Licitación ID: 812261-56-LQ20
RRHH PARA SOPORTE BODEGA EQUIPOS MEDICOS COVID
Reclamos recibidos por incumplir plazo de pago: 303
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Productos o servicios
1
Servicios de contratación de personal 1 Unidad
Cod: 80111701
1 rotativa de 4°Turno Técnicos (4 personas) 1 rotativa de 4°Turno Tecnólogos en Informática Biomédica (4 Personas)  

1. Características de la licitación
Nombre de la licitación:
RRHH PARA SOPORTE BODEGA EQUIPOS MEDICOS COVID
Estado:
Adjudicada
Descripción:
Estas bases de licitación orientan, fijan y determinan las normas y procedimientos por las que deben regirse las personas naturales, personas jurídicas, y uniones temporales de proveedores, interesadas en participar en el llamado a propuesta para la contratación de servicios de personal externo, para prestar funciones en las distintas unidades del HLF, para el adecuado y oportuno tratamiento y atención de los pacientes institucionales.
Tipo de licitación:
Pública-Licitación Pública igual o superior a 2.000 UTM e inferior a 5.000 UTM (LQ)
Tipo de convocatoria:
ABIERTO
Moneda:
Peso Chileno
Etapas del proceso de apertura:
Una Etapa
Toma de razón por Contraloría:
No requiere Toma de Razón por Contraloría
Publicidad de ofertas técnicas:
Las ofertas técnicas serán de público conocimiento una vez realizada la apertura técnica de las ofertas.
2. Organismo demandante
Unidad de compra:
convenios , operaciones , informatica
R.U.T.:
65.075.485-9
Dirección:
FROILAN ROA 6542
Comuna:
La Florida
Región en que se genera la licitación:
Región Metropolitana de Santiago
3. Etapas y plazos
Fecha de cierre de recepción de la oferta: 28-12-2020 16:00:00
Fecha de Publicación: 15-12-2020 12:46:48
Fecha inicio de preguntas: 15-12-2020 14:30:00
Fecha final de preguntas: 18-12-2020 23:59:00
Fecha de publicación de respuestas: 21-12-2020 17:00:00
Fecha de acto de apertura técnica: 29-12-2020 8:00:00
Fecha de acto de apertura económica (referencial): 29-12-2020 8:00:00
Fecha de Adjudicación: 16-03-2021 13:01:38
Fecha de entrega en soporte fisico No hay información
Fecha estimada de firma de contrato No hay información
Tiempo estimado de evaluación de ofertas No hay información
4. Antecedentes para incluir en la oferta
Documentos Administrativos
1.- CARPETA ADMINISTRATIVA PRESENTACIÓN DEL OFERENTE DECLARACIÓN JURADA CONDICIONES DE EMPLEABILIDAD
Documentos Técnicos
1.- CARPETA TÉCNICA EXPERIENCIA DEL OFERENTE
 
Documentos Económicos
1.- CARPETA ECONÓMICA CARTA OFERTA
5. Requisitos para contratar al proveedor adjudicado
Persona natural
Encontrarse hábil en el Registro de Proveedores, registro que verificará NO haber incurrido en las siguientes causales de inhabilidad:

1 .- Haber sido condenado por cualquiera de los delitos de cohecho contemplados en el título V del Libro Segundo del Código Penal.
 
2 .- Registrar una o más deudas tributarias por un monto total superior a 500 UTM por más de un año, o superior a 200 UTM e inferior a 500 UTM por un período superior a 2 años, sin que exista un convenio de pago vigente. En caso de encontrarse pendiente juicio sobre la efectividad de la deuda, esta inhabilidad regirá una vez que se encuentre firme o ejecutoriada la respectiva resolución.
 
3 .- Registrar deudas previsionales o de salud por más de 12 meses por sus trabajadores dependientes, lo que se acreditará mediante certificado de la autoridad competente.
 
4 .- La presentación al Registro Nacional de Proveedores de uno o más documentos falsos, declarado así por sentencia judicial ejecutoriada.
 
5 .- Haber sido declarado en quiebra por resolución judicial ejecutoriada.
 
6 .- Haber sido eliminado o encontrarse suspendido del Registro Nacional de Proveedores por resolución fundada de la Dirección de Compras.
 
7 .- Haber sido condenado por prácticas antisindicales o infracción a los derechos fundamentales del trabajador.
 
8 .- Registrar condenas asociadas a responsabilidad penal jurídica (incumplimiento artículo 10, Ley 20.393).
 
Documentos persona natural
- Fotocopia Legalizada de Cédula de Identidad
- Declaración jurada acreditando que no se encuentra afecto al art. 4 inciso 6 de la ley 19.886, en el cual se establece que "ningún órgano de la administración del Estado podrá suscribir contratos administrativos de provisión de bienes y servicios con los funcionarios directivos del mismo órgano o empresa, ni con personas unidas a ellos por los vínculos de parentesco."
Persona jurídica
Encontrarse hábil en el Registro de Proveedores, registro que verificará NO haber incurrido en las siguientes causales de inhabilidad:

1 .- Haber sido condenado por cualquiera de los delitos de cohecho contemplados en el título V del Libro Segundo del Código Penal.

2 .- Registrar una o más deudas tributarias por un monto total superior a 500 UTM por más de un año, o superior a 200 UTM e inferior a 500 UTM por un período superior a 2 años, sin que exista un convenio de pago vigente. En caso de encontrarse pendiente juicio sobre la efectividad de la deuda, esta inhabilidad regirá una vez que se encuentre firme o ejecutoriada la respectiva resolución.

3 .- Registrar deudas previsionales o de salud por más de 12 meses por sus trabajadores dependientes, lo que se acreditará mediante certificado de la autoridad competente.

4 .- La presentación al Registro Nacional de Proveedores de uno o más documentos falsos, declarado así por sentencia judicial ejecutoriada.

5 .- Haber sido declarado en quiebra por resolución judicial ejecutoriada.

6 .- Haber sido eliminado o encontrarse suspendido del Registro Nacional de Proveedores por resolución fundada de la Dirección de Compras.

7 .- Haber sido condenado por prácticas antisindicales o infracción a los derechos fundamentales del trabajador.

8 .- Registrar condenas asociadas a responsabilidad penal jurídica (incumplimiento artículo 10, Ley 20.393).

Documentos persona jurídica
- Fotocopia Legalizada del Rut de la Empresa
- Declaración jurada acreditando que no se encuentra afecto al art. 4 inciso 6 de la ley 19.886, en el cual se establece que "ningún órgano de la administración del Estado podrá suscribir contratos administrativos de provisión de bienes y servicios con los funcionarios directivos del mismo órgano o empresa, ni con personas unidas a ellos por los vínculos de parentesco."
- Certificado de Vigencia de la Sociedad
- (1) Certificado de Boletín de Informes Comerciales
- (1) Certificado de Quiebras/Convenio Judicial
6. Criterios de evaluación
ÍtemObservacionesPonderación
1 Comportamiento Contractual DE ACUERDO A BASES DE LICITACIÓN PUNTO 8.4.3 10%
2 Cumplimiento requisitos formales DE ACUERDO A BASES DE LICITACIÓN PUNTO 8.4.1 5%
3 Referencias DE ACUERDO A BASES DE LICITACIÓN PUNTO 8.4.5 10%
4 Procesos de Acreditación DE ACUERDO A BASES DE LICITACIÓN PUNTO 8.4.6 5%
5 Evaluación Económica DE ACUERDO A BASES DE LICITACIÓN PUNTO 8.4.6 50%
6 Condiciones de empleo y remuneraciones DE ACUERDO A BASES DE LICITACIÓN PUNTO 8.4.2 10%
7 Experiencia del Oferente DE ACUERDO A BASES DE LICITACIÓN PUNTO 8.4.4 10%

