2.- DISPOSICIONES PRELIMINARES |
2.1.- De los oferentes
Podrán participar en esta licitación las personas naturales o jurídicas, chilenas o extranjeras que realicen sus
ofertas a través del sistema de información www.mercadopublico.cl. Del mismo modo podrán participar en
el presente proceso, las personas naturales y/o jurídicas que decidan asociarse a través de la unión temporal
de proveedores, regulada en el artículo 67 bis del Decreto Nº 250 del 2004 del Ministerio de Hacienda, que
aprueba el reglamento de la Ley Nº 19.886.
Tratándose de personas naturales o jurídicas extranjeras, deberán al momento de contratar contar con
agencia y domicilio en Chile, con un representante con mandato y poder suficiente para contratar a nombre
del mandante, y para responder de las obligaciones que emanen del contrato respectivo, de acuerdo a la
normativa vigente, y sin perjuicio de las normas que sobre el particular establezcan tratados o convenios
internacionales vigentes suscritos por Chile y por el país de origen de dicha persona natural o jurídica.
Para estos efectos, la documentación que deberá exigirse a las empresas extranjeras, se hará conforme a lo
dispuesto en la ley N°20711, en caso de ser ello procedente.
En cuanto a la aplicabilidad de los Tratados Internacionales a los que se hace alusión en este apartado, será
pertinente en la medida que tales instrumentos hayan sido suscritos y ratificados por Chile.
Todo Proponente u Oferente interesado en presentar Oferta deberá estudiar cuidadosamente las Bases
Administrativas y Técnicas, debiendo informarse de todas las condiciones que de alguna manera afecten el
costo de los bienes y/o servicios ofertados, tales como permisos que deben obtenerse, leyes o reglamentos
que puedan ser aplicables, entre otros. Cualquier omisión por parte del Oferente, será a su propio riesgo y
sólo él será responsable de los errores u omisiones en que incurra. El Proponente sufragará todos los costos
relacionados con la preparación y presentación de su oferta. El Hospital no será responsable en caso alguno
de dichos costos, cualquiera sea el resultado de la Licitación.
2.2.- Unión temporal de los proveedores
Se entenderá como unión temporal de proveedores, si dos o más proveedores se unen para el efecto de
participar en un proceso de compra, deberán establecer, en el documento que formaliza la unión, a lo menos,
la solidaridad entre las partes respecto de todas las obligaciones que se generen con la Entidad y el
nombramiento de un representante o apoderado común con poderes suficientes.
Cuando se trate de adquisiciones inferiores a 1.000 UTM, el representante de la unión temporal de
proveedores deberá adjuntar al momento de ofertar, el documento público o privado que da cuenta del
acuerdo para participar de esta forma.
Para contrataciones iguales o superiores al monto indicado, y sin perjuicio del resto de las disposiciones legales
y reglamentarias que resulten aplicables, el acuerdo en que conste la unión temporal deberá materializarse
por escritura pública, como documento para contratar, sin que sea necesario constituir una sociedad.
Si la Entidad exige la inscripción en el Registro de Proveedores para suscribir el contrato, cada proveedor de
dicha unión temporal deberá inscribirse.
Al momento de la presentación de las ofertas, los integrantes de la Unión determinarán qué antecedentes
presentarán para ser considerados en la evaluación respectiva, siempre y cuando lo anterior no signifique
ocultar información relevante para la ejecución del respectivo contrato que afecte a alguno de los integrantes
de la misma.
La vigencia de esta unión temporal de proveedores no podrá ser inferior a la del contrato adjudicado.
2.3.- Inhabilidades para participar en la Licitación y/o Contratar
No podrán participar como oferentes, ni contratar con el estado, las personas naturales o jurídicas, nacionales
o extranjeras, afectos a alguna de las prohibiciones, inhabilidades o incompatibilidades para contratar con
órganos y organismos de la Administración del Estado, contempladas en los incisos 1º y 6º respectivamente
del artículo 4º de la Ley Nº 19.886, de Bases sobre Contratos Administrativos de Suministro y Prestación de
Servicios y su normativa complementaria.
Tampoco podrán contratar quienes hayan sido condenados, a esta inhabilidad, por el Tribunal de Defensa de
la Libre Competencia en conformidad con lo dispuesto en el inciso segundo del artículo 26, letra d), del DFL
N° 1, de 2004, del Ministerio de Economía, Fomento y Reconstrucción, que fijó el texto refundido, coordinado
y sistematizado del DL N° 211, de 1973, que fijó normas para la defensa de la libre competencia.
Tampoco podrán participar aquellos interesados que se encuentren afectos a la inhabilidad para contratar
con el estado, a que se refiere el artículo 33 de la Ley N° 21.595 de Delitos Económicos.
Tratándose de personas jurídicas, además, no deben haber sido condenadas a pena de prohibición de celebrar
actos y contratos con organismos del Estado, de conformidad con la Ley N° 20.393, que establece la
Responsabilidad Penal de las Personas Jurídicas en los Delitos de Lavado de Activos, Financiamiento del
Terrorismo y Delitos de Cohecho que Indica.
Tratándose de la unión temporal de proveedores, cualquiera de las causales de inhabilidad para la
presentación de las ofertas, para la formulación de la propuesta o para la suscripción de la convención,
establecidas en la legislación vigente, afectarán a cada integrante de la Unión individualmente considerado.
En caso de afectar una causal de inhabilidad a algún integrante de la Unión, ésta deberá decidir si continuará
con el respectivo procedimiento de contratación con los restantes integrantes no inhábiles de la misma o se
desiste de su participación en el respectivo proceso.
Todo lo anterior, aun cuando, cumplan con los requisitos técnicos establecidos en las presentes bases de
Licitación.
2.4.- Aceptación del contenido de las bases
Los oferentes por el sólo hecho de presentarse a la Licitación aceptan y se entenderán en cabal conocimiento
de estas Bases, así como también de las características de la provisión de los bienes que se requieren y de las
Modificaciones de Bases y aclaraciones publicadas en su oportunidad, por el solo hecho de presentar sus
ofertas, por lo que se declaran conformes con ellas y no tienen reservas ni observaciones que formular,
debiendo ajustarse a ellas en todo momento.
2.5.- Presentación de documentos
El idioma español regirá para todo el proceso de Licitación, para todos los documentos asociados y aquellos
que posteriormente origine la materialización de la adjudicación.
Todos los antecedentes y formularios deberán ser anexados a la respectiva oferta presentada en idioma
español, en formatos digitales utilizando para estos efectos Word (como procesador de textos), Excel (planilla
electrónica) e imágenes digitalizadas en formatos PDF.
Para estos efectos, la documentación que deberá exigirse a las empresas extranjeras, se hará conforme a lo
dispuesto en la ley N°20711, en caso de ser ello procedente.
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3.- ANTECEDENTES QUE RIGEN EL PROCESO DE COMPRA |
Junto a la Ley N° 19.886 de Bases sobre Contratos Administrativos de Suministro y Prestación de Servicios y al
Decreto N° 250 de fecha 09 de marzo de 2004, del Ministerio de Hacienda y sus modificaciones, forman parte
integrante de los documentos de la presente licitación los que a continuación se señalan, los cuales regirán
de forma obligatoria y complementaria, y en caso de discrepancia prevalecerán en el orden de prelación que
se indica:
• Las presentes Bases Administrativas, Bases Técnicas, Anexos y sus modificaciones
• Las Respuestas y/o Aclaraciones realizadas en esta licitación.
• Los antecedentes económicos, técnicos y administrativos presentados por el oferente adjudicado.
• Ley 20.584, que Regula Los Derechos y Deberes que tienen las Personas en relación con acciones
vinculadas a su atención de salud.
• Normas de Derecho Público
• Normas de Derecho Privado
Lo anterior, es sin perjuicio de la facultad interpretativa de la Contraloría General de la República y del Tribunal
de Contrataciones Públicas.
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4.- DEFINICIÓN DE TÉRMINOS |
Se aplicarán en las presentes Bases Administrativas, Bases Técnicas y en los Anexos, los términos y definiciones
establecidos en la Ley N° 19.886, de Bases sobre Contratos Administrativos de Suministro y Prestación de
Servicios y en el Decreto N° 250 de 2004 del Ministerio de Hacienda que aprueba el Reglamento de la Ley
19.886, y sus modificaciones, más los que a continuación se indican:
• Hospital Clínico Metropolitano La Florida Dra. Eloísa Díaz Insunza Hospital La Florida u Hospital o HLF:
Establecimiento asistencial de alta complejidad, RUT 65.075.485-9, ubicado en Av. Froilán Roa Nº 6542,
comuna La Florida, Santiago de Chile.
• Días Hábiles: Son todos los días de la semana, excepto los sábados, domingos y festivos.
• Días Corridos: Son los días de la semana que se computan uno a uno en forma correlativa. Salvo que se
exprese lo contrario, los plazos de días señalados en las presentes bases de licitación podrán ser de días
corridos. En todos los casos, el plazo de cierre para la recepción de ofertas no podrá vencer en días
inhábiles ni en un día lunes o en un día siguiente a un día inhábil, antes de las quince horas. Todos los
plazos de días que se haga mención en las presentes bases se entenderán que han de ser completos y
correrán además hasta la media noche del último día del plazo. Lo anterior, salvo en aquellos casos en que
se indique hora exacta, y siempre y cuando se respeten los plazos mínimos legales establecidos por el
ordenamiento jurídico
• Mantención: Conjunto de acciones que permiten mantener o restablecer un bien a un estado especificado
o en capacidad de asegurar un servicio determinado.
• Mantención Preventiva: Corresponde a la verificación en terreno del funcionamiento del equipo, por
parte de un técnico especialista de la empresa proveedora, sobre la base de protocolos definidos y cuya
finalidad es adelantarse a posibles desperfectos o fallas que ocasionen mayores costos o mayores tiempos
de detención de funcionamiento del equipo.
• Mantención Correctiva: Corresponde a la verificación en terreno del funcionamiento del equipo, por parte
de un técnico especialista de la empresa proveedora, sobre la base que este se origina a partir de la
detección de una falla del mismo por parte de usuario y que tiene como objetivo la reparación de los
equipos de manera de corregir sus desperfectos.
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5.- DISPOSICIONES GENERALES |
5.1-Comunicaciones
Cualquier comunicación que deba realizar el Hospital a los proponentes, la publicará en el portal
www.mercadopublico.cl. Así mismo, cualquier comunicación que los proponentes requieran realizar al
Hospital deberá ser a través de igual medio.
5.2.- Consultas a los Antecedentes de la Licitación.
El oferente que tenga dudas respecto de la licitación debe efectuar sus consultas única y exclusivamente a
través del Foro del Sistema de Información y de acuerdo al plazo del numeral 5.4 de las presentes bases. No
se atenderá ni aceptará ningún tipo de consulta por otro medio.
Las consultas que se reciban pasada esa fecha, no obtendrán respuesta.
En las consultas, se deberá indicar la página y punto de las bases y/o el número del anexo objeto de la consulta.
Se considerará que estas aclaraciones formarán parte integral de las bases y por tanto se presumen conocidas
y su aplicación obligatoria para todos los oferentes.
El conocimiento del contenido de las aclaraciones emanadas del Hospital La Florida, es de exclusiva
responsabilidad de los oferentes.
5.3.- Entrega de Respuestas y Aclaraciones a los Antecedentes de la Licitación
Las respuestas a las consultas se publicarán en www.mercadopublico.cl en un solo documento, a todos los
proponentes que participen en la licitación, en el plazo señalado en el numeral 5.4 de las presentes bases.
Se considerará que estas aclaraciones formarán parte integral de las bases y por tanto se presumen conocidas
y su aplicación obligatoria para todos los oferentes.
El conocimiento del contenido de las aclaraciones emanadas del Hospital La Florida, es de exclusiva
responsabilidad de los oferentes.
5.4.- Cronograma de la Licitación
Para los efectos de esta licitación se establece el siguiente cronograma:
Publicación de Bases
de Licitación
Las Bases se encontrarán publicadas durante veinte días corridos, desde la fecha
que se suban al portal www.mercadopublico.cl hasta el día de cierre de las
ofertas.
Consultas de las Bases El oferente podrá hacer consultas sobre las Bases de Licitación, hasta las 23:59
horas del quinto día corrido contado desde la publicación de éstas y sólo a través
de www.mercadopublico.cl.
Respuestas y
Aclaraciones
Se dará respuesta a las consultas de las Bases, el décimo día corrido contado
desde la publicación de Bases, a través de www.mercadopublico.cl
Si el décimo día fuere sábado, domingo o festivo, el plazo se extenderá hasta el
primer día hábil siguiente.
Cierre de recepción de
las ofertas
Los oferentes podrán presentar sus ofertas hasta el vigésimo día corrido
contado desde la publicación de bases hasta las 16 horas, a través de
www.mercadopublico.cl, De acuerdo con lo preceptuado en el inciso penúltimo
del artículo 25 del decreto N° 250, de 2004, no podrá vencer en días inhábiles o
en un día lunes o en un día siguiente a un día inhábil antes de las 15:00 hrs.
Si el vigésimo día fuere sábado, domingo o festivo, el plazo se extenderá hasta
el primer día hábil siguiente.
Apertura de las ofertas El acto de Apertura se efectuará a través de www.mercadopublico.cl. La apertura
se realizará desde las 16:01 hrs de la fecha del cierre de las ofertas y hasta los
cinco días hábiles siguientes al cierre.
Evaluación de
admisibilidad
La evaluación de admisibilidad se realizará en la apertura de las ofertas y
consistirá en la revisión de todos los documentos y anexos obligatorios
publicados por los oferentes, exigidos en bases de licitación, junto a la
verificación de la entrega física o electrónica del documento en garantía de la
seriedad de la oferta (si se ha solicitado en el proceso licitatorio). Todo, sin
perjuicio ni limitación a que, con posterioridad, pueda detectarse una causal de
inadmisibilidad en la presentación de algún oferente durante la etapa de
evaluación Administrativa, Técnica y Económica.
Evaluación
Administrativa,
Técnica y Económica
de las Ofertas
La evaluación Administrativa, Técnica y Económica de las ofertas se realizará
desde el día hábil siguiente de la evaluación de admisibilidad y no podrá exceder
de diez días hábiles.
Adjudicación La adjudicación de la Licitación se realizará dentro de los diez días hábiles
contados desde el término de la evaluación.
Suscripción del
contrato
El oferente adjudicado, cuando corresponda, estará obligado a firmar el
contrato, dentro de los cinco días hábiles siguientes al envío del contrato.
5.5.- Modalidad de Propuesta
Las propuestas se presentarán a través de www.mercadopublico.cl en pesos, con valores sin IVA., indicando
si el servicio es Exento o afecto de IVA. Además, se deberán presentar todos los anexos solicitados los cuales
deberán tener el servicio requerido claramente identificado.
Los valores ofertados deberán incluir todos los gastos en los que incurra el adjudicatario hasta su total
recepción conforme, comprendiéndose entre ellos, por ejemplo, los relativos a capacitación, fletes incluidos,
derechos, patentes, legalización de documentos, etc.
Los oferentes podrán presentar una sola oferta o bien una oferta principal y otra alternativa.
5.6.- Ofertas Alternativas
Los proponentes podrán presentar una oferta alternativa, la que será estudiada por el Hospital como una
oferta más. La oferta alternativa deberá ser identificada en el Portal Mercado Público como “Oferta
Alternativa”.
5.7.- Validez de las Ofertas
Las ofertas deberán tener una validez mínima de 180 días corridos, contados desde la fecha de cierre de las
ofertas. La oferta cuyo período de validez sea menor al requerido, dará causa a declararla inadmisible. Si nada
señala la oferta, se entenderá que la oferta tiene una validez de 180 días corridos para todos los efectos. Lo
anterior, sin perjuicio de que se efectuará la revisión de la totalidad de los antecedentes contenidos en la
oferta, de acuerdo al artículo 9 de la Ley N° 19.886.
Vencido este plazo, y si no se hubiere realizado la adjudicación, el Hospital podrá solicitar a los proponentes
la prórroga de sus ofertas y garantías. Los proponentes podrán ratificar sus ofertas o retirarlas, formalizando
su decisión mediante comunicación escrita dirigida al Director del Hospital y la entrega de nueva garantía la
cual deberá hacerse llegar a en oficinas de la Unidad de Licitaciones.
La comunicación se realizará a través de correo electrónico, al correo indicado por el oferente en el ANEXO
N°1. El oferente tendrá el plazo de 5 días hábiles para responder y entregar nueva garantía. De no recibir
respuesta se entenderá que el oferente no tiene interés en continuar.
Desde el día siguiente hábil contado de la comunicación del oferente de no perseverar en la propuesta, o
vencido el plazo de respuesta sin que el oferente se pronuncie al respecto, se pondrá a disposición de los
proponentes para su devolución la garantía a aquellos que no accedan a la prórroga.
5.8.- Garantía de Seriedad de la Oferta
El oferente garantizará la seriedad de su oferta mediante la entrega de una garantía por las propuestas
presentadas, siendo de su exclusiva responsabilidad que dicha garantía sea presentada conforme a las
siguientes especificaciones, en consecuencia, cualquier error u omisión en la mencionada garantía, dará causa
a declarar inadmisible la o las ofertas. Lo anterior, sin perjuicio de que se efectuará la revisión de la totalidad
de los antecedentes contenidos en la oferta, de acuerdo al artículo 9 de la Ley N° 19.886.
Tipo de Documento Podrán ser presentados como documentos de caución, boletas de
garantía, vale vistas, certificados de fianza, póliza de garantía o cualquier
otro documento que cumpla con los siguientes requisitos
• Sea pagadero a la vista
• no sujeto a modalidad
• irrevocable
• Emitida a favor de Entidad Pública
Monto Mínimo $200.000 (Doscientos mil pesos)
Beneficiario Hospital Clínico Metropolitano de La Florida Rut 65.075.485-9
Vigencia 180 días corridos a partir del momento del cierre de la recepción de
ofertas.
Glosa PARA GARANTIZAR LA SERIEDAD DE LA OFERTA LICITACION PÚBLICA
“SERVICIO MANTENIMIENTO DE 45 DISPENSADORES OMNICELL Y 3
CARRUSELES PARA EL HOSPITAL DE LA FLORIDA”. ID: 812261-XX-LQ24.”
(donde se señala XX, se debe reemplazar por el número de la licitación)
Si el documento a presentar, no permite, por su naturaleza, señalar la glosa en su
texto, esta, deberá venir escrita al reverso o en acta adjunta adherida al
documento.
Forma y oportunidad
de
Entrega
El oferente o su representante deberá entregar físicamente la garantía a
profesional a cargo Sr. Anat Silva, en la Unidad de Licitaciones, ubicada en
dependencias del Ex CRS (CESFAM Provisorio de La Florida), Avenida Froilán Roa
6420, en horario de lunes a viernes, de 08:30 a 13:00 y de 14:30 a 16:00 horas,
antes del día y hora de cierre del proceso de recepción de ofertas en mercado
público. Las garantías deben entregarse en sobre cerrado dirigido a Sr. Anat silva,
Unidad de Licitaciones del Hospital La Florida, señalando en el sobre lo siguiente:
- GARANTIA SERIEDAD DE LA OFERTA ID: 812261-XX-LQ24 (donde se señala XX,
se debe reemplazar por el número de la licitación)
- IDENTIFICACION DEL OFERENTE.
El oferente que necesite respaldar la entrega de su garantía deberá acompañar
una fotocopia del sobre que entrega. Esta fotocopia será timbrada por
profesional, indicando la fecha de su recepción y solo si se comprueba que el
documento físico viene en su interior.
Sin perjuicio de lo señalado anteriormente, la revisión del documento y requisitos
de admisibilidad solo se realizará en la apertura de las ofertas.
En caso de presentarse una Garantía en Formato Electrónico, deberán ser
presentadas junto a la oferta, antes del cierre de la recepción de las ofertas en
mercado público.
