1. OBJETO DE LAS BASES. |
Las presentes bases de licitación son formuladas para establecer la regulación del proceso de adquisición del
SERVICIO DE CONSULTORÍA PARA EL DISEÑO DEL PLAN DE DESARROLLO ESTRATÉGICO DEL HOSPITAL LA
FLORIDA y reglamentan entre otros aspectos las condiciones que deben cumplir las ofertas, las etapas del
proceso licitatorio, su forma de evaluación y adjudicación, las condiciones del contrato y todos los aspectos
necesarios para el correcto proceso de adquisición.
Cabe hacer presente que el servicio asociado a esta adquisición debe ajustarse a las especificaciones de estas
bases.
No podrá el proveedor ofertar servicios distintos a los establecidos en estas bases de licitación ni
complementos o extras no contemplados en los requerimientos técnicos. Cualquier extra no requerido no
será considerado en la evaluación.
El servicio solicitado, se encuentra detallado en las bases Técnicas de licitación.
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2. DISPOSICIONES PRELIMINARES. |
2.1 De los Oferentes.
Podrán participar en esta licitación las personas naturales o jurídicas, chilenas o extranjeras que realicen sus
ofertas a través del sistema de información www.mercadopublico.cl. Del mismo modo podrán participar en
el presente proceso, las personas naturales y/o jurídicas que decidan asociarse a través de la unión temporal
de proveedores, regulada en el artículo 67 bis del Decreto Nº 250 del 2004 del Ministerio de Hacienda, que
aprueba el reglamento de la Ley Nº 19.886.
Tratándose de personas naturales o jurídicas extranjeras, deberán al momento de contratar contar con
agencia y domicilio en Chile, con un representante con mandato y poder suficiente para contratar a nombre
del mandante, y para responder de las obligaciones que emanen del contrato respectivo, de acuerdo a la
normativa vigente, y sin perjuicio de las normas que sobre el particular establezcan tratados o convenios
internacionales vigentes suscritos por Chile y por el país de origen de dicha persona natural o jurídica.
Para estos efectos, la documentación que deberá exigirse a las empresas extranjeras, se hará conforme a lo
dispuesto en la ley N°20711, en caso de ser ello procedente.
En cuanto a la aplicabilidad de los Tratados Internacionales a los que se hace alusión en este apartado, será
pertinente en la medida que tales instrumentos hayan sido suscritos y ratificados por Chile.
Todo Proponente u Oferente interesado en presentar Oferta deberá estudiar cuidadosamente las Bases
Administrativas y Técnicas, debiendo informarse de todas las condiciones que de alguna manera afecten el
costo de los bienes y/o servicios ofertados, tales como permisos que deben obtenerse, leyes o reglamentos
que puedan ser aplicables, entre otros. Cualquier omisión por parte del Oferente, será a su propio riesgo y
sólo él será responsable de los errores u omisiones en que incurra. El Proponente sufragará todos los costos
relacionados con la preparación y presentación de su oferta. El Hospital no será responsable en caso alguno
de dichos costos, cualquiera sea el resultado de la Licitación.
2.2.- Unión temporal de los proveedores.
Se entenderá como unión temporal de proveedores, si dos o más proveedores se unen para el efecto de
participar en un proceso de compra, deberán establecer, en el documento que formaliza la unión, a lo menos,
la solidaridad entre las partes respecto de todas las obligaciones que se generen con la Entidad y el
nombramiento de un representante o apoderado común con poderes suficientes.
Cuando se trate de adquisiciones inferiores a 1.000 UTM, el representante de la unión temporal de
proveedores deberá adjuntar al momento de ofertar, el documento público o privado que da cuenta del
acuerdo para participar de esta forma.
Para contrataciones iguales o superiores al monto indicado, y sin perjuicio del resto de las disposiciones legales
y reglamentarias que resulten aplicables, el acuerdo en que conste la unión temporal deberá materializarse
por escritura pública, como documento para contratar, sin que sea necesario constituir una sociedad.
Si la Entidad exige la inscripción en el Registro de Proveedores para suscribir el contrato, cada proveedor de
dicha unión temporal deberá inscribirse.
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Al momento de la presentación de las ofertas, los integrantes de la Unión determinarán qué antecedentes
presentarán para ser considerados en la evaluación respectiva, siempre y cuando lo anterior no signifique
ocultar información relevante para la ejecución del respectivo contrato que afecte a alguno de los integrantes
de la misma.
La vigencia de esta unión temporal de proveedores no podrá ser inferior a la del contrato adjudicado.
2.3.- Inhabilidades para participar en la Licitación y/o Contratar.
No podrán participar como oferentes, ni contratar con el estado, las personas naturales o jurídicas, nacionales
o extranjeras, afectos a alguna de las prohibiciones, inhabilidades o incompatibilidades para contratar con
órganos y organismos de la Administración del Estado, contempladas en los incisos 1º y 6º respectivamente
del artículo 4º de la Ley Nº 19.886, de Bases sobre Contratos Administrativos de Suministro y Prestación de
Servicios y su normativa complementaria.
Tampoco podrán contratar quienes hayan sido condenados, a esta inhabilidad, por el Tribunal de Defensa de
la Libre Competencia en conformidad con lo dispuesto en el inciso segundo del artículo 26, letra d), del DFL
N° 1, de 2004, del Ministerio de Economía, Fomento y Reconstrucción, que fijó el texto refundido, coordinado
y sistematizado del DL N° 211, de 1973, que fijó normas para la defensa de la libre competencia
Tratándose de personas jurídicas, además, no deben haber sido condenadas a pena de prohibición de celebrar
actos y contratos con organismos del Estado, de conformidad con la Ley N° 20.393, que establece la
Responsabilidad Penal de las Personas Jurídicas en los Delitos de Lavado de Activos, Financiamiento del
Terrorismo y Delitos de Cohecho que Indica.
Tratándose de la unión temporal de proveedores, cualquiera de las causales de inhabilidad para la
presentación de las ofertas, para la formulación de la propuesta o para la suscripción de la convención,
establecidas en la legislación vigente, afectarán a cada integrante de la Unión individualmente considerado.
En caso de afectar una causal de inhabilidad a algún integrante de la Unión, ésta deberá decidir si continuará
con el respectivo procedimiento de contratación con los restantes integrantes no inhábiles de la misma o se
desiste de su participación en el respectivo proceso.
Todo lo anterior, aun cuando, cumplan con los requisitos técnicos establecidos en las presentes bases de
Licitación.
2.4.- Aceptación del contenido de las bases.
Los Oferentes por el sólo hecho de presentarse a la Licitación aceptan y se entenderán en cabal conocimiento
de estas Bases, así como también de las características de la provisión de los servicios y bienes que se
requieren, así como de las Modificaciones de Bases y aclaraciones publicadas en su oportunidad, por el sólo
hecho de presentar sus ofertas, por lo que se declaran conformes con ellas y no tienen reservas ni
observaciones que formular, debiendo ajustarse a ellas en todo momento.
2.5.- Presentación de documentos.
El idioma español regirá para todo el proceso de Licitación, para todos los documentos asociados y aquellos
que posteriormente origine la materialización de la adjudicación.
Todos los antecedentes y formularios deberán ser anexados a la respectiva oferta presentada en idioma
español, en formatos digitales utilizando para estos efectos Word (como procesador de textos), Excel (planilla
electrónica) e imágenes digitalizadas en formatos PDF.
Para estos efectos, la documentación que deberá exigirse a las empresas extranjeras, se hará conforme a lo
dispuesto en la ley N°20711, en caso de ser ello procedente.
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3. ANTECEDENTES QUE RIGEN EL PROCESO DE COMPRA. |
Junto a la Ley N° 19.886 de Bases sobre Contratos Administrativos de Suministro y Prestación de Servicios y al
Decreto N° 250, de fecha 09 de marzo de 2004, del Ministerio de Hacienda y sus modificaciones, forman parte
integrante de los documentos de la presente licitación los que a continuación se señalan, los cuales regirán
de forma obligatoria y complementaria, y en caso de discrepancia prevalecerán en el orden de prelación que
se indica:
• Las presentes Bases Administrativas, Bases Técnicas y Anexos.
• Las Respuestas y/o Aclaraciones realizadas en esta licitación.
• Los antecedentes económicos, técnicos y administrativos presentados por el oferente adjudicado.
• Ley N°20.584, que Regula Los Derechos y Deberes que tienen las Personas en relación con acciones
vinculadas a su atención de salud.
• Normas de Derecho Público
• Normas de Derecho Privado
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Lo anterior, es sin perjuicio de la facultad interpretativa de la Contraloría General de la República y del Tribunal
de Contrataciones Públicas.
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4. DEFINICIÓN DE TÉRMINOS. |
Se aplicarán en las presentes Bases Administrativas, Bases Técnicas y en los Anexos, los términos y definiciones
establecidos en la Ley N° 19.886, de Bases sobre Contratos Administrativos de Suministro y Prestación de
Servicios y en el Decreto N° 250 de 2004 del Ministerio de Hacienda que aprueba el Reglamento de la Ley
19.886, y sus modificaciones, más los que a continuación se indican:
• Hospital Clínico Metropolitano de La Florida Dra. Eloísa Díaz Insunza, Hospital de La Florida,
Hospital o HLF: Establecimiento asistencial de alta complejidad, RUT 65.075.485-9, ubicado en Av.
Froilán Roa Nº 6542, comuna de La Florida, Santiago de Chile.
• Proponente u Oferente: Persona natural o jurídica que participa en el proceso de licitación mediante
la presentación de una oferta, en la forma y condiciones establecidas en las presentes bases.
• Oferente adjudicado: Oferente que resulta adjudicado en el proceso de licitación y, que
posteriormente, prestará los servicios requeridos por el Hospital.
• Comisión de Evaluación: La comisión de análisis, evaluación y propuesta de adjudicación de
licitaciones públicas y privadas, designada por el director del Hospital mediante resolución, y cuya
función es recomendar fundadamente la adjudicación o declaración de desierta de un proceso
licitatorio.
• Días Hábiles: Son todos los días de la semana, excepto los sábados, domingos y festivos.
• Días Corridos: Son los días de la semana que se computan uno a uno en forma correlativa. Salvo que
se exprese lo contrario, los plazos de días señalados en las presentes bases de licitación podrán ser
de días corridos. En caso que el plazo de día corrido expire en días sábados, domingos o festivos se
entenderá prorrogado para el día hábil siguiente. En todos los casos, el plazo de cierre para la
recepción de ofertas no podrá vencer en días inhábiles ni en un día lunes o en un día siguiente a un
día inhábil, antes de las quince horas. Todos los plazos de días que se haga mención en las presentes
bases se entenderán que han de ser completos y correrán además hasta la media noche del último
día del plazo. Lo anterior, salvo en aquellos casos en que se indique hora exacta, y siempre y cuando
se respeten los plazos mínimos legales establecidos por el ordenamiento jurídico.
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5. DISPOSICIONES GENERALES. |
5.1. Comunicaciones.
Cualquier comunicación que deba realizar el Hospital a los proponentes, la publicará en el portal
www.mercadopublico.cl. Así mismo, cualquier comunicación que los proponentes requieran realizar al
Hospital deberá ser a través de igual medio.
5.2. Consultas y aclaraciones a los Antecedentes de la Licitación.
El Oferente que tenga dudas respecto de la licitación debe efectuar sus consultas única y exclusivamente a
través del Foro del Sistema de Información y de acuerdo al plazo del numeral 5.4 de las presentes bases. No
se atenderá ni aceptará ningún tipo de consulta por otro medio.
Las consultas que se reciban pasada esa fecha, no obtendrán respuesta.
En las consultas, se deberá indicar la página y punto de las bases y/o el número del anexo objeto de la consulta.
5.3. Entrega de Respuestas y Aclaraciones.
Las respuestas a las consultas se publicarán en www.mercadopublico.cl en un solo documento, a todos los
proponentes que participen en la licitación, en el plazo señalado en el numeral 5.4 de las presentes bases.
Se considerará que estas aclaraciones formarán parte integral de las bases y por tanto se presumen conocidas
y su aplicación obligatoria para todos los oferentes.
El conocimiento del contenido de las aclaraciones emanadas del Hospital La Florida, es de exclusiva
responsabilidad de los oferentes.
5.4. Cronograma de la licitación.
Para los efectos de esta licitación se establece el siguiente cronograma:
Publicación de Bases
de Licitación
Las Bases de Licitación se encontrarán publicadas durante 5 (cinco) días corridos,
desde la fecha que se suban al portal www.mercadopublico.cl. hasta el día de
cierre de las ofertas. De acuerdo con lo preceptuado en el inciso penúltimo del
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artículo 25 del decreto N° 250, de 2004, no podrá vencer en días inhábiles o en
un día lunes o en un día siguiente a un día inhábil.
Consultas de las Bases El oferente podrá hacer consultas sobre las Bases de Licitación, hasta las 23:59
horas del segundo día corrido contado desde la publicación de éstas y sólo a
través de www.mercadopublico.cl.
Respuestas y
Aclaraciones
Se dará respuesta a las consultas de las Bases, el tercer día corrido contado
desde la publicación de Bases, a través de www.mercadopublico.cl,
Si el tercer día fuere sábado, domingo o festivo, el plazo se extenderá hasta el
primer día hábil siguiente.
Cierre de las ofertas Los oferentes podrán presentar sus ofertas hasta el quinto día corrido contado
desde la publicación de bases hasta las 16 horas, a través de
www.mercadopublico.cl,
De acuerdo con lo preceptuado en el inciso penúltimo del artículo 25 del decreto
N° 250, de 2004, no podrá vencer en días inhábiles o en un día lunes o en un día
siguiente a un día inhábil antes de las 15:00 hrs.
Si el quinto día fuere sábado, domingo o festivo, el plazo se extenderá hasta el
primer día hábil siguiente.
Apertura de las ofertas El acto de Apertura se efectuará a través de www.mercadopublico.cl. La apertura
se realizará desde las 16:01 hrs de la fecha del cierre de las ofertas y hasta los 2
(dos) días hábiles siguientes al cierre.
