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1.-OBJETO DE LAS BASES |
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Las presentes bases de licitación son formuladas para establecer la regulación del proceso de Licitación Pública “SERVICIO DE PROFESIONALES Y TÉCNICOS PARA MESA DE AYUDA TI DEL HOSPITAL LA FLORIDA” y reglamentan entre otros aspectos las condiciones que deben cumplir las ofertas, las etapas del proceso licitatorio, su forma de evaluación y adjudicación, las condiciones del contrato y todos los aspectos necesarios para el correcto proceso de adquisición.
Cabe hacer presente que el servicio asociado a esta adquisición debe ajustarse a las especificaciones de estas bases.
No podrá el proveedor ofertar servicio distinto al establecido en estas bases de licitación ni complementos o extras no contemplados en los requerimientos técnicos. Cualquier extra no requerido no será considerado en la evaluación.
El servicio solicitado se encuentra detallado en las Bases Técnicas de licitación.
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2.- DISPOSICIONES PRELIMINARES |
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2.1.- De los oferentes
Podrán participar en esta licitación las personas naturales o jurídicas, chilenas o extranjeras que realicen sus ofertas a través del sistema de información www.mercadopublico.cl. Del mismo modo podrán participar en el presente proceso, las personas naturales y/o jurídicas que decidan asociarse a través de la unión temporal de proveedores, regulada en el artículo 67 bis del Decreto Nº 250 del 2004 del Ministerio de Hacienda, que aprueba el reglamento de la Ley Nº 19.886.
Tratándose de personas naturales o jurídicas extranjeras, deberán al momento de contratar contar con agencia y domicilio en Chile, con un representante con mandato y poder suficiente para contratar a nombre del mandante, y para responder de las obligaciones que emanen del contrato respectivo, de acuerdo a la normativa vigente, y sin perjuicio de las normas que sobre el particular establezcan tratados o convenios internacionales vigentes suscritos por Chile y por el país de origen de dicha persona natural o jurídica.
Para estos efectos, la documentación que deberá exigirse a las empresas extranjeras, se hará conforme a lo dispuesto en la ley N°20711, en caso de ser ello procedente.
En cuanto a la aplicabilidad de los Tratados Internacionales a los que se hace alusión en este apartado, será pertinente en la medida que tales instrumentos hayan sido suscritos y ratificados por Chile.
Todo Proponente u Oferente interesado en presentar Oferta deberá estudiar cuidadosamente las Bases Administrativas y Técnicas, debiendo informarse de todas las condiciones que de alguna manera afecten el costo de los bienes y/o servicios ofertados, tales como permisos que deben obtenerse, leyes o reglamentos que puedan ser aplicables, entre otros. Cualquier omisión por parte del Oferente, será a su propio riesgo y sólo él será responsable de los errores u omisiones en que incurra. El Proponente sufragará todos los costos relacionados con la preparación y presentación de su oferta. El Hospital no será responsable en caso alguno de dichos costos, cualquiera sea el resultado de la Licitación.
2.2.- Unión temporal de los proveedores
Se entenderá como unión temporal de proveedores, si dos o más proveedores se unen para el efecto de participar en un proceso de compra, deberán establecer, en el documento que formaliza la unión, a lo menos, la solidaridad entre las partes respecto de todas las obligaciones que se generen con la Entidad y el nombramiento de un representante o apoderado común con poderes suficientes.
Cuando se trate de adquisiciones inferiores a 1.000 UTM, el representante de la unión temporal de proveedores deberá adjuntar al momento de ofertar, el documento público o privado que da cuenta del acuerdo para participar de esta forma.
Para contrataciones iguales o superiores al monto indicado, y sin perjuicio del resto de las disposiciones legales y reglamentarias que resulten aplicables, el acuerdo en que conste la unión temporal deberá materializarse por escritura pública, como documento para contratar, sin que sea necesario constituir una sociedad.
Si la Entidad exige la inscripción en el Registro de Proveedores para suscribir el contrato, cada proveedor de dicha unión temporal deberá inscribirse.
Al momento de la presentación de las ofertas, los integrantes de la Unión determinarán qué antecedentes presentarán para ser considerados en la evaluación respectiva, siempre y cuando lo anterior no signifique ocultar información relevante para la ejecución del respectivo contrato que afecte a alguno de los integrantes de la misma.
La vigencia de esta unión temporal de proveedores no podrá ser inferior a la del contrato adjudicado.
2.3.- Inhabilidades para participar en la Licitación y/o Contratar
No podrán participar como oferentes, ni contratar con el estado, las personas naturales o jurídicas, nacionales o extranjeras, afectos a alguna de las prohibiciones, inhabilidades o incompatibilidades para contratar con órganos y organismos de la Administración del Estado, contempladas en los incisos 1º y 6º respectivamente del artículo 4º de la Ley Nº 19.886, de Bases sobre Contratos Administrativos de Suministro y Prestación de Servicios y su normativa complementaria.
Tampoco podrán contratar quienes hayan sido condenados, a esta inhabilidad, por el Tribunal de Defensa de la Libre Competencia en conformidad con lo dispuesto en el inciso segundo del artículo 26, letra d), del DFL N° 1, de 2004, del Ministerio de Economía, Fomento y Reconstrucción, que fijó el texto refundido, coordinado y sistematizado del DL N° 211, de 1973, que fijó normas para la defensa de la libre competencia.
Tampoco podrán participar como oferentes funcionarios del mismo organismo, cualquiera sea su calidad jurídica, ni sus cónyuges o convivientes civiles ni demás personas unidas a ellos por vínculos de parentesco en segundo grado de consanguinidad o afinidad, ni sociedades en que ellos sean parte o sean beneficiarios finales. Estas y otras prohibiciones se encuentran reguladas en el Artículo 35 quáter, de la ley N°21.634, que moderniza la Ley N°19.886, sobre Bases sobre Contratos Administrativos de Suministro y Prestación de Servicios.
Tampoco podrán participar aquellos interesados que se encuentren afectos a la inhabilidad para contratar con el estado, a que se refiere el artículo 33 de la Ley N° 21.595 de Delitos Económicos.
Tratándose de personas jurídicas, además, no deben haber sido condenadas a pena de prohibición de celebrar actos y contratos con organismos del Estado, de conformidad con la Ley N° 20.393, que establece la Responsabilidad Penal de las Personas Jurídicas en los Delitos de Lavado de Activos, Financiamiento del Terrorismo y Delitos de Cohecho que Indica.
Tratándose de la unión temporal de proveedores, cualquiera de las causales de inhabilidad para la presentación de las ofertas, para la formulación de la propuesta o para la suscripción de la convención, establecidas en la legislación vigente, afectarán a cada integrante de la Unión individualmente considerado. En caso de afectar una causal de inhabilidad a algún integrante de la Unión, ésta deberá decidir si continuará con el respectivo procedimiento de contratación con los restantes integrantes no inhábiles de la misma o se desiste de su participación en el respectivo proceso.
Todo lo anterior, aun cuando, cumplan con los requisitos técnicos establecidos en las presentes bases de Licitación.
2.4.- Aceptación del contenido de las bases
Los oferentes por el sólo hecho de presentarse a la Licitación aceptan y se entenderán en cabal conocimiento de estas Bases, así como también de las características de la provisión de los servicios y bienes que se requieren, así como de las Modificaciones de Bases y aclaraciones publicadas en su oportunidad, por el sólo hecho de presentar sus ofertas, por lo que se declaran conformes con ellas y no tienen reservas ni observaciones que formular, debiendo ajustarse a ellas en todo momento.
2.5.- Presentación de documentos
El idioma español regirá para todo el proceso de Licitación, para todos los documentos asociados y aquellos que posteriormente origine la materialización de la adjudicación.
Todos los antecedentes y formularios deberán ser anexados a la respectiva oferta presentada en idioma español, en formatos digitales utilizando para estos efectos Word (como procesador de textos), Excel (planilla electrónica) e imágenes digitalizadas en formatos PDF.
Para estos efectos, la documentación que deberá exigirse a las empresas extranjeras, se hará conforme a lo dispuesto en la ley N°20711, en caso de ser ello procedente.
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3.- ANTECEDENTES QUE RIGEN EL PROCESO DE COMPRA |
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Junto a la Ley N° 19.886 de Bases sobre Contratos Administrativos de Suministro y Prestación de Servicios y al Decreto N° 250 de fecha 09 de marzo de 2004, del Ministerio de Hacienda y sus modificaciones, forman parte integrante de los documentos de la presente licitación los que a continuación se señalan, los cuales regirán de forma obligatoria y complementaria, y en caso de discrepancia prevalecerán en el orden de prelación que se indica:
• Las presentes Bases Administrativas, Bases Técnicas, Anexos y sus modificaciones.
• Las Respuestas y/o Aclaraciones realizadas en esta licitación.
• Los antecedentes económicos, técnicos y administrativos presentados por el oferente adjudicado.
• Ley 20.584, que Regula Los Derechos y Deberes que tienen las Personas en relación con acciones vinculadas a su atención de salud.
• Normas de Derecho Público.
• Normas de Derecho Privado.
Lo anterior, es sin perjuicio de la facultad interpretativa de la Contraloría General de la República y del Tribunal de Contrataciones Públicas.
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4.- DEFINICIÓN DE TÉRMINOS |
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Se aplicarán en las presentes Bases Administrativas, Bases Técnicas y en los Anexos, los términos y definiciones establecidos en la Ley N° 19.886, de Bases sobre Contratos Administrativos de Suministro y Prestación de Servicios y en el Decreto N° 250 de 2004 del Ministerio de Hacienda que aprueba el Reglamento de la Ley 19.886, y sus modificaciones, más los que a continuación se indican:
• Hospital Clínico Metropolitano La Florida Dra. Eloísa Díaz Insunza Hospital La Florida u Hospital o HLF: Establecimiento asistencial de alta complejidad, RUT 65.075.485-9, ubicado en Av. Froilán Roa Nº 6542, comuna La Florida, Santiago de Chile.
• Días Hábiles: Son todos los días de la semana, excepto los sábados, domingos y festivos.
• Días Corridos: Son los días de la semana que se computan uno a uno en forma correlativa. Salvo que se exprese lo contrario, los plazos de días señalados en las presentes bases de licitación podrán ser de días corridos. En todos los casos, el plazo de cierre para la recepción de ofertas no podrá vencer en días inhábiles ni en un día lunes o en un día siguiente a un día inhábil, antes de las quince horas. Todos los plazos de días que se haga mención en las presentes bases se entenderán que han de ser completos y correrán además hasta la media noche del último día del plazo. Lo anterior, salvo en aquellos casos en que se indique hora exacta, y siempre y cuando se respeten los plazos mínimos legales establecidos por el ordenamiento jurídico.
• Referente Técnico: En la presente licitación pública, el referente técnico es el profesional que actuará como Administrador de contrato del Hospital de La Florida.
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5.- DISPOSICIONES GENERALES |
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5.1-Comunicaciones
Cualquier comunicación que deba realizar el Hospital a los proponentes, la publicará en el portal www.mercadopublico.cl. Así mismo, cualquier comunicación que los proponentes requieran realizar al Hospital deberá ser a través de igual medio.
5.2.- Consultas a los Antecedentes de la Licitación
El oferente que tenga dudas respecto de la licitación debe efectuar sus consultas única y exclusivamente a través del Foro del Sistema de Información y de acuerdo al plazo del numeral 5.4 de las presentes bases. No se atenderá ni aceptará ningún tipo de consulta por otro medio.
Las consultas que se reciban pasada esa fecha, no obtendrán respuesta.
En las consultas, se deberá indicar la página y punto de las bases y/o el número del anexo objeto de la consulta.
Se considerará que estas aclaraciones formarán parte integral de las bases y por tanto se presumen conocidas y su aplicación obligatoria para todos los oferentes.
El conocimiento del contenido de las aclaraciones emanadas del Hospital La Florida, es de exclusiva responsabilidad de los oferentes.
5.3.- Entrega de Respuestas y aclaraciones a los Antecedentes de la Licitación
Las respuestas a las consultas se publicarán en www.mercadopublico.cl en un solo documento, a todos los proponentes que participen en la licitación, en el plazo señalado en el numeral 5.4 de las presentes bases.
Se considerará que estas aclaraciones formarán parte integral de las bases y por tanto se presumen conocidas y su aplicación obligatoria para todos los oferentes.
El conocimiento del contenido de las aclaraciones emanadas del Hospital La Florida, es de exclusiva responsabilidad de los oferentes.
5.4.- Cronograma de la licitación
Para los efectos de esta licitación se establece el siguiente cronograma:
Publicación de Bases de Licitación Las Bases de Licitación se encontrarán publicadas durante treinta días corridos, desde la fecha que se suban al portal www.mercadopublico.cl. hasta el día de cierre de las ofertas.
Consultas de las Bases El oferente podrá hacer consultas sobre las Bases de Licitación, hasta las 23:59 horas del décimo día corrido contado desde la publicación de éstas y sólo a través de www.mercadopublico.cl.
Respuestas y Aclaraciones Se dará respuesta a las consultas de las Bases, el vigésimo día corrido contado desde la publicación de Bases, a través de www.mercadopublico.cl, si el vigésimo día fuere sábado, domingo o festivo, el plazo se extenderá hasta el primer día hábil siguiente.
Cierre de recepción de las ofertas Los oferentes podrán presentar sus ofertas hasta el trigésimo día corrido contado desde la publicación de bases hasta las 16 horas, a través de www.mercadopublico.cl.
De acuerdo con lo preceptuado en el inciso penúltimo del artículo 25 del decreto N° 250, de 2004, no podrá vencer en días inhábiles o en un día lunes o en un día siguiente a un día inhábil antes de las 15:00 hrs.
Si el trigésimo día fuere sábado, domingo o festivo, el plazo se extenderá hasta el primer día hábil siguiente.
Apertura de las ofertas El acto de Apertura se efectuará a través de www.mercadopublico.cl. La apertura se realizará desde las 16:01 horas desde la fecha del cierre de las ofertas y hasta los cinco días hábiles siguientes al cierre.
Evaluación de admisibilidad La evaluación de admisibilidad se realizará en la apertura de las ofertas y consistirá en la revisión de todos los documentos y anexos obligatorios publicados por los oferentes, exigidos en bases de licitación, junto a la verificación de la entrega física o electrónica del documento en garantía de la seriedad de la oferta (si se ha solicitado en el proceso licitatorio), si esta, ha sido requerida en el proceso. Todo, sin perjuicio ni limitación a que, con posterioridad, pueda detectarse una causal de inadmisibilidad en la presentación de algún oferente durante la etapa de evaluación Administrativa, Técnica y Económica.
Evaluación Administrativa, Técnica y Económica de las Ofertas La evaluación Administrativa, Técnica y Económica de las ofertas se realizará desde el día hábil siguiente de la evaluación de admisibilidad y no podrá exceder de diez días hábiles.
Adjudicación de las Ofertas La adjudicación de la Licitación se realizará dentro de los diez días hábiles contados desde el término de la evaluación.
Suscripción del contrato El oferente adjudicado, cuando corresponda, estará obligado a firmar el contrato, dentro de los cinco cinco días hábiles siguientes al envío del contrato.
5.5.- Modalidad de Propuesta
Las propuestas se presentarán a través de www.mercadopublico.cl en pesos chilenos, con el valor mensual sin IVA. Además, se deberán presentar todos los anexos solicitados los cuales deberán tener el servicio requerido claramente identificado.
El valor ofertado deberá incluir todos los gastos en los que incurra el adjudicatario hasta su total recepción conforme, comprendiéndose entre ellos, por ejemplo, los relativos a capacitación, fletes incluidos, derechos, patentes, legalización de documentos, etc.
Los oferentes podrán presentar una sola oferta o bien una oferta principal y otra alternativa.
Se deberán, además, presentar todos los anexos solicitados los cuales deberán tener el Servicio requerido claramente identificado.
5.6.- Ofertas alternativas
Los proponentes podrán presentar una oferta alternativa, la que será estudiada por el Hospital como una oferta más. La oferta alternativa deberá ser identificada en el Portal Mercado Público como “Oferta Alternativa”.
5.7.- Validez de las Ofertas
Las ofertas deberán tener una validez mínima de 180 días corridos, contados desde la fecha de cierre de las ofertas. La oferta cuyo período de validez sea menor al requerido, dará causa a declararla inadmisible. Si nada señala la oferta, se entenderá que la oferta tiene una validez de 180 días corridos para todos los efectos. Lo anterior, sin perjuicio de que se efectuará la revisión de la totalidad de los antecedentes contenidos en la oferta, de acuerdo al artículo 9 de la Ley N° 19.886.
Vencido este plazo, y si no se hubiere realizado la adjudicación, el Hospital podrá solicitar a los proponentes la prórroga de sus ofertas y garantías. Los proponentes podrán ratificar sus ofertas o retirarlas, formalizando su decisión mediante comunicación escrita dirigida al Director del Hospital y la entrega de nueva garantía la cual deberá hacerse llegar a en oficinas de la Unidad de Licitaciones.
La comunicación se realizará a través de correo electrónico, al correo indicado por el oferente en el ANEXO N°1. El oferente tendrá el plazo de 5 días hábiles para responder y entregar nueva garantía. De no recibir respuesta se entenderá que el oferente no tiene interés en continuar.
Desde el día siguiente hábil contado de la comunicación del oferente de no perseverar en la propuesta, o vencido el plazo de respuesta sin que el oferente se pronuncie al respecto, se pondrá a disposición de los proponentes para su devolución la garantía a aquellos que no accedan a la prórroga.
5.8.- Garantía de Seriedad de la Oferta
El oferente garantizará la seriedad de su oferta mediante la entrega de una garantía por las propuestas presentadas, siendo de su exclusiva responsabilidad que dicha garantía sea presentada conforme a las siguientes especificaciones, en consecuencia, cualquier error u omisión en la mencionada garantía, dará causa a declarar inadmisible la o las ofertas. Lo anterior, sin perjuicio de que se efectuará la revisión de la totalidad de los antecedentes contenidos en la oferta, de acuerdo al artículo 9 de la Ley N° 19.886.
Tipo de Documento Podrán ser presentados como documentos de caución, boletas de garantía, vale vistas, certificados de fianza, póliza de garantía o cualquier otro documento que cumpla con los siguientes requisitos:
• Sea pagadero a la vista.
• no sujeto a modalidad.
• Irrevocable.
• Emitida a favor de Entidad Pública.
Monto Mínimo $200.000 (doscientos mil pesos)
Beneficiario Hospital Clínico Metropolitano La Florida Rut 65.075.485-9
Vigencia Mínimo 180 días corridos a partir del momento del cierre de la recepción de ofertas.
