Licitación ID: 836-36-LP22
Asist. Técnica Fortalecimiento Capacidades Territo
Responsable de esta licitación: GOBIERNO REGIONAL V REGION, Gobierno Regional de Valparaiso - V Región
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Productos o servicios
1
Asesorías en gestión estratégica 1 Unidad
Cod: 80101505
PROGRAMA DE ASISTENCIA TÉCNICA PARA EL FORTALECIMIENTO DE CAPACIDADES TERRITORIALES CONDUCENTE A LA CONSTRUCCIÓN DE UNA POLÍTICA DE CUIDADOS EN EL MARCO DE UNA REGIÓN INCLUSIVA Y DE DERECHOS  

1. Características de la licitación
Nombre de la licitación:
Asist. Técnica Fortalecimiento Capacidades Territo
Estado:
Adjudicada
Descripción:
Fortalecer las capacidades territoriales del Gobierno Regional de Valparaíso, sectores y municipios, mediante la transferencia de técnicas y de metodologías integrando un enfoque de derechos humanos y territorial, que conduzcan a la formulación de una política regional de cuidados
Tipo de licitación:
Pública-Licitación Pública igual o superior a 1.000 UTM e inferior a 2.000 UTM (LP)
Tipo de convocatoria:
ABIERTO
Moneda:
Peso Chileno
Etapas del proceso de apertura:
Una Etapa
Toma de razón por Contraloría:
No requiere Toma de Razón por Contraloría
Publicidad de ofertas técnicas:
Las ofertas técnicas serán de público conocimiento una vez realizada la apertura técnica de las ofertas.
2. Organismo demandante
Razón social:
GOBIERNO REGIONAL V REGION
Unidad de compra:
Gobierno Regional de Valparaiso - V Región
R.U.T.:
72.235.100-2
Dirección:
Melgarejo 669 P. 7, Edificio Intendencia
Comuna:
Valparaíso
Región en que se genera la licitación:
Región de Valparaíso
3. Etapas y plazos
Fecha de cierre de recepción de la oferta: 12-12-2022 15:00:00
Fecha de Publicación: 21-11-2022 12:29:26
Fecha inicio de preguntas: 21-11-2022 12:30:00
Fecha final de preguntas: 28-11-2022 12:30:00
Fecha de publicación de respuestas: 29-11-2022 12:30:00
Fecha de acto de apertura técnica: 12-12-2022 15:00:00
Fecha de acto de apertura económica (referencial): 12-12-2022 15:00:00
Fecha de Adjudicación: 26-12-2022 12:27:37
Fecha de entrega en soporte fisico No hay información
Fecha estimada de firma de contrato 13-01-2023
Tiempo estimado de evaluación de ofertas 10 Días
Extensión automática del plazo de ofertas:

Se estableció para esta licitación que: "Si a la fecha de recepción de ofertas, se han recibido 2 o menos propuestas, el plazo de cierre se ampliará automáticamente en 2 días hábiles, por una sola vez, bajo las condiciones establecidas en el artículo 25, inciso octavo, del Reglamento de la ley 19.886."
4. Antecedentes para incluir en la oferta
Adicionalmente, todos los proveedores para ofertar en esta licitación, deberán obligatoriamente confirmar y firmar electrónicamente la Declaración Jurada de Requisitos para Ofertar.
Documentos Administrativos
1.- 1. Anexo N° 11: “Declaración Jurada Simple para Ofertar (UTP)”
Documentos Técnicos
1.- 1. Anexo N° 2: “Experiencia Acreditada del Jefe de Proyecto”
 
2.- 2. Anexo N° 3: “Experiencia del Oferente”
 
3.- 3. Anexo N° 4: “Experiencia Profesional Área Innovación TICs - Soporte Informático”
 
4.- 4. Anexo N° 5: “Experiencia Profesional Área Diseño Metodológico y Análisis Estadístico”
 
5.- 5. Anexo N° 6: “Experiencia Profesional Apoyo Área Aplicación Metodológica”
 
6.- 6. Anexo N° 7: “Experiencia Profesional Área Análisis de Información Territorial y Geográfica”
 
7.- 7. Anexo N° 8: “Formato Metodología Propuesta y Resultados Esperados”
 
8.- 8. Anexo N° 9: “Cartas de Compromiso Equipo de Trabajo Propuesto”
 
9.- 9. Anexo N° 10: “Formato Cronograma y Plan de Trabajo”
 
Documentos Económicos
1.- 1. Anexo N° 1: “Oferta Económica”
5. Requisitos para contratar al proveedor adjudicado
Persona natural
Encontrarse hábil en el Registro de Proveedores, registro que verificará NO haber incurrido en las siguientes causales de inhabilidad:

1 .- Haber sido condenado por cualquiera de los delitos de cohecho contemplados en el título V del Libro Segundo del Código Penal.
 
2 .- Registrar una o más deudas tributarias por un monto total superior a 500 UTM por más de un año, o superior a 200 UTM e inferior a 500 UTM por un período superior a 2 años, sin que exista un convenio de pago vigente. En caso de encontrarse pendiente juicio sobre la efectividad de la deuda, esta inhabilidad regirá una vez que se encuentre firme o ejecutoriada la respectiva resolución.
 
3 .- Registrar deudas previsionales o de salud por más de 12 meses por sus trabajadores dependientes, lo que se acreditará mediante certificado de la autoridad competente.
 
4 .- La presentación al Registro Nacional de Proveedores de uno o más documentos falsos, declarado así por sentencia judicial ejecutoriada.
 
5 .- Haber sido declarado en quiebra por resolución judicial ejecutoriada.
 
6 .- Haber sido eliminado o encontrarse suspendido del Registro Nacional de Proveedores por resolución fundada de la Dirección de Compras.
 
7 .- Haber sido condenado por prácticas antisindicales o infracción a los derechos fundamentales del trabajador.
 
8 .- Registrar condenas asociadas a responsabilidad penal jurídica (incumplimiento artículo 10, Ley 20.393).
 
Documentos persona natural
- - Fotocopia simple cédula de identidad de la persona natural adjudicada
Persona jurídica
Encontrarse hábil en el Registro de Proveedores, registro que verificará NO haber incurrido en las siguientes causales de inhabilidad:

1 .- Haber sido condenado por cualquiera de los delitos de cohecho contemplados en el título V del Libro Segundo del Código Penal.

2 .- Registrar una o más deudas tributarias por un monto total superior a 500 UTM por más de un año, o superior a 200 UTM e inferior a 500 UTM por un período superior a 2 años, sin que exista un convenio de pago vigente. En caso de encontrarse pendiente juicio sobre la efectividad de la deuda, esta inhabilidad regirá una vez que se encuentre firme o ejecutoriada la respectiva resolución.

3 .- Registrar deudas previsionales o de salud por más de 12 meses por sus trabajadores dependientes, lo que se acreditará mediante certificado de la autoridad competente.

4 .- La presentación al Registro Nacional de Proveedores de uno o más documentos falsos, declarado así por sentencia judicial ejecutoriada.

5 .- Haber sido declarado en quiebra por resolución judicial ejecutoriada.