Evaluación de
admisibilidad
La evaluación de admisibilidad se realizará en la apertura de las ofertas y
consistirá en la revisión de todos los documentos y anexos obligatorios
publicados por los oferentes, exigidos en bases de licitación, junto a la
verificación de la entrega física o electrónica del documento de garantía de
seriedad de la oferta (si se ha solicitado en el proceso licitatorio). Todo, sin
perjuicio ni limitación a que, con posterioridad, pueda detectarse una causal de
inadmisibilidad en la presentación de estos documentos y/o Anexos por algún
oferente durante la etapa de evaluación Administrativa, Técnica y Económica.
Evaluación
Administrativa,
Técnica y Económica
de las Ofertas
La evaluación Administrativa, Técnica y Económica de las ofertas se realizará
desde el día hábil siguiente de la evaluación de admisibilidad y no podrá exceder
de 3 (tres) días hábiles.
Adjudicación de las
Ofertas
La adjudicación de la Licitación se realizará dentro de los 5 (cinco) días hábiles
contados desde el término de la evaluación.
Es menester señalar, que mediante la presente licitación se adquiere un servicio de simple y objetiva
especificación, y por esta razón, conlleva un esfuerzo menor la preparación de ofertas por parte de los
proveedores, por lo tanto el plazo entre el llamado y el cierre de la recepción de las ofertas, se ha reducido
conforme lo dispuesto en el artículo 25 del Decreto N° 250 de 2004, del Ministerio de Hacienda que aprueba
Reglamento de la Ley Nº 19.886, de Bases sobre Contratos Administrativos de Suministro y Prestación de
Servicios.
5.5. Modalidad de Propuesta.
Las propuestas se presentarán a través de www.mercadopublico.cl en pesos, con valores totales sin IVA.,
indicando si el servicio es Exento o afecto de IVA.
Los valores ofertados deberán incluir todos los gastos en los que incurra el Oferente adjudicado en la
prestación de los servicios requeridos hasta su total recepción conforme, comprendiéndose entre ellos, por
ejemplo, los relativos a implementos necesarios para prestación del servicio, lugar donde se realizarán las
jornadas presenciales, Coffe break, derechos, patentes, legalización de documentos, etc.
Los oferentes podrán presentar una sola oferta o bien una oferta principal y otra alternativa.
Se deberán, además, presentar todos los anexos solicitados los cuales deberán tener el servicio requerido
claramente identificado.
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5.6. Ofertas alternativas.
Los Proponentes podrán presentar una oferta alternativa, la que será estudiada por el Hospital como una
oferta más. La oferta alternativa deberá ser identificada en el Portal Mercado Público como “Oferta
Alternativa”.
5.7. Validez de las Ofertas.
Las ofertas deberán tener una validez mínima de 180 días corridos, contados desde la fecha de cierre de las
ofertas. La oferta cuyo período de validez sea menor al requerido, dará causa a declararla inadmisible. Si nada
señala la oferta, se entenderá que la oferta tiene una validez de 180 días corridos para todos los efectos. Lo
anterior, sin perjuicio de que se efectuará la revisión de la totalidad de los antecedentes contenidos en la
oferta, de acuerdo al artículo 9 de la Ley N° 19.886.
Vencido este plazo, y si no se hubiere realizado la adjudicación o no se haya firmado el contrato, por razones
internas del Hospital, este podrá solicitar a los Proponentes la prórroga de sus ofertas y garantías. Los
Proponentes podrán ratificar sus ofertas o retirarlas, formalizando su decisión mediante comunicación escrita
dirigida al Hospital y la entrega de nueva garantía.
La comunicación se realizará a través de correo electrónico, al correo indicado por el oferente en el ANEXO
N°1. El Oferente tendrá el plazo de cinco (5) días hábiles para responder y entregar nueva garantía. De no
recibir respuesta se entenderá que el Oferente no tiene interés en perseverar con su propuesta.
Desde el día siguiente hábil contado de la comunicación del Oferente de no perseverar en la propuesta, o
vencido el plazo de respuesta sin que el Oferente se pronuncie al respecto, se pondrá a disposición de los
Proponentes para su devolución la garantía a aquellos que no accedan a la prórroga.
5.8.- Garantía de Seriedad de la Oferta
En este proceso no se solicitará Garantía de Seriedad de la oferta.
5.9.- Modificación de las Bases.
En cualquier momento, antes del cierre de recepción de ofertas, el Hospital podrá introducir modificaciones
a los documentos de licitación por medio de un acto administrativo publicado a través del portal electrónico
www.mercadopublico.cl, si estima que ello resulta esencial para los fines y/o correcto desarrollo del proceso
licitatorio.
En caso de que lo anterior ocurra, el Hospital La Florida podrá otorgar un plazo prudencial a los oferentes para
que puedan conocer y adecuar sus ofertas a las modificaciones introducidas, pudiendo o no, modificar la fecha
de cierre para estos efectos, lo cual será informado por el portal Mercado Público junto con las modificaciones,
una vez que el acto administrativo que las aprueba se encuentre totalmente tramitado.
En el evento de modificarse la fecha de cierre, el plazo para ofertar se ampliará en la cantidad de días que se
señale en www.mercadopublico.cl.
Es exclusiva responsabilidad del Proponente la revisión del Portal, con el objeto de informarse sobre lo
expuesto en este punto y en el punto 5.3. Así mismo, es obligación del Oferente, una vez cerrada la
presentación de ofertas, revisar el Foro Inverso y responder las aclaraciones que se le soliciten por esta vía.
5.10.- Pacto de Integridad.
El Oferente declara que, por el sólo hecho de participar en la presente licitación, acepta expresamente el
presente pacto de integridad, obligándose a cumplir con todas y cada una de las estipulaciones contenidas en
el mismo, sin perjuicio de las que se señalen en el resto de las bases de licitación y demás documentos
integrantes. Especialmente, el oferente acepta el suministrar toda la información y documentación que sea
considerada necesaria y exigida de acuerdo a las presentes bases de licitación, asumiendo expresamente los
siguientes compromisos:
1. El Oferente se obliga a no ofrecer ni conceder, ni intentar ofrecer o conceder, sobornos, regalos, premios,
dádivas o pagos, cualquiera fuese su tipo, naturaleza y/o monto, a ningún funcionario público en relación
con su oferta, con el proceso de licitación pública, ni con la ejecución de él o los contratos que
eventualmente se deriven de la misma, ni tampoco a ofrecerlas o concederlas a terceras personas que
pudiesen influir directa o indirectamente en el proceso licitatorio, en su toma de decisiones o en la
posterior adjudicación y ejecución del o los contratos que de ello se deriven.
2. El Oferente se obliga a no intentar ni efectuar acuerdos o realizar negociaciones, actos o conductas que
tengan por objeto influir o afectar de cualquier forma la libre competencia, cualquiera fuese la conducta
o acto específico, y especialmente, aquellos acuerdos, negociaciones, actos o conductas de tipo o
naturaleza colusiva, en cualquiera de sus tipos o formas.
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3. El Oferente se obliga a revisar y verificar toda la información y documentación, que deba presentar para
efectos del presente proceso licitatorio, tomando todas las medidas que sean necesarias para asegurar la
veracidad, integridad, legalidad, consistencia, precisión y vigencia de la misma.
4. El Oferente se obliga a ajustar su actuar y cumplir con los principios de legalidad, ética, moral, buenas
costumbres y transparencia en el presente proceso licitatorio.
5. El Oferente manifiesta, garantiza y acepta que conoce y respetará las reglas y condiciones establecidas en
las bases de licitación, sus documentos integrantes y él o los contratos que de ellos se derivase.
6. El Oferente se obliga y acepta asumir, las consecuencias y sanciones previstas en estas bases de licitación,
así como en la legislación y normativa que sean aplicables a la misma.
7. El Oferente reconoce y declara que la oferta presentada en el proceso licitatorio es una propuesta seria,
con información fidedigna y en términos técnicos y económicos ajustados a la realidad, que aseguren la
posibilidad de cumplir con la misma en las condiciones y oportunidad ofertadas.
8. El Oferente se obliga a tomar todas las medidas que fuesen necesarias para que las obligaciones
anteriormente señaladas sean asumidas y cabalmente cumplidas por sus empleados y/o dependientes y/o
asesores y/o agentes y en general, todas las personas con que éste o éstos se relacionen directa o
indirectamente en virtud o como efecto de la presente licitación, incluidos sus subcontratistas, haciéndose
plenamente responsable de las consecuencias de su infracción, sin perjuicio de las responsabilidades
individuales que también procediesen y/o fuesen determinadas por los organismos correspondientes.
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6. DE LAS PROPUESTAS. |
Es responsabilidad de los Oferentes presentar sus propuestas en tiempo y forma, es decir, en el plazo fijado
en el numeral 5.4 de las presentes bases y con toda la información requerida en las presentes bases, de
manera tal que permita una evaluación objetiva, certera, entendible y transparente de todas y cada una de
ellas.
Los archivos, documentos y/o anexos, que constituyan la oferta y que deben publicarse en el portal
www.mercadopublico.cl por el oferente, deben ingresarse al portal con el nombre asignado en estas bases,
de modo que sean fácilmente identificables para el evaluador, ejemplo: Anexo Nº 02 Declaración Jurada.
Debe respetarse dicha fórmula de nomenclatura y el formato electrónico de cada anexo, a fin de facilitar la
identificación de los documentos y el proceso de evaluación, es decir deberá incorporarse con la mencionada
formula de nomenclatura y en el formato electrónico en el que originalmente figura el anexo (Excel, Word u
otro).
Los anexos N° 01 y N°02 se deben presentar uno por cada Oferente, es decir, si un oferente presenta oferta
alternativa, no es necesario ingresarlos por cada una de las ofertas.
La no presentación de cualquiera de los Anexos señalados como OBLIGATORIOS, hará inadmisibles las
ofertas. Lo anterior, sin perjuicio de que se efectuará la revisión de la totalidad de los antecedentes contenidos
en la oferta, de acuerdo al artículo 9 de la Ley N° 19.886.
Los antecedentes solicitados en la presente licitación deben subirse a las carpetas disponibles del proceso en
www.mercadopublico.cl, agrupadas según se señala a continuación:
CARPETA ADMINISTRATIVA:
ANEXO NOMBRE ANEXO DESCRIPCIÓN ANEXO
01
PRESENTACIÓN
DEL OFERENTE
Documento en el cual el oferente indica información básica y esencial
respecto de su identificación. Debe adjuntarse en la carpeta administrativa
con el nombre: Anexo N° 01 Presentación Del Oferente.
02
DECLARACIÓN
JURADA
Documento en el cual el oferente declara cumplir con las disposiciones
generales de la Ley de Compras y su respectivo Reglamento para ofertar y
contratar con el Estado. Debe adjuntarse en la carpeta administrativa con
el nombre: Anexo N° 02 Declaración Jurada Del Oferente.
Por contener este documento la Declaración Jurada exigida para ofertar,
este anexo se considera un ANEXO OBLIGATORIO, por tanto, su no
presentación hará inadmisible la oferta.
Si el oferente es una UTP (Unión Temporal de Proveedores), cada
integrante de la UTP deberá presentar junto a la oferta la Declaración
Jurada como oferente de forma individual junto a la oferta de la UTP antes
del cierre de la Licitación.
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No están obligados a presentar este Anexo N°02 Declaración Jurada,
aquellos oferentes que estén inscritos y en estado hábil en el portal
www.chileproveedores.cl y que posean en este registro publicado la
declaración para ofertar exigida por Ley a la fecha del cierre de las ofertas.
Además, los oferentes deben identificarse y acreditar su existencia, para ello deberá acompañar los siguientes
documentos en la Carpeta Administrativa:
• Si es persona natural:
- Imagen digitalizada de la cédula nacional de identidad.
• Si es persona jurídica:
El oferente deberá acreditar la vigencia de la sociedad, y para ello deberá presentar uno de los siguientes
documentos:
▪ Imagen digitalizada del certificado de vigencia de la sociedad oferente de data no superior a tres (3)
meses contados desde la presentación de la oferta, emitido por el Conservador de Bienes Raíces.
▪ Imagen digitalizada de la escritura pública de constitución de la sociedad y de todas sus modificaciones.
▪ Imagen digitalizada del certificado de vigencia emitido por el Ministerio de Economía, Fomento y
Turismo para aquellas empresas creadas bajo el régimen establecido por la Ley N° 20.659, de data no
superior a tres (3) meses contados desde la presentación de la oferta.
El oferente deberá acreditar la vigencia de poderes del Representante Legal de la Sociedad, y para ello deberá
presentar la imagen digitalizada del RUT del oferente y de la cédula de identidad de su representante legal y
uno de los siguientes documentos:
▪ Imagen digitalizada del certificado de vigencia de poderes del representante legal del oferente, de data
no superior a tres (3) meses contados desde la presentación de la oferta, emitido por el Conservador
de Bienes Raíces.
▪ Imagen digitalizada del certificado de vigencia de la sociedad oferente de data no superior a tres (3)
meses contados desde la presentación de la oferta, emitido por el Conservador de Bienes Raíces, en
que consten los poderes otorgados al representante legal de la empresa.
▪ Imagen digitalizada del certificado de estatuto actualizado emitido por el Ministerio de Economía,
Fomento y Turismo para aquellas empresas creadas bajo el régimen establecido por la Ley N° 20.659,
de data no superior a tres (3) meses contados desde la presentación de la oferta.
No están obligados a acreditar su existencia y vigencia aquellos oferentes que estén inscritos y en estado hábil
en el portal www.chileproveedores.cl a la fecha del cierre de las ofertas cuyos respaldos e información para
acreditar su existencia y vigencia, se encuentren ya publicados en dicho portal.
CARPETA TECNICA
ANEXO NOMBRE ANEXO DESCRIPCIÓN ANEXO
03
ESPECIFICACIONES
TÉCNICAS
Documento Excel en el cual el oferente debe indicar si cumple con la
información técnica respecto del bien y/o servicio ofertado.
