Licitación ID: 812261-6-LE20
SERVICIO DE CINTIGRAMAS ÓSEOS Y DENSITOMETRIA PARA EL HLF
Reclamos recibidos por incumplir plazo de pago: 284
Este número indica los reclamos recibidos por esta institución desde los últimos 12 meses hasta el día de ayer. Recuerde interpretar esta información considerando la cantidad de licitaciones y órdenes de compra que esta institución genera en el Mercado Público.
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Productos o servicios
1
Exámenes médicos 1 Unidad
Cod: 85122201
SERVICIO DE CINTIGRAMAS ÓSEOS  

2
Exámenes médicos 1 Unidad
Cod: 85122201
DENSITOMETRIAS ÓSEAS  

1. Características de la licitación
Nombre de la licitación:
SERVICIO DE CINTIGRAMAS ÓSEOS Y DENSITOMETRIA PARA EL HLF
Estado:
Adjudicada
Descripción:
El HLF requiere contratar el “SERVICIO DE CINTIGRAMAS ÓSEOS Y DENSITOMETRÍAS ÓSEAS”, mediante un proveedor que demuestre la experiencia y especialidad necesaria para la realización de los objetivos propuestos, siendo indispensable disponer en forma constante, continua y permanente de los servicios necesarios para responder adecuadamente a los requerimientos del Hospital Clínico Metropolitano de La Florida.
Tipo de licitación:
Pública-Licitación Pública igual o superior a 100 UTM e inferior a 1.000 UTM (LE)
Tipo de convocatoria:
ABIERTO
Moneda:
Peso Chileno
Etapas del proceso de apertura:
Una Etapa
Contrato
Se requerirá suscripción de contrato
Toma de razón por Contraloría:
No requiere Toma de Razón por Contraloría
Publicidad de ofertas técnicas:
Las ofertas técnicas serán de público conocimiento una vez realizada la apertura técnica de las ofertas.
2. Organismo demandante
Unidad de compra:
convenios , operaciones , informatica
R.U.T.:
65.075.485-9
Dirección:
FROILAN ROA 6542
Comuna:
La Florida
Región en que se genera la licitación:
Región Metropolitana de Santiago
3. Etapas y plazos
Fecha de cierre de recepción de la oferta: 19-11-2020 16:00:00
Fecha de Publicación: 09-11-2020 14:12:51
Fecha inicio de preguntas: 09-11-2020 16:30:00
Fecha final de preguntas: 12-11-2020 23:59:00
Fecha de publicación de respuestas: 16-11-2020 15:00:00
Fecha de acto de apertura técnica: 20-11-2020 9:00:00
Fecha de acto de apertura económica (referencial): 20-11-2020 9:00:00
Fecha de Adjudicación: 21-01-2021 11:47:10
Fecha de entrega en soporte fisico No hay información
Fecha estimada de firma de contrato No hay información
Tiempo estimado de evaluación de ofertas No hay información
4. Antecedentes para incluir en la oferta
Documentos Administrativos
1.- ANEXOS ADMINISTRATIVOS PRESENTACIÓN DEL OFERENTE DECLARACIÓN JURADA CONDICIONES DE EMPLEABILIDAD
Documentos Técnicos
1.- ANEXOS TÉCNICOS AUTORIZACION SANITARIA ESPECIFICACIONES TÉCNICAS EXPERIENCIA IDÓNEA DEL RECURSO HUMANO CAPACIDAD Y OPORTUNIDAD
 
Documentos Económicos
1.- ANEXO ECONÓMICO CARTA OFERTA
5. Requisitos para contratar al proveedor adjudicado
Persona natural
Encontrarse hábil en el Registro de Proveedores, registro que verificará NO haber incurrido en las siguientes causales de inhabilidad:

1 .- Haber sido condenado por cualquiera de los delitos de cohecho contemplados en el título V del Libro Segundo del Código Penal.
 
2 .- Registrar una o más deudas tributarias por un monto total superior a 500 UTM por más de un año, o superior a 200 UTM e inferior a 500 UTM por un período superior a 2 años, sin que exista un convenio de pago vigente. En caso de encontrarse pendiente juicio sobre la efectividad de la deuda, esta inhabilidad regirá una vez que se encuentre firme o ejecutoriada la respectiva resolución.
 
3 .- Registrar deudas previsionales o de salud por más de 12 meses por sus trabajadores dependientes, lo que se acreditará mediante certificado de la autoridad competente.
 
4 .- La presentación al Registro Nacional de Proveedores de uno o más documentos falsos, declarado así por sentencia judicial ejecutoriada.
 
5 .- Haber sido declarado en quiebra por resolución judicial ejecutoriada.
 
6 .- Haber sido eliminado o encontrarse suspendido del Registro Nacional de Proveedores por resolución fundada de la Dirección de Compras.
 
7 .- Haber sido condenado por prácticas antisindicales o infracción a los derechos fundamentales del trabajador.
 
8 .- Registrar condenas asociadas a responsabilidad penal jurídica (incumplimiento artículo 10, Ley 20.393).
 
Documentos persona natural
- Fotocopia Legalizada de Cédula de Identidad
- Declaración jurada acreditando que no se encuentra afecto al art. 4 inciso 6 de la ley 19.886, en el cual se establece que "ningún órgano de la administración del Estado podrá suscribir contratos administrativos de provisión de bienes y servicios con los funcionarios directivos del mismo órgano o empresa, ni con personas unidas a ellos por los vínculos de parentesco."
Persona jurídica
Encontrarse hábil en el Registro de Proveedores, registro que verificará NO haber incurrido en las siguientes causales de inhabilidad:

1 .- Haber sido condenado por cualquiera de los delitos de cohecho contemplados en el título V del Libro Segundo del Código Penal.

2 .- Registrar una o más deudas tributarias por un monto total superior a 500 UTM por más de un año, o superior a 200 UTM e inferior a 500 UTM por un período superior a 2 años, sin que exista un convenio de pago vigente. En caso de encontrarse pendiente juicio sobre la efectividad de la deuda, esta inhabilidad regirá una vez que se encuentre firme o ejecutoriada la respectiva resolución.

3 .- Registrar deudas previsionales o de salud por más de 12 meses por sus trabajadores dependientes, lo que se acreditará mediante certificado de la autoridad competente.

4 .- La presentación al Registro Nacional de Proveedores de uno o más documentos falsos, declarado así por sentencia judicial ejecutoriada.

5 .- Haber sido declarado en quiebra por resolución judicial ejecutoriada.

6 .- Haber sido eliminado o encontrarse suspendido del Registro Nacional de Proveedores por resolución fundada de la Dirección de Compras.

7 .- Haber sido condenado por prácticas antisindicales o infracción a los derechos fundamentales del trabajador.

8 .- Registrar condenas asociadas a responsabilidad penal jurídica (incumplimiento artículo 10, Ley 20.393).

