El contrato quedará resuelto unilateralmente, por disposición de la Unidad Técnica, previo informe, cuando concurran las siguientes causales:
- Incumplimiento grave de las obligaciones contraídas por el contratante, tales como:
- No acata órdenes e instrucciones que imparta la Unidad Técnica
- En general si el proveedor no ha dado cumplimiento a las bases de la licitación.
- Por estado de notoria insolvencia del contratante, a menos que se mejoren las cauciones entregadas o las existentes sean suficientes para garantizar el cumplimiento del contrato.
- Por exigirlo el interés público o la seguridad nacional.
- Si el adjudicatario es una Unión Temporal de Proveedores, será causal de término anticipado el ocultar información relevante para ejecutar el respectivo contrato, que afecte a uno de sus integrantes. Si se comprueba esta situación, se resolverá el contrato, sin perjuicio de hacer valer las responsabilidades civiles y penales correspondientes.
- Inhabilidad sobreviniente de alguno de sus integrantes, en la medida que la Unión Temporal de Proveedores no pueda continuar ejecutando el contrato con los restantes miembros, en los términos adjudicados.
- Será causal de término anticipado, la comprobación de que la Unión Temporal se formó para vulnerar la libre competencia. De verificarse dicha circunstancia, se enviarán los antecedentes a la Fiscalía Nacional Económica.
- Terminará además el contrato en forma anticipada cuando uno de los integrantes de la Unión Temporal se retira de dicha unión, y sea quien haya reunido una o más características objeto de evaluación de la oferta.
- Por disolución de la Unión Temporal de Proveedores.
La Unidad Técnica deberá informar de inmediato al Mandante, proponiendo las medidas o acciones a tomar, en conformidad a las Bases y normativa aplicable.
La Unidad Técnica, dentro de los 3 días hábiles siguientes deberá tramitar el Decreto que resuelve la terminación anticipada de contrato, de la recepción única y del documento que la aprueba y solicitará al Mandante se proceda a hacer efectivas las garantías del contrato.
Verificado lo anterior, corresponderá a la Unidad Técnica contratar la terminación del servicio, conforme a su normativa. El mayor valor de ejecución del servicio será de cargo del primitivo contratista.
Previa información al Mandante, la Unidad Técnica procederá a la contratación de la terminación de ejecución de las servicio y, totalmente tramitado la Resolución o decreto que la adjudica o aprueba, efectuará y aprobará la liquidación del primitivo contrato, con cargos, en su caso.