1.- OBJETO DE LAS BASES |
Las presentes bases de licitación son formuladas para establecer la regulación del proceso de adquisición del
SERVICIO DE CATRES QUIRÚRGICOS PARA EL HOSPITAL DE LA FLORIDA, y reglamentan entre otros aspectos
las condiciones que deben cumplir las ofertas, las etapas del proceso licitatorio, su forma de evaluación y
adjudicación, las condiciones de los contratos, y todos los aspectos necesarios para el correcto proceso de
adquisición.
Cabe hacer presente que el servicio asociado a esta adquisición, debe ajustarse a las especificaciones de estas
bases.
No podrá el proveedor ofertar complementos, extras, ni accesorios no contemplados en los requerimientos
de estas Bases. Cualquier extra no requerido no será considerado en la evaluación.
El servicio solicitado, así como el monto estimado de gasto, se encuentra detallado en las bases Técnicas de
licitación.
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2.- DISPOSICIONES PRELIMINARES |
2.1.- De los oferentes
Podrán participar en esta licitación las personas naturales o jurídicas, chilenas o extranjeras que realicen sus
ofertas a través del sistema de información www.mercadopublico.cl. Del mismo modo podrán participar en
el presente proceso, las personas naturales y/o jurídicas que decidan asociarse a través de la unión temporal
de proveedores, regulada en el artículo 67 bis del Decreto Nº 250 del 2004 del Ministerio de Hacienda, que
aprueba el reglamento de la Ley Nº 19.886.
Tratándose de personas naturales o jurídicas extranjeras, deberán al momento de contratar contar con
agencia y domicilio en Chile, con un representante con mandato y poder suficiente para contratar a nombre
del mandante, y para responder de las obligaciones que emanen del contrato respectivo, de acuerdo a la
normativa vigente, y sin perjuicio de las normas que sobre el particular establezcan tratados o convenios
internacionales vigentes suscritos por Chile y por el país de origen de dicha persona natural o jurídica.
Para estos efectos, la documentación que deberá exigirse a las empresas extranjeras, se hará conforme a lo
dispuesto en la ley N°20711, en caso de ser ello procedente.
En cuanto a la aplicabilidad de los Tratados Internacionales a los que se hace alusión en este apartado, será
pertinente en la medida que tales instrumentos hayan sido suscritos y ratificados por Chile.
Todo Proponente u Oferente interesado en presentar Oferta deberá estudiar cuidadosamente las Bases
Administrativas y Técnicas, debiendo informarse de todas las condiciones que de alguna manera afecten el
costo de los bienes y/o servicios ofertados, tales como permisos que deben obtenerse, leyes o reglamentos
que puedan ser aplicables, entre otros. Cualquier omisión por parte del Oferente, será a su propio riesgo y
sólo él será responsable de los errores u omisiones en que incurra. El Proponente sufragará todos los costos
relacionados con la preparación y presentación de su oferta. El Hospital no será responsable en caso alguno
de dichos costos, cualquiera sea el resultado de la Licitación.
2.2.- Unión temporal de los proveedores
Se entenderá como unión temporal de proveedores, si dos o más proveedores se unen para el efecto de
participar en un proceso de compra, deberán establecer, en el documento que formaliza la unión, a lo menos,
la solidaridad entre las partes respecto de todas las obligaciones que se generen con la Entidad y el
nombramiento de un representante o apoderado común con poderes suficientes.
Cuando se trate de adquisiciones inferiores a 1.000 UTM, el representante de la unión temporal de
proveedores deberá adjuntar al momento de ofertar, el documento público o privado que da cuenta del
acuerdo para participar de esta forma.
Para contrataciones iguales o superiores al monto indicado, y sin perjuicio del resto de las disposiciones legales
y reglamentarias que resulten aplicables, el acuerdo en que conste la unión temporal deberá materializarse
por escritura pública, como documento para contratar, sin que sea necesario constituir una sociedad.
Si la Entidad exige la inscripción en el Registro de Proveedores para suscribir el contrato, cada proveedor de
dicha unión temporal deberá inscribirse.
Al momento de la presentación de las ofertas, los integrantes de la Unión determinarán qué antecedentes
presentarán para ser considerados en la evaluación respectiva, siempre y cuando lo anterior no signifique
ocultar información relevante para la ejecución del respectivo contrato que afecte a alguno de los integrantes
de la misma.
La vigencia de esta unión temporal de proveedores no podrá ser inferior a la del contrato adjudicado.
2.3.- Inhabilidades para participar en la Licitación y/o Contratar
No podrán participar como oferentes, ni contratar con el estado, las personas naturales o jurídicas, nacionales
o extranjeras, afectos a alguna de las prohibiciones, inhabilidades o incompatibilidades para contratar con
órganos y organismos de la Administración del Estado, contempladas en los incisos 1º y 6º respectivamente
del artículo 4º de la Ley Nº 19.886, de Bases sobre Contratos Administrativos de Suministro y Prestación de
Servicios y su normativa complementaria.
Tampoco podrán contratar quienes hayan sido condenados, a esta inhabilidad, por el Tribunal de Defensa de
la Libre Competencia en conformidad con lo dispuesto en el inciso segundo del artículo 26, letra d), del DFL
N° 1, de 2004, del Ministerio de Economía, Fomento y Reconstrucción, que fijó el texto refundido, coordinado
y sistematizado del DL N° 211, de 1973, que fijó normas para la defensa de la libre competencia
Tratándose de personas jurídicas, además, no deben haber sido condenadas a pena de prohibición de celebrar
actos y contratos con organismos del Estado, de conformidad con la Ley N° 20.393, que establece la
Responsabilidad Penal de las Personas Jurídicas en los Delitos de Lavado de Activos, Financiamiento del
Terrorismo y Delitos de Cohecho que Indica.
Tratándose de la unión temporal de proveedores, cualquiera de las causales de inhabilidad para la
presentación de las ofertas, para la formulación de la propuesta o para la suscripción de la convención,
establecidas en la legislación vigente, afectarán a cada integrante de la Unión individualmente considerado.
En caso de afectar una causal de inhabilidad a algún integrante de la Unión, ésta deberá decidir si continuará
con el respectivo procedimiento de contratación con los restantes integrantes no inhábiles de la misma o se
desiste de su participación en el respectivo proceso.
Todo lo anterior, aun cuando, cumplan con los requisitos técnicos establecidos en las presentes bases de
Licitación.
2.4.- Aceptación del contenido de las bases
Los oferentes por el sólo hecho de presentarse a la Licitación aceptan y se entenderán en cabal conocimiento
de estas Bases, así como también de las características de la provisión de los bienes que se requieren y de las
Modificaciones de Bases y aclaraciones publicadas en su oportunidad, por el solo hecho de presentar sus
ofertas, por lo que se declaran conformes con ellas y no tienen reservas ni observaciones que formular,
debiendo ajustarse a ellas en todo momento.
2.5.- Presentación de documentos
El idioma español regirá para todo el proceso de Licitación, para todos los documentos asociados y aquellos
que posteriormente origine la materialización de la adjudicación.
Todos los antecedentes y formularios deberán ser anexados a la respectiva oferta presentada en idioma
español, en formatos digitales utilizando para estos efectos Word (como procesador de textos), Excel (planilla
electrónica) e imágenes digitalizadas en formatos PDF.
Para estos efectos, la documentación que deberá exigirse a las empresas extranjeras, se hará conforme a lo
dispuesto en la ley N°20711, en caso de ser ello procedente.
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3.- ANTECEDENTES QUE RIGEN EL PROCESO DE COMPRA |
Junto a la Ley N° 19.886 de Bases sobre Contratos Administrativos de Suministro y Prestación de Servicios y al
Decreto N° 250 de fecha 09 de marzo de 2004, del Ministerio de Hacienda y sus modificaciones, forman parte
integrante de los documentos de la presente licitación los que a continuación se señalan, los cuales regirán
de forma obligatoria y complementaria, y en caso de discrepancia prevalecerán en el orden de prelación que
se indica:
• Las presentes Bases Administrativas, Bases Técnicas, Anexos y sus modificaciones
• Las Respuestas y/o Aclaraciones realizadas en esta licitación.
• Los antecedentes económicos, técnicos y administrativos presentados por el oferente adjudicado.
• Ley 20.584, que Regula Los Derechos y Deberes que tienen las Personas en relación con acciones
vinculadas a su atención de salud.
• Normas de Derecho Público
• Normas de Derecho Privado
Lo anterior, es sin perjuicio de la facultad interpretativa de la Contraloría General de la República y del Tribunal
de Contrataciones Públicas.
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4.- DEFINICIÓN DE TÉRMINOS |
Se aplicarán en las presentes Bases Administrativas, Bases Técnicas y en los Anexos, los términos y definiciones
establecidos en la Ley N° 19.886, de Bases sobre Contratos Administrativos de Suministro y Prestación de
Servicios y en el Decreto N° 250 de 2004 del Ministerio de Hacienda que aprueba el Reglamento de la Ley
19.886, y sus modificaciones, más los que a continuación se indican:
• Hospital Clínico Metropolitano La Florida Dra. Eloísa Díaz Insunza Hospital La Florida u Hospital o HLF:
Establecimiento asistencial de alta complejidad, RUT 65.075.485-9, ubicado en Av. Froilán Roa Nº 6542,
comuna La Florida, Santiago de Chile.
• Días Hábiles: Son todos los días de la semana, excepto los sábados, domingos y festivos.
• Días Corridos: Son los días de la semana que se computan uno a uno en forma correlativa. Salvo que se
exprese lo contrario, los plazos de días señalados en las presentes bases de licitación podrán ser de días
corridos. En todos los casos, el plazo de cierre para la recepción de ofertas no podrá vencer en días
inhábiles ni en un día lunes o en un día siguiente a un día inhábil, antes de las quince horas. Todos los
plazos de días que se haga mención en las presentes bases se entenderán que han de ser completos y
correrán además hasta la media noche del último día del plazo. Lo anterior, salvo en aquellos casos en que
se indique hora exacta, y siempre y cuando se respeten los plazos mínimos legales establecidos por el
ordenamiento jurídico
• Horario hábil: corresponde al horario que se extiende de lunes a jueves desde las 8:00 a las 17:00 horas y
viernes desde las 8:00 a las 16:00 horas.
• Mantención: Conjunto de acciones que permiten mantener o restablecer un bien a un estado especificado
o en capacidad de asegurar un servicio determinado.
• Mantención Preventiva: Corresponde a la verificación en terreno del funcionamiento del equipo, por
parte de un técnico especialista de la empresa proveedora, sobre la base de protocolos definidos y cuya
finalidad es adelantarse a posibles desperfectos o fallas que ocasionen mayores costos o mayores tiempos
de detención de funcionamiento del equipo.
• Mantención Correctiva: Corresponde a la verificación en terreno del funcionamiento del equipo, por parte
de un técnico especialista de la empresa proveedora, sobre la base que este se origina a partir de la
detección de una falla del mismo por parte de usuario y que tiene como objetivo la reparación de los
equipos de manera de corregir sus desperfectos.
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5.- DISPOSICIONES GENERALES |
5.1-Comunicaciones
Cualquier comunicación que deba realizar el Hospital a los proponentes, la publicará en el portal
www.mercadopublico.cl. Así mismo, cualquier comunicación que los proponentes requieran realizar al
Hospital deberá ser a través de igual medio.
5.2.- Consultas a los Antecedentes de la Licitación.
El oferente que tenga dudas respecto de la licitación debe efectuar sus consultas única y exclusivamente a
través del Foro del Sistema de Información y de acuerdo al plazo del numeral 5.4 de las presentes bases. No
se atenderá ni aceptará ningún tipo de consulta por otro medio.
Las consultas que se reciban pasada esa fecha, no obtendrán respuesta.
En las consultas, se deberá indicar la página y punto de las bases y/o el número del anexo objeto de la consulta.
Se considerará que estas aclaraciones formarán parte integral de las bases y por tanto se presumen conocidas
y su aplicación obligatoria para todos los oferentes.
El conocimiento del contenido de las aclaraciones emanadas del Hospital La Florida, es de exclusiva
responsabilidad de los oferentes.
5.3.- Entrega de Respuestas y Aclaraciones a los Antecedentes de la Licitación
Las respuestas a las consultas se publicarán en www.mercadopublico.cl en un solo documento, a todos los
proponentes que participen en la licitación, en el plazo señalado en el numeral 5.4 de las presentes bases.
Se considerará que estas aclaraciones formarán parte integral de las bases y por tanto se presumen conocidas
y su aplicación obligatoria para todos los oferentes.
El conocimiento del contenido de las aclaraciones emanadas del Hospital La Florida, es de exclusiva
responsabilidad de los oferentes.
5.4.- Cronograma de la Licitación
Para los efectos de esta licitación se establece el siguiente cronograma:
Publicación de Bases
de Licitación
Las Bases se encontrarán publicadas durante 10 días corridos, desde la fecha
que se suban al portal www.mercadopublico.cl hasta el día de cierre de las
ofertas.
Consultas de las Bases El oferente podrá hacer consultas sobre las Bases de Licitación, hasta las 23:59
horas del tercer día corrido contado desde la publicación de éstas y sólo a través
de www.mercadopublico.cl.
Respuestas y
Aclaraciones
Se dará respuesta a las consultas de las Bases, el quinto día corrido contado
desde la publicación de Bases, a través de www.mercadopublico.cl
Si el quinto día fuere sábado, domingo o festivo, el plazo se extenderá hasta el
primer día hábil siguiente.
Cierre de recepción de
las ofertas
Los oferentes podrán presentar sus ofertas hasta el décimo día corrido contado
desde la publicación de bases hasta las 16 horas, a través de
www.mercadopublico.cl, De acuerdo con lo preceptuado en el inciso penúltimo
del artículo 25 del decreto N° 250, de 2004, no podrá vencer en días inhábiles o
en un día lunes o en un día siguiente a un día inhábil antes de las 15:00 hrs.
Si el décimo día fuere sábado, domingo o festivo, el plazo se extenderá hasta el
primer día hábil siguiente.
Apertura de las ofertas El acto de Apertura se efectuará a través de www.mercadopublico.cl. La apertura
se realizará desde las 16:01 hrs de la fecha del cierre de las ofertas y hasta los
tres días hábiles siguientes al cierre.
Evaluación de
admisibilidad
La evaluación de admisibilidad se realizará en la apertura de las ofertas y
consistirá en la revisión de todos los documentos y anexos obligatorios
publicados por los oferentes, exigidos en bases de licitación, junto a la
verificación de la entrega física o electrónica del documento en garantía de la
seriedad de la oferta (si se ha solicitado en el proceso licitatorio). Todo, sin
perjuicio ni limitación a que, con posterioridad, pueda detectarse una causal de
inadmisibilidad en la presentación de algún oferente durante la etapa de
evaluación Administrativa, Técnica y Económica.
Evaluación
Administrativa,
Técnica y Económica
de las Ofertas
La evaluación Administrativa, Técnica y Económica de las ofertas se realizará
desde el día hábil siguiente de la evaluación de admisibilidad y no podrá exceder
de diez días hábiles.
Adjudicación La adjudicación de la Licitación se realizará dentro de los diez días hábiles
contados desde el término de la evaluación.
Suscripción del
contrato
El oferente adjudicado, cuando corresponda, estará obligado a firmar el
contrato, dentro de los 5 días hábiles siguientes al envío del contrato.
Es menester señalar, que la presente licitación corresponde a un servicio de simple y objetiva especificación,
y por esta razón, conlleva un esfuerzo menor la preparación de ofertas por parte de los proveedores, por lo
tanto el plazo entre el llamado y el cierre de la recepción de las ofertas, se ha reducido conforme lo
dispuesto en el artículo 25 del Decreto N° 250 de 2004, del Ministerio de Hacienda que aprueba Reglamento
de la Ley Nº 19.886, de Bases sobre Contratos Administrativos de Suministro y Prestación de Servicios.
5.5.- Modalidad de Propuesta
Las propuestas se presentarán a través de www.mercadopublico.cl en pesos, con valores mensuales sin IVA.,
y según la cantidad solicitada del servicio. Además, se deberán presentar todos los anexos solicitados los
cuales deberán tener al servicio requerido claramente identificado.
Los valores ofertados deberán incluir todos los gastos en los que incurra el adjudicatario hasta su total
recepción conforme, comprendiéndose entre ellos, por ejemplo, los relativos a capacitación, mantenimiento,
accesorios, fletes incluidos, derechos, patentes, legalización de documentos, etc.