Para acreditar si cumple o no el requisito técnico, debe adjuntar todos los
documentos, fotografías y/o certificados que respalden su información,
según los requerimientos de las presentes bases.
El proponente deberá descargar archivo Excel “Anexo N°03
Especificaciones Técnicas” publicado en el portal www.mercadopublico.cl.
y completar con la información señalada según cumpla o no las
características solicitadas.
Las propuestas que no cumplan o no logren acreditar alguno de los
requisitos técnicos OBLIGATORIOS o no logren ser acreditados, serán
declaradas inadmisibles y no serán evaluadas.
Una vez completada la tabla Excel con la información requerida, debe
adjuntarse en la carpeta técnica con el nombre: Anexo N°03
Especificaciones Técnicas.
ANEXO OBLIGATORIO, por tanto, su no presentación hará inadmisible la
oferta. Lo anterior, sin perjuicio de que se efectuará la revisión de la
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totalidad de los antecedentes contenidos en la oferta, de acuerdo al
artículo 9 de la Ley N° 19.886.
04
IDENTIFICACIÓN Y
EXPERIENCIA DE LOS
FACILITADORES DE
LA CONSULTORA
Documento en el cual el oferente identifica como mínimo a cuatro
facilitadores de la consultora, acompañando su certificado de especialidad
y Currículum Vitae, de acuerdo a lo requerido en las Bases Técnicas de esta
licitación.
Si el proveedor señala en su oferta un número inferior a cuatro
facilitadores, su oferta será declarada inadmisible. Lo anterior sin
perjuicio de que se efectuará la revisión de la totalidad de los antecedentes
contenidos en la oferta de acuerdo al Artículo 9 de la ley N°19.886.
Asimismo, el oferente deberá señalar y acompañar los documentos que
acrediten Experiencia en diseño e implementación de planes de desarrollo
en instituciones de salud públicas o privadas y Experiencia en relatoría en
materias de Desarrollo Organizacional o Planificación Estratégica, en
instituciones de públicas o privadas.
La experiencia deberá ser comprobada a través de documentos que
acrediten lo señalado (ej. declaración jurada simple de empleadores,
relación de servicios, boletas de honorarios con detalle de prestación,
órdenes de compra, finiquitos, certificados laborales, etc), que indiquen
expresamente el Nombre y N° de Cédula de Identidad del facilitador. Los
documentos deben ser originales y/o estar firmados y timbrados por
autoridad competente de la institución que lo emite.
Para la evaluación se considerarán sólo los servicios que se hayan
prestado en los últimos 36 Meses desde la publicación de esta Licitación.
El Hospital se encontrará facultado para confirmar los antecedentes
entregados, contactando a las respectivas Instituciones que hayan
otorgado dichas certificaciones.
En consecuencia, los antecedentes del oferente, que no puedan ser
acreditados o confirmados a través de la presentación y revisión de estos
certificados, se entenderán como no presentados, para efectos de la
evaluación.
Una vez completados los datos en este anexo, debe adjuntarse el
documento en la carpeta técnica con el nombre: “Anexo N°04
Identificación y Experiencia de los facilitadores de la consultora “.
ANEXO OBLIGATORIO, por tanto, su no presentación hará inadmisible la
oferta. Lo anterior, sin perjuicio de que se efectuará la revisión de la
totalidad de los antecedentes contenidos en la oferta, de acuerdo al
artículo 9 de la Ley N° 19.886.
05
CERTIFICADO
COMPORTAMIENTO
CONTRACTUAL
ANTERIOR
Documentos que indican la identificación de los clientes con los que tenga
o haya tenido contratos del mismo rubro y envergadura de los servicios
requeridos en la presente licitación y que certifican que el oferente ha
tenido un comportamiento contractual intachable.
Para estos efectos se considerarán del mismo rubro, contratos referidos a
la venta del mismo servicio requerido en esta adquisición y se considerará
de la misma envergadura cuando los contratos se hayan celebrado con
instituciones de salud pública o privada. Si no concurren estas dos
condiciones en conjunto, el certificado no será considerado en la
Evaluación.
Los Certificados de Comportamiento Contractual Anterior, deberán
presentarse firmados por la persona facultada para ello de la respectiva
empresa o institución, identificándose en el mismo como tal y con el
timbre de la Institución que adquirió el servicio. No serán considerados
para la evaluación los Certificados de Comportamiento Contractual
Anterior emitidos por el propio oferente, por las entidades del grupo
empresarial al que pertenece la empresa o sociedad oferente o por las
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personas jurídicas que tengan, respecto de la empresa o sociedad
oferente, la calidad de matriz, coligante, filial o coligada, en conformidad a
las definiciones contenidas en la Ley N° 18.046.
El Hospital se encontrará facultado para confirmar los antecedentes
entregados, contactando a las respectivas Instituciones que hayan
otorgado dichas certificaciones.
En consecuencia, los antecedentes y clientes del oferente, que no puedan
ser acreditados o confirmados a través de la presentación y revisión de
estos certificados, se entenderán como no presentados, para efectos de
la evaluación.
Para la Evaluación se considerará sólo la presentación hasta un máximo de
6 certificados de clientes distintos, que hayan adquirido los servicios en los
últimos 24 Meses desde la publicación de esta Licitación.
Si el oferente presenta más de 6 certificados, sólo se considerarán los 6
certificados donde consten las contrataciones de fechas más recientes.
Estos certificados deben adjuntarse en la carpeta técnica con el nombre:
“Anexo N°05 Certificado Comportamiento Contractual Anterior”.
06
ÓRDENES DE
COMPRA
Anexo en el cual el proveedor deberá ingresar las órdenes de compra:
• Para organismos de salud pública, órdenes de compra de
Mercado Publico aceptadas por el oferente y donde conste
expresamente su recepción conforme.
• Para organismos de salud privada, orden de compra y factura
correspondiente.
Se deberá acreditar experiencia en venta del mismo bien y/o servicio
ofertado dentro de los 24 meses anteriores a la presentación de oferta.
Se deberán adjuntar las órdenes de compra en la carpeta técnica con el
nombre Anexo N°06 “Órdenes de compra”
CARPETA ECONÓMICA
ANEXO NOMBRE ANEXO DESCRIPCIÓN ANEXO
07 CARTA OFERTA
Documento donde se oferta el valor total, sin IVA y en pesos chilenos, incluidos
todos los gastos en los que incurra el adjudicatario en la prestación del servicio
hasta su total recepción conforme, incluidos todos los seguros, implementos
necesarios para prestación del servicio, lugar donde se realizarán las jornadas
presenciales, Coffe break, licencias, etc.
Una vez completado el documento, debe adjuntarse en la carpeta Económica
con el nombre: Anexo N°07 Carta oferta.
El oferente deberá asegurarse que los valores contenidos en los documentos
que conforman la oferta, sean iguales a los valores ingresados en el campo
correspondiente en el portal www.mercadopublico.cl. En caso de existir
discrepancias entre el valor indicado en el anexo y el valor ingresado en el
portal, prevalecerá la oferta subida en a www.mercadopublico.cl.
Se establece expresamente que si la oferta del proveedor es de $1 en Mercado
Público, su oferta será declarada inadmisible.
ANEXO OBLIGATORIO, por tanto, su no presentación hará inadmisible la
oferta. Lo anterior, sin perjuicio de que se efectuará la revisión de la totalidad
de los antecedentes contenidos en la oferta, de acuerdo al artículo 9 de la Ley
N° 19.886.
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Si falta alguno de los anexos OBLIGATORIOS o no se logra acreditar su contenido, la oferta será inadmisible.
Lo anterior, sin perjuicio de que se efectuará la revisión de la totalidad de los antecedentes contenidos en
la oferta, de acuerdo al artículo 9 de la Ley N° 19.886.
6.1.- Carácter de los Documentos
Cada oferta deberá cumplir con todos los requisitos de admisibilidad administrativa, técnica y económica, sin
embargo, es dable señalar que en esta Licitación podrán existir los siguientes documentos:
• DOCUMENTO “ANEXO”: Anexo numerado que se debe completar o no, según corresponda y cuyo
contenido se deberá acreditar cuando así se indique, con los respectivos documentos de respaldo
adjuntos en cada carpeta de su oferta.
• DOCUMENTO “RESPALDO”: Documento que se pide acompañar en la oferta para respaldar y/o
acreditar algún requerimiento solicitado en un anexo o en bases.
Estos documentos de respaldo podrán ser entre otros: fotos, boucher, fichas técnicas, certificados,
declaraciones, contratos, órdenes de compras, catálogos, etc., según se solicite en cada caso.
Los documentos Anexos o respaldos podrán tener carácter de obligatorios o no.
Según lo anterior, los documentos, anexos o respaldos, se pueden clasificar en “esencial” o “subsanable”,
según el siguiente detalle:
a.1 Documento Esencial: Son aquellos que no admiten corrección, enmienda, rectificación o subsanación, por
ende, si alguna de las propuestas no cumple con la presentación conforme y/o el correcto llenado del
documento, sea anexo o respaldo, según se solicita en estas bases, la oferta será inadmisible. Lo anterior, sin
perjuicio de que se efectuará la revisión de la totalidad de los antecedentes contenidos en la oferta, de
acuerdo al artículo 9 de la Ley N° 19.886.
Se entenderán Documentos, anexos o respaldos esenciales los siguientes:
▪ Anexo N°02 Declaración Jurada.
▪ Anexo N°07 Carta Oferta.
a.2 Documento Subsanable: Son aquellos documentos que, presentados, adolecen de defectos de forma o
errores no esenciales o de tipeo, que obedecen a una justa causa de error u omisión o aquellos documentos
que no se hayan adjuntado por omisión a la oferta.
Los oferentes podrán enmendar sus omisiones u errores, dentro de un plazo de 24 o 48 horas según explicite
el Hospital La Florida, contado desde su requerimiento, mediante el foro inverso del proceso licitatorio y a
través de www.mercadopúblico.cl., y según lo señalado en el punto 8.2.1. de estas bases.
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7. DE LA APERTURA DE LA PROPUESTA |
La apertura electrónica de las propuestas que se hayan ingresado en el portal www.mercadopublico.cl. Se
efectuará de acuerdo al calendario de plazos del numeral 5.4 de las presentes bases, debiendo levantarse acta
de lo obrado.
Se realizará en ella, la revisión de los requisitos de admisibilidad esencial dejando constancia de los oferentes
que no cumplan con dichos requisitos en la Apertura Electrónica que se publica en www.mercadopublico.cl.
Una vez verificado el cumplimiento de los Oferentes, de los requisitos exigidos en las presentes bases de
licitación y confeccionada la correspondiente Acta de Apertura, se procederá a la evaluación administrativa,
técnica y económica de los oferentes y sus ofertas, por parte de la Comisión de Evaluación, designada por el
Hospital en las presentes bases.
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8. DE LA EVALUACIÓN DE LAS OFERTAS. |
8.1.- Comisión de Evaluación.
La Comisión de Evaluación estará integrada por las siguientes personas o sus subrogantes legales:
1. Jefe Abastecimiento.
2. Jefe CR
3. Jefe Contratos.
4. Referente/s Técnico/s.
5. Responsable de la licitación
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En el caso de no ser posible la subrogancia, se reemplazará al integrante de la comisión a través de resolución
fundada, por funcionario que, revista las mismas calidades, todo, sin perjuicio de que su composición sea
informada en el portal www.mercadopublico.cl, una vez dictado el acto administrativo, correspondiente
conforme al inciso final del artículo 37 del decreto N°250, de 2004.
En el evento que la comisión este excepcionalmente integrada por personas ajenas a la administración y en
un número inferior a los funcionarios públicos, tal como lo previene el inciso cuarto del artículo 37 del
mencionado reglamento, su designación deberá ser fundada.
Las autoridades y funcionarios, así como los contratados a honorarios o las personas ajenas a la
administración, (en los casos en que excepcionalmente participen en procedimientos de contratación),
deberán abstenerse de participar en la evaluación y distintas etapas de los procedimientos de contratación,
cuando exista cualquier circunstancia que les reste imparcialidad.
Para ello, previa evaluación, cada uno de sus integrantes, firmará una Declaración Jurada de no tener Conflicto
de Interés.
En caso que alguno de los integrantes esté contratado a honorarios o se trate de personas ajenas a la
administración, estos solo tendrán derecho a voz, debiendo siempre la Comisión estar conformada por
mayoría simple de miembros a contrata.
La comisión revisará, las ofertas recepcionadas e inscritas en el Acta de Apertura, la Comisión de Evaluación
dará inicio al proceso de evaluación de las ofertas formuladas. La Comisión de Evaluación, podrá ser asesorada
por una Comisión Técnica compuesta por un máximo de 3 profesionales de las áreas correspondientes al
proceso en análisis.
La comisión de Evaluación será presidida según el siguiente orden de prelación:
1. Jefe Abastecimiento.
2. Jefe Contratos.
3. Referente/s Técnico/s.
La comisión podrá sesionar con un mínimo de 3 de sus integrantes en los días y horas citadas para los efectos
de evaluación. Las decisiones se tomarán conforme la metodología de evaluación indicada en el punto 8.3.
8.2.- Examen de Antecedentes
La Comisión de Evaluación verificará los Antecedentes presentados por los oferentes e informará al director,
quien en virtud de lo dispuesto en el artículo 9 de la Ley Nº 19.886, podrá declarar, mediante resolución
fundada, inadmisible aquellas ofertas que no cumplan los requisitos establecidos en las bases.
El Hospital Clínico Metropolitano La Florida se reserva el derecho de declarar inadmisible las ofertas cuando
no cumplieren con los requisitos exigidos en las presentes Bases.
A su vez, el Hospital declarará desierta la licitación cuando no se presenten ofertas, o bien, cuando éstas no
resulten convenientes a sus intereses. En todos los casos, los oferentes no tendrán derecho a indemnización
alguna por estas circunstancias.
La decisión de inadmisibilidad o de declaración de desierta, se efectuará por resolución fundada, que será
publicada en www.mercadopublico.cl.
