1.-OBJETO DE LAS BASES |
Las presentes bases de licitación son formuladas para establecer la regulación del proceso de Licitación Pública
“SERVICIO DE MANTENIMIENTO DE PLANTA DE AGUA DE DIÁLISIS DEL HOSPITAL LA FLORIDA”, y
reglamentan entre otros aspectos las condiciones que deben cumplir las ofertas, las etapas del proceso
licitatorio, su forma de evaluación y adjudicación, las condiciones del contrato y todos los aspectos necesarios
para el correcto proceso de adquisición.
Cabe hacer presente que el servicio asociado a esta adquisición debe ajustarse a las especificaciones de estas
bases.
No podrá el proveedor ofertar servicios distintos a los establecidos en estas bases de licitación ni
complementos o extras no contemplados en los requerimientos técnicos. Cualquier extra no requerido no
será considerado en la evaluación.
El servicio solicitado se encuentra detallado en las bases Técnicas de licitación.
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2.- DISPOSICIONES PRELIMINARES. |
2.1.- De los oferentes
Podrán participar en esta licitación las personas naturales o jurídicas, chilenas o extranjeras que realicen sus
ofertas a través del sistema de información www.mercadopublico.cl. Del mismo modo podrán participar en
el presente proceso, las personas naturales y/o jurídicas que decidan asociarse a través de la unión temporal
de proveedores, regulada en el artículo 67 bis del Decreto Nº 250 del 2004 del Ministerio de Hacienda, que
aprueba el reglamento de la Ley Nº 19.886.
Tratándose de personas naturales o jurídicas extranjeras, deberán al momento de contratar contar con
agencia y domicilio en Chile, con un representante con mandato y poder suficiente para contratar a nombre
del mandante, y para responder de las obligaciones que emanen del contrato respectivo, de acuerdo a la
normativa vigente, y sin perjuicio de las normas que sobre el particular establezcan tratados o convenios
internacionales vigentes suscritos por Chile y por el país de origen de dicha persona natural o jurídica.
Para estos efectos, la documentación que deberá exigirse a las empresas extranjeras, se hará conforme a lo
dispuesto en la ley N°20.711, en caso de ser ello procedente.
En cuanto a la aplicabilidad de los Tratados Internacionales a los que se hace alusión en este apartado, será
pertinente en la medida que tales instrumentos hayan sido suscritos y ratificados por Chile.
Todo Proponente u Oferente interesado en presentar Oferta deberá estudiar cuidadosamente las Bases
Administrativas y Técnicas, debiendo informarse de todas las condiciones que de alguna manera afecten el
costo de los bienes y/o servicios ofertados, tales como permisos que deben obtenerse, leyes o reglamentos
que puedan ser aplicables, entre otros. Cualquier omisión por parte del Oferente, será a su propio riesgo y
sólo él será responsable de los errores u omisiones en que incurra.
El Proponente sufragará todos los costos relacionados con la preparación y presentación de su oferta. El
Hospital no será responsable en caso alguno de dichos costos, cualquiera sea el resultado de la Licitación.
2.2.- Unión temporal de los proveedores
Se entenderá como unión temporal de proveedores, si dos o más proveedores se unen para el efecto de
participar en un proceso de compra, deberán establecer, en el documento que formaliza la unión, a lo menos,
la solidaridad entre las partes respecto de todas las obligaciones que se generen con la Entidad y el
nombramiento de un representante o apoderado común con poderes suficientes.
Cuando se trate de adquisiciones inferiores a 1.000 UTM, el representante de la unión temporal de
proveedores deberá adjuntar al momento de ofertar, el documento público o privado que da cuenta del
acuerdo para participar de esta forma.
Para contrataciones iguales o superiores al monto indicado, y sin perjuicio del resto de las disposiciones legales
y reglamentarias que resulten aplicables, el acuerdo en que conste la unión temporal deberá materializarse
por escritura pública, como documento para contratar, sin que sea necesario constituir una sociedad.
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Si la Entidad exige la inscripción en el Registro de Proveedores para suscribir el contrato, cada proveedor de
dicha unión temporal deberá inscribirse.
Al momento de la presentación de las ofertas, los integrantes de la Unión determinarán qué antecedentes
presentarán para ser considerados en la evaluación respectiva, siempre y cuando lo anterior no signifique
ocultar información relevante para la ejecución del respectivo contrato que afecte a alguno de los integrantes
de la misma.
La vigencia de esta unión temporal de proveedores no podrá ser inferior a la del contrato adjudicado.
2.3.- Inhabilidades para participar en la Licitación y/o Contratar
No podrán participar como oferentes, ni contratar con el estado, las personas naturales o jurídicas, nacionales
o extranjeras, afectos a alguna de las prohibiciones, inhabilidades o incompatibilidades para contratar con
órganos y organismos de la Administración del Estado, contempladas en los incisos 1º y 6º respectivamente
del artículo 4º de la Ley Nº 19.886, de Bases sobre Contratos Administrativos de Suministro y Prestación de
Servicios y su normativa complementaria.
Tampoco podrán contratar quienes hayan sido condenados, a esta inhabilidad, por el Tribunal de Defensa de
la Libre Competencia en conformidad con lo dispuesto en el inciso segundo del artículo 26, letra d), del DFL
N° 1, de 2004, del Ministerio de Economía, Fomento y Reconstrucción, que fijó el texto refundido, coordinado
y sistematizado del DL N° 211, de 1973, que fijó normas para la defensa de la libre competencia
Tratándose de personas jurídicas, además, no deben haber sido condenadas a pena de prohibición de celebrar
actos y contratos con organismos del Estado, de conformidad con la Ley N° 20.393, que establece la
Responsabilidad Penal de las Personas Jurídicas en los Delitos de Lavado de Activos, Financiamiento del
Terrorismo y Delitos de Cohecho que Indica.
Tratándose de la unión temporal de proveedores, cualquiera de las causales de inhabilidad para la
presentación de las ofertas, para la formulación de la propuesta o para la suscripción de la convención,
establecidas en la legislación vigente, afectarán a cada integrante de la Unión individualmente considerado.
En caso de afectar una causal de inhabilidad a algún integrante de la Unión, ésta deberá decidir si continuará
con el respectivo procedimiento de contratación con los restantes integrantes no inhábiles de la misma o se
desiste de su participación en el respectivo proceso.
Todo lo anterior, aun cuando, cumplan con los requisitos técnicos establecidos en las presentes bases de
Licitación.
2.4.- Aceptación del contenido de las bases
Los oferentes por el sólo hecho de presentarse a la Licitación aceptan y se entenderán en cabal conocimiento
de estas Bases, así como también de las características de la provisión de los servicios y bienes que se
requieren, así como de las Modificaciones de Bases y aclaraciones publicadas en su oportunidad, por el sólo
hecho de presentar sus ofertas, por lo que se declaran conformes con ellas y no tienen reservas ni
observaciones que formular, debiendo ajustarse a ellas en todo momento.
2.5.- Presentación de documentos
El idioma español regirá para todo el proceso de Licitación, para todos los documentos asociados y aquellos
que posteriormente origine la materialización de la adjudicación.
Todos los antecedentes y formularios deberán ser anexados a la respectiva oferta presentada en idioma
español, en formatos digitales utilizando para estos efectos Word (como procesador de textos), Excel (planilla
electrónica) e imágenes digitalizadas en formatos PDF.
Para estos efectos, la documentación que deberá exigirse a las empresas extranjeras, se hará conforme a lo
dispuesto en la ley N°20.711, en caso de ser ello procedente.
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3.- ANTECEDENTES QUE RIGEN EL PROCESO DE COMPRA |
Junto a la Ley N° 19.886 de Bases sobre Contratos Administrativos de Suministro y Prestación de Servicios y al
Decreto N° 250 de fecha 09 de marzo de 2004, del Ministerio de Hacienda y sus modificaciones, forman parte
integrante de los documentos de la presente licitación los que a continuación se señalan, los cuales regirán
de forma obligatoria y complementaria, y en caso de discrepancia prevalecerán en el orden de prelación que
se indica:
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• Las presentes Bases Administrativas, Bases Técnicas, Anexos y sus modificaciones.
• Las Respuestas y/o Aclaraciones realizadas en esta licitación.
• Los antecedentes económicos, técnicos y administrativos presentados por el oferente adjudicado.
• Ley 20.584, que Regula Los Derechos y Deberes que tienen las Personas en relación con acciones
vinculadas a su atención de salud.
• Normas de Derecho Público
• Normas de Derecho Privado
Lo anterior, es sin perjuicio de la facultad interpretativa de la Contraloría General de la República y del Tribunal
de Contrataciones Públicas.
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4.- DEFINICIÓN DE TÉRMINOS |
Se aplicarán en las presentes Bases Administrativas, Bases Técnicas y en los Anexos, los términos y definiciones
establecidos en la Ley N° 19.886, de Bases sobre Contratos Administrativos de Suministro y Prestación de
Servicios y en el Decreto N° 250 de 2004 del Ministerio de Hacienda que aprueba el Reglamento de la Ley
19.886, y sus modificaciones, más los que a continuación se indican:
• Hospital Clínico Metropolitano de La Florida Dra. Eloísa Díaz Insunza, Hospital de La Florida,
Hospital o HLF: Establecimiento asistencial de alta complejidad, RUT 65.075.485-9, ubicado en Av.
Froilán Roa Nº 6542, comuna de La Florida, Santiago de Chile.
• Días Hábiles: Son todos los días de la semana, excepto los sábados, domingos y festivos.
• Días Corridos: Son los días de la semana que se computan uno a uno en forma correlativa. Salvo que
se exprese lo contrario, los plazos de días señalados en las presentes bases de licitación podrán ser
de días corridos. En caso que el plazo de día corrido expire en días sábados, domingos o festivos se
entenderá prorrogado para el día hábil siguiente. En todos los casos, el plazo de cierre para la
recepción de ofertas no podrá vencer en días inhábiles ni en un día lunes o en un día siguiente a un
día inhábil, antes de las quince horas. Todos los plazos de días que se haga mención en las presentes
bases se entenderán que han de ser completos y correrán además hasta la media noche del último
día del plazo. Lo anterior, salvo en aquellos casos en que se indique hora exacta, y siempre y cuando
se respeten los plazos mínimos legales establecidos por el ordenamiento jurídico.
• Referente Técnico: En la presente licitación pública, el referente técnico es el profesional que actuará
como Administrador de contrato del Hospital de La Florida.
• Mantención Preventiva: Se consideran dentro de las tareas de mantenimiento preventivo, a todas
aquellas actividades simples que son realizadas sobre partes o componentes del equipo que son de
fácil acceso para el operador o usuario, de tal manera que no se produzca riesgo alguno por parte de
este al realizar la actividad de mantención.
Se consideran dentro de este nivel las regulaciones, controles y/o inspecciones necesarias para la
óptima explotación u operación del equipo, lo que incluye actividades básicas de rutina, como por
ejemplo el reemplazo de artículos consumibles, cambio y ajuste de accesorios, pruebas de
funcionalidad, limpieza, etc.
Este tipo de intervenciones deberán ser efectuadas por el servicio técnico del proveedor, el cual
deberá estar debidamente capacitado y además deberá contar con la ayuda de instructivos de la
marca en caso de ser necesario.
Es necesario destacar, que, si bien estos conjuntos de actividades se conforman por tareas simples
tales como limpieza, regulación, inspección, lubricación, son tan importantes como las tareas de
mantenimiento de niveles más avanzados, ya que el no cumplimiento de las mismas podría generar
la paralización del equipo o peor aún disminuir su vida útil
• Mantención Correctiva: Se consideran dentro de las tareas de mantenimiento correctivo, a todas
aquellas actividades o acciones que necesiten de procedimientos y/o de equipo de soporte (recursos
humanos y equipos) para realizar las tareas de mantención respectivas.
Se consideran dentro de este nivel a los controles de performance, regulaciones, reparaciones por
intercambio estándar (reemplazo fácil), etc. Estas acciones de mantención, deben ser efectuadas por
personal capacitado o habilitado y con el equipo de soporte necesario.
Este tipo de intervenciones no pueden ser efectuadas por el operador del equipo, sino que se deben
llevar a cabo por personal “de mantenimiento”, es decir, personal con formación profesional y/o
técnica, que conoce la operación del medio y que tiene las competencias para efectuar este tipo de
tareas.
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5.- DISPOSICIONES GENERALES |
5.1-Comunicaciones
Cualquier comunicación que deba realizar el Hospital a los proponentes, la publicará en el portal
www.mercadopublico.cl. Así mismo, cualquier comunicación que los proponentes requieran realizar al
Hospital deberá ser a través de igual medio.
5.2.- Consultas y aclaraciones a los Antecedentes de la Licitación.
El oferente que tenga dudas respecto de la licitación debe efectuar sus consultas única y exclusivamente a
través del Foro del Sistema de Información y de acuerdo al plazo del numeral 5.4 de las presentes bases. No
se atenderá ni aceptará ningún tipo de consulta por otro medio.
Las consultas que se reciban pasada esa fecha, no obtendrán respuesta.
En las consultas, se deberá indicar la página y punto de las bases y/o el número del anexo objeto de la consulta.
Se considerará que estas aclaraciones formarán parte integral de las bases y por tanto se presumen conocidas
y su aplicación obligatoria para todos los oferentes.
El conocimiento del contenido de las aclaraciones emanadas del Hospital La Florida, es de exclusiva
responsabilidad de los oferentes.
Las respuestas a las consultas se publicarán en www.mercadopublico.cl en un solo documento, a todos los
proponentes que participen en la licitación, en el plazo señalado en el numeral 5.4 de las presentes bases.
5.3.- Respuesta y aclaraciones a los Antecedentes de la Licitación.
Las respuestas a las consultas se publicarán en www.mercadopublico.cl en un solo documento, a todos los
proponentes que participen en la licitación, en el plazo señalado en el numeral 5.4 de las presentes bases.
Se considerará que estas aclaraciones formarán parte integral de las bases y por tanto se presumen conocidas
y su aplicación obligatoria para todos los oferentes.
El conocimiento del contenido de las aclaraciones emanadas del Hospital La Florida, es de exclusiva
responsabilidad de los oferentes.
5.4.- Cronograma de la licitación
Para los efectos de esta licitación se establece el siguiente cronograma:
Publicación de Bases
de Licitación
Las Bases de Licitación se encontrarán publicadas durante 10 (diez) días
corridos, desde la fecha que se suban al portal www.mercadopublico.cl. hasta el
día de cierre de las ofertas.
Consultas de las Bases El oferente podrá hacer consultas sobre las Bases de Licitación, hasta las 23:59
horas del tercer día corrido contado desde la publicación de estas y sólo a través
de www.mercadopublico.cl.
Respuestas y
Aclaraciones
Se dará respuesta a las consultas de las Bases, el quinto día corrido contado
desde la publicación de Bases, a través de www.mercadopublico.cl, si el quinto
día fuere sábado, domingo o festivo, el plazo se extenderá hasta el primer día
hábil siguiente.
Cierre de recepción de
las ofertas
Los oferentes podrán presentar sus ofertas hasta el décimo día corrido contado
desde la publicación de bases hasta las 16 horas, a través de
www.mercadopublico.cl.
De acuerdo con lo preceptuado en el inciso penúltimo del artículo 25 del decreto
N° 250, de 2004, no podrá vencer en días inhábiles o en un día lunes o en un día
siguiente a un día inhábil antes de las 15:00 hrs.
Si el décimo día fuere sábado, domingo o festivo, el plazo se extenderá hasta el
primer día hábil siguiente.
Apertura de las ofertas El acto de Apertura se efectuará a través de www.mercadopublico.cl. La
apertura se realizará desde las 16:01 horas desde la fecha del cierre de las
ofertas y hasta los 3 (tres) días hábiles siguientes al cierre.
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Evaluación de
admisibilidad
La evaluación de admisibilidad se realizará en la apertura de las ofertas y
consistirá en la revisión de todos los documentos y anexos obligatorios
publicados por los oferentes, exigidos en bases de licitación, junto a la
verificación de la entrega física o electrónica del documento de garantía de
seriedad de la oferta (si se ha solicitado en el proceso licitatorio). Todo, sin
perjuicio ni limitación a que, con posterioridad, pueda detectarse una causal de
inadmisibilidad en la presentación de estos documentos y/o Anexos por algún
oferente durante la etapa de evaluación Administrativa, Técnica y Económica.
Evaluación
Administrativa,
Técnica y Económica
de las Ofertas
La evaluación Administrativa, Técnica y Económica de las ofertas se realizará
desde el día hábil siguiente de la evaluación de admisibilidad y no podrá exceder
de cinco (5) días hábiles.
Adjudicación de las
Ofertas
La adjudicación de la Licitación se realizará dentro de los 5 (cinco) días hábiles
contados desde el término de la evaluación.
Suscripción del
contrato
El oferente adjudicado, cuando corresponda, estará obligado a firmar el
contrato, dentro de los 5 días hábiles siguientes al envío del contrato.
5.5. Modalidad de Propuesta
Las propuestas se presentarán a través de www.mercadopublico.cl en pesos, con valores sin IVA, indicando si
el servicio es Exento o afecto de IVA.
Los valores ofertados deberán incluir todos los gastos en los que incurra el adjudicatario en la prestación de
los servicios requeridos hasta su total recepción conforme, comprendiéndose entre ellos, por ejemplo, los
relativos a capacitación, remuneraciones, fletes incluidos, derechos, patentes, legalización de documentos, si
proceden, etc.
Los oferentes podrán presentar una sola oferta o bien una oferta principal y otra alternativa.
Se deberán, además, presentar todos los anexos solicitados los cuales deberán tener el Servicio requerido
claramente identificado.
5.6. Ofertas alternativas
Los proponentes podrán presentar una oferta alternativa, la que será estudiada por el Hospital como una
oferta más. La oferta alternativa deberá ser identificada en el Portal Mercado Público como “Oferta
Alternativa”.