Documentos persona jurídica
- Fotocopia Legalizada del Rut de la Empresa
- Declaración jurada acreditando que no se encuentra afecto al art. 4 inciso 6 de la ley 19.886, en el cual se establece que "ningún órgano de la administración del Estado podrá suscribir contratos administrativos de provisión de bienes y servicios con los funcionarios directivos del mismo órgano o empresa, ni con personas unidas a ellos por los vínculos de parentesco."
- Certificado de Vigencia de la Sociedad
- (1) Certificado de Boletín de Informes Comerciales
- (1) Certificado de Quiebras/Convenio Judicial
6. Criterios de evaluación
ÍtemObservacionesPonderación
1 Evaluación Técnica Ubicación 15%
2 Requisitos Formales Cumplimiento requisitos formales 2%
3 Condiciones de Empleabilidad Condiciones de Empleabilidad 3%
4 Evaluación Técnica Experiencia Idónea del RRHH 15%
5 Evaluación Técnica Capacidad y Oportunidad 15%
6 Evaluación Económica Oferta económica 50%

7. Montos y duración del contrato
Estimación en base a: Presupuesto Disponible
Fuente de financiamiento: No hay información
Monto Total Estimado: 49950000
Justificación del monto estimado Duración de 36 meses contados desde su vigencia o hasta que se alcance un gasto de 999 UTM, lo que ocurra primero.
Contrato con Renovación: NO
Observaciones Sin observaciones
Tiempo del Contrato 36 Meses
Plazos de pago: 30 días contra la recepción conforme de la factura
Opciones de pago: Transferencia Electrónica, Cheque
Nombre de responsable de pago: Gustavo Hernández
e-mail de responsable de pago: gustavo.hernandez@redsalud.gov.cl
Nombre de responsable de contrato: Hernán Baeza Gallis
e-mail de responsable de contrato: hernan.baeza@redsalud.gov.cl
Teléfono de responsable del contrato: 56-2-26121203-
Prohibición de subcontratación: No permite subcontratación
Dada la calidad de los servicios licitados, se prohíbe la subcontratación sin que el HLF apruebe previamente la calidad técnica de los profesionales que otorgarán el servicio.
8. Garantías requeridas
No hay información de Garantías
9. Requerimientos técnicos y otras cláusulas
Pacto de integridad

El oferente declara que, por el sólo hecho de participar en la presente licitación, acepta expresamente el presente pacto de integridad, obligándose a cumplir con todas y cada una de las estipulaciones contenidas en el mismo, sin perjuicio de las que se señalen en el resto de las bases de licitación y demás documentos integrantes. Especialmente, el oferente acepta el suministrar toda la información y documentación que sea considerada necesaria y exigida de acuerdo a las presentes bases de licitación, asumiendo expresamente los siguientes compromisos:

  • El oferente se obliga a no ofrecer ni conceder, ni intentar ofrecer o conceder, sobornos, regalos, premios, dádivas o pagos, cualquiera fuese su tipo, naturaleza y/o monto, a ningún funcionario público en relación con su oferta, con el proceso de licitación pública, ni con la ejecución de él o los contratos que eventualmente se deriven de la misma, ni tampoco a ofrecerlas o concederlas a terceras personas que pudiesen influir directa o indirectamente en el proceso licitatorio, en su toma de decisiones o en la posterior adjudicación y ejecución del o los contratos que de ello se deriven.
  • El oferente se obliga a no intentar ni efectuar acuerdos o realizar negociaciones, actos o conductas que tengan por objeto influir o afectar de cualquier forma la libre competencia, cualquiera fuese la conducta o acto específico, y especialmente, aquellos acuerdos, negociaciones, actos o conductas de tipo o naturaleza colusiva, en cualquiera de sus tipos o formas.
  • El oferente se obliga a revisar y verificar toda la información y documentación, que deba presentar para efectos del presente proceso licitatorio, tomando todas las medidas que sean necesarias para asegurar la veracidad, integridad, legalidad, consistencia, precisión y vigencia de la misma.
  • El oferente se obliga a ajustar su actuar y cumplir con los principios de legalidad, ética, moral, buenas costumbres y transparencia en el presente proceso licitatorio.
  • El oferente manifiesta, garantiza y acepta que conoce y respetará las reglas y condiciones establecidas en las bases de licitación, sus documentos integrantes y él o los contratos que de ellos se derivase.
  • El oferente se obliga y acepta asumir, las consecuencias y sanciones previstas en estas bases de licitación, así como en la legislación y normativa que sean aplicables a la misma.
  • El oferente reconoce y declara que la oferta presentada en el proceso licitatorio es una propuesta seria, con información fidedigna y en términos técnicos y económicos ajustados a la realidad, que aseguren la posibilidad de cumplir con la misma en las condiciones y oportunidad ofertadas.
  • El oferente se obliga a tomar todas las medidas que fuesen necesarias para que las obligaciones anteriormente señaladas sean asumidas y cabalmente cumplidas por sus empleados y/o dependientes y/o asesores y/o agentes y en general, todas las personas con que éste o éstos se relacionen directa o indirectamente en virtud o como efecto de la presente licitación, incluidos sus subcontratistas, haciéndose plenamente responsable de las consecuencias de su infracción, sin perjuicio de las responsabilidades individuales que también procediesen y/o fuesen determinadas por los organismos correspondientes.