Glosa PARA GARANTIZAR LA SERIEDAD DE LA OFERTA LICITACIÓN PÚBLICA “SERVICIO DE PROFESIONALES Y TÉCNICOS PARA MESA DE AYUDA TI DEL HOSPITAL LA FLORIDA” ID: 812261-XX-LR24
(donde se señala XX, se debe reemplazar por el número de la licitación)
Si el documento a presentar, no permite, por su naturaleza, señalar la glosa en su texto, esta, deberá venir escrita al reverso o en acta adjunta adherida al documento.
Forma y oportunidad de Entrega Física El oferente o su representante deberá:
SI SE TRATA DE ENTREGA GARANTÍA FÍSICA:
Entregar físicamente la garantía a profesional a cargo Sr. Anat Silva, en oficina de Unidad de Licitaciones, ubicada en calle Diego de Almagro 5210, Ñuñoa, en horario de lunes a viernes, de 08:30 a 13:00 y de 14:30 a 16:00 horas, antes del día y hora de cierre del proceso de recepción de ofertas en mercado público. Las garantías deben entregarse en sobre cerrado dirigido a señor Anat Silva, Unidad de Licitaciones del Hospital La Florida, señalando en el sobre lo siguiente:
• GARANTIA SERIEDAD DE LA OFERTA ID: 812261-XX-LR24 (donde se señala XX, se debe reemplazar por el número de la licitación)
• IDENTIFICACION DEL OFERENTE.
Siendo recibido el sobre se abrirá este y revisará si viene en su interior el documento físicamente, sin analizar su correcta emisión.
Confirmado el contenido del sobre por el profesional a cargo de la recepción, este quedará facultado para firmar cualquier documento de recepción conforme, que se acompañe a la entrega, por parte del proveedor.
El oferente que necesite respaldar la entrega de su garantía deberá acompañar una fotocopia del sobre que entrega. Esta fotocopia será timbrada por profesional, indicando la fecha de su recepción y solo si se comprueba que el documento físico viene en su interior.
Si el sobre es entregado por un servicio de encomiendas (correos de chile, Chilexpress u otros de similar rubro), que no permite abrir el sobre para verificar si el documento viene en su interior, sin firmar antes la recepción conforme que pide la empresa de encomienda, el proveedor se hace responsable en caso de ser rechazada su oferta, si se verifica posteriormente que el sobre no contenía el documento en físico en su interior.
Sin perjuicio de lo señalado anteriormente, la revisión del documento y requisitos de admisibilidad solo se realizará en la apertura de las ofertas.
SI SE TRATA DE ENTREGA GARANTÍA ELECTRÓNICA:
En caso de que el proveedor caucione su oferta a través de una Garantía en Formato Electrónico, deberá adjuntar dicha garantía a su oferta en portal Mercado público (no será necesario, en este caso, la entrega material del documento), antes del cierre de la recepción de ofertas.
PARA AMBOS TIPOS DE GARANTÍA:
De no presentar la garantía en forma, lugar, día y hora señalados, la(s) oferta(s) presentada(s) será(n) declarada(s) inadmisible(s). Esto último, sin perjuicio de las garantías en formato electrónico que deben ajustarse, además, a las disposiciones de la Ley N°19.799 sobre documentos electrónicos, firma electrónica y servicios de certificación de dicha firma, que deberán acompañarse juntamente con la oferta.
La garantía podrá ser tomada por el oferente o por un tercero a nombre de él.
Custodia Las garantías serán custodiadas por la Unidad de Tesorería del Hospital de La Florida.
Se hace presente que en el edificio ubicado en calle Diego de Almagro 5210, Ñuñoa, funcionan distintas unidades del Hospital, por lo que será de exclusiva responsabilidad del proveedor entregar correctamente la garantía, en caso que se entregue en un lugar distinto del indicado precedentemente, se tendrá por no presentado el documento.
Si se presenta más de una oferta a concurso por un mismo oferente (oferta principal y oferta alternativa), este solo deberá presentar una garantía por ambas ofertas publicadas.
5.9.- Devolución y Cobro de la Garantía de Seriedad de la Oferta
Las garantías de seriedad de la oferta se podrán hacer efectivas administrativamente, en los siguientes casos:
• Si el oferente en cualquier instancia desiste de su oferta.
• Si el proponente retira su oferta o se comprueba por el director o por la Comisión de Evaluación, la falsedad de la información presentada, por cualquier medio que resulte procedente.
• Si una vez aceptada la oferta, el adjudicatario no acompaña el correspondiente documento de garantía de fiel y oportuno cumplimiento del contrato dentro del plazo establecido en las presentes bases.
• Si el adjudicatario no se inscribe dentro del plazo establecido al efecto, en el Registro ElectrónicoOficial de Contratistas de la Administración “Chileproveedores” en forma previa a la subscripción del contrato. Si el adjudicatario no firma el contrato y/o no acompaña la documentación necesaria para la suscripción del mismo.
Para el cobro de la Garantía de Seriedad de la Oferta, se aplicará el mismo procedimiento utilizado para el cobro de multas, según lo establecido en estas Bases de Licitación.
La devolución de las garantías de seriedad de la oferta, de aquellos proponentes cuyas ofertas hayan sido declaradas inadmisibles o desestimadas, se efectuará dentro del plazo de 10 días hábiles, contados desde la notificación de la Resolución que dé cuenta de la inadmisibilidad o adjudicación, salvo respecto del oferente que hubiere obtenido el segundo lugar en el ranking de evaluación, ya que para resguardar una posible readjudicación, su garantía será devuelta una vez suscrito el contrato.
Respecto del oferente adjudicado, su garantía de seriedad de la oferta, será devuelta una vez que éste entregue la garantía de fiel cumplimiento del contrato.
Para hacer la entrega material del documento, y dado que estos documentos se encuentran en resguardo y custodia de la Subdirección de Finanzas del HLF, el oferente deberá solicitar la devolución de la Garantía a través de correo electrónico al responsable de la licitación, indicando tipo de documento e identificación del proceso.
Una vez liberada la garantía desde la Unidad de Finanzas, el profesional a cargo de la licitación, informará al oferente, mediante correo electrónico, la fecha y horario disponible para el retiro de la garantía.
La devolución de garantía se hará efectiva poniendo a disposición del proveedor el documento para su retiro desde las dependencias del HLF.
Para el retiro se deberá cumplir con los siguientes requisitos:
Si retira Representante Legal deberá presentar:
• Representación Legal de la empresa.
• Fotocopia de Cédula de Identidad por ambas partes.
Si retira otra persona, deberá presentar:
• Poder Notarial Especial (para retiro de garantía, identificando documento que retira).
• Fotocopia de Cédula de identidad por ambas partes del representante legal.
• Fotocopia de Cédula de Identidad de la persona que retira.
5.10.- Modificación de las Bases
En cualquier momento, antes del cierre de recepción de ofertas, el Hospital podrá introducir modificaciones a los documentos de licitación por medio de un acto administrativo publicado a través del portal electrónico www.mercadopublico.cl, si estima que ello resulta esencial para los fines y/o correcto desarrollo del proceso licitatorio.
En caso de que lo anterior ocurra, el Hospital La Florida podrá otorgar un plazo prudencial a los oferentes para que puedan conocer y adecuar sus ofertas a las modificaciones introducidas, pudiendo modificar la fecha de cierre para estos efectos, lo cual será informado por el portal Mercado Público junto con las modificaciones, una vez que el acto administrativo que las aprueba se encuentre totalmente tramitado.
En el evento de modificarse la fecha de cierre, el plazo para ofertar se ampliará en la cantidad de días que se señale en www.mercadopublico.cl.
Es exclusiva responsabilidad del Proponente la revisión del Portal, con el objeto de informarse sobre lo expuesto en este punto y en el punto 5.3. Así mismo, es obligación del oferente, una vez cerrada la presentación de ofertas, revisar el Foro Inverso y responder las aclaraciones que se le soliciten por esta vía.
5.11.- Pacto De Integridad
El oferente declara que, por el sólo hecho de participar en la presente licitación, acepta expresamente el presente pacto de integridad, obligándose a cumplir con todas y cada una de las estipulaciones contenidas en el mismo, sin perjuicio de las que se señalen en el resto de las bases de licitación y demás documentos integrantes. Especialmente, el oferente acepta el suministrar toda la información y documentación que sea considerada necesaria y exigida de acuerdo a las presentes bases de licitación, asumiendo expresamente los siguientes compromisos:
1. El oferente se obliga a no ofrecer ni conceder, ni intentar ofrecer o conceder, sobornos, regalos, premios, dádivas o pagos, cualquiera fuese su tipo, naturaleza y/o monto, a ningún funcionario público en relación con su oferta, con el proceso de licitación pública, ni con la ejecución de él o los contratos que eventualmente se deriven de la misma, ni tampoco a ofrecerlas o concederlas a terceras personas que pudiesen influir directa o indirectamente en el proceso licitatorio, en su toma de decisiones o en la posterior adjudicación y ejecución del o los contratos que de ello se deriven.
2. El oferente se obliga a no intentar ni efectuar acuerdos o realizar negociaciones, actos o conductas que tengan por objeto influir o afectar de cualquier forma la libre competencia, cualquiera fuese la conducta o acto específico, y especialmente, aquellos acuerdos, negociaciones, actos o conductas de tipo o naturaleza colusiva, en cualquiera de sus tipos o formas.
3. El oferente se obliga a revisar y verificar toda la información y documentación, que deba presentar para efectos del presente proceso licitatorio, tomando todas las medidas que sean necesarias para asegurar la veracidad, integridad, legalidad, consistencia, precisión y vigencia de la misma.
4. El oferente se obliga a ajustar su actuar y cumplir con los principios de legalidad, ética, moral, buenas costumbres y transparencia en el presente proceso licitatorio.
5. El oferente manifiesta, garantiza y acepta que conoce y respetará las reglas y condiciones establecidas en las bases de licitación, sus documentos integrantes y él o los contratos que de ellos se derivase.
6. El oferente se obliga y acepta asumir, las consecuencias y sanciones previstas en estas bases de licitación, así como en la legislación y normativa que sean aplicables a la misma.
7. El oferente reconoce y declara que la oferta presentada en el proceso licitatorio es una propuesta seria, con información fidedigna y en términos técnicos y económicos ajustados a la realidad, que aseguren la posibilidad de cumplir con la misma en las condiciones y oportunidad ofertadas.
8. El oferente se obliga a tomar todas las medidas que fuesen necesarias para que las obligaciones anteriormente señaladas sean asumidas y cabalmente cumplidas por sus empleados y/o dependientes y/o asesores y/o agentes y en general, todas las personas con que éste o éstos se relacionen directa o indirectamente en virtud o como efecto de la presente licitación, incluidos sus subcontratistas, haciéndose plenamente responsable de las consecuencias de su infracción, sin perjuicio de las responsabilidades individuales que también procediesen y/o fuesen determinadas por los organismos correspondientes.
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6.- DE LAS PROPUESTAS |
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Es responsabilidad de los oferentes presentar sus propuestas en tiempo y forma, es decir, en el plazo fijado en el numeral 5.4 y con toda la información requerida en las presentes bases, de manera tal que permita una evaluación objetiva, certera, entendible y transparente de todas y cada una de ellas.
Los archivos, documentos y/o anexos, que constituyan la oferta y que deben publicarse en el portal www.mercadopublico.cl por el oferente, deben ingresarse al portal con el nombre asignado en estas bases, de modo que sean fácilmente identificables para el evaluador, ejemplo: Anexo Nº02 Declaración Jurada.
Debe respetarse dicha fórmula de nomenclatura y el formato electrónico de cada anexo, a fin de facilitar la identificación de los documentos y el proceso de evaluación, es decir deberá incorporarse con la mencionada formula de nomenclatura y en el formato electrónico en el que originalmente figura el anexo (Excel, Word u otro).
Los anexos Nº01 y 02 se deben presentar uno por cada oferente, es decir, si un oferente presenta oferta alternativa, no es necesario ingresarlos por cada una de las ofertas.
La no presentación de cualquiera de los Anexos señalados como OBLIGATORIOS, hará inadmisible la oferta. Lo anterior, sin perjuicio de que se efectuará la revisión de la totalidad de los antecedentes contenidos en la oferta, de acuerdo al artículo 9 de la Ley N° 19.886.
Los antecedentes solicitados en la presente licitación deben subirse a las carpetas disponibles del proceso en www.mercadopublico.cl, agrupadas según se señala a continuación:
CARPETA ADMINISTRATIVA:
ANEXO NOMBRE ANEXO DESCRIPCIÓN ANEXO
01 PRESENTACIÓN DEL OFERENTE Documento en el cual el oferente indica información básica y esencial respecto de su identificación. Debe adjuntarse en la carpeta administrativa con el nombre: Anexo N° 01 Presentación Del Oferente.
02 DECLARACIÓN JURADA Documento en el cual el oferente declara cumplir con las disposiciones generales de la Ley de Compras y su respectivo Reglamento para ofertar y contratar con el Estado. Debe adjuntarse en la carpeta administrativa con el nombre: Anexo N°02 Declaración Jurada Del Oferente.
Por contener este documento la Declaración Jurada exigida para ofertar, este anexo se considera un ANEXO OBLIGATORIO, por tanto, su no presentación hará inadmisible la oferta. Lo anterior, sin perjuicio de que se efectuará la revisión de la totalidad de los antecedentes contenidos en la oferta, de acuerdo al artículo 9 de la Ley N° 19.886.
No están obligados a presentar este Anexo N°02 Declaración Jurada, aquellos oferentes que estén inscritos y en estado hábil en el portal www.chileproveedores.cl y que posean en este registro publicado la declaración para ofertar exigida en estas bases, por Ley, a la fecha del cierre de las ofertas.
Además, los oferentes deben identificarse y acreditar su existencia, para ello deberá acompañar los siguientes documentos en la Carpeta Administrativa:
• Si es persona natural:
- Imagen digitalizada de la cédula nacional de identidad.
• Si es persona jurídica:
El oferente deberá acreditar la vigencia de la sociedad, y para ello deberá presentar uno de los siguientes documentos:
Imagen digitalizada del certificado de vigencia de la sociedad oferente de data no superior a tres (3) meses contados desde la presentación de la oferta, emitido por el Conservador de Bienes Raíces.
Imagen digitalizada de la escritura pública de constitución de la sociedad y de todas sus modificaciones vigentes.
Imagen digitalizada del certificado de vigencia emitido por el Ministerio de Economía, Fomento y Turismo para aquellas empresas creadas bajo el régimen establecido por la Ley N° 20.659, de data no superior a tres (3) meses contados desde la presentación de la oferta.
El oferente deberá acreditar la vigencia de poderes del Representante Legal de la Sociedad, y para ello deberá presentar la imagen digitalizada del RUT del oferente y de la cédula de identidad de su representante legal y uno de los siguientes documentos:
Imagen digitalizada del certificado de vigencia de poderes del representante legal del oferente, de data no superior a tres (3) meses contados desde la presentación de la oferta, emitido por el Conservador de Bienes Raíces.
Imagen digitalizada del certificado de vigencia de la sociedad oferente de data no superior a tres (3) meses contados desde la presentación de la oferta, emitido por el Conservador de Bienes Raíces, en que consten los poderes otorgados al representante legal de la empresa.
Imagen digitalizada del certificado de estatuto actualizado emitido por el Ministerio de Economía, Fomento y Turismo para aquellas empresas creadas bajo el régimen establecido por la Ley N° 20.659, de data no superior a tres (3) meses contados desde la presentación de la oferta.
No están obligados a acreditar su existencia y vigencia aquellos oferentes que estén inscritos y en estado hábil en el portal www.chileproveedores.cl a la fecha del cierre de las ofertas cuyos respaldos e información para acreditar su existencia y vigencia, se encuentren ya publicados en dicho portal.
CARPETA TÉCNICA:
ANEXO NOMBRE ANEXO DESCRIPCIÓN ANEXO
03 ESPECIFICACIONES TÉCNICAS Documento Excel en el cual el oferente debe indicar si cumple con la información técnica respecto del bien y/o servicio ofertado.
Para acreditar si cumple o no el requisito técnico, debe adjuntar todos los documentos, fotografías y/o certificados que respalden su información, según los requerimientos de las presentes bases.
El proponente deberá descargar archivo Excel “Anexo N°03 Especificaciones Técnicas” publicado en el portal www.mercadopublico.cl. y completar con la información señalada según cumpla o no las características solicitadas.
Las propuestas que no cumplan o no logren acreditar alguno de los requisitos técnicos OBLIGATORIOS, serán declaradas inadmisibles y no serán evaluadas.
Una vez completada la tabla Excel con la información requerida, debe adjuntarse en la carpeta técnica con el nombre: Anexo N°03 Especificaciones Técnicas.
ANEXO OBLIGATORIO, por tanto, su no presentación hará inadmisible la oferta. Lo anterior, sin perjuicio de que se efectuará la revisión de la totalidad de los antecedentes contenidos en la oferta, de acuerdo al artículo 9 de la Ley N° 19.886.
04 EXPERIENCIA DEL OFERENTE Anexo para completar y adjuntar a la oferta que contiene el tipo de experiencia del proveedor:
• Si se trata de experiencia en sector público:
Se deberá completar la tabla del Anexo indicando el ID de las órdenes de compra de Mercado las que deberán contar, expresamente, en el sistema de información Mercado Público con recepción conforme.
En este caso no se deberán adjuntar las órdenes de compra a la oferta, solo identificarlas, ya que estas serán verificadas en línea en el sistema de información Mercado Público directamente al momento de evaluar.
• Si se trata de experiencia en sector Privado:
Se deberá completar la tabla del anexo indicando el ID de las órdenes de compra y sus correspondientes facturas.
En el caso de experiencia en sector privado además de completar este anexo se deberán adjuntar a la oferta, las respectivas órdenes de compra señalas y facturas indicadas en la tabla.
Estas Ordenes más sus facturas se deben adjuntar al anexo con el nombre de: “Anexo 04 Experiencia del Oferente” en la carpeta Técnica de su oferta en el portal mercadopublico.cl
Para ambos tipos de experiencia se deberán indicar órdenes de compra que acrediten experiencia en venta del mismo bien y/o servicio que se licita. Si presenta más de una Orden de Compra emitida por la misma organización Pública o privada, sólo será considerada la Orden de Compra de fecha más actual.
Para la Evaluación se considerará sólo la presentación de hasta un máximo total de 6 órdenes de compra de Mercado Público y/u órdenes de compra privada más su factura, (dependiendo la experiencia que se desee acreditar), donde se hayan adquirido los mismos bienes y/o servicios en los últimos 24 Meses desde el cierre de recepción de las ofertas de este proceso licitatorio.
Si se presentan, adjuntan o se señalan más órdenes de compra en la tabla dispuesta, o como adjunto, estas no serán consideradas en la evaluación.
Si una misma orden de compra hace referencia a más de un ítem ofertado en este proceso licitatorio, el proveedor podrá incluir esta misma Orden en todas las tablas del Anexo 04 por ítems que estime pertinente.
