Licitación ID: 835727-20-L120
Servicio de transporte para traslados de asesores culturales en rondas médica, convenio PESPI
Responsable de esta licitación: I. Municipalidad de General Lagos
Reclamos recibidos por incumplir plazo de pago: 1
Este número indica los reclamos recibidos por esta institución desde los últimos 12 meses hasta el día de ayer. Recuerde interpretar esta información considerando la cantidad de licitaciones y órdenes de compra que esta institución genera en el Mercado Público.
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Productos o servicios
1
Transportes de personal 1 Unidad
Cod: 20102301
Servicio de transporte para traslados de asesores culturales en rondas medicas en la comuna de General Lagos (Ver especificaciones técnicas y bases administrativas en anexos)  

1. Características de la licitación
Nombre de la licitación:
Servicio de transporte para traslados de asesores culturales en rondas médica, convenio PESPI
Estado:
Desierta (o art. 3 ó 9 Ley 19.886)
Descripción:
Servicio de transporte para traslados de asesores culturales en rondas médica, convenio PESPI
Tipo de licitación:
Pública-Licitación Pública inferior a 100 UTM (L1)
Tipo de convocatoria:
ABIERTO
Moneda:
Peso Chileno
Etapas del proceso de apertura:
Una Etapa
Toma de razón por Contraloría:
No requiere Toma de Razón por Contraloría
Publicidad de ofertas técnicas:
Las ofertas técnicas serán de público conocimiento una vez realizada la apertura técnica de las ofertas.
2. Organismo demandante
Unidad de compra:
Administracion Municipal
R.U.T.:
69.250.700-2
Dirección:
Ignacio Carrera Pinto S/N
Comuna:
General Lagos
Región en que se genera la licitación:
Región de Arica y Parinacota
3. Etapas y plazos
Fecha de cierre de recepción de la oferta: 01-06-2020 15:01:00
Fecha de Publicación: 25-05-2020 21:14:09
Fecha inicio de preguntas: 25-05-2020 23:59:00
Fecha final de preguntas: 27-05-2020 10:00:00
Fecha de publicación de respuestas: 27-05-2020 23:59:00
Fecha de acto de apertura técnica: 01-06-2020 15:01:00
Fecha de acto de apertura económica (referencial): 01-06-2020 15:01:00
Fecha de Adjudicación: 02-06-2020 20:01:00
Fecha de entrega en soporte fisico No hay información
Fecha estimada de firma de contrato No hay información
Tiempo estimado de evaluación de ofertas No hay información
4. Antecedentes para incluir en la oferta
Documentos Administrativos
1.- LO INDICADO Y SEÑALADO EN LAS BASES ADMINISTRATIVAS Y ESPECIFICACIONES TÉCNICAS DE LAS PRESENTE PROPUESTA PÚBLICA
Documentos Técnicos
1.- LO INDICADO Y SEÑALADO EN LAS BASES ADMINISTRATIVAS Y ESPECIFICACIONES TÉCNICAS DE LAS PRESENTE PROPUESTA PÚBLICA
 
Documentos Económicos
1.- LO INDICADO Y SEÑALADO EN LAS BASES ADMINISTRATIVAS Y ESPECIFICACIONES TÉCNICAS DE LAS PRESENTE PROPUESTA PÚBLICA
5. Requisitos para contratar al proveedor adjudicado
Persona natural
Encontrarse hábil en el Registro de Proveedores, registro que verificará NO haber incurrido en las siguientes causales de inhabilidad:

1 .- Haber sido condenado por cualquiera de los delitos de cohecho contemplados en el título V del Libro Segundo del Código Penal.
 
2 .- Registrar una o más deudas tributarias por un monto total superior a 500 UTM por más de un año, o superior a 200 UTM e inferior a 500 UTM por un período superior a 2 años, sin que exista un convenio de pago vigente. En caso de encontrarse pendiente juicio sobre la efectividad de la deuda, esta inhabilidad regirá una vez que se encuentre firme o ejecutoriada la respectiva resolución.
 
