Licitación ID: 822381-1-LE20
ADQUISICION DE SERVICIOS DE VERANO ENTRETENIDO PARA NIÑOS/AS DE 6 A 12 AÑOS
Responsable de esta licitación: Servicio de Bienestar del SSMSO
Reclamos recibidos por incumplir plazo de pago: 15
Este número indica los reclamos recibidos por esta institución desde los últimos 12 meses hasta el día de ayer. Recuerde interpretar esta información considerando la cantidad de licitaciones y órdenes de compra que esta institución genera en el Mercado Público.
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Productos o servicios
1
Tiempo libre y recreación 1 Unidad
Cod: 80141903
“ADQUISICION DE SERVICIO RECREATIVO DENOMINADO VERANO ENTRETENIDO BIENESTAR 2019, PARA CARGAS FAMILIARES DE FUNCIONARIOS/AS AFILIADOS/AS AL SERVICIO DE BIENESTAR, EN EDADES DE 6 A 12 AÑOS”.  

1. Características de la licitación
Nombre de la licitación:
ADQUISICION DE SERVICIOS DE VERANO ENTRETENIDO PARA NIÑOS/AS DE 6 A 12 AÑOS
Estado:
Adjudicada
Descripción:
Que en coherencia con las políticas de calidad de Vida Laboral del consejo Administrativo del Servicio de Bienestar del Servicio de Salud Metropolitano sur Oriente ha determinado licitar la contratación de servicios “Verano Entretenido 2020” con la finalidad que se promuevan espacios educativos-recreativos que posibiliten a las cargas familiares acreditadas de los afiliados/as al Servicio de Bienestar, el desarrollo de sus capacidades y habilidades durante las vacaciones de verano 2020.
Tipo de licitación:
Pública-Licitación Pública igual o superior a 100 UTM e inferior a 1.000 UTM (LE)
Tipo de convocatoria:
ABIERTO
Moneda:
Peso Chileno
Etapas del proceso de apertura:
Una Etapa
Contrato
El contrato se formalizará con la orden de compra
Toma de razón por Contraloría:
No requiere Toma de Razón por Contraloría
Publicidad de ofertas técnicas:
Las ofertas técnicas serán de público conocimiento una vez realizada la apertura técnica de las ofertas.
2. Organismo demandante
Unidad de compra:
Bienestar SSMSO
R.U.T.:
61.608.501-8
Dirección:
AV. Concha y Toro Nº 3459
Comuna:
Puente Alto
Región en que se genera la licitación:
Región Metropolitana de Santiago
3. Etapas y plazos
Fecha de cierre de recepción de la oferta: 23-01-2020 14:00:00
Fecha de Publicación: 17-01-2020 17:12:00
Fecha inicio de preguntas: 17-01-2020 18:01:00
Fecha final de preguntas: 20-01-2020 18:32:00
Fecha de publicación de respuestas: 20-01-2020 18:33:00
Fecha de acto de apertura técnica: 23-01-2020 14:01:00
Fecha de acto de apertura económica (referencial): 23-01-2020 14:01:00
Fecha de Adjudicación: 24-01-2020 16:15:46
Fecha de entrega en soporte fisico 23-01-2020
Fecha estimada de firma de contrato 27-01-2020
Tiempo estimado de evaluación de ofertas 1 Días
4. Antecedentes para incluir en la oferta
Documentos Administrativos
1.- - ANEXO N°1-A, INDENTIFICACION DEL PFERENTE PERSONA NATURAL. - ANEXO N°1-B, IDENTIFICACION DEL OFERENTE PERSONA JURIDICA. - ANEXO N°1-C, IDENTIFCACION UNION TEMPORAL DE PROVEEDORES. - ANEXO N°2, DECLARACION JURADA SIMPLE.
Documentos Técnicos
1.- -ANEXO N°4-A, EVALUACION TECNICA TALLERES, SEGUN PROGRAMA Y TEMATICA DEL DIA. -ANEXO N°4-B, EVALUACION TECNICA DE CUMPLIMIENTO. -ANEXO N°5, EVALUACION EXPERIENCIA DE LA EMPRESA. -ANEXO N°6, SERVICIOS ADICIONALES.
 