IMPORTANTE:
- Para experiencia en sector público: Sólo serán consideradas para la evaluación, las órdenes de compra de mercado público indicadas por el oferente en la tabla del anexo 04 y que se hayan podido verificar con recepción conforme en el sistema de información Mercado Público al momento de evaluar.
- Para experiencia en sector privado: Sólo serán consideradas para la evaluación, las órdenes de compra privadas más facturas indicadas por el oferente en la tabla del anexo y que se hayan adjuntado, tanto las ordenes, como sus respectivas facturas, a la oferta.
Para ambos tipos de experiencia se considerarán del mismo rubro, las Órdenes de Compra de Mercado Público y las órdenes de Compra con sus respectivas Facturas, referidas a la venta del mismo servicio requerido en esta adquisición y se considerará de la misma envergadura cuando dichos contratos se hayan celebrado con organismos públicos o privados.
Una vez completados los datos, debe adjuntarse el documento en la carpeta técnica con el nombre: ANEXO N°4: EXPERIENCIA DEL OFERENTE.
05 DECLARACIÓN JURADA PROGRAMA DE INTEGRIDAD CON APLICACIÓN DE CÓDIGO ÉTICA PARA PROVEEDORES (DIRECTIVA N°31 CHILECOMPRA) Documento que declara la aplicación de programas de integridad de Código de ética para proveedores, correspondiente a la Directiva N°31 ChileCompra, por el proveedor y sus trabajadores.
Si no se presenta este anexo, o se presenta sin firma, se entenderá que no conoce ni aplica programas de integridad y/o políticas contenidas en Código de ética para proveedores, por tanto, su oferta no será evaluada en este criterio de evaluación.
Anexo N°05: Declaración jurada programa de integridad con aplicación de código ética para proveedores (Directiva N°31 ChileCompra).
06 REMUNERACIÓN PERSONAL EN PRESTACIÓN DE SERVICIO Documento en el cual el oferente debe indicar la remuneración mínima mensual líquida que pagará a cada perfil profesional y técnico que prestará servicio a esta institución, en virtud de esta licitación.
El proveedor deberá mantener la remuneración líquida ofertada durante toda la vigencia del contrato, en caso contrario, se aplicarán las multas según lo indicado en numeral 12.3 de las bases administrativas.
Debe adjuntarse en la carpeta técnica con el nombre correspondiente que permita su inequívoca identificación.
Anexo N°06: Remuneración Personal en prestación de servicio.
ANEXO OBLIGATORIO, por tanto, su no presentación hará inadmisible la oferta. Lo anterior, sin perjuicio de que se efectuará la revisión de la totalidad de los antecedentes contenidos en la oferta, de acuerdo al artículo 9 de la Ley N° 19.886.
08 DEL PERSONAL QUE PRESTARÁ LOS SERVICIOS Documento donde el oferente debe identificar al personal que prestará el servicio.
Se deberá adjuntar los respaldos señalados para comprobar los requisitos obligatorios respecto de la formación profesional requerida para cada perfil.
Si no se logra acreditar los requisitos obligatorios la oferta será declarada inadmisible.
Respecto de la experiencia de cada perfil, ésta será evaluada en relación a lo detallado en el numeral 8.4.5, debiendo el proveedor adjuntar los respaldos correspondientes para cada una de las personas, según se detalla en el numeral 8.4.5 y el Anexo N°08.
Debe adjuntarse en la carpeta técnica con el nombre correspondiente que permita su inequívoca identificación.
Anexo N°08: Del personal que prestará los servicios
ANEXO OBLIGATORIO, por tanto, su no presentación hará inadmisible la oferta. Lo anterior, sin perjuicio de que se efectuará la revisión de la totalidad de los antecedentes contenidos en la oferta, de acuerdo al artículo 9 de la Ley N° 19.886.
CARPETA ECONÓMICA:
ANEXO NOMBRE ANEXO DESCRIPCIÓN ANEXO
07 CARTA OFERTA Documento donde se oferta el VALOR MENSUAL NETO, en pesos chilenos por los servicios requeridos.
El proveedor deberá indicar en este anexo, cuando corresponda, si su oferta económica está afecta a IVA.
El valor a ofertar deberá incluir todos los gastos asociados en los que incurra el adjudicatario hasta la total recepción conforme de su servicio, comprendiéndose entre ellos por ejemplo los relativos a capacitación, traslados, derechos, patentes, etc.
Se evaluará sólo el valor ofertado correspondiente al SERVICIO DE PROFESIONALES Y TÉCNICOS PARA MESA DE AYUDA TI DEL HOSPITAL LA FLORIDA.
Una vez completado el documento, debe adjuntarse en la carpeta Económica con el nombre: Anexo N°07 Carta Oferta
El oferente deberá asegurarse que los valores contenidos en los documentos que conforman la oferta, sean iguales a los valores ingresados en el campo correspondiente en el portal www.mercadopublico.cl. En caso de existir discrepancias entre el valor indicado en el anexo y el valor ingresado en el portal, prevalecerá la oferta subida a la línea de servicio a www.mercadopublico.cl.
Se establece expresamente que si la oferta del proveedor es de $1 en Mercado Público, su oferta será declarada inadmisible.
ANEXO OBLIGATORIO, por tanto, su no presentación hará inadmisible la oferta. Lo anterior, sin perjuicio de que se efectuará la revisión de la totalidad de los antecedentes contenidos en la oferta, de acuerdo al artículo 9 de la Ley N° 19.886.
Si falta alguno de los anexos OBLIGATORIOS o no se logra acreditar su contenido, la oferta será inadmisible. Lo anterior, sin perjuicio de que se efectuará la revisión de la totalidad de los antecedentes contenidos en la oferta, de acuerdo al artículo 9 de la Ley N° 19.886.
6.1.-Carácter de los Documentos
Cada oferta deberá cumplir con todos los requisitos de admisibilidad administrativa, técnica y económica, sin embargo, es dable señalar que en esta Licitación podrán existir los siguientes documentos:
• DOCUMENTO “ANEXO”: Anexo numerado que se debe completar o no, según corresponda y cuyo contenido se deberá acreditar cuando así se indique, con los respectivos documentos de respaldo adjuntos en cada carpeta de su oferta.
• DOCUMENTO “RESPALDO”: Documento que se pide acompañar en la oferta para respaldar y/o acreditar algún requerimiento solicitado en un anexo o en bases.
Estos documentos de respaldo podrán ser entre otros: fotos, boucher, fichas técnicas, certificados, declaraciones, contratos, órdenes de compras, catálogos, etc., según se solicite en cada caso.
Los documentos Anexos o respaldos podrán tener carácter de obligatorios o no.
Según lo anterior, los documentos, anexos o respaldos, se pueden clasificar en “esencial” o “subsanable”, según el siguiente detalle:
a.1 Documento Esencial: Son aquellos, que no admiten corrección, enmienda, rectificación o subsanación, por ende, si alguna de las propuestas no cumple con la presentación conforme y/o el correcto llenado del documento sea anexo o respaldo, según se solicita en estas bases, la oferta será inadmisible. Lo anterior, sin perjuicio de que se efectuará la revisión de la totalidad de los antecedentes contenidos en la oferta, de acuerdo al artículo 9 de la Ley N° 19.886.
Se entenderán Documentos, anexos o respaldos esenciales los siguientes:
Anexo N°02 Declaración Jurada.
Anexo N°06 Remuneración personal en prestación de servicios
Anexo N°07 Carta Oferta.
Garantía de Seriedad de la Oferta señalada en punto 5.8 de Bases Administrativas de Licitación.
a.2 Documento Subsanable: Son aquellos documentos no obligatorios que, presentados, adolecen de defectos de forma o errores no esenciales o de tipeo, que obedecen a una justa causa de error.
Los oferentes podrán enmendar sus omisiones u errores, dentro de un plazo de 24 o 48 horas según explicite el Hospital La Florida, contado desde su requerimiento, mediante el foro inverso del proceso licitatorio y a través de www.mercadopúblico.cl., y según lo señalado en el punto 8.2.1. de estas bases.
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7.- DE LA APERTURA DE LA PROPUESTA |
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La apertura electrónica de las propuestas que se hayan ingresado en el portal www.mercadopublico.cl. Se efectuará de acuerdo al calendario de plazos del numeral 5.4, debiendo levantarse acta de lo obrado.
Se realizará en ella, la revisión de los requisitos de admisibilidad esencial dejando constancia de los oferentes que no cumplan con dichos requisitos en la Apertura Electrónica que se publica en www.mercadopublico.cl.
Una vez verificado el cumplimiento de los oferentes, de los requisitos exigidos en las presentes bases de licitación y confeccionada la correspondiente Acta de Apertura, se procederá a la evaluación administrativa, técnica y económica de los oferentes y sus ofertas, por parte de la Comisión Evaluadora, designada por el Hospital en las presentes bases.
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8.- DE LA EVALUACIÓN DE LAS OFERTAS |
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8.1.- Comisión de Evaluación
La Comisión de Evaluación podrá estar integrada por las siguientes personas o sus subrogantes legales:
Jefatura de Abastecimiento.
Jefatura Gestión de Contratos.
Jefatura de Finanzas.
Referente/s Técnico/s.
En caso de ausencia o inhabilidad de uno o más de los miembros de la comisión de evaluación, ocupará su lugar el subrogante respectivo, o el funcionario que designe la autoridad en su caso, con la finalidad que la comisión sesione con la totalidad de los miembros que la integran.
En el caso de no ser posible la subrogancia, se reemplazará al integrante de la comisión a través de resolución fundada, por funcionario que, revista las mismas calidades, todo, sin perjuicio de que su composición sea informada en el portal www.mercadopublico.cl, una vez dictado el acto administrativo, correspondiente conforme al inciso final del artículo 37 del decreto N°250, de 2004.
En el evento que la comisión este excepcionalmente integrada por personas ajenas a la administración y en un número inferior a los funcionarios públicos, tal como lo previene el inciso cuarto del artículo 37 del mencionado reglamento, su designación deberá ser fundada.
Las autoridades y funcionarios, así como los contratados a honorarios o las personas ajenas a la administración, (en los casos en que excepcionalmente participen en procedimientos de contratación), deberán abstenerse de participar en la evaluación y distintas etapas de los procedimientos de contratación, cuando exista cualquier circunstancia que les reste imparcialidad. Para ello, previa evaluación, cada uno de sus integrantes, firmará una Declaración Jurada de no tener Conflicto de Interés.
En caso de que alguno de los integrantes esté contratado a honorarios o se trate de personas ajenas a la administración, estos solo tendrán derecho a voz, debiendo siempre la Comisión estar conformada por mayoría simple de miembros a contrata.
La comisión revisará, las ofertas recepcionadas e inscritas en el Acta de Apertura, la Comisión de Evaluación dará inicio al proceso de evaluación de las ofertas formuladas.
La Comisión de Evaluación, podrá ser asesorada por una Comisión Técnica compuesta por un máximo de 3 profesionales de las áreas correspondientes al proceso en análisis.
La comisión de Evaluación será presidida según el siguiente orden de prelación:
Jefatura de Abastecimiento.
Jefatura Gestión de Contratos.
La comisión deberá sesionar en los días y horas citadas para los efectos de evaluación. Las decisiones se tomarán conforme la metodología de evaluación indicada en el punto 8.3.
8.2.- Examen de antecedentes
La Comisión de evaluación verificará los Antecedentes presentados por los oferentes e informará al director, quien en virtud de lo dispuesto en el artículo 9 de la Ley Nº 19.886, podrá declarar, mediante resolución fundada, inadmisible aquellas ofertas que no cumplan los requisitos establecidos en las bases.
El Hospital Clínico Metropolitano La Florida se reserva el derecho de declarar inadmisible las ofertas cuando no cumplieren con los requisitos exigidos en las presentes Bases.
A su vez, el Hospital declarará desierta la licitación cuando no se presenten ofertas, o bien, cuando éstas no resulten convenientes a sus intereses. En todos los casos, los oferentes no tendrán derecho a indemnización alguna por estas circunstancias.
La decisión de inadmisibilidad o de declaración de desierta, se efectuará por resolución fundada, que será publicada en www.mercadopublico.cl.
8.2.1.-Aclaración y complementación de antecedentes en FORO INVERSO de www.mercadopublico.cl
Errores u omisiones en documentos presentados:
El Hospital La Florida de conformidad con el artículo 40 inciso 1º del Decreto Nº 250 que aprueba el reglamento de la Ley Nº 19.886, podrá solicitar a los oferentes aclaraciones o que salven errores u omisiones formales, siempre y cuando las rectificaciones de dichos vicios u omisiones no les confieran a esos oferentes una situación de privilegio respecto de los demás competidores, esto es, en tanto no se afecten los principios de estricta sujeción a las bases y de igualdad de los oferentes, informándose debidamente dicha solicitud al resto de los oferentes a través del Portal Mercado Público.
Omisión de documentos:
El Hospital La Florida de conformidad con el artículo 40 inciso 2° del Decreto Nº 250, podrá permitir la presentación de certificaciones o antecedentes que los oferentes hayan omitido presentar al momento de efectuar la oferta, siempre que dichas certificaciones o antecedentes se hayan producido u obtenido con anterioridad al vencimiento del plazo para presentar ofertas o se refieran a situaciones no mutables entre el vencimiento del plazo para presentar ofertas y el periodo de evaluación.
El plazo que tendrán los oferentes, en ambos casos, ya sea para subsanar documentos presentados o adjuntar documentos omitidos para dar cumplimiento a lo solicitado por el mandante, no podrá ser superior a 24 o 48 horas, según defina el Hospital, contadas desde la fecha de publicación en el FORO INVERSO de www.mercadopublico.cl, de la solicitud por parte del Hospital.
Si la aclaración solicitada o el documento omitido no se presenta dentro del plazo asignado, se asumirá que el requisito en duda no se cumple y la oferta recibirá el puntaje correspondiente establecido en el criterio “cumplimiento de requisitos formales”.
8.3.- Metodología de Evaluación
La evaluación se hará asignando puntuación según los rangos que se indican, a los aspectos que se detallan; la oferta que logre la puntuación más alta será propuesta para adjudicación.
La evaluación de las propuestas será realizada por la Comisión de Evaluación conforme a los criterios de evaluación, analizando los antecedentes admisibles aportados por los oferentes a través del Portal www.mercadopublico.cl.
Se ponderarán los puntajes obtenidos, estableciéndose un ranking, del cual se seleccionará la oferta que obtenga el mayor puntaje y que cumpla de mejor forma los intereses del Hospital.
En el caso de tratarse de un proceso cuya adjudicación se realice por la totalidad de líneas o ítems licitados a un solo proveedor, el resultado final de la evaluación se obtendrá de la sumatoria de puntajes finales de todos los ítems ofertados en su conjunto, siendo la oferta ganadora la que obtenga el mayor puntaje de dicha sumatoria.
Se elaborará el Acta de Evaluación según el análisis realizado para cada uno de los criterios evaluados.
8.3.1.- Mecanismos de Evaluación:
La obtención de los puntajes de los requerimientos para cada evaluación podrá ser del tipo tabulación, dicotómico o porcentual.
Mecanismo de Tabulación:
Para el caso de evaluación a través de tabulación, se asignará un puntaje por tramo, requisito o característica indicada según orden de importancia, el resultado será ponderado según el porcentaje asignado al criterio.
Mecanismo Dicotómico:
Para el caso del puntaje dicotómico, el cumplimiento del requerimiento significará la obtención del puntaje máximo y en caso contrario, el puntaje obtenido será cero.
Mecanismo Porcentual:
Para el caso del puntaje porcentual, este se obtendrá dependiendo de si se aplica el criterio del mayor valor o menor valor, donde la fórmula de cálculo para cada caso es la siguiente:
c.1) Criterio Mayor Valor:
Criterio Mayor Valor:((Valor Ofertado)/(Mayor Valor Ofertado))x (Puntaje del Requerimiento)
El oferente obtendrá el puntaje máximo del requisito evaluado toda vez que su valor ofertado sea igual al mayor valor ofertado, del conjunto de las ofertas. Cada valor ofertado distinto al mayor valor ofertado, en consecuencia, generará un puntaje menor para el requerimiento en evaluación.
c.2) Criterio Menor Valor :
Criterio Menor Valor:((Menor Valor Ofertado)/(Valor Ofertado))x (Puntaje del Requerimiento)
El oferente obtendrá el puntaje máximo del requerimiento evaluado, toda vez que su valor ofertado sea igual al menor valor ofertado, del conjunto de las ofertas. Cada valor ofertado distinto al menor valor ofertado, en consecuencia, generará un puntaje menor para el requerimiento en evaluación.
8.4.- Criterios de Evaluación
Se evaluará conforme a los criterios de evaluación, que a continuación se indican, sin afectar los principios de igualdad de los mismos y con estricta sujeción a las bases, de acuerdo a las ponderaciones que se señalan:
CRITERIOS PONDERACIÓN
FACTOR PONDERACIÓN FACTOR PUNTAJE MÁXIMO
Cumplimientos de Requisitos Formales 1% 100
Especificaciones Técnicas deseables 5% 100
Experiencia del oferente 5% 100
Comportamiento contractual anterior 5% 100
Experiencia del personal 8% 100
Programas de integridad con aplicación de código de ética para proveedores del Estado 1% 100
Condiciones de empleo y remuneración 35% Remuneraciones profesionales 60% 100
Remuneraciones Técnicos 40%
Criterio Económico 40% 100
8.4.1.- Cumplimiento de Requisitos Formales de las Ofertas (1%)
Se evaluará el cumplimiento formal de los requisitos administrativos, técnicos y económicos, a través del mecanismo de Tabulación, asignándose el siguiente puntaje:
TRAMO, REQUISITO O CARACTERISTICA PUNTAJE
Presenta oferta con todos los documentos requisitos administrativos, técnicos, económicos y anexos solicitados, en tiempo y forma. 100
Presenta oferta con todos los documentos, requisitos administrativos, técnicos, económicos y anexos solicitados, pero se debe pedir subsanar o enmendar elementos de tipo subsanables a través de foro inverso y proveedor corrige y/o subsana en tiempo y forma. 50
Presenta oferta con todos los documentos, requisitos administrativos, técnicos, económicos y anexos solicitados, pero se debe pedir subsanar o enmendar elementos de tipo subsanables a través de foro inverso y proveedor NO corrige o subsana en tiempo y forma. 0
8.4.2.-Especificaciones Técnicas Deseables (5%)
El criterio especificaciones técnicas deseables se evaluará conforme al anexo 03 y a través del mecanismo porcentual de mayor valor, según lo siguiente:
El Anexo N° 03 contendrá las especificaciones técnicas OBLIGATORIAS y las especificaciones técnicas DESEABLES.