3 .- Registrar deudas previsionales o de salud por más de 12 meses por sus trabajadores dependientes, lo que se acreditará mediante certificado de la autoridad competente.
 
4 .- La presentación al Registro Nacional de Proveedores de uno o más documentos falsos, declarado así por sentencia judicial ejecutoriada.
 
5 .- Haber sido declarado en quiebra por resolución judicial ejecutoriada.
 
6 .- Haber sido eliminado o encontrarse suspendido del Registro Nacional de Proveedores por resolución fundada de la Dirección de Compras.
 
7 .- Haber sido condenado por prácticas antisindicales o infracción a los derechos fundamentales del trabajador.
 
8 .- Registrar condenas asociadas a responsabilidad penal jurídica (incumplimiento artículo 10, Ley 20.393).
 
Documentos persona natural
- Fotocopia Legalizada de Cédula de Identidad
- Declaración jurada acreditando que no se encuentra afecto al art. 4 inciso 6 de la ley 19.886, en el cual se establece que "ningún órgano de la administración del Estado podrá suscribir contratos administrativos de provisión de bienes y servicios con los funcionarios directivos del mismo órgano o empresa, ni con personas unidas a ellos por los vínculos de parentesco."
Persona jurídica
Encontrarse hábil en el Registro de Proveedores, registro que verificará NO haber incurrido en las siguientes causales de inhabilidad:

1 .- Haber sido condenado por cualquiera de los delitos de cohecho contemplados en el título V del Libro Segundo del Código Penal.

2 .- Registrar una o más deudas tributarias por un monto total superior a 500 UTM por más de un año, o superior a 200 UTM e inferior a 500 UTM por un período superior a 2 años, sin que exista un convenio de pago vigente. En caso de encontrarse pendiente juicio sobre la efectividad de la deuda, esta inhabilidad regirá una vez que se encuentre firme o ejecutoriada la respectiva resolución.

3 .- Registrar deudas previsionales o de salud por más de 12 meses por sus trabajadores dependientes, lo que se acreditará mediante certificado de la autoridad competente.

4 .- La presentación al Registro Nacional de Proveedores de uno o más documentos falsos, declarado así por sentencia judicial ejecutoriada.

5 .- Haber sido declarado en quiebra por resolución judicial ejecutoriada.

6 .- Haber sido eliminado o encontrarse suspendido del Registro Nacional de Proveedores por resolución fundada de la Dirección de Compras.

7 .- Haber sido condenado por prácticas antisindicales o infracción a los derechos fundamentales del trabajador.

8 .- Registrar condenas asociadas a responsabilidad penal jurídica (incumplimiento artículo 10, Ley 20.393).

Documentos persona jurídica
- Fotocopia Legalizada del Rut de la Empresa
- Declaración jurada acreditando que no se encuentra afecto al art. 4 inciso 6 de la ley 19.886, en el cual se establece que "ningún órgano de la administración del Estado podrá suscribir contratos administrativos de provisión de bienes y servicios con los funcionarios directivos del mismo órgano o empresa, ni con personas unidas a ellos por los vínculos de parentesco."
- Certificado de Vigencia de la Sociedad
- (1) Certificado de Boletín de Informes Comerciales
- (1) Certificado de Quiebras/Convenio Judicial
6. Criterios de evaluación
ÍtemObservacionesPonderación
1 Año de fabricación del vehículo Vehículos/maquinas sobre el año 2014= 100 puntos// Vehículos/maquinas desde el año 2013 al 2012= 90 puntos// Vehículos/Máquinas desde el año 2011 a 2010= 80 puntos// Vehículos/Máquinas inferiores al año 2010= se rechazará la oferta. 25%
2 Precio Puntaje se calcula de acuerdo a la siguiente fórmula: Puntaje = (PMmin / PMi) *100 Dónde: PMmin: Oferta económica más conveniente PMi: Oferta económica del oferente i 35%
3 Cumplimiento de los requisitos Cumple con la presentación de los antecedentes al momento de la apertura de las ofertas 100 Entrega los antecedentes con posterioridad a la apertura de las ofertas = menos 20 puntos por cada documento entregado hasta llegar a 0 20%
4 Año de fabricación del vehículo de reemplazo Vehículos/maquinas sobre el año 2014= 100 puntos// Vehículos/maquinas desde el año 2013 al 2012= 90 puntos// Vehículos/Máquinas desde el año 2011 a 2010= 80 puntos// Vehículos/Máquinas inferiores al año 2010= se rechazará la oferta. 20%