6 .- Haber sido eliminado o encontrarse suspendido del Registro Nacional de Proveedores por resolución fundada de la Dirección de Compras.

7 .- Haber sido condenado por prácticas antisindicales o infracción a los derechos fundamentales del trabajador.

8 .- Registrar condenas asociadas a responsabilidad penal jurídica (incumplimiento artículo 10, Ley 20.393).

Documentos persona jurídica
- I18n entry not found: - Certificado de vigencia del poder del representante legal, con una antigüedad no superior a 60 días corridos, contados desde la fecha de notificación de la adjudicación, otorgado por el Conservador de Bienes Raíces correspondiente.
- I18n entry not found: - Certificado de vigencia de la sociedad con una antigüedad no superior a 60 días corridos, contados desde la fecha de notificación de la adjudicación, o el antecedente que acredite la existencia jurídica del oferente.
6. Criterios de evaluación
ÍtemObservacionesPonderación
1 6.2. OFERTA ECONÓMICA (10%): Con una escala de 0 a 100 puntos, la comparación de precios se realizará de acuerdo a la siguiente fórmula: P(i) = (C (min) /C (i) X 100), dónde: - P (i) : Puntuación de la oferta económica del proponente “i”. - C (i) : Oferta económica del proponente “i”. - C (min) : Menor oferta económica. NOTA: para el cálculo de este criterio se utilizará la información presentada en Anexo N° 1 “Oferta Económica”. 10%
2 6.3. OFERTA TÉCNICA (85%): LO SEÑALADO EN LAS PÁGINAS N°7, 8, 9, 10, 11 Y 12 DE REXE N° 2234/2022 85%
3 6.1. COMPORTAMIENTO CONTRACTUAL DEL OFERENTE (5%): Con una escala de 0 a 100, y con el propósito de reconocer el buen comportamiento en la venta/prestación de productos/servicios, se evaluará el comportamiento contractual del oferente, de acuerdo a la calificación disponible en la ficha privada del registro de proveedores, conforme los siguientes parámetros: • Nota Comportamiento Base publicada en Registro de Proveedores de 1 a 1,99: 30 PUNTOS • Nota Comportamiento Base publicada en Registro de Proveedores de 2 a 3,99: 60 PUNTOS • Nota Comportamiento Base publicada en Registro de Proveedores de 4 a 5,00: 100 PUNTOS NOTA: La información para la calificación se obtendrá de la ficha privada del proveedor del Registro de Proveedores de Mercado Público. 5%