Especificaciones Técnicas Obligatorias (O): Corresponden a las especificaciones técnicas cuyo incumplimiento impide el funcionamiento del servicio, no cumple con lo requerido por el Hospital o producen una falta a las normas de seguridad vigente, por tanto, las propuestas que no cumplan con alguna de las especificaciones técnicas OBLIGATORIAS, serán declaradas inadmisibles y no serán evaluadas.
Se entenderá que no cumplen las especificaciones técnicas Obligatorias:
Cuando no señale expresamente que cumple y/o no logre acreditar su cumplimiento con el documento y/o fotografía y/o certificado de respaldo.
También se entenderá que no cumple las especificaciones técnicas Obligatorios, si el documento y/o fotografía y/o certificado que acredite dicho requisito, contenga elementos de los considerados en estas bases como subsanables y se ha debido pedir al oferente a través de foro inverso que subsane y/o enmiende y este NO subsanó y/o enmendó en el tiempo y forma requerido.
ESPECIFICACIONES TÉCNICAS DESEABLES (D): Considera las especificaciones técnicas que son importantes, pero que, sin embargo, su incumplimiento no afectaría el funcionamiento del servicio.
SE EVALUARÁN EN ESTE CRITERIO SOLO EL CUMPLIMIENTO DE LAS ESPECIFICACIONES TÉCNICAS DESEABLES ESPECIFICADOS EN EL ANEXO Nº 03.
Se entenderá que no cumple el requisito técnico deseable:
Cuando no señale expresamente que cumple y/o no logre acreditar su cumplimiento con el respaldo correspondiente.
También se entenderá que no cumple la especificación técnica deseable, si el respaldo que acredite dicho requisito, contenga elementos de los considerados en estas bases como subsanables y se ha debido pedir al oferente a través de foro inverso que subsane y/o enmiende y este NO subsanó y/o enmendó en el tiempo y forma requerido.
PAUTA DE EVALUACIÓN
La evaluación de este criterio se realizará aplicando el mecanismo de mayor valor a la sumatoria de los puntajes obtenidos en la siguiente tabla:
TABLA DE ESPECIFICACIONES TÉCNICAS DESEABLES (ANEXO 03):
ÍTEM N°1: SERVICIO DE PROFESIONALES Y TÉCNICOS PARA MESA DE AYUDA TI DEL HOSPITAL LA FLORIDA
CLASIFICACIÓN DEL REQUISITO N° REQUERIMIENTO PUNTAJE
TÉCNICO NIVEL 1 2 Especialización en Redes y telefonía 10
3 Especialización en Administración de Servidores y Servicios 10
4 Especialización en Administración de Correos 10
5 Especialización en Sistemas Operativos 10
6 Especialización en Hardware y Software en General 10
7 Certificación en Manejo de Office a nivel avanzado. 10
8 Certificación en Herramienta de gestión de ticket 10
9 Certificación en Herramientas de Virtualización 10
10 Certificación en Herramientas de Seguridad 10
11 Certificación en Herramientas Redes, Datos y Telefonía 10
12 Certificación en Herramientas De Correo Electrónico propietarias y open source 10
13 Certificación en Herramientas de antivirus 10
14 Certificación en Herramientas de monitorización 10
15 Certificación en Sistemas de impresión 10
16 Certificación en Administración de cuentas de correo electrónico (Windows, Mac, Linux, u otros) 10
17 Certificación en Administración y soporte de Sistemas Operativos (Windows, Mac, Linux, u otros) 10
18 Certificación en Conocimientos y manejo a nivel de soporte para Hardware y Software en General. 10
TÉCNICO TALLER 20 Especialización en Redes y telefonía 10
21 Especialización en Administración de Servidores y Servicios 10
22 Especialización en Administración de Correos 10
23 Especialización en Sistemas Operativos 10
24 Especialización en Hardware en General 10
25 Certificación en Manejo de Office a nivel avanzado. 10
26 Certificación en Herramienta de gestión de ticket 10
27 Certificación en Herramientas de Virtualización 10
28 Certificación en Herramientas de Seguridad 10
29 Certificación en Herramientas Redes, Datos y Telefonía 10
30 Certificación en Herramientas De Correo Electrónico propietarias y open source 10
31 Certificación en Herramientas de antivirus 10
32 Certificación en Herramientas de monitorización 10
33 Certificación en Sistemas de impresión 10
34 Certificación en Administración de cuentas de correo electrónico (Windows, Mac, Linux, u otros) 10
35 Certificación en Administración y soporte de Sistemas Operativos (Windows, Mac, Linux, u otros) 10
36 Certificación en Conocimientos y manejo a nivel de soporte para Hardware y Software en General. 10
37 Certificación en Armado y Desarmado de Computadores de Escritorio (all in one y CPU) y Notebook. 10
Mecanismo de mayor valor:
REQUERIMIENTO PUNTAJE MÁXIMO
Especificaciones técnicas deseables 100
Mayor Valor:((Puntaje Obtenido)/(Puntaje Total))x 100
8.4.3.- Experiencia del Oferente (5%)
Este criterio se evaluará a través del mecanismo de Tabulación, en base a lo siguiente:
Se medirá y acreditará la experiencia del oferente tanto en el sector público como en el privado, con la evaluación de órdenes de compra que cumplan con:
Mismo rubro.
Misma envergadura.
Emisión 24 meses anterior al cierre oferta.
OC sector público con recepción conforme.
OC sector privado con factura.
Máximo 6 OC por ítem.
Para ambos tipos de experiencia se considerarán del mismo rubro, las Ordenes de compras de MP y las Ordenes de compras con sus respectivas facturas, referidas a la venta del mismo servicio requerido en esta adquisición y se considerará de la misma envergadura cuando dichos contratos se hayan celebrado con organismos públicos o privados.
Lo anterior, según lo señalado en Anexo 04 y la siguiente tabla de evaluación:
REQUERIMIENTO PUNTAJE
Presenta órdenes de compra de 6 clientes. 100
Presenta órdenes de compra de 5 clientes. 80
Presenta órdenes de compra de 4 clientes. 60
Presenta órdenes de compra de 3 clientes. 40
Presenta órdenes de compra de 2 clientes. 20
Presenta órdenes de compra de 1 clientes. 10
No presenta órdenes de compra. 0
8.4.4.- Comportamiento Contractual Anterior (5%)
Este criterio se evaluará a través del mecanismo dicotómico, en base a lo siguiente:
Se medirá el comportamiento contractual anterior del oferente en base al registro de comportamiento en el Sistema de información Mercado Público y/o Chileproveedores realizado por las instituciones públicas con las cuales este haya contratado, según el registro de comportamiento contractual anterior de Chile Proveedores y/o Mercado Público.
Este Factor se evaluará a través del mecanismo dicotómico, en base a lo siguiente:
REQUERIMIENTO PUNTAJE
El Sistema de Información NO REGISTRA sanciones al oferente dentro de los 24 meses anteriores al cierre de las ofertas. 100
El sistema de información REGISTRA sanciones al oferente, dentro de los 24 meses anteriores al cierre de las ofertas. 0
8.4.5 Experiencia del personal (8%)
Se evaluará la experiencia idónea del equipo de trabajo ofertado por el proveedor en Anexo N°08 y los documentos que acrediten dicha experiencia.
La experiencia de personal que no se encuentre identificado en el Anexo N°08, no será considerada a
evaluación.
Para “Técnico Nivel 1”, se considerará para esta evaluación la experiencia laboral relacionada a:
Experiencia laboral como Técnico de Mesa de Ayuda TI.
Para “Técnico de Taller” se considerará para esta evaluación la experiencia laboral relacionada a:
Experiencia laboral como Técnico de mesa de ayuda TI y/o reparación de equipos computacionales.
Para “Administrador de Sistemas” se considerará para esta evaluación la experiencia laboral relacionada a:
Experiencia laboral como Administrador de Sistemas (SYS ADMIN).
Para “Soporte Nivel 2” se considerará para esta evaluación la experiencia laboral relacionada a:
Experiencia laboral como Profesional de TI
La experiencia laboral de cada perfil se podrá acreditar mediante:
Finiquitos
Certificado de empleador
Relación de servicios de la administración pública.
Cualquier otro documento distinto a los señalados anteriormente, no se considerarán como documento de respaldo para acreditar la experiencia.
Los documentos de acreditación de experiencia deben detallar como mínimo:
Nombre
Fecha
Funciones
Meses/años de servicio.
Firmado por autoridad competente de la institución que lo emite.
El Hospital se encontrará facultado para confirmar los antecedentes entregados, contactando a las respectivas Instituciones que hayan otorgado dichas certificaciones.
En consecuencia, los antecedentes del oferente que no puedan ser acreditados o confirmados a través de la presentación y revisión de estos certificados, se entenderán como no presentados, para todos los efectos.
Este Criterio se evaluará a través del mecanismo de Tabulación, en base a lo siguiente:
EXPERIENCIA DEL PERSONAL
Se aplica sobre el 100% del personal que prestará servicios, considerando la experiencia individual de cada persona. PUNTAJE
Acredita experiencia laboral en materia relacionada para cada cargo, de 5 años o más en el 100% del personal ofertado. 100
Acredita experiencia laboral en materia relacionada para cada cargo, entre 4 y menor a 5 años en el 100% del personal ofertado. 60
Acredita experiencia laboral en materia relacionada para cada cargo, entre 3 y menor a 4 años en el 100% del personal ofertado. 40
Acredita experiencia laboral en materia relacionada para cada cargo, superior a 2 y menor a 3 años en el 100% del personal ofertado. 20
Acredita experiencia laboral en materia relacionada para cada cargo, de 2 años o menos en el 100% del personal ofertado, o no se logra acreditar su experiencia. 0
8.4.6.- Programas de integridad con aplicación de código de ética para proveedores del Estado (1%)
Corresponde a programas de integridad relacionadas a la contratación pública con aplicación del código de ética para proveedores dentro de la empresa y por parte de sus trabajadores, situación debidamente acreditada, a través de declaración jurada del proveedor (Anexo 05), donde se señala expresamente como política de su empresa dicho programa de integridad con aplicación del código de ética para proveedores (Directiva N°31 de ChileCompra).
Si el oferente es una UTP se deberán adjuntar las declaraciones juradas por cada uno de sus integrantes.
De no ser presentadas las declaraciones juradas, se entenderá que no cuentan con estas políticas ni aplican código de ética para proveedores, otorgándoles 0 puntos en este criterio.
Para este criterio se aplicará el mecanismo dicotómico, según la siguiente tabla y el Anexo N°05:
REQUERIMIENTO PUNTAJE
Aplica programa de integridad con código de ética para proveedores (Directiva N°31 ChileCompra) en sus contrataciones con el estado.
100
NO aplica programa de integridad con código de ética para proveedores (Directiva N°31 ChileCompra) en sus contrataciones con el estado, o no logra acreditar.
0
8.4.7 Condiciones de empleo y remuneración (35%)
Este criterio evaluará la remuneración líquida mínima mensual a pagar por el proveedor al personal en prestación de servicios para efectos de esta licitación.
Este criterio se evaluará a través de la sumatoria de los puntajes de los factores “Remuneraciones profesionales” y “Remuneraciones Técnicos”, con una ponderación de 60% y 40% respectivamente.
El proveedor deberá mantener la remuneración líquida ofertada durante toda la vigencia del contrato, en caso contrario, se aplicarán las multas según lo indicado en numeral 12.3 de las bases administrativas.
El proveedor deberá acreditar mensualmente el pago de las remuneraciones comprometidas para cada profesional y técnico, requisito obligatorio, para la Recepción conforme mensual de su servicio.
Para aplicar los factores de evaluación se deberá considerar la siguiente tabla de remuneraciones sugeridas por tipo de perfil:
TABLA A:
PERFIL REMUNERACIÓN LÍQUIDA MENSUAL SUGERIDA EN PESOS
TÉCNICO NIVEL 1 $750.000
TÉCNICO TALLER $750.000
ADMINISTRADOR DE SISTEMAS $1.800.000
SOPORTE NIVEL 2 $1.000.000
8.4.7.1 Factor Remuneraciones Profesionales (60%)
El proveedor deberá indicar la remuneración líquida mínima mensual que pagará a cada uno de los profesionales “ADMINISTRADOR DE SISTEMAS” y “SOPORTE NIVEL 2”.
El factor se evaluará a través del mecanismo Mayor Valor, en base a la sumatoria de puntajes obtenidos en las tablas de evaluación por cada perfil, según lo siguiente:
REQUERIMIENTO PARA PERFIL ADMINISTRADOR DE SISTEMAS Puntaje Máximo
Remuneración del perfil “ADMINISTRADOR DE SISTEMAS“ que prestará el servicio, es igual o mayor a remuneración sugerida en tabla A. 100
Remuneración del perfil “ADMINISTRADOR DE SISTEMAS” que prestará el servicio, es inferior hasta un 5% a remuneración sugerida en tabla A. 60
Remuneración del perfil “ADMINISTRADOR DE SISTEMAS” que prestará el servicio, es inferior desde un 6% hasta un 10% a remuneración sugerida en tabla A 40
Remuneración del perfil “ADMINISTRADOR DE SISTEMAS” que prestará el servicio, es inferior desde un 11% hasta un 15% a remuneración sugerida en tabla A 20
Remuneración del perfil “ADMINISTRADOR DE SISTEMAS” que prestará el servicio, es inferior desde un 16% o más a remuneración sugerida en tabla A 0
REQUERIMIENTO PARA PERFIL SOPORTE NIVEL 2 Puntaje Máximo
Remuneración del perfil “SOPORTE NIVEL 2“que prestará prestará el servicio, es igual o mayor a remuneración sugerida en tabla A. 100
Remuneración del perfil “SOPORTE NIVEL 2” que prestará el servicio, es inferior hasta un 5% a remuneración sugerida en tabla A. 60
Remuneración del perfil “SOPORTE NIVEL 2” que prestará el servicio, es inferior desde un 6% hasta un 10% a remuneración sugerida en tabla A 40
Remuneración del perfil “SOPORTE NIVEL 2” que prestará el servicio, es inferior desde un 11% hasta un 15% a remuneración sugerida en tabla A 20
Remuneración del perfil “SOPORTE NIVEL 2” que prestará el servicio, es inferior desde un 16% o más a remuneración sugerida en tabla A 0
Mecanismo de mayor valor:
Mayor Valor:((Puntaje Obtenido)/(Puntaje Máximo))x 100
*El divisor “Puntaje máximo” será 200, considerando que corresponde a la sumatoria de puntajes máximos posibles de obtener en cada tabla.
8.4.7.2 Factor Remuneraciones Técnicos (40%)
El proveedor deberá indicar la remuneración líquida mínima mensual que pagará a cada uno de los técnicos: “TÉCNICO NIVEL 1” Y “TÉCNICO TALLER”.
El factor se evaluará a través del mecanismo Mayor Valor, en base a la sumatoria de puntajes obtenidos en las tablas de evaluación por cada perfil, según lo siguiente:
REQUERIMIENTO PARA PERFIL TÉCNICO NIVEL 1 Puntaje Máximo
Remuneración del perfil “TÉCNICO NIVEL 1“ que prestará el servicio, es igual o mayor a remuneración sugerida en tabla A. 100
Remuneración del perfil “TÉCNICO NIVEL 1” que prestará el servicio, es inferior hasta un 5% a remuneración sugerida en tabla A. 60
Remuneración del perfil “TÉCNICO NIVEL 1” que prestará el servicio, es inferior desde un 6% hasta un 10% a remuneración sugerida en tabla A 40
Remuneración del perfil “TÉCNICO NIVEL 1” que prestará el servicio, es inferior desde un 11% hasta un 15% a remuneración sugerida en tabla A 20
Remuneración del perfil “TÉCNICO NIVEL 1” que prestará el servicio, es inferior desde un 16% o más a remuneración sugerida en tabla A 0
REQUERIMIENTO PARA PERFIL TÉCNICO TALLER Puntaje Máximo
Remuneración del perfil “TÉCNICO TALLER“ que prestará el servicio, es igual o mayor a remuneración sugerida en tabla A. 100
Remuneración del perfil “TÉCNICO TALLER” que prestará el servicio, es inferior hasta un 5% a remuneración sugerida en tabla A. 60
Remuneración del perfil “TÉCNICO TALLER” que prestará el servicio, es inferior desde un 6% hasta un 10% a remuneración sugerida en tabla A 40
Remuneración del perfil “TÉCNICO TALLER” que prestará el servicio, es inferior desde un 11% hasta un 15% a remuneración sugerida en tabla A 20
Remuneración del perfil “TÉCNICO TALLER” que prestará el servicio, es inferior desde un 16% o más a remuneración sugerida en tabla A 0
Mecanismo de mayor valor:
Mayor Valor:((Puntaje Obtenido)/(Puntaje Máximo))x 100
*El divisor “Puntaje máximo” será 200, considerando que corresponde a la sumatoria de puntajes máximos posibles de obtener en cada tabla.
8.4.8.- Criterio Económico (40%)
La evaluación económica considerará el valor mensual neto por el servicio solicitado, el cual se debe ingresar en Anexo Nº07 Carta Oferta:
REQUERIMIENTO PUNTAJE MÁXIMO
Menor Valor Ofertado 100
El valor ofertado se debe ajustar al monto estimado señalado en bases técnicas.
Menor Precio:((Menor Precio Ofertado)/(Precio Ofertado))x 100
Se establece expresamente que si la oferta del proveedor es de $1 en Mercado Público, su oferta será declarada inadmisible.
8.5.- Situación de Empate:
En caso de que dos o más ofertas obtengan igual puntaje total, se resolverá el empate según los siguientes criterios:
Se seleccionará aquella oferta que presente el puntaje más alto en el criterio Condiciones de empleo y remuneración.
Si subsistiese el empate, se seleccionará aquella oferta que presente el mejor puntaje en el factor Remuneraciones profesionales.
Si subsistiese el empate, se seleccionará aquella oferta que presente el mejor puntaje en el factor Remuneraciones Técnicos.
Si subsistiese el empate, se seleccionará aquella oferta que presente el mejor puntaje en el criterio Experiencia del personal.
Si subsistiese el empate, se seleccionará aquella oferta que presente el mejor puntaje en el criterio Especificaciones Técnicas deseables.
Si subsistiese el empate, se seleccionará aquella oferta que presente el mejor puntaje en el criterio Comportamiento contractual anterior.
Si subsistiese el empate, se seleccionará aquella oferta que presente el mejor puntaje en el criterio Experiencia del oferente.
Si subsistiese el empate, se seleccionará aquella oferta que presente el mejor puntaje en el criterio Programas de integridad con aplicación de código de ética para proveedores del Estado.
Si subsistiese el empate, se seleccionará aquella oferta que presente el mejor puntaje en el criterio Cumplimiento de Requisitos formales.
Si subsistiese el empate, se seleccionará aquella oferta que presente el mejor puntaje en el criterio Económico.