Los oferentes podrán presentar una sola oferta o bien una oferta principal y otra alternativa.
5.6.- Ofertas Alternativas
Los proponentes podrán presentar una oferta alternativa, la que será estudiada por el Hospital como una
oferta más. La oferta alternativa deberá ser identificada en el Portal Mercado Público como “Oferta
Alternativa”.
5.7.- Validez de las Ofertas
Las ofertas deberán tener una validez mínima de 180 días corridos, contados desde la fecha de cierre de las
ofertas. La oferta cuyo período de validez sea menor al requerido, dará causa a declararla inadmisible. Si nada
señala la oferta, se entenderá que la oferta tiene una validez de 180 días corridos para todos los efectos. Lo
anterior, sin perjuicio de que se efectuará la revisión de la totalidad de los antecedentes contenidos en la
oferta, de acuerdo al artículo 9 de la Ley N° 19.886.
Vencido este plazo, y si no se hubiere realizado la adjudicación, el Hospital podrá solicitar a los proponentes
la prórroga de sus ofertas y garantías. Los proponentes podrán ratificar sus ofertas o retirarlas, formalizando
su decisión mediante comunicación escrita dirigida al Director del Hospital y la entrega de nueva garantía la
cual deberá hacerse llegar a en oficinas de la Unidad de Licitaciones.
La comunicación se realizará a través de correo electrónico, al correo indicado por el oferente en el ANEXO
N°1. El oferente tendrá el plazo de 5 días hábiles para responder y entregar nueva garantía. De no recibir
respuesta se entenderá que el oferente no tiene interés en continuar.
Desde el día siguiente hábil contado de la comunicación del oferente de no perseverar en la propuesta, o
vencido el plazo de respuesta sin que el oferente se pronuncie al respecto, se pondrá a disposición de los
proponentes para su devolución la garantía a aquellos que no accedan a la prórroga.
5.8.- Garantía de Seriedad de la Oferta
En este proceso no se solicitará Garantía de Seriedad de la oferta.
5.9.- Modificación de las Bases
En cualquier momento, antes del cierre de recepción de ofertas, el Hospital podrá introducir modificaciones
a los documentos de licitación por medio de un acto administrativo publicado a través del portal electrónico
www.mercadopublico.cl, si estima que ello resulta esencial para los fines y/o correcto desarrollo del proceso
licitatorio.
En caso de que lo anterior ocurra, el Hospital La Florida podrá otorgar un plazo prudencial a los oferentes para
que puedan conocer y adecuar sus ofertas a las modificaciones introducidas, pudiendo modificar la fecha de
cierre para estos efectos, lo cual será informado por el portal Mercado Público junto con las modificaciones,
una vez que el acto administrativo que las aprueba se encuentre totalmente tramitado.
En el evento de modificarse la fecha de cierre, el plazo para ofertar se ampliará en la cantidad de días que se
señale en www.mercadopublico.cl.
Es exclusiva responsabilidad del Proponente la revisión del Portal, con el objeto de informarse sobre lo
expuesto en este punto y en el punto 5.3. Así mismo, es obligación del oferente, una vez cerrada la
presentación de ofertas, revisar el Foro Inverso y responder las aclaraciones que se le soliciten por esta vía.
5.10.- Pacto De Integridad
El oferente declara que, por el sólo hecho de participar en la presente licitación, acepta expresamente el
presente pacto de integridad, obligándose a cumplir con todas y cada una de las estipulaciones contenidas en
el mismo, sin perjuicio de las que se señalen en el resto de las bases de licitación y demás documentos
integrantes. Especialmente, el oferente acepta el suministrar toda la información y documentación que sea
considerada necesaria y exigida de acuerdo a las presentes bases de licitación, asumiendo expresamente los
siguientes compromisos:
1. El oferente se obliga a no ofrecer ni conceder, ni intentar ofrecer o conceder, sobornos, regalos, premios,
dádivas o pagos, cualquiera fuese su tipo, naturaleza y/o monto, a ningún funcionario público en relación
con su oferta, con el proceso de licitación pública, ni con la ejecución de él o los contratos que
eventualmente se deriven de la misma, ni tampoco a ofrecerlas o concederlas a terceras personas que
pudiesen influir directa o indirectamente en el proceso licitatorio, en su toma de decisiones o en la
posterior adjudicación y ejecución del o los contratos que de ello se deriven.
2. El oferente se obliga a no intentar ni efectuar acuerdos o realizar negociaciones, actos o conductas que
tengan por objeto influir o afectar de cualquier forma la libre competencia, cualquiera fuese la conducta
o acto específico, y especialmente, aquellos acuerdos, negociaciones, actos o conductas de tipo o
naturaleza colusiva, en cualquiera de sus tipos o formas.
3. El oferente se obliga a revisar y verificar toda la información y documentación, que deba presentar para
efectos del presente proceso licitatorio, tomando todas las medidas que sean necesarias para asegurar la
veracidad, integridad, legalidad, consistencia, precisión y vigencia de la misma.
4. El oferente se obliga a ajustar su actuar y cumplir con los principios de legalidad, ética, moral, buenas
costumbres y transparencia en el presente proceso licitatorio.
5. El oferente manifiesta, garantiza y acepta que conoce y respetará las reglas y condiciones establecidas en
las bases de licitación, sus documentos integrantes y él o los contratos que de ellos se derivase.
6. El oferente se obliga y acepta asumir, las consecuencias y sanciones previstas en estas bases de licitación,
así como en la legislación y normativa que sean aplicables a la misma.
7. El oferente reconoce y declara que la oferta presentada en el proceso licitatorio es una propuesta seria,
con información fidedigna y en términos técnicos y económicos ajustados a la realidad, que aseguren la
posibilidad de cumplir con la misma en las condiciones y oportunidad ofertadas.
8. El oferente se obliga a tomar todas las medidas que fuesen necesarias para que las obligaciones
anteriormente señaladas sean asumidas y cabalmente cumplidas por sus empleados y/o dependientes y/o
asesores y/o agentes y en general, todas las personas con que éste o éstos se relacionen directa o
indirectamente en virtud o como efecto de la presente licitación, incluidos sus subcontratistas, haciéndose
plenamente responsable de las consecuencias de su infracción, sin perjuicio de las responsabilidades
individuales que también procediesen y/o fuesen determinadas por los organismos correspondientes.
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6.- DE LAS PROPUESTAS |
Es responsabilidad de los oferentes presentar sus propuestas en tiempo y forma, es decir, en el plazo fijado
en el numeral 5.4 y con toda la información requerida en las presentes bases, de manera tal que permita una
evaluación objetiva, certera, entendible y transparente de todas y cada una de ellas.
Los archivos, documentos y/o anexos, que constituyan la oferta y que deben publicarse en el portal
www.mercadopublico.cl por el oferente, deben ingresarse al portal con el nombre asignado en estas bases,
de modo que sean fácilmente identificables para el evaluador, ejemplo: Anexo Nº02 Declaración Jurada.
Debe respetarse dicha fórmula de nomenclatura y el formato electrónico de cada anexo, a fin de facilitar la
identificación de los documentos y el proceso de evaluación, es decir deberá incorporarse con la mencionada
formula de nomenclatura y en el formato electrónico en el que originalmente figura el anexo (Excel, Word u
otro).
Los anexos Nº01 y 02 se deben presentar uno por cada oferente, es decir, si un oferente presenta oferta
alternativa, no es necesario ingresarlos por cada una de las ofertas.
La no presentación de cualquiera de los Anexos señalados como OBLIGATORIOS, hará inadmisible la oferta.
Lo anterior, sin perjuicio de que se efectuará la revisión de la totalidad de los antecedentes contenidos en la
oferta, de acuerdo al artículo 9 de la Ley N° 19.886.
Los antecedentes solicitados en la presente licitación deben subirse a las carpetas disponibles del proceso en
www.mercadopublico.cl, agrupadas según se señala a continuación:
CARPETA ADMINISTRATIVA.
ANEXO
NOMBRE ANEXO
DESCRIPCIÓN ANEXO
01
PRESENTACIÓN DEL
OFERENTE
Documento en el cual el oferente indica información básica y esencial
respecto de su identificación. Debe adjuntarse en la carpeta administrativa
con el nombre: Anexo N°01 Presentación Del Oferente.
02
DECLARACIÓN
JURADA
Documento en el cual el oferente declara cumplir con las disposiciones
generales de la Ley de Compras y su respectivo Reglamento para ofertar y
contratar con el Estado. Debe adjuntarse en la carpeta administrativa con el
nombre: Anexo N°02 Declaración Jurada Del Oferente.
Por contener este documento la Declaración Jurada exigida para ofertar,
este anexo se considera un ANEXO OBLIGATORIO, por tanto, su no
presentación hará inadmisible la oferta. Lo anterior, sin perjuicio de que se
efectuará la revisión de la totalidad de los antecedentes contenidos en la
oferta, de acuerdo al artículo 9 de la Ley N° 19.886.
No están obligados a presentar este Anexo N°02 Declaración Jurada,
aquellos oferentes que estén inscritos y en estado hábil en el portal
www.chileproveedores.cl y que posean en este registro publicado la
declaración para ofertar exigida por la normativa vigente y por estas bases,
a la fecha del cierre de las ofertas.
Además, los oferentes deben identificarse y acreditar su existencia, para ello deberá acompañar los siguientes
documentos en la Carpeta Administrativa:
• Si es persona natural:
- Imagen digitalizada de la cédula nacional de identidad.
• Si es persona jurídica:
El oferente deberá acreditar la vigencia de la sociedad, y para ello deberá presentar uno de los siguientes
documentos:
▪ Imagen digitalizada del certificado de vigencia de la sociedad oferente de data no superior a tres (3)
meses contados desde la presentación de la oferta, emitido por el Conservador de Bienes Raíces.
▪ Imagen digitalizada de la escritura pública de constitución de la sociedad y de todas sus modificaciones.
▪ Imagen digitalizada del certificado de vigencia emitido por el Ministerio de Economía, Fomento y
Turismo para aquellas empresas creadas bajo el régimen establecido por la Ley N° 20.659, de data no
superior a tres (3) meses contados desde la presentación de la oferta.
El oferente deberá acreditar la vigencia de poderes del Representante Legal de la Sociedad, y para ello deberá
presentar la imagen digitalizada del RUT del oferente y de la cédula de identidad de su representante legal y
uno de los siguientes documentos:
▪ Imagen digitalizada del certificado de vigencia de poderes del representante legal del oferente, de data
no superior a tres (3) meses contados desde la presentación de la oferta, emitido por el Conservador
de Bienes Raíces.
▪ Imagen digitalizada del certificado de vigencia de la sociedad oferente de data no superior a tres (3)
meses contados desde la presentación de la oferta, emitido por el Conservador de Bienes Raíces, en
que consten los poderes otorgados al representante legal de la empresa.
▪ Imagen digitalizada del certificado de estatuto actualizado emitido por el Ministerio de Economía,
Fomento y Turismo para aquellas empresas creadas bajo el régimen establecido por la Ley N° 20.659,
de data no superior a tres (3) meses contados desde la presentación de la oferta.
No están obligados a acreditar su existencia y vigencia aquellos oferentes que estén inscritos y en estado hábil
en el portal www.chileproveedores.cl a la fecha del cierre de las ofertas cuyos respaldos e información para
acreditar su existencia y vigencia, se encuentren ya publicados en dicho portal.
CARPETA TÉCNICA
ANEXO NOMBRE ANEXO DESCRIPCIÓN ANEXO
03
ESPECIFICACIONES
TÉCNICAS
Documento Excel en el cual el oferente debe indicar si cumple con la
información técnica respecto del bien y/o servicio ofertado.
Para acreditar si cumple o no el requisito técnico, debe adjuntar todos los
documentos, fotografías y/o certificados que respalden su información,
según los requerimientos de las presentes bases.
El proponente deberá descargar archivo Excel “Anexo N°03
Especificaciones Técnicas” publicado en el portal www.mercadopublico.cl.
y completar con la información señalada según cumpla o no las
características solicitadas.
Las propuestas que no cumplan o no logren acreditar alguno de los
requisitos técnicos OBLIGATORIOS, serán declaradas inadmisibles y no
serán evaluadas.
Una vez completada la tabla Excel con la información requerida, debe
adjuntarse en la carpeta técnica con el nombre: Anexo N°03
Especificaciones Técnicas.
ANEXO OBLIGATORIO, por tanto, su no presentación hará inadmisible la
oferta. Lo anterior, sin perjuicio de que se efectuará la revisión de la
totalidad de los antecedentes contenidos en la oferta, de acuerdo al
artículo 9 de la Ley N° 19.886.
04 PLAZO DE ENTREGA
Documento en que se debe indicar por el proveedor el plazo máximo para
la entrega, de acuerdo a las Bases Administrativas y demás documentos que
forman parte de la licitación.
Se establece que el límite base para el tiempo de entrega es de 1 día (es
decir tiempo mínimo), cualquier otro inferior, se considerará con igual
puntaje a dicho límite de referencia, es decir se debe ofertar desde 1 día en
adelante. Asimismo, el plazo de entrega (Incluye la instalación de los
equipos y puesta en marcha del servicio) no podrá superar los 15 días
corridos. Si el proveedor señala en su oferta un plazo superior a éste, su
oferta será declarada inadmisible. Lo anterior sin perjuicio de que se
efectuará la revisión de la totalidad de los antecedentes contenidos en la
oferta de acuerdo al Artículo 9 de la ley N°19.886.
En caso de presentar un rango de entrega, se evaluará basándose en el
mayor periodo de tiempo especificado (a modo de ejemplo: si oferta señala
entrega entre 2 a 5 días, se evaluará como si se hubiera ofertado 5 días de
entrega).
El plazo de entrega se deberá expresar en días corridos. Si el proveedor no
señala expresamente el/lo(s) plazo(s) en su oferta o señala en su oferta un
plazo de días hábiles, su oferta será declarada inadmisible.
Si el proveedor no señala expresamente en su oferta si son días hábiles o
corridos, se entenderán que son días corridos, para todo efecto.
El plazo ofertado se entiende comenzará, a partir de la fecha de la
aceptación de la Orden de Compra emitida por el Hospital en el portal
www.mercadopublico.cl. El proveedor deberá aceptar la Orden de compra
en el plazo de 24 horas desde su publicación. Vencidas las 24 horas sin
respuesta en el portal, se entenderá que la Orden de compra ha sido
aceptada tácitamente por el proveedor, comenzando a correr los plazos de
entrega. Todo, sin perjuicio, de lo señalado en la cláusula de estas bases,
sobre El Pago.
Una vez completados los datos, debe adjuntarse el documento en la
carpeta técnica con el nombre: “Anexo N°04 Plazo de Entrega”
ANEXO OBLIGATORIO, por tanto, su no presentación hará inadmisible la
oferta. Lo anterior, sin perjuicio de que se efectuará la revisión de la
totalidad de los antecedentes contenidos en la oferta, de acuerdo al
artículo 9 de la Ley N° 19.886.
05
CERTIFICADO
COMPORTAMIENTO
CONTRACTUAL
ANTERIOR
Documentos que indican la identificación de los clientes con los que tenga
o haya tenido contratos del mismo rubro y envergadura del servicio
requerido en la presente licitación y que certifican que el oferente ha
tenido un comportamiento contractual intachable.
Para estos efectos se considerarán del mismo rubro, contratos referidos a
la venta del mismo servicio requerido en esta adquisición y de la misma
marca ofertada y se considerará de la misma envergadura cuando los
contratos se hayan celebrado con instituciones de salud Pública o Privada.
Si no concurren estas dos condiciones en conjunto, el certificado no será
considerado en la Evaluación.
Los Certificados de Comportamiento Contractual Anterior, deberán
presentarse firmados por la persona facultada para ello de la respectiva
empresa o institución, identificándose en el mismo como tal y con el timbre
de la Institución que adquirió los insumos. No serán considerados para la
evaluación los Certificados de Comportamiento Contractual Anterior
emitidos por el propio oferente, por las entidades del grupo empresarial al
que pertenece la empresa o sociedad oferente o por las personas jurídicas
que tengan, respecto de la empresa o sociedad oferente, la calidad de
matriz, coligante, filial o coligada, en conformidad a las definiciones
contenidas en la Ley N° 18.046.
El Hospital se encontrará facultado para confirmar los antecedentes
entregados, contactando a las respectivas Instituciones que hayan
otorgado dichas certificaciones.