Mecanismo para solución de consultas respecto a la adjudicación
SEGUN BASES DE LICITACION
Acreditación de cumplimiento de remuneraciones o cotizaciones de seguridad social
SEGUN BASES DE LICITACION
Presentación de antecedentes omitidos por los oferentes
SEGUN BASES DE LICITACION
De los Oferentes
Podrán participar en esta licitación las personas naturales o jurídicas, chilenas o extranjeras que realicen sus ofertas a través del sistema de información www.mercadopublico.cl. Del mismo modo podrán participar en el presente proceso, las personas naturales y/o jurídicas que decidan asociarse a través de la unión temporal de proveedores, regulada en el artículo 67 bis del Decreto Nº 250 del 2004 del Ministerio de Hacienda, que aprueba el reglamento de la Ley N° 19.886. Tratándose de personas naturales o jurídicas extranjeras, deberán al momento de contratar contar con agencia y domicilio en Chile, con un representante con mandato y poder suficiente para contratar a nombre del mandante, y para responder de las obligaciones que emanen del contrato respectivo, de acuerdo a la normativa vigente, y sin perjuicio de las normas que sobre el particular establezcan tratados o convenios internacionales vigentes suscritos por Chile y por el país de origen de dicha persona natural o jurídica. Tanto el proponente como el adjudicatario, deberán constituir domicilio en la ciudad de Santiago, para todos los efectos legales. Todo Proponente u Oferente interesado en presentar Oferta deberá estudiar cuidadosamente las Bases Administrativas y Técnicas, debiendo informarse de todas las condiciones que de alguna manera afecten el costo de los servicios ofertados, tales como permisos que deben obtenerse, leyes o reglamentos que puedan ser aplicables, entre otros. Cualquier omisión por parte del Oferente, será a su propio riesgo y sólo él será responsable de los errores u omisiones en que incurra. El Proponente sufragará todos los costos relacionados con la preparación y presentación de su oferta. El HLF no será responsable en caso alguno de dichos costos, cualquiera sea el resultado de la Licitación.
Inhabilidades para participar en la Licitación y/o Contratar
Podrán participar como oferentes, las personas naturales o jurídicas , nacionales o extranjeras, que no les afecten alguna de las prohibiciones, inhabilidades o incompatibilidades para contratar con órganos y organismos de la Administración del Estado, contempladas en los incisos 1º y 6º del artículo 4º de la Ley Nº 19.886, de Bases sobre Contratos Administrativos de Suministro y Prestación de Servicios y su normativa complementaria; y que cumplan con los requisitos establecidos en las presentes bases administrativas y técnicas. Tratándose de personas jurídicas, no deben haber sido condenadas a pena de prohibición de celebrar actos y contratos con organismos del Estado, de conformidad con la Ley N° 20.393, que establece la Responsabilidad Penal de las Personas Jurídicas en los Delitos de Lavado de Activos, Financiamiento del Terrorismo y Delitos de Cohecho que Indica. Tratándose de la unión temporal de proveedores, las causales de inhabilidad para la presentación de las ofertas, para la formulación de la propuesta o para la suscripción de la convención, establecidas en la legislación vigente, afectarán a cada integrante de la Unión individualmente considerado. En caso de afectar una causal de inhabilidad a algún integrante de la Unión, ésta deberá decidir si continuará con el respectivo procedimiento de contratación con los restantes integrantes no inhábiles de la misma o se desiste de su participación en el respectivo proceso.
Aceptación del contenido de las bases
Los oferentes por el sólo hecho de presentarse a la Licitación se entenderán en cabal conocimiento de estas Bases, así como también de las características de la provisión del servicio que se requiere y de las aclaraciones realizadas en su oportunidad, por el solo hecho de presentar sus ofertas, por lo que se declaran conformes con ellas y no tienen reservas ni observaciones que formular, debiendo ajustarse a ellas en todo momento.
Presentación de documentos
El idioma español regirá para todo el proceso de Licitación, para todos los documentos asociados y aquellos que posteriormente origine la materialización de la adjudicación. Todos los antecedentes y formularios deberán ser anexados a la respectiva oferta presentada, en formatos digitales utilizando para estos efectos Word (como procesador de textos), Excel (planilla electrónica) e imágenes digitalizadas en formatos PDF. Todos los anexos deben venir debidamente firmados si correspondiere.
Unión temporal de los proveedores
Se entenderá como unión temporal de proveedores, si dos o más proveedores se unen para el efecto de participar en un proceso de compra, deberán establecer, en el documento que formaliza la unión, a lo menos, la solidaridad entre las partes respecto de todas las obligaciones que se generen con la Entidad y el nombramiento de un representante o apoderado común con poderes suficientes. Cuando se trate de adquisiciones inferiores a 1.000 UTM, el representante de la unión temporal de proveedores deberá adjuntar al momento de ofertar, el documento público o privado que da cuenta del acuerdo para participar de esta forma. Para contrataciones iguales o superiores al monto indicado, y sin perjuicio del resto de las disposiciones legales y reglamentarias que resulten aplicables, el acuerdo en que conste la unión temporal deberá materializarse por escritura pública, como documento para contratar, sin que sea necesario constituir una sociedad. Si la Entidad exige la inscripción en el Registro de Proveedores para suscribir el contrato, cada proveedor de dicha unión temporal deberá inscribirse. Al momento de la presentación de las ofertas, los integrantes de la Unión determinarán qué antecedentes presentarán para ser considerados en la evaluación respectiva, siempre y cuando lo anterior no signifique ocultar información relevante para la ejecución del respectivo contrato que afecte a alguno de los integrantes de la misma. La vigencia de esta unión temporal de proveedores no podrá ser inferior a la del contrato adjudicado.
ANTECEDENTES QUE RIGEN EL PROCESO DE COMPRA
Junto a la Ley N° 19.886 de Bases sobre Contratos Administrativos de Suministro y Prestación de Servicios y al Decreto N° 250 de fecha 09 de marzo de 2004, del Ministerio de Hacienda y sus modificaciones, forman parte integrante de los documentos de la presente licitación los que a continuación se señalan, los cuales regirán de forma obligatoria y complementaria, y en caso de discrepancia prevalecerán en el orden de prelación que se indica: • Las presentes Bases Administrativas, Bases Técnicas y Anexos • Las Respuestas y/o Aclaraciones realizadas en esta licitación. • Los antecedentes económicos, técnicos y administrativos presentados por el oferente adjudicado. • Ley 20.584, que Regula Los Derechos y Deberes que tienen las Personas en relación con acciones vinculadas a su atención de salud. Lo anterior, es sin perjuicio de la facultad interpretativa de la Contraloría General de la República y del Tribunal de Contrataciones Públicas.
DEFINICIÓN DE TÉRMINOS
