2. DISPOSICIONES PRELIMINARES. |
2.1.- De los oferentes
Podrán participar en esta licitación las personas naturales o jurídicas, chilenas o extranjeras que realicen sus
ofertas a través del sistema de información www.mercadopublico.cl. Del mismo modo podrán participar en
el presente proceso, las personas naturales y/o jurídicas que decidan asociarse a través de la unión temporal
de proveedores, regulada en el artículo 67 bis del Decreto Nº 250 del 2004 del Ministerio de Hacienda, que
aprueba el reglamento de la Ley Nº 19.886.
Tratándose de personas naturales o jurídicas extranjeras, deberán al momento de contratar contar con
agencia y domicilio en Chile, con un representante con mandato y poder suficiente para contratar a nombre
del mandante, y para responder de las obligaciones que emanen del contrato respectivo, de acuerdo a la
normativa vigente, y sin perjuicio de las normas que sobre el particular establezcan tratados o convenios
internacionales vigentes suscritos por Chile y por el país de origen de dicha persona natural o jurídica.
Para estos efectos, la documentación que deberá exigirse a las empresas extranjeras, se hará conforme a lo
dispuesto en la ley N°20711, en caso de ser ello procedente.
En cuanto a la aplicabilidad de los Tratados Internacionales a los que se hace alusión en este apartado, será
pertinente en la medida que tales instrumentos hayan sido suscritos y ratificados por Chile.
Todo Proponente u Oferente interesado en presentar Oferta deberá estudiar cuidadosamente las Bases
Administrativas y Técnicas, debiendo informarse de todas las condiciones que de alguna manera afecten el
costo de los bienes y/o servicios ofertados, tales como permisos que deben obtenerse, leyes o reglamentos
que puedan ser aplicables, entre otros. Cualquier omisión por parte del Oferente, será a su propio riesgo y
sólo él será responsable de los errores u omisiones en que incurra. El Proponente sufragará todos los costos
relacionados con la preparación y presentación de su oferta. El Hospital no será responsable en caso alguno
de dichos costos, cualquiera sea el resultado de la Licitación.
2.2.- Unión temporal de los proveedores
Se entenderá como unión temporal de proveedores, si dos o más proveedores se unen para el efecto de
participar en un proceso de compra, deberán establecer, en el documento que formaliza la unión, a lo menos,
la solidaridad entre las partes respecto de todas las obligaciones que se generen con la Entidad y el
nombramiento de un representante o apoderado común con poderes suficientes.
Cuando se trate de adquisiciones inferiores a 1.000 UTM, el representante de la unión temporal de
proveedores deberá adjuntar al momento de ofertar, el documento público o privado que da cuenta del
acuerdo para participar de esta forma.
Para contrataciones iguales o superiores al monto indicado, y sin perjuicio del resto de las disposiciones legales
y reglamentarias que resulten aplicables, el acuerdo en que conste la unión temporal deberá materializarse
por escritura pública, como documento para contratar, sin que sea necesario constituir una sociedad.
Si la Entidad exige la inscripción en el Registro de Proveedores para suscribir el contrato, cada proveedor de
dicha unión temporal deberá inscribirse.
Al momento de la presentación de las ofertas, los integrantes de la Unión determinarán qué antecedentes
presentarán para ser considerados en la evaluación respectiva, siempre y cuando lo anterior no signifique
ocultar información relevante para la ejecución del respectivo contrato que afecte a alguno de los integrantes
de la misma.
La vigencia de esta unión temporal de proveedores no podrá ser inferior a la del contrato adjudicado.
2.3.- Inhabilidades para participar en la Licitación y/o Contratar
No podrán participar como oferentes, ni contratar con el estado, las personas naturales o jurídicas, nacionales
o extranjeras, afectos a alguna de las prohibiciones, inhabilidades o incompatibilidades para contratar con
órganos y organismos de la Administración del Estado, contempladas en los incisos 1º y 6º respectivamente
del artículo 4º de la Ley Nº 19.886, de Bases sobre Contratos Administrativos de Suministro y Prestación de
Servicios y su normativa complementaria.
Tampoco podrán contratar quienes hayan sido condenados, a esta inhabilidad, por el Tribunal de Defensa de
la Libre Competencia en conformidad con lo dispuesto en el inciso segundo del artículo 26, letra d), del DFL
N° 1, de 2004, del Ministerio de Economía, Fomento y Reconstrucción, que fijó el texto refundido, coordinado
y sistematizado del DL N° 211, de 1973, que fijó normas para la defensa de la libre competencia
Tratándose de personas jurídicas, además, no deben haber sido condenadas a pena de prohibición de celebrar
actos y contratos con organismos del Estado, de conformidad con la Ley N° 20.393, que establece la
Responsabilidad Penal de las Personas Jurídicas en los Delitos de Lavado de Activos, Financiamiento del
Terrorismo y Delitos de Cohecho que Indica.
Tratándose de la unión temporal de proveedores, cualquiera de las causales de inhabilidad para la
presentación de las ofertas, para la formulación de la propuesta o para la suscripción de la convención,
establecidas en la legislación vigente, afectarán a cada integrante de la Unión individualmente considerado.
En caso de afectar una causal de inhabilidad a algún integrante de la Unión, ésta deberá decidir si continuará
con el respectivo procedimiento de contratación con los restantes integrantes no inhábiles de la misma o se
desiste de su participación en el respectivo proceso.
Todo lo anterior, aun cuando, cumplan con los requisitos técnicos establecidos en las presentes bases de
Licitación.
2.4.- Aceptación del contenido de las bases
Los oferentes por el sólo hecho de presentarse a la Licitación aceptan y se entenderán en cabal conocimiento
de estas Bases, así como también de las características de la provisión de los bienes que se requieren y de las
Modificaciones de Bases y aclaraciones publicadas en su oportunidad, por el solo hecho de presentar sus
ofertas, por lo que se declaran conformes con ellas y no tienen reservas ni observaciones que formular,
debiendo ajustarse a ellas en todo momento.
2.5.- Presentación de documentos
El idioma español regirá para todo el proceso de Licitación, para todos los documentos asociados y aquellos
que posteriormente origine la materialización de la adjudicación.
Todos los antecedentes y formularios deberán ser anexados a la respectiva oferta presentada en idioma
español, en formatos digitales utilizando para estos efectos Word (como procesador de textos), Excel (planilla
electrónica) e imágenes digitalizadas en formatos PDF.
Para estos efectos, la documentación que deberá exigirse a las empresas extranjeras, se hará conforme a lo
dispuesto en la ley N°20711, en caso de ser ello procedente.
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3. ANTECEDENTES QUE RIGEN EL PROCESO DE COMPRA |
Junto a la Ley N° 19.886 de Bases sobre Contratos Administrativos de Suministro y Prestación de Servicios y al
Decreto N° 250 de fecha 09 de marzo de 2004, del Ministerio de Hacienda y sus modificaciones, forman parte
integrante de los documentos de la presente licitación los que a continuación se señalan, los cuales regirán
de forma obligatoria y complementaria, y en caso de discrepancia prevalecerán en el orden de prelación que
se indica:
• Las presentes Bases Administrativas, Bases Técnicas, Anexos y sus modificaciones.
• Las Respuestas y/o Aclaraciones realizadas en esta licitación.
• Los antecedentes económicos, técnicos y administrativos presentados por el oferente adjudicado.
• Ley 20.584, que Regula Los Derechos y Deberes que tienen las Personas en relación con acciones
vinculadas a su atención de salud.
• Normas de Derecho Público.
• Normas de Derecho Privado.
Lo anterior, es sin perjuicio de la facultad interpretativa de la Contraloría General de la República y del Tribunal
de Contrataciones Públicas.
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4. DEFINICIÓN DE TÉRMINOS. |
Se aplicarán en las presentes Bases Administrativas, Bases Técnicas y en los Anexos, los términos y definiciones
establecidos en la Ley N° 19.886, de Bases sobre Contratos Administrativos de Suministro y Prestación de
Servicios y en el Decreto N° 250 de 2004 del Ministerio de Hacienda que aprueba el Reglamento de la Ley
19.886, y sus modificaciones, más los que a continuación se indican:
• Hospital Clínico Metropolitano de La Florida Dra. Eloísa Díaz Insunza, Hospital de La Florida,
Hospital o HLF: Establecimiento asistencial de alta complejidad, RUT 65.075.485-9, ubicado en Av.
Froilán Roa Nº 6542, comuna de La Florida, Santiago de Chile.
• Proponente u Oferente: Persona natural o jurídica que participa en el proceso de licitación mediante
la presentación de una oferta, en la forma y condiciones establecidas en las presentes bases.
• Oferente adjudicado: Oferente que resulta adjudicado en el proceso de licitación y, que
posteriormente, prestará los servicios requeridos por el Hospital.
• Comisión de Evaluación: La comisión de análisis, evaluación y propuesta de adjudicación de
licitaciones públicas y privadas, designada por el director del Hospital mediante resolución, y cuya
función es recomendar fundadamente la adjudicación o declaración de desierta de un proceso
licitatorio.
• Días Hábiles: Son todos los días de la semana, excepto los sábados, domingos y festivos.
• Días Corridos: Son los días de la semana que se computan uno a uno en forma correlativa. Salvo que
se exprese lo contrario, los plazos de días señalados en las presentes bases de licitación podrán ser
de días corridos. En caso que el plazo de día corrido expire en días sábados, domingos o festivos se
entenderá prorrogado para el día hábil siguiente. En todos los casos, el plazo de cierre para la
recepción de ofertas no podrá vencer en días inhábiles ni en un día lunes o en un día siguiente a un
día inhábil, antes de las quince horas. Todos los plazos de días que se haga mención en las presentes
bases se entenderán que han de ser completos y correrán además hasta la media noche del último
día del plazo. Lo anterior, salvo en aquellos casos en que se indique hora exacta, y siempre y cuando
se respeten los plazos mínimos legales establecidos por el ordenamiento jurídico.
• Comodato: El art. 2174 del Código Civil chileno define el comodato en los siguientes términos: “El
comodato o préstamo de uso es un contrato en que una de las partes entrega a la otra gratuitamente
una especie, mueble o raíz, para que haga uso de ella, y con cargo de restituir la misma especie
después de terminado el uso.
• Mantención Preventiva: Corresponde a la verificación en terreno del funcionamiento del equipo, por
parte de un técnico especialista de la empresa proveedora, sobre la base de protocolos definidos y
cuya finalidad es adelantarse a posibles desperfectos o fallas que ocasionen mayores costos o
mayores tiempos de detención de funcionamiento del equipo.
• Mantención Correctiva: Corresponde a la verificación en terreno del funcionamiento del equipo, por
parte de un técnico especialista de la empresa proveedora, sobre la base que este se origina a partir
de la detección de una falla del mismo por parte de usuario y que tiene como objetivo la reparación
de los equipos de manera de corregir sus desperfectos.
• Programa de Mantención: Corresponde a la programación en calendario y para la ejecución de los
protocolos de mantención preventiva y se expresa en periodos o frecuencia.
• Agua Purificada: Tiene su origen, generalmente, en el agua potable o en aquellas que no cumplen
con las características de aguas minerales. Este tipo de agua es tratada para purificarla. El término
“purificar” se refiere a la eliminación, mediante procesos físicos y químicos, tales como la destilación,
nanofiltración, osmosis inversa o cualquier otro método similar, de sólidos disueltos que un agua
tradicional tiene. Por lo anterior, debe ser desmineralizada, purificada y su contenido de sodio debe
corresponder a lo establecido en el Art. 120 del Reglamento Sanitario de Alimentos (Decreto M.S. N°
977/96 D. Of. De fecha 13 de mayo de 1997, actualizad a mayo de 2017), es decir, que la porción de
consumo habitual contenga menos de 5 mg de sodio.
• SC: Sociedad Concesionaria.
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5. DISPOSICIONES GENERALES. |
5.1-Comunicaciones
Cualquier comunicación que deba realizar el Hospital a los proponentes, la publicará en el portal
www.mercadopublico.cl. Así mismo, cualquier comunicación que los proponentes requieran realizar al
Hospital deberá ser a través de igual medio.
5.2.- Consultas a los Antecedentes de la Licitación.
El oferente que tenga dudas respecto de la licitación debe efectuar sus consultas única y exclusivamente a
través del Foro del Sistema de Información y de acuerdo al plazo del numeral 5.4 de las presentes bases. No
se atenderá ni aceptará ningún tipo de consulta por otro medio.
Las consultas que se reciban pasada esa fecha, no obtendrán respuesta.
En las consultas, se deberá indicar la página y punto de las bases y/o el número del anexo objeto de la consulta.
Se considerará que estas aclaraciones formarán parte integral de las bases y por tanto se presumen conocidas
y su aplicación obligatoria para todos los oferentes.
El conocimiento del contenido de las aclaraciones emanadas del Hospital La Florida, es de exclusiva
responsabilidad de los oferentes.
5.3.- Entrega de Respuestas y Aclaraciones a los Antecedentes de la Licitación
Las respuestas a las consultas se publicarán en www.mercadopublico.cl en un solo documento, a todos los
proponentes que participen en la licitación, en el plazo señalado en el numeral 5.4 de las presentes bases.
Se considerará que estas aclaraciones formarán parte integral de las bases y por tanto se presumen conocidas
y su aplicación obligatoria para todos los oferentes.
El conocimiento del contenido de las aclaraciones emanadas del Hospital La Florida, es de exclusiva
responsabilidad de los oferentes.
5.4. Cronograma de la licitación.
Para los efectos de esta licitación se establece el siguiente cronograma:
Publicación de Bases
de Licitación
Las Bases de Licitación se encontrarán publicadas durante diez (10) días
corridos, desde la fecha que se suban al portal www.mercadopublico.cl. hasta el
día de cierre de las ofertas. De acuerdo con lo preceptuado en el inciso penúltimo
del artículo 25 del decreto N° 250, de 2004, no podrá vencer en días inhábiles o
en un día lunes o en un día siguiente a un día inhábil.
Consultas de las Bases El oferente podrá hacer consultas sobre las Bases de Licitación, hasta las 23:59
horas del tercer día corrido contado desde la publicación de éstas y sólo a través
de www.mercadopublico.cl.
Respuestas y
Aclaraciones
Se dará respuesta a las consultas de las Bases, el quinto día corrido contado
desde la publicación de Bases, a través de www.mercadopublico.cl,
Si el quinto día fuere sábado, domingo o festivo, el plazo se extenderá hasta el
primer día hábil siguiente.
Cierre de las ofertas Los oferentes podrán presentar sus ofertas hasta el décimo día corrido contado
desde la publicación de bases hasta las 16:00 horas, a través de
www.mercadopublico.cl,
De acuerdo con lo preceptuado en el inciso penúltimo del artículo 25 del decreto
N° 250, de 2004, no podrá vencer en días inhábiles o en un día lunes o en un día
siguiente a un día inhábil antes de las 15:00 hrs.
Si el décimo día fuere sábado, domingo o festivo, el plazo se extenderá hasta el
primer día hábil siguiente.
Apertura de las ofertas El acto de Apertura se efectuará a través de www.mercadopublico.cl. La apertura
se realizará desde las 16:01 hrs de la fecha del cierre de las ofertas y hasta los
cinco (5) días hábiles siguientes al cierre.
Evaluación de
admisibilidad
La evaluación de admisibilidad se realizará en la apertura de las ofertas y
consistirá en la revisión de todos los documentos y anexos obligatorios
publicados por los oferentes, exigidos en bases de licitación, junto a la
verificación de la entrega física o electrónica del documento de garantía de
seriedad de la oferta (si se ha solicitado en el proceso licitatorio). Todo, sin
perjuicio ni limitación a que, con posterioridad, pueda detectarse una causal de
inadmisibilidad en la presentación de estos documentos y/o Anexos por algún
oferente durante la etapa de evaluación Administrativa, Técnica y Económica.
Evaluación
Administrativa,
Técnica y Económica
de las Ofertas
La evaluación Administrativa, Técnica y Económica de las ofertas se realizará
desde el día hábil siguiente de la evaluación de admisibilidad y no podrá exceder
de diez (10) días hábiles.
Adjudicación de las
Ofertas
La adjudicación de la Licitación se realizará dentro de los diez (10) días hábiles
contados desde el término de la evaluación.
Suscripción del
contrato
El Oferente adjudicado, cuando corresponda, estará obligado a firmar el
contrato, dentro de los cinco (5) días hábiles siguientes al envío del contrato.
5.5. Modalidad de Propuesta.
Las propuestas se presentarán a través de www.mercadopublico.cl en pesos, con valores unitarios sin IVA.,
indicando si el servicio es Exento o afecto de IVA.
Los valores ofertados deberán incluir todos los gastos en los que incurra el Oferente adjudicado en la
prestación de los servicios requeridos hasta su total recepción conforme, comprendiéndose entre ellos, por
ejemplo, los relativos a capacitación, fletes incluidos, derechos, patentes, legalización de documentos, etc.
Los oferentes podrán presentar una sola oferta o bien una oferta principal y otra alternativa.
Se deberán, además, presentar todos los anexos solicitados los cuales deberán tener el servicio requerido
claramente identificado.
5.6. Ofertas alternativas.
Los Proponentes podrán presentar una oferta alternativa, la que será estudiada por el Hospital como una
oferta más. La oferta alternativa deberá ser identificada en el Portal Mercado Público como “Oferta
Alternativa”.
5.7. Validez de las Ofertas.
Las ofertas deberán tener una validez mínima de ciento ochenta (180) días corridos, contados desde la fecha
desde el cierre de las ofertas. La oferta cuyo período de validez sea menor al requerido, dará causa a
DECLARARLA INADMISIBLE. Si nada señala la oferta, se entenderá que la oferta tiene una validez de 180 días
corridos para todos los efectos. Lo anterior, sin perjuicio de que se efectuará la revisión de la totalidad de los
antecedentes contenidos en la oferta, según lo establecido en el artículo 9 de la Ley 19.886.