8.2.1.-Aclaración y complementación de antecedentes en FORO INVERSO de www.mercadopublico.cl
Errores u omisiones en documentos presentados
El Hospital La Florida de conformidad con el artículo 40 inciso 1º del Decreto Nº 250 que aprueba el
reglamento de la Ley Nº 19.886, podrá solicitar a los oferentes aclaraciones o que salven errores u omisiones
formales, siempre y cuando las rectificaciones de dichos vicios u omisiones no les confieran a esos oferentes
una situación de privilegio respecto de los demás competidores, esto es, en tanto no se afecten los principios
de estricta sujeción a las bases y de igualdad de los oferentes, informándose debidamente dicha solicitud al
resto de los oferentes a través del Portal Mercado Público.
Omisión de documentos
El Hospital La Florida de conformidad con el artículo 40 inciso 2° del Decreto Nº 250, podrá permitir la
presentación de certificaciones o antecedentes que los oferentes hayan omitido presentar al momento de
efectuar la oferta, siempre que dichas certificaciones o antecedentes se hayan producido u obtenido con
anterioridad al vencimiento del plazo para presentar ofertas o se refieran a situaciones no mutables entre el
vencimiento del plazo para presentar ofertas y el periodo de evaluación.
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El plazo que tendrán los oferentes, en ambos casos, ya sea para subsanar documentos presentados o adjuntar
documentos omitidos para dar cumplimiento a lo solicitado por el mandante, no podrá ser superior a 24 o 48
horas, según defina el Hospital, contadas desde la fecha de publicación en el FORO INVERSO
de www.mercadopublico.cl, de la solicitud por parte del Hospital.
Si la aclaración solicitada o el documento omitido no se presenta dentro del plazo asignado, se asumirá que
el requisito en duda no se cumple y la oferta recibirá el puntaje correspondiente establecido en el criterio
“cumplimiento de requisitos formales”.
8.3.- Metodología de Evaluación
La evaluación se hará asignando puntuación según los rangos que se indican, a los aspectos que se detallan;
la oferta que logre la puntuación más alta, será propuesta para adjudicación.
La evaluación de las propuestas será realizada por la Comisión de Evaluación conforme a los criterios de
evaluación, analizando los antecedentes admisibles aportados por los oferentes a través del Portal
www.mercadopublico.cl.
Se ponderarán los puntajes obtenidos, estableciéndose un ranking, del cual se seleccionará la oferta que
obtenga el mayor puntaje y que cumpla de mejor forma los intereses del Hospital.
Se elaborará el Acta de Evaluación según el análisis realizado para cada uno de los criterios evaluados.
8.3.1 Mecanismos de Evaluación:
La obtención de los puntajes de los requerimientos para cada evaluación podrá ser del tipo tabulación,
dicotómico o porcentual.
a) Mecanismo de Tabulación:
Para el caso de evaluación a través de tabulación, se asignará un puntaje por tramo, requisito o característica
indicada según orden de importancia, el resultado será ponderado según el porcentaje asignado al criterio.
b) Mecanismo Dicotómico:
Para el caso del puntaje dicotómico, el cumplimiento del requerimiento significará la obtención del puntaje
máximo y en caso contrario, el puntaje obtenido será cero.
c) Mecanismo Porcentual:
Para el caso del puntaje porcentual, este se obtendrá dependiendo de si se aplica el criterio del mayor valor
o menor valor, donde la fórmula de cálculo para cada caso es la siguiente:
c.1) Criterio Mayor Valor:
𝐶𝑟𝑖𝑡𝑒𝑟𝑖𝑜 𝑀𝑎𝑦𝑜𝑟 𝑉𝑎𝑙𝑜𝑟: (
𝑉𝑎𝑙𝑜𝑟 𝑂𝑓𝑒𝑟𝑡𝑎𝑑𝑜
𝑀𝑎𝑦𝑜𝑟 𝑉𝑎𝑙𝑜𝑟 𝑂𝑓𝑒𝑟𝑡𝑎𝑑𝑜
) 𝑥 (𝑃𝑢𝑛𝑡𝑎𝑗𝑒 𝑑𝑒𝑙 𝑅𝑒𝑞𝑢𝑒𝑟𝑖𝑚𝑖𝑒𝑛𝑡𝑜)
El oferente obtendrá el puntaje máximo del requisito evaluado toda vez que su valor ofertado sea igual al
mayor valor ofertado, del conjunto de las ofertas. Cada valor ofertado distinto al mayor valor ofertado, en
consecuencia, generará un puntaje menor para el requerimiento en evaluación.
c.2) Criterio Menor Valor :
𝐶𝑟𝑖𝑡𝑒𝑟𝑖𝑜 𝑀𝑒𝑛𝑜𝑟 𝑉𝑎𝑙𝑜𝑟: (
𝑀𝑒𝑛𝑜𝑟 𝑉𝑎𝑙𝑜𝑟 𝑂𝑓𝑒𝑟𝑡𝑎𝑑𝑜
𝑉𝑎𝑙𝑜𝑟 𝑂𝑓𝑒𝑟𝑡𝑎𝑑𝑜
) 𝑥 (𝑃𝑢𝑛𝑡𝑎𝑗𝑒 𝑑𝑒𝑙 𝑅𝑒𝑞𝑢𝑒𝑟𝑖𝑚𝑖𝑒𝑛𝑡𝑜)
El oferente obtendrá el puntaje máximo del requerimiento evaluado, toda vez que su valor ofertado sea igual
al menor valor ofertado, del conjunto de las ofertas. Cada valor ofertado distinto al menor valor ofertado, en
consecuencia, generará un puntaje menor para el requerimiento en evaluación.
8.4.-Criterios de Evaluación.
Se evaluará conforme a los criterios de evaluación, que a continuación se indican, sin afectar los principios de
igualdad de los mismos y con estricta sujeción a las bases, de acuerdo a las ponderaciones que se señalan:
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CRITERIOS PONDERACIÓN
FACTOR PONDERACIÓN
FACTOR
PUNTAJE
Cumplimiento
de Requisitos Formales
1%
100
Cumplimiento de las
especificaciones técnicas
5%
100
Comportamiento
Contractual anterior del
Oferente
2%
100
Experiencia del oferente 17% 100
Experiencia de los
facilitadores de la
consultora
25%
Experiencia en diseño e
implementación de
planes de desarrollo
50% 100
Experiencia en relatoría
en materias de
Desarrollo
Organizacional o
Planificación Estratégica
50% 100
Evaluación Económica 50% 100
8.4.1 Evaluación Requisitos Formales (1%)
Se evaluará el cumplimiento formal de los requisitos administrativos, técnicos y económicos, en consideración
lo indicado en el acta de apertura, asignándose el siguiente puntaje al criterio:
CRITERIO PUNTAJE
Presenta oferta con todos los documentos requisitos administrativos, técnicos, económicos y
anexos solicitados, en tiempo y forma.
100
Presenta oferta con todos los documentos, requisitos administrativos, técnicos, económicos y
anexos solicitados, pero se debe pedir subsanar o enmendar elementos de tipo subsanables a
través de foro inverso y proveedor corrige y/o subsana en tiempo y forma.
50
Presenta oferta con todos los documentos, requisitos administrativos, técnicos, económicos y
anexos solicitados, pero se debe pedir subsanar o enmendar elementos de tipo subsanables a
través de foro inverso y proveedor NO corrige o subsana en tiempo y forma.
0
8.4.2 Cumplimiento de las especificaciones técnicas (5%)
Para la evaluación de estos requisitos técnicos, se aplicará la sumatoria del puntaje total, donde el
cumplimiento de cada requerimiento significará la obtención de los siguientes puntos:
N° REQUERIMIENTO PUNTAJE
MÁXIMO 100
PUNTOS
FORMA DE
ACREDITAR
5 Elaboración de plan comunicacional para esta primera
etapa del proceso de Plan de Desarrollo Estratégico: -
Objetivos comunicacionales, Estrategia, Acciones
(segmentación de audiencias, mensajes, canales),
Calendario/cronograma, Evaluación
35
Acompañar detalle
de la propuesta
6 Diseño de piezas gráficas y audiovisuales definidas en el
plan comunicacional 30
Acompañar detalle
de la propuesta
7 Servicio de impresión de piezas que no se puedan realizar
in-house. (tamaños, soportes o papeles especiales) Por
ejemplo: pendones, lienzos, paneles, papelería
troquelada, entre otros.
35
Acompañar detalle
de la propuesta
8.4.3 Comportamiento Contractual anterior del oferente (2%)
Este criterio se evaluará a través del mecanismo de Tabulación, en base a lo siguiente:
Se medirá el comportamiento contractual anterior del oferente con la evaluación del documento Anexo N°05,
“Certificado Comportamiento Contractual Anterior”, suscrito por clientes con los que tenga o haya tenido
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contratos del mismo rubro y envergadura del servicio requerido en la presente licitación que declaren la
conducta intachable del oferente sin multas, sanciones ni término anticipado de contrato.
Para estos efectos se considerarán del mismo rubro, contratos referidos a la venta del mismo servicio
requerido en esta adquisición y se considerará de la misma envergadura cuando los contratos se hayan
celebrado con instituciones de salud pública o privada. Si no concurren estas dos condiciones en conjunto, el
certificado no será considerado en la Evaluación.
Los Certificados de Comportamiento Contractual Anterior, deberán presentarse firmados por la persona
facultada para ello de la respectiva empresa o institución, identificándose en el mismo como tal y con el timbre
de la Institución que adquirió el servicio. No serán considerados para la evaluación los Certificados de
Comportamiento Contractual Anterior emitidos por el propio oferente, por las entidades del grupo
empresarial al que pertenece la empresa o sociedad oferente o por las personas jurídicas que tengan, respecto
de la empresa o sociedad oferente, la calidad de matriz, coligante, filial o coligada, en conformidad a las
definiciones contenidas en la Ley N° 18.046.
El Hospital se encontrará facultado para confirmar los antecedentes entregados, contactando a las respectivas
Instituciones que hayan otorgado dichas certificaciones.
En consecuencia, los antecedentes y clientes del oferente, que no puedan ser acreditados o confirmados a
través de la presentación y revisión de estos certificados, se entenderán como no presentados, para efectos
de la evaluación.
Para la Evaluación se considerará sólo la presentación hasta un máximo de 6 certificados de clientes distintos,
que hayan adquirido los servicios en los últimos 24 Meses desde la publicación de esta Licitación.
Si el oferente presenta más de 6 certificados, sólo se considerarán los 6 certificados donde consten las
contrataciones de fechas más recientes.
Estos certificados deben adjuntarse en la carpeta técnica con el nombre: “Anexo N°05 Certificado
Comportamiento Contractual Anterior”.
REQUERIMIENTO PUNTAJE
Presenta Certificados de 6 clientes 100
Presenta Certificados de 5 clientes 80
Presenta Certificados de 4 clientes 60
Presenta Certificados de 3 clientes 40
Presenta Certificados de 2 clientes 20
Presenta Certificados de 1 clientes 10
No presenta certificados o estos no pueden ser
corroborados con la entidad emisora 0
8.4.4 Experiencia del oferente (17%)
Este criterio se evaluará a través del mecanismo de Tabulación, en base a lo siguiente:
Se medirá y acreditará la experiencia del oferente tanto en el sector público como en el privado, con la
evaluación de órdenes de Compra, según lo siguiente:
Experiencia en sector público: con la presentación de “Órdenes de Compra de Mercado Público aceptadas y
con recepción conforme ” que hayan presentado los oferentes, adjuntas en la carpeta Técnica, estos
documentos deben indicar los clientes con los que tenga o haya tenido contratos del mismo rubro y
envergadura de los servicios requeridos en la presente licitación, emitidas en el portal de mercado público,
aceptadas por el oferente y donde conste expresamente su recepción conforme, que acreditan la experiencia
del proveedor en la venta de los bienes y/o servicios requeridos.
Experiencia en Sector Privado: con la presentación de “Órdenes de Compra con su correspondiente factura”
que hayan presentado los oferentes, adjuntas en la carpeta Técnica, estos documentos deben indicar los
clientes con los que tenga o haya tenido contratos del mismo rubro y envergadura de los bienes y/o servicios
requeridos en la presente licitación.
Para ambos tipos de experiencia se considerarán del mismo rubro, las Ordenes de compras de MP y las
Ordenes de compras con sus respectivas facturas, referidas a la venta de los mismos bienes y/o servicios
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requeridos en esta adquisición y se considerará de la misma envergadura cuando dichos contratos se hayan
celebrado con organismos de salud públicos o privados.
Si no concurren estas dos condiciones en conjunto, las Orden de Compra de Mercado Público o las Ordenes
de compras con sus facturas, no serán consideradas como antecedente para la Evaluación.
Las órdenes de compra tanto de mercado público como del sector privado, deberán presentarse una por cada
cliente. Si presenta más de una orden de compra emitida por la misma Institución Pública o Privada, solo será
considerada la Orden de Compra de fecha más actual.
El Hospital se encontrará facultado para confirmar los antecedentes entregados revisando el portal mercado
público y SII de ser necesario, contactando a las respectivas Instituciones y empresas que hayan emitido dichas
órdenes.
En consecuencia, los antecedentes y clientes del oferente, que no puedan ser acreditados o confirmados a
través de la presentación y revisión de estas Órdenes de Compra de Mercado Público que no cuenten con
Recepción conforme, o las Órdenes de compra de sector privado que no se presenten junto a su
correspondiente factura, se entenderán como no presentadas, para efectos de la evaluación.
Para la Evaluación se considerará sólo la presentación hasta un máximo de 6 órdenes de compra de clientes
distintos que hayan adquirido los mismos servicios en los últimos 24 Meses desde la publicación de esta
Licitación.
Si el oferente presenta más de 6 órdenes de compra, solo se considerarán las 6 órdenes de compra donde
consten las contrataciones de fechas más recientes.