7. Montos y duración del contrato
Estimación en base a: Presupuesto Disponible
Fuente de financiamiento: No hay información
Contrato con Renovación: NO
Observaciones Sin observaciones
Tiempo del Contrato 12 Meses
Plazos de pago: 30 días contra la recepción conforme de la factura
Opciones de pago: Transferencia Electrónica, Cheque
Nombre de responsable de pago: Gustavo Hernández
e-mail de responsable de pago: gustavo.hernandez@redsalud.gov.cl
Nombre de responsable de contrato: Hernán Baeza Gallis
e-mail de responsable de contrato: hernan.baeza@redsalud.gov.cl
Teléfono de responsable del contrato: 56-2-26121203-
Prohibición de subcontratación: No permite subcontratación
Dada la calidad de los servicios licitados, se prohíbe la subcontratación sin que el HLF apruebe previamente la calidad técnica de los profesionales que otorgarán el servicio.
8. Garantías requeridas
    Garantías de Seriedad de Ofertas
Beneficiario: Hospital Clínico Metropolitano de la Florida Dra. Eloísa Díaz Insunza
Fecha de vencimiento: 27-04-2021
Monto: 200000 Peso Chileno
Descripción: No hay información
Glosa: “Garantizar la Seriedad de la Oferta para la Contratación de SERVICIO DE RRHH BODEGA COVID o ID 812261-56-LQ20”
Forma y oportunidad de restitución: La devolución de las garantías de seriedad de la oferta, de aquellos proponentes cuyas ofertas hayan sido declaradas inadmisibles o desestimadas, se efectuará dentro del plazo de 10 días hábiles, contados desde la notificación de la Resolución que dé cuenta de la inadmisibilidad o adjudicación, salvo respecto del oferente que hubiere obtenido el segundo lugar en el ranking de evaluación, ya que para resguardar una posible re-adjudicación, su garantía será devuelta una vez suscrito el contrato. Respecto del oferente adjudicado, su garantía de seriedad de la oferta, será devuelta una vez que éste entregue la garantía de fiel cumplimiento del contrato.
    Garantía fiel de Cumplimiento de Contrato
Beneficiario: Hospital Clínico Metropolitano de la Florida Dra. Eloísa Díaz Insunza
Fecha de vencimiento: 26-02-2022
Monto: 5 %
Descripción: No hay información
Glosa: Garantizar el Fiel Cumplimiento del Contrato de “SERVICIO DE BODEGA COVID”, ID 812261-56-LQ20
Forma y oportunidad de restitución: La devolución de las garantías de cumplimiento del contrato, se efectuará dentro del plazo de 10 días hábiles contado desde el término de su vigencia, y una vez acreditado que se han cumplido todas las obligaciones de dicho contrato, mediante Certificación de Conformidad, suscrito por el Administrador del Contrato, al término del convenio.
9. Requerimientos técnicos y otras cláusulas
OBJETO
Estas bases de licitación orientan, fijan y determinan las normas y procedimientos por las que deben regirse las personas naturales, personas jurídicas, y uniones temporales de proveedores, interesadas en participar en el llamado a propuesta para la contratación de servicios de personal externo, para prestar funciones en las distintas unidades del HLF, para el adecuado y oportuno tratamiento y atención de los pacientes institucionales. En el presente proceso licitatorio, se entiende que las labores se realizarán en dependencias del Hospital La Florida. Se requiere contratar Servicios especializados, mediante un proveedor que ofrezca la experiencia, especialidad y profesionalismo necesarios para la realización de los objetivos del Hospital Clínico Metropolitano de La Florida.
DISPOSICIONES PRELIMINARES
2.1 De los Oferentes Podrán participar en esta licitación las personas naturales o jurídicas, chilenas o extranjeras que realicen sus ofertas a través del sistema de información www.mercadopublico.cl. Del mismo modo podrán participar en el presente proceso, las personas naturales y/o jurídicas que decidan asociarse a través de la unión temporal de proveedores, regulada en el artículo 67 bis del Decreto Nº 250 del 2004 del Ministerio de Hacienda, que aprueba el reglamento de la Ley Nª 19.886. Tratándose de personas naturales o jurídicas extranjeras, deberán al momento de contratar contar con agencia y domicilio en Chile, con un representante con mandato y poder suficiente para contratar a nombre del mandante, y para responder de las obligaciones que emanen del contrato respectivo, de acuerdo a la normativa vigente, y sin perjuicio de las normas que sobre el particular establezcan tratados o convenios internacionales vigentes suscritos por Chile y por el país de origen de dicha persona natural o jurídica. Tanto el proponente como el adjudicatario, deberán constituir domicilio en la ciudad de Santiago, para todos los efectos legales. Todo Proponente u Oferente interesado en presentar Oferta deberá estudiar cuidadosamente las Bases Administrativas y Técnicas, debiendo informarse de todas las condiciones que de alguna manera afecten el costo de los servicios ofertados, tales como permisos que deben obtenerse, leyes o reglamentos que puedan ser aplicables, entre otros. Cualquier omisión por parte del Oferente, será a su propio riesgo y sólo él será responsable de los errores u omisiones en que incurra. El Proponente sufragará todos los costos relacionados con la preparación y presentación de su oferta. El HLF no será responsable en caso alguno de dichos costos, cualquiera sea el resultado de la Licitación. 2.2 Inhabilidades para participar en la Licitación y/o Contratar Podrán participar como oferentes, las personas naturales o jurídicas , nacionales o extranjeras, que no les afecten alguna de las prohibiciones, inhabilidades o incompatibilidades para contratar con órganos y organismos de la Administración del Estado, contempladas en los incisos 1º y 6º del artículo 4º de la Ley Nº 19.886, de Bases sobre Contratos Administrativos de Suministro y Prestación de Servicios y su normativa complementaria; y que cumplan con los requisitos establecidos en las presentes bases administrativas y técnicas. Tratándose de personas jurídicas, no deben haber sido condenadas a pena de prohibición de celebrar actos y contratos con organismos del Estado, de conformidad con la Ley N° 20.393, que establece la Responsabilidad Penal de las Personas Jurídicas en los Delitos de Lavado de Activos, Financiamiento del Terrorismo y Delitos de Cohecho que Indica. Tratándose de la unión temporal de proveedores, las causales de inhabilidad para la presentación de las ofertas, para la formulación de la propuesta o para la suscripción de la convención, establecidas en la legislación vigente, afectarán a cada integrante de la Unión individualmente considerado. En caso de afectar una causal de inhabilidad a algún integrante de la Unión, ésta deberá decidir si continuará con el respectivo procedimiento de contratación con los restantes integrantes no inhábiles de la misma o se desiste de su participación en el respectivo proceso. 2.3. Aceptación del contenido de las bases Los oferentes por el sólo hecho de presentarse a la Licitación se entenderán en cabal conocimiento de estas Bases, así como también de las características de la provisión del servicio que se requiere y de las aclaraciones realizadas en su oportunidad, por el solo hecho de presentar sus ofertas, por lo que se declaran conformes con ellas y no tienen reservas ni observaciones que formular, debiendo ajustarse a ellas en todo momento. 2.4. Presentación de documentos El idioma español regirá para todo el proceso de Licitación, para todos los documentos asociados y aquellos que posteriormente origine la materialización de la adjudicación. Todos los antecedentes y formularios deberán ser anexados a la respectiva oferta presentada, en formatos digitales utilizando para estos efectos Word (como procesador de textos), Excel (planilla electrónica) e imágenes digitalizadas en formatos PDF. Todos los anexos deben venir debidamente firmados si correspondiere. 2.5. Unión temporal de los proveedores. Se entenderá como unión temporal de proveedores, si dos o más proveedores se unen para el efecto de participar en un proceso de compra, deberán establecer, en el documento que formaliza la unión, a lo menos, la solidaridad entre las partes respecto de todas las obligaciones que se generen con la Entidad y el nombramiento de un representante o apoderado común con poderes suficientes. Cuando se trate de adquisiciones inferiores a 1.000 UTM, el representante de la unión temporal de proveedores deberá adjuntar al momento de ofertar, el documento público o privado que da cuenta del acuerdo para participar de esta forma. Para contrataciones iguales o superiores al monto indicado, y sin perjuicio del resto de las disposiciones legales y reglamentarias que resulten aplicables, el acuerdo en que conste la unión temporal deberá materializarse por escritura pública, como documento para contratar, sin que sea necesario constituir una sociedad. Si la Entidad exige la inscripción en el Registro de Proveedores para suscribir el contrato, cada proveedor de dicha unión temporal deberá inscribirse. Al momento de la presentación de las ofertas, los integrantes de la Unión determinarán qué antecedentes presentarán para ser considerados en la evaluación respectiva, siempre y cuando lo anterior no signifique ocultar información relevante para la ejecución del respectivo contrato que afecte a alguno de los integrantes de la misma. La vigencia de esta unión temporal de proveedores no podrá ser inferior a la del contrato adjudicado.
ANTECEDENTES QUE RIGEN EL PROCESO DE COMPRA
Junto a la Ley N° 19.886 de Bases sobre Contratos Administrativos de Suministro y Prestación de Servicios y al Decreto N° 250 de fecha 09 de marzo de 2004, del Ministerio de Hacienda y sus modificaciones, forman parte integrante de los documentos de la presente licitación los que a continuación se señalan, los cuales regirán de forma obligatoria y complementaria, y en caso de discrepancia prevalecerán en el orden de prelación que se indica: • Las presentes Bases Administrativas, Bases Técnicas y Anexos • Las Respuestas y/o Aclaraciones realizadas en esta licitación. • Los antecedentes económicos, técnicos y administrativos presentados por el oferente adjudicado. • Ley 20.584, que Regula Los Derechos y Deberes que tienen las Personas en relación con acciones vinculadas a su atención de salud. Lo anterior, es sin perjuicio de la facultad interpretativa de la Contraloría General de la República y del Tribunal de Contrataciones Públicas.
