1.- OBJETO DE LAS BASES. |
Las presentes bases de licitación son formuladas para establecer la regulación del proceso de Licitación Pública
“SERVICIO DE SOFTWARE Y EQUIPOS EN COMODATO PARA ANATOMÍA PATOLÓGICA DEL HOSPITAL LA
FLORIDA” y reglamentan entre otros aspectos las condiciones que deben cumplir las ofertas, las etapas del
proceso licitatorio, su forma de evaluación y adjudicación, las condiciones del contrato y todos los aspectos
necesarios para el correcto proceso de adquisición.
Cabe hacer presente que los servicios asociados a esta adquisición deben ajustarse a las especificaciones de
estas bases.
No podrá el proveedor ofertar servicios distintos a los establecidos en estas bases de licitación ni
complementos o extras no contemplados en los requerimientos técnicos. Cualquier extra no requerido no
será considerado en la evaluación.
El servicio solicitado se encuentra detallado en las bases Técnicas de licitación.
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2.- DISPOSICIONES PRELIMINARES. |
2.1.- De los oferentes
Podrán participar en esta licitación las personas naturales o jurídicas, chilenas o extranjeras que realicen sus
ofertas a través del sistema de información www.mercadopublico.cl. Del mismo modo podrán participar en
el presente proceso, las personas naturales y/o jurídicas que decidan asociarse a través de la unión temporal
de proveedores, regulada en el artículo 67 bis del Decreto Nº 250 del 2004 del Ministerio de Hacienda, que
aprueba el reglamento de la Ley Nº 19.886.
Tratándose de personas naturales o jurídicas extranjeras, deberán al momento de contratar contar con
agencia y domicilio en Chile, con un representante con mandato y poder suficiente para contratar a nombre
del mandante, y para responder de las obligaciones que emanen del contrato respectivo, de acuerdo a la
normativa vigente, y sin perjuicio de las normas que sobre el particular establezcan tratados o convenios
internacionales vigentes suscritos por Chile y por el país de origen de dicha persona natural o jurídica.
Para estos efectos, la documentación que deberá exigirse a las empresas extranjeras, se hará conforme a lo
dispuesto en la ley N°20.711, en caso de ser ello procedente.
En cuanto a la aplicabilidad de los Tratados Internacionales a los que se hace alusión en este apartado, será
pertinente en la medida que tales instrumentos hayan sido suscritos y ratificados por Chile.
Todo Proponente u Oferente interesado en presentar Oferta deberá estudiar cuidadosamente las Bases
Administrativas y Técnicas, debiendo informarse de todas las condiciones que de alguna manera afecten el
costo de los bienes y/o servicios ofertados, tales como permisos que deben obtenerse, leyes o reglamentos
que puedan ser aplicables, entre otros. Cualquier omisión por parte del Oferente, será a su propio riesgo y
sólo él será responsable de los errores u omisiones en que incurra.
El Proponente sufragará todos los costos relacionados con la preparación y presentación de su oferta. El
Hospital no será responsable en caso alguno de dichos costos, cualquiera sea el resultado de la Licitación.
2.2.- Unión temporal de los proveedores
Se entenderá como unión temporal de proveedores, si dos o más proveedores se unen para el efecto de
participar en un proceso de compra, deberán establecer, en el documento que formaliza la unión, a lo menos,
la solidaridad entre las partes respecto de todas las obligaciones que se generen con la Entidad y el
nombramiento de un representante o apoderado común con poderes suficientes.
Cuando se trate de adquisiciones inferiores a 1.000 UTM, el representante de la unión temporal de
proveedores deberá adjuntar al momento de ofertar, el documento público o privado que da cuenta del
acuerdo para participar de esta forma.
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Para contrataciones iguales o superiores al monto indicado, y sin perjuicio del resto de las disposiciones legales
y reglamentarias que resulten aplicables, el acuerdo en que conste la unión temporal deberá materializarse
por escritura pública, como documento para contratar, sin que sea necesario constituir una sociedad.
Si la Entidad exige la inscripción en el Registro de Proveedores para suscribir el contrato, cada proveedor de
dicha unión temporal deberá inscribirse.
Al momento de la presentación de las ofertas, los integrantes de la Unión determinarán qué antecedentes
presentarán para ser considerados en la evaluación respectiva, siempre y cuando lo anterior no signifique
ocultar información relevante para la ejecución del respectivo contrato que afecte a alguno de los integrantes
de la misma.
La vigencia de esta unión temporal de proveedores no podrá ser inferior a la del contrato adjudicado.
2.3.- Inhabilidades para participar en la Licitación y/o Contratar
No podrán participar como oferentes, ni contratar con el estado, las personas naturales o jurídicas, nacionales
o extranjeras, afectos a alguna de las prohibiciones, inhabilidades o incompatibilidades para contratar con
órganos y organismos de la Administración del Estado, contempladas en los incisos 1º y 6º respectivamente
del artículo 4º de la Ley Nº 19.886, de Bases sobre Contratos Administrativos de Suministro y Prestación de
Servicios y su normativa complementaria.
Tampoco podrán contratar quienes hayan sido condenados, a esta inhabilidad, por el Tribunal de Defensa de
la Libre Competencia en conformidad con lo dispuesto en el inciso segundo del artículo 26, letra d), del DFL
N° 1, de 2004, del Ministerio de Economía, Fomento y Reconstrucción, que fijó el texto refundido, coordinado
y sistematizado del DL N° 211, de 1973, que fijó normas para la defensa de la libre competencia
Tratándose de personas jurídicas, además, no deben haber sido condenadas a pena de prohibición de celebrar
actos y contratos con organismos del Estado, de conformidad con la Ley N° 20.393, que establece la
Responsabilidad Penal de las Personas Jurídicas en los Delitos de Lavado de Activos, Financiamiento del
Terrorismo y Delitos de Cohecho que Indica.
Tratándose de la unión temporal de proveedores, cualquiera de las causales de inhabilidad para la
presentación de las ofertas, para la formulación de la propuesta o para la suscripción de la convención,
establecidas en la legislación vigente, afectarán a cada integrante de la Unión individualmente considerado.
En caso de afectar una causal de inhabilidad a algún integrante de la Unión, ésta deberá decidir si continuará
con el respectivo procedimiento de contratación con los restantes integrantes no inhábiles de la misma o se
desiste de su participación en el respectivo proceso.
Todo lo anterior, aun cuando, cumplan con los requisitos técnicos establecidos en las presentes bases de
Licitación.
2.4.- Aceptación del contenido de las bases
Los oferentes por el sólo hecho de presentarse a la Licitación aceptan y se entenderán en cabal conocimiento
de estas Bases, así como también de las características de la provisión de los servicios y bienes que se
requieren, así como de las Modificaciones de Bases y aclaraciones publicadas en su oportunidad, por el sólo
hecho de presentar sus ofertas, por lo que se declaran conformes con ellas y no tienen reservas ni
observaciones que formular, debiendo ajustarse a ellas en todo momento.
2.5.- Presentación de documentos
El idioma español regirá para todo el proceso de Licitación, para todos los documentos asociados y aquellos
que posteriormente origine la materialización de la adjudicación.
Todos los antecedentes y formularios deberán ser anexados a la respectiva oferta presentada en idioma
español, en formatos digitales utilizando para estos efectos Word (como procesador de textos), Excel (planilla
electrónica) e imágenes digitalizadas en formatos PDF.
Para estos efectos, la documentación que deberá exigirse a las empresas extranjeras, se hará conforme a lo
dispuesto en la ley N°20.711, en caso de ser ello procedente.
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3.- ANTECEDENTES QUE RIGEN EL PROCESO DE COMPRA |
Junto a la Ley N° 19.886 de Bases sobre Contratos Administrativos de Suministro y Prestación de Servicios y al
Decreto N° 250 de fecha 09 de marzo de 2004, del Ministerio de Hacienda y sus modificaciones, forman parte
integrante de los documentos de la presente licitación los que a continuación se señalan, los cuales regirán
de forma obligatoria y complementaria, y en caso de discrepancia prevalecerán en el orden de prelación que
se indica:
• Las presentes Bases Administrativas, Bases Técnicas, Anexos y sus modificaciones.
• Las Respuestas y/o Aclaraciones realizadas en esta licitación.
• Los antecedentes económicos, técnicos y administrativos presentados por el oferente adjudicado.
• Ley 20.584, que Regula Los Derechos y Deberes que tienen las Personas en relación con acciones
vinculadas a su atención de salud.
• Normas de Derecho Público.
• Normas de Derecho Privado.
Lo anterior, es sin perjuicio de la facultad interpretativa de la Contraloría General de la República y del Tribunal
de Contrataciones Públicas.
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4.- DEFINICIÓN DE TÉRMINOS |
Se aplicarán en las presentes Bases Administrativas, Bases Técnicas y en los Anexos, los términos y definiciones
establecidos en la Ley N° 19.886, de Bases sobre Contratos Administrativos de Suministro y Prestación de
Servicios y en el Decreto N° 250 de 2004 del Ministerio de Hacienda que aprueba el Reglamento de la Ley
19.886, y sus modificaciones, más los que a continuación se indican:
• Hospital Clínico Metropolitano de La Florida Dra. Eloísa Díaz Insunza, Hospital de La Florida,
Hospital o HLF: Establecimiento asistencial de alta complejidad, RUT 65.075.485-9, ubicado en Av.
Froilán Roa Nº 6542, comuna de La Florida, Santiago de Chile.
• Días Hábiles: Son todos los días de la semana, excepto los sábados, domingos y festivos.
• Días Corridos: Son los días de la semana que se computan uno a uno en forma correlativa. Salvo que
se exprese lo contrario, los plazos de días señalados en las presentes bases de licitación podrán ser
de días corridos. En caso que el plazo de día corrido expire en días sábados, domingos o festivos se
entenderá prorrogado para el día hábil siguiente. En todos los casos, el plazo de cierre para la
recepción de ofertas no podrá vencer en días inhábiles ni en un día lunes o en un día siguiente a un
día inhábil, antes de las quince horas. Todos los plazos de días que se haga mención en las presentes
bases se entenderán que han de ser completos y correrán además hasta la media noche del último
día del plazo. Lo anterior, salvo en aquellos casos en que se indique hora exacta, y siempre y cuando
se respeten los plazos mínimos legales establecidos por el ordenamiento jurídico.
• Referente Técnico: En la presente licitación pública, el referente técnico es Leonardo Arancibia, jefe
del Departamento de Transformación Digital.
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5.- DISPOSICIONES GENERALES |
5.1-Comunicaciones
Cualquier comunicación que deba realizar el Hospital a los proponentes, la publicará en el portal
www.mercadopublico.cl. Así mismo, cualquier comunicación que los proponentes requieran realizar al
Hospital deberá ser a través de igual medio.
5.2.- Consultas y aclaraciones a los Antecedentes de la Licitación.
El oferente que tenga dudas respecto de la licitación debe efectuar sus consultas única y exclusivamente a
través del Foro del Sistema de Información y de acuerdo al plazo del numeral 5.4 de las presentes bases. No
se atenderá ni aceptará ningún tipo de consulta por otro medio.
Las consultas que se reciban pasada esa fecha, no obtendrán respuesta.
En las consultas, se deberá indicar la página y punto de las bases y/o el número del anexo objeto de la consulta.
Se considerará que estas aclaraciones formarán parte integral de las bases y por tanto se presumen conocidas
y su aplicación obligatoria para todos los oferentes.
El conocimiento del contenido de las aclaraciones emanadas del Hospital La Florida, es de exclusiva
responsabilidad de los oferentes.
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5.3.- Respuesta y aclaraciones a los Antecedentes de la Licitación.
Las respuestas a las consultas se publicarán en www.mercadopublico.cl en un solo documento, a todos los
proponentes que participen en la licitación, en el plazo señalado en el numeral 5.4 de las presentes bases.
5.4.- Cronograma de la licitación
Para los efectos de esta licitación se establece el siguiente cronograma:
Publicación de Bases
de Licitación
Las Bases de Licitación se encontrarán publicadas durante 20 (veinte) días
corridos, desde la fecha que se suban al portal www.mercadopublico.cl. hasta el
día de cierre de las ofertas.
Consultas de las Bases El oferente podrá hacer consultas sobre las Bases de Licitación, hasta las 23:59
horas del quinto día corrido contado desde la publicación de estas y sólo a través
de www.mercadopublico.cl.
Respuestas y
Aclaraciones
Se dará respuesta a las consultas de las Bases, el décimo día corrido contado
desde la publicación de Bases, a través de www.mercadopublico.cl, si el décimo
día fuere sábado, domingo o festivo, el plazo se extenderá hasta el primer día
hábil siguiente.
Cierre de recepción de
las ofertas
Los oferentes podrán presentar sus ofertas hasta el veinteavo día corrido
contado desde la publicación de bases hasta las 16 horas, a través de
www.mercadopublico.cl.
De acuerdo con lo preceptuado en el inciso penúltimo del artículo 25 del decreto
N° 250, de 2004, no podrá vencer en días inhábiles o en un día lunes o en un día
siguiente a un día inhábil antes de las 15:00 hrs.
Si el veinteavo día fuere sábado, domingo o festivo, el plazo se extenderá hasta
el primer día hábil siguiente.
Apertura de las ofertas El acto de Apertura se efectuará a través de www.mercadopublico.cl. La
apertura se realizará desde las 16:01 horas desde la fecha del cierre de las
ofertas y hasta los 5 (cinco) días hábiles siguientes al cierre.
Evaluación de
admisibilidad
La evaluación de admisibilidad se realizará en la apertura de las ofertas y
consistirá en la revisión de todos los documentos y anexos obligatorios
publicados por los oferentes, exigidos en bases de licitación, junto a la
verificación de la entrega física o electrónica del documento en garantía de la
seriedad de la oferta (si se ha solicitado en el proceso licitatorio), si esta, ha sido
requerida en el proceso. Todo, sin perjuicio ni limitación a que, con
posterioridad, pueda detectarse una causal de inadmisibilidad en la
presentación de algún oferente durante la etapa de evaluación Administrativa,
Técnica y Económica.
Evaluación
Administrativa,
Técnica y Económica
de las Ofertas
La evaluación Administrativa, Técnica y Económica de las ofertas se realizará
desde el día hábil siguiente de la evaluación de admisibilidad y no podrá exceder
de 10 días hábiles.
Adjudicación de las
Ofertas
La adjudicación de la Licitación se realizará dentro de los 5 (cinco) días hábiles
contados desde el término de la evaluación.
Suscripción del
contrato
El oferente adjudicado estará obligado a firmar el contrato, dentro de los cinco
(5) días hábiles siguientes al envío del contrato.
5.5. Modalidad de Propuesta
Las propuestas se presentarán a través de www.mercadopublico.cl en pesos $, con valores unitarios sin IVA,
indicando si el servicio es Exento o afecto de IVA.
Los valores ofertados deberán incluir todos los gastos en los que incurra el adjudicatario en la prestación de
los servicios requeridos hasta su total recepción conforme, comprendiéndose entre ellos, por ejemplo, los
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relativos a capacitación, remuneraciones, fletes incluidos, derechos, patentes, legalización de documentos, si
proceden, etc.
Los oferentes podrán presentar una sola oferta o bien una oferta principal y otra alternativa.
Se deberán, además, presentar todos los anexos solicitados los cuales deberán tener el Servicio requerido
claramente identificado.
5.6. Ofertas alternativas
Los proponentes podrán presentar una oferta alternativa, la que será estudiada por el Hospital como una
oferta más. La oferta alternativa deberá ser identificada en el Portal Mercado Público como “Oferta
Alternativa”.
5.7. Validez de las Ofertas
Las ofertas deberán tener una validez mínima de ciento ochenta (180) días corridos, contados desde la fecha
desde el cierre de las ofertas. La oferta cuyo período de validez sea menor al requerido, dará causa a
DECLARARLA INADMISIBLE. Lo anterior, sin perjuicio de que se efectuará la revisión de la totalidad de los
antecedentes contenidos en la oferta, según lo establecido en el artículo 9 e Ley 19.886. Con todo, si nada
señala la oferta, se entenderá que la oferta tiene una validez de 180 días corridos para todos los efectos.
Vencido este plazo, y si no se hubiere realizado la adjudicación o no se haya firmado el contrato, por razones
internas del Hospital, este podrá solicitar a los proponentes la prórroga de sus ofertas y garantías. Los
proponentes podrán ratificar sus ofertas o retirarlas, formalizando su decisión mediante comunicación escrita
dirigida al Hospital y la entrega de nueva garantía.
La comunicación se realizará a través de correo electrónico, al correo indicado por el oferente en el ANEXO
N°1. El oferente tendrá el plazo de 5 días hábiles para responder y entregar nueva garantía. De no recibir
respuesta se entenderá que el oferente no tiene interés en continuar.
Desde el día siguiente hábil contado de la comunicación del oferente de no perseverar en la propuesta, o
vencido el plazo de respuesta sin que el oferente se pronuncie al respecto, se pondrá a disposición de los
proponentes para su devolución la garantía a aquellos que no accedan a la prórroga.
5.8. Garantía de Seriedad de la Oferta
El oferente garantizará la seriedad de su oferta mediante la entrega de una garantía por todas las propuestas
presentadas, siendo de su exclusiva responsabilidad que dicha garantía sea presentada conforme a las
siguientes especificaciones, en consecuencia, cualquier error u omisión en la mencionada garantía, dará causa
a declarar inadmisible la o las ofertas.
Tipo de Documento Podrán ser presentados como documentos de caución, boletas de
garantía, vale vistas, certificados de fianza, póliza de garantía o cualquier
otro documento que cumpla con los siguientes requisitos
• Sea pagadero a la vista
• no sujeto a modalidad
• irrevocable
• Emitida a favor de Entidad Pública
Monto $200.000 (doscientos mil pesos)
Beneficiario Hospital Clínico Metropolitano La Florida Rut 65.075.485-9
Vigencia 180 días corridos a partir del momento del cierre de la recepción de
ofertas.
Glosa PARA GARANTIZAR LA SERIEDAD DE LA OFERTA LICITACIÓN PÚBLICA
“SERVICIO DE SOFTWARE Y EQUIPOS EN COMODATO PARA ANATOMÍA
PATOLÓGICA DEL HOSPITAL LA FLORIDA” ID: 812261-XX-LQ23”
(donde se señala XX, se debe reemplazar por el número de la licitación)
Forma y oportunidad de
Entrega Física
El oferente o su representante deberá entregar físicamente la garantía a
profesional a cargo Sr. Anat Silva, en la Unidad de Licitaciones, ubicada
en dependencias del Ex CRS (CESFAM Provisorio de La Florida), Avenida
Froilán Roa 6420, en horario de lunes a viernes, de 08:30 a 13:00 y de
14:30 a 16:00 horas, antes del día y hora de cierre del proceso de
recepción de ofertas en mercado público.
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Las garantías deben entregarse en sobre cerrado en Unidad de
Licitaciones del Hospital La Florida, señalando en el sobre lo siguiente:
- GARANTIA SERIEDAD DE LA OFERTA ID: 812261-XX-LQ23 (donde se
señala XX, se debe reemplazar por el número de la licitación)
- IDENTIFICACION DEL OFERENTE
El oferente que necesite respaldar la entrega de su garantía deberá
acompañar una fotocopia del sobre que entrega. Esta fotocopia será
firmada por profesional, indicando la fecha de su recepción y solo si se
comprueba que el documento físico viene en su interior.
Sin perjuicio de lo señalado anteriormente, la revisión del documento y
requisitos de admisibilidad solo se realizará en la apertura de las ofertas.
En caso de presentarse una Garantía en Formato Electrónico, deberán
ser presentadas junto a la oferta, antes del cierre de la recepción de las
ofertas en mercado público.
De no presentar la garantía el lugar, día y hora señalados, la(s) oferta(s)
presentada(s) será(n) declarada(s) inadmisible(s). Esto último, sin
perjuicio de las garantías en formato electrónico que deben ajustarse,
además, a las disposiciones de la Ley N°19.799 sobre documentos
electrónicos, firma electrónica y servicios de certificación de dicha firma,
que deberán acompañarse juntamente con la oferta.
La garantía podrá ser tomada por el oferente o por un tercero a nombre
de él.
Custodia Las garantías serán custodiadas por la Unidad de Tesorería del Hospital
de La Florida.
Se hace presente que en el edificio ubicado en Avenida Froilán Roa 6420, comuna La Florida, funcionan
distintas unidades del Hospital, por lo que será de exclusiva responsabilidad del proveedor entregar
correctamente la garantía, en caso que se entregue en un lugar distinto del indicado precedentemente, se
tendrá por no presentado el documento.
Si se presenta más de una oferta a concurso por un mismo oferente (oferta principal y oferta alternativa),
este solo deberá presentar una garantía por ambas ofertas publicadas.
5.9.- Devolución y Cobro de la Garantía de Seriedad de la Oferta
Las garantías de seriedad de la oferta se podrán hacer efectivas administrativamente, en los siguientes casos:
• Si el oferente en cualquier instancia desiste de su oferta.
• Si el proponente retira su oferta o se comprueba por el director o por la Comisión de Evaluación, la
falsedad de la información presentada, por cualquier medio que resulte procedente.
• Si una vez aceptada la oferta, el adjudicatario no acompaña el correspondiente documento de
garantía de fiel y oportuno cumplimiento del contrato dentro del plazo establecido en las presentes
bases.
• Si el adjudicatario no se inscribe dentro del plazo establecido al efecto, en el Registro Electrónico
Oficial de Contratistas de la Administración “Chileproveedores” en forma previa a la subscripción del
contrato.
• Si el adjudicatario no firma el contrato y/o no acompaña la documentación necesaria para la
suscripción del mismo.
Para el cobro de la Garantía de Seriedad de la Oferta, se aplicará el mismo procedimiento utilizado para el
cobro de multas, según lo establecido en estas Bases de Licitación.
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La devolución de las garantías de seriedad de la oferta, de aquellos proponentes cuyas ofertas hayan sido
declaradas inadmisibles o desestimadas, se efectuará dentro del plazo de 10 días hábiles, contados desde la
notificación de la Resolución que dé cuenta de la inadmisibilidad o adjudicación, salvo respecto del oferente
que hubiere obtenido el segundo lugar en el ranking de evaluación, ya que para resguardar una posible
readjudicación, su garantía será devuelta una vez suscrito el contrato.
Respecto del oferente adjudicado, su garantía de seriedad de la oferta, será devuelta una vez que éste
entregue la garantía de fiel cumplimiento del contrato.
En todos los casos precedentemente indicados, el oferente o su representante debidamente individualizado
y con poder especial ante notario, podrán solicitar la devolución de la boleta de seriedad de la oferta ante
el responsable de la licitación, caso en el que éste comunicará tal situación a la Unidad de Tesorería, para
que proceda a la devolución del documento.