REQUERIMIENTO PUNTAJE
Presenta órdenes de compra de 6 clientes 100
Presenta órdenes de compra de 5 clientes 80
Presenta órdenes de compra de 4 clientes 60
Presenta órdenes de compra de 3 clientes 40
Presenta órdenes de compra de 2 clientes 20
Presenta órdenes de compra de 1 clientes 10
No presenta órdenes de compra 0
8.4.5 Experiencia de los facilitadores de la consultora (25%)
Este criterio se evaluará a través de 2 factores: “Experiencia en diseño e implementación de planes de
desarrollo” y “Experiencia en relatoría en materias de Desarrollo Organizacional o Planificación Estratégica”
con una ponderación de 50% cada uno respectivamente.
8.4.5.1. Experiencia en diseño e implementación de planes de desarrollo (50%)
Se asignará puntaje en razón de la experiencia de cada facilitador en el diseño e implementación de planes de
desarrollo estratégico o desarrollo organizacional, en instituciones de salud públicas o privadas. La asignación
del puntaje se aplicará conforme al promedio de la experiencia de los facilitadores ofertados, debidamente
acreditados con certificado y/o documentos correspondientes (ej. declaración jurada simple de empleadores
relación de servicios, boletas de honorarios con detalle de prestación, órdenes de compra, finiquitos,
certificados laborales, etc.), que indiquen expresamente el Nombre y N° de Cédula de Identidad del facilitador.
Los documentos deben ser originales y/o estar firmados y timbrados por autoridad competente de la
institución que lo emite y en base a la documentación entregada de respaldo según anexo N°04.
Para la evaluación se considerarán sólo los servicios que se hayan prestado en los últimos 36 Meses desde
la publicación de esta Licitación.
EXPERIENCIA DE LOS FACILITADORES DE LA CONSULTORA (Anexo N°04). PUNTAJE
Los facilitadores de la consultora acreditan experiencia en el diseño e
implementación de 5 o más planes de desarrollo estratégico o desarrollo
organizacional, en instituciones de salud públicas o privadas.
100
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Los facilitadores de la consultora acreditan experiencia en el diseño e
implementación de entre 3 a 4 planes de desarrollo estratégico o desarrollo
organizacional, en instituciones de salud públicas o privadas.
70
Los facilitadores de la consultora acreditan experiencia en el diseño e
implementación de entre 1 a 2 planes de desarrollo estratégico o desarrollo
organizacional, en instituciones de salud públicas o privadas.
30
Los facilitadores de la consultora no acreditan experiencia en el diseño e
implementación planes de desarrollo estratégico o desarrollo organizacional, en
instituciones de salud públicas o privadas.
0
Cada facilitador deberá presentar los certificados y/o documentos que acrediten su experiencia. Deberán
presentarse uno por cada cliente. Si el facilitador presenta más de una certificación y/o documento emitido
por la misma Institución de salud Pública o Privada, solo será considerada la experiencia acreditada de fecha
más actual.
8.4.5.2. Experiencia en relatoría en materias de Desarrollo Organizacional o Planificación Estratégica (50%)
Se asignará puntaje en razón de la experiencia de cada facilitador en relatoría en materias de Desarrollo
Organizacional o Planificación Estratégica, en instituciones de salud públicas o privadas. La asignación del
puntaje se aplicará conforme al promedio de la experiencia de los facilitadores ofertados, debidamente
acreditado con certificado y/o documentos correspondientes (ej. declaración jurada simple de empleadores
relación de servicios, boletas de honorarios con detalle de prestación, órdenes de compra, finiquitos,
certificados laborales, etc.), que indiquen expresamente el Nombre y N° de Cédula de Identidad del facilitador.
Los documentos deben ser originales y/o estar firmados y timbrados por autoridad competente de la
institución que lo emite y en base a la documentación entregada de respaldo según anexo N°04.
Para la evaluación se considerarán sólo los servicios que se hayan prestado en los últimos 36 Meses desde
la publicación de esta Licitación.
EXPERIENCIA DE LOS FACILITADORES DE LA CONSULTORA (Anexo N°04). PUNTAJE
Los facilitadores de la consultora acreditan experiencia en 5 o más relatorías en
materias de Desarrollo Organizacional o Planificación Estratégica, en
instituciones de salud públicas o privadas.
100
Los facilitadores de la consultora acreditan experiencia de entre 3 a 4 más
relatorías en materias de Desarrollo Organizacional o Planificación Estratégica,
en instituciones de salud públicas o privadas.
70
Los facilitadores de la consultora acreditan experiencia de entre 1 a 2 planes de
más relatorías en materias de Desarrollo Organizacional o Planificación
Estratégica, en instituciones de salud públicas o privadas.
30
Los facilitadores de la consultora no acreditan experiencia en relatorías en
materias de Desarrollo Organizacional o Planificación Estratégica, en
instituciones de salud públicas o privadas.
0
Cada facilitador deberá presentar los certificados y/o documentos que acrediten su experiencia. Deberán
presentarse uno por cada cliente. Si el facilitador presenta más de una certificación y/o documento emitido
por la misma Institución de salud Pública o Privada, solo será considerada la experiencia acreditada de fecha
más actual.
8.4.6 Evaluación Económica (50%)
Se debe ofertar en Anexo N°07 el monto total por prestación licitada.
Para efectos de discriminar entre las ofertas, se aplicará el Criterio de Menor Valor, al valor ofertado por el
servicio en Anexo N°07.
REQUERIMIENTO MEDICION PUNTAJE
Valor prestación ofertado en Anexo Nº07 Criterio Menor Valor 100
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𝑀𝑒𝑛𝑜𝑟 𝑃𝑟𝑒𝑐𝑖𝑜: (
𝑀𝑒𝑛𝑜𝑟 𝑃𝑟𝑒𝑐𝑖𝑜 𝑂𝑓𝑒𝑟𝑡𝑎𝑑𝑜
𝑃𝑟𝑒𝑐𝑖𝑜 𝑂𝑓𝑒𝑟𝑡𝑎𝑑𝑜
) 𝑥 100
Se establece expresamente que si la oferta del proveedor es de $1 en Mercado Público, su oferta será
declarada inadmisible.
8.5.- Situación de Empate:
En caso que dos o más ofertas obtengan igual puntaje total, se resolverá el empate según los siguientes
criterios:
a) Si subsistiese el empate, se seleccionará aquella oferta que presente el puntaje más alto en el criterio
económico.
b) Si subsistiese el empate, se seleccionará aquella oferta que presente el mejor puntaje en Criterio
experiencia de los facilitadores de la consultora.
c) Si subsistiese el empate, se seleccionará aquella oferta que presente el mejor puntaje en el factor
Experiencia en diseño e implementación de planes de desarrollo.
d) Si subsistiese el empate, se seleccionará aquella oferta que presente el mejor puntaje en el factor
Experiencia en relatoría en materias de Desarrollo Organizacional o Planificación Estratégica.
e) Si subsistiese el empate, se seleccionará aquella oferta que presente el mejor puntaje en el criterio
Experiencia del oferente.
f) Si subsistiese el empate, se seleccionará aquella oferta que presente el mejor puntaje en Criterio
Comportamiento contractual anterior del Oferente.
g) Si subsistiese el empate, se seleccionará aquella oferta que presente el mejor puntaje en Criterio
Cumplimiento de las especificaciones técnicas.
h) Si subsistiese el empate, se seleccionará aquella oferta que presente el mejor puntaje en el criterio de
cumplimiento de requisitos formales.
i) Si subsistiese el empate, se seleccionará aquella oferta que fuese ingresada primero, según la fecha y hora
en el portal Mercado Público.
8.6.- Acta de Evaluación:
La Comisión de Evaluación elaborará el "Informe o Acta Final de Evaluación" el cual contendrá:
• La identificación de los integrantes de la Comisión de Evaluación que asistieron a evaluar.
• La identificación de los asesores expertos invitados a la Evaluación, si es que existieron.
• La identificación de las ofertas que no cumplieron alguno de los requerimientos obligatorios de bases,
siendo rechazadas sus ofertas en la apertura, quedando por lo tanto fuera de evaluación y aquellas que
fueron evaluadas pero se determinó de igual manera que no cumplieron alguno de los requerimientos
obligatorios de bases, por tanto se deben proponer junto a las rechazadas, para ser declaradas
inadmisibles por la autoridad y la información detallada sobre cuál o cuáles requerimientos no fueron
cumplidos por todas estas ofertas.
• Un cuadro comparativo de las propuestas con las respectivas puntuaciones parciales obtenidas en cada
uno de los criterios de evaluación, así como también un resumen de la Evaluación realizada con
especificación del puntaje final.
• Un análisis final de evaluación y/o las observaciones, si proceden.
• Cuando no se hayan presentado ofertas, la constancia de esta situación para declarar Desierto el proceso.
• Los fundamentos de declarar desierto el proceso en base a ofertas presentadas y evaluadas que no
resulten convenientes para los intereses del establecimiento, cuando proceda.
• La recomendación o propuesta final, a la autoridad competente, de adjudicación del oferente mejor
evaluado o de declarar desierto el proceso, según sea el caso, fundada en razones objetivas y no
discriminatorias.
|
|
|
9.- DE LA ADJUDICACION DE PROPUESTA. |
9.1.- Criterios de Adjudicación.
La adjudicación se hará por el servicio licitado a un solo proveedor.
Se adjudicará a aquel Proponente cuya oferta haya sido evaluada como la más ventajosa para los intereses de
la institución, considerando los criterios de evaluación establecidos en las presentes Bases y conforme las
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facultades y prerrogativas establecidas en la normativa sobre contratos administrativos de suministro y
prestación de servicios.
9.2.- Comunicación de la Adjudicación.
El Hospital Clínico Metropolitano La Florida adjudicará la oferta mediante acto administrativo, el cual tendrá
plena vigencia una vez que se encuentre totalmente tramitado y notificado al adjudicatario y al resto de los
oferentes a través de www.mercadopublico.cl. En dicho acto administrativo, se especificarán los criterios de
evaluación aplicados, de acuerdo a lo establecido en las presentes Bases.
Si no se adjudicase en el plazo indicado en el punto 5.4 de estas Bases, se avisará a través del Portal las razones
de ello, indicando un nuevo plazo para la adjudicación o la decisión de declarar desierto.
9.3.- Peticiones o Reclamos del Proponente Adjudicado.
Adjudicada la propuesta, no podrá el Proponente formular petición o reclamo de ninguna especie fundado en
el desconocimiento de estas Bases Administrativas, de las Bases Técnicas y los anexos y sus modificaciones;
las cuales se entienden plenamente conocidas y aceptadas por el solo hecho de presentación de su oferta.
9.4.- De la Readjudicación.
El Hospital Clínico Metropolitano La Florida podrá readjudicar la licitación, dentro de los 60 días corridos
desde la publicación, al oferente que siga en orden de prelación de acuerdo con el puntaje total obtenido,
dejando sin efecto la adjudicación previa, en los siguientes casos:
1.-Si el adjudicatario desiste de su oferta.
2.-Si el adjudicatario se desiste de firmar el contrato o rechaza la orden de compra emitida en el portal
mercadopublico.cl
3.-Si el adjudicatario no entrega garantía de fiel y oportuno cumplimiento o cualquier otro documento
solicitado para la firma del contrato en tiempo y forma.
4.-Si el Oferente adjudicado es inhábil para contratar con el estado en los términos del artículo cuarto, incisos
1° y 6° de la Ley 19.886, o según lo establecido en el inciso segundo del artículo 26, letra d), del DFL N° 1, de
2004, del Ministerio de Economía, Fomento y Reconstrucción sobre condena establecida por el Tribunal de
Defensa de la Libre Competencia, o lo dispuesto en la Ley N° 20.393 Sobre Responsabilidad Penal de Personas
Jurídicas condenadas por delitos de Cohecho , Lavado de Activos y Financiamiento al Terrorismo o no
proporciona los documentos que sean requeridos para verificar dicha condición o le sobreviene una
inhabilidad.
Sin perjuicio de lo anterior, el Hospital podrá elegir si adjudica a la segunda oferta mejor evaluada o desertar
el proceso si las ofertas presentadas no se ajustan a sus intereses, para efectuar un nuevo llamado a licitación,
emitiéndose para cada caso la respectiva resolución.
9.5.- Revocación de la Licitación.
Si se ha detectado una ilegalidad en y durante el proceso o aconteciere durante su tramitación un hecho
considerado como Imprevisto, Caso Fortuito o Fuerza mayor, que haga imposible e improcedente adjudicar
la Licitación, en virtud de la falta de oportunidad o el interés público, el Hospital Clínico Metropolitano La
Florida, podrá realizar la revocación de esta, previo acto administrativo que justifique tal situación, sin
perjuicio de otras causales específicas de las normas especiales vigentes, aplicables a los actos del Estado.
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10.- DEL CONTRATO O RELACIÓN CONTRACTUAL |
De acuerdo a lo estipulado en el Artículo 63° del Reglamento de la ley N° 19.886 aprobado por el decreto Nº
250/2004 del Ministerio de Hacienda, por tratarse de servicios de simple y objetiva especificación, en este
proceso no se firmará contrato escrito. El acuerdo de voluntades, a través del cual el oferente adjudicado se
obliga a cumplir con esta adquisición, se formalizará por medio de la aceptación de la orden de compra
respectiva.
Si el monto adjudicado supera las 50 UTM, el proveedor tendrá la obligación de entregar dentro de los 3 días
hábiles siguientes a la adjudicación, la siguiente documentación:
• Garantía o caución para asegurar el fiel y oportuno cumplimiento de contrato según monto y glosa,
de acuerdo a lo establecido en las presentes Bases.
• Acreditación poderes del representante legal: El proveedor adjudicado en el caso que fuera persona
jurídica, deberá acreditar la vigencia de los poderes del representante legal a través de certificado de
vigencia de poderes emitido por el Registro de Comercio o por la institución que corresponda, de
data no superior a 3 meses contados desde la fecha en que deba suscribir el contrato escrito.