5.7. Validez de las Ofertas
Las ofertas deberán tener una validez mínima de ciento ochenta (180) días corridos, contados desde la fecha
desde el cierre de las ofertas. La oferta cuyo período de validez sea menor al requerido, dará causa a
DECLARARLA INADMISIBLE. Lo anterior, sin perjuicio de que se efectuará la revisión de la totalidad de los
antecedentes contenidos en la oferta , según lo establecido en el artículo 9 e Ley 19.886. Con todo, si nada
señala la oferta, se entenderá que la oferta tiene una validez de 180 días corridos para todos los efectos.
Vencido este plazo, y si no se hubiere realizado la adjudicación o no se haya firmado el contrato, por razones
internas del Hospital, este podrá solicitar a los proponentes la prórroga de sus ofertas y garantías. Los
proponentes podrán ratificar sus ofertas o retirarlas, formalizando su decisión mediante comunicación escrita
dirigida al Hospital y la entrega de nueva garantía.
La comunicación se realizará a través de correo electrónico, al correo indicado por el oferente en el ANEXO
N°1. El oferente tendrá el plazo de 5 días hábiles para responder y entregar nueva garantía. De no recibir
respuesta se entenderá que el oferente no tiene interés en continuar.
Desde el día siguiente hábil contado de la comunicación del oferente de no perseverar en la propuesta, o
vencido el plazo de respuesta sin que el oferente se pronuncie al respecto, se pondrá a disposición de los
proponentes para su devolución la garantía a aquellos que no accedan a la prórroga.
5.8. Garantía de Seriedad de la Oferta
El oferente garantizará la seriedad de su oferta mediante la entrega de una garantía por todas las propuestas
presentadas, siendo de su exclusiva responsabilidad que dicha garantía sea presentada conforme a las
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siguientes especificaciones, en consecuencia, cualquier error u omisión en la mencionada garantía, dará causa
a declarar inadmisible la o las ofertas.
Tipo de Documento Podrán ser presentados como documentos de caución, boletas de
garantía, vale vistas, certificados de fianza, póliza de garantía o cualquier
otro documento que cumpla con los siguientes requisitos
• Sea pagadero a la vista
• no sujeto a modalidad
• irrevocable
• Emitida a favor de Entidad Pública
Monto $100.000.- (cien mil pesos)
Beneficiario Hospital Clínico Metropolitano La Florida Rut 65.075.485-9
Vigencia 180 días corridos a partir del momento del cierre de la recepción de
ofertas.
Glosa PARA GARANTIZAR LA SERIEDAD DE LA OFERTA LICITACIÓN PÚBLICA
“SERVICIO DE MANTENIMIENTO DE PLANTA DE AGUA DE DIÁLISIS DEL
HOSPITAL LA FLORIDA ID: 812261-XX-LE23”
(donde se señala XX, se debe reemplazar por el número de la licitación)
Forma y oportunidad de
Entrega Física
El oferente o su representante deberá entregar físicamente la garantía a
profesional a cargo Sr. Anat Silva, en la Unidad de Licitaciones, ubicada
en dependencias del Ex CRS (CESFAM Provisorio de La Florida), Avenida
Froilán Roa 6420, en horario de lunes a viernes, de 08:30 a 13:00 y de
14:30 a 16:00 horas, antes del día y hora de cierre del proceso de
recepción de ofertas en mercado público.
Las garantías deben entregarse en sobre cerrado dirigido a Sr. Anat silva,
Unidad de Licitaciones del Hospital La Florida, señalando en el sobre lo
siguiente: - GARANTIA SERIEDAD DE LA OFERTA ID: 812261-XX-LE23
(donde se señala XX, se debe reemplazar por el número de la licitación) -
IDENTIFICACION DEL OFERENTE.
El oferente que necesite respaldar la entrega de su garantía deberá
acompañar una fotocopia del sobre que entrega. Esta fotocopia será
timbrada por profesional, indicando la fecha de su recepción y solo si se
comprueba que el documento físico viene en su interior.
Sin perjuicio de lo señalado anteriormente, la revisión del documento y
requisitos de admisibilidad solo se realizará en la apertura de las ofertas.
En caso de presentarse una Garantía en Formato Electrónico, deberán
ser presentadas junto a la oferta, antes del cierre de la recepción de las
ofertas en mercado público.
De no presentar la garantía en forma, lugar, día y hora señalados, la(s)
oferta(s) presentada(s) será(n) declarada(s) inadmisible(s). Esto último,
sin perjuicio de las garantías en formato electrónico que deben ajustarse,
además, a las disposiciones de la Ley N°19.799 sobre documentos
electrónicos, firma electrónica y servicios de certificación de dicha firma,
que deberán acompañarse juntamente con la oferta.
La garantía podrá ser tomada por el oferente o por un tercero a nombre
de él.
Custodia Las garantías serán custodiadas por la Unidad de Tesorería del Hospital
de La Florida.
Se hace presente que en el edificio ubicado en Avenida Froilán Roa 6420, comuna La Florida, funcionan
distintas unidades del Hospital, por lo que será de exclusiva responsabilidad del proveedor entregar
correctamente la garantía, en caso que se entregue en un lugar distinto del indicado precedentemente, se
tendrá por no presentado el documento.
Si se presenta más de una oferta a concurso por un mismo oferente (oferta principal y oferta alternativa),
este solo deberá presentar una garantía por ambas ofertas publicadas.
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5.9.- Devolución y Cobro de la Garantía de Seriedad de la Oferta
Las garantías de seriedad de la oferta se podrán hacer efectivas administrativamente, en los siguientes casos:
• Si el oferente en cualquier instancia desiste de su oferta.
• Si el proponente retira su oferta o se comprueba por el director o por la Comisión de Evaluación, la
falsedad de la información presentada, por cualquier medio que resulte procedente.
• Si una vez aceptada la oferta, el adjudicatario no acompaña el correspondiente documento de
garantía de fiel y oportuno cumplimiento del contrato dentro del plazo establecido en las presentes
bases.
• Si el adjudicatario no se inscribe dentro del plazo establecido al efecto, en el Registro Electrónico
Oficial de Contratistas de la Administración “Chileproveedores” en forma previa a la subscripción del
contrato.
• Si el adjudicatario no firma el contrato y/o no acompaña la documentación necesaria para la
suscripción del mismo.
Para el cobro de la Garantía de Seriedad de la Oferta, se aplicará el mismo procedimiento utilizado para el
cobro de multas, según lo establecido en estas Bases de Licitación.
Para hacer la entrega material del documento, el oferente deberá solicitar la devolución de la Garantía a través
de correo electrónico al responsable de la licitación, indicando tipo de documento e identificación del proceso.
Una vez liberada la garantía desde la Unidad de Finanzas, el profesional a cargo de la licitación, informará al
oferente, mediante correo electrónico, la fecha y horario disponible para el retiro de la garantía.
Para el retiro se deberá cumplir con los siguientes requisitos:
• Si retira Representante Legal deberá presentar:
Representación Legal de la empresa
Fotocopia de Cédula de Identidad por ambas partes
• Si retira otra persona, deberá presentar:
Poder Notarial Especial (para retiro de garantía, identificando documento que retira)
Fotocopia de Cédula de identidad por ambas partes del representante legal
Fotocopia de Cédula de Identidad de la persona que retira
5.10.- Modificación de las Bases
En cualquier momento, antes del cierre de recepción de ofertas, el Hospital podrá introducir modificaciones
a los documentos de licitación por medio de un acto administrativo publicado a través del portal electrónico
www.mercadopublico.cl, si estima que ello resulta esencial para los fines y/o correcto desarrollo del proceso
licitatorio.
En caso de que lo anterior ocurra, el Hospital La Florida deberá otorgar un plazo prudencial a los oferentes
para que puedan conocer y adecuar sus ofertas a las modificaciones introducidas, pudiendo o no, modificar
la fecha de cierre para estos efectos, lo cual será informado por el portal Mercado Público junto con las
modificaciones, una vez que el acto administrativo que las aprueba se encuentre totalmente tramitado.
En el evento de modificarse la fecha de cierre, el plazo para ofertar se ampliará en la cantidad de días que se
señale en www.mercadopublico.cl.
Es exclusiva responsabilidad del Proponente la revisión del Portal, con el objeto de informarse sobre lo
expuesto en este punto y en el punto 5.3. Así mismo, es obligación del oferente, una vez cerrada la
presentación de ofertas, revisar el Foro Inverso y responder las aclaraciones que se le soliciten por esta vía.
5.11.- Pacto De Integridad
El oferente declara que, por el sólo hecho de participar en la presente licitación, acepta expresamente el
presente pacto de integridad, obligándose a cumplir con todas y cada una de las estipulaciones contenidas en
el mismo, sin perjuicio de las que se señalen en el resto de las bases de licitación y demás documentos
integrantes. Especialmente, el oferente acepta el suministrar toda la información y documentación que sea
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considerada necesaria y exigida de acuerdo a las presentes bases de licitación, asumiendo expresamente los
siguientes compromisos:
1. El oferente se obliga a no ofrecer ni conceder, ni intentar ofrecer o conceder, sobornos, regalos, premios,
dádivas o pagos, cualquiera fuese su tipo, naturaleza y/o monto, a ningún funcionario público en relación
con su oferta, con el proceso de licitación pública, ni con la ejecución de él o los contratos que
eventualmente se deriven de la misma, ni tampoco a ofrecerlas o concederlas a terceras personas que
pudiesen influir directa o indirectamente en el proceso licitatorio, en su toma de decisiones o en la
posterior adjudicación y ejecución del o los contratos que de ello se deriven.
2. El oferente se obliga a no intentar ni efectuar acuerdos o realizar negociaciones, actos o conductas que
tengan por objeto influir o afectar de cualquier forma la libre competencia, cualquiera fuese la conducta
o acto específico, y especialmente, aquellos acuerdos, negociaciones, actos o conductas de tipo o
naturaleza colusiva, en cualquiera de sus tipos o formas.
3. El oferente se obliga a revisar y verificar toda la información y documentación, que deba presentar para
efectos del presente proceso licitatorio, tomando todas las medidas que sean necesarias para asegurar la
veracidad, integridad, legalidad, consistencia, precisión y vigencia de la misma.
4. El oferente se obliga a ajustar su actuar y cumplir con los principios de legalidad, ética, moral, buenas
costumbres y transparencia en el presente proceso licitatorio.
5. El oferente manifiesta, garantiza y acepta que conoce y respetará las reglas y condiciones establecidas en
las bases de licitación, sus documentos integrantes y él o los contratos que de ellos se derivase.
6. El oferente se obliga y acepta asumir, las consecuencias y sanciones previstas en estas bases de licitación,
así como en la legislación y normativa que sean aplicables a la misma.
7. El oferente reconoce y declara que la oferta presentada en el proceso licitatorio es una propuesta seria,
con información fidedigna y en términos técnicos y económicos ajustados a la realidad, que aseguren la
posibilidad de cumplir con la misma en las condiciones y oportunidad ofertadas.
8. El oferente se obliga a tomar todas las medidas que fuesen necesarias para que las obligaciones
anteriormente señaladas sean asumidas y cabalmente cumplidas por sus empleados y/o dependientes y/o
asesores y/o agentes y en general, todas las personas con que éste o éstos se relacionen directa o
indirectamente en virtud o como efecto de la presente licitación, incluidos sus subcontratistas, haciéndose
plenamente responsable de las consecuencias de su infracción, sin perjuicio de las responsabilidades
individuales que también procediesen y/o fuesen determinadas por los organismos correspondientes.
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6. DE LAS PROPUESTAS |
Es responsabilidad de los oferentes presentar sus propuestas en tiempo y forma, es decir, en el plazo fijado
en el numeral 5.4 y con toda la información requerida en las presentes bases, de manera tal que permita una
evaluación objetiva, certera, entendible y transparente de todas y cada una de ellas.
Los archivos, documentos y/o anexos, que constituyan la oferta y que deben publicarse en el portal
www.mercadopublico.cl por el oferente, deben ingresarse al portal con el nombre asignado en estas bases,
de modo que sean fácilmente identificables para el evaluador, ejemplo: Anexo Nº 02 Declaración Jurada.
Debe respetarse dicha fórmula de nomenclatura y el formato electrónico de cada anexo, a fin de facilitar la
identificación de los documentos y el proceso de evaluación, es decir incorporarse con la mencionada formula
de nomenclatura y en el formato electrónico en el que originalmente figura el anexo (Excel, Word u otro).
Los anexos Nº 01 y 02 se deben presentar uno por cada oferente, es decir, si un oferente presenta oferta
alternativa, no es necesario ingresarlos por cada una de las ofertas.
La no presentación de cualquiera de los Anexos señalados como OBLIGATORIOS, hará inadmisible la oferta.
Lo anterior, sin perjuicio de que se efectuará la revisión de la totalidad de los antecedentes contenidos en la
oferta, de acuerdo al artículo 9 de la Ley N° 19.886.
Los antecedentes solicitados en la presente licitación deben subirse a las carpetas disponibles del proceso en
www.mercadopublico.cl, agrupadas según se señala a continuación:
CARPETA ADMINISTRATIVA.
ANEXO NOMBRE ANEXO DESCRIPCIÓN ANEXO
01 PRESENTACIÓN DEL OFERENTE
Documento en el cual el oferente indica información básica y
esencial respecto de su identificación. Debe adjuntarse en la
carpeta administrativa con el nombre: Anexo N° 01 Presentación
Del Oferente.
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02 DECLARACIÓN JURADA
Documento en el cual el oferente declara cumplir con las
disposiciones generales de la Ley de Compras y su respectivo
Reglamento para ofertar y contratar con el Estado. Debe
adjuntarse en la carpeta administrativa con el nombre: Anexo N°
02 Declaración Jurada Del Oferente.
Por contener este documento la Declaración Jurada exigida para
ofertar, este anexo se considera un ANEXO OBLIGATORIO, por
tanto, su no presentación hará inadmisible la oferta.
Si el oferente es una UTP (Unión Temporal de Proveedores), cada
integrante de la UTP deberá presentar junto a la oferta la
Declaración Jurada como oferente de forma individual junto a la
oferta de la UTP antes del cierre de la Licitación.
No están obligados a presentar este Anexo N°02 Declaración
Jurada, aquellos oferentes que estén inscritos y en estado hábil
en el portal www.chileproveedores.cl y que posean en este
registro publicado la declaración para ofertar exigida por Ley a la
fecha del cierre de las ofertas.
Además, los oferentes deben identificarse y acreditar su existencia, para ello deberá acompañar los siguientes
documentos en la Carpeta Administrativa:
• Si es persona natural:
- Imagen digitalizada de la cédula nacional de identidad.
• Si es persona jurídica:
El oferente deberá acreditar la vigencia de la sociedad, y para ello deberá presentar uno de los siguientes
documentos:
▪ Imagen digitalizada del certificado de vigencia de la sociedad oferente de data no superior a tres (3)
meses contados desde la presentación de la oferta, emitido por el Conservador de Bienes Raíces.
▪ Imagen digitalizada de la escritura pública de constitución de la sociedad y de todas sus modificaciones.
▪ Imagen digitalizada del certificado de vigencia emitido por el Ministerio de Economía, Fomento y
Turismo para aquellas empresas creadas bajo el régimen establecido por la Ley N° 20.659, de data no
superior a tres (3) meses contados desde la presentación de la oferta.
El oferente deberá acreditar la vigencia de poderes del Representante Legal de la Sociedad, y para ello deberá
presentar la imagen digitalizada del RUT del oferente y de la cédula de identidad de su representante legal y
uno de los siguientes documentos:
▪ Imagen digitalizada del certificado de vigencia de poderes del representante legal del oferente, de data
no superior a tres (3) meses contados desde la presentación de la oferta, emitido por el Conservador
de Bienes Raíces.
▪ Imagen digitalizada del certificado de vigencia de la sociedad oferente de data no superior a tres (3)
meses contados desde la presentación de la oferta, emitido por el Conservador de Bienes Raíces, en
que consten los poderes otorgados al representante legal de la empresa.
▪ Imagen digitalizada del certificado de estatuto actualizado emitido por el Ministerio de Economía,
Fomento y Turismo para aquellas empresas creadas bajo el régimen establecido por la Ley N° 20.659,
de data no superior a tres (3) meses contados desde la presentación de la oferta.
No están obligados a acreditar su existencia y vigencia aquellos oferentes que estén inscritos y en estado hábil
en el portal www.chileproveedores.cl a la fecha del cierre de las ofertas cuyos respaldos e información para
acreditar su existencia y vigencia, se encuentren ya publicados en dicho portal.
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CARPETA TÉCNICA
ANEXO NOMBRE ANEXO DESCRIPCIÓN ANEXO
03 PROTOCOLO DE
MANTENIMIENTO
Documento que detalla las actividades a realizar por equipo
durante el mantenimiento solicitado.
El proponente deberá completar el anexo para las mantenciones
de la planta de agua. Debe adjuntarse en la carpeta técnica con el
nombre “Anexo N°03 Protocolo de Mantenimiento Preventivo” El
proponente debe ejecutar el 100% de las actividades indicadas
como obligatorias, solicitadas en el protocolo de mantenimiento
preventivo, en caso contrario la oferta se declarará inadmisible
ANEXO OBLIGATORIO, por tanto, su no presentación hará
inadmisible la oferta.
04
CERTIFICADO DE GARANTÍA
TÉCNICA Y TIEMPOS DE
IMPORTACIÓN
Documento en el cual el oferente especifica los meses de garantía
técnica ofertados por concepto de fallas post mantenimiento
preventivo o correctivo.
La oferta debe considerar como mínimo una garantía técnica de 3
meses. De ofertar una garantía inferior a esta, la propuesta será
declarada inadmisible.
Además, se debe indicar los tiempos de disponibilidad de
repuestos en caso de existir la necesidad de importación, el cual no
podrá superar los 15 días corridos so pena de declararse
inadmisible su oferta. Lo anterior, sin perjuicio de que se
efectuará la revisión de la totalidad de los antecedentes
contenidos en la oferta, de acuerdo al artículo 9 de la Ley N°
19.886.