DEFINICIÓN DE TÉRMINOS
Se aplicarán en las presentes Bases Administrativas, Bases Técnicas y en los Anexos, los términos y definiciones establecidos en la Ley N° 19.886, de Bases sobre Contratos Administrativos de Suministro y Prestación de Servicios y en el Decreto N° 250 de 2004 del Ministerio de Hacienda que aprueba el Reglamento de la Ley 19.886, y sus modificaciones, más los que a continuación se indican: • Hospital de La Florida, Hospital o HLF: Establecimiento asistencial dependiente del Servicio de Salud Metropolitano Sur Oriente, ubicado en Av. Froilán Roa Nº 6542, comuna de La Florida, Santiago de Chile. • Director: Autoridad superior del Hospital de La Florida. • Referente técnico: En la presente licitación pública, el referente técnico es Jefe de Equipos Medicos o quien este designe. • Especificaciones Técnicas: Documentos aprobados por la autoridad competente que contienen las especificaciones, descripciones, requisitos y demás características del servicio a contratar. • Administrador de contrato: funcionario designado por el Hospital, que velará por el adecuado cumplimiento del contrato y será interlocutor válido ante el oferente. • Orden de compra: Documento emitido a través del portal www.mercadopúblico.cl en virtud del cual se formaliza una determinada decisión de compra, estipulándose particularmente para el servicio respectivo, a lo menos la descripción y el precio. • Días Hábiles: Son todos los días de la semana, excepto los sábados, domingos y festivos. • Días corridos: Son los días de la semana que se computan uno a uno en forma correlativa. Salvo que se exprese lo contrario, los plazos de días señalados en las presentes bases de licitación son días corridos. En caso que el plazo expire en días sábados, domingos o festivos se entenderá prorrogado para el día hábil siguiente. En todos los casos, el plazo de cierre para la recepción de ofertas no podrá vencer en días inhábiles ni en un día lunes o en un día siguiente a un día inhábil, antes de las quince horas. Todos los plazos de días que se haga mención en las presentes bases se entenderán que han de ser completos y correrán además hasta la media noche del último día del plazo. Lo anterior, salvo en aquellos casos en que se indique hora exacta, y siempre y cuando se respeten los plazos mínimos legales establecidos por el ordenamiento jurídico. • Unión temporal de proveedores: Asociación de personas naturales y/o jurídicas, para la presentación de una oferta en caso de licitación.
DISPOSICIONES GENERALES
5.1. Comunicaciones Cualquier comunicación que deba realizar el Hospital a los proponentes, la publicará en el portal www.mercadopublico.cl. Así mismo, cualquier comunicación que los proponentes requieran realizar al Hospital deberá ser a través de igual medio. 5.2. Consultas y aclaraciones a los Antecedentes de la Licitación El oferente que tenga dudas respecto de la licitación debe efectuar sus consultas única y exclusivamente a través del Foro del Sistema de Información y de acuerdo al plazo del numeral 5.4 de las presentes bases. No se atenderá ni aceptará ningún tipo de consulta por otro medio. Las consultas que se reciban pasada esa fecha, no obtendrán respuesta. En las consultas, se deberá indicar la página y punto de las bases y/o el número del anexo objeto de la consulta. Se considerará que estas aclaraciones formarán parte integral de las bases y por tanto se presumen conocidas y su aplicación obligatoria para todos los oferentes. El conocimiento del contenido de las aclaraciones emanadas del Hospital de La Florida, es de exclusiva responsabilidad de los oferentes. 5.3. Entrega de Respuestas y Aclaraciones Las respuestas a las consultas se publicarán en www.mercadopublico.cl en un solo documento, a todos los proponentes que participen en la licitación, en el plazo señalado en el numeral 5.4 de las presentes bases. 5.4. Cronograma de la licitación Para los efectos de esta licitación se establece el siguiente cronograma: Publicación Se encontrarán publicadas durante 10 (diez) días corridos, desde la fecha en que se suban al portal. Consultas Hasta las 23:59 horas del tercer día corrido contado desde la publicación a través de www.mercadopublico.cl. Respuestas y Aclaraciones El quinto día corrido contado desde la publicación, a través de www.mercadopublico.cl. Cierre El decimo día corrido contado desde la publicación a las 16:00 horas, en el mencionado Portal. Apertura de las ofertas El acto de Apertura se efectuará a través de www.mercadopublico.cl. Correspondiendo la primera apertura al siguiente día hábil desde la fecha de cierre, a las 08:00 horas. Evaluación de criterios de admisibilidad La evaluación de los criterios de admisibilidad se realizará desde el día hábil siguiente a la apertura y no podrá exceder de cinco días hábiles. Evaluación de las ofertas La evaluación de las ofertas se realizará desde el día hábil siguiente de la evaluación de los criterios de admisibilidad y no podrá exceder de diez días hábiles incluyendo el tiempo para aclaraciones vía foro inverso, contados desde el requerimiento al oferente a través de www.mercadopublico.cl Adjudicación La adjudicación de la Licitación se realizará dentro de los diez días hábiles siguientes, a contar del término de la evaluación de las ofertas, y se dispondrá de cinco días hábiles para publicarla a través de www.mercadopublico.cl, contados desde la fecha de aprobación de la total tramitación de la Resolución de adjudicación. Plazo para suscribir el contrato El o los oferentes adjudicados estarán obligados a firmar el contrato dentro del plazo que se le informe al correo indicado en Anexo N°1, posterior a la fecha de envío del contrato, luego de la notificación de la Resolución de adjudicación totalmente tramitada en el portal, lo que en ningún caso podrá exceder de 60 días corridos desde la total tramitación de la resolución de adjudicación. Es menester señalar, que mediante la presente licitación se busca contratar el suministro de servicios de simple y objetiva especificación, y que razonablemente conlleva un esfuerzo menor en la preparación de ofertas, por lo tanto el plazo entre el llamado y el cierre de la recepción de las ofertas, se ha reducido conforme lo dispuesto en el artículo 25 del Decreto N° 250 de 2004, del Ministerio de Hacienda que aprueba Reglamento de la Ley Nº 19.886, de Bases sobre Contratos Administrativos de Suministro y Prestación de Servicios. 5.5. Modalidad de Propuesta Las propuestas se presentarán a través de www.mercadopublico.cl en pesos, con valores unitarios sin IVA., incluyendo dicho valor todos los gastos en los que deba incurrir el adjudicatario. 5.6. Ofertas alternativas Los proponentes podrán presentar ofertas alternativas, las que serán estudiadas por el Hospital como una oferta más. Las ofertas alternativas deberán ser enumeradas correlativamente y señaladas en el Portal Mercado Público. Cada oferta deberá indicar claramente el número de la alternativa a la cual corresponde y presentarse de acuerdo a lo especificado en estas Bases. 5.7. Validez de las Ofertas Las ofertas deberán tener una validez por 120 días corridos, contados desde la fecha de cierre de la propuesta. La oferta cuyo período de validez sea menor al requerido, dará causa a declararla inadmisible. Vencido este plazo, y si no se hubiere realizado la adjudicación, el Hospital podrá solicitar a los proponentes la prórroga de sus ofertas y garantías. Los proponentes podrán ratificar sus ofertas o retirarlas, formalizando su decisión mediante comunicación escrita dirigida al Hospital a través de www.mercadopublico.cl. Desde el décimo día hábil contado de la comunicación de no perseverar en la propuesta, se devolverá la garantía a aquellos que no accedan a la prórroga. 5.8. Garantía de Seriedad de la Oferta El oferente garantizará la seriedad de su oferta mediante la entrega de un certificado de fianza, una boleta de garantía o un vale vista, siendo de su exclusiva responsabilidad que dicha garantía sea presentada conforme a las siguientes especificaciones, en consecuencia, cualquier error u omisión en la mencionada garantía, dará causa a declarar inadmisible la o las ofertas. Tipo de Documento Documento legal que cumpla las siguientes condiciones: Sea pagadero a la vista no sujeto a modalidad irrevocable Monto $ 200.000 (doscientos mil pesos chilenos) Beneficiario Hospital Clínico Metropolitano de la Florida Dra. Eloísa Díaz Insunza RUT N.º 65.075.485-9 Vigencia Mínimo 120 (ciento veinte) días corridos, a partir de la fecha de cierre de la presentación de las ofertas. Glosa “Garantizar la Seriedad de la Oferta para la Contratación de SERVICIO DE RRHH BODEGA COVID o ID 812261-56-LQ20” Forma y oportunidad de Entrega Física El oferente o su representante deberá entregar físicamente la garantía en la Unidad de Logística y Adquisiciones del Hospital La Florida, ubicado en Froilán Roa Nº 6542, comuna de La Florida (primer subterráneo frente a Anatomía Patológica), en horario de lunes a viernes, de 08:30 a 13:00 y de 14:30 a 16:00 horas. Se recibirán las garantías hasta la fecha y hora del cierre de las ofertas. De no presentar dicha garantía en el lugar, día y hora señalados la oferta presentada será inadmisible. Esto último, sin perjuicio de las garantías en formato electrónico que deben ajustarse a las disposiciones de la Ley N° 19.799 sobre documentos electrónicos, firma electrónica y servicios de certificación de dicha firma, que deberán acompañarse conjuntamente con la oferta. Custodia Las garantías serán custodiadas por la Unidad de Tesorería del Hospital la Florida. Se hace presente que será de exclusiva responsabilidad del proveedor entregar correctamente la garantía, en caso que se entregue en un lugar distinto del indicado precedentemente, se tendrá por no presentado el documento 5.9 Devolución y Cobro de la Garantía de Seriedad de la Oferta La garantía de seriedad de la oferta se podrá hacer efectiva administrativamente, sin notificación ni forma de juicio, en los siguientes casos: • Si el proponente retira su oferta