• Anexo N°02 Declaración Jurada Simple: en formato físico firmada por el representante legal de la
empresa o la persona natural, según corresponda, en la cual se consigna que no se encuentra unido
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por los vínculos de parentesco descritos en la letra B) del artículo 54 de la ley 18.575, que no se
encuentra afecto a las inhabilidades establecidas en el artículo 4° de la ley Nº19.886, y que tratándose
de personas jurídicas, además, no ha sido condenado a pena de prohibición de celebrar actos y
contratos con Organismos del Estado, de conformidad con la ley Nº20.393.
10.1.- Inscripción en el Registro Electrónico Oficial de Proveedores Del Estado.
El proveedor al momento de adjudicar y contratar deberá estar inscrito en el registro nacional
www.chileproveedores.cl. Si al momento de adjudicar el proveedor no se encuentra inscrito en este registro,
tendrá un plazo excepcional de 10 días hábiles contados desde la notificación de la adjudicación para
inscribirse, sin perjuicio de lo anterior, deberá hacer entrega de todos los demás antecedentes según lo
dispuesto en párrafo primero del numeral 10.1
La no inscripción en Chileproveedores o la no entrega de cualquiera de los documentos y antecedentes ya
señalados, configurará causal suficiente para dejar sin efecto la resolución de adjudicación respectiva. En tal
caso se procederá al cobro de la garantía de seriedad de la oferta correspondiente (si se ha solicitado en el
proceso licitatorio), pudiendo el Hospital readjudicar al 2º mejor oferente evaluado, el que deberá acreditar
las mismas exigencias de los párrafos anteriores, o bien, declarar desierta la licitación, cuando la 2da mejor
oferta evaluada no resulte conveniente a sus intereses, en conformidad al artículo Nº 9 de la Ley N° 19.886.
Será responsabilidad del adjudicatario cumplir en tiempo y forma, con todas las exigencias antes descritas.
10.2.- Formalización de la adquisición
Esta Adquisición se formalizará a través de la emisión y aceptación de la Orden de compra.
Sin perjuicio de lo anterior, se comprende dentro del objeto de la obligación del adjudicatario, todo lo
señalado en su oferta, para la correcta y adecuada ejecución de los servicios, y la entrega de las licencias, de
todo tipo, incluyendo las intelectuales e industriales, que del caso correspondan.
El incumplimiento de lo ofertado conllevará, previa calificación de las circunstancias y resolución fundada del
Director del Hospital, la aplicación y el cobro de multas al adjudicatario por incumplimiento de sus
obligaciones contractuales y podrá dar origen a su término de contrato y al cobro de la respectiva garantía,
sin perjuicio de las acciones legales correspondientes que pueda ejercer el Servicio.
10.3.- Emisión de Orden de compra
Una vez adjudicada la Licitación, se emitirá la orden de compra, a través del sistema de información
www.mercadopublico.cl.
10.4.- Aceptación de la Orden de compra por el proveedor
El proveedor deberá aceptar la Orden de compra en el plazo de 24 horas desde su publicación en el sistema
de información www.mercadopublico.cl. Vencidas las 24 horas sin respuesta en el portal, se entenderá que la
Orden de compra ha sido aceptada tácitamente por el proveedor, comenzando a correr los plazos de entrega
y cumplimiento de todas las obligaciones del contrato.
Todo, sin perjuicio, de que, para el pago de factura, esta Orden de compra deberá encontrarse aceptada
expresamente en el sistema de información y con recepción Conforme, aceptación y recepción, sin la cual el
pago no se llevará a cabo.
10.5.- Vigencia y Duración del Contrato.
La vigencia del contrato, será hasta el último día del último mes de ejecución efectiva del servicio, de acuerdo
a la fecha de ejecución indicada en las bases técnicas. La contratación comenzará a regir a contar desde la
aceptación de la respectiva Orden de Compra y será de ejecución inmediata.
10.6.- Renovación del Contrato.
De acuerdo a las condiciones establecidas en este proceso licitatorio, no procede la renovación de contrato.
10.7.- Modificación del Contrato
Mediante Resolución fundada, el HLF podrá modificar el contrato en cualquiera de las situaciones que se
señalan a continuación:
a) Mutuo acuerdo entre los contratantes, sin que pueda alterarse la aplicación de los principios de estricta
sujeción a las bases y de igualdad de los oferentes, ni que pueda aumentarse el monto del contrato más allá
del 30% del monto originalmente pactado.
b) Si así lo exigiera el interés público o la seguridad nacional.
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c) Las demás causales establecidas en el artículo 77 del reglamento de la Ley 19.886.
10.8.- Garantía de Fiel y Oportuno Cumplimiento del Contrato.
Junto a la aceptación de la orden de compra y para cautelar el cumplimiento de la correcta ejecución del
mismo, el Oferente adjudicado deberá entregar una caución o garantía, siendo de su exclusiva responsabilidad
que dicha caución o garantía sea presentada conforme a las especificaciones que a continuación se indican.
Tipo de Documento Podrán ser presentados como documentos de caución, boletas de garantía, vale
vistas, certificados de fianza, póliza de garantía o cualquier otro documento que
cumpla con los siguientes requisitos
• Sea pagadera a la vista.
• No sujeto a modalidad.
• Irrevocable.
• Emitida a favor de Entidad Pública.
Monto 10% del monto total adjudicado en pesos chilenos
Beneficiario Hospital Clínico Metropolitano de la Florida Dra. Eloísa Díaz Insunza, RUT
Nº65.075.485-9
Vigencia La vigencia de la garantía por fiel cumplimiento del contrato, será hasta el último
día del último mes de ejecución efectiva del servicio, de acuerdo a la fecha de
ejecución indica en las bases técnicas más 120 días hábiles, a contar de la
aceptación de la orden de compra.
Glosa Garantizar el Fiel y Oportuno Cumplimiento del Contrato y las obligaciones
laborales de “SERVICIO DE CONSULTORÍA PARA EL DISEÑO DEL PLAN DE
DESARROLLO ESTRATÉGICO DEL HOSPITAL LA FLORIDA” ID 812261-XX-LE23.
(donde se señala XX reemplazar por el número de la Licitación)
Forma y oportunidad
de Entrega Física o
electrónica
El oferente o su representante deberá entregar físicamente la garantía en
secretaría de Comercialización ubicada en dependencias del Hospital La Florida
(primer piso), Avenida Froilán Roa 6542, en horario de lunes a viernes, de 08:30 a
13:00 y de 14:30 a 16:00 horas, dentro de los 5 días hábiles desde la aceptación de
la orden de compra. La garantía debe entregarse en sobre cerrado dirigido a la
Unidad de Contratos del Hospital La Florida, señalando en el sobre lo siguiente:
GARANTIA DE FIEL OPORTUNO CUMPLIMIENTO ID: 812261-XX-LE23 (donde se
señala XX, se debe reemplazar por el número de la licitación)
IDENTIFICACION DEL OFERENTE
La garantía podrá otorgarse mediante uno o varios instrumentos financieros de la
misma naturaleza, que en conjunto representen el monto o porcentaje a caucionar
y entregarse de forma física o electrónicamente.
El oferente que necesite respaldar la entrega de su garantía deberá acompañar una
fotocopia del sobre que entrega. Esta fotocopia será timbrada por secretaría de
abastecimiento, indicando la fecha de su recepción y solo si se comprueba que el
documento físico viene en su interior.
Sin perjuicio de lo señalado anteriormente, la revisión del documento y
cumplimiento de requisitos formales, solo se verificará por la Unidad de Contratos
En caso de presentarse una Garantía en Formato Electrónico, deberán ser enviadas
al correo: garantiahlf@redsalud.gov.cl, antes del del vencimiento del plazo de 5
días hábiles desde la adjudicación, indicando en el asunto del correo el ID de la
Licitación y el nombre del Oferente.
De no presentar dicha garantía en forma, lugar, día y hora señalados, la oferta
adjudicada se entenderá desistida. Esto último, sin perjuicio de las garantías en
formato electrónico que, además, deben ajustarse a las disposiciones de la Ley
N°19.799 sobre documentos electrónicos, firma electrónica y servicios de
certificación de dicha firma, que deberán acompañarse conjuntamente con la
oferta.
En el caso de que la garantía entregada contenga errores, se solicitará corregir
dentro de los 5 días hábiles siguientes, so pena de no firmarse el contrato
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respectivo. La no entrega de esta Garantía de Fiel y Oportuno Cumplimiento, dará
lugar al cobro de la Garantía de Seriedad de la Oferta (si se ha solicitado en el
proceso licitatorio) y el Hospital podrá readjudicar la Licitación o declarar Desierto
el proceso.
La garantía podrá ser tomada por el oferente o por un tercero a nombre de él.
Custodia Las garantías serán custodiadas por la Unidad del Tesorería del Hospital La Florida.
Se hace presente que en el Departamento de comercialización ubicado en dependencias del Hospital La
Florida (primer piso), Avenida Froilán Roa 6542, funcionan distintas unidades del Hospital, por lo que será
de exclusiva responsabilidad del proveedor entregar correctamente la garantía, en caso de que se entregue
en un lugar distinto del indicado precedentemente, se tendrá por no presentado el documento.
En caso de que el Hospital determine necesario aumentar o renovar el contrato, el Oferente adjudicado
deberá renovar la garantía de fiel y oportuno cumplimiento, conforme al nuevo plazo y monto que se estime
para estos efectos. La garantía original será devuelta una vez que se haya entregado la nueva garantía.
10.9.- Devolución y Cobro de la Garantía de Fiel y Oportuno Cumplimiento del Contrato.
La garantía de fiel y oportuno cumplimiento del contrato se podrá hacer efectiva, en caso de incumplimiento
por parte del proveedor de cualquiera de las obligaciones del Contrato, sin perjuicio de las multas que
corresponda aplicar.
Para el cobro de la Garantía de Fiel y Oportuno Cumplimiento, se aplicará el mismo procedimiento utilizado
para el cobro de multas, según lo establecido en estas Bases de Licitación. La devolución de la garantía de fiel
y oportuno cumplimiento del contrato se efectuará dentro del plazo de 10 días hábiles contado desde el
término del contrato, y/ o una vez acreditado que se han cumplido todas las obligaciones de dicho contrato,
mediante Certificación de Conformidad, suscrito por el Jefe de la Unidad de Contratos o quien lo subrogue,
para tal efecto, al término del convenio.
Un representante de la empresa debidamente individualizado con poder especial ante notario podrá solicitar
la devolución ante el Responsable de Contrato de la Unidad de Contratos del Hospital, caso en el que se
comunicará a la Unidad de Tesorería.
10.10.- Resciliación del Contrato por Mutuo Acuerdo.
Las partes podrán poner término al contrato de común acuerdo, en forma anticipada, suscribiendo el
documento respectivo.
10.11.- Prohibición De Cesión
El adjudicatario no podrá ceder ni transferir en forma alguna, total ni parcialmente los derechos y obligaciones
establecidos para esta adquisición y contratación. En lo referido a la cesión de los instrumentos y títulos de
crédito que surjan del contrato, se estará a los artículos 74 y 75 del Decreto N°250 de 2004 del Ministerio de
Hacienda que aprueba Reglamento de la ley N°19.886 de Bases de Contratos Administrativos de Suministro y
Prestación de Servicios, particularmente al hecho que se notifique oportunamente dicho contrato o cesión y
no existan obligaciones o multas pendientes.
10.12.- Subcontratación.
Queda prohibida la subcontratación de los servicios contratados. Lo anterior salvo en los casos de utilización
de plataformas digitales, lugar donde se realizarán las jornadas presenciales y Coffe break.
10.13.-Reajustabilidad de los Precios
El precio adjudicado no se reajustará durante la vigencia del contrato.
10.14.- Solución de controversias.
Las diferencias que se puedan originar entre el Oferente Adjudicado y el Hospital serán dirimidas por los
Tribunales Ordinarios de Justicia de Santiago, sin perjuicio de las atribuciones que competen al Tribunal de
Contratación Pública y a la Contraloría General de la República.
10.15.- Reserva de información.
El Oferente adjudicado queda especialmente obligado a resguardar la reserva y confidencialidad de toda la
información que el Hospital le proporcione directa o indirectamente, o a la información que tenga acceso, con
ocasión de la ejecución del servicio que se contrate. En caso de que, el Oferente adjudicado infringiere alguna
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de las obligaciones establecidas en esta cláusula, será responsable de todo daño o agravio que ello pueda
producir al Hospital o a terceras personas.
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11. DE LAS ACTIVIDADES. |
11.1 Inicio de Actividades.
El inicio formal de las actividades será previa coordinación con el Referente Técnico, con el fin de no afectar
el regular funcionamiento del Hospital.
Los adjudicatarios deberán ceñirse estrictamente a las instrucciones y coordinación que le sean impartidas
por el Hospital de La Florida, a través del Referente Técnico.
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12. MULTAS Y SANCIONES POR INCUMPLIMIENTO DE CONTRATO |
12.1.- Término Anticipado Del Contrato
El Hospital podrá, previa calificación de las circunstancias y emisión de resolución fundada de su Director,
poner administrativamente término al contrato, en forma anticipada, unilateral e inmediata, en caso de
incumplimiento del contrato celebrado, considerándose como causales de dicho término, las indicadas en el
artículo Nº13 de la Ley Nº19.886, en el artículo Nº77 del Decreto Nº250 de 2004 que contiene el Reglamento
de la Ley N°19.886, además de las siguientes causales específicas:
a) La aplicación de dos o más multas dentro un plazo de tres (3) meses, durante la vigencia del contrato,
cualquiera sea su fuente, de las enumeradas en el punto 12.3, o por la acumulación de multas cuyo
monto total sea igual o superior al 30% del monto del contrato
b) Evaluación Técnica deficiente del proveedor emitida por el Hospital. Según lo señalado en el número
12.1.1 de las bases administrativas
c) Cambio o modificación unilateral por parte del Proveedor del precio ofertado, del servicio,
condiciones de su oferta, calidad, u otra condición establecida en la oferta adjudicada y aceptada por
la Entidad.
d) Realización de actividades que pongan en riesgo al establecimiento y/o a sus funcionarios.
e) Incurrir en falsedad en la documentación presentada relativa al servicio adjudicado.
f) Si el proveedor fuere declarado en quiebra o cayera en estado de notoria insolvencia.
g) Si falleciese el proveedor o se disolviese la empresa o perdiere su personalidad jurídica. En tal evento,
se procederá a efectuar la liquidación del contrato determinando las obligaciones que quedasen.
h) Si el adjudicatario cede o transfiere total o parcialmente los derechos y obligaciones que nacen de la
presente licitación, y en especial los establecidos en el contrato definitivo, salvo que una norma legal
especial permita la cesión de derechos y obligaciones. Lo anterior, es sin perjuicio que los
documentos justificativos de los créditos que emanen de estos contratos podrán transferirse de
acuerdo con las normas del derecho común.
i) Si la persona jurídica ha sido condenada penalmente de conformidad a la Ley Nº20.393.
j) Si el adjudicatario subcontrata total o parcialmente el contrato, salvo lo estipulado en numeral 10.12
k) Si el adjudicatario durante la vigencia del contrato es condenado por prácticas antisindicales o
infracción a los derechos fundamentales del trabajador, ejecutoriada o que cause ejecutoria dicha
condena.
l) Las demás causales que se establezcan en la Ley Nº19.886 y su normativa reglamentaria.