7. Montos y duración del contrato
Estimación en base a: Presupuesto Disponible
Fuente de financiamiento: No hay información
Contrato con Renovación: NO
Observaciones Sin observaciones
Plazos de pago: 30 días contra la recepción conforme de la factura
Opciones de pago: Cheque
Nombre de responsable de pago: Luis Manzano
e-mail de responsable de pago: administracionyfinanzas@portalvisviri.cl
Nombre de responsable de contrato: Encargada departamento de Salud
e-mail de responsable de contrato: jefatura_salud@portalvisviri.cl
Teléfono de responsable del contrato: 56-58-2572440-
Prohibición de subcontratación: No permite subcontratación
no podrá ceder ni transferir en forma alguna, sea total o parcialmente, los derechos y obligaciones que nacen con ocasión de la presente licitación y del contrato que en definitiva se suscriba, salvo que norma legal especial permita las referidas cesiones
8. Garantías requeridas
    Garantía fiel de Cumplimiento de Contrato
Beneficiario: ILUSTRE MUNICIPALIDAD DE GENERAL LAGOS
Fecha de vencimiento: 05-03-2021
Monto: 5 %
Descripción: Desde la fecha de notificación de la Resolución de Adjudicación, el oferente adjudicado tendrá un plazo de 05 días corridos para hacer entrega física (en un sobre con nombre completo y licitación adjudicada, en la oficina de partes del municipio, ubicada en calle Juan Noé, N° 417, Arica, de ser un documento generado electrónicamente y pudiera ser verificado se podrá remitir al correo oficina_partes@portalvisviri.cl) de una garantía de fiel cumplimiento de contrato, la cual debe constar en un instrumento financiero que sea pagadero a la vista e irrevocable, que asegure el pago de la garantía de manera rápida y efectiva , a nombre de la I. Municipalidad de General Lagos, por un monto equivalente al 5% del valor total del contrato (IVA incluido), con vigencia igual al período de duración del contrato, más 60 días hábiles adicionales a la fecha de término del contrato. El monto de la garantía podrá ser en Unidades de Fomento o pesos. La glosa de la boleta bancaria debe ser la siguiente: “Para garantizar el fiel y oportuno cumplimiento del contrato correspondiente a la licitación ID 835727-20-L120 denominada “Servicio de transporte para traslados de asesores culturales en rondas médica, convenio PESPI”, y el pago de las obligaciones laborales y sociales de los trabajadores del adjudicatario”. En la garantía de fiel cumplimiento se podrán hacer efectivas las eventuales multas y sanciones que corresponda aplicar al oferente adjudicado. La garantía del fiel cumplimiento del contrato podrá hacerse efectiva en los siguientes casos: a) Incumplimiento de las exigencias indicadas en las especificaciones técnicas de la presente licitación, y negativa a resolución de conflictos dentro de los plazos ofertados. b) Alcanzar el máximo de multas contempladas en estas bases. c) No cumplimiento por parte del oferente adjudicado en el pago de las obligaciones laborales y sociales de sus trabajadores. d) No reemplazo de la garantía de fiel cumplimiento de contrato antes de los 10 días hábiles siguientes al término de su vigencia. e) En caso de incumplimiento del Contratista de las obligaciones que le impone el contrato o de las obligaciones laborales o sociales con sus trabajadores. Será responsabilidad del adjudicatario mantener vigente la garantía del fiel cumplimiento del contrato en el plazo antes indicado, y la no observancia de este requisito dará lugar al término anticipado del contrato. La garantía de fiel cumplimiento del contrato será devuelta después de (finalizados los servicios o entregados los bienes), previo informe favorable del funcionario encargado de la fiscalización de los servicios contratados mediante la presente licitación y resolución fundada que así lo disponga, salvo que la entidad adjudicataria no cumpla con las obligaciones que establecen las Bases, la oferta correspondiente y/o el contrato, en cuyo caso el MUNICIPIO queda desde ya