o se comprueba por el Hospital o por la Comisión de Evaluación, la falsedad de la información presentada, por cualquier medio que resulte procedente. • Si una vez aceptada la oferta, el adjudicatario no acompaña el correspondiente documento de garantía de fiel y oportuno cumplimiento del contrato dentro del plazo establecido en las presentes bases. • Si el adjudicatario no se inscribe dentro del plazo establecido al efecto, en el Registro Electrónico Oficial de Contratistas de la Administración “Chileproveedores” en forma previa a la subscripción del contrato. • Si el adjudicatario no firma el contrato y/o no acompaña la documentación necesaria para la suscripción del mismo, si procede. La devolución de las garantías de seriedad de la oferta, de aquellos proponentes cuyas ofertas hayan sido declaradas inadmisibles o desestimadas, se efectuará dentro del plazo de 10 días hábiles, contados desde la notificación de la Resolución que dé cuenta de la inadmisibilidad o adjudicación, salvo respecto del oferente que hubiere obtenido el segundo lugar en el ranking de evaluación, ya que para resguardar una posible re-adjudicación, su garantía será devuelta una vez suscrito el contrato. Respecto del oferente adjudicado, su garantía de seriedad de la oferta, será devuelta una vez que éste entregue la garantía de fiel cumplimiento del contrato. En todos los casos precedentemente indicados, el oferente o su representante debidamente individualizado y con poder especial ante notario, podrán solicitar la devolución de la garantía de seriedad de la oferta ante el responsable de la licitación, caso en el que éste comunicará tal situación a la Unidad de Tesorería, para que proceda a la devolución del documento. 5.10. Enmiendas a los Documentos de la Licitación En cualquier momento, antes del cierre de recepción de ofertas, el Hospital podrá introducir aclaraciones y/o modificaciones a los documentos de licitación por medio de un acto administrativo publicado a través del portal electrónico www.mercadopublico.cl, si estima que ello resulta esencial para los fines y/o correcto desarrollo del proceso licitatorio. En caso de que lo anterior ocurra el Hospital de La Florida deberá cambiar la fecha de cierre de recepción de ofertas, otorgando un plazo prudencial a los oferentes para que puedan conocer y adecuar sus ofertas a las modificaciones introducidas, lo cual será informado por el portal Mercado Público junto con las modificaciones, una vez que el acto administrativo que las aprueba se encuentre totalmente tramitado. En este evento, el plazo para ofertar se ampliará en la cantidad de días que se señale en www.mercadopublico.cl. Es exclusiva responsabilidad del Proponente la revisión del Portal, con el objeto de informarse sobre lo expuesto en este punto y en el punto 5.1. Así mismo, es obligación del oferente revisar el Foro Inverso y responder las aclaraciones que se le soliciten por esta vía. 5.11. Pacto De Integridad El oferente declara que, por el sólo hecho de participar en la presente licitación, acepta expresamente el presente pacto de integridad, obligándose a cumplir con todas y cada una de las estipulaciones contenidas en el mismo, sin perjuicio de las que se señalen en el resto de las bases de licitación y demás documentos integrantes. Especialmente, el oferente acepta el suministrar toda la información y documentación que sea considerada necesaria y exigida de acuerdo a las presentes bases de licitación, asumiendo expresamente los siguientes compromisos: • El oferente se obliga a no ofrecer ni conceder, ni intentar ofrecer o conceder, sobornos, regalos, premios, dádivas o pagos, cualquiera fuese su tipo, naturaleza y/o monto, a ningún funcionario público en relación con su oferta, con el proceso de licitación pública, ni tampoco a ofrecerlas o concederlas a terceras personas que pudiesen influir directa o indirectamente en el proceso licitatorio, en su toma de decisiones o en la posterior adjudicación de los contratos que de ello se deriven. • El oferente se obliga a no intentar ni efectuar acuerdos o realizar negociaciones, actos o conductas que tengan por objeto influir o afectar de cualquier forma la libre competencia, cualquiera fuese la conducta o acto específico, y especialmente, aquellos acuerdos, negociaciones, actos o conductas de tipo o naturaleza colusiva, en cualquier de sus tipos o formas. • El oferente se obliga a revisar y verificar toda la información y documentación, que deba presentar para efectos del presente proceso licitatorio, tomando todas las medidas que sean necesarias para asegurar la veracidad, integridad, legalidad, consistencia, precisión y vigencia de la misma. • El oferente se obliga a ajustar su actuar y cumplir con los principios de legalidad, ética, moral, buenas costumbres y transparencia en el presente proceso licitatorio. • El oferente manifiesta, garantiza y acepta que conoce y respetará las reglas y condiciones establecidas en las bases de licitación, sus documentos integrantes y él o los contratos que de ellos se derivase. • El oferente se obliga y acepta asumir, las consecuencias y sanciones previstas en estas bases de licitación, así como en la legislación y normativa que sean aplicables a la misma. • El oferente reconoce y declara que la oferta presentada en el proceso licitatorio es una propuesta seria, con información fidedigna y en términos técnicos y económicos ajustados a la realidad, que aseguren la posibilidad de cumplir con la misma en las condiciones y oportunidad ofertadas. • El oferente se obliga a tomar todas las medidas que fuesen necesarias para que las obligaciones anteriormente señaladas sean asumidas y cabalmente cumplidas por sus empleados y/o dependientes y/o asesores y/o agentes y en general, todas las personas con que éste o éstos se relacionen directa o indirectamente en virtud o como efecto de la presente licitación, incluidos sus subcontratistas, haciéndose plenamente responsable de las consecuencias de su infracción, sin perjuicio de las responsabilidades individuales que también procediesen y/o fuesen determinadas por los organismos correspondientes.
DE LA APERTURA DE LA PROPUESTA
Se efectuará en un acto la apertura electrónica de las propuestas que se hayan ingresado en el portal www.mercadopublico.cl., de acuerdo al calendario de plazos del numeral 5.4, debiendo levantarse acta de lo obrado. Se realizará una revisión de los requisitos de admisibilidad esencial dejando constancia de los oferentes que no cumplen con dichos requisitos en Apertura Electrónica que se publica en www.mercadopublico.cl. Una vez verificado el cumplimiento por parte de los oferentes de los requisitos exigidos en las presentes bases de licitación, y firmada la correspondiente Acta de Apertura, se procederá a evaluar las ofertas técnicas y económicas de los oferentes, por parte de la Comisión Evaluadora, designada por el Hospital en las presentes bases.
DE LA EVALUACIÓN DE LAS OFERTAS
8.1. Comisión de Evaluación La Comisión de Evaluación estará integrada por las siguientes personas o sus subrogantes legales: Jefe de Departamento Abastecimiento del Hospital La Florida Jefe de Departamento Comercialización del Hospital La Florida Jefe Unidad de Convenios del Hospital La Florida Profesional encargado del proceso de licitación del Hospital La Florida Referente técnico, Jefe Equipos Médicos del Hospital La Florida Aquellos integrantes que estén contratados a honorarios a la fecha de sesión de la Comisión de Evaluación, tendrán sólo derecho a voz. En caso que exista cualquier circunstancia que reste imparcialidad a cualquiera de los integrantes de la Comisión de Evaluación, el afectado se deberá abstener de participar en los procedimientos de contratación, conforme con lo establecido en el Artículo 6º bis del Reglamento de la Ley N°19.886. La comisión revisará las ofertas recibidas y dará inicio al proceso de evaluación de las ofertas formuladas y que fueron declaradas admisibles en el acto de apertura. La Comisión de Evaluación, podrá ser asesorada por una Comisión Técnica compuesta por a lo menos por tres miembros con conocimiento en el servicio evaluado. La Comisión de Evaluación será presidida según el siguiente orden de prelación: Jefe de Departamento Abastecimiento del Hospital La Florida Jefe de Departamento Comercialización del Hospital La Florida La comisión podrá sesionar con un mínimo de 3 de sus integrantes en los días y horas citadas para los efectos de evaluación. Se publicará en el portal www.mercadopublico.cl , la integración de la comisión. Las decisiones se tomarán conforme la metodología de evaluación indicada en el punto 8.3. 8.2. Examen de antecedentes La Comisión de evaluación verificará los Antecedentes presentados por los oferentes e informará al Director, quien en virtud de lo dispuesto en el artículo 9 de la Ley Nº 19.886, podrá declarar, mediante resolución fundada, inadmisible aquellas ofertas que no cumplan los requisitos establecidos en las bases. En caso de no presentarse oferentes o cuando las ofertas no resultan convenientes para los intereses del establecimiento podrá declarar desierta la licitación, fundándose en razones objetivas y no discriminatorias. 8.3. Aclaración y complementación de antecedentes El Hospital de La Florida de conformidad con el artículo 40 inciso 1º del Decreto Nº 250 que aprueba el reglamento de la Ley Nº 19.886, podrá solicitar a los oferentes aclaraciones o que salven errores u omisiones formales, siempre y cuando las rectificaciones de dichos vicios u omisiones no les confieran a esos oferentes una situación de privilegio respecto de los demás competidores, esto es, en tanto no se afecten los principios de estricta sujeción a las bases y de igualdad de los oferentes, informándose debidamente dicha solicitud al resto de los oferentes a través del Portal Mercado Público. El plazo que tendrán los oferentes, en este caso para dar cumplimiento a lo solicitado por el mandante, no podrá ser superior a 24 o 48 horas, según defina el Hospital, contadas desde la fecha de publicación de la solicitud por parte del Hospital. Si la aclaración solicitada no se presenta dentro del plazo asignado, se asumirá que el requisito en duda no se cumple y, por lo tanto, no se le asignará el puntaje correspondiente. En caso que sea necesario para la correcta evaluación de las ofertas, se solicitará la presentación de muestras o demostraciones de los productos o servicios que determine la comisión de evaluación, por la totalidad o alguno de los oferentes. Dicha solicitud se materializará únicamente a través del mecanismo de foro inverso indicándose en este el plazo y lugar donde se deberán presentar las muestras y/o demostraciones, cuidando de no vulnerar los principios de igualdad entre los oferentes. 