Si subsistiese el empate, se seleccionará aquella oferta que fuese ingresada primero, según la fecha y hora en el portal Mercado Publico.
8.6.- Acta de Evaluación
La Comisión de Evaluación elaborará el "Informe o Acta Final de Evaluación" el cual contendrá:
La identificación de los integrantes de la Comisión de Evaluación que asistieron a evaluar.
La identificación de los asesores expertos invitados a la Evaluación, si es que existieron.
La identificación de las ofertas que no cumplieron alguno de los requerimientos obligatorios de bases, siendo rechazadas sus ofertas en la apertura, quedando por lo tanto fuera de evaluación y aquellas que fueron evaluadas pero se determinó de igual manera que no cumplieron alguno de los requerimientos obligatorios de bases, por tanto se deben proponer junto a las rechazadas, para ser declaradas inadmisibles por la autoridad y la información detallada sobre cuál o cuáles requerimientos no fueron cumplidos por todas estas ofertas.
Un cuadro comparativo de las propuestas con las respectivas puntuaciones parciales obtenidas en cada uno de los criterios de evaluación, así como también un resumen de la Evaluación realizada con especificación del puntaje final.
Un análisis final de evaluación y/o las observaciones, si proceden.
Cuando no se hayan presentado ofertas, la constancia de esta situación para declarar Desierto el proceso.
Los fundamentos de declarar desierto el proceso en base a ofertas presentadas y evaluadas que no resulten convenientes para los intereses del establecimiento.
La recomendación o propuesta final, a la autoridad competente, de adjudicación del oferente mejor evaluado o de declarar desierto el proceso, según sea el caso, fundada en razones objetivas y no discriminatorias.
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9.- DE LA ADJUDICACIÓN DE LA PROPUESTA |
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9.1.- Criterios de Adjudicación
Se adjudicará a aquel proponente cuya oferta haya sido evaluada como la más ventajosa para los intereses de la institución, considerando los criterios de evaluación establecidos en las presentes Bases y conforme las facultades y prerrogativas establecidas en la normativa sobre contratos administrativos de suministro y prestación de servicios.
9.2.- Comunicación de la Adjudicación
El Hospital Clínico Metropolitano La Florida adjudicará la oferta mediante acto administrativo, el cual tendrá plena vigencia una vez que se encuentre totalmente tramitado y notificado al adjudicatario y al resto de los oferentes a través de www.mercadopublico.cl. En dicho acto administrativo, se especificarán los criterios de evaluación aplicados, de acuerdo a lo establecido en las presentes Bases.
Si no se adjudicase en el plazo indicado en el punto 5.4 de estas Bases, se avisará a través del Portal las razones de ello, indicando un nuevo plazo para la adjudicación o la decisión de declarar desierto.
9.3.- Peticiones o Reclamos del Proponente Adjudicado
Adjudicada la propuesta, no podrá el proponente formular petición o reclamo de ninguna especie fundado en el desconocimiento de estas Bases Administrativas, de las Bases Técnicas y los anexos y sus modificaciones; las cuales se entienden plenamente conocidas y aceptadas por el solo hecho de presentación de su oferta.
9.4.- De la Readjudicación
El Hospital Clínico Metropolitano La Florida podrá readjudicar la licitación, dentro de los 60 días corridos desde la publicación, al oferente que siga en orden de prelación de acuerdo con el puntaje total obtenido, dejando sin efecto la adjudicación previa, en los siguientes casos:
1.- Si el adjudicatario desiste de su oferta.
2.- Si el adjudicatario se desiste de firmar el contrato o rechaza la orden de compra emitida en el portal mercadopublico.cl
3.- Si el adjudicatario no entrega garantía de fiel y oportuno cumplimiento o cualquier otro documento solicitado para la firma del contrato en tiempo y forma.
4.- Si el Oferente adjudicado es inhábil para contratar con el estado en los términos del artículo cuarto, incisos 1° y 6° de la Ley 19.886, o según lo establecido en el inciso segundo del artículo 26, letra d), del DFL N° 1, de 2004, del Ministerio de Economía, Fomento y Reconstrucción sobre condena establecida por el Tribunal de Defensa de la Libre Competencia, o lo dispuesto en la Ley N° 20.393 Sobre Responsabilidad Penal de Personas Jurídicas condenadas por delitos de Cohecho , Lavado de Activos y Financiamiento al Terrorismo o no proporciona los documentos que sean requeridos para verificar dicha condición o le sobreviene una inhabilidad.
Sin perjuicio de lo anterior, el Hospital podrá elegir si adjudica a la segunda oferta mejor evaluada o desertar el proceso, para efectuar un nuevo llamado a licitación, emitiéndose para cada caso la respectiva resolución.
9.5.- Revocación de la Licitación
Si se ha detectado una ilegalidad en y durante el proceso o aconteciere durante su tramitación un hecho considerado como Imprevisto, Caso Fortuito o Fuerza mayor, que haga imposible e improcedente adjudicar la Licitación, el Hospital Clínico Metropolitano La Florida, podrá realizar la revocación de esta, previo acto administrativo que justifique tal situación, sin perjuicio de otras causales específicas de las normas especiales vigentes, aplicables a los actos del Estado.
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10.- DEL CONTRATO |
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De acuerdo a lo estipulado en el Artículo 63° del Reglamento de la ley N° 19.886 aprobado por el decreto Nº 250/2004 del Ministerio de Hacienda, la formalización del contrato en este proceso se llevará a cabo según lo siguiente:
a) La firma de un contrato escrito será obligatoria en esta adquisición para los oferentes que adjudiquen un monto total igual o mayor a 100 UTM, ya sea por la adjudicación de una o varias líneas. Además, deberá presentar la Garantía de Fiel Cumplimiento de Contrato, de acuerdo a lo estipulado en el punto 10.8 de estas Bases.
b) Para los oferentes que adjudiquen un monto entre 50 y 99 UTM, su contratación se formalizará a través de la emisión y aceptación de la correspondiente Orden de Compra, más la presentación de la Garantía de Fiel Cumplimiento de Contrato, de acuerdo a lo estipulado en el punto 10.8 de estas Bases.
c) Para los oferentes que adjudiquen montos inferiores a 50 UTM, su contratación se formalizará a través de la emisión y aceptación de la correspondiente Orden de Compra.
10.1.- Entrega de Documentación y Antecedentes para Suscribir el Contrato
El adjudicatario deberá hacer llegar toda la documentación necesaria para la suscripción definitiva de su contrato y/o la correspondiente emisión de la Orden de Compra, según corresponda, a la Unidad de Contratos del Departamento de Abastecimiento del Hospital, dentro de los 5 días hábiles siguientes a la adjudicación y según el siguiente detalle:
• Garantía de Fiel y oportuno cumplimiento: Solo el proveedor adjudicado cuyo contrato sea igual o superior a 50 UTM debe presentar garantía o caución para asegurar el fiel y oportuno cumplimiento de contrato según monto y glosa, de acuerdo a lo establecido en numeral 10 de las presentes Bases.
• Acreditación poderes del representante legal: El proveedor adjudicado en el caso que fuera persona jurídica, deberá acreditar la vigencia de los poderes del representante legal a través de certificado de vigencia de poderes emitido por el Registro de Comercio o por la institución que corresponda, de data no superior a 3 meses contados desde la fecha en que deba suscribir el contrato escrito.
• Declaraciones juradas: El oferente adjudicado, deberá presentar las siguientes declaraciones juradas:
a) Anexo N°02 Declaración Jurada Simple: En formato físico firmada por el representante legal de la empresa o la persona natural, según corresponda, en la cual se consigna que no se encuentra unido por los vínculos de parentesco descritos en la letra B) del artículo 54 de la ley 18.575, que no se encuentra afecto a las inhabilidades establecidas en el artículo 4° de la ley Nº19.886, Que no se encuentra afecto a ninguna de las prohibiciones que se encuentran reguladas en el Artículo 35 quáter, de la ley N°21.634, que moderniza la Ley N°19.886, sobre Bases sobre Contratos Administrativos de Suministro y Prestación de Servicio, tampoco podrán participar aquellos interesados que se encuentren afectos a la inhabilidad para contratar con el estado, a que se refiere el artículo 33 de la Ley N° 21.595 de Delitos Económicos y que tratándose de personas jurídicas y que tratándose de personas jurídicas, además, no ha sido condenado a pena de prohibición de celebrar actos y contratos con Organismos del Estado, de conformidad con la ley Nº20.393.
b) Si el contrato es igual o superior a 1000 UTM y el adjudicado es una unión temporal de proveedores: Los oferentes adjudicados que se unan de esta forma, deberán presentar la Escritura Pública que materialice la unión temporal de proveedores. Dicho documento deberá establecer la solidaridad entre las miembros de la unión temporal de proveedores y el nombramiento de un representante o apoderado común con poderes suficientes, además de tener una vigencia que no podrá ser inferior a la vigencia del contrato que se adjudica mediante el proceso licitatorio, incluyendo las renovaciones del mismo si existiesen, conforme a lo regulado en el art. 67 bis, del Reglamento de la ley N°19.886 aprobado por el decreto Nº 250/2004 del Ministerio de Hacienda
• Cumplimiento de obligaciones laborales y previsionales: El proponente adjudicado deberá presentar un certificado en que se acredite el cumplimiento de las obligaciones laborales y cotizaciones previsionales por parte del proveedor adjudicado para con sus trabajadores, éste deberá ser emitido por la Inspección del Trabajo o por empresas autorizadas para extender este tipo de certificados. En caso de que el certificado arroje deudas o saldos insolutos de remuneraciones o cotizaciones previsionales, los primeros estados de pago producto del contrato licitado deberán ser destinados al pago de dichas obligaciones, debiendo el oferente adjudicado acreditar que la totalidad de las obligaciones se encuentran liquidadas al cumplirse la mitad del período de ejecución del contrato. El incumplimiento de esta obligación, como, asimismo, la falta de presentación de dicho certificado habilitará al Hospital, para poner término al contrato y podrá llamar a una nueva licitación, sin que el oferente adjudicado pueda participar en este nuevo proceso.
10.2 . - Inscripción en el Registro Electrónico Oficial de Proveedores Del Estado
El proveedor al momento de adjudicar y contratar deberá estar inscrito en el registro nacional www.chileproveedores.cl. Si al momento de adjudicar el proveedor no se encuentra inscrito en este registro, tendrá un plazo excepcional de 10 días hábiles contados desde la notificación de la adjudicación para inscribirse, sin perjuicio de lo anterior, deberá hacer entrega de todos los demás antecedentes según lo dispuesto en párrafo primero del numeral 10.1
La no inscripción en Chileproveedores o la no entrega de cualquiera de los documentos y antecedentes ya señalados, configurará causal suficiente para dejar sin efecto la resolución de adjudicación respectiva. En tal caso se procederá al cobro de la garantía de seriedad de la oferta correspondiente (si se ha solicitado en el proceso licitatorio), pudiendo el Hospital readjudicar al 2º mejor oferente evaluado, el que deberá acreditar las mismas exigencias de los párrafos anteriores, o bien, declarar desierta la licitación, cuando la 2da mejor oferta evaluada no resulte conveniente a sus intereses, en conformidad al artículo Nº 9 de la Ley N° 19.886.
Será responsabilidad del adjudicatario cumplir en tiempo y forma, con todas las exigencias antes descritas.
10.3.- Suscripción Del Contrato Y Aceptación De La Orden De Compra
10.3.a Firma de contrato: Una vez adjudicada la Licitación, cuando proceda, se hará llegar al adjudicatario el documento de contrato vía correo electrónico, al correo informado por el proveedor en el Anexo N°01 de su oferta. El oferente adjudicado estará obligado a firmar y devolver contrato firmado en 3 copias en formato físico, en sobre cerrado a nombre de Unidad de Gestión Contratos del Hospital La Florida, indicándose la siguiente referencia “CONTRATO ID 812261-XX-LR24 (donde XX, se debe reemplazar por el número de la licitación), el sobre deberá ser entregado en la unidad de gestión de contrato del Hospital, dentro del plazo estipulado en el numeral 5.4. de las bases.
10.3.b Resolución que aprueba contrato: Una vez firmado y devuelto el contrato por el proveedor, se procederá a firmar por la autoridad competente del Hospital y se dictará la correspondiente Resolución que aprueba dicho contrato.
La unidad de gestión de contratos deberá notificar vìa correo electrónico, la firma de la resolución que aprueba el contrato a:
• El proveedor adjudicado.
• El RRTT de contratos.
• Jefaturas de Abastecimiento.
10.3.c Emisión de Orden de compra: Una vez recibido conforme el servicio, se emitirá orden de compra respectiva, por mes vencido, a través del sistema de información www.mercadopublico.cl.
La orden de compra será emitida según las prestaciones efectivamente ejecutadas en el mes, según los valores ofertados por el proveedor.
En los casos que proceda la suscripción de contrato escrito, la orden de compra se podrá emitir solo una vez completa la tramitación de la Resolución que aprueba dicho Contrato.
10.3.d Aceptación de la Orden de compra por el proveedor: El proveedor deberá aceptar la Orden de compra en el plazo de 24 horas desde su publicación en el sistema de información www.mercadopublico.cl. Vencidas las 24 horas sin respuesta en el portal, se entenderá que la Orden de compra ha sido aceptada tácitamente por el proveedor, comenzando a correr los plazos de entrega y cumplimiento de todas las obligaciones del contrato.
Todo, sin perjuicio, de que, para el pago de factura, esta Orden de compra deberá encontrarse aceptada expresamente en el sistema de información y con recepción Conforme, sin lo cual, el pago no se llevará a cabo.
El proveedor no podrá imponer un monto mínimo para aceptar la Orden de Compra.
10.4.- Contenido del Contrato.
El contrato escrito, cuando proceda, contendrá todas y cada una de las cláusulas necesarias para su efectivo cumplimiento, especificará el objeto, precio, plazo de entrega definido por el adjudicatario en su oferta, además señalará la forma de recepción del servicio, garantía técnica, modalidad de pago, entre otras.
Se comprende dentro del objeto de la obligación del adjudicatario, todo lo señalado en su oferta, incluyéndose las capacitaciones necesarias para el correcto, adecuado y útil uso del bien, si procede y la entrega de las licencias, de todo tipo, incluyendo las intelectuales e industriales, que del caso correspondan, para el uso correcto, útil y adecuado del bien.
El incumplimiento de lo ofertado será considerado incumplimiento grave de las obligaciones contraídas en el contrato y podrá dar origen a su término y al cobro de la respectiva garantía, sin perjuicio de las acciones legales correspondientes que pueda ejercer el Servicio.
Las cláusulas del respectivo contrato serán aplicables tanto a las obligaciones principales, como las obligaciones accesorias y complementarias y se cumplirán del modo natural que a ellas correspondieren.
El adjudicatario será empleador único y exclusivo de su personal y por lo tanto, directamente responsable ante las autoridades administrativas y del trabajo, Tribunales de Justicia, organismos previsionales, y en general ante cualquier tercero, del cumplimiento fiel y oportuno de todas las obligaciones laborales y previsionales que le correspondan en dicha calidad y en general de todas y cada una de las obligaciones que nacen del contrato de trabajo, y de aquellas establecidas por el Código del Trabajo. No existiendo vínculo laboral alguno entre el Hospital y el adjudicatario ni con sus trabajadores. El Hospital podrá requerir en todo momento, información relativa al cumplimento de las obligaciones laborales y previsionales que le asisten al empleador respecto de sus trabajadores, y especialmente respecto de aquellos que estén involucrados directa o indirectamente en las prestaciones de que trata la presente licitación y el respectivo contrato.
10.5.- Vigencia y Duración del Contrato
El contrato que se celebre comenzará a regir a contar de la total tramitación del acto administrativo que lo apruebe, o desde la aceptación de la respectiva Orden de Compra, según corresponda.
La duración del contrato será de 24 meses o hasta que se alcance el gasto total máximo adjudicado, lo que ocurra primero.
10.6.- Renovación del Contrato
Para este contrato no será considerada la renovación.
10.7.- Modificación Del Contrato
Mediante Resolución fundada, el HLF podrá modificar el contrato en cualquiera de las situaciones que se señalan a continuación:
a) Mutuo acuerdo entre los contratantes, sin que pueda alterarse la aplicación de los principios de estricta sujeción a las bases y de igualdad de los oferentes, ni que pueda aumentarse el monto del contrato más allá del 30% del monto originalmente pactado.
b) Si así lo exigiera el interés público o la seguridad nacional.
c) Las demás causales establecidas en el artículo 77 del reglamento de la Ley 19.886.
10.8.- Garantía de Fiel y Oportuno Cumplimiento del Contrato
Junto a la firma del Contrato y para cautelar el cumplimiento de la correcta ejecución del mismo, el adjudicatario deberá entregar una caución o garantía, siendo de su exclusiva responsabilidad que dicha caución o garantía sea presentada conforme a las especificaciones que a continuación se indican.
Tipo de Documento Podrán ser presentados como documentos de caución, boletas de garantía, vale vistas, certificados de fianza, póliza de garantía o cualquier otro documento que cumpla con los siguientes requisitos:
• Sea pagadero a la vista.
• no sujeto a modalidad.
• irrevocable.
• Emitida a favor de Entidad Pública.
Monto 10% del monto total adjudicado con IVA incluido en pesos chilenos.
Beneficiario Hospital Clínico Metropolitano La Florida; Rut: 65.075.485-9
Vigencia 24 meses más 120 días hábiles, a contar de la adjudicación.
Glosa Garantizar el Fiel y Oportuno Cumplimiento del Contrato y las obligaciones laborales del “SERVICIO DE PROFESIONALES Y TÉCNICOS PARA MESA DE AYUDA TI DEL HOSPITAL LA FLORIDA” ID 812261-XX-LR24 (donde se señala XX reemplazar por el número de la Licitación).
Si el documento a presentar, no permite, por su naturaleza, señalar la glosa en su texto, esta, deberá venir escrita al reverso o en acta adjunta adherida al documento.
Forma y oportunidad de Entrega Física El oferente o su representante deberá entregar físicamente la garantía en la unidad de Gestión de Contratos, ubicada en dependencias del Hospital La Florida, Avenida Froilán Roa 6542, primer piso (hall central OIRS y llamar a los siguientes números 26121568 / 26121516 / 26121319), en horario de lunes a viernes, de 08:30 a 12:30 y de 14:00 a 16:00 horas, dentro de los 5 días hábiles desde la adjudicación.
La garantía debe entregarse en sobre cerrado dirigido a la Unidad de Gestión de Contratos del Hospital La Florida, señalando en el sobre lo siguiente:
GARANTÍA DE FIEL OPORTUNO CUMPLIMIENTO ID: 812261-XX-LR24 (donde se señala XX, se debe reemplazar por el número de la licitación)
IDENTIFICACIÓN DEL OFERENTE:
La garantía podrá otorgarse mediante uno o varios instrumentos financieros de la misma naturaleza, que en conjunto representen el monto o porcentaje a caucionar y entregarse de forma física o electrónicamente.