Documentos Económicos
1.- - ANEXO N°3, OFERTA ECONOMICA.
5. Requisitos para contratar al proveedor adjudicado
Persona natural
Encontrarse hábil en el Registro de Proveedores, registro que verificará NO haber incurrido en las siguientes causales de inhabilidad:

1 .- Haber sido condenado por cualquiera de los delitos de cohecho contemplados en el título V del Libro Segundo del Código Penal.
 
2 .- Registrar una o más deudas tributarias por un monto total superior a 500 UTM por más de un año, o superior a 200 UTM e inferior a 500 UTM por un período superior a 2 años, sin que exista un convenio de pago vigente. En caso de encontrarse pendiente juicio sobre la efectividad de la deuda, esta inhabilidad regirá una vez que se encuentre firme o ejecutoriada la respectiva resolución.
 
3 .- Registrar deudas previsionales o de salud por más de 12 meses por sus trabajadores dependientes, lo que se acreditará mediante certificado de la autoridad competente.
 
4 .- La presentación al Registro Nacional de Proveedores de uno o más documentos falsos, declarado así por sentencia judicial ejecutoriada.
 
5 .- Haber sido declarado en quiebra por resolución judicial ejecutoriada.
 
6 .- Haber sido eliminado o encontrarse suspendido del Registro Nacional de Proveedores por resolución fundada de la Dirección de Compras.
 
7 .- Haber sido condenado por prácticas antisindicales o infracción a los derechos fundamentales del trabajador.
 
8 .- Registrar condenas asociadas a responsabilidad penal jurídica (incumplimiento artículo 10, Ley 20.393).
 
Documentos persona natural
- Fotocopia Legalizada de Cédula de Identidad
- Declaración jurada acreditando que no se encuentra afecto al art. 4 inciso 6 de la ley 19.886, en el cual se establece que "ningún órgano de la administración del Estado podrá suscribir contratos administrativos de provisión de bienes y servicios con los funcionarios directivos del mismo órgano o empresa, ni con personas unidas a ellos por los vínculos de parentesco."
Persona jurídica
Encontrarse hábil en el Registro de Proveedores, registro que verificará NO haber incurrido en las siguientes causales de inhabilidad:

1 .- Haber sido condenado por cualquiera de los delitos de cohecho contemplados en el título V del Libro Segundo del Código Penal.

2 .- Registrar una o más deudas tributarias por un monto total superior a 500 UTM por más de un año, o superior a 200 UTM e inferior a 500 UTM por un período superior a 2 años, sin que exista un convenio de pago vigente. En caso de encontrarse pendiente juicio sobre la efectividad de la deuda, esta inhabilidad regirá una vez que se encuentre firme o ejecutoriada la respectiva resolución.

3 .- Registrar deudas previsionales o de salud por más de 12 meses por sus trabajadores dependientes, lo que se acreditará mediante certificado de la autoridad competente.

4 .- La presentación al Registro Nacional de Proveedores de uno o más documentos falsos, declarado así por sentencia judicial ejecutoriada.

5 .- Haber sido declarado en quiebra por resolución judicial ejecutoriada.

6 .- Haber sido eliminado o encontrarse suspendido del Registro Nacional de Proveedores por resolución fundada de la Dirección de Compras.

7 .- Haber sido condenado por prácticas antisindicales o infracción a los derechos fundamentales del trabajador.

8 .- Registrar condenas asociadas a responsabilidad penal jurídica (incumplimiento artículo 10, Ley 20.393).