8.3. Metodología de evaluación La evaluación se hará asignando puntuación según los rangos que se indican, a los aspectos que se detallan; la oferta que logre la puntuación más alta, será propuesta para adjudicación. La evaluación de las propuestas será realizada por la Comisión de Evaluación conforme a los criterios de evaluación, analizando los antecedentes admisibles aportados por los oferentes a través del Portal www.mercadopublico.cl. Se ponderarán los puntajes obtenidos; estableciéndose un ranking, del cual se seleccionará la oferta que obtenga el mayor puntaje y que cumpla de mejor forma con los intereses del Hospital La Florida. Se elaborarán los informes respectivos para cada una de las evaluaciones realizadas. La obtención de los puntajes de los requerimientos para cada evaluación podrá ser del tipo dicotómico o porcentual. Para el caso del puntaje dicotómico, el cumplimiento del requerimiento significará la obtención del puntaje y, en caso contrario, el puntaje obtenido será cero. Para el caso del puntaje porcentual, este se obtendrá dependiendo de si se aplica el criterio del mayor valor o menor valor donde la fórmula de cálculo para cada caso es la siguiente: Criterio Mayor Valor=((Valor ofertado)/(Mayor Valor Ofertado))x (Puntaje del requerimiento) El oferente obtendrá el puntaje máximo del requisito evaluado toda vez que su valor ofertado sea igual al mayor valor ofertado, del conjunto de las ofertas. Cada valor ofertado distinto al mayor valor ofertado, en consecuencia, generará un puntaje menor para el requerimiento en evaluación. Criterio Menor Valor=((Menor Valor ofertado)/(Valor Ofertado))x (Puntaje del requerimiento) El oferente obtendrá el puntaje máximo del requerimiento evaluado, toda vez que su valor ofertado sea igual al menor valor ofertado, del conjunto de las ofertas. Cada valor ofertado distinto al menor valor ofertado, en consecuencia, generará un puntaje menor para el requerimiento en evaluación. 8.5 Evaluación Final La Comisión de Evaluación elaborará el "Informe Final de Evaluación" el cual contendrá: • Un cuadro comparativo de las propuestas con las respectivas puntuaciones parciales obtenidas en cada uno de los criterios de evaluación, así como también la nota del puntaje final. • En caso que una oferta incumpla alguno de los requerimientos obligatorios, quedando por lo tanto fuera de evaluación, se informará cuál o cuáles requerimientos fueron incumplidos. • Un análisis final de evaluación y de observaciones. • Una recomendación fundada de adjudicación o de declarar desierto el proceso o desestimar las propuestas, según sea el caso.
DE LA ADJUDICACION DE PROPUESTA
9.1 Criterios de Adjudicación Se adjudicará la propuesta a aquellos proponentes cuyas ofertas hayan sido evaluadas como ventajosas para los intereses de la institución según priorización dada por sus puntajes relativos, considerando los criterios de evaluación establecidos en las presentes Bases, las necesidades de técnicos de diferentes especializaciones que requiere el Hospital y conforme las facultades y prerrogativas establecidas en la normativa sobre contratos administrativos de suministro y prestación de servicios. 9.2 Criterio para Dirimir Empates En caso que dos o más ofertas obtengan igual puntaje total, se resolverá el empate según los siguientes criterios: • Si subsistiese el empate, se seleccionará aquella oferta que presente el puntaje más alto en criterio Comportamiento Contractual. (punto 8.4.3.). • Se seleccionará aquella oferta que presente el mejor puntaje en cumplimiento de Referencias. (punto 8.4.5.) • Si subsistiese el empate, se seleccionará aquella oferta que presente el puntaje más alto en criterio Condiciones de Empleabilidad. (punto 8.4.2.). • En última instancia, se preferirá, fundadamente, la oferta que resulte más conveniente a los intereses de la institución, para lo cual se podrá recurrir a la información emanada desde el Registro de Proveedores del portal. 9.3 Comunicación de la Adjudicación El Hospital adjudicará las ofertas mediante un acto administrativo, el cual tendrá plena vigencia una vez que se encuentre totalmente tramitado y notificado a los adjudicatarios y al resto de los oferentes a través de www.mercadopublico.cl. En dicho acto administrativo, se especificarán los criterios de evaluación aplicados, de acuerdo a lo establecido en las presentes Bases. Si no se adjudicase en el plazo indicado en el punto 5.4 de estas Bases, se avisará a través del Portal las razones de ello, indicando un nuevo plazo para la adjudicación o la decisión de declarar desierto. El Hospital se reserva el derecho de declarar inadmisible las ofertas cuando no cumplieren con los requisitos exigidos en las presentes Bases. De igual manera, el Hospital declarará desierta la licitación cuando no se presenten ofertas, o bien, cuando éstas no resulten convenientes a sus intereses. En ambos casos, los oferentes no tendrán derecho a indemnización alguna por estas circunstancias. La decisión de inadmisibilidad o de declaración de desierta, se efectuará por resolución fundada, que será publicada en www.mercadopublico.cl. 9.4.- Peticiones o Reclamos de los Proponentes Adjudicados Adjudicada la propuesta, no podrán los proponentes formular petición o reclamo de ninguna especie fundado en el desconocimiento de estas Bases Administrativas, de las Bases Técnicas y los anexos; las cuales se entienden plenamente conocidas por el solo hecho de presentación de la oferta. 9.5.- De la Readjudicación El Hospital podrá readjudicar la licitación, dejando sin efecto la adjudicación previa, haciendo efectivo el documento de garantía de seriedad de la oferta, en los siguientes casos: El Hospital podrá readjudicar la licitación, dejando sin efecto la adjudicación previa, haciendo efectivo el documento de garantía de seriedad de la oferta, en los siguientes casos: 1. Si algún contrato no se firma dentro del plazo estipulado por causas atribuibles al adjudicatario. 2. Si algún adjudicatario no entrega el documento de garantía de fiel cumplimiento del contrato dentro del plazo establecido. 3. Si algún adjudicatario desiste de su oferta. 4. Si, debido a una reevaluación, se establece fundadamente, que la adjudicación original se encuentra errónea. 5. Si algún adjudicatario es inhábil para contratar con el estado en los términos del artículo cuarto, incisos 1° y 6° de la Ley 19.886, o no proporciona los documentos que sean requeridos para verificar dicha condición o le sobreviene una inhabilidad. El Hospital determinará si efectúa un nuevo llamado a licitación, emitiéndose en cualquier caso la respectiva resolución. 9.6 Deserción de la Licitación Si por caso fortuito y fuerza mayor del Hospital Clínico Metropolitano de La Florida, la licitación no se puede adjudicar, se procederá a realizar la deserción de esta, previo acto administrativo que justifique tal situación.
DEL CONTRATO
10.1.- Plazo para Celebrar el Contrato El adjudicatario deberá firmar el contrato de que trata la presente licitación dentro del plazo indicado en el punto 5.4. De las bases. La comunicación se realizará mediante la publicación de la respectiva resolución de adjudicación en portal www.mercadopublico.cl, y si el Hospital lo estimase conveniente, también podrá enviarse una comunicación al domicilio, al fax o al correo electrónico de los proponentes, según Anexo N° 1. El adjudicatario deberá dentro del plazo de 10 días hábiles contados desde la publicación de la resolución de adjudicación, hacer llegar toda la documentación necesaria para la suscripción definitiva de su contrato e informar los datos del documento de garantía por Fiel cumplimiento de contrato, según el siguiente detalle: • Inscripción en el registro electrónico oficial de proveedores del Estado. El adjudicatario deberá cumplir con la inscripción en el registro de Chileproveedores dentro del plazo de 15 días hábiles contados desde la notificación de la adjudicación. La no inscripción configurará causal suficiente para dejar sin efecto la resolución de adjudicación respectiva. En tal caso se procederá al cobro de la garantía de seriedad de la oferta correspondiente y se llamará a sesionar nuevamente a la Comisión de Adjudicación con miras a readjudicar entre las siguientes ofertas válidas o declarar desierta la licitación según sea el caso. • Acreditación poderes del representante legal. Al momento de contratar, el proveedor adjudicado en el caso que fuera persona jurídica, deberá acreditar la vigencia de los poderes del representante legal a través de certificado de vigencia de poderes emitido por el Registro de Comercio o por la institución que corresponda, de data no superior a tres (3) meses contados desde la fecha en que deba suscribirse el contrato. • Declaraciones juradas. El oferente adjudicado, al momento de contratar, deberá presentar las siguientes declaraciones juradas: a) Declaración Jurada simple del oferente, firmada por el representante legal de la empresa o persona natural, según corresponda, en la cual se consigna haber estudiado, analizado y aceptado las bases de licitación como las respuestas otorgadas a las consultas y aclaraciones efectuadas durante el período de licitación. b) Declaración Jurada simple del representante legal de la empresa o persona natural, según corresponda, en la cual se consigne que no se encuentra vinculado por los vínculos de parentesco descritos en la letra B) del artículo 54 de la ley 18.575, que no se encuentra afecto a las inhabilidades establecidas en el artículo 4° de la ley Nº 19.886, ni ha sido condenado a pena de prohibición de celebrar actos y contratos con Organismos del Estado, de conformidad