En consecuencia, los antecedentes y clientes del oferente, que no puedan
ser acreditados o confirmados a través de la presentación y revisión de
estos certificados, se entenderán como no presentados, para efectos de
la evaluación.
Para la Evaluación se considerará sólo la presentación hasta un máximo de
6 certificados de clientes distintos, que hayan adquirido los insumos en los
últimos 24 Meses desde la publicación de esta Licitación.
Si el oferente presenta más de 6 certificados, sólo se considerarán los 6
certificados donde consten las contrataciones de fechas más recientes.
Estos certificados deben adjuntarse en la carpeta técnica con el nombre:
“Anexo N°05 Certificado Comportamiento Contractual Anterior”.
06
PLAN DE
MANTENIMIENTO
Documento en el cual el proveedor deberá indicar la cantidad de
mantenciones preventivas durante la vigencia del contrato, las que deberán
corresponder a lo recomendado por el fabricante, adjuntando su respectiva
carta Gantt de programación, además de hacerse cargo de las
mantenciones correctivas que surjan durante la vigencia del contrato.
Una vez completados los datos, debe adjuntarse el documento en la
carpeta técnica con el nombre: “Anexo N°06 Plan de Mantenimiento”.
ANEXO OBLIGATORIO, por tanto, su no presentación hará inadmisible la
oferta. Lo anterior, sin perjuicio de que se efectuará la revisión de la
totalidad de los antecedentes contenidos en la oferta, de acuerdo al
artículo 9 de la Ley N° 19.886.
08
CERTIFICADO VIDA
ÚTIL
Documento donde el proveedor se compromete a mantener disponible los
repuestos y servicio técnico del servicio ofertado por un periodo no inferior
a la duración de la vida útil del equipo.
Una vez completados los datos, debe adjuntarse el documento en la
carpeta técnica con el nombre: “Anexo N°08 Certificado Vida Útil”
ANEXO OBLIGATORIO, por tanto, su no presentación hará inadmisible la
oferta. Lo anterior, sin perjuicio de que se efectuará la revisión de la
totalidad de los antecedentes contenidos en la oferta, de acuerdo al
artículo 9 de la Ley N° 19.886.
09
PROGRAMA DE
CAPACITACIÓN
Documento en que se detalla el programa de capacitación ofertado y las
especificaciones de capacitación de nivel usuario y técnico de
mantenimiento, respecto al uso del equipo e implementos y accesorios
necesarios para su utilización.
Las capacitaciones serán sin costo para el Hospital, las cuales incluirán los
gastos de pasajes, estadías, apuntes. alimentación, etc., que sean
necesarios.
La capacitación al personal que utilizará los productos, deberá ser formal,
debidamente acreditada y evaluada por el adjudicatario de manera teórica
y práctica, para lo que se deberá indicar las pautas de evaluación de la
capacitación.
El personal que apruebe la capacitación deberá recibir el certificado
correspondiente emitido por el adjudicatario y la contraparte técnica
deberá explicitar que la capacitación se realizó a conformidad del usuario.
En los casos que haya recambio de personal o actualización de versiones
del producto, del equipo, de los implementos o accesorios necesarios para
su utilización, esta capacitación será solicitada por el Servicio y el oferente
deberá proveerla sin costo adicional.
Por otra parte. si el adjudicatario estima necesario actualizar la capacitación
de los usuarios, el Hospital La Florida, deberá crear las condiciones para que
ésta se realice sin retrasos.
Debe adjuntarse en la carpeta técnica con el nombre “Anexo N°09
Capacitación”
ANEXO OBLIGATORIO, por tanto, su no presentación hará inadmisible la
oferta. Lo anterior, sin perjuicio de que se efectuará la revisión de la
totalidad de los antecedentes contenidos en la oferta, de acuerdo al
artículo 9 de la Ley N° 19.886.
CARPETA ECONÓMICA
ANEXO NOMBRE ANEXO DESCRIPCIÓN ANEXO
07 CARTA OFERTA
Documento donde se oferta el valor mensual, sin IVA y en pesos chilenos, por
el servicio ofertado, incluidos todos los gastos en los que incurra el
adjudicatario hasta su total recepción conforme, comprendiéndose entre
ellos por ejemplo los relativos a capacitación, mantenimiento, accesorios,
fletes incluidos, derechos, patentes, etc.
Una vez completado el documento, debe adjuntarse en la carpeta Económica
con el nombre: Anexo N°07 Carta Oferta.
El oferente deberá asegurarse que los valores contenidos en los documentos
que conforman la oferta, sean iguales a los valores ingresados en el campo
correspondiente en el portal www.mercadopublico.cl. En caso de existir
discrepancias entre el valor indicado en el anexo y el valor ingresado en el
portal, prevalecerá la oferta subida en cada línea de servicio a
www.mercadopublico.cl.
Se establece expresamente que si la oferta del proveedor es de $1 en
Mercado Público, su oferta será declarada inadmisible.
ANEXO OBLIGATORIO, por tanto, su no presentación hará inadmisible la
oferta. Lo anterior, sin perjuicio de que se efectuará la revisión de la totalidad
de los antecedentes contenidos en la oferta, de acuerdo al artículo 9 de la Ley
N° 19.886.
Si falta alguno de los anexos OBLIGATORIOS o no se logra acreditar su contenido, la oferta será inadmisible.
Lo anterior, sin perjuicio de que se efectuará la revisión de la totalidad de los antecedentes contenidos en la
oferta, de acuerdo al artículo 9 de la Ley N° 19.886.
6.1.- Carácter de los Documentos
Cada oferta deberá cumplir con todos los requisitos de admisibilidad administrativa, técnica y económica, sin
embargo, es dable señalar que en esta Licitación podrán existir los siguientes documentos:
• DOCUMENTO “ANEXO”: Anexo numerado que se debe completar o no, según corresponda y cuyo
contenido se deberá acreditar cuando así se indique, con los respectivos documentos de respaldo
adjuntos en cada carpeta de su oferta.
• DOCUMENTO “RESPALDO”: Documento que se pide acompañar en la oferta para respaldar y/o
acreditar algún requerimiento solicitado en un anexo o en bases.
Estos documentos de respaldo podrán ser entre otros: fotos, boucher, fichas técnicas, certificados,
declaraciones, contratos, órdenes de compras, catálogos, etc., según se solicite en cada caso.
Los documentos Anexos o respaldos podrán tener carácter de obligatorios o no.
Según lo anterior, los documentos, anexos o respaldos, se pueden clasificar en “esencial” o “subsanable”,
según el siguiente detalle:
a.1 Documento Esencial: Son aquellos que no admiten corrección, enmienda, rectificación o subsanación, por
ende, si alguna de las propuestas no cumple con la presentación conforme y/o el correcto llenado del
documento, sea anexo o respaldo, según se solicita en estas bases, la oferta será inadmisible. Lo anterior, sin
perjuicio de que se efectuará la revisión de la totalidad de los antecedentes contenidos en la oferta, de
acuerdo al artículo 9 de la Ley N° 19.886.
Se entenderán Documentos, anexos o respaldos esenciales los siguientes:
▪ Anexo N°02 Declaración Jurada.
▪ Anexo N°04 Plazo de entrega.
▪ Anexo N°07 Carta Oferta.
a.2 Documento Subsanable: Son aquellos documentos que, presentados, adolecen de defectos de forma o
errores no esenciales o de tipeo, que obedecen a una justa causa de error u omisión o aquellos documentos
que no se hayan adjuntado por omisión a la oferta.
Los oferentes podrán enmendar sus omisiones u errores, dentro de un plazo de 24 o 48 horas según explicite
el Hospital La Florida, contado desde su requerimiento, mediante el foro inverso del proceso licitatorio y a
través de www.mercadopúblico.cl., y según lo señalado en el punto 8.2.1. de estas bases.
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7.- APERTURA DE LAS PROPUESTAS |
La apertura electrónica de las propuestas que se hayan ingresado en el portal www.mercadopublico.cl. Se
efectuará de acuerdo al calendario de plazos del numeral 5.4, debiendo levantarse acta de lo obrado.
Se realizará en ella, la revisión de los requisitos de admisibilidad esencial dejando constancia de los oferentes
que no cumplan con dichos requisitos en la Apertura Electrónica que se publica en www.mercadopublico.cl.
Una vez verificado el cumplimiento de los oferentes, de los requisitos exigidos en las presentes bases de
licitación y confeccionada la correspondiente Acta de Apertura, se procederá a la evaluación administrativa,
técnica y económica de los oferentes y sus ofertas, por parte de la Comisión Evaluadora, designada por el
Hospital en las presentes bases.
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8.- DE LA EVALUACIÓN DE LAS OFERTAS |
8.1.- Comisión de Evaluación
La Comisión de Evaluación estará integrada por las siguientes personas o sus subrogantes legales
1. Jefe Abastecimiento.
2. Jefe CR.
3. Jefe Contratos.
4. Referente/s Técnico/s.
5. Responsable de la licitación.
En el caso de no ser posible la subrogancia, se reemplazará al integrante de la comisión a través de resolución
fundada, por funcionario que, revista las mismas calidades, todo, sin perjuicio de que su composición sea
informada en el portal www.mercadopublico.cl, una vez dictado el acto administrativo, correspondiente
conforme al inciso final del artículo 37 del decreto N°250, de 2004.
En el evento que la comisión este excepcionalmente integrada por personas ajenas a la administración y en
un número inferior a los funcionarios públicos, tal como lo previene el inciso cuarto del artículo 37 del
mencionado reglamento, su designación deberá ser fundada.
Las autoridades y funcionarios, así como los contratados a honorarios o las personas ajenas a la
administración, (en los casos en que excepcionalmente participen en procedimientos de contratación),
deberán abstenerse de participar en la evaluación y distintas etapas de los procedimientos de contratación,
cuando exista cualquier circunstancia que les reste imparcialidad. Para ello, previa evaluación, cada uno de
sus integrantes, firmará una Declaración Jurada de no tener Conflicto de Interés.
En caso de que alguno de los integrantes esté contratado a honorarios o se trate de personas ajenas a la
administración, estos solo tendrán derecho a voz, debiendo siempre la Comisión estar conformada por
mayoría simple de miembros a contrata.
La comisión revisará, las ofertas recepcionadas e inscritas en el Acta de Apertura, la Comisión de Evaluación
dará inicio al proceso de evaluación de las ofertas formuladas.
La Comisión de Evaluación, podrá ser asesorada por una Comisión Técnica compuesta por un máximo de 3
profesionales de las áreas correspondientes al proceso en análisis.
La comisión de Evaluación será presidida según el siguiente orden de prelación:
1. Jefe Abastecimiento.
2. Jefe Contratos.
3. Jefe CR.
La comisión podrá sesionar con un mínimo de 3 de sus integrantes en los días y horas citadas para los efectos
de evaluación. Las decisiones se tomarán conforme la metodología de evaluación indicada en el punto 8.3.
8.2.- Examen de Antecedentes
La Comisión de evaluación verificará los Antecedentes presentados por los oferentes e informará al director,
quien en virtud de lo dispuesto en el artículo 9 de la Ley Nº 19.886, podrá declarar, mediante resolución
fundada, inadmisible aquellas ofertas que no cumplan los requisitos establecidos en las bases.
El Hospital Clínico Metropolitano La Florida se reserva el derecho de declarar inadmisible las ofertas cuando
no cumplieren con los requisitos exigidos en las presentes Bases.
A su vez, el Hospital declarará desierta la licitación cuando no se presenten ofertas, o bien, cuando éstas no
resulten convenientes a sus intereses. En todos los casos, los oferentes no tendrán derecho a indemnización
alguna por estas circunstancias.
La decisión de inadmisibilidad o de declaración de desierta, se efectuará por resolución fundada, que será
publicada en www.mercadopublico.cl.
8.2.1.-Aclaración y complementación de antecedentes en FORO INVERSO de www.mercadopublico.cl
• Errores u omisiones en documentos presentados
El Hospital La Florida de conformidad con el artículo 40 inciso 1º del Decreto Nº 250 que aprueba el
reglamento de la Ley Nº 19.886, podrá solicitar a los oferentes aclaraciones o que salven errores u omisiones
formales, siempre y cuando las rectificaciones de dichos vicios u omisiones no les confieran a esos oferentes
una situación de privilegio respecto de los demás competidores, esto es, en tanto no se afecten los principios
de estricta sujeción a las bases y de igualdad de los oferentes, informándose debidamente dicha solicitud al
resto de los oferentes a través del Portal Mercado Público.
• Omisión de documentos
El Hospital La Florida de conformidad con el artículo 40 inciso 2° del Decreto Nº 250, podrá permitir la
presentación de certificaciones o antecedentes que los oferentes hayan omitido presentar al momento de
efectuar la oferta, siempre que dichas certificaciones o antecedentes se hayan producido u obtenido con
anterioridad al vencimiento del plazo para presentar ofertas o se refieran a situaciones no mutables entre el
vencimiento del plazo para presentar ofertas y el periodo de evaluación.
El plazo que tendrán los oferentes, en ambos casos, ya sea para subsanar documentos presentados o adjuntar
documentos omitidos para dar cumplimiento a lo solicitado por el mandante, no podrá ser superior a 24 o 48
horas, según defina el Hospital, contadas desde la fecha de publicación en el FORO INVERSO de
www.mercadopublico.cl, de la solicitud por parte del Hospital.
Si la aclaración solicitada o el documento omitido no se presenta dentro del plazo asignado, se asumirá que
el requisito en duda no se cumple y la oferta recibirá el puntaje correspondiente establecido en el criterio
“cumplimiento de requisitos formales”.
8.3.- Metodología de Evaluación
La evaluación se hará asignando puntuación según los rangos que se indican, a los aspectos que se detallan;
la oferta que logre la puntuación más alta, será propuesta para adjudicación.
La evaluación de las propuestas será realizada por la Comisión de Evaluación conforme a los criterios de
evaluación, analizando los antecedentes admisibles aportados por los oferentes a través del Portal
www.mercadopublico.cl.
Se ponderarán los puntajes obtenidos, estableciéndose un ranking, del cual se seleccionará la oferta que
obtenga el mayor puntaje y que cumpla de mejor forma los intereses del Hospital.
Se elaborará el Acta de Evaluación según el análisis realizado para cada uno de los criterios evaluados.
8.3.1 Mecanismos de Evaluación:
La obtención de los puntajes de los requerimientos para cada evaluación podrá ser del tipo tabulación,
dicotómico o porcentual.
a) Mecanismo de Tabulación:
Para el caso de evaluación a través de tabulación, se asignará un puntaje por tramo, requisito o característica
indicada según orden de importancia, el resultado será ponderado según el porcentaje asignado al criterio.
b) Mecanismo Dicotómico:
Para el caso del puntaje dicotómico, el cumplimiento del requerimiento significará la obtención del puntaje
máximo y en caso contrario, el puntaje obtenido será cero.
c) Mecanismo Porcentual:
Para el caso del puntaje porcentual, este se obtendrá dependiendo de si se aplica el criterio del mayor valor
o menor valor, donde la fórmula de cálculo para cada caso es la siguiente:
c.1) Criterio Mayor Valor:
𝐶𝑟𝑖𝑡𝑒𝑟𝑖𝑜 𝑀𝑎𝑦𝑜𝑟 𝑉𝑎𝑙𝑜𝑟: (
𝑉𝑎𝑙𝑜𝑟 𝑂𝑓𝑒𝑟𝑡𝑎𝑑𝑜
𝑀𝑎𝑦𝑜𝑟 𝑉𝑎𝑙𝑜𝑟 𝑂𝑓𝑒𝑟𝑡𝑎𝑑𝑜
) 𝑥 (𝑃𝑢𝑛𝑡𝑎𝑗𝑒 𝑑𝑒𝑙 𝑅𝑒𝑞𝑢𝑒𝑟𝑖𝑚𝑖𝑒𝑛𝑡𝑜)
El oferente obtendrá el puntaje máximo del requisito evaluado toda vez que su valor ofertado sea igual al
mayor valor ofertado, del conjunto de las ofertas. Cada valor ofertado distinto al mayor valor ofertado, en
consecuencia, generará un puntaje menor para el requerimiento en evaluación.
c.2) Criterio Menor Valor :
𝐶𝑟𝑖𝑡𝑒𝑟𝑖𝑜 𝑀𝑒𝑛𝑜𝑟 𝑉𝑎𝑙𝑜𝑟: (
𝑀𝑒𝑛𝑜𝑟 𝑉𝑎𝑙𝑜𝑟 𝑂𝑓𝑒𝑟𝑡𝑎𝑑𝑜
𝑉𝑎𝑙𝑜𝑟 𝑂𝑓𝑒𝑟𝑡𝑎𝑑𝑜
) 𝑥 (𝑃𝑢𝑛𝑡𝑎𝑗𝑒 𝑑𝑒𝑙 𝑅𝑒𝑞𝑢𝑒𝑟𝑖𝑚𝑖𝑒𝑛𝑡𝑜)
El oferente obtendrá el puntaje máximo del requerimiento evaluado, toda vez que su valor ofertado sea igual
al menor valor ofertado, del conjunto de las ofertas. Cada valor ofertado distinto al menor valor ofertado, en
consecuencia, generará un puntaje menor para el requerimiento en evaluación.