De no presentar la garantía en forma, lugar, día y hora señalados, la(s) oferta(s)
presentada(s) será(n) declarada(s) inadmisible(s). Esto último, sin perjuicio de las
garantías en formato electrónico que deben ajustarse, además, a las
disposiciones de la Ley N°19.799 sobre documentos electrónicos, firma
electrónica y servicios de certificación de dicha firma, que deberán acompañarse
juntamente con la oferta.
La garantía podrá ser tomada por el oferente o por un tercero a nombre de él.
Custodia Las garantías serán custodiadas por la Unidad de Tesorería del Hospital
de La Florida.
Se hace presente que en el edificio ubicado en Avenida Froilán Roa 6420, comuna La Florida, funcionan
distintas unidades del Hospital, por lo que será de exclusiva responsabilidad del proveedor entregar
correctamente la garantía, en caso que se entregue en un lugar distinto del indicado precedentemente, se
tendrá por no presentado el documento.
Si se presenta más de una oferta a concurso por un mismo oferente (oferta principal y oferta alternativa),
este solo deberá presentar una garantía por ambas ofertas publicadas.
5.9.- Devolución y Cobro de la Garantía de Seriedad de la Oferta
Las garantías de seriedad de la oferta se podrán hacer efectivas administrativamente, en los siguientes casos:
• Si el oferente en cualquier instancia desiste de su oferta.
• Si el proponente retira su oferta o se comprueba por el director o por la Comisión de Evaluación, la falsedad
de la información presentada, por cualquier medio que resulte procedente.
• Si una vez aceptada la oferta, el adjudicatario no acompaña el correspondiente documento de garantía de
fiel y oportuno cumplimiento del contrato dentro del plazo establecido en las presentes bases.
• Si el adjudicatario no se inscribe dentro del plazo establecido al efecto, en el Registro Electrónico
Oficial de Contratistas de la Administración “Chileproveedores” en forma previa a la subscripción del contrato.
• Si el adjudicatario no firma el contrato y/o no acompaña la documentación necesaria para la suscripción del
mismo.
Para el cobro de la Garantía de Seriedad de la Oferta, se aplicará el mismo procedimiento utilizado para el
cobro de multas, según lo establecido en estas Bases de Licitación.
La devolución de las garantías de seriedad de la oferta, de aquellos proponentes cuyas ofertas hayan sido
declaradas inadmisibles o desestimadas, se efectuará dentro del plazo de 10 días hábiles, contados desde la
notificación de la Resolución que dé cuenta de la inadmisibilidad o adjudicación, salvo respecto del oferente
que hubiere obtenido el segundo lugar en el ranking de evaluación, ya que para resguardar una posible
readjudicación, su garantía será devuelta una vez suscrito el contrato.
Respecto del oferente adjudicado, su garantía de seriedad de la oferta, será devuelta una vez que éste
entregue la garantía de fiel cumplimiento del contrato.
Para hacer la entrega material del documento, y dado que estos documentos se encuentran en resguardo y
custodia de la Subdirección de Finanzas del HLF, el oferente deberá solicitar la devolución de la Garantía a
través de correo electrónico al responsable de la licitación, indicando tipo de documento e identificación del
proceso.
Una vez liberada la garantía desde la Unidad de Finanzas, el profesional a cargo de la licitación, informará al
oferente, mediante correo electrónico, la fecha y horario disponible para el retiro de la garantía.
La devolución de garantía se hará efectiva poniendo a disposición del proveedor el documento para su retiro
desde las dependencias del HLF.
Para el retiro se deberá cumplir con los siguientes requisitos:
Si retira Representante Legal deberá presentar:
• Representación Legal de la empresa
• Fotocopia de Cédula de Identidad por ambas partes
Si retira otra persona, deberá presentar:
• Poder Notarial Especial (para retiro de garantía, identificando documento que retira)
• Fotocopia de Cédula de identidad por ambas partes del representante legal
• Fotocopia de Cédula de Identidad de la persona que retira
5.10.- Modificación de las Bases
En cualquier momento, antes del cierre de recepción de ofertas, el Hospital podrá introducir modificaciones
a los documentos de licitación por medio de un acto administrativo publicado a través del portal electrónico
www.mercadopublico.cl, si estima que ello resulta esencial para los fines y/o correcto desarrollo del proceso
licitatorio.
En caso de que lo anterior ocurra, el Hospital La Florida podrá otorgar un plazo prudencial a los oferentes para
que puedan conocer y adecuar sus ofertas a las modificaciones introducidas, pudiendo modificar la fecha de
cierre para estos efectos, lo cual será informado por el portal Mercado Público junto con las modificaciones,
una vez que el acto administrativo que las aprueba se encuentre totalmente tramitado.
En el evento de modificarse la fecha de cierre, el plazo para ofertar se ampliará en la cantidad de días que se
señale en www.mercadopublico.cl.
Es exclusiva responsabilidad del Proponente la revisión del Portal, con el objeto de informarse sobre lo
expuesto en este punto y en el punto 5.3. Así mismo, es obligación del oferente, una vez cerrada la
presentación de ofertas, revisar el Foro Inverso y responder las aclaraciones que se le soliciten por esta vía.
5.11.- Pacto De Integridad
El oferente declara que, por el sólo hecho de participar en la presente licitación, acepta expresamente el
presente pacto de integridad, obligándose a cumplir con todas y cada una de las estipulaciones contenidas en
el mismo, sin perjuicio de las que se señalen en el resto de las bases de licitación y demás documentos
integrantes. Especialmente, el oferente acepta el suministrar toda la información y documentación que sea
considerada necesaria y exigida de acuerdo a las presentes bases de licitación, asumiendo expresamente los
siguientes compromisos:
1. El oferente se obliga a no ofrecer ni conceder, ni intentar ofrecer o conceder, sobornos, regalos, premios,
dádivas o pagos, cualquiera fuese su tipo, naturaleza y/o monto, a ningún funcionario público en relación
con su oferta, con el proceso de licitación pública, ni con la ejecución de él o los contratos que
eventualmente se deriven de la misma, ni tampoco a ofrecerlas o concederlas a terceras personas que
pudiesen influir directa o indirectamente en el proceso licitatorio, en su toma de decisiones o en la
posterior adjudicación y ejecución del o los contratos que de ello se deriven.
2. El oferente se obliga a no intentar ni efectuar acuerdos o realizar negociaciones, actos o conductas que
tengan por objeto influir o afectar de cualquier forma la libre competencia, cualquiera fuese la conducta
o acto específico, y especialmente, aquellos acuerdos, negociaciones, actos o conductas de tipo o
naturaleza colusiva, en cualquiera de sus tipos o formas.
3. El oferente se obliga a revisar y verificar toda la información y documentación, que deba presentar para
efectos del presente proceso licitatorio, tomando todas las medidas que sean necesarias para asegurar la
veracidad, integridad, legalidad, consistencia, precisión y vigencia de la misma.
4. El oferente se obliga a ajustar su actuar y cumplir con los principios de legalidad, ética, moral, buenas
costumbres y transparencia en el presente proceso licitatorio.
5. El oferente manifiesta, garantiza y acepta que conoce y respetará las reglas y condiciones establecidas en
las bases de licitación, sus documentos integrantes y él o los contratos que de ellos se derivase.
6. El oferente se obliga y acepta asumir, las consecuencias y sanciones previstas en estas bases de licitación,
así como en la legislación y normativa que sean aplicables a la misma.
7. El oferente reconoce y declara que la oferta presentada en el proceso licitatorio es una propuesta seria,
con información fidedigna y en términos técnicos y económicos ajustados a la realidad, que aseguren la
posibilidad de cumplir con la misma en las condiciones y oportunidad ofertadas.
8. El oferente se obliga a tomar todas las medidas que fuesen necesarias para que las obligaciones
anteriormente señaladas sean asumidas y cabalmente cumplidas por sus empleados y/o dependientes y/o
asesores y/o agentes y en general, todas las personas con que éste o éstos se relacionen directa o
indirectamente en virtud o como efecto de la presente licitación, incluidos sus subcontratistas, haciéndose
plenamente responsable de las consecuencias de su infracción, sin perjuicio de las responsabilidades
individuales que también procediesen y/o fuesen determinadas por los organismos correspondientes.
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6.- DE LAS PROPUESTAS |
Es responsabilidad de los oferentes presentar sus propuestas en tiempo y forma, es decir, en el plazo fijado
en el numeral 5.4 y con toda la información requerida en las presentes bases, de manera tal que permita una
evaluación objetiva, certera, entendible y transparente de todas y cada una de ellas.
Los archivos, documentos y/o anexos, que constituyan la oferta y que deben publicarse en el portal
www.mercadopublico.cl por el oferente, deben ingresarse al portal con el nombre asignado en estas bases,
de modo que sean fácilmente identificables para el evaluador, ejemplo: Anexo Nº02 Declaración Jurada.
Debe respetarse dicha fórmula de nomenclatura y el formato electrónico de cada anexo, a fin de facilitar la
identificación de los documentos y el proceso de evaluación, es decir deberá incorporarse con la mencionada
formula de nomenclatura y en el formato electrónico en el que originalmente figura el anexo (Excel, Word u
otro).
Los anexos Nº01 y 02 se deben presentar uno por cada oferente, es decir, si un oferente presenta oferta
alternativa, no es necesario ingresarlos por cada una de las ofertas.
La no presentación de cualquiera de los Anexos señalados como OBLIGATORIOS, hará inadmisible la oferta.
Lo anterior, sin perjuicio de que se efectuará la revisión de la totalidad de los antecedentes contenidos en la
oferta, de acuerdo al artículo 9 de la Ley N° 19.886.
Los antecedentes solicitados en la presente licitación deben subirse a las carpetas disponibles del proceso en
www.mercadopublico.cl, agrupadas según se señala a continuación:
CARPETA ADMINISTRATIVA.
ANEXO NOMBRE ANEXO DESCRIPCIÓN ANEXO
01 PRESENTACIÓN DEL
OFERENTE
Documento en el cual el oferente indica información básica y esencial
respecto de su identificación. Debe adjuntarse en la carpeta administrativa
con el nombre: Anexo N°01 Presentación Del Oferente.
02 DECLARACIÓN
JURADA
Documento en el cual el oferente declara cumplir con las disposiciones
generales de la Ley de Compras y su respectivo Reglamento para ofertar y
contratar con el Estado. Debe adjuntarse en la carpeta administrativa con el
nombre: Anexo N°02 Declaración Jurada Del Oferente.
Por contener este documento la Declaración Jurada exigida para ofertar,
este anexo se considera un ANEXO OBLIGATORIO, por tanto, su no
presentación hará inadmisible la oferta. Lo anterior, sin perjuicio de que se
efectuará la revisión de la totalidad de los antecedentes contenidos en la
oferta, de acuerdo al artículo 9 de la Ley N° 19.886.
No están obligados a presentar este Anexo N°02 Declaración Jurada,
aquellos oferentes que estén inscritos y en estado hábil en el portal
www.chileproveedores.cl y que posean en este registro publicado la
declaración para ofertar exigida por la normativa vigente y por estas bases,
a la fecha del cierre de las ofertas.
Además, los oferentes deben identificarse y acreditar su existencia, para ello deberá acompañar los siguientes
documentos en la Carpeta Administrativa:
• Si es persona natural:
- Imagen digitalizada de la cédula nacional de identidad.
• Si es persona jurídica:
El oferente deberá acreditar la vigencia de la sociedad, y para ello deberá presentar uno de los siguientes
documentos:
▪ Imagen digitalizada del certificado de vigencia de la sociedad oferente de data no superior a tres (3)
meses contados desde la presentación de la oferta, emitido por el Conservador de Bienes Raíces.
▪ Imagen digitalizada de la escritura pública de constitución de la sociedad y de todas sus modificaciones
vigentes.
▪ Imagen digitalizada del certificado de vigencia emitido por el Ministerio de Economía, Fomento y
Turismo para aquellas empresas creadas bajo el régimen establecido por la Ley N° 20.659, de data no
superior a tres (3) meses contados desde la presentación de la oferta.
El oferente deberá acreditar la vigencia de poderes del Representante Legal de la Sociedad, y para ello deberá
presentar la imagen digitalizada del RUT del oferente y de la cédula de identidad de su representante legal y
uno de los siguientes documentos:
▪ Imagen digitalizada del certificado de vigencia de poderes del representante legal del oferente, de data
no superior a tres (3) meses contados desde la presentación de la oferta, emitido por el Conservador
de Bienes Raíces.
▪ Imagen digitalizada del certificado de vigencia de la sociedad oferente de data no superior a tres (3)
meses contados desde la presentación de la oferta, emitido por el Conservador de Bienes Raíces, en
que consten los poderes otorgados al representante legal de la empresa.
▪ Imagen digitalizada del certificado de estatuto actualizado emitido por el Ministerio de Economía,
Fomento y Turismo para aquellas empresas creadas bajo el régimen establecido por la Ley N° 20.659,
de data no superior a tres (3) meses contados desde la presentación de la oferta.
No están obligados a acreditar su existencia y vigencia aquellos oferentes que estén inscritos y en estado hábil
en el portal www.chileproveedores.cl a la fecha del cierre de las ofertas cuyos respaldos e información para
acreditar su existencia y vigencia, se encuentren ya publicados en dicho portal.
• Si es Unión Temporal de Proveedores:
En el caso de una unión temporal de proveedores, los oferentes adjudicados que se unan de esta
forma, deberán además de las Declaraciones Juradas de cada integrante, presentar el documento
que materialice la unión temporal de proveedores, según corresponda. Dicho documento deberá
establecer la solidaridad entre las miembros de la unión temporal de proveedores y el nombramiento
de un representante o apoderado común con poderes suficientes, además de tener una vigencia que
no podrá ser inferior a la vigencia del contrato que se adjudica mediante el proceso licitatorio,
incluyendo las renovaciones del mismo si existiesen, conforme a lo regulado en el art. 67 bis, del
Reglamento de la ley N° 19.886 aprobado por el Decreto Nº 250 de 2004 del Ministerio de Hacienda.
CARPETA TÉCNICA
ANEXO NOMBRE ANEXO DESCRIPCIÓN ANEXO
03
CERTIFICACIONES Y
PROTOCOLO DE
MANTENIMIENTO
Documento Excel publicado junto a estas Bases, en el cual el oferente
debe indicar si cumple con la información técnica respecto del servicio
ofertado.
El proponente deberá descargar archivo Excel “Anexo N°03
Certificaciones y Protocolo De Mantenimiento” publicado en el portal
www.mercadopublico.cl. y completar con la información señalada,
según corresponda. El documento se deberá adjuntar en la carpeta
técnica con el nombre “Anexo N°03 Certificaciones y Protocolo de
Mantenimiento”, junto todos los documentos, fotografías y/o
certificados que respalden su información, según los requerimientos de
las presentes bases y Protocolo de Mantenimiento desarrolladas en las
bases técnicas.
El proponente deberá ejecutar el 100% de las actividades indicadas
como obligatorias, solicitadas en el protocolo de mantenimiento, en
caso contrario la oferta será declarada inadmisible.
ANEXO OBLIGATORIO, por tanto, su no presentación hará inadmisible
la oferta. Lo anterior, sin perjuicio de que se efectuará a revisión de la
totalidad de los antecedentes contenidos en la oferta, de acuerdo al
artículo 9 de la Ley N° 19.886.
04
GARANTÍA TÉCNICA Y
TIEMPOS DE
IMPORTACIÓN
Documento en el cual el oferente especifica los meses de garantía
técnica y tiempo de importación ofertados por concepto de fallas post
mantenimiento preventivo o correctivo.
1. Garantía técnica
La oferta debe considerar como máximo una garantía técnica de 6
meses y como mínimo una garantía técnica de 3 meses. En caso de
ofertar una garantía superior a 6 meses se evaluará otorgando el
puntaje máximo, según lo establecido la tabla del numeral 8.4.7 de las
bases administrativas.
Si la garantía técnica ofertada es inferior a los 3 meses, la propuesta
será declarada inadmisible.
2. Tiempo de importación
El tiempo de importación se deberá expresar en días corridos. Si el
proveedor señala en su oferta días hábiles, su oferta será declarada
inadmisible.
Si el proveedor no señala expresamente en su oferta si son días hábiles
o corridos, se entenderán que son días corridos, para todo efecto.
El plazo ofertado se entiende comenzará, a partir de la fecha de
aceptación de la correspondiente orden de compra.
El documento y sus respaldos deben adjuntarse en la carpeta técnica
con el nombre “Anexo N°04 Certificado de Garantía Técnica y Tiempo
de Importación”.
ANEXO OBLIGATORIO, por tanto, su no presentación hará inadmisible
la oferta. Lo anterior, sin perjuicio de que se efectuará a revisión de la
totalidad de los antecedentes contenidos en la oferta, de acuerdo al
artículo 9 de la Ley N° 19.886
05
CERTIFICADO
COMPORTAMIENTO
CONTRACTUAL
ANTERIOR
Documentos que indican la identificación de los clientes/contratos con
los que tenga o haya tenido contratos del mismo rubro y envergadura
del servicio requerido en la presente licitación y que certifican que el
oferente ha tenido un comportamiento contractual intachable.
Para estos efectos se considerarán del mismo rubro, contratos
referidos a la venta del mismo servicio requerido en esta adquisición y
de la misma marca ofertada y se considerará de la misma envergadura
cuando los contratos se hayan celebrado con instituciones de salud
Pública o Privada. Si no concurren estas dos condiciones en conjunto,
el certificado no será considerado en la Evaluación.
Los Certificados de Comportamiento Contractual Anterior, deberán
presentarse firmados por la persona facultada para ello de la respectiva
empresa o institución, identificándose en el mismo como tal y con el
timbre de la Institución que adquirió el servicio. No serán considerados
para la evaluación los Certificados de Comportamiento Contractual
Anterior emitidos por el propio oferente, por las entidades del grupo
empresarial al que pertenece la empresa o sociedad oferente o por las
personas jurídicas que tengan, respecto de la empresa o sociedad
oferente, la calidad de matriz, coligante, filial o coligada, en
conformidad a las definiciones contenidas en la Ley N° 18.046.
Si se presentan certificaciones del propio Hospital La Florida, solo serán
consideradas a evaluación las emitidas por la Unidad de Gestión de
Contratos del Hospital.
El Hospital se encontrará facultado para confirmar los antecedentes
entregados, contactando a las respectivas Instituciones que hayan
otorgado dichas certificaciones.
En consecuencia, los antecedentes y clientes/contratos del oferente,
que no puedan ser acreditados o confirmados a través de la
presentación y revisión de estos certificados, se entenderán como no
presentados, para efectos de la evaluación.
Para la Evaluación se considerará sólo la presentación hasta un máximo
de 6 certificados de clientes/contratos distintos, que hayan adquirido
los servicio en los últimos 24 Meses desde el cierre de recepción de las
ofertas de este proceso licitatorio.
Si el oferente presenta más de 6 certificados, sólo se considerarán los 6
certificados donde consten las contrataciones de fechas más recientes.
Estos certificados deben adjuntarse en la carpeta técnica con el
nombre: “Anexo N°05 Certificado Comportamiento Contractual
Anterior”.
06 ÓRDENES DE COMPRA
Anexo en el cual el proveedor deberá ingresar las órdenes de compra:
• Para organismos de salud pública, órdenes de compra de
Mercado Publico aceptadas por el oferente y donde conste
expresamente su recepción conforme.
• Para organismos de salud privada, orden de compra y factura
correspondiente.
Se deberá acreditar experiencia en venta del mismo bien y/o servicio
ofertado dentro de los 24 meses anteriores al cierre de recepción de las
ofertas de este proceso licitatorio.
Se deberán adjuntar las órdenes de compra en la carpeta técnica con el
nombre Anexo N°06 “Órdenes de compra”.
08
CONDICIONES
DE EMPLEO Y
REMUNERACIÓN
Documento en el cual el oferente declara la cantidad de mejoras en las
condiciones laborales de las y los trabajadores con sus respectivos
respaldos. Debe adjuntarse en la carpeta administrativa con el nombre
correspondiente tal, que permita su inequívoca identificación.