Documentos persona jurídica
- Fotocopia Legalizada del Rut de la Empresa
- Declaración jurada acreditando que no se encuentra afecto al art. 4 inciso 6 de la ley 19.886, en el cual se establece que "ningún órgano de la administración del Estado podrá suscribir contratos administrativos de provisión de bienes y servicios con los funcionarios directivos del mismo órgano o empresa, ni con personas unidas a ellos por los vínculos de parentesco."
- Certificado de Vigencia de la Sociedad
- (1) Certificado de Boletín de Informes Comerciales
- (1) Certificado de Quiebras/Convenio Judicial
6. Criterios de evaluación
ÍtemObservacionesPonderación
1 EVALUACION EXPERIENCIA DE LA EMPRESA SEGUN BASES DE LICTACION 10%
2 SERVICIOS ADICIONALES SEGUN BASES DE LICTACION 5%
3 OFERTA ECONOMICA SEGUN BASES DE LICITACION 35%
4 EVALUACION TECNICA DE TALLERES SEGUN BASES DE LICITACION 25%
5 EVALUACION TECNICA DE CUMPLIMIENTO SEGUN BASES DE LICITACION 25%

7. Montos y duración del contrato
Estimación en base a: Presupuesto Disponible
Fuente de financiamiento: SERVICIO DE BIENESTAR DEL SSMSO
Contrato con Renovación: NO
Observaciones Sin observaciones
Duración de Contrato Contrato de Ejecución Inmediata
Tiempo del Contrato 1 Semanas
Plazos de pago: 30 días contra la recepción conforme de la factura
Opciones de pago: Transferencia Electrónica
Nombre de responsable de pago: CLAUDIA VERDUGO SALINAS
e-mail de responsable de pago: CVERDUGO@SSMSO.CL
Nombre de responsable de contrato: JAIME PERELLO REYES
e-mail de responsable de contrato: JPERELLO@SSMSO.CL
Teléfono de responsable del contrato: 56-02-25766010-266010
Prohibición de subcontratación: Se permite subcontratación
8. Garantías requeridas
    Garantía fiel de Cumplimiento de Contrato
Beneficiario: SERVICIO DE BIENESTAR DEL SSMSO
Fecha de vencimiento: 21-02-2020
Monto: 5 %
Descripción: Todas las garantías de que trata este capítulo deberán tomarse a nombre del “Servicio de Bienestar del SSMSO” “Rut. 61.608.501-8”, y consistirá en cualquier documento de garantía que asegure el cobro de la misma de manera rápida y efectiva. Dicho instrumento deberá ser pagadero a la vista e irrevocable, indicando determinadamente la obligación que caucionan, por los montos y vigencia que para cada una de ellas se indican a continuación. A menos que se indique expresamente lo contrario, los plazos a que se refiere este capítulo son de días corridos. La gestión de todas las garantías estará a cargo de la unidad de compras del Servicio de Bienestar, quien será responsable, especialmente, de lo siguiente: (i) Adoptar los resguardos necesarios para la entrega oportuna de las garantías en las dependencias del Servicio de Bienestar; (ii) Corroborar que el tipo de garantía entregada, su monto, vigencia y glosa, correspondan a lo exigido en las bases, y presentar esta situación a la comisión evaluadora, según sea el caso, cuando exista una discrepancia en ese sentido; y (iii) Velar por el reemplazo y/o devolución definitiva de las garantías a los proponentes y/o proveedores, según sea el caso.
Glosa: Para garantizar el fiel cumplimiento de la propuesta publica ADQUISICION DE SERVICIO DE VERANO ENTRETENIDO BIENESTAR 2020, PARA CARGAS FAMILIARES ACREDITADAS DE FUNCIONARIOS/AS AFILIADOS AL SERVICIO DE BIENESTAR, en edades de 6 a 12 años, y el pago de las obligaciones laborales y sociales de los trabajadores del contratante”.
Forma y oportunidad de restitución: La restitución de la respectiva garantía será realizada 5 días después del término del contrato.
9. Requerimientos técnicos y otras cláusulas
RESOLUCION DE EMPATES
En caso de existir empate entre dos o más propuestas se adjudicará al proponente que tenga el mayor puntaje en el criterio de evaluación “Económica”. En caso de persistir el empate, la licitación se adjudicará al proponente que haya obtenido el mayor puntaje del criterio de evaluación “Técnica en su totalidad”. En caso de persistir el empate, dirimirá el mayor puntaje del criterio de evaluación “Experiencia”, y si persiste el empate, dirimirá el mayor puntaje del criterio de evaluación “Servicios Adicionales”.
INFORME DE EVALUACION