5.10.- Modificación de las Bases
En cualquier momento, antes del cierre de recepción de ofertas, el Hospital podrá introducir modificaciones
a los documentos de licitación por medio de un acto administrativo publicado a través del portal electrónico
www.mercadopublico.cl, si estima que ello resulta esencial para los fines y/o correcto desarrollo del proceso
licitatorio.
En caso de que lo anterior ocurra, el Hospital La Florida deberá otorgar un plazo prudencial a los oferentes
para que puedan conocer y adecuar sus ofertas a las modificaciones introducidas, pudiendo o no, modificar
la fecha de cierre para estos efectos, lo cual será informado por el portal Mercado Público junto con las
modificaciones, una vez que el acto administrativo que las aprueba se encuentre totalmente tramitado.
En el evento de modificarse la fecha de cierre, el plazo para ofertar se ampliará en la cantidad de días que se
señale en www.mercadopublico.cl.
Es exclusiva responsabilidad del Proponente la revisión del Portal, con el objeto de informarse sobre lo
expuesto en este punto y en el punto 5.3. Así mismo, es obligación del oferente, una vez cerrada la
presentación de ofertas, revisar el Foro Inverso y responder las aclaraciones que se le soliciten por esta vía.
5.11.- Pacto De Integridad
El oferente declara que, por el sólo hecho de participar en la presente licitación, acepta expresamente el
presente pacto de integridad, obligándose a cumplir con todas y cada una de las estipulaciones contenidas en
el mismo, sin perjuicio de las que se señalen en el resto de las bases de licitación y demás documentos
integrantes. Especialmente, el oferente acepta el suministrar toda la información y documentación que sea
considerada necesaria y exigida de acuerdo a las presentes bases de licitación, asumiendo expresamente los
siguientes compromisos:
1. El oferente se obliga a no ofrecer ni conceder, ni intentar ofrecer o conceder, sobornos, regalos, premios,
dádivas o pagos, cualquiera fuese su tipo, naturaleza y/o monto, a ningún funcionario público en relación
con su oferta, con el proceso de licitación pública, ni con la ejecución de él o los contratos que
eventualmente se deriven de la misma, ni tampoco a ofrecerlas o concederlas a terceras personas que
pudiesen influir directa o indirectamente en el proceso licitatorio, en su toma de decisiones o en la
posterior adjudicación y ejecución del o los contratos que de ello se deriven.
2. El oferente se obliga a no intentar ni efectuar acuerdos o realizar negociaciones, actos o conductas que
tengan por objeto influir o afectar de cualquier forma la libre competencia, cualquiera fuese la conducta
o acto específico, y especialmente, aquellos acuerdos, negociaciones, actos o conductas de tipo o
naturaleza colusiva, en cualquiera de sus tipos o formas.
3. El oferente se obliga a revisar y verificar toda la información y documentación, que deba presentar para
efectos del presente proceso licitatorio, tomando todas las medidas que sean necesarias para asegurar la
veracidad, integridad, legalidad, consistencia, precisión y vigencia de la misma.
4. El oferente se obliga a ajustar su actuar y cumplir con los principios de legalidad, ética, moral, buenas
costumbres y transparencia en el presente proceso licitatorio.
5. El oferente manifiesta, garantiza y acepta que conoce y respetará las reglas y condiciones establecidas en
las bases de licitación, sus documentos integrantes y él o los contratos que de ellos se derivase.
6. El oferente se obliga y acepta asumir, las consecuencias y sanciones previstas en estas bases de licitación,
así como en la legislación y normativa que sean aplicables a la misma.
7. El oferente reconoce y declara que la oferta presentada en el proceso licitatorio es una propuesta seria,
con información fidedigna y en términos técnicos y económicos ajustados a la realidad, que aseguren la
posibilidad de cumplir con la misma en las condiciones y oportunidad ofertadas.
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8. El oferente se obliga a tomar todas las medidas que fuesen necesarias para que las obligaciones
anteriormente señaladas sean asumidas y cabalmente cumplidas por sus empleados y/o dependientes y/o
asesores y/o agentes y en general, todas las personas con que éste o éstos se relacionen directa o
indirectamente en virtud o como efecto de la presente licitación, incluidos sus subcontratistas, haciéndose
plenamente responsable de las consecuencias de su infracción, sin perjuicio de las responsabilidades
individuales que también procediesen y/o fuesen determinadas por los organismos correspondientes.
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6. DE LAS PROPUESTAS |
Es responsabilidad de los oferentes presentar sus propuestas en tiempo y forma, es decir, en el plazo fijado
en el numeral 5.4 y con toda la información requerida en las presentes bases, de manera tal que permita una
evaluación objetiva, certera, entendible y transparente de todas y cada una de ellas.
Los archivos, documentos y/o anexos, que constituyan la oferta y que deben publicarse en el portal
www.mercadopublico.cl por el oferente, deben ingresarse al portal con el nombre asignado en estas bases,
de modo que sean fácilmente identificables para el evaluador, ejemplo: Anexo Nº 02 Declaración Jurada.
Debe respetarse dicha fórmula de nomenclatura y el formato electrónico de cada anexo, a fin de facilitar la
identificación de los documentos y el proceso de evaluación, es decir incorporarse con la mencionada formula
de nomenclatura y en el formato electrónico en el que originalmente figura el anexo (Excel, Word u otro).
Los anexos Nº 01 y 02 se deben presentar uno por cada oferente, es decir, si un oferente presenta oferta
alternativa, no es necesario ingresarlos por cada una de las ofertas.
La no presentación de cualquiera de los Anexos señalados como OBLIGATORIOS, hará inadmisible la oferta.
Lo anterior, sin perjuicio de que se efectuará la revisión de la totalidad de los antecedentes contenidos en la
oferta, de acuerdo al artículo 9 de la Ley N° 19.886.
Los antecedentes solicitados en la presente licitación deben subirse a las carpetas disponibles del proceso en
www.mercadopublico.cl, agrupadas según se señala a continuación:
CARPETA ADMINISTRATIVA.
ANEXO NOMBRE ANEXO DESCRIPCIÓN ANEXO
01 PRESENTACIÓN DEL OFERENTE
Documento en el cual el oferente indica información básica y
esencial respecto de su identificación. Debe adjuntarse en la
carpeta administrativa con el nombre: Anexo N° 01 Presentación
Del Oferente.
02 DECLARACIÓN JURADA
Documento en el cual el oferente declara cumplir con las
disposiciones generales de la Ley de Compras y su respectivo
Reglamento para ofertar y contratar con el Estado. Debe
adjuntarse en la carpeta administrativa con el nombre: Anexo N°
02 Declaración Jurada Del Oferente.
Por contener este documento la Declaración Jurada exigida para
ofertar, este anexo se considera un ANEXO OBLIGATORIO, por
tanto, su no presentación hará inadmisible la oferta.
Si el oferente es una UTP (Unión Temporal de Proveedores), cada
integrante de la UTP deberá presentar junto a la oferta la
Declaración Jurada como oferente de forma individual junto a la
oferta de la UTP antes del cierre de la Licitación.
No están obligados a presentar este Anexo N°02 Declaración
Jurada, aquellos oferentes que estén inscritos y en estado hábil
en el portal www.chileproveedores.cl y que posean en este
registro publicado la declaración para ofertar exigida por Ley a la
fecha del cierre de las ofertas.
Además, los oferentes deben identificarse y acreditar su existencia, para ello deberá acompañar los siguientes
documentos en la Carpeta Administrativa:
• Si es persona natural:
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- Imagen digitalizada de la cédula nacional de identidad.
• Si es persona jurídica:
El oferente deberá acreditar la vigencia de la sociedad, y para ello deberá presentar uno de los siguientes
documentos:
▪ Imagen digitalizada del certificado de vigencia de la sociedad oferente de data no superior a tres (3)
meses contados desde la presentación de la oferta, emitido por el Conservador de Bienes Raíces.
▪ Imagen digitalizada de la escritura pública de constitución de la sociedad y de todas sus modificaciones.
▪ Imagen digitalizada del certificado de vigencia emitido por el Ministerio de Economía, Fomento y
Turismo para aquellas empresas creadas bajo el régimen establecido por la Ley N° 20.659, de data no
superior a tres (3) meses contados desde la presentación de la oferta.
El oferente deberá acreditar la vigencia de poderes del Representante Legal de la Sociedad, y para ello deberá
presentar la imagen digitalizada del RUT del oferente y de la cédula de identidad de su representante legal y
uno de los siguientes documentos:
▪ Imagen digitalizada del certificado de vigencia de poderes del representante legal del oferente, de data
no superior a tres (3) meses contados desde la presentación de la oferta, emitido por el Conservador
de Bienes Raíces.
▪ Imagen digitalizada del certificado de vigencia de la sociedad oferente de data no superior a tres (3)
meses contados desde la presentación de la oferta, emitido por el Conservador de Bienes Raíces, en
que consten los poderes otorgados al representante legal de la empresa.
▪ Imagen digitalizada del certificado de estatuto actualizado emitido por el Ministerio de Economía,
Fomento y Turismo para aquellas empresas creadas bajo el régimen establecido por la Ley N° 20.659,
de data no superior a tres (3) meses contados desde la presentación de la oferta.
No están obligados a acreditar su existencia y vigencia aquellos oferentes que estén inscritos y en estado hábil
en el portal www.chileproveedores.cl a la fecha del cierre de las ofertas cuyos respaldos e información para
acreditar su existencia y vigencia, se encuentren ya publicados en dicho portal.
CARPETA TÉCNICA
ANEXO NOMBRE ANEXO DESCRIPCIÓN ANEXO
03 ESPECIFICACIONES TECNICAS
Documento Excel en el cual el oferente debe indicar si cumple con
la información técnica respecto del bien y/o servicio ofertado.
Para acreditar si cumple o no el requisito técnico, debe adjuntar
todos los documentos, fotografías y/o certificados que respalden
su información, según los requerimientos de las presentes bases.
El proponente deberá descargar archivo Excel “Anexo N°03
Especificaciones Técnicas” publicado en el portal
www.mercadopublico.cl. y completar con la información señalada
según cumpla o no las características solicitadas.
Las propuestas que no cumplan con alguno de los requisitos
técnicos OBLIGATORIOS o no logren ser acreditados, serán
declaradas inadmisibles y no serán evaluadas.
Una vez completada la tabla Excel con la información requerida,
debe adjuntarse en la carpeta técnica con el nombre: Anexo N°03
Especificaciones Técnicas.
ANEXO OBLIGATORIO, por tanto, su no presentación hará
inadmisible la oferta. Lo anterior, sin perjuicio de que se efectuará
la revisión de la totalidad de los antecedentes contenidos en la
oferta, de acuerdo al artículo 9 de la Ley N° 19.886.
04 PLAZO DE ENTREGA DE EQUIPOS
Y PLAZO DE IMPLEMENTACIÓN
Documento en que se indica el plazo ofertado por el proveedor
para la entrega de equipos y plazo de implementación de acuerdo
a las Bases Administrativas y demás documentos que forman parte
de la licitación.
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El plazo de entrega de equipos en comodato considera el tiempo
ofertado por el proveedor para entregar los equipos en comodato
desde el momento de contratación hasta recepción conforme por
parte del Referente Técnico.
El plazo de implementación y puesta en marcha considera la
instalación de servidores, configuración y parametrización del
aplicativo, desarrollo y prueba de integraciones con el Registro
Clínico Electrónico, proceso de migración, inicio de funcionamiento
del software en las distintas unidades y la capacitación al personal
involucrado del hospital. Todo esto, sujeto a recepción conforme
por parte del Referente Técnico.
El plazo de implementación empezará a correr desde la recepción
conforme de la entrega física de los equipos y previa coordinación
con el Referente técnico administrador del contrato.
El plazo de entrega de equipos y el plazo de implementación se
deberán expresar en días corridos. Si el proveedor señala en su
oferta días hábiles, su oferta será declarada inadmisible.
Si el proveedor no señala expresamente en su oferta si son días
hábiles o corridos, se entenderán que son días corridos, para todo
efecto.
Se establece que el límite base para ofertar es de un 1 día corrido
(es decir tiempo mínimo), cualquier otro inferior se considerará
con igual puntaje a dicho límite de referencia. Es decir, se debe
ofertar desde 1 día en adelante. En caso de presentar un rango de
días, se evaluará basándose en el mayor periodo de tiempo
especificado (a modo de ejemplo: si oferta señala plazo de inicio
entre 2 a 5 días, se evaluará como si se hubiera ofertado 5).
LA SUMATORIA ENTRE EL PLAZO DE ENTREGA DE EQUIPOS Y
PLAZO DE IMPLEMENTACIÓN, NO PUEDE SER SUPERIOR A 90
DÍAS CORRIDOS. SI EL PROVEEDOR OFERTA UN PLAZO DE
ENTREGA DE EQUIPOS Y PLAZO DE IMPLEMENTACIÓN, DONDE LA
SUMATORIA RESULTE MAYOR A 90 DÍAS CORRIDOS, SU OFERTA
SERÁ DECLARADA INADMISIBLE. LO ANTERIOR, SIN PERJUICIO DE
QUE SE EFECTUARÁ LA REVISIÓN DE LA TOTALIDAD DE LOS
ANTECEDENTES CONTENIDOS EN LA OFERTA, DE ACUERDO AL
ARTÍCULO 9 DE LA LEY N° 19.886.
Una vez completado el documento, debe adjuntarse en la carpeta
técnica con el nombre: Anexo N°04 Plazo de entrega de equipos y
plazo de implementación.
ANEXO OBLIGATORIO, por tanto, su no presentación hará
inadmisible la oferta. Lo anterior, sin perjuicio de que se efectuará
la revisión de la totalidad de los antecedentes contenidos en la
oferta, de acuerdo al artículo 9 de la Ley N° 19.886.
05
CERTIFICADO
COMPORTAMIENTO
CONTRACTUAL ANTERIOR
Documentos que indican la identificación de los clientes con los
que tenga o haya tenido contratos del mismo rubro y envergadura
de los bienes requeridos en la presente licitación y que certifican
que el oferente ha tenido un comportamiento contractual
intachable.
Para estos efectos se considerarán del mismo rubro, contratos
referidos a la prestación de los mismos servicios requeridos en esta
adquisición y se considerará de la misma envergadura cuando los
contratos se hayan celebrado con instituciones de salud públicas o
privadas, con unidades de urgencia, hospitalizados y ambulatorio.
Si no concurre en ambas condiciones, el certificado no será
considerado en la Evaluación.
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Los Certificados de Acreditación de Buen Comportamiento
Contractual Anterior, deberán presentarse firmados por un
representante de la entidad pública o privada, identificado en el
mismo documento, como tal y con el timbre de la Institución a la
cual pertenece.
El Hospital se encontrará facultado para confirmar los
antecedentes entregados, contactando a las respectivas
Instituciones que hayan otorgado dichas certificaciones.
En consecuencia, los antecedentes y clientes del oferente, que no
puedan ser acreditados o confirmados a través de la presentación
y revisión de estos certificados, se entenderán como no
presentados, para efectos de la evaluación.
Para la Evaluación se considerará sólo la presentación hasta un
máximo de 6 certificados de clientes que hayan adquirido los
servicios en los últimos 24 Meses desde la publicación de esta
Licitación.
Si el oferente presenta más de 6 certificados, solo se considerarán
los 6 certificados donde consten las contrataciones de fechas más
recientes.
Estos certificados deben adjuntarse en la carpeta técnica con el
nombre: “Anexo N°05 Certificado Comportamiento Contractual
Anterior”.
06 ORDENES DE COMPRA
Anexo en el cual el proveedor deberá ingresar las órdenes de
compra:
• Para organismos de salud pública, órdenes de compra de
Mercado Publico aceptadas por el oferente y donde
conste expresamente su recepción conforme.
• Para organismos de salud privada, orden de compra y
factura correspondiente.
Se deberá acreditar experiencia en venta del mismo bien y/o
servicio ofertado dentro de los 24 meses anteriores a la
presentación de oferta.
Se deberán adjuntar las órdenes de compra en la carpeta técnica
con el nombre Anexo N°06 “Órdenes de compra”
08
CONDICIONES DE EMPLEO Y
REMUNERACIÓN
Documento en el cual el oferente declara la cantidad de mejoras
en las condiciones laborales de sus trabajadores, con sus
respectivos respaldos.
Debe adjuntarse en la carpeta técnica con el nombre
correspondiente que permita su inequívoca identificación.
Anexo N°8: Condiciones de empleo y remuneración.
CARPETA ECONÓMICA
ANEXO NOMBRE ANEXO DESCRIPCIÓN ANEXO
07 CARTA OFERTA
Documento donde se oferta el valor unitario mensual, sin IVA y en
pesos, incluidos todos los gastos en los que incurra el adjudicatario
en la prestación del servicio, hasta su total recepción conforme,
incluidos todos los seguros, capacitación, especificaciones técnicas
licencias, remuneraciones, equipos, implementos accesorios
necesarios para prestación del servicio, etc.
Una vez completado el documento, debe adjuntarse en la carpeta
Económica con el nombre: Anexo N°07 Oferta Económica.
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El oferente deberá asegurarse que los valores contenidos en los
documentos que conforman la oferta, sean iguales a los valores
ingresados en el campo correspondiente en el portal
www.mercadopublico.cl. En caso de existir discrepancias entre el
valor indicado en el anexo y el valor ingresado en el portal,
prevalecerá la oferta subida en a www.mercadopublico.cl.
El valor total de la oferta se deberá ajustar al monto total asignado
para esta Licitación, según lo señalado en estas Bases.
Se establece expresamente que si la oferta del proveedor es de $1
en Mercado Público, su oferta será declarada inadmisible.
ANEXO OBLIGATORIO, por tanto, su no presentación hará
inadmisible la oferta. Lo anterior, sin perjuicio de que se efectuará
la revisión de la totalidad de los antecedentes contenidos en la
oferta, de acuerdo al artículo 9 de la Ley N° 19.886.
Si falta alguno de los anexos OBLIGATORIOS o no se logra acreditar su contenido la oferta será declarada
inadmisible. Lo anterior, sin perjuicio de que se efectuará la revisión de la totalidad de los antecedentes
contenidos en la oferta, de acuerdo al artículo 9 de la Ley N° 19.886.
6.1.-Enmienda de los Documentos presentados
Cada oferta deberá cumplir con todos los requisitos de admisibilidad administrativa, técnica y económica, sin
embargo, es dable señalar que cada uno de los documentos, antecedentes o anexos, por su naturaleza podrá
ser “esencial” o podrá ser “subsanable” es decir, con la posibilidad de enmienda o de subsanar errores u
omisiones.
Conforme a lo anterior, los documentos, antecedentes o anexos, se pueden clasificar en “esencial” o
“subsanable”, según el siguiente detalle:
a.1 Documento, antecedente o anexo Esencial: Son aquellos, que no admiten corrección, enmienda,
rectificación o subsanación, por ende, si alguna de las propuestas no cumple con la presentación conforme
y/o el correcto llenado del documento, antecedente o anexo, según se solicita en estas bases, la oferta será
declarada inadmisible. Lo anterior, sin perjuicio de que se efectuará la revisión de la totalidad de los
antecedentes contenidos en la oferta, de acuerdo al artículo 9 de la Ley N° 19.886.
Se entenderán Documentos, antecedentes o anexos esenciales los siguientes:
▪ Anexo N°02 Declaración Jurada.
▪ Anexo N° 07 Carta Oferta.
▪ Anexo N° 04 Plazos de implementación, puesta en marcha y entrega de equipos.
▪ Garantía de Seriedad de la oferta.
a.2 Documento, Antecedente o Anexo Subsanable: Son aquellos que adolecen de defectos de forma o errores
no esenciales o de tipeo, que obedecen a una justa causa de error u omisión, siempre que aquello defectuoso,
omitido o erróneo, no se refiera a aspectos esenciales, no altere el tratamiento igualitario de todos los
proponentes y no genere una situación de privilegios respecto de los demás oferentes, a modo de ejemplo,
Anexo 03 que presente errores pero, cuya información a enmendar, se encuentre acreditada con los
correspondientes documentos , certificados o fotografías.
Los oferentes podrán enmendar sus omisiones u errores, dentro de un plazo de 24 o 48 horas según explicite
el Hospital La Florida, contado desde su requerimiento, mediante el foro inverso del proceso licitatorio a
través de www.mercadopúblico.cl.
De ser solicitada enmienda, la propuesta será evaluada con una calificación inferior, conforme al numeral
8.4.1 de las presentes bases
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7. DE LA APERTURA DE LA PROPUESTA |
La apertura electrónica de las propuestas que se hayan ingresado en el portal www.mercadopublico.cl. Se
efectuará de acuerdo al calendario de plazos del numeral 5.4, debiendo levantarse acta de lo obrado.
Se realizará en ella, la revisión de los requisitos de admisibilidad esencial dejando constancia de los oferentes
que no cumplan con dichos requisitos en la Apertura Electrónica que se publica en www.mercadopublico.cl.
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Una vez verificado el cumplimiento de los oferentes, de los requisitos exigidos en las presentes bases de
licitación y confeccionada la correspondiente Acta de Apertura, se procederá a la evaluación administrativa,
técnica y económica de los oferentes y sus ofertas, por parte de la Comisión Evaluadora, designada por el
Hospital en las presentes bases.
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8. DE LA EVALUACIÓN DE LAS OFERTAS |
8.1. Comisión de Evaluación
La Comisión de Evaluación estará integrada por las siguientes personas o sus subrogantes legales:
1. Jefe Abastecimiento.
2. Jefe Finanzas
3. Jefe CR.
4. Jefa Contratos
5. Referente/s Técnico/s.
6. Responsable de la licitación.
Las autoridades y funcionarios, así como los contratados a honorarios o las personas ajenas a la
administración, (en los casos en que excepcionalmente participen en procedimientos de contratación),
deberán abstenerse de participar en la evaluación y distintas etapas de los procedimientos de contratación,
cuando exista cualquier circunstancia que les reste imparcialidad. Para ello, previa evaluación, cada uno de
sus integrantes, firmará una Declaración Jurada de no tener Conflicto de Interés.
En caso de que alguno de los integrantes esté contratado a honorarios o se trate de personas ajenas a la
administración, estos solo tendrán derecho a voz, debiendo siempre la Comisión estar conformada por
mayoría simple de miembros a contrata.
La comisión revisará, las ofertas recepcionadas e inscritas en el Acta de Apertura y dará inicio al proceso de
evaluación Administrativa Técnica y Económica de las ofertas formuladas.
La Comisión de Evaluación, podrá ser asesorada por una Comisión Técnica compuesta por un máximo de 3
profesionales de las áreas correspondientes al proceso en análisis.
La comisión de Evaluación será presidida según el siguiente orden de prelación:
1. Jefe Abastecimiento.
2. Jefa Contratos.
3. Referente Técnico.
4. Responsable de Licitación.
La comisión podrá sesionar con un mínimo de 3 de sus integrantes en los días y horas citadas para los efectos
de evaluación. Las decisiones se tomarán conforme la metodología de evaluación indicada en el punto 8.3.