Anexo N°08: Condiciones de empleo y remuneración.
09
LISTADO DEL PERSONAL
QUE PRESTARÁ
SERVICIOS Y
CAPACITACIÓN
Documento donde se señala el personal que prestará los servicios para
el Hospital en virtud de esta licitación.
El personal indicado en este anexo deberá ser el mismo que inicie
actividades en el Hospital una vez puesto en marcha el servicio.
En dicho documento se especificará Nivel de Estudios, según el número
y tipo de personal requerido en las Bases Técnicas y las capacitaciones
con las que cuentan, lo cual debe ser respaldado con la documentación
respectiva.
El oferente podrá ofertar, como mínimo (1) una persona que pueda
desempeñar el servicio de mantenimiento. En caso de no detallar el
personal en el listado, su oferta será declarada inadmisible.
El anexo y sus respaldos deben adjuntarse en la carpeta técnica con el
nombre “Anexo N°09 Listado Personal que prestará servicios y
capacitación”.
ANEXO OBLIGATORIO, por tanto, su no presentación hará inadmisible
la oferta. Lo anterior, sin perjuicio de que se efectuará a revisión de la
totalidad de los antecedentes contenidos en la oferta, de acuerdo al
artículo 9 de la Ley N° 19.886
10
EXPERIENCIA DEL
PERSONAL
Anexo que especifica la experiencia del personal que prestará el
servicio en el Hospital.
La experiencia deberá ser comprobada a través de la presentación de
copia de finiquitos, Relación de Servicios o Certificados Laborales, que
señalen expresamente el Nombre y N° de Cédula de Identidad, años de
prestación servicios y labor realizada por el trabajador en el área de
servicio técnico de mantenimiento preventivo y correctivo.
Si no se acredita lo indicado en este anexo, se entenderá que no se
cumple con los requisitos para considerar la experiencia de ese
trabajador en la evaluación de Experiencia del Personal.
Sólo se podrán presentar antecedentes de trabajadores que prestarán
el servicio en esta contratación, según lo indicado en el Anexo N°09
sobre “Listado del personal que prestará servicios y capacitación”. Si se
presentan datos o antecedentes de empleados distintos a los indicados
en el Anexo N°09, estos no serán considerados en la evaluación.
El documento y sus respaldos deben adjuntarse en la carpeta técnica
con el nombre “Anexo N°10 Experiencia del personal”.
11
DECLARACIÓN JURADA
PROGRAMA DE
INTEGRIDAD CON
APLICACIÓN DE CÓDIGO
ÉTICA PARA
PROVEEDORES
(DIRECTIVA N°31
CHILECOMPRA)
Documento que declara la aplicación de programas de integridad de
Código de ética para proveedores, correspondiente a la Directiva N°31
ChileCompra, por el proveedor y sus trabajadores. Si no se presenta
este anexo, o se presenta sin firma, se entenderá que no conoce ni
aplica programas de integridad y/o políticas contenidas en Código de
ética para proveedores, por tanto, su oferta no será evaluada en este
criterio de evaluación.
Anexo N°11 Declaración jurada programa de integridad con
aplicación de código ética para proveedores (Directiva N°31
ChileCompra).
CARPETA ECONÓMICA
ANEXO NOMBRE ANEXO DESCRIPCIÓN ANEXO
07 CARTA OFERTA
Documento donde se oferta el valor unitario y total, sin IVA y en pesos
chilenos, para el servicio de mantenimiento preventivo, correctivo y los
repuestos utilizados, incluidos todos los gastos en los que incurra el
adjudicatario hasta su total recepción conforme, comprendiéndose entre
ellos por ejemplo los relativos a capacitación, fletes incluidos, derechos,
patentes, etc.
La oferta económica se evaluará a través de 2 factores: “Valor ofertado por
Servicio” y “Valor ofertado por Repuestos”, con una ponderación de 50% cada
uno.
El oferente deberá asegurarse que los valores contenidos en los documentos
que conforman la oferta, sean iguales a los valores ingresados en el campo
correspondiente en el portal www.mercadopublico.cl. En caso de existir
discrepancias entre el valor indicado en el anexo y el valor ingresado en el
portal, prevalecerá la oferta subida a la línea de servicio a
www.mercadopublico.cl.
Una vez completado el documento, debe adjuntarse en la carpeta Económica
con el nombre: Anexo N°07 Carta Oferta.
Se establece expresamente que si la oferta del proveedor es de $1 en
Mercado Público, su oferta será declarada inadmisible.
ANEXO OBLIGATORIO, por tanto, su no presentación hará inadmisible la
oferta. Lo anterior, sin perjuicio de que se efectuará la revisión de la totalidad
de los antecedentes contenidos en la oferta, de acuerdo al artículo 9 de la Ley
N° 19.886.
Si falta alguno de los anexos OBLIGATORIOS o no se logra acreditar su contenido, la oferta será declarada
inadmisible. Lo anterior, sin perjuicio de que se efectuará la revisión de la totalidad de los antecedentes
contenidos en la oferta, de acuerdo al artículo 9 de la Ley N° 19.886.
6.1.- Carácter de los documentos
Cada oferta deberá cumplir con todos los requisitos de admisibilidad administrativa, técnica y económica, sin
embargo, es dable señalar que en esta Licitación podrán existir los siguientes documentos:
• DOCUMENTO “ANEXO”: Anexo numerado que se debe completar o no, según corresponda y cuyo
contenido se deberá acreditar cuando así se indique, con los respectivos documentos de respaldo
adjuntos en cada carpeta de su oferta.
• DOCUMENTO “RESPALDO”: Documento que se pide acompañar en la oferta para respaldar
y/o acreditar algún requerimiento solicitado en un anexo o en bases.
Estos documentos de respaldo podrán ser entre otros: fotos, boucher, fichas técnicas, certificados,
declaraciones, contratos, Ordenes de Compras, catálogos, etc. según se solicite en cada caso.
Los documentos Anexos o respaldos podrán tener carácter de obligatorios o no.
Según lo anterior, los documentos, anexos o respaldos, se pueden clasificar en “esencial” o “subsanable”,
según el siguiente detalle:
a.1 Documento, Antecedente o Anexo Esencial: Son aquellos, que no admiten corrección, enmienda,
rectificación o subsanación, por ende, si alguna de las propuestas no cumple con la presentación conforme
y/o el correcto llenado del documento sea anexo o respaldo, según se solicita en estas bases, la oferta será
inadmisible. Lo anterior, sin perjuicio de que se efectuará la revisión de la totalidad de los antecedentes
contenidos en la oferta, de acuerdo al artículo 9 de la Ley N° 19.886.
Se entenderán Documentos, anexos o respaldos esenciales los siguientes:
▪ Anexo N°02 Declaración Jurada.
▪ Anexo N°04 Certificado de Garantía Técnica y Tiempos de Importación.
▪ Anexo N°07 Carta Oferta.
▪ Garantía de Seriedad de la Oferta señalada en punto 5.8 de Bases Administrativas de Licitación.
a.2 Documento Subsanable: Son aquellos documentos que, presentados, adolecen de defectos de forma o
errores no esenciales o de tipeo, que obedecen a una justa causa de error u omisión o aquellos documentos
que no se hayan adjuntado por omisión a la oferta.
Los oferentes podrán enmendar sus omisiones u errores, dentro de un plazo de 24 o 48 horas según explicite
el Hospital La Florida, contado desde su requerimiento, mediante el foro inverso del proceso licitatorio y a
través de www.mercadopúblico.cl., y según lo señalado en el punto 8.2.1. de estas bases.
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7.- APERTURA DE LAS PROPUESTAS |
La apertura electrónica de las propuestas que se hayan ingresado en el portal www.mercadopublico.cl. Se
efectuará de acuerdo al calendario de plazos del numeral 5.4, debiendo levantarse acta de lo obrado.
Se realizará en ella, la revisión de los requisitos de admisibilidad esencial dejando constancia de los oferentes
que no cumplan con dichos requisitos en la Apertura Electrónica que se publica en www.mercadopublico.cl.
Una vez verificado el cumplimiento de los oferentes, de los requisitos exigidos en las presentes bases de
licitación y confeccionada la correspondiente Acta de Apertura, se procederá a la evaluación administrativa,
técnica y económica de los oferentes y sus ofertas, por parte de la Comisión Evaluadora, designada por el
Hospital en las presentes bases.
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8.- DE LA EVALUACIÓN DE LAS OFERTAS |
8.1.- Comisión de Evaluación
La Comisión de Evaluación podrá estar integrada por las siguientes personas o sus subrogantes legales
1. Jefatura Abastecimiento.
2. Jefatura Gestión de Contratos.
3. Referente/s Técnico/s.
En caso de ausencia o inhabilidad de uno o más de los miembros de la comisión de evaluación, ocupará su
lugar el subrogante respectivo, o el funcionario que designe la autoridad en su caso, con la finalidad que la
comisión sesione con la totalidad de los miembros que la integran.
En el caso de no ser posible la subrogancia, se reemplazará al integrante de la comisión a través de resolución
fundada, por funcionario que, revista las mismas calidades, todo, sin perjuicio de que su composición sea
informada en el portal www.mercadopublico.cl, una vez dictado el acto administrativo, correspondiente
conforme al inciso final del artículo 37 del decreto N°250, de 2004.
En el evento que la comisión este excepcionalmente integrada por personas ajenas a la administración y en
un número inferior a los funcionarios públicos, tal como lo previene el inciso cuarto del artículo 37 del
mencionado reglamento, su designación deberá ser fundada.
Las autoridades y funcionarios, así como los contratados a honorarios o las personas ajenas a la
administración, (en los casos en que excepcionalmente participen en procedimientos de contratación),
deberán abstenerse de participar en la evaluación y distintas etapas de los procedimientos de contratación,
cuando exista cualquier circunstancia que les reste imparcialidad. Para ello, previa evaluación, cada uno de
sus integrantes, firmará una Declaración Jurada de no tener Conflicto de Interés.
En caso de que alguno de los integrantes esté contratado a honorarios o se trate de personas ajenas a la
administración, estos solo tendrán derecho a voz, debiendo siempre la Comisión estar conformada por
mayoría simple de miembros a contrata.
La comisión revisará, las ofertas recepcionadas e inscritas en el Acta de Apertura, la Comisión de Evaluación
dará inicio al proceso de evaluación de las ofertas formuladas.
La Comisión de Evaluación, podrá ser asesorada por una Comisión Técnica compuesta por un máximo de 3
profesionales de las áreas correspondientes al proceso en análisis.
La comisión de Evaluación será presidida según el siguiente orden de prelación:
1. Jefatura Abastecimiento.
2. Jefatura Gestión de Contratos.
3. Referente/s Técnico/s.
La comisión podrá sesionar con un mínimo de 3 de sus integrantes en los días y horas citadas para los efectos
de evaluación. Las decisiones se tomarán conforme la metodología de evaluación indicada en el punto 8.3.
8.2.- Examen de Antecedentes
La Comisión de evaluación verificará los Antecedentes presentados por los oferentes e informará al director,
quien en virtud de lo dispuesto en el artículo 9 de la Ley Nº 19.886, podrá declarar, mediante resolución
fundada, inadmisible aquellas ofertas que no cumplan los requisitos establecidos en las bases.
El Hospital Clínico Metropolitano La Florida se reserva el derecho de declarar inadmisible las ofertas cuando
no cumplieren con los requisitos exigidos en las presentes Bases.
A su vez, el Hospital declarará desierta la licitación cuando no se presenten ofertas, o bien, cuando éstas no
resulten convenientes a sus intereses. En todos los casos, los oferentes no tendrán derecho a indemnización
alguna por estas circunstancias.
La decisión de inadmisibilidad o de declaración de desierta, se efectuará por resolución fundada, que será
publicada en www.mercadopublico.cl.
8.2.1.-Aclaración y complementación de antecedentes en FORO INVERSO de www.mercadopublico.cl
• Errores u omisiones en documentos presentados
El Hospital La Florida de conformidad con el artículo 40 inciso 1º del Decreto Nº 250 que aprueba el
reglamento de la Ley Nº 19.886, podrá solicitar a los oferentes aclaraciones o que salven errores u omisiones
formales, siempre y cuando las rectificaciones de dichos vicios u omisiones no les confieran a esos oferentes
una situación de privilegio respecto de los demás competidores, esto es, en tanto no se afecten los principios
de estricta sujeción a las bases y de igualdad de los oferentes, informándose debidamente dicha solicitud al
resto de los oferentes a través del Portal Mercado Público.
• Omisión de documentos
El Hospital La Florida de conformidad con el artículo 40 inciso 2° del Decreto Nº 250, podrá permitir la
presentación de certificaciones o antecedentes que los oferentes hayan omitido presentar al momento de
efectuar la oferta, siempre que dichas certificaciones o antecedentes se hayan producido u obtenido con
anterioridad al vencimiento del plazo para presentar ofertas o se refieran a situaciones no mutables entre el
vencimiento del plazo para presentar ofertas y el periodo de evaluación.
El plazo que tendrán los oferentes, en ambos casos, ya sea para subsanar documentos presentados o adjuntar
documentos omitidos para dar cumplimiento a lo solicitado por el mandante, no podrá ser superior a 24 o 48
horas, según defina el Hospital, contadas desde la fecha de publicación en el FORO INVERSO
de www.mercadopublico.cl, de la solicitud por parte del Hospital.
Si la aclaración solicitada o el documento omitido no se presenta dentro del plazo asignado, se asumirá que
el requisito en duda no se cumple y la oferta recibirá el puntaje correspondiente establecido en el criterio
“cumplimiento de requisitos formales”.
8.3.- Metodología de Evaluación
La evaluación se hará asignando puntuación según los rangos que se indican, a los aspectos que se detallan;
la oferta que logre la puntuación más alta, será propuesta para adjudicación.
La evaluación de las propuestas será realizada por la Comisión de Evaluación conforme a los criterios de
evaluación, analizando los antecedentes admisibles aportados por los oferentes a través del Portal
www.mercadopublico.cl.
Se ponderarán los puntajes obtenidos, estableciéndose un ranking, del cual se seleccionará la oferta que
obtenga el mayor puntaje y que cumpla de mejor forma los intereses del Hospital.
En el caso de tratarse de un proceso cuya adjudicación se realice por la totalidad de líneas o ítems licitados a
un solo proveedor, el resultado final de la evaluación se obtendrá de la sumatoria de puntajes finales de todos
los ítems ofertados en su conjunto, siendo la oferta ganadora la que obtenga el mayor puntaje de dicha
sumatoria.
Se elaborará el Acta de Evaluación según el análisis realizado para cada uno de los criterios evaluados.
8.3.1 Mecanismos de Evaluación:
La obtención de los puntajes de los requerimientos para cada evaluación podrá ser del tipo tabulación,
dicotómico o porcentual.
a) Mecanismo de Tabulación:
Para el caso de evaluación a través de tabulación, se asignará un puntaje por tramo, requisito o característica
indicada según orden de importancia, el resultado será ponderado según el porcentaje asignado al criterio.
b) Mecanismo Dicotómico:
Para el caso del puntaje dicotómico, el cumplimiento del requerimiento significará la obtención del puntaje
máximo y en caso contrario, el puntaje obtenido será cero.
c) Mecanismo Porcentual:
Para el caso del puntaje porcentual, este se obtendrá dependiendo de si se aplica el criterio del mayor valor
o menor valor, donde la fórmula de cálculo para cada caso es la siguiente:
c.1) Criterio Mayor Valor:
𝐶𝑟𝑖𝑡𝑒𝑟𝑖𝑜 𝑀𝑎𝑦𝑜𝑟 𝑉𝑎𝑙𝑜𝑟: (
𝑉𝑎𝑙𝑜𝑟 𝑂𝑓𝑒𝑟𝑡𝑎𝑑𝑜
𝑀𝑎𝑦𝑜𝑟 𝑉𝑎𝑙𝑜𝑟 𝑂𝑓𝑒𝑟𝑡𝑎𝑑𝑜) 𝑥 (𝑃𝑢𝑛𝑡𝑎𝑗𝑒 𝑑𝑒𝑙 𝑅𝑒𝑞𝑢𝑒𝑟𝑖𝑚𝑖𝑒𝑛𝑡𝑜)
El oferente obtendrá el puntaje máximo del requisito evaluado toda vez que su valor ofertado sea igual al
mayor valor ofertado, del conjunto de las ofertas. Cada valor ofertado distinto al mayor valor ofertado, en
consecuencia, generará un puntaje menor para el requerimiento en evaluación.
c.2) Criterio Menor Valor :
𝐶𝑟𝑖𝑡𝑒𝑟𝑖𝑜 𝑀𝑒𝑛𝑜𝑟 𝑉𝑎𝑙𝑜𝑟: (
𝑀𝑒𝑛𝑜𝑟 𝑉𝑎𝑙𝑜𝑟 𝑂𝑓𝑒𝑟𝑡𝑎𝑑𝑜
𝑉𝑎𝑙𝑜𝑟 𝑂𝑓𝑒𝑟𝑡𝑎𝑑𝑜 ) 𝑥 (𝑃𝑢𝑛𝑡𝑎𝑗𝑒 𝑑𝑒𝑙 𝑅𝑒𝑞𝑢𝑒𝑟𝑖𝑚𝑖𝑒𝑛𝑡𝑜)
El oferente obtendrá el puntaje máximo del requerimiento evaluado, toda vez que su valor ofertado sea igual
al menor valor ofertado, del conjunto de las ofertas. Cada valor ofertado distinto al menor valor ofertado, en
consecuencia, generará un puntaje menor para el requerimiento en evaluación.
8.4.- Criterios de Evaluación
Se evaluará conforme a los criterios de evaluación, que a continuación se indican, sin afectar los principios de
igualdad de los mismos y con estricta sujeción a las bases, de acuerdo a las ponderaciones que se señalan:
CRITERIOS PONDERACIÓN FACTOR PONDERACIÓN
PUNTAJE
MÁXIMO
Cumplimiento de Requisitos
Formales 1% 100
Certificaciones 4% 100
Comportamiento Contractual
anterior 6% 100
Experiencia del oferente 6% 100
Capacitación del personal 6% 100
Experiencia del personal que
prestará el Servicio Técnico 4% 100
Garantía Técnica 4% 100
Tiempo de importación 7% 100
Condiciones de empleo y
remuneración 1% 100
Programas de integridad con
aplicación de código de ética
para proveedores del Estado
1% 100
Oferta Económica 60%
Valor ofertado
por Servicio 50% 100
Valor ofertado
por bolsa de
repuestos
50% 100
8.4.1.- Cumplimiento de los Requisitos Formales de las Ofertas (1%)
Se evaluará el cumplimiento formal de los requisitos administrativos, técnicos y económicos, a través del
mecanismo de Tabulación, asignándose el siguiente puntaje:
TRAMO, REQUISITO O CARACTERÍSTICA PUNTAJE
Presenta oferta con todos los documentos requisitos administrativos, técnicos, económicos
y anexos solicitados, en tiempo y forma.
100
Presenta oferta con todos los documentos, requisitos administrativos, técnicos, económicos
y anexos solicitados, pero se debe pedir subsanar o enmendar elementos de tipo
subsanables a través de foro inverso y proveedor corrige y/o subsana en tiempo y forma.
50
Presenta oferta con todos los documentos, requisitos administrativos, técnicos, económicos
y anexos solicitados, pero se debe pedir subsanar o enmendar elementos de tipo
subsanables a través de foro inverso y proveedor NO corrige o subsana en tiempo y forma.
0
Aquellas ofertas que no cumplan con los documentos, antecedentes o anexos de carácter esencial serán
declaradas inadmisibles, de acuerdo al numeral 6.1. de las presentes bases.
Aquellas ofertas que presenten requisitos administrativos, técnicos y/o económicos de carácter subsanable
observados y no rectifiquen las observaciones dentro del plazo asignado para ello, no recibirán puntaje por
ese concepto, ya que se asumirá que el requisito observado no se cumple.