El documento y sus respaldos deben adjuntarse en la carpeta
Técnica con el nombre: “Anexo N°04 Certificado de Garantía
Técnica y Tiempo de Importación”.
ANEXO OBLIGATORIO, por tanto, su no presentación hará
inadmisible la oferta. Lo anterior, sin perjuicio de que se efectuará
la revisión de la totalidad de los antecedentes contenidos en la
oferta, de acuerdo al artículo 9 de la Ley N° 19.886.
05
CERTIFICADO
COMPORTAMIENTO
CONTRACTUAL ANTERIOR
Documentos que indican la identificación de los clientes con los
que tenga o haya tenido contratos del mismo rubro y envergadura
de los servicios requeridos en la presente licitación y que certifican
que el oferente ha tenido un comportamiento contractual
intachable.
Para estos efectos se considerarán del mismo rubro, contratos
referidos a la venta de los mismos servicios requeridos en esta
adquisición y de la misma marca ofertada y se considerará de la
misma envergadura cuando los contratos se hayan celebrado con
instituciones de salud pública o privada. Si no concurren estas dos
condiciones en conjunto, el certificado no será considerado en la
Evaluación.
Los Certificados de Comportamiento Contractual Anterior,
deberán presentarse firmados por la persona facultada para ello
de la respectiva empresa o institución, identificándose en el mismo
como tal y con el timbre de la Institución que adquirió el servicio.
No serán considerados para la evaluación los Certificados de
Comportamiento Contractual Anterior emitidos por el propio
oferente, por las entidades del grupo empresarial al que pertenece
la empresa o sociedad oferente o por las personas jurídicas que
tengan, respecto de la empresa o sociedad oferente, la calidad de
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matriz, coligante, filial o coligada, en conformidad a las
definiciones contenidas en la Ley N° 18.046.
El Hospital se encontrará facultado para confirmar los
antecedentes entregados, contactando a las respectivas
Instituciones que hayan otorgado dichas certificaciones.
En consecuencia, los antecedentes y clientes del oferente, que no
puedan ser acreditados o confirmados a través de la presentación
y revisión de estos certificados, se entenderán como no
presentados, para efectos de la evaluación.
Para la Evaluación se considerará sólo la presentación hasta un
máximo de 6 certificados de clientes distintos, que hayan adquirido
los servicios en los últimos 24 Meses desde la publicación de esta
Licitación.
Si el oferente presenta más de 6 certificados, sólo se considerarán
los 6 certificados donde consten las contrataciones de fechas más
recientes.
Estos certificados deben adjuntarse en la carpeta técnica con el
nombre: “Anexo N°05 Certificado Comportamiento Contractual
Anterior”.
06 ÓRDENES DE COMPRA
Anexo en el cual el proveedor deberá ingresar las órdenes de
compra:
• Para organismos de salud pública, órdenes de compra de
Mercado Publico aceptadas por el oferente y donde
conste expresamente su recepción conforme.
• Para organismos de salud privada, orden de compra y
factura correspondiente.
Se deberá acreditar experiencia en venta del mismo bien y/o
servicio ofertado dentro de los 24 meses anteriores a la
presentación de oferta.
Se deberán adjuntar las órdenes de compra en la carpeta técnica
con el nombre Anexo N°06 “Órdenes de compra”
08 EXPERIENCIA DEL PERSONAL
Anexo que especifica la experiencia del personal que prestará el
servicio en el Hospital.
La experiencia deberá ser comprobada a través de la presentación
de copia de finiquitos, Relación de Servicios o Certificados
Laborales, que señalen expresamente el Nombre y N° de Cédula de
Identidad, años de prestación servicios y labor realizada por el
trabajador en el área de servicio técnico. de planta de agua.
Si no se acredita lo indicado en este anexo, se entenderá que no se
cumple con los requisitos para considerar la experiencia de ese
trabajador en la evaluación de Experiencia del Personal.
Sólo se podrán presentar antecedentes de trabajadores que
prestarán el servicio en esta contratación, según lo indicado en el
Anexo 09 sobre “Listado del Personal que prestará servicios y
capacitación”. Si se presentan datos o antecedentes de empleados
distintos a los indicados en Anexo 09, estos no serán considerados
a evaluación.
El documento y sus respaldos deben adjuntarse en la carpeta
Técnica con el nombre: “Anexo Nº 08 Experiencia del Personal”.
09
LISTADO DEL PERSONAL QUE
PRESTARÁ SERVICIOS Y
CAPACITACIÓN
Documento donde se señala el personal que prestará los servicios
para la Hospital en virtud de esta licitación.
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El personal indicado en este anexo deberá ser el mismo que inicie
actividades en el Hospital una vez puesto en marcha el servicio.
En dicho documento se especificará Nivel de Estudios, según el
número y tipo de personal requerido en las Bases Técnicas y las
capacitaciones con las que cuentan, lo que cual debe ser
respaldado con la documentación respectiva.
El documento y sus respaldos deben adjuntarse en la carpeta
técnica con el nombre: “Anexo Nº 09 Listado Personal que
prestará Servicios y capacitación”.
ANEXO OBLIGATORIO, por tanto, su no presentación hará
inadmisible la oferta.
10 CONDICIONES DE EMPLEO Y
REMUNERACIÓN
Documento en el cual el oferente declara la cantidad de mejoras
en las condiciones laborales de sus trabajadores, con sus
respectivos respaldos.
Debe adjuntarse en la carpeta técnica con el nombre
correspondiente que permita su inequívoca identificación.
Anexo N° 10: Condiciones de empleo y remuneración.
CARPETA ECONÓMICA
ANEXO NOMBRE ANEXO DESCRIPCIÓN ANEXO
07 CARTA OFERTA
Documento donde se oferta el valor unitario mensual, sin IVA y en
pesos, incluidos todos los gastos en los que incurra el adjudicatario
en la prestación del servicio, hasta su total recepción conforme,
incluidos todos los seguros, capacitación, especificaciones técnicas
licencias, remuneraciones, equipos, implementos accesorios
necesarios para prestación del servicio, etc.
Una vez completado el documento, debe adjuntarse en la carpeta
Económica con el nombre: Anexo N°07 Oferta Económica.
El oferente deberá asegurarse que los valores contenidos en los
documentos que conforman la oferta, sean iguales a los valores
ingresados en el campo correspondiente en el portal
www.mercadopublico.cl. En caso de existir discrepancias entre el
valor indicado en el anexo y el valor ingresado en el portal,
prevalecerá la oferta subida en a www.mercadopublico.cl.
El valor total de la oferta se deberá ajustar al monto total asignado
para esta Licitación, según lo señalado en estas Bases.
Se establece expresamente que si la oferta del proveedor es de $1
en Mercado Público, su oferta será declarada inadmisible.
ANEXO OBLIGATORIO, por tanto, su no presentación hará
inadmisible la oferta. Lo anterior, sin perjuicio de que se efectuará
la revisión de la totalidad de los antecedentes contenidos en la
oferta, de acuerdo al artículo 9 de la Ley N° 19.886.
Si falta alguno de los anexos OBLIGATORIOS o no se logra acreditar su contenido la oferta será declarada
inadmisible. Lo anterior, sin perjuicio de que se efectuará la revisión de la totalidad de los antecedentes
contenidos en la oferta, de acuerdo al artículo 9 de la Ley N° 19.886.
6.1.-Enmienda de los Documentos presentados
Cada oferta deberá cumplir con todos los requisitos de admisibilidad administrativa, técnica y económica, sin
embargo, es dable señalar que cada uno de los documentos, antecedentes o anexos, por su naturaleza podrá
ser “esencial” o podrá ser “subsanable” es decir, con la posibilidad de enmienda o de subsanar errores u
omisiones.
Conforme a lo anterior, los documentos, antecedentes o anexos, se pueden clasificar en “esencial” o
“subsanable”, según el siguiente detalle:
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a.1 Documento, antecedente o anexo Esencial: Son aquellos, que no admiten corrección, enmienda,
rectificación o subsanación, por ende, si alguna de las propuestas no cumple con la presentación conforme
y/o el correcto llenado del documento, antecedente o anexo, según se solicita en estas bases, la oferta será
declarada inadmisible. Lo anterior, sin perjuicio de que se efectuará la revisión de la totalidad de los
antecedentes contenidos en la oferta, de acuerdo al artículo 9 de la Ley N° 19.886.
Se entenderán Documentos, antecedentes o anexos esenciales los siguientes:
▪ Anexo N°02 Declaración Jurada
▪ Anexo N° 04 Certificado de garantía técnica y tiempos de importación
▪ Anexo N° 07 Carta Oferta.
▪ Garantía de Seriedad de la oferta
a.2 Documento, Antecedente o Anexo Subsanable: Son aquellos que adolecen de defectos de forma o errores
no esenciales o de tipeo, que obedecen a una justa causa de error u omisión, siempre que aquello defectuoso,
omitido o erróneo, no se refiera a aspectos esenciales, no altere el tratamiento igualitario de todos los
proponentes y no genere una situación de privilegios respecto de los demás oferentes, a modo de ejemplo,
Anexo 03 que presente errores pero, cuya información a enmendar, se encuentre acreditada con los
correspondientes documentos , certificados o fotografías.
Los oferentes podrán enmendar sus omisiones u errores, dentro de un plazo de 24 o 48 horas según explicite
el Hospital La Florida, contado desde su requerimiento, mediante el foro inverso del proceso licitatorio a
través de www.mercadopúblico.cl.
De ser solicitada enmienda, la propuesta será evaluada con una calificación inferior, conforme al numeral
8.4.1 de las presentes bases
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7. DE LA APERTURA DE LA PROPUESTA |
La apertura electrónica de las propuestas que se hayan ingresado en el portal www.mercadopublico.cl. Se
efectuará de acuerdo al calendario de plazos del numeral 5.4, debiendo levantarse acta de lo obrado.
Se realizará en ella, la revisión de los requisitos de admisibilidad esencial dejando constancia de los oferentes
que no cumplan con dichos requisitos en la Apertura Electrónica que se publica en www.mercadopublico.cl.
Una vez verificado el cumplimiento de los oferentes, de los requisitos exigidos en las presentes bases de
licitación y confeccionada la correspondiente Acta de Apertura, se procederá a la evaluación administrativa,
técnica y económica de los oferentes y sus ofertas, por parte de la Comisión Evaluadora, designada por el
Hospital en las presentes bases.
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7. DE LA APERTURA DE LA PROPUESTA |
La apertura electrónica de las propuestas que se hayan ingresado en el portal www.mercadopublico.cl. Se
efectuará de acuerdo al calendario de plazos del numeral 5.4, debiendo levantarse acta de lo obrado.
Se realizará en ella, la revisión de los requisitos de admisibilidad esencial dejando constancia de los oferentes
que no cumplan con dichos requisitos en la Apertura Electrónica que se publica en www.mercadopublico.cl.
Una vez verificado el cumplimiento de los oferentes, de los requisitos exigidos en las presentes bases de
licitación y confeccionada la correspondiente Acta de Apertura, se procederá a la evaluación administrativa,
técnica y económica de los oferentes y sus ofertas, por parte de la Comisión Evaluadora, designada por el
Hospital en las presentes bases.
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8. DE LA EVALUACIÓN DE LAS OFERTAS |
8.1. Comisión de Evaluación
La Comisión de Evaluación estará integrada por las siguientes personas o sus subrogantes legales:
1. Jefe Abastecimiento.
2. Jefe CR.
3. Jefe Contratos
4. Referente/s Técnico/s.
5. Responsable de la licitación.
Las autoridades y funcionarios, así como los contratados a honorarios o las personas ajenas a la
administración, (en los casos en que excepcionalmente participen en procedimientos de contratación),
deberán abstenerse de participar en la evaluación y distintas etapas de los procedimientos de contratación,
cuando exista cualquier circunstancia que les reste imparcialidad. Para ello, previa evaluación, cada uno de
sus integrantes, firmará una Declaración Jurada de no tener Conflicto de Interés.
En caso de que alguno de los integrantes esté contratado a honorarios o se trate de personas ajenas a la
administración, estos solo tendrán derecho a voz, debiendo siempre la Comisión estar conformada por
mayoría simple de miembros a contrata.
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La comisión revisará, las ofertas recepcionadas e inscritas en el Acta de Apertura y dará inicio al proceso de
evaluación Administrativa Técnica y Económica de las ofertas formuladas.
La Comisión de Evaluación, podrá ser asesorada por una Comisión Técnica compuesta por un máximo de 3
profesionales de las áreas correspondientes al proceso en análisis.
La comisión de Evaluación será presidida según el siguiente orden de prelación:
1. Jefe Abastecimiento.
2. Jefe Contratos.
3. Referente Técnico.
4. Responsable de Licitación.
La comisión podrá sesionar con un mínimo de 3 de sus integrantes en los días y horas citadas para los efectos
de evaluación. Las decisiones se tomarán conforme la metodología de evaluación indicada en el punto 8.3.
8.2. Examen de antecedentes
La Comisión de evaluación verificará los Antecedentes presentados por los oferentes e informará al director,
quien en virtud de lo dispuesto en el artículo 9 de la Ley Nº 19.886, podrá declarar, mediante resolución
fundada, inadmisible aquellas ofertas que no cumplan los requisitos establecidos en las bases.
El Hospital Clínico Metropolitano La Florida se reserva el derecho de declarar inadmisible las ofertas cuando
no cumplieren con los requisitos exigidos en las presentes Bases.
A su vez, el Hospital declarará desierta la licitación cuando no se presenten ofertas, o bien, cuando éstas no
resulten convenientes a sus intereses. En todos los casos, los oferentes no tendrán derecho a indemnización
alguna por estas circunstancias.
La decisión de inadmisibilidad o de declaración de desierta, se efectuará por resolución fundada, que será
publicada en www.mercadopublico.cl.
8.2.1.-Aclaración y complementación de antecedentes en FORO INVERSO de www.mercadopublico.cl
El Hospital La Florida de conformidad con el artículo 40 inciso 1º del Decreto Nº 250 que aprueba el
reglamento de la Ley Nº 19.886, podrá solicitar a los oferentes aclaraciones o que salven errores u omisiones
formales, siempre y cuando las rectificaciones de dichos vicios u omisiones no les confieran a esos oferentes
una situación de privilegio respecto de los demás competidores, esto es, en tanto no se afecten los principios
de estricta sujeción a las bases y de igualdad de los oferentes, informándose debidamente dicha solicitud al
resto de los oferentes a través del Portal Mercado Público. El plazo que tendrán los oferentes, en este caso
para dar cumplimiento a lo solicitado por el mandante, no podrá ser superior a 24 o 48 horas, según defina el
Hospital, contadas desde la fecha de publicación de la solicitud por parte del Hospital.
Si la aclaración solicitada no se presenta dentro del plazo asignado, se asumirá que el requisito en duda no se
cumple y la oferta recibirá el puntaje correspondiente establecido en el criterio “cumplimiento de requisitos
formales”.
8.3. Metodología de evaluación
La evaluación se hará asignando puntuación según los rangos que se indican, a los aspectos que se detallan;
la oferta que logre la puntuación más alta será propuesta para adjudicación.
La evaluación de las propuestas será realizada por la Comisión de Evaluación conforme a los criterios de
evaluación, analizando los antecedentes admisibles aportados por los oferentes a través del Portal
www.mercadopublico.cl.
Se ponderarán los puntajes obtenidos, estableciéndose un ranking, del cual se seleccionará la oferta que
obtenga el mayor puntaje y que cumpla de mejor forma los intereses del Hospital.
En el caso de tratarse de un proceso cuya adjudicación se realice por la totalidad de líneas o ítems licitados a
un solo proveedor, el resultado final de la evaluación se obtendrá de la sumatoria de puntajes finales de todos
los ítems ofertados en su conjunto, siendo la oferta ganadora la que obtenga el mayor puntaje de dicha
sumatoria.
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Se elaborará el Acta de Evaluación según el análisis realizado para cada uno de los criterios evaluados.
8.3.1 Mecanismos de Evaluación:
La obtención de los puntajes de los requerimientos para cada evaluación podrá ser del tipo tabulación,
dicotómico o porcentual.
a) Mecanismo de Tabulación:
Para el caso de evaluación a través de tabulación, se asignará un puntaje por tramo, requisito o característica
indicada según orden de importancia, el resultado será ponderado según el porcentaje asignado al criterio.
b) Mecanismo Dicotómico:
Para el caso del puntaje dicotómico, el cumplimiento del requerimiento significará la obtención del puntaje
máximo y en caso contrario, el puntaje obtenido será cero.
c) Mecanismo Porcentual:
Para el caso del puntaje porcentual, este se obtendrá dependiendo de si se aplica el criterio del mayor valor
o menor valor, donde la fórmula de cálculo para cada caso es la siguiente:
c.1) Criterio Mayor Valor:
El oferente obtendrá el puntaje máximo del requisito evaluado toda vez que su valor ofertado sea igual al
mayor valor ofertado, del conjunto de las ofertas. Cada valor ofertado distinto al mayor valor ofertado, en
consecuencia, generará un puntaje menor para el requerimiento en evaluación.
c.2) Criterio Menor Valor :
El oferente obtendrá el puntaje máximo del requerimiento evaluado, toda vez que su valor ofertado sea igual
al menor valor ofertado, del conjunto de las ofertas. Cada valor ofertado distinto al menor valor ofertado, en
consecuencia, generará un puntaje menor para el requerimiento en evaluación.