El oferente que necesite respaldar la entrega de su garantía deberá acompañar una fotocopia del sobre que entrega. Esta fotocopia será timbrada por profesional, indicando la fecha de su recepción y solo si se comprueba que el documento físico viene en su interior.
Sin perjuicio de lo señalado anteriormente, la revisión del documento y cumplimiento de requisitos formales, solo se verificará por la Unidad de Contratos
En caso de presentarse una Garantía en Formato Electrónico, deberán ser enviadas al correo: garantiahlf@hospitallaflorida.cl, antes del del vencimiento del plazo de 5 días hábiles desde la adjudicación, indicando en el asunto del correo el ID de la Licitación y el nombre del Oferente.
De no presentar dicha garantía en forma, lugar, día y hora señalados, la oferta adjudicada se entenderá desistida.
Esto último, sin perjuicio de las garantías en formato electrónico que, además, deben ajustarse a las disposiciones de la Ley N°19.799 sobre documentos electrónicos, firma electrónica y servicios de certificación de dicha firma, que deberán acompañarse conjuntamente con la oferta.
En el caso de que la garantía entregada contenga errores, se solicitará corregir dentro de los 5 días hábiles siguientes, so pena de no firmarse el contrato respectivo.
La no entrega de esta Garantía de Fiel y Oportuno Cumplimiento, dará lugar al cobro de la Garantía de Seriedad de la Oferta (si se ha solicitado en el proceso licitatorio) y el Hospital podrá readjudicar la Licitación o declarar Desierto el proceso.
La garantía podrá ser tomada por el oferente o por un tercero a nombre de él.
Custodia Las garantías serán custodiadas por la Unidad de Tesorería del Hospital.
Se hace presente que en el edificio ubicado en Avenida Froilán Roa 6542, funcionan distintas unidades del Hospital, por lo que será de exclusiva responsabilidad del proveedor entregar correctamente la garantía, en caso de que se entregue en un lugar distinto del indicado precedentemente, se tendrá por no presentado el documento.
En caso de que el Hospital determine necesario aumentar el contrato, el adjudicatario deberá renovar la garantía de fiel y oportuno cumplimiento, conforme al nuevo plazo y monto que se estime para estos efectos. La garantía original será devuelta una vez que se haya entregado la nueva garantía.
10.8.1.- Aumento de Garantía
Cuando el precio de la oferta presentada por un Oferente sea menor al 50% del precio presentado por el Oferente que le sigue, y se verifique por parte de la Entidad Licitante que los costos de dicha oferta son inconsistentes económicamente, la Entidad Licitante podrá a través de una resolución fundada, adjudicar esa oferta, solicitándole una ampliación de las garantías de fiel cumplimiento, hasta por la diferencia del precio con la oferta que le sigue.
10.9.- Devolución y Cobro de la Garantía de Fiel y Oportuno Cumplimiento del Contrato.
La garantía de fiel y oportuno cumplimiento del contrato se podrá hacer efectiva, en caso de incumplimiento por parte del proveedor de cualquiera de las obligaciones del Contrato, sin perjuicio de las multas que corresponda aplicar.
Para el cobro de la Garantía de Fiel y Oportuno Cumplimiento, se aplicará el mismo procedimiento utilizado para el cobro de multas, según lo establecido en estas Bases de Licitación.
La devolución de la garantía de fiel y oportuno cumplimiento del contrato se efectuará dentro del plazo de 10 días hábiles contado desde el término del contrato, y una vez acreditado que se han cumplido todas las obligaciones de dicho contrato, mediante Certificación de Conformidad, suscrito por el Jefe de la Unidad de Gestión de Contratos o quien lo subrogue, para tal efecto, al término del convenio.
Un representante de la empresa debidamente individualizado con poder especial ante notario podrá solicitar la devolución ante el Responsable de Contrato de la Unidad de Contratos del Hospital, caso en el que se comunicará a la Unidad de Tesorería.
10.10.- Resciliación Del Contrato por Mutuo Acuerdo.
Las partes podrán poner término al contrato de común acuerdo, en forma anticipada, suscribiendo el documento respectivo.
10.11.- Prohibición De Cesión
El adjudicatario no podrá ceder ni transferir en forma alguna, total ni parcialmente los derechos y obligaciones establecidos para esta adquisición y contratación. En lo referido a la cesión de los instrumentos y títulos de crédito que surjan del contrato, se estará a los artículos 74 y 75 del Decreto N°250 de 2004 del Ministerio de Hacienda que aprueba Reglamento de la ley N°19.886 de Bases de Contratos Administrativos de Suministro y Prestación de Servicios, particularmente al hecho que se notifique oportunamente dicho contrato o cesión y no existan obligaciones o multas pendientes.
10.12.- Subcontratación
Queda prohibida la subcontratación de los bienes y/o servicios contratados.
10.13.-Reajustabilidad de los Precios
El precio adjudicado será reajustado anualmente, según variación experimentada por el índice de precios al consumidor (IPC) de los últimos 12 meses anteriores a la fecha del reajuste.
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11.- DE LAS ACTIVIDADES |
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11.1.- Inicio de Actividades
El inicio formal de las actividades comenzara a regir una vez enviada la solicitud de servicio por parte del Referente técnico de contrato del Hospital, y considerando lo establecido en el numeral 5.3 “Del inicio del servicio” de las Bases Técnicas.
Dicha solicitud será enviada al correo electrónico del proveedor señalado en Anexo 01.
Con todo, la solicitud podrá ser enviada por el RRTT del Hospital, solo una vez formalizado el contrato.
Los adjudicatarios deberán ceñirse estrictamente a las instrucciones y coordinación que le sean impartidas por el Hospital de La Florida, a través del referente técnico.
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12.- MULTAS Y SANCIONES POR INCUMPLIMIENTO DE CONTRATO |
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12.1.- Término Anticipado Del Contrato
El Hospital podrá, previa calificación de las circunstancias y emisión de resolución fundada de su Director, poner administrativamente término al contrato, en forma anticipada, unilateral e inmediata, en caso de incumplimiento del contrato celebrado, considerándose como causales de dicho término, las indicadas en el artículo Nº13 de la Ley Nº19.886, en el artículo Nº77 del Decreto Nº250 de 2004 que contiene el Reglamento de la Ley N°19.886, además de las siguientes causales específicas:
a) La aplicación de dos o más multas dentro un plazo de tres (3) meses, durante la vigencia del contrato, cualquiera sea su fuente, de las enumeradas en el punto 12.3, o por la acumulación de multas cuyo monto total sea igual o superior al 30% del monto del contrato.
b) Cambio o modificación unilateral del precio ofertado, del servicio, condiciones de su oferta, calidad, u otra condición establecida por la Entidad u ofertada por el proveedor.
c) Realización de actividades que pongan en riesgo al establecimiento y/o a sus funcionarios.
d) Incurrir en falsedad en la documentación presentada relativa al servicio adjudicado.
e) Cuando la Empresa adjudicada, a juicio de la Unidad Técnica, demuestre incapacidad técnica para ejecutar el contrato o incumpliere las observaciones e instrucciones impartidas por la Unidad Técnica para la ejecución de este.
f) Si el proveedor fuere declarado en quiebra o cayera en estado de notoria insolvencia.
g) Si falleciese el proveedor o se disolviese la empresa o perdiere su personalidad jurídica. En tal evento, se procederá a efectuar la liquidación del contrato determinando las obligaciones que quedasen.
h) Si el adjudicatario cede o transfiere total o parcialmente los derechos y obligaciones que nacen de la presente licitación, y en especial los establecidos en el contrato definitivo, salvo que una norma legal especial permita la cesión de derechos y obligaciones. Lo anterior, es sin perjuicio que los documentos justificativos de los créditos que emanen de estos contratos podrán transferirse de acuerdo a las normas del derecho común.
i) Si la persona jurídica ha sido condenada penalmente de conformidad a la Ley Nº 20.393.
j) Si el adjudicatario cede o subcontrata total o parcialmente el contrato.
k) Si el adjudicatario durante la vigencia del contrato es condenado por prácticas antisindicales o infracción a los derechos fundamentales del trabajador, ejecutoriada o que cause ejecutoria dicha condena.
l) Las demás causales que se establezcan en la Ley Nº 19.886 y su normativa reglamentaria.
Terminado que sea en forma anticipada el contrato, siempre que se haya debido a responsabilidad del proveedor, el Hospital queda facultado para hacer efectiva la Boleta de Fiel y oportuno Cumplimiento de Contrato, sin que el adjudicatario tenga derecho a indemnización alguna.
12.2.- Amonestación
Constituye un documento firmado por las partes, que deja constancia de cualquier falta menor y objetiva, cometida por el adjudicatario, y que, en atención a su importancia, no está afecta a cobros pecuniarios, salvo que exista acumulación según se describe más adelante.
12.3.- Multas
El Hospital La Florida podrá, previa calificación de las circunstancias y resolución fundada del Director del Hospital, aplicar y cobrar multas al adjudicatario por incumplimiento de sus obligaciones contractuales, por el monto que se indica, y con un tope máximo de un 30% del total del contrato.
a) Se aplicará una multa de 20 UTM por vulnerar normas referidas al uso de información reservada o confidencial al que se tenga acceso en razón del servicio contratado.
b) Se aplicará una multa de 10 UTM por ocultar información respecto de irregularidades que atente contra los bienes del Estado y sus funcionarios o el servicio prestado por la Institución.
c) Se aplicará una multa de 3 UTM por la aplicación de 3 amonestaciones dentro de 2 meses.
d) Se aplicará una multa de 10 UTM por realizar declaraciones públicas a los medios de comunicación, entregar información clasificada o privilegiada del Hospital, de sus pacientes y/o funcionarios.
e) Se aplicará una multa de 3 UTM por no asistir a reuniones solicitadas de tipo presencial en dependencias del Hospital y/o por videoconferencias.
f) Se aplicará una multa de 1 UTM por cada día corrido de retraso en los plazos establecidos en el numeral 5.3 “Del inicio del servicio” de las Bases Técnicas.
g) Se aplicará una multa de 1 UTM por cada día corrido de retraso en la presentación de informes requeridos por Referente Técnico, en los plazos acordados entre las partes, según lo indicado en numeral 8 “Otros Informe” de las Bases Técnicas.
h) Se aplicará una multa de 50 UTM por cada mes en que el proveedor no cumpla con el pago de remuneraciones líquidas mínimas, según lo ofertado en su Anexo N°06 “Remuneración personal en prestación de servicio”.
i) Se aplicará una multa de 10 UTM si el proveedor no capacita al personal que presta servicios, en la forma y periodicidad establecida en el numeral 11 “Capacitación y certificaciones” de las Bases Técnicas.
j) Se aplicará una multa de 0,5 UTM por cada hora de retraso posterior al plazo establecido en el numeral 13 “Back Up” de las Bases Técnicas.
k) Se aplicará una multa de 1 UTM por cada día corrido de retraso en el reemplazo del personal evaluado deficientemente, posterior al plazo establecido en el numeral 15 de las Bases Técnicas.
El valor de la UTM será el que corresponde al día en que se emita la Resolución de aplicación de multa.
2.4.- Registro de Comportamiento
El proveedor que sea sancionado durante la vigencia del contrato, por aplicación de amonestaciones, multa(s), cobro de garantías o por causal imputable de término anticipado de contrato, será ingresado a los siguientes registros:
• Registro de Chileproveedores y
• Registro interno del Hospital Registro de Proveedores sancionados, que lleva la Unidad de Contratos del Hospital, para estos efectos.
La información en ellos registrada podrá ser utilizar en la evaluación del proveedor en futuros procesos de adquisición que lleve a cabo el Hospital y en cuyas bases se incorpore como herramienta para medir el correspondiente Criterio de Comportamiento Contractual Anterior.
12.5.- Procedimiento para aplicación de sanciones, cobro de multas y/o Término Anticipado de Contrato
La determinación de una situación o condición que diere lugar a la aplicación de una sanción, multa y/o termino anticipado de contrato, se originará a partir de un informe que emane desde el Referente Técnico administrador del contrato, dirigido a la Unidad de contratos del Departamento de Comercialización. Recibido el informe, ésta evaluará si la situación es de aquellas consideradas como causales para la aplicación de una sanción, multa y/o termino anticipado de contrato según Bases y tratándose de multas calculará los montos a pagar.
Tratándose de las sanciones o multas, la Unidad de gestión de Contratos notificará al adjudicatario, a través del módulo de sanciones del aplicativo de gestión de contratos dispuesto en www.mercadopublico.cl , por escrito a través de correo electrónico, al correo indicado por el proveedor en anexo 01 de su oferta, del informe emanado por el Referente Técnico Administrador de contrato/ o por ella y la causal que origina la sanción o Multa y si se trata de la aplicación de Multa , el monto a pagar, a fin de que el proveedor manifieste sus descargos acompañando todos los antecedentes que estime pertinente dentro del término de 5 días hábiles desde dicha notificación, a través del módulo gestión de contratos.
En el caso del término anticipado del contrato, la Unidad de gestión de Contratos notificará al adjudicatario, a través de carta certificada a la dirección indicada por el proveedor en el anexo 01 de su oferta, del informe emanado por el Referente Técnico Administrador de contrato/ o por ella y la causal que origina el término anticipado de contrato, a fin de que el proveedor manifieste sus descargos acompañando todos los antecedentes que estime pertinente dentro del término de 5 días hábiles desde dicha notificación.
Una vez vencido el plazo sin presentar descargos, el Hospital dictará la respectiva resolución aplicando la medida y detallando las circunstancias fácticas que hicieron procedente dicha sanción.
Si el adjudicatario hubiera presentado descargos en tiempo y forma, el Hospital tendrá un plazo de 30 días hábiles a contar de la recepción de los mismos para rechazarlos o acogerlos, total o parcialmente. Al respecto, el rechazo total o parcial de los descargos del proveedor deberá formalizarle a través de una resolución fundada del Hospital, en el cual deberá detallarse el contenido y las características de la sanción, Multa o el término anticipado de contrato según corresponda y si se trata de la aplicación de Multa, el monto a pagar.
La indicada resolución deberá notificarse al proveedor adjudicado mediante carta certificada remitida por la Unidad de Gestión de Contratos al proveedor a la dirección indicada en el Anexo N°1 e informarse en el módulo de sanciones del portal www.mercadopublico.cl.
Las notificaciones por carta certificada se entenderán practicadas a contar del tercer día siguiente a su recepción en la oficina de correos que corresponda. Contra la resolución que aplique la medida respectiva procederán los recursos establecidos en la Ley N°19.880, Ley de Bases de Procedimientos Administrativos que rigen los Actos de los Órganos de la Administración del Estado.
La entidad compradora tendrá la obligación de registrar las medidas indicadas en la presente clausula a través del módulo de gestión de contratos dispuesto en plataforma www.mercadopublico.cl.
12.6.- El pago de la multa podrá ser cobrado:
a) Directamente al adjudicatario quien deberá pagar dentro de los 10 días corridos desde su notificación, o
b) Se podrá descontar del estado de pago correspondiente. En este caso, se descontará del pago, no de la factura, es decir, el proveedor deberá facturar por el total sin descontar las multas que se le aplicasen. Estas serán descontadas al momento de girar el pago respectivo por parte de la Unidad Financiera, o
c) Con todo, de no hacer pago directo el proveedor o de no existir estado de pago pendiente, se podrá hacer el cobro de las multas haciendo efectiva la garantía de fiel y oportuno cumplimiento, sin más trámite.
12.7.- Procedimiento para interponer recurso:
El proveedor dispondrá de un plazo de cinco días hábiles, contados desde la notificación mediante carta certificada de la resolución fundada, remitida por la Unidad de gestión de Contratos al proveedor a la dirección indicada en el Anexo N°01, para impugnar dicho acto administrativo, debiendo acompañar todos los antecedentes que justifiquen eliminar, modificar o reemplazar la respectiva sanción, mediante un escrito o carta ante la autoridad máxima del servicio por la sanción aplicada. Esta presentación se debe realizar mediante carta certificada o con entrega presencial en la Oficina de Partes del Hospital. El Hospital tendrá un plazo no superior a 30 días hábiles para resolver el citado recurso. Mientras se encuentre pendiente la resolución de recurso de reposición, no se hará efectiva la respectiva sanción.
La resolución que acoja el recurso podrá modificar, reemplazar a dejar sin efecto el acto impugnado. Ahora bien, en el caso de multas, que sean finalmente cursadas, sea total o parcialmente, ésta se hará efectiva mediante el cobro directo en un plazo máximo de 20 días, debiendo pagar en un plazo de hasta 10 días una vez notificado el cobro, o bien, se hará efectivo a través del cobro de la o las garantías de fiel cumplimiento, según cuál sea el caso.
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13.- DE LA GARANTÍA TÉCNICA DE LOS SERVICIOS ADJUDICADOS |
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El oferente se obliga a mantener una garantía técnica de los productos, por sobre la garantía obligatoria legal, según lo establecido en la normativa vigente para esta materia durante toda la vigencia del Contrato más 120 días hábiles.
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14.- DE LA FACTURACIÓN |
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El oferente por el sólo hecho de presentar su oferta renuncia a sus políticas de facturación y se somete al requerimiento del Hospital, en consecuencia, no podrá imponer el oferente un monto mínimo de facturación para ningún efecto.
El oferente solo podrá facturar la Orden de Compra aceptada, una vez que esta se encuentre con su recepción conforme publicada en el portal mercadopublico.cl
En caso de que la factura presente algún error o no cuente la orden de compra respectiva con la recepción conforme señalada anteriormente, el Hospital dispondrá de 08 días corridos para hacer las observaciones correspondientes al adjudicatario o rechazarla. El proveedor dispondrá de 08 días corridos para subsanar si se tratara de errores subsanables. La nueva factura o Nota de Crédito según sea el caso, sufrirá el mismo trámite formal que el documento original, salvo que, por tratarse de una segunda tramitación, el plazo para su pago será de 20 días hábiles desde su recepción conforme por parte del Hospital.
La facturación, quedará sujeto a las prestaciones efectivamente ejecutadas en el mes.
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15.- DEL PAGO |
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La obligación de pago por parte del Hospital se perfecciona a partir de la comunicación que realice la Unidad de Contratos del Departamento de Comercialización del Hospital al Departamento de Finanzas, previa confirmación de los siguientes antecedentes:
a) Orden de Compra aceptada por el proveedor en el portal www.mercadopublico.cl.
b) El acta de recepción conforme firmada por el Referente Técnico Administrador del contrato.
c) Formulario F30, Solicitud de Certificado de Antecedentes Laborales y Previsionales.
d) La eventual aplicación de multas y sanciones.
e) Recepción en plataforma SAP del Hospital, si corresponde.
f) Recepción conforme en la plataforma de Mercado Público, siendo esta última recepción en el portal, la que dará origen a la facturación electrónica.