Terminado que sea en forma anticipada el contrato, siempre que se haya debido a responsabilidad del
proveedor, el Hospital queda facultado para hacer efectiva la Boleta de Fiel y oportuno Cumplimiento de
Contrato, sin que el adjudicatario tenga derecho a indemnización alguna.
12.1.1.- Evaluación Técnica
Durante toda la vigencia del contrato, el referente técnico, podrá evaluar el servicio a fin de dar cuenta de su
ejecución conforme, según los niveles de servicio exigidos en las Base Técnicas y sus correspondientes
indicadores.
En el evento de evaluarse como NO RECOMENDABLE, se podrá dar término al contrato según lo estipulado
en la letra b el numeral 12.1. y servir dicha evaluación, a futuro, como herramienta en un próximo proceso
licitatorio para evaluar al oferente en el Criterio Comportamiento contractual anterior.
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12.2.- Amonestación.
Constituye un documento firmado por las partes, que deja constancia de cualquier falta menor y objetiva,
cometida por el adjudicatario, y que, en atención a su importancia, no está afecta a cobros pecuniarios, salvo
que exista acumulación según se describe más adelante.
12.3.- Multas
El Hospital La Florida podrá, previa calificación de las circunstancias y resolución fundada del Director del
Hospital, aplicar y cobrar multas al adjudicatario por incumplimiento de sus obligaciones contractuales, por el
monto que se indica, y con un tope máximo de un 30% del total del contrato.
a) Se aplicará una multa de 2 UTM por incumplimiento de las instrucciones impartidas por el Hospital,
a través del administrador interno del contrato.
b) Entrega fuera de plazo: Se aplicará una multa de 3 UTM por cada día de atraso en el inicio del servicio,
según el plazo acordado y coordinado con el Hospital.
c) Conductas que conlleven incumplimiento de las obligaciones y requisitos obligatorios estipulados en
las especificaciones técnicas del anexo N°03: Se aplicará una multa equivalente de 1 UTM por
requisito u obligación no cumplida.
d) Entrega incompleta: Se aplicará una multa equivalente 3 UTM, por entrega incompleta del servicio
solicitado, como la entrega de informes incompletos o la no entrega del Coffe break solicitado.
e) Si el Plan de desarrollo estratégico es realizado por un facilitador no ofertado por el proveedor se
cobrará una multa de 10 UTM, sin perjuicio de lo anterior, el cambio del facilitador debe ser
autorizado previamente por el Hospital.
f) Abandono de labores por parte del personal del Oferente Adjudicado, ya sea por retiro anticipado
no autorizado de las Instalaciones correspondientes o por no encontrarse ubicable en su puesto de
trabajo en horario laboral destinado a realizar las actividades requeridas. Se aplicará una multa de 3
UTM por cada una de las faltas antes descritas.
g) Conductas que conlleven falta o falla que atente directa o indirectamente, contra la integridad física
o moral de funcionarios, tanto el adjudicatario y/o su personal. (por ejemplo, falta comprobada a la
probidad y transparencia del cargo que desarrolla; maltrato físico o verbal al paciente y/o
funcionarios; robo o hurto a pacientes, funcionarios, al HLF, etc.) Se aplicará una multa de 10 UTM
por cada una de las faltas antes descritas.
h) Conductas que impliquen condiciones sanitarias deficientes, de acuerdo a normas de infecciones
intrahospitalarias o que obstruyan la atención y/o calidad del servicio (por ejemplo, no cumplir con
los protocolos de seguridad y/o infecciones, etc.). Se aplicará una multa de 10 UTM por cada una de
las faltas antes descritas.
i) Por la entrega atrasada de los informes de resultados por sesión: Se aplicará una multa de una 1 UTM
por cada día hábil de atraso, transcurridos los 3 días hábiles luego de terminada la última sesión
online y/o presencial.
j) Atraso en la ejecución de actividades: Se aplicará una multa de una 1 UTM por cada día corrido o
hábil, según corresponda, de atraso, de acuerdo a los días de ejecución de las actividades detallados
en la cláusula 2.2 Detalle de actividades de las Bases Técnicas. No se consideran los días de atraso
que sean responsabilidad total o compartida con el Hospital de La Florida.
k) Por la entrega atrasada del plan de desarrollo estratégico al finalizar la consultoría: se aplicará una
multa de una 2 UTM por cada día de atraso, conforme a los plazos coordinados con el referente
técnico y de acuerdo a los días de ejecución de las actividades detalladas en las Bases Técnicas. No
se consideran los días de atraso que sean responsabilidad total o compartida con el Hospital de La
Florida.
l) Aplicación de 2 amonestaciones en 2 meses calendario, se aplicará una multa de 0,5 UTM
El valor de la UTM será el que corresponde al mes en que se emita la resolución de aplicación de multa.
12.4 Registro de comportamiento.
El proveedor que sea sancionado durante la vigencia del contrato, por aplicación de amonestaciones, multa(s),
cobro de garantías o por causal imputable de término anticipado de contrato, será ingresado a los siguientes
registros:
• Registro de Chileproveedores y
• Registro interno del Hospital Registro de Proveedores sancionados, que lleva la Unidad de Contratos del
Hospital, para estos efectos.
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La información en ellos registrada podrá ser utilizar en la evaluación del proveedor en futuros procesos de
adquisición que lleve a cabo el Hospital y en cuyas bases se incorpore como herramienta para medir el
correspondiente Criterio de Comportamiento Contractual Anterior.
12.5 Procedimiento de Aplicación de sanciones, multas y/o Término Anticipado de Contrato.
La determinación de una situación o condición que diere lugar a la aplicación de una sanción, multa y/o
termino anticipado de contrato, se originará a partir de un informe que emane desde el Referente Técnico
administrador del contrato, dirigido a la Unidad de contratos del Departamento de Comercialización. Recibido
el informe, ésta evaluará si la situación es de aquellas consideradas como causales para la aplicación de una
sanción, multa y/o termino anticipado de contrato según Bases y tratándose de multas calculará los montos
a pagar.
Tratándose de las sanciones o multas, la Unidad de gestión de Contratos notificará al adjudicatario, a través
del módulo de sanciones del aplicativo de gestión de contratos dispuesto en www.mercadopublico.cl , por
escrito a través de correo electrónico, al correo indicado por el proveedor en anexo 01 de su oferta, del
informe emanado por el Referente Técnico Administrador de contrato/ o por ella y la causal que origina la
sanción o Multa y si se trata de la aplicación de Multa , el monto a pagar, a fin de que el proveedor manifieste
sus descargos acompañando todos los antecedentes que estime pertinente dentro del término de 5 días
hábiles desde dicha notificación, a través del módulo gestión de contratos.
En el caso del término anticipado del contrato, la Unidad de gestión de Contratos notificará al adjudicatario,
a través de carta certificada a la dirección indicada por el proveedor en el anexo 01 de su oferta, del informe
emanado por el Referente Técnico Administrador de contrato/ o por ella y la causal que origina el término
anticipado de contrato, a fin de que el proveedor manifieste sus descargos acompañando todos los
antecedentes que estime pertinente dentro del término de 5 días hábiles desde dicha notificación.
Una vez vencido el plazo sin presentar descargos, el Hospital dictará la respectiva resolución aplicando la
medida y detallando las circunstancias fácticas que hicieron procedente dicha sanción.
Si el adjudicatario hubiera presentado descargos en tiempo y forma, el Hospital tendrá un plazo de 30 días
hábiles a contar de la recepción de los mismos para rechazarlos o acogerlos, total o parcialmente. Al respecto,
el rechazo total o parcial de los descargos del proveedor deberá formalizarle a través de una resolución
fundada del Hospital, en el cual deberá detallarse el contenido y las características de la sanción, Multa o el
término anticipado de contrato según corresponda y si se trata de la aplicación de Multa, el monto a pagar.
La indicada resolución deberá notificarse al proveedor adjudicado mediante carta certificada remitida por la
Unidad de Gestión de Contratos al proveedor a la dirección indicada en el Anexo N°1 e informarse en el
módulo de sanciones del portal www.mercadopublico.cl
Las notificaciones por carta certificada se entenderán practicadas a contar del tercer día siguiente a su
recepción en la oficina de correos que corresponda. Contra la resolución que aplique la medida respectiva
procederán los recursos establecidos en la Ley N°19.880, Ley de Bases de Procedimientos Administrativos que
rigen los Actos de los Órganos de la Administración del Estado.
La entidad compradora tendrá la obligación de registrar las medidas indicadas en la presente clausula a través
del módulo de gestión de contratos dispuesto en plataforma www.mercadopublico.cl.
12.6. El pago de la multa podrá ser cobrado
a) Directamente al adjudicatario quien deberá pagar dentro de los 10 días corridos desde su notificación, o
b) Se podrá retener su monto al momento del pago de las facturas pendientes. En este caso, se descontarán
administrativamente del pago de las facturas que no hayan sido pagadas por el Hospital. Serán descontadas
del pago, no de la factura, es decir, el proveedor deberá facturar por el total sin descontar las multas que se
le aplicasen. Estas serán descontadas al momento de girar el pago respectivo por parte de la Unidad
Financiera, o
c) Con todo, de no hacer pago directo el proveedor o de no existir facturas pendientes por pagar, se podrá
hacer el cobro de las multas haciendo efectiva la garantía de fiel y oportuno cumplimiento, sin más trámite.
12.7 Procedimiento para interponer recurso:
El proveedor dispondrá de un plazo de cinco días hábiles, contados desde la notificación mediante carta
certificada de la resolución fundada, remitida por la Unidad de gestión de Contratos al proveedor a la dirección
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indicada en el Anexo N°01, para impugnar dicho acto administrativo, debiendo acompañar todos los
antecedentes que justifiquen eliminar, modificar o reemplazar la respectiva sanción, mediante un escrito o
carta ante la autoridad máxima del servicio por la sanción aplicada. Esta presentación se debe realizar
mediante carta certificada o con entrega presencial en la Oficina de Partes del Hospital. El Hospital tendrá un
plazo no superior a 30 días hábiles para resolver el citado recurso. Mientras se encuentre pendiente la
resolución de recurso de reposición, no se hará efectiva la respectiva sanción.
La resolución que acoja el recurso podrá modificar, reemplazar a dejar sin efecto el acto impugnado. Ahora
bien, en el caso de multas, que sean finalmente cursadas, sea total o parcialmente, ésta se hará efectiva
mediante el cobro directo en un plazo máximo de 20 días, debiendo pagar en un plazo de hasta 10 días una
vez notificado el cobro, o bien, se hará efectivo a través del cobro de la o las garantías de fiel cumplimiento,
según cuál sea el caso.
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13.- DE LA GARANTIA TÉCNICA DE LOS SERVICIOS ADJUDICADOS |
El oferente se obliga a mantener una garantía de los servicios, durante toda la vigencia de la relación
contractual más 120 días hábiles.
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14.- DE LA FACTURACIÓN |
El oferente por el sólo hecho de presentar su oferta renuncia a sus políticas de facturación y se somete al
requerimiento del Hospital, en consecuencia, no podrá imponer el oferente un monto mínimo de despacho
ni de facturación para ningún efecto.
El oferente solo podrá facturar la Orden de Compra aceptada, una vez que esta se encuentre con su recepción
conforme publicada en el portal mercadopublico.cl
En caso de que la factura presente algún error o no cuente la orden de compra respectiva con la recepción
conforme señalada anteriormente, el Hospital dispondrá de 08 días corridos para hacer las observaciones
correspondientes al adjudicatario o rechazarla.
El proveedor dispondrá de 08 días corridos para subsanar si se tratara de errores subsanables. La nueva factura
o Nota de Crédito según sea el caso, sufrirá el mismo trámite formal que el documento original, salvo que, por
tratarse de una segunda tramitación, el plazo para su pago será de 20 días hábiles desde su recepción
conforme por parte del Hospital.
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15.- DEL PAGO |
La obligación de pago por parte del Hospital se perfecciona a partir de la comunicación que realice la Unidad
de Contratos del Departamento de Comercialización del Hospital al Departamento de Finanzas, previa
confirmación de los siguientes antecedentes:
a) Orden de Compra aceptada por el proveedor en el portal www.mercadopublico.cl.
b) El acta de recepción conforme firmada por la Unidad Técnica Administradora del Contrato.
c) Emisión de factura la cual deberá indicar el Numero de OC que se generó por los servicios.
d) Formulario 30 “Solicitud de Certificado de Antecedentes Laborales y Previsionales” (si procede).
e) La eventual aplicación de multas y sanciones.
f) Recepción conforme en la plataforma de Mercado Público, siendo esta última recepción en el portal, la que
dará origen a la facturación electrónica.
Para iniciar el proceso pago de manera correcta y oportuna, es fundamental que el adjudicatario haya
aceptado expresamente la orden de compra en la plataforma de mercado público.