8.4.-Criterios de Evaluación
Se evaluará principalmente la seriedad, capacidad y aptitud de los oferentes para prestar el servicio requerido,
sin afectar los principios de igualdad de los mismos y con estricta sujeción a las bases, de acuerdo a las
ponderaciones que se señalan:
CRITERIOS PONDERACIÓN PUNTAJE MAXIMO
Requisitos de cumplimiento formales 1% 100
Autorización de fabrica 8% 100
Comportamiento contractual anterior 5% 100
Experiencia 3% 100
Capacitación personal 2% 100
Experiencia del personal 7% 100
Garantía técnica 7% 100
Tiempo de importación 6% 100
Condiciones de empleo y remuneración 1% 100
Económico 60% 100
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8.4.1 Cumplimiento de Requisitos Formales de las Ofertas (1%)
Se evaluará el cumplimiento formal de los requisitos administrativos, técnicos y económicos, a través del
mecanismo de Tabulación, asignándose el siguiente puntaje:
TRAMO, REQUISITO O CARACTERISTICA PUNTAJE
Presenta oferta con todos los documentos requisitos administrativos, técnicos, económicos
y anexos solicitados, en tiempo y forma. 100
Presenta oferta con todos los documentos, requisitos administrativos, técnicos, económicos
y anexos solicitados, pero se debe pedir subsanar o enmendar elementos de tipo
subsanables a través de foro inverso y proveedor corrige y/o subsana en tiempo y forma.
50
Presenta oferta con todos los documentos, requisitos administrativos, técnicos, económicos
y anexos solicitados, pero se debe pedir subsanar o enmendar elementos de tipo
subsanables a través de foro inverso y proveedor NO corrige o subsana en tiempo y forma.
0
8.4.2 Autorización de Fábrica (8%)
Para este criterio el proveedor deberá presentar el Certificado de Autorización de Fábrica para realizar
comercialización de componentes, accesorios, repuestos y brindar soporte técnico para equipos de la marca
de esta planta de agua (AGUASIN) en Chile.
Este Criterio se evaluará a través de mecanismo dicotómico.
REQUERIMIENTO PUNTAJE FORMA DE ACREDITAR
Presenta certificado de autorización de fábrica para realizar los
servicios ofertados en la presenta licitación.
100 Certificado y/o documento
No presenta certificado de autorización de fábrica para realizar
los servicios ofertados en la presenta licitación.
0 No acredita
8.4.3 Comportamiento Contractual Anterior (5%)
Este Factor se evaluará a través del mecanismo de Tabulación, en base a lo siguiente:
Se medirá el comportamiento contractual anterior del oferente con la evaluación del documento Anexo N°05,
“Certificado Comportamiento Contractual Anterior”, suscrito por clientes con los que tenga o haya tenido
contratos del mismo rubro y envergadura de los servicios requeridos en la presente licitación que declaren la
conducta intachable del oferente sin multas, sanciones ni término anticipado de contrato.
Para estos efectos se considerarán del mismo rubro, contratos referidos a la venta de los mismos servicios
requeridos en esta adquisición y de la misma marca ofertada y se considerará de la misma envergadura
cuando los contratos se hayan celebrado con instituciones de salud públca. Si no concurren estas dos
condiciones en conjunto, el certificado no será considerado en la Evaluación.
Los Certificados de Comportamiento Contractual Anterior, deberán presentarse firmados por la persona
facultada para ello de la respectiva empresa o institución, identificándose en el mismo como tal y con el timbre
de la Institución que adquirió el servicio. No serán considerados para la evaluación los Certificados de
Comportamiento Contractual Anterior emitidos por el propio oferente, por las entidades del grupo
empresarial al que pertenece la empresa o sociedad oferente o por las personas jurídicas que tengan, respecto
de la empresa o sociedad oferente, la calidad de matriz, coligante, filial o coligada, en conformidad a las
definiciones contenidas en la Ley N° 18.046.
El Hospital se encontrará facultado para confirmar los antecedentes entregados, contactando a las respectivas
Instituciones que hayan otorgado dichas certificaciones.
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En consecuencia, los antecedentes y clientes del oferente, que no puedan ser acreditados o confirmados a
través de la presentación y revisión de estos certificados, se entenderán como no presentados, para efectos
de la evaluación.
Para la Evaluación se considerará sólo la presentación hasta un máximo de 6 certificados de clientes distintos,
que hayan adquirido los servicios en los últimos 24 Meses desde la publicación de esta Licitación.
Si el oferente presenta más de 6 certificados, sólo se considerarán los 6 certificados donde consten las
contrataciones de fechas más recientes.
Estos certificados deben adjuntarse en la carpeta técnica con el nombre: “Anexo N°05 Certificado
Comportamiento Contractual Anterior”:
REQUERIMIENTO PUNTAJE
Presenta Certificados de 6 clientes 100
Presenta Certificados de 5 clientes 80
Presenta Certificados de 4 clientes 60
Presenta Certificados de 3 clientes 40
Presenta Certificados de 2 clientes 20
Presenta Certificados de 1 clientes 10
No presenta certificados o estos no pueden ser
corroborados con la entidad emisora
0
8.4.4 Experiencia del Oferente (3%)
Este criterio se evaluará a través del mecanismo de Tabulación, en base a lo siguiente:
Se medirá y acreditará la experiencia del oferente tanto en el sector público como en el privado, con la
evaluación de órdenes de Compra, según lo siguiente:
Experiencia en sector público: con la presentación de “Órdenes de Compra de Mercado Público aceptadas y
con recepción conforme” que hayan presentado los oferentes, adjuntas en la carpeta Técnica, estos
documentos deben indicar los clientes con los que tenga o haya tenido contratos del mismo rubro y
envergadura de los servicios requeridos en la presente licitación, emitidas en el portal de mercado público,
aceptadas por el oferente y donde conste expresamente su recepción conforme, que acreditan la experiencia
del proveedor en la venta de los bienes y/o servicios requeridos.
Experiencia en Sector Privado: con la presentación de “Órdenes de Compra con su correspondiente factura”
que hayan presentado los oferentes, adjuntas en la carpeta Técnica, estos documentos deben indicar los
clientes con los que tenga o haya tenido contratos del mismo rubro y envergadura del servicio requerido en
la presente licitación.
Para ambos tipos de experiencia se considerarán del mismo rubro, las Ordenes de compras de MP y las
Ordenes de compras con sus respectivas facturas, referidas a la venta del mismo servicio requerido en esta
adquisición y se considerará de la misma envergadura cuando dichos contratos se hayan celebrado con
organismos de salud públicos o privados.
Si no concurren estas dos condiciones en conjunto, las Orden de Compra de Mercado Público o las Ordenes
de compras con sus facturas, no serán consideradas como antecedente para la Evaluación.
Las órdenes de compra tanto de mercado público como del sector privado, deberán presentarse una por cada
cliente. Si presenta más de una orden de compra emitida por la misma Institución Pública o Privada, solo será
considerada la Orden de Compra de fecha más actual.
El Hospital se encontrará facultado para confirmar los antecedentes entregados revisando el portal mercado
público y SII de ser necesario, contactando a las respectivas Instituciones y empresas que hayan emitido dichas
órdenes.
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En consecuencia, los antecedentes y clientes del oferente, que no puedan ser acreditados o confirmados a
través de la presentación y revisión de estas Órdenes de Compra de Mercado Público que no cuenten con
Recepción conforme, o las Órdenes de compra de sector privado que no se presenten junto a su
correspondiente factura, se entenderán como no presentadas, para efectos de la evaluación.
Para la Evaluación se considerará sólo la presentación hasta un máximo de 6 órdenes de compra de clientes
distintos que hayan adquirido los mismos servicios en los últimos 24 Meses desde la publicación de esta
Licitación.
Si el oferente presenta más de 6 órdenes de compra, solo se considerarán las 6 órdenes de compra donde
consten las contrataciones de fechas más recientes.
REQUERIMIENTO PUNTAJE
Presenta órdenes de compra de 6 clientes 100
Presenta órdenes de compra de 5 clientes 80
Presenta órdenes de compra de 4 clientes 60
Presenta órdenes de compra de 3 clientes 40
Presenta órdenes de compra de 2 clientes 20
Presenta órdenes de compra de 1 clientes 10
No presenta órdenes de compra 0
8.4.5. Capacitación del personal (2%)
Este Factor se evaluará a través del mecanismo de Tabulación, en base a lo siguiente:
Se medirá la capacitación del personal en el área de Servicio técnico de Planta de Agua que prestará los
servicios en esta contratación, según los antecedentes señalados en el anexo N°09 “Listado Personal que
prestará los servicios”.
La capacitación de personal que no se encuentre identificado en el Anexo N°09, o no se logre acreditar, no
será considerada a evaluación.
La capacitación deberá ser comprobada a través de la presentación de Certificados, que señalen
expresamente el Nombre y N° de Cédula de Identidad del trabajador.
REQUERIMIENTO PUNTAJE
100% personal capacitado 100
50% personal capacitado 50
menos del 50% del personal capacitado 10
Sólo se considerarán capacitaciones realizadas dentro de los 24 meses anteriores a la fecha del cierre de
recepción de ofertas de este proceso licitatorio.
8.4.6. Experiencia del personal (7%)
Este Factor se evaluará a través del mecanismo de Tabulación, en base a lo siguiente:
Se medirá la experiencia de los trabajadores que prestarán los servicios para el oferente en esta contratación,
según los antecedentes señalados en el anexo N°08 “Experiencia del Personal” y Anexo N°09 “Listado Personal
que prestará los servicios
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La experiencia de personal que no se encuentre identificado en el Anexo N°09, no será considerada a
evaluación.
La experiencia deberá ser comprobada a través de la presentación de finiquitos, Relación de Servicios o
Certificados Laborales, que señalen expresamente el Nombre y N° de Cédula de Identidad del trabajador, años
de prestación servicios y labor realizada por el trabajador en el área de Servicio técnico de planta de agua,
tanto para el área pública como privada, según correspondan.
Si no se presentan los respaldos y/o antecedentes que acrediten la experiencia del trabajador, esta no será
considerada para la Evaluación.
El Hospital se encontrará facultado para confirmar los antecedentes entregados revisando el portal mercado
público y de ser necesario, contactando a las respectivas Instituciones o empresas que hayan emitido dichos
Contratos o certificaciones.
En consecuencia, los antecedentes de experiencia de los trabajadores del oferente, que no puedan ser
acreditados o confirmados a través de la presentación y revisión de contratos, finiquitos, relación de
servicios o certificaciones Laborales, se entenderán como no presentados, para efectos de la evaluación.
EXPERIENCIA EN SERVICIOS DE SERVICIO TÉCNICO
DE PLANTA DE AGUA
Se aplica sobre el 100% del personal a prestar
servicios y la experiencia se considera por
trabajador.
PUNTAJE
Acredita experiencia en Servicio Técnico de planta
de agua superior a 5 años en el 100% del personal
que prestará servicios
100
Acredita experiencia en Servicio Técnico de planta
de agua superior a 2 años e inferior 5 años en el
100% del personal que prestará servicios
40
Acredita experiencia en Servicio Técnico de planta
de agua entre 1 y 2 años en el 100% del personal
que prestará servicios
20
Acredita experiencia en Servicio Técnico de planta
de agua inferior a 1 año en el 100% del personal
que prestará servicios
10
No Acredita experiencia en Servicio Técnico de
planta de agua en el 100% del personal que
prestará servicios
0
8.4.7. Garantía técnica (7%)
Este criterio se evaluará a través del mecanismo de tabulación.
El oferente debe especificar los meses de garantía técnica ofertados en el Anexo N°04.
La oferta debe considerar como mínimo una garantía técnica de 3 meses. De ofertar una garantía inferior a
esta, la propuesta será declarada inadmisible.
GARANTÍA TÉCNICA PUNTAJE
12 meses o más 100
11 meses 80
10 meses 70
9 meses 60
8 meses 50
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7 meses 40
6 meses 30
5 meses 20
4 meses 10
3 meses 0
8.4.8. Tiempo de importación. (6%)
Se evaluará con el mecanismo Porcentual del Menor Valor, según lo ofertado en Anexo N° 04 y lo siguiente:
REQUERIMIENTO PUNTAJE MAXIMO
Tiempo de Importación 100
𝑀𝑒𝑛𝑜𝑟 𝑃𝑙𝑎𝑧𝑜: (
𝑀𝑒𝑛𝑜𝑟 𝑃𝑙𝑎𝑧𝑜 𝑂𝑓𝑒𝑟𝑡𝑎𝑑𝑜
𝑃𝑙𝑎𝑧𝑜 𝑂𝑓𝑒𝑟𝑡𝑎𝑑𝑜 ) 𝑥 100
El proponente debe informar el plazo de importación de repuestos en Anexo Nº 04, el cual no podrá superar
los 15 días corridos so pena de declararse inadmisible su oferta. Lo anterior, sin perjuicio de que se
efectuará la revisión de la totalidad de los antecedentes contenidos en la oferta, de acuerdo al artículo 9 de
la Ley N° 19.886.
8.4.9 Condiciones de empleo y remuneración (1%)
Este criterio corresponde a las mejores condiciones laborales otorgadas por el oferente al personal que
prestará el servicio, individualizados en el Anexo N° 09 , situación debidamente acreditada. El mecanismo de
tabulación será resultado de la sumatoria de los puntajes obtenidos por el oferente, según la información
presentada y acreditada en anexo N° 10 de su oferta y según la siguiente tabla:
Condiciones de Empleo y Remuneración Puntaje
Políticas de capacitación continua 20
Contratación personas con discapacidad 20
Seguro salud 10
Bono Escolaridad 10
Bono Fiestas Patrias 10
Bono Navidad 10
Políticas de Reajustabilidad remuneraciones 10
Contratación de personas adulto mayor 10
REQUERIMIENTO PUNTAJE
MAXIMO
Mejores Condiciones de empleo y remuneración
debidamente acreditadas, Anexo Nº 10 100
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8.4.10 Evaluación Económica (60%)
El criterio Económico se evaluará según el valor ofertado en el anexo 07 “Carta Oferta”, utilizándose la fórmula
“Menor Precio”.
Se establece expresamente que si la oferta del proveedor es de $1 en Mercado Público, su oferta será
declarada inadmisible.
Formula de Evaluación:
𝑀𝑒𝑛𝑜𝑟 𝑃𝑟𝑒𝑐𝑖𝑜: (
𝑀𝑒𝑛𝑜𝑟 𝑃𝑟𝑒𝑐𝑖𝑜 𝑂𝑓𝑒𝑟𝑡𝑎𝑑𝑜
𝑃𝑟𝑒𝑐𝑖𝑜 𝑂𝑓𝑒𝑟𝑡𝑎𝑑𝑜 ) 𝑥 100
8.5.- Situación de Empate:
En caso de que dos o más ofertas obtengan igual puntaje total, se resolverá el empate según los siguientes
criterios:
a) Se seleccionará aquella oferta que presente el puntaje más alto en el Autorización de Fábrica.
b) Si subsistiese el empate, se seleccionará aquella oferta que presente el mejor puntaje en el Criterio
Garantía Técnica.
c) Si subsistiese el empate, se seleccionará aquella oferta que presente el mejor puntaje en el Criterio
d) Si subsistiese el empate, se seleccionará aquella oferta que presente el mejor puntaje en el Criterio
experiencia de personal.
e) Si subsistiese el empate, se seleccionará aquella oferta que presente el mejor puntaje en el Criterio tiempo
de importación.
f) Si subsistiese el empate, se seleccionará aquella oferta que presente el mejor puntaje en el Criterio
comportamiento contractual anterior.
g) Si subsistiese el empate, se seleccionará aquella oferta que presente el mejor puntaje en el Criterio
experiencia del oferente.
h) Si subsistiese el empate, se seleccionará aquella oferta que presente el mejor puntaje en el Criterio
capacitación del personal.
i) Si subsistiese el empate, se seleccionará aquella oferta que presente el mejor puntaje en el Criterio
Económico.
j) Si subsistiese el empate, se seleccionará aquella oferta que fuese ingresada primero, según la fecha y hora
en el portal Mercado Publico.
8.6.- Acta de Evaluación
La Comisión de Evaluación elaborará el "Informe o Acta Final de Evaluación" el cual contendrá:
• La identificación de los integrantes de la Comisión de Evaluación que asistieron a evaluar.
• La identificación de los asesores expertos invitados a la Evaluación, si es que existieron.
• La identificación de las ofertas que no cumplieron alguno de los requerimientos obligatorios de bases,
siendo rechazadas sus ofertas en la apertura, quedando por lo tanto fuera de evaluación y aquellas que
fueron evaluadas pero se determinó de igual manera que no cumplieron alguno de los requerimientos
obligatorios de bases, por tanto se deben proponer junto a las rechazadas, para ser declaradas
inadmisibles por la autoridad y la información detallada sobre cuál o cuáles requerimientos no fueron
cumplidos por todas estas ofertas.
• Un cuadro comparativo de las propuestas con las respectivas puntuaciones parciales obtenidas en cada
uno de los criterios de evaluación, así como también un resumen de la Evaluación realizada con
especificación del puntaje final.
• Un análisis final de evaluación y/o las observaciones, si proceden.
• Cuando no se hayan presentado ofertas, la constancia de esta situación para declarar Desierto el proceso.
• Los fundamentos de declarar desierto el proceso en base a ofertas presentadas y evaluadas que no
resulten convenientes para los intereses del establecimiento, cuando proceda.
• La recomendación o propuesta final, a la autoridad competente, de adjudicación del oferente mejor
evaluado o de declarar desierto el proceso, según sea el caso, fundada en razones objetivas y no
discriminatorias.
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9.- DE LA ADJUDICACIÓN DE PROPUESTA |
9.1 Criterios de Adjudicación
La Adjudicación se hará por el Servicio Requerido en estas Bases de Servicio de mantenimiento de planta de
agua de diálisis del hospital la florida.
Se adjudicará a aquel proponente cuya oferta haya sido evaluada como la más ventajosa para los intereses de
la institución, considerando los criterios de evaluación establecidos en las presentes Bases y conforme las
facultades y prerrogativas establecidas en la normativa sobre contratos administrativos de suministro y
prestación de servicios.
9.2.- Comunicación de la Adjudicación
El Hospital Clínico Metropolitano La Florida adjudicará la oferta mediante acto administrativo, el cual tendrá
plena vigencia una vez que se encuentre totalmente tramitado y notificado al adjudicatario y al resto de los
oferentes a través de www.mercadopublico.cl. En dicho acto administrativo, se especificarán los criterios de
evaluación aplicados, de acuerdo a lo establecido en las presentes Bases.