8.4.- Criterios de Evaluación
Se evaluará conforme a los criterios de evaluación, que a continuación se indican, sin afectar los principios de
igualdad de los mismos y con estricta sujeción a las bases, de acuerdo a las ponderaciones que se señalan:
CRITERIOS PONDERACIÓN PUNTAJE MÁXIMO
Cumplimiento de Requisitos Formales 1% 100
Especificaciones Técnicas 30% 100
Comportamiento contractual anterior 9% 100
Plazo de Entrega 10% 100
Evaluación económica 50% 100
8.4.1 Cumplimiento de los Requisitos Formales de las Ofertas (1%)
Se evaluará el cumplimiento formal de los requisitos administrativos, técnicos y económicos, a través del
mecanismo de Tabulación, asignándose el siguiente puntaje:
TRAMO, REQUISITO O CARACTERISTICA PUNTAJE
Presenta oferta con todos los documentos requisitos administrativos, técnicos, económicos
y anexos solicitados, en tiempo y forma.
100
Presenta oferta con todos los documentos, requisitos administrativos, técnicos, económicos
y anexos solicitados, pero se debe pedir subsanar o enmendar elementos de tipo
subsanables a través de foro inverso y proveedor corrige y/o subsana en tiempo y forma.
50
Presenta oferta con todos los documentos, requisitos administrativos, técnicos, económicos
y anexos solicitados, pero se debe pedir subsanar o enmendar elementos de tipo
subsanables a través de foro inverso y proveedor NO corrige o subsana en tiempo y forma.
0
8.4.2 Especificaciones técnicas (30%)
Se evaluará de acuerdo a la sumatoria de los puntajes obtenidos según el cumplimiento de los requisitos
técnicos deseables señalados en Anexo N°03 y la aplicación del mecanismo de evaluación porcentual mayor
valor:
𝐶𝑟𝑖𝑡𝑒𝑟𝑖𝑜 𝑀𝑎𝑦𝑜𝑟 𝑉𝑎𝑙𝑜𝑟: (
𝑉𝑎𝑙𝑜𝑟 𝑂𝑓𝑒𝑟𝑡𝑎𝑑𝑜
𝑀𝑎𝑦𝑜𝑟 𝑉𝑎𝑙𝑜𝑟 𝑂𝑓𝑒𝑟𝑡𝑎𝑑𝑜
) 𝑥 (𝑃𝑢𝑛𝑡𝑎𝑗𝑒 𝑑𝑒𝑙 𝑅𝑒𝑞𝑢𝑒𝑟𝑖𝑚𝑖𝑒𝑛𝑡𝑜)
REQUERIMIENTO PUNTAJE MÁXIMO
Cumplimiento de los requisitos técnicos deseables, según lo señalado en Anexo N°3 100
El Anexo N°03 contendrá los requisitos OBLIGATORIOS y los requisitos DESEABLES de la oferta Técnica de
cada proveedor.
Requisitos Deseables (D): Considera los requisitos que son importantes, pero que, sin embargo, su
incumplimiento no afecta el funcionamiento del servicio.
Se evaluarán en este criterio solo el cumplimiento de los requisitos técnicos DESEABLES especificados en el
Anexo Nº03. Se entenderá que no cumple el requisito técnico Deseable:
• Cuando no acompañe el documento, certificado, ficha técnica y/o catálogo que acredite el requisito técnico
Deseable.
• También se entenderá que no cumple el requisito técnico deseable, si el documento, certificado, ficha
técnica y/o catálogo que acredite dicho requisito, contenga elementos de los considerados en estas bases
como subsanables y se ha debido pedir al oferente a través de foro inverso que subsane y/o enmiende y este
NO subsanó y/o enmendó en el tiempo y forma requerido.
Requisitos Obligatorias (O): Corresponden a los requisitos cuyo incumplimiento será causal de inadmisibilidad
de las ofertas. Bajo esta categoría se incluyen los requisitos técnicos cuyo incumplimiento impide el
funcionamiento requerido, no cumple con lo requerido por el Hospital o producen una falta a las normas de
seguridad vigente.
Las propuestas que no cumplan con alguno de los requisitos técnicos OBLIGATORIOS, serán declaradas
inadmisibles y no serán evaluadas.
Se entenderá que no cumplen los requisitos técnicos Obligatorios:
• Cuando no acompañe el documento, certificado, ficha técnica y/o catálogo que acredite los requisitos
técnicos
• También se entenderá que no cumple los requisitos técnicos Obligatorios, si el documento, certificado, ficha
técnica y/o catálogo que acredite dicho requisito, contenga elementos de los considerados en estas bases
como subsanables y se ha debido pedir al oferente a través de foro inverso que subsane y/o enmiende y este
NO subsanó y/o enmendó en el tiempo y forma requerido.
CLASIFICACIÓN
DEL REQUISITO
N° REQUERIMIENTO PUNTAJE
GENERAL
9 Las 4 secciones del lecho deben estar fabricadas a
base de polímero de alta densidad
4
16 Contar con dispositivo, adicional al lecho, de
material metálico ubicado en la piecera para la
contención del colchón y evitar su desplazamiento.
6
BARANDAS
22 Controles de baranda son de carácter modular (No
tipo sticker ni de membrana) lo que evita que ante
fallas en ellos se deba reemplazar la baranda
completa
4
25 Barandas cuentan con el indicador lumínico de
posición más baja (Salida segura del paciente)
8
MOVIMIENTOS Y
ÁNGULOS
28 Angulación de Muslo o rodilla mayor o igual a 32º 2
DIMENSIONES 36 Contar con una extensión del largo mayor o igual a
32cm
2
RUEDAS 42 Contar con pedales de frenado independientes en
las 4 ruedas
4
UNIDAD DE
MANDO
47 Accionamiento de RCP por medio de botón en
control alámbrico
4
COMPONENTE
COLCHÓN
50 Colchón de la misma marca que la cama ofertada
para asegurar compatibilidad con dimensiones del
lecho
4
51 Densidad del colchón ofertado en la capa superior
(viscoelástica) debe ser mayor a 85 kg/m3
8
52 Capa basal debe contar con al menos dos
densidades de espuma para brindar estabilidad y
confort del paciente.
4
53 Contar con bordes de espuma independientes de la
capa basal cuya densidad sea mayor o igual a 40
kg/m3.
4
56 Contar con al menos dos asas en la funda para
traslado del colchón
4
62 Funda del colchón debe soportar Descontaminación
en al menos 10.000 ppm de Cloro
8
63 Colchón ofertado debe cumplir con al menos una de
las siguientes normativas: EN ISO 10993-5:2009 EN
ISO 10993-10:2010 EN 597-2:1994 BS
7177:2008+A1:2011 EN597-1:1994, 93/42/EEC, UNI
9175, UNI 4818.26 o equivalentes
4
COMPONENTE
ALMOHADA
69 Contar con filtro respirable que permite el paso de
flujo de aire a la almohada bloqueando los agentes
patógenos que pudiesen contaminar la espuma
6
71 Largo de la almohada mayor o igual a 70 cm 4
EXIGENCIAS Y
ACCESORIOS
75 Adjuntar Declaración CE y/o Certificado FDA 2
76 Adjuntar Certificado ISO 13485 vigente 2
77 Adjuntar cumplimiento con la certificación EN
60601-2-52 ó IEC 60601-2-52
2
8.4.3 Comportamiento Contractual Anterior (9%)
Este Factor se evaluará a través del mecanismo de Tabulación, en base a lo siguiente:
Se medirá el comportamiento contractual anterior del oferente con la evaluación del documento Anexo N°05,
“Certificado Comportamiento Contractual Anterior”, suscrito por clientes con los que tenga o haya tenido
contratos del mismo rubro y envergadura del servicio requerido en la presente licitación que declaren la
conducta intachable del oferente sin multas, sanciones ni término anticipado de contrato.
Para estos efectos se considerarán del mismo rubro, contratos referidos a la venta del mismo servicio
requerido en esta adquisición y de la misma marca ofertada y se considerará de la misma envergadura cuando
los contratos se hayan celebrado con instituciones de salud salud Pública y/o Privada. Si no concurren estas
dos condiciones en conjunto, el certificado no será considerado en la Evaluación.
Los Certificados de Comportamiento Contractual Anterior, deberán presentarse firmados por la persona
facultada para ello de la respectiva empresa o institución, identificándose en el mismo como tal y con el timbre
de la Institución que adquirió el insumo. No serán considerados para la evaluación los Certificados de
Comportamiento Contractual Anterior emitidos por el propio oferente, por las entidades del grupo
empresarial al que pertenece la empresa o sociedad oferente o por las personas jurídicas que tengan, respecto
de la empresa o sociedad oferente, la calidad de matriz, coligante, filial o coligada, en conformidad a las
definiciones contenidas en la Ley N° 18.046.
El Hospital se encontrará facultado para confirmar los antecedentes entregados, contactando a las respectivas
Instituciones que hayan otorgado dichas certificaciones.
En consecuencia, los antecedentes y clientes del oferente, que no puedan ser acreditados o confirmados a
través de la presentación y revisión de estos certificados, se entenderán como no presentados, para efectos
de la evaluación.
Para la Evaluación se considerará sólo la presentación hasta un máximo de 6 certificados de clientes distintos,
que hayan adquirido los insumos en los últimos 24 Meses desde la publicación de esta Licitación.
Si el oferente presenta más de 6 certificados, sólo se considerarán los 6 certificados donde consten las
contrataciones de fechas más recientes.
Estos certificados deben adjuntarse en la carpeta técnica con el nombre: “Anexo N°05 Certificado
Comportamiento Contractual Anterior”.
REQUERIMIENTO PUNTAJE
Presenta Certificados de 6 clientes 100
Presenta Certificados de 5 clientes 80
Presenta Certificados de 4 clientes 60
Presenta Certificados de 3 clientes 40
Presenta Certificados de 2 clientes 20
Presenta Certificados de 1 clientes 10
No presenta certificados o estos no pueden ser
corroborados con la entidad emisora 0
8.4.4. Plazo de Entrega (10%)
El criterio de evaluación Plazo de Entrega se evaluará con el mecanismo Porcentual del Menor Valor, según lo
siguiente:
REQUERIMIENTO
PUNTAJE
MÁXIMO
Plazo de Entrega (Anexo N°04) 100
𝑀𝑒𝑛𝑜𝑟 𝑃𝑙𝑎𝑧𝑜: (
𝑀𝑒𝑛𝑜𝑟 𝑃𝑙𝑎𝑧𝑜 𝑂𝑓𝑒𝑟𝑡𝑎𝑑𝑜
𝑃𝑙𝑎𝑧𝑜 𝑂𝑓𝑒𝑟𝑡𝑎𝑑𝑜
) 𝑥 100
El proponente debe informar el plazo que tardará en entregar el servicio adjudicado en su Anexo Nº04. Se
establece que el límite base para el tiempo de entrega es de 1 día (es decir tiempo mínimo), cualquier otro
inferior, se considerará con igual puntaje a dicho límite de referencia, es decir se debe ofertar desde 1 día en
adelante. Asimismo, el plazo de entrega (Incluye la instalación de los equipos y puesta en marcha del
servicio) no podrá superar los 15 días corridos. Si el proveedor señala en su oferta un plazo superior a este,
su oferta será declarada inadmisible. Lo anterior sin perjuicio de que se efectuará la revisión de la totalidad
de los antecedentes contenidos en la oferta de acuerdo al Artículo 9 de la ley N°19.886.
En caso de presentar un rango de entrega, se evaluará basándose en el mayor período de tiempo especificado
(a modo de ejemplo: si oferta señala como plazo de entrega entre 2 a 5 días, se evaluará como si se hubiera
ofertado 5 días de entrega).
El plazo de entrega se deberá expresar en días corridos. Si el proveedor señala en su oferta días hábiles, su
oferta será declarada inadmisible. Lo anterior, sin perjuicio de que se efectuará la revisión de la totalidad de
los antecedentes contenidos en la oferta, de acuerdo al artículo 9 de la Ley N° 19.886.
Si el proveedor no señala expresamente en su oferta si son días hábiles o corridos, se entenderán que son días
corridos, para todo efecto.
El plazo ofertado se entiende comenzará a correr a partir de la fecha de la aceptación de la Orden de Compra
emitida por el Hospital en el portal www.mercadopublico.cl. (En www.mercadopublico.cl el proveedor deberá
aceptar la Orden de Compra en el plazo de 24 horas desde su publicación. Vencidas las 24 horas sin respuesta
en el portal, se entenderá que la Orden de compra ha sido aceptada tácitamente por el proveedor,
comenzando a correr los plazos de entrega). Todo, sin perjuicio, de lo señalado en la cláusula de bases, sobre
El Pago.
8.4.5. Evaluación económica (50%)
La evaluación económica considerará el valor mensual neto del servicio requerido, el cual se debe ingresar en
Anexo Nº07 Carta Oferta. Para ello se realizará un ranking de todos los precios recibidos, ordenándoles desde
menor al mayor asignándoles puntaje de acuerdo con la siguiente tabla:
Precio Oferta Puntaje
Menor Valor Ofertado 100
Segundo menor valor ofertado 95
Tercer menor valor ofertado 90
Cuarto menor valor ofertado 85
Quinto menor valor ofertado 80
Sexto en adelante menor valor ofertado 75
El valor ofertado se debe ajustar al monto estimado señalado en bases técnicas.
𝑀𝑒𝑛𝑜𝑟 𝑃𝑟𝑒𝑐𝑖𝑜: (𝑃𝑢𝑛𝑡𝑎𝑗𝑒 𝑂𝑏𝑡𝑒𝑛𝑖𝑑𝑜 ∗ 0.50)
Se establece expresamente que si la oferta del proveedor es de $1 en Mercado Público, su oferta será
declarada inadmisible.
8.5.- Situación de Empate:
En caso de que dos o más ofertas obtengan igual puntaje total, se resolverá el empate según los siguientes
criterios:
a) Se seleccionará aquella oferta que presente el mejor puntaje en criterio Precio.
b) Si subsistiese el empate, se seleccionará aquella oferta que presente el mejor puntaje en el criterio
Especificaciones Técnicas.
c) Si subsistiese el empate, se seleccionará aquella oferta que presente el mejor puntaje en el factor plazo
de entrega.
d) Si subsistiese el empate, se seleccionará aquella oferta que presente el mejor puntaje en el criterio
Comportamiento Contractual anterior.
e) Si subsistiese el empate, se seleccionará aquella oferta que presente el mejor puntaje en el criterio de
cumplimiento de requisitos formales.
f) Si subsistiese el empate, se seleccionará aquella oferta que fuese ingresada primero, según la fecha y hora
en el portal Mercado Publico
8.6.- Acta de Evaluación
La Comisión de Evaluación elaborará el "Informe o Acta Final de Evaluación" el cual contendrá:
• La identificación de los integrantes de la Comisión de Evaluación que asistieron a evaluar.
• La identificación de los asesores expertos invitados a la Evaluación, si es que existieron.
• La identificación de las ofertas que no cumplieron alguno de los requerimientos obligatorios de bases,
siendo rechazadas sus ofertas en la apertura, quedando por lo tanto fuera de evaluación y aquellas que
fueron evaluadas pero se determinó de igual manera que no cumplieron alguno de los requerimientos
obligatorios de bases, por tanto se deben proponer junto a las rechazadas, para ser declaradas
inadmisibles por la autoridad y la información detallada sobre cuál o cuáles requerimientos no fueron
cumplidos por todas estas ofertas.
• Un cuadro comparativo de las propuestas con las respectivas puntuaciones parciales obtenidas en cada
uno de los criterios de evaluación, así como también un resumen de la Evaluación realizada con
especificación del puntaje final.