8.2. Examen de antecedentes
La Comisión de evaluación verificará los Antecedentes presentados por los oferentes e informará al director,
quien en virtud de lo dispuesto en el artículo 9 de la Ley Nº 19.886, podrá declarar, mediante resolución
fundada, inadmisible aquellas ofertas que no cumplan los requisitos establecidos en las bases.
El Hospital Clínico Metropolitano La Florida se reserva el derecho de declarar inadmisible las ofertas cuando
no cumplieren con los requisitos exigidos en las presentes Bases.
A su vez, el Hospital declarará desierta la licitación cuando no se presenten ofertas, o bien, cuando éstas no
resulten convenientes a sus intereses. En todos los casos, los oferentes no tendrán derecho a indemnización
alguna por estas circunstancias.
La decisión de inadmisibilidad o de declaración de desierta, se efectuará por resolución fundada, que será
publicada en www.mercadopublico.cl.
8.2.1.-Aclaración y complementación de antecedentes en FORO INVERSO de www.mercadopublico.cl
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El Hospital La Florida de conformidad con el artículo 40 inciso 1º del Decreto Nº 250 que aprueba el
reglamento de la Ley Nº 19.886, podrá solicitar a los oferentes aclaraciones o que salven errores u omisiones
formales, siempre y cuando las rectificaciones de dichos vicios u omisiones no les confieran a esos oferentes
una situación de privilegio respecto de los demás competidores, esto es, en tanto no se afecten los principios
de estricta sujeción a las bases y de igualdad de los oferentes, informándose debidamente dicha solicitud al
resto de los oferentes a través del Portal Mercado Público. El plazo que tendrán los oferentes, en este caso
para dar cumplimiento a lo solicitado por el mandante, no podrá ser superior a 24 o 48 horas, según defina el
Hospital, contadas desde la fecha de publicación de la solicitud por parte del Hospital.
Si la aclaración solicitada no se presenta dentro del plazo asignado, se asumirá que el requisito en duda no se
cumple y la oferta recibirá el puntaje correspondiente establecido en el criterio “cumplimiento de requisitos
formales”.
8.3. Metodología de evaluación
La evaluación se hará asignando puntuación según los rangos que se indican, a los aspectos que se detallan;
la oferta que logre la puntuación más alta será propuesta para adjudicación.
La evaluación de las propuestas será realizada por la Comisión de Evaluación conforme a los criterios de
evaluación, analizando los antecedentes admisibles aportados por los oferentes a través del Portal
www.mercadopublico.cl.
Se ponderarán los puntajes obtenidos, estableciéndose un ranking, del cual se seleccionará la oferta que
obtenga el mayor puntaje y que cumpla de mejor forma los intereses del Hospital.
Se elaborará el Acta de Evaluación según el análisis realizado para cada uno de los criterios evaluados.
8.3.1 Mecanismos de Evaluación:
La obtención de los puntajes de los requerimientos para cada evaluación podrá ser del tipo tabulación,
dicotómico o porcentual.
a) Mecanismo de Tabulación:
Para el caso de evaluación a través de tabulación, se asignará un puntaje por tramo, requisito o característica
indicada según orden de importancia, el resultado será ponderado según el porcentaje asignado al criterio.
b) Mecanismo Dicotómico:
Para el caso del puntaje dicotómico, el cumplimiento del requerimiento significará la obtención del puntaje
máximo y en caso contrario, el puntaje obtenido será cero.
c) Mecanismo Porcentual:
Para el caso del puntaje porcentual, este se obtendrá dependiendo de si se aplica el criterio del mayor valor
o menor valor, donde la fórmula de cálculo para cada caso es la siguiente:
c.1) Criterio Mayor Valor:
El oferente obtendrá el puntaje máximo del requisito evaluado toda vez que su valor ofertado sea igual al
mayor valor ofertado, del conjunto de las ofertas. Cada valor ofertado distinto al mayor valor ofertado, en
consecuencia, generará un puntaje menor para el requerimiento en evaluación.
c.2) Criterio Menor Valor :
El oferente obtendrá el puntaje máximo del requerimiento evaluado, toda vez que su valor ofertado sea igual
al menor valor ofertado, del conjunto de las ofertas. Cada valor ofertado distinto al menor valor ofertado, en
consecuencia, generará un puntaje menor para el requerimiento en evaluación.
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8.4.-Criterios de Evaluación
Se evaluará principalmente la seriedad, capacidad y aptitud de los oferentes para prestar el servicio requerido,
sin afectar los principios de igualdad de los mismos y con estricta sujeción a las bases, de acuerdo a las
ponderaciones que se señalan:
8.4.1 Cumplimiento de Requisitos Formales de las Ofertas (1%)
Se evaluará el cumplimiento formal de los requisitos administrativos, técnicos y económicos, a través del
mecanismo de Tabulación, asignándose el siguiente puntaje:
TRAMO, REQUISITO O CARACTERISTICA PUNTAJE
Presenta oferta con todos los documentos requisitos administrativos, técnicos, económicos
y anexos solicitados, en tiempo y forma. 100
Presenta oferta con todos los documentos, requisitos administrativos, técnicos, económicos
y anexos solicitados, pero se debe pedir subsanar o enmendar elementos de tipo
subsanables a través de foro inverso y proveedor corrige y/o subsana en tiempo y forma.
50
Presenta oferta con todos los documentos, requisitos administrativos, técnicos, económicos
y anexos solicitados, pero se debe pedir subsanar o enmendar elementos de tipo
subsanables a través de foro inverso y proveedor NO corrige o subsana en tiempo y forma.
0
8.4.2 Especificaciones Técnicas (20%)
El Anexo N° 03 contendrá los requisitos OBLIGATORIOS y los requisitos DESEABLES de la oferta Técnica de
cada proveedor.
Se evaluarán solo los requerimientos Deseables.
Requisitos Deseables (D): Considera los requisitos que son importantes, pero que, sin embargo, su
incumplimiento no afecta el funcionamiento del servicio. Se evaluarán en este criterio solo el cumplimiento
de los requisitos técnicos DESEABLES especificados en el Anexo Nº 03.
Se entenderá que no cumple el requisito técnico Deseable:
• Cuando no acompañe el Certificado que acredite el requisito técnico Deseable.
• También se entenderá que no cumple el requisito técnico deseable, si el Certificado que acredite dicho
requisito, contenga elementos de los considerados en estas bases como subsanables y se ha debido pedir al
oferente a través de foro inverso que subsane y/o enmiende y este NO subsanó y/o enmendó en el tiempo y
forma requerido.
Requisitos Obligatorios (O): Corresponden a los requisitos cuyo incumplimiento declaran a la oferta
inadmisible. Bajo esta categoría se incluyen los requisitos técnicos cuyo incumplimiento impide el
CRITERIOS
PONDERACIÓN
PUNTAJE
MÁXIMO
Cumplimientos de Requisitos Formales
1%
100
Especificaciones técnicas
20%
100
Experiencia del oferente 5% 100
Comportamiento contractual anterior 8% 100
Plazo de entrega de equipos y plazo de implementación 15% 100
Condiciones de empleo y remuneración 1% 100
Económico 50%
100
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funcionamiento requerido, no cumple con lo requerido por el Hospital o producen una falta a las normas de
seguridad vigente.
Las propuestas que no cumplan con alguno de los requisitos técnicos OBLIGATORIOS, serán declaradas
inadmisibles y no serán evaluadas.
Se entenderá que no cumplen los requisitos técnicos Obligatorios:
• Cuando no acompañe el documento, fotografía y/o certificado que acredite los requisitos técnicos
• También se entenderá que no cumple los requisitos técnicos Obligatorios, si el documento, fotografía y/o
certificado que acredite dicho requisito, contenga elementos de los considerados en estas bases como
subsanables y se ha debido pedir al oferente a través de foro inverso que subsane y/o enmiende y este NO
subsanó y/o enmendó en el tiempo y forma requerido.
Se evaluará a través del mecanismo de Mayor Valor respecto de la suma de puntajes obtenidos en la tabla
correspondiente a cada ítem, indicadas más abajo.
𝐶𝑟𝑖𝑡𝑒𝑟𝑖𝑜 𝑀𝑎𝑦𝑜𝑟 𝑉𝑎𝑙𝑜𝑟: (
𝑉𝑎𝑙𝑜𝑟 𝑂𝑓𝑒𝑟𝑡𝑎𝑑𝑜
𝑀𝑎𝑦𝑜𝑟 𝑉𝑎𝑙𝑜𝑟 𝑂𝑓𝑒𝑟𝑡𝑎𝑑𝑜) 𝑥 (𝑃𝑢𝑛𝑡𝑎𝑗𝑒 𝑑𝑒𝑙 𝑅𝑒𝑞𝑢𝑒𝑟𝑖𝑚𝑖𝑒𝑛𝑡𝑜)
Requisitos deseables
Pauta Evaluación de cumplimiento de requisitos deseables
CLASIFICACIÓN
DEL REQUISITO REQUERIMIENTO PUNTAJE
FORMA DE ACREDITAR
CERTIFICACIÓN Certificación ISO 9001 vigente 9 Certificado vigente
DESCRIPCIÓN
GENERAL DEL
SERVICIO
Contar con historial de cambios
realizados en macroscopía, microscopía y
diagnóstico 7
Ficha técnica y/o Catalogo
Registrar eventos adversos y/o centinelas
7
Ficha técnica y/o Catalogo
CARACTERÍSTICA
SUBPROCESO
MACROSCOPÍA
Que el sistema genere automáticamente
por defecto los portaobjetos de
hematoxilina-eosina para cada cassette
creado en macroscopía y quede
disponible en listas de trabajo del
laboratorio.
7
Ficha técnica y/o Catalogo
Que el usuario de macroscopía pueda
identificar quién asista durante el
proceso (Por ejemplo, que el patólogo
pueda identificar en sistema que fue
asistido por técnico paramédico
(NOMBRE APELLIDO). 7
Ficha técnica y/o Catalogo
Registro de rechazos o disconformidades
con texto libre para descripción de la no
conformidad o despliegue de lista de
posibilidades según indicaciones de APA.
7
Ficha técnica y/o Catalogo
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CARACTERÍSTICA
SUBPROCESO
LABORATORIO DE
HISTOPATOLOGÍA
Incorporar el registro de cassettes
incluidos por TM 7
Ficha técnica y/o Catalogo
Permitir el registro de cortes realizados
por TM 7
Ficha técnica y/o Catalogo
Deber permitir el registro de tecnicas
especiales HQ e IHQ por parte del TM y
su posterior entrega y recepción por el
Patólogo. 7
Ficha técnica y/o Catalogo
CARACTERÍSTICA
SUBPROCESO DE
MICROSCOÍA
Debe permitir que el médico patologo
solicite tecnicas especiales HQ e IHQ y
que se revise en modulo laboratorio
como lista de trabajo a realizar. 7
Ficha técnica y/o Catalogo
CARACTERÍSTICA
SUBPROCESO DE
DIAGNÓSTICO Y
CIERRE DE CASOS
Existir un botón que permita la
desvalidacion del informe para el
patólogo y que se autorice por el
Administrador, debe quedar registro de
esa trazabilidad. 7
Ficha técnica y/o Catalogo
CARACTERÍSTICA
SUBPROCESO DE
ARCHIVO
INCLUSIONES Y
LÁMINAS
Asignar posición para el material que se
ingrese en el archivo con registro en
sistema de la fecha de ingreso.
7
Ficha técnica y/o Catalogo
CARACTERÍSTICA
SUBPROCESO DE
RESERVA DE
MUESTRAS
Asignación de posición en archivo de
reserva en que se ubicará el frasco o
contenedor. 7
Ficha técnica y/o Catalogo
MIGRACIÓN Y/O
INTEGRACIÓN
Debe permitir la incorporación de audios,
pdf, imágenes y toda clase de archivos
asociados a los estudios realizados. 7
Ficha técnica y/o Catalogo
8.4.3 Experiencia del Oferente (5%)
Este criterio se evaluará a través del mecanismo de Tabulación, en base a lo siguiente:
Se medirá y acreditará la experiencia del oferente tanto en el sector público como en el privado, con la
evaluación de órdenes de Compra, según lo siguiente:
Experiencia en sector público: con la presentación de “Órdenes de Compra de Mercado Público aceptadas y
con recepción conforme” que hayan presentado los oferentes, adjuntas en la carpeta Técnica, estos
documentos deben indicar los clientes con los que tenga o haya tenido contratos del mismo rubro y
envergadura de los servicios requeridos en la presente licitación, emitidas en el portal de mercado público,
aceptadas por el oferente y donde conste expresamente su recepción conforme, que acreditan la experiencia
del proveedor en la venta de los bienes y/o servicios requeridos.
Experiencia en Sector Privado: con la presentación de “Órdenes de Compra con su correspondiente factura”
que hayan presentado los oferentes, adjuntas en la carpeta Técnica, estos documentos deben indicar los
clientes con los que tenga o haya tenido contratos del mismo rubro y envergadura del servicio requerido en
la presente licitación.
Para ambos tipos de experiencia se considerarán del mismo rubro, las Ordenes de compras de MP y las
Ordenes de compras con sus respectivas facturas, referidas a la venta del mismo servicio requerido en esta
adquisición y se considerará de la misma envergadura cuando dichos contratos se hayan celebrado con
organismos de salud clínicas u hospitales con urgencias, hospitalizados y unidades de ambulatorio a lo menos.
Si no concurren estas dos condiciones en conjunto, las Orden de Compra de Mercado Público o las Ordenes
de compras con sus facturas, no serán consideradas como antecedente para la Evaluación.
Las órdenes de compra tanto de mercado público como del sector privado, deberán presentarse una por cada
cliente. Si presenta más de una orden de compra emitida por la misma Institución Pública o Privada, solo será
considerada la Orden de Compra de fecha más actual.
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El Hospital se encontrará facultado para confirmar los antecedentes entregados revisando el portal mercado
público y SII de ser necesario, contactando a las respectivas Instituciones y empresas que hayan emitido dichas
órdenes.
En consecuencia, los antecedentes y clientes del oferente, que no puedan ser acreditados o confirmados a
través de la presentación y revisión de estas Órdenes de Compra de Mercado Público que no cuenten con
Recepción conforme, o las Órdenes de compra de sector privado que no se presenten junto a su
correspondiente factura, se entenderán como no presentadas, para efectos de la evaluación.
Para la Evaluación se considerará sólo la presentación hasta un máximo de 6 órdenes de compra de clientes
distintos que hayan adquirido los mismos servicios en los últimos 24 Meses desde la publicación de esta
Licitación.
Si el oferente presenta más de 6 órdenes de compra, solo se considerarán las 6 órdenes de compra donde
consten las contrataciones de fechas más recientes.
REQUERIMIENTO PUNTAJE
Presenta órdenes de compra de 6 clientes 100
Presenta órdenes de compra de 5 clientes 80
Presenta órdenes de compra de 4 clientes 60
Presenta órdenes de compra de 3 clientes 40
Presenta órdenes de compra de 2 clientes 20
Presenta órdenes de compra de 1 clientes 10
No presenta órdenes de compra 0
8.4.4 Comportamiento Contractual Anterior (8%)
Este Factor se evaluará a través del mecanismo de Tabulación, en base a lo siguiente:
Se medirá el comportamiento contractual anterior del oferente con la evaluación del documento Anexo N°05,
“Certificado Comportamiento Contractual Anterior”, suscrito por clientes con los que tenga o haya tenido
contratos del mismo rubro y envergadura de los servicios requeridos en la presente licitación que declaren la
conducta intachable del oferente sin multas, sanciones ni termino anticipado de contrato.
Para estos efectos se considerarán del mismo rubro, contratos referidos a la venta de los mismos servicios
requeridos en esta adquisición y se considerará de la misma envergadura cuando los contratos se hayan
celebrado con instituciones pertenecientes al sector de salud público o privado, con unidades de urgencia,
hospitalizado y ambulatorio. Si no concurren estas dos condiciones en conjunto, el certificado no será
considerado en la Evaluación.
Los Certificados de Comportamiento Contractual Anterior, deberán presentarse firmados por un
representante de la entidad pública, identificado en el mismo como tal y con el timbre de la Institución que
adquirió el producto.
El Hospital se encontrará facultado para confirmar los antecedentes entregados, contactando a las respectivas
Instituciones que hayan otorgado dichas certificaciones.
En consecuencia, los antecedentes y clientes del oferente, que no puedan ser acreditados o confirmados a
través de la presentación y revisión de estos certificados, se entenderán como no presentados, para efectos
de la evaluación.
Para la Evaluación se considerará sólo la presentación hasta un máximo de 6 certificados de clientes distintos,
que hayan adquirido los servicios en los últimos 24 Meses desde la publicación de esta Licitación.
Si el oferente presenta más de 6 certificados, solo se considerarán los 6 certificados donde consten las
contrataciones de fechas más recientes.
Estos certificados deben adjuntarse en la carpeta técnica con el nombre: “Anexo N°05 Certificado
Comportamiento Contractual Anterior”.
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REQUERIMIENTO PUNTAJE
Presenta Certificados de 6 clientes 100
Presenta Certificados de 5 clientes 80
Presenta Certificados de 4 clientes 60
Presenta Certificados de 3 clientes 40
Presenta Certificados de 2 clientes 20
Presenta Certificados de 1 clientes 10
No presenta certificados o
estos no pueden ser corroborados con la entidad emisora
0
8.4.5 Plazo de entrega de equipos y plazo de implementación (15%)
Este criterio de evaluación se obtendrá de la sumatoria del Plazo de entrega de equipos y Plazo de
Implementación, y se evaluará con el mecanismo Porcentual del Menor Valor, según lo ofertado en Anexo N°
4 y lo siguiente:
REQUERIMIENTO PUNTAJE MÁXIMO
Plazo de entrega de equipos + Plazo de
implementación según lo ofertado en Anexo 04 100
Plazo ofertado = Plazo de entrega de equipos + plazo de implementación.
El proponente debe informar el plazo que tardará en entregar los equipos en comodato y el plazo de
implementación del servicio en su Anexo Nº 04.
El plazo de entrega de equipos en comodato considera el tiempo ofertado por el proveedor para entregar los
equipos en comodato desde el momento de contratación hasta recepción conforme por parte del Referente
Técnico.
El plazo de implementación y puesta en marcha considera la instalación de servidores, configuración y
parametrización del aplicativo, desarrollo y prueba de integraciones con el Registro Clínico Electrónico,
proceso de migración, inicio de funcionamiento del software en las distintas unidades y la capacitación al
personal involucrado del hospital. Todo esto, sujeto a recepción conforme por parte del Referente Técnico.
El plazo de implementación empezará a correr desde la recepción conforme de la entrega física de los equipos
y previa coordinación con el Referente técnico administrador del contrato.
El plazo de entrega de equipos y el plazo de implementación se deberán expresar en días corridos. Si el
proveedor señala en su oferta días hábiles, su oferta será declarada inadmisible.
Si el proveedor no señala expresamente en su oferta si son días hábiles o corridos, se entenderán que son días
corridos, para todo efecto.
Se establece que el límite base para ofertar es de un 1 día corrido (es decir tiempo mínimo), cualquier otro
inferior se considerará con igual puntaje a dicho límite de referencia. Es decir, se debe ofertar desde 1 día en
adelante. En caso de presentar un rango de días, se evaluará basándose en el mayor periodo de tiempo
especificado (a modo de ejemplo: si oferta señala plazo de inicio entre 2 a 5 días, se evaluará como si se
hubiera ofertado 5).
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LA SUMATORIA ENTRE EL PLAZO DE ENTREGA DE EQUIPOS Y PLAZO DE IMPLEMENTACIÓN, NO PUEDE SER
SUPERIOR A 90 DÍAS CORRIDOS. SI EL PROVEEDOR OFERTA UN PLAZO DE ENTREGA DE EQUIPOS Y PLAZO
DE IMPLEMENTACIÓN, DONDE LA SUMATORIA RESULTE MAYOR A 90 DÍAS CORRIDOS, SU OFERTA SERÁ
DECLARADA INADMISIBLE. LO ANTERIOR, SIN PERJUICIO DE QUE SE EFECTUARÁ LA REVISIÓN DE LA
TOTALIDAD DE LOS ANTECEDENTES CONTENIDOS EN LA OFERTA, DE ACUERDO AL ARTÍCULO 9 DE LA LEY N°
19.886.
8.4.6 Condiciones de empleo y remuneración (1%)
Este criterio corresponde a las mejores condiciones laborales para el personal del oferente, situación
debidamente acreditada. El mecanismo de tabulación será resultado de la sumatoria de los puntajes
obtenidos por el oferente, según la información presentada y acreditada en anexo N° 08 de su oferta y según
la siguiente tabla:
Condiciones de Empleo y Remuneración Puntaje
Políticas de capacitación continua 20
Contratación personas con discapacidad 20
Seguro salud 10
Bono Escolaridad 10
Bono Fiestas Patrias 10
Bono Navidad 10
Políticas de Reajustabilidad remuneraciones 10
Contratación de personas adulto mayor 10
8.4.7 Evaluación Económica (50%)
El criterio Económico se evaluará según el valor ofertado en el Anexo N° 07 “Carta Oferta”, utilizándose la
fórmula “Menor Precio”.
Formula de Evaluación:
𝑀𝑒𝑛𝑜𝑟 𝑃𝑟𝑒𝑐𝑖𝑜: (
𝑀𝑒𝑛𝑜𝑟 𝑃𝑟𝑒𝑐𝑖𝑜 𝑂𝑓𝑒𝑟𝑡𝑎𝑑𝑜
𝑃𝑟𝑒𝑐𝑖𝑜 𝑂𝑓𝑒𝑟𝑡𝑎𝑑𝑜 ) 𝑥 100
El valor ofertado deberá ajustarse al monto de gasto total para esta Licitación.
Se establece expresamente que si la oferta del proveedor es de $1 en Mercado Público, su oferta será
declarada inadmisible.
8.5.- Situación de Empate:
REQUERIMIENTO PUNTAJE
MAXIMO
Mejores Condiciones de empleo y remuneración
debidamente acreditadas, Anexo Nº 08
100
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En caso de que dos o más ofertas obtengan igual puntaje total, se resolverá el empate según los siguientes
criterios:
a) Se seleccionará aquella oferta que presente el puntaje más alto en el criterio Especificaciones Técnicas.
b) Si subsistiese el empate, se seleccionará aquella oferta que presente el mejor puntaje en el criterio plazo
de implementación y puesta en marcha.
c) Si subsistiese el empate, se seleccionará aquella oferta que presente el mejor puntaje en el criterio
Comportamiento Contractual anterior.
d) Si subsistiese el empate, se seleccionará aquella oferta que presente el mejor puntaje en el Criterio
Económico.
e) Si subsistiese el empate, se seleccionará aquella oferta que presente el mejor puntaje en el criterio
Experiencia del oferente.
f) Si subsistiese el empate, se seleccionará aquella oferta que presente el mejor puntaje en el criterio
Condiciones de empleo y remuneración.
g) Si subsistiese el empate, se seleccionará aquella oferta que presente el mejor puntaje en el criterio
Cumplimiento de requisitos formales.
h) Si subsistiese el empate, se seleccionará aquella oferta que fuese ingresada primero, según la fecha y hora
en el portal Mercado Publico.