Si no se adjudicase en el plazo indicado en el punto 5.4 de estas Bases, se avisará a través del Portal las razones
de ello, indicando un nuevo plazo para la adjudicación o la decisión de declarar desierto.
9.3.- Peticiones o Reclamos del Proponente Adjudicado
Adjudicada la propuesta, no podrá el proponente formular petición o reclamo de ninguna especie fundado en
el desconocimiento de estas Bases Administrativas, de las Bases Técnicas y los anexos y sus modificaciones;
las cuales se entienden plenamente conocidas y aceptadas por el solo hecho de presentación de su oferta.
9.4.- De la Readjudicación
El Hospital Clínico Metropolitano La Florida podrá readjudicar la licitación, dentro de los 60 días corridos
desde la publicación, al oferente que siga en orden de prelación de acuerdo con el puntaje total obtenido,
dejando sin efecto la adjudicación previa, en los siguientes casos:
1.-Si el adjudicatario desiste de su oferta.
2.-Si el adjudicatario se desiste de firmar el contrato.
3.-Si el adjudicatario no entrega garantía de fiel y oportuno cumplimiento o cualquier otro documento
solicitado para la firma del contrato en tiempo y forma.
4.-Si el adjudicatario es inhábil para contratar con el estado en los términos del artículo cuarto, incisos 1° y 6°
de la Ley 19.886, o según lo establecido en el inciso segundo del artículo 26, letra d), del DFL N° 1, de 2004,
del Ministerio de Economía, Fomento y Reconstrucción sobre condena establecida por el Tribunal de Defensa
de la Libre Competencia, o lo dispuesto en la Ley N° 20.393 Sobre Responsabilidad Penal de Personas Jurídicas
condenadas por delitos de Cohecho , Lavado de Activos y Financiamiento al Terrorismo o no proporciona los
documentos que sean requeridos para verificar dicha condición o le sobreviene una inhabilidad.
El Hospital podrá elegir si adjudica a la segunda oferta mejor evaluada o deserta el proceso, para efectuar un
nuevo llamado a licitación, emitiéndose para cada caso la respectiva resolución.
9.5.- Revocación de la Licitación
Si se ha detectado una ilegalidad en y durante el proceso o aconteciere durante su tramitación un hecho
considerado como Imprevisto, Caso Fortuito o Fuerza mayor, que haga imposible e improcedente adjudicar
la Licitación, en virtud de la falta de oportunidad o el interés público, el Hospital Clínico Metropolitano La
Florida, podrá realizar la revocación de esta, previo acto administrativo que justifique tal situación, sin
perjuicio de otras causales específicas de las normas especiales vigentes, aplicables a los actos del Estado.
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10.- DEL CONTRATO |
De acuerdo a lo estipulado en el Artículo 63° del Reglamento de la ley N° 19.886 aprobado por el decreto Nº
250/2004 del Ministerio de Hacienda, la formalización del contrato en este proceso se llevará a cabo según lo
siguiente:
a) La firma de un contrato escrito será obligatoria en esta adquisición para los oferentes que
adjudiquen un monto total igual o mayor a 100 UTM, ya sea por la adjudicación de una o varias
líneas.
b) Para los oferentes que adjudiquen un monto entre 50 y 99 UTM, su contratación se formalizará a
través de la emisión y aceptación de la correspondiente Orden de Compra, más la presentación de
la Garantía de Fiel Cumplimiento de Contrato, de acuerdo a lo estipulado en el punto 10.8 de estas
Bases.
c) Para los oferentes que adjudiquen montos inferiores a 50 UTM, su contratación se formalizará a
través de la emisión y aceptación de la correspondiente Orden de Compra.
10.1.- Entrega de Documentación y Antecedentes para Suscribir el Contrato
El adjudicatario deberá hacer llegar toda la documentación necesaria para la suscripción definitiva de su
contrato y/o la correspondiente emisión de la Orden de Compra, según corresponda, a la Unidad de Contratos
de Abastecimiento del Hospital, dentro de los 5 días hábiles siguientes a la adjudicación y según el siguiente
detalle:
• Acreditación poderes del representante legal: El proveedor adjudicado en el caso que fuera persona jurídica,
deberá acreditar la vigencia de los poderes del representante legal a través de certificado de vigencia de
poderes emitido por el Registro de Comercio o por la institución que corresponda, de data no superior a 3
meses contados desde la fecha en que deba suscribir el contrato escrito.
• Declaraciones juradas: El oferente adjudicado, deberá presentar las siguientes declaraciones juradas:
a) Anexo N°02 Declaración Jurada Simple: en formato físico firmada por el representante legal de la empresa
o la persona natural, según corresponda, en la cual se consigna que no se encuentra unido por los vínculos de
parentesco descritos en la letra B) del artículo 54 de la ley 18.575, que no se encuentra afecto a las
inhabilidades establecidas en el artículo 4° de la ley Nº19.886, y que tratándose de personas jurídicas, además,
no ha sido condenado a pena de prohibición de celebrar actos y contratos con Organismos del Estado, de
conformidad con la ley Nº20.393. Si se trata de una Unión Temporal de Proveedores, cada uno de los
integrantes deberá presentar su Declaración Jurada de forma Individual.
b) Si el contrato es igual o superior a 1000 UTM y el adjudicado es una unión temporal de proveedores: Los
oferentes adjudicados que se unan de esta forma, deberán presentar la Escritura Pública que materialice la
unión temporal de proveedores. Dicho documento deberá establecer la solidaridad entre las miembros de la
unión temporal de proveedores y el nombramiento de un representante o apoderado común con poderes
suficientes, además de tener una vigencia que no podrá ser inferior a la vigencia del contrato que se adjudica
mediante el proceso licitatorio, incluyendo las renovaciones del mismo si existiesen, conforme a lo regulado
en el art. 67 bis, del Reglamento de la ley N°19.886 aprobado por el decreto Nº 250/2004 del Ministerio de
Hacienda
• Cumplimiento de obligaciones laborales y previsionales: El proponente adjudicado deberá presentar un
certificado en que se acredite el cumplimiento de las obligaciones laborales y cotizaciones previsionales por
parte del proveedor adjudicado para con sus trabajadores, éste deberá ser emitido por la Inspección del
Trabajo o por empresas autorizadas para extender este tipo de certificados. En caso de que el certificado
arroje deudas o saldos insolutos de remuneraciones o cotizaciones previsionales, los primeros estados de
pago producto del contrato licitado deberán ser destinados al pago de dichas obligaciones, debiendo el
oferente adjudicado acreditar que la totalidad de las obligaciones se encuentran liquidadas al cumplirse la
mitad del período de ejecución del contrato.
El incumplimiento de esta obligación, como, asimismo, la falta de presentación de dicho certificado habilitará
al Hospital, para poner término al contrato y podrá llamar a una nueva licitación, sin que el oferente
adjudicado pueda participar en este nuevo proceso.
10.2. - Inscripción en el Registro Electrónico Oficial de Proveedores Del Estado.
El proveedor al momento de adjudicar y contratar deberá estar inscrito en el registro nacional
www.chileproveedores.cl. Si al momento de adjudicar el proveedor no se encuentra inscrito en este registro,
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tendrá un plazo excepcional de 10 días hábiles contados desde la notificación de la adjudicación para
inscribirse, sin perjuicio de lo anterior, deberá hacer entrega de todos los demás antecedentes según lo
dispuesto en párrafo primero del numeral 10.1
La no inscripción en Chileproveedores o la no entrega de cualquiera de los documentos y antecedentes ya
señalados, configurará causal suficiente para dejar sin efecto la resolución de adjudicación respectiva. En tal
caso se procederá al cobro de la garantía de seriedad de la oferta correspondiente pudiendo el Hospital
readjudicar al 2º mejor oferente evaluado, el que deberá acreditar las mismas exigencias de los párrafos
anteriores, o bien, declarar desierta la licitación, cuando la 2da mejor oferta evaluada no resulte conveniente
a sus intereses, en conformidad al artículo Nº 9 de la Ley N° 19.886.
Será responsabilidad del adjudicatario cumplir en tiempo y forma, con todas las exigencias antes descritas.
10.3 Suscripción Del Contrato Y Aceptación De La Orden De Compra:
10.3.a Firma de contrato: Una vez adjudicada la Licitación, cuando proceda, se hará llegar al adjudicatario el
documento de contrato vía correo electrónico, al correo informado por el proveedor en el Anexo N°01 de su
oferta. El oferente adjudicado estará obligado a firmar y devolver contrato firmado en 3 copias en formato
físico, en sobre cerrado a nombre de Unidad de Contratos del Hospital La Florida, indicándose la siguiente
referencia “CONTRATO ID 812261-XX-LE23 (donde XX, se debe reemplazar por el número de la licitación).
El sobre deberá ser entregado en Unidad de Contratos ubicada en dependencias del Departamento de
Comercialización del Hospital, dentro del plazo estipulado en el numeral 5.4. de las bases.
10.3.b Resolución que aprueba contrato: Una vez firmado y devuelto el contrato por el proveedor, se
procederá a firmar por la autoridad competente del Hospital y se dictará la correspondiente Resolución que
aprueba dicho contrato.
10.3.c Emisión de Orden de compra: una vez recibido conforme el servicio, se emitirá orden de compra
respectiva, por mes vencido, a través del sistema de información www.mercadopublico.cl.
En los casos que proceda la suscripción de contrato escrito, la orden de compra se podrá emitir antes de la
completa tramitación de la Resolución que aprueba el Contrato, por razones excepcional de buen servicio. Sin
perjuicio de que esta, debe encontrarse totalmente tramitada al momento de pagar dicha Orden de compra.
10.3.d Aceptación de la Orden de compra por el proveedor: El proveedor deberá aceptar la Orden de compra
en el plazo de 24 horas desde su publicación en el sistema de información www.mercadopublico.cl. Vencidas
las 24 horas sin respuesta en el portal, se entenderá que la Orden de compra ha sido aceptada tácitamente
por el proveedor, comenzando a correr los plazos de entrega y cumplimiento de todas las obligaciones del
contrato.
Todo, sin perjuicio, de que, para el pago de factura, esta Orden de compra deberá encontrarse aceptada
expresamente en el sistema de información y con recepción Conforme, aceptación y recepción, sin la cual el
pago no se llevará a cabo. El proveedor no podrá imponer un monto mínimo de despacho para aceptar la
Orden de Compra.
10.4.- Contenido del Contrato.
El contrato contendrá todas y cada una de las cláusulas necesarias para su efectivo cumplimiento, especificará
el objeto, precio, modalidad de pago, entre otras.
Se comprende dentro del objeto de la obligación del Oferente adjudicado, todo lo señalado en su oferta.
El incumplimiento de lo ofertado será considerado incumplimiento grave de las obligaciones contraídas en el
contrato y podrá dar origen a su término y al cobro de la respectiva garantía, sin perjuicio de las acciones
legales correspondientes que pueda ejercer el servicio.
Las cláusulas del respectivo contrato serán aplicables tanto a las obligaciones principales, como las
obligaciones accesorias y complementarias y se cumplirán del modo natural que a ellas correspondieren.
El Oferente adjudicado será empleador único y exclusivo de su personal y por lo tanto, directamente
responsable ante las autoridades administrativas y del trabajo, Tribunales de Justicia, organismos
previsionales, y en general ante cualquier tercero, del cumplimiento fiel y oportuno de todas las obligaciones
laborales y previsionales que le correspondan en dicha calidad y en general de todas y cada una de las
obligaciones que nacen del contrato de trabajo, y de aquellas establecidas por el Código del Trabajo. No
existiendo vínculo laboral alguno entre el Hospital y el Oferente adjudicado ni con sus trabajadores. El Hospital
podrá requerir en todo momento, información relativa al cumplimento de las obligaciones laborales y
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previsionales que le asisten al empleador respecto de sus trabajadores, y especialmente respecto de aquellos
que estén involucrados directa o indirectamente en las prestaciones de que trata la presente licitación y el
respectivo contrato.
10.5.- Vigencia y Duración del Contrato
El contrato que se celebre comenzará a regir a contar de la total tramitación del acto administrativo que lo
apruebe, o desde la aceptación de la respectiva Orden de Compra, según corresponda, salvo en aquellos
casos en los cuales, por razones de buen servicio, y mediante resolución fundada, las prestaciones contenidas
en el contrato escrito, deban iniciarse desde el momento de su suscripción, sin perjuicio, de que no proceda
pago alguno antes de la total tramitación del acto administrativo que lo aprueba.
La duración del contrato será de 12 meses o hasta que se alcance el gasto total máximo adjudicado, lo que
ocurra primero.
10.6.- Renovación del Contrato
En caso excepcional y por motivos fundados el contrato podrá eventualmente ser renovado, solo por una sola
vez y bajo las mismas condiciones comerciales convenidas.
Dicha renovación deberá aprobarse mediante acto administrativo totalmente tramitado, según lo dispuesto,
entre otros, en el dictamen N°34.713, de 2015.
Los motivos fundados serán:
a. Continuidad del servicio
b. Caso fortuito y /o Fuerza mayor
10.7.- Modificación Del Contrato
Mediante Resolución fundada, el HLF podrá modificar el contrato en cualquiera de las situaciones que se
señalan a continuación:
a) Mutuo acuerdo entre los contratantes, sin que pueda alterarse la aplicación de los principios de estricta
sujeción a las bases y de igualdad de los oferentes, ni que pueda aumentarse el monto del contrato más allá
del 30% del monto originalmente pactado.
b) Si así lo exigiera el interés público o la seguridad nacional.
c) Las demás causales establecidas en el artículo 77 del reglamento de la Ley 19.886.
10.8.- Garantía de Fiel y Oportuno Cumplimiento del Contrato
Junto a la firma del Contrato y para cautelar el cumplimiento de la correcta ejecución de este, el adjudicatario
deberá entregar una caución o garantía, siendo de su exclusiva responsabilidad que dicha caución o garantía sea
presentada conforme a las especificaciones que a continuación se indican.
Tipo de
Documento
Podrán ser presentados como documentos de caución, boletas de garantía, vale
vistas, certificados de fianza, póliza de garantía o cualquier otro documento que
cumpla con los siguientes requisitos
• Sea pagadero a la vista
• no sujeto a modalidad
• irrevocable
• Emitida a favor de Entidad Pública
Monto 10% de monto total adjudicado con IVA incluido en pesos chilenos.
Beneficiario Hospital Clínico Metropolitano La Florida; Rut: 65.075.485-9
Vigencia 12 meses más 120 días hábiles, a contar de la adjudicación.
Glosa Garantizar el Fiel y Oportuno Cumplimiento del Contrato y las obligaciones laborales
del “SERVICIO DE MANTENIMIENTO DE PLANTA DE AGUA DE DIÁLISIS DEL HOSPITAL
LA FLORIDA” ID 812261-XX-LE23(donde se señala XX reemplazar por el número de la
Licitación)
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Forma y
oportunidad de
Entrega Física
El oferente o su representante deberá entregar físicamente la garantía en secretaría
de Comercialización ubicada en dependencias del Hospital La Florida (primer piso),
Avenida Froilán Roa 6542, en horario de lunes a viernes, de 08:30 a 13:00 y de 14:30
a 16:00 horas, dentro de los 5 días hábiles desde la adjudicación.
La garantía debe entregarse en sobre cerrado dirigido a la Unidad de Contratos del
Hospital La Florida, señalando en el sobre lo siguiente:
GARANTIA DE FIEL OPORTUNO CUMPLIMIENTO ID: 812261-XX-LE23 (donde
se señala XX, se debe reemplazar por el número de la licitación)
IDENTIFICACION DEL OFERENTE
El oferente que necesite respaldar la entrega de su garantía deberá acompañar una
fotocopia del sobre que entrega. Esta fotocopia será timbrada por profesional,
indicando la fecha de su recepción y solo si se comprueba que el documento físico
viene en su interior.
Sin perjuicio de lo señalado anteriormente, la revisión del documento y cumplimiento
de requisitos formales, solo se verificará por la Unidad de Contratos
En caso de presentarse una Garantía en Formato Electrónico, deberán ser enviadas al
correo: garantiahlf@redsalud.gov.cl, antes del del vencimiento del plazo de 5 días
hábiles desde la adjudicación, indicando en el asunto del correo el ID de la Licitación
y el nombre del Oferente.
De no presentar dicha garantía en forma, lugar, día y hora señalados, la oferta
adjudicada se entenderá desistida. Esto último, sin perjuicio de las garantías en
formato electrónico que, además, deben ajustarse a las disposiciones de la Ley
N°19.799 sobre documentos electrónicos, firma electrónica y servicios de
certificación de dicha firma, que deberán acompañarse conjuntamente con la oferta.
En el caso de que la garantía entregada contenga errores, se solicitará corregir dentro
de los 5 días hábiles siguientes, so pena de no firmarse el contrato respectivo.
La no entrega de esta Garantía de Fiel y Oportuno Cumplimiento, dará lugar al cobro
de la Garantía de Seriedad de la Oferta (si se ha solicitado en el proceso licitatorio) y
el Hospital podrá readjudicar la Licitación o declarar Desierto el proceso.
La garantía podrá ser tomada por el oferente o por un tercero a nombre de él.
Custodia Las garantías serán custodiadas por la Unidad de Tesorería del Hospital.
Se hace presente que en el edificio ubicado en Avenida Froilán Roa 6542, funcionan distintas unidades del
Hospital, por lo que será de exclusiva responsabilidad del proveedor entregar correctamente la garantía, en
caso de que se entregue en un lugar distinto del indicado precedentemente, se tendrá por no presentado
el documento.
En caso de que el Hospital determine necesario aumentar el contrato, el adjudicatario deberá renovar la
garantía de fiel y oportuno cumplimiento, conforme al nuevo plazo y monto que se estime para estos efectos.
La garantía original será devuelta una vez que se haya entregado la nueva garantía.