autorizado para proceder a hacerla efectiva administrativamente, sin forma de juicio, y sin necesidad de requerimiento ni acción judicial o arbitral alguna, sin más trámite que la dictación de una resolución fundada que así lo disponga, la cual deberá ser notificada al oferente adjudicado personalmente o por carta certificada. Lo anterior es sin perjuicio de las acciones que el MUNICIPIO pueda ejercer para exigir el cumplimiento forzado de lo pactado o la resolución del contrato, en ambos casos con la correspondiente indemnización de perjuicios. El incumplimiento comprende también el cumplimiento imperfecto o tardío de las obligaciones del adjudicatario.
Glosa: “Para garantizar el fiel y oportuno cumplimiento del contrato correspondiente a la licitación ID 835727-20-L120 denominada “Servicio de transporte para traslados de asesores culturales en rondas médica, convenio PESPI”, y el pago de las obligaciones laborales y sociales de los trabajadores del adjudicatario”.
Forma y oportunidad de restitución: La garantía de fiel cumplimiento del contrato será devuelta después de (finalizados los servicios o entregados los bienes), previo informe favorable del funcionario encargado de la fiscalización de los servicios contratados mediante la presente licitación y resolución fundada que así lo disponga, salvo que la entidad adjudicataria no cumpla con las obligaciones que establecen las Bases, la oferta correspondiente y/o el contrato, en cuyo caso el MUNICIPIO queda desde ya autorizado para proceder a hacerla efectiva administrativamente, sin forma de juicio, y sin necesidad de requerimiento ni acción judicial o arbitral alguna, sin más trámite que la dictación de una resolución fundada que así lo disponga, la cual deberá ser notificada al oferente adjudicado personalmente o por carta certificada.
9. Requerimientos técnicos y otras cláusulas
Participantes
Podrán participar en la licitación todas aquellas personas naturales o jurídicas, chilenas o extranjeras, que cumplan con los requisitos indicados en las Bases Administrativas y Términos Técnicos de Referencias (TDR), que regulan la presente licitación y no incurran en las incompatibilidades o prohibiciones para contratar con la I. Municipalidad de General Lagos, señaladas en el artículo 4° de la Ley Nº 19.886. Se excluirá a los oferentes que, al momento de la presentación de la oferta, hayan sido condenados, dentro de los anteriores dos años, por prácticas antisindicales o infracción a los derechos fundamentales del trabajador. De la misma forma, se excluirá a los oferentes que, al momento de presentación de la oferta, se encuentren inhabilitados por condenas de acuerdo a lo dispuesto en el art. 10 de la ley 20.393, sobre Responsabilidad Penal de las Personas Jurídicas. Igualmente, se excluirá a los oferentes que tengan condenas por delitos concursales, según la nueva ley de quiebras (art. 401, ley 20.720), dentro de los dos años anteriores al momento de presentar la oferta, formular la propuesta o suscribir el contrato. Los oferentes, personas naturales o jurídicas, deberán cumplir los siguientes requisitos, que acreditarán de la forma que en cada caso se indica, según se encuentren o no inscritos en el Registro Oficial de Proveedores del Estado, en adelante el Registro, Chile Proveedores, www.chileproveedores.cl. Respecto de la Unión Temporal de Proveedores, las causales de inhabilidad para la presentación de ofertas, afectarán a cada uno de sus integrantes individualmente considerados. Los proponentes declaran expresamente que con la presentación de sus ofertas se entenderá, para todos los efectos a que haya lugar, que conocen y aceptan íntegra y cabalmente el contenido de las presentes Bases, especialmente en cuanto a las obligaciones que tendrán y en cuanto a la facultad de la Municipalidad de rechazar las ofertas en los casos y formas que las bases indican. Oferentes inscritos en el registro Los oferentes inscritos en el Registro de