Vencido este plazo, y si no se hubiere realizado la adjudicación o no se haya firmado el contrato, por razones
internas del Hospital, este podrá solicitar a los Proponentes la prórroga de sus ofertas y garantías. Los
Proponentes podrán ratificar sus ofertas o retirarlas, formalizando su decisión mediante comunicación escrita
dirigida al Hospital y la entrega de nueva garantía.
La comunicación se realizará a través de correo electrónico, al correo indicado por el oferente en el ANEXO
N°1. El Oferente tendrá el plazo de cinco (5) días hábiles para responder y entregar nueva garantía. De no
recibir respuesta se entenderá que el Oferente no tiene interés en perseverar con su propuesta.
Desde el día siguiente hábil contado de la comunicación del Oferente de no perseverar en la propuesta, o
vencido el plazo de respuesta sin que el Oferente se pronuncie al respecto, se pondrá a disposición de los
Proponentes para su devolución la garantía a aquellos que no accedan a la prórroga.
5.8. Garantía de Seriedad de la Oferta
El oferente garantizará la seriedad de su oferta mediante la entrega de una garantía por las propuestas
presentadas, siendo de su exclusiva responsabilidad que dicha garantía sea presentada conforme a las
siguientes especificaciones, en consecuencia, cualquier error u omisión en la mencionada garantía, dará causa
a declarar inadmisible la o las ofertas.
Tipo de Documento Podrán ser presentados como documentos de caución, boletas de
garantía, vale vistas, certificados de fianza, póliza de garantía o cualquier
otro documento que cumpla con los siguientes requisitos
• Sea pagadero a la vista
• no sujeto a modalidad
• irrevocable
• Emitida a favor de Entidad Pública
Monto Mínimo $200.000 (Doscientos mil pesos)
Beneficiario Hospital Clínico Metropolitano de La Florida Rut 65.075.485-9
Vigencia 180 días corridos a partir del momento del cierre de la recepción de
ofertas.
Glosa PARA GARANTIZAR LA SERIEDAD DE LA OFERTA LICITACION PÚBLICA “SERVICIO
DE SUMINISTRO DE AGUA PURIFICADA CON EQUIPOS EN COMODATO PARA EL
HOSPITAL LA FLORIDA Y EX CRS BELLAVISTA”. ID: 812261-XX-LE23.”
(donde se señala XX, se debe reemplazar por el número de la licitación)
Forma y oportunidad
de
Entrega
El oferente o su representante deberá entregar físicamente la garantía a
profesional a cargo Sr. Anat Silva, en la Unidad de Licitaciones, ubicada en
dependencias del Ex CRS (CESFAM Provisorio de La Florida), Avenida Froilán Roa
6420, en horario de lunes a viernes, de 08:30 a 13:00 y de 14:30 a 16:00 horas,
antes del día y hora de cierre del proceso de recepción de ofertas en mercado
público. Las garantías deben entregarse en sobre cerrado dirigido a Sr. Anat silva,
Unidad de Licitaciones del Hospital La Florida, señalando en el sobre lo siguiente:
- GARANTIA SERIEDAD DE LA OFERTA ID: 812261-XX-LE23 (donde se señala XX, se
debe reemplazar por el número de la licitación)
- IDENTIFICACION DEL OFERENTE.
El oferente que necesite respaldar la entrega de su garantía deberá acompañar
una fotocopia del sobre que entrega. Esta fotocopia será timbrada por
profesional, indicando la fecha de su recepción y solo si se comprueba que el
documento físico viene en su interior.
Sin perjuicio de lo señalado anteriormente, la revisión del documento y requisitos
de admisibilidad solo se realizará en la apertura de las ofertas.
En caso de presentarse una Garantía en Formato Electrónico, deberán ser
presentadas en original junto a la oferta, antes del cierre de la recepción de las
ofertas en mercado público.
De no presentar la garantía en forma, lugar, día y hora señalados, la(s) oferta(s)
presentada(s) será(n) declarada(s) inadmisible(s). Esto último, sin perjuicio de las
garantías en formato electrónico que deben ajustarse, además, a las
disposiciones de la Ley N°19.799 sobre documentos electrónicos, firma
electrónica y servicios de certificación de dicha firma, que deberán acompañarse
juntamente con la oferta.
La garantía podrá ser tomada por el oferente o por un tercero a nombre de él.
Custodia Las garantías serán custodiadas por la Unidad de Tesorería del Hospital
de La Florida.
Se hace presente que en el edificio ubicado en dependencias ubicado en Froilán Roa N° 6420, comuna La
Florida, funcionan distintas dependencias del Hospital, por lo que será de exclusiva responsabilidad del
proveedor entregar correctamente la garantía, en caso que se entregue en un lugar distinto del indicado
precedentemente, se tendrá por no presentado el documento.
Si se presenta más de una oferta a concurso por un mismo oferente (oferta principal y oferta alternativa),
este solo deberá presentar una garantía por ambas ofertas publicadas.
5.9 Devolución y Cobro de la Garantía de Seriedad de la Oferta
Las garantías de seriedad de la oferta se podrán hacer efectivas administrativamente, en los siguientes casos:
• Si el oferente en cualquier instancia desiste de su oferta.
• Si el proponente retira su oferta o se comprueba por el director o por la Comisión de Evaluación, la falsedad
de la información presentada, por cualquier medio que resulte procedente.
• Si una vez aceptada la oferta, el adjudicatario no acompaña el correspondiente documento de garantía de
fiel y oportuno cumplimiento del contrato dentro del plazo establecido en las presentes bases.
• Si el adjudicatario no se inscribe dentro del plazo establecido al efecto, en el Registro Electrónico
Oficial de Contratistas de la Administración “Chileproveedores” en forma previa a la subscripción del contrato.
• Si el adjudicatario no firma el contrato y/o no acompaña la documentación necesaria para la suscripción del
mismo.
Para el cobro de la Garantía de Seriedad de la Oferta, se aplicará el mismo procedimiento utilizado para el
cobro de multas, según lo establecido en estas Bases de Licitación.
La devolución de las garantías de seriedad de la oferta, de aquellos proponentes cuyas ofertas hayan sido
declaradas inadmisibles o desestimadas, se efectuará dentro del plazo de 10 días hábiles, contados desde la
notificación de la Resolución que dé cuenta de la inadmisibilidad o adjudicación, salvo respecto del oferente
que hubiere obtenido el segundo lugar en el ranking de evaluación, ya que para resguardar una posible
readjudicación, su garantía será devuelta una vez suscrito el contrato.
Respecto del oferente adjudicado, su garantía de seriedad de la oferta, será devuelta una vez que éste
entregue la garantía de fiel cumplimiento del contrato.
Para hacer la entrega material del documento, y dado que estos documentos se encuentran en resguardo y
custodia de la Subdirección de Finanzas del HLF, el oferente deberá solicitar la devolución de la Garantía a
través de correo electrónico al responsable de la licitación, indicando tipo de documento e identificación del
proceso.
Una vez liberada la garantía desde la Unidad de Finanzas, el profesional a cargo de la licitación, informará al
oferente, mediante correo electrónico, la fecha y horario disponible para el retiro de la garantía.
La devolución de garantía se hará efectiva poniendo a disposición del proveedor el documento para su retiro
desde las dependencias del HLF.
Para el retiro se deberá cumplir con los siguientes requisitos:
Si retira Representante Legal deberá presentar:
• Representación Legal de la empresa
• Fotocopia de Cédula de Identidad por ambas partes
Si retira otra persona, deberá presentar:
• Poder Notarial Especial (para retiro de garantía, identificando documento que retira)
• Fotocopia de Cédula de identidad por ambas partes del representante legal
• Fotocopia de Cédula de Identidad de la persona que retira
5.10.- Modificación de las Bases.
En cualquier momento, antes del cierre de recepción de ofertas, el Hospital podrá introducir modificaciones
a los documentos de licitación por medio de un acto administrativo publicado a través del portal electrónico
www.mercadopublico.cl, si estima que ello resulta esencial para los fines y/o correcto desarrollo del proceso
licitatorio.
En caso de que lo anterior ocurra, el Hospital La Florida podrá otorgar un plazo prudencial a los oferentes para
que puedan conocer y adecuar sus ofertas a las modificaciones introducidas, pudiendo o no, modificar la fecha
de cierre para estos efectos, lo cual será informado por el portal Mercado Público junto con las modificaciones,
una vez que el acto administrativo que las aprueba se encuentre totalmente tramitado.
En el evento de modificarse la fecha de cierre, el plazo para ofertar se ampliará en la cantidad de días que se
señale en www.mercadopublico.cl.
Es exclusiva responsabilidad del Proponente la revisión del Portal, con el objeto de informarse sobre lo
expuesto en este punto y en el punto 5.3. Así mismo, es obligación del Oferente, una vez cerrada la
presentación de ofertas, revisar el Foro Inverso y responder las aclaraciones que se le soliciten por esta vía.
5.11.- Pacto de Integridad.
El Oferente declara que, por el sólo hecho de participar en la presente licitación, acepta expresamente el
presente pacto de integridad, obligándose a cumplir con todas y cada una de las estipulaciones contenidas en
el mismo, sin perjuicio de las que se señalen en el resto de las bases de licitación y demás documentos
integrantes. Especialmente, el oferente acepta el suministrar toda la información y documentación que sea
considerada necesaria y exigida de acuerdo a las presentes bases de licitación, asumiendo expresamente los
siguientes compromisos:
1. El Oferente se obliga a no ofrecer ni conceder, ni intentar ofrecer o conceder, sobornos, regalos, premios,
dádivas o pagos, cualquiera fuese su tipo, naturaleza y/o monto, a ningún funcionario público en relación
con su oferta, con el proceso de licitación pública, ni con la ejecución de él o los contratos que
eventualmente se deriven de la misma, ni tampoco a ofrecerlas o concederlas a terceras personas que
pudiesen influir directa o indirectamente en el proceso licitatorio, en su toma de decisiones o en la
posterior adjudicación y ejecución del o los contratos que de ello se deriven.
2. El Oferente se obliga a no intentar ni efectuar acuerdos o realizar negociaciones, actos o conductas que
tengan por objeto influir o afectar de cualquier forma la libre competencia, cualquiera fuese la conducta
o acto específico, y especialmente, aquellos acuerdos, negociaciones, actos o conductas de tipo o
naturaleza colusiva, en cualquiera de sus tipos o formas.
3. El Oferente se obliga a revisar y verificar toda la información y documentación, que deba presentar para
efectos del presente proceso licitatorio, tomando todas las medidas que sean necesarias para asegurar la
veracidad, integridad, legalidad, consistencia, precisión y vigencia de la misma.
4. El Oferente se obliga a ajustar su actuar y cumplir con los principios de legalidad, ética, moral, buenas
costumbres y transparencia en el presente proceso licitatorio.
5. El Oferente manifiesta, garantiza y acepta que conoce y respetará las reglas y condiciones establecidas en
las bases de licitación, sus documentos integrantes y él o los contratos que de ellos se derivase.
6. El Oferente se obliga y acepta asumir, las consecuencias y sanciones previstas en estas bases de licitación,
así como en la legislación y normativa que sean aplicables a la misma.
7. El Oferente reconoce y declara que la oferta presentada en el proceso licitatorio es una propuesta seria,
con información fidedigna y en términos técnicos y económicos ajustados a la realidad, que aseguren la
posibilidad de cumplir con la misma en las condiciones y oportunidad ofertadas.
8. El Oferente se obliga a tomar todas las medidas que fuesen necesarias para que las obligaciones
anteriormente señaladas sean asumidas y cabalmente cumplidas por sus empleados y/o dependientes y/o
asesores y/o agentes y en general, todas las personas con que éste o éstos se relacionen directa o
indirectamente en virtud o como efecto de la presente licitación, incluidos sus subcontratistas, haciéndose
plenamente responsable de las consecuencias de su infracción, sin perjuicio de las responsabilidades
individuales que también procediesen y/o fuesen determinadas por los organismos correspondientes.
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6. DE LAS PROPUESTAS. |
Es responsabilidad de los Oferentes presentar sus propuestas en tiempo y forma, es decir, en el plazo fijado
en el numeral 5.4 de las presentes bases y con toda la información requerida en las presentes bases, de
manera tal que permita una evaluación objetiva, certera, entendible y transparente de todas y cada una de
ellas.
Los archivos, documentos y/o anexos, que constituyan la oferta y que deben publicarse en el portal
www.mercadopublico.cl por el oferente, deben ingresarse al portal con el nombre asignado en estas bases,
de modo que sean fácilmente identificables para el evaluador, ejemplo: Anexo Nº 02 Declaración Jurada.
Debe respetarse dicha fórmula de nomenclatura y el formato electrónico de cada anexo, a fin de facilitar la
identificación de los documentos y el proceso de evaluación, es decir deberá incorporarse con la mencionada
formula de nomenclatura y en el formato electrónico en el que originalmente figura el anexo (Excel, Word u
otro).
Los anexos N° 01 y N°02 se deben presentar uno por cada Oferente, es decir, si un oferente presenta oferta
alternativa, no es necesario ingresarlos por cada una de las ofertas.
La no presentación de cualquiera de los Anexos señalados como OBLIGATORIOS, hará inadmisibles las ofertas.
Los antecedentes solicitados en la presente licitación deben subirse a las carpetas disponibles del proceso en
www.mercadopublico.cl, agrupadas según se señala a continuación:
CARPETA ADMINISTRATIVA.
ANEXO NOMBRE ANEXO DESCRIPCIÓN ANEXO
01 PRESENTACIÓN DEL
OFERENTE
Documento en el cual el oferente indica información básica y esencial
respecto de su identificación. Debe adjuntarse en la carpeta administrativa
con el nombre: Anexo N°01 Presentación Del Oferente.
02 DECLARACIÓN
JURADA
Documento en el cual el oferente declara cumplir con las disposiciones
generales de la Ley de Compras y su respectivo Reglamento para ofertar y
contratar con el Estado. Debe adjuntarse en la carpeta administrativa con el
nombre: Anexo N°02 Declaración Jurada Del Oferente.
Por contener este documento la Declaración Jurada exigida para ofertar,
este anexo se considera un ANEXO OBLIGATORIO, por tanto, su no
presentación hará inadmisible la oferta. Lo anterior, sin perjuicio de que se
efectuará la revisión de la totalidad de los antecedentes contenidos en la
oferta, de acuerdo al artículo 9 de la Ley N° 19.886.
No están obligados a presentar este Anexo N°02 Declaración Jurada,
aquellos oferentes que estén inscritos y en estado hábil en el portal
www.chileproveedores.cl y que posean en este registro publicado la
declaración para ofertar exigida por la normativa vigente y por estas bases,
a la fecha del cierre de las ofertas.
Además, los oferentes deben identificarse y acreditar su existencia, para ello deberá acompañar los siguientes
documentos en la Carpeta Administrativa:
• Si es persona natural:
- Imagen digitalizada de la cédula nacional de identidad.
• Si es persona jurídica:
El oferente deberá acreditar la vigencia de la sociedad, y para ello deberá presentar uno de los siguientes
documentos:
▪ Imagen digitalizada del certificado de vigencia de la sociedad oferente de data no superior a tres (3)
meses contados desde la presentación de la oferta, emitido por el Conservador de Bienes Raíces.
▪ Imagen digitalizada de la escritura pública de constitución de la sociedad y de todas sus modificaciones.
▪ Imagen digitalizada del certificado de vigencia emitido por el Ministerio de Economía, Fomento y
Turismo para aquellas empresas creadas bajo el régimen establecido por la Ley N° 20.659, de data no
superior a tres (3) meses contados desde la presentación de la oferta.
El oferente deberá acreditar la vigencia de poderes del Representante Legal de la Sociedad, y para ello deberá
presentar la imagen digitalizada del RUT del oferente y de la cédula de identidad de su representante legal y
uno de los siguientes documentos:
▪ Imagen digitalizada del certificado de vigencia de poderes del representante legal del oferente, de data
no superior a tres (3) meses contados desde la presentación de la oferta, emitido por el Conservador
de Bienes Raíces.
▪ Imagen digitalizada del certificado de vigencia de la sociedad oferente de data no superior a tres (3)
meses contados desde la presentación de la oferta, emitido por el Conservador de Bienes Raíces, en
que consten los poderes otorgados al representante legal de la empresa.
▪ Imagen digitalizada del certificado de estatuto actualizado emitido por el Ministerio de Economía,
Fomento y Turismo para aquellas empresas creadas bajo el régimen establecido por la Ley N° 20.659,
de data no superior a tres (3) meses contados desde la presentación de la oferta.
No están obligados a acreditar su existencia y vigencia aquellos oferentes que estén inscritos y en estado hábil
en el portal www.chileproveedores.cl a la fecha del cierre de las ofertas cuyos respaldos e información para
acreditar su existencia y vigencia, se encuentren ya publicados en dicho portal.
CARPETA TÉCNICA
ANEXO NOMBRE ANEXO DESCRIPCIÓN ANEXO
03 ESPECIFICACIONES TÉCNICAS
Documento Excel en el cual el oferente debe indicar si cumple con
la información técnica respecto del bien y/o servicio ofertado.
Para acreditar si cumple o no el requisito técnico, debe adjuntar
todos los documentos, fotografías y/o certificados que respalden
su información, según los requerimientos de las presentes bases.
El proponente deberá descargar archivo Excel “Anexo N°03
Especificaciones Técnicas” publicado en el portal
www.mercadopublico.cl. y completar con la información señalada
según cumpla o no las características solicitadas.