10.9.- Devolución y Cobro de la Garantía de Fiel y Oportuno Cumplimiento del Contrato.
La garantía de fiel y oportuno cumplimiento del contrato se podrá hacer efectiva, en caso de incumplimiento
por parte del proveedor de cualquiera de las obligaciones del Contrato, sin perjuicio de las multas que
corresponda aplicar.
Para el cobro de la Garantía de Fiel y Oportuno Cumplimiento, se aplicará el mismo procedimiento utilizado
para el cobro de multas, según lo establecido en estas Bases de Licitación. La devolución de la garantía de fiel
y oportuno cumplimiento del contrato se efectuará dentro del plazo de 10 días hábiles contado desde el
término del contrato, y una vez acreditado que se han cumplido todas las obligaciones de dicho contrato,
mediante Certificación de Conformidad, suscrito por el Jefe de la Unidad de Contratos o quien lo subrogue,
para tal efecto, al término del convenio.
Un representante de la empresa debidamente individualizado con poder especial ante notario podrá solicitar
la devolución ante el Responsable de Contrato de la Unidad de Contratos del Hospital, caso en el que se
comunicará a la Unidad de Tesorería. En caso que el Hospital determine necesario aumentar el contrato, el
adjudicatario deberá entregar una nueva garantía de vida útil y política de canje para los nuevos insumos,
conforme al plazo ofertado.
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10.10.- Resciliación Del Contrato por Mutuo Acuerdo.
Las partes podrán poner término al contrato de común acuerdo, en forma anticipada, suscribiendo el
documento respectivo.
10.11.- Prohibición de Cesión
El adjudicatario no podrá ceder ni transferir en forma alguna, total ni parcialmente los derechos y obligaciones
establecidos para esta adquisición y contratación. En lo referido a la cesión de los instrumentos y títulos de
crédito que surjan del contrato, se estará a los artículos 74 y 75 del Decreto N°250 de 2004 del Ministerio de
Hacienda que aprueba Reglamento de la ley N°19.886 de Bases de Contratos Administrativos de Suministro y
Prestación de Servicios, particularmente al hecho que se notifique oportunamente dicho contrato o cesión y
no existan obligaciones o multas pendientes.
10.12.- Subcontratación
Queda prohibida la subcontratación de los servicios contratados. Lo anterior salvo en los casos de transporte
y/o distribución.
10.13.-Reajustabilidad de los Precios
El precio adjudicado no se reajustará durante la vigencia del contrato
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11. DE LAS ACTIVIDADES |
Los adjudicatarios deberán ceñirse estrictamente a las instrucciones y coordinación que le sean impartidas
por el Hospital de La Florida, a través del referente técnico.
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12.-DE LA PUESTA EN MARCHA |
El inicio formal de las actividades será desde la fecha de contratación y previa coordinación con el Referente
técnico, con el fin de dar continuidad a los servicios requeridos y no afectar el regular funcionamiento del
Hospital.
Los adjudicatarios deberán ceñirse estrictamente a las instrucciones y coordinación que le sean impartidas
por el Hospital de La Florida, a través del referente técnico.
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13.- SANCIONES POR INCUMPLIMIENTO DE CONTRATO |
13.1.- Término Anticipado Del Contrato
El Hospital podrá, previa calificación de las circunstancias y emisión de resolución fundada de su director,
poner administrativamente término al contrato, en forma anticipada, unilateral e inmediata, en caso de
incumplimiento del contrato celebrado, considerándose como causales de dicho término, las indicadas en el
artículo Nº 13 de la Ley Nº 19.886, en el artículo Nº 77 del Decreto Nº 250 de 2004 que contiene el Reglamento
de la Ley N° 19.886, además de las siguientes causales específicas:
a) La aplicación de dos o más multas dentro un plazo de tres (3) meses, durante la vigencia del contrato,
cualquiera sea su fuente, de las enumeradas en el punto 13.3, o por la acumulación de multas cuyo monto
total sea igual o superior al 30% del monto del contrato.
b) Evaluación Técnica deficiente del proveedor emitida por el Hospital. Según lo señalado en el número 13.1.1
de las bases administrativas
c) Cambio o modificación unilateral del precio ofertado, del servicio, condiciones de su oferta, calidad, u otra
condición establecida por la Entidad u ofertada por el proveedor.
d) Realización de actividades que pongan en riesgo al establecimiento y/o a sus funcionarios.
e) Incurrir en falsedad en la documentación presentada relativa al servicio adjudicado.
f) Cuando la Empresa adjudicada, a juicio de la Unidad Técnica, demuestre incapacidad técnica para ejecutar
el contrato o incumpliere las observaciones e instrucciones impartidas por la Unidad Técnica para la
ejecución de este.
g) Si el proveedor fuere declarado en quiebra o cayera en estado de notoria insolvencia.
h) Si falleciese el proveedor o se disolviese la empresa o perdiere su personalidad jurídica. En tal evento, se
procederá a efectuar la liquidación del contrato determinando las obligaciones que quedasen.
i) Si el adjudicatario cede o transfiere total o parcialmente los derechos y obligaciones que nacen de la
presente licitación, y en especial los establecidos en el contrato definitivo, salvo que una norma legal
especial permita la cesión de derechos y obligaciones. Lo anterior, es sin perjuicio que los documentos
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justificativos de los créditos que emanen de estos contratos podrán transferirse de acuerdo a las normas
del derecho común.
j) Si la persona jurídica ha sido condenada penalmente de conformidad a la Ley Nº 20.393.
k) Si el adjudicatario cede o subcontrata total o parcialmente el contrato.
l) Si el adjudicatario durante la vigencia del contrato es condenado por prácticas antisindicales o infracción
a los derechos fundamentales del trabajador, ejecutoriada o que cause ejecutoria dicha condena.
m) Las demás causales que se establezcan en la Ley Nº 19.886 y su normativa reglamentaria.
Terminado que sea en forma anticipada el contrato, el Hospital queda facultado para hacer efectiva la Boleta
de Fiel Cumplimiento de Contrato, sin que el adjudicatario tenga derecho a indemnización siempre que se
haya debido a responsabilidad del proveedor.
13.1.1.- Evaluación Técnica
Durante toda la vigencia del contrato, el referente técnico, podrá evaluar el servicio a fin de dar cuenta de su
ejecución conforme, según los niveles de servicio exigidos en las Base Técnicas y sus correspondientes
indicadores. En el evento de evaluarse como NO RECOMENDABLE, se podrá dar término al contrato según lo
estipulado en la letra b el numeral 13.1. y servir dicha evaluación, a futuro, como herramienta en un próximo
proceso licitatorio para evaluar al oferente en el Criterio Comportamiento contractual anterior.
13.2.- Amonestación.
Constituye un documento firmado por las partes, que deja constancia de cualquier falta menor y objetiva,
cometida por el adjudicatario, y que, en atención a su importancia, no está afecta a cobros pecuniarios, salvo
que exista acumulación según se describe más adelante.
13.3.- Multas
El Hospital La Florida podrá, previa calificación de las circunstancias y resolución fundada del director del
Hospital, aplicar y cobrar multas al adjudicatario por incumplimiento de sus obligaciones contractuales, por el
monto que se indica, y con un tope máximo de un 30% del total del contrato.
a) Se aplicará una multa de 2 UTM por incumplimiento de las instrucciones impartidas por el Hospital, a
través del administrador interno del contrato.
b) Se aplicará una multa de 10 UTM por vulnerar normas referidas al uso de información reservada o
confidencial al que se tenga acceso en razón del servicio contratado.
c) Se aplicará una multa de 5 UTM por ocultar información respecto de irregularidades que atente contra
los bienes del Estado y sus funcionarios o el servicio prestado por la Institución.
d) Se aplicará una multa de 10 UTM por realizar declaraciones públicas a los medios de comunicación,
entregar información del Hospital etc.
e) Se aplicará una multa de 1 UTM por no asistir a reuniones solicitadas de tipo presencial en dependencias
del Hospital y/o por videoconferencias.
f) Se aplicará una multa de 4 UTM por no prestar cobertura del servicio durante las 24 horas, los 7 días de
la semana, durante los 12 meses.
g) Se aplicará una multa de 2 UTM por la aplicación de 3 amonestaciones dentro de 2 meses.
h) Incumplimiento de plazos de días: Se aplicará una multa de 2 UTM por cada día de atraso en cualquiera
los plazos en días detallados en las Bases Técnicas (ya sea para ejecución del mantenimiento preventivo
y correctivo, entrega informe técnico, entrega checklist).
i) No cumplimiento de Garantía: Se aplicará una multa de 2 UTM por falla post mantenimiento preventivo
y/o correctivo, dentro del plazo de garantía ofertado en la propuesta. Se entenderá por entrega efectiva
del equipo mantenido, la fecha anotada en la Guía de servicio o Factura por el personal de la Unidad de
Equipos Médicos.
j) Se aplicará una multa de 1 UTM por cada hora de atraso de plazos señalados en horas en bases técnicas.
k) Tiempo de importación: Se aplicará una multa de 3 UTM por no cumplimiento de los tiempos de
importación detallados en el Anexo N°04.
l) Se aplicará una multa de 10 UTM por conductas que impliquen condiciones sanitarias deficientes, de
acuerdo con las normas de infecciones intrahospitalarias o que obstruyan la atención y/o calidad del
servicio. (por ejemplo, no cumplir con los protocolos de seguridad y/o infecciones, etc).
m) Por cambio de personal técnico ofertado sin autorización expresa del Hospital, se aplicará una multa de
5 UTM.
n) Se aplicará una multa de 10 UTM por negación en la entrega de información solicitada por el hospital.
o) Se aplicará una multa de 5 UTM por utilización en el Servicio, de repuestos distintos a los ofertados o
usados.
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p) Se aplicará una multa de 10 UTM por conductas que conlleven incumplimiento de los protocolos
acordados con el Hospital, por responsabilidad comprobada del oferente.
q) Se aplicará una multa de 10 UTM por conductas que conlleven incumplimiento de los protocolos de
atención y/o seguridad definidos con el Hospital (Por ejemplo, aviso inoportuno de causal de fuerza
mayor o caso fortuito que impida la adecuada ejecución de los servicios, se estima inoportuno si excede
de 2 horas contadas de sucedido el hecho).
r) La falla del equipamiento donde se registren eventos de carácter importante que puedan ocasionar daño
al paciente, las cuales no sean atribuibles al usuario. Ante esto se aplicará una multa de 20 UTM por
evento.
s) No realizar la Capacitación en la fecha coordinada, se aplicará una multa de 3 UTM.
t) Se aplicará una multa de 3 UTM por cada día de retraso en la realización de análisis fisicoquímicos que
deben realizarse cada 3 meses, según lo establecido en Bases Técnicas, numeral 2.4, letra a).
u) Se aplicará una multa de 3 UTM por cada día de retraso en la realización de análisis microbiológicos que
deben realizarse cada 3 meses, según lo establecido en Bases Técnicas, numeral 2.4, letra b).
v) Se aplicará una multa de 3 UTM por cada día de retraso en la realización de análisis de endotoxinas según
lo establecido en Bases Técnicas, numeral 2.4, letra c).
w) Se aplicará una multa de 3 UTM por cada día de retraso en la entrega de equipos incluidos, según lo
indicado en bases técnicas, numeral 2.2, letra c).
x) Se aplicará una multa de 0.5 UTM por cada día de retraso en la entrega de manuales, según lo establecido
en bases técnicas, numeral 3.
y) Se aplicará una multa de 1 UTM por cada día de retraso en la entrega del informe técnico descrito en las
bases técnicas, numeral 2.2.
El valor de la UTM será el que corresponde al día en que se emita la Resolución de aplicación de multa.
13.4 Registro de comportamiento
El proveedor que sea sancionado durante la vigencia del contrato, por aplicación de multa(s), cobro de
garantía o por causal imputable de término anticipado de contrato, será ingresado a los siguientes registros:
• Registro Nacional de Incumplimiento de Chileproveedores y
• Registro interno de Evaluación del Hospital Registro de Proveedores sancionados, que lleva la Unidad
de Contratos del Hospital, para estos efectos.
La información en ellos registrada podrá ser utilizar en la evaluación del proveedor en futuros procesos de
adquisición que lleve a cabo el Hospital y en cuyas bases se incorpore como herramienta para medir el
correspondiente Criterio de Comportamiento Contractual Anterior.
13.5. Procedimiento para aplicación de sanciones, cobro de multas y/o Término Anticipado de Contrato
La determinación de una situación o condición que diere lugar a la aplicación de una sanción, multa y/o
termino anticipado de contrato, se originará a partir de un informe que emane desde el Referente Técnico
administrador del contrato, dirigido a la Unidad de contratos del Departamento de Comercialización.
Recibido el informe, ésta evaluará si la situación es de aquellas consideradas como causales para la aplicación
de una sanción, multa y/o termino anticipado de contrato según Bases y tratándose de multas calculará los
montos a pagar.
La Unidad de gestión de Contratos notificará al adjudicatario, a través del módulo de sanciones del aplicativo
de gestión de contratos dispuesto en www.mercadopublico.cl , por escrito a través de correo electrónico, al
correo indicado por el proveedor en anexo 01 de su oferta, del informe emanado por el Referente Técnico
Administrador de contrato/ o por ella y la causal que origina la sanción, Multa o el término anticipado de
contrato según corresponda y si se trata de la aplicación de Multa , el monto a pagar, a fin de que el proveedor
manifieste sus descargos acompañando todos los antecedentes que estime pertinente dentro del término de
5 días hábiles desde dicha notificación, a través del módulo gestión de contratos.
Una vez vencido el plazo sin presentar descargos, el Hospital dictará la respectiva resolución aplicando la
medida y detallando las circunstancias fácticas que hicieron procedente dicha sanción.
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Si el adjudicatario hubiera presentado descargos en tiempo y forma, el Hospital tendrá un plazo de 30 días
hábiles a contar de la recepción de los mismos para rechazarlos o acogerlos, total o parcialmente. Al respecto,
el rechazo total o parcial de los descargos del proveedor deberá formalizarle a través de una resolución
fundada del Hospital, en el cual deberá detallarse el contenido y las características de la sanción, Multa o el
término anticipado de contrato según corresponda y si se trata de la aplicación de Multa, el monto a pagar.
La indicada resolución deberá notificarse al proveedor adjudicado mediante carta certificada remitida por la
Unidad de Gestión de Contratos al proveedor a la dirección indicada en el Anexo N°1 e informarse en el
módulo de sanciones del portal www.mercadopublico.cl
Las notificaciones por carta certificada se entenderán practicadas a contar del tercer día siguiente a su
recepción en la oficina de correos que corresponda.
Contra la resolución que aplique la medida respectiva procederán los recursos establecidos en la Ley
N°19.880, Ley de Bases de Procedimientos Administrativos que rigen los Actos de los Órganos de la
Administración del Estado.
La entidad compradora tendrá la obligación de registrar las medidas indicadas en la presente clausula a través
del módulo de gestión de contratos dispuesto en plataforma www.mercadopublico.cl.
13.6. El pago de la multa podrá ser cobrado:
a) Directamente al adjudicatario quien deberá pagar dentro de los 10 días corridos desde su notificación, o
b) Se podrá retener su monto al momento del pago de las facturas pendientes. En este caso, se descontarán
administrativamente del pago de las facturas que no hayan sido pagadas por el Hospital. Serán descontadas
del pago, no de la factura, es decir, el proveedor deberá facturar por el total sin descontar las multas que se
le aplicasen. Estas serán descontadas al momento de girar el pago respectivo por parte de la Unidad
Financiera, o
c) Con todo, de no hacer pago directo el proveedor o de no existir facturas pendientes por pagar, se podrá
hacer el cobro de las multas haciendo efectiva la garantía de fiel y oportuno cumplimiento, sin más trámite.
13.7 Procedimiento para interponer recurso:
El proveedor dispondrá de un plazo de cinco días hábiles, contados desde la notificación mediante carta
certificada de la resolución fundada, remitida por la Unidad de gestión de Contratos al proveedor a la dirección
indicada en el Anexo N°01, para impugnar dicho acto administrativo, debiendo acompañar todos los
antecedentes que justifiquen eliminar, modificar o reemplazar la respectiva sanción, mediante un escrito o
carta ante la autoridad máxima del servicio por la sanción aplicada. Esta presentación se debe realizar
mediante carta certificada o con entrega presencial en la Oficina de Partes del Hospital. El Hospital tendrá un
plazo no superior a 30 días hábiles para resolver el citado recurso. Mientras se encuentre pendiente la
resolución de recurso de reposición, no se hará efectiva la respectiva sanción.
La resolución que acoja el recurso podrá modificar, reemplazar a dejar sin efecto el acto impugnado. Ahora
bien, en el caso de multas, que sean finalmente cursadas, sea total o parcialmente, ésta se hará efectiva
mediante el cobro directo en un plazo máximo de 20 días, debiendo pagar en un plazo de hasta 10 días una
vez notificado el cobro, o bien, se hará efectivo a través del cobro de la o las garantías de fiel cumplimiento,
según cuál sea el caso.
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14.- DE LA GARANTIA TÉCNICA DE LOS SERVICIOS ADJUDICADOS |
El oferente se obliga a mantener una garantía técnica de los productos, según lo ofertado en Anexo N°04, sin
perjuicio de lo anterior, esta garantía no podrá ser inferior a 3 meses.
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15.- DE LA FACTURACIÓN |
El oferente por el sólo hecho de presentar su oferta renuncia a sus políticas de facturación y se somete al
requerimiento del Hospital, en consecuencia, no podrá imponer el oferente un monto mínimo de facturación
para ningún efecto.
El oferente solo podrá facturar la Orden de Compra aceptada, una vez que esta se encuentre con su recepción
conforme publicada en el portal mercadopublico.cl
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En caso de que la factura presente algún error o no cuente la orden de compra respectiva con la recepción
conforme señalada anteriormente, el Hospital dispondrá de 08 días corridos para hacer las observaciones
correspondientes al adjudicatario o rechazarla. El proveedor dispondrá de 08 días corridos para subsanar si se
tratara de errores subsanables. La nueva factura o Nota de Crédito según sea el caso, sufrirá el mismo trámite
formal que el documento original, salvo que, por tratarse de una segunda tramitación, el plazo para su pago
será de 20 días hábiles desde su recepción conforme por parte del Hospital.