• Un análisis final de evaluación y/o las observaciones, si proceden.
• Cuando no se hayan presentado ofertas, la constancia de esta situación para declarar Desierto el proceso.
• Los fundamentos de declarar desierto el proceso en base a ofertas presentadas y evaluadas que no
resulten convenientes para los intereses del establecimiento.
• La recomendación o propuesta final, a la autoridad competente, de adjudicación del oferente mejor
evaluado o de declarar desierto el proceso, según sea el caso, fundada en razones objetivas y no
discriminatorias.
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9.- DE LA ADJUDICACION DE LA PROPUESTA |
9.1.- Criterios de Adjudicación
Se adjudicará a aquel proponente cuya oferta haya sido evaluada como la más ventajosa para los intereses de
la institución, considerando los criterios de evaluación establecidos en las presentes Bases y conforme las
facultades y prerrogativas establecidas en la normativa sobre contratos administrativos de suministro y
prestación de servicios.
9.2.- Comunicación de la Adjudicación
El Hospital Clínico Metropolitano La Florida adjudicará la oferta mediante acto administrativo, el cual tendrá
plena vigencia una vez que se encuentre totalmente tramitado y notificado al adjudicatario y al resto de los
oferentes a través de www.mercadopublico.cl. En dicho acto administrativo, se especificarán los criterios de
evaluación aplicados, de acuerdo a lo establecido en las presentes Bases.
Si no se adjudicase en el plazo indicado en el punto 5.4 de estas Bases, se avisará a través del Portal las razones
de ello, indicando un nuevo plazo para la adjudicación o la decisión de declarar desierto.
9.3.- Peticiones o Reclamos del Proponente Adjudicado
Adjudicada la propuesta, no podrá el proponente formular petición o reclamo de ninguna especie fundado en
el desconocimiento de estas Bases Administrativas, de las Bases Técnicas y los anexos y sus modificaciones;
las cuales se entienden plenamente conocidas y aceptadas por el solo hecho de presentación de su oferta.
9.4.- De la Readjudicación
El Hospital Clínico Metropolitano La Florida podrá readjudicar la licitación, dentro de los 60 días corridos
desde la publicación, al oferente que siga en orden de prelación de acuerdo con el puntaje total obtenido,
dejando sin efecto la adjudicación previa, en los siguientes casos:
1.-Si el adjudicatario desiste de su oferta.
2.-Si el adjudicatario se desiste de firmar el contrato o rechaza la orden de compra emitida en el portal
mercadopublico.cl
3.-Si el adjudicatario no entrega garantía de fiel y oportuno cumplimiento o cualquier otro documento
solicitado para la firma del contrato en tiempo y forma.
4.-Si el Oferente adjudicado es inhábil para contratar con el estado en los términos del artículo cuarto, incisos
1° y 6° de la Ley 19.886, o según lo establecido en el inciso segundo del artículo 26, letra d), del DFL N° 1, de
2004, del Ministerio de Economía, Fomento y Reconstrucción sobre condena establecida por el Tribunal de
Defensa de la Libre Competencia, o lo dispuesto en la Ley N° 20.393 Sobre Responsabilidad Penal de Personas
Jurídicas condenadas por delitos de Cohecho , Lavado de Activos y Financiamiento al Terrorismo o no
proporciona los documentos que sean requeridos para verificar dicha condición o le sobreviene una
inhabilidad.
Sin perjuicio de lo anterior, el Hospital podrá elegir si adjudica a la segunda oferta mejor evaluada o desertar
el proceso, para efectuar un nuevo llamado a licitación, emitiéndose para cada caso la respectiva resolución.
9.5.- Revocación de la Licitación
Si se ha detectado una ilegalidad en y durante el proceso o aconteciere durante su tramitación un hecho
considerado como Imprevisto, Caso Fortuito o Fuerza mayor, que haga imposible e improcedente adjudicar
la Licitación, el Hospital Clínico Metropolitano La Florida, podrá realizar la revocación de esta, previo acto
administrativo que justifique tal situación, sin perjuicio de otras causales específicas de las normas especiales
vigentes, aplicables a los actos del Estado.
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10.- DEL CONTRATO |
De acuerdo a lo estipulado en el Artículo 63° del Reglamento de la ley N° 19.886 aprobado por el decreto Nº
250/2004 del Ministerio de Hacienda, la formalización del contrato en este proceso se llevará a cabo según lo
siguiente:
a) La firma de un contrato escrito será obligatoria en esta adquisición para los oferentes que
adjudiquen un monto total igual o mayor a 100 UTM, ya sea por la adjudicación de una o varias
líneas. Además, deberá presentar la Garantía de Fiel Cumplimiento de Contrato, de acuerdo a lo
estipulado en el punto 10.8 de estas Bases.
b) Para los oferentes que adjudiquen un monto entre 50 y 99 UTM, su contratación se formalizará a
través de la emisión y aceptación de la correspondiente Orden de Compra, más la presentación de
la Garantía de Fiel Cumplimiento de Contrato, de acuerdo a lo estipulado en el punto 10.8 de estas
Bases.
c) Para los oferentes que adjudiquen montos inferiores a 50 UTM, su contratación se formalizará a
través de la emisión y aceptación de la correspondiente Orden de Compra.
10.1.- Entrega de Documentación y Antecedentes para la formalización del contrato.
El adjudicatario deberá hacer llegar toda la documentación necesaria para la suscripción definitiva de su
contrato y/o la correspondiente emisión de la Orden de Compra, según corresponda, a la Unidad de Contratos
del Departamento de Comercialización del Hospital, dentro de los 5 días hábiles siguientes a la adjudicación y
según el siguiente detalle:
• Garantía de Fiel y oportuno cumplimiento: Solo el proveedor adjudicado cuyo contrato sea igual o
superior a 50 UTM debe presentar garantía o caución para asegurar el fiel y oportuno cumplimiento de
contrato según monto y glosa, de acuerdo a lo establecido en numeral 10 de las presentes Bases.
• Acreditación poderes del representante legal: El proveedor adjudicado en el caso que fuera persona
jurídica, deberá acreditar la vigencia de los poderes del representante legal a través de certificado de
vigencia de poderes emitido por el Registro de Comercio o por la institución que corresponda, de data
no superior a 3 meses contados desde la fecha en que deba suscribir el contrato escrito.
• Declaraciones juradas: El oferente adjudicado, deberá presentar las siguientes declaraciones juradas:
a) Anexo N°02 Declaración Jurada Simple: en formato físico firmada por el representante legal de la
empresa o la persona natural, según corresponda, en la cual se consigna que no se encuentra unido por
los vínculos de parentesco descritos en la letra B) del artículo 54 de la ley 18.575, que no se encuentra
afecto a las inhabilidades establecidas en el artículo 4° de la ley Nº19.886, y que tratándose de personas
jurídicas, además, no ha sido condenado a pena de prohibición de celebrar actos y contratos con
Organismos del Estado, de conformidad con la ley Nº20.393.
b) Si el contrato es igual o superior a 1000 UTM y el adjudicado es una unión temporal de proveedores:
Los oferentes adjudicados que se unan de esta forma, deberán presentar la Escritura Pública que
materialice la unión temporal de proveedores. Dicho documento deberá establecer la solidaridad entre
las miembros de la unión temporal de proveedores y el nombramiento de un representante o apoderado
común con poderes suficientes, además de tener una vigencia que no podrá ser inferior a la vigencia del
contrato que se adjudica mediante el proceso licitatorio, incluyendo las renovaciones del mismo si
existiesen, conforme a lo regulado en el art. 67 bis, del Reglamento de la ley N°19.886 aprobado por el
decreto Nº 250/2004 del Ministerio de Hacienda
• Cumplimiento de obligaciones laborales y previsionales: El proponente adjudicado deberá presentar
un certificado en que se acredite el cumplimiento de las obligaciones laborales y cotizaciones
previsionales por parte del proveedor adjudicado para con sus trabajadores, éste deberá ser emitido por
la Inspección del Trabajo o por empresas autorizadas para extender este tipo de certificados. En caso de
que el certificado arroje deudas o saldos insolutos de remuneraciones o cotizaciones previsionales, los
primeros estados de pago producto del contrato licitado deberán ser destinados al pago de dichas
obligaciones, debiendo el oferente adjudicado acreditar que la totalidad de las obligaciones se
encuentran liquidadas al cumplirse la mitad del período de ejecución del contrato. El incumplimiento de
esta obligación, como, asimismo, la falta de presentación de dicho certificado habilitará al Hospital, para
poner término al contrato y podrá llamar a una nueva licitación, sin que el oferente adjudicado pueda
participar en este nuevo proceso.
10.2 . - Inscripción en el Registro Electrónico Oficial de Proveedores Del Estado.
El proveedor al momento de adjudicar y contratar deberá estar inscrito en el registro nacional
www.chileproveedores.cl. Si al momento de adjudicar el proveedor no se encuentra inscrito en este registro,
tendrá un plazo excepcional de 10 días hábiles contados desde la notificación de la adjudicación para
inscribirse, sin perjuicio de lo anterior, deberá hacer entrega de todos los demás antecedentes según lo
dispuesto en párrafo primero del numeral 10.1
La no inscripción en Chileproveedores o la no entrega de cualquiera de los documentos y antecedentes ya
señalados, configurará causal suficiente para dejar sin efecto la resolución de adjudicación respectiva. En tal
caso se procederá al cobro de la garantía de seriedad de la oferta correspondiente (si se ha solicitado en el
proceso licitatorio), pudiendo el Hospital readjudicar al 2º mejor oferente evaluado, el que deberá acreditar
las mismas exigencias de los párrafos anteriores, o bien, declarar desierta la licitación, cuando la 2da mejor
oferta evaluada no resulte conveniente a sus intereses, en conformidad al artículo Nº 9 de la Ley N° 19.886.
Será responsabilidad del adjudicatario cumplir en tiempo y forma, con todas las exigencias antes descritas.
10.3 Suscripción Del Contrato y Aceptación De La Orden De Compra:
10.3.a Firma de contrato:
Una vez adjudicada la Licitación, cuando proceda, se hará llegar al adjudicatario el documento de contrato vía
correo electrónico, al correo informado por el proveedor en el Anexo N°01 de su oferta. El oferente adjudicado
estará obligado a firmar y devolver contrato firmado en 3 copias en formato físico, en sobre cerrado a nombre
de Unidad de Contratos del Hospital La Florida, indicándose la siguiente referencia “CONTRATO ID 812261-
XX-LP23 (donde XX, se debe reemplazar por el número de la licitación), El sobre deberá ser entregado en
secretaria de Comercialización del Hospital, dentro del plazo estipulado en el numeral 5.4. de las bases.
10.3.b Resolución que aprueba contrato: Una vez firmado y devuelto el contrato por el proveedor, se
procederá a firmar por la autoridad competente del Hospital y se dictará la correspondiente Resolución que
aprueba dicho contrato.
10.3.c Emisión de Orden de compra: una vez recibido conforme el servicio, se emitirá orden de compra
respectiva, por mes vencido, a través del sistema de información www.mercadopublico.cl.
Sin perjuicio de lo anterior, y por razones de buen servicio, se podrá emitir, excepcionalmente, y en los casos
que proceda la suscripción de contrato escrito, la orden de compra antes de la completa tramitación de la
Resolución que aprueba el Contrato. Sin perjuicio de que esta, debe encontrarse totalmente tramitada al
momento de pagar dicha Orden de compra.
10.3.d Aceptación de la Orden de compra por el proveedor: El proveedor deberá aceptar la Orden de compra
en el plazo de 24 horas desde su publicación en el sistema de información www.mercadopublico.cl. Vencidas
las 24 horas sin respuesta en el portal, se entenderá que la Orden de compra ha sido aceptada tácitamente
por el proveedor, comenzando a correr los plazos de entrega y cumplimiento de todas las obligaciones del
contrato.
Todo, sin perjuicio, de que, para el pago de factura, esta Orden de compra deberá encontrarse aceptada
expresamente en el sistema de información y con recepción Conforme, aceptación y recepción, sin la cual el
pago no se llevará a cabo.
El proveedor no podrá imponer un monto mínimo de despacho para aceptar la Orden de Compra.
10.4.- Contenido del Contrato
El contrato escrito, cuando proceda, contendrá todas y cada una de las cláusulas necesarias para su efectivo
cumplimiento, especificará el objeto, precio, plazo de entrega definido por el adjudicatario en su oferta,
además señalará la forma de recepción de los bienes y/o servicios, garantía técnica, modalidad de pago, entre
otras.
Se comprende dentro del objeto de la obligación del adjudicatario, todo lo señalado en su oferta, incluyéndose
las capacitaciones necesarias para el correcto, adecuado y útil uso del bien, si procede y la entrega de las
licencias, de todo tipo, incluyendo las intelectuales e industriales, que del caso correspondan, para el uso
correcto, útil y adecuado del bien.
El incumplimiento de lo ofertado será considerado incumplimiento grave de las obligaciones contraídas en el
contrato y podrá dar origen a su término y al cobro de la respectiva garantía, sin perjuicio de las acciones
legales correspondientes que pueda ejercer el Servicio.
Las cláusulas del respectivo contrato serán aplicables tanto a las obligaciones principales, como las
obligaciones accesorias y complementarias y se cumplirán del modo natural que a ellas correspondieren.
El adjudicatario será empleador único y exclusivo de su personal y por lo tanto, directamente responsable
ante las autoridades administrativas y del trabajo, Tribunales de Justicia, organismos previsionales, y en
general ante cualquier tercero, del cumplimiento fiel y oportuno de todas las obligaciones laborales y
previsionales que le correspondan en dicha calidad y en general de todas y cada una de las obligaciones que
nacen del contrato de trabajo, y de aquellas establecidas por el Código del Trabajo. No existiendo vínculo
laboral alguno entre el Hospital y el adjudicatario ni con sus trabajadores. El Hospital podrá requerir en todo
momento, información relativa al cumplimento de las obligaciones laborales y previsionales que le asisten al
empleador respecto de sus trabajadores, y especialmente respecto de aquellos que estén involucrados directa
o indirectamente en las prestaciones de que trata la presente licitación y el respectivo contrato.
10.5.- Vigencia y Duración del Contrato
El contrato que se celebre comenzará a regir a contar de la total tramitación del acto administrativo que lo
apruebe, o desde la aceptación de la respectiva Orden de Compra, según corresponda, salvo en aquellos
casos en los cuales, por razones de buen servicio, y mediante resolución fundada, las prestaciones contenidas
en el contrato escrito, deban iniciarse desde el momento de su suscripción, sin perjuicio, de que no proceda
pago alguno antes de la total tramitación del acto administrativo que lo aprueba.
La duración del contrato será de 12 meses o hasta que se alcance el monto total máximo adjudicado, lo que
ocurra primero.
10.6.- Renovación del Contrato
De acuerdo a las condiciones establecidas en este proceso licitatorio, no procede la renovación de contrato.
10.7.- Modificación Del Contrato
Mediante Resolución fundada, el HLF podrá modificar el contrato en cualquiera de las situaciones que se
señalan a continuación:
a) Mutuo acuerdo entre los contratantes, sin que pueda alterarse la aplicación de los principios de estricta
sujeción a las bases y de igualdad de los oferentes, ni que pueda aumentarse el monto del contrato más allá
del 30% del monto originalmente pactado.
b) Si así lo exigiera el interés público o la seguridad nacional.
c) Las demás causales establecidas en el artículo 77 del reglamento de la Ley 19.886.
10.8.- Garantía de Fiel y Oportuno Cumplimiento del Contrato
Junto a la firma del Contrato y para cautelar el cumplimiento de la correcta ejecución del mismo, el
adjudicatario deberá entregar una caución o garantía, siendo de su exclusiva responsabilidad que dicha caución
o garantía sea presentada conforme a las especificaciones que a continuación se indican.
Tipo de Documento Podrán ser presentados como documentos de caución, boletas de garantía,
vale vistas, certificados de fianza, póliza de garantía o cualquier otro
documento que cumpla con los siguientes requisitos
• Sea pagadero a la vista
• no sujeto a modalidad
• irrevocable
• Emitida a favor de Entidad Pública
Monto 10% de monto total adjudicado con IVA incluido en pesos chilenos
Beneficiario Hospital Clínico Metropolitano La Florida; Rut: 65.075.485-9
Vigencia 12 meses más 120 días hábiles, a contar de la adjudicación.