Chileproveedores podrán acreditar todos los antecedentes solicitados en la sección “Documentos acreditados” del Registro, debiendo indicarlo así en la presentación de la oferta. Esta información se considerará de carácter oficial. Oferentes no inscritos en el Registro Tratándose de participantes, sean éstos personas naturales o jurídicas, que al momento de la apertura no se encuentren inscritos en el Registro de Proveedores del Estado www.chileproveedores.cl, deberán presentar en formato electrónico o digital, en la sección anexos administrativos del portal www.mercadopublico.cl un curriculum empresarial que contenga los datos de identificación del oferente, este documento deberá contener su nombre o razón social, el número de RUT de la empresa o cédula nacional de identidad del oferente, según corresponda, el nombre y número de cédula nacional de identidad del representante legal, si se trata de una sociedad y el domicilio comercial, número de teléfono, fax y correo electrónico. Por último, todos los participantes, inscritos o no inscritos en el Registro de Proveedores del Estado www.chileproveedores.cl, deberán presentar en formato electrónico o digital, en la sección anexos administrativos del portal www.mercadopublico.cl o acreditar en ChileProveedores los siguientes documentos: Personas naturales REQUISITOS/ANTECEDENTES Fotocopia cédula de identidad. Declaración Jurada según formato Anexo N° 5, que acredite que no se encuentra en ninguna de las inhabilidades contempladas en el artículo 4 de la Ley 19.886. Personas jurídicas REQUISITOS/ANTECEDENTES Fotocopia Rut de la Empresa Fotocopia de cédula de identidad del representante legal Declaración Jurada según formato Anexo N° 5, que acredite que no se encuentra en ninguna de las inhabilidades contempladas en el artículo 4 de la Ley 19.886. Si es Unión Temporal de Proveedores: • Cuando se trate de adquisiciones inferiores a 1.000 UTM, el representante de la unión temporal de proveedores deberá adjuntar al momento de ofertar, el documento público o privado que da cuenta del acuerdo para participar de esta forma. • Para contrataciones iguales o superiores al monto indicado, y sin perjuicio del resto de las disposiciones legales y reglamentarias que resulten aplicables, el acuerdo en que conste la unión temporal deberá materializarse por escritura pública, como documento para contratar, sin que sea necesario constituir una sociedad, debiendo igualmente adjuntarse. letras a, b y c
Modalidad de la oferta
En moneda nacional, es decir pesos chilenos; valor a precio unitario, sin reajustes, ni intereses. La Oferta deberá ser presentada en el Portal Chile Compra, dentro del plazo estipulado para este fin.
Antecedentes
Las Bases Generales Administrativas y Términos técnicos de Referencias (TDR) se publicarán en el Portal Mercado Público, de forma gratuita, en los días estipulados en el proceso de llamado a licitación pública. Será responsabilidad del oferente ver y descargar los anexos y demás antecedentes que se encuentren publicados en el PORTAL CHILECOMPRA (www.chilecompra.cl), según Ley Nº 19.886, bajo el ID correspondiente a la presente licitación pública.
Obligaciones laborales y previsionales
De conformidad a lo señalado en el art. 4° de la ley N° 19.886, para efectos del pago, el oferente adjudicado deberá acreditar que no registra saldos insolutos de remuneraciones o cotizaciones de seguridad social con sus actuales trabajadores o con trabajadores contratados en los últimos dos años, acompañando el certificado respectivo de la Dirección del Trabajo.
Consultas y aclaraciones