Las propuestas que no cumplan con alguno de los requisitos
técnicos OBLIGATORIOS o no logren ser acreditados, serán
declaradas inadmisibles y no serán evaluadas.
Una vez completada la tabla Excel con la información requerida,
debe adjuntarse en la carpeta técnica con el nombre: Anexo N°03
Especificaciones Técnicas.
ANEXO OBLIGATORIO, por tanto, su no presentación hará
inadmisible la oferta. Lo anterior, sin perjuicio de que se efectuará
la revisión de la totalidad de los antecedentes contenidos en la
oferta, de acuerdo al artículo 9 de la Ley N° 19.886.
04 PLAZO DE ENTREGA Y RESPUESTA
Documento en que se debe indicar por el proveedor el Plazo de
entrega e instalación de Equipos en comodato, Plazo de respuesta
en caso de urgencia y eventualidades no programadas y Plazo de
entrega equipo back up de acuerdo a las Bases Administrativas y a
documentos que forman parte de la licitación.
El Plazo de entrega e instalación de los Equipos en comodato se
deberán expresar en días corridos, de lo contrario su oferta será
declarada inadmisible.
El Plazo de respuesta en caso de urgencia y eventualidades no
programadas y Plazo de entrega equipo back up se deberán
expresar en horas corridas, de lo contrario su oferta será
declarada inadmisible
Se establecen los siguientes plazos máximos de:
Plazo de entrega e implementación de equipos en comodato:
✓ de 05 días corridos.
Para el caso del plazo de entrega e implementación, si el proveedor
no señala expresamente en su oferta si son días hábiles o corridos,
según corresponda, se entenderán que son días corridos, para
todo efecto.
Si el proveedor no señala expresamente el/los plazos(s), en su
oferta o señala en su oferta un plazo de días hábiles según
corresponda, su oferta será declarada inadmisible.
Plazo de Respuesta en Caso de Urgencias y Eventualidades no
Programadas:
✓ de 05 horas corridas.
Plazo de Entrega Equipo Back UP:
✓ de 06 horas corridas.
En el caso de plazo de Respuesta en Caso de Urgencias y
Eventualidades no Programadas y Plazo de Entrega Equipo Back
UP, si el proveedor no señala expresamente en su oferta si son
horas hábiles o corridas, según corresponda, se entenderán que
son horas corridas, para todo efecto.
Si el proveedor no señala expresamente el/los plazos(s), en su
oferta o señala en su oferta un plazo de horas hábiles según
corresponda, su oferta será declarada inadmisible.
Cualquier plazo superior, se considerará su oferta inadmisible
ANEXO OBLIGATORIO, por tanto, su no presentación hará
inadmisible la oferta. Lo anterior, sin perjuicio de que se efectuará
la revisión de la totalidad de los antecedentes contenidos en la
oferta, de acuerdo al artículo 9 de la Ley N° 19.886.
05
CERTIFICADO
COMPORTAMIENTO
CONTRACTUAL ANTERIOR
Documentos que indican la identificación de los clientes con los
que tenga o haya tenido contratos del mismo rubro y envergadura
de los bienes requeridos en la presente licitación y que certifican
que el oferente ha tenido un comportamiento contractual
intachable.
Para estos efectos se considerarán del mismo rubro, contratos
referidos a la prestación de los mismos servicios requeridos en esta
adquisición y se considerará de la misma envergadura cuando los
contratos se hayan celebrado con instituciones de salud públicas o
privadas, con unidades de urgencia, hospitalizados y ambulatorio.
Si no concurre en ambas condiciones, el certificado no será
considerado en la Evaluación.
Los Certificados de Comportamiento Contractual Anterior,
deberán presentarse firmados por la persona facultada para ello
de la respectiva empresa o institución, identificándose en el mismo
como tal y con el timbre de la Institución que adquirió el servicio.
No serán considerados para la evaluación los Certificados de
Comportamiento Contractual Anterior emitidos por el propio
oferente, por las entidades del grupo empresarial al que pertenece
la empresa o sociedad oferente o por las personas jurídicas que
tengan, respecto de la empresa o sociedad oferente, la calidad de
matriz, coligante, filial o coligada, en conformidad a las
definiciones contenidas en la Ley N° 18.046.
El Hospital se encontrará facultado para confirmar los
antecedentes entregados, contactando a las respectivas
Instituciones que hayan otorgado dichas certificaciones.
En consecuencia, los antecedentes y clientes del oferente, que no
puedan ser acreditados o confirmados a través de la presentación
y revisión de estos certificados, se entenderán como no
presentados, para efectos de la evaluación.
Para la Evaluación se considerará sólo la presentación hasta un
máximo de 6 certificados de clientes distintos, que hayan adquirido
los servicios en los últimos 24 Meses desde la publicación de esta
Licitación.
Si el oferente presenta más de 6 certificados, sólo se considerarán
los 6 certificados donde consten las contrataciones de fechas más
recientes.
Estos certificados deben adjuntarse en la carpeta técnica con el
nombre: “Anexo N°05 Certificado Comportamiento Contractual
Anterior”.
06 ÓRDENES DE COMPRA
Anexo en el cual el proveedor deberá ingresar las órdenes de
compra:
• Para organismos de salud pública, órdenes de compra de
Mercado Publico aceptadas por el oferente y donde
conste expresamente su recepción conforme.
• Para organismos de salud privada, orden de compra y
factura correspondiente.
Se deberá acreditar experiencia en venta del mismo bien y/o
servicio ofertado dentro de los 24 meses anteriores a la
presentación de oferta.
Se deberán adjuntar las órdenes de compra en la carpeta técnica
con el nombre Anexo N°06 “Órdenes de compra”
08 CONDICIONES DE EMPLEO Y
REMUNERACIÓN
Documento en el cual el oferente declara la cantidad de mejoras
en las condiciones laborales de sus trabajadores, con sus
respectivos respaldos. Debe adjuntarse en la carpeta técnica con
el nombre correspondiente tal, que permita su inequívoca
identificación Anexo N°8 “Condiciones de empleo y
remuneración”.
09
IDENTIFICACIÓN DEL
COORDINADOR/A DE LA
EMPRESA
El coordinador/a de la empresa será la persona responsable del
continuo contacto con el Hospital la Florida y de todos los aspectos
administrativos relacionados al contrato.
Debe adjuntar el archivo: “Anexo N°09 Identificación del
Coordinador/a de la Empresa”
ANEXO OBLIGATORIO, por tanto, su no presentación hará
inadmisible la oferta. Lo anterior, sin perjuicio de que se efectuará
la revisión de la totalidad de los antecedentes contenidos en la
oferta, de acuerdo al artículo 9 de la Ley N° 19.886.
CARPETA ECONÓMICA
ANEXO NOMBRE ANEXO DESCRIPCIÓN ANEXO
07 OFERTA
ECONÓMICA
Documento donde se oferta el valor unitario y total, sin IVA y en pesos
chilenos, incluidos todos los gastos en los que incurra el adjudicatario en la
prestación del servicio hasta su total recepción conforme, incluidos todos
los seguros, fletes, impuestos y tasas, capacitación, especificaciones
técnicas licencias, etc.
Una vez completado el documento, debe adjuntarse en la carpeta
Económica con el nombre: Anexo N°07 Oferta Económica.
El oferente deberá asegurarse que los valores contenidos en los
documentos que conforman la oferta, sean iguales a los valores ingresados
en el campo correspondiente en el portal www.mercadopublico.cl. En caso
de existir discrepancias entre el valor indicado en el anexo y el valor
ingresado en el portal, prevalecerá la oferta subida en a
www.mercadopublico.cl.
Se establece expresamente que si la oferta del proveedor es de $1 en
Mercado Público, su oferta será declarada inadmisible.
ANEXO OBLIGATORIO, por tanto, su no presentación hará inadmisible la
oferta. Lo anterior, sin perjuicio de que se efectuará la revisión de la
totalidad de los antecedentes contenidos en la oferta, de acuerdo al artículo
9 de la Ley N° 19.886.
Las propuestas que no cumplan o no logren acreditar alguno de los requisitos técnicos OBLIGATORIOS, serán
declaradas inadmisibles y no serán evaluadas. Lo anterior, sin perjuicio de que se efectuará la revisión de la
totalidad de los antecedentes contenidos en la oferta, de acuerdo al artículo 9 de la Ley N° 19.886.
6.1.- Carácter de los Documentos
Cada oferta deberá cumplir con todos los requisitos de admisibilidad administrativa, técnica y económica, sin
embargo, es dable señalar que en esta Licitación podrán existir los siguientes documentos:
• DOCUMENTO “ANEXO”: Anexo numerado que se debe completar o no, según corresponda y cuyo
contenido se deberá acreditar cuando así se indique, con los respectivos documentos de respaldo
adjuntos en cada carpeta de su oferta.
• DOCUMENTO “RESPALDO”: Documento que se pide acompañar en la oferta para respaldar y/o
acreditar algún requerimiento solicitado en un anexo o en bases.
Estos documentos de respaldo podrán ser entre otros: fotos, boucher, fichas técnicas, certificados,
declaraciones, contratos, órdenes de compras, catálogos, etc., según se solicite en cada caso.
Los documentos Anexos o respaldos podrán tener carácter de obligatorios o no.
Según lo anterior, los documentos, anexos o respaldos, se pueden clasificar en “esencial” o “subsanable”,
según el siguiente detalle:
a.1 Documento Esencial: Son aquellos que no admiten corrección, enmienda, rectificación o subsanación, por
ende, si alguna de las propuestas no cumple con la presentación conforme y/o el correcto llenado del
documento, sea anexo o respaldo, según se solicita en estas bases, la oferta será inadmisible. Lo anterior, sin
perjuicio de que se efectuará la revisión de la totalidad de los antecedentes contenidos en la oferta, de
acuerdo al artículo 9 de la Ley N° 19.886.
Se entenderán Documentos, anexos o respaldos esenciales los siguientes:
▪ Anexo N°02 Declaración Jurada.
▪ Anexo N°04 Plazos.
▪ Anexo N°07 Carta Oferta.
▪ Garantía de Seriedad de la Oferta señalada en punto 5.8 de Bases Administrativas de Licitación.
a.2 Documento Subsanable: Son aquellos documentos que, presentados, adolecen de defectos de forma o
errores no esenciales o de tipeo, que obedecen a una justa causa de error u omisión o aquellos documentos
que no se hayan adjuntado por omisión a la oferta.
Los oferentes podrán enmendar sus omisiones u errores, dentro de un plazo de 24 o 48 horas según explicite
el Hospital La Florida, contado desde su requerimiento, mediante el foro inverso del proceso licitatorio y a
través de www.mercadopúblico.cl., y según lo señalado en el punto 8.2.1. de estas bases.
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7. DE LA APERTURA DE LA PROPUESTA. |
La apertura electrónica de las propuestas que se hayan ingresado en el portal www.mercadopublico.cl. Se
efectuará de acuerdo al calendario de plazos del numeral 5.4 de las presentes bases, debiendo levantarse acta
de lo obrado.
Se realizará en ella, la revisión de los requisitos de admisibilidad esencial dejando constancia de los oferentes
que no cumplan con dichos requisitos en la Apertura Electrónica que se publica en www.mercadopublico.cl.
Una vez verificado el cumplimiento de los Oferentes, de los requisitos exigidos en las presentes bases de
licitación y confeccionada la correspondiente Acta de Apertura, se procederá a la evaluación administrativa,
técnica y económica de los oferentes y sus ofertas, por parte de la Comisión de Evaluación, designada por el Hospital en las presentes bases.
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8. DE LA EVALUACIÓN DE LAS OFERTAS. |
8.1.- Comisión de Evaluación.
La Comisión de Evaluación estará integrada por las siguientes personas o sus subrogantes legales:
1. Jefe Abastecimiento.
2. Jefe CR
3. Jefe Contratos.
4. Referente/s Técnico/s.
5. Responsable de la licitación
En el caso de no ser posible la subrogancia, se reemplazará al integrante de la comisión a través de resolución
fundada, por funcionario que, revista las mismas calidades, todo, sin perjuicio de que su composición sea
informada en el portal www.mercadopublico.cl, una vez dictado el acto administrativo, correspondiente
conforme al inciso final del artículo 37 del decreto N°250, de 2004.
En el evento que la comisión este excepcionalmente integrada por personas ajenas a la administración y en
un número inferior a los funcionarios públicos, tal como lo previene el inciso cuarto del artículo 37 del
mencionado reglamento, su designación deberá ser fundada.
Las autoridades y funcionarios, así como los contratados a honorarios o las personas ajenas a la
administración, (en los casos en que excepcionalmente participen en procedimientos de contratación),
deberán abstenerse de participar en la evaluación y distintas etapas de los procedimientos de contratación,
cuando exista cualquier circunstancia que les reste imparcialidad.
Para ello, previa evaluación, cada uno de sus integrantes, firmará una Declaración Jurada de no tener Conflicto
de Interés.
En caso que alguno de los integrantes esté contratado a honorarios o se trate de personas ajenas a la
administración, estos solo tendrán derecho a voz, debiendo siempre la Comisión estar conformada por
mayoría simple de miembros a contrata.
La comisión revisará, las ofertas recepcionadas e inscritas en el Acta de Apertura, la Comisión de Evaluación
dará inicio al proceso de evaluación de las ofertas formuladas. La Comisión de Evaluación, podrá ser asesorada
por una Comisión Técnica compuesta por un máximo de 3 profesionales de las áreas correspondientes al
proceso en análisis.
La comisión de Evaluación será presidida según el siguiente orden de prelación:
1. Jefe Abastecimiento.
2. Jefe Contratos.
3. Referente/s Técnico/s.
8.2.- Examen de Antecedentes
La Comisión de Evaluación verificará los Antecedentes presentados por los oferentes e informará al director,
quien en virtud de lo dispuesto en el artículo 9 de la Ley Nº 19.886, podrá declarar, mediante resolución
fundada, inadmisible aquellas ofertas que no cumplan los requisitos establecidos en las bases.
El Hospital Clínico Metropolitano La Florida se reserva el derecho de declarar inadmisible las ofertas cuando
no cumplieren con los requisitos exigidos en las presentes Bases.
A su vez, el Hospital declarará desierta la licitación cuando no se presenten ofertas, o bien, cuando éstas no
resulten convenientes a sus intereses. En todos los casos, los oferentes no tendrán derecho a indemnización
alguna por estas circunstancias.
La decisión de inadmisibilidad o de declaración de desierta, se efectuará por resolución fundada, que será
publicada en www.mercadopublico.cl.
8.2.1.-Aclaración y complementación de antecedentes en FORO INVERSO de www.mercadopublico.cl
• Errores u omisiones en documentos presentados
El Hospital La Florida de conformidad con el artículo 40 inciso 1º del Decreto Nº 250 que aprueba el
reglamento de la Ley Nº 19.886, podrá solicitar a los oferentes aclaraciones o que salven errores u omisiones
formales, siempre y cuando las rectificaciones de dichos vicios u omisiones no les confieran a esos oferentes
una situación de privilegio respecto de los demás competidores, esto es, en tanto no se afecten los principios
de estricta sujeción a las bases y de igualdad de los oferentes, informándose debidamente dicha solicitud al
resto de los oferentes a través del Portal Mercado Público.
• Omisión de documentos
El Hospital La Florida de conformidad con el artículo 40 inciso 2° del Decreto Nº 250, podrá permitir la
presentación de certificaciones o antecedentes que los oferentes hayan omitido presentar al momento de
efectuar la oferta, siempre que dichas certificaciones o antecedentes se hayan producido u obtenido con
anterioridad al vencimiento del plazo para presentar ofertas o se refieran a situaciones no mutables entre el
vencimiento del plazo para presentar ofertas y el periodo de evaluación.
El plazo que tendrán los oferentes, en ambos casos, ya sea para subsanar documentos presentados o adjuntar
documentos omitidos para dar cumplimiento a lo solicitado por el mandante, no podrá ser superior a 24 o 48
horas, según defina el Hospital, contadas desde la fecha de publicación en el FORO INVERSO de
www.mercadopublico.cl, de la solicitud por parte del Hospital.
Si la aclaración solicitada o el documento omitido no se presenta dentro del plazo asignado, se asumirá que
el requisito en duda no se cumple y la oferta recibirá el puntaje correspondiente establecido en el criterio
“cumplimiento de requisitos formales”.
8.3.- Metodología de Evaluación
La evaluación se hará asignando puntuación según los rangos que se indican, a los aspectos que se detallan;
la oferta que logre la puntuación más alta, será propuesta para adjudicación.
La evaluación de las propuestas será realizada por la Comisión de Evaluación conforme a los criterios de
evaluación, analizando los antecedentes admisibles aportados por los oferentes a través del Portal
www.mercadopublico.cl.
Se ponderarán los puntajes obtenidos, estableciéndose un ranking, del cual se seleccionará la oferta que
obtenga el mayor puntaje y que cumpla de mejor forma los intereses del Hospital.
Se elaborará el Acta de Evaluación según el análisis realizado para cada uno de los criterios evaluados.