Para iniciar el proceso de pago de manera correcta y oportuna, es fundamental que el adjudicatario haya aceptado expresamente la orden de compra en la plataforma de mercado público.
El pago de facturas se realizará en 30 días corridos por Tesorería General de La República, desde la fecha de la aceptación de la correspondiente factura.
La recepción conforme de los bienes y/o los servicios, conlleva la validación y emisión de OC lo cual se realizará en 10 días hábiles. Lo anterior se funda en los plazos internos existentes, considerando los procesos administrativos de la institución.
En caso que el adjudicatario registre saldos insolutos de remuneraciones o cotizaciones de seguridad social con sus actuales trabajadores o con trabajadores contratados en los últimos dos años, aplicará lo estipulado en el artículo 4º de la Ley 19.886.
15.1.- Pagos con Trasferencias Electrónicas
La Tesorería General de la República está facultada para realizar pagos a través de transferencia electrónica a los proveedores que completen de manera correcta la autorización notarial adjunta para pago con transferencia electrónica.
Una vez completado, este mandato debe ser legalizado ante notario y posteriormente debe ser entregado en Tesorería o Secretaria de Finanzas del Hospital de La Florida, ubicada en el tercer piso de la institución. Este mandato una vez entregado, no puede ser modificado por el oferente durante la duración del contrato.
AUTORIZACIÓN NOTARIAL PARA PAGO CON TRANSFERENCIA ELECTRÓNICA
Yo, ____________________________________________ , RUN: _________________________, en calidad de representante legal de la empresa, ________________________________________________
R.U.T. _______________________________ ; autorizo al Hospital Clínico La Florida Dra. Eloísa Díaz Insunza, para que pague con transferencia electrónica bancaria, documentos por cobrar que existan con dicha entidad, en la cuenta que detallo a continuación:
Cta. Corriente Cta. Débito Cta. de Ahorro Cta. Vista
Nº Cuenta:
Banco:
R.U.T. empresa:
Nombre empresa:
Mail confirmación de pago:
Firma Representante Legal
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16.- RESPETO DE LA NORMATIVA DEL HOSPITAL LA FLORIDA Y DEBIDO CUIDADO A SUS BIENES |
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Para la ejecución del contrato, el Hospital permitirá la entrada del personal del adjudicatario, debidamente acreditado, a las dependencias involucradas en la ejecución de éste. En tal caso, el personal del adjudicatario deberá solicitar acatar las medidas de resguardo y control de los recintos institucionales y el adjudicatario será responsable, y quedará obligado a la reparación o reposición, de cualquier desperfecto, daño o perdida que puedan sufrir el inmueble del Hospital La Florida y/o los bienes muebles que lo guarnecen. Cabe hacer presente, que el ingreso tanto el adjudicatario como su personal al Hospital La Florida, para efectos de ejecutar su contrato, estarán sujetos a protocolos de seguridad que deberá coordinar con el funcionario designado para tal efecto y que será oportunamente informado.
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17.- ADMINISTRACIÓN Y FISCALIZACIÓN DEL CUMPLIMIENTO DEL CONTRATO. |
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17.1.- Administración por parte del Hospital
Con el objeto de coordinar y controlar el correcto cumplimiento del contrato, se designa al Sr. Cristopher Rosel, jefe de Unidad de Soporte e Infraestructura TI o quien sea titular del mismo cargo al momento de la ejecución del contrato, o quien lo subrogue, en calidad de Referente Técnico Administrador del Contrato, quien, junto a la Unidad de Gestión de Contratos del Hospital la Florida, tendrán las siguientes responsabilidades:
Referente Técnico del Contrato:
• Fiscalizar el estricto y oportuno cumplimiento de las obligaciones contractuales, en especial la calidad y/o entrega del servicio.
• Validar la recepción conforme, cuando corresponda.
• Proponer la aplicación de multas, en caso de verificarse alguna de las infracciones consignadas en las presentes bases, notificando la infracción o incumplimiento a través de un informe, a la Unidad de Contratos.
Unidad de gestión de Contratos:
• Administración y Gestión Administrativa del Contrato.
• Mantener actualizado un archivo con la totalidad de los antecedentes del contrato.
• Llevar registro de sanciones y multas aplicadas al proveedor.
• Llevar el control del consumo y ejecución del contrato hasta su término en cuanto a su precio total.
• Proveer el estado de recepción conforme del servicio e informar los descuentos y/o multas a que hubiere lugar, para que se verifique el pago por parte de la Unidad de Finanzas.
• Revisar procedencia y autorizar la devolución de la garantía de fiel y oportuno cumplimiento del contrato o solicitar se haga efectiva, si procede.
En general, ambos deberán desarrollar todas las acciones referidas al control y gestión de las acciones que faciliten la ejecución del contrato y recepción conforme.
Sin perjuicio de lo anterior, se establece que el Hospital podrá modificar la designación del Referente Técnico del Contrato, en cualquier momento durante la ejecución del contrato, de lo cual dará aviso oportuno al proveedor vía correo electrónico.
17.2.- Encargado del Contrato por parte del Proveedor
Por su parte, el adjudicatario deberá designar un Encargado de Contrato que se relacionará con el Administrador del contrato para los efectos señalados y que deberá señalar en su Anexo N°1.
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18.- LEY Nº 20.584. |
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Tanto el adjudicatario como su personal, deberán en todo momento observar estrictamente la normativa que establece la Ley Nº 20.584, que Regula Los Derechos y Deberes que tienen las Personas en relación con acciones vinculadas a su atención de salud.
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19.- DEBER DE CONFIDENCIALIDAD |
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Durante el desarrollo del contrato, como al término de éste, el adjudicatario y/o su personal no podrá divulgar o hacer uso de la información a que haya tenido acceso con ocasión del mismo, constituyendo su infracción, incumplimiento grave de su obligación de confidencialidad, facultando al Hospital La Florida para ejercer las acciones judiciales que estime pertinentes para el resarcimiento de todos sus perjuicios. Lo anterior, teniendo en especial consideración lo dispuesto en la Ley Nº 19.628 de Protección de Datos de Carácter Personal.
El proveedor no podrá utilizar para ninguna finalidad ajena a la ejecución del servicio contratado, la documentación, los antecedentes y, en general, cualquier información, que haya conocido o a la que haya accedido, en virtud de la ejecución del contrato, o de cualquier actividad relacionada con éste durante la vigencia del mismo.
El proveedor, así como sus consultores y/o personal dependiente que de una u otra manera se haya vinculado a la ejecución de los servicios, en cualquiera de sus etapas, deben guardar confidencialidad sobre los antecedentes vinculados con el desarrollo de dichos servicios.
La responsabilidad del respectivo proveedor en este ámbito, será solidaria respecto de la de sus administradores, representantes, personeros, empleados, consultores, subcontratistas o cualquier tercero quien en función de su cargo tenga acceso a la documentación, antecedentes, datos e información, en cualquiera de sus formas, entregadas por el proveedor del servicio.
El proveedor debe dar garantías respecto al resguardo de la confidencialidad de la información, reservándose la Entidad contratante el derecho de ejercer las acciones legales que correspondan, de acuerdo a las normas legales vigentes.
Las partes declaran y reconocen que toda la información que derive del uso de la aplicación y/o solución licitada, generada exclusivamente con motivo de los servicios materia de este proceso y toda información que a partir de ella pudiese derivarse, será reservada y confidencial, no pudiendo ninguna de ellas, reproducir, usar, gozar, distribuir, comercializar de cualquier forma dicha información.
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20.- DE LA SEGURIDAD DE LA INFORMACIÓN |
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El proveedor deberá dar cumplimiento a la normativa vigente aplicable al contrato, durante toda su vigencia. En especial deberá dar cumplimiento a los siguientes cuerpos normativos:
• Normativa del sector salud: DFL N° 1, del 24 de abril de 2006, Ministerio de Salud, que fija el texto refundido, coordinado y sistematizado del Decreto Ley N° 2.763, de 1979 y de las leyes N° 18.933 y 18.469; DFL N° 725, Ministerio d Salud, Código Sanitario; la Ley N°20.584, referida a Deberes y Derechos que tienen las Personas en relación con acciones vinculadas a su Atención de Salud ; Decreto N° 41, del 24 de julio 2012, del Ministerio de Salud, Reglamento de Ficha Clínica; Decreto N° 31, del 15 de junio 2012, del Ministerio de Salud, Reglamento sobre entrega de información y expresión de consentimiento Informado en las atenciones de Salud; ley 20.724, del 2014, que modifica el Código Sanitario en materia de la regulación de medicamentos; ley 20.850, del 2016, que crea un sistema de protección financiera para diagnósticos y tratamientos de alto costo y rinde homenaje póstumo a don Luis Ricarte Soto Gallegos; ley 19.966, de 2004, que establece un régimen de garantías de salud; Ley 19.650, que perfecciona normas del área de la salud; ley 20.120 de 22 de septiembre 2006, sobre la investigación científica en el ser humano, su genoma, y prohíbe la clonación humana y demás normativa del área de la salud.
• En Materia de documentos electrónicos: Ley 19.799 del 12 abril de 2002 y su normativa complementaria, especialmente el Decreto Supremo N° 83, del Ministerio Secretaría General de la Presidencia, publicado el 12 de enero de 2005 en el Diario Oficial; El Decreto N°14, de 2014, del Ministerio Secretaría General de la Presidencia.
• En materia de protección de datos personales: el art.19 N°4 de la Constitución Política de la República y la ley de protección de datos personales N° 19.628 y su normativa complementaria; la ley 20.575 sobre el principio de la finalidad en el tratamiento de datos personales.
• En materia de delitos informáticos: lo dispuesto en la ley 19.223 sobre delitos informáticos. Ley 20.009 sobre clonación de tarjetas de crédito.
• Leyes de aplicación general: Ley 19.880 de bases de los procedimientos administrativos; Ley NUM 21.180, de transformación digital del Estado; ley 20.285 de transparencia y acceso a información pública; Ley 19.886 de compras públicas.
En caso de que alguna de estas normas sea modificada o sustituida el proveedor deberá adaptarse a los requerimientos de la nueva normativa.
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II. BASES TÉCNICAS |
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II. BASES TÉCNICAS
1.- OBJETO
El objetivo de las presentes bases técnicas, es describir los aspectos técnicos que requiere la adquisición del “SERVICIO DE PROFESIONALES Y TÉCNICOS PARA MESA DE AYUDA TI DEL HOSPITAL LA FLORIDA”.
2.- DEL SERVICIO
El objetivo principal del servicio es cubrir las necesidades de soporte en modalidad de turnos rotativos, administración Datacenter, administración de Bases de Datos para todos los posibles requerimientos de las distintas unidades clínicas y administrativas que tengan relación con las tecnologías utilizadas en el hospital, ya sean, Sistemas Propios y externos, servicios TI, estaciones de trabajo, hardware y software en general.
El proveedor debe mantener siempre igual cantidad de funcionarios según contrato adquirido con el HLF, para lo cual, ante ausencias, deberá reemplazar con otro funcionario de similar calificación.
En el caso que durante la ejecución del contrato sea necesario cubrir nuevos puestos de características similares, se realizará la solicitud al proveedor adjudicado de la cotización y previa validación será agregado al convenio vigente.
ÍTEM SERVICIO CANTIDAD MONTO GASTO ESTIMADO PARA 24 MESES EN UTM CON IVA INCLUIDO
1 SERVICIO DE PROFESIONALES Y TÉCNICOS PARA MESA DE AYUDA TI DEL HOSPITAL LA FLORIDA 24 MESES 11.529 UTM
PROFESIONAL Y/O TÉCNICO REQUERIDO CANTIDAD ESTIMADA REQUERIDA
TÉCNICO NIVEL 1 8
TÉCNICO TALLER 3
ADMINISTRADOR DE SISTEMAS 1
SOPORTE NIVEL 2 3
El SERVICIO requerido en esta adquisición debe cumplir además de la especificación técnica propia del servicio, establecida para cada uno de ellos en el Anexo N°03 publicado en el portal www.mercado publico.cl, con todos y cada uno de los requerimientos señalados en estas Bases Administrativas y Técnicas.
El formato Excel ANEXO 03, de las especificaciones técnicas no podrá ser modificado y solo se deberán contestar las preguntas allí expresadas. Si requiere entregar alguna explicación anexa de algún requerimiento solicitado debe indicarlo en la columna Comentarios del oferente.
3. OBJETIVOS ESPECÍFICOS:
Contar con personal calificado en las distintas áreas de TI, tales como:
- Soporte Técnico Nivel 1.
- Taller de Preparación, mantención y reparación de Equipos.
- Administración de Sistemas.
- Dar continuidad operativa a la recepción de requerimientos de asistencia técnica
- Entregar soluciones eficientes y al menor tiempo
- Establecer disponibilidad permanente (7X24) de soporte técnico para usuarios del HLF
- Derivar las solicitudes hacia proveedores de servicios del HLF en horario continuado
- Soporte Nivel 2
Todo esto con el fin de garantizar la continuidad operativa del hospital en cuanto a servicios y sistemas informáticos en modalidad 24x7.
4.- CONDICIONES GENERALES
El servicio que se licita, tiene por finalidad contar con personal externo, para prestar funciones en las distintas unidades del HLF, para el adecuado y oportuno tratamiento y atención de los pacientes institucionales
El Hospital llevará registro del personal que preste el servicio, estamento, fecha y turnos efectivamente realizados y generará la Orden de Compra correspondiente al mes vencido.
5.- DEL PERSONAL QUE PRESTARÁ SERVICIOS
El personal Técnico presente en la oferta debe poseer experiencia en el área de Tecnologías de la Información y prestando soporte técnico informático o de redes. El personal Especialista debe contar con una experiencia en administración de plataformas de virtualización, servidores, implementación de máquinas virtuales, soluciones de respaldo.
Para el siguiente convenio, se establece la necesidad inicial de contar con los siguientes cargos:
5.1- Características del Personal Técnico:
5.1.1 Descripción del Cargo Técnico Nivel 1
Proveer de un soporte continuo y especializado apoyando a la operación general TIC del Hospital, dando soluciones a problemas de instalación, reparación y mantención de estaciones de trabajo correspondientes a soluciones TI del hospital propios o externalizados, ya sea de manera telefónica, presencial o remota, generando documentación en la bitácora de trabajo dispuesta en el software de mesa de ayuda del área de soporte TIC, mantener el inventario TI actualizado realizando los checklist, actas de documentación de entregas, cambios, modificaciones, movimientos y protocolos definidos en flujos de inventario TI definidos por el hospital, además de cumplir con otras tareas relacionadas con su área encomendado por su contraparte técnica del Hospital.
El personal que prestará servicios como Técnico Nivel 1, deberá contar con el siguiente requisito obligatorio:
a) Estudios de carácter Obligatorio (Deberá adjuntar certificado de título de cada persona en su oferta)
o Título Técnico de una carrera del área de Tecnologías de la Información, de a lo menos cuatro semestres de duración, otorgado por una Universidad o Instituto Profesional del Estado o reconocido por éste o aquellos validados en Chile de acuerdo con la legislación vigente.
El personal que prestará servicios como Técnico Nivel 1, deseablemente debe contar con alguna(as) de las siguientes especializaciones y/o certificaciones:
b) Estudios de Especialización deseables:
o Redes y telefonía
o Administración de Servidores y Servicios
o Administración de Correos
o Sistemas Operativos
o Hardware y Software en General
c) Certificaciones en Herramientas Informáticas deseables:
o Manejo de Office a nivel avanzado.
o Herramienta de gestión de ticket
o Herramientas de Virtualización
o Herramientas de Seguridad
o Herramientas Redes, Datos y Telefonía
o Herramientas De Correo Electrónico propietarias y open source
o Herramientas de antivirus
o Herramientas de monitorización
o Sistemas de impresión
o Administración de cuentas de correo electrónico (Windows, Mac, Linux, u otros)
o Administración y soporte de Sistemas Operativos (Windows, Mac, Linux, u otros)
o Conocimientos y manejo a nivel de soporte para Hardware y Software en General.
5.1.2- Descripción del Cargo Técnico de Taller
Proveer de un soporte continuo y especializado apoyando a la operación general TIC del Hospital, dando soluciones a problemas de instalación, reparación y mantención de estaciones de trabajo correspondientes a soluciones TI en el área designada para taller del hospital, generando documentación en la bitácora de trabajo dispuesta en el software de inventario de mesa de ayuda del área de soporte TIC, mantener el inventario TI actualizado realizando los checklist, actas de documentación de entregas, cambios, modificaciones, movimientos y protocolos definidos en flujos de inventario TI del hospital, administrar sistema de inventario manteniendo en todo momento actualizado el reporte de equipos en estados de: uso, baja, reparación, mantención y nuevos, planificar y ejecutar tareas relacionadas con implementaciones de parques computacionales y proyectos TI de terceros que incluyan activos propios de TI, además de cumplir con otras tareas relacionadas con su cargo encomendado por su contraparte técnica del Hospital.
El personal que prestará servicios como Técnico Taller, deberá contar con el siguiente requisito obligatorio:
o Estudios de carácter Obligatorio
Título Técnico de una carrera del área de Tecnologías de la Información, de a lo menos cuatro semestres de duración, otorgado por una Universidad o Instituto Profesional del Estado o reconocido por éste o aquellos validados en Chile de acuerdo con la legislación vigente.
El personal que prestará servicios como Técnico Taller, deseablemente debe contar con alguna(as) de las siguientes especializaciones y/o certificaciones:
o Estudios de Especialización deseables:
Redes y telefonía
Administración de Servidores y Servicios
Administración de Correos
Sistemas Operativos
Hardware en General
o Certificaciones en Herramientas Informáticas deseables:
Manejo de Office a nivel avanzado.
Herramienta de gestión de ticket
Herramientas de Virtualización
Herramientas de Seguridad
Herramientas Redes, Datos y Telefonía
Herramientas De Correo Electrónico propietarias y open source
Herramientas de antivirus
Herramientas de monitorización
Sistemas de impresión
Administración de cuentas de correo electrónico (Windows, Mac, Linux, u otros)
Administración y soporte de Sistemas Operativos (Windows, Mac, Linux, u otros)
Conocimientos y manejo a nivel de soporte para Hardware y Software en General.
Armado y Desarmado de Computadores de Escritorio (all in one y CPU) y Notebook.
5.1.3- Descripción del Cargo Administrador de Sistemas.