7. Montos y duración del contrato
Estimación en base a: Presupuesto Disponible
Fuente de financiamiento: 22-11-999: Otros Servicios Profesionales
Monto Total Estimado: 100000000
Contrato con Renovación: NO
Observaciones Sin observaciones
Tiempo del Contrato 360 Días
Plazos de pago: 30 días contra la recepción conforme de la factura
Opciones de pago: Transferencia Electrónica
Nombre de responsable de pago: Elizabeth Montenegro Cortes
e-mail de responsable de pago: elizabeth.montenegro@gorevalparaiso.gob.cl
Nombre de responsable de contrato: Sra. Javiera Guarda Martínez
e-mail de responsable de contrato: javiera.guarda@gorevalaparaiso.gob.cl
Teléfono de responsable del contrato: 56-32-2655254-
Prohibición de subcontratación: Se permite subcontratación
8. Garantías requeridas
    Garantía fiel de Cumplimiento de Contrato
Beneficiario: Gobierno Regional de Valparaíso
Fecha de vencimiento: 02-04-2024
Monto: 5 %
Descripción: Para garantizar el Fiel y Oportuno complimiento del contrato, a la fecha de la suscripción, el adjudicatario deberá presentar una garantía pagadera a la vista e irrevocable. La que podrá entregarse física o electrónicamente, mediante uno o varios instrumentos financieros de la misma naturaleza, que en conjunto representen el monto o porcentaje a caucionar. En los casos en que se otorgue de manera electrónica deberá ajustarse a la ley N° 19.799 sobre documentos electrónicos, firma electrónica y servicios de certificación de dicha firma, y remitirse al correo electrónico oficinadepartes@gorevalparaiso.gob.cl. En caso de entrega física, debe ser entregada en Oficina de Partes del Gobierno Regional de Valparaíso, ubicada en Melgarejo N° 669 piso 7, Valparaíso, día hábil, de 9:00 a 13:00 horas al momento de suscribir el contrato respectivo, debe venir rotulado “Garantía por Fiel y Oportuno Cumplimiento del Contrato, LIC. 836-36-LP22 “PROGRAMA DE ASISTENCIA TÉCNICA PARA EL FORTALECIMIENTO DE CAPACIDADES TERRITORIALES CONDUCENTE A LA CONSTRUCCIÓN DE UNA POLÍTICA DE CUIDADOS EN EL MARCO DE UNA REGIÓN INCLUSIVA Y DE DERECHOS”, y el nombre del adjudicatario. Si el oferente no entrega o pretende postergar la entrega de esta garantía, se le tendrá por desistido de su oferta y se podrá re-adjudicar a la siguiente propuesta mejor evaluada según Informe de la Comisión de Evaluación. En caso de incumplimiento del adjudicatario de las obligaciones que le impone el contrato, el Gobierno Regional de Valparaíso estará facultado para hacer efectiva la garantía de cumplimiento, administrativamente y sin necesidad de requerimiento judicial o arbitral. La presenta garantía cauciona también el pago de las obligaciones laborales y sociales con los trabajadores del contratante adjudicado.
Glosa: Para garantizar el fiel cumplimiento del contrato de la licitación pública ID 836-36-LP22 “PROGRAMA DE ASISTENCIA TÉCNICA PARA EL FORTALECIMIENTO DE CAPACIDADES TERRITORIALES CONDUCENTE A LA CONSTRUCCIÓN DE UNA POLÍTICA DE CUIDADOS EN EL MARCO DE UNA REGIÓN INCLUSIVA Y DE DERECHOS”
Forma y oportunidad de restitución: La garantía de fiel cumplimiento del contrato será devuelta después de finalizados los servicios y sólo una vez vencido el plazo de vigencia de la misma, salvo que el contratista no cumpla con las obligaciones que establecen las Bases, la oferta correspondiente y/o el contrato, en cuyo caso el Gobierno Regional queda desde ya autorizada para proceder a hacerla efectiva administrativamente, sin más trámite.
9. Requerimientos técnicos y otras cláusulas
Cláusula de Readjudicación
Si el respectivo adjudicatario se desiste de su oferta, no entrega los antecedentes legales para contratar y/o la garantía de fiel cumplimiento, no firma el contrato o no se inscribe en Chileproveedores en los plazos que se establecen en las presentes bases, la entidad licitante podrá dejar sin efecto la adjudicación y seleccionar al oferente que, de acuerdo al resultado de la evaluación le siga en puntaje, y así sucesivamente, a menos que, de acuerdo a los intereses del servicio, se estime conveniente declarar desierta la licitación.
9.1. Resolución de Empates:
En caso de empate en el puntaje final de la evaluación Técnico-Económico de las ofertas, en primer lugar se optará por la propuesta que haya obtenido el mayor puntaje en el criterio “Oferta Técnica”. De haber igualdad de condiciones (puntajes), se considerarán los criterios en el siguiente orden de preferencias: “Oferta Económica” y “Comportamiento Contractual del Oferente”. En caso de persistir el empate, se optará por el oferente que haya presentado primero su oferta en el Sistema de Información Mercado Público.
9.2. Mecanismo para solución de consultas respecto a la adjudicación:
En caso que los oferentes quieran aclarar aspectos de la evaluación y/o adjudicación, podrán comunicarse vía correo electrónico a gabriel.soto@gorevalparaiso.gob.cl y liliam.vega@gorevalparaiso.gob.cl, dentro del plazo de 2 (dos) días hábiles desde la notificación de la adjudicación. Las consultas efectuadas serán respondidas por correo electrónico al proveedor que realiza la consulta, y junto con ello las preguntas y respuestas, serán publicadas como anexos a la licitación dentro de un plazo de 5 días hábiles.
9.3. Modificaciones a las Bases de Licitación:
El Gobierno Regional de Valparaíso podrá modificar los documentos de la propuesta, ya sea por iniciativa propia o en atención a una aclaración solicitada por alguno de los oferentes, durante el proceso de la propuesta, hasta antes del vencimiento del plazo para presentar ofertas. Las modificaciones que se lleven a cabo, serán informadas a través del sitio web www.mercadopublico.cl. Estas modificaciones formarán parte integrante de las bases. Las modificaciones de bases deberán realizarse mediante resolución totalmente tramitada que lo autorice, que será publicada en el portal, y en caso de ser necesario se fijará prudencialmente un nuevo plazo para la presentación de las ofertas, de manera de permitir que los proveedores interesados puedan conocer y adecuar sus ofertas a tales modificaciones.
9.4. Subsanación de errores u omisiones formales
Una vez realizada la apertura electrónica de las ofertas, el Gobierno Regional podrá solicitar a los oferentes, a través del denominado foro inverso disponible en el portal www.mercadopublico.cl, que salven errores u omisiones formales, siempre y cuando las rectificaciones de dichos vicios u omisiones no les confiera a esos oferentes una situación de privilegio respecto de los demás competidores, esto es, en tanto, no se afecten los principios de estricta sujeción a las bases y de igualdad de los oferentes, y se informe de dicha solicitud al resto de los oferentes a través del sistema de información (Art. 40, inciso 1° del Reglamento de la Ley N° 19.886). Las aclaraciones que se pidan o que se den, o la información que se solicite o se acompañe, no podrán alterar la oferta o el precio de la misma, ni violar el principio de igualdad de los oferentes y el de estricta sujeción a las bases. Los oferentes tendrán un plazo máximo de 48 horas corridas, contadas desde la notificación del respectivo requerimiento, para responder a lo solicitado por el Gobierno Regional o para acompañar los antecedentes requeridos por este. No se considerarán las respuestas o los antecedentes recibidos una vez vencido dicho plazo o que no hayan sido enviados a través de la plataforma. La responsabilidad de revisar el “foro inverso”, dispuesto en www.mercadopublico.cl mediante el cual se solicitan los antecedentes y aclaraciones duarte el periodo de evaluación, recae exclusivamente en los oferentes.
9.5. Solicitud de certificaciones o antecedentes omitidos:
El Gobierno Regional de Valparaíso cuando la situación lo amerite, tiene la facultad de permitir la presentación de certificaciones o antecedentes que los oferentes hayan omitido presentar al momento de efectuar la oferta, siempre que dichas certificaciones o antecedentes se hayan producido u obtenido con anterioridad al vencimiento del plazo para presentar ofertas o se refieran a situaciones no mutables entre el vencimiento del plazo para presentar ofertas y el periodo de evaluación. Tratándose de certificaciones o antecedentes incompletos se entenderán como no presentados oportunamente y podrá aplicarse lo dispuesto en esta cláusula. Para dichas presentaciones de certificaciones o antecedentes se otorgará un plazo fatal de 48 horas corridas, contadas desde su comunicación al oferente por parte de la entidad licitante, la que se informará a través del Sistema de información www.mercadopublico.cl. La responsabilidad de revisar oportunamente dicho sistema durante el periodo de evaluación recae exclusivamente en los respectivos oferentes.