8.4.2.- Certificaciones (4%)
Se evaluará a través del mecanismo Dicotómico y de acuerdo a la siguiente Pauta de Evaluación:
REQUERIMIENTO PUNTAJE
Oferente cuenta con Certificación ISO 9001 Vigente. 50
Oferente cuenta con Certificado de Autorización de Fábrica.
(Para acreditar, se deberá adjuntar el certificado de autorización de fábrica vigente para
realizar comercialización de componentes, accesorios, repuestos y brindar el servicio
de mantenimiento preventivo y correctivo requerido).
50
No cuenta o no logra acreditar Certificación. 0
8.4.3.- Comportamiento Contractual Anterior (6%)
Este Factor se evaluará a través del mecanismo de Tabulación, en base a lo siguiente:
Se medirá el comportamiento contractual anterior del oferente con la evaluación del documento Anexo N°05,
“Certificado Comportamiento Contractual Anterior”, suscrito por clientes/contratos con los que tenga o haya
tenido contratos del mismo rubro y envergadura del servicio requerido en la presente licitación que declaren
la conducta intachable del oferente sin multas, sanciones ni término anticipado de contrato.
Para estos efectos se considerarán del mismo rubro, contratos referidos a la venta del mismo servicio
requerido en esta adquisición y de la misma marca ofertada y se considerará de la misma envergadura cuando
los contratos se hayan celebrado con instituciones de salud pública o privada. Si no concurren estas dos
condiciones en conjunto, el certificado no será considerado en la Evaluación.
Los Certificados de Comportamiento Contractual Anterior, deberán presentarse firmados por la persona
facultada para ello de la respectiva empresa o institución, identificándose en el mismo como tal y con el timbre
de la Institución que adquirió el servicio. No serán considerados para la evaluación los Certificados de
Comportamiento Contractual Anterior emitidos por el propio oferente, por las entidades del grupo
empresarial al que pertenece la empresa o sociedad oferente o por las personas jurídicas que tengan, respecto
de la empresa o sociedad oferente, la calidad de matriz, coligante, filial o coligada, en conformidad a las
definiciones contenidas en la Ley N° 18.046.
Si se presentan certificaciones del propio Hospital La Florida, solo serán consideradas a evaluación las emitidas
por la Unidad de Gestión de Contratos del Hospital.
El Hospital se encontrará facultado para confirmar los antecedentes entregados, contactando a las respectivas
Instituciones que hayan otorgado dichas certificaciones.
En consecuencia, los antecedentes y clientes/contratos del oferente, que no puedan ser acreditados o
confirmados a través de la presentación y revisión de estos certificados, se entenderán como no
presentados, para efectos de la evaluación.
Para la Evaluación se considerará sólo la presentación hasta un máximo de 6 certificados de clientes/contratos
distintos, que hayan adquirido los servicios en los últimos 24 Meses desde el cierre de recepción de las ofertas
de este proceso licitatorio.
Si el oferente presenta más de 6 certificados, sólo se considerarán los 6 certificados donde consten las
contrataciones de fechas más recientes.
Estos certificados deben adjuntarse en la carpeta técnica con el nombre: “Anexo N°05 Certificado
Comportamiento Contractual Anterior”.
REQUERIMIENTO PUNTAJE
Presenta Certificados de 6 clientes/contratos 100
Presenta Certificados de 5 clientes/contratos 80
Presenta Certificados de 4 clientes/contratos 60
Presenta Certificados de 3 clientes/contratos 40
Presenta Certificados de 2 clientes/contratos 20
Presenta Certificados de 1 cliente/contrato 10
No presenta certificados o estos no pueden ser corroborados con la entidad emisora 0
8.4.4.- Experiencia del oferente (6%)
Este criterio se evaluará a través del mecanismo de Tabulación, en base a lo siguiente:
Se medirá y acreditará la experiencia del oferente tanto en el sector público como en el privado, con la
evaluación de órdenes de Compra, según lo siguiente:
Experiencia en Sector Público: con la presentación de “Órdenes de Compra de Mercado Público aceptadas y
con recepción conforme” que hayan presentado los oferentes, adjuntas en la carpeta Técnica, estos
documentos deben indicar los clientes/contratos con los que tenga o haya tenido contratos del mismo rubro
y envergadura de los servicios requeridos en la presente licitación, emitidas en el portal de mercado público,
aceptadas por el oferente y donde conste expresamente su recepción conforme, que acreditan la experiencia
del proveedor en la venta de los bienes y/o servicios requeridos.
Experiencia en Sector Privado: con la presentación de “Órdenes de Compra con su correspondiente factura”
que hayan presentado los oferentes, adjuntas en la carpeta Técnica, estos documentos deben indicar los
clientes/contratos con los que tenga o haya tenido contratos del mismo rubro y envergadura de los bienes
y/o servicios requeridos en la presente licitación.
Para ambos tipos de experiencia se considerarán del mismo rubro, las Ordenes de compras de MP y las
Ordenes de compras con sus respectivas facturas, referidas a la venta de los mismos bienes y/o servicios
requeridos en esta adquisición y se considerará de la misma envergadura cuando dichos contratos se hayan
celebrado con organismos de salud públicos o privados.
Si no concurren estas dos condiciones en conjunto, las Orden de Compra de Mercado Público o las Ordenes
de compras con sus facturas, no serán consideradas como antecedente para la Evaluación.
Las órdenes de compra tanto de mercado público como del sector privado, deberán presentarse una por cada
cliente. Si presenta más de una orden de compra emitida por la misma Institución Pública o Privada, solo será
considerada la Orden de Compra de fecha más actual.
El Hospital se encontrará facultado para confirmar los antecedentes entregados revisando el portal mercado
público y SII de ser necesario, contactando a las respectivas Instituciones y empresas que hayan emitido dichas
órdenes.
En consecuencia, los antecedentes y clientes/contratos del oferente, que no puedan ser acreditados o
confirmados a través de la presentación y revisión de estas Órdenes de Compra de Mercado Público que no
cuenten con Recepción conforme, o las Órdenes de compra de sector privado que no se presenten junto a
su correspondiente factura, se entenderán como no presentadas, para efectos de la evaluación.
Para la Evaluación se considerará sólo la presentación hasta un máximo de 6 órdenes de compra de
clientes/contratos distintos que hayan adquirido los mismos servicios en los últimos 24 Meses anteriores a la
presentación de oferta.
Si el oferente presenta más de 6 órdenes de compra, solo se considerarán las 6 órdenes de compra donde
consten las contrataciones de fechas más recientes.
REQUERIMIENTO PUNTAJE
Presenta órdenes de compra de 6 clientes/contratos 100
Presenta órdenes de compra de 5 clientes/contratos 80
Presenta órdenes de compra de 4 clientes/contratos 60
Presenta órdenes de compra de 3 clientes/contratos 40
Presenta órdenes de compra de 2 clientes/contratos 20
Presenta órdenes de compra de 1 cliente/contrato 10
No presenta órdenes de compra 0
8.4.5.- Capacitación del Personal (6%)
Este criterio se evaluará a través del mecanismo de tabulación, en base a lo siguiente:
Se medirá la capacitación del personal en mantenimiento, que prestará los servicios en esta contratación,
según los antecedentes señalados en el Anexo N°09 “Listado Personal que prestará los servicios”.
La capacitación del personal que no se encuentre identificada en el Anexo N°09, o no se logre acreditar, no
será considerada a evaluación.
La capacitación deberá ser comprobada a través de la presentación de Certificados, que señalen
expresamente el Nombre y N° de Cédula de Identidad del trabajador.
REQUERIMIENTO PUNTAJE
100% personal capacitado 100
50% a 99% del personal capacitado 50
Menos del 50% del personal capacitado 10
Sólo se considerarán capacitaciones realizadas dentro de los 24 meses anteriores a la fecha de cierre de
recepción de ofertas de este proceso licitatorio.
8.4.6. Experiencia del personal que prestará el Servicio Técnico (4%)
Se medirá la experiencia laboral de los trabajadores que prestarán el servicio técnico en esta contratación,
según el personal identificado en el Anexo N°9: Listado del Personal que prestará servicios y capacitación.
La experiencia laboral de personas que no se encuentren identificadas en el Anexo N°9, no será considerada
en la evaluación. La experiencia Laboral deberá ser comprobada a través de la presentación de copia de
finiquitos, Relación de Servicios o Certificados Laborales, que señalen expresamente el Nombre y N° de Cédula
de Identidad del trabajador, años de prestación servicios y labor realizada por el trabajador en el área de
SERVICIO DE MANTENIMIENTO PREVENTIVO Y CORRECTIVO, tanto para el área pública como privada, según
correspondan. Si no se presentan los respaldos y/o antecedentes que acrediten la experiencia laboral del
trabajador, ésta no será considerada para la evaluación.
El Hospital se encontrará facultado para confirmar los antecedentes entregados, contactando a las respectivas
Instituciones o empresas que hayan emitido dichos respaldos o certificaciones. En consecuencia, los
antecedentes de experiencia laboral de los trabajadores del oferente, que no puedan ser acreditados o
confirmados a través de la presentación y revisión de finiquitos, relación de servicios o certificaciones
laborales, se entenderán como no presentados, para efectos de la evaluación. Para la evaluación se
considerarán sólo documentos que por sí solos o en conjunto acrediten la experiencia laboral del trabajador
hasta por un máximo de 10 años. Si la documentación entregada acredita en varios o un solo documento una
experiencia mayor a 10 años, se le asignará el puntaje máximo en la Evaluación.
La cantidad de trabajadores que debe disponer el proveedor, será el que él estime conveniente para cumplir
con el servicio de mantenimiento preventivo y correctivo, establecido en las presentes bases.
EXPERIENCIA EN SERVICIO TÉCNICO DE MANTENIMIENTO PREVENTIVO Y
CORRECTIVO
PUNTAJE
Acredita experiencia en Servicio Técnico de más de 5 años a 10 años en el 100% del
personal que prestará el servicio 100
Acredita experiencia en Servicio Técnico de más de 2 años y hasta 5 años en el 100%
del personal que prestará el servicio 50
Acredita experiencia en Servicio Técnico desde 1 año y hasta 2 años en el 100% del
personal que prestará el servicio 30
Acredita experiencia en Servicio Técnico inferior a 1 año en el 100% del personal que
prestará el servicio 10
No acredita experiencia 0
8.4.7.- Garantía Técnica (4%)
Este criterio se evaluará a través del mecanismo de tabulación.
El oferente debe especificar los meses de garantía técnica ofertados en el Anexo N°04.
La oferta debe considerar como máximo una garantía técnica de 6 meses, considerando que se trata de
servicios post mantenimiento y como mínimo una garantía técnica de 3 meses.
GARANTÍA TÉCNICA PUNTAJE
6 meses 100
5 meses 60
4 meses 30
3 meses 0
En caso de ofertar una garantía superior a 6 meses se evaluará otorgando el puntaje máximo definido en la
tabla. Si la garantía técnica ofertada es inferior a los 3 meses, la propuesta será declarada inadmisible.
8.4.8.- Tiempo de importación (7%)
Este criterio se evaluará a través del mecanismo de Tabulación, según lo ofertado en Anexo N°04 y en base a
lo siguiente:
TIEMPO DE IMPORTACIÓN PUNTAJE
Tiempo de importación de repuestos menor a 19 días corridos 100
Tiempo de importación de repuestos entre 20 y 29 días corridos 80
Tiempo de importación de repuestos entre 30 y 39 días corridos 60
Tiempo de importación de repuestos entre 40 y 49 días corridos 40
Tiempo de importación de repuestos entre 50 y 59 días corridos 20
Tiempo de importación de repuestos mayor o igual a 60 días corridos 0
El tiempo de importación se deberá expresar en días corridos. Si el proveedor señala en su oferta días hábiles,
su oferta será declarada inadmisible. Si el proveedor no señala expresamente en su oferta si son días hábiles
o corridos, se entenderán que son días corridos, para todo efecto.
El plazo ofertado se entiende comenzará, a partir de la fecha de aceptación de la correspondiente orden de
compra.
8.4.9.- Condiciones de empleo y remuneración (1%)
El puntaje correspondiente a las mejores condiciones laborales para personal que prestarán el servicio,
situación debidamente acreditada, el mecanismo de tabulación será resultado de la sumatoria de los puntajes
obtenidos por el oferente, según la información presentada y acreditada en Anexo N°8 de su oferta y según
la siguiente tabla:
Condiciones de Empleo y Remuneración Puntaje
Políticas de capacitación continua 20
Contratación personas con discapacidad 20
Seguro salud 10
Bono Escolaridad 10
Bono Fiestas Patrias 10
Bono Navidad 10
Políticas de Reajustabilidad remuneraciones 10
Contratación de personas adulto mayor 10
REQUERIMIENTO PUNTAJE
MAXIMO
Mejores Condiciones de empleo y remuneración
debidamente acreditadas, Anexo Nº08.
100
El proveedor deberá adjuntar la documentación que respalde estas condiciones laborales.
Las condiciones declaradas en este anexo, se deberán mantener durante toda la vigencia del contrato y serán
comprobadas en los estados de pagos según corresponda, sin perjuicio de lo anterior, el Hospital en cualquier
momento podrá verificar si se cumplen estas condiciones durante la vigencia del contrato, solicitando los
antecedentes que estime conveniente al proveedor.
8.4.10.- Criterio Programas de integridad con aplicación de código de ética para proveedores del Estado
(1%)
Corresponde a programas de integridad relacionadas a la contratación pública con aplicación del código de
ética para proveedores dentro de la empresa y por parte de sus trabajadores, situación debidamente
acreditada, a través de declaración jurada del proveedor (anexo 11), donde se señala expresamente como
política de su empresa dicho programa de integridad con aplicación del código de ética para proveedores
(Directiva N°31 de ChileCompra).
Si el oferente es una UTP se deberán adjuntar las declaraciones juradas por cada uno de sus integrantes.
De no ser presentadas las declaraciones juradas, se entenderá que no cuentan con estas políticas ni aplican
código de ética para proveedores, otorgándoles 0 puntos en este criterio.
Para este criterio se aplicará el mecanismo dicotómico, según la siguiente tabla y el anexo N°11:
REQUERIMIENTO PUNTAJE
Aplica programa de integridad con código de ética para proveedores (Directiva N°31
ChileCompra) en sus contrataciones con el estado. 100
NO aplica programa de integridad con código de ética para proveedores (Directiva N°31
ChileCompra) en sus contrataciones con el estado, o no logra acreditar. 0
8.4.11.- Evaluación Económica (60%)
Este criterio se evaluará a través de 2 factores “Valor ofertado por Servicio” y “Valor ofertado por bolsa de
Repuestos”, con una ponderación de 50% cada uno.
Se evaluará según los montos señalados en Anexo N°7, en donde el oferente deberá definir el valor unitario y
total, sin IVA y en pesos chilenos, para el servicio de mantenimiento preventivo, correctivo y los repuestos
utilizados, incluidos todos los gastos en los que incurra el adjudicatario hasta su total recepción conforme,
comprendiéndose entre ellos por ejemplo los relativos a capacitación, fletes incluidos, derechos, patentes,
etc.
Para efectos de discriminar entre las ofertas, se aplicará el Criterio de Menor Valor, al valor ofertado para cada
factor.
El puntaje de este criterio se calculará con la sumatoria de los valores que lo componen.
REQUERIMIENTO PUNTAJE MÁXIMO
Menor Valor Ofertado por
Servicio 100
Menor Valor Ofertado por
bolsa de repuestos 100
El valor ofertado se debe ajustar al monto estimado señalado en bases técnicas.
𝑀𝑒𝑛𝑜𝑟 𝑃𝑟𝑒𝑐𝑖𝑜: (
𝑀𝑒𝑛𝑜𝑟 𝑃𝑟𝑒𝑐𝑖𝑜 𝑂𝑓𝑒𝑟𝑡𝑎𝑑𝑜
𝑃𝑟𝑒𝑐𝑖𝑜 𝑂𝑓𝑒𝑟𝑡𝑎𝑑𝑜 ) 𝑥 100
Se establece expresamente que si la oferta del proveedor es de $1 en Mercado Público, su oferta será
declarada inadmisible.
Sin perjuicio de lo anterior, el valor a publicar en el portal Mercado Público deberá ser la suma de ambos
valores en conjunto, según lo establecido en Anexo 07.
8.5.- Situación de Empate:
En caso de que dos o más ofertas obtengan igual puntaje total, se resolverá el empate según los siguientes
criterios:
a) Se seleccionará aquella oferta que presente el mejor puntaje en criterio Comportamiento Contractual
Anterior.
b) Si subsistiese el empate, se seleccionará aquella oferta que presente el mejor puntaje en el criterio
Experiencia Servicio Técnico.
c) Si subsistiese el empate, se seleccionará aquella oferta que presente el mejor puntaje en el criterio
Certificaciones.
d) Si subsistiese el empate, se seleccionará aquella oferta que presente el mejor puntaje en el criterio
Garantía Técnica.
e) Si subsistiese el empate, se seleccionará aquella oferta que presente el mejor puntaje en el criterio Tiempo
de Importación.
f) Si subsistiese el empate, se seleccionará aquella oferta que presente el mejor puntaje en el criterio
Experiencia del Oferente.
g) Si subsistiese el empate, se seleccionará aquella oferta que presente el mejor puntaje en el criterio
Capacitación del Personal.
h) Si subsistiese el empate, se seleccionará aquella oferta que presente el mejor puntaje en el criterio
Condiciones de Empleo y Remuneración.
i) Si subsistiese el empate, se seleccionará aquella oferta que presente el puntaje más alto en el criterio
Económico.
j) Si subsistiese el empate, se seleccionará aquella oferta que presente el mejor puntaje en el criterio de
Cumplimiento de Requisitos Formales.
k) Si subsistiese el empate, se seleccionará aquella oferta que presente el mejor puntaje en el criterio de
Programas de integridad con aplicación de código de ética para proveedores del Estado.
l) Si subsistiese el empate, se seleccionará aquella oferta que fuese ingresada primero, según la fecha y hora
en el portal Mercado Público.
8.6.- Acta de Evaluación
La Comisión de Evaluación elaborará el "Informe o Acta Final de Evaluación" el cual contendrá:
• La identificación de los integrantes de la Comisión de Evaluación que asistieron a evaluar.
• La identificación de los asesores expertos invitados a la Evaluación, si es que existieron.
• La identificación de las ofertas que no cumplieron alguno de los requerimientos obligatorios de bases,
siendo rechazadas sus ofertas en la apertura, quedando por lo tanto fuera de evaluación y aquellas que
fueron evaluadas pero se determinó de igual manera que no cumplieron alguno de los requerimientos
obligatorios de bases, por tanto se deben proponer junto a las rechazadas, para ser declaradas
inadmisibles por la autoridad y la información detallada sobre cuál o cuáles requerimientos no fueron
cumplidos por todas estas ofertas.
• Un cuadro comparativo de las propuestas con las respectivas puntuaciones parciales obtenidas en cada
uno de los criterios de evaluación, así como también un resumen de la Evaluación realizada con
especificación del puntaje final.
• Un análisis final de evaluación y/o las observaciones, si proceden.
• Cuando no se hayan presentado ofertas, la constancia de esta situación para declarar Desierto el proceso.
• Los fundamentos de declarar desierto el proceso en base a ofertas presentadas y evaluadas que no
resulten convenientes para los intereses del establecimiento.
• La recomendación o propuesta final, a la autoridad competente, de adjudicación del oferente mejor
evaluado o de declarar desierto el proceso, según sea el caso, fundada en razones objetivas y no
discriminatorias.
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9.- DE LA ADJUDICACIÓN DE LA PROPUESTA |
9.1.- Criterios de Adjudicación
Se adjudicará el ítem a aquel proponente cuya oferta haya sido evaluada como la más ventajosa para los
intereses de la institución, considerando los criterios de evaluación establecidos en las presentes Bases y
conforme las facultades y prerrogativas establecidas en la normativa sobre contratos administrativos de
suministro y prestación de servicios.