La Comisión de Evaluación deberá confeccionar un Informe de Evaluación, en el cual deberá estar contenida la siguiente información: • Verificación de admisibilidad de los proponentes: Se deberá dejar constancia del cumplimiento por parte de cada proponente de la presentación en tiempo y forma de las ofertas. En el evento de detectarse alguna causal de exclusión se deberá deja constancia de ello. • Cuadro de todas las ofertas participantes consideradas por orden del puntaje total obtenido. • Proposición fundada de adjudicación de la licitación a alguno de los proponentes o de deserción del proceso licitatorio.
ADJUDICACION
La presente licitación será adjudicada sólo a un proveedor, que será, quien en su conjunto haga la oferta más ventajosa, teniendo en cuenta las condiciones que se hayan establecidos en estas Bases de licitación, y los criterios de evaluación señalados anteriormente. Cuando el precio de la oferta presentada por un oferente sea menor al 50% del precio presentado por el oferente que le sigue, y se verifique por parte del SERVICIO que los costos de dicha oferta son económicamente inconsistentes, el SERVICIO podrá, a través de una resolución fundada, adjudicar esa oferta, solicitándole una ampliación de la garantía (si corresponde) de fiel cumplimiento hasta por la diferencia del precio con la oferta que le sigue. El SERVICIO resolverá el proceso licitatorio en el plazo señalado para tales efectos en el artículo Nº 6 de las presentes bases. Con todo, si la adjudicación no se efectúa dentro del plazo señalado, el SERVICIO informará en el Sistema de Información (sitio http://www.mercadopublico.cl ) las razones que justifican el incumplimiento del plazo para adjudicar e indicará un nuevo plazo para la adjudicación. Los participantes serán notificados de la adjudicación en conformidad a lo dispuesto en el artículo Nº 7 de las presentes Bases. El SERVICIO rechazará, en forma fundada, y declarará inadmisibles aquellas propuestas que no cumplan con los requisitos exigidos en las presentes Bases. Las propuestas rechazadas lo serán en forma permanente y definitiva. Se declarará desierta la licitación si no se presentan ofertas, o la totalidad de éstas son declaradas inadmisibles, o bien, si éstas no alcanzan el puntaje mínimo de evaluación fijado en el artículo 17º, estimándose en este caso que las propuestas no cumplen con las condiciones mínimas para una adecuada provisión del bien requerido, por lo que no resultan convenientes para los intereses del SERVICIO. De todo lo anterior se notificará a los participantes en conformidad a lo dispuesto en el artículo 7º de las presentes Bases. El proceso licitatorio podrá ser readjudicado, en caso detectarse posterior a la adjudicación errores u omisiones en ésta.
CONTRATO
La relación contractual estará dada por la Resolución de adjudicación y la emisión de la respectiva Orden de Compra por parte del SERVICIO, a través del sitio www.mercadopublico.cl, y la aceptación de ella por parte del oferente adjudicado. En caso de que el adjudicatario rechace o no acepte la orden de compra en un plazo máximo de 72 horas hábiles, el SERVICIO re adjudicará la propuesta a la segunda mejor oferta, y así sucesivamente. Ahora sí, no hubiera proponentes que aceptarán la respectiva orden de compra, el SERVICIO declarará desierto el proceso. Sin perjuicio a lo anterior, y si el monto en UTM de la licitación lo requiere el proponente adjudicado deberá suscribir un contrato con el SERVICIO, el cual tiene como objetivo estipular la individualización del bien objeto de esta licitación, plazos de entrega de estos, montos y formas de pagos, en conformidad a las presentes bases que regulan el proceso licitatorio. El SERVICIO exigirá al oferente adjudicado, al momento de contratar, encontrarse inscrito en el registro de chile proveedores. Si el oferente seleccionado no se encontrase inscrito en dicho registro, dispondrá de un plazo máximo de 5 días hábiles, contados del día siguiente hábil de la fecha de notificación de la adjudicación, para efectuar su inscripción.
CESION DEL CONTRATO