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16.- DEL PAGO |
La obligación de pago por parte del Hospital se perfecciona a partir de la comunicación que realice la Unidad
de Contratos del Departamento de Abastecimiento del Hospital al Departamento de Finanzas, previa
confirmación de los siguientes antecedentes:
a) Orden de Compra aceptada por el proveedor en el portal www.mercadopublico.cl
b) El acta de recepción conforme firmada por la Unidad Técnica Administradora del Contrato.
c) Emisión de factura la cual deberá indicar el Numero de OC que se generó por los servicios.
d) La eventual aplicación de multas y sanciones.
e) Recepción conforme en la plataforma de Mercado Público, siendo esta última recepción en el portal,
la que dará origen a la facturación electrónica.
f) Formulario 30, Solicitud de Certificado de Antecedentes Laborales y Previsionales.
Para iniciar el proceso de pago de manera correcta y oportuna, es fundamental que el adjudicatario haya
aceptado expresamente la orden de compra en la plataforma de mercado público.
El pago de facturas se realizará dentro de los 30 días corridos, a través de Tesorería General de La República,
desde la fecha de la aceptación de la correspondiente factura.
La recepción conforme de los servicios, conlleva la validación y emisión de OC lo cual se realizará en 10 días
hábiles.
Lo anterior se funda en los plazos internos existentes, considerando los procesos administrativos de la
institución.
En caso que el adjudicatario registre saldos insolutos de remuneraciones o cotizaciones de seguridad social
con sus actuales trabajadores o con trabajadores contratados en los últimos dos años, aplicará lo estipulado
en el artículo 4º de la Ley 19.886.
16.1.- Pagos con Trasferencias electrónicas.
La Tesorería General de la República está facultada para realizar pagos a través de transferencia electrónica a
los proveedores que completen de manera correcta la autorización notarial adjunta para pago con
transferencia electrónica.
Una vez completado, este mandato debe ser legalizado ante notario y posteriormente debe ser entregado en
Tesorería o Secretaria de Finanzas del Hospital de La Florida, ubicada en el tercer piso de la institución. Este
mandato una vez entregado, no puede ser modificado por el oferente durante la duración del contrato.
AUTORIZACIÓN NOTARIAL PARA PAGO CON TRANSFERENCIA ELECTRÓNICA
Yo, ____________________________________________, RUN: _________________________, en
calidad de representante legal de la empresa, ________________________________________________
R.U.T. _______________________________ ; autorizo al Hospital Clínico La Florida Dra. Eloísa Díaz
Insunza, para que pague con transferencia electrónica bancaria, documentos por cobrar que existan con
dicha entidad, en la cuenta que detallo a continuación:
Cta.Corriente Cta.Débito Cta.deAhorro Cta.Vista
Nº Cuenta:
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Banco:
R.U.T. empresa:
Nombre empresa:
Mail confirmación de pago:
Firma Representante Legal
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17.- RESPETO DE LA NORMATIVA DEL HOSPITAL LA FLORIDA Y DEBIDO CUIDADO A SUS BIENES |
Para la ejecución del contrato, el Hospital permitirá la entrada del personal del adjudicatario, debidamente
acreditado, a las dependencias involucradas en la ejecución de éste. En tal caso, el personal del adjudicatario
deberá solicitar acatar las medidas de resguardo y control de los recintos institucionales y el adjudicatario será
responsable, y quedará obligado a la reparación o reposición, de cualquier desperfecto, daño o perdida que
puedan sufrir el inmueble del Hospital La Florida y/o los bienes muebles que lo guarnecen. Cabe hacer
presente, que el ingreso tanto el adjudicatario como su personal al Hospital La Florida, para efectos de ejecutar
su contrato, estarán sujetos a protocolos de seguridad que deberá coordinar con el funcionario designado
para tal efecto y que será oportunamente informado.
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18. ADMINISTRACIÓN Y FISCALIZACIÓN DEL CUMPLIMIENTO DEL CONTRATO. |
18.1 Administración por parte del Hospital
Con el objeto de coordinar y controlar el correcto cumplimiento del contrato, se designa a Erika Cortés, Jefa
de la Unidad de Equipos Médicos del HLF o quien sea titular del mismo cargo al momento de la ejecución del
contrato, o quien lo subrogue, en calidad de Referente Técnico Administrador del Contrato quien, junto a la
Unidad de Contratos del Departamento de Comercialización del Hospital, tendrán las siguientes
responsabilidades:
Referente técnico administrador de contrato:
• Fiscalizar el estricto y oportuno cumplimiento de las obligaciones contractuales, en especial la calidad y
entrega oportuna de los servicios
• Proponer la aplicación de multas, en caso de verificarse alguna de las infracciones consignadas en las
presentes bases, notificando la infracción o incumplimiento a través de un informe, a la Unidad de
Contratos.
Unidad de Contratos:
• Mantener actualizado un archivo con la totalidad de los antecedentes del contrato.
• Llevar registro de sanciones y multas aplicadas al proveedor
• Llevar el control del consumo y ejecución del contrato hasta su término en cuanto a su precio total.
• Proveer el estado de recepción conforme e informar los descuentos y/o multas a que hubiere lugar, para
que se verifique el pago por parte de la Unidad de Finanzas.
• Revisar procedencia y autorizar la devolución de la garantía de fiel y oportuno cumplimiento del contrato
o solicitar se haga efectiva, si procede.
En general, ambos deberán desarrollar todas las acciones referidas al control y gestión de las acciones que
faciliten la ejecución del contrato.
18.2 Encargado del Contrato por parte del Proveedor
Por su parte, el adjudicatario deberá designar un Encargado de Contrato que se relacionará con el
Administrador del contrato para los efectos señalados y que deberá señalar en su anexo.
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19. LEY Nº 20.584. |
Tanto el adjudicatario como su personal, deberán en todo momento observar estrictamente la normativa que
establece la Ley Nº 20.584, que Regula Los Derechos y Deberes que tienen las Personas en relación con
acciones vinculadas a su atención de salud.
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20. DEBER DE CONFIDENCIALIDAD |
Durante el desarrollo del contrato, como al término de éste, el adjudicatario y/o su personal no podrá divulgar
o hacer uso de la información a que haya tenido acceso con ocasión del mismo, constituyendo su infracción,
incumplimiento grave de su obligación de confidencialidad, facultando al Hospital La Florida para ejercer las
acciones judiciales que estime pertinentes para el resarcimiento de todos sus perjuicios. Lo anterior, teniendo
en especial consideración lo dispuesto en la Ley Nº 19.928 de Protección de Datos de Carácter Personal.
El proveedor no podrá utilizar para ninguna finalidad ajena a la ejecución de los servicios contratados, la
documentación, los antecedentes y, en general, cualquier información, que haya conocido o a la que haya
accedido, en virtud de la ejecución del contrato, o de cualquier actividad relacionada con éste durante la
vigencia del mismo.
El proveedor, así como sus consultores y/o personal dependiente que de una u otra manera se haya vinculado
a la ejecución de los servicios, en cualquiera de sus etapas, deben guardar confidencialidad sobre los
antecedentes vinculados con el desarrollo de dichos servicios.
La responsabilidad del respectivo proveedor en este ámbito, será solidaria respecto de la de sus
administradores, representantes, personeros, empleados, consultores, subcontratistas o cualquier tercero
quien en función de su cargo tenga acceso a la documentación, antecedentes, datos e información, en
cualquiera de sus formas, entregadas por el proveedor del servicio.
El proveedor debe dar garantías respecto al resguardo de la confidencialidad de la información, reservándose
la Entidad contratante el derecho de ejercer las acciones legales que correspondan, de acuerdo a las normas
legales vigentes.
Las partes declaran y reconocen que toda la información que derive del uso de la aplicación y/o solución
licitada, generada exclusivamente con motivo de los servicios materia de este proceso y toda información que
a partir de ella pudiese derivarse, será reservada y confidencial, no pudiendo, ninguna de ellas, reproducir,
usar, gozar, distribuir, comercializar de cualquier forma dicha información.
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21. DE LA SEGURIDAD DE LA INFORMACION |
El proveedor deberá dar cumplimiento a la normativa vigente aplicable al contrato, durante toda su vigencia.
En especial deberá dar cumplimiento a los siguientes cuerpos normativos:
• Normativa del sector salud: DFL N° 1, del 24 de abril de 2006, Ministerio de Salud, que fija el texto
refundido, coordinado y sistematizado del Decreto Ley N° 2.763, de 1979 y de las leyes N° 18.933 y 18.469;
DFL N° 725, Ministerio d Salud, Código Sanitario; la Ley N°20.584, referida a Deberes y Derechos que
tienen las Personas en relación con acciones vinculadas a su Atención de Salud ; Decreto N° 41, del 24 de
julio 2012, del Ministerio de Salud, Reglamento de Ficha Clínica; Decreto N° 31, del 15 de junio 2012, del
Ministerio de Salud, Reglamento sobre entrega de información y expresión de consentimiento Informado
en las atenciones de Salud; ley 20.724, del 2014, que modifica el Código Sanitario en materia de la
regulación de medicamentos; ley 20.850, del 2016, que crea un sistema de protección financiera para
diagnósticos y tratamientos de alto costo y rinde homenaje póstumo a son Luis Ricarte Soto Gallegos; ley
19.966, de 2004, que establece un régimen de garantías de salud; Ley 19.650, que perfecciona normas
del área de la salud; ley 20.120 de 22 de septiembre 2006, sobre la investigación científica en el ser
humano, su genoma, y prohíbe la clonación humana y demás normativa del área de la salud.
• En Materia de documentos electrónicos: Ley 19.799 del 12 abril de 2002 y su normativa complementaria,
especialmente el Decreto Supremo N° 83, del Ministerio Secretaría General de la Presidencia, publicado
el 12 de enero de 2005 en el Diario Oficial; El Decreto N°14, de 2014, del Ministerio Secretaría General de
la Presidencia.
• En materia de protección de datos personales: el art.19 N°4 de la Constitución Política de la República y
la ley de protección de datos personales N° 19.628 y su normativa complementaria; la ley 20.575 sobre
el principio de la finalidad en el tratamiento de datos personales
• En materia de delitos informáticos: lo dispuesto en la ley 19.223 sobre delitos informáticos. Ley 20.009
sobre clonación de tarjetas de crédito
• Leyes de aplicación general: Ley 19.880 de bases de los procedimientos administrativos; Ley NUM 21.180,
de transformación digital del Estado; ley 20.285 de transparencia y acceso a información pública; Ley
19.886 de compras públicas.
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En caso de que alguna de estas normas sea modificada o sustituida el proveedor deberá adaptarse a los
requerimientos de la nueva normativa.
Para lo anterior el proveedor deberá adjuntar y completar en el contrato una DECLARACION JURADA DE
CONFIDENCIALIDAD válida como cláusula de confidencialidad del contrato.
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I. BASES TÉCNICAS |
1.- OBJETO
El objetivo de las presentes bases técnicas, es describir los aspectos técnicos que requiere el SERVICIO DE
MANTENIMIENTO DE PLANTA DE AGUA DE DIÁLISIS que se van a adquirir mediante la presente licitación.
El propósito de esta licitación es velar y resguardar la seguridad y el correcto funcionamiento de la planta de
agua ultrapura para hemodiafiltración on-line y el anillo de tuberías de recirculación de agua en la UPC Adulto
del Hospital La Florida. Además de contar con mantenimientos preventivos mensuales y mantenimientos
correctivos en caso de ser necesarios, la realización de análisis físico-químicos, microbiológicos y medición de
endotoxinas.
El proveedor adjudicado deberá poner a disposición del HLF a un representante, quien deberá canalizar las
observaciones realizadas por la contraparte del HLF designada para dichos efectos, velando por el fiel
cumplimiento del contrato y del servicio entregado.
El servicio requerirá las siguientes obligaciones:
- Asegurar que el servicio prestado, se enmarca en la normativa vigente, tanto legal como comercialmente.
- Informar al HLF de cualquier modificación del uso legal del servicio.
Las fechas de las Mantenciones preventivas serán coordinadas con el administrador del contrato del Hospital
perteneciente a la unidad de equipos Médicos del Hospital.
2.- DEL SERVICIO
ÍTEM SERVICIO REQUERIDO TIEMPO
ESTIMADO
GASTO ESTIMADO POR 12
MESES EN UTM CON IVA
1
SERVICIO DE MANTENIMIENTO DE PLANTA DE
AGUA DE DIÁLISIS DEL HOSPITAL LA FLORIDA 12 meses 360 UTM
PLANTA DE AGUA QUE REQUIERE DEL SERVICIO
EQUIPO MARCA MODELO CANTIDAD PERIODICIDAD
PLANTA DE OSMOSIS
INVERSA DOBLE PASO
AGUASIN PTA-OR 1 MENSUAL
2.1- Mantenimiento Preventivo
El Mantenimiento Preventivo es un procedimiento recomendado y diseñado para reducir la probabilidad de
fallas electro-mecánicas y de reducción de la calidad del agua. El incumplimiento de esta mantención puede
reducir la operatividad y disponibilidad del equipo o sistema a lo largo del tiempo.
A través del Mantenimiento Preventivo se busca una oportuna intervención del equipo, a fin de asegurar la
disponibilidad y continuidad en la prestación de servicios y resultados analíticos de calidad y trazables.
Los puntos a considerar para la ejecución del mantenimiento preventivo son los siguientes:
- El proveedor deberá ejecutar el mantenimiento preventivo de acuerdo a las pautas especificadas en el
Checklist (Anexo N°03 Protocolo de Mantenimiento).
- En caso de que el equipo falle durante el período de garantía ofertado en el Anexo N°04, y la falla
corresponda a un evento que debió haber sido detectado y notificado durante la ejecución del
mantenimiento, o bien por no haber ejecutado de buena manera el mantenimiento preventivo, el HLF
aplicará multas según las Bases Administrativas. Una vez notificada la falla, el proveedor tendrá un plazo
máximo de 24 horas para realizar una revisión en terreno y subsanar.
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- La coordinación de los mantenimientos preventivos debe realizarse única y exclusivamente a través de
la Unidad de Equipos Médicos del Hospital, nunca directamente con el Servicio Clínico al que pertenezca
el equipo.
- El proveedor deberá informar su disponibilidad a más tardar el tercer día hábil del mes considerado para
cada mantención a la Unidad de Equipos Médicos. Los meses contemplados para los trabajos de
mantenimiento preventivo se describen a continuación por ítem:
- Mantención de tuberías: Cabe destacar que la planta de agua considera además las tuberías de
recirculación de agua, las que deben incluir reapriete y desinfección además de todo lo necesario para su
correcto funcionamiento.
- Se requerirá que el horario del servicio de mantenimiento preventivo sea Lunes a Jueves de 8:00 a 17:30
hrs. y Viernes de 8:00 a 16:00 hrs.
- Al finalizar el mantenimiento, el proveedor deberá entregar a la Unidad de Equipos Médicos una hoja de
servicio para respaldar su visita. Sólo en caso que el mantenimiento finalice después del horario hábil,
personal clínico de la unidad podrá firmar la hoja de servicio. De ser así, ésta deberá ser entregada a
equipos médicos de forma física o digital el siguiente día hábil.
- El proveedor deberá colocar una etiqueta de mantenimiento en el equipo, la cual reflejará el fin de la
mantención. Esta etiqueta será entregada por la Unidad de Equipos Médicos y será proporcionada al
momento de que el proveedor ejecute la mantención preventiva.
- El proveedor deberá entregar un checklist, informe técnico o protocolo que incluya todas las actividades
descritas en el Anexo N°03, éste debe ser entregado en un plazo no mayor a 3 días hábiles posterior al
mantenimiento y deberá estar firmado tanto por el técnico ejecutor de la mantención como por el
encargado de equipos médicos de la mantención. De no cumplir el plazo designado, se aplicará la multa
incumplimiento plazo de días, detallado en las presentes bases.
- El proveedor debe considerar dentro del mantenimiento preventivo el cambio periódico de todos los
elementos que tengan vida útil acotada tales como baterías, filtros, etc. estos cambios deben ser
informados en el protocolo de mantenimiento entregado.
- La empresa debe responder frente a cualquier falla atribuible al mantenimiento preventivo, exceptuando
los deterioros producidos por los usuarios.
- Todos los repuestos utilizados durante la mantención preventiva serán a costo del proveedor.
2.2- Mantenimiento Correctivo
El mantenimiento correctivo corresponde al conjunto de acciones realizadas para resolver situaciones de falla
en las instalaciones y equipos (producidas imprevistamente), con el fin de restablecer las condiciones de
seguridad y funcionalidad en ellas. Estos se realizan de acuerdo a la necesidad de las fallas que presenten los
equipos, de acuerdo a la cantidad de suministros que se detallan a continuación:
a) Asistencia Técnica remota:
- La asistencia técnica remota entregada por el proveedor, debe estar operativa las 24 horas del día, los 7
días de la semana.
- El plazo de respuesta será de 1 hora, desde que el hospital haya puesto en conocimiento al proveedor del
problema.
- El proveedor deberá ser capaz de entregar asistencia telefónica ya sea a través de un call center o un
teléfono de servicio.
b) Asistencia Técnica en terreno:
- La mantención correctiva (MC) debe realizarse de acuerdo a la falla puntual del equipo. El horario de
atención será de 24 horas, los 7 días de la semana.
- El proveedor debe estar disponible para recibir solicitudes de asistencia en terreno las 24 horas del día,
los 7 días de la semana.
- El plazo de respuesta para mantenimiento con repuestos sin importación será de 1 día, desde que el
hospital ponga en conocimiento al proveedor del problema.