9.2.- Comunicación de la Adjudicación
El Hospital Clínico Metropolitano La Florida adjudicará la oferta mediante acto administrativo, el cual tendrá
plena vigencia una vez que se encuentre totalmente tramitado y notificado al adjudicatario y al resto de los
oferentes a través de www.mercadopublico.cl. En dicho acto administrativo, se especificarán los criterios de
evaluación aplicados, de acuerdo a lo establecido en las presentes Bases.
Si no se adjudicase en el plazo indicado en el punto 5.4 de estas Bases, se avisará a través del Portal las razones
de ello, indicando un nuevo plazo para la adjudicación o la decisión de declarar desierto.
9.3.- Peticiones o Reclamos del Proponente Adjudicado
Adjudicada la propuesta, no podrá el proponente formular petición o reclamo de ninguna especie fundado en
el desconocimiento de estas Bases Administrativas, de las Bases Técnicas y los anexos y sus modificaciones;
las cuales se entienden plenamente conocidas y aceptadas por el solo hecho de presentación de su oferta.
9.4.- De la Readjudicación
El Hospital Clínico Metropolitano La Florida podrá readjudicar la licitación, dentro de los 60 días corridos
desde la publicación, al oferente que siga en orden de prelación de acuerdo con el puntaje total obtenido,
dejando sin efecto la adjudicación previa, en los siguientes casos:
1.-Si el adjudicatario desiste de su oferta.
2.-Si el adjudicatario se desiste de firmar el contrato o rechaza la orden de compra emitida en el portal
mercadopublico.cl
3.-Si el adjudicatario no entrega garantía de fiel y oportuno cumplimiento o cualquier otro documento
solicitado para la firma del contrato en tiempo y forma.
4.-Si el Oferente adjudicado es inhábil para contratar con el estado en los términos del artículo cuarto, incisos
1° y 6° de la Ley 19.886, o según lo establecido en el inciso segundo del artículo 26, letra d), del DFL N° 1, de
2004, del Ministerio de Economía, Fomento y Reconstrucción sobre condena establecida por el Tribunal de
Defensa de la Libre Competencia, o lo dispuesto en la Ley N° 20.393 Sobre Responsabilidad Penal de Personas
Jurídicas condenadas por delitos de Cohecho , Lavado de Activos y Financiamiento al Terrorismo o no
proporciona los documentos que sean requeridos para verificar dicha condición o le sobreviene una
inhabilidad.
Sin perjuicio de lo anterior, el Hospital podrá elegir si adjudica a la segunda oferta mejor evaluada o desertar
el proceso, para efectuar un nuevo llamado a licitación, emitiéndose para cada caso la respectiva resolución.
9.5.- Revocación de la Licitación
Si se ha detectado una ilegalidad en y durante el proceso o aconteciere durante su tramitación un hecho
considerado como Imprevisto, Caso Fortuito o Fuerza mayor, que haga imposible e improcedente adjudicar
la Licitación, el Hospital Clínico Metropolitano La Florida, podrá realizar la revocación de esta, previo acto
administrativo que justifique tal situación, sin perjuicio de otras causales específicas de las normas especiales
vigentes, aplicables a los actos del Estado.
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10.- DEL CONTRATO |
De acuerdo a lo estipulado en el Artículo 63° del Reglamento de la ley N° 19.886 aprobado por el decreto Nº
250/2004 del Ministerio de Hacienda, la formalización del contrato en este proceso se llevará a cabo según lo
siguiente:
a) La firma de un contrato escrito será obligatoria en esta adquisición para los oferentes que
adjudiquen un monto total igual o mayor a 100 UTM, ya sea por la adjudicación de una o varias
líneas. Además, deberá presentar la Garantía de Fiel Cumplimiento de Contrato, de acuerdo a lo
estipulado en el punto 10.8 de estas Bases.
b) Para los oferentes que adjudiquen un monto entre 50 y 99 UTM, su contratación se formalizará a
través de la emisión y aceptación de la correspondiente Orden de Compra, más la presentación de
la Garantía de Fiel Cumplimiento de Contrato, de acuerdo a lo estipulado en el punto 10.8 de estas
Bases.
c) Para los oferentes que adjudiquen montos inferiores a 50 UTM, su contratación se formalizará a
través de la emisión y aceptación de la correspondiente Orden de Compra.
10.1.- Entrega de Documentación y Antecedentes para la formalización del contrato.
El adjudicatario deberá hacer llegar toda la documentación necesaria para la suscripción definitiva de su
contrato y/o la correspondiente emisión de la Orden de Compra, según corresponda, a la Unidad de Contratos
del Departamento de Comercialización del Hospital, dentro de los 5 días hábiles siguientes a la adjudicación y
según el siguiente detalle:
• Garantía de Fiel y oportuno cumplimiento: Solo el proveedor adjudicado cuyo contrato sea igual o
superior a 50 UTM debe presentar garantía o caución para asegurar el fiel y oportuno cumplimiento de
contrato según monto y glosa, de acuerdo a lo establecido en numeral 10 de las presentes Bases.
• Acreditación poderes del representante legal: El proveedor adjudicado en el caso que fuera persona
jurídica, deberá acreditar la vigencia de los poderes del representante legal a través de certificado de
vigencia de poderes emitido por el Registro de Comercio o por la institución que corresponda, de data
no superior a 3 meses contados desde la fecha en que deba suscribir el contrato escrito.
• Declaraciones juradas: El oferente adjudicado, deberá presentar las siguientes declaraciones juradas:
a) Anexo N°02 Declaración Jurada Simple: en formato físico firmada por el representante legal de la
empresa o la persona natural, según corresponda, en la cual se consigna que no se encuentra unido por
los vínculos de parentesco descritos en la letra B) del artículo 54 de la ley 18.575, que no se encuentra
afecto a las inhabilidades establecidas en el artículo 4° de la ley Nº19.886, y que tratándose de personas
jurídicas, además, no ha sido condenado a pena de prohibición de celebrar actos y contratos con
Organismos del Estado, de conformidad con la ley Nº20.393.
b) Si el contrato es igual o superior a 1000 UTM y el adjudicado es una unión temporal de proveedores:
Los oferentes adjudicados que se unan de esta forma, deberán presentar la Escritura Pública que
materialice la unión temporal de proveedores. Dicho documento deberá establecer la solidaridad entre
las miembros de la unión temporal de proveedores y el nombramiento de un representante o apoderado
común con poderes suficientes, además de tener una vigencia que no podrá ser inferior a la vigencia del
contrato que se adjudica mediante el proceso licitatorio, incluyendo las renovaciones del mismo si
existiesen, conforme a lo regulado en el art. 67 bis, del Reglamento de la ley N°19.886 aprobado por el
decreto Nº 250/2004 del Ministerio de Hacienda
• Cumplimiento de obligaciones laborales y previsionales: El proponente adjudicado deberá presentar
un certificado en que se acredite el cumplimiento de las obligaciones laborales y cotizaciones
previsionales por parte del proveedor adjudicado para con sus trabajadores, éste deberá ser emitido por
la Inspección del Trabajo o por empresas autorizadas para extender este tipo de certificados. En caso de
que el certificado arroje deudas o saldos insolutos de remuneraciones o cotizaciones previsionales, los
primeros estados de pago producto del contrato licitado deberán ser destinados al pago de dichas
obligaciones, debiendo el oferente adjudicado acreditar que la totalidad de las obligaciones se
encuentran liquidadas al cumplirse la mitad del período de ejecución del contrato. El incumplimiento de
esta obligación, como, asimismo, la falta de presentación de dicho certificado habilitará al Hospital, para
poner término al contrato y podrá llamar a una nueva licitación, sin que el oferente adjudicado pueda
participar en este nuevo proceso.
10.2. - Inscripción en el Registro Electrónico Oficial de Proveedores Del Estado.
El proveedor al momento de adjudicar y contratar deberá estar inscrito en el registro nacional
www.chileproveedores.cl. Si al momento de adjudicar el proveedor no se encuentra inscrito en este registro,
tendrá un plazo excepcional de 10 días hábiles contados desde la notificación de la adjudicación para
inscribirse, sin perjuicio de lo anterior, deberá hacer entrega de todos los demás antecedentes según lo
dispuesto en párrafo primero del numeral 10.1
La no inscripción en Chileproveedores o la no entrega de cualquiera de los documentos y antecedentes ya
señalados, configurará causal suficiente para dejar sin efecto la resolución de adjudicación respectiva. En tal
caso se procederá al cobro de la garantía de seriedad de la oferta correspondiente (si se ha solicitado en el
proceso licitatorio), pudiendo el Hospital readjudicar al 2º mejor oferente evaluado, el que deberá acreditar
las mismas exigencias de los párrafos anteriores, o bien, declarar desierta la licitación, cuando la 2da mejor
oferta evaluada no resulte conveniente a sus intereses, en conformidad al artículo Nº 9 de la Ley N° 19.886.
Será responsabilidad del adjudicatario cumplir en tiempo y forma, con todas las exigencias antes descritas.
10.3 Suscripción Del Contrato y Aceptación De La Orden De Compra:
10.3.a Firma de contrato:
Una vez adjudicada la Licitación, cuando proceda, se hará llegar al adjudicatario el documento de contrato vía
correo electrónico, al correo informado por el proveedor en el Anexo N°01 de su oferta. El oferente adjudicado
estará obligado a firmar y devolver contrato firmado en 3 copias en formato físico, en sobre cerrado a nombre
de Unidad de Contratos del Hospital La Florida, indicándose la siguiente referencia “CONTRATO ID 812261-
XX-LQ24 (donde XX, se debe reemplazar por el número de la licitación), El sobre deberá ser entregado en
secretaria de Comercialización del Hospital, dentro del plazo estipulado en el numeral 5.4. de las bases.
10.3.b Resolución que aprueba contrato: Una vez firmado y devuelto el contrato por el proveedor, se
procederá a firmar por la autoridad competente del Hospital y se dictará la correspondiente Resolución que
aprueba dicho contrato.
10.3.c Emisión de Orden de compra: Una vez recibido conforme el servicio, se emitirá orden de compra
respectiva, por mes vencido, a través del sistema de información www.mercadopublico.cl.
La orden de compra será emitida según las prestaciones efectivamente ejecutadas en el mes, según los valores
ofertados por el proveedor en la tabla b del anexo 07.
En los casos que proceda la suscripción de contrato escrito, la orden de compra se podrá emitir solo una vez
completa la tramitación de la Resolución que aprueba dicho Contrato.
Sin perjuicio de lo anterior, y por razones de buen servicio, se podrá emitir, excepcionalmente, y en los casos
que proceda la suscripción de contrato escrito, la orden de compra antes de la completa tramitación de la
Resolución que aprueba el Contrato. Sin perjuicio de que esta, debe encontrarse totalmente tramitada al
momento de pagar dicha Orden de compra.
10.3.d Aceptación de la Orden de compra por el proveedor: El proveedor deberá aceptar la Orden de compra
en el plazo de 24 horas desde su publicación en el sistema de información www.mercadopublico.cl. Vencidas
las 24 horas sin respuesta en el portal, se entenderá que la Orden de compra ha sido aceptada tácitamente
por el proveedor, comenzando a correr los plazos de entrega y cumplimiento de todas las obligaciones del
contrato.
Todo, sin perjuicio, de que, para el pago de factura, esta Orden de compra deberá encontrarse aceptada
expresamente en el sistema de información y con recepción Conforme, aceptación y recepción, sin la cual el
pago no se llevará a cabo.
El proveedor no podrá imponer un monto mínimo de despacho para aceptar la Orden de Compra.
10.4.- Contenido del Contrato
El contrato escrito, cuando proceda, contendrá todas y cada una de las cláusulas necesarias para su efectivo
cumplimiento, especificará el objeto, precio, plazo de entrega definido por el adjudicatario en su oferta,
además señalará la forma de recepción de los bienes y/o servicios, garantía técnica, modalidad de pago, entre
otras.
Se comprende dentro del objeto de la obligación del adjudicatario, todo lo señalado en su oferta, incluyéndose
las capacitaciones necesarias para el correcto, adecuado y útil uso del bien, si procede y la entrega de las
licencias, de todo tipo, incluyendo las intelectuales e industriales, que del caso correspondan, para el uso
correcto, útil y adecuado del bien.
El incumplimiento de lo ofertado será considerado incumplimiento grave de las obligaciones contraídas en el
contrato y podrá dar origen a su término y al cobro de la respectiva garantía, sin perjuicio de las acciones
legales correspondientes que pueda ejercer el Servicio.
Las cláusulas del respectivo contrato serán aplicables tanto a las obligaciones principales, como las
obligaciones accesorias y complementarias y se cumplirán del modo natural que a ellas correspondieren.
El adjudicatario será empleador único y exclusivo de su personal y por lo tanto, directamente responsable
ante las autoridades administrativas y del trabajo, Tribunales de Justicia, organismos previsionales, y en
general ante cualquier tercero, del cumplimiento fiel y oportuno de todas las obligaciones laborales y
previsionales que le correspondan en dicha calidad y en general de todas y cada una de las obligaciones que
nacen del contrato de trabajo, y de aquellas establecidas por el Código del Trabajo. No existiendo vínculo
laboral alguno entre el Hospital y el adjudicatario ni con sus trabajadores. El Hospital podrá requerir en todo
momento, información relativa al cumplimento de las obligaciones laborales y previsionales que le asisten al
empleador respecto de sus trabajadores, y especialmente respecto de aquellos que estén involucrados directa
o indirectamente en las prestaciones de que trata la presente licitación y el respectivo contrato.
10.5.- Vigencia y Duración del Contrato
El contrato que se celebre comenzará a regir a contar de la total tramitación del acto administrativo que lo
apruebe, o desde la aceptación de la respectiva Orden de Compra, según corresponda, salvo en aquellos
casos en los cuales, por razones de buen servicio, y mediante resolución fundada, las prestaciones contenidas
en el contrato escrito, deban iniciarse desde el momento de su suscripción, sin perjuicio, de que no proceda
pago alguno antes de la total tramitación del acto administrativo que lo aprueba.
La duración del contrato será de 24 meses o hasta que se alcance el monto total máximo adjudicado o si se
adquieren nuevos dispensadores automáticos, cambiando el modelo actual de dispensación que utiliza el
HLF, lo que ocurra primero.
10.6.- Renovación del Contrato
De acuerdo a las condiciones establecidas en este proceso licitatorio, no procede la renovación de contrato.
10.7.- Modificación Del Contrato
Mediante Resolución fundada, el HLF podrá modificar el contrato en cualquiera de las situaciones que se
señalan a continuación:
a) Mutuo acuerdo entre los contratantes, sin que pueda alterarse la aplicación de los principios de estricta
sujeción a las bases y de igualdad de los oferentes, ni que pueda aumentarse el monto del contrato más allá
del 30% del monto originalmente pactado.
b) Si así lo exigiera el interés público o la seguridad nacional.
c) Las demás causales establecidas en el artículo 77 del reglamento de la Ley 19.886.
10.8.- Garantía de Fiel y Oportuno Cumplimiento del Contrato
Junto a la firma del Contrato y para cautelar el cumplimiento de la correcta ejecución del mismo, el
adjudicatario deberá entregar una caución o garantía, siendo de su exclusiva responsabilidad que dicha caución
o garantía sea presentada conforme a las especificaciones que a continuación se indican.
Tipo de Documento Podrán ser presentados como documentos de caución, boletas de garantía,
vale vistas, certificados de fianza, póliza de garantía o cualquier otro
documento que cumpla con los siguientes requisitos:
• Sea pagadero a la vista
• no sujeto a modalidad
• irrevocable
• Emitida a favor de Entidad Pública
Monto 10% de monto total adjudicado con IVA incluido en pesos chilenos.
Beneficiario Hospital Clínico Metropolitano La Florida; Rut: 65.075.485-9.
Vigencia 24 meses más 120 días hábiles, a contar de la adjudicación.
Glosa Garantizar el Fiel y Oportuno Cumplimiento del Contrato y las obligaciones
laborales del “SERVICIO MANTENIMIENTO DE 45 DISPENSADORES
OMNICELL Y 3 CARRUSELES PARA EL HOSPITAL DE LA FLORIDA” ID 812261-
XX-LQ24. (donde se señala XX reemplazar por el número de la Licitación)
Si el documento a presentar, no permite, por su naturaleza, señalar la glosa
en su texto, esta deberá venir escrita al reverso o en acta adjunta adherida
al documento.
Forma y oportunidad de
Entrega Física
El oferente o su representante deberá entregar físicamente la garantía en
secretaría de Comercialización ubicada en dependencias del Hospital La
Florida (primer piso), Avenida Froilán Roa 6542, en horario de lunes a
viernes, de 08:30 a 13:00 y de 14:30 a 16:00 horas, dentro de los 5 días
hábiles desde la adjudicación.
La garantía debe entregarse en sobre cerrado dirigido a la Unidad de
Contratos del Hospital La Florida, señalando en el sobre lo siguiente:
GARANTÍA DE FIEL OPORTUNO CUMPLIMIENTO ID: 812261-XXLQ24 (donde se señala XX, se debe reemplazar por el número de
la licitación)
IDENTIFICACIÓN DEL OFERENTE
La garantía podrá otorgarse mediante uno o varios instrumentos
financieros de la misma naturaleza, que en conjunto representen el monto
o porcentaje a caucionar y entregarse de forma física o electrónicamente.
El oferente que necesite respaldar la entrega de su garantía deberá
acompañar una fotocopia del sobre que entrega. Esta fotocopia será
timbrada por profesional, indicando la fecha de su recepción y solo si se
comprueba que el documento físico viene en su interior.
Sin perjuicio de lo señalado anteriormente, la revisión del documento y
cumplimiento de requisitos formales, solo se verificará por la Unidad de
Contratos
En caso de presentarse una Garantía en Formato Electrónico, deberán ser
enviadas al correo: garantiahlf@redsalud.gov.cl, antes del del vencimiento
del plazo de 5 días hábiles desde la adjudicación, indicando en el asunto del
correo el ID de la Licitación y el nombre del Oferente.
De no presentar dicha garantía en forma, lugar, día y hora señalados, la
oferta adjudicada se entenderá desistida. Esto último, sin perjuicio de las
garantías en formato electrónico que, además, deben ajustarse a las
disposiciones de la Ley N°19.799 sobre documentos electrónicos, firma
electrónica y servicios de certificación de dicha firma, que deberán
acompañarse conjuntamente con la oferta.
En el caso de que la garantía entregada contenga errores, se solicitará
corregir dentro de los 5 días hábiles siguientes, so pena de no firmarse el
contrato respectivo.
La no entrega de esta Garantía de Fiel y Oportuno Cumplimiento, dará lugar
al cobro de la Garantía de Seriedad de la Oferta (si se ha solicitado en el
proceso licitatorio) y el Hospital podrá readjudicar la Licitación o declarar
Desierto el proceso.
La garantía podrá ser tomada por el oferente o por un tercero a nombre de
él.
Custodia Las garantías serán custodiadas por la Unidad de Tesorería del Hospital.
Se hace presente que en el Departamento de comercialización ubicado en dependencias del Hospital La
Florida (primer piso), Avenida Froilán Roa 6542, funcionan distintas unidades del Hospital, por lo que será
de exclusiva responsabilidad del proveedor entregar correctamente la garantía, en caso de que se entregue
en un lugar distinto del indicado precedentemente, se tendrá por no presentado el documento.
En caso de que el Hospital determine necesario aumentar el contrato, el adjudicatario deberá renovar la
garantía de fiel y oportuno cumplimiento, conforme al nuevo plazo y monto que se estime para estos efectos.
La garantía original será devuelta una vez que se haya entregado la nueva garantía.
10.8.1.- Aumento de Garantía
Cuando el precio de la oferta presentada por un Oferente sea menor al 50% del precio presentado por el
Oferente que le sigue, y se verifique por parte de la Entidad Licitante que los costos de dicha oferta son
inconsistentes económicamente, la Entidad Licitante podrá a través de una resolución fundada, adjudicar esa
oferta, solicitándole una ampliación de las garantías de fiel cumplimiento, hasta por la diferencia del precio
con la oferta que le sigue.