Se aplicarán en las presentes Bases Administrativas, Bases Técnicas y en los Anexos, los términos y definiciones establecidos en la Ley N° 19.886, de Bases sobre Contratos Administrativos de Suministro y Prestación de Servicios y en el Decreto N° 250 de 2004 del Ministerio de Hacienda que aprueba el Reglamento de la Ley 19.886, y sus modificaciones, más los que a continuación se indican: • Hospital Clínico Metropolitano de La Florida Dra. Eloísa Díaz Insunza, Hospital La Florida o HLF: Establecimiento asistencial de alta complejidad, RUT 65.075.485-9, dependiente del SSMSO, ubicado en Av. Froilán Roa Nº 6542, comuna de La Florida, Santiago de Chile. • Días: Salvo que se explicite puntualmente lo contrario, la expresión “días” se referirá a días corridos. Para efectos de éstas bases, se consideran “días hábiles” los días de lunes a viernes y “días inhábiles” los días sábados, domingos y festivos. • Referente Técnico: en la presente licitación Pública, el referente técnico es el jefe CR Unidades de Apoyo, o quien éste designe para tal efecto. • Especificaciones Técnicas: Documentos aprobados por la autoridad competente que contienen las especificaciones, descripciones, requisitos y demás características del servicio a contratar • Unión temporal de proveedores: Asociación de personas naturales y/o jurídicas, para la presentación de una oferta en caso de licitación. Todos los plazos de días que se haga mención en las presentes bases se entenderán que han de ser completos y correrán además hasta la media noche del último día del plazo. Lo anterior, salvo en aquellos casos en que se indique hora exacta, y siempre y cuando se respeten los plazos mínimos legales establecidos por el ordenamiento jurídico.
Modalidad de Propuesta
Las propuestas se presentarán a través de www.mercadopublico.cl en pesos, con valores unitarios sin IVA, incluyendo dicho valor todos los gastos en los que deba incurrir el adjudicatario.
Validez de las Ofertas
Las ofertas deberán tener una validez por 120 días corridos, contados desde la fecha de cierre de la presentación de las ofertas. La oferta cuyo período de validez sea menor al requerido, dará causa a declararla inadmisible. Vencido este plazo, y si no se hubiere realizado la adjudicación, el HLF podrá solicitar a los proponentes la prórroga de sus ofertas y garantías. Los proponentes podrán ratificar sus ofertas o retirarlas, formalizando su decisión mediante comunicación escrita dirigida al HLF a través de www.mercadopublico.cl. Desde el décimo día hábil contado de la comunicación de no perseverar en la propuesta, se devolverá la garantía a aquellos que no accedan a la prórroga.
Enmiendas a los Documentos de la Licitación
En cualquier momento, antes del cierre de la propuesta, el HLF podrá introducir aclaraciones a las presentes bases que no impliquen modificación de estas, a través del envío de una carta aclaratoria, que se comunicará de acuerdo a lo establecido en punto 5.3. En caso de modificación de las Bases, estas deberán ser sometidas al trámite administrativo correspondiente, ampliándose los plazos para que se puedan realizar las adaptaciones por parte de los proponentes, situación que será informada de acuerdo al punto 5.3. En este evento, el plazo para ofertar se ampliará en la cantidad de días que se señale en www.mercadopublico.cl, publicada que sea la modificación de las bases. Es exclusiva responsabilidad del Proponente la revisión del Portal, con el objeto de informarse sobre lo expuesto en este punto y en el punto 5.3. Así mismo, es obligación del oferente revisar el Foro Inverso y responder las aclaraciones que se le soliciten por esta vía.
DE LAS PROPUESTAS
Es responsabilidad de los oferentes presentar sus propuestas en tiempo y forma, es decir, en el plazo fijado en el numeral 5.4 y con toda la información requerida en las presentes bases, de manera tal que permita una evaluación objetiva, certera, entendible y transparente de todas y cada una de ellas. Los archivos y documentos, Anexos, que constituyan la oferta y que deban subirse al portal Los archivos y documentos, Anexos, que constituyan la oferta y que deban subirse al portal mercadopublico.cl deben denominarse en su nomenclatura, de modo que sean fácilmente identificables para el evaluador; a modo ejemplar: Anexo02DeclaracionJurada. Debe respetarse dicha fórmula de nomenclatura y el formato electrónico de cada anexo, a fin de facilitar la identificación de los documentos y el proceso de evaluación, es decir, deberá incorporarse con la mencionada formula de nomenclatura y en el formato electrónico en el que originalmente figura el anexo (Excel, Word u otro). En el caso que el oferente requiera presentar un documento firmado, deberá subirlo además de su formato original, escaneado en pdf. 6.1.-Carácter de los Documentos Cada oferta deberá cumplir con todos los requisitos de admisibilidad administrativa, técnica y económica, sin embargo, es dable señalar que cada uno de los documentos, antecedentes o anexos, tienen elementos que por su naturaleza son esenciales o cabe la posibilidad de enmienda o subsanaciones de errores u omisiones. Conforme a lo anterior, los elementos se pueden clasificar en esencial o subsanable, según el siguiente detalle: a.1 Carácter Esencial: Son aquellos elementos dentro de los documentos, que no admiten corrección, enmienda, rectificación o subsanación, por ende, si alguna de las propuestas no cumple con una de las exigencias de carácter esencial, la oferta será declarada inadmisible. Está expresamente prohibido modificar los anexos que conforman la parte esencial de estas bases de licitación y cualquier modificación de estos acarreará consigo la inadmisibilidad de la oferta. Donde serán elementos esenciales los siguientes: • Cumplimiento de los requerimientos obligatorios de las presentes bases y sus documentos de respaldo • El precio del servicio ofertado en el portal y en la Carta Oferta a.2 Carácter Subsanable: Son aquellos elementos dentro de los documentos, antecedentes o anexos que adolecen de defectos de forma o errores no esenciales, que obedecen a una justa causa de error u omisión, siempre que aquello defectuoso, omitido o erróneo, no se refiera a aspectos esenciales, no altere el tratamiento igualitario de todos los proponentes, ni genere una situación de privilegios respecto de los demás oferentes. Si alguna de las propuestas no cumple con las exigencias de carácter subsanable, los oferentes podrán presentar las certificaciones o antecedentes que hayan omitido, siempre que dichas certificaciones o antecedentes se hayan producido u obtenido con anterioridad al vencimiento del plazo para presentar ofertas o se refieran a situaciones no mutables entre el vencimiento del plazo para presentar ofertas y el período de evaluación. Los oferentes podrán enmendar sus omisiones u errores de carácter subsanable, dentro de un plazo de 24 o 48 horas según explicite el HLF, contado desde su requerimiento, mediante el foro inverso. Sin perjuicio de lo cual la propuesta será evaluada con una calificación inferior, conforme al numeral 8.4.1 de las presentes bases. Si transcurrido el plazo antes señalado, no se subsanare la observación, se entenderá que el requerimiento no se cumple y la oferta obtendrá cero puntos en ese requerimiento.
DE LA EVALUACIÓN DE LAS OFERTAS
8.1. Comisión de Evaluación La Comisión de Evaluación estará integrada por las siguientes personas o sus subrogantes legales: ● Jefe de Departamento Abastecimiento del Hospital La Florida. ● Jefe de Departamento Comercialización del Hospital La Florida. ● Jefe de Departamento de Finanzas del Hospital La Florida. ● Jefe CR Unidades de Apoyo del Hospital La Florida. ● Jefe Unidad de Convenios Clínicos del Hospital La Florida. ● Referente técnico La comisión revisará las ofertas recibidas y dará inicio al proceso de evaluación de las ofertas formuladas y que fueron declaradas admisibles en el acto de apertura. La Comisión de Evaluación, podrá ser asesorada por una Comisión Técnica compuesta por un máximo de 3 profesionales de las áreas correspondientes al proceso en análisis. La Comisión de Evaluación será presidida según el siguiente orden de prelación: ▪ Jefe de Departamento Abastecimiento del Hospital La Florida ▪ Jefe de Departamento Comercialización del Hospital La Florida. La comisión sesionará en los días y horas citadas para los efectos de evaluación. Se publicará en el portal www.mercadopublico.cl , la integración de la comisión. Las decisiones se tomarán conforme la metodología de evaluación indicada en el punto 8.3. 