxigenoterapia que prestará el adjudicatario en virtud del contrato que emane de la presente licitación, no constituyen servicios de emergencia, sino de apoyo domiciliario. En consecuencia, el HLF deberá asegurarse que se informe adecuadamente al paciente y/o su cuidador de esta circunstancia y de los tiempos de respuesta del adjudicatario. Por lo anterior, en el evento que el paciente requiera de atención de urgencia, éste deberá concurrir al Servicio de Urgencia del HLF. 5.- DE LAS OBLIGACIONES Y RESPONSABILIDADES DEL ADJUDICATARIO Dentro de las principales obligaciones y responsabilidades del adjudicatario se citan las siguientes: 5.1 Durante toda la vigencia del contrato, el adjudicatario deberá suministrar todos los cilindros (tubos) con tapas tulipas de seguridad fija, de transporte y uso permanente, precintados (el precinto debe destruirse en presencia del paciente o familiar a cargo del paciente) y con la etiqueta de calidad correspondiente. Debe tener SERVICIO DE SOPORTE PERMANENTE ante necesidades de recambio de fuente de oxígeno o de sustitución de equipos por fallas de funcionamiento, sin cargo adicional, proporcionando de esta manera asistencia técnica durante las 24 hrs de los 365 días del año. El tiempo crítico de respuesta para estos efectos no debe ser superior a 4 horas. 5.2 El transporte e instalación de equipos en y hacia el domicilio del paciente se realizará en vehículos especialmente adaptados y equipados para este propósito (traslado de gases envasados a alta presión) con personal capacitado y debidamente calificado. Dicho transporte debe ser exclusivo para este tipo de servicios y la entrega debe hacerse en condiciones óptimas de presentación e higiene. 5.3 Personal calificado (profesional o técnico paramédico) del adjudicatario, deberá educar a los pacientes y sus familias y/o acompañantes sobre utilización, higiene, cuidados y consignas de seguridad de los equipos instalados en el domicilio, con entrega de manual de instrucciones. Deberá, además, realizar una visita mensual de refuerzo educativo en terreno y realizará un informe en los casos que proceda, con: - Oximetría de pulso (confirmación de la eficacia) - Tolerancia y cumplimiento del tratamiento domiciliario (horas de uso) - Registro de frecuencia cardíaca y respiratoria (Frecuencia respiratoria: N° de respiraciones en 1 minuto, despierto y en reposo) 5.4 En caso que haya alguna modificación en el equipo humano del oferente, este deberá informarlo al administrador de contrato, dentro de las 48 horas hábiles anteriores al cambio. El adjudicatario a través de su interlocutor, presentará a cualquier nuevo integrante de su equipo humano, adjuntando su curriculum vitae y certificados atingentes. 5.5 El adjudicatario contará con el plazo máximo ofertado en Anexo N° 5, para cumplir con la Orden de Instalación, solicitada por la parte médica del Hospital, contado desde que la confirmación de la recepción de la Orden de Instalación. Por ello, deberá comunicar al HLF fecha y hora de recepcionada conforme la instalación, identificando al paciente beneficiario. 5.6 El adjudicatario es el único responsable (a su entero cargo y costo), de todas las actividades de mantenimiento preventivo y correctivo que deba realizarse a sus equipos, para lo cual contará con Servicio Técnico permanente con reposición de equipos ante eventuales desperfectos técnicos de los mismos, durante las 24 hrs todos los días del año y Servicio técnico en asistencia telefónica. El adjudicatario realizará visitas mensuales para el control preventivo de cada equipo, donde se verificará la concentración de oxígeno entregada por el concentrador para cada flujo. Por cada visita, el adjudicatario entregará un comprobante al usuario del Oxígeno. 5.7 El proponente debe otorgar la prestación con sujeción a la reglamentación administrativa, técnica y de seguridad que rige al Sector Salud y al Hospital La Florida. 5.8 Deberá velar por el cumplimiento de las disposiciones locales sobre asepsia, antisepsia y demás normas técnicas, mediante utilización de un Programa de Control y Prevención de Infecciones, en relación al manejo de pacientes y equipos: Tiempo óptimo de uso de nariceras, siliconas y humidificadores según normas de prevención de infecciones intra o extra hospitalaria. Mantención y limpieza de los equipos. 5.9 El adjudicatario deberá hacerse responsable de la correcta identificación de su personal. El personal deberá estar correctamente uniformado con su identificación visible, y tener un trato cortés y respetuoso tanto con los pacientes, sus familiares como con el personal del Hospital. 5.10 Los tiempos de respuesta se considerarán especialmente críticos durante Campaña de Invierno. Por ello, al menos durante dicho período, se solicita dar prioridad de requerimientos de ingreso a programa a pacientes hospitalizados y horario estimado de entrega de equipos en domicilio (punto 5.2), para coordinar el alta de los pacientes. 5.11 Durante los 6 primeros días hábiles de cada mes, el adjudicatario entregará a la Encargada del Programa de Enfermedades Respiratorias, de una planilla donde figure el nombre, apellido, dirección y teléfono de cada paciente atendido el mes anterior, indicando el (los) equipo (s) que utiliza y el consumo de oxígeno en m3 (metros cúbicos) por mes de cada uno. Esta planilla será analizada entre el prestador y Auditoría Médica del HLF a fin de optimizar los costos e indicar cambios en el tipo de servicio, acorde a la terapia descrita. 6. DE LAS OBLIGACIONES Y RESPONSABILIDADES DEL MANDANTE 6.1 El servicio de oxigenoterapia será solicitado según procedimiento señalado en el punto 3 de las presentes Bases Técnicas. 6.2 El requerimiento de oxigenoterapia, estará en directa relación con las condiciones del paciente, y su prescripción será de exclusiva responsabilidad del especialista que lo solicite. 6.3 Los registros que el Adjudicatario entregue serán traspasados en forma manual o escaneados al Sistema de Información Hospitalario del HLF, según procedimiento interno por definir. 6.4 Es obligación mantener la confidencialidad de los datos, antecedentes y registro de los pacientes. 7. INFORMES 7.1 Planilla de pacientes atendidos el mes anterior: Se entregará durante los 6 primeros días hábiles de cada mes, según se detalla en el punto 4.10 de las presentes Bases Técnicas. 7.2 Informe sobre oximetría de pulso y frecuencia respiratoria registrada, según base 3.2, se entrega mensualmente junto con la planilla de pacientes atendidos del mes anterior. 7.3 Informe sobre Servicio de Oximetría nocturna domiciliaria: Se entregará dentro de las 48 horas hábiles de realizada la medición. 8. OTROS INFORMES Al inicio del contrato, las partes podrán acordar informes de gestión o de otro tipo a requerir por la administración del contrato, para esto se definirá su objeto, alcance y periodicidad