Las consultas que los oferentes quisieran formular deberán ser realizadas a través de un foro electrónico disponible en www.mercadopublico.cl, conectando el ID correspondiente a la presente licitación, desde el día de la publicación, hasta el día y dentro del horario que se determine el Portal www.mercadopublico.cl . Las respuestas y las aclaraciones si las hubiere, serán emitidas por las instancias técnicas de la I. Municipalidad de General Lagos que tendrán participación en el presente proceso licitatorio, al día siguiente al cierre de las consultas de los oferentes, dentro del horario que determine el Portal www.mercadopublico.cl. Se deja constancia que las respuestas y aclaraciones sólo se efectuarán, a través del foro electrónico existente en el portal www.mercadopublico.cl. Tanto las consultas como sus respuestas y las eventuales aclaraciones, se entenderán incorporadas a las presentes Bases Administrativas en todo aquello que las complemente o rectifique y que no sea expresamente excluido por el Servicio. Por otra parte, la I. Municipalidad de General Lagos, podrá efectuar, por iniciativa propia, aclaraciones a las Bases Administrativas y/o Técnicas para precisar su alcance, complementar o interpretar algún elemento de su contenido que, a su juicio, no haya quedado suficientemente claro y dificulte la obtención de ofertas. Se entenderá que estas aclaraciones contribuyen a determinar el alcance y sentido de las Bases Administrativas y/o Técnicas, según sea la naturaleza de la materia tratada y, en tal condición, deberán ser consideradas por los oferentes en la preparación de sus ofertas.
Vigencia de la oferta
La oferta deberá tener una vigencia mínima de 30 días corridos, contados desde la fecha de apertura de las ofertas. La oferta cuyo período de vigencia sea inferior será rechazada por no ajustarse a este requisito. En caso que el oferente no indique el plazo de vigencia de la oferta, se entenderá que ella lo es por todo el período señalado anteriormente.
Consultas aclaratorias a los oferentes
A fin de facilitar el examen, evaluación y comparación de las ofertas técnicas y/o de las ofertas económicas, el municipio podrá solicitar a los oferentes que aclaren aspectos determinados de las mismas, sin que estas aclaraciones signifiquen, en ningún caso, un cambio a la oferta presentada o impliquen una situación de ventaja de un oferente por sobre los demás. La solicitud de aclaración y la respuesta se efectuará a través del Sistema www.mercadopublico.cl. Las respuestas obtenidas, pasarán a formar parte integrante de los antecedentes de la oferta.
Errores u omisiones formales detectadas durante la evaluación
La comisión de Licitación podrá solicitar a los oferentes que salven errores u omisiones formales detectados en sus propuestas, siempre y cuando las rectificaciones de dichos errores u omisiones no les confieran a esos oferentes una situación de privilegio respecto de los demás, afectando los principios de estricta sujeción a las Bases y de Igualdad de los oferentes, ni se altere la esencia de la oferta o el precio de la misma. Se informará de dicha solicitud al resto de los oferentes a través del Sistema de Información.
Presentación de certificaciones o antecedentes que los oferentes hayan omitido presentar al momento de efectuar la oferta
A solicitud del municipio, los oferentes deberán presentar los antecedentes exigidos en el punto 1.8.1 y 1.8.2 de estas bases que hayan omitido al momento de presentación de las ofertas, siempre que esos antecedentes se hayan producido con anterioridad al vencimiento del plazo para efectuar ofertas o se refieran a situaciones no mutables entre el vencimiento del plazo para presentar ofertas y el periodo de evaluación. Las certificaciones o antecedentes antes señalados deberán ser presentados a través de su ingreso al portal www.mercadopublico.cl en el plazo fatal de 02 días corridos, contados desde el día siguiente al de su aviso vía electrónica. Vencido el plazo sin que medie la respectiva entrega en el portal indicado, la oferta será declarada inadmisible.
Cierre del proceso de evaluación