8.2. Examen de antecedentes Durante el período de evaluación, el HLF, a través del Foro Inverso podrá solicitar aclaración de las ofertas que están en proceso de evaluación. El oferente dispondrá de 24 o 48 horas, según se especifique, desde el requerimiento para acompañar los antecedentes omitidos o aclaraciones solicitadas. Si la aclaración solicitada no se presenta dentro del plazo asignado, se asumirá que el requisito en duda no se cumple y por lo tanto, no se le asignará el puntaje correspondiente. En caso que sea necesario para la correcta evaluación de las ofertas, se solicitará la presentación de muestras o demostraciones de los productos o servicios que determine la comisión de evaluación, por la totalidad o alguno de los oferentes. Dicha solicitud se materializará únicamente a través del mecanismo de foro inverso indicándose en este el plazo y lugar donde se deberán presentar las muestras y/o demostraciones, cuidando de no vulnerar los principios de igualdad entre los oferentes. 8.3.- Metodología de Evaluación La evaluación se hará asignando puntuación según los rangos que se indican, a los aspectos que se detallan; la oferta que logre la puntuación más alta, será propuesta para adjudicación. La evaluación de las propuestas será realizada por la Comisión de Evaluación conforme a los criterios de evaluación, analizando los antecedentes admisibles aportados por los oferentes a través del Portal www.mercadopublico.cl. Se ponderarán los puntajes obtenidos; estableciéndose un ranking, del cual se seleccionará la oferta que obtenga el mayor puntaje y que cumpla de mejor forma los intereses del HLF. Se elaborarán los informes respectivos para cada una de las evaluaciones realizadas. La obtención de los puntajes de los requerimientos para cada evaluación podrá ser del tipo dicotómico o porcentual. Para el caso del puntaje dicotómico, el cumplimiento del requerimiento significará la obtención del puntaje y, en caso contrario, el puntaje obtenido será cero. Para el caso del puntaje porcentual, este se obtendrá dependiendo de si se aplica el criterio del mayor valor o menor valor donde la fórmula de cálculo para cada caso es la siguiente: El oferente obtendrá el puntaje máximo del requisito evaluado toda vez que su valor ofertado sea igual al mayor valor ofertado, del conjunto de las ofertas. Cada valor ofertado distinto al mayor valor ofertado, en consecuencia, generará un puntaje menor para el requerimiento en evaluación. El oferente obtendrá el puntaje máximo del requerimiento evaluado, toda vez que su valor ofertado sea igual al menor valor ofertado, del conjunto de las ofertas. Cada valor ofertado distinto al menor valor ofertado, en consecuencia, generará un puntaje menor para el requerimiento en evaluación.
DE LA ADJUDICACIÓN DE PROPUESTA
9.1 Criterios de Adjudicación Se adjudicará la propuesta a aquel proponente cuya oferta haya sido evaluada como la más ventajosa para los intereses de la institución, considerando los criterios de evaluación establecidos en las presentes Bases y conforme las facultades y prerrogativas establecidas en la normativa sobre contratos administrativos de suministro y prestación de servicios. 9.2Criterio para Dirimir Empates En caso que dos o más ofertas obtengan igual puntaje total, se resolverá el empate según los siguientes criterios: • Se seleccionará aquella oferta que presente el mejor puntaje en cumplimiento de la evaluación técnica. • Si subsistiese el empate, se seleccionará aquella oferta con mayor puntaje en capacidad y oportunidad • Si subsistiese el empate, se seleccionará aquella oferta con mayor puntaje en Experiencia del RRHH • Si subsistiese el empate, se seleccionará aquella oferta que ofrezca un menor precio. • Si subsistiese el empate, se seleccionará aquella oferta que presente el puntaje más alto en criterio ubicación (punto 8.4.3.4.) • En última instancia, se preferirá, fundadamente, la oferta que resulte más conveniente a los intereses de la institución, para lo cual se podrá recurrir a la información emanada desde el Registro de Proveedores del portal. 9.3.- Comunicación de la Adjudicación El Hospital Clínico Metropolitano de La Florida adjudicará la oferta mediante un acto administrativo, el cual tendrá plena vigencia una vez que se encuentre totalmente tramitado y notificado al adjudicatario y al resto de los oferentes a través de www.mercadopublico.cl. En dicho acto administrativo, se especificarán los criterios de evaluación aplicados, de acuerdo a lo establecido en las presentes Bases. Si no se adjudicase en el plazo indicado en el punto 5.6 de estas Bases, se avisará a través del Portal las razones de ello, indicando un nuevo plazo para la adjudicación o la decisión de declarar desierto. El Hospital Clínico Metropolitano de La Florida se reserva el derecho de declarar inadmisible las ofertas cuando no cumplieren con los requisitos exigidos en las presentes Bases. De igual manera, el HLF declarará desierta la licitación cuando no se presenten ofertas, o bien, cuando éstas no resulten convenientes a sus intereses. En todos los casos, los oferentes no tendrán derecho a indemnización alguna por estas circunstancias. La decisión de inadmisibilidad o de declaración de desierta, se efectuará por resolución fundada, que será publicada en www.mercadopublico.cl. 9.4.- Peticiones o Reclamos del Proponente Adjudicado Adjudicada la propuesta, no podrá el proponente formular petición o reclamo de ninguna especie fundado en el desconocimiento de estas Bases Administrativas, de las Bases Técnicas y los anexos; las cuales se entienden plenamente conocidas por el solo hecho de presentación de la oferta. 9.5.- De la Readjudicación El HLF podrá re adjudicar la licitación al oferente que siga en orden de prelación de acuerdo con el puntaje total obtenido, dejando sin efecto la adjudicación previa, haciendo efectiva la boleta de garantía de seriedad de la oferta, en los siguientes casos: 1. Si el contrato no se firma dentro del plazo estipulado por causas atribuibles al adjudicatario. 2. Si el adjudicatario no entrega la boleta de fiel cumplimiento del contrato dentro del plazo establecido. 3. Si el adjudicatario desiste de su oferta. 4. Si el adjudicatario es inhábil para contratar con el estado en los términos del artículo cuarto, incisos 1° y 6° de la Ley 19.886, o no proporciona los documentos que sean requeridos para verificar dicha condición o le sobreviene una inhabilidad. El HLF determinará si adjudica a la segunda oferta mejor evaluada o efectúa un nuevo llamado a licitación, emitiéndose para cada caso la respectiva resolución.
DEL CONTRATO
El oferente adjudicado estará obligado a firmar el contrato y entregar la garantía de fiel cumplimiento, dentro de los 15 días hábiles siguientes a la fecha de envío del contrato para firma del representante legal. La comunicación se realizará mediante la publicación de la respectiva resolución de adjudicación en portal www.mercadopublico.cl. El adjudicatario deberá cumplir con la inscripción en el registro de Chile proveedores dentro del mismo plazo antes señalado. La no inscripción configurará causal suficiente para declarar inadmisible la oferta. En tal caso se procederá según el 9.5. Cabe hacer presente que es responsabilidad del adjudicatario cumplir en tiempo y forma, con todas las exigencias antes descritas. 