8.6.- Acta de Evaluación
La Comisión de Evaluación elaborará el "Informe o Acta Final de Evaluación" el cual contendrá:
• La identificación de los integrantes de la Comisión de Evaluación que asistieron a evaluar.
• La identificación de los asesores expertos invitados a la Evaluación, si es que existieron.
• La identificación de las ofertas que no cumplieron alguno de los requerimientos obligatorios de bases,
siendo rechazadas sus ofertas en la apertura, quedando por lo tanto fuera de evaluación y aquellas que
fueron evaluadas pero se determinó de igual manera que no cumplieron alguno de los requerimientos
obligatorios de bases, por tanto se deben proponer junto a las rechazadas, para ser declaradas
inadmisibles por la autoridad y la información detallada sobre cuál o cuáles requerimientos no fueron
cumplidos por todas estas ofertas.
• Un cuadro comparativo de las propuestas con las respectivas puntuaciones parciales obtenidas en cada
uno de los criterios de evaluación, así como también un resumen de la Evaluación realizada con
especificación del puntaje final.
• Un análisis final de evaluación y/o las observaciones, si proceden.
• Cuando no se hayan presentado ofertas, la constancia de esta situación para declarar Desierto el proceso.
• Los fundamentos de declarar desierto el proceso en base a ofertas presentadas y evaluadas que no
resulten convenientes para los intereses del establecimiento, cuando proceda.
• La recomendación o propuesta final, a la autoridad competente, de adjudicación del oferente mejor
evaluado o de declarar desierto el proceso, según sea el caso, fundada en razones objetivas y no
discriminatorias.
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9.- DE LA ADJUDICACIÓN DE PROPUESTA |
9.1 Criterios de Adjudicación
La adjudicación se hará por el Servicio requerido en estas bases.
Se adjudicará a aquel proponente cuya oferta haya sido evaluada como la más ventajosa para los intereses de
la institución, considerando los criterios de evaluación establecidos en las presentes Bases y conforme las
facultades y prerrogativas establecidas en la normativa sobre contratos administrativos de suministro y
prestación de servicios.
9.2.- Comunicación de la Adjudicación
El Hospital Clínico Metropolitano La Florida adjudicará la oferta mediante acto administrativo, el cual tendrá
plena vigencia una vez que se encuentre totalmente tramitado y notificado al adjudicatario y al resto de los
oferentes a través de www.mercadopublico.cl. En dicho acto administrativo, se especificarán los criterios de
evaluación aplicados, de acuerdo a lo establecido en las presentes Bases.
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Si no se adjudicase en el plazo indicado en el punto 5.4 de estas Bases, se avisará a través del Portal las razones
de ello, indicando un nuevo plazo para la adjudicación o la decisión de declarar desierto.
9.3.- Peticiones o Reclamos del Proponente Adjudicado
Adjudicada la propuesta, no podrá el proponente formular petición o reclamo de ninguna especie fundado en
el desconocimiento de estas Bases Administrativas, de las Bases Técnicas y los anexos y sus modificaciones;
las cuales se entienden plenamente conocidas y aceptadas por el solo hecho de presentación de su oferta.
9.4.- De la Readjudicación
El Hospital Clínico Metropolitano La Florida podrá readjudicar la licitación al oferente que siga en orden de
prelación de acuerdo con el puntaje total obtenido, dejando sin efecto la adjudicación previa, en los siguientes
casos:
1.-Si el adjudicatario desiste de su oferta.
2.-Si el adjudicatario se desiste de firmar el contrato.
3.-Si el adjudicatario no entrega garantía de fiel y oportuno cumplimiento o cualquier otro documento
solicitado para la firma del contrato en tiempo y forma.
4.-Si el adjudicatario es inhábil para contratar con el estado en los términos del artículo cuarto, incisos 1° y 6°
de la Ley 19.886, o según lo establecido en el inciso segundo del artículo 26, letra d), del DFL N° 1, de 2004,
del Ministerio de Economía, Fomento y Reconstrucción sobre condena establecida por el Tribunal de Defensa
de la Libre Competencia, o lo dispuesto en la Ley N° 20.393 Sobre Responsabilidad Penal de Personas Jurídicas
condenadas por delitos de Cohecho , Lavado de Activos y Financiamiento al Terrorismo o no proporciona los
documentos que sean requeridos para verificar dicha condición o le sobreviene una inhabilidad.
El Hospital podrá elegir si adjudica a la segunda oferta mejor evaluada o deserta el proceso, para efectuar un
nuevo llamado a licitación, emitiéndose para cada caso la respectiva resolución.
9.5.- Revocación de la Licitación
Si se ha detectado una ilegalidad en y durante el proceso o aconteciere durante su tramitación un hecho
considerado como Imprevisto, Caso Fortuito o Fuerza mayor, que haga imposible e improcedente adjudicar
la Licitación, en virtud de la falta de oportunidad o el interés público, el Hospital Clínico Metropolitano La
Florida, podrá realizar la revocación de esta, previo acto administrativo que justifique tal situación, sin
perjuicio de otras causales específicas de las normas especiales vigentes, aplicables a los actos del Estado.
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10.- DEL CONTRATO |
De acuerdo a lo estipulado en el Artículo 63° del Reglamento de la ley N° 19.886 aprobado por el decreto Nº
250/2004 del Ministerio de Hacienda, la formalización del contrato en este proceso se llevará a cabo según lo
siguiente:
a) La firma de un contrato escrito será obligatoria en esta adquisición para los oferentes que
adjudiquen un monto total igual o mayor a 100 UTM, ya sea por la adjudicación de una o varias
líneas.
b) Para los oferentes que adjudiquen un monto entre 50 y 99 UTM, su contratación se formalizará a
través de la emisión y aceptación de la correspondiente Orden de Compra, más la presentación de
la Garantía de Fiel Cumplimiento de Contrato, de acuerdo a lo estipulado en el punto 10.8 de estas
Bases.
c) Para los oferentes que adjudiquen montos inferiores a 50 UTM, su contratación se formalizará a
través de la emisión y aceptación de la correspondiente Orden de Compra.
10.1.- Entrega de Documentación y Antecedentes para Suscribir el Contrato
El adjudicatario deberá hacer llegar toda la documentación necesaria para la suscripción definitiva de su
contrato y/o la correspondiente emisión de la Orden de Compra, según corresponda, a la Unidad de Contratos
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de Abastecimiento del Hospital, dentro de los 5 días hábiles siguientes a la adjudicación y según el siguiente
detalle:
• Garantía de Fiel y oportuno cumplimiento: Solo el proveedor adjudicado cuyo contrato sea igual o superior
a 50 UTM debe presentar garantía o caución para asegurar el fiel y oportuno cumplimiento de contrato según
monto y glosa, de acuerdo a lo establecido en numeral 10 de las presentes Bases.
• Acreditación poderes del representante legal: El proveedor adjudicado en el caso que fuera persona jurídica,
deberá acreditar la vigencia de los poderes del representante legal a través de certificado de vigencia de
poderes emitido por el Registro de Comercio o por la institución que corresponda, de data no superior a 3
meses contados desde la fecha en que deba suscribir el contrato escrito.
• Declaraciones juradas: El oferente adjudicado, deberá presentar las siguientes declaraciones juradas:
a) Anexo N°02 Declaración Jurada Simple: en formato físico firmada por el representante legal de la empresa
o la persona natural, según corresponda, en la cual se consigna que no se encuentra unido por los vínculos de
parentesco descritos en la letra B) del artículo 54 de la ley 18.575, que no se encuentra afecto a las
inhabilidades establecidas en el artículo 4° de la ley Nº19.886, y que tratándose de personas jurídicas, además,
no ha sido condenado a pena de prohibición de celebrar actos y contratos con Organismos del Estado, de
conformidad con la ley Nº20.393. Si se trata de una Unión Temporal de Proveedores, cada uno de los
integrantes deberá presentar su Declaración Jurada de forma Individual.
b) Si el contrato es igual o superior a 1000 UTM y el adjudicado es una unión temporal de proveedores: Los
oferentes adjudicados que se unan de esta forma, deberán presentar la Escritura Pública que materialice la
unión temporal de proveedores. Dicho documento deberá establecer la solidaridad entre las miembros de la
unión temporal de proveedores y el nombramiento de un representante o apoderado común con poderes
suficientes, además de tener una vigencia que no podrá ser inferior a la vigencia del contrato que se adjudica
mediante el proceso licitatorio, incluyendo las renovaciones del mismo si existiesen, conforme a lo regulado
en el art. 67 bis, del Reglamento de la ley N°19.886 aprobado por el decreto Nº 250/2004 del Ministerio de
Hacienda
• Cumplimiento de obligaciones laborales y previsionales: El proponente adjudicado deberá presentar un
certificado en que se acredite el cumplimiento de las obligaciones laborales y cotizaciones previsionales por
parte del proveedor adjudicado para con sus trabajadores, éste deberá ser emitido por la Inspección del
Trabajo o por empresas autorizadas para extender este tipo de certificados. En caso de que el certificado
arroje deudas o saldos insolutos de remuneraciones o cotizaciones previsionales, los primeros estados de
pago producto del contrato licitado deberán ser destinados al pago de dichas obligaciones, debiendo el
oferente adjudicado acreditar que la totalidad de las obligaciones se encuentran liquidadas al cumplirse la
mitad del período de ejecución del contrato.
El incumplimiento de esta obligación, como, asimismo, la falta de presentación de dicho certificado habilitará
al Hospital, para poner término al contrato y podrá llamar a una nueva licitación, sin que el oferente
adjudicado pueda participar en este nuevo proceso.
10.2. - Inscripción en el Registro Electrónico Oficial de Proveedores Del Estado.
El proveedor al momento de adjudicar y contratar deberá estar inscrito en el registro nacional
www.chileproveedores.cl. Si al momento de adjudicar el proveedor no se encuentra inscrito en este registro,
tendrá un plazo excepcional de 10 días hábiles contados desde la notificación de la adjudicación para
inscribirse, sin perjuicio de lo anterior, deberá hacer entrega de todos los demás antecedentes según lo
dispuesto en párrafo primero del numeral 10.1
La no inscripción en Chileproveedores o la no entrega de cualquiera de los documentos y antecedentes ya
señalados, configurará causal suficiente para dejar sin efecto la resolución de adjudicación respectiva. En tal
caso se procederá al cobro de la garantía de seriedad de la oferta correspondiente pudiendo el Hospital
readjudicar al 2º mejor oferente evaluado, el que deberá acreditar las mismas exigencias de los párrafos
anteriores, o bien, declarar desierta la licitación, cuando la 2da mejor oferta evaluada no resulte conveniente
a sus intereses, en conformidad al artículo Nº 9 de la Ley N° 19.886.
Será responsabilidad del adjudicatario cumplir en tiempo y forma, con todas las exigencias antes descritas.
10.3 Suscripción Del Contrato Y Aceptación De La Orden De Compra:
10.3.a Firma de contrato: Una vez adjudicada la Licitación, cuando proceda, se hará llegar al adjudicatario el
documento de contrato vía correo electrónico, al correo informado por el proveedor en el Anexo N°01 de su
oferta. El oferente adjudicado estará obligado a firmar y devolver contrato firmado en 3 copias en formato
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físico, en sobre cerrado a nombre de Unidad de Contratos del Hospital La Florida, indicándose la siguiente
referencia “CONTRATO ID 812261-XX-LQ23 (donde XX, se debe reemplazar por el número de la licitación).
El sobre deberá ser entregado en Unidad de Contratos ubicada en dependencias del Departamento de
Comercialización del Hospital, dentro del plazo estipulado en el numeral 5.4. de las bases.
10.3.b Resolución que aprueba contrato: Una vez firmado y devuelto el contrato por el proveedor, se
procederá a firmar por la autoridad competente del Hospital y se dictará la correspondiente Resolución que
aprueba dicho contrato.
10.3.c Emisión de Orden de compra: se emitirá orden de compra por mes vencido, a través del sistema de
información www.mercadopublico.cl.
Si el adjudicado es una Unión Temporal de proveedores se podrá excepcionalmente solicitar por su
representante, que las ordenes de compras sean emitidas a nombre de cada profesional especialista que
conforman dicha UTP, de forma individual y según el valor que corresponda proporcionalmente a los servicios
prestados por cada uno. Esta solicitud deberá hacerse de manera formal dirigida a Jefe de Unidad de Contratos
a través de correo electrónico y debe ser aprobada por la autoridad competente del Hospital.
En los casos que proceda la suscripción de contrato escrito, la orden de compra se podrá emitir antes de la
completa tramitación de la Resolución que aprueba el Contrato, por razones excepcional de buen servicio. Sin
perjuicio de que esta, debe encontrarse totalmente tramitada al momento de pagar dicha Orden de compra.
10.3.d Aceptación de la Orden de compra por el proveedor: El proveedor deberá aceptar la Orden de compra
en el plazo de 24 horas desde su publicación en el sistema de información www.mercadopublico.cl. Vencidas
las 24 horas sin respuesta en el portal, se entenderá que la Orden de compra ha sido aceptada tácitamente
por el proveedor, comenzando a correr los plazos de entrega y cumplimiento de todas las obligaciones del
contrato.
Todo, sin perjuicio, de que, para el pago de factura, esta Orden de compra deberá encontrarse aceptada
expresamente en el sistema de información y con recepción Conforme, aceptación y recepción, sin la cual el
pago no se llevará a cabo. El proveedor no podrá imponer un monto mínimo de despacho para aceptar la
Orden de Compra.
10.4.- Contenido del Contrato.
El contrato contendrá todas y cada una de las cláusulas necesarias para su efectivo cumplimiento, especificará
el objeto, precio, modalidad de pago, entre otras.
Se comprende dentro del objeto de la obligación del Oferente adjudicado, todo lo señalado en su oferta.
El incumplimiento de lo ofertado será considerado incumplimiento grave de las obligaciones contraídas en el
contrato y podrá dar origen a su término y al cobro de la respectiva garantía, sin perjuicio de las acciones
legales correspondientes que pueda ejercer el servicio.
Las cláusulas del respectivo contrato serán aplicables tanto a las obligaciones principales, como las
obligaciones accesorias y complementarias y se cumplirán del modo natural que a ellas correspondieren.
El Oferente adjudicado será empleador único y exclusivo de su personal y por lo tanto, directamente
responsable ante las autoridades administrativas y del trabajo, Tribunales de Justicia, organismos
previsionales, y en general ante cualquier tercero, del cumplimiento fiel y oportuno de todas las obligaciones
laborales y previsionales que le correspondan en dicha calidad y en general de todas y cada una de las
obligaciones que nacen del contrato de trabajo, y de aquellas establecidas por el Código del Trabajo. No
existiendo vínculo laboral alguno entre el Hospital y el Oferente adjudicado ni con sus trabajadores. El Hospital
podrá requerir en todo momento, información relativa al cumplimento de las obligaciones laborales y
previsionales que le asisten al empleador respecto de sus trabajadores, y especialmente respecto de aquellos
que estén involucrados directa o indirectamente en las prestaciones de que trata la presente licitación y el
respectivo contrato.
10.5.- Vigencia y Duración del Contrato
El contrato que se celebre comenzará a regir a contar de la total tramitación del acto administrativo que lo
apruebe, o desde la aceptación de la respectiva Orden de Compra, según corresponda, salvo en aquellos
casos en los cuales, por razones de buen servicio, y mediante resolución fundada, las prestaciones contenidas
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en el contrato escrito, deban iniciarse desde el momento de su suscripción, sin perjuicio, de que no proceda
pago alguno antes de la total tramitación del acto administrativo que lo aprueba.
La duración del contrato será de 36 meses o hasta que se alcance el gasto total máximo adjudicado, lo que
ocurra primero.
Lo anterior debido al impacto de implementar estos servicios en distintas unidades y procesos transversales
del hospital, evitando así, afectar actividades esenciales de forma prolongada.
10.6.- Renovación del Contrato
En vista de las condiciones establecidas en las presentes bases de licitación, no procede la renovación para
este proceso.
10.7.- Modificación Del Contrato
Mediante Resolución fundada, el HLF podrá modificar el contrato en cualquiera de las situaciones que se
señalan a continuación:
a) Mutuo acuerdo entre los contratantes, sin que pueda alterarse la aplicación de los principios de estricta
sujeción a las bases y de igualdad de los oferentes, ni que pueda aumentarse el monto del contrato más allá
del 30% del monto originalmente pactado.
b) Si así lo exigiera el interés público o la seguridad nacional.
c) Las demás causales establecidas en el artículo 77 del reglamento de la Ley 19.886.
10.8.- Garantía de Fiel y Oportuno Cumplimiento del Contrato
Junto a la firma del Contrato y para cautelar el cumplimiento de la correcta ejecución de este, el adjudicatario
deberá entregar una caución o garantía, siendo de su exclusiva responsabilidad que dicha caución o garantía sea
presentada conforme a las especificaciones que a continuación se indican.
Tipo de
Documento
Podrán ser presentados como documentos de caución, boletas de garantía, vale
vistas, certificados de fianza, póliza de garantía o cualquier otro documento que
cumpla con los siguientes requisitos
• Sea pagadero a la vista
• no sujeto a modalidad
• irrevocable
• Emitida a favor de Entidad Pública
Monto 10% de monto total adjudicado con IVA incluido en pesos
Beneficiario Hospital Clínico Metropolitano La Florida; Rut: 65.075.485-9
Vigencia 36 meses más 120 días hábiles, a contar de la adjudicación.
Glosa Garantizar el Fiel y Oportuno Cumplimiento del Contrato y las obligaciones laborales
del “SERVICIO DE SOFTWARE Y EQUIPOS EN COMODATO PARA ANATOMÍA
PATOLÓGICA DEL HOSPITAL LA FLORIDA” ID 812261-XX-LQ23(donde se señala XX
reemplazar por el número de la Licitación)
Forma y
oportunidad de
Entrega Física
El oferente o su representante deberá entregar físicamente la garantía en secretaría
de Comercialización ubicada en dependencias del Hospital La Florida (primer piso),
Avenida Froilán Roa 6542, en horario de lunes a viernes, de 08:30 a 13:00 y de 14:30
a 16:00 horas, dentro de los 10 días hábiles desde la adjudicación.
La garantía debe entregarse en sobre cerrado dirigido a la Unidad de Contratos del
Hospital La Florida, señalando en el sobre lo siguiente:
GARANTIA DE FIEL OPORTUNO CUMPLIMIENTO ID: 812261-XX-LQ23 (donde
se señala XX, se debe reemplazar por el número de la licitación)
IDENTIFICACION DEL OFERENTE
El oferente que necesite respaldar la entrega de su garantía deberá acompañar una
fotocopia del sobre que entrega. Esta fotocopia será timbrada por profesional,
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indicando la fecha de su recepción y solo si se comprueba que el documento físico
viene en su interior.
Sin perjuicio de lo señalado anteriormente, la revisión del documento y cumplimiento
de requisitos formales, solo se verificará por la Unidad de Contratos.
En caso de presentarse una Garantía en Formato Electrónico, deberán ser enviadas al
correo: garantiahlf@redsalud.gov.cl, antes del del vencimiento del plazo de 10 días
hábiles desde la adjudicación, indicando en el asunto del correo el ID de la Licitación
y el nombre del Oferente.
De no presentar dicha garantía en forma, lugar, día y hora señalados, la oferta
adjudicada se entenderá desistida. Esto último, sin perjuicio de las garantías en
formato electrónico que, además, deben ajustarse a las disposiciones de la Ley
N°19.799 sobre documentos electrónicos, firma electrónica y servicios de
certificación de dicha firma, que deberán acompañarse conjuntamente con la oferta.
En el caso de que la garantía entregada contenga errores, se solicitará corregir dentro
de los 5 días hábiles siguientes, so pena de no firmarse el contrato respectivo.
La no entrega de esta Garantía de Fiel y Oportuno Cumplimiento, dará lugar al cobro
de la Garantía de Seriedad de la Oferta (si se ha solicitado en el proceso licitatorio) y
el Hospital podrá readjudicar la Licitación o declarar Desierto el proceso.
La garantía podrá ser tomada por el oferente o por un tercero a nombre de él.
Custodia Las garantías serán custodiadas por la Unidad de Tesorería del Hospital.
Se hace presente que en el edificio ubicado en Avenida Froilán Roa 6542, funcionan distintas unidades del
Hospital, por lo que será de exclusiva responsabilidad del proveedor entregar correctamente la garantía, en
caso de que se entregue en un lugar distinto del indicado precedentemente, se tendrá por no presentado
el documento.
En caso de que el Hospital determine necesario aumentar el contrato, el adjudicatario deberá renovar la
garantía de fiel y oportuno cumplimiento, conforme al nuevo plazo y monto que se estime para estos efectos.
La garantía original será devuelta una vez que se haya entregado la nueva garantía.
10.9.- Devolución y Cobro de la Garantía de Fiel y Oportuno Cumplimiento del Contrato.
La garantía de fiel y oportuno cumplimiento del contrato se podrá hacer efectiva, en caso de incumplimiento
por parte del proveedor de cualquiera de las obligaciones del Contrato, sin perjuicio de las multas que
corresponda aplicar.
Para el cobro de la Garantía de Fiel y Oportuno Cumplimiento, se aplicará el mismo procedimiento utilizado
para el cobro de multas, según lo establecido en estas Bases de Licitación. La devolución de la garantía de fiel
y oportuno cumplimiento del contrato se efectuará dentro del plazo de 10 días hábiles contado desde el
término del contrato, y/ o una vez acreditado que se han cumplido todas las obligaciones de dicho contrato,
mediante Certificación de Conformidad, suscrito por el Jefe de la Unidad de Contratos o quien lo subrogue,
para tal efecto, al término del convenio.
Un representante de la empresa debidamente individualizado con poder especial ante notario podrá solicitar
la devolución ante el Responsable de Contrato de la Unidad de Contratos del Hospital, caso en el que se
comunicará a la Unidad de Tesorería. En caso que el Hospital determine necesario aumentar el contrato, el
adjudicatario deberá entregar una nueva garantía.
10.10.- Resciliación Del Contrato por Mutuo Acuerdo.
Las partes podrán poner término al contrato de común acuerdo, en forma anticipada, suscribiendo el
documento respectivo.
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10.11.- Prohibición de Cesión
El proveedor no podrá ceder ni transferir en forma alguna, total ni parcialmente los derechos y obligaciones
que nacen del desarrollo de la presente licitación, y en especial los establecidos en el contrato definitivo, salvo
que una norma legal especial permita la cesión de derechos y obligaciones.
Lo anterior, es sin perjuicio que los documentos justificativos de los créditos que emanen de estos contratos
podrán transferirse de acuerdo a las normas del derecho común.