con la ley Nº 20.393. c) En el caso de una unión temporal de proveedores, los oferentes adjudicados que se unan de esta forma, deberán presentar la escritura que materialice la unión temporal de proveedores. Dicho documento deberá establecer la solidaridad entre las miembros de la unión temporal de proveedores y el nombramiento de un representante o apoderado común con poderes suficientes, además de tener una vigencia que no podrá ser inferior a la vigencia del contrato que se adjudica mediante el proceso licitatorio, incluyendo las renovaciones del mismo si existiesen, conforme a lo regulado en el art. 67 bis, del Reglamento de la ley N° 19.886 aprobado por el decreto Nº 250/2004 del Ministerio de Hacienda • Cumplimiento de obligaciones laborales y previsionales. Además, al momento de firmar el contrato, el proponente adjudicado deberá presentar un certificado en que se acredite el cumplimiento de las obligaciones laborales y cotizaciones previsionales por parte del proveedor adjudicado para con sus trabajadores, éste deberá ser emitido por la Inspección del Trabajo o por empresas autorizadas para extender este tipo de certificados. En caso que el certificado arroje deudas o saldos insolutos de remuneraciones o cotizaciones previsionales, los primeros estados de pago producto del contrato licitado deberán ser destinados al pago de dichas obligaciones, debiendo el oferente adjudicado acreditar que la totalidad de las obligaciones se encuentran liquidadas al cumplirse la mitad del período de ejecución del contrato. El incumplimiento de esta obligación, como, asimismo, la falta de presentación de dicho certificado, habilitará al Hospital, para poner término al contrato y podrá llamar a una nueva licitación, sin que el oferente adjudicado pueda participar en este nuevo proceso. Cabe hacer presente que es responsabilidad del adjudicatario cumplir en tiempo y forma, con todas las exigencias antes descritas. En caso de no cumplir los requisitos, anteriormente mencionados, al momento de la suscripción del contrato, el Hospital se encontrará habilitado para adjudicar esta licitación al 2º mejor oferente, el que deberá acreditar dentro del plazo de 5 días hábiles desde notificado de la adjudicación que se encuentra inscrito en Chile Proveedores, y acreditar las mismas exigencias de los párrafos anteriores. En todo caso, El Hospital podrá declarar desierta la licitación, cuando las ofertas no resulten convenientes a sus intereses, en conformidad al artículo 9 de la Ley N° 19.886. 10.2.- Contenido del Contrato Los contratos contendrán la declaración del adjudicatario de que se obliga a entregar el servicio objeto del contrato, por la suma alzada de su propuesta y con arreglo a las presentes Bases Administrativas, Bases Técnicas y Anexos. Se comprende dentro del objeto de la obligación y de la prestación del adjudicatario, todo lo señalado en su oferta, incluyéndose las eventuales capacitaciones necesarias para el personal. Contendrá dicho contrato todas y cada una de las cláusulas necesarias para su efectivo cumplimiento, y el detalle de las obligaciones de cumplimiento de plazos, de protocolos, de normas, etc. El incumplimiento de lo ofertado será considerado incumplimiento grave de las obligaciones contraídas en el contrato y podrá dar origen a su término, sin perjuicio de las acciones legales correspondientes que pueda ejercer el Hospital. Las cláusulas del respectivo contrato son aplicables tanto a las obligaciones principales, como las obligaciones accesorias y complementarias se cumplirán del modo natural que a ellas correspondieren. El adjudicatario será empleador único y exclusivo de su personal y por lo tanto, directamente responsable ante las autoridades administrativas y del trabajo, Tribunales de Justicia, organismos previsionales, y en general ante cualquier tercero, del cumplimiento fiel y oportuno de todas las obligaciones laborales y previsionales que le correspondan en dicha calidad y en general de todas y cada una de las obligaciones que nacen del contrato de trabajo, y de aquellas establecidas por el Código del Trabajo. El HLF podrá requerir en todo momento, información relativa al cumplimento de las obligaciones laborales y previsionales que le asisten al empleador respecto de sus trabajadores, y especialmente respecto de aquellos que estén involucrados directa o indirectamente en las prestaciones de que trata la presente licitación y el respectivo contrato. 10.3.- Vigencia y Duración del Contrato El Contrato entrará en vigencia a contar de la fecha de notificación al adjudicatario de la total tramitación de la resolución que lo apruebe, y su duración será de 12 meses contados desde su vigencia o hasta que se alcance un gasto de 3.500 UTM, lo que ocurra primero. No obstante, por razones de buen servicio la prestación podrá iniciarse antes de la total tramitación de la resolución antes indicada; sin perjuicio que el pago quede sujeto al cumplimiento de la notificación. 10.4.- Modificación del Contrato Mediante Resolución fundada, el HLF podrá modificar el contrato en cualquiera de las situaciones que se señalan a continuación: a) Mutuo acuerdo entre los contratantes. b) Por situación de instrucción de una autoridad competente de la cual el Hospital dependa o deba acatar instrucciones, tales como del: Ministerio de Salud, Seremi de Salud, Instituto Salud Pública, ISP, entre otros. c) Si así lo exigiera el interés público o la seguridad nacional. d) Aumentos o Disminuciones; durante la vigencia del contrato, el requerimiento podrá disminuir o aumentar hasta en un 30%, por motivos fundados, toda vez que se cuente con la disponibilidad presupuestaria para la prestación de servicios adicionales a los contratados en la presente licitación en caso de aumentos. Se hace presente que será de exclusiva responsabilidad del proveedor entregar correctamente la garantía, en caso que se entregue en un lugar distinto del indicado precedentemente, se tendrá por no presentado el documento 10.6.- Devolución y Cobro de la Garantía de Fiel Cumplimiento del Contrato La garantía de fiel cumplimiento del contrato se podrá hacer efectiva sin notificación ni forma de juicio, en caso de incumplimiento por parte del proveedor de las obligaciones del Contrato, calificado por el Hospital, sin perjuicio de las multas que corresponda aplicar. La devolución de las garantías de cumplimiento del contrato, se efectuará dentro del plazo de 10 días hábiles contado desde el término de su vigencia, y una vez acreditado que se han cumplido todas las obligaciones de dicho contrato, mediante Certificación de Conformidad, suscrito por el Administrador del Contrato, al término del convenio. Un representante de la empresa debidamente individualizado con poder especial ante notario, podrá solicitar la devolución ante el responsable de la licitación, caso en el que se comunicará a la Unidad de Tesorería. 10.7. Resciliación del Contrato Las partes podrán poner término al contrato de común acuerdo, en forma anticipada, suscribiendo el documento respectivo. 10.8.- Cesión y Subcontratación El adjudicatario no podrá ceder, traspasar, transferir, ceder en forma alguna, total ni parcialmente los derechos y obligaciones establecidos en el contrato suscrito entre las partes. En lo referido a la cesión de los instrumentos y títulos de crédito que surjan del contrato, se estará al artículo 75 del Decreto Supremo N° 250 de 2004 del Ministerio de Hacienda que aprueba Reglamento de la ley N° 19.886 de Bases de Contratos Administrativos de Suministro y Prestación de Servicios, particularmente al hecho que se notifique oportunamente dicho contrato o cesión y no existan obligaciones o multas pendientes. Dada la calidad de los servicios licitados, se prohíbe la subcontratación sin que el HLF apruebe previamente la calidad técnica de los profesionales que otorgarán el servicio. Cualquier cambio posterior de uno o más personas, que el proponente presente en su Oferta Técnica, deberá ser aceptado por el HLF. Esta se aceptará ante la ocurrencia de una situación excepcional y ajena a toda previsión, atendido que uno de los factores por los cuales se adjudicó la licitación es por la evaluación a que fue sometido cada uno de los integrantes del personal del oferente, por lo que no podrá ser de inferior calidad curricular. 10.9. Reajustabilidad de los Precios El precio adjudicado no se reajustará durante la vigencia del contrato.
DE LAS ACTIVIDADES
11.1 Inicio de Actividades El inicio formal de las actividades será informado al adjudicatario, momento en el cual se acordará el protocolo con sus responsabilidades. Los adjudicatarios deberán ceñirse estrictamente a las instrucciones y coordinación que le sean impartidas por el Hospital de La Florida, a través del referente técnico correspondiente o quien lo subrogue.
TÉRMINO ANTICIPADO DEL CONTRATO