10.1. Plazo para suscribir el contrato El adjudicatario deberá firmar el contrato de que trata la presente licitación dentro del plazo indicado en el punto 5.4. De las bases. La comunicación se realizará mediante la publicación de la respectiva resolución de adjudicación en portal www.mercadopublico.cl, y si el Hospital lo estimase conveniente, también podrá enviarse una comunicación al domicilio, al fax o al correo electrónico de los proponentes, según Anexo N° 1. El adjudicatario deberá dentro del plazo de 10 días hábiles contados desde la publicación de la resolución de adjudicación, hacer llegar toda la documentación necesaria para la suscripción definitiva de su contrato e informar los datos del documento de garantía por Fiel cumplimiento de contrato, según el siguiente detalle: • Inscripción en el registro electrónico oficial de proveedores del Estado. El adjudicatario deberá cumplir con la inscripción en el registro de Chileproveedores dentro del plazo de 15 días hábiles contados desde la notificación de la adjudicación. La no inscripción configurará causal suficiente para dejar sin efecto la resolución de adjudicación respectiva. En tal caso se procederá al cobro de la garantía de seriedad de la oferta correspondiente y se llamará a sesionar nuevamente a la Comisión de Adjudicación con miras a readjudicar entre las siguientes ofertas válidas o declarar desierta la licitación según sea el caso. • Garantía de fiel y oportuno cumplimiento del contrato. Al momento de contratar, el proveedor adjudicado debe presentar garantía o caución para asegurar el fiel cumplimiento de contrato según monto y glosa, de acuerdo a lo establecido en las presentes bases. • Acreditación poderes del representante legal. Al momento de contratar, el proveedor adjudicado en el caso que fuera persona jurídica, deberá acreditar la vigencia de los poderes del representante legal a través de certificado de vigencia de poderes emitido por el Registro de Comercio o por la institución que corresponda, de data no superior a tres (3) meses contados desde la fecha en que deba suscribirse el contrato. • Declaraciones juradas. El oferente adjudicado, al momento de contratar, deberá presentar las siguientes declaraciones juradas: a) Declaración Jurada simple del oferente, firmada por el representante legal de la empresa o persona natural, según corresponda, en la cual se consigna haber estudiado, analizado y aceptado las bases de licitación como las respuestas otorgadas a las consultas y aclaraciones efectuadas durante el período de licitación. b) Declaración Jurada simple del representante legal de la empresa o persona natural, según corresponda, en la cual se consigne que no se encuentra vinculado por los vínculos de parentesco descritos en la letra B) del artículo 54 de la ley 18.575, que no se encuentra afecto a las inhabilidades establecidas en el artículo 4° de la ley Nº 19.886, ni ha sido condenado a pena de prohibición de celebrar actos y contratos con Organismos del Estado, de conformidad con la ley Nº 20.393. c) En el caso de una unión temporal de proveedores, los oferentes adjudicados que se unan de esta forma, deberán presentar la escritura que materialice la unión temporal de proveedores. Dicho documento deberá establecer la solidaridad entre las miembros de la unión temporal de proveedores y el nombramiento de un representante o apoderado común con poderes suficientes, además de tener una vigencia que no podrá ser inferior a la vigencia del contrato que se adjudica mediante el proceso licitatorio, incluyendo las renovaciones del mismo si existiesen, conforme a lo regulado en el art. 67 bis, del Reglamento de la ley N° 19.886 aprobado por el decreto Nº 250/2004 del Ministerio de Hacienda d) Enviar copia Física de resolución sanitaria notarial con el timbre “copia fiel del documento que he tenido a la vista”. • Cumplimiento de obligaciones laborales y previsionales. Además, al momento de firmar el contrato, el proponente adjudicado deberá presentar un certificado en que se acredite el cumplimiento de las obligaciones laborales y cotizaciones previsionales por parte del proveedor adjudicado para con sus trabajadores, éste deberá ser emitido por la Inspección del Trabajo o por empresas autorizadas para extender este tipo de certificados. En caso que el certificado arroje deudas o saldos insolutos de remuneraciones o cotizaciones previsionales, los primeros estados de pago producto del contrato licitado deberán ser destinados al pago de dichas obligaciones, debiendo el oferente adjudicado acreditar que la totalidad de las obligaciones se encuentran liquidadas al cumplirse la mitad del período de ejecución del contrato. El incumplimiento de esta obligación, como, asimismo, la falta de presentación de dicho certificado, habilitará al Hospital, para poner término al contrato y podrá llamar a una nueva licitación, sin que el oferente adjudicado pueda participar en este nuevo proceso. Cabe hacer presente que es responsabilidad del adjudicatario cumplir en tiempo y forma, con todas las exigencias antes descritas. En caso de no cumplir los requisitos, anteriormente mencionados, al momento de la suscripción del contrato, el Hospital se encontrará habilitado para adjudicar esta licitación al 2º mejor oferente, el que deberá acreditar dentro del plazo de 5 días hábiles desde notificado de la adjudicación que se encuentra inscrito en Chile Proveedores, y acreditar las mismas exigencias de los párrafos anteriores. En todo caso, El Hospital podrá declarar desierta la licitación, cuando las ofertas no resulten convenientes a sus intereses, en conformidad al artículo 9 de la Ley N° 19.886. 10.2. Contenido del Contrato Los contratos contendrán la declaración del adjudicatario de que se obliga a entregar el servicio objeto del contrato, por la suma alzada de su propuesta y con arreglo a las presentes Bases Administrativas, Bases Técnicas y Anexos. Se comprende dentro del objeto de la obligación y de la prestación del adjudicatario, todo lo señalado en su oferta, incluyéndose las eventuales capacitaciones necesarias para el personal. Contendrá dicho contrato todas y cada una de las cláusulas necesarias para su efectivo cumplimiento, y el detalle de las obligaciones de cumplimiento de plazos, de protocolos, de normas, etc. El incumplimiento de lo ofertado será considerado incumplimiento grave de las obligaciones contraídas en el contrato y podrá dar origen a su término, sin perjuicio de las acciones legales correspondientes que pueda ejercer el Hospital. Las cláusulas del respectivo contrato son aplicables tanto a las obligaciones principales, como las obligaciones accesorias y complementarias se cumplirán del modo natural que a ellas correspondieren. El adjudicatario será empleador único y exclusivo de su personal y por lo tanto, directamente responsable ante las autoridades administrativas y del trabajo, Tribunales de Justicia, organismos previsionales, y en general ante cualquier tercero, del cumplimiento fiel y oportuno de todas las obligaciones laborales y previsionales que le correspondan en dicha calidad y en general de todas y cada una de las obligaciones que nacen del contrato de trabajo, y de aquellas establecidas por el Código del Trabajo. El HLF podrá requerir en todo momento, información relativa al cumplimento de las obligaciones laborales y previsionales que le asisten al empleador respecto de sus trabajadores, y especialmente respecto de aquellos que estén involucrados directa o indirectamente en las prestaciones de que trata la presente licitación y el respectivo contrato. 10.3 Vigencia y Duración del Contrato El servicio entrará en vigencia a contar de la fecha de notificación al adjudicatario de la total tramitación de la resolución que lo apruebe, y su duración será de 36 meses contados desde su vigencia o hasta que se alcance un gasto de 999 UTM, lo que ocurra primero. No obstante, por razones de buen servicio la prestación podrá iniciarse antes de la total tramitación de la resolución antes indicada; sin perjuicio que el pago quede sujeto al cumplimiento de la notificación. 10.4 Modificación del Contrato Mediante Resolución fundada, el HLF podrá modificar el contrato en cualquiera de las situaciones que se señalan a continuación: a) Mutuo acuerdo entre los contratantes. b) Si así lo exigiera el interés público o la seguridad nacional. c) Aumentos o Disminuciones; durante la vigencia del contrato, el requerimiento podrá disminuir o aumentar hasta en un 30%, por motivos fundados, toda vez que se cuente con la disponibilidad presupuestaria para la prestación de servicios adicionales a los contratados en la presente licitación en caso de aumentos.
SANCIONES POR INCUMPLIMIENTO DE CONTRATO