9.6. Validez de las ofertas:
Las ofertas tendrán una vigencia mínima desde su presentación hasta la suscripción del contrato. Si se lleva a cabo una re adjudicación, este plazo se extenderá hasta la celebración efectiva del respectivo contrato.
9.7. Apertura de las Ofertas:
La apertura electrónica de los antecedentes de la propuesta, se efectuará el día señalado en la ficha de licitación y en el Punto Nº 3 “Etapas y Plazos”, de las presentes bases de licitación, en un sólo acto, a través del Sistema de Información ChileCompra, portal Mercado Público. Primeramente se procederá a constatar la remisión de todos los antecedentes requeridos para la presentación de la propuesta (Documentos solicitados en Punto Nº 4). La falta de presentación de cualquiera de los antecedentes requeridos, será condición suficiente para no considerar la propuesta en el proceso de evaluación y adjudicación. Se deja expresamente establecido que frente a situaciones técnicas que afecten la plataforma electrónica impidiendo el desarrollo de la apertura electrónica, el Gobierno Regional de Valparaíso estará facultado para interrumpir la continuidad administrativa de tal proceso y disponer su prosecución el día hábil siguiente. Asimismo, en caso de producirse un problema de indisponibilidad técnica del Sistema de Información www.mercadopublico.cl que provoque la imposibilidad de ingresar los archivos correspondientes de algún oferente, este último tendrá un plazo de 24 horas, contado desde la fecha de cierre de recepción de las ofertas, para presentar al Gobierno Regional de Valparaíso un certificado emitido por la Dirección de Compras y Contratación Pública que ratifique dicha circunstancia, con el objeto de regularizar su situación ante la institución y el resto de los oferentes de la presente licitación. Sólo en tal evento, y de acuerdo a lo establecido en el artículo N° 62 N° 2 del D.S. 250/2004, los oferentes tendrán un plazo de 2 días hábiles contados desde la fecha del envío del certificado de indisponibilidad, para la presentación de sus ofertas fuera del sistema de Información. Adicionalmente, deberá contar con el código de reclamo efectuado a ChileCompra, al momento de no poder ingresar la información.
9.8. Descalificación de los Licitantes:
El Gobierno Regional de Valparaíso podrá descalificar a los licitantes, en cualquier momento, en caso de que incurran en alguna de las siguientes causales: a) Si condiciona sus propuestas a la complementación de la oferta mediante la contratación de determinados proveedores o a la subcontratación de ciertas empresas; b) Si se comprueba que tiene acuerdo con otros licitantes para elevar los precios de los servicios objeto de esta licitación; c) Cualquier otro acuerdo que tenga por objeto obtener una ventaja ilícita sobre los demás licitantes; d) Si se comprueba que la oferta contiene antecedentes falsos.
9.9. Aclaraciones:
Los interesados en participar en la presente licitación podrán formular consultas y solicitar aclaraciones dentro de los plazos señalados en el Punto Nº 3 de las presentes bases y en la ficha electrónica. Las preguntas deberán formularse a través del sistema www.mercadopublico.cl. El Gobierno Regional de Valparaíso pondrá las referidas preguntas y sus respuestas en conocimiento de todos los interesados, a través de su publicación en www.mercadopublico.cl, sin indicar el autor de las preguntas, dentro del plazo señalado en la cláusula mencionada en el párrafo anterior. No se considerarán las preguntas recibidas una vez vencido dicho plazo.
9.10. Presentación de las Ofertas:
Los oferentes deben constatar que el envío de sus ofertas administrativas, técnicas y económicas a través del portal electrónico de compras públicas haya sido realizado con éxito, para ello se debe verificar el posterior despliegue automático del “Comprobante de Ingreso de Oferta” que se entrega en dicho sistema, el cual puede ser impreso por el proponente para su resguardo. Las únicas ofertas válidas serán las presentadas a través del portal electrónico de compras públicas, no se aceptarán ofertas que se presenten por un medio distinto al establecido en estas Bases, a excepción de los indicado en el Articulo N° 62 del Reglamento de la Ley 19.886. Será responsabilidad de los oferentes adoptar las precauciones necesarias para ingresar oportuna y adecuadamente sus ofertas. De acuerdo a lo anterior y en relación a la presentación de las ofertas, los oferentes: 1. Los oferentes deberán presentar la información solicitada en los anexos respectivos, no obstante el formato de los mismos es referencial. Deberán presentar el Anexo N°1: “Oferta Económica”, Anexo N°2: “Experiencia Acreditada del Jefe de Proyecto”, Anexo N° 3: “Experiencia del Oferente”, Anexo N° 4: “Experiencia Profesional Área Innovación TICs - Soporte Informático”, Anexo N° 5: “Experiencia Profesional Área Diseño Metodológico y Análisis Estadístico”, Anexo N° 6: “Experiencia Profesional Apoyo Área Aplicación Metodológica”, Anexo N° 7: “Experiencia Profesional Área Análisis de Información Territorial y Geográfica”, Anexo N° 8: “Formato Metodología Propuesta y Resultados Esperados”, Anexo N° 9: “Cartas de Compromiso Equipo de Trabajo Propuesto”, Anexo N° 10: “Formato Cronograma y Plan de Trabajo”, Anexo N°11: “Declaración para Uniones Temporales de Proveedores”, y la Declaración jurada de requisitos para ofertar, según formulario de Mercado Público. 2. El Comprobante de Ingreso de Oferta, debe presentarse en valor neto (sin impuestos), en PESOS CHILENOS, considerando el presupuesto disponible. 3. En caso de discrepancia entre la oferta económica presentada en el portal mercado público y el Anexo N° 1, se estará a lo dispuesto en el citado anexo.
9.11. Evaluación de las Ofertas:
Se considerarán, para efectos de la evaluación, aquellas propuestas que contengan claramente la información requerida en las presentes bases de licitación y que además correspondan al tipo de servicio solicitado en esta licitación. El Gobierno Regional de Valparaíso se reserva el derecho de declarar inadmisible cualquiera de las ofertas presentadas que no cumplan los requisitos o condiciones establecidos en las presentes bases.
9.12. Adjudicación:
La adjudicación de la oferta se resolverá dentro del plazo estimado que establece el cronograma de esta licitación y previo a la revisión por algún abogado del GORE, de la idoneidad de los antecedentes legales presentados por los oferentes que se hayan ubicado en el primer lugar del ranking de acuerdo con lo señalado por la Comisión Evaluadora. El GORE adjudicará la licitación mediante resolución fundada a aquella oferta que resulte más ventajosa y conveniente a sus intereses, según los criterios de la pauta de evaluación y sus correspondientes puntajes, ponderaciones, conforme lo informado y propuesto por la Comisión Evaluadora. La adjudicación se comunicará mediante la publicación de la Resolución respectiva en el sitio www.mercadopublico.cl. Conforme a lo estipulado en la Ley N° 19.886, el GORE podrá declarar las ofertas inadmisibles cuando éstas no cumplan los requisitos o condiciones establecidos en las presentas bases de licitación, sin perjuicio de la facultad para solicitar a los oferentes que salven errores u omisiones formales de acuerdo con lo establecido en las presentes bases; asimismo podrá declarar desierta la licitación cuando no se presenten ofertas, o bien, cuando éstas no resulten convenientes a sus intereses. Dichas declaraciones deberán materializarse a través de la dictación de una resolución fundada y no darán derecho a indemnización alguna a los oferentes.
9.13. Causales de Modificación y Término Anticipado del Contrato:
El contrato formalizado con el proveedor adjudicado en la presente Licitación, podrá modificarse o terminarse anticipadamente por las causales que señala el Artículo Nº 77 del Reglamento de la Ley 19.886, estas son: 1. Resciliación o mutuo acuerdo entre los contratantes. 2. Incumplimiento grave de las obligaciones contraídas por el contratante. Se considerarán incumplimientos graves los siguientes: • No entrega oportuna de los productos o servicios solicitados; • No respetar precios adjudicados; • No disponer de personal necesario para entregar un buen servicio; • Incumplimiento de los estándares técnicos de calidad ofrecidos por el adjudicatario en la oferta. • La negativa, sin causa justificada, de prestar cualquiera de los servicios a los que se hubiere comprometido en su oferta, que sean procedentes. 3. Estado de notoria insolvencia del contratante, a menos que se mejoren las cauciones entregadas o las existentes sean suficientes para garantizar el cumplimiento del contrato. 4. Por exigirlo el interés público o la seguridad nacional. 5. Registrar saldos insolutos en remuneraciones o cotizaciones de seguridad social con sus actuales trabajadores o con trabajadores contratados en los últimos dos años, a la mitad del periodo de ejecución del contrato, con un máximo de seis meses. 6. Las demás que se establezcan en las bases de la licitación o contrato. Adicionalmente el contrato podrá terminar cuando las multas alcancen el 10% del monto total del contrato. La resolución que disponga el término anticipado del contrato definitivo o su modificación, deberá ser fundada y publicarse en el Sistema de Información Mercado Público, a más tardar dentro de las 24 horas de dictada. En caso de termino anticipado del contrato por causa imputable al proveedor, se hará efectiva administrativamente y sin necesidad de resolución judicial alguna, la garantía de fiel y oportuno cumplimiento del contrato. Cuando la ocasión lo amerite el contrato podrá modificarse de acuerdo a lo establecido en el inciso final del Articulo 77 del Reglamento de la Ley 19.886, en el cual se indica que toda modificación no podrá alterar la aplicación de los principios de estricta sujeción a las bases y de igualdad de los oferentes, así como tampoco podrá aumentarse el monto del contrato más allá del 30% del monto original. Igualmente, el Gobierno Regional de Valparaíso, podrá poner término anticipado al contrato, en caso de falta de disponibilidad presupuestaria, en cuyo caso se cancelará el trabajo efectivamente realizado y aprobado por la contraparte técnica.
9.14. Multas:
• Multa por Atraso: Se cobrará una multa ascendente al 1,5 UTM por cada día hábil de atraso en que incurra el adjudicado en la entrega del informe respectivo. Se considerará el valor de la UTM del mes en que se incurra en el atraso. • Multa por Rechazo: 1. Si un mismo informe es rechazado por segunda vez, se sancionará con una multa equivalente al uno por mil del monto total del contrato, por cada día hábil que transcurra entre la comunicación del rechazo del informe y la entrega de una nueva versión del mismo. 2. Si un mismo informe es rechazado por tercera vez, se sancionará con una multa diaria (hábil) equivalente al doble del valor establecido en el punto anterior. 3. En el caso que un mismo informe sea rechazado por cuarta vez, se considerará este hecho como incumplimiento grave de las obligaciones del contrato y podrá dar lugar al término anticipado de este, haciendo efectiva la garantía de fuel y oportuno cumplimiento del contrato, además de cobrar las multas mencionadas anteriormente. • Aplicación de Multas Dichas multas se harán efectivas a través de un procedimiento administrativo, debiendo el proveedor hacer el pago de forma directa del monto correspondiente a este ítem a la cuenta corriente de la institución en un plazo máximo de 15 días corridos desde la notificación del acto administrativo que aprueba la sanción; sin embargo, previo al descuento, el Gobierno Regional comunicará al proveedor, la aplicación de la multa, sus fundamentos y el descuento respectivo. En el evento que el proveedor no cumpla con el pago establecido, éstas se descontarán de las garantías constituidas por el contratado si existieran. • Acumulación de Multas En caso que las multas acumuladas durante la ejecución del contrato excedan el 10% del valor total del contrato, el Gobierno Regional podrá poner término anticipado al mismo y hará efectiva la garantía de fiel cumplimiento si corresponde. • Normas generales. No procederá el cobro de multas si el incumplimiento obedece a casos fortuitos o fuerza mayor u otro motivo no imputable al adjudicatario. El caso fortuito o fuerza mayor será calificado como tal por el Gobierno Regional en base al estudio de los antecedentes por los cuales el adjudicatario acredite el hecho que le impide cumplir. Las multas se harán efectivas de acuerdo a los procedimientos legales y serán descontadas de la factura correspondiente, y siempre que dichos retrasos sean por causales imputables exclusivamente al adjudicatario. En caso de incumplimiento de los proveedores de una o más obligaciones establecidas en las bases, se estará a lo dispuesto en el artículo 79 ter del Reglamento, estableciéndose al efecto, un procedimiento para el cobro de las multas. • Procedimiento de aplicación Cuando se verifiquen hechos que, de acuerdo con lo establecido en estas bases sean constitutivos de multa, la contraparte técnica, notificará esta circunstancia al responsable del contrato (mediante memorándum o correo electrónico), indicando en forma precisa los hechos que se imputan, quien notificará mediante oficio enviado por carta certificada y/o mediante el aplicativo de “Gestión de Contratos – Sanciones” del portal www.mercadopublico.cl; en caso de ser una compra mayor a 1000 UTM, además se podrá intensificar la notificación o en aquellas contrataciones menores a 1000 UTM, mediante correo electrónico. El adjudicado dispondrá de un plazo de 3 (tres) días hábiles, contados desde la fecha de su notificación, para efectuar los descargos que estime pertinentes, adjuntando los antecedentes que sustenten sus alegaciones, por escrito y presentado en el mismo aplicativo de gestión de contratos del portal www.mercadopublico.cl cuando corresponda o vía correo electrónico al encargado del proceso. Una vez realizados los descargos por parte del adjudicado, o en su defecto, una vez transcurrido el plazo de 3 (tres) días hábiles sin que éste haya formulado descargos, se aplicará la sanción correspondiente. Si el adjudicatario hubiera presentado descargos en el tiempo y forma, el Gobierno Regional de Valparaíso tendrá un plazo de hasta 30 días hábiles a contar de la recepción de los mismos, para rechazarlos o acogerlos, total o parcialmente. La sanción a aplicar o la determinación de no hacerlo, se formalizará a través de una resolución fundada, la que se pronunciará sobre los descargos presentados, si existieren, y se publicará en el Sistema de Información. En contra de dicha resolución procederán los recursos establecidos en la Ley N° 19.880, que Establece Bases de los Procedimientos Administrativos que rigen los Actos de los Órganos de la Administración del Estado (5 días hábiles), los que deberán ser enviados mediante carta certificada y el aplicativo de gestión de contratos del portal www.mercadopublico.cl; en caso de ser una compra mayor a 1000 UTM, además se podrá complementar la notificación o en aquellas contrataciones menores a 1000 UTM, mediante correo electrónico, y respondidos por el mismo medio. Las notificaciones por carta certificada se entenderán practicadas a contar del tercer día siguiente a su recepción en la oficina de Correos que corresponda.
9.15. Comisión de Evaluación o Evaluador de las Ofertas:
El análisis y evaluación de las ofertas recibidas, estará a cargo de las personas indicadas en la parte resolutiva de la resolución que apruebe las presentes bases. Para el proceso de evaluación de las propuestas la comisión puede solicitar la asesoría jurídica y administrativa de un abogado de la institución y/o un funcionario del Departamento Administrativo con conocimiento en compras públicas, quienes no formarán parte de la comisión de evaluación, sino que asesorarán legal y administrativamente este proceso. Corresponderá especialmente a la comisión evaluadora: a. Verificar la admisibilidad de las propuestas. b. Realizar el proceso de evaluación de las ofertas, considerando todos los antecedentes exigidos, sean de carácter técnico, legal y/o económico. c. Elaborar el informe de evaluación de las ofertas de forma clara y precisa en el periodo de tiempo indicado en las bases. d. Durante el proceso de evaluación de las ofertas, se podrá solicitar a los oferentes las aclaraciones a sus propuestas que estimen necesarias para una correcta evaluación de las mismas, las que deberán ser canalizadas e informadas al resto de los oferentes a través del Sistema de Información. Del mismo modo, se podrá solicitar a los oferentes que salven errores u omisiones formales, siempre y cuando las rectificaciones a dichos vicios u omisiones no confieran a esos oferentes una situación de privilegio respecto de los demás competidores, eso es, en tanto no se afecten los principios de estricta sujeción a las bases y de igualdad de los oferentes. Excepcionalmente, y de manera fundada, algunos de los integrantes de la comisión designados por la entidad licitante, podrán ser personas ajenas a la administración, aunque siempre en número inferior a los funcionarios públicos que integran dicha comisión. Los miembros de la Comisión Evaluadora no podrán: • Tener contactos con los oferentes, salvo en cuanto proceda alguno de los mecanismos regulados por los artículos 27, 39 y 40 del reglamento de la ley N° 19.886. • Aceptar solicitudes de reunión, de parte de terceros, sobre asuntos vinculados directa o indirectamente con esta licitación, mientras integren la Comisión Evaluadora. • Aceptar ningún donativo de parte de terceros. Entiéndase como terceros, entre otros, a las empresas que prestan servicios de asesoría, o bien, sociedades consultoras, asociaciones, gremios o corporaciones. Esta Comisión emitirá un informe de evaluación de ofertas, proponiendo al Jefe de Servicio de la entidad licitante la adjudicación, de acuerdo con los criterios de evaluación contenidos en las presentes bases de licitación y en virtud del proceso de evaluación descrito a continuación.
9.16. Procedimiento de Presentación y Aprobación de Informes
a) Procedimiento de presentación de Informes: Para todos los efectos se considerará como fecha de entrega aquella de recepción de los informes directamente en la Oficina de Partes del Gobierno Regional de Valparaíso, ubicada en Melgarejo Nº 669, piso 7, Edificio Esmeralda, en la ciudad de Valparaíso, en días hábiles y en horarios de 9:00 a 13:00 horas. Todo el material que se entregue durante el desarrollo del servicio, deberá estar en idioma español. Además, será requisito enviar una copia digitalizada vía correo oficinadepartes@gorevalparaiso.gob.cl, proceso que se realizará conjuntamente con el ingreso físico de toda la documentación solicitada. Esta entrega no significará gasto alguno para el Gobierno Regional, por entenderse incluido en el gasto de transporte hasta el lugar de entrega, en los valores ofertados. La adjudicataria deberá hacerse cargo del bodegaje de o los bienes hasta la fecha de la entrega en los términos señalados. El servicio contratado se pagará a través de 6 (seis) estados de pago, contra la entrega en conformidad de los productos que se señalan a continuación, de acuerdo con lo establecido en el punto 1.5, 1.6 y 1.7 de las especificaciones técnicas. b) Formato de Entrega: Cada informe o documento solicitado debe ser entregado en una copia impresa y otra digital. El formato del informe debe ser tamaño carta, y las imágenes, gráficos, esquemas, entre otros, deben estar en colores. c) Procedimiento para aprobación de informes y/o servicios: Los informes deben ser presentados en los plazos señalados en el plan de entrega de informes de acuerdo al plan de entrega establecido en el punto 1.7 de las especificaciones técnicas de la presente licitación. Una vez recibido cada Informe, la contraparte técnica dispondrá de un máximo de 10 días hábiles para hacer sus observaciones, tiempo que comenzará a contabilizarse a partir del día hábil siguiente de la fecha de ingreso en la oficina de partes. El tiempo que transcurra entre la entrega de un informe y la comunicación en la que el responsable del contrato se pronuncie acerca de su revisión, formará parte del plazo de vigencia del contrato pero no del tiempo de ejecución de la consultoría. Si el informe cumple con los requisitos establecidos en el contrato, este será aprobado técnicamente por el Gobierno Regional, lo que se comunicará al consultor por escrito, junto con aprobar el pago asociado y señalar el plazo de entrega del siguiente informe, cuando corresponda. Si por el contrario el informe no cumple con los requisitos establecidos en el contrato, este será rechazado, situación que igualmente será comunicada formalmente por escrito al Consultor. Sin perjuicio de lo anterior, cabe señalar que, las observaciones de forma que la contraparte técnica formulare con ocasión de la revisión de cada uno de los informes presentados, no constituirán inicialmente motivo de rechazo, sin perjuicio de lo cual, el consultor deberá presentar obligatoriamente una versión corregida que subsane e incluya las observaciones formales por él formuladas, en un plazo de cinco días hábiles a partir de la recepción de la carta que comunica tales observaciones, el que no se computará como parte del plazo de ejecución del estudio. Certificada por la contraparte técnica que las observaciones fueron subsanadas, se generará un oficio de aprobación del informe por parte de ésta. Por otro lado el incumplimiento por parte del consultor de dicho requerimiento (entrega fuera de plazo, o no subsana observaciones de forma), producirá inmediatamente el rechazo del informe correspondiente y dará lugar a la aplicación de la multa por atraso, contemplada en el punto 9.13 de las presentes bases, contado desde el día o fecha en que el consultor debería haber presentado la versión corregida del informe. El rechazo de un informe deberá ser fundado y comunicado al adjudicatario, conteniendo las observaciones que deban ser subsanadas para dar lugar a su aprobación. La misma carta señalará el plazo de que dispone el adjudicado para subsanar las observaciones y presentar una nueva versión del informe, para lo cual se considerará un plazo máximo de 7 días corridos. El tiempo que transcurra entre la notificación de rechazo de un informe y el plazo que disponga para su corrección y entrega informada por la contraparte técnica de la consultoría, formará parte del plazo de ejecución del estudio.
9.17. Modificación de las Prestaciones
El Gobierno Regional podrá modificar o requerir prestaciones adicionales a las originalmente contratadas, o disminuirlas, siempre que estén debidamente justificadas y sean de la misma naturaleza que las contratadas inicialmente, debiendo complementarse o entregarse una nueva garantía de fiel cumplimiento del contrato, según corresponda. Asimismo, y de acuerdo a lo señalado en el artículo 77 Nº 6 del Reglamento de Ley Nº 19.886, “no podrá alterarse la aplicación de los principios de estricta sujeción a las bases y de igualdad de los oferentes, así como tampoco podrá aumentarse el monto del contrato más allá de un 30% del monto originalmente pactado”. Dichas modificaciones deberán ser aprobadas, previamente, por el acto administrativo pertinente.
9.18. Subcontratación
La persona natural o jurídica contratada podrá subcontratar con terceros la ejecución parcial de los servicios contratados, en los términos previstos en la oferta técnica. En todo caso, será la contratada o su continuadora legal, la única responsable ante el Gobierno Regional del cabal y oportuno cumplimiento de los servicios contratados. El subcontratista no podrá incurrir en las inhabilidades o prohibiciones descritas en el artículo 4° de la Ley N° 19.886, ni en las inhabilidades descritas en el artículo 92 del Decreto Supremo N° 250, de 2004, del Ministerio de Hacienda.
9.19. Confidencialidad
Toda información relativa al Gobierno Regional de la Región de Valparaíso o a terceros a la que la empresa tenga acceso con motivo del contrato a que dé lugar la presente licitación, tendrá el carácter de confidencial. En consecuencia, dicha información deberá mantenerse en carácter de reservada, respondiendo la empresa de todos los perjuicios que se deriven de la infracción de esta obligación. No podrá la empresa realizar ningún uso respecto de la información, sin autorización previa y expresa del Gobierno Regional.