- Las reparaciones deben realizarse con materiales, accesorios y repuestos nuevos, sin uso y que sean
compatibles con los instalados en el Hospital acorde a la marca y modelo del equipo, con el fin de asegurar
el óptimo funcionamiento del mismo.
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La empresa adjudicada deberá incluir repuestos sin límites para fallas propias del equipo (no generadas por el
usuario), por el período que dure el contrato.
Al término del mantenimiento correctivo, se debe entregar un informe técnico detallado de las tareas
realizadas. El plazo máximo para la entrega de este reporte es de tres días hábiles posterior a la reparación, el
cual deberá ser entregado sólo a personal de la Unidad de Equipos Médicos.
En caso de que el mantenimiento termine después de las 17:30 horas, durante fines de semana o días festivos,
la hoja de servicio puede ser recepcionada por personal del Servicio Clínico. Aun así, se debe enviar vía digital
una copia de las ejecuciones realizadas durante el mantenimiento correctivo.
La empresa deberá responder frente a cualquier deterioro de los equipos incluidos en el contrato, producto
de fallas mecánicas y/o eléctricas del equipo que ésta provoque a raíz de los trabajos de mantención.
Frente al atraso con cualquiera de los plazos se procederá a ejecutar lo establecido en el punto Multas.
Todos los repuestos utilizados durante la mantención correctiva, serán a costo del proveedor.
2.3- Garantía Técnica
La obligación de garantía técnica por parte del proveedor se perfecciona mediante las acciones que permitan
que los bienes y servicios objeto del contrato sirvan para el uso para el cual fue adquirido, a partir del
llamamiento que realice el HLF, por falla, desperfecto o mal funcionamiento; y su posterior recepción
conforme.
En caso de presentarse una falla post mantención el proveedor tendrá 24 horas para agendar una visita de
revisión. Para fallas asociadas a errores usuarios o que no sean asociados a mantenciones realizadas en el
equipo, no serán consideradas parte de la garantía técnica. Las visitas asociadas a esta garantía deberán ser
incluidas por equipo según el plan de mantenimiento preventivo, el cual debe ser enviado y aceptado por el
administrador del contrato anterior a la recepción conforme.
Además, durante el periodo de contrato el proveedor deberá realizar visitas de inspección sin cobro en caso
de notificación de falla. En caso de que la falla se haya producido por agentes externos al equipo, ya sea por
falla usuaria, de infraestructura o alimentación eléctrica, el proveedor deberá proveer los repuestos asociados
a la reparación según valores cotizados en su oferta.
En caso de reparación el proveedor deberá cumplir los plazos ofertados en el presente contrato, de lo
contrario se aplicarán las multas detalladas en el ítem Multas.
En caso que la planta se encuentre fuera de funcionamiento, deteniendo la producción de agua, por más de
15 días corridos, el proveedor deberá asumir el costo económico del servicio de terapias de diálisis,
hemofiltración o hemodiafiltración, según corresponda.
2.4.- Especificaciones del Servicio
- Durante todo el periodo de duración del contrato, el proveedor deberá proveer de Mantención Preventiva
en forma mensual y Mantención Correctiva cuando se notifique falla.
- En caso de haber realizado cambio de repuestos durante la mantención preventiva y correctiva, las piezas
defectuosas, deberán ser entregadas al personal de Unidad de Equipos Médicos.
- Todas las herramientas, instrumentos, y maquinarias que se requieran utilizar durante la mantención,
serán de exclusivo cargo del Adjudicatario.
- Todo simulador y/o instrumento utilizado para medir el correcto funcionamiento del equipo, ya sea en
mantenimiento preventivo o correctivo, debe tener sus calibraciones al día.
- Las piezas usadas en la mantención de los equipos deben ser nuevas.
El adjudicatario estará sujeto a la reglamentación administrativa, técnica y de seguridad que rige al Hospital,
la falta de cumplimiento de estas normas habilitará al Hospital para poner término al Contrato en forma
Inmediata si así fuese necesario.
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Respecto a recomendaciones técnicas generales no detalladas explícitamente, se debe ajustar a las siguientes
normas y/o guías de calidad en terapias de reemplazo renal. En caso que las guías definan distintas
definiciones y/o metas, operará el de mayor exigencia o calidad:
• ISO 23500: 2014. Guidance for the preparation and quality management of fluids for haemodialysis
and related therapies
• ISO 13959: 2014 Water for haemodialysis and related therapies
• Guideline for dialysate quality of Spanish Society of Nephrology. Pérez-García R et al.
Nefrologia. 2016;36(3): e1-e52.
• Decreto Nº 2357 del Ministerio de Salud sobre centros de diálisis.
• Aprueba reglamento sobre las prestaciones de diálisis y los establecimientos que las otorgan, del
Ministerio de Salud. Decreto 45, septiembre 2017. (http://bcn.cl/225za)
Cualquier cambio en las normas o decretos chilenos sobre diálisis durante el periodo de adquisición
y garantía técnica deberá ser aplicado a la planta ofertada a entero cargo del proveedor
La calidad del agua entregada por la planta deberá cumplir con los siguientes parámetros:
a) Físico Químicos (basada en norma ISO 13959. 2014 )
QUIMICO LIMITE MAXIMO TECNICA DE MEDICION
Aluminio 0,01 mg/L Espectrometría de absorción atómica
Antimonio 0,006 mg/L Espectrometría de absorción atómica
Arsénico 0,005 mg/L Espectrometría de absorción atómica
bario 0,100 mg/L Espectrometría de absorción atómica
Berilio 0,0004 mg/L Espectrometría de absorción atómica
Cadmio 0,001 mg/L Espectrometría de absorción atómica
Calcio 2 mg/L Espectrometría de absorción atómica
Cloro total 0,100 mg/L Colorimétrico
Cloraminas 0,100 mg/L Colorimétrico
Cromo 0,0140 mg/L Espectrometría de absorción atómica
Cobre 0.1 mg/L Espectrometría de absorción atómica
Flúor 0.2 mg/L Cromatografia iónica
magnesio 0.4 mg/L Espectrometría de absorción atómica
mercurio 0,0002 mg/L Espectrometría de absorción atómica
Nitrato 2.0000 mg/L Colorimétrico
Plata 0,005 mg/L Espectrometría de absorción atómica
Plomo 0,005 mg/L Espectrometría de absorción atómica
Potasio 8 mg/L Fotómetro de llama
Selenio 0,09 mg/L Espectrometría de absorción atómica
Sodio 70 mg/L Fotómetro de llama
Sulfato 100mg/L Método turbidimétrico
Talio 0,002 mg/L Espectrometría de absorción atómica
Zinc 0,100 mg/L Espectrometría de absorción atómica
El proveedor deberá entregar un análisis fisicoquímico del agua con las mediciones de las concentraciones de
los químicos detallados en la tabla superior al momento de finalizar las mantenciones de la planta y post
proceso de desinfección. El cumplimiento correcto de estos análisis en los rangos indicados es condicionante
para la recepción conforme definitiva de los trabajos de mantenimiento preventivo (o mantenimiento
correctivo que lo requiera). Además, se deberán realizar los análisis fisicoquímicos cada 3 meses durante el
periodo de contrato, lo cual se requiere para tener un control exhaustivo durante el funcionamiento.
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Estos análisis deben ser realizados en una muestra de agua tomada desde una llave de alimentación para una
máquina de diálisis en cualquiera de los 24 cubículos (según decisión del personal del HLF).
Además, de las características fisicoquímicas señaladas anteriormente, el agua de la 2º osmosis deberá tener
una conductividad permanente en < a 5 µS·cm−1
.
b) Microbiológicos
El proveedor deberá entregar un análisis microbiológico del agua con las mediciones de las concentraciones
de Unidades Formadoras de Colonias (UFC). Estas no pueden ser superiores a 10 UFC/ml en el agua tomada
de la llave de alimentación para una máquina de diálisis en cualquiera de los 24 cubículos (según decisión del
personal del HLF).
El análisis Microbiológico debe ser realizado cada 3 meses, y deben considerar 7 muestras tomadas desde
salida de Osmosis Reversa 1, salida de Osmosis Reversa 2, Estanque de alimentación, Retorno de línea de agua
y 3 salas de la UPC Adulto aleatorias según disponibilidad del día de la medición. El recuento bacteriológico
del agua tratada debe realizarse previo a la desinfección de la planta de agua. Los análisis microbiológicos se
harán a través de cultivos de agua para HD empobrecido del tipo R2A o TGEA a 22 °C y con lecturas a los 7
días de incubación.
El laboratorio que realice los análisis debe contar con estándares de calidad específicos para el análisis de agua
de hemodiálisis. Y contar con la certificación ad-hoc. Sera el mismo laboratorio que ejecute los análisis quien
recolectara las muestras de agua en compañía del personal clínico y /o Equipos médicos del HLF. De esta
forma garantizar la correcta toma de las muestras y su traslado al laboratorio de análisis.
c) Endotoxinas
El proveedor deberá asegurar un nivel bajo de endotoxinas según parámetros de agua ultrapura, siendo este
menor a 0,03 UE/ml (según los estándares descritos en: APRUEBA REGLAMENTO SOBRE LAS PRESTACIONES
DE DIÁLISIS Y LOS ESTABLECIMIENTOS QUE LAS OTORGAN, DEL MINISTERIO DE SALUD. Decreto 45,
septiembre 2017. (http://bcn.cl/225za). Guideline for dialysate quality of Spanish Society of Nephrology.
Pérez-García R et al. Nefrologia. 2016;36(3):e1-e52.
Estos análisis se realizarán por parte proveedor en presencia de persona del Hospital en al menos 4 puntos
(entrada Osmosis 2, salida Osmosis Reversa 2, retorno de línea de agua y una sala aleatoria disponible el día
de la medición). Cualquier medición distinta a la descrita anteriormente o trabajos extras no incluidos en este
contrato para poder asegurar el nivel de endotoxinas serán de costo del Proveedor.
El agua generada para la planta de agua para hemodiafiltración debe operar de manera continua con niveles
de endotoxina < de 0.03 UE/ml. Esto significa que el nivel de endotoxinas < de 0.03 UE/ml debe ser cumplido
en cualquier momento cuando se tome una muestra de agua de la llave de alimentación en cualquier cubículo
de la UPC Adulto.
En caso de no cumplir con el nivel de endotoxinas en los 4 puntos se procederá a realizar la recepción
conforme provisoria. La recepción provisoria solo podrá ocurrir si, y solo si, si se cumple con el nivel menor a
0,03 UE/ml en el punto del líquido de sustitución y /o diálisis producido por el equipo (monitor de diálisis).
Firmada la recepción provisoria el proveedor cuenta con 30 días corridos para poder cumplir con los 4 puntos.
Para fines de cumplir un programa donde se encuentren presentes tanto el Proveedor y el personal del HLF,
la medición de endotoxina se realizará según el mismo programa y día de cuando se realicen los estudios
microbiológicos (UFC).
2.5.- Desinfección
El proveedor debe realizar la desinfección al sistema completo (incluido las mangueras de las máquinas de
diálisis) La desinfección preventiva al menos cada 3 meses y desinfecciones correctivas según necesidad para
cumplir con los parámetros fisicoquímicos, recuento de colonias y endotoxinas, solicitados en este contrato.
El proveedor deberá entregar el procedimiento de desinfección al administrador del contrato donde detalle
los pasos a seguir, productos a utilizar y tiempos de los trabajos. Cualquier desinfección extra que se requiera
por cualquier motivo debe ser asumida en costos y trabajos por el proveedor, a excepción de que se trate de
una responsabilidad total o compartida del Hospital.
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2.6.- Condiciones iniciales de la planta de agua
El proveedor debe considerar para la planta de agua lo siguiente:
- El recinto habilitado para la planta de agua es una habitación denominada “Lavachatas”. Esta cuenta con
un Equipo Filtro de arena, dos equipos ablandadores, un filtro de carbón, dos bombas de impulsión con
kit electrónicos, un estanque de 400 litros, dos equipos de osmosis reversa, una unidad bacteriológica
compuesta por luz UV y dos microfiltros, un rotámetro de retorno, manómetros de acero inoxidable. En
cada uno de las líneas de comunicación entre los equipos, un salero con conexión a los ablandadores y
un tablero eléctrico de control con luces de alarma.
- La salida de agua de la planta de osmosis sube por el cielo falso de la de la habitación “Lavachatas”, pasa
por el entretecho hasta la unidad de UPC Adulto y baja pasando por cada uno de los 24 cubículos para
tener salidas individuales para conectar una máquina de diálisis.
- Adicional a la toma de agua, en cada cubículo existe un collarín en el sifón del lavamanos para conectar
el desagüe de los equipos de hemodiálisis.
La planta de agua debe cumplir con los niveles de análisis de agua nombrados en el punto 2.4 “Especificaciones
del servicio”. Si estos niveles no se alcanzan y se deben realizar modificaciones o desinfecciones extras estas
serán de cuenta del proveedor, con cada modificación extra realizada, el proveedor debe entregar los
manuales técnicos y de usuario actualizados con estas modificaciones en conjunto con el nuevo plano
hidráulico y eléctrico. Las modificaciones realizadas deben ser compatibles con las fuentes de alimentación
energéticas que se dispone en el Hospital La Florida, las cuales corresponden a las convencionales. Si por
alguna razón el equipo consume una mayor cantidad de energía y producto de ello se deban realizar trabajos
de ajustes a la configuración eléctrica para su óptimo funcionamiento, el costo será de exclusiva
responsabilidad del proveedor, así como cualquier accesorio que deba ser modificado en el equipo.
3.- DE LAS CAPACITACIONES
El proveedor queda obligado a hacer las capacitaciones que sean necesarias, tanto al personal clínico en el
uso del equipo como al personal técnico en solución de fallas comunes según requerimientos del HLF y en las
fechas que éste señale. Además, cuando se le solicite, el proveedor deberá entregar lo siguiente:
• Manuales o procedimientos técnicos que indiquen el funcionamiento de la planta.
• Manual o guía de fallas comunes con sus respectivas causas y soluciones.
Las capacitaciones serán sin costo para el Hospital, las cuales incluirán los gastos de pasajes, estadías, apuntes,
alimentación, etc, que sean necesarios.
Las capacitaciones deben ser realizadas en las dependencias del Hospital La Florida, previa coordinación con
la Unidad de Equipos Médicos.
El personal que apruebe la capacitación deberá recibir el certificado correspondiente emitido por el
proveedor.
En los casos que haya recambio de personal o actualización de versiones del producto, esta capacitación será
solicitada por el Hospital y el oferente deberá proveerla sin costo adicional durante el período de garantía
técnica.
Por otra parte, si el adjudicatario estima necesario actualizar la capacitación de los usuarios, el Hospital de La
Florida, deberá crear las condiciones para que ésta se realice sin retrasos.
El programa de capacitación deberá incluir al menos lo siguiente:
a) Debe contener todos los elementos necesarios para el proceso de capacitación y estos se
encontrarán organizados de manera lógica.
b) Debe asegurar el cumplimiento de los objetivos, conteniendo las actividades suficientes y necesarias.
c) Debe facilitar que las y los participantes operacionalicen y apliquen en su práctica cotidiana, los
contenidos aprendidos.
d) Los plazos establecidos en el plan de trabajo y los recursos asociados deben permitir efectivamente
el desarrollo de las actividades propuestas.
e) Debe permitir objetivar tanto al Servicio como al proponente, los aprendizajes logrados en el curso
por parte de los y las participantes.
f) Las horas profesionales destinadas a la capacitación, por parte del equipo capacitador, deben otorgar
garantía respecto del cumplimiento de los objetivos y resultados esperados.
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g) Descripción de la estructura y componentes del producto, identificación del listado de piezas y
accesorios.
h) Labores de mantención básicas que puedan ser asumidas por el establecimiento asistencial (limpieza,
cuidados mínimos).
4.- DEL PERSONAL TÉCNICO
4.1 Requerimientos Mínimos del Personal
• El adjudicatario deberá contar con el personal, que garantice la oportunidad en la entrega del servicio
y reemplazar a los ausentes a todo evento, con personal que revista las mismas cualidades técnicas.
Con todo, cualquier reemplazo de personal técnico deberá ser aprobado por el HLF y cumplir con
todas las exigencias de las Bases-
• El adjudicatario deberá procurar que la rotación de su personal sea mínima, ya que de no ser así se
produce un serio deterioro en la calidad del servicio que se entrega. Para lograr este objetivo, se
requiere de una adecuada selección y buenas condiciones laborales.
• El Hospital podrá solicitar el cambio de alguno de los integrantes del equipo de trabajo del
adjudicatario, ante razones fundadas; tales como, que el personal no cumple con el perfil de
competencia, no realiza las capacitacionessatisfactoriamente, trato irrespetuoso, presencia personal
deficiente, etc. Además, mantendrá supervisión permanente del personal prestador del servicio,
velando por la calidad del resultado de éste.
• El Hospital podrá verificar que las personas trabajando correspondan a las informadas por el oferente
en su oferta.
• El personal que desarrolle el proceso de mantención, deberá ser calificado, lo que se deberá acreditar
con el correspondiente curriculum vitae del trabajador, su título y capacitaciones que lo habiliten
para desarrollar los servicios prestados, según lo solicitado en Anexo 09.
4.2 Requisitos y Funciones del Personal que prestará servicios.
En lo general, el adjudicatario deberá cumplir en su contratación de personal, requisitos de ingreso que digan
relación con competencias compatibles con las funciones a desempeñar.
Dicho lo anterior, el cumplimiento de los requisitos será comprobado por medio de la documentación
respectiva, la cual debe ser adjuntada en el proceso de licitación. El incumplimiento de estos requisitos
facultará para solicitar al oferente el reemplazo inmediato del personal contratado. El proveedor será el único
responsable por su personal contratado, no significando la adquisición del servicio de Mantención, vínculo
laboral alguno entre sus trabajadores y el Hospital.
4.3 De la Prevención de Riesgos Laborales.
El adjudicatario deberá mantener al día toda la documentación legal exigida en esta materia, la cual será podrá
ser solicitada en cualquier momento por la contraparte del Hospital.
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