10.12.- Subcontratación
Queda prohibida la subcontratación de los servicios contratados.
10.13.-Reajustabilidad de los Precios
El precio adjudicado no se reajustará durante la vigencia del contrato.
10.14.- Solución de controversias.
Las diferencias que se puedan originar entre el Oferente Adjudicado y el Hospital serán dirimidas por los
Tribunales Ordinarios de Justicia de Santiago, sin perjuicio de las atribuciones que competen al Tribunal de
Contratación Pública y a la Contraloría General de la República.
10.15.- Reserva de información.
El Oferente adjudicado queda especialmente obligado a resguardar la reserva y confidencialidad de toda la
información que el Hospital le proporcione directa o indirectamente, o a la información que tenga acceso, con
ocasión de la ejecución del servicio que se contrate. En caso de que, el Oferente adjudicado infringiere alguna
de las obligaciones establecidas en esta cláusula, será responsable de todo daño o agravio que ello pueda
producir al Hospital o a terceras personas.
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11. DE LA ENTREGA E IMPLEMENTACIÓN |
11.1 De la entrega de equipos
El plazo de entrega de equipos será ofertado por el proponente en Anexo N° 04, dicho plazo comenzará a
partir desde la fecha la contratación.
Para realizar la entrega se deberá coordinar con el Referente Técnico del Hospital a cargo de esta contratación
y realizar la gestión de la documentación adecuada.
En dicha oportunidad el proveedor deberá entregar los implementos y accesorios necesarios para la utilización
del equipamiento.
En caso que lo entregado no posea las características o no haga cumplimiento de lo requerido, los equipos
serán devueltos, debiendo el adjudicatario realizar una nueva entrega, dentro de un plazo máximo de 48
horas. En caso que no dé cumplimiento a lo antes indicado se aplicará la multa indicada en el punto 12.3 de
las bases administrativas.
11.2 De la implementación
El plazo de implementación será ofertado por el proponente en Anexo N° 04, dicho plazo comenzará a partir
desde la fecha de recepción conforme de la entrega de los equipos en el hospital.
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12.- SANCIONES POR INCUMPLIMIENTO DE CONTRATO |
12.1.- Término Anticipado Del Contrato
El Hospital podrá, previa calificación de las circunstancias y emisión de resolución fundada de su director,
poner administrativamente término al contrato, en forma anticipada, unilateral e inmediata, en caso de
incumplimiento del contrato celebrado, considerándose como causales de dicho término, las indicadas en el
artículo Nº 13 de la Ley Nº 19.886, en el artículo Nº 77 del Decreto Nº 250 de 2004 que contiene el Reglamento
de la Ley N° 19.886, además de las siguientes causales específicas:
a) La aplicación de dos o más multas dentro un plazo de tres (3) meses, durante la vigencia del contrato,
cualquiera sea su fuente, de las enumeradas en el punto 12.3, o por la acumulación de multas cuyo monto
total sea igual o superior al 30% del monto del contrato.
b) Evaluación Técnica deficiente del proveedor emitida por el Hospital. Según lo señalado en el número 12.1.1
de las bases administrativas.
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c) Cambio o modificación unilateral del precio ofertado, del servicio, condiciones de su oferta, calidad, u otra
condición establecida por la Entidad u ofertada por el proveedor.
d) Realización de actividades que pongan en riesgo al establecimiento y/o a sus funcionarios.
e) Incurrir en falsedad en la documentación presentada relativa al servicio adjudicado.
f) Cuando la Empresa adjudicada, a juicio de la Unidad Técnica, demuestre incapacidad técnica para ejecutar
el contrato o incumpliere las observaciones e instrucciones impartidas por la Unidad Técnica para la
ejecución de este.
g) Si el proveedor fuere declarado en quiebra o cayera en estado de notoria insolvencia.
h) Si falleciese el proveedor o se disolviese la empresa o perdiere su personalidad jurídica. En tal evento, se
procederá a efectuar la liquidación del contrato determinando las obligaciones que quedasen.
i) Si el adjudicatario cede o transfiere total o parcialmente los derechos y obligaciones que nacen de la
presente licitación, y en especial los establecidos en el contrato definitivo, salvo que una norma legal
especial permita la cesión de derechos y obligaciones. Lo anterior, es sin perjuicio que los documentos
justificativos de los créditos que emanen de estos contratos podrán transferirse de acuerdo a las normas
del derecho común.
j) Si la persona jurídica ha sido condenada penalmente de conformidad a la Ley Nº 20.393.
k) Si el adjudicatario cede o subcontrata total o parcialmente el contrato.
l) Si el adjudicatario durante la vigencia del contrato es condenado por prácticas antisindicales o infracción
a los derechos fundamentales del trabajador, ejecutoriada o que cause ejecutoria dicha condena.
m) Las demás causales que se establezcan en la Ley Nº 19.886 y su normativa reglamentaria.
Terminado que sea en forma anticipada el contrato, el Hospital queda facultado para hacer efectiva la Boleta
de Fiel Cumplimiento de Contrato, sin que el adjudicatario tenga derecho a indemnización siempre que se
haya debido a responsabilidad del proveedor.
12.1.1.- Evaluación Técnica
Durante toda la vigencia del contrato, el referente técnico, podrá evaluar el servicio a fin de dar cuenta de su
ejecución conforme, según los niveles de servicio exigidos en las Base Técnicas y sus correspondientes
indicadores. En el evento de evaluarse como NO RECOMENDABLE, se podrá dar término al contrato según lo
estipulado en la letra b el numeral 12.1. y servir dicha evaluación, a futuro, como herramienta en un próximo
proceso licitatorio para evaluar al oferente en el Criterio Comportamiento contractual anterior.
12.2.- Amonestación.
Constituye un documento firmado por las partes, que deja constancia de cualquier falta menor y objetiva,
cometida por el adjudicatario, y que, en atención a su importancia, no está afecta a cobros pecuniarios, salvo
que exista acumulación según se describe más adelante.
12.3.- Multas
El Hospital La Florida podrá, previa calificación de las circunstancias y resolución fundada del director del
Hospital, aplicar y cobrar multas al adjudicatario por incumplimiento de sus obligaciones contractuales, por el
monto que se indica, y con un tope máximo de un 30% del total del contrato.
a) Se aplicará una multa de 2 UTM por incumplimiento de las instrucciones impartidas por el Hospital, a
través del administrador interno del contrato.
b) Se aplicará una multa de 20 UTM por vulnerar normas referidas al uso de información reservada o
confidencial al que se tenga acceso en razón del servicio contratado.
c) Se aplicará una multa de 10 UTM por ocultar información respecto de irregularidades que atente contra
los bienes del Estado y sus funcionarios o el servicio prestado por la Institución.
d) Se aplicará una multa de 20 UTM por realizar declaraciones públicas a los medios de comunicación,
entregar información del Hospital etc.
e) Se aplicará una multa de 0.5 UTM por no asistir a reuniones solicitadas de tipo presencial en
dependencias del Hospital y/o por videoconferencias. Será notificado con 3 días hábiles y se entenderá
por aceptado.
f) Se aplicará una multa de 3 UTM por la aplicación de 3 amonestaciones dentro de 2 meses.
g) Se aplicará una multa de 1 UTM por cada día de retraso en el plazo de implementación, puesta en marcha
y entrega de equipos en comodato ofertado.
h) Se aplicará una multa de 1 UTM por cada día de retraso en la implementación de nuevas integraciones
requeridas, según lo establecido en bases técnicas.
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i) Se aplicará una multa de 2 UTM por cada día de retraso en el Mantenimiento Preventivo, según calendario
de mantenciones.
j) Se aplicará una multa de 2 UTM por cada incumplimiento según niveles de servicio y acorde a tiempo
objetivo de resolución según indicador de incidencias que se irán sumando pasado cada nuevo objetivo.
k) Se aplicará una multa de 2 UTM por cada día de atraso en la sustitución de los equipos en comodato a
contar de las 48 horas mencionadas en bases técnicas.
l) Se aplicará una multa de 0.5 UTM por día de retraso de nuevo requerimiento, según tiempos indicados
por provedor en cotización aceptada por la institución.
m) Se aplicará una multa de 1 UTM por cada hora de retraso en los niveles de servicio, según lo indicado en
numeral 13 de las Bases Técnicas.
n) Se aplicará una multa de 2 UTM por cada incumplimiento de las obligaciones descritas en el numeral 4 de
las Bases Técnicas.
o) Se aplicará una multa de 1 UTM por cada día de retraso en la realización de capacitaciones a funcionarios
del hospital, según lo indicado en el numeral 9 de las Bases Técnicas.
p) Se aplicará una multa de 0.5 UTM por cada hora de retraso en la notificación del recibo de ticket por parte
del proveedor al hospital, según el mecanismo y el tiempo indicado en el numeral 14, letra b, número II
de las Bases Técnicas.
q) Se aplicará una multa de 1 UTM por cada día hábil de retraso en el envío de informe técnico por parte del
proveedor al hospital, según lo indicado en el numeral 14, letra b, número VIII de las Bases Técnicas.
El valor de la UTM será el que corresponde al mes en que se emita la Resolución de aplicación de multa.
12.4 Registro de comportamiento
El proveedor que sea sancionado durante la vigencia del contrato, por aplicación de multa(s), cobro de
garantía o por causal imputable de término anticipado de contrato, será ingresado a los siguientes registros:
• Registro Nacional de Incumplimiento de Chileproveedores y
• Registro interno de Evaluación del Hospital Registro de Proveedores sancionados, que lleva la Unidad
de Contratos del Hospital, para estos efectos.
La información en ellos registrada podrá ser utilizar en la evaluación del proveedor en futuros procesos de
adquisición que lleve a cabo el Hospital y en cuyas bases se incorpore como herramienta para medir el
correspondiente Criterio de Comportamiento Contractual Anterior.
12.5. Procedimiento para aplicación de sanciones, cobro de multas y/o Término Anticipado de Contrato
La determinación de una situación o condición que diere lugar a la aplicación de una sanción, multa y/o
termino anticipado de contrato, se originará a partir de un informe que emane desde el Referente Técnico
administrador del contrato, dirigido a la Unidad de contratos del Departamento de Abastecimiento.
Recibido el informe, ésta evaluará si la situación es de aquellas consideradas como causales para la aplicación
de una sanción, multa y/o termino anticipado de contrato según Bases y tratándose de multas calculará los
montos a pagar.
La Unidad de Contratos notificará al adjudicatario, a través del módulo de sanciones y aplicativo de gestión
de contratos dispuesto en www.mercadopublico.cl , además se podrá intensificar la notificación pondrá en
conocimiento del proveedor, por escrito a través de correo electrónico, al correo indicado por el proveedor
en anexo 01 de su oferta, del informe emanado por el Referente Técnico Administrador de contrato/ o por
ella y la causal que origina la sanción, Multa o el término anticipado de contrato según corresponda y si se
trata de la aplicación de Multa , el monto a pagar, a fin de que el proveedor manifieste sus descargos
acompañando todos los antecedentes que estime pertinente dentro del término de 5 días hábiles desde dicha
notificación, a través del módulo gestión de contratos.
Una vez vencido el plazo sin presentar descargos, el Hospital dictará la respectiva resolución aplicando la
medida y detallando las circunstancias fácticas que hicieron procedente dicha sanción.
Si el adjudicatario hubiera presentado descargos en tiempo y forma, el Hospital tendrá un plazo de 30 días
hábiles a contar de la recepción de los mismos para rechazarlos o acogerlos, total o parcialmente. Al respecto,
el rechazo total o parcial de los descargos del proveedor deberá formalizarle a través de una resolución
fundada del Hospital, en el cual deberá detallarse el contenido y las características de la sanción, Multa o el
término anticipado de contrato según corresponda y si se trata de la aplicación de Multa, el monto a pagar.
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La indicada resolución deberá notificarse al proveedor adjudicado mediante carta certifica remitida por la
Unidad de Contratos al proveedor a la dirección indicada en el Anexo N°1 e informarse en el módulo de
sanciones del portal www.mercadopublico.cl
Las notificaciones por carta certificada se entenderán practicadas a contar del tercer día siguiente a su
recepción en la oficina de correos que corresponda.
Contra la resolución que aplique la medida respectiva procederán los recursos establecidos en la Ley N°19.880
Ley de Bases de Procedimientos Administrativos que rigen los Actos de los Órganos de la Administración del
Estado.
La entidad compradora tendrá la obligación de registrar las medidas indicadas en la presente clausula a través
del módulo de gestión de contratos dispuesto en plataforma www.mercadopublico.cl.
12.6. El pago de la multa podrá ser cobrado:
a) Directamente al adjudicatario quien deberá pagar dentro de los 10 días corridos desde su notificación, o
b) Se podrá retener su monto al momento del pago de las facturas pendientes. En este caso, se descontarán
administrativamente del pago de las facturas que no hayan sido pagadas por el Hospital. Serán descontadas
del pago, no de la factura, es decir, el proveedor deberá facturar por el total sin descontar las multas que se
le aplicasen. Estas serán descontadas al momento de girar el pago respectivo por parte de la Unidad
Financiera, o
c) Con todo, de no hacer pago directo el proveedor o de no existir facturas pendientes por pagar, se podrá
hacer el cobro de las multas haciendo efectiva la garantía de fiel y oportuno cumplimiento, sin más trámite.
12.7 Procedimiento para interponer recurso:
El proveedor dispondrá de un plazo de cinco días hábiles, contados desde la notificación mediante carta
certificada remitida por la Unidad de Contratos al proveedor a la dirección indicada en el Anexo N°01, para
impugnar dicho acto administrativo, debiendo acompañar todos los antecedentes que justifiquen eliminar,
modificar o reemplazar la respectiva sanción, mediante un escrito o carta ante la autoridad máxima del
servicio por la sanción aplicada. Esta presentación se debe realizar mediante carta certificada o con entrega
presencial en la Oficina de Partes del respectivo servicio público. El Hospital tendrá un plazo no superior a 30
días hábiles para resolver el citado recurso. Mientras se encuentre pendiente la resolución de recurso de
reposición, no se hará efectiva la respectiva sanción.
La resolución que acoja el recurso podrá modificar, reemplazar a dejar sin efecto el acto impugnado, se deberá
ingresar la respuesta mediante el módulo de gestión de contratos. Ahora bien, en el evento de que la sanción
sea finalmente cursada, sea total o parcialmente, ésta se hará efectiva mediante el cobro directo en un plazo
máximo de 20 días, debiendo pagar en un plazo de hasta 10 días una vez notificado el cobro, o bien, se hará
efectivo a través del cobro de la o las garantías de fiel cumplimiento, según cuál sea el caso.
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13.- DE LA GARANTIA TÉCNICA DE LOS SERVICIOS ADJUDICADOS |
El oferente se obliga a mantener garantía técnica de los servicios ofertados durante toda la vigencia del
Contrato más 120 días hábiles.
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14.- DE LA FACTURACIÓN |
El oferente por el sólo hecho de presentar su oferta renuncia a sus políticas de facturación y se somete al
requerimiento del Hospital, en consecuencia, no podrá imponer el oferente un monto mínimo de facturación
para ningún efecto.
El oferente solo podrá facturar la Orden de Compra aceptada, una vez que esta se encuentre con su recepción
conforme publicada en el portal mercadopublico.cl
En caso de que la factura presente algún error o no cuente la orden de compra respectiva con la recepción
conforme señalada anteriormente, el Hospital dispondrá de 08 días corridos para hacer las observaciones
correspondientes al adjudicatario o rechazarla. El proveedor dispondrá de 08 días corridos para subsanar si se
tratara de errores subsanables. La nueva factura o Nota de Crédito según sea el caso, sufrirá el mismo trámite
formal que el documento original, salvo que, por tratarse de una segunda tramitación, el plazo para su pago
será de 20 días hábiles desde su recepción conforme por parte del Hospital.
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15.- DEL PAGO |
La obligación de pago por parte del Hospital se perfecciona a partir de la comunicación que realice la Unidad
de Contratos del Departamento de Abastecimiento del Hospital al Departamento de Finanzas, previa
confirmación de los siguientes antecedentes:
a) Orden de Compra aceptada por el proveedor en el portal www.mercadopublico.cl
b) El acta de recepción conforme firmada por la Unidad Técnica Administradora del Contrato.
c) La eventual aplicación de multas y sanciones.
d) Recepción conforme en la plataforma de Mercado Público, siendo esta última recepción en el portal,
la que dará origen a la facturación electrónica.
e) Formulario 30, Solicitud de Certificado de Antecedentes Laborales y Previsionales.
Para iniciar el proceso de pago de manera correcta y oportuna, es fundamental que el adjudicatario haya
aceptado expresamente la orden de compra en la plataforma de mercado público.
El pago de facturas se realizará por mes vencido, dentro de los 30 días corridos por Tesorería General de La
República, desde la fecha de la aceptación de la correspondiente factura.
La recepción conforme de los bienes y/o los servicios, conlleva la validación y emisión de OC lo cual se realizará
en 10 días hábiles. Lo anterior se funda en los plazos internos existentes, considerando los procesos
administrativos de la institución.
En caso que el adjudicatario registre saldos insolutos de remuneraciones o cotizaciones de seguridad social
con sus actuales trabajadores o con trabajadores contratados en los últimos dos años, aplicará lo estipulado
en el artículo 4º de la Ley 19.886.
15.1.- Pagos con Trasferencias electrónicas.
La Tesorería General de la República está facultada para realizar pagos a través de transferencia electrónica a
los proveedores que completen de manera correcta la autorización notarial adjunta para pago con
transferencia electrónica.
Una vez completado, este mandato debe ser legalizado ante notario y posteriormente debe ser entregado en
Tesorería o Secretaria de Finanzas del Hospital de La Florida, ubicada en el tercer piso de la institución. Este
mandato una vez entregado, no puede ser modificado por el oferente durante la duración del contrato.
AUTORIZACIÓN NOTARIAL PARA PAGO CON TRANSFERENCIA ELECTRÓNICA
Yo, ____________________________________________, RUN: _________________________, en
calidad de representante legal de la empresa, ________________________________________________
R.U.T. _______________________________ ; autorizo al Hospital Clínico La Florida Dra. Eloísa Díaz
Insunza, para que pague con transferencia electrónica bancaria, documentos por cobrar que existan con
dicha entidad, en la cuenta que detallo a continuación:
Cta.Corriente Cta.Débito Cta.deAhorro Cta.Vista
Nº Cuenta:
Banco:
R.U.T. empresa:
Nombre empresa:
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Mail confirmación de pago:
Firma Representante Legal
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16.- RESPETO DE LA NORMATIVA DEL HOSPITAL LA FLORIDA Y DEBIDO CUIDADO A SUS BIENES |
Para la ejecución del contrato, el Hospital permitirá la entrada del personal del adjudicatario, debidamente
acreditado, a las dependencias involucradas en la ejecución de éste. En tal caso, el personal del adjudicatario
deberá solicitar acatar las medidas de resguardo y control de los recintos institucionales y el adjudicatario será
responsable, y quedará obligado a la reparación o reposición, de cualquier desperfecto, daño o perdida que
puedan sufrir el inmueble del Hospital La Florida y/o los bienes muebles que lo guarnecen. Cabe hacer
presente, que el ingreso tanto el adjudicatario como su personal al Hospital La Florida, para efectos de ejecutar
su contrato, estarán sujetos a protocolos de seguridad que deberá coordinar con el funcionario designado
para tal efecto y que será oportunamente informado.
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17. ADMINISTRACIÓN Y FISCALIZACIÓN DEL CUMPLIMIENTO DEL CONTRATO. |
17.1 Administración por parte del Hospital
Con el objeto de coordinar y controlar el correcto cumplimiento del contrato, se designa a Leonardo Arancibia
en calidad de Referente Técnico Administradora del Contrato o quien lo subrogue como su Suplente, quienes,
junto a la Unidad de Contratos del Departamento de Comercialización del Hospital, tendrán las siguientes
responsabilidades:
Referente técnico administradora de contrato:
• Fiscalizar el estricto y oportuno cumplimiento de las obligaciones contractuales, en especial la calidad y
entrega oportuna de los servicios
• Proponer la aplicación de multas, en caso de verificarse alguna de las infracciones consignadas en las
presentes bases, notificando la infracción o incumplimiento a través de un informe, a la Unidad de
Contratos.
Unidad de Contratos:
• Mantener actualizado un archivo con la totalidad de los antecedentes del contrato.
• Llevar registro de sanciones y multas aplicadas al proveedor
• Llevar el control del consumo y ejecución del contrato hasta su término en cuanto a su precio total.
• Proveer el estado de recepción conforme e informar los descuentos y/o multas a que hubiere lugar, para
que se verifique el pago por parte de la Unidad de Finanzas.
• Revisar procedencia y autorizar la devolución de la garantía de fiel y oportuno cumplimiento del contrato
o solicitar se haga efectiva, si procede.
En general, ambos deberán desarrollar todas las acciones referidas al control y gestión de las acciones que
faciliten la ejecución del contrato.
17.2 Encargado del Contrato por parte del Proveedor
Por su parte, el adjudicatario deberá designar un Encargado de Contrato que se relacionará con el
Administrador del contrato para los efectos señalados y que deberá señalar en su Anexo N° 1.
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18. LEY Nº 20.584. |
Tanto el adjudicatario como su personal, deberán en todo momento observar estrictamente la normativa que
establece la Ley Nº 20.584, que Regula Los Derechos y Deberes que tienen las Personas en relación con
acciones vinculadas a su atención de salud.
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19. DEBER DE CONFIDENCIALIDAD |
Durante el desarrollo del contrato, como al término de éste, el adjudicatario y/o su personal no podrá divulgar
o hacer uso de la información a que haya tenido acceso con ocasión del mismo, constituyendo su infracción,
incumplimiento grave de su obligación de confidencialidad, facultando al Hospital La Florida para ejercer las
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acciones judiciales que estime pertinentes para el resarcimiento de todos sus perjuicios. Lo anterior, teniendo
en especial consideración lo dispuesto en la Ley Nº 19.928 de Protección de Datos de Carácter Personal.
El proveedor no podrá utilizar para ninguna finalidad ajena a la ejecución de los servicios contratados, la
documentación, los antecedentes y, en general, cualquier información, que haya conocido o a la que haya
accedido, en virtud de la ejecución del contrato, o de cualquier actividad relacionada con éste durante la
vigencia del mismo.
El proveedor, así como sus consultores y/o personal dependiente que de una u otra manera se haya vinculado
a la ejecución de los servicios, en cualquiera de sus etapas, deben guardar confidencialidad sobre los
antecedentes vinculados con el desarrollo de dichos servicios.
La responsabilidad del respectivo proveedor en este ámbito, será solidaria respecto de la de sus
administradores, representantes, personeros, empleados, consultores, subcontratistas o cualquier tercero
quien en función de su cargo tenga acceso a la documentación, antecedentes, datos e información, en
cualquiera de sus formas, entregadas por el proveedor del servicio.