9.20. Comportamiento ético del adjudicatario:
El adjudicatario que preste los servicios deberá observar, durante toda la época de ejecución del contrato, el más alto estándar ético exigible a los funcionarios públicos. Tales estándares de probidad deben entenderse equiparados a aquellos exigidos a los funcionarios de la Administración Publica, en conformidad con el Título III de la ley N° 18.575, Orgánica Constitucional de Bases Generales de la Administración del Estado.
9.21. Cesión del Contrato
El contratado no podrá ceder ni transferir en forma alguna, sea total o parcialmente, los derechos y obligaciones que nacen con ocasión de la presente licitación y del contrato que en definitiva se suscriba, salvo que norma legal especial permita las referidas cesiones. Lo anterior, es sin perjuicio que los documentos justificativos de los créditos que emanen de estos contratos puedan transferirse de acuerdo a las normas de derecho común. La infracción a esta obligación implicará el término inmediato del contrato, haciéndose efectiva las garantías de fiel cumplimiento y/o de anticipo, en su caso.
9.22. Saldos insolutos de remuneraciones o cotizaciones de seguridad social:
En caso de que el adjudicado registre saldos insolutos de remuneraciones o cotizaciones de seguridad social con sus actuales trabajadores o con trabajadores contratados en los últimos dos años, los primeros estados de pago producto de esta licitación deberán ser destinados al pago de dichas obligaciones, debiendo la empresa acreditar que la totalidad de las obligaciones se encuentran liquidadas al cumplirse la mitad del período de ejecución de las prestaciones, con un máximo de seis meses. La entidad licitante deberá exigir que la empresa adjudicada proceda a dichos pagos y le presente los comprobantes y planillas que demuestren el total cumplimiento de la obligación. El incumplimiento de estas obligaciones por parte de la empresa adjudicada, dará derecho a terminar la relación contractual, pudiendo llamarse a una nueva licitación en la que la empresa referida no podrá participar. El Gobierno Regional de Valparaíso podrá requerir, en cualquier momento, los antecedentes que estime necesarios para acreditar el cumplimiento de las obligaciones laborales y sociales.
9.23. Normas Laborales:
El adjudicatario, en su calidad de empleador, será responsable exclusivo del cumplimiento íntegro y oportuno de las normas del Código del Trabajo y leyes complementarias, leyes sociales, de previsión, de seguros, de enfermedades profesionales, de accidentes del trabajo y demás pertinentes respecto de sus trabajadores y/o integrantes de sus respectivos equipos de trabajo. En consecuencia, el adjudicatario será responsable, en forma exclusiva, y sin que la enumeración sea taxativa, del pago oportuno de las remuneraciones, honorarios, indemnizaciones, desahucios, gratificaciones, gastos de movilización, beneficios y, en general, de toda suma de dinero que, por cualquier concepto, deba pagarse a sus trabajadores y/o integrantes de sus respectivos equipos de trabajo. El Gobierno Regional de Valparaíso se reserva el derecho a exigir al contratista, a simple requerimiento de la contraparte técnica, y sin perjuicio de lo dispuesto en el artículo 4° de la Ley de Compras y el artículo 183-C del Código del Trabajo, un certificado que acredite el monto y estado de cumplimiento de las obligaciones laborales y previsionales emitido por la Inspección del Trabajo respectiva, o bien, por medios idóneos que garanticen la veracidad de dicho monto y estado de cumplimiento, respecto de sus trabajadores. Ello, con el propósito de hacer efectivo por parte del órgano comprador, su derecho a ser informado y el derecho de retención, consagrados en los incisos segundo y tercero del artículo 183-C del Código del Trabajo, en el marco de la responsabilidad subsidiaria derivada de dichas obligaciones laborales y previsionales, a la que alude el artículo 183-D del mismo Código. Por otra parte, se deja expresa constancia que la suscripción del contrato respectivo no significará en caso alguno que el adjudicatario, sus trabajadores o integrantes de los equipos presentados por éstos, adquieran la calidad de funcionarios públicos, no existiendo vínculo alguno de subordinación o dependencia de ellos con el órgano comprador.
9.24. Pacto de Integridad:
El oferente declara que, por el sólo hecho de participar en la presente licitación, acepta expresamente el presente pacto de integridad, obligándose a cumplir con todas y cada una de las estipulaciones contenidas en el mismo, sin perjuicio de las que se señalen en el resto de las bases de licitación y demás documentos integrantes. Especialmente, el oferente acepta el suministrar toda la información y documentación que sea considerada necesaria y exigida de acuerdo a las presentes bases de licitación, asumiendo expresamente los siguientes compromisos: 1. El oferente se obliga a no ofrecer ni conceder, ni intentar ofrecer o conceder, sobornos, regalos, premios, dádivas o pagos, cualquiera fuese su tipo, naturaleza y/o monto, a ningún funcionario público en relación con su oferta, con el proceso de licitación pública, ni con la ejecución de él o los contratos que eventualmente se deriven de la misma, ni tampoco a ofrecerlas o concederlas a terceras personas que pudiesen influir directa o indirectamente en el proceso licitatorio, en su toma de decisiones o en la posterior adjudicación y ejecución del o los contratos que de ello se deriven. 2. El oferente se obliga a no intentar ni efectuar acuerdos o realizar negociaciones, actos o conductas que tengan por objeto influir o afectar de cualquier forma la libre competencia, cualquiera fuese la conducta o acto específico, y especialmente, aquellos acuerdos, negociaciones, actos o conductas de tipo o naturaleza colusiva, en cualquier de sus tipos o formas. 3. El oferente se obliga a revisar y verificar toda la información y documentación, que deba presentar para efectos del presente proceso licitatorio, tomando todas las medidas que sean necesarias para asegurar la veracidad, integridad, legalidad, consistencia, precisión y vigencia de la misma. 4. El oferente se obliga a ajustar su actuar y cumplir con los principios de legalidad, ética, moral, buenas costumbres y transparencia en el presente proceso licitatorio. 5. El oferente manifiesta, garantiza y acepta que conoce y respetará las reglas y condiciones establecidas en las bases de licitación, sus documentos integrantes y él o los contratos que de ellos se derivase. 6. El oferente se obliga y acepta asumir, las consecuencias y sanciones previstas en estas bases de licitación, así como en la legislación y normativa que sean aplicables a la misma. 7. El oferente reconoce y declara que la oferta presentada en el proceso licitatorio es una propuesta seria, con información fidedigna y en términos técnicos y económicos ajustados a la realidad, que aseguren la posibilidad de cumplir con la misma en las condiciones y oportunidad ofertadas. 8. El oferente se obliga a tomar todas las medidas que fuesen necesarias para que las obligaciones anteriormente señaladas sean asumidas y cabalmente cumplidas por sus empleados y/o dependientes y/o asesores y/o agentes y en general, todas las personas con que éste o éstos se relacionen directa o indirectamente en virtud o como efecto de la presente licitación, incluidos sus subcontratistas, haciéndose plenamente responsable de las consecuencias de su infracción, sin perjuicio de las responsabilidades individuales que también procediesen y/o fuesen determinadas por los organismos correspondientes.
9.25. Estipulaciones Generales:
a) Modalidad y Oportunidad del Pago:
 El servicio solicitado será pagado bajo la modalidad de suma alzada, según lo que a continuación se expone:
 - 16% del monto total del contrato, pagado contra la aprobación del informe N° 1 - 25% del monto total del contrato, pagado contra la aprobación del informe N° 2 - 15% del monto total del contrato, pagado contra la aprobación del informe Nº 3 - 15% del monto total del contrato, pagado contra la aprobación del informe Nº 4 - 15% del monto total del contrato, pagado contra la aprobación del informe Nº 5 - 14% del monto total del contrato, pagado contra la aprobación del informe Nº 6