8.3.1 Mecanismos de Evaluación:
La obtención de los puntajes de los requerimientos para cada evaluación podrá ser del tipo tabulación,
dicotómico o porcentual.
a) Mecanismo de Tabulación:
Para el caso de evaluación a través de tabulación, se asignará un puntaje por tramo, requisito o característica
indicada según orden de importancia, el resultado será ponderado según el porcentaje asignado al criterio.
b) Mecanismo Dicotómico:
Para el caso del puntaje dicotómico, el cumplimiento del requerimiento significará la obtención del puntaje
máximo y en caso contrario, el puntaje obtenido será cero.
c) Mecanismo Porcentual:
Para el caso del puntaje porcentual, este se obtendrá dependiendo de si se aplica el criterio del mayor valor
o menor valor, donde la fórmula de cálculo para cada caso es la siguiente:
c.1) Criterio Mayor Valor:
𝐶𝑟𝑖𝑡𝑒𝑟𝑖𝑜 𝑀𝑎𝑦𝑜𝑟 𝑉𝑎𝑙𝑜𝑟: (
𝑉𝑎𝑙𝑜𝑟 𝑂𝑓𝑒𝑟𝑡𝑎𝑑𝑜
𝑀𝑎𝑦𝑜𝑟 𝑉𝑎𝑙𝑜𝑟 𝑂𝑓𝑒𝑟𝑡𝑎𝑑𝑜) 𝑥 (𝑃𝑢𝑛𝑡𝑎𝑗𝑒 𝑑𝑒𝑙 𝑅𝑒𝑞𝑢𝑒𝑟𝑖𝑚𝑖𝑒𝑛𝑡𝑜)
El oferente obtendrá el puntaje máximo del requisito evaluado toda vez que su valor ofertado sea igual al
mayor valor ofertado, del conjunto de las ofertas. Cada valor ofertado distinto al mayor valor ofertado, en
consecuencia, generará un puntaje menor para el requerimiento en evaluación.
c.2) Criterio Menor Valor :
𝐶𝑟𝑖𝑡𝑒𝑟𝑖𝑜 𝑀𝑒𝑛𝑜𝑟 𝑉𝑎𝑙𝑜𝑟: (
𝑀𝑒𝑛𝑜𝑟 𝑉𝑎𝑙𝑜𝑟 𝑂𝑓𝑒𝑟𝑡𝑎𝑑𝑜
𝑉𝑎𝑙𝑜𝑟 𝑂𝑓𝑒𝑟𝑡𝑎𝑑𝑜 ) 𝑥 (𝑃𝑢𝑛𝑡𝑎𝑗𝑒 𝑑𝑒𝑙 𝑅𝑒𝑞𝑢𝑒𝑟𝑖𝑚𝑖𝑒𝑛𝑡𝑜)
El oferente obtendrá el puntaje máximo del requerimiento evaluado, toda vez que su valor ofertado sea igual
al menor valor ofertado, del conjunto de las ofertas. Cada valor ofertado distinto al menor valor ofertado, en
consecuencia, generará un puntaje menor para el requerimiento en evaluación.
8.4.-Criterios de Evaluación.
Se evaluará conforme a los criterios de evaluación, que a continuación se indican, sin afectar los principios de
igualdad de los mismos y con estricta sujeción a las bases, de acuerdo a las ponderaciones que se señalan:
CRITERIOS PONDERACIÓN FACTOR PONDERACIÓN SUBFACTOR PONDERACIÓN
SUBFACTOR
PUNTAJE
MÁXIMO
Cumplimiento
de Requisitos
Formales
1%
100
Criterio Técnico
39%
Comportamiento
Contractual
Anterior
30%
100
Experiencia del
Oferente 15% 100
Especificaciones
Técnicas 20% 100
Plazos de Entrega
y respuesta
25%
Plazo de
entrega e
implementación
de Equipos en
comodato
50% 100
Plazo de
respuesta en
caso de
urgencia y
eventualidades
no programadas
25% 100
Plazo de
entrega equipo
back up
25% 100
Condiciones de
empleo y
remuneración
10%
100
Oferta
Económica 60%
100
8.4.1 Evaluación Requisitos Formales (1%)
Se evaluará el cumplimiento formal de los requisitos administrativos, técnicos y económicos, en consideración
lo indicado en el acta de apertura, asignándose el siguiente puntaje al criterio:
CRITERIO PUNTAJE
Presenta oferta con todos los documentos requisitos administrativos, técnicos, económicos y
anexos solicitados, en tiempo y forma. 100
Presenta oferta con todos los documentos, requisitos administrativos, técnicos, económicos y
anexos solicitados, pero se debe pedir subsanar o enmendar elementos de tipo subsanables a través
de foro inverso y proveedor corrige y/o subsana en tiempo y forma.
50
Presenta oferta con todos los documentos, requisitos administrativos, técnicos, económicos y
anexos solicitados, pero se debe pedir subsanar o enmendar elementos de tipo subsanables a través
de foro inverso y proveedor NO corrige o subsana en tiempo y forma.
0
Aquellas ofertas que no cumplan con los documentos, antecedentes o anexos de carácter esencial serán
declaradas inadmisibles, de acuerdo al numeral 6.1. de las presentes bases.
Aquellas ofertas que presenten requisitos administrativos, técnicos y/o económicos de carácter subsanable
observados y no rectifiquen las observaciones dentro del plazo asignado para ello, no recibirán puntaje por
ese concepto, ya que se asumirá que el requisito observado no se cumple.
8.4.2 Criterio Técnico (39%)
Se evaluará el criterio de evaluación técnico a través de la sumatoria de la evaluación de los factores
“Comportamiento contractual anterior” 30%, “Experiencia del oferente” 15%, “Especificaciones Técnicas”
20%, “Plazo de entrega y respuesta 25%” y “Condiciones de empleo y remuneración” 10%.
8.4.2.1 Comportamiento Contractual Anterior (30%)
Este Factor se evaluará a través del mecanismo de Tabulación, en base a lo siguiente:
Se medirá el comportamiento contractual anterior del oferente con la evaluación del documento Anexo N°05,
“Certificado Comportamiento Contractual Anterior”, suscrito por clientes con los que tenga o haya tenido
contratos del mismo rubro y envergadura del servicio requerido en la presente licitación que declaren la
conducta intachable del oferente sin multas, sanciones ni término anticipado de contrato.
Para estos efectos se considerarán del mismo rubro, contratos referidos a la venta del mismo servicio
requerido en esta adquisición y de la misma marca ofertada y se considerará de la misma envergadura cuando
los contratos se hayan celebrado con instituciones de salud Pública o Privada del Alta Complejidad. Si no
concurren estas dos condiciones en conjunto, el certificado no será considerado en la Evaluación.
Los Certificados de Comportamiento Contractual Anterior, deberán presentarse firmados por la persona
facultada para ello de la respectiva empresa o institución, identificándose en el mismo como tal y con el timbre
de la Institución que adquirió el servicio. No serán considerados para la evaluación los Certificados de
Comportamiento Contractual Anterior emitidos por el propio oferente, por las entidades del grupo
empresarial al que pertenece la empresa o sociedad oferente o por las personas jurídicas que tengan, respecto
de la empresa o sociedad oferente, la calidad de matriz, coligante, filial o coligada, en conformidad a las
definiciones contenidas en la Ley N° 18.046.
El Hospital se encontrará facultado para confirmar los antecedentes entregados, contactando a las respectivas
Instituciones que hayan otorgado dichas certificaciones.
En consecuencia, los antecedentes y clientes del oferente, que no puedan ser acreditados o confirmados a
través de la presentación y revisión de estos certificados, se entenderán como no presentados, para efectos
de la evaluación.
Para la Evaluación se considerará sólo la presentación hasta un máximo de 6 certificados de clientes distintos,
que hayan adquirido los servicios en los últimos 24 Meses desde la publicación de esta Licitación.
Si el oferente presenta más de 6 certificados, sólo se considerarán los 6 certificados donde consten las
contrataciones de fechas más recientes.
Estos certificados deben adjuntarse en la carpeta técnica con el nombre: “Anexo N°05 Certificado
Comportamiento Contractual Anterior”.
REQUERIMIENTO PUNTAJE
Presenta Certificados de 6 clientes 100
Presenta Certificados de 5 clientes 80
Presenta Certificados de 4 clientes 60
Presenta Certificados de 3 clientes 40
Presenta Certificados de 2 clientes 20
Presenta Certificados de 1 clientes 10
No presenta certificados o estos no pueden ser
corroborados con la entidad emisora 0
8.4.2.2 Experiencia del oferente (15%)
Este factor se evaluará a través del mecanismo de Tabulación, en base a lo siguiente:
Se medirá y acreditará la experiencia del oferente tanto en organismos de salud público como salud privada,
con la evaluación de órdenes de Compra, según lo siguiente:
Experiencia en sector público: con la presentación de “Órdenes de Compra de Mercado Público aceptadas y
con recepción conforme” que hayan presentado los oferentes, adjuntas en la carpeta Técnica, estos
documentos deben indicar los clientes con los que tenga o haya tenido contratos del mismo rubro y
envergadura de los servicios requeridos en la presente licitación, emitidas en el portal de mercado público,
aceptadas por el oferente y donde conste expresamente su recepción conforme, que acreditan la experiencia
del proveedor en la venta de los servicios requeridos.
Experiencia en Sector Privado: con la presentación de “Órdenes de Compra con su correspondiente factura”
que hayan presentado los oferentes, adjuntas en la carpeta Técnica, estos documentos deben indicar los
clientes con los que tenga o haya tenido contratos del mismo rubro y envergadura de los servicios requeridos
en la presente licitación.
Para ambos tipos de experiencia se considerarán del mismo rubro, las Ordenes de compras de MP y las
Ordenes de compras con sus respectivas facturas, referidas a la venta de los mismos bienes y/o servicios
requeridos en esta adquisición y se considerará de la misma envergadura cuando dichos contratos se hayan
celebrado con organismos de salud públicos o privados.
Si no concurren estas dos condiciones en conjunto, las Orden de Compra de Mercado Público o las Ordenes
de compras con sus facturas, no serán consideradas como antecedente para la Evaluación.
Las órdenes de compra tanto de mercado público como del sector privado, deberán presentarse una por cada
cliente. Si presenta más de una orden de compra emitida por la misma Institución Pública o Privada de alta
complejidad, solo será considerada la Orden de Compra de fecha más actual.
El Hospital se encontrará facultado para confirmar los antecedentes entregados revisando el portal mercado
público y SII de ser necesario, contactando a las respectivas Instituciones y empresas que hayan emitido dichas
órdenes.
En consecuencia, los antecedentes y clientes del oferente, que no puedan ser acreditados o confirmados a
través de la presentación y revisión de estas Órdenes de Compra de Mercado Público que no cuenten con
Recepción conforme, o las Órdenes de compra de sector privado que no se presenten junto a su
correspondiente factura, se entenderán como no presentadas, para efectos de la evaluación.
Para la Evaluación se considerará sólo la presentación hasta un máximo de 6 órdenes de compra de clientes
distintos que hayan adquirido los mismos servicios en los últimos 24 Meses desde la publicación de esta
Licitación.
Si el oferente presenta más de 6 órdenes de compra, solo se considerarán las 6 órdenes de compra donde
consten las contrataciones de fechas más recientes.
REQUERIMIENTO PUNTAJE
Presenta órdenes de compra de 6 clientes 100
Presenta órdenes de compra de 5 clientes 80
Presenta órdenes de compra de 4 clientes 60
Presenta órdenes de compra de 3 clientes 40
Presenta órdenes de compra de 2 clientes 20
Presenta órdenes de compra de 1 clientes 10
No presenta órdenes de compra 0
8.4.2.3 Especificaciones Técnicas (20%)
El Anexo N° 03 contendrá los requisitos OBLIGATORIOS y los requisitos DESEABLES de la oferta Técnica de
cada proveedor.
Se evaluarán solo los requerimientos Deseables.
REQUERIMIENTO MEDICIÓN PUNTAJE
Cumplimento de los requisitos técnicos
deseables, según lo señalado en Anexo N°03
Criterio Mayor Valor 100
Requisitos Deseables (D): Considera los requisitos que son importantes, pero que, sin embargo, su
incumplimiento no afecta el funcionamiento del servicio. Se evaluarán en este criterio solo el cumplimiento
de los requisitos técnicos DESEABLES especificados en el Anexo Nº 03.
Se entenderá que no cumple el requisito técnico Deseable:
• Cuando no acompañe el Certificado que acredite el requisito técnico Deseable.
• También se entenderá que no cumple el requisito técnico deseable, si el Certificado que acredite dicho
requisito, contenga elementos de los considerados en estas bases como subsanables y se ha debido pedir
al oferente a través de foro inverso que subsane y/o enmiende y este NO subsanó y/o enmendó en el
tiempo y forma requerido.
Se evaluará a través del mecanismo de Mayor Valor respecto de la suma de puntajes obtenidos en la tabla
correspondiente a cada ítem, indicadas más abajo.
CLASIFICACION DEL
REQUISITO
REQUERIMIENTO DESEABLE PUNTAJE FORMA DE ACREDITAR
CERTIFICADOS DEL
PRODUCTO
CERTIFICADO ISO 22000
VIGENTE
25 Certificado vigente
CERTIFICADO ISO 14001
VIGENTE
25 Certificado vigente
CERTIFICADO ISO 45001
VIGENTE
25 Certificado vigente
CARACTERÍSTICAS DEL
SERVICIO
MANUAL DE USUARIO EN
ESPAÑOL
25 Foto /ficha y/o Catalogo
Requisitos Obligatorios (O): Corresponden a los requisitos cuyo incumplimiento declaran a la oferta
inadmisible. Bajo esta categoría se incluyen los requisitos técnicos cuyo incumplimiento impide el
funcionamiento requerido, no cumple con lo requerido por el Hospital o producen una falta a las normas de
seguridad vigente.
Las propuestas que no cumplan con alguno de los requisitos técnicos OBLIGATORIOS, serán declaradas
inadmisibles y no serán evaluadas.
Se entenderá que no cumplen los requisitos técnicos Obligatorios:
• Cuando no acompañe el documento, fotografía y/o certificado que acredite los requisitos técnicos
• También se entenderá que no cumple los requisitos técnicos Obligatorios, si el documento, fotografía y/o
certificado que acredite dicho requisito, contenga elementos de los considerados en estas bases como
subsanables y se ha debido pedir al oferente a través de foro inverso que subsane y/o enmiende y este
NO subsanó y/o enmendó en el tiempo y forma requerido.
8.4.2.4 Plazos de Entregas y Respuesta (25%)
El criterio de evaluación Plazo de Entrega y respuesta se evaluará a través de los subfactores “Plazo de entrega
e instalación de Equipos en Comodato (50%), “Plazo de respuesta en caso de urgencia y eventualidades no
programadas” (25%), y “Plazo de entrega equipo back up” (25%).
Para la evaluación de estos subfactores se utilizará el mecanismo Porcentual del Menor Valor, según lo
ofertado en Anexo N° 4, según lo siguiente:
8.4.2.4.1 Plazo de entrega e implementación de Equipos en comodato (50%)
El proponente debe informar el plazo en su Anexo Nº 04.
Se establece que el límite base para el tiempo de entrega e instalación de los equipos en comodato es de 1
día (es decir tiempo mínimo), cualquier otro inferior, se considerará con igual puntaje a dicho límite de
referencia, es decir se debe ofertar desde 1 día en adelante. En caso de presentar un rango de entrega, se
evaluará basándose en el mayor periodo de tiempo especificado (a modo de ejemplo: si oferta señala como
plazo de entrega e implementación de equipos en comodato entre 2 a 5 días, se evaluará como si se hubiera
ofertado 5 días de entrega).
El plazo de entrega e instalación de equipos se deberá expresar en días corridos. Si el proveedor señala en su
oferta días hábiles, su oferta será declarada inadmisible. Lo anterior, sin perjuicio de que se efectuará la
revisión de la totalidad de los antecedentes contenidos en la oferta, de acuerdo al artículo 9 de la Ley N°
19.886.
Si el proveedor no señala expresamente en su oferta si son días hábiles o corridos, se entenderán que son días
corridos, para todo efecto.
El plazo ofertado para la entrega e instalación de los equipos comodato, se entiende comenzará a correr a
partir de la fecha de la aceptación de la Orden de Compra emitida por el Hospital en el portal
www.mercadopublico.cl. (En www.mercadopublico.cl el proveedor deberá aceptar la Orden de Compra en el
plazo de 24 horas desde su publicación. Vencidas las 24 horas sin respuesta en el portal, se entenderá que la
Orden de compra ha sido aceptada tácitamente por el proveedor, comenzando a correr los plazos de entrega).
Todo, sin perjuicio, de lo señalado en la cláusula de estas bases, sobre El Pago.
La intaclación de los equipos en comodato se realizará por piso del Hospital la Florida y el Ex CRS Bellavista
la Florida.
El plazo ofertado no debe sobrepasar los 5 días corridos para la entrega e instalación de los equipos, de lo
contrario la oferta será declarada inadmisible.
Mecanismo Menor Valor Plazo de Entrega
𝑀𝑒𝑛𝑜𝑟 𝑃𝑙𝑎𝑧𝑜: (
𝑀𝑒𝑛𝑜𝑟 𝑃𝑙𝑎𝑧𝑜 𝑂𝑓𝑒𝑟𝑡𝑎𝑑𝑜
𝑃𝑙𝑎𝑧𝑜 𝑂𝑓𝑒𝑟𝑡𝑎𝑑𝑜 ) 𝑥 𝑃𝑢𝑛𝑡𝑎𝑗𝑒 𝑚á𝑥𝑖𝑚𝑜 𝑑𝑒𝑙 𝑓𝑎𝑐𝑡𝑜𝑟
8.4.2.4.2 Plazo de respuesta en caso de urgencia y eventualidades no programadas (25%)
El proponente debe informar el plazo en su Anexo Nº 04.
Se establece que el límite para el tiempo de respuesta en caso de urgencia y eventualidades no programadas
es de 5 horas corridas (es decir tiempo máximo). En caso de presentar un rango de respuesta en caso de
urgencia y eventualidades no programadas, se evaluará basándose en el mayor período de tiempo
especificado (a modo de ejemplo: si oferta señala como Plazo de respuesta en caso de urgencia y
eventualidades no programadas entre 2 a 5 horas, se evaluará como si se hubiera ofertado 5 horas).