Se pondrá término al presente convenio, por las causales que se señalan a continuación, sin perjuicio, de las causales establecidas en el artículo 77 del Reglamento de Ley Nº 19.886 de Bases Sobre Contratos Administrativos de Suministro y Prestación de Servicios, aprobado por el Decreto Nº 250/2004 del Ministerio de Hacienda. 12.1.1. Por mutuo acuerdo: las partes podrán poner término anticipado al contrato de mutuo acuerdo, de lo que se dejará constancia mediante acta o documento suscrito por ambas partes, en el que se estipulará que dicho término producirá sus efectos 30 días después de su suscripción. El término anticipado del contrato por esta causal será aprobado por resolución fundada totalmente tramitada. 12.1.2. Unilateralmente: el Hospital Clínico Metropolitano La Florida ante un incumplimiento del adjudicado, podrá unilateralmente declarar el término del contrato, en forma inmediata, sin forma de juicio y sin indemnización alguna a favor de la contraparte, en los casos que a continuación se detallan, si la causal es imputable al proveedor: 1. La aplicación de dos o más multas graves o gravísimas durante la vigencia del contrato. 2. El incumplimiento reiterado, considerándose como tal, el retardo, en más de tres oportunidades por causa imputable al proveedor de los plazos comprometidos en su propuesta. 3. Evaluación deficiente del proveedor emitida por el Hospital. 4. Cambio o modificación unilateral del precio ofertado, del producto, condiciones de su oferta, calidad, u otra condición establecida y aceptada por la Entidad. 5. Acumulación de multas por un monto equivalente a un 50% del valor del contrato. 6. Por situación de instrucción de una autoridad competente de la cual el Hospital dependa o deba acatar instrucciones, tales como del: Ministerio de Salud, Seremi de Salud, Instituto Salud Pública, ISP, entre otros. 7. Realización de actividades que pongan en riesgo al establecimiento y/o a sus funcionarios. 8. Incurrir en falsedad en la documentación presentada relativa al producto adjudicado. 9. Si el proveedor fuere declarado en quiebra o cayera en estado de notoria insolvencia. 10. Si falleciese el proveedor o se disolviese la empresa o perdiere su personalidad jurídica. En tal evento, se procederá a efectuar la liquidación del contrato determinando las obligaciones que quedasen. 11. Si el adjudicatario cede o transfiere total o parcialmente los derechos y obligaciones que nacen de la presente licitación, y en especial los establecidos en el contrato definitivo, salvo que una norma legal especial permita la cesión de derechos y obligaciones. Lo anterior, es sin perjuicio que los documentos justificativos de los créditos que emanen de estos contratos podrán transferirse de acuerdo a las normas del derecho común. 12. Si la persona jurídica ha sido condenada penalmente de conformidad a la Ley Nº 20.393. 13. Si el adjudicatario subcontrata total o parcialmente el contrato. 14. Si el adjudicatario durante la vigencia del contrato, es condenado por prácticas antisindicales o infracción a los derechos fundamentales del trabajador, ejecutoriada o que cause ejecutoria dicha condena. 15. Las demás causales que se establezcan en la Ley Nº 19.886 y su normativa reglamentaria. Terminado que sea en forma anticipada el contrato, el Hospital queda facultado para hacer efectiva la Boleta de Fiel Cumplimiento de Contrato, sin que el adjudicatario tenga derecho a indemnización siempre que se haya debido a responsabilidad del proveedor.
SANCIONES POR INCUMPLIMIENTO DE CONTRATO
Con el objeto de cautelar la calidad del servicio brindado, existirá como método de control la aplicación de dos tipos de sanciones: amonestación y multa. 13.1 Amonestación. Constituye un documento firmado por las partes, que deja constancia de cualquier falta menor y objetiva, cometida por el adjudicatario, y que, en atención a su importancia, no está afecta a cobros pecuniarios, salvo que exista acumulación según se describe más adelante. 13.2 Multas. El HLF podrá, previa calificación de las circunstancias y resolución fundada del Director del HLF, aplicar y cobrar multas al adjudicatario por incumplimiento de sus obligatorios contractuales, por el monto que se indica y según las causales que se detallan a continuación: A) Multas por incumplimiento de labores y/o atrasos: El incumplimiento del proveedor a los plazos comprometidos, ya sea en la metodología de trabajo, el cronograma de actividades solicitadas o en la ejecución de las actividades solicitadas, el que debe ser previamente fijado con el Encargado de la Unidad de Equipos Médicos, facultará al Hospital a aplicar una multa equivalente a 2 Unidades de Fomento (2 U.F.) por cada día de atraso en la prestación de los servicios solicitados por la Institución, hasta por 7 días en total, después de los cuales se entenderá que el proveedor no se encuentra calificado para prestar el servicio, debiendo el HLF emitir un informe completo al Subdirector Administrativo, con todos los antecedentes que acrediten el incumplimiento grave del proveedor y para que se proceda a ordenar el término anticipado al contrato, de conformidad a lo establecido en el artículo 11.1 de estas Bases. B) Multas por ausencia del personal ofertado: En el caso de ausencia del personal ofertado, debe existir un reemplazo dentro de las 24 horas siguientes será aplicada una multa de 4 Unidades de Fomento (4 U.F.) por cada técnico o profesional ausente, con un tope máximo de 5 ausencias sin reemplazo oportuno y calificado dentro de la vigencia del contrato, luego de lo cual, junto con aplicarle una multa equivalente al 10% del valor del contrato, puede el Hospital dar conformidad a lo señalado en la letra A) precedente, acreditando el incumplimiento grave del contrato por parte del proveedor, requiriendo, si así lo estima el Subdirector Administrativo, ordenar el término anticipado del contrato. C) Multas por cambio del personal ofertado: El HLF podrá exigir el cambio de cualquier trabajador si a su juicio este presentara mala conducta, atrasos o ausencias reiteradas o no tuviera los conocimientos técnicos necesarios para llevar a cabo los trabajos. Si al cabo de 1 mes de realizada la solicitud formal de cambio, ésta no se concreta, se aplicará una multa de 2 Unidades de Fomento (2 U.F.) por cada día de atraso, hasta por 15 días, luego de lo cual, se entenderá que el proveedor no se encuentra calificado para prestar el servicio, debiendo el HLF emitir un informe completo al Subdirector Administrativo, con todos los antecedentes que acrediten el incumplimiento grave del proveedor y para que se proceda ordenar el término anticipado al contrato, de conformidad a lo establecido en el artículo 11.1 de estas Bases. D) Multa por incumplimiento de las normas de seguridad: En el caso que se constate que el proveedor ha incumplido las normas de seguridad, tales como falta de elementos de protección personal o incumplimientos a la normativa laboral y previsional, se podrá aplicar multas de 10 Unidades de Fomento (10 U.F.) por cada trabajador. E) Multa por incumplimiento de Condiciones Laborales: En el caso que se constate que el proveedor ha incumplido con las condiciones laborales exigidas en los Anexos N°03, verificado a través de la revisión sin previo aviso en el sistema previsional, se podrá aplicar multas de 10 Unidades de Fomento (10 U.F.) por cada trabajador. F) Multa por ofertar con personal no correspondiente: En el caso que el proveedor informe un personal de ciertas características y este personal no sea el que está en el recinto durante la duración del contrato, y sea cambiado sin ser aceptado en común acuerdo, se podrá aplicar multas de 5 Unidades de Fomento (5 U.F.) por cada día de incumplimiento en reemplazar a personal por uno capacitado según perfil detallado en Anexo N° 05. La determinación de una situación o condición que diere lugar a la aplicación de una multa, se originará a partir de un informe que emane desde el administrador del contrato, dirigido a la Subdirección Administrativa. Recibido conforme, ésta evaluará si la situación es de aquellas consideradas como causales para la aplicación de una multa y la pondrá en conocimiento del proveedor, por escrito, a fin de que manifieste sus descargos y una propuesta de solución en el término de 5 días hábiles. Si aquella propuesta no fuere cumplida o fuere insuficiente, se aplicará la multa dictando la respectiva resolución, que indicará la causa que motiva la aplicación de una multa, el valor de la misma y la forma de su pago. En la resolución que aplique la multa, deberá informarse al multado de los recursos administrativos que proceden en contra de dicha resolución, de conformidad a la Ley N° 19.880 que establece Bases de los Procedimientos Administrativos que rigen los Actos de los Órganos de la Administración del Estado. Dicha resolución se notificará mediante carta certificada. El HLF podrá cobrar las multas directamente al adjudicatario o retener su monto al momento del pago de las facturas. En este último caso, se descontarán administrativamente del pago de las facturas que no hayan sido pagadas por el HLF. Serán descontadas del pago, no de la factura, es decir, el proveedor deberá facturar por el total sin descontar las multas que se le aplicasen. Estas serán descontadas al momento de girar el pago respectivo por parte de la Unidad Financiera.
DEL PAGO
La obligación de pago por parte del Hospital de La Florida se perfeccionará a partir de la recepción completa, conforme y sin observaciones del servicio brindado, que debe constar en el respectivo Informe de Visación Técnica suscrito por el referente técnico, documento que dará origen a la Orden de Compra correspondiente. Una vez emitida ésta, el proveedor podrá facturar. Además de la Factura y del Formulario 30 “Solicitud de Certificado de Antecedentes Laborales y Previsionales” (si procede), momento en el cual se inicia el término fijado para el pago. Para acreditar los servicios realizados en forma efectiva, a mes vencido, el proveedor deberá enviar a la Unidad de Convenios Clinicos, un listado mensual que deberá contener a lo menos la siguiente información: - Identificación del funcionario que presto el servicio, con nombre, Rut, Unidad, horario de entrada y salida. En caso que la prestación se haya realizado en una fracción del mes, se pagará la proporción de precio correspondiente a los días trabajados. El pago de facturas se efectuará en un plazo no superior a 30 días hábiles, contados desde la recepción de los documentos antes indicados, conforme a lo establecido en la Glosa 02 e) de la Ley de Presupuesto del Sector Salud. Lo anterior se funda en los plazos existentes, considerando los procesos administrativos de la institución. En caso que falte algún documento o la factura presente algún error, el HLF dispondrá de 8 días para reclamar la factura en el SII. Éste dispondrá de 10 días hábiles para subsanar los errores, emitiendo una nota de crédito por la factura reclamada y la refacturación correspondiente. La nueva factura, sufrirá el mismo trámite formal que el documento original, cuyo pago lo realizará la Tesoreria General de la República. En caso que el Proveedor registre saldos insolutos de remuneraciones o cotizaciones de seguridad social con sus actuales trabajadores o con trabajadores contratados en los últimos dos años, aplicará lo estipulado en el artículo 4º de la Ley 19.886.”
ADMINISTRACIÓN Y FISCALIZACIÓN DEL CUMPLIMIENTO DEL CONTRATO