El proveedor debe dar garantías respecto al resguardo de la confidencialidad de la información, reservándose
la Entidad contratante el derecho de ejercer las acciones legales que correspondan, de acuerdo a las normas
legales vigentes.
Las partes declaran y reconocen que toda la información que derive del uso de la aplicación y/o solución
licitada, generada exclusivamente con motivo de los servicios materia de este proceso y toda información que
a partir de ella pudiese derivarse, será reservada y confidencial, no pudiendo, ninguna de ellas, reproducir,
usar, gozar, distribuir, comercializar de cualquier forma dicha información.
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20. DE LA SEGURIDAD DE LA INFORMACION |
El proveedor deberá dar cumplimiento a la normativa vigente aplicable al contrato, durante toda su vigencia.
En especial deberá dar cumplimiento a los siguientes cuerpos normativos:
• Normativa del sector salud: DFL N° 1, del 24 de abril de 2006, Ministerio de Salud, que fija el texto
refundido, coordinado y sistematizado del Decreto Ley N° 2.763, de 1979 y de las leyes N° 18.933 y 18.469;
DFL N° 725, Ministerio d Salud, Código Sanitario; la Ley N°20.584, referida a Deberes y Derechos que
tienen las Personas en relación con acciones vinculadas a su Atención de Salud ; Decreto N° 41, del 24 de
julio 2012, del Ministerio de Salud, Reglamento de Ficha Clínica; Decreto N° 31, del 15 de junio 2012, del
Ministerio de Salud, Reglamento sobre entrega de información y expresión de consentimiento Informado
en las atenciones de Salud; ley 20.724, del 2014, que modifica el Código Sanitario en materia de la
regulación de medicamentos; ley 20.850, del 2016, que crea un sistema de protección financiera para
diagnósticos y tratamientos de alto costo y rinde homenaje póstumo a son Luis Ricarte Soto Gallegos; ley
19.966, de 2004, que establece un régimen de garantías de salud; Ley 19.650, que perfecciona normas
del área de la salud; ley 20.120 de 22 de septiembre 2006, sobre la investigación científica en el ser
humano, su genoma, y prohíbe la clonación humana y demás normativa del área de la salud.
• En Materia de documentos electrónicos: Ley 19.799 del 12 abril de 2002 y su normativa complementaria,
especialmente el Decreto Supremo N° 83, del Ministerio Secretaría General de la Presidencia, publicado
el 12 de enero de 2005 en el Diario Oficial; El Decreto N°14, de 2014, del Ministerio Secretaría General de
la Presidencia.
• En materia de protección de datos personales: el art.19 N°4 de la Constitución Política de la República y
la ley de protección de datos personales N° 19.628 y su normativa complementaria; la ley 20.575 sobre
el principio de la finalidad en el tratamiento de datos personales
• En materia de delitos informáticos: lo dispuesto en la ley 19.223 sobre delitos informáticos. Ley 20.009
sobre clonación de tarjetas de crédito
• Leyes de aplicación general: Ley 19.880 de bases de los procedimientos administrativos; Ley NUM 21.180,
de transformación digital del Estado; ley 20.285 de transparencia y acceso a información pública; Ley
19.886 de compras públicas.
En caso de que alguna de estas normas sea modificada o sustituida el proveedor deberá adaptarse a los
requerimientos de la nueva normativa.
Para lo anterior el proveedor deberá adjuntar y completar en el contrato una DECLARACION JURADA DE
CONFIDENCIALIDAD válida como cláusula de confidencialidad del contrato.
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II. BASES TÉCNICAS |
1.- OBJETIVO
El objetivo de las presentes bases técnicas es describir los aspectos técnicos que requiere la adquisición del
“SERVICIO DE SOFTWARE Y EQUIPOS EN COMODATO PARA ANATOMÍA PATOLÓGICA DEL HOSPITAL LA
FLORIDA” que se va a adquirir mediante la presente licitación.
La Unidad de Anatomía Patológica pertenece a las unidades de apoyo en Hospital Clínico Metropolitano Dra.
Eloísa Diaz Insunza de la Florida, en ella se procesan muestras provenientes desde atención ambulatoria,
urgencias, hospitalizados, pabellones, es por ello que es necesario contar con un Sistema informático
integrado de Anatomía Patológica, este debe ser capaz de interoperar entre ellos y con los distintos servicios
clínicos y/o administrativos del Hospital.
El sistema informático a contratar debe considerar todo el equipamiento que lleva asociada la arquitectura
del sistema, el proceso de implementación, gestión del cambio y los servicios de soporte - mantención por un
periodo de 3 años desde inicio del servicio
El Software solicitado deberá gestionar toda la trazabilidad de muestras para biopsias y citologías, además
debe permitir a los usuarios realizar gestión y seguimiento del estado de las solicitudes y resultados de los
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informes de muestra según corresponda (biopsia o citología). Esto implica poseer un registro completo de las
muestras al interior del Hospital La Florida, desde su toma de muestra y con la finalidad de generar un informe
de biopsia el cual este integrado al Sistema Clínico Digital HELO y en versión web de portal paciente.
El adjudicatario para desarrollar dichos servicios deberá implementar una herramienta informática y
equipamiento requerido para cumplir con el objetivo.
2.- DE LOS SERVICIOS
ITEM SERVICIOS REQUERIDOS VALOR GASTO ESTIMADO POR 36
MESES EN UTM CON IVA
1 SERVICIO DE SOFTWARE Y EQUIPOS EN
COMODATO PARA ANATOMÍA PATOLÓGICA
DEL HOSPITAL LA FLORIDA 4.300 UTM
El software deberá digitalizar el procesamiento de exámenes producidos, como también presentar la
posibilidad de ingreso manual de: resultados, análisis de resultados y complementos en formato PDF y/o
imágenes.
Los equipos en comodato requeridos para esta licitación, son los siguientes:
a) 15 impresoras de etiquetas de códigos de barra.
• Impresora de Etiquetas con tecnología de Transferencia Térmica
• Resolución de Impresión: 203 dpi, 8 puntos por mm
• Procesador/Memoria/Almacenamiento: Memoria interna 8MB, Flash 4MB como mínimo
• Velocidad de impresión: 102 mm/seg como mínimo
• Ancho de impresión 104 mm / 4,09 pulg. Largo de impresión 990 mm / 39 pulg.
• Interfaz/Conectividad: USB, Ethernet
Simbología de códigos de barra:
• Relaciones de códigos de barras: 2:1 (sin rotación) y 3:1
• Códigos de barras lineales: Code 11, Code 39, Code 93, Code 128A, B & C (Manual/Automático), UCC/ EAN128, Code 128, UPC-A, UPC-E, EAN-8, EAN-13, EAN-14, UPC-A y UPC-E con EAN 2 o extensiones de 5 dígitos,
UPC-E con 2 y 5, Plessey, POSTNET, Standard 2 de 5, Industrial 2 de 5, Interleaved 2 de 5, LOGMARS, MSI,
Codabar, and GS1 DataBar™ (anteriormente RSS), Postnet (5, 9, 11 & 13 dígitos) Japanese Postnet, Plessey
(MSI-1), MSI-3, German Post Code, RSS-14 (limitado).
• Bidimensionales: PDF417 (MicroPDF-417 y MacroPDF-417), Code 49, Maxicode, Codablock, Data Matrix, QR
code, y Aztec.
b) 15 lectores de códigos de barra
• Lectura de Códigos: 1D y 2D
• Luz: 624nm
• Conectividad: Inalámbrico
• Interfaz: USB, RS232
• Modo de operación: Gatillo, Auto
• Resistencia a caídas: 1.5m o superior.
c) 8 computadores o notebooks para la etapa analítica y post analítica al interior de la unidad.
• Procesador Intel® Core™ i5-10400 de 10.ª generación (caché de 12 MB, 6 núcleos, 12 subprocesos,
de 2,9 GHz a 4,3 GHz, 65 W) o superior
• Sistema Operativo Windows 10 Pro
• Memoria 8 GB, 1 x 8 GB, DDR4, 2666 MHz para procesadores Intel® Core™ i3/i5; 2933 MHz para
procesadores Intel® Core™ i7/i9 o superior
• Disco Duro SSD M.2 2230, 256 GB, PCIe de 3.ª generación x4, NVMe, clase 35 o superior
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• 1 puerto RJ-45 de 10/100/1000 Mbps (posterior)
• A lo menos 5 entradas usb
• Intel® Wi-Fi 6 AX201, 2x2, (Gig+) + Bluetooth 5.1
• Salida video hdmi.
• Fuente de alimentación Interna (sin transformador externo)
• RoHS de la UE
• Tamaño pantalla mayor o igual a 23 pulgadas.
De los 8 computadores, al menos 5 deben contar con pantalla touch para los puntos de laboratorio, la pantalla
puede venir separada del equipo o integrada en equipo notebook:
• Tamaño mayor o igual a 14 pulgadas
• Tarjeta de Video: Integrada
• Resolución: 1024x768/60hz
• Disco Duro: 512GB o 256gb ssd o superior
• Memoria RAM: 8GB o superior
• Tipo de Memoria: DDR4
• Duración Batería: 12 hrs y 30 min o superior
• Conexiones: 1 SuperSpeed USB Type-C® 10Gbps signaling rate (USB Power Delivery, DisplayPort™
1.4, HP Sleep and Charge); 2 SuperSpeed USB Type-A 5Gbps signaling rate; 1 headphone/microphone combo;
1 AC smart pin; 1 HDMI 2.0
• Conectividad: Wifi + Bluetooth
• Procesador Intel® Core™ i5-10400 de 10.ª generación (caché de 12 MB, 6 núcleos, 12 subprocesos,
de 2,9 GHz a 4,3 GHz, 65 W) o superior
• Soporte ergonómico para ser anclado en la pared y permitir la manipulación adecuada en cada puesto
de trabajo
3.- LEYES Y NORMATIVAS A CUMPLIR
El proveedor deberá dar cumplimiento a la normativa vigente aplicable al contrato, durante toda su vigencia.
En especial deberá dar cumplimiento a los siguientes cuerpos normativos:
• Normativa del sector salud: DFL Nro 1, de 24 de abril de 2006, Ministerio de Salud, que fija el texto
refundido, coordinado y sistematizado del Decreto Ley Nro. 2.763, de 1979 y de las leyes Nro. 18.933 y
18.469; DFL Nro. 725, Ministerio de Salud, Código Sanitario; la Ley Nro. 20.584, referida a Deberes y
Derechos que tienen las Personas en relación con acciones vinculadas a su Atención de Salud; Decreto
Nro. 41, de 24 de julio de 2012, del Ministerio de Salud, Reglamento de Ficha Clínica; Decreto Nro. 31 de
15 de junio de 2012, del Ministerio de Salud, Reglamento sobre entrega de información y expresión de
consentimiento informado en las atenciones de salud; la ley 20.724, de 2014, que modifica el Código
Sanitario en materia de regulación de medicamentos; ley 20850, de 2016, que crea un sistema de
protección financiera para diagnósticos y tratamientos de alto costo y rinde homenaje póstumo a don Luis
Ricarte Soto Gallegos; ley 19.966, de 2004, que establece un régimen de garantías de salud; ley 19.650,
que perfecciona normas del área de la salud; ley 20.120 de 22 de septiembre de 2006, sobre la
investigación científica en el ser humano, su genoma, y prohíbe la clonación humana y demás normativa
del área de la salud.
En materia de documentos electrónicos: Ley 19.799 de 12 de abril de 2002 sobre documentos electrónicos,
firma electrónica y la certificación de dicha firma el oferente deberá garantizar la confidencialidad de todos
los antecedentes clínicos de los pacientes y de los antecedentes del hospital que conozca con motivo del
contrato y no podrá hacer uso de éstos para fines ajenos a las presentes Bases y bajo ninguna circunstancia
podrá, por cualquier título y/o medio revelar, difundir, publicar, vender, ceder, copiar, reproducir, interferir,
interceptar, alterar, modificar, dañar, inutilizar, destruir, en todo o en parte esta información ya sea durante
la vigencia del Contrato como después de su término y su normativa complementaria, especialmente el
Decreto Supremo Nro. 83, del Ministerio Secretaría General de la Presidencia, publicado el 12 de enero de
2005 en el Diario Oficial; Norma técnica para los órganos de la administración del estado sobre seguridad y
confidencialidad de los documentos electrónicos. El Decreto Nro. 14, de 2014, del Ministerio Secretaría
General de la Presidencia.
• En materia de protección de datos personales: el art. 19 Nro. 4 de la Constitución Política de la
República y la ley de protección de datos personales Nro. 19.628 y su normativa complementaria; la ley
20.575 sobre el principio de finalidad en el tratamiento de datos personales.
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• Leyes de aplicación general: Ley 19.880 de bases de los procedimientos administrativos;
• Ley NUM. 21.180, de transformación digital del Estado
• Ley 20.285 de transparencia y acceso a información pública
• Ley 19.886 de compras públicas.
• Ley N° 19.268 sobre protección de la vida privada y los datos personales
En caso de que alguna de estas normas sea modificada o sustituida el proveedor deberá adaptarse a los
requerimientos de la nueva normativa.
El proveedor entiende que la información que mantienen nuestros sistemas, son de carácter confidencial por
lo cual la información confidencial no podrá ser reproducida por ningún medio ni en ningún formato por el
Receptor sin expresa autorización previa escrita del Divulgador, excepto por aquellas copias que el Receptor
pueda necesitar para hacer operativo este acuerdo.
En caso que el Receptor fuere autorizado por el Divulgador a reproducir total o parcialmente la información
confidencial, todas las reproducciones, sean totales o parciales y cualquiera sea el formato en que se registren,
deberán hacer expresa mención a la propiedad intelectual del Divulgador sobre la información contenida en
ellas, contando con anuncios de confidencialidad y manteniendo las leyendas que contenga la Información
original, salvo que el Divulgador disponga otra cosa por escrito
Además de las obligaciones que emanan de la naturaleza del acuerdo del que da cuenta el presente
instrumento el receptor de la información confidencialidad estará obligado a:
• Mantener la información confidencial en estricta reserva y no revelar ningún dato de la información
a ninguna otra parte, relacionada o no, sin el consentimiento previo escrito del divulgador.
• Instruir al personal que estará encargado de recibir la información confidencial, debiendo suscribir el
correspondiente acuerdo de confidencialidad si fuere necesario, de su obligación de recibir, tratar y usar
la información confidencial que reciban como confidencial y destinada únicamente al propósito objeto del
acuerdo, en los mismos términos en que se establece en el presente instrumento.
• Divulgar la información confidencial únicamente a las personas autorizadas para su recepción dentro
de la organización.
• Tratar confidencialmente toda la información recibida directa o indirectamente del divulgador, y no
utilizar ningún dato de esa información de ninguna manera distinta al propósito del presente acuerdo.
• No manejar, usar, explotar, o divulgar la información confidencial a ninguna persona o entidad por
ningún motivo en contravención a lo dispuesto en este instrumento, salvo que sea expresamente
autorizado por escrito a hacerlo por el divulgador.”
Toda la información que se revele por el Hospital o dada las integraciones realizadas con organismos
relacionados, con los proveedores del establecimiento, tendrá el carácter de confidencial. Será
responsabilidad del proveedor instruir en esta condición a sus colaboradores, subcontratistas y personas
relacionadas, cualquiera sea el formato y medio a través del cual se haga llegar. Esta información sólo podrá
ser utilizada dentro del marco de la función o de los servicios o productos contratados. Por tanto, queda
estrictamente prohibido cualquier uso de esta información fuera de dicho marco o para finalidades distintas
al cumplimiento de las obligaciones que emanan para las partes del respectivo contrato.
● El proveedor estará obligado a:
A. Abstenerse de utilizar la información para su propio beneficio o con cualquier otro propósito
distinto al de utilizarlos para prestar los servicios en los términos y condiciones establecidas
en el presente contrato.
B. Jamás revelar información proporcionada por el Hospital a terceros, excepto a aquellos que
sus empleados o asesores requieran conocer a fin de prestar el servicio requerido.
C. Adoptar todas las medidas necesarias de seguridad de la información y ciberseguridad para
proteger la confidencialidad y evitar la divulgación y uso indebido de la información.
D. Adoptar las medidas técnicas y organizativas conducentes a evitar el tratamiento de datos
personales fuera del marco de la finalidad asociada al cumplimiento de las obligaciones que
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emanan del contrato, evitando realizar cualquier operación de tratamiento de datos
personales no autorizada por el contratante.
E. Hacerse responsable por los hechos de sus dependientes y personal asociado que hayan
entrado en contacto con la información que implique una infracción a los deberes de
confidencialidad, reserva y secreto establecidos en el contrato y la legislación vigente.
F. Informar al hospital sobre cualquier incidente que afecte la confidencialidad de la
información y especialmente los datos personales a que se tenga acceso en ocasión del
contrato.
Todo incumplimiento de lo anteriormente descrito, podrá dar término anticipado de contrato y al cobro de la
boleta de fiel cumplimiento de contrato respectivo, sin perjuicio de las otras medidas que se deban tomar.
Al finalizar el contrato, se entregarán toda la información ingresada por el hospital esto considera como
mínimo la entrega de información en formato utilizable por parte del establecimiento, posterior a término de
contrato, lo cual será coordinado previamente con el Departamento de Informática en Salud.
4.- CARACTERÍSTICAS GENERALES
El sistema a licitar debe generar la posibilidad de prescindir del papel durante el circuito, garantizando su
independencia desde la petición de examen (etapa preanalítica) hasta la elaboración del diagnóstico final
(etapa post-analítica).
El acceso debe ser mediante login único para cada usuario y con clave. Capacidad de asignar usuario
administrador del software, con capacidad de al menos 6 usuarios administradores. Al momento de generar
una solicitud de estudio de muestra idealmente debe ser un módulo web para solicitud de estudio y para
consulta de informes validados, con registro de ingreso de usuarios y contraseñas. Los motores de búsqueda
según información ingresada al software, búsqueda por palabra clave, número de biopsia y RUN del paciente
o según requerimientos de la institución. Además, debe existir la opción de modificación por el administrador
en todos los ámbitos del sistema como por ejemplo en macroscopía, laboratorio, microscopía y diagnóstico,
informe complementario, listado de tinciones o técnicas disponibles en el laboratorio de APA, quedando
registro de las modificaciones. Debe permitir la posibilidad de agregar estudio complementario posterior en
casos finalizados y cerrados y debe permitir vincular ubicaciones con fines de trazabilidad total de la muestra
El adjudicatario deberá proporcionar las licencias de Base de Datos, Sistemas Operativos, Sistemas de
Monitoreo, y Servidores rackeables a ser instalados en Datacenter del Hospital. Así también, el adjudicatario
deberá considerar la realización de la actualización de software, mejoras y upgrade mientras dure el período
de contrato sin costo para el establecimiento.
Se debe considerar que ante cualquier requerimiento normativo del MINSAL y/o SSMSO deberá realizarse sin
costo para el Hospital La Florida, de esta manera deberá disponer de las actualizaciones y soporte necesario
para mantener la solución en su versión más actual.
El proceso de actualización, deberá ser coordinado con el Departamento de Transformación digital y la Unidad
de Anatomía Patológica, quienes validarán su implementación.
Se deben considerar al menos 14 accesos simultáneos para los usuarios de las dependencias de la Unidad de
Anatomía Patológica y acceso ilimitado de usuarios para realizar solicitud de toma de muestra para biopsia o
citología y visualización de informes de las mismas en las distintas dependencias del hospital.
A continuación, se describen las funcionalidades solicitadas para el Sistema de Anatomía Patológica, las cuales
abarcan todo el proceso de la unidad, desde la solicitud de examen hasta la entrega de resultados. Para cada
funcionalidad se describen sus requerimientos específicos. Las funcionalidades son las siguientes:
● Característica subproceso de obtención y traslado de muestras.
● Característica subproceso de recepción y registro de muestras.
● Característica subproceso de macroscopía.
● Característica subproceso laboratorio de histopatología.
● Característica subproceso de microscopía.
● Característica subproceso de diagnóstico y cierre de casos.
● Característica subproceso de archivo inclusiones y láminas.
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● Característica subproceso de reserva de muestras.
● Característica subproceso de gestión de fallecidos.
● Módulo de estadística
Los requerimientos específicos para cada una de ellas son:
● Característica subproceso de obtención y traslado de muestras
• Registrar ingreso y usuario responsable de toma de muestra y de generar solicitud de estudio.
− Ingreso de datos para generar solicitud de estudio de biopsias, que permita impresión de este
documento que acompaña la muestra hasta APA, en caso de ser necesario. Debe existir la
obligatoriedad en los campos a completar. El sistema no debe permitir enmiendas posteriores al
envío de la solicitud, debe considerar rechazo de muestras.
− Identificación y clasificación del tipo de estudio que se solicitará: Biopsia diferida, biopsia
intraoperatoria, citología miscelánea, citología ginecológica, biopsia extrasistema (que se enviará
fuera de la institución), interconsulta (material proveniente de otras instituciones) y autopsias.
− Identificación de las muestras a través de etiquetas con códigos de barra o QR en solicitud de estudio
de biopsias y frascos o contenedores de muestras.
− Confirmación de envío de solicitud y muestra a través del software para su traslado hacia APA.
− Registrar ingreso y usuario responsable del traslado de muestras y solicitud de estudio.
− Registro de muestras y solicitud de estudio a través de lectura de códigos de barra o QR por usuario
que traslade hacia APA.
− Opción de indicar priorización de muestras en: Urgentes (GES) o Cáncer, dejando las que no indiquen
priorización como “estándar”.
− Incorporar un sistema de custodia de muestra, debe ser trazable y el usuario identificable
− Debe permitir imprimir la etiqueta del frasco con la información necesaria de identificación de la
muestra y del paciente.
− Debe permitir la generación de solicitud electrónica de exámenes desde los distintos servicios clínicos
de la institución y desde establecimientos externos por medio del sistema de APA, en ella se debe
considerar que contenga la misma identificación de QR o código de barra que el frasco de muestra.
− Permitir registrar la trazabilidad en el sistema de APA considerando el origen, destino, los tiempos y
ubicaciones, asociados al movimiento de las muestras.
− En caso que el destino de la muestra sea un establecimiento externo al HLF, debe permitir ingresar
manualmente una comprobación de recepción por el externo en el Sistema de APA y adjuntar el
comprobante en papel en el mismo Sistema (escaneado).
− Datos mínimos que debe contener la solicitud de biopsia: Poblacional del paciente (Nombre y
apellidos, run, edad, previsión, fecha de nacimiento), tipo de examen, fecha de toma de muestra,
servicio o lugar de procedencia, priorización (GES, neoplasia, normal), órgano, lateralidad, N° de
frascos y/o bolsas, antecedentes clínicos, médico solicitante. Datos poblacionales deben ser
extraídos del HIS.
● Característica subproceso de recepción y registro de muestras.