Mantener continuidad operativa de los sistemas informáticos del hospital alojados en los servidores ya sean físicos, virtuales o cloud, realizar puesta en marcha e implementación de sistemas del hospital y liderar proyectos de implementación de sistemas nuevos con terceros como referente técnico en el área de infraestructura, mantener el inventario de activos correspondientes a Datacenter y Sistemas, generar documentación de bases técnicas, protocolos, procedimientos y manuales de procesos asociados a la administración de sistemas, administrar sistemas de respaldo de máquinas según protocolo definido por el hospital.
La persona requerida para este cargo deberá poseer las siguientes habilidades y/o competencias:
Instalación de Sistemas Operativos Desktop Windows en sus diferentes versiones.
Instalación de Sistemas Operativos Desktop Linux.
Instalación de Sistemas Operativos Windows Server desde 2003, 2008, 2012, 2019 y posteriores.
Instalación de Sistemas Operativos Linux Server distribuciones RedHat, Debian, Oracle en sus diferentes versiones.
Servicios asociados a Windows Server
- Active Directory
- DHCP
- DNS
- IIS
- FTP
- WSUS
Servicios asociados a Linux Server
- CIFS
- SMB
- FTP
- APACHE
- NGINX
Instalación, Configuración y administración de motores de Bases de Datos
- Oracle
- SQL Server
- MySql
- Mariadb
Instalación, Configuración y administración de Sistemas de Correo Electrónico
- Office 365
- Zimbra
- Microsoft Exchange
Instalación, Configuración y administración de sistemas de virtualización
- VMWARE
- HYPER-V
- PROXMOX
Instalación, Configuración y administración de sistemas de Respaldo
- Veem Backup
- Veritas Backup
- Backup Excec
Instalación, Configuración y administración de sistemas de administración y gestión de servidores físicos
- Xclarity
Instalación, Configuración y administración de sistemas de monitoreo activo de servidores y servicios
- Zabbix
- Nagios
- PRTG
- Manage Engine
Instalación, Configuración y administración de otros servicios
- OBS Studio
- GitLab
- Alfresco
- SVN
- PHPIPAM
El personal que prestará servicios como Administrador de Sistemas, deberá contar con el siguiente requisito obligatorio:
o Estudios de carácter Obligatorio
Título de una carrera del área de Tecnologías de la Información, Otorgado por una Universidad, Instituto Profesional del Estado, Centro de Formación Técnica, Técnico de Nivel superior, Técnico Profesional o reconocido por éste o aquellos validados en Chile de acuerdo con la legislación vigente.
5.1.4- Descripción del Cargo SOPORTE NIVEL 2
Asegurar la gestión administrativa del nivel de servicio 2 con el hospital y con los proveedores de servicios de software y hardware, con el objetivo de dar continuidad y seguimiento a las incidencias escaladas y reportadas a los proveedores de servicios del Hospital Metropolitano Dra. Eloísa Diaz Insunza de la Florida, fortaleciendo la administración de servidores y en los sistemas de la red, contribuyendo a mejorar la conectividad y el funcionamiento clínico, con foco en el bienestar de los usuarios. Deberá trabajar en constante relación con encargado SYSADMIN y Encargado de Redes.
La persona requerida para este cargo deberá poseer las siguientes habilidades y/o competencias:
Conocimiento en Windows Server Active Directory.
Conocimiento Servicios O365.
Conocimiento sistemas operativos VMware
Conocimiento Sistemas operativos Windows Server y Linux
Conocimiento en Administración y Configuración de Plataforma de Monitoreo.
Conocimiento en Contratos de servicios de infraestructura.
Conocimiento en Niveles de Servicio.
Conocimiento herramientas de respaldo.
Conocimiento en Mesa de Ayuda
Conocimiento en Administración y Configuración de Plataforma de Monitoreo.
Conocimiento en Contratos de Redes y Telecomunicaciones.
Conocimientos de Comunicaciones y Seguridad en redes,
Conocimiento en Niveles de Servicio.
Normas Técnicas de cableado estructurado, Protocolos de Redes y Conectividad, Políticas seguridad en RED.
Administración y configuración de Switch.
El personal que prestará servicios como soporte nivel 2 deberá contar con el siguiente requisito obligatorio:
o Estudios de carácter Obligatorio
Título Profesional de una carrera del área de Tecnologías de la Información, de a lo menos ocho semestres de duración, otorgado por una Universidad o Instituto Profesional del Estado o reconocido por éste o aquellos validados en Chile de acuerdo con la legislación vigente.
5.2.- DEL HORARIO DE PRESTACIÓN DE SERVICIOS
Para el personal que prestará servicios en el HLF, se establecen los siguientes horarios:
a) Técnico Nivel 1
Turnos rotativos 5 días trabajados por 2 días libres en horarios acordes con el fin de cumplir la ley 21.561, por lo que el oferente deberá ajustarse a todas las modificaciones de dicha ley.
Los horarios de cada turno se describen en la siguiente tabla:
Este horario se mantendrá por los primeros 6 meses desde la implementación del contrato, luego se realizará modificación y se informará con 1 mes de anticipación por parte del administrador del contrato.
Se define como nombre de turno “4to Turno” este se compone de Turno Dia, luego turno noche y dos días libres rotativos.
Lunes a Domingo
Turno Entrada Salida
Turno Dia 08:00 20:00
Turno Noche 20:00 08:00
El horario puede ser modificado bajo solicitud del administrador del contrato y/o quien el hospital designe, este horario también será modificado de acuerdo a la ley 21.561 en los plazos estipulados en ella.
El calendario de turnos definitivo que deberán cumplir los Técnicos Nivel 1 será entregado por el Referente Técnico al proveedor adjudicado, el cual se estructurará en base a los horarios de cada turno indicado en la tabla anterior.
b) Administrador de Sistemas
Turnos Fijos de lunes a viernes de 08:00 a 17:00 horas excepto días feriados (sin perjuicio de los turnos de emergencia regulados en numeral 10, que pueden ser cualquier día del año) y ajustándose a la ley 21.561 y sus modificaciones. Además, el oferente deberá proveer de una asignación de remuneración de turnos de emergencia por llamados fuera de horario.
c) Técnico Taller:
Turnos Fijos de lunes a viernes de 08:00 a 17:00 horas excepto días feriados y ajustándose a la ley 21.561.
d) Soporte Nivel 2:
Turnos Fijos de lunes a viernes de 08:00 a 17:00 horas excepto días feriados y ajustándose a la ley 21.561.
El adjudicatario deberá proveer a los funcionarios un sistema de marcación vía reloj control en las dependencias de hospital la florida con el fin de que su personal realice marcación presencial de su horario laboral.
5.3.- DEL INICIO DEL SERVICIO
El proveedor que sea adjudicado, deberá enviar la documentación del personal que prestará servicios en el HLF dentro de los 5 días siguientes a la solicitud del Referente Técnico, la cual será revisado para su validación por parte del Referente Técnico del hospital, con esta visación se coordinará el inicio del servicio.
En caso de que el personal presentado no sea el mismo que el proveedor presentó en su oferta, el nuevo personal deberá cumplir con todos los requisitos obligatorios establecidos en estas bases y con las mismas características de la persona reemplazada. En caso de no cumplirse lo anteriormente indicado, se solicitará al proveedor proponer otra(s)persona(s) para validación de antecedentes, donde la documentación deberá ser enviada dentro de los 3 días siguientes.
No se podrá hacer inicio de funciones sin la validación del Referente Técnico del hospital.
Si en el ejercicio de sus funciones se determina que el desempeño de algunas de las personas que presta el servicio es deficiente o insatisfactorio, el Hospital solicitará su reemplazo al proveedor, quien deberá presentar un reemplazo dentro de las 48 hrs posteriores a la solicitud, debiendo cumplir lo establecido en párrafo segundo del presente numeral respecto al cumplimiento de requisitos.
6.-RESPONSABILIDADES Y FUNCIONES DEL ADJUDICATARIO
Al inicio del convenio se acordará un protocolo que, junto a las actividades citadas en el punto anterior, dentro de las principales obligaciones y responsabilidades del adjudicatario podrá agregar las siguientes:
a) Asistir al Hospital a prestar los servicios señalados en el presente contrato, en los días y horarios programados para tal efecto por el Hospital.
b) Cumplir con las normas y procedimientos internos establecidos por la institución (registros, protocolos, procedimientos, entre otros).
c) Cumplir estrictamente la norma de seguridad y usar correctamente los elementos de protección personal.
d) Efectuar los registros tanto clínicos como administrativos, en los sistemas documentales que posea el Hospital, sean estos en formato papel y/o electrónicos, usando la terminología del Sistema Informático del HLF. Para ello, el personal del oferente deberá ser capacitado un día completo, previo al inicio efectivo de actividades, lo cual será coordinado con Referente técnico del hospital.
e) Resguardar la integridad del equipamiento y la infraestructura utilizada. En caso de daño, perdida, mal uso o desperfectos, y que se compruebe que fueron causados por el personal del proveedor, estos deberán ser reparados y/o repuestos, con cargo integral a los recursos del adjudicatario y/o a sus pagos.
f) Mantener un ambiente de respeto profesional y personal con los colegas, personal de la unidad, y funcionarios(as) del HLF.
g) Deberán ceñirse estrictamente a las instrucciones y coordinación que le sean impartidas por el Hospital, a través de la jefatura correspondiente o por parte del equipo técnico del Hospital
h) Guardar total confidencialidad de la información.
i) Todo el personal debe portar identificación visible.
j) Todo personal nuevo debe llegar al HLF con los datos básicos de cuál será su lugar de desempeño, contraparte técnica respectiva y labores que realizará.
k) El proveedor debe mantener siempre igual cantidad de personal prestando servicio según contrato adquirido con el HLF, para lo cual, ante ausencias, deberá reemplazar con otra persona de similar calificación.
l) Realizar informe y seguimiento del tránsito de equipamiento tanto dentro del Hospital como fuera de él. Esto hace referencia al envió de equipos al proveedor o cualquier situación anómala de esto.
m) Mantener y/o ayudar a la unidad a registrar movimientos de equipo, por instalación o cambios.
n) Mantener el inventario de equipamiento actualizado.
o) Preocuparse de la correcta mantención de los recursos físicos y de la unidad.
7.- DE LAS OBLIGACIONES Y RESPONSABILIDADES DEL HOSPITAL
a) Las labores que deberá cumplir el adjudicatario serán informadas según procedimiento definido al inicio del convenio por el Referente Técnico, considerando la demanda del Hospital.
b) El Hospital pondrá a disposición del adjudicatario, los recursos materiales, equipos e insumos, que sean necesarios para la ejecución de una prestación técnicamente calificada y en un marco de seguridad aceptable. Asimismo, pondrá a disposición de los adjudicatarios, el personal técnico de apoyo necesario cuando sea pertinente para los fines antes citados.
c) El Hospital se obliga a cumplir con la Ley Nº 20.584 que regula los derechos y deberes que tienen las personas en relación con acciones vinculadas a su atención en salud.
d) El Hospital se obliga a guardar confidencialidad de los antecedentes clínicos de los pacientes.
8. OTROS INFORMES
Al inicio del contrato, las partes podrán acordar además de los informes de desempeño, algunos informes de gestión o de otro tipo a requerir por la administración del contrato. Para esto, se definirá su objeto, alcance y periodicidad.
9.- ASIGNACION DE TURNO DE EMERGENCIA
Con el fin de mantener la continuidad operativa de los sistemas en cuanto a administración de infraestructura TI y bases de datos para el hospital, es fundamental contar con un servicio de soporte a estas áreas, en modalidad 24x7. Para lo cual el oferente debe proponer una modalidad de soporte remoto por turnos, para el Administrador de sistemas, por lo que semanalmente deberá tener un turno de alarma fuera de horario, donde ante emergencias definidas por el hospital, el profesional deberá entregar soporte remoto o presencial si es necesario.
Lo anterior, se pagará al proveedor en base al 0.8% de la remuneración líquida ofertada por el proveedor en su anexo N°06.
10. HORAS DE SERVICIO EXTRAORDINARIAS
Para las horas de servicio extraordinaria, es decir, que superen el horario establecido en el numeral 5.2 de Bases Técnicas y que se requieran dentro del marco legal, el oferente debe contar con disponibilidad para prestar el servicio por cada cargo.
El hospital podrá disponer de estas horas en cualquier momento en común acuerdo con el adjudicatario
El valor de la hora de servicio extraordinaria se define en la siguiente tabla:
CARGO VALOR HORA DE SERVICIO EXTRAORDINARIA DIURNA VALOR HORA DE SERVICIO EXTRA ORDINARIA NOCTURNA
TECNICO NIVEL 1 VALOR HORA + 50% DEL VALOR HORA VALOR HORA AL DOBLE
TECNICO TALLER VALOR HORA + 50% DEL VALOR HORA VALOR HORA AL DOBLE
SOPORTE NIVEL 2 VALOR HORA + 50% DEL VALOR HORA VALOR HORA + 75% DEL VALOR HORA
ADMINISTRADOR DE SISTEMAS VALOR HORA + 50% DEL VALOR HORA VALOR HORA + 75% DEL VALOR HORA
El oferente deberá indicar el valor de la hora de servicio por cada cargo en su anexo N°07, con el fin de realizar el cálculo del valor de la hora de servicio extraordinario en caso de ser requerido, según lo indicado en la tabla anterior.
CARGO CANTIDAD DE HORAS DE SERVICIO EXTRAORDINARIO ESTIMADAS
TECNICO NIVEL 1 40 MESUALES
TECNICO TALLER 40 MESUALES
ADMINISTRADOR DE SISTEMAS 10 MENSUALES
SOPORTE NIVEL 2 20 MENSUALES
11. CAPACITACION Y CERTIFICACIONES
El oferente tendrá el deber de capacitar al personal que preste servicios al menos una vez cada 6 meses en materias relacionadas según descripción de cada cargo, por lo que cada uno de ellos deberá contar con uno o más cursos impartidos por algún centro de capacitación reconocido, con una duración de a lo menos 50 horas semestrales e informar del diploma al hospital. El personal que preste servicios deberá, cumplido el plazo de 6 meses, cumplir con la cantidad de horas aprobadas, las cuales serán parte de su calificación semestral.
Para el cargos de administrador de sistemas, el oferente deberá cumplir con la entrega de voucher (pago de examen de certificación) de una certificación relacionada con el cargo (según la descripción de cada cargo establecida en estas bases) a costo del oferente, cada vez que sea necesario para mantenerla vigente, y el profesional o técnico tendrá el deber de estar certificado durante la duración del contrato, este punto es obligatorio y excluyente para la continuidad del personal en el hospital.
El profesional que la empresa disponga debe contar con certificación Vigente durante toda la vigencia del contrato para el administrador de sistemas.
12. LUGAR PRESTACION DE SERVCIOS
El servicio deberá prestarse en dependencias del Hospital La Florida, ubicado en Avenida Froilán Roa 6542, comuna de La Florida.
13. BACK UP.
El adjudicatario deberá contar con personal en back up durante toda la vigencia del contrato, procurando que el servicio se preste con el total de las personas requeridas durante todo el tiempo requerido, so pena de la aplicación de multas o sanciones que correspondan.
El proveedor tendrá 3 horas como plazo máximo para cubrir a la persona faltante desde la notificación de no presentación de alguna de ellas por parte del Hospital; posterior a este plazo se aplicarán las multas respectivas.
Las personas que se presenten como back up deberán cumplir con los requisitos obligatorios indicados en estas bases y acreditar el mismo perfil de experiencia y capacitaciones del reemplazado(a).
El personal en back deberá ser aprobado por el Hospital para poder reemplazar al personal en falta.
14. INEXISTENCIA DE VÍNCULO DE SUBORDINACIÓN Y DEPENDENCIA.
El proveedor se obliga a que ningún miembro del Personal que prestará los servicios, sea una persona que tenga vínculo de subordinación o dependencia laboral con el Hospital, ni con ninguna otra persona jurídica controladora de, controlada por o bajo control común del Hospital.
Asimismo, ni la celebración del Contrato ni la ejecución de los Servicios Adjudicados, creará o dará lugar a vínculo de subordinación o dependencia laboral alguno entre el Hospital y el personal que preste los servicios, siendo para todos los efectos, el proveedor adjudicado, el único empleador de todo el personal.
15. Calificaciones
Durante toda la vigencia del contrato, el hospital podrá aplicar la siguiente evaluación a 1 o todo el personal del proveedor que preste servicios para efectos de esta contratación.
En caso de obtener nota igual o inferior a 4, el hospital podrá solicitar el reemplazo del personal, para lo cual el proveedor tendrá un plazo de 48 horas para reemplazar el personal evaluado deficientemente, a partir de la notificación por parte del hospital a través de correo electrónico a la dirección indicada por el proveedor en su Anexo N°1 “Presentación del oferente”.
Las personas que presente servicios serán calificadas según la siguiente definición:
Área Rendimiento
1. Cantidad de Trabajo
En ítem se evaluará los siguientes puntos con una escala de nota del 1 a 7:
Cantidad de ticket resueltos.
Cantidad de ticket no resueltos
Cantidad de ticket gestionados
Esto dependerá de la carga laboral mensual.
2. Calidad de la Labor Realizada
En ítem se evaluará los siguientes puntos con una escala de nota del 1 a 7:
• Correcta información descrita en los tickets
• Correcto cierre de tickets
• Correcta validación del cierre de tickets
• Tiempo de Respuesta de acuerdo a los SLA de la unidad.
Esto dependerá de la carga laboral mensual
Área Condiciones Personales
1. Conocimiento del trabajo
En ítem se evaluará los siguientes puntos con una escala de nota del 1 a 7:
• Aplica conocimientos recibidos de la unidad.
• Aplica conocimientos recibidos en las capacitaciones semestrales del proveedor
• Aplica sus conocimientos bajo presion
Esto dependerá de la carga laboral mensual
2. Interés por el Trabajo
En ítem se evaluará los siguientes puntos con una escala de nota del 1 a 7:
• Apoya en labores de contingencia en la unidad
• Cumple con los procesos de la unidad
• Cumple con los flujos de la unidad
Esto dependerá de la carga laboral mensual
3. Capacitaciones y/o Certificaciones
En ítem se evaluará los siguientes puntos con una escala de nota del 1 a 7:
• Realiza las capacitaciones del proveedor
• Aprueba las capacitaciones del proveedor
4. Capacidad para realizar Trabajos en Grupo
En ítem se evaluará los siguientes puntos con una escala de nota del 1 a 7:
• Cumple con los trabajos en grupo solicitados.
• Cumple con el apoyo a contingencias a las distintas unidades
Comportamiento funcionario
1. Asistencia y Puntualidad
En ítem se evaluará los siguientes puntos con una escala de nota del 1 a 7:
a. Cumple con la asistencia mensual
b. Cumple con los horarios definidos
2. Cumplimiento de normas e instrucciones
En ítem se evaluará los siguientes puntos con una escala de nota del 1 a 7:
• Cumple con las normas de la institución
• Cumple con las políticas de seguridad de la institución
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