El plazo de respuesta en caso de urgencia y eventualidades no programadas se deberá expresar en horas
corridas. Si el proveedor señala en su oferta en horas hábiles, su oferta será declarada inadmisible. Lo
anterior, sin perjuicio de que se efectuará la revisión de la totalidad de los antecedentes contenidos en la
oferta, de acuerdo al artículo 9 de la Ley N° 19.886.
El plazo ofertado no debe sobrepasar las 5 horas corridas para dar respuesta en caso de urgencia y
eventualidades no programadas, de lo contrario la oferta será declarada inadmisible.
Mecanismo Menor Valor Plazo de Entrega
𝑀𝑒𝑛𝑜𝑟 𝑃𝑙𝑎𝑧𝑜: (
𝑀𝑒𝑛𝑜𝑟 𝑃𝑙𝑎𝑧𝑜 𝑂𝑓𝑒𝑟𝑡𝑎𝑑𝑜
𝑃𝑙𝑎𝑧𝑜 𝑂𝑓𝑒𝑟𝑡𝑎𝑑𝑜 ) 𝑥 𝑃𝑢𝑛𝑡𝑎𝑗𝑒 𝑚á𝑥𝑖𝑚𝑜 𝑑𝑒𝑙 𝑓𝑎𝑐𝑡𝑜𝑟
8.4.2.4.3 Plazo de entrega equipo back up (25%)
El proponente debe informar el plazo en su Anexo Nº 04.
Se establece que el límite para el tiempo de entrega equipo back up es de 6 horas corridas (es decir tiempo
máximo). En caso de presentar un rango de entrega equipo back up, se evaluará basándose en el mayor
período de tiempo especificado (a modo de ejemplo: si oferta señala como plazo de entrega equipo back up
entre 2 a 5 horas, se evaluará como si se hubiera ofertado 5 horas).
El plazo de respuesta en un rango de entrega equipo back up se deberá expresar en horas corridas. Si el
proveedor señala en su oferta en horas hábiles, su oferta será declarada inadmisible. Lo anterior, sin perjuicio
de que se efectuará la revisión de la totalidad de los antecedentes contenidos en la oferta, de acuerdo al
artículo 9 de la Ley N° 19.886.
El plazo ofertado no debe sobrepasar las 6 horas corridas para dar respuesta en un rango de entrega equipo
back up, de lo contrario la oferta será declarada inadmisible.
Mecanismo Menor Valor Plazo de Entrega
𝑀𝑒𝑛𝑜𝑟 𝑃𝑙𝑎𝑧𝑜: (
𝑀𝑒𝑛𝑜𝑟 𝑃𝑙𝑎𝑧𝑜 𝑂𝑓𝑒𝑟𝑡𝑎𝑑𝑜
𝑃𝑙𝑎𝑧𝑜 𝑂𝑓𝑒𝑟𝑡𝑎𝑑𝑜 ) 𝑥 𝑃𝑢𝑛𝑡𝑎𝑗𝑒 𝑚á𝑥𝑖𝑚𝑜 𝑑𝑒𝑙 𝑓𝑎𝑐𝑡𝑜r 8.4.2.5 Condiciones de empleo y remuneración (10%)
El puntaje correspondiente a las mejores condiciones laborales para personal que prestará el servicio,
situación debidamente acreditada, el mecanismo de tabulación será resultado de la sumatoria de los puntajes
obtenidos por el oferente, según la información presentada y acreditada en anexo 08 de su oferta y según la
siguiente tabla:
INCENTIVO PUNTAJE
Certificación Sello 40 horas 20
Certificación Sello Iguala 20
Bono Colación (Mensual) 10
Bono Movilización (Mensual) 10
Bono por Puntualidad (Mensual) 10
Bono por Asistencia (Mensual) 10
Bono de Fiestas Patrias (septiembre) 10
Bono de Navidad y Año Nuevo (diciembre) 10
REQUERIMIENTO PUNTAJE
MAXIMO
Mejores Condiciones de empleo y remuneración
debidamente acreditadas, Anexo N.º 08 100
El proveedor deberá adjuntar la documentación que respalde estas condiciones laborales, para la
evaluación se considerará sólo la documentación emitida en los últimos 12 Meses desde la publicación de
esta Licitación.
Las condiciones declaradas en este anexo, se deberán mantener durante toda la vigencia del contrato y serán
comprobadas en los estados de pagos según corresponda, sin perjuicio de lo anterior, el Hospital en cualquier
momento podrá verificar si se cumplen estas condiciones durante la vigencia del contrato, solicitando los
antecedentes que estime conveniente al proveedor.
8.4.4 Evaluación Económica (60%)
Se debe ofertar en Anexo N°7 el monto unitario por prestación licitada.
Para efectos de discriminar entre las ofertas, se aplicará el Criterio de Menor Valor, al valor ofertado por cada
prestación en Anexo N°7.
REQUERIMIENTO MEDICION PUNTAJE
Valor prestación ofertado en Anexo Nº07 Criterio Menor Valor 100
𝑀𝑒𝑛𝑜𝑟 𝑃𝑟𝑒𝑐𝑖𝑜: (
𝑀𝑒𝑛𝑜𝑟 𝑃𝑟𝑒𝑐𝑖𝑜 𝑂𝑓𝑒𝑟𝑡𝑎𝑑𝑜
𝑃𝑟𝑒𝑐𝑖𝑜 𝑂𝑓𝑒𝑟𝑡𝑎𝑑𝑜 ) 𝑥 100
Se establece expresamente que si la oferta del proveedor es de $1 en Mercado Público, su oferta será
declarada inadmisible.
8.5.- Situación de Empate:
En caso de que dos o más ofertas obtengan igual puntaje total, se resolverá el empate según los siguientes
criterios:
a) Se seleccionará aquella oferta que presente el puntaje más alto en el criterio Especificaciones Técnicas.
b) Si subsistiese el empate, se seleccionará aquella oferta que presente el mejor puntaje en el criterio plazos.
c) Si subsistiese el empate, se seleccionará aquella oferta que presente el mejor puntaje en el criterio
Comportamiento Contractual anterior.
d) Si subsistiese el empate, se seleccionará aquella oferta que presente el mejor puntaje en el Criterio
Económico.
e) Si subsistiese el empate, se seleccionará aquella oferta que presente el mejor puntaje en el criterio
Experiencia del oferente.
f) Si subsistiese el empate, se seleccionará aquella oferta que presente el mejor puntaje en el criterio de
Condiciones de empleo y remuneración.
g) seleccionará aquella oferta que presente el mejor puntaje en el criterio Cumplimiento de requisitos
formales.
h) Si subsistiese el empate, se seleccionará aquella oferta que fuese ingresada primero, según la fecha y hora
en el portal Mercado Publico.
8.6.- Acta de Evaluación
La Comisión de Evaluación elaborará el "Informe o Acta Final de Evaluación" el cual contendrá:
• La identificación de los integrantes de la Comisión de Evaluación que asistieron a evaluar.
• La identificación de los asesores expertos invitados a la Evaluación, si es que existieron.
• La identificación de las ofertas que no cumplieron alguno de los requerimientos obligatorios de bases,
siendo rechazadas sus ofertas en la apertura, quedando por lo tanto fuera de evaluación y aquellas que
fueron evaluadas pero se determinó de igual manera que no cumplieron alguno de los requerimientos
obligatorios de bases, por tanto se deben proponer junto a las rechazadas, para ser declaradas
inadmisibles por la autoridad y la información detallada sobre cuál o cuáles requerimientos no fueron
cumplidos por todas estas ofertas.
• Un cuadro comparativo de las propuestas con las respectivas puntuaciones parciales obtenidas en cada
uno de los criterios de evaluación, así como también un resumen de la Evaluación realizada con
especificación del puntaje final.
• Un análisis final de evaluación y/o las observaciones, si proceden.
• Cuando no se hayan presentado ofertas, la constancia de esta situación para declarar Desierto el proceso.
• Los fundamentos de declarar desierto el proceso en base a ofertas presentadas y evaluadas que no
resulten convenientes para los intereses del establecimiento, cuando proceda.
• La recomendación o propuesta final, a la autoridad competente, de adjudicación del oferente mejor
evaluado o de declarar desierto el proceso, según sea el caso, fundada en razones objetivas y no
discriminatorias.
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9- DE LA ADJUDICACION DE PROPUESTA |
9.1.- Criterios de Adjudicación.
Se adjudicará a aquel Proponente cuya oferta haya sido evaluada como la más ventajosa para los intereses de
la institución, considerando los criterios de evaluación establecidos en las presentes Bases y conforme las
facultades y prerrogativas establecidas en la normativa sobre contratos administrativos de suministro y
prestación de servicios.
9.2.- Comunicación de la Adjudicación.
El Hospital Clínico Metropolitano La Florida adjudicará la oferta mediante acto administrativo, el cual tendrá
plena vigencia una vez que se encuentre totalmente tramitado y notificado al adjudicatario y al resto de los
oferentes a través de www.mercadopublico.cl. En dicho acto administrativo, se especificarán los criterios de
evaluación aplicados, de acuerdo a lo establecido en las presentes Bases.
Si no se adjudicase en el plazo indicado en el punto 5.4 de estas Bases, se avisará a través del Portal las razones
de ello, indicando un nuevo plazo para la adjudicación o la decisión de declarar desierto.
9.3.- Peticiones o Reclamos del Proponente Adjudicado.
Adjudicada la propuesta, no podrá el Proponente formular petición o reclamo de ninguna especie fundado en
el desconocimiento de estas Bases Administrativas, de las Bases Técnicas y los anexos y sus modificaciones;
las cuales se entienden plenamente conocidas y aceptadas por el solo hecho de presentación de su oferta.
9.4.- De la Readjudicación.
El Hospital Clínico Metropolitano La Florida podrá readjudicar la licitación, dentro de los 60 días corridos
desde la publicación, al oferente que siga en orden de prelación de acuerdo con el puntaje total obtenido,
dejando sin efecto la adjudicación previa, en los siguientes casos:
1.-Si el adjudicatario desiste de su oferta.
2.-Si el adjudicatario se desiste de firmar el contrato o rechaza la orden de compra emitida en el portal
mercadopublico.cl
3.-Si el adjudicatario no entrega garantía de fiel y oportuno cumplimiento o cualquier otro documento
solicitado para la firma del contrato en tiempo y forma.
4.-Si el Oferente adjudicado es inhábil para contratar con el estado en los términos del artículo cuarto, incisos
1° y 6° de la Ley 19.886, o según lo establecido en el inciso segundo del artículo 26, letra d), del DFL N° 1, de
2004, del Ministerio de Economía, Fomento y Reconstrucción sobre condena establecida por el Tribunal de
Defensa de la Libre Competencia, o lo dispuesto en la Ley N° 20.393 Sobre Responsabilidad Penal de Personas
Jurídicas condenadas por delitos de Cohecho , Lavado de Activos y Financiamiento al Terrorismo o no
proporciona los documentos que sean requeridos para verificar dicha condición o le sobreviene una
inhabilidad.
Sin perjuicio de lo anterior, el Hospital podrá elegir si adjudica a la segunda oferta mejor evaluada o desertar
el proceso, para efectuar un nuevo llamado a licitación, emitiéndose para cada caso la respectiva resolución.
9.5.- Revocación de la Licitación.
Si se ha detectado una ilegalidad en y durante el proceso o aconteciere durante su tramitación un hecho
considerado como Imprevisto, Caso Fortuito o Fuerza mayor, que haga imposible e improcedente adjudicar
la Licitación, en virtud de la falta de oportunidad o el interés público, el Hospital Clínico Metropolitano La
Florida, podrá realizar la revocación de esta, previo acto administrativo que justifique tal situación, sin
perjuicio de otras causales específicas de las normas especiales vigentes, aplicables a los actos del Estado.
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10- DEL CONTRATO |
De acuerdo a lo estipulado en el Artículo 63° del Reglamento de la ley N° 19.886 aprobado por el decreto Nº
250/2004 del Ministerio de Hacienda, la formalización del contrato en este proceso se llevará a cabo según lo
siguiente:
a) La firma de un contrato escrito será obligatoria en esta adquisición para los oferentes que adjudiquen un
monto total igual o mayor a 100 UTM, ya sea por la adjudicación de una o varias líneas. Además, deberá
presentar la Garantía de Fiel Cumplimiento de Contrato, de acuerdo a lo estipulado en el punto 10.8 de estas
Bases.
b) Para los oferentes que adjudiquen un monto entre 50 y 99 UTM, su contratación se formalizará a través de
la emisión y aceptación de la correspondiente Orden de Compra, más la presentación de la Garantía de Fiel
Cumplimiento de Contrato, de acuerdo a lo estipulado en el punto 10.8 de estas Bases.
c) Para los oferentes que adjudiquen montos inferiores a 50 UTM, su contratación se formalizará a través de
la emisión y aceptación de la correspondiente Orden de Compra.
10.1.- Entrega de Documentación y Antecedentes para la formalización del contrato.
El adjudicatario deberá hacer llegar toda la documentación necesaria para la suscripción definitiva de su
contrato y/o la correspondiente emisión de la Orden de Compra, según corresponda, a la Unidad de Contratos
de Comercialización del Hospital, dentro de los 5 días hábiles siguientes a la adjudicación y según el siguiente
detalle:
• Garantía de Fiel y oportuno cumplimiento: Solo el proveedor adjudicado cuyo contrato sea igual o superior
a 50 UTM debe presentar garantía o caución para asegurar el fiel y oportuno cumplimiento de contrato según
monto y glosa, de acuerdo a lo establecido en numeral 10 de las presentes Bases.
• Acreditación poderes del representante legal: El proveedor adjudicado en el caso que fuera persona
jurídica, deberá acreditar la vigencia de los poderes del representante legal a través de certificado de vigencia
de poderes emitido por el Registro de Comercio o por la institución que corresponda, de data no superior a 3
meses contados desde la fecha en que deba suscribir el contrato escrito.
• Declaraciones juradas: El oferente adjudicado, deberá presentar las siguientes declaraciones juradas:
a) Anexo N°02 Declaración Jurada Simple: en formato físico firmada por el representante legal de la empresa
o la persona natural, según corresponda, en la cual se consigna que no se encuentra unido por los vínculos de
parentesco descritos en la letra B) del artículo 54 de la ley 18.575, que no se encuentra afecto a las
inhabilidades establecidas en el artículo 4° de la ley Nº19.886, y que tratándose de personas jurídicas, además,
no ha sido condenado a pena de prohibición de celebrar actos y contratos con Organismos del Estado, de conformidad con la ley Nº20.393. Si se trata de una Unión Temporal de Proveedores, cada uno de los
integrantes deberá presentar su Declaración Jurada de forma Individual.
b) Si el contrato es igual o superior a 1000 UTM y el adjudicado es una unión temporal de proveedores: Los
oferentes adjudicados que se unan de esta forma, deberán presentar la Escritura Pública que materialice la
unión temporal de proveedores. Dicho documento deberá establecer la solidaridad entre las miembros de la
unión temporal de proveedores y el nombramiento de un representante o apoderado común con poderes
suficientes, además de tener una vigencia que no podrá ser inferior a la vigencia del contrato que se adjudica
mediante el proceso licitatorio, incluyendo las renovaciones del mismo si existiesen, conforme a lo regulado
en el art. 67 bis, del Reglamento de la ley N°19.886 aprobado por el decreto Nº 250/2004 del Ministerio de
Hacienda
• Cumplimiento de obligaciones laborales y previsionales: El proponente adjudicado deberá presentar un
certificado en que se acredite el cumplimiento de las obligaciones laborales y cotizaciones previsionales por
parte del proveedor adjudicado para con sus trabajadores, éste deberá ser emitido por la Inspección del
Trabajo o por empresas autorizadas para extender este tipo de certificados. En caso de que el certificado
arroje deudas o saldos insolutos de remuneraciones o cotizaciones previsionales, los primeros estados de
pago producto del contrato licitado deberán ser destinados al pago de dichas obligaciones, debiendo el
oferente adjudicado acreditar que la totalidad de las obligaciones se encuentran liquidadas al cumplirse la
mitad del período de ejecución del contrato.
El incumplimiento de esta obligación, como, asimismo, la falta de presentación de dicho certificado habilitará
al Hospital, para poner término al contrato y podrá llamar a una nueva licitación, sin que el oferente
adjudicado pueda participar en este nuevo proceso.
10.2 Inscripción en el Registro Electrónico Oficial de Proveedores Del Estado.
El Oferente al momento de la adjudicación y al momento de contratar deberá estar inscrito en el registro
nacional www.chileproveedores.cl. Si al momento de adjudicar el proveedor no se encuentra inscrito en este
registro, tendrá un plazo excepcional de diez (10) días hábiles contados desde la notificación de la adjudicación
para inscribirse, sin perjuicio de lo anterior, deberá hacer entrega de todos los demás antecedentes según lo
dispuesto en párrafo primero del numeral 10.1 de las presentes bases.
La no inscripción en Chileproveedores o la no entrega de cualquiera de los documentos y antecedentes ya
señalados, configurará causal suficiente para dejar sin efecto la resolución de adjudicación respectiva. En tal
caso se procederá al cobro de la garantía de seriedad de la oferta correspondiente pudiendo el Hospital
readjudicar al 2º mejor oferente evaluado, el que deberá acreditar las mismas exigencias de los párrafos
anteriores, o bien, declarar desierta la licitación, cuando la segunda mejor oferta evaluada no resulte
conveniente a sus intereses, en conformidad al artículo Nº 9 de la Ley N° 19.886.
Será responsabilidad del Oferente adjudicado cumplir en tiempo y forma, con todas las exigencias antes
descritas.