− Registrar ingreso y usuario responsable de la recepción o rechazo de muestras y solicitudes de
estudio en APA.
− Captura de información de la solicitud de biopsias en APA, a través de lectura de etiqueta con
código de barras o QR generada en la unidad que toma la muestra.
− Registro de rechazos de una muestra asignando criterios pre-establecidos según protocolos
institucionales, con registro de la unidad o servicio de procedencia de la muestra. Criterios de
rechazo disponibles en listado pre-ingresado y opción de texto libre.
− Trazabilidad de retorno a la unidad de toma de muestra, tras ejecución de rechazo en APA. Con
posibilidad de modificar los datos en solicitud de estudio de biopsias como medida correctora.
− Que permita aceptar la recepción e ingreso de muestras en APA que cumplan los criterios de
aceptación.
− Que permita el ingreso de muestras que fueron rechazadas previamente, manteniendo la
trazabilidad y registros de correcciones realizados.
− Asignación de número correlativo anual de uso interno en APA tras la aceptación de muestras y
asignación de identificación por tipo de estudio (Por ejemplo: BD22-1234-A; CM22-1234-A)
− Asignación de sub-numeración para cada frasco o contenedor de muestras ingresadas en APA
por cada solicitud de estudio. (Por ejemplo: BD-12345-A-1)
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− Debe permitir la impresión de la etiqueta con la información necesaria de identificación de la
muestra en la impresora de etiquetas de sala de recepción, número interno de APA, fecha de
recepción y Patólogo asignado.
− Generación de etiquetas con código de barra o QR para solicitud de estudio ingresada con
numeración correlativa anual de uso interno en APA, y para cada frasco o contenedor con
numeración correlativa y sub-numeración correspondiente al caso en estudio.
− Para biopsias intraoperatorias, opción de agregar frascos al mismo caso (mismo número
correlativo anual de APA) como biopsia diferida, con opción de inhabilitar ingreso de frascos
transcurrido un periodo de tiempo establecido al caso de “biopsia intraoperatoria”.
− Asignación de casos y muestras al patólogo de turno.
− En caso de falla en la conectividad del sistema con el HIS, el sistema deberá poder registrar su
origen manualmente para su ingreso y además generar una etiqueta con códigos. Se debe
considerar el registro e identificación del paciente individualizado (admisión) y también permitir
adjuntar la orden de exámenes manual.
− Permitir contar con la trazabilidad entre lo generado en toma de muestras y lo recepcionado a
las secciones del servicio de Anatomía Patológica.
− Que permita vincular documentos digitalizados asociados a las muestras que ingresen en APA
(interconsultas, informes previos de extra-sistema, correos electrónicos, etc)
● Característica subproceso de macroscopía.
− Registrar ingreso y usuario responsable de la macroscopía de muestras para estudio.
− Validación de muestras recepcionadas que ingresan a macroscopía a través de lectura de códigos
de barra o QR, registrando el traspaso a esta sección.
− Identificar cada caso a través de lectura de códigos y despliegue visualización de campos para
completar descripción macroscópica, compatible con sistema de dictado y reconocimiento de
voz.
− Que permita generar cassettes histológicos para cada caso con la numeración y sub-numeración
correspondiente indicando tipo de muestra, tejido o muestra, con opción de texto libre para
observaciones.
− Que permita impresión de cassettes para cada caso con la numeración y sub-numeración
correspondiente con opción de agregar órgano o tejido.
− Que, en los campos para completar descripción macroscópica, permita agregar o desplegar
plantillas preconfeccionadas según los requerimientos de APA o realizar descripción por texto
libre. Que estas plantillas sean modificables.
− Que el sistema genere automáticamente por defecto los portaobjetos de hematoxilina-eosina
para cada cassette creado en macroscopía y quede disponible en listas de trabajo del laboratorio.
− Según el tipo de muestra, generación automática de portaobjetos en el sistema para tinciones y
queden disponibles en listas de trabajo del laboratorio (Por ejemplo, al generar cassette para
punción de hígado, se generé hematoxilina-eosina por defecto y además, portaobjetos para
tricrómico de van Gieson y técnica para fibras reticulares).
− Que permita agregar en macroscopía, para cada cassette y requerimiento de patólogo, tipos de
tinción que se realicen en el laboratorio y que sea modificable. (Técnica histológica, histoquímica,
inmunohistoquímica, etc)
− Que exista el registro de material generado en macroscopía, cantidad de cassettes y fragmentos
por cada uno de ellos.
− Registro de la totalidad procesada (Por ejemplo, si la muestra se procesará por completo o si
quedará reserva en envases que no será procesada). En caso de generar reserva de tejido, que
se vincule con la trazabilidad y gestión de archivo de reserva en envases.
− Vinculación con dispositivos fotográficos que permita integrar imágenes a los casos analizados o
por importación desde almacenamiento informático.
− Lista de trabajo que indique casos pendientes de macroscopía por patólogo, visible para todos
los usuarios de la macroscopía, independiente de los casos asignados a cada uno. Estas listas
deben considerar puntos de espera de las biopsias en proceso, es decir, la generación y
actualización de listas de muestras que entrarán al procesador histológico, muestras que se
encuentran en fijación (ya encasetadas) y muestras que se encuentran en descalcificación.
− Que el usuario de macroscopía pueda identificar quién asista durante el proceso (Por ejemplo,
que el patólogo pueda identificar en sistema que fue asistido por técnico paramédico (NOMBRE
APELLIDO)).
− Registro de rechazos o disconformidades con texto libre para descripción de la no conformidad
o despliegue de lista de posibilidades según indicaciones de APA.
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− Que permita indicar e ingresar muestras para reserva, cuando quede material biológico como
excedente. (Indicar en macroscopía la generación de excedente de muestra para reserva)
− Que permita acceder a casos previos asociados al paciente del caso en estudio.
− Integración con impresora de cassettes histológicos, Modelo PrintMate Marca THERMO, para la
impresión de cassettes histológicos.
− Integración con sistema digital de estación de trabajo EVO150ED Hiplaas, debe considerar
dictado por voz, video e imagen.
● Característica subproceso laboratorio de histopatología.
− Registrar ingreso y usuario responsable de los procedimientos en el laboratorio.
− Visualización de listado de trabajo pendiente de material (cassettes y portaobjetos) generado en
macroscopía, además de tinciones, descalcificación, pendiente de fijación u otras peticiones al
laboratorio (que sea exportable).
− Opción de rutas en laboratorio en sistema, según tipo de muestra: Por ejemplo:
▪ Para biopsia diferida 1°procesamiento histológico, 2°inclusión y corte, 3°tinción,
4°bandeja de láminas.
▪ Biopsia rápida: 1°corte y tinción, 2°bandeja de láminas.
▪ Citología miscelánea (tubo con líquido): 1°Procesamiento citológico, 2°tinción,
3°bandeja de láminas.
▪ Ingreso de inclusiones de extrasistema: 1°corte y tinción, 2° bandeja de láminas.
− Debe incorporar el registro de cassettes incluidos por TM a través de pantalla touch o lector de
código
− Deber permitir el registro de cortes realizados por TM a través de pantalla touch o lector de
código
− Debe permitir el registro de técnicas especiales HQ e IHQ por parte del TM y su posterior entrega
y recepción por el Patólogo.
− Integración con impresora de portaobjetos, Modelo Signature, Marca Primera Technology INC,
para la impresión de portaobjetos.
● Característica subproceso de microscopía.
− Registro de ingreso y usuario responsable de realizar análisis microscópico.
− Lista de trabajo de láminas terminadas desde laboratorio por patólogo.
− Debe permitir que el médico patólogo solicite técnicas especiales HQ e IHQ y que se revise en
módulo laboratorio como lista de trabajo a realizar.
− Identificación de láminas o portaobjetos a través de lectura de código de barra o QR, con
registro del alta del laboratorio (recepción de láminas por patólogo).
− Campo para ingresar texto de diagnóstico con vinculación a sistema de reconocimiento de voz.
− Posibilidad de insertar plantillas predefinidas por APA para agregar en microscopía y utilización
de texto libre.
− Notificación de casos pendientes por finalizar e informar.
− Posibilidad de consultar casos previos asociados al paciente del caso examinado.
● Característica subproceso de diagnóstico y cierre de casos.
− Posibilidad de dar carácter de acceso exclusivo a diagnosticar a médico patólogo.
− Registro de ingreso y usuario del médico patólogo responsable del diagnóstico.
− Campo para ingresar texto de diagnóstico con vinculación a sistema de reconocimiento de voz.
− Insertar firma digital asociada al usuario que realiza el diagnóstico.
− Confirmar finalización de casos, sólo después de insertar firma digital.
− Existir un botón que permita la desvalidación del informe para el patólogo y que se autorice por
el Administrador, debe quedar registro de esa trazabilidad.
− Listado de códigos (CIE-10, SNOMED, TNM u otros) de carácter seleccionables y asignables al
diagnóstico del caso en estudio.
− Listado de códigos modificables y editables según necesidades de APA.
− Registro de códigos FONASA para REM de APA.
− Debe permitir la creación de informes de resultados de biopsias en modalidad de
complementario o Adendum al informe original.
− Identificar casos críticos en sistema y también que se indique de forma llamativa en informe de
diagnóstico (el informe final) con criterios en lista preestablecida por APA.
− Notificación de casos críticos vía correo electrónico u otra vía, al responsable de la unidad o
servicio clínico dónde será recepcionado el informe diagnóstico. Esta notificación debe ser de
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forma automática luego de finalizar el caso, siempre que se seleccione un criterio de caso crítico
en el diagnóstico.
● Característica subproceso de archivo inclusiones y láminas.
− Registro de ingreso y usuario responsable de la gestión de archivo de inclusiones y láminas
histológicas.
− Registro de láminas e inclusiones a través de lectura de código de barras o QR impreso en
portaobjetos o cassettes de inclusión.
− Asignar posición para el material que se ingrese en el archivo con registro en sistema de la fecha
de ingreso.
− Indicar en sistema si el caso del material a archivar ha sido validado con informe diagnóstico y
firma (estudio informado y cerrado).
− Registrar material que sea retirado del archivo, indicando fecha, hora, persona que retira, razón
de retiro y destino del material.
− Indicar en sistema para eliminación de material, cumplido un periodo de tiempo y parámetros
definidos por APA.
− Registro de la eliminación con fecha y hora para cada caso, indicando la cantidad de inclusiones
y/o láminas que fueron desechadas.
● Característica subproceso de reserva de muestras.
− Registro de ingreso y usuario del responsable que gestiona material destinado a reserva de
muestras.
− Identificación a través de lectura de código de barra o QR que está presente en frasco o
contenedor de muestras que registre ingreso a archivo de reserva.
− Asignación de posición en archivo de reserva en que se ubicará el frasco o contenedor.
− Indicar en sistema para eliminación de reserva cuando se haya cumplido un periodo de tiempo
y el caso se encuentre informado o cerrado.
− Registro de la eliminación con nombre de quien elimina, fecha y hora para cada muestra
eliminada.
● Característica subproceso de gestión de fallecidos.
− Registrar ingreso y usuario responsable de la gestión de paciente fallecido en la unidad donde
ocurre el deceso y responsable de solicitar el traslado hacia APA.
− Ingreso de datos en solicitud de traslado y entrega de paciente fallecido a través de software.
Que permita impresión de este documento que acompaña el traslado del paciente fallecido
hasta APA. Con opciones de obligatoriedad en los campos a completar. En paralelo, que permita
imprimir consentimiento informado y folleto informativo según protocolo institucional.
− Que permita indicar y solicitar en sistema, realización de procedimiento de autopsia por
responsable de la gestión del paciente fallecido en la unidad donde ocurre el deceso.
− Generación de etiqueta con código de barras o QR con información ingresada en solicitud de
traslado con número correlativo anual.
− Registrar ingreso y usuario responsable de la recepción de paciente fallecido y solicitudes de
gestión de fallecidos en APA.
− Captura de información de la solicitud de traslado de fallecidos en APA, a través de lectura de
etiqueta con código de barras o QR generada en la unidad donde ocurre el deceso.
− Que permita aceptar la recepción e ingreso del paciente fallecido y la solicitud de autopsia en
recepción de APA.
− Que permita gestionar la entrega del paciente fallecido a familiares o servicio médico legal, con
ingreso de datos parametrizables (Nombre de quien retira, cédula de identidad, contacto,
funeraria, cementerio)
● Módulo de Estadísticas
− Extraer datos estadísticos por búsquedas de periodos de fechas de ingreso de muestras a APA
en formato Excel.
− Extraer datos estadísticos por búsqueda de períodos de fecha de validación de casos estudiados
en formato Excel.
− Extraer datos por búsqueda de períodos de fecha de lecturas en unidades consultantes en
formato Excel.
− Extraer datos por búsqueda de número de casos ingresados o informados en formato Excel.
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− Extraer datos en formato Excel: por búsqueda de diagnóstico, casos notificados como críticos,
órgano, unidades solicitantes, códigos SNOMED, CIE-10, TNM u otros, códigos FONASA, tipo de
estudio, técnica histoquimica y/o inmunohistoquimica solicitada u otros.
− Debe generar reportes de eliminación de muestras, en formato Excel.
− Extraer datos por búsqueda de períodos de fecha de casos rechazados en formato Excel.
− Indicación de estado actual y ubicación de muestras por consulta de datos demográficos de un
paciente, por fechas de ingreso, por unidades solicitantes, por órganos u otros que requiera la
unidad de APA.
− Extraer datos por diagnostico critico informados en formato Excel, puede ser filtrados por fechas
− Búsqueda de información por palabra clave dentro del informe.
Integraciones
El proveedor deberá considerar las integraciones necesarias que permitan integrar el sistema de anatomía
patológica con el Registro Clínico Electrónico, desde la etapa de solicitud hasta la generación del resultado,
permitiendo tener trazabilidad de la solicitud realizada. Esto implica a lo menos los siguientes puntos de
integración
− Generación de la solicitud desde los servicios clínicos.
− Anulación de la solicitud.
− Rechazo de la solicitud
− Estado de la solicitud.
− Resultado de la solicitud en formato base 64.
− Listado de solicitudes con su respectivo estado, asociadas a un RUT.
El proveedor deberá realizar las integraciones al sistema que requiera el Hospital, para lo cual deberá
coordinarse con el Departamento de informática en salud y definir entre ambas partes el método a utilizar
para la integración, siendo las opciones Mensajería HL7, API REST o Web Services.
Para nuevas integraciones posterior a puesta en marcha e inicio de actividades, se deberán desarrollar en un
plazo no mayor a 15 días posterior solicitud del hospital.
5.- DE LA IMPLEMENTACIÓN E INICIO DE ACTIVIDADES
El proceso de implementación y puesta en marcha se dividirá en 2 partes posterior a firma de contrato.
1. Implementación: correspondiente al proceso de instalación de servidores, configuración y
parametrización del aplicativo, desarrollo y prueba de integraciones con el Registro Clínico
electrónico, además del proceso de migración. En esta etapa se considera todo lo necesario para
tener operativo el sistema según bases de licitación, previo al inicio de funcionamiento.
En la implementación el Software de Anatomía Patológica deberá contar con la integración de licencia
de voz, al menos seis (6) para cada punto de trabajo, adicionalmente deberá incluir el sistema de
dictáfono para la estación de trabajo de macroscopía.
Debe considerar la migración de información y datos históricos de biopsias desde el año 2014
existentes en la unidad de Anatomía Patológica, los cuales se encuentran actualmente identificados
con N° de biopsia, el formato se coordinará previamente entre el Hospital la Florida y el adjudicatario.
Además debe asegurar que la búsqueda de estos mismos pueda realizarse mediante RUN y N° de
biopsia.
Debe considerar el adjudicatario la incorporación de audios, PDF, imágenes y toda clase de archivos
asociados a los estudios realizados en las dependencias de Anatomía Patológica, que permitan
resguardar la seguridad, trazabilidad y la información asociada al paciente.
Para estos procesos se deberá considerar las siguientes planificaciones, en días corridos.
Carta Gantt del proceso de implementación que considera:
- Proceso de instalación de Servidores, hadware, etapa y días.
- Proceso de migración de datos y pruebas de confiabilidad de carga que permita validar la asociación
correspondiente. Se debe indicar las tareas y los días asociados.
- Proceso de integración de sistemas. Se debe indicar puntos de integración, días y pruebas.
- Proceso de instalación de Software. Se debe indicar días y pruebas de validación de configuraciones.
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2. Puesta en marcha: En esta etapa se considera el proceso de validación para inicio de funcionamiento
en las distintas unidades del sistema, además del proceso de acompañamiento y capacitación
descrito en carta Gantt entregada.
6.- DEL LUGAR DONDE SE PRESTARÁN LOS SERVICIOS
Los servicios se deberán ejecutar e instalar al interior del Hospital La Florida, principalmente en las
dependencias de la unidad de Anatomía patológica y en computadores donde el prestador determine
necesaria la instalación del software.
7.- DEL PERSONAL QUE PRESTARÁ EL SERVICIO
Previo a la realización de la implementación, integración y capacitación, el proveedor deberá presentar un
certificado de capacitación en el uso del software extendido por la marca oficial, por cada uno de las personas
que ejecutará estas tareas. Todo esto, sujeto a recepción conforme por parte del Referente Técnico.
8.- DE LOS EQUIPOS EN COMODATO
El adjudicatario deberá proporcionar soporte y mantención a los equipos que queden en modalidad de
comodato en el Hospital La Florida.
También deberá garantizar la integración con a lo menos las siguientes modalidades:
Equipo Marca Modelo
Impresora de casetes Thermo Printmate
Impresora de laminas Primera Signature
Procesador de tejidos Thermo Excelsior AS
Equipo de IHQ Ventana Benchmark GX
Estación de Macroscopía Hiplaas EVO150ED
Impresora de etiquetas Impresora de código de barras para emisión de
etiquetas.
9.- DE LAS CAPACITACIONES
El adjudicatario deberá contar con un plan de capacitación a los funcionarios que se desempeñen en el
hospital la florida y que tengan en sus funciones trabajar con el manejo de muestras de biopsia o citología
según corresponda.
Este plan debe venir detallado en una carta gantt y con respaldo de nombre, apellido, RUN y unidad o servicio
de donde fue capacitado el funcionario.
El proveedor deberá considerar la entrega de manuales digitales actualizados.
El proveedor deberá prestar servicios de capacitación posteriores a la puesta en marcha del sistema
informático, de acuerdo a las necesidades presentadas por el Hospital
10.- DE LAS POLITICAS DE RESPALDO
Se debe generar una política de respaldo que permita mantener continuidad operativa y resguardar la
información de los usuarios, se debe generar respaldo a nivel de base de datos y de aplicativo en caso de ser
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necesarios, para ello el proveedor deberá entregar un plan de respaldo y contingencia que será validado por
el Hospital. Adicionalmente deberá incluir dos servidores con políticas de respaldo.
11.- AMBIENTE DE PRUEBAS
El oferente deberá entregar un ambiente de prueba separado del ambiente productivo, para capacitaciones,
pruebas de funcionamiento, nuevos desarrollos y pruebas de integraciones.
12.- DE LA COMUNICACIÓN
El adjudicatario deberá proveer y mantener a su costo un sistema de comunicación permanente, que permita
la adecuada coordinación entre el adjudicatario y el Hospital.
Dicho sistema de comunicación debe ser acordado por ambas partes. Este sistema deberá permitir una
coordinación rápida, eficaz y efectiva en todo momento, deberá entrar en contacto en horario hábil y no hábil
y generar ticket en mesa de ayuda.
13.- NIVELES DE SERVICIO
Corresponde a los criterios o estándares de acuerdo a los cuales se debe prestar el servicio, los cuales pueden
ser afectados por situaciones que alteren dicho nivel, sea para mejorarlo o disminuirlo, y por ende
repercutirán en la evaluación periódica del mismo.
Para estos efectos se ha establecido los indicadores de Niveles de Servicio, considerando un cierto nivel
admisible en un período determinado para cada factor, se establecen multas para aquellos casos de
“Incumplimiento” de carácter gravísimo e inadmisible para la gestión clínica del Hospital o que faculta a la
Institución para poner término anticipado al contrato.
Si el proveedor adjudicado presenta problemas en el cumplimiento de los niveles de servicio, estará obligado
a corregir en el tiempo y forma definida por ambas partes.
Para ello se definieron los siguientes niveles por indicador:
- Prioridad 1 o critica: se interrumpe la operación normal del sistema. Falla total o parcial.
o Falla total es caída del sistema
o Falla parcial, falta conectividad con equipos analizadores o lectura código de barras equipos.
En caso de que la falla no sea atribuible al sistema, sino que al analizador, se debe entregar
un informe indicando las razones de su no atribución, el cual eximirá de la responsabilidad
de análisis SLA y debe ser validado por la unidad de soporte.
- Prioridad 2 o mayor: se pierde alguna funcionalidad, pero es posible operar por camino alternativo,
se debe indicar el camino alternativo dentro del plazo de solución.
- Prioridad 3 o estándar: perdida de la funcionalidad puntual, pero no afecta a la operación.
- Responsable de la definición de criticidad: Mesa de ayuda HLF al momento de ingresar tickets.
Tiempos de incidencias comprometidas serán los siguientes:
Indicador Nivel objetivo
Tiempo de resolución para incidencias de prioridad
1 o critica
2 horas
Tiempo de resolución para incidencias de prioridad
2 o mayor
8 horas
Tiempo de resolución para incidencias de prioridad
3 o estándar
5 días hábiles
Para el cálculo de la disponibilidad se tendrán encuentra los siguientes criterios:
- Solo se contabilizarán las incidencias que hayan implicado falta de servicio total o parcial con
prioridad 1 y 2.
- No se contarán las detenciones de sistema aceptadas y/o programadas por HLF.
- Se excluyen las interrupciones de servicio por causas ajenas a el proveedor o de fuerza mayor
(incendio, inundación, falta de corriente eléctrica, entre otros)
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Es responsabilidad del proveedor, velar por el monitoreo y la administración del sistema para asegurar la
continuidad operativa del servicio, esto considera la integración de los sistemas.
14.- SERVICIOS DE ASISTENCIA TÉCNICA:
Con el fin de obtener un óptimo funcionamiento de la Red de Respaldo, se requiere que la propuesta considere
a lo menos con las siguientes características:
● Horario de prestación de servicios de soporte:
o Mantención preventiva:
Cobertura: soporte es de 24x7, previa coordinación con HLF.
Horario: 8.30 – a 17.30 horas
SLA: cumplimiento de carta Gantt acordada con HLF.
o Mantención correctiva:
La cobertura del soporte es de 24x7.
El proveedor debe mantener atención regular y permanente a los usuarios del
sistema informático en el HLF.
● La propuesta deberá indicar todas las consideraciones necesarias para poder dar cumplimiento a su
plan de trabajo.
● La implementación debe considerar que los trabajos se deben realizar sin perjudicar la continuidad
de servicio, y sin tener cortes mayores no acordados y coordinados previamente con el Hospital.