10.9.- Devolución y Cobro de la Garantía de Fiel y Oportuno Cumplimiento del Contrato
La garantía de fiel y oportuno cumplimiento del contrato se podrá hacer efectiva, en caso de incumplimiento
por parte del proveedor de cualquiera de las obligaciones del Contrato, sin perjuicio de las multas que
corresponda aplicar.
Para el cobro de la Garantía de Fiel y Oportuno Cumplimiento, se aplicará el mismo procedimiento utilizado
para el cobro de multas, según lo establecido en estas Bases de Licitación.
La devolución de la garantía de fiel y oportuno cumplimiento del contrato se efectuará dentro del plazo de 10
días hábiles contado desde el término del contrato, y una vez acreditado que se han cumplido todas las
obligaciones de dicho contrato, mediante Certificación de Conformidad, suscrito por el Jefe de la Unidad de
Contratos o quien lo subrogue, para tal efecto, al término del convenio.
Un representante de la empresa debidamente individualizado con poder especial ante notario podrá solicitar
la devolución ante el Responsable de Contrato de la Unidad de Contratos del Hospital, caso en el que se
comunicará a la Unidad de Tesorería.
10.10. Resciliación Del Contrato por Mutuo Acuerdo.
Las partes podrán poner término al contrato de común acuerdo, en forma anticipada, suscribiendo el
documento respectivo.
10.11.- Prohibición De Cesión
El adjudicatario no podrá ceder ni transferir en forma alguna, total ni parcialmente los derechos y obligaciones
establecidos para esta adquisición y contratación. En lo referido a la cesión de los instrumentos y títulos de
crédito que surjan del contrato, se estará a los artículos 74 y 75 del Decreto N°250 de 2004 del Ministerio de
Hacienda que aprueba Reglamento de la ley N°19.886 de Bases de Contratos Administrativos de Suministro y
Prestación de Servicios, particularmente al hecho que se notifique oportunamente dicho contrato o cesión y
no existan obligaciones o multas pendientes.
10.12.- Subcontratación
Queda prohibida la subcontratación de los bienes y/o servicios contratados. Lo anterior salvo en los casos de
transporte y/o distribución.
10.13.-Reajustabilidad de los Precios
El precio adjudicado será reajustado anualmente, según variación experimentada por el índice de precios al
consumidor (IPC) de los últimos 12 meses anteriores a la fecha del reajuste.
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11. DE LAS ACTIVIDADES |
11.1.- Inicio de Actividades.
El inicio formal de las actividades será previa coordinación con el Referente técnico, con el fin de dar
continuidad a los servicios requeridos y no afectar el regular funcionamiento del Hospital.
Los adjudicatarios deberán ceñirse estrictamente a las instrucciones y coordinación que le sean impartidas
por el Hospital de La Florida, a través del referente técnico
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12.- MULTAS Y SANCIONES POR INCUMPLIMIENTO DE CONTRATO |
12.1.- Término anticipado del contrato
El Hospital podrá, previa calificación de las circunstancias y emisión de resolución fundada de su Director,
poner administrativamente término al contrato, en forma anticipada, unilateral e inmediata, en caso de
incumplimiento del contrato celebrado, considerándose como causales de dicho término, las indicadas en el
artículo Nº13 de la Ley Nº19.886, en el artículo Nº77 del Decreto Nº250 de 2004 que contiene el Reglamento
de la Ley N°19.886, además de las siguientes causales específicas:
a) La aplicación de dos o más multas dentro un plazo de tres (3) meses, durante la vigencia del contrato,
cualquiera sea su fuente, de las enumeradas en el punto 12.3, o por la acumulación de multas cuyo
monto total sea igual o superior al 30% del monto del contrato.
b) Cambio o modificación unilateral por parte del Proveedor del precio ofertado, del servicio,
condiciones de su oferta, calidad, u otra condición establecida en la oferta adjudicada y aceptada por
la Entidad.
c) Realización de actividades que pongan en riesgo al establecimiento y/o a sus funcionarios.
d) Incurrir en falsedad en la documentación presentada relativa al servicio adjudicado.
e) Cuando la Empresa adjudicada, a juicio de la Unidad Técnica, demuestre incapacidad técnica para
ejecutar el contrato o incumpliere las observaciones e instrucciones impartidas por la Unidad Técnica
para la ejecución de este.
f) Si el proveedor fuere declarado en quiebra o cayera en estado de notoria insolvencia.
g) Si falleciese el proveedor o se disolviese la empresa o perdiere su personalidad jurídica. En tal evento,
se procederá a efectuar la liquidación del contrato determinando las obligaciones que quedasen.
h) Si el adjudicatario cede o transfiere total o parcialmente los derechos y obligaciones que nacen de la
presente licitación, y en especial los establecidos en el contrato definitivo, salvo que una norma legal
especial permita la cesión de derechos y obligaciones. Lo anterior, es sin perjuicio que los
documentos justificativos de los créditos que emanen de estos contratos podrán transferirse de
acuerdo con las normas del derecho común.
i) Si la persona jurídica ha sido condenada penalmente de conformidad a la Ley Nº20.393.
j) Si el adjudicatario subcontrata total o parcialmente el contrato, salvo lo estipulado en numeral 10.12
k) Si el adjudicatario durante la vigencia del contrato es condenado por prácticas antisindicales o
infracción a los derechos fundamentales del trabajador, ejecutoriada o que cause ejecutoria dicha
condena.
l) Las demás causales que se establezcan en la Ley Nº19.886 y su normativa reglamentaria.
Terminado que sea en forma anticipada el contrato, siempre que se haya debido a responsabilidad del
proveedor, el Hospital queda facultado para hacer efectiva la Boleta de Fiel y oportuno Cumplimiento de
Contrato, sin que el adjudicatario tenga derecho a indemnización alguna.
12.2.- Amonestación.
Constituye un documento firmado por las partes, que deja constancia de cualquier falta menor y objetiva,
cometida por el adjudicatario, y que, en atención a su importancia, no está afecta a cobros pecuniarios, salvo
que exista acumulación según se describe más adelante.
12.3.- Multas
El Hospital La Florida podrá, previa calificación de las circunstancias y resolución fundada del Director del
Hospital, aplicar y cobrar multas al adjudicatario por incumplimiento de sus obligaciones contractuales, por el
monto que se indica, y con un tope máximo de un 30% del total del contrato.
a) Se aplicará una multa de 2 UTM por incumplimiento de las instrucciones impartidas por el Hospital, a
través del administrador interno del contrato.
b) Se aplicará una multa de 10 UTM por vulnerar normas referidas al uso de información reservada o
confidencial al que se tenga acceso en razón del servicio contratado.
c) Se aplicará una multa de 5 UTM por ocultar información respecto de irregularidades que atente contra
los bienes del Estado y sus funcionarios o el servicio prestado por la Institución.
d) Se aplicará una multa de 1 UTM por no asistir a reuniones solicitadas de tipo presencial en dependencias
del Hospital y/o por videoconferencias.
e) Se aplicará una multa de 2 UTM por la aplicación de 3 amonestaciones dentro de 2 meses.
f) Retraso en las mantenciones y entrega de informe técnico: Se aplicará una multa de 2 UTM por cada día
hábil de atraso en el mantenimiento preventivo, correctivo y/o la entrega de informe técnico y/o
protocolo de mantenimiento según los plazos detallados en las Bases Técnicas.
g) Incumplimiento tiempo de respuesta en terreno: Se aplicará una multa de 1 UTM por cada día hábil de
atraso en el tiempo de respuesta en terreno para realizar diagnóstico en caso de falla y/o retiro del equipo
en caso que sea necesario. Se considerará como tiempo máximo de respuesta en terreno un máximo de
24 hrs. desde que personal de la Unidad de Equipos Médicos informe la falla.
h) Incumplimiento de Garantía: Se aplicará una multa de 2 UTM, por no cumplimiento de la garantía
ofertada en la propuesta por falla post mantenimiento preventivo y/o correctivo, o por repuestos
entregados. Se entenderá por entrega efectiva del equipo mantenido, la fecha anotada en la Guía de
servicio firmada por el personal de la Unidad de Equipos Médicos y por entrega de repuestos la
correspondiente guía de despacho firmada por personal de la Unidad de Equipos Médicos.
i) Tiempo de importación: Se aplicará una multa de 1 UTM por día corrido de atraso en los tiempos de
importación detallados en el Anexo N°04.
j) Retraso en la entrega de repuestos: Se aplicará una multa de 1 UTM por día de retraso en el despacho de
repuestos. En plazo de entrega deberá ser declarado en la cotización correspondiente entregada por el
proveedor después del diagnóstico de falla.
k) Falla del Equipamiento: Se considerará como multa gravísima cualquier falla del equipamiento donde
se registren eventos de carácter importante que puedan ocasionar daño al paciente o al personal clínico,
las cuales no sean atribuibles al usuario. Ante esto se aplicará una multa de 10 UTM.
l) Se aplicará una multa de 10 UTM por conductas que impliquen condiciones sanitarias deficientes, de
acuerdo con las normas de infecciones intrahospitalarias o que obstruyan la atención y/o calidad del
servicio. (por ejemplo, no cumplir con los protocolos de seguridad y/o infecciones, etc.).
m) Incurrir en los incumplimientos a las obligaciones señaladas en el punto 2 de las Bases Técnicas de
Licitación. Se aplicará una multa de 3 UTM por cada una de las faltas antes descritas
n) Por cambio de personal técnico ofertado sin autorización expresa del Hospital, se aplicará una multa de
5 UTM.
o) Se aplicará una multa de 10 UTM por negación en la entrega de información solicitada por el hospital.
p) Se aplicará una multa de 5 UTM por utilización en el Servicio, de repuestos distintos a los ofertados o
usados.
q) Se aplicará una multa de 15 UTM por cambiar o corregir con repuestos los equipos en mantención, sin
previa autorización expresa por parte del Hospital, a través del Referente Técnico de la Unidad de Equipos
Médicos.
r) Se aplicará una multa de 5 UTM en el caso que las piezas usadas en la mantención de los equipos no sean
nuevas.
s) Se aplicará una multa de 10 UTM por conductas que conlleven incumplimiento de los protocolos
acordados con el Hospital, por responsabilidad comprobada del oferente.
t) Se aplicará una multa de 5 UTM por conductas que conlleven incumplimiento de los protocolos de
atención y/o seguridad definidos con el Hospital (Por ejemplo, aviso inoportuno de causal de fuerza
mayor o caso fortuito que impida la adecuada ejecución de los servicios, se estima inoportuno si excede
de 2 horas contadas de sucedido el hecho).
u) La falla del equipamiento donde se registren eventos de carácter importante que puedan ocasionar daño
al paciente, las cuales no sean atribuibles al usuario. Ante esto se aplicará una multa de 20 UTM por
evento.
v) No realizar la Capacitación en la fecha coordinada, se aplicará una multa de 3 UTM.
El valor de la UTM será el que corresponde al mes en que se emita la resolución de aplicación de multa.
12.4.- Registro de comportamiento
El proveedor que sea sancionado durante la vigencia del contrato, por aplicación de amonestaciones, multa(s),
cobro de garantías o por causal imputable de término anticipado de contrato, será ingresado a los siguientes
registros:
• Registro de Chileproveedores y
• Registro interno del Hospital Registro de Proveedores sancionados, que lleva la Unidad de Contratos del
Hospital, para estos efectos.
La información en ellos registrada podrá ser utilizar en la evaluación del proveedor en futuros procesos de
adquisición que lleve a cabo el Hospital y en cuyas bases se incorpore como herramienta para medir el
correspondiente Criterio de Comportamiento Contractual Anterior.
12.5.- Procedimiento de Aplicación de sanciones, multas y/o Término Anticipado de Contrato.
La determinación de una situación o condición que diere lugar a la aplicación de una sanción, multa y/o
termino anticipado de contrato, se originará a partir de un informe que emane desde el Referente Técnico
administrador del contrato, dirigido a la Unidad de contratos del Departamento de Comercialización. Recibido
el informe, ésta evaluará si la situación es de aquellas consideradas como causales para la aplicación de una
sanción, multa y/o termino anticipado de contrato según Bases y tratándose de multas calculará los montos
a pagar.
Tratándose de las sanciones o multas, la Unidad de gestión de Contratos notificará al adjudicatario, a través
del módulo de sanciones del aplicativo de gestión de contratos dispuesto en www.mercadopublico.cl , por
escrito a través de correo electrónico, al correo indicado por el proveedor en anexo 01 de su oferta, del
informe emanado por el Referente Técnico Administrador de contrato/ o por ella y la causal que origina la
sanción o Multa y si se trata de la aplicación de Multa , el monto a pagar, a fin de que el proveedor manifieste
sus descargos acompañando todos los antecedentes que estime pertinente dentro del término de 5 días
hábiles desde dicha notificación, a través del módulo gestión de contratos.
En el caso del término anticipado del contrato, la Unidad de gestión de Contratos notificará al adjudicatario,
a través de carta certificada a la dirección indicada por el proveedor en el anexo 01 de su oferta, del informe
emanado por el Referente Técnico Administrador de contrato/ o por ella y la causal que origina el término
anticipado de contrato, a fin de que el proveedor manifieste sus descargos acompañando todos los
antecedentes que estime pertinente dentro del término de 5 días hábiles desde dicha notificación.
Una vez vencido el plazo sin presentar descargos, el Hospital dictará la respectiva resolución aplicando la
medida y detallando las circunstancias fácticas que hicieron procedente dicha sanción.
Si el adjudicatario hubiera presentado descargos en tiempo y forma, el Hospital tendrá un plazo de 30 días
hábiles a contar de la recepción de los mismos para rechazarlos o acogerlos, total o parcialmente. Al respecto,
el rechazo total o parcial de los descargos del proveedor deberá formalizarle a través de una resolución
fundada del Hospital, en el cual deberá detallarse el contenido y las características de la sanción, Multa o el
término anticipado de contrato según corresponda y si se trata de la aplicación de Multa, el monto a pagar.
La indicada resolución deberá notificarse al proveedor adjudicado mediante carta certificada remitida por la
Unidad de Gestión de Contratos al proveedor a la dirección indicada en el Anexo N°1 e informarse en el
módulo de sanciones del portal www.mercadopublico.cl
Las notificaciones por carta certificada se entenderán practicadas a contar del tercer día siguiente a su
recepción en la oficina de correos que corresponda. Contra la resolución que aplique la medida respectiva
procederán los recursos establecidos en la Ley N°19.880, Ley de Bases de Procedimientos Administrativos que
rigen los Actos de los Órganos de la Administración del Estado.
La entidad compradora tendrá la obligación de registrar las medidas indicadas en la presente clausula a través
del módulo de gestión de contratos dispuesto en plataforma www.mercadopublico.cl.
12.6.-. El pago de la multa podrá ser cobrado
a) Directamente al adjudicatario quien deberá pagar dentro de los 10 días corridos desde su notificación, o
b) Se podrá descontar del estado de pago correspondiente. En este caso, se descontará del pago, no de la
factura, es decir, el proveedor deberá facturar por el total sin descontar las multas que se le aplicasen. Estas
serán descontadas al momento de girar el pago respectivo por parte de la Unidad Financiera, o
c) Con todo, de no hacer pago directo el proveedor o de no existir estado de pago pendiente, se podrá hacer
el cobro de las multas haciendo efectiva la garantía de fiel y oportuno cumplimiento, sin más trámite.
12.7.- Procedimiento para interponer recurso:
El proveedor dispondrá de un plazo de cinco días hábiles, contados desde la notificación mediante carta
certificada de la resolución fundada, remitida por la Unidad de gestión de Contratos al proveedor a la dirección
indicada en el Anexo N°01, para impugnar dicho acto administrativo, debiendo acompañar todos los
antecedentes que justifiquen eliminar, modificar o reemplazar la respectiva sanción, mediante un escrito o
carta ante la autoridad máxima del servicio por la sanción aplicada. Esta presentación se debe realizar
mediante carta certificada o con entrega presencial en la Oficina de Partes del Hospital. El Hospital tendrá un
plazo no superior a 30 días hábiles para resolver el citado recurso. Mientras se encuentre pendiente la
resolución de recurso de reposición, no se hará efectiva la respectiva sanción.
La resolución que acoja el recurso podrá modificar, reemplazar a dejar sin efecto el acto impugnado. Ahora
bien, en el caso de multas, que sean finalmente cursadas, sea total o parcialmente, ésta se hará efectiva
mediante el cobro directo en un plazo máximo de 20 días, debiendo pagar en un plazo de hasta 10 días una
vez notificado el cobro, o bien, se hará efectivo a través del cobro de la o las garantías de fiel cumplimiento,
según cuál sea el caso.
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13.- DE LA GARANTIA TÉCNICA DE LOS SERVICIOS ADJUDICADOS |
El oferente se obliga a mantener una garantía técnica de los servicios, por sobre la garantía obligatoria legal,
según lo ofertado en el Anexo N°04.
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14.- DE LA FACTURACIÓN |
El oferente por el sólo hecho de presentar su oferta renuncia a sus políticas de facturación y se somete al
requerimiento del Hospital, en consecuencia, no podrá imponer el oferente un monto mínimo de despacho
ni de facturación para ningún efecto.
El oferente solo podrá facturar la Orden de Compra aceptada, una vez que esta se encuentre con su recepción
conforme publicada en el portal mercadopublico.cl
En caso de que la factura presente algún error o no cuente la orden de compra respectiva con la recepción
conforme señalada anteriormente, el Hospital dispondrá de 08 días corridos para hacer las observaciones
correspondientes al adjudicatario o rechazarla. El proveedor dispondrá de 08 días corridos para subsanar si se
tratara de errores subsanables. La nueva factura o Nota de Crédito según sea el caso, sufrirá el mismo trámite
formal que el documento original, salvo que, por tratarse de una segunda tramitación, el plazo para su pago
será de 20 días hábiles desde su recepción conforme por parte del Hospital.
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15.- DEL PAGO |
La obligación de pago por parte del Hospital se perfecciona a partir de la comunicación que realice la Unidad
de Contratos del Departamento de Comercialización del Hospital al Departamento de Finanzas, previa
confirmación de los siguientes antecedentes:
a) Orden de Compra aceptada por el proveedor en el portal www.mercadopublico.cl
b) Emisión de factura la cual deberá indicar el Numero de OC que se generó por los servicios.
c) La recepción completa, conforme y sin observaciones en bodega del servicio brindado.
d) El acta de recepción conforme firmada por el Referente Técnico Administrador del contrato.
e) Formulario 30, Solicitud de Certificado de Antecedentes Laborales y Previsionales
f) La eventual aplicación de multas y sanciones.
g) Recepción conforme en la plataforma de Mercado Público, siendo esta última recepción en el portal,
la que dará origen a la facturación electrónica.
Para iniciar el proceso pago de manera correcta y oportuna, es fundamental que el adjudicatario haya
aceptado expresamente la orden de compra en la plataforma de mercado público.
El pago de facturas se realizará en 30 días corridos por Tesorería General de La República, desde la fecha de
la aceptación de la correspondiente factura.
La recepción conforme de los bienes y/o los servicios, conlleva la validación y emisión de OC lo cual se realizará
en 10 días hábiles. Lo anterior se funda en los plazos internos existentes, considerando los procesos
administrativos de la institución.
En caso que el adjudicatario registre saldos insolutos de remuneraciones o cotizaciones de seguridad social
con sus actuales trabajadores o con trabajadores contratados en los últimos dos años, aplicará lo estipulado
en el artículo 4º de la Ley 19.886.
15.1.- Pagos con Trasferencias electrónicas
La Tesorería General de la República está facultada para realizar pagos a través de transferencia electrónica a
los proveedores que completen de manera correcta la autorización notarial adjunta para pago con
transferencia electrónica.