Se pondrá término al presente convenio, por las causales que se señalan a continuación, sin perjuicio, de las causales establecidas en el artículo 77 del Reglamento de Ley Nº 19.886 de Bases Sobre Contratos Administrativos de Suministro y Prestación de Servicios, aprobado por el Decreto Nº 250/2004 del Ministerio de Hacienda. 12.1.1. Por mutuo acuerdo: las partes podrán poner término anticipado al contrato de mutuo acuerdo, de lo que se dejará constancia mediante acta o documento suscrito por ambas partes, en el que se estipulará que dicho término producirá sus efectos 30 días después de su suscripción. El término anticipado del contrato por esta causal será aprobado por resolución fundada totalmente tramitada. 12.1.2. Unilateralmente: el Hospital Clínico Metropolitano La Florida ante un incumplimiento del adjudicado, podrá unilateralmente declarar el término del contrato, en forma inmediata, sin forma de juicio y sin indemnización alguna a favor de la contraparte, en los casos que a continuación se detallan, si la causal es imputable al proveedor: 1. La aplicación de dos o más multas durante la vigencia del contrato. 2. El incumplimiento reiterado, considerándose como tal, el retardo, en más de tres oportunidades por causa imputable al proveedor de los plazos comprometidos en su propuesta. 3. Evaluación deficiente del proveedor emitida por el Hospital. 4. Cambio o modificación unilateral del precio ofertado, del producto, condiciones de su oferta, calidad, u otra condición establecida y aceptada por la Entidad. 5. Acumulación de multas por un monto equivalente a un 50% del valor del contrato. 6. Por situación de instrucción de una autoridad competente de la cual el Hospital dependa o deba acatar instrucciones, tales como del: Ministerio de Salud, Seremi de Salud, Instituto Salud Pública, ISP, entre otros. 7. Realización de actividades que pongan en riesgo al establecimiento y/o a sus funcionarios. 8. Incurrir en falsedad en la documentación presentada relativa al producto adjudicado. 9. Si el proveedor fuere declarado en quiebra o cayera en estado de notoria insolvencia. 10. Si falleciese el proveedor o se disolviese la empresa o perdiere su personalidad jurídica. En tal evento, se procederá a efectuar la liquidación del contrato determinando las obligaciones que quedasen. 11. Si el adjudicatario cede o transfiere total o parcialmente los derechos y obligaciones que nacen de la presente licitación, y en especial los establecidos en el contrato definitivo, salvo que una norma legal especial permita la cesión de derechos y obligaciones. Lo anterior, es sin perjuicio que los documentos justificativos de los créditos que emanen de estos contratos podrán transferirse de acuerdo a las normas del derecho común. 12. Si la persona jurídica ha sido condenada penalmente de conformidad a la Ley Nº 20.393. 13. Si el adjudicatario cede o subcontrata total o parcialmente el contrato. 14. Si el adjudicatario durante la vigencia del contrato, es condenado por prácticas antisindicales o infracción a los derechos fundamentales del trabajador, ejecutoriada o que cause ejecutoria dicha condena. 15. Las demás causales que se establezcan en la Ley Nº 19.886 y su normativa reglamentaria. Terminado que sea en forma anticipada el contrato, por causa imputable al proveedor, el Hospital queda facultado para hacer efectiva la Boleta de Fiel Cumplimiento de Contrato, sin que el adjudicatario tenga derecho a indemnización. 12.2 Sanciones Con el objeto de cautelar la calidad del servicio brindado, existirá como método de control la aplicación de dos tipos de sanciones: amonestación y multa. 12.2.1 Amonestación. Constituye un documento firmado por las partes, que deja constancia de cualquier falta menor y objetiva, cometida por el adjudicatario, y que en atención a su importancia, no está afecta a cobros pecuniarios, salvo que exista acumulación según se describe más adelante. 12.2.2 Multas. El HLF podrá aplicar y cobrar multas al adjudicatario por incumplimiento de sus obligaciones contractuales, previa calificación de las circunstancias y resolución fundada de su Director, por el monto que se indica y según las causales que se detallan a continuación: i) Inicio del servicio: Se aplicará una multa por cada semana de atraso en el inicio del servicio, contado desde que la fecha de solicitud del primer examen por parte del referente técnico. ii) Falta gravísima: importa incumplimiento grave del contrato celebrado y puede llevar asociada la terminación anticipada del mismo sin forma de juicio y hacer efectiva la garantía indicada en las presentes bases, sin perjuicio de las acciones legales y cobro de indemnizaciones a que hubiese lugar. a) Conductas que conlleven falta o falla que atente directa o indirectamente, contra la integridad física o moral de pacientes y/o funcionarios, tanto el adjudicatario y/o su personal. (por ejemplo daño doloso o negligente al paciente y/o funcionarios; maltrato físico o verbal al paciente y/o funcionarios; robo o hurto a pacientes y/o funcionarios, etc.) b) Conductas que impliquen condiciones sanitarias deficientes, de acuerdo a normas de infecciones intrahospitalarias o que obstruyan la atención y/o calidad del servicio. c) Incurrir en 3 (tres) faltas graves dentro de un plazo de 12 (doce) meses, contados desde la comisión de la primera falta grave. iii) Falta grave: será aquella con la cual se ponga en riesgo o se afecte directamente a las personas o limite significativamente la atención y calidad del servicio, pero que sea posible de ser corregida. d) Conductas que conlleven incumplimiento de los tiempos de toma del examen y/o entrega del informe correspondiente según procedimiento establecido en las bases. e) Conductas que conlleven incumplimiento de los protocolos de atención y/o seguridad definidos con el Hospital. (Por ejemplo aviso inoportuno de causal de fuerza mayor o caso fortuito que impida la adecuada ejecución de los servicios, se estima inoportuno si el aviso es dado con 8 horas o menos de antelación a los servicios solicitados; incumplimiento en tiempo y forma con los informes clínicos y/o administrativos solicitados por el Hospital.) f) Incurrir en 3 (tres) faltas leves dentro de un plazo de 12 (doce) meses, contados desde la comisión de la primera falta leve. iv) Falta leve: importa incumplimiento del contrato que no origina riesgos a las personas o daño a los bienes del Hospital o a su imagen. a) Acumulación de dos amonestaciones dentro de un período de dos meses CARÁCTER SANCIÓN DESCRIPCIÓN GRAVÍSIMA 20 UTM Se aplicará sanción por cada una de las faltas descritas en el numeral 12.2.2.ii. La aplicación de la sanción, faculta al HLF para poner fin anticipado al contrato. GRAVE 10 UTM Se aplicará sanción por cada una de las faltas descritas en el numeral 12.2.2.iii. La aplicación de 3 (tres) multas de carácter graves dentro de 12 meses se considerará para efectos de la evaluación del adjudicatario, equivalente a 1 (una) multa de carácter gravísima LEVE 3 UTM Se aplicará sanción por cada una de las faltas descritas en el numeral 12.2.2.iv. La aplicación de 3 (tres) multas de carácter leves dentro de 12 meses se considerará para efectos de la evaluación del adjudicatario, equivalente a 1 (una) multa de carácter grave. La acumulación de 2 (dos) amonestaciones dentro de 2 meses se considerará para efectos de la evaluación del adjudicatario, equivalente a 1 (una) multa de carácter leve INICIO DEL SERVICIO 3 UTM Se aplicará sanción por cada semana de atraso en el inicio del servicio según se describe en el numeral 12.2.2.i. Ante cualquier falta cometida por el adjudicatario, el referente técnico informará por escrito al administrador del contrato, quien enviará un informe a la Dirección del Hospital. Dicho informe contendrá los hechos denunciados y comprobados por el referente técnico, más cualquier otro antecedente que le permita a la Dirección HLF determinar si la situación o condición denunciada da lugar a la aplicación de una multa. Si la Dirección estima que la situación es de aquellas considerada como causal para la aplicación de