Glosa Garantizar el Fiel y Oportuno Cumplimiento del Contrato “SERVICIO DE
CATRES QUIRÚRGICOS PARA EL HOSPITAL DE LA FLORIDA” ID 812261-XXLP23.
(donde se señala XX reemplazar por el número de la Licitación)
Forma y oportunidad de
Entrega Física
El oferente o su representante deberá entregar físicamente la garantía en
secretaría de Comercialización ubicada en dependencias del Hospital La
Florida (primer piso), Avenida Froilán Roa 6542, en horario de lunes a
viernes, de 08:30 a 13:00 y de 14:30 a 16:00 horas, dentro de los 5 días
hábiles desde la adjudicación.
La garantía debe entregarse en sobre cerrado dirigido a la Unidad de
Contratos del Hospital La Florida, señalando en el sobre lo siguiente:
GARANTIA DE FIEL OPORTUNO CUMPLIMIENTO ID: 812261-XXLP23
(donde se señala XX, se debe reemplazar por el número de la
licitación)
IDENTIFICACION DEL OFERENTE
La garantía podrá otorgarse mediante uno o varios instrumentos
financieros de la misma naturaleza, que en conjunto representen el monto
o porcentaje a caucionar y entregarse de forma física o electrónicamente.
El oferente que necesite respaldar la entrega de su garantía deberá
acompañar una fotocopia del sobre que entrega. Esta fotocopia será
timbrada por profesional, indicando la fecha de su recepción y solo si se
comprueba que el documento físico viene en su interior.
Sin perjuicio de lo señalado anteriormente, la revisión del documento y
cumplimiento de requisitos formales, solo se verificará por la Unidad de
Contratos
En caso de presentarse una Garantía en Formato Electrónico, deberán ser
enviadas al correo: garantiahlf@redsalud.gov.cl, antes del del vencimiento
del plazo de 5 días hábiles desde la adjudicación, indicando en el asunto del
correo el ID de la Licitación y el nombre del Oferente.
De no presentar dicha garantía en forma, lugar, día y hora señalados, la
oferta adjudicada se entenderá desistida.
Esto último, sin perjuicio de las garantías en formato electrónico que,
además, deben ajustarse a las disposiciones de la Ley N°19.799 sobre
documentos electrónicos, firma electrónica y servicios de certificación de
dicha firma, que deberán acompañarse conjuntamente con la oferta.
En el caso de que la garantía entregada contenga errores, se solicitará
corregir dentro de los 5 días hábiles siguientes, so pena de no firmarse el
contrato respectivo.
La no entrega de esta Garantía de Fiel y Oportuno Cumplimiento, dará lugar
al cobro de la Garantía de Seriedad de la Oferta (si se ha solicitado en el
proceso licitatorio) y el Hospital podrá readjudicar la Licitación o declarar
Desierto el proceso.
La garantía podrá ser tomada por el oferente o por un tercero a nombre de
él.
Custodia Las garantías serán custodiadas por la Unidad de Tesorería del Hospital.
Se hace presente que en el Departamento de comercialización ubicado en dependencias del Hospital La
Florida (primer piso), Avenida Froilán Roa 6542, funcionan distintas unidades del Hospital, por lo que será
de exclusiva responsabilidad del proveedor entregar correctamente la garantía, en caso de que se entregue
en un lugar distinto del indicado precedentemente, se tendrá por no presentado el documento.
En caso de que el Hospital determine necesario aumentar el contrato, el adjudicatario deberá renovar la
garantía de fiel y oportuno cumplimiento, conforme al nuevo plazo y monto que se estime para estos efectos.
La garantía original será devuelta una vez que se haya entregado la nueva garantía.
10.8.1.- Aumento de Garantía
Cuando el precio de la oferta presentada por un Oferente sea menor al 50% del precio presentado por el
Oferente que le sigue, y se verifique por parte de la Entidad Licitante que los costos de dicha oferta son
inconsistentes económicamente, la Entidad Licitante podrá a través de una resolución fundada, adjudicar esa
oferta, solicitándole una ampliación de las garantías de fiel cumplimiento, hasta por la diferencia del precio
con la oferta que le sigue.
10.9.- Devolución y Cobro de la Garantía de Fiel y Oportuno Cumplimiento del Contrato
La garantía de fiel y oportuno cumplimiento del contrato se podrá hacer efectiva, en caso de incumplimiento
por parte del proveedor de cualquiera de las obligaciones del Contrato, sin perjuicio de las multas que
corresponda aplicar.
Para el cobro de la Garantía de Fiel y Oportuno Cumplimiento, se aplicará el mismo procedimiento utilizado
para el cobro de multas, según lo establecido en estas Bases de Licitación.
La devolución de la garantía de fiel y oportuno cumplimiento del contrato se efectuará dentro del plazo de 10
días hábiles contado desde el término del contrato, y una vez acreditado que se han cumplido todas las
obligaciones de dicho contrato, mediante Certificación de Conformidad, suscrito por el Jefe de la Unidad de
Contratos o quien lo subrogue, para tal efecto, al término del convenio.
Un representante de la empresa debidamente individualizado con poder especial ante notario podrá solicitar
la devolución ante el Responsable de Contrato de la Unidad de Contratos del Hospital, caso en el que se
comunicará a la Unidad de Tesorería.
10.10. Resciliación Del Contrato por Mutuo Acuerdo.
Las partes podrán poner término al contrato de común acuerdo, en forma anticipada, suscribiendo el
documento respectivo.
10.11.- Prohibición De Cesión
El adjudicatario no podrá ceder ni transferir en forma alguna, total ni parcialmente los derechos y obligaciones
establecidos para esta adquisición y contratación. En lo referido a la cesión de los instrumentos y títulos de
crédito que surjan del contrato, se estará a los artículos 74 y 75 del Decreto N°250 de 2004 del Ministerio de
Hacienda que aprueba Reglamento de la ley N°19.886 de Bases de Contratos Administrativos de Suministro y
Prestación de Servicios, particularmente al hecho que se notifique oportunamente dicho contrato o cesión y
no existan obligaciones o multas pendientes.
10.12.- Subcontratación
Queda prohibida la subcontratación de los bienes y/o servicios contratados. Lo anterior salvo en los casos de
transporte y/o distribución.
10.13.-Reajustabilidad de los Precios
El precio adjudicado no se reajustará durante la vigencia del contrato.
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11.-DE LA ENTREGA |
11.1.- De la Entrega
El plazo de entrega (incluye la instalación de los equipos y puesta en marcha del servicio) será el ofertado por
el proponente en Anexo N°04 Plazo de Entrega, dicho plazo se contabiliza a partir de la aceptación de la orden
de compra a través del portal Mercado Publico según lo establecido en estas bases. El oferente adjudicado
deberá entregar el servicio de catres quirúrgicos por cada orden de compra emitida, en la bodega del Hospital
en forma total.
Se debe acompañar a la entrega la Orden de compra aceptada y la respectiva Guía de despacho. No se
aceptarán copias de Facturas.
La guía de despacho deberá contener los datos de identificación de la Orden de Compra, el número de serie,
marca y modelo de los equipos.
Sin perjuicio de la cantidad de consumo total estimado en la presente licitación del servicio de catres
quirúrgicos, los requerimientos de entrega podrán ser realizados a través de la emisión de una sola Orden de
compra por dicho total o a través de la emisión de varias órdenes de compra sucesivas, según la necesidad
del Hospital durante toda la vigencia del contrato.
En caso de que el catre asociado al servicio no cumpla con las condiciones mínimas para garantizar que se
encuentra en condiciones de ser utilizado, como por ejemplo equipo distinto del solicitado, envases o sellos
alterados o dañados, temperatura inadecuada, material del envase, condiciones de traslado que afecten el
equipo, etc., el bien será devuelto total o parcialmente, debiendo el adjudicatario realizar una nueva entrega
dentro de las 24 horas siguientes, según lo establecido en las Bases Técnicas sobre Política de cambio
obligatoria. Todo, sin perjuicio de las sanciones y multas que se puedan aplicar por incumplimiento por atraso
en la nueva entrega.
El proveedor no podrá imponer un monto ni cantidad mínima de despacho.
11.2.- Ampliación del plazo de entrega
El plazo de entrega podrá ser ampliado de oficio por el Hospital. La solicitud de aumento de plazo que pudiese
realizar el Hospital, se realizará mediante comunicación formal al proponente a través de correo electrónico
señalado en el Anexo N°01 por el proveedor, con antelación a la fecha de entrega ofertada.
Si el plazo de entrega comprometido por el oferente no es respetado por una causa imputable a éste, el
adjudicatario deberá asumir, junto a la aplicación de la correspondiente multa, el costo que eventualmente
se pueda producir con ocasión de ello.
Con todo, el adjudicatario podrá a través de Carta dirigida al Director del Hospital enviada por correo
electrónico a la jefatura de la Unidad de Contratos del Hospital antes del vencimiento de la fecha de entrega,
solicitar la ampliación de dicho plazo, pudiendo invocar solo como causal la fuerza mayor o caso fortuito.
Dicha solicitud deberá acompañarse de todos los documentos o respaldos que acrediten la causal invocada.
La autoridad competente, calificará la causal y resolverá sobre su aprobación o rechazo. Con todo, esta
ampliación no deberá irrogar un mayor costo para el Hospital.
La alegación de caso fortuito o fuerza mayor deberá ser probada en los términos de la legislación civil, y En
caso de rechazo se aplicará la multa respectiva.
En caso de aumento de plazo, se emitirá la Resolución respectiva, la que será sometida al procedimiento
administrativo que corresponda.
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12.- MULTAS Y SANCIONES POR INCUMPLIMIENTO DE CONTRATO |
12.1.- Término Anticipado Del Contrato
El Hospital podrá, previa calificación de las circunstancias y emisión de resolución fundada de su Director,
poner administrativamente término al contrato, en forma anticipada, unilateral e inmediata, en caso de
incumplimiento del contrato celebrado, considerándose como causales de dicho término, las indicadas en el
artículo Nº13 de la Ley Nº19.886, en el artículo Nº77 del Decreto Nº250 de 2004 que contiene el Reglamento
de la Ley N°19.886, además de las siguientes causales específicas:
a) La aplicación de dos o más multas dentro un plazo de tres (3) meses, durante la vigencia del contrato,
cualquiera sea su fuente, de las enumeradas en el punto 12.3, o por la acumulación de multas cuyo
monto total sea igual o superior al 30% del monto del contrato.
b) Evaluación Técnica deficiente del proveedor emitida por el Hospital. Según lo señalado en el número
12.1.1 de las bases administrativas
c) El incumplimiento de la política de cambio por causa imputable al proveedor.
d) Cambio o modificación unilateral por parte del Proveedor del precio ofertado, del servicio,
condiciones de su oferta, calidad, u otra condición establecida en la oferta adjudicada y aceptada por
la Entidad.
e) Realización de actividades que pongan en riesgo al establecimiento y/o a sus funcionarios.
f) Si el proveedor cae en quiebre de stock y no soluciona la entrega adquiriendo a tercero a su costo.
g) Incurrir en falsedad en la documentación presentada relativa al servicio adjudicado.
h) Si el proveedor fuere declarado en quiebra o cayera en estado de notoria insolvencia.
i) Si falleciese el proveedor o se disolviese la empresa o perdiere su personalidad jurídica. En tal evento,
se procederá a efectuar la liquidación del contrato determinando las obligaciones que quedasen.
j) Si el adjudicatario cede o transfiere total o parcialmente los derechos y obligaciones que nacen de la
presente licitación, y en especial los establecidos en el contrato definitivo, salvo que una norma legal
especial permita la cesión de derechos y obligaciones. Lo anterior, es sin perjuicio que los
documentos justificativos de los créditos que emanen de estos contratos podrán transferirse de
acuerdo con las normas del derecho común.
k) Si la persona jurídica ha sido condenada penalmente de conformidad a la Ley Nº20.393.
l) Si el adjudicatario subcontrata total o parcialmente el contrato, salvo lo estipulado en numeral 10.12
m) Si el adjudicatario durante la vigencia del contrato es condenado por prácticas antisindicales o
infracción a los derechos fundamentales del trabajador, ejecutoriada o que cause ejecutoria dicha
condena.
n) Si el adjudicatario pierde la representación oficial del fabricante durante la vigencia del contrato.
o) Las demás causales que se establezcan en la Ley Nº19.886 y su normativa reglamentaria.
Terminado que sea en forma anticipada el contrato, siempre que se haya debido a responsabilidad del
proveedor, el Hospital queda facultado para hacer efectiva la Boleta de Fiel y oportuno Cumplimiento de
Contrato, sin que el adjudicatario tenga derecho a indemnización alguna.
12.1.1.- Evaluación Técnica
Durante toda la vigencia del contrato, el referente técnico, podrá evaluar el servicio a fin de dar cuenta de su
ejecución conforme, según los niveles de servicio exigidos en las Base Técnicas y sus correspondientes
indicadores. En el evento de evaluarse como NO RECOMENDABLE, se podrá dar término al contrato según lo
estipulado en la letra b el numeral 12.1. y servir dicha evaluación, a futuro, como herramienta en un próximo
proceso licitatorio para evaluar al oferente en el Criterio Comportamiento contractual anterior.
12.2.- Amonestación.
Constituye un documento firmado por las partes, que deja constancia de cualquier falta menor y objetiva,
cometida por el adjudicatario, y que, en atención a su importancia, no está afecta a cobros pecuniarios, salvo
que exista acumulación según se describe más adelante.
12.3.- Multas
El Hospital La Florida podrá, previa calificación de las circunstancias y resolución fundada del Director del
Hospital, aplicar y cobrar multas al adjudicatario por incumplimiento de sus obligaciones contractuales, por el
monto que se indica, y con un tope máximo de un 30% del total del contrato.
a) Entrega fuera de plazo: Se aplicará una multa de 1 UTM por cada día de atraso en la entrega efectiva del
servicio (incluye la instalación de los equipos y puesta en marcha del servicio), vencido sea el plazo
ofertado por el proveedor.
Se entenderá por fecha de entrega efectiva del servicio la fecha anotada en la Guía de Despacho por el
funcionario de bodega del Hospital la Florida.
b) Garantía Técnica y Política de cambio: El oferente, una vez solicitado el cambio del equipo asociado al
servicio, estará obligado a entregar los nuevos equipos dentro del plazo de 24 horas, so pena de aplicarse
una multa equivalente a 1 UTM por cada día de atraso que supere dichas 24 horas. Todo lo anterior, sin
perjuicio de hacerse efectivo el cobro de la garantía fiel cumplimiento del contrato.
c) Entrega incompleta: Se aplicará una multa equivalente 1 UTM, por entrega incompleta de los equipos
asociados al servicio solicitado, ya sea que no venga la cantidad requerida de catres o bien falte algunos
de sus componentes, accesorios o piezas, considerando la oferta adjudicada y lo solicitado por el Hospital
en sus bases para el uso correcto.
d) Demora en servicio técnico: se aplicará una multa de 1 UTM por cada día u hora hábil de atraso en el
diagnóstico y ejecución de la reparación. Los plazos son:
▪ 2 horas hábiles como máximo para solución telefónicamente a una falla en el equipo.
▪ 24 horas hábiles como máximo para asistir a realizar visita técnica de diagnóstico o
mantenimiento correctivo. Contadas desde la solicitud por correo electrónico del referente
técnico o administrador de contrato para concurrir al Hospital.
▪ 2 días hábiles como máximo para entregar el informe técnico con protocolo de mantenimiento,
desde la realización del servicio.
▪ En caso que la reparación sea mayor a 48 horas hábiles, el proveedor deberá entregar un back
up de condiciones similares o superiores al equipo en reparación.
e) Atraso en el mantenimiento preventivo: se aplicará una multa de 1 UTM por cada día hábil de atraso en
las mantenciones preventivas, considerando que el proveedor deberá coordinar el mantenimiento
preventivo como máximo 5 días después de que se realice la solicitud a través de correo dentro de las
fechas propuestas en Carta Gantt adjuntada antes del cierre de ofertas de la licitación. En el caso de que
el servicio no requiera mantención preventiva, esta información debe ir respaldada por fábrica con su
respectivo certificado, so pena de aplicarse la misma multa por cada día hábil de atraso en las
mantenciones
f) Falta entrega de capacitación: Se aplicará una multa de 1 UTM por cada día de atraso en la ejecución de
capacitaciones, vencido sea el plazo pactado con proveedor post instalación.
g) Aplicación de 2 amonestaciones en 2 meses calendario, se aplicará una multa de 0,5 UTM
El valor de la UTM será el que corresponde al mes en que se emita la resolución de aplicación de multa.