10.3 Suscripción del Contrato y Aceptación de la Orden de Compra:
10.3.a Firma de contrato: Una vez adjudicada la Licitación, cuando proceda, se hará llegar al adjudicatario el
documento de contrato vía correo electrónico, al correo informado por el proveedor en el Anexo N°01 de su
oferta. El oferente adjudicado estará obligado a firmar y devolver contrato firmado en 3 copias en formato
físico, en sobre cerrado a nombre de Unidad de Contratos del Hospital La Florida, indicándose la siguiente
referencia “CONTRATO ID 812261-XX-LE23 (donde XX, se debe reemplazar por el número de la licitación).
El sobre deberá ser entregado en Unidad de Contratos ubicada en dependencias del Departamento de
Comercialización del Hospital, dentro del plazo estipulado en el numeral 5.4. de las bases.
10.3.b Resolución que aprueba contrato: Una vez firmado y devuelto el contrato por el proveedor, se
procederá a firmar por la autoridad competente del Hospital y se dictará la correspondiente Resolución que
aprueba dicho contrato.
10.3.c Emisión de Orden de compra: una vez recibido conforme el servicio, se emitirá orden de compra
respectiva, por mes vencido, a través del sistema de información www.mercadopublico.cl.
En los casos que proceda la suscripción de contrato escrito, la orden de compra se podrá emitir antes de la
completa tramitación de la Resolución que aprueba el Contrato, por razones excepcional de buen servicio. Sin
perjuicio de que esta, debe encontrarse totalmente tramitada al momento de pagar dicha Orden de compra.
10.3.d Aceptación de la Orden de compra por el proveedor: El proveedor deberá aceptar la Orden de compra
en el plazo de 24 horas desde su publicación en el sistema de información www.mercadopublico.cl. Vencidas
las 24 horas sin respuesta en el portal, se entenderá que la Orden de compra ha sido aceptada tácitamente
por el proveedor, comenzando a correr los plazos de entrega y cumplimiento de todas las obligaciones del
contrato. Todo, sin perjuicio, de que, para el pago de factura, esta Orden de compra deberá encontrarse
aceptada expresamente en el sistema de información y con recepción Conforme, aceptación y recepción, sin
la cual el pago no se llevará a cabo. El proveedor no podrá imponer un monto mínimo de despacho para
aceptar la Orden de Compra.
10.4.- Contenido del Contrato.
El contrato escrito, cuando proceda, contendrá todas y cada una de las cláusulas necesarias para su efectivo
cumplimiento, especificará el objeto, precio, modalidad de pago, entre otras.
Se comprende dentro del objeto de la obligación del Oferente adjudicado, todo lo señalado en su oferta.
El incumplimiento de lo ofertado será considerado incumplimiento grave de las obligaciones contraídas en el
contrato y podrá dar origen a su término y al cobro de la respectiva garantía, sin perjuicio de las acciones
legales correspondientes que pueda ejercer el servicio.
Las cláusulas del respectivo contrato serán aplicables tanto a las obligaciones principales, como las
obligaciones accesorias y complementarias y se cumplirán del modo natural que a ellas correspondieren.
El Oferente adjudicado será empleador único y exclusivo de su personal y por lo tanto, directamente
responsable ante las autoridades administrativas y del trabajo, Tribunales de Justicia, organismos
previsionales, y en general ante cualquier tercero, del cumplimiento fiel y oportuno de todas las obligaciones
laborales y previsionales que le correspondan en dicha calidad y en general de todas y cada una de las
obligaciones que nacen del contrato de trabajo, y de aquellas establecidas por el Código del Trabajo. No
existiendo vínculo laboral alguno entre el Hospital y el Oferente adjudicado ni con sus trabajadores. El Hospital
podrá requerir en todo momento, información relativa al cumplimento de las obligaciones laborales y
previsionales que le asisten al empleador respecto de sus trabajadores, y especialmente respecto de aquellos
que estén involucrados directa o indirectamente en las prestaciones de que trata la presente licitación y el
respectivo contrato.
10.5.- Vigencia y Duración del Contrato.
El contrato que se celebre comenzará a regir a contar de la total tramitación del acto administrativo que lo
apruebe, o desde la aceptación de la respectiva Orden de Compra, según corresponda, salvo en aquellos
casos en los cuales, por razones de buen servicio, y mediante resolución fundada, las prestaciones contenidas
en el contrato escrito, deban iniciarse desde el momento de su suscripción, sin perjuicio, de que no proceda
pago alguno antes de la total tramitación del acto administrativo que lo aprueba.
La duración del contrato será de 12 meses o hasta que se alcance el monto total máximo adjudicado, lo que
ocurra primero.
10.6.- Renovación del Contrato.
En caso excepcional y por motivos fundados el contrato podrá eventualmente ser renovado, solo por una sola
vez y bajo las mismas condiciones comerciales convenidas.
Dicha renovación deberá aprobarse mediante acto administrativo totalmente tramitado, según lo dispuesto,
entre otros, en el dictamen N°34.713, de 2015.
Los motivos fundados serán:
a. Continuidad del servicio
b. Caso fortuito y /o Fuerza mayor
10.7.- Modificación del Contrato
Mediante Resolución fundada, el HLF podrá modificar el contrato en cualquiera de las situaciones que se
señalan a continuación:
a) Mutuo acuerdo entre los contratantes, sin que pueda alterarse la aplicación de los principios de estricta
sujeción a las bases y de igualdad de los oferentes, ni que pueda aumentarse el monto del contrato más allá
del 30% del monto originalmente pactado.
b) Si así lo exigiera el interés público o la seguridad nacional.
c) Las demás causales establecidas en el artículo 77 del reglamento de la Ley 19.886.
10.8.- Garantía de Fiel y Oportuno Cumplimiento del Contrato.
Junto a la firma del contrato y para cautelar el cumplimiento de la correcta ejecución del mismo, el Oferente
adjudicado deberá entregar una caución o garantía, siendo de su exclusiva responsabilidad que dicha caución o
garantía sea presentada conforme a las especificaciones que a continuación se indican.
Tipo de Documento Podrán ser presentados como documentos de caución, boletas de garantía, vale
vistas, certificados de fianza, póliza de garantía o cualquier otro documento que
cumpla con los siguientes requisitos
• Sea pagadera a la vista.
• No sujeto a modalidad.
• Irrevocable.
• Emitida a favor de Entidad Pública.
Monto 10% del monto total del contrato en pesos chilenos
Beneficiario Hospital Clínico Metropolitano de la Florida Dra. Eloísa Díaz Insunza, RUT
Nº65.075.485-9
Vigencia 12 meses más 120 días hábiles, a contar de la adjudicación.
Glosa Garantizar el Fiel y Oportuno Cumplimiento del Contrato y las obligaciones
laborales del “SERVICIO DE SUMINISTRO DE AGUA PURIFICADA CON EQUIPOS EN
COMODATO PARA EL HOSPITAL LA FLORIDA Y EX CRS BELLAVISTA” ID 812261-XXLE23. (donde se señala XX reemplazar por el número de la Licitación)
Forma y oportunidad
de Entrega Física o
electrónica
El oferente o su representante deberá entregar físicamente la garantía en
secretaría de Comercialización ubicada en dependencias del Hospital La Florida
(primer piso), Avenida Froilán Roa 6542, en horario de lunes a viernes, de 08:30 a
13:00 y de 14:30 a 16:00 horas, dentro de los 5 días hábiles desde la adjudicación.
La garantía debe entregarse en sobre cerrado dirigido a la Unidad de Contratos del
Hospital La Florida, señalando en el sobre lo siguiente:
GARANTIA DE FIEL OPORTUNO CUMPLIMIENTO ID: 812261-XX-LE23 (donde se
señala XX, se debe reemplazar por el número de la licitación)
IDENTIFICACIÓN DEL OFERENTE
La garantía podrá otorgarse mediante uno o varios instrumentos financieros de la
misma naturaleza, que en conjunto representen el monto o porcentaje a caucionar
y entregarse de forma física o electrónicamente.
El oferente que necesite respaldar la entrega de su garantía deberá acompañar una
fotocopia del sobre que entrega. Esta fotocopia será timbrada por secretaría de
abastecimiento, indicando la fecha de su recepción y solo si se comprueba que el
documento físico viene en su interior.
Sin perjuicio de lo señalado anteriormente, la revisión del documento y
cumplimiento de requisitos formales, solo se verificará por la Unidad de Contratos
En caso de presentarse una Garantía en Formato Electrónico, deberán ser enviadas
al correo: garantiahlf@redsalud.gov.cl, antes del del vencimiento del plazo de 5
días hábiles desde la adjudicación, indicando en el asunto del correo el ID de la
Licitación y el nombre del Oferente.
De no presentar dicha garantía en forma, lugar, día y hora señalados, la oferta
adjudicada se entenderá desistida. Esto último, sin perjuicio de las garantías en
formato electrónico que, además, deben ajustarse a las disposiciones de la Ley
N°19.799 sobre documentos electrónicos, firma electrónica y servicios de
certificación de dicha firma, que deberán acompañarse conjuntamente con la
oferta.
En el caso de que la garantía entregada contenga errores, se solicitará corregir
dentro de los 5 días hábiles siguientes, so pena de no firmarse el contrato
respectivo. La no entrega de esta Garantía de Fiel y Oportuno Cumplimiento, dará
lugar al cobro de la Garantía de Seriedad de la Oferta (si se ha solicitado en el proceso licitatorio) y el Hospital podrá readjudicar la Licitación o declarar Desierto
el proceso.
La garantía podrá ser tomada por el oferente o por un tercero a nombre de él.
Custodia Las garantías serán custodiadas por la Unidad del Tesorería del Hospital La Florida.
Se hace presente que en el Departamento de comercialización ubicado en dependencias del Hospital La
Florida (primer piso), Avenida Froilán Roa 6542, funcionan distintas unidades del Hospital, por lo que será
de exclusiva responsabilidad del proveedor entregar correctamente la garantía, en caso de que se entregue
en un lugar distinto del indicado precedentemente, se tendrá por no presentado el documento.
En caso de que el Hospital determine necesario aumentar o renovar el contrato, el Oferente adjudicado
deberá renovar la garantía de fiel y oportuno cumplimiento, conforme al nuevo plazo y monto que se estime
para estos efectos. La garantía original será devuelta una vez que se haya entregado la nueva garantía.
10.9.- Devolución y Cobro de la Garantía de Fiel y Oportuno Cumplimiento del Contrato.
La garantía de fiel y oportuno cumplimiento del contrato se podrá hacer efectiva, en caso de incumplimiento
por parte del proveedor de cualquiera de las obligaciones del Contrato, sin perjuicio de las multas que
corresponda aplicar.
Para el cobro de la Garantía de Fiel y Oportuno Cumplimiento, se aplicará el mismo procedimiento utilizado
para el cobro de multas, según lo establecido en estas Bases de Licitación. La devolución de la garantía de fiel
y oportuno cumplimiento del contrato se efectuará dentro del plazo de 10 días hábiles contado desde el
término del contrato, y/ o una vez acreditado que se han cumplido todas las obligaciones de dicho contrato,
mediante Certificación de Conformidad, suscrito por el Jefe de la Unidad de Contratos o quien lo subrogue,
para tal efecto, al término del convenio.
Un representante de la empresa debidamente individualizado con poder especial ante notario podrá solicitar
la devolución ante el Responsable de Contrato de la Unidad de Contratos del Hospital, caso en el que se
comunicará a la Unidad de Tesorería. En caso que el Hospital determine necesario aumentar el contrato, el
adjudicatario deberá entregar una nueva garantía de vida útil y política de canje para los nuevos insumos,
conforme al plazo ofertado.
10.10.- Resciliación del Contrato por Mutuo Acuerdo.
Las partes podrán poner término al contrato de común acuerdo, en forma anticipada, suscribiendo el
documento respectivo.
10.11.- Prohibición De Cesión
El adjudicatario no podrá ceder ni transferir en forma alguna, total ni parcialmente los derechos y obligaciones
establecidos para esta adquisición y contratación. En lo referido a la cesión de los instrumentos y títulos de
crédito que surjan del contrato, se estará a los artículos 74 y 75 del Decreto N°250 de 2004 del Ministerio de
Hacienda que aprueba Reglamento de la ley N°19.886 de Bases de Contratos Administrativos de Suministro y
Prestación de Servicios, particularmente al hecho que se notifique oportunamente dicho contrato o cesión y
no existan obligaciones o multas pendientes.
10.12.- Subcontratación.
Queda prohibida la subcontratación de los servicios contratados. Lo anterior salvo en los casos de transporte
y/o distribución.
10.13.-Reajustabilidad de los Precios
El precio adjudicado no se reajustará durante la vigencia del contrato.
10.14.- Solución de controversias.
Las diferencias que se puedan originar entre el Oferente Adjudicado y el Hospital serán dirimidas por los
Tribunales Ordinarios de Justicia de Santiago, sin perjuicio de las atribuciones que competen al Tribunal de
Contratación Pública y a la Contraloría General de la República.
10.15.- Reserva de información.
El Oferente adjudicado queda especialmente obligado a resguardar la reserva y confidencialidad de toda la
información que el Hospital le proporcione directa o indirectamente, o a la información que tenga acceso, con
ocasión de la ejecución del servicio que se contrate. En caso de que, el Oferente adjudicado infringiere alguna de las obligaciones establecidas en esta cláusula, será responsable de todo daño o agravio que ello pueda producir al Hospital o a terceras personas.
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11. DE LAS ACTIVIDADES. |
11.1 Inicio de Actividades.
El inicio formal de las actividades será previa coordinación con el Referente técnico, con el fin de dar
continuidad a los servicios requeridos y no afectar el regular funcionamiento del Hospital.
La entrega e instalación de equipos en comodato deberá incluir el suministro de bidones de agua por unidad
de acuerdo a coordinación efectuado con Referente Técnico.
Los adjudicatarios deberán ceñirse estrictamente a las instrucciones y coordinación que le sean impartidas
por el Hospital de La Florida, a través del referente técnico
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12. MULTAS Y SANCIONES POR INCUMPLIMIENTO DE CONTRATO |
12.1.- Término Anticipado Del Contrato
El Hospital podrá, previa calificación de las circunstancias y emisión de resolución fundada de su Director,
poner administrativamente término al contrato, en forma anticipada, unilateral e inmediata, en caso de
incumplimiento del contrato celebrado, considerándose como causales de dicho término, las indicadas en el
artículo Nº13 de la Ley Nº19.886, en el artículo Nº77 del Decreto Nº250 de 2004 que contiene el Reglamento
de la Ley N°19.886, además de las siguientes causales específicas:
a) La aplicación de dos o más multas dentro un plazo de tres (3) meses, durante la vigencia del contrato,
cualquiera sea su fuente, de las enumeradas en el punto 12.3, o por la acumulación de multas cuyo
monto total sea igual o superior al 30% del monto del contrato.
b) Evaluación Técnica deficiente del proveedor emitida por el Hospital. Según lo señalado en el número
12.1.1 de las bases administrativas.
c) Cambio o modificación unilateral por parte del Proveedor del precio ofertado, del servicio,
condiciones de su oferta, calidad, u otra condición establecida en la oferta adjudicada y aceptada por
la Entidad.
d) Realización de actividades que pongan en riesgo al establecimiento y/o a sus funcionarios.
e) Incurrir en falsedad en la documentación presentada relativa al servicio adjudicado.
f) Cuando la Empresa adjudicada, a juicio de la Unidad Técnica, demuestre incapacidad técnica para
ejecutar el contrato o incumpliere las observaciones e instrucciones impartidas por la Unidad Técnica
para la ejecución de este.
g) Si el proveedor fuere declarado en quiebra o cayera en estado de notoria insolvencia.
h) Si falleciese el proveedor o se disolviese la empresa o perdiere su personalidad jurídica. En tal evento,
se procederá a efectuar la liquidación del contrato determinando las obligaciones que quedasen.
i) Si el adjudicatario cede o transfiere total o parcialmente los derechos y obligaciones que nacen de la
presente licitación, y en especial los establecidos en el contrato definitivo, salvo que una norma legal
especial permita la cesión de derechos y obligaciones. Lo anterior, es sin perjuicio que los
documentos justificativos de los créditos que emanen de estos contratos podrán transferirse de
acuerdo con las normas del derecho común.
j) Si la persona jurídica ha sido condenada penalmente de conformidad a la Ley Nº20.393.
k) Si el adjudicatario subcontrata total o parcialmente el contrato, salvo lo estipulado en numeral 10.12
l) Si el adjudicatario durante la vigencia del contrato es condenado por prácticas antisindicales o
infracción a los derechos fundamentales del trabajador, ejecutoriada o que cause ejecutoria dicha
condena.
m) Las demás causales que se establezcan en la Ley Nº19.886 y su normativa reglamentaria.
n) Si el proveedor cae en quiebre de stock y no soluciona la entrega adquiriendo a tercero el producto
a su costo.
Terminado que sea en forma anticipada el contrato, siempre que se haya debido a responsabilidad del
proveedor, el Hospital queda facultado para hacer efectiva la Boleta de Fiel y oportuno Cumplimiento de
Contrato, sin que el adjudicatario tenga derecho a indemnización alguna.
12.1.1.- Evaluación Técnica
Durante toda la vigencia del contrato, el referente técnico, podrá evaluar el servicio a fin de dar cuenta de su
ejecución conforme, según los niveles de servicio exigidos en las Base Técnicas y sus correspondientes
indicadores. En el evento de evaluarse como NO RECOMENDABLE, se podrá dar término al contrato según lo
estipulado en la letra b el numeral 12.1. y servir dicha evaluación, a futuro, como herramienta en un próximo
proceso licitatorio para evaluar al oferente en el Criterio Comportamiento contractual anterior.
12.2.- Amonestación.