Con el objeto de coordinar y controlar el correcto cumplimiento del contrato, el Hospital, designará a dos funcionarios en calidad de Administrador Titular y Suplente, los que tendrán las siguientes responsabilidades: • Fiscalizar el estricto y oportuno cumplimiento de las obligaciones contractuales. • Mantener actualizado un archivo con la totalidad de los antecedentes del contrato. • Proponer la aplicación de multas, en caso de verificarse alguna de las infracciones consignadas en las presentes bases, notificando la infracción o incumplimiento al adjudicatario, recibiendo los descargos si se presentaren. • Revisar y aprobar el estado de pago, previa verificación del cumplimiento de las obligaciones laborales y previsionales del adjudicatario, considerando los descuentos y/o multas a que hubiere lugar. • Autorizar la devolución de la garantía de fiel y oportuno cumplimiento del contrato o solicitar se haga efectiva, si procede. • Remitir la factura al Departamento de Finanzas, previa aprobación del correspondiente estado de pago, en un plazo no mayor a 10 días hábiles de su recepción En general, desarrollar todas las acciones referidas al control y gestión de las acciones que faciliten la ejecución del contrato. Por su parte, el adjudicatario deberá designar un Jefe o Encargado de Contrato que se relacionará con el Administrador del contrato para los efectos señalados. Todas las decisiones y acuerdos adoptados por el Administrador y Jefe o Encargado de Contrato deberán constar en actas firmadas por ambos.
RESPETO DE LA NORMATIVA DEL HOSPITAL LA FLORIDA Y DEBIDO CUIDADO A SUS BIENES
Para la ejecución del contrato, el Hospital permitirá la entrada del personal del adjudicatario, debidamente acreditado, a las dependencias involucradas en la ejecución de éste. En tal caso, el personal del adjudicatario deberá acatar las medidas de resguardo y control de los recintos institucionales y el adjudicatario será responsable, y quedará obligado a la reparación o reposición, de cualquier desperfecto, daño o pérdida que puedan sufrir el inmueble del Hospital la Florida y/o los bienes muebles que lo guarnecen. Cabe hacer presente, que las visitas que realice tanto el adjudicatario como su personal al Hospital La Florida, para efectos de ejecutar su contrato, estarán sujetas a protocolos de seguridad que deberá coordinar con el funcionario designado para tal efecto y que será oportunamente informado.
LEY Nº20.584
Sin perjuicio de las normas aplicables a la prestación de servicios, tanto el adjudicatario como su personal, deberán en todo momento observar estrictamente la normativa que establece la LeyNº20.584, que Regula Los Derechos y Deberes que tienen las Personas en relación con acciones vinculadas a su atención de salud.
DEBER DE CONFIDENCIALIDAD
Durante el desarrollo del contrato, como al término de éste, el adjudicatario y/o su personal no podrá divulgar o hacer uso de la información a que haya tenido acceso con ocasión del mismo, constituyendo su infracción, incumplimiento grave de su obligación de confidencialidad, facultando al Hospital La Florida para ejercer las acciones judiciales que estime pertinentes para el resarcimiento de todos sus perjuicios.
AUTORIZACIÓN SANITARIA y ACREDITACIÓN
El adjudicatario, estará obligado a prestar toda su colaboración y cumplir con todos los requisitos que sean exigidos por la autoridad pública en el proceso de autorización sanitaria y/o acreditación del Hospital La Florida, en caso de cualquier incumplimiento o negativa por parte del proveedor o su personal, el Hospital podrá poner término anticipado al contrato.
BASES TÉCNICAS
1.- OBJETIVO Cubrir las necesidades de soporte en modalidad 4to turno rotativo, para la bodega y soporte de equipos médicos por contingencia Covid. Para lo cual se solicita: 1 Cuarto turno de Técnico (TT) y 1 Cuarto turno de Tecnólogo en Informática Biomédica como administrativo (TA). (En total son 8 personas) El proveedor debe mantener siempre igual cantidad de funcionarios según contrato adquirido con el HLF, para lo cual, ante ausencias, deberá reemplazar con otro funcionario de similar calificación. 1.2 DEL AJUSTE DEL SERVICIO El hospital podrá ajustar el número de funcionarios solicitados si así lo desea, disminuyendo la cantidad requerida. Para hacer esto, deberá dar aviso con 30 dias de anticipación a la empresa adjudicada quienes deberán retirar el cargo señalado, dejando de cobrar por su prestación. 2. OBJETIVOS ESPECÍFICOS: - Revisión de Equipos que se retiran de las unidades (TT) - Recepción, Ingreso y seguimiento de insumos y accesorios (TA) - Verificar y mantener stock de insumos y accesorios de equipos Covid (TA) - Solucionar y Reportar equipos con fallas (TT/TA) - Capacitar al usuario clínico en uso básico de equipos (TA) - Solicitar videos para capacitación (TA) - Reposición de insumos y accesorios según ruta de omnicell (TA) - Levantamiento de equipos disponibles (Inventario) (TA) - Mantener Flujo de facturación organizado (TA) - Elaborar guías de uso rápido de equipos médicos (TA/TT) - Realizar reporte mensual de incidentes de áreas clínicas (TT) - Mantener registro de equipos médicos (TA) 3.- BENEFICIOS ESPERADOS • Dar continuidad operativa a la recepción de requerimientos de asistencia técnica • Entregar soluciones eficientes y al menor tiempo • Establecer disponibilidad permanente (7X24) de soporte para usuarios del HLF 4.- CONDICIONES GENERALES El servicio que se licita, tiene por finalidad contar con personal externo, para prestar funciones en soporte y bodega de equipos médicos Covid, para el adecuado y oportuno tratamiento y atención de los pacientes institucionales. El Hospital llevará registro del personal, estamento, fecha y turnos efectivamente realizados y generará la Orden de Compra correspondiente al mes vencido. El Hospital se reserva el derecho de descontar las horas no trabajadas, por concepto de atrasos u otros. 4.2.- DEL HORARIO DEL PERSONAL Para el personal que realice funciones en el HLF, se establecen los siguientes horarios: - 4°Turno Rotativo: Jornadas rotativas de 12 horas con horarios de 8:00 a 20:00 hrs turno de Dia y de 20:00 a 08:00hrs. Turno de Noche. En el caso de los festivos, de 09:00 a 20:00 hrs – noches anterior a un festivo de 20:00 a 09:00 hrs. Dicho horario podrá ser modificado por Contingencia a realizar turnos de 24 hrs. * Estos horarios podrían ser ajustados en relación a los requerimientos emanados por la unidad de equipos médicos 5.-RESPONSABILIDADES Y FUNCIONES Al inicio del convenio se acordará un protocolo que, junto a las actividades citadas en el punto anterior, dentro de las principales obligaciones y responsabilidades del adjudicatario podrá agregar las siguientes: a) Asistir al Hospital a prestar los servicios señalados en el presente contrato, en los días y horarios programados para tal efecto por el Hospital. b) Cumplir con las normas y procedimientos internos establecidos por la institución (registros, protocolos, procedimientos, entre otros). c) Cumplir estrictamente la norma de seguridad y usar correctamente los elementos de protección personal. d) Efectuar los registros tanto clínicos como administrativos, en los sistemas documentales que posea el Hospital, sean estos en formato papel y/o electrónicos, usando la terminología del Sistema Informático del HLF. Para ello, el personal del oferente deberá ser capacitado un día completo, previo al inicio del contrato. e) Resguardar la integridad del equipamiento y la infraestructura utilizada. En caso de daño, perdida, mal uso o desperfectos, y que se compruebe que fueron causados por el personal del proveedor, estos deberán ser reparados y/o repuestos, con cargo integral a los recursos del adjudicatario y/o a sus pagos. f) Mantener un ambiente de respeto profesional y personal con los colegas, personal de la unidad, y funcionarios del HLF. g) Deberán ceñirse estrictamente a las instrucciones y coordinación que le sean impartidas por el Hospital, a través de la jefatura correspondiente o por parte del equipo técnico del Hospital h) Guardar total confidencialidad de la información. i) Todo el personal debe portar identificación visible. j) Todo personal nuevo debe llegar al HLF con los datos básicos de cuál será su lugar de desempeño, jefatura respectiva y labores que realizará. k) En caso de contingencia y /o solicitud de la Jefatura el personal podrá prestar apoyo en otra área del adulto según se estime conveniente. l) El proveedor debe mantener siempre igual cantidad de funcionarios según contrato adquirido con el HLF, para lo cual, ante ausencias, deberá reemplazar con otro funcionario de similar calificación. m) Realizar informe y seguimiento del tránsito de equipamiento tanto dentro del Hospital como fuera de él. Esto hace referencia al envió de equipos al proveedor o cualquier situación anómala de esto. n) Mantener y/o ayudar a la unidad a registrar movimientos de equipo, por instalación o cambios. o) Mantener el inventario de equipamiento actualizado. p) Preocuparse de la correcta mantención de los recursos físicos y de la unidad. 6.- DE LAS OBLIGACIONES Y RESPONSABILIDADES DEL HOSPITAL • Las labores que deberá cumplir el adjudicatario serán informadas según procedimiento definido al inicio del convenio, considerando la demanda del Hospital. • El Hospital pondrá a disposición del adjudicatario, los recursos materiales, equipos e insumos, que sean necesarios para la ejecución de una prestación técnicamente calificada y en un marco de seguridad aceptable. Asimismo, pondrá a disposición de los adjudicatarios, el personal técnico de apoyo necesario cuando sea pertinente para los fines antes citados. • El Hospital se obliga a cumplir con la Ley Nº 20.584 que regula los derechos y deberes que tienen las personas en relación con acciones vinculadas a su atención en salud. • El Hospital se obliga a guardar confidencialidad de los antecedentes clínicos de los pacientes. 7. OTROS INFORMES Al inicio del contrato, las partes podrán acordar además de los informes de desempeño, y/o algunos informes de gestión o de otro tipo a requerir por la administración del contrato, para esto se definirá su objeto, alcance y periodicidad.
10. Demandas ante el Tribunal de Contratación Pública
No cuenta con demandas ante el Tribunal de Contratación Pública.