Una vez completado, este mandato debe ser legalizado ante notario y posteriormente debe ser entregado en
Tesorería o Secretaria de Finanzas del Hospital de La Florida, ubicada en el tercer piso de la institución. Este
mandato una vez entregado, no puede ser modificado por el oferente durante la duración del contrato.
AUTORIZACIÓN NOTARIAL PARA PAGO CON TRANSFERENCIA ELECTRÓNICA
Yo, ____________________________________________, RUN: _________________________, en
calidad de representante legal de la empresa, ________________________________________________
R.U.T. _______________________________ ; autorizo al Hospital Clínico La Florida Dra. Eloísa Díaz
Insunza, para que pague con transferencia electrónica bancaria, documentos por cobrar que existan con
dicha entidad, en la cuenta que detallo a continuación:
Cta.Corriente Cta.Débito Cta.deAhorro Cta.Vista
NºCuenta:
Banco:
R.U.T. empresa:
Nombre empresa:
Mail confirmación de pago:
Firma Representante Legal
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16.- RESPECTO DE LA NORMATIVA DEL HOSPITAL LA FLORIDA Y DEBIDO CUIDADO A SUS BIENES |
Para la ejecución del contrato, el Hospital permitirá la entrada del personal del adjudicatario, debidamente
acreditado, a las dependencias involucradas en la ejecución de éste. En tal caso, el personal del adjudicatario
deberá solicitar acatar las medidas de resguardo y control de los recintos institucionales y el adjudicatario será
responsable, y quedará obligado a la reparación o reposición, de cualquier desperfecto, daño o perdida que
puedan sufrir el inmueble del Hospital La Florida y/o los bienes muebles que lo guarnecen. Cabe hacer
presente, que el ingreso tanto el adjudicatario como su personal al Hospital La Florida, para efectos de ejecutar
su contrato, estarán sujetos a protocolos de seguridad que deberá coordinar con el funcionario designado
para tal efecto y que será oportunamente informado.
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17.- ADMINISTRACIÓN Y FISCALIZACIÓN DEL CUMPLIMIENTO DEL CONTRATO. |
17.1.- Administración por parte del Hospital
Con el objeto de coordinar y controlar el correcto cumplimiento del contrato, se designa a la Sra. Erika Cortés
Tello, Jefa de la Unidad de Equipos Médicos, o quien sea titular del mismo cargo al momento de la ejecución
del contrato, o quien lo subrogue, en calidad de Referente Técnico Administrador del Contrato, quien, junto
a la Unidad de Contratos del Departamento de Comercialización del Hospital, tendrán las siguientes
responsabilidades:
Referente técnico administrador de contrato:
• Fiscalizar el estricto y oportuno cumplimiento de las obligaciones contractuales, en especial la calidad y
entrega oportuna de los bienes.
• Proponer la aplicación de multas, en caso de verificarse alguna de las infracciones consignadas en las
presentes bases, notificando la infracción o incumplimiento a través de un informe, a la Unidad de
Contratos.
Unidad de Contratos:
• Mantener actualizado un archivo con la totalidad de los antecedentes del contrato.
• Llevar registro de sanciones y multas aplicadas al proveedor.
• Llevar el control del consumo y ejecución del contrato hasta su término en cuanto a su precio total.
• Proveer el estado de recepción conforme e informar los descuentos y/o multas a que hubiere lugar, para
que se verifique el pago por parte de la Unidad de Finanzas.
• Revisar procedencia y autorizar la devolución de la garantía de fiel y oportuno cumplimiento del contrato
o solicitar se haga efectiva, si procede.
En general, ambos deberán desarrollar todas las acciones referidas al control y gestión de las acciones que
faciliten la ejecución del contrato.
Sin perjuicio de lo anterior, se establece que el Hospital podrá modificar la designación del Referente Técnico
Administrador de Contrato, en cualquier momento durante la ejecución del contrato, de lo cual dará aviso
oportuno al proveedor vía correo electrónico.
17.2.- Encargado del Contrato por parte del Proveedor
Por su parte, el adjudicatario deberá designar un Encargado de Contrato que se relacionará con el
Administrador del contrato para los efectos señalados y que deberá señalar en su anexo 1.
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18.- LEY Nº20.584 |
Tanto el adjudicatario como su personal deberán en todo momento observar estrictamente la normativa que
establece la Ley Nº20.584, que Regula Los Derechos y Deberes que tienen las Personas en relación con
acciones vinculadas a su atención de salud.
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19.- DEBER DE CONFIDENCIALIDAD |
Durante el desarrollo del contrato, como al término de éste, el adjudicatario y/o su personal no podrá divulgar
o hacer uso de la información a que haya tenido acceso con ocasión del mismo, constituyendo su infracción,
incumplimiento grave de su obligación de confidencialidad, facultando al Hospital La Florida para ejercer las
acciones judiciales que estime pertinentes para el resarcimiento de todos sus perjuicios. Lo anterior, teniendo
en especial consideración lo dispuesto en la Ley Nº19.628 de Protección de Datos de Carácter Personal.
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II. BASES TÉCNICAS |
1.- OBJETIVO
El objetivo de las presentes bases técnicas es describir el servicio que se requiere para la adquisición del
“SERVICIO MANTENIMIENTO DE 45 DISPENSADORES OMNICELL Y 3 CARRUSELES PARA EL HOSPITAL DE LA
FLORIDA” que se va a adquirir mediante la presente licitación.
Las presentes Bases Técnicas establecen las características y/o requerimientos técnicos del Convenio de
mantenimiento preventivo y correctivo, por un periodo de 24 meses.
2.- DEL SERVICIO
El servicio a realizar dentro del Hospital, debe ajustarse exactamente a las características exigidas en bases.
En caso de no cumplir con los requerimientos obligatorios, se declarará inadmisible la oferta. Lo anterior, sin
perjuicio de que se efectuará la revisión de la totalidad de los antecedentes contenidos en la oferta, de
acuerdo al artículo 9 de la Ley N° 19.886.
ÍTEM SERVICIO
MONTO 24 MESES DE GASTO
ESTIMADO VALOR CON IVA
INCLUIDO
1
MANTENIMIENTOS PREVENTIVOS Y CORRECTIVOS EQUIPOS DAP OMNICELL Y
CARRUSELES 1.220 UTM
2 BOLSA PARA REPUESTOS, VISITAS Y ASISTENCIA TÉCNICA DE SOFTWARE 1.463 UTM
A) TABLA DESCRICIÓN ÍTEM 1: MANTENIMIENTOS PREVENTIVOS Y CORRECTIVOS EQUIPOS DAP
OMNICELL Y CARRUSELES
SERVICIO
CLÍNICO EQUIPO MARCA MODELO SERIE
FRECUENCIA
MANTENIMIENTO
PREVENTIVO
CANTIDAD DE
MP EN 24
MESES
NEONATOLOGÍA
DISPENSADOR
AUTOMATIZADO
PERIFÉRICO
OMNICELL G4, DOS
COLUMNAS 90412 CADA 12 MESES 2
PABELLÓN
CENTRAL
DISPENSADOR
AUTOMATIZADO
PERIFÉRICO
OMNICELL G4, DOS
COLUMNAS 90411 CADA 12 MESES 2
NEONATOLOGÍA
DISPENSADOR
AUTOMATIZADO
PERIFÉRICO
OMNICELL G4, DOS
COLMNAS 90410 CADA 12 MESES 2
PABELLÓN
CENTRAL
DISPENSADOR
AUTOMATIZADO
PERIFÉRICO
OMNICELL G4, DOS
COLUMNAS 90408 CADA 12 MESES 2
PRE-PARTO
DISPENSADOR
AUTOMATIZADO
PERIFÉRICO
OMNICELL G4, DOS
COLUMNAS 90406 CADA 12 MESES 2
PABELLÓN
CENTRAL
DISPENSADOR
AUTOMATIZADO
PERIFÉRICO
OMNICELL G4, DOS
COLUMNAS 90405 CADA 12 MESES 2
PABELLÓN
CENTRAL
DISPENSADOR
AUTOMATIZADO
PERIFÉRICO
OMNICELL G4, DOS
COLUMNAS 90395 CADA 12 MESES 2
URGENCIA
OBSTÉTRICA
DISPENSADOR
AUTOMATIZADO
PERIFÉRICO
OMNICELL G4, DOS
COLUMNAS 90393 CADA 12 MESES 2
ÁREAS
COMUNES
ADULTO -
INFANTIL
(URGENCIA)
DISPENSADOR
AUTOMATIZADO
PERIFÉRICO
OMNICELL G4, DOS
COLUMNAS 90385 CADA 12 MESES 2
PABELLÓN
CENTRAL
DISPENSADOR
AUTOMATIZADO
PERIFÉRICO
OMNICELL G4, DOS
COLUMNAS 90376 CADA 12 MESES 2
PABELLÓN
CENTRAL
DISPENSADOR
AUTOMATIZADO
PERIFÉRICO
OMNICELL G4, DOS
COLUMNAS 90361 CADA 12 MESES 2
UNIDAD
MEDICINA
DISPENSADOR
AUTOMATIZADO
PERIFÉRICO
OMNICELL G4, DOS
COLUMNAS 90383 CADA 12 MESES 2
PABELLÓN
OBSTÉTRICO
DISPENSADOR
AUTOMATIZADO
PERIFÉRICO
OMNICELL G4, TRES
COLUMNAS 90367 CADA 12 MESES 2
PABELLÓN
CENTRAL
DISPENSADOR
AUTOMATIZADO
PERIFÉRICO
OMNICELL G4, UNA
COLUMNA 90409 CADA 12 MESES 2
UNIDAD
PACIENTES
CRÍTICOS
ADULTO
DISPENSADOR
AUTOMATIZADO
PERIFÉRICO
OMNICELL G4, UNA
COLUMNA 90407 CADA 12 MESES 2
PABELLÓN
CENTRAL
DISPENSADOR
AUTOMATIZADO
PERIFÉRICO
OMNICELL G4, UNA
COLUMNA 90404 CADA 12 MESES 2
PABELLÓN
CENTRAL
DISPENSADOR
AUTOMATIZADO
PERIFÉRICO
OMNICELL G4, UNA
COLUMNA 90403 CADA 12 MESES 2
PABELLÓN
CENTRAL
DISPENSADOR
AUTOMATIZADO
PERIFÉRICO
OMNICELL G4, UNA
COLUMNA 90401 CADA 12 MESES 2
PABELLÓN
CENTRAL
DISPENSADOR
AUTOMATIZADO
PERIFÉRICO
OMNICELL G4, UNA
COLUMNA 90400 CADA 12 MESES 2
PABELLÓN
CENTRAL
DISPENSADOR
AUTOMATIZADO
PERIFÉRICO
OMNICELL G4, UNA
COLUMNA 90390 CADA 12 MESES 2
PABELLÓN
CENTRAL
DISPENSADOR
AUTOMATIZADO
PERIFÉRICO
OMNICELL G4, UNA
COLUMNA 90389 CADA 12 MESES 2
URGENCIA
INFANTIL
DISPENSADOR
AUTOMATIZADO
PERIFÉRICO
OMNICELL G4, UNA
COLUMNA 90387 CADA 12 MESES 2
PABELLÓN
CENTRAL
DISPENSADOR
AUTOMATIZADO
PERIFÉRICO
OMNICELL G4, UNA
COLUMNA 90386 CADA 12 MESES 2
UNIDAD
PACIENTES
CRÍTICOS
ADULTO
DISPENSADOR
AUTOMATIZADO
PERIFÉRICO
OMNICELL G4, UNA
COLUMNA 90379 CADA 12 MESES 2
PABELLÓN
CENTRAL
DISPENSADOR
AUTOMATIZADO
PERIFÉRICO
OMNICELL G4, UNA
COLUMNA 90377 CADA 12 MESES 2
PABELLÓN
CENTRAL
DISPENSADOR
AUTOMATIZADO
PERIFÉRICO
OMNICELL G4, UNA
COLUMNA 90374 CADA 12 MESES 2
UNIDAD DE
CUIDADOS
MEDIOS ADULTO
DISPENSADOR
AUTOMATIZADO
PERIFÉRICO
OMNICELL G4, UNA
COLUMNA 90372 CADA 12 MESES 2
UNIDAD
PACIENTES
CRÍTICOS
ADULTO
DISPENSADOR
AUTOMATIZADO
PERIFÉRICO
OMNICELL G4, UNA
COLUMNA 90371 CADA 12 MESES 2
UNIDAD DE
CUIDADOS
MEDIOS ADULTO
DISPENSADOR
AUTOMATIZADO
PERIFÉRICO
OMNICELL G4, UNA
COLUMNA 90369 CADA 12 MESES 2
UNIDAD DE LA
MUJER
DISPENSADOR
AUTOMATIZADO
PERIFÉRICO
OMNICELL G4, UNA
COLUMNA 90366 CADA 12 MESES 2
UNIDAD
PACIENTES
CRÍTICOS
ADULTO
DISPENSADOR
AUTOMATIZADO
PERIFÉRICO
OMNICELL G4, UNA
COLUMNA 90365 CADA 12 MESES 2
UNIDAD DE LA
MUJER
DISPENSADOR
AUTOMATIZADO
PERIFÉRICO
OMNICELL G4, UNA
COLUMNA 90363 CADA 12 MESES 2
UNIDAD DE
CUIDADOS
MEDIOS
INFANTIL
DISPENSADOR
AUTOMATIZADO
PERIFÉRICO
OMNICELL G4, UNA
COLUMNA 90362 CADA 12 MESES 2
URGENCIA
INFANTIL
DISPENSADOR
AUTOMATIZADO
PERIFÉRICO
OMNICELL G4, UNA
COLUMNA 90357 CADA 12 MESES 2
UNIDAD DE
CUIDADOS
MEDIOS
INFANTIL
DISPENSADOR
AUTOMATIZADO
PERIFÉRICO
OMNICELL G4, DOS
COLUMNAS 90370 CADA 12 MESES 2
PRE-PARTO
DISPENSADOR
AUTOMATIZADO
PERIFÉRICO
OMNICELL G4, TRES
COLUMNAS 90391 CADA 12 MESES 2
PABELLÓN
OBSTÉTRICO
DISPENSADOR
AUTOMATIZADO
PERIFÉRICO
OMNICELL G4, UNA
COLUMNA 90402 CADA 12 MESES 2
URGENCIA
ADULTO
DISPENSADOR
AUTOMATIZADO
PERIFÉRICO
OMNICELL G4, UNA
COLUMNA 90388 CADA 12 MESES 2
UNIDAD
PACIENTES
CRÍTICOS
INFANTIL
DISPENSADOR
AUTOMATIZADO
PERIFÉRICO
OMNICELL G4, UNA
COLUMNA 90384 CADA 12 MESES 2
PABELLÓN
OBSTÉTRICO
DISPENSADOR
AUTOMATIZADO
PERIFÉRICO
OMNICELL G4, UNA
COLUMNA 90378 CADA 12 MESES 2
UNIDAD
MEDICINA
DISPENSADOR
AUTOMATIZADO
PERIFÉRICO
OMNICELL G4, UNA
COLUMNA 90375 CADA 12 MESES 2
UNIDAD
MEDICINA
DISPENSADOR
AUTOMATIZADO
PERIFÉRICO
OMNICELL G4, UNA
COLUMNA 90373 CADA 12 MESES 2
UNIDAD DE
CIRUGIA
DISPENSADOR
AUTOMATIZADO
PERIFÉRICO
OMNICELL G4, UNA
COLUMNA 90368 CADA 12 MESES 2
POST-PARTO
DISPENSADOR
AUTOMATIZADO
PERIFÉRICO
OMNICELL G4, UNA
COLUMNA 90364 CADA 12 MESES 2
UNIDAD DE
CUIDADOS
MEDIOS ADULTO
DISPENSADOR
AUTOMATIZADO
PERIFÉRICO
OMNICELL G4, UNA
COLUMNA 90358 CADA 12 MESES 2
BODEGA
CENTRAL
SISTEMA
AUTOMATIZADO
HORIZONTAL DE
ALMACENAMIENTO
DE INSUMOS Y
MEDICAMENTOS
ULMA FS9123L NO APLICA CADA 6 MESES 4
FARMACIA
AMBULATORIO
SISTEMA
AUTOMATIZADO
VERTICAL DE
DISPENSACIÓN DE
MEDICAMENTOS
HANEL
CARRUSEL
ROTOMAT
900/115/327
143324*1 CADA 6 MESES 4
FARMACIA
HOSPITALIZADOS
SISTEMA
AUTOMATIZADO
VERTICAL DE
DISPENSACIÓN DE
MEDICAMENTOS
HANEL
CARRUSEL
ROTOMAT
900/115/327
143324*2 CADA 6 MESES 4
B) TABLA DESCRIPCIÓN ÍTEM 2: BOLSA PARA REPUESTOS, VISITAS Y ASISTENCIA TÉCNICA DE SOFTWARE
CÓDIGO DESCRIPCIÓN CANTIDAD ESTIMADA EN 24 MESES
NO APLICA VALOR POR HORA SOPORTE REMOTO SOFTWARE 6
NO APLICA VALOR POR HORA SOPORTE PRESENCIAL SOFTWARE 6
42-2101 REPTO. OMNICELL CABLE ASSY DRAWER CONTROLLED 10
56-3008 REPTO. OMNICELL STRIP, PCV, RIBBON, CABLE, MANAGER 10
71-3001 REPTO. OMNICELL SWTITCH PANEL DRAWER GREEN 10
71-3000 REPTO. OMNICELL SWITCH POWER GREEN 10
151068 REPTO. OMNICELL ASSY, PWR SUPPLY, E-BOX 10
14701601 REPTO. OMNICELL DRAWER, MATRIX, OLMD24,24 BIN, LIT, V2, ROHS 18
40-1056 REPTO. OMNICELL PCB POWER COMM 10
42-1028 REPTO. OMNICELL CBL ASSY, BATTY PK, 18V-4.5AH SLA, G4 10
70-7012 REPTO. OMNICELL PRINTER, RECEIPT, INTL FONTS, CP324-HRS 5
40-1053 REPTO. OMNICELL USB HUB AUDIO 5
52-0000B REPTO. OMNICELL SOPORTE CHAPA PUERTA NUEVA 5
91-1040 REPTO. OMNICELL FILTER AIR E-BOX 5
57-3018 REPTO. OMNICELL SUPPORT SWITCH PANEL LEFT 35
57-3019 REPTO. OMNICELL SUPPORT SWITCH PANEL RIGHT 35
57-3027 REPTO. OMNICELL SUPPORT, SHELF, RIGHT, CT PC BOX 35
57-3028 REPTO. OMNICELL SUPPORT, SHELF, LEFT, CTPC BOX 10
71-1300 REPTO. OMNICELL OVERLAY, ELASTOMERIC, USB KB, LO PROFIL 10
S5-02 REPTO. HANEL MANUAL SELECTION SWITCH 3
E101 REPTO. HANEL FLUORESCENT TUBE FOR LIGTH FITTING 30 WATT 3
M012676 REPTO. ULMA BARRERA DE LUZ 1060 MM RESOL.30 MM 3
Las cantidades son estimadas y podrán variar durante la vigencia del contrato según los requerimientos
de la Unidad de Equipos Médicos.
Las cantidades solicitadas en la presente licitación son sólo referenciales y estimadas, por lo cual, pueden
disminuir o aumentar de acuerdo con las necesidades, contingencia, existencias y recursos financieros del
Hospital la Florida.
3.- DE LA MODALIDAD DEL SERVICIO
- Durante todo el periodo de duración del contrato, el adjudicatario deberá brindar el servicio de
mantención según lo solicitado en las Bases Técnicas, junto con las mantenciones correctivas, cada
vez que se notifique una falla.