El proveedor SÓLO podrá emitir el documento electrónico tributario una vez notificada la recepción conforme. Todas las facturas que sean emitidas sin contar con la recepción conforme de los productos y la autorización expresa por parte del encargado del contrato serán rechazadas.

El pago se realizará en pesos chilenos, mediante transferencia electrónica en la cuenta bancaria que el adjudicatario indique. El encargado del contrato verificará los antecedentes presentados y remitirá el estado de pago correspondiente al Departamento de Finanzas; una vez validado el pago. El encargado del contrato solicitará vía correo electrónico al proveedor el envío de la factura respectiva de acuerdo a lo establecido en el oficio N° 1683 de 2021.

Los pagos se realizarán dentro de los 30 días corridos siguientes de recibida la factura en la Oficina de Partes del Gobierno Regional.

Las facturas deben ser extendidas con los siguientes datos:
 - Nombre : Gobierno Regional de la Región de Valparaíso
 - Rol Único Tributario : 72.235.100-2
- Giro : Administración Pública.
- Dirección : Melgarejo 669, piso 7°, Valparaíso

En caso que el contratado registre saldos insolutos de remuneraciones o cotizaciones de seguridad social con sus actuales trabajadores o con trabajadores contratados en los últimos 2 (dos) años, los primeros estados de pago producto del contrato deberán ser destinados al pago de dichas obligaciones, debiendo el contratado acreditar que la totalidad de las obligaciones se encuentren liquidadas al cumplirse la mitad del período de ejecución del contrato, con un máximo de 6 (seis) meses.

El incumplimiento de estas obligaciones por parte del contratado, dará derecho al Gobierno Regional a dar por terminada la contratación.

b) Presupuesto Disponible: $100.000.000.- (cien millones de pesos) con impuestos incluidos, en pesos chilenos.

c) Formalización del Contrato: El contrato se formalizará mediante la suscripción del respectivo documento.

d) Plazos del Contrato y Consultoría:
   • Plazo de vigencia del contrato:
El contrato comenzará a regir a contar de la fecha de total tramitación de la resolución que lo apruebe y tendrá una vigencia igual al plazo de ejecución de la consultoría, más los plazos de revisión y correcciones respectivas.

 • Plazo de ejecución de la consultoría:
El plazo para la ejecución de la consultoría será de 360 (trescientos sesenta) días corridos, contados desde la fecha en que la contraparte técnica comunique al consultor e informe de la total tramitación del acto administrativo que aprueba el contrato respectivo. El tiempo destinado a la ejecución de la consultoría (360 días) no considera aquellos días que la contraparte técnica tarda en realizar las revisiones de los informes, esto es aquellos días contados desde la entrega del informe por parte del consultor en la oficina de partes correspondiente o envío de forma electrónica a la casilla de correo señalada por la contraparte técnica, hasta la notificación que realice la contraparte informando a ésta de las resoluciones respecto a la revisión del informe. Tampoco considera congelamientos o suspensiones temporales que puedan suscitarse de manera inesperada y ajena a las partes, a ser resuelta por el Gobierno Regional (paros, manifestaciones, catástrofes naturales, etc.)

e) Orden de Compra: Se emitirán una orden de compra por el monto contratado.

f) Para efectos de esta licitación se entenderá como día hábil los días lunes a viernes descontados los días sábados, domingos, festivos.

g) Sólo se aceptarán ofertas realizadas a través del Portal Mercado Público, de acuerdo a lo señalado en artículo 30 del Reglamento de Ley 19.886, las excepciones están contempladas en el Artículo 62 del mismo reglamento, en este último caso toda la documentación solicitada deberá ser entregada directamente al encargado del proceso.

h) La adulteración o falsificación física o ideológica de la información solicitada, será causal suficiente para rechazar de plano y sin más trámites la oferta presentada. De detectarse falsedad en la información contenida en cualquiera de los anexos solicitados, el Gobierno Regional de Valparaíso podrá poner término anticipado al contrato de inmediato.

i) En el evento que la adjudicación no se realice dentro del plazo señalado en el Punto Nº 3 de las presentes Bases de Licitación, el Gobierno Regional informará en el Sistema de Información de Compras Públicas las razones que justifiquen el incumplimiento del plazo para adjudicar, e indicará un nuevo plazo para la adjudicación.

j) Cláusula de Re adjudicación: Si el respectivo adjudicatario se desiste de su oferta, no entrega los antecedentes legales para contratar, no entrega la garantía de fiel cumplimiento del contrato, no firma el contrato o no se inscribe en el Registro de Proveedores de Mercado Público en los plazos que se establecen en las presentes bases, la entidad licitante podrá dejar sin efecto la adjudicación y seleccionar al oferente que, de acuerdo al resultado de la evaluación le siga en puntaje, y así sucesivamente, a menos que, de acuerdo a los intereses del servicio, se estime conveniente declarar desierta la licitación, como asimismo, hará efectiva la correspondiente garantía de seriedad de la oferta.

 k) Responsable del Contrato y Supervisor:
 - Responsable del Contrato:
Será doña Javiera guarda Martínez, Jefa de la División de Desarrollo Social y Humano del Gobierno Regional de Valparaíso, o quien la reemplace, quien deberá realizar la evaluación, control, coordinación y supervisión de los servicios entregados, coordinación de servicio adicionales solicitados, recepción conforme y tramitación de orden de compra y facturas respectivas, tramitar las multas y sanciones.

- Por su parte el proveedor adjudicado, designará a un Coordinador del Contrato. Dicho nombramiento deberá ser comunicado por escrito al Gobierno Regional de Valparaíso, una vez adjudicada la licitación y previo a la formalización del contrato de prestación de servicio, quien deberá a lo menos:

a) Informar oportunamente al responsable del contrato, de todo hecho relevante que pueda afectar el cumplimiento del contrato.

b) Representar al adjudicado en la discusión de las materias relacionadas con la ejecución del contrato.

c) Coordinar las acciones que sean pertinente para la operación y cumplimiento del presente contrato

Cualquier modificación en la designación del coordinador deberá ser informado a la contraparte técnica, a más tardar dentro de las 24 horas siguientes de efectuado el cambio por medio de correo electrónico.

l) Contraparte Técnica: La contraparte técnica será la División de Desarrollo Social y humano del Gobierno Regional de Valparaíso. La contraparte técnica controlará y evaluará los servicios requeridos, y verificará el correcto y oportuno cumplimiento de las instrucciones que se hayan impartido al efecto, actuando como interlocutor válido del Servicio.

m) Cambio de Equipo Profesional: En el caso de que el proveedor adjudicado realice un cambio de algún miembro del equipo ofertado, este deberá ser autorizado por la contraparte técnica mediante oficio y la respectiva resolución de modificación de contrato. El perfil del nuevo profesional deberá cumplir como mínimo, con lo solicitado en las especificaciones técnicas.