De la evaluación resultante, se elaborará un Acta que será suscrita por todos los integrantes de la Comisión Evaluadora. Dicha Acta dará cuenta de la evaluación de las ofertas e indicará a qué proponente se sugiere adjudicar la licitación o, en su caso, se propondrá declarar desierto el proceso. En caso que corresponda, también se deberá dejar constancia en el Acta de las ofertas que no fueron evaluadas por encontrarse fuera de Bases, especificando los artículos que habrían sido vulnerados
Rechazo de ofertas
La I. Municipalidad de General Lagos, se reserva el derecho de rechazar cualquier oferta e, incluso, rechazarlas todas, si del examen practicado por la Comisión Evaluadora, según los criterios de evaluación, se estimare que ellas no son convenientes a sus intereses. Si todas las ofertas fueren rechazadas, la I. Municipalidad de General Lagos declarará desierta la licitación, mediante resolución fundada. De igual manera se declarará la inadmisibilidad de las ofertas.
Adjudicación
La adjudicación de la propuesta se efectuará mediante Decreto Alcaldicio fundado, en la fecha indicada en el cronograma de licitación publicado en la página web www.mercadopúblico.cl bajo el ID de la misma, y se entenderá notificada luego de transcurridas 24 horas, desde que el MUNICIPIO la publique en la referida página Web (www.mercadopublico.cl). En caso de que la adjudicación no se realice en dicho plazo, se informaran los motivos de dicho incumplimiento, indicándose en el sistema Mercado Publico, un nuevo plazo para la Adjudicación. El MUNICIPIO se reserva el derecho de adjudicar cualquier de las ofertas que cumpla con los requisitos de la presente licitación y en su conjunto, evaluados todos los criterios de ponderación, resulte la más conveniente para los intereses de la institución, aunque no sea la de más bajo costo. Asimismo, El MUNICIPIO se reserva el derecho de declarar desierta la presente licitación o inadmisibles las propuestas, mediante Resolución fundada en los casos establecidos en el art. 9 de la ley Nª 19.886.
Readjudicación
Sin perjuicio de lo anterior, se deja establecido que, si el respectivo adjudicatario se desiste de su oferta, no entrega los antecedentes legales para contratar o no firma el contrato en los plazos que se establecen en las presentes bases, la entidad licitante podrá dejar sin efecto la adjudicación y seleccionar al oferente que, de acuerdo al resultado de la evaluación le siga en puntaje, y así sucesivamente, a menos que, de acuerdo a los intereses del servicio, se estime conveniente declarar desierta la licitación.
Resolución de consultas respecto de la adjudicación
El proponente que desee efectuar algún reclamo u observación, deberá hacerlo a través del portal mercadopúblico.cl, sin perjuicio de lo dispuesto en el inciso final del artículo 33 del Reglamento de la Ley Nº 19.886.
Vigencia y plazo del contrato
La relación contractual que se produzca entre el adjudicatario y el municipio como resultado de la adjudicación de la licitación comenzará a regir a contar de la fecha de publicación en el sistema de mercadopúblico.cl de la resolución alcaldicia que aprueba el contrato y se extenderá hasta el 31 de diciembre, hasta que se complete el ultimo servicio de la ronda medica. Sin perjuicio de lo anterior, el referido contrato se regirá por la oferta del proveedor, las disposiciones de la ley N° 18695, antes citadas, la ley N° 19.886 y su Reglamento en forma supletoria, junto a lo dispuesto en la ley N° 19.880 y a las normas del derecho civil, todas los cuales pasan a formar parte integrante del presente trato directo, exceptuándose aquellas disposiciones que no sean conciliables con la contratación directa como mecanismo de contratación.
Resolución o termino anticipado del contrato por incumplimiento grave