- En caso de necesitar un cambio de repuestos que no se encuentren considerados dentro de la tabla
B “TABLA DESCRIPCIÓN ÍTEM 2: BOLSA PARA REPUESTOS, VISITAS Y ASISTENCIA TÉCNICA DE
SOFTWARE”, éstos deberán ser aprobados por la Unidad de Equipos Médicos mediante el envío de
una cotización. Igualmente, el valor de estos repuestos será rebajado del monto estimado declarado
en el ítem 2 “BOLSA PARA REPUESTOS, VISITAS Y ASISTENCIA TÉCNICA DE SOFTWARE”.
- Queda estrictamente prohibido que el adjudicatario realice cambios o correcciones con repuestos a
los equipos en mantención, sin previa autorización expresa por parte del Hospital, a través del
Referente Técnico de la Unidad de Equipos Médicos. Si proveedor contraviene esta prohibición, el
Hospital no estará obligado a efectuar el pago por dichos repuestos no autorizados.
- En caso de haber realizado cambio de repuestos durante la mantención preventiva y correctiva, las
piezas defectuosas deberán ser entregadas al personal de Unidad de Equipos Médicos.
- Todas las herramientas, instrumentos, y maquinarias que se requieran utilizar durante la mantención
serán de exclusivo cargo del Adjudicatario.
- Todo simulador y/o instrumento utilizado para medir el correcto funcionamiento del equipo, ya sea
en mantenimiento preventivo o correctivo, debe tener sus calibraciones al día.
- Las piezas usadas en la mantención de Omnicell y carruseles deben ser nuevas y sin uso.
- El adjudicatario estará sujeto a la reglamentación administrativa, técnica y de seguridad que rige al
Hospital. La falta de cumplimiento de estas normas habilitará al Hospital para poner término
anticipado al Contrato, en caso de ser necesario.
4.- DE LAS MANTENCIONES
4.1.- Mantención Preventiva
Implica realizar, de manera trimestral y semestral, las actividades relativas a la inspección de Omnicell y
carruseles, efectuando ajustes, calibraciones y limpieza, según lo solicitado a través del servicio. El adjudicado
deberá coordinar, junto con la Unidad de Equipos Médicos del Hospital de La Florida, la realización de las
mantenciones preventivas.
Luego de haber efectuadas las respectivas mantenciones y/o reparaciones, verificando el cumplimiento de las
normas de seguridad, calidad y otras que regulen su funcionamiento, el oferente deberá emitir un INFORME
TÉCNICO o certificado, el cual debe ser entregado a la Unidad de Equipos Médicos. Éste deberá acreditar el
estado operacional en que se encuentren los Omnicell y carruseles detallando las actividades realizadas, junto
al protocolo de mantenimiento.
Los puntos a considerar para la ejecución del mantenimiento preventivo son los siguientes:
- El proveedor deberá ejecutar el mantenimiento preventivo de acuerdo a las pautas especificadas en el
Anexo N°03 Certificaciones y Protocolo de Mantenimiento.
- En caso que los Omnicell o carruseles sufran un desperfecto durante el período de garantía ofertado en el
Anexo N°04, y que la falla corresponda a un evento que debió ser detectado y notificado durante la
ejecución del mantenimiento, o bien por no haber ejecutado el mantenimiento preventivo de correcta
forma, el HLF se encontrará facultado para aplicar la multa estipulada en la letra h) del numeral 12.3.-
Multas, de las Bases Administrativas. Una vez notificada la falla, el proveedor tendrá un plazo máximo de
24 hrs. como máximo para realizar una revisión en terreno y realizar diagnóstico del equipo
correspondiente.
- La coordinación de los mantenimientos preventivos se realizará única y exclusivamente a través de la
Unidad de Equipos Médicos del Hospital la Florida y no directamente con el Servicio Clínico al que
pertenezca el equipo.
- El proveedor deberá informar a la Unidad de Equipos Médicos su disponibilidad para brindar el servicio de
mantenimiento preventivo, como plazo máximo, 03 días hábiles después de que la Unidad de Equipos
Médicos solicite la coordinación del servicio.
- Se requerirá que el horario del servicio de mantenimiento preventivo sea de lunes a jueves de 08:00 hasta
las 17:00 horas y los viernes de 08:00 y hasta las 16:00 horas.
- En el caso de que la mantención deba ser realizada en dependencias del proveedor, el equipo deberá
ser retirado en el horario mencionado anteriormente. El adjudicatario deberá contemplar el valor de la
gestión por el traslado de los equipos.
- Al finalizar el mantenimiento, el proveedor deberá entregar a la Unidad de Equipos Médicos una hoja de
servicio para respaldar su visita. Sólo en caso que el mantenimiento finalice después del horario hábil, el
personal clínico de la unidad podrá firmar la hoja de servicio. De ser así, ésta deberá ser entregada a la
Unidad de Equipos Médicos, de forma física o digital, el día hábil siguiente.
- El adjudicatario deberá colocar una etiqueta de mantenimiento en el Omnicell o carrusel, la cual reflejará
el fin de la mantención. Esta etiqueta será entregada por la Unidad de Equipos Médicos y será
proporcionada al momento de que el proveedor ejecute la mantención preventiva.
- El proveedor deberá entregar un informe técnico y/o protocolo que incluya todas las actividades descritas
en el Anexo N°03, éste debe ser entregado en un plazo no mayor a 3 días hábiles posterior al
mantenimiento y deberá ser firmado por el técnico ejecutor de la mantención y por el encargado de
Equipos Médicos de la mantención. De no cumplir el plazo designado, se aplicará la multa estipulada en
la letra f) del numeral 12.3, de las Bases Administrativas.
- El adjudicatario deberá Informar oportunamente a la Institución, la necesidad de sustituir partes,
accesorios y/o materiales con el objeto de evitar fallas o mal funcionamiento de los Omnicell o carruseles.
- En caso que las condiciones ambientales en las que se desempeña no cumplan con lo sugerido por el
fabricante, el adjudicatario deberá informar esta situación oportunamente al encargado de Equipos
Médicos.
- El adjudicatario deberá responder ante cualquier falla atribuible al mantenimiento preventivo,
exceptuando los deterioros relativos a la utilización de los Omnicell o carruseles por personal del Hospital.
4.2.- Mantención Correctiva
Implica realizar mantenciones a Omnicell y/o carruseles con fallas evidentes o por una solicitud de
modificación de parte de la Unidad de Equipos Médicos. El adjudicatario deberá considerar en su oferta el
valor de la mano de obra y repuestos asociados al Mantenimiento correctivo. Será obligación del proveedor
mantener y disponer de los Omnicell y carruseles en óptimas condiciones, de tal forma de ejecutar los servicios
de forma efectiva y segura. El adjudicatario será responsable de las buenas prácticas de mantenimiento y
procedimientos efectuados, como también del aseo y limpieza mecánica de los elementos. Además, será
responsable de los daños producidos durante la ejecución de los trabajos de mantenimiento y/o reparación.
a) Asistencia Técnica remota:
El proveedor deberá ser capaz de entregar asistencia técnica remota en horario hábil, de lunes a jueves
de 08:00 hasta 17:00 horas y los viernes de 08:00 hasta las 16:00 horas.
El tiempo de respuesta del servicio técnico remoto no debe ser mayor a 2 hrs. hábiles desde el aviso de
falla.
b) Asistencia en Terreno:
En caso de que los Omnicell y/o carruseles presenten fallas o mal funcionamiento que requiera
mantención en terreno, la unidad de Equipos Médicos informará mediante correo electrónico al
adjudicado sobre el desperfecto.
El adjudicado tendrá 24 hrs. para asistir a las instalaciones del Hospital a corroborar el estado de los
Omnicell y/o carruseles.
La reparación en dependencias del Hospital se deberá realizar en el horario de lunes a jueves de 08:00
horas hasta las 17:00 horas y los viernes de 08:00 y hasta las 16:00 horas. En caso que los Omnicell y/o
carruseles necesiten la instalación de repuestos y/o deba ser traslado a dependencias del proveedor, se
considerará un plazo máximo de 5 días hábiles para devolver los Omnicell y/o carruseles operativos
después del envío de la orden de compra y en caso que el proveedor cuente con stock de repuestos. En
caso ser necesaria la importación de repuestos, se considerará el periodo indicado en el Anexo N°04 para
el caso de repuestos frecuentes y para los repuestos que no estén considerados en este anexo, se
considerará el plazo de importación indicado en la correspondiente cotización del repuesto y posterior
al envío de orden de compra.
Las reparaciones deben realizarse con materiales, accesorios y repuestos nuevos, sin uso y que sean
compatibles con la marca y modelo de los los Omnicell y/o carruseles instalados en el Hospital, con el fin
de asegurar su óptimo funcionamiento.
La empresa adjudicada deberá contemplar todos los repuestos necesarios para reparar las fallar propias
de los Omnicell y/o carruseles, que no sean generadas por el usuario, por el período que dure el contrato.
Al finalizar, el adjudicatario deberá emitir un informe técnico o certificado que deberá ser entregado a la
Unidad de Equipos Médicos, acreditando el estado operacional en que quedará los Omnicell y/o carruseles,
posterior a la respectiva revisión y/o reparaciones pertinentes, cumpliendo con las normas de seguridad y
calidad que regulen su funcionamiento.
El plazo máximo para la entrega de este reporte es de tres días hábiles posterior a la reparación, el cual deberá
ser entregado sólo a personal de la Unidad de Equipos Médicos.
En caso de que el mantenimiento termine después del horario establecido, durante fines de semana o días
festivos, la hoja de servicio puede ser por personal del Servicio Clínico. Aun así, se debe enviar vía digital una
copia de las ejecuciones realizadas durante el mantenimiento correctivo.
El adjudicatario deberá responder frente a cualquier deterioro de los Omnicell y/o carruselesincluidos en el
contrato, producto de fallas mecánicas y/o eléctricas de los Omnicell y/o carruselesa raíz de los trabajos de
mantención.
Plazos y Tiempo de Respuesta
Servicio Plazo
Tiempo de respuesta frente a notificaciones o coordinaciones por falla. 24 hrs.
Tiempo de reparación en caso de falla sin importación de repuestos 5 días hábiles
Tiempo de reparación en caso de falla con importación de repuestos
Según Anexo N°04 y/o
cotización
correspondiente
Frente al atraso con cualquiera de los plazos, el administrador del contrato tendrá la facultad de ejecutar lo
establecido en el numeral 12.3.- Multas, letras f) g) y j).
5.- GARANTÍA TÉCNICA
La obligación de la garantía técnica por parte del adjudicatario entrega una herramienta al Referente Técnico
Administrador del Contrato, que permite verificar a través de acciones que los bienes y servicios objeto del
contrato sirvan para el uso para el cual fue adquirido, a partir del llamamiento que realice el HLF, por
desperfectos, fallas o mal funcionamiento de los equipos; posterior a su recepción conforme.
En caso de presentarse una falla post mantención el proveedor tendrá 24 horas para agendar una visita de
revisión. Para fallas asociadas a errores usuarios o que no se encuentren asociados a mantenciones realizadas
en el equipo, no serán consideradas parte de la garantía técnica. Las visitas referidas a esta garantía deberán
ser incluidas por equipo, según el plan de mantenimiento preventivo, el cual deberá ser enviado y aceptado
por el administrador del contrato anterior a la recepción conforme.
Además, durante el periodo de contrato el proveedor deberá realizar visitas de inspección sin cobro en caso
de notificación de falla. En caso de que el desperfecto se haya producido por agentes externos al equipo, ya
sea por falla usuaria, de infraestructura o alimentación eléctrica, el adjudicatario deberá proveer los repuestos
asociados a la reparación, según valores cotizados en su oferta.
En caso de reparación, el adjudicatario deberá cumplir con los plazos establecidos en Bases Técnicas. De lo
contrario, se aplicarán las multas detalladas en el numeral 12.3., letra g).
6.- REPUESTOS
La disponibilidad de repuestos debe asegurarse por un período no inferior a la vigencia del contrato del
servicio. En caso que los repuestos, piezas y partes requeridas para una reparación no se encuentren
disponibles y que no permitan cumplir con los plazos establecidos, el adjudicatario deberá informarlo al
Hospital, a través del Referente Técnico Administrador del Contrato, para que pueda decidir sobre las medidas
paliativas correspondientes.
El adjudicatario a cargo del mantenimiento, deberá contar con stock de repuestos originales.
El oferente deberá proporcionar los repuestos más frecuentes, según sea necesario.
El listado de los repuestos más frecuentes, se detalla a continuación:
CÓDIGO DESCRIPCIÓN
CANTIDAD ESTIMADA
PARA LA TOTALIDAD
DE EQUIPOS POR 24
MESES
NO APLICA VALOR POR HORA SOPORTE REMOTO SOFTWARE 6
NO APLICA VALOR POR HORA SOPORTE PRESENCIAL SOFTWARE 6
42-2101 REPTO. OMNICELL CABLE ASSY DRAWER CONTROLLED 10
56-3008 REPTO. OMNICELL STRIP, PCV, RIBBON, CABLE, MANAGER 10
71-3001 REPTO. OMNICELL SWTITCH PANEL DRAWER GREEN 10
71-3000 REPTO. OMNICELL SWITCH POWER GREEN 10
151068 REPTO. OMNICELL ASSY, PWR SUPPLY, E-BOX 10
14701601 REPTO. OMNICELL DRAWER, MATRIX, OLMD24,24 BIN, LIT, V2, ROHS 18
40-1056 REPTO. OMNICELL PCB POWER COMM 10
42-1028 REPTO. OMNICELL CBL ASSY, BATTY PK, 18V-4.5AH SLA, G4 10
70-7012 REPTO. OMNICELL PRINTER, RECEIPT, INTL FONTS, CP324-HRS 5
40-1053 REPTO. OMNICELL USB HUB AUDIO 5
52-0000B REPTO. OMNICELL SOPORTE CHAPA PUERTA NUEVA 5
91-1040 REPTO. OMNICELL FILTER AIR E-BOX 5
57-3018 REPTO. OMNICELL SUPPORT SWITCH PANEL LEFT 35
57-3019 REPTO. OMNICELL SUPPORT SWITCH PANEL RIGHT 35
57-3027 REPTO. OMNICELL SUPPORT, SHELF, RIGHT, CT PC BOX 35
57-3028 REPTO. OMNICELL SUPPORT, SHELF, LEFT, CTPC BOX 10
71-1300 REPTO. OMNICELL OVERLAY, ELASTOMERIC, USB KB, LO PROFIL 10
S5-02 REPTO. HANEL MANUAL SELECTION SWITCH 3
E101 REPTO. HANEL FLUORESCENT TUBE FOR LIGTH FITTING 30 WATT 3
M012676 REPTO. ULMA BARRERA DE LUZ 1060 MM RESOL.30 MM 3
Las cantidades de los repuestos son estimadas y podrá variar según las necesidades del Hospital durante
toda la vigencia del contrato.
El proveedor deberá ofertar los valores de los repuestos en el Anexo N°7, so pena de ser declarada inadmisible
su oferta.
Cabe señalar que este listado trata sólo de repuestos frecuentes, por lo que, en el caso de necesitar
repuestos adicionales que no se encuentren presentes en el listado, deberán ser cotizados y aprobados
previamente por la Unidad de Equipos Médicos.
El proponente deberá ejecutar el 100% de las actividades indicadas como obligatorias, solicitadas en el
protocolo de mantenimiento indicado en el Anexo N°03: CERTIFICACIONES Y PROTOCOLO DE
MANTENIMIENTO, en caso contrario se aplicará la multa estipulada en el punto 12.3.- Multas, letra f).
7.- DE LAS CAPACITACIONES
El proveedor queda obligado a hacer las capacitaciones que sean necesarias, tanto al personal clínico en el
uso los Omnicell y/o carruseles como al personal técnico en solución de fallas comunes según requerimientos
del HLF y en las fechas que este señale.
Las capacitaciones serán sin costo para el Hospital, las cuales incluirán los gastos de pasajes, estadías, apuntes,
alimentación, etc, que sean necesarios.
Las capacitaciones deben ser realizadas en las dependencias del Hospital La Florida, previa coordinación con
la Unidad de Equipos Médicos.
El personal que apruebe la capacitación deberá recibir el certificado correspondiente emitido por el
proveedor.
En los casos que haya recambio de personal o actualización de versiones de los Omnicell y/o carruseles, esta
capacitación será solicitada por el Hospital y el oferente deberá proveerla sin costo adicional durante el
período de garantía técnica.
El programa de capacitación deberá incluir al menos lo siguiente:
a) Debe contener todos los elementos necesarios para el proceso de capacitación y estos se
encontrarán organizados de manera lógica.
b) Debe asegurar el cumplimiento de los objetivos, conteniendo las actividades suficientes y necesarias.
c) Debe facilitar que las y los participantes operacionalicen y apliquen en su práctica cotidiana, los
contenidos aprendidos.
d) Los plazos establecidos en el plan de trabajo y los recursos asociados deben permitir efectivamente
el desarrollo de las actividades propuestas.
e) Debe permitir objetivar tanto al Servicio como al proponente, los aprendizajes logrados en el curso
por parte de los y las participantes.
f) Las horas profesionales destinadas a la capacitación, por parte del equipo capacitador, deben otorgar
garantía respecto del cumplimiento de los objetivos y resultados esperados.
g) Descripción de la estructura y componentes del producto, identificación del listado de piezas y
accesorios.
h) Labores de mantención básicas que puedan ser asumidas por el establecimiento asistencial (limpieza,
cuidados mínimos).
8.- DEL PERSONAL TÉCNICO ENCARGADO DEL SERVICIO
• El adjudicatario deberá contar con una dotación de personal que garantice la oportuna entrega del
servicio, teniendo la capacidad de reemplazar a quienes se ausenten con personal que revista mismas
calidades técnicas. Con todo, cualquier reemplazo de personal técnico deberá ser aprobado por el HLF y
cumplir con todas las exigencias de las presentes bases.
• El adjudicatario deberá procurar que la rotación del personal sea mínima, ya que de no ser así se produce
un serio deterioro en la calidad del servicio que se entrega. Para lograr este objetivo, se requiere de una
adecuada selección del personal y buenas condiciones laborales.
• El Hospital podrá solicitar el cambio de alguno de los integrantes del equipo de trabajo del adjudicatario,
ante razones fundadas; tales como, que el personal no cumple con el perfil de competencia, no realiza
las capacitaciones satisfactoriamente, malos tratos al personal del Hospital, no contar con una adecuada
presentación personal, etc. Además, se mantendrá supervisión permanente del personal prestador del
servicio, velando por la calidad del resultado de éste.
• El Hospital podrá verificar que las personas trabajando correspondan a las informadas por el oferente en
su oferta.
• El personal que desarrolle el proceso de mantención deberá estar capacitado y calificado, debiendo
acreditar capacitaciones y experiencia laboral que lo habiliten para desarrollar los servicios prestados,
según lo solicitado en Anexo 09.
9.- DEL LUGAR DONDE SE PRESTARÁ EL SERVICIO
El servicio será prestado en las Unidades Clínicas del Hospital de La Florida que lo requieran.
10.- DE LAS OBLIGACIONES Y RESPONSABILIDADES DEL ADJUDICATARIO
Al inicio del convenio, el referente técnico acordará un protocolo que, junto a las actividades citadas en los
puntos anteriores, dentro de las principales obligaciones y responsabilidades del adjudicatario podrá agregar
las siguientes:
a) Asistir al Hospital oportunamente a prestar el servicio señalado en el presente contrato y según
programación que el Hospital les asigne.
b) Cumplir con las normas establecidas por la institución (reglamentos, registros, protocolos y
procedimientos).
c) Resguardar la integridad del equipamiento y la infraestructura utilizada. En caso de daño, perdida, mal
uso o desperfectos, y que se compruebe que fueron causados por el personal del proveedor, estos
deberán ser reparados y/o repuestos, con cargo integral al pago de la prestación.
d) Mantener un ambiente de respeto profesional y personal con los colegas, personal de la unidad,
funcionarios del HLF y pacientes.
Deberán ceñirse estrictamente a las instrucciones y coordinación que le sean impartidas por el hospital a
través de la Unidad de Equipos médicos, a través de referente técnico y administrador del contrato.
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