El ajuste pleno a las características técnicas de la configuración que tiene definida la actual red de datos del
Hospital, en relación a su direccionamiento IP, protocolos de comunicación y otros.
● Debe existir una correcta vinculación con el RCE del hospital y adicionalmente debe contar con la
capacidad de funcionamiento sin éste (en caso de contingencia).
a) Tipos de mantenimiento:
Mantenimiento preventivo de Software y Equipos en comodato el proveedor implantara un procedimiento
diseñado para reducir la probabilidad de fallas tanto del software como de las integraciones con los sistemas.
Para ello el proveedor deberá:
- Entregar un calendario de mantenciones preventivas para el periodo contratado
- Las mantenciones preventivas deben realizarse en las dependencias del hospital y/o remoto, para lo
cual deberá informar al Jefe de soporte y Tecnología, del inicio de los trabajos y la finalización de las
actividades.
- El proveedor debe coordinar el mantenimiento preventivo con la unidad de soporte del
departamento de informática en salud del HLF.
- Esta coordinación deberá realizarse mediante correo electrónico con una anticipación de a lo menos
5 días de acuerdo con las fechas propuestas en carta Gantt
- La recepción del mantenimiento se debe realizar solo por personal técnico del departamento de
informática en salud.
- El proveedor debe emitir informe a Jefatura de soporte de informática en salud de la actividad
realizada y sus hallazgos.
- Deberá entregar un protocolo de mantenimiento preventivo al momento de formalizar la carta gantt
y firma del contrato respectivo, el cual será velado su cumplimiento al momento de realizar las
actividades.
- Previo a cada mantención, el proveedor realizara las pruebas y procesos básico necesario para
garantizar el correcto funcionamiento del sistema una vez puesto nuevamente
- En caso de que a raíz de una mantención se realicen cambios importantes estructurales en la base
de datos y/o en la programación, se realizarán actividades de validación en ambientes previos, así
como las validaciones de vuelta atrás y pruebas de estrés que garanticen el correcto funcionamiento
del sistema una vez puesto nuevamente en producción.
- Dado el conocimiento de la aplicación, el proveedor será el responsable de entregar los servicios de
Administración de base de datos, para mantenimientos preventivos e incidencias de nivel 3, esto
incluye todas las necesidades específicas de rendimiento, optimización, trace de consultas y
dimensionamiento de la Base de Datos. No se requiere un profesional dedicado solo para el Hospital,
pudiendo ser compartido para otros proyectos, pero exigido de manera obligatoria ante incidencias
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de nivel 3 y mantenimientos preventivos, según el programa de mantenimiento preventivo,
entregado por el proveedor.
Mantenimiento Correctivo de Software y Equipos en comodato: con el fin de restablecer las condiciones de
operación, seguridad y funcionalidad de sistema y sus integraciones. Se deberá realizar de acuerdo con el
tiempo indicado de SLA, entregando los medios de notificación, correo de contacto, teléfono en horario hábil
e inhábil y niveles de escalamiento según corresponda.
Todos los desarrollos indicados en el presente contrato poseen garantía funcional y por lo tanto el
mantenimiento correctivo está incluido mientras el contrato esté vigente. En caso de que algún desarrollo y/o
validación funcional quede fuera de la vigencia del contrato, éste tendrá una garantía de un mes post
implementación siempre y cuando no cambien las especificaciones iniciales.
Nuevos Desarrollos: adicionalmente a los desarrollos mencionados en el presente contrato, se considerarán
y disponibilizarán las configuraciones y/o informes por peticiones o mandatos ministeriales. En caso de que El
Cliente requiera desarrollos propios no incluidos en el contrato original, se analizarán y en caso de ser factible
se cotizarán si corresponde.
Todo desarrollo deberá seguir los lineamientos de seguridad de la información, que establece el anexo
cláusulas de protección de datos y seguridad de la información en contratos de tecnología, elaborado por el
Ministerio de Salud, el cual indica que se contará con mecanismos de auditoría de seguridad de la información,
actas de trabajo y de aceptación de entregables, responsables y los periodos de revisión, debiendo conservar
los registros de auditoría de las actividades que se realicen, incluyendo administradores y operadores, de las
excepciones o incidentes de información y mantenerlos durante un periodo acordado para ayudar en
investigaciones futuras y en el seguimiento y monitoreo del control de acceso.
Ministerio de Salud, y sus organismos dependientes, podrán realizar auditorías de los procesos, controles de
desarrollo y soluciones de los proveedores para verificar su nivel de seguridad, previa coordinación con
Departamento de TIS y con notificación al proveedor, todo desarrollo debe ser realizado en un ambiente de
desarrollo.
Capacitaciones: se incluyen capacitaciones hasta 2 veces al año en caso de ser necesario en lo referente a la
plataforma de mesa de ayuda del proveedor para dar soporte de 1er nivel.
Migración de aplicativo cuando finalice contrato: para dar continuidad operativa al trabajo diario en el
Hospital, se establece que el proveedor cuando finalice su contrato deberá proveer de todos los recursos,
insumos y formato de entrega que sean solicitados por parte del hospital de la florida para una correcta
entrega de la información, lo que se entiende que el formato a utilizar será el que indique esta institución,
pudiendo extender fuera de contrato esta situación y no debiendo ser cobrada al Hospital la Florida .
Migración de aplicativo cuando el hospital lo requiera: para dar continuidad operativa al trabajo diario en el
Hospital, se establece que el proveedor deberá realizar trabajos de transferencia de software y de los datos
asociado, cuando la institución lo requiera, por ejemplo: para realizar pruebas de sistemas, cambio de
infraestructura, entre otros, garantizando que la data corresponde a la fiel copia del origen. Por su parte, la
validación final de la data transferida será de responsabilidad de HLF.
Equipos en back up: Si alguno de los equipos en comodato presenta fallas o mal funcionamiento, el adjudicado
tendrá 48 horas como plazo máximo para entregar un equipo en Back Up o reestablecer el funcionamiento
del equipo en mal estado. Se aplicará una multa de 2 UTM por cada día de atraso en la sustitución de los
equipos a contar de las 48 horas mencionadas.
b. Gestión de Incidentes o tickets:
▪ Procedimiento de gestión de incidentes.
Para este efecto. El detalle del procedimiento está expuesto a continuación:
I. Apertura del incidente: La unidad de Soporte del Hospital notificará según contactos y niveles de
escalamiento indicados por proveedor.
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II. El proveedor debe enviar un correo a Hospital (correo formalizado por la institución) indicando la
recepción del incidente y número de ticket asignado. El plazo de recepción debe ser como máximo de
60 minutos.
III. El proveedor debe informar al Cliente el diagnóstico de la causa del incidente y hacerlo partícipe de la
solución si corresponde. (Tercer Nivel Obligatorio).
IV. El proveedor debe informar vía correo electrónico que el incidente corresponderá a Tercer Nivel y
comprometer plazo de resolución.
V. El proveedor debe definir tiempo de espera para resolución de ese incidente y además debe garantizar
la implementación de una solución alternativa transitoria mientras se realiza la resolución del
incidente, en un plazo no mayor a 5 días hábiles dependiendo del tipo de incidente y su clasificación.
VI. El proveedor debe informar a mesa de ayuda del requerimiento de coordinación con proveedores de
analizadores. El trabajo conjunto entre proveedores debe ser supervisado por Unidad de Soporte e
infraestructura. Toda validación de trabajo realizado será por la Unidad de Soporte e infraestructura y
no por el usuario funcional.
VII. Cierre: Proveedor debe ejecutar el correctivo e informar de su resolución a través a correo de mesa de
ayuda, entregando las evidencias del desarrollo realizado. Dependiendo del tipo de incidente, debe
programar actividades de validación de la solución con líderes Hospital asignados, previo a su
implementación en productivo según procedimientos acordados. En el caso de que el correctivo
implique ejecución de consultas y/o scripts de Base de Datos, deben ser incluidos los planes de
ejecución de las consultas involucrados evidenciando el no impacto en el rendimiento de la Base de
Datos.
VIII. Durante los siete primeros días hábiles de cada mes, el proveedor deberá enviar un informe técnico
que presentará al administrador del Contrato (AC). El formato y estructura del informe debe ser
acordado entre las partes.
IX. Mesa de Servicio: el proveedor debe contar con una mesa de ayuda de Horario continuo. El proceso
de operación es el siguiente:
- El Hospital, a través de su mesa de ayuda, realiza los registros de requerimientos utilizando la
herramienta de gestión de ticket oficial del proveedor.
- La mesa de ayuda del proveedor recepciona los tickets y realiza el soporte de 1° nivel.
- En caso de no poder solucionar el problema, se asigna al especialista (soporte de 2° nivel).
- Si el problema persiste, se asigna al departamento de desarrollo para su análisis y resolución (3°
Nivel).
Los niveles de soporte considerados son:
- Primer nivel: resolución vía telefónica a través mesa de ayuda
- Segundo nivel: telefónico, soporte remoto y/o visita presencial
- Tercer nivel: Canalización del problema a departamento de desarrollo para su revisión y resolución.
X. Incidentes con pérdida de servicio:
- Notificación a especialista del proveedor.
El Administrador de Anatomía Patológica o subrogante, debe reportar por vía telefónica al
especialista de turno del proveedor del sistema informático el incidente con pérdida de servicio
para comenzar la resolución del caso. Se deberá enviar correo electrónico para generar ticket en
mesa de ayuda del HFL y éste derivará dicho ticket a la mesa de ayuda del proveedor.
- Notificación a mesa de servicio de Hospital.
El Administrador de Anatomía Patológica o subrogante, debe reportar el requerimiento de soporte
a la mesa de Hospital (vía telefónica o correo), especificando el tipo de requerimiento como
“Incidente crítico” y la descripción de éste.
- Registro de “Incidente crítico” en mesa de ayuda de proveedor.
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La mesa de ayuda Hospital (o Unidad de Soporte) deberá realizar el registro y notificación del
incidente en la plataforma de mesa de ayuda del proveedor según corresponda.
- Notificación a equipo de emergencia.
Dependiendo del alcance de la incidencia tanto la mesa de soporte de Hospital como el especialista
de turno del proveedor que recibió el requerimiento, procederán a contactar a los integrantes que
sean necesarios para restablecer la operatividad del Sistema Informático de Anatomía Patológica.
- El tiempo de análisis del fin del incidente se considera el cierre del ticket.
XI. Incidentes sin pérdida de servicio:
- Notificación de incidencia por parte de Anatomía Patológica a mesa de Hospital.
El Administrador de Anatomía Patológica o subrogante, al reportar un requerimiento de soporte a
la mesa de Hospital, debe especificar el tipo de requerimiento y la descripción de éste.
- Registro de solicitud de soporte en mesa de ayuda hacia el proveedor.
La mesa de ayuda Hospital (o Unidad de Soporte) deberá realizar el registro y notificación del
incidente en la plataforma de mesa de ayuda del proveedor.
1. Clasificación de ticket de soporte en mesa de Hospital
El operador de turno del proveedor debe verificar que la clasificación de la solicitud entregada por el
usuario de Anatomía Patológica y que esté dentro de las definiciones y alcances descritos en este
documento.
2. Registro de solicitud de soporte en plataforma de mesa de ayuda del proveedor.
XII. Clasificación de ticket de soporte en mesa de ayuda del proveedor y asignación de especialista.
- Según clasificación descrita en el campo “Subject” por la mesa del Hospital, El encargado de asignar
los tickets de debe especificar el tipo de requerimiento, prioridad y especialista de aplicaciones
disponible para la resolución.
- Debe responder (Primera respuesta) que el requerimiento está en proceso.
XIII. Resolución de solicitud de soporte por parte del proveedor.
- La resolución del requerimiento se realizará según el procedimiento interno de soporte por parte
del proveedor.
- Cuando se cierre cualquier tipo de requerimiento levantado por la mesa del Hospital con una
solución alternativa (Workaround), se debe notificar al coordinador de soporte del proveedor, para
que, en conjunto con el referente técnico del Hospital, se levante una nueva solicitud de soporte
categorizada como “Requerimiento”, para realizar seguimiento y control de la solución final.
- Estado de solicitud de soporte:
1. Abierto: La solicitud de soporte se encuentra en proceso de resolución.
2. Pendiente: La solicitud de soporte se encuentra detenida ya que existe algo que impide
procesarla. La circunstancia que impida el proceso es de responsabilidad de Hospital, mientras
que la formalización de información necesaria es del proveedor.
3. Cerrado: La respuesta de solicitud de soporte ha sido entregada al cliente.
• Importante: En el caso de que la solución de problema o incidente reportado no sea
responsabilidad de proveedor, la solicitud será cerrada y argumentada al coordinador de soporte
del Hospital.
▪ Clasificación de incidentes o tickets:
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1. Incidencia crítica (Hospital) o Incidente urgente: Cualquier incidente que impida recibir, procesar
e informar exámenes de biopsias o citologías de forma total o parcial (pérdida de la continuidad
operacional), causado por falla en los componentes críticos que integran el sistema de
información del Laboratorio de Anatomía Patológica, tales como servidor o interfaces de
comunicación dependientes del software de Anatomía Patológica.
2. Incidencia mayor (Hospital) o Incidente alto: Pérdida de funcionalidad puntual en el proceso de
recepción, procesamiento o de informe de exámenes de biopsias o citologías, pero es posible
operar por un camino alternativo.
3. Incidencia estándar (Hospital) o Incidente bajo: Pérdida de funcionalidad en módulos que no
afectan la recepción, procesamiento o informe de exámenes de biopsias o citologías como, por
ejemplo: Modulo de documentos, módulo de indicadores, etc.).
Nota: Mesa de ayuda del Hospital al momento de ingresar tickets debe validar criticidad indicada
por KeyUser y en función de esto traspasarla en el registro.
4. Requerimiento Normativo: Los requerimientos normativos son los todos aquellos informes que
solicita el MINSAL o SSMSO como requisitos nacionales y éstos serán realizados sin costo.
5. Evolutivo: Los requerimientos evolutivos son todas aquellas nuevas funcionalidades del software
de laboratorio clínico solicitadas por Hospital, que no estaban contempladas hasta el día en que
se firmó el contrato. Estas nuevas solicitudes serán analizadas por el proveedor y en el caso que
técnicamente sea factible de implementar, serán cotizadas enviando una propuesta al Hospital.
Si el Hospital acepta dicha cotización y envía la Orden de Compra correspondiente, se realizarán
los trabajos indicados en la propuesta.
Nota: Si se recibe un requerimiento que no esté dentro del alcance antes descrito, este se debe
evaluar tanto técnica como comercial antes de proceder.
6. Reclamo: Manifestación de desacuerdo con lo prometido en el servicio contratado que requiere
medida correctiva o preventiva de la gerencia de informática del proveedor.
▪ Tiempo de respuesta de incidencias sujetas a indicador:
1. Incidencia critica (Hospital) Incidencia urgente
a. Horario de funcionamiento: Horario continuo
b. Tiempo primera respuesta: 30 minutos
c. Tiempo para la resolución o solución alternativa (Workaround): 2 horas
d. Asistencia presencial, si aplica: 2 horas
2. Incidencia mayor (Hospital) Incidencia alta
a. Hora de funcionamiento: Horario continuo
b. Tiempo primera respuesta: 60 minutos
c. Tiempo para la resolución o solución alternativa (Workaround): 8 horas
d. Asistencia presencial, si aplica: 6 horas
3. Incidencia estándar (Hospital) Incidencia baja
a. Hora de funcionamiento: Horario laboral
b. Tiempo primera respuesta: 60 minutos
c. Tiempo para la resolución: 5 días hábiles
d. Asistencia presencial, si aplica: según disponibilidad del especialista del proveedor
4. Requerimientos
Los requerimientos no tienen tiempos de respuesta establecido, pero se realizará seguimiento
de estos a través de reuniones mensuales, previamente acordadas entre el coordinador de
soporte del software de Anatomía Patológica y el coordinador de soporte del Hospital. El tiempo
se considerará el indicado alrededor el requerimiento sino se cumple se podrá aplicar multas.
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Ejemplo de incidentes críticos (Hospital) incidente urgente. Situaciones que afecta a la continuidad operativa
del laboratorio de Anatomía Patológica, tales como:
- No se puede entregar ningún resultado de exámenes desde el Sistema informático de Anatomía
Patológica.
- No se puede ingresar ninguna solicitud de examen tanto por integración como manual a Sistema
informático de Anatomía Patológica.
- No se puede emitir ningún informe de resultados de exámenes desde Sistema informático de
Anatomía Patológica (desde ninguna estación).
- No se carga ninguna solicitud de exámenes desde el HIS al Sistema informático de Anatomía
Patológica.
- No se puede validar ninguna solicitud de exámenes en Sistema informático de Anatomía Patológica.
- No hay conexión al servidor de Sistema informático de Anatomía Patológica.
- Velocidad de ingreso de muestras mayor de dos minutos por muestra.
Ejemplo de incidentes mayor (Hospital) incidente alto:
- No se cargan al Sistema informático de Anatomía Patológica solicitudes o estados de exámenes en
casos puntuales.
- No se cargan al HIS solicitudes o estados de exámenes en casos puntuales.
- No se puede entregar resultados de exámenes en casos puntuales desde el Sistema informático de
Anatomía Patológica o página web dependiente del proveedor.
- Analizador automatizado no recibe o transmite resultados de exámenes al Sistema informático de
Anatomía Patológica.
- No se puede realizar recepción de una o varias muestras, ya sea por lectura de etiqueta o bien de
forma manual.
- No se puede registrar rechazos de muestras.
- No se pueden recibir muestras por lectura de código de barras, pero sí de forma manual.
- No se puede realizar registro de notificación de valores críticos.
- Problemas de integración con otros sistemas, por ejemplo, que no se trasmitan los resultados a HIS.
Ejemplo de incidentes estándar (Hospital) incidente bajo
- Perdida de funcionalidad en módulos que no son los módulos de registro de órdenes, toma de
muestras, recepción de muestras, captura de resultados, entrega resultados, por ejemplo:
Indicadores, Estadísticas, Generación de documentos, etc.
c. Catálogo de servicios:
SERVICIO TIEMPO DE RESOLUCIÓN
Software funcionalidad, Incidente Crítico 2 horas
Software funcionalidad, Incidente Mayor 8 horas
Software funcionalidad, Incidente Estándar 5 días hábiles
Parametrización de catálogos 18 horas
Parametrización de informes estadísticos e indicadores 5 días hábiles
Capacitación 5 días hábiles
Solicitudes de información 5 días hábiles
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Integraciones 5 días hábiles
Upgrade de nuevas versiones 5 días hábiles
d. Aspectos del soporte:
Para asegurar la continuidad operativa del software de Anatomía Patológica en el Hospital de la Florida el
Servicio de Soporte incluirá lo siguiente:
▪ Mantenimiento de Licencias: Mantenimiento por 36 meses de acuerdo con el periodo indicado en este
contrato.
▪ Servicio de Soporte: Esta propuesta incluye soporte por 36 meses de acuerdo con el periodo indicado
en este contrato.
Características del soporte:
- Apoyo funcional a los usuarios finales de la aplicación, resolviendo dudas o para apoyar la operación
y uso del sistema.
- Asistencia técnica a los responsables de Informática del Hospital para apoyar en las actividades de
paso a producción de mejoras y correcciones menores (parches).
- Diagnóstico de errores que afecten el normal funcionamiento de la aplicación, corrigiendo cuando
corresponda a un problema de la aplicación, o derivando a quién corresponda resolver.
- Confección y entrega de informe básico de actividades de soporte mensual.
- El servicio de soporte contratado no incluye políticas y creaciones de respaldos de la data por lo
tanto es de exclusiva responsabilidad de Hospital.
Acceso Remoto: Para prestar el servicio de soporte a la aplicación en forma oportuna y eficientemente,
es necesario que el Hospital disponga para el proveedor un acceso remoto a los ambientes donde estará
operando la aplicación (productivos y pre-productivos).
15.- DE LAS OBLIGACIONES Y RESPONSABILIDADES GENERALES DEL ADJUDICATARIO
Dentro de las principales obligaciones y responsabilidades del proveedor, se citan las siguientes:
1. El adjudicatario se comprometerá a responder ante el Hospital de La Florida de todo daño, perjuicio,
deterioro, pérdida o extravío manejo indebido de la información confidencial proporcionados por el
establecimiento hospitalario entregados para el uso de los agentes, que sean debidamente
comprobados de responsabilidad de su personal, originados por cualquier razón o motivo.
2. Deberá contar con un soporte efectivo las 24 horas del día los 7 días de la semana, el cual debe
encargarse de responder dudas de los funcionarios frente a consultas generales y soporte por
mantenimiento de red o fallas de sistema.
3. Deberá cumplir a cabalidad los plazos de implementación, integración indicados en carta gantt.
4. En caso que haya alguna modificación en el equipo humano del oferente, este deberá informarlo al
administrador de contrato, dentro de las 48 horas hábiles anteriores al cambio. El adjudicatario a
través de su interlocutor, presentará a cualquier nuevo integrante de su equipo humano, debiendo
cumplir con todos los requisitos establecidos en las presentes bases, según corresponda.
5. El adjudicatario deberá hacerse responsable de la correcta identificación de su personal. El personal
debe tener un trato cortés y respetuoso con el personal del Hospital.
6. El oferente, deberá entregar un servicio de operatividad 24/7, entregando un correo de notificación
para incidencias, teléfono de contacto para horario hábil y teléfono de contacto para horario inhábil.
7. El adjudicatario deberá entregar a HLF actualizaciones del sistema que la empresa libere durante el
periodo que dure el contrato, en ella debe considerar: nuevas versiones y programas que incluyen
nuevas funcionalidades, correcciones o parches críticos, alertas de seguridad, documentación
respectiva.
8. El oferente deberá considerar la instalación, configuración e implementación de todo lo señalado en
punto anterior.
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16.- DE LAS OBLIGACIONES DEL OFERENTE AL FINALIZAR EL CONTRATO
Cuando suceda el evento de término de contrato, el oferente para dar continuidad operativa al trabajo diario
en el Hospital, deberá proveer de todos los recursos, insumos y formato de entrega que sean solicitados por
parte del hospital de La Florida para una correcta entrega de la información, lo que se entiende que el formato
a utilizar será el que indique esta institución.
El proveedor adjudicado se obliga mediante la aceptación de las presentes bases a disponer de un “plan de
migración de datos”, por un periodo de 3 meses. El proceso de migración incluye la exportación de la totalidad
de los estudios (informes e imágenes diagnosticas) y deberá considerar los datos en formatos de texto plano
según la estructura que le solicite el hospital, esto implica entregar por parte del Hospital entidades con su
tipo de dato y codificación la cual será obligación del oferente realizar la transformación y entrega de datos
en el formato solicitado. Para ello, se realizará una primera entrega a validar por el hospital y luego se
requerirá procesos de actualización de datos hasta el término del contrato, las veces que sea requerido por el
establecimiento.
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