El Proveedor no podrá, en caso alguno, ceder o transferir en forma alguna, total o parcialmente, los derechos y obligaciones que nazcan del desarrollo de la presente licitación y, en especial, los establecidos en el contrato definitivo. La infracción de esta prohibición dará derecho al SERVICIO para poner término anticipado. Lo anterior es sin perjuicio de la transferencia, que se pueda efectuar con arreglo a las normas del derecho común, de los documentos justificativos de los créditos que emanen del respectivo contrato.
SUBCONTRATACION
El personal que contrate el Proveedor, con motivo de la ejecución de las obligaciones materia de la presente licitación no tendrá, en caso alguno, relación laboral, ni vínculo de subordinación y/o dependencia con el SERVICIO, sino que exclusivamente con el Proveedor. En todo caso, cualquiera sea el tipo de subcontrato, el Proveedor seguirá siendo el único responsable de las obligaciones contraídas en virtud del respectivo contrato suscrito con el SERVICIO. Sin perjuicio de lo anterior, el proponente deberá acreditar al momento de despachar el bien o servicio objeto de esta licitación, el cumplimiento de las Obligaciones Laborales y Previsionales mediante un Certificado de Antecedentes Laborales y Previsionales emitido por la Dirección del Trabajo con vigencia que no exceda al menos en 3 días al momento de su presentación http://www.dt.gob.cl/tramites/1617/w3-article-97264.html. En caso de registrar saldos insolutos de remuneraciones o cotizaciones de seguridad social con sus actuales trabajadores o con trabajadores contratados en los últimos dos años anteriores a la presentación de la respectiva oferta, parte o la totalidad del pago que realice el SSMSO producto del contrato que se geste de esta licitación, deberá ser destinados al pago de dichas obligaciones, según lo estipulado en el artículo Nº 4, inciso segundo de la Ley 19.886.
MULTAS Y SUS PROCEDIMIENTOS DE APLICACION
Si el proveedor contratado no cumple lo convenido en los plazos indicados en las Bases Técnicas y en las presentes Bases, sin causa justificada, a consideración del SERVICIO, este quedara facultado para cobrar una multa por cada día de atraso en la entrega de los servicios, siempre que no supere los 10 días corridos, equivalente al 3% del monto total del contrato, sin perjuicio de su derecho de poner término anticipado al contrato u orden de compra. Después de los 10 días indicados, la multa diaria corresponderá al 5% del monto total del contrato, sin perjuicio del derecho de poner término anticipado al contrato. Estas multas se aplicarán siempre que el incumplimiento no haya sido calificado como consecuencia de caso fortuito o de fuerza mayor. Las multas se aplicarán conforme al siguiente procedimiento. Corresponde a la contraparte técnica del contrato calificar si corresponde aplicar una multa al proveedor, lo cual se le notificará por carta certificada, o personalmente, para que, dentro del quinto día hábil, formule sus descargos vencido el plazo, con o sin los descargos del proveedor, resolverá la autoridad administrativa, por resolución fundada, previo informe de la contraparte técnica. Una vez notificado el proveedor de la resolución tendrá un plazo de cinco días para interponer un recurso de reposición ante la misma autoridad administrativa. En caso de darse por acreditado el incumplimiento y optarse por sancionar al proveedor con multas, el mandante mediante resolución fundada aplicara el porcentaje correspondiente a la multa haciéndola efectiva en el estado de pago más próximo a la fecha de detección de la infracción.
TERMINO ANTICIPADO DE LA PRESTACION DEL SERVICIO
Se podrá poner término anticipado a la relación contractual, y anular la orden de compra por las siguientes causales: a) Resciliacion o mutuo acuerdo entre las partes. b) Incumplimiento grave de las obligaciones contraídas por el contratante. Se consideran situaciones de incumplimiento grave: b.1.) Si el proveedor no destina recursos materiales o humanos suficientes para el normal desarrollo del servicio, en términos que se haga difícil o imposible la ejecución de lo pactado dentro del plazo estipulado. b.2.) Si la calidad del trabajo no satisface las exigencias mínimas para los objetivos tenidos en consideración al solicitar su