En caso de incumplimiento grave de las obligaciones que emanan de las presentes bases o del contrato, por parte del oferente adjudicado, el municipio podrá, en conformidad a lo dispuesto en el artículo 13 de la ley Nº 19.886, terminar anticipadamente el contrato. Para esos efectos, se entenderá por incumplimiento grave: a) Si el oferente adjudicado fuere declarado en quiebra, en insolvencia notoria; o si se disolviere; b) Si el oferente adjudicado resulta condenado por prácticas antisindicales o infracción a los derechos fundamentales del trabajador o por delitos concursales establecidos en el Código Penal. c) Si el oferente adjudicado cede o transferir en forma alguna, total ni parcialmente los derechos y obligaciones que nacen del desarrollo de la presente licitación pública o del contrato que suscriba con el municipio, salvo que una norma legal especial permita la cesión de derechos y obligaciones. d) Incumplimiento de las obligaciones del adjudicatario correspondientes al servicio licitado y su oferta, ya sea en calidad, precio, no prestar el servicio con los vehículos ofertados, no prestar el servicio en los días solicitados en 02 oportunidades en el mes o 08 veces mientras duré el contrato, prestar el servicio con retraso en los horarios en 02 oportunidades en el mes o 08 veces mientras dure el contrato, prestar servicio todo un mes con el vehículo de reemplazo u otro elemento debidamente informado por la contraparte técnica del municipio, designada mediante Decreto Alcaldicio para tal efecto. d) Las demás disposiciones de las presentes Bases de licitación que indiquen expresamente que una conducta determinada será considerada causal de término anticipado de contrato. Verificada la ocurrencia de cualquiera de las situaciones antes enunciadas, el municipio podrá poner término anticipado al contrato, dictando el acto administrativo correspondiente. Sin perjuicio de lo anterior, el municipio estará facultado para perseguir judicialmente la reparación de los perjuicios no cubiertos con la citada garantía que se le hayan ocasionado a esta Corporación Edilicia.
Resolución o termino anticipado del contrato por otras situaciones
El contrato a que dé lugar la presente licitación podrá terminar anticipadamente por mutuo acuerdo de las partes o por razones de caso fortuito o fuerza mayor, debiendo dictarse un decreto alcaldicio fundado para tal efecto donde conste el acuerdo alcanzado por las partes y las razones que dan lugar a ello. En caso de resolverse la contratación en forma anticipada por mutuo acuerdo de las partes, no habrá lugar a indemnización alguna por parte del municipio al contratista. En este caso las partes deberán liquidar el contrato a fin de establecer la situación de garantías, pagos y multas que pudiesen adeudarse.
Forma de pago
Facturación mensual, una vez efectuada la recepción total de los servicios en el mes, el adjudicatario deberá emitir la factura por el monto adjudicado y contratado, previa certificación de recepción de los servicios prestados. La facturación deberá hacerse a nombre de la I. Municipalidad de General Lagos Calle Ignacio Carrera Pinto S/N°, Comuna General Lagos, RUT N° 69.250.700-2, señalando el nombre del proyecto, y el ID de la Propuesta Pública y N° de Orden de Compra. Además, deberá adjuntar a la factura la respectiva orden de compra en estado aceptada. a) Documentos a presentar para el pago: 1. Factura a nombre de la I. Municipalidad de General Lagos, RUT: 69.250.700-2, dirección. Carrera Pinto S/N°, Comuna General Lagos (original) y dos copias 2. Copia de la bitácora de las salidas a terreno 3. Listados y fotografías de los servicios prestados, relación de pasajeros. 4. Orden de compra en estado aceptada El municipio podrá objetar o reclamar respecto del contenido de la factura dentro de los 08 días corridos después de su recepción.
Contraparte técnica
La contraparte técnica del municipio corresponderá a la Encargada del Departamento de Salud, o quien la subrogue, quien deberá velar por la correcta ejecución del contrato y certificar el cumplimiento de las condiciones del mismo para efectos de los pagos, multas e incumplimiento de las obligaciones que el contrato impone al oferente adjudicado, siempre que proceda. -
10. Demandas ante el Tribunal de Contratación Pública
No cuenta con demandas ante el Tribunal de Contratación Pública.