Constituye un documento firmado por las partes, que deja constancia de cualquier falta menor y objetiva,
cometida por el adjudicatario, y que, en atención a su importancia, no está afecta a cobros pecuniarios, salvo
que exista acumulación según se describe más adelante.
12.3.- Multas
El Hospital La Florida podrá, previa calificación de las circunstancias y resolución fundada del Director del
Hospital, aplicar y cobrar multas al adjudicatario por incumplimiento de sus obligaciones contractuales, por el
monto que se indica, y con un tope máximo de un 30% del total del contrato.
a) Entrega fuera de plazo: Se aplicará una multa de 3 UTM por cada día corrido de atraso en el inicio
del servicio, tomando como base lo indicado en el contrato.
b) Pérdida, destrozo o deterioro de la infraestructura o equipamiento propiedad del Hospital La Florida
y ex CRS Bellavista. Se aplicará una multa de 2 UTM.
c) Manipulación fraudulenta de los datos e información de trazabilidad o cualquier otro, para el cobro
del Servicio. Se aplicará una multa de 10 UTM por cada una de las faltas antes descritas.
d) Conductas que conlleven falta o falla que atente directa o indirectamente, contra la integridad física
o moral de pacientes y/o funcionarios, tanto el adjudicatario y/o su personal. (por ejemplo, falta
comprobada a la probidad y transparencia del cargo que desarrolla; maltrato físico o verbal al
paciente y/o funcionarios; robo o hurto a pacientes, funcionarios, al HLF, etc.) Se aplicará una multa
de 10 UTM por cada una de las faltas antes descritas.
e) Conductas que impliquen condiciones sanitarias deficientes, de acuerdo a normas de infecciones
intrahospitalarias o que obstruyan la atención y/o calidad del servicio. (por ejemplo, no cumplir con
los protocolos de seguridad y/o infecciones, etc.). Se aplicará una multa de 10 UTM por cada una de
las faltas antes descritas.
f) Incumplimiento de las normas de seguridad: En el caso que se constate que el proveedor ha
incumplido las normas de seguridad, tales como falta de elementos de protección personal o
incumplimientos a la normativa laboral y previsional, se podrá aplicar multas de 5 UTM por cada
trabajador.
g) Incumplimiento de Condiciones Laborales: En el caso que se constate que el proveedor ha
incumplido con las condiciones laborales exigidas en el Anexo N°08, se aplicará una multa de 2 UTM
por cada trabajador.
h) Quiebre de stock: Si producto presenta Quiebre de stock superior a 10 días hábiles se aplicará una
multa de 2 UTM.
i) Atraso en entrega de los equipos: Se aplicará una multa de 2 UTM por cada día de atraso en la
entrega de los equipos ofertados, tomando como base el plazo ofertado en la propuesta. Se
entenderá como entrega efectiva del equipo la fecha de la recepción conforme por parte de la Unidad
de Logística del Hospital, y dicho plazo comienza a contar desde la fecha de la contratación.
j) Atraso en entrega de Bidones de Agua: Se aplicará una multa de 2 UTM por cada día de atraso de
entrega de los bidones de agua, tomando como base la coordinación entre el Hospital la Florida y el
Coordinador(a) del servicio. Se entenderá como entrega efectiva del Insumo la fecha de la recepción
conforme por parte de la Unidad de Logística del Hospital.
k) Continuidad del servicio: Si el equipo presenta falla, mal funcionamiento y se deba realizar el cambio
de éste o si se trata de un equipo único con desperfecto mayor que no pueda ser solucionado en el
lapso de 6 horas corridas a contar del inicio de la intervención técnica en terreno, el adjudicado
deberá entregar en ese momento un equipo en Back Up con idénticas condiciones o superiores al
equipo original (de igual o mayor tecnología), en el centro asistencial correspondiente, con traslado,
instalación y puesta en marcha sin costo para el Hospital. Se aplicará una multa de 3 UTM por cada
hora de atraso en la sustitución de los equipos a contar del plazo ofertado en Anexo 04: “Plazos de
entrega y respuesta”, considerando que no puede superar un plazo máximo de 06 horas corridas.
l) Aplicación de 2 amonestaciones en 2 meses calendario, se aplicará una multa de 0,5 UTM.
El valor de la UTM será el que corresponde al mes en que se emita la resolución de aplicación de multa.
12.4 Registro de comportamiento.
El proveedor que sea sancionado durante la vigencia del contrato, por aplicación de amonestaciones, multa(s),
cobro de garantías o por causal imputable de término anticipado de contrato, será ingresado a los siguientes
registros:
• Registro de Chileproveedores y
• Registro interno del Hospital Registro de Proveedores sancionados, que lleva la Unidad de Contratos del
Hospital, para estos efectos.
La información en ellos registrada podrá ser utilizar en la evaluación del proveedor en futuros procesos de
adquisición que lleve a cabo el Hospital y en cuyas bases se incorpore como herramienta para medir el
correspondiente Criterio de Comportamiento Contractual Anterior.
12.5 Procedimiento de Aplicación de sanciones, multas y/o Término Anticipado de Contrato.
La determinación de una situación o condición que diere lugar a la aplicación de una sanción, multa y/o
termino anticipado de contrato, se originará a partir de un informe que emane desde el Referente Técnico
administrador del contrato, dirigido a la Unidad de contratos del Departamento de Comercialización. Recibido
el informe, ésta evaluará si la situación es de aquellas consideradas como causales para la aplicación de una
sanción, multa y/o termino anticipado de contrato según Bases y tratándose de multas calculará los montos
a pagar.
Tratándose de las sanciones o multas, la Unidad de gestión de Contratos notificará al adjudicatario, a través
del módulo de sanciones del aplicativo de gestión de contratos dispuesto en www.mercadopublico.cl , por
escrito a través de correo electrónico, al correo indicado por el proveedor en anexo 01 de su oferta, del
informe emanado por el Referente Técnico Administrador de contrato/ o por ella y la causal que origina la
sanción o Multa y si se trata de la aplicación de Multa , el monto a pagar, a fin de que el proveedor manifieste
sus descargos acompañando todos los antecedentes que estime pertinente dentro del término de 5 días
hábiles desde dicha notificación, a través del módulo gestión de contratos.
En el caso del término anticipado del contrato, la Unidad de gestión de Contratos notificará al adjudicatario,
a través de carta certificada a la dirección indicada por el proveedor en el anexo 01 de su oferta, del informe
emanado por el Referente Técnico Administrador de contrato/ o por ella y la causal que origina el término
anticipado de contrato, a fin de que el proveedor manifieste sus descargos acompañando todos los
antecedentes que estime pertinente dentro del término de 5 días hábiles desde dicha notificación.
Una vez vencido el plazo sin presentar descargos, el Hospital dictará la respectiva resolución aplicando la
medida y detallando las circunstancias fácticas que hicieron procedente dicha sanción.
Si el adjudicatario hubiera presentado descargos en tiempo y forma, el Hospital tendrá un plazo de 30 días
hábiles a contar de la recepción de los mismos para rechazarlos o acogerlos, total o parcialmente. Al respecto,
el rechazo total o parcial de los descargos del proveedor deberá formalizarle a través de una resolución
fundada del Hospital, en el cual deberá detallarse el contenido y las características de la sanción, Multa o el
término anticipado de contrato según corresponda y si se trata de la aplicación de Multa, el monto a pagar.
La indicada resolución deberá notificarse al proveedor adjudicado mediante carta certificada remitida por la
Unidad de Gestión de Contratos al proveedor a la dirección indicada en el Anexo N°1 e informarse en el
módulo de sanciones del portal www.mercadopublico.cl
Las notificaciones por carta certificada se entenderán practicadas a contar del tercer día siguiente a su
recepción en la oficina de correos que corresponda. Contra la resolución que aplique la medida respectiva
procederán los recursos establecidos en la Ley N°19.880, Ley de Bases de Procedimientos Administrativos que
rigen los Actos de los Órganos de la Administración del Estado.
La entidad compradora tendrá la obligación de registrar las medidas indicadas en la presente clausula a través
del módulo de gestión de contratos dispuesto en plataforma www.mercadopublico.cl.
12.6. El pago de la multa podrá ser cobrado
a) Directamente al adjudicatario quien deberá pagar dentro de los 10 días corridos desde su notificación, o
b) Se podrá retener su monto al momento del pago de las facturas pendientes. En este caso, se descontarán
administrativamente del pago de las facturas que no hayan sido pagadas por el Hospital. Serán descontadas
del pago, no de la factura, es decir, el proveedor deberá facturar por el total sin descontar las multas que se
le aplicasen. Estas serán descontadas al momento de girar el pago respectivo por parte de la Unidad
Financiera, o
c) Con todo, de no hacer pago directo el proveedor o de no existir facturas pendientes por pagar, se podrá
hacer el cobro de las multas haciendo efectiva la garantía de fiel y oportuno cumplimiento, sin más trámite.
12.7 Procedimiento para interponer recurso:
El proveedor dispondrá de un plazo de cinco días hábiles, contados desde la notificación mediante carta
certificada de la resolución fundada, remitida por la Unidad de gestión de Contratos al proveedor a la dirección
indicada en el Anexo N°01, para impugnar dicho acto administrativo, debiendo acompañar todos los
antecedentes que justifiquen eliminar, modificar o reemplazar la respectiva sanción, mediante un escrito o
carta ante la autoridad máxima del servicio por la sanción aplicada. Esta presentación se debe realizar
mediante carta certificada o con entrega presencial en la Oficina de Partes del Hospital. El Hospital tendrá un
plazo no superior a 30 días hábiles para resolver el citado recurso. Mientras se encuentre pendiente la
resolución de recurso de reposición, no se hará efectiva la respectiva sanción.
La resolución que acoja el recurso podrá modificar, reemplazar a dejar sin efecto el acto impugnado. Ahora
bien, en el caso de multas, que sean finalmente cursadas, sea total o parcialmente, ésta se hará efectiva
mediante el cobro directo en un plazo máximo de 20 días, debiendo pagar en un plazo de hasta 10 días una
vez notificado el cobro, o bien, se hará efectivo a través del cobro de la o las garantías de fiel cumplimiento,
según cuál sea el caso.
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13.- DE LA FACTURACIÓN |
El adjudicatario deberá entregar en la bodega de adquisiciones los productos solicitados en los días acordados,
cumpliendo con los plazos comprometidos en anexo N°04 Plazos, además deberá establecer las condiciones
de almacenamiento y de climatización que requiere el producto durante bodegaje. Se deberán adjuntar los
siguientes documentos:
• Guía de despacho.
• Carta de canje por pronto vencimiento si corresponde.
La bodega de adquisiciones del Hospital, solo recibirá la copia de la Factura y la guía de despacho, debiendo
el adjudicatario entregar el original de la factura en oficina de partes del Hospital, una vez realizada la recepción conforme de acuerdo al numeral 16 de bases.
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14.- DE LA FACTURACIÓN |
El oferente se obliga a mantener una garantía técnica de los servicios, por sobre la garantía obligatoria legal, según lo establecido en la normativa vigente para esta materia durante toda la vigencia del Contrato más 120 días hábiles.
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15.- DE LA FACTURACIÓN |
El oferente por el sólo hecho de presentar su oferta renuncia a sus políticas de facturación y se somete al
requerimiento del Hospital, en consecuencia, no podrá imponer el oferente un monto mínimo de despacho
ni de facturación para ningún efecto.
El oferente solo podrá facturar la Orden de Compra aceptada, una vez que esta se encuentre con su recepción
conforme publicada en el portal mercadopublico.cl
En caso de que la factura presente algún error o no cuente la orden de compra respectiva con la recepción
conforme señalada anteriormente, el Hospital dispondrá de 08 días corridos para hacer las observaciones
correspondientes al adjudicatario o rechazarla.
El proveedor dispondrá de 08 días corridos para subsanar si se tratara de errores subsanables. La nueva factura
o Nota de Crédito según sea el caso, sufrirá el mismo trámite formal que el documento original, salvo que, por tratarse de una segunda tramitación, el plazo para su pago será de 20 días hábiles desde su recepción
conforme por parte del Hospital.
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16.- DEL PAGO |
La obligación de pago por parte del Hospital se perfecciona a partir de la comunicación que realice la Unidad
de Contratos del Departamento de Comercialización del Hospital al Departamento de Finanzas, previa
confirmación de los siguientes antecedentes:
a) Orden de Compra aceptada por el proveedor en el portal www.mercadopublico.cl
b) Emisión de factura la cual deberá indicar el Numero de OC que se generó por los servicios.
c) Formulario 30 “Solicitud de Certificado de Antecedentes Laborales y Previsionales” (si procede).
d) La eventual aplicación de multas y sanciones.
e) Recepción conforme en la plataforma de Mercado Público, siendo esta última recepción en el portal,
la que dará origen a la facturación electrónica.
f) Para acreditar los servicios realizados en forma efectiva, a mes vencido, Dentro de los primeros 2 días
hábiles del mes siguiente, el proveedor deberá entregar a la Unidad de Logística un reporte de avance
mensual, indicando las actividades realizadas durante el mes recién pasado, tales como:
- Mantenimiento Preventivo
- Mantenimiento Correctivo
- Adquisición
- Gestión de la Información
Para iniciar el proceso pago de manera correcta y oportuna, es fundamental que el adjudicatario haya
aceptado expresamente la orden de compra en la plataforma de mercado público.
El pago de facturas se realizará dentro de los 30 días corridos, a través de Tesorería General de La República,
desde la fecha de la aceptación de la correspondiente factura.
La recepción conforme de los servicios, conlleva la validación y emisión de OC lo cual se realizará en 10 días
hábiles.
Lo anterior se funda en los plazos internos existentes, considerando los procesos administrativos de la
institución.
En caso que el adjudicatario registre saldos insolutos de remuneraciones o cotizaciones de seguridad social
con sus actuales trabajadores o con trabajadores contratados en los últimos dos años, aplicará lo estipulado
en el artículo 4º de la Ley 19.886.
16.1.- Pagos con Trasferencias electrónicas.
La Tesorería General de la República está facultada para realizar pagos a través de transferencia electrónica a
los proveedores que completen de manera correcta la autorización notarial adjunta para pago con
transferencia electrónica.
Una vez completado, este mandato debe ser legalizado ante notario y posteriormente debe ser entregado en
Tesorería o secretaria de Finanzas del Hospital de La Florida, ubicada en el tercer piso de la institución. Este
mandato una vez entregado, no puede ser modificado por el oferente durante la duración del contrato.
AUTORIZACIÓN NOTARIAL PARA PAGO CON TRANSFERENCIA ELECTRÓNICA
Yo, ____________________________________________, RUN: _________________________, en
calidad de representante legal de la empresa, ________________________________________________
R.U.T. _______________________________ ; autorizo al Hospital Clínico La Florida Dra. Eloísa Díaz
Insunza, para que pague con transferencia electrónica bancaria, documentos por cobrar que existan con
dicha entidad, en la cuenta que detallo a continuación:
Cta.Corriente Cta.Débito Cta.deAhorro Cta.Vista
Nº Cuenta:
Banco:
R.U.T. empresa:
Nombre empresa Mail confirmación de pago:
Firma Representante Lega
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17.- RESPECTO DE LA NORMATIVA DEL HOSPITAL LA FLORIDA Y DEBIDO CUIDADO A SUS BIENES |
Para la ejecución del contrato, el Hospital permitirá la entrada del personal del adjudicatario, debidamente
acreditado, a las dependencias involucradas en la ejecución de éste. En tal caso, el personal del Oferente
adjudicado deberá solicitar acatar las medidas de resguardo y control de los recintos institucionales y el
Oferente adjudicado será responsable, y quedará obligado a la reparación o reposición, de cualquier
desperfecto, daño o perdida que puedan sufrir el inmueble del Hospital de La Florida y/o los bienes muebles
que lo guarnecen. Cabe hacer presente, que el ingreso tanto el adjudicatario como su personal al Hospital de
La Florida, para efectos de ejecutar su contrato, estarán sujetos a protocolos de seguridad que deberá
coordinar con el funcionario designado para tal efecto y que será oportunamente informado.
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18.- ADMINISTRACIÓN Y FISCALIZACIÓN DEL CUMPLIMIENTO DEL CONTRATO. |
18.1 Administración, Control y validación por parte del Hospital.
Con el objeto de coordinar y controlar el correcto cumplimiento del contrato, se asigna a Andrés Berríos
Zúñiga , Jefe Unidad en Bodega y Gestión Logística o quien sea titular del mismo cargo al momento de la
ejecución del contrato, o quien subrogue, en calidad de Referente Técnico Administrador del Contrato, quien,
junto a la Unidad de Contratos del Departamento de Comercialización del Hospital, tendrán las siguientes
responsabilidades:
Referente técnico administrador de contrato:
• Fiscalizar el estricto y oportuno cumplimiento de las obligaciones contractuales, en especial la calidad y
entrega oportuna de los bienes.
• Proponer la aplicación de multas, en caso de verificarse alguna de las infracciones consignadas en las
presentes bases, notificando la infracción o incumplimiento a través de un informe, a la Unidad de
Contratos.
Unidad de Contratos:
• Mantener actualizado un archivo con la totalidad de los antecedentes del contrato.
• Llevar registro de sanciones y multas aplicadas al proveedor.
• Llevar el control del consumo y ejecución del contrato hasta su término en cuanto a su precio total.
• Proveer el estado de recepción conforme e informar los descuentos y/o multas a que hubiere lugar, para
que se verifique el pago por parte de la Unidad de Finanzas.
• Revisar procedencia y autorizar la devolución de la garantía de fiel y oportuno cumplimiento del contrato
o solicitar se haga efectiva, si procede.
En general, ambos deberán desarrollar todas las acciones referidas al control y gestión de las acciones que
faciliten la ejecución del contrato.