12.4 Registro de comportamiento
El proveedor que sea sancionado durante la vigencia del contrato, por aplicación de amonestaciones, multa(s),
cobro de garantías o por causal imputable de término anticipado de contrato, será ingresado a los siguientes
registros:
• Registro de Chileproveedores y
• Registro interno del Hospital Registro de Proveedores sancionados, que lleva la Unidad de Contratos del
Hospital, para estos efectos.
La información en ellos registrada podrá ser utilizar en la evaluación del proveedor en futuros procesos de
adquisición que lleve a cabo el Hospital y en cuyas bases se incorpore como herramienta para medir el
correspondiente Criterio de Comportamiento Contractual Anterior.
12.5 Procedimiento de Aplicación de sanciones, multas y/o Término Anticipado de Contrato.
La determinación de una situación o condición que diere lugar a la aplicación de una sanción, multa y/o
termino anticipado de contrato, se originará a partir de un informe que emane desde el Referente Técnico
administrador del contrato, dirigido a la Unidad de contratos del Departamento de Comercialización. Recibido
el informe, ésta evaluará si la situación es de aquellas consideradas como causales para la aplicación de una
sanción, multa y/o termino anticipado de contrato según Bases y tratándose de multas calculará los montos
a pagar.
Tratándose de las sanciones o multas, la Unidad de gestión de Contratos notificará al adjudicatario, a través
del módulo de sanciones del aplicativo de gestión de contratos dispuesto en www.mercadopublico.cl , por
escrito a través de correo electrónico, al correo indicado por el proveedor en anexo 01 de su oferta, del
informe emanado por el Referente Técnico Administrador de contrato/ o por ella y la causal que origina la
sanción o Multa y si se trata de la aplicación de Multa , el monto a pagar, a fin de que el proveedor manifieste
sus descargos acompañando todos los antecedentes que estime pertinente dentro del término de 5 días
hábiles desde dicha notificación, a través del módulo gestión de contratos.
En el caso del término anticipado del contrato, la Unidad de gestión de Contratos notificará al adjudicatario,
a través de carta certificada a la dirección indicada por el proveedor en el anexo 01 de su oferta, del informe
emanado por el Referente Técnico Administrador de contrato/ o por ella y la causal que origina el término
anticipado de contrato, a fin de que el proveedor manifieste sus descargos acompañando todos los
antecedentes que estime pertinente dentro del término de 5 días hábiles desde dicha notificación.
Una vez vencido el plazo sin presentar descargos, el Hospital dictará la respectiva resolución aplicando la
medida y detallando las circunstancias fácticas que hicieron procedente dicha sanción.
Si el adjudicatario hubiera presentado descargos en tiempo y forma, el Hospital tendrá un plazo de 30 días
hábiles a contar de la recepción de los mismos para rechazarlos o acogerlos, total o parcialmente. Al respecto,
el rechazo total o parcial de los descargos del proveedor deberá formalizarle a través de una resolución
fundada del Hospital, en el cual deberá detallarse el contenido y las características de la sanción, Multa o el
término anticipado de contrato según corresponda y si se trata de la aplicación de Multa, el monto a pagar.
La indicada resolución deberá notificarse al proveedor adjudicado mediante carta certificada remitida por la
Unidad de Gestión de Contratos al proveedor a la dirección indicada en el Anexo N°1 e informarse en el
módulo de sanciones del portal www.mercadopublico.cl
Las notificaciones por carta certificada se entenderán practicadas a contar del tercer día siguiente a su
recepción en la oficina de correos que corresponda. Contra la resolución que aplique la medida respectiva
procederán los recursos establecidos en la Ley N°19.880, Ley de Bases de Procedimientos Administrativos que
rigen los Actos de los Órganos de la Administración del Estado.
La entidad compradora tendrá la obligación de registrar las medidas indicadas en la presente clausula a través
del módulo de gestión de contratos dispuesto en plataforma www.mercadopublico.cl.
12.6. El pago de la multa podrá ser cobrado
a) Directamente al adjudicatario quien deberá pagar dentro de los 10 días corridos desde su notificación, o
b) Se podrá retener su monto al momento del pago de las facturas pendientes. En este caso, se descontarán
administrativamente del pago de las facturas que no hayan sido pagadas por el Hospital. Serán descontadas
del pago, no de la factura, es decir, el proveedor deberá facturar por el total sin descontar las multas que se
le aplicasen. Estas serán descontadas al momento de girar el pago respectivo por parte de la Unidad
Financiera, o
c) Con todo, de no hacer pago directo el proveedor o de no existir facturas pendientes por pagar, se podrá
hacer el cobro de las multas haciendo efectiva la garantía de fiel y oportuno cumplimiento, sin más trámite.
12.7 Procedimiento para interponer recurso
El proveedor dispondrá de un plazo de cinco días hábiles, contados desde la notificación mediante carta
certificada de la resolución fundada, remitida por la Unidad de gestión de Contratos al proveedor a la dirección
indicada en el Anexo N°01, para impugnar dicho acto administrativo, debiendo acompañar todos los
antecedentes que justifiquen eliminar, modificar o reemplazar la respectiva sanción, mediante un escrito o
carta ante la autoridad máxima del servicio por la sanción aplicada. Esta presentación se debe realizar
mediante carta certificada o con entrega presencial en la Oficina de Partes del Hospital. El Hospital tendrá un
plazo no superior a 30 días hábiles para resolver el citado recurso. Mientras se encuentre pendiente la
resolución de recurso de reposición, no se hará efectiva la respectiva sanción.
La resolución que acoja el recurso podrá modificar, reemplazar a dejar sin efecto el acto impugnado. Ahora
bien, en el caso de multas, que sean finalmente cursadas, sea total o parcialmente, ésta se hará efectiva
mediante el cobro directo en un plazo máximo de 20 días, debiendo pagar en un plazo de hasta 10 días una
vez notificado el cobro, o bien, se hará efectivo a través del cobro de la o las garantías de fiel cumplimiento,
según cuál sea el caso.
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13.- DE LA GARANTIA TÉCNICA DEL SERVICIO DE CATRES QUIRÚRGICOS ADJUDICADO |
El oferente se obliga a mantener una garantía técnica de los productos, por sobre la garantía obligatoria legal,
según lo establecido en la normativa vigente para esta materia durante toda la vigencia del Contrato.
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14. - DE LA RECEPCION |
14.1 de la Recepción de los catres
El adjudicatario deberá entregar en bodega del Hospital los catres quirúrgicos asociados al servicio, en los
plazos comprometidos en anexo N°04 Plazo de Entrega.
El adjudicatario deberá establecer las condiciones de almacenamiento y de climatización que requieren los
catres quirúrgicos durante bodegaje.
Para la Recepción, el oferente deberá adjuntar los siguientes documentos:
• Guía de despacho, identificándose en ella la Orden de Compra correspondiente.
• Copia de orden de compra Aceptada en Mercado Público.
La guía de despacho deberá contener los datos de identificación de la Orden de Compra, el número de serie,
marca y modelo de los equipos.
La bodega del Hospital, solo recibirá junto a la entrega de los catres quirúrgicos, la guía de despacho y la Orden
de Compra, debiendo el adjudicatario, solo una vez realizada la recepción conforme, emitir la factura
correspondiente.
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15.- DE LA FACTURACIÓN |
El oferente por el sólo hecho de presentar su oferta renuncia a sus políticas de facturación y se somete al
requerimiento del Hospital, en consecuencia, no podrá imponer el oferente un monto mínimo de despacho
ni de facturación para ningún efecto.
El oferente solo podrá facturar la Orden de Compra aceptada, una vez que esta se encuentre con su recepción
conforme publicada en el portal mercadopublico.cl
En caso de que la factura presente algún error o no cuente la orden de compra respectiva con la recepción
conforme señalada anteriormente, el Hospital dispondrá de 08 días corridos para hacer las observaciones
correspondientes al adjudicatario o rechazarla. El proveedor dispondrá de 08 días corridos para subsanar si se
tratara de errores subsanables. La nueva factura o Nota de Crédito según sea el caso, sufrirá el mismo trámite
formal que el documento original, salvo que, por tratarse de una segunda tramitación, el plazo para su pago
será de 20 días hábiles desde su recepción conforme por parte del Hospital.
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16.- DEL PAGO |
La obligación de pago por parte del Hospital se perfecciona a partir de la comunicación que realice la Unidad
de Contratos del Departamento de Comercialización del Hospital al Departamento de Finanzas, previa
confirmación de los siguientes antecedentes:
a) Orden de Compra aceptada por el proveedor en el portal www.mercadopublico.cl
b) La recepción completa, conforme y sin observaciones en bodega de los bienes incluidos en la orden
de compra.
c) El acta de recepción conforme firmada por el Referente Técnico Administrador del contrato.
d) Formulario 30, Solicitud de Certificado de Antecedentes Laborales y Previsionales
e) La eventual aplicación de multas y sanciones.
f) Recepción en plataforma SAP del Hospital
g) Recepción conforme en la plataforma de Mercado Público, siendo esta última recepción en el portal,
la que dará origen a la facturación electrónica.
Para iniciar el proceso pago de manera correcta y oportuna, es fundamental que el adjudicatario haya
aceptado expresamente la orden de compra en la plataforma de mercado público.
El pago de facturas se realizará en 30 días corridos por Tesorería General de La República, desde la fecha de
la aceptación de la correspondiente factura.
La recepción conforme de los bienes y/o los servicios, conlleva la validación y emisión de OC lo cual se realizará
en 10 días hábiles. Lo anterior se funda en los plazos internos existentes, considerando los procesos
administrativos de la institución.
En caso que el adjudicatario registre saldos insolutos de remuneraciones o cotizaciones de seguridad social
con sus actuales trabajadores o con trabajadores contratados en los últimos dos años, aplicará lo estipulado
en el artículo 4º de la Ley 19.886.
16.1.- Pagos con Trasferencias electrónicas.
La Tesorería General de la República está facultada para realizar pagos a través de transferencia electrónica a
los proveedores que completen de manera correcta la autorización notarial adjunta para pago con
transferencia electrónica.
Una vez completado, este mandato debe ser legalizado ante notario y posteriormente debe ser entregado en
Tesorería o Secretaria de Finanzas del Hospital de La Florida, ubicada en el tercer piso de la institución. Este
mandato una vez entregado, no puede ser modificado por el oferente durante la duración del contrato.
AUTORIZACIÓN NOTARIAL PARA PAGO CON TRANSFERENCIA ELECTRÓNICA
Yo, ____________________________________________ , RUN: _________________________, en
calidad de representante legal de la empresa, ________________________________________________
R.U.T. _______________________________ ; autorizo al Hospital Clínico La Florida Dra. Eloísa Díaz
Insunza, para que pague con transferencia electrónica bancaria, documentos por cobrar que existan con
dicha entidad, en la cuenta que detallo a continuación:
Cta. Corriente Cta. Débito Cta. de Ahorro Cta. Vista
NºCuenta:
Banco:
R.U.T. empresa:
Nombre empresa:
Mail confirmación de pago:
Firma Representante Legal
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17.- RESPECTO DE LA NORMATIVA DEL HOSPITAL LA FLORIDA Y DEBIDO CUIDADO A SUS BIENES |
Para la ejecución del contrato, el Hospital permitirá la entrada del personal del adjudicatario, debidamente
acreditado, a las dependencias involucradas en la ejecución de éste. En tal caso, el personal del adjudicatario
deberá solicitar acatar las medidas de resguardo y control de los recintos institucionales y el adjudicatario será
responsable, y quedará obligado a la reparación o reposición, de cualquier desperfecto, daño o perdida que
puedan sufrir el inmueble del Hospital La Florida y/o los bienes muebles que lo guarnecen. Cabe hacer
presente, que el ingreso tanto el adjudicatario como su personal al Hospital La Florida, para efectos de ejecutar
su contrato, estarán sujetos a protocolos de seguridad que deberá coordinar con el funcionario designado
para tal efecto y que será oportunamente informado.
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18. ADMINISTRACIÓN Y FISCALIZACIÓN DEL CUMPLIMIENTO DEL CONTRATO. |
18.1 Administración por parte del Hospital
Con el objeto de coordinar y controlar el correcto cumplimiento del contrato, se designa a Sra. Erika Cortes,
jefa de Unidad Equipos Médicos o quien sea titular del mismo cargo al momento de la ejecución del contrato,
o quien lo subrogue, en calidad de Referente Técnico Administrador del Contrato, quien, junto a la Unidad de
Contratos del Departamento de Comercialización del Hospital, tendrán las siguientes responsabilidades:
Referente técnico administrador de contrato:
• Fiscalizar el estricto y oportuno cumplimiento de las obligaciones contractuales, en especial la calidad y
entrega oportuna del servicio.
• Proponer la aplicación de multas, en caso de verificarse alguna de las infracciones consignadas en las
presentes bases, notificando la infracción o incumplimiento a través de un informe, a la Unidad de
Contratos.
Unidad de Contratos:
• Mantener actualizado un archivo con la totalidad de los antecedentes del contrato.
• Llevar registro de sanciones y multas aplicadas al proveedor.
• Llevar el control del consumo y ejecución del contrato hasta su término en cuanto a su precio total.
• Proveer el estado de recepción conforme e informar los descuentos y/o multas a que hubiere lugar, para
que se verifique el pago por parte de la Unidad de Finanzas.
• Revisar procedencia y autorizar la devolución de la garantía de fiel y oportuno cumplimiento del contrato
o solicitar se haga efectiva, si procede.
En general, ambos deberán desarrollar todas las acciones referidas al control y gestión de las acciones que
faciliten la ejecución del contrato.
Sin perjuicio de lo anterior, se establece que el Hospital podrá modificar la designación del Referente Técnico
Administrador de Contrato, en cualquier momento durante la ejecución del contrato, de lo cual dará aviso
oportuno al proveedor vía correo electrónico.
18.2 Encargado del Contrato por parte del Proveedor
Por su parte, el adjudicatario deberá designar un Encargado de Contrato que se relacionará con el
Administrador del contrato para los efectos señalados y que deberá señalar en su anexo 1.
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19. LEY Nº20.584. |
Tanto el adjudicatario como su personal deberán en todo momento observar estrictamente la normativa que
establece la Ley Nº20.584, que Regula Los Derechos y Deberes que tienen las Personas en relación con
acciones vinculadas a su atención de salud.
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20. DEBER DE CONFIDENCIALIDAD |
Durante el desarrollo del contrato, como al término de éste, el adjudicatario y/o su personal no podrá divulgar
o hacer uso de la información a que haya tenido acceso con ocasión del mismo, constituyendo su infracción,
incumplimiento grave de su obligación de confidencialidad, facultando al Hospital La Florida para ejercer las
acciones judiciales que estime pertinentes para el resarcimiento de todos sus perjuicios. Lo anterior, teniendo
en especial consideración lo dispuesto en la Ley Nº19.928 de Protección de Datos de Carácter Personal.
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II. BASES TÉCNICAS |
1. OBJETIVO
El objetivo de las presentes bases técnicas es describir los aspectos técnicos que requiere el “SERVICIO DE
CATRES QUIRÚRGICOS PARA EL HOSPITAL DE LA FLORIDA”, el cual incluye mantenciones preventivas,
correctivas, servicio técnico, capacitaciones al usuario, back up y todos los elementos y accesorios asociados
(colchones, almohadas, fundas, entre otros), de los cuales se va a disponer mediante la presente licitación.
2. ASPECTOS GENERALES
El servicio ofertado debe ajustarse exactamente a las características exigidas en bases. En caso de no cumplir
con los requerimientos obligatorios, se declarará inadmisible el Ítem ofertado, por no cumplir con los
requisitos especificados en las bases.
El oferente adjudicado debe entregar la totalidad del servicio de catres quirúrgicos a fin de garantizar la
continuidad del servicio del Hospital, resguardando no caer en quiebres de stock.
De ocurrir tal situación, el oferente deberá adquirir dicho equipo en otra empresa para cumplir con los plazos
ofertados. El producto adquirido en tales circunstancias debe ser de igual o superior calidad, debiendo solicitar
autorización previa al HLF. Este caso, tendrá costo cero para el Hospital y el recargo en el valor de los equipos
será de exclusiva responsabilidad del oferente.