una multa, la pondrá en conocimiento del proveedor, por escrito, a fin de que manifieste sus descargos y una propuesta de solución en el término de 05 días hábiles. Si aquella propuesta no fuere cumplida o fuere insuficiente, se aplicará la multa dictando la respectiva resolución, que indicará la causa que motiva la aplicación de la multa, el valor de la misma y la forma de su pago. De lo anterior se informará a la Dirección de Compras y Contratación Pública, a objeto de incorporarlo al Registro de Proveedores. En la resolución que aplique la multa, deberá informarse al multado de los recursos administrativos que proceden en contra de dicha resolución, de conformidad a la Ley N° 19.880 que establece Bases de los Procedimientos Administrativos que rigen los Actos de los Órganos de la Administración del Estado. Dicha resolución se notificará mediante carta certificada. El HLF podrá cobrar las multas directamente al adjudicatario o retener su monto al momento del pago de las facturas. En este último caso, se descontarán administrativamente del pago de las facturas que no hayan sido pagadas por el HLF. Serán descontadas del pago, no de la factura, es decir, el proveedor deberá facturar por el total sin descontar las multas que se le aplicasen. Estas serán descontadas al momento de girar el pago respectivo por parte de la Unidad Financiera del Hospital La Florida.
Del Pago
La obligación de pago por parte del Hospital La Florida se perfeccionará a partir de la recepción completa, conforme y sin observaciones del servicio brindado, que debe constar en el respectivo Informe de Visación Técnica suscrito por el referente técnico, documento que dará origen a la Orden de Compra correspondiente. Una vez emitida esta, el proveedor podrá facturar. Además de la Factura y del Formulario 30 “Solicitud de Certificado de Antecedentes Laborales y Previsionales”, momento en el cual se inicia el término fijado para el pago. Para acreditar los servicios realizados en forma efectiva, a mes vencido, el proveedor deberá presentar a la Unidad de Convenios Clínicos, un listado con el resumen mensual de las prestaciones realizadas que deberá contener a lo menos la siguiente información: - Fecha de la prestación realizada en formato día/mes/año, acompañado de las correspondientes Interconsultas (IC) - Nombre del profesional que efectivamente realizó la prestación de servicio - Total de prestaciones realizadas en el mes a facturar. El pago de facturas se efectuará en un plazo no superior a 30 días hábiles, contados desde la recepción de los documentos antes indicados, conforme a lo establecido en la Glosa 02 e) de la Ley de Presupuesto del Sector Salud. Lo anterior se funda en los plazos existentes, considerando los procesos administrativos de la institución. En caso que falte algún documento o la factura presente algún error, el HLF dispondrá de 8 días para reclamar la factura en el SII. Éste dispondrá de 10 días hábiles para subsanar los errores, emitiendo una nota de crédito por la factura reclamada y la refacturación correspondiente. La nueva factura, sufrirá el mismo trámite formal que el documento original, cuyo pago lo realizará la Tesoreria General de la República. En caso que el Proveedor registre saldos insolutos de remuneraciones o cotizaciones de seguridad social con sus actuales trabajadores o con trabajadores contratados en los últimos dos años, aplicará lo estipulado en el artículo 4º de la Ley 19.886.”
BASES TÉCNICAS
1. OBJETIVO El HLF requiere contratar el “SERVICIO DE CINTIGRAMAS ÓSEOS Y DENSITOMETRÍAS ÓSEAS”, mediante un proveedor que demuestre la experiencia y especialidad necesaria para la realización de los objetivos propuestos, siendo indispensable disponer en forma constante, continua y permanente de los servicios necesarios para responder adecuadamente a los requerimientos del Hospital Clínico Metropolitano de La Florida. 2. CONDICIONES GENERALES El Servicio de Cintigrafías y Densitometrías que se licita, tiene por finalidad contar con un servicio de toma de exámenes de cintigramas óseos, realizado por un profesional Tecnólogo Médico acreditado, en dependencias de quien se adjudique la licitación - y posterior emisión del correspondiente informe realizado por un médico especialista en imagenología acreditado, para pacientes institucionales del Hospital Clínico La Florida, servicio que debe contar con productos y equipamiento de calidad, y ser oportuno para cubrir las prestaciones clínicas que se deba realizar este establecimiento hospitalario. La entrega del resultado del examen se acordará con el referente, la Unidad de Gestión del Paciente podrá solicitar copias de resultado si se requiere. Así mismo, el adjudicatario debe enviar mensualmente a la Unidad de Gestión del Paciente del Hospital La Florida, una nómina de los exámenes tomados, con sus resultados diagnósticos, con el objeto que esta información pueda ser ingresada a la Ficha Electrónica de los pacientes, en el sistema que posee el Hospital La Florida. Se estima una demanda: Procedimiento Cantidad Estimada Cintigrafías 20 mensual Densitometrías 15 anual Cabe señalar que por ser esta una cantidad estimada, no constituye este número una obligación o compromiso de consumo. 3.- OTRAS OBLIGACIONES Y RESPONSABILIDADES DEL ADJUDICATARIO Dentro de las principales obligaciones y responsabilidades del adjudicatario se citan las siguientes: 3.1 Durante toda la vigencia del contrato, el adjudicatario deberá contar con todos los implementos, equipos, medicamentos, insumos clínicos, y accesorios ajustados a normas técnicas y de calidad vigente. Además, el médico y tecnólogo médico deben ser idóneos y calificados para ejecutar el servicio requerido. 3.2 En caso que haya alguna modificación en el equipo humano del oferente, este deberá informarlo al administrador de contrato, dentro de las 48 horas hábiles anteriores al cambio. El adjudicatario a través de su interlocutor, presentará a cualquier nuevo integrante de su equipo humano, adjuntando su curriculum vitae y certificados atingentes. 3.3 El adjudicatario contará con el plazo máximo ofertado en Anexo N° 7, para tomar e informar el examen solicitado por la parte médica del Hospital, contado desde que la Unidad de Gestión del Paciente del Hospital La Florida les informó del requerimiento. 3.4 El adjudicatario es el único responsable (a su entero cargo y costo), de todas las actividades de mantenimiento preventivo y correctivo que deba realizarse a sus equipos, así como de la reposición de los equipos defectuosos. 3.5 El proponente debe otorgar la prestación con sujeción a la reglamentación administrativa, técnica y de seguridad que rige al Sector Salud y al Hospital La Florida. 3.6 Deberá velar por el cumplimiento de las disposiciones locales sobre asepsia, antisepsia y demás normas técnicas con el objeto de prevenir infecciones intrahospitalarias. 3.7 El adjudicatario deberá hacerse responsable de la correcta identificación de su personal. El personal deberá estar correctamente uniformado con su identificación visible, y tener un trato cortés y respetuoso tanto con los pacientes, sus familiares como con el personal del Hospital. 4.- DE LAS OBLIGACIONES Y RESPONSABILIDADES DEL HOSPITAL 4.1 El Hospital pondrá a disposición del adjudicatario, todos los recursos que sean necesarios para la ejecución del Servicio. 4.2 El Hospital se obliga a cumplir con la Ley Nº 20.584 que regula los derechos y deberes que tienen las personas en relación con acciones vinculadas a su atención en salud. 4.3 El Hospital se obliga a guardar confidencialidad de los antecedentes clínicos de los pacientes. 5. OTROS INFORMES Al inicio del contrato, las partes podrán acordar además de los listados de prestaciones, algunos informes de gestión o de otro tipo a requerir por la administración del contrato, para esto se definirá su objeto, alcance y periodicidad.
10. Demandas ante el Tribunal de Contratación Pública
No cuenta con demandas ante el Tribunal de Contratación Pública.