Sin perjuicio de lo anterior, se establece que el Hospital podrá modificar la designación del Referente Técnico
Administrador de Contrato, en cualquier momento durante la ejecución del contrato, de lo cual dará aviso
oportuno al proveedor vía correo electrónico.
18.2 Encargado del Contrato por parte del Proveedor.
Por su parte, el Oferente deberá designar un Encargado de Contrato que se relacionará con el referente
técnico y con el Administrador del contrato del Hospital y cuyo nombre deberá señalarse en su Anexo N°1.
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19.- LEY Nº 20.584. |
Tanto el Oferente adjudicado como su personal, deberán en todo momento observar estrictamente la
normativa que establece la Ley Nº 20.584, que Regula Los Derechos y Deberes que tienen las Personas en
relación con acciones vinculadas a su atención de salud.
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20.- DEBER DE CONFIDENCIALIDAD. |
Durante el desarrollo del contrato, como al término de éste, el Oferente adjudicado y/o su personal no podrá
divulgar o hacer uso de la información a que haya tenido acceso con ocasión del mismo, constituyendo su
infracción, incumplimiento grave de su obligación de confidencialidad, facultando al Hospital de La Florida
para ejercer las acciones judiciales que estime pertinentes para el resarcimiento de todos sus perjuicios. Lo
anterior, teniendo en especial consideración lo dispuesto en la Ley Nº 19.928 de Protección de Datos de
Carácter Personal.
El Oferente adjudicado no podrá utilizar para ninguna finalidad ajena a la ejecución de los servicios
contratados, la documentación, los antecedentes y, en general, cualquier información, que haya conocido o
a la que haya accedido, en virtud de la ejecución del contrato, o de cualquier actividad relacionada con éste
durante la vigencia del mismo.
El Oferente adjudicado, así como sus consultores y/o personal dependiente que de una u otra manera se haya
vinculado a la ejecución de los servicios, en cualquiera de sus etapas, deben guardar confidencialidad sobre
los antecedentes vinculados con el desarrollo de dichos servicios.
La responsabilidad del respectivo proveedor en este ámbito, será solidaria respecto de la de sus
administradores, representantes, personeros, empleados, consultores, subcontratistas o cualquier tercero
quien en función de su cargo tenga acceso a la documentación, antecedentes, datos e información, en
cualquiera de sus formas, entregadas por el proveedor del servicio.
El Oferente adjudicado debe dar garantías respecto al resguardo de la confidencialidad de la información,
reservándose la Entidad contratante el derecho de ejercer las acciones legales que correspondan, de acuerdo
a las normas legales vigentes.
Las partes declaran y reconocen que toda la información que derive del uso de la aplicación y/o solución
licitada, generada exclusivamente con motivo de los servicios materia de este proceso y toda información que
a partir de ella pudiese derivarse, será reservada, no pudiendo ninguna de ellas, reproducir, usar, gozar,
distribuir, comercializar de cualquier forma dicha información.
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21.- INEXISTENCIA DE VÍNCULO DE SUBORDINACIÓN Y DEPENDENCIA. |
El proveedor se obliga a que ningún miembro del Personal que prestará los servicios, sea una persona que
tengan vínculo de subordinación o dependencia laboral con el Hospital ni con ninguna otra persona jurídica
controladora de, controlada por o bajo control común del Hospital.
Asimismo, ni la celebración del Contrato ni la ejecución de los Servicios Adjudicados, creará o dará lugar a
vínculo de subordinación o dependencia laboral alguno entre el Hospital y el personal que preste los servicios,
siendo para todos los efectos, el proveedor adjudicado, el único empleador de todos los profesionales.
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II. BASES TÉCNICA |
1.- CONDICIONES GENERALES:
El objetivo de las presentes bases técnicas es describir los aspectos técnicos que requiere la adquisición del
“SERVICIO DE SUMINISTRO DE AGUA PURIFICADA CON EQUIPOS EN COMODATO PARA EL HOSPITAL LA
FLORIDA Y EX CRS BELLAVISTA” que se van a adquirir mediante la presente licitación, de acuerdo a las
especificaciones técnicas que se señalan a continuación:
2.- DEMANDA ESTIMADA
ÍTEM CÓDIGO
SAP
SERVICIO
DEMANDA
ESTIMADA DE
BIDONES DE
AGUA PARA
12 MESES
DEMANDA
ESTIMADA DE
DISPENSADORES
EN COMODATO
PARA 12 MESES
VALOR TOTAL
ESTIMADO
PARA 12 MESES
EN UTM (IVA
INCLUIDO)
1 ALI104394
SERVICIO DE
SUMINISTRO DE
AGUA PURIFICADA
CON EQUIPOS EN
COMODATO
19.200 300 638
3.- ASPECTOS GENERALES
3.1 Condiciones Generales
El “SERVICIO DE SUMINISTRO DE AGUA PURIFICADA CON EQUIPOS EN COMODATO PARA EL HOSPITAL LA
FLORIDA Y EX CRS BELLAVISTA” que se licita tiene por finalidad proveer y distribuir agua purificada en bidones
de 20 litros en horario desde 08:00 A.M hasta las 14:00 P.M de Lunes a viernes exceptuando días feriados,
previa solicitud realizada con 24 horas de anticipación, vía correo electrónico, según los requerimientos del
Hospital la Florida. La prestación de servicios se realiza para las dependencias del establecimiento
específicamente en todas las Unidades Clínicas y Administrativas que se requiera.
El Hospital la Florida y Ex CRS Bellavista quedará exonerado de toda responsabilidad por daños a las
expendedoras, ante eventos de la naturaleza, mal funcionamiento de las mismas, por corte o cese de
suministro de energía eléctrica, por incendio y por cualquier otro motivo que las afecte.
En caso que los dispensadores en comodato presenten fallas, el proveedor dispondrá de los plazos ofertados
en el Anexo N°04, de lunes a viernes, para dejarla en óptimas condiciones. Después de ese período se
procederá a la aplicación de una multa de acuerdo a lo establecido en el numeral 12.3.k. El servicio técnico se
considera parte del servicio y no podrá ser cobrado al Hospital.
El servicio deberá incluir:
• Resolución Sanitaria de SEREMI DE SALUD (REQUISITO OBLIGATORIO).
• La cantidad de 300 equipos en comodato, dispensadores tipo pedestal frio-caliente nuevos,
considerando que puede existir la necesidad de aumentar en un 50% la cantidad de bidones, según
los requerimientos del Hospital.
• Traslado de bidones desde dependencias del proveedor hasta las dependencias del Hospital y Ex CRS
Bellavista.
• Distribución de bidones de agua en un carro especial que evite derramamiento de agua.
• Elementos de protección para el personal (cascos, guantes, antiparras de seguridad, zapatos de
seguridad, mascarillas, etc.) y todo lo que evite poner en riesgo al personal designado por el
proveedor.
• Distribución a todas las unidades indicadas por personal de bodega de recepción del HLF.
• Las ofertas deben incluir los gastos de conductor, combustible, peajes, autopistas TAG, alimentación
del personal, y todo lo que conlleve a gastos básicos de traslados.
3.2 De la Demanda de Bidones de Agua Purificada
Se estima una demanda de 1.600 bidones de agua purificada mensuales, que serán parcializados según
consumo y las necesidades del Hospital y EX CRS Bellavista.
La entrega de bidones de agua se realizará de forma semanal.
Se estima una demanda de entre 300 y 500 bidones de agua semanales.
Sin embargo, cabe señalar que la cantidad efectiva, puede diferir de las cantidades estimadas informadas
en las presentes bases, por lo que dichas cantidades estimadas no constituyen una obligación de consumo
para el Hospital.
A modo de ejemplo, se puede indicar que el consumo promedio en verano del año 2022 fue de
aproximadamente 1226 bidones, sin embargo, el consumo promedio en invierno del año 2022 fue de
1219 bidones, a modo de referencia.
Cabe destacar, que durante la ejecución del contrato puede existir un aumento del 50% en la cantidad de
bidones de agua, según las necesidades del hospital la Florida y el Ex CRS Bellavista.
La coordinación para la entrega se efectuará vía correo electrónico entre el Coordinador/a y el Hospital
de la Florida. El incumplimiento de los plazos acordados procederá a la aplicación de una multa de
acuerdo a lo establecido en el numeral 12.3.J.
3.3 De las Obligaciones y Responsabilidades del Adjudicatario
Dentro de las principales responsabilidades del adjudicatario se establecen las siguientes:
De la prestación:
• El proponente debe otorgar el servicio objeto de esta licitación, durante todo el periodo de
duración del contrato, de manera tal que las entregas sean ininterrumpidamente en horarios de
08:00 A.M hasta las 14:00 P.M todos los días, previa solicitud realizada con 24 horas de
anticipación, según los requerimientos del Hospital.
• Ello implica, disponer de un coordinador/a, cuya información debe ser entregada en Anexo N°09.
Dicho coordinador/a será el interlocutor válido entre Hospital y adjudicatario, deberá
desempeñar sus funciones de manera remota y en los casos que sea necesario o se requiera
deberá asistir a las instalaciones a coordinar o supervisar directamente.
• Se compromete a cumplir cabalmente con la continuidad del servicio, las mantenciones
preventivas y correctivas, para poder entregar el servicio correctamente en caso de cualquier
imprevisto o emergencia.
• El proponente debe ejecutar el mantenimiento preventivo y correctivo a los equipos
dispensadores en comodato, según requerimientos establecidos en las presentes bases, de tal
forma de asegurar un servicio integro, eficaz y seguro.
• El proponente debe otorgar la prestación con sujeción a la reglamentación administrativa,
técnica y de seguridad que rige al Sector Público de Salud y al Hospital la Florida.
3.4 Del personal
Requerimiento Mínimo del Personal:
• El adjudicatario deberá contar con el personal, que garantice la oportunidad en la entrega del servicio
y reemplazar a los ausentes en todo evento.
• El adjudicatario deberá procurar que la rotación de su personal sea mínima, ya que, de no ser así,
produce un serio deterioro en la calidad del servicio que se entrega.
• El adjudicatario deberá generar una propuesta de ingreso para todo trabajador nuevo, e informar al
jefe/a de la Unidad de Logística cuando se produzca un despido, con el objeto de actualizar la
información y el control correspondiente del personal que laboral.
• El personal del adjudicatario deberá mantener en todo momento una prestación personal impecable
y una conducta intachable, acorde con los valores e imagen del Hospital la Florida.
• El personal del adjudicatario, tanto en las dependencias del Hospital de la Florida como en el Ex CRS
Bellavista, deberá portar en todo momento credencial con su identidad y nombre de la empresa
adjudicada de forma visible y legible.
• El Hospital podrá solicitar el cambio de alguno de los integrantes del equipo de trabajo adjudicatario,
ante razones fundadas; por ejemplo, el personal no cumple con el perfil de competencia, o por
cualquier acción indebida que falte a la probidad o transparencia, etc. Además, mantendrá
supervisión permanente del personal prestador del servicio, velando por la calidad del resultado de
éste.
Requerimiento de Documentación del personal
Al inicio del contrato y ante cualquier modificación o nueva contratación que realice el adjudicatario, es
obligatorio entregar al Administrador de Contrato del Hospital, los siguientes documentos:
• Nómina de todo el personal que prestará el servicio.
• Nómina de choferes y fotocopia de sus respectivas licencias de conducir.
• Copia de contrato de trabajo.
• Copia de registro de entrega de Reglamento Interno de Orden, Higiene y Seguridad.
• Copia de registro de entrega de elementos de protección personal o ropa de trabajo.
• Certificado de afiliación organismo administrador (Mutual respectiva).
4.- DEL LUGAR DONDE SE PRESTARÁN LOS SERVICIOS
Los servicios serán prestados en dependencias del Hospital de La Florida, ubicadas en Av. Froilán Roa N.º6542,
y en las dependencias del Ex CRS Bellavista, Froilán Roa 6420, comuna de la Florida.
5.- OTROS INFORMES
Al inicio del contrato, las partes podrán acordar informes de gestión o de otro tipo a requerir por la
administración del contrato, para esto de definirá su objeto, alcance y periodicidad.
6.- DEL MANTENIMIENTO
El adjudicatario es el único responsable (a su entero cargo y costo), de todas las actividades de mantenimiento
preventivo y correctivo de los equipos en comodato, donde debe dar cumplimento a las exigencias de la
normativa vigente y planes o protocolos de mantenimiento de fábrica, los cuales deben ser entregados al
Administrador de Contrato previo al inicio del servicio.
En su oferta junto a Anexo N°03, el adjudicado debe hacer entrega de un calendario de mantenciones
preventivas y protocolos (Programa de mantención) y el contacto (e-mail y teléfono) con quien se deban
gestionar estas mantenciones. El programa de mantención debe ser entregado anualmente y aplica durante
todo el periodo de duración del contrato.
Los costos de las mantenciones preventivas y correctivas de los equipos, así como de todos los repuestos,
son de exclusiva responsabilidad del oferente.
6.1.- Mantención Preventiva
Implica realizar periódicamente, según indicaciones de fábrica, las siguientes actividades de inspección del
equipo, efectuar ajustes, calibraciones, limpieza, etc. El adjudicado deberá coordinar con la Unidad de logística
del Hospital de La Florida para la realización de las mantenciones preventivas.
Luego de haber efectuadas las respectivas mantenciones y/o reparaciones pertinentes y que cumple con las
normas de seguridad, calidad y otras que regulen su funcionamiento, el oferente debe emitir un INFORME
TÉCNICO o certificado, el cual debe ser entregado a la Unidad de Equipos Médicos, que acredite el estado
operacional en que se encuentre el equipo y detallando las actividades realizadas junto al protocolo de
mantención. La mano de obra como los repuestos serán de costo del proveedor.
El horario para poder realizar las mantenciones será de lunes a jueves de 08:00 hasta 17:00 horas y los viernes
de 08:00 hasta las 16:00 horas.
En caso de que el equipo sea libre de mantenimiento preventivo según fabrica, se debe certificar esta
condición mediante documento (certificado de fábrica).
6.2.-Mantención Correctiva
En caso de que el equipo presente falla o mal funcionamiento que requiera mantención en terreno, el HLF
informará mediante correo electrónico al adjudicado sobre el desperfecto, con copia a la Unidad de Logística
del Hospital.
El adjudicado tendrá 6 horas para asistir a las instalaciones correspondientes a corroborar el estado del equipo
y asegurar la continuidad del servicio. De lo contrario se aplicará una multa según lo establecido en el numeral
12.1.k. de las bases administrativas.
6.3 Back up
Si el equipo presenta falla, mal funcionamiento y se deba realizar el cambio de este o si se trata de un equipo
único con desperfecto mayor que no pueda ser solucionado en el lapso máximo de 06 horas corridas a contar
del inicio de la intervención técnica en terreno, el adjudicado deberá entregar en ese momento un equipo en
Back Up con idénticas condiciones o superiores al equipo original (de igual o mayor tecnología), en el centro
asistencial correspondiente, con traslado, instalación y puesta en marcha sin costo para el Hospital.
7.- EQUIPO EN COMODATO
La empresa que resulte adjudicada deberá entregar al Hospital trescientos (300) equipos dispensadores en
comodato (frio-caliente) totalmente nuevos, de forma paulatina y a través de la coordinación de Hospital la
Florida y el coordinador/a del servicio, considerando la posibilidad de que esa cantidad aumente en un 50%
según las necesidades del Hospital, durante la ejecución del contrato.
Durante la vigencia del contrato, período durante el adjudicatario deberá realizar mantenciones preventivas
sin costo alguno para el Hospital.
Características solicitadas de los equipos en comodato:
EQUIPO DISPENSADOR EN
COMODATO TIPO PEDESTAL
(FRIO-CALIENTE)
300 unidades nuevos
Rango de altura: 90 – 110 cm.
Rango de Ancho: 30 – 35 cm.
Rango de Profundidad: 30 – 35 cm.
Voltage: 220V/ 50Hz.
Termostato
CONTROL DE TEMPERATURA
Sistema “non spill” (anti-derrames) para facilitar el cambio de bidón
Control de temperatura máxima para evitar quemaduras
FRIO
Potencia 75 ± 120 W
Temperatura (rango) 5°C ± 3°C
capacidad del estanque interno 2-3 LITROS
CALIENTE
Potencia 450 - 650W
Temperaturas (rango) 85 ºC ± 95 ºC
capacidad del estanque interno 2-3 LITROS
El adjudicatario deberá realizar visitas cada 90 días para revisar estado de los equipos en comodato. En este
contexto, se debe considerar que mientras los servicios encuentren en mantención y/o reparación, no afecte
la continuidad del servicio, por ende, el adjudicatario deberá disponer de equipamiento de back up de la
misma calidad de los servicios conexos originales.
8. STOCK CONTINUO
El oferente adjudicado debe mantener el stock suficiente de los insumos contratados a fin de garantizar la
continuidad del servicio del Hospital La Florida, resguardando no caer en quiebres de stock.
De ocurrir tal situación, el oferente deberá dar aviso oportunamente y adquirir dicho insumo en otra Empresa
para cumplir.
El producto adquirido en tales circunstancias debe ser de igual o superior calidad, debiendo solicitar
autorización previa al Hospital La Florida a través de la Unidad de Contratos.
La adquisición a tercero por parte del proveedor tendrá costo cero para el Hospital, y el recargo en el valor de
los insumos será de su exclusiva responsabilidad.
La falta de stock no elimina la obligación de entregar los insumos dentro del plazo ofertado, ni exime de la
aplicación de multa por atraso en la entrega de productos.
En el caso que el Oferente no pueda solucionar tal situación de quiebre dentro de 10 días hábiles, se aplicará
la sanción establecida en bases.
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