2.1 Descripción del servicio a adquirir
Se requiere contratar un servicio de entrega de catres, por una duración de 12 meses, el cual será cancelado
por mes vencido.
El servicio debe contar con las siguientes características:
• Mantención preventiva acorde a las indicaciones de fabricante.
• Mantención correctiva incluyendo visitas, repuestos, mano de obra, asistencia remota, cambio de
baterías en caso de necesitarlo sin límite por el periodo de contratación.
• Servicio técnico in situ.
• Catres de back up.
• Deben incluir almohadas y colchón por cada catre.
Detalle de cantidades y monto estimado a adquirir:
ÍTEM SERVICIO REQUERIDO
MONTO DE GASTO
ESTIMADO VALOR
CON IVA INCLUIDO
EN UTM PARA 12
MESES
1
SERVICIO DE CATRES QUIRÚRGICOS PARA EL
HOSPITAL DE LA FLORIDA
1.879
3. ESPECIFICACIONES TÉCNICAS
El SERVICIO requerido en esta adquisición debe cumplir además de la especificación técnica propia del
servicio, establecida en el Anexo N°03 publicado en el portal www.mercado publico.cl, con todos y cada uno
de los requerimientos señalados en estas Bases Administrativas y Técnicas.
El formato Excel ANEXO 03, de las especificaciones técnicas no podrá ser modificado y solo se deberán
contestar las preguntas allí expresadas. Si requiere entregar alguna explicación anexa de algún requerimiento
solicitado debe indicarlo en la columna Comentarios del oferente.
Cabe hacer señalar que, para el servicio de catres quirúrgicos, cualquier elemento, dispositivo y/o accesorio
que sea requerido para el correcto funcionamiento de los catres, que no esté indicado en estas bases,
deberá ser incluido en la oferta sin costo adicional para el Hospital. Los elementos, dispositivos y/o
accesorios deben ser 100% compatibles con el equipo asociado a su uso.
Cabe hacer presente que, para este servicio, los equipos y sus respectivos componentes deben ser nuevos y
sin uso.
4. POLÍTICA DE CAMBIO
El proponente que se adjudique se obliga ante el Hospital Clínico Metropolitano La Florida a cumplir con la
siguiente Política de cambio Obligatoria para los equipos asociados al servicio, entendiéndose por equipo al
catre quirúrgico y a todo accesorio y/o dispositivo complementario a este.
Se deberán cambiar los equipos, cuando ocurra algunas de las siguientes situaciones:
a. Cuando los equipos no cumplan con las especificaciones requeridas en estas bases de licitación.
b. Cuando los equipos se entreguen en empaques dañados y/o defectuosos.
c. Cuando los equipos entregados sean de distinta calidad, materiales, procedencia y/o marca a la
adjudicada.
d. Cuando los equipos fallen, se deterioren o rompan durante la garantía del producto, siempre y cuando
estas fallan no sean ocasionadas por mal uso del equipo.
e. Cuando los equipos no sean nuevos
Las situaciones descritas podrán ser verificadas y notificadas, tanto por personal de bodega como por el
referente técnico administrador de contrato, haciéndose efectiva obligatoriamente la Política de cambio al
Proveedor.
Para hacer efectiva la política de cambio, personal del Hospital se comunicará con la persona encargada del
contrato por parte del proveedor para solicitar a través de correo electrónico indicado en anexo N°01, el
correspondiente cambio dentro de las 24 hrs. siguientes a la solicitud, so pena de aplicarse lo dispuesto en la
cláusula. 12.3.- Multas, letra b), de las bases administrativas.
5. MANTENIMIENTO PREVENTIVO Y CORRECTIVO
El mantenimiento de los catres quirúrgicos y costos asociados, es responsabilidad exclusiva del adjudicatario
durante toda la vigencia del contrato.
Será su obligación mantener y disponer de dicho equipamiento en óptimas condiciones de tal forma de
ejecutar la atención a usuarios de forma efectiva y segura.
En el caso que el equipo se encuentre en garantía, o que tenga mantenimiento exclusivo del representante
de marca, deberá realizar las gestiones de coordinación para realizar los mantenimientos.
Si el equipo debe ser traslado fuera de las instalaciones del hospital, para su mantención, esta situación, debe
ser autorizada por referente técnico del Hospital. En tal caso el proveedor deberá entregar back up para
asegurar la continuidad operacional del servicio clínico.
El proveedor deberá entregar equipo en back up si acontecen las siguientes circunstancias:
• En caso de requerir la mantención preventiva o correctiva, el traslado de algún equipo fuera de las
instalaciones del Hospital, el proveedor deberá contar con un equipo en back up, de iguales o
superiores características, el cual deberá ser entregado e instalado dentro del plazo de 4 horas
hábiles.
• Se deberá entregar equipo en back up, en el caso de que la mantención del equipo realizada en el
Hospital sobrepase el plazo de 48 horas hábiles.
• En caso que el equipo sea dado de baja o la reparación del bien no sea viable.
El mantenimiento de los equipos debe llevarse a cabo según las recomendaciones de la marca y de acuerdo a
su pauta de mantenimiento.
Dentro de lo solicitado se encuentran las siguientes actividades:
• Aseo y limpieza: Actividad que se realiza al equipamiento en cuestión, esta es realizada por el
personal de la Empresa adjudicada, con el objetivo de mantener condiciones de higiene óptimas. Con
una periodicidad de al menos 2 veces al año o de acuerdo a lo indicado por el fabricante. Esta
información debe ir respaldada por fábrica con su respectivo certificado.
• Inspección y control: Actividad de revisión hacia el equipamiento, esta es realizada por el personal
de la Empresa adjudicada, con la finalidad de detectar oportunamente condiciones subestándares
del equipamiento, para con esto ayudar a mantener condiciones óptimas de equipamiento. Con una
periodicidad según recomendación del fabricante.
• Mantenimiento Preventivo: Actividad técnica de programada, esta es realizada por el personal
técnico del proveedor adjudicado acorde a las indicaciones del fabricante, en el caso que el equipo
presente garantía, esta es realizada por la Empresa que extendió dicha garantía, conforme a
parámetros señalados en las respectivas bases de compra de dicho equipamiento.
Cada vez que sea realizada esta actividad, la empresa que realiza dicha mantención deberá completar
una hoja de registro del equipo en cuestión con los parámetros de resultados, dicha hoja de registro
será emitida al referente técnico o administrador del contrato.
Esta actividad deberá realizarse con una periodicidad de al menos 2 veces al año o de acuerdo a lo
indicado por el fabricante. Esta información debe ir respaldada por fábrica con su respectivo
certificado. Las piezas y repuestos utilizados en la mantención de los equipos deben ser nuevos y a
cargo de la empresa adjudicada. No se permitirán materiales o componentes reutilizados ni
reacondicionados.
• Mantenimiento correctivo: Actividad de carácter puntual, que se realiza con personal técnico de la
empresa adjudicada, cada vez que se detecte una falla. Si el equipo se encuentra en cobertura de
garantía, en conformidad a los parámetros que señalan las bases de licitación, esta actividad será
realizada por la empresa que extiende la presente garantía en dicho equipamiento. La empresa
adjudicada, deberá disponer de un plan de contingencia, para subsanar la falta de equipos.
Cada vez realizada esta actividad la Empresa que realiza dicha mantención, deberá realizar un
informe respectivo, con los parámetros de resultados, dicho informe será emitido al referente
técnico o administrador de contrato Hospital. En el caso que sea un equipo que cuente con garantía
técnica vigente, o que tenga mantenimiento exclusivo del representante de marca, el Adjudicatario
será quien deba gestionar la coordinación con la empresa involucrada.
Serán de cargo exclusivo del proveedor todos los costos de mano de obra y repuestos asociados,
tanto preventivos como repuestos correctivos, que los equipos en garantía requieran cambiar
durante toda la vigencia del contrato.
5.1 Frecuencia exigible para el mantenimiento preventivo
Las mantenciones preventivas de todo el equipamiento ofertado deben realizarse al menos 2 veces en un año
o de acuerdo a lo indicado por fabricante. En caso que los catres quirúrgicos no requieran mantención, esta
información debe ir respaldada por fábrica con su respectivo certificado, so pena de aplicarse lo dispuesto
en la cláusula. 12.3.- Multas, letra e), de las bases administrativas.
El proveedor deberá especificar en su propuesta técnica, una carta Gantt donde incluya las fechas estimadas
de mantenciones preventivas.
El proveedor debe coordinar el mantenimiento preventivo como máximo 5 días después de que se realice la
solicitud a través de correo dentro de las fechas propuestas en Carta Gantt, so pena de aplicarse lo dispuesto
en la cláusula. 12.3.- Multas, letra e), de las bases administrativas.
El proveedor deberá informar y coordinar oportunamente al referente técnico o administrador del contrato
sobre la intención de realizar las mantenciones preventivas, con quien se deberán coordinarlas previamente.
Las piezas y repuestos utilizados en la mantención de los equipos deben ser nuevos y a cargo de la empresa
adjudicada. No se permitirán materiales o componentes reutilizados ni reacondicionados.
El proveedor deberá realizar mantención preventiva tanto de hardware como software, siempre que esto sea
aplicable, a todos los elementos adicionales asociados a los equipos, tales como lo son accesorios, módulos,
complementos, servidores, computadores, analizadores o cualquier otro elemento adicional que esté en la
oferta de esta licitación bajo las mismas condiciones señaladas en este documento.
5.2 Aviso de Visita Técnica
La empresa a cargo de la mantención, deberá confirmar y coordinar su visita con el referente técnico o
administrador de contrato, con fecha y hora, al menos con una semana de anticipación.
5.3 Horarios
La implementación del servicio y las actividades de mantención preventiva, a que se compromete la empresa
contratada por la presente licitación, se efectuarán dentro del horario de trabajo normal del Hospital.
- Lunes a jueves de 8:00 hrs. a 17: 00 hrs.
- Viernes de 8: 00 hrs. a 16: 00 hrs.
Las actividades de reparación podrán ser realizadas en horario inhábil, sin embargo, estas deberán ser
coordinadas previamente con la Unidad Técnica Administradora de Contrato.
5.4 De la mantención correctiva
Cada vez que se reporte una falla, el personal Técnico, deberá concurrir a realizar la Mantención correctiva
según lo siguiente:
El Proveedor para reparar la falla antes aludida, deberá usar elementos y repuestos nuevos, sin uso y deben
contar con una calidad suficiente para resolver la falla, por lo que proveedor deberá utilizar los repuestos
asociados a la marca del equipo. No podrá utilizar imitaciones o partes que sólo corrijan la falla en un corto
plazo.
Estas mantenciones corresponderán a aquellos catres quirúrgicos que presenten fallas fuera del
mantenimiento preventivo y que sean necesarios de reparar sin esperar mantenciones preventivas normales.
El costo de la mantención correctiva por fallas producidas será parte integrante de este contrato, en donde el
adjudicado será responsable de hacer el diagnóstico por la falla del instrumento.
Una vez finalizada la mantención, el proveedor deberá realizar un informe técnico que presentará al referente
técnico o administrador del contrato.
Luego de la inspección técnica, el proveedor deberá emitir un informe que señale a lo menos:
- Tipo de mantenimiento realizado
- Tiempo de ejecución de mantenimiento
- Descripción de las posibles causas de falla del equipo
- Check list de los sistemas internos y externos revisados
- Detalle de los repuestos requeridos
- Recomendaciones
Para lograr lo anteriormente mencionado, se deberá dejar en las dependencias del hospital, personal de
servicio técnico para revisión in situ en horario hábil.
5.5 Del Tiempo de Respuesta
Los llamados por fallas deben atenderse por el proveedor de la siguiente manera:
- 2 horas hábiles como máximo para solución telefónicamente a una falla en el equipo, so pena de aplicarse
lo dispuesto en la cláusula. 12.3.- Multas, letra d), de las bases.
- 24 horas hábiles como máximo para asistir a realizar visita técnica de diagnóstico o mantenimiento
correctivo. Contadas desde la solicitud por correo electrónico del referente técnico o administrador de
contrato para concurrir al Hospital, de lo contrario se aplicará lo dispuesto en la cláusula. 12.3.- Multas, letra
d), de las bases.
- 2 días hábiles como máximo para entregar el informe técnico con protocolo de mantenimiento, desde la
realización del servicio, de lo contrario se sancionará conforme a lo indicado en la cláusula. 12.3.- Multas, letra
d), de las bases.
- En caso que la reparación sea mayor a 48 horas hábiles, el proveedor deberá entregar un back up de
condiciones similares o superiores al equipo en reparación, so pena de aplicarse lo dispuesto en la cláusula.
12.3.- Multas, letra d), de las bases.
El proveedor deberá disponer de un número telefónico para recibir las llamadas por solicitud de algún servicio
o consulta por parte del Hospital, el cual deberá estar disponible de lunes a jueves, de 8:00 hrs. hasta 17:00
hrs. y viernes de 8:00 hrs. a 16:00, exceptuando festivos.
6- De la capacitación
El proveedor debe detallar en el Anexo N°09 el programa de capacitación ofertados y las especificaciones de
capacitación de nivel usuario y técnico de mantenimiento según se detalla en las bases técnicas.
El adjudicatario deberá cumplir con el programa de capacitación ofertado durante el periodo que dure la
garantía e impartirlo al personal definido por el jefe de servicio clínico de en cuestión y/o mantención de
equipos médicos que operará el servicio adjudicado, según procedimientos y plazos acordados entre las
partes en la operación de los catres, tareas de mantenimiento de primer y segundo nivel.
Las capacitaciones serán sin costo para el Hospital de ningún tipo, y deben ser realizadas en las dependencias
del Hospital La Florida, previamente coordinado con Unidad de Equipos Médicos, so pena de aplicarse lo
dispuesto en la cláusula. 12.3.- Multas, letra f), de las bases administrativas.
El personal que apruebe la capacitación deberá recibir el certificado correspondiente emitido por el oferente.
En casos que hay recambio de personal o actualización de versiones del producto, esta capacitación será
solicitada por el Hospital y el oferente deberá proveerla sin costo adicional durante el periodo de garantía
técnica. Por otra parte, si el adjudicatario estima necesario actualizar la capacitación de los usuarios, el
Hospital de La Florida deberá crear las condiciones para que esta se realice sin retrasos.
El programa de capacitación deberá incluir al menos lo siguiente:
a) Debe contener todos los elementos necesarios para el proceso de capacitación y estos se
encontrarán organizados de manera lógica
b) Debe asegurar el cumplimiento de los objetivos, conteniendo las actividades suficientes y necesarias
c) Debe facilitar que las y los participantes apliquen en su práctica cotidiana los contenidos aprendidos
d) Los plazos establecidos en el plan de trabajo y los recursos asociados deben permitir efectivamente
el desarrollo de las actividades propuestas
e) Debe permitir objetivar tanto el Hospital como el proponente, los aprendizajes logrados en el curso
por parte de los y las participantes.
f) Las horas profesionales destinadas a la capacitación, por parte del equipo capacitador, deben otorgar
garantía respecto del cumplimiento de los objetivos y resultados esperados
g) Tareas de mantenimiento de primer nivel, que deben incluir como mínimo lo siguiente:
a. Descripción del programa de mantenimiento, que permita un control y seguimiento
b. Descripción de la estructura y componentes del producto, identificación del listado de piezas
y accesorios
c. Labores de mantención básicas que puedan ser asumidas por el establecimiento asistencial)
limpieza, cuidados mínimos)
7- De las Condiciones Ambientales y de infraestructura
Para este servicio de catres quirúrgicos el (los) equipos deben ser compatibles con las fuentes de alimentación
que se dispone en el Hospital de La Florida ya sean eléctricas, ambientales, etc. Si por algún motivo este no
fuera el caso, la empresa deberá disponer de todos los elementos necesarios para proveer las condiciones
ambientales necesarias para el adecuado funcionamiento, ya sea traer equipos adicionales o realizar las
modificaciones necesarias, las cuales deben ser incluidos en la oferta sin ningún cargo extra para el Hospital.
8- Instalación y puesta en marcha
El traslado e instalación del equipo asociado al servicio será a costo del oferente incluyendo herramientas,
calibradores, simuladores, controles, e insumos necesarios para realizar pruebas de funcionamiento y puesta
en marcha del servicio.
Se debe considerar que, de requerir la instalación de modificaciones estructurales, eléctricas o de cualquier
índole, su costo será asumido por el oferente.
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