El pago de facturas se realizará dentro de los 30 días corridos por Tesorería General de La República, desde la
fecha de la aceptación de la correspondiente factura.
La recepción conforme de los servicios, conlleva la validación y emisión de OC lo cual se realizará en 10 días
hábiles. Lo anterior se funda en los plazos internos existentes, considerando los procesos administrativos de
la institución.
En caso que el adjudicatario registre saldos insolutos de remuneraciones o cotizaciones de seguridad social
con sus actuales trabajadores o con trabajadores contratados en los últimos dos años, aplicará lo estipulado
en el artículo 4º de la Ley 19.886.
15.1.- Pagos con Trasferencias electrónicas.
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La Tesorería General de la República, está facultado para realizar pagos a través de transferencia electrónica
a los proveedores que completen de manera correcta la autorización notarial adjunta para pago con
transferencia electrónica.
Una vez completado, este mandato debe ser legalizado ante notario y posteriormente debe ser entregado en
Tesorería o secretaria de Finanzas del Hospital de La Florida, ubicada en el tercer piso de la institución. Este
mandato una vez entregado, no puede ser modificado por el oferente durante la duración del contrato.
AUTORIZACIÓN NOTARIAL PARA PAGO CON TRANSFERENCIA ELECTRÓNICA
Yo, ____________________________________________ , RUN: _________________________, en
calidad de representante legal de la empresa, ________________________________________________
R.U.T. _______________________________ ; autorizo al Hospital Clínico La Florida Dra. Eloísa Díaz
Insunza, para que pague con transferencia electrónica bancaria, documentos por cobrar que existan con
dicha entidad, en la cuenta que detallo a continuación:
Cta. Corriente Cta. Débito Cta. de Ahorro Cta. Vista
NºCuenta:
Banco:
R.U.T. empresa:
Nombre empresa:
Mail confirmación de pago:
Firma Representante Legal
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16.- Respeto de la normativa del Hospital de La Florida y debido cuidado a sus bienes. |
Para la ejecución del contrato, el Hospital permitirá la entrada del personal del adjudicatario, debidamente
acreditado, a las dependencias involucradas en la ejecución de éste. En tal caso, el personal del Oferente
adjudicado deberá solicitar acatar las medidas de resguardo y control de los recintos institucionales y el
Oferente adjudicado será responsable, y quedará obligado a la reparación o reposición, de cualquier
desperfecto, daño o perdida que puedan sufrir el inmueble del Hospital de La Florida y/o los bienes muebles
que lo guarnecen. Cabe hacer presente, que el ingreso tanto el adjudicatario como su personal al Hospital de
La Florida, para efectos de ejecutar su contrato, estarán sujetos a protocolos de seguridad que deberá
coordinar con el funcionario designado para tal efecto y que será oportunamente informado.
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17. Administración y Fiscalización del Cumplimiento del Contrato. |
17.1 Administración, Control y validación por parte del Hospital.
Con el objeto de coordinar y controlar el correcto cumplimiento del contrato, se designa a la Sra. Alejandra
Nuñez Candia, jefa del Departamento de Desarrollo Organizacional y de Personas o quien sea titular del mismo
cargo al momento de la ejecución del contrato, o quien subrogue, en calidad de Referente Técnico
Administrador del Contrato, quien, junto a la Unidad de Contratos del Departamento de Comercialización del
Hospital, tendrán las siguientes responsabilidades:
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Referente técnico administrador de contrato:
• Fiscalizar el estricto y oportuno cumplimiento de las obligaciones contractuales, en especial la calidad y
entrega oportuna de los bienes.
• Proponer la aplicación de multas, en caso de verificarse alguna de las infracciones consignadas en las
presentes bases, notificando la infracción o incumplimiento a través de un informe, a la Unidad de
Contratos.
Unidad de Contratos:
• Mantener actualizado un archivo con la totalidad de los antecedentes del contrato.
• Llevar registro de sanciones y multas aplicadas al proveedor.
• Llevar el control del consumo y ejecución del contrato hasta su término en cuanto a su precio total.
• Proveer el estado de recepción conforme e informar los descuentos y/o multas a que hubiere lugar, para
que se verifique el pago por parte de la Unidad de Finanzas.
• Revisar procedencia y autorizar la devolución de la garantía de fiel y oportuno cumplimiento del contrato
o solicitar se haga efectiva, si procede.
En general, ambos deberán desarrollar todas las acciones referidas al control y gestión de las acciones que
faciliten la ejecución del contrato.
17.2 Encargado del Contrato por parte del Proveedor.
Por su parte, el Oferente deberá designar un Encargado de Contrato que se relacionará con el referente
técnico y con el Administrador del contrato del Hospital y cuyo nombre deberá señalarse en su Anexo N°1.
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18. LEY Nº 20.584. |
Tanto el Oferente adjudicado como su personal, deberán en todo momento observar estrictamente la
normativa que establece la Ley Nº 20.584, que Regula Los Derechos y Deberes que tienen las Personas en
relación con acciones vinculadas a su atención de salud.
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19. Deber de Confidencialidad. |
Durante el desarrollo del contrato, como al término de éste, el Oferente adjudicado y/o su personal no podrá
divulgar o hacer uso de la información a que haya tenido acceso con ocasión del mismo, constituyendo su
infracción, incumplimiento grave de su obligación de confidencialidad, facultando al Hospital de La Florida
para ejercer las acciones judiciales que estime pertinentes para el resarcimiento de todos sus perjuicios. Lo
anterior, teniendo en especial consideración lo dispuesto en la Ley Nº 19.928 de Protección de Datos de
Carácter Personal.
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II. BASES TÉCNICAS |
1.- CONDICIONES GENERALES
El objetivo de las presentes bases técnicas es describir los aspectos técnicos que requiere la adquisición del
“SERVICIO DE CONSULTORÍA PARA EL DISEÑO DEL PLAN DE DESARROLLO ESTRATÉGICO DEL HOSPITAL LA
FLORIDA”.
2. DEL SERVICIO
Las presentes especificaciones técnicas, describen las características requeridas del servicio solicitado. De tal
forma que los oferentes de la licitación cuenten con todos los antecedentes necesarios para formular su oferta
en igualdad de condiciones y en estricta sujeción a las bases.
El servicio requerido en esta adquisición debe cumplir además de las especificaciones técnicas señaladas en
cada uno de los puntos presentes en las bases técnicas y con todos los requisitos establecidos en el Anexo
N°03 publicado en el portal www.mercado publico.cl.
El formato Excel ANEXO 03, de las especificaciones técnicas no podrá ser modificado y solo se deberán
completar las afirmaciones allí expresadas. Si requiere entregar alguna explicación anexa de algún
requerimiento solicitado debe indicarlo en la columna Comentarios del oferente.
Detalle de monto estimado:
Ítem Servicio Monto de gasto
estimado en UTM
VALOR CON IVA
incluido
1 SERVICIO DE CONSULTORÍA PARA EL DISEÑO DEL PLAN DE
DESARROLLO ESTRATÉGICO DEL HOSPITAL LA FLORIDA
601
2.1 Objetivo general
Consultoría en desarrollo estratégico institucional para la construcción participativa del ideario institucional:
propósito hospitalario y valor fundamental.
2.2 Detalle de actividades
• Actividad consultiva online masiva, para 2800 trabajadores, respecto del propósito personal,
propósito institucional e ideario institucional.
o Diseño y aplicación de encuesta online.
o El proveedor debe contar con una plataforma, sin necesidad de clave, debe ser un link o
código QR. Debe ser sin clave y sin usuario. Se debe identificar el cargo y la unidad
solamente.
o La actividad deberá ser realizada en 6 días corridos, siendo de 5 de ellos días hábiles.
o La empresa debe reportar a diario la cantidad de encuestas respondidas, con la finalidad de
hacer difusión.
o Análisis de resultados y entrega de informe de resultados sistematizados, éste debe ser
entregado vía correo electrónico al Referente Técnico Administrador del Contrato en un
plazo no mayor a 3 días hábiles luego de terminada la última sesión, so pena de aplicarse lo
estipulado en la cláusula 12.3.- Multas letra i), de las bases de licitación.
• Jornada reflexiva presencial, hasta 150 trabajadores, dividido en 5 sesiones de 30 personas, para
abordar dolores y propósitos personales.
o Diseño de la jornada y guión metodológico (IKIGAI, ontología del lenguaje, Teoría U (Otto
Scharmer))
o Facilitación de la jornada.
o Gestión del espacio gratuito para la jornada.
o Se deberá realizar una sesión por día, es decir se establece un máximo de 5 días hábiles para
la ejecución de las jornadas.
o 5 Coffe saludables a media mañana para 30 personas cada uno.
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o Análisis de resultados y entrega de informe de resultados sistematizados, éste debe ser
entregado vía correo electrónico al Referente Técnico Administrador del Contrato en un
plazo no mayor a 3 días hábiles luego de terminada la última sesión, so pena de aplicarse lo
estipulado en la cláusula 12.3.- Multas letra i), de las bases de licitación.
o El transporte de los trabajadores del Hospital La Florida será a costo individual de cada
persona, no del adjudicatario.
• Activación en unidades de trabajo respecto de la comunión entre propósitos personales y el
propósito del equipo de trabajo.
o Guion metodológico (IKIGAI, ontología del lenguaje, Teoría U (Otto Scharmer)).
o Facilitación online o presencial de espacios reflexivos por unidades de trabajo.
o Los plazos de ejecución deberán contemplar 2 días hábiles capacitando a jefaturas y días
hábiles con activaciones en unidades, previa coordinación con referente técnico.
o Análisis de resultados y entrega de informe de resultados sistematizados, éste debe ser
entregado en un plazo no mayor a 3 días hábiles luego de terminada la última sesión, so
pena de aplicarse lo estipulado en la cláusula 12.3.- Multas letra i), de las bases de licitación.
• Integrar necesidades de los usuarios
o Análisis de documentación e información levantada por Gerencia de Gestión Integral del
Usuario, para conocer las necesidades declaradas por los usuarios.
o El hospital entregará la información que deberá ser incorporada en el trabajo final.
• Construcción del Ideario Institucional o propuesta de valor
o Diseñar sesión de diseño del ideario institucional, presentando los resultados de cada etapa
de forma sistematizada.
o Facilitar la sesión de construcción del ideario institucional: propósito hospitalario (match
entre propósitos de equipos y necesidades de los usuarios) y valor fundamental.
o Construir gráfica del ideario institucional construido.
o La actividad deberá ser realizada en 5 días hábiles.
• Alineamiento estratégico líder:
o 4 sesiones presenciales de reportabilidad del estado de avance y retroalimentación del
proceso desde la consultora hacia el Director del HLF.
o Las sesiones deberán ser previamente coordinadas con el referente técnico administrador
del contrato.
o Los plazos de ejecución deberán considerar 1 sesión semanal de entre 1 a 2 horas hábiles
aproximadas.
2.3 Perfil de los facilitadores de la consultora:
El perfil de los facilitares deberá corresponder a profesionales que cuenten con un Magister en desarrollo
organizacional, MBA, Magister en planificación y control de gestión, u otro afín.
2.4 Fecha de ejecución del servicio
El servicio requerido deberá ser realizado entre los meses de junio y agosto del año 2023, previa coordinación
con el referente técnico del Departamento de Desarrollo Organizacional y de Personas.
3- DEL PERSONAL
• El adjudicatario deberá contar con el personal, que garantice la oportunidad en la entrega del servicio
y reemplazar a los ausentes a todo evento con personal que revista mismas calidades profesionales
y técnicas. Con todo, cualquier reemplazo de personal deberá ser aprobado por el HLF y cumplir con
todas las exigencias de las presentes bases.
• El adjudicatario deberá procurar que la rotación de su personal sea mínima, ya que de no ser así se
produce un serio deterioro en la calidad del servicio que se entrega. Para lograr este objetivo, se
requiere de una adecuada selección y buenas condiciones laborales.
• El Hospital podrá solicitar el cambio de alguno de los integrantes del equipo de trabajo del
adjudicatario, ante razones fundadas; tales como, que el personal no corresponde al ofertado o su
reemplazo no ha sido autorizado por el HLF o no cumple con el perfil de competencia, no realiza las
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actividades satisfactoriamente, trato irrespetuoso, presencia personal deficiente, etc. Además,
mantendrá supervisión permanente del personal prestador del servicio, velando por la calidad del
resultado de éste.
• El Hospital podrá verificar que las personas trabajando correspondan a las informadas por el oferente
en su oferta durante toda la vigencia del contrato, so pena de aplicarse lo dispuesto en la cláusula
12.3.- Multas, letra e).
4- DE LAS OBLIGACIONES Y RESPONSABILIDADES DEL ADJUDICATARIO
Al inicio de las actividades, el referente técnico acordará un protocolo que, junto a lo requerido en los puntos
anteriores, dentro de las principales obligaciones y responsabilidades del adjudicatario, podrá agregar las
siguientes:
a) Asistir al Hospital oportunamente a prestar el servicio señalado en el presente contrato y según
programación que el Hospital les asigne.
b) Cumplir con las normas establecidas por la institución (reglamentos, registros, protocolos y
procedimientos).
c) Resguardar la integridad del equipamiento y la infraestructura utilizada. En caso de daño, perdida,
mal uso o desperfectos, y que se compruebe que fueron causados por el personal del proveedor,
estos deberán ser reparados y/o repuestos, con cargo integral al pago de la prestación.
d) Mantener un ambiente de respeto profesional y personal con los colegas, personal de la unidad,
funcionarios del HLF y pacientes.
e) Deberán ceñirse estrictamente a las instrucciones y coordinación que le sean impartidas por el
hospital a través del Departamento de Desarrollo Organizacional y de Personas, a través de referente
técnico administrador del contrato.
f) Todas las actividades presenciales deberán ser realizadas en el lugar Espacio físico ofertado por el
adjudicatario, el cual deberá contar con mobiliario no estático, climatización, luz natural y cercano a
las dependencias del Hospital (cercano a la comuna La Florida).
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