realización. b.3.) Si el proveedor no inicia el trabajo oportunamente o lo paraliza sin causa justificada. b.4.) Si el proveedor no acata las instrucciones que imparte el SERVICIO, en conformidad con las facultades que le otorgan las Bases Técnicas y Administrativas. b.5.) Si las multas a que se refiere la cláusula anterior sobrepasan el 20% del monto total del contrato. c) Estado de notoria insolvencia del proveedor, a menos que se mejoren las cauciones entregadas o las existentes sean suficientes para garantizar el cumplimiento del contrato. d) Si así lo exigiera el interés público o la seguridad nacional. e) Registrar saldos insolutos de remuneraciones o cotizaciones de seguridad social con sus actuales trabajadores o con trabajadores contratados en los últimos dos años, a la mitad del periodo de ejecución del contrato, con un máximo de seis meses. Sin perjuicio de lo anterior el SERVICIO, podrá pagar al oferente adjudicado los productos efectivamente entregados y recibidos a satisfacción. En todo caso, el SERVICIO, se reserva el derecho de ejercer las acciones legales que eventualmente correspondieren. La anulación de la orden de compra o su modificación se realizará mediante resolución fundada, que se publicará en el sistema de información www.mercadopublico.cl, a más tardar dentro de las 24 horas de dictada.
SOLUCION DE CONTROVERSIAS
La Comisión de Apertura queda facultada para resolver por sí sola cualquier duda o discrepancia que en el acto de apertura pueda surgir en relación con la interpretación o aplicación de las presentes Bases. Durante la ejecución del contrato cualquier desacuerdo entre las partes será sometido a consideración del director o quien él designe o subrogue, previo informe en derecho emitido por el abogado del SERVICIO o Informe Técnico emitido por la Contraparte del SERVICIO según corresponda a la naturaleza de la materia debatida. Lo anterior es sin perjuicio de las competencias propias de los Tribunales Ordinarios de Justicia.
PROPUESTA ECONOMICA
La propuesta económica se ingresará a través del Sistema de Información, ofertándose el valor neto para cada uno de los productos licitados. Este valor se expresará en moneda nacional (pesos chilenos CLP) y deberá incluir traslados y cualquier otro rubro, con excepción de los impuestos, que incida en el mismo. Este valor quedará registrado en el comprobante de ingreso de ofertas del proponente. Si bien la oferta económica ingresada a través del Sistema de Información será la única estimada como válida en el proceso de licitación, el Oferente deberá cumplir con lo exigido en la letra c) del artículo 13º, y presentar su oferta económica de acuerdo con el formato contenido en el Anexo Nº3 de estas Bases. Ante discordancia entre el valor ingresado en el sistema de información de compras públicas (el cual queda registrado en el comprobante de ingreso de oferta que genera el sistema de información de compras públicas), y el valor indicado en el Anexo Nº 3 u otro documento que proveedor haya adjuntado, siempre prevalecerá el valor ingresado por el sistema de información de compras públicas. Sin perjuicio a lo anterior, la comisión de evaluación se reserva el derecho de solicitar las aclaraciones que sean pertinentes, o determinar el mecanismo apropiado para dirimir dichas circunstancias, garantizando los principios de igualdad y transparencia del proceso ante los demás proponentes.
DISCREPANCIAS
El proponente deberá indicar expresamente los puntos de discrepancia entre su oferta y lo especificado en estas Bases Técnicas En caso de discrepancia entre las especificaciones técnicas y la oferta, prevalecerá lo señalado en las especificaciones como rango mínimo de calidad exigible. Para tal efecto, todos los proponentes deberán entregar como parte de su Propuesta Técnica, el Anexos Nº 4 de las presentes Bases, en el cual deberán indicar explícitamente el cumplimiento de lo solicitado, precisando la información que estime pertinente o señalando las diferencias existentes en relación con lo señalado en las Bases.
10. Demandas ante el Tribunal de Contratación Pública
No cuenta con demandas ante el Tribunal de Contratación Pública.