Licitación ID: 837-62-LP21
LP Insumos de Cromatografía para Laboratorios SML Nacional SC 22
Responsable de esta licitación: SERVICIO MEDICO LEGAL, SERVICIO MEDICO LEGAL
Reclamos recibidos por incumplir plazo de pago: 9
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Productos o servicios
1
Baterías de litio 9 Unidad
Cod: 26111711
Batería 6,4 V Lithium Ion ( LiFePO4) 1250 mAmp.Hr HPB6-A (sellador y decapitador viales).  

2
Baterías de litio 4 Unidad
Cod: 26111711
Batería 6,6 V Lithium Ion ,1350 mAh. HPB6-A, 8,9 watt Hr.(2IFpR18/65).Sella y decap.  

3
Batería de oxido de mercurio 1 Unidad
Cod: 26111716
Batería 4,8 V NiMH para sellador y decapitador de viales, tipo o equivalente Agilent 5188-6565.  

4
Columnas de cromatografía 2 Unidad
Cod: 23151816
Columnas BAC 2 (Largo 30 m, ID 0,32 mm, df 1,2 um, cod.18002, tipo Restek, Tipo o equivalente a Perkin Elmer)  

5
Columnas de cromatografía 5 Unidad
Cod: 23151816
Columnas Elite-BAC 1 Advantage, 10 m x 0.18 mm x 1.0 μm. o equivalente con requerimiento resolver la sobreposición de los pick de acetona y terbutanol (estándar interno) en una cromatografía en menos de 2 minutos.  

6
Columnas de cromatografía 3 Unidad
Cod: 23151816
Columnas Elite-BAC 2 Advantage, 10 m x 0.18 mm x 0.34 μm. o equivalente con requerimiento resolver la sobreposición de los pick de acetona y terbutanol (estándar interno) en una cromatografía en menos de 2 minutos.  

7
Columnas de cromatografía 14 Unidad
Cod: 23151816
Columna Elite-BAC 1 ADVANTAGE 30 m, 0.32 mmID, 1.8 μm o equivalente con requerimiento resolver la sobreposición de los pick de acetona y terbutanol (estándar interno).  

8
Columnas de cromatografía 12 Unidad
Cod: 23151816
Columna Elite-BAC 2 ADVANTAGE 30 m, 0.32 mmID, 0.6 μm  

9
Unidades quirúrgicas 3 Unidad
Cod: 30201904
Decapitador de vial con sello de 20-22mm, manual tipo alicate.  

10
Unidades quirúrgicas 5 Unidad
Cod: 30201904
Decapitador de viales 20mm electrónico, tipo o equivalente a Agilent 5190-3191, Tipo CR5A20D0.  

11
Unidades quirúrgicas 24 Unidad
Cod: 30201904
Micropipeta capilar, de 200 µL (tipo o equivalente a trasferpettor Fix 200 µL, cod. Nº 701878), volumen fijo, para uso de capilar vidrio, envase individual.  

12
Unidades quirúrgicas 2 Unidad
Cod: 30201904
Sellador análogo de viales (crimper), 20mm.  

13
Unidades quirúrgicas 5 Unidad
Cod: 30201904
Sellador electrónico de viales (Electronic Crimper), (encapsulador tipo o equivalente Agilent 5190-3189) 20mm.Tipo CR 5A20C0  

14
Unidades quirúrgicas 46 Caja
Cod: 30201904
Capilar Micropipeta 100/200 µL, caja x 50 unds, tipo o equivalente a Brand Nº cat.701910.  

15
Unidades quirúrgicas 48 Kit
Cod: 30201904
Kit de reparación para micropipeta capilar 100-200 µl, Vástago con teflón incorporado, tipo o equivalente a Brand, referencia cat. BR 701968, cada Kit contiene 3 vástagos.  

16
Unidades quirúrgicas 1 Unidad
Cod: 30201904
Sellador electrónico de viales (Electronic Crimper) 11mm, tipo o equivalente a modelo N°5A11CO  

17
Unidades quirúrgicas 1 Unidad
Cod: 30201904
Destapador Electrónico de viales (Electronic Decapper) 11mm, tipo o equivalente a Modelo N°5A11DO  

18
Unidades quirúrgicas 1 Unidad
Cod: 30201904
Barrel/PLGR ASSY; 801 RN, tipo Hamilton (20838-U)  

19
Unidades quirúrgicas 1 Paquete
Cod: 30201904
PK6 NEEDLES 26S GA 2IN PT2 2.5UL-100UL, tipo Hamilton (19131-U) Pqte x 6  

20
Unidades quirúrgicas 1 Paquete
Cod: 30201904
Clarus splitless glass liner -low volume sample analyses, benefical with headspace and purge/trap ID (MM:1;od (mm):6,2; Length (mm):902,1 (PKG.5), Código N6502006 Pqte x 5  

21
Unidades quirúrgicas 1 Unidad
Cod: 30201904
Cable, Assembly CPU to SPI Interface, para equipo Thermo HT3  

22
Unidades quirúrgicas 2 Unidad
Cod: 30201904
Needle stripper assy, para equipo Thermo HT3  

23
Unidades quirúrgicas 1 Unidad
Cod: 30201904
Oven heater cartridge assy, 230V, para equipo Thermo HT3  

24
Unidades quirúrgicas 1 Unidad
Cod: 30201904
Platen heater assembly, 230V, para equipo Thermo HT3  

25
Unidades quirúrgicas 1 Unidad
Cod: 30201904
Temp to solid state relay board cable, para equipo Thermo HT3  

26
Unidades quirúrgicas 1 Unidad
Cod: 30201904
Trace 2000/Trace GC Ultra Inetrface Cable w/ 1/16” to 2mm Unions, para equipo Thermo HT3  

27
Unidades quirúrgicas 1 Unidad
Cod: 30201904
Trace 2000/Trace GC Ultra Interface cable, para equipo Thermo HT3  

28
Unidades quirúrgicas 2 Unidad
Cod: 30201904
Trampa triple: oxygen/moisture/hydrocarbons trap conector 1/8 in. brass (2) equivalente clik-on super clean purifiers. Cod. N9306110  

29
Unidades quirúrgicas 1 Unidad
Cod: 30201904
TRL heater assy, 230V, para equipo Thermo HT3  

30
Unidades quirúrgicas 1 Unidad
Cod: 30201904
Trap Heater Assembly, 230V, para equipo Thermo HT3  

31
Unidades quirúrgicas 1 Unidad
Cod: 30201904
Transfer line assy, 230V, para equipo Thermo HT3  

1. Características de la licitación
Nombre de la licitación:
LP Insumos de Cromatografía para Laboratorios SML Nacional SC 22
Estado:
Adjudicada
Descripción:
El Servicio Médico Legal requiere adquirir mediante licitación pública, los insumos de cromatografía que a continuación se detallan, con el objetivo de dar cumplimiento a los quehaceres diarios que realizan los diferentes Laboratorios del SML a nivel nacional. Estos insumos, permitirán realizar los peritajes establecidos en las normativas técnicas de los laboratorios de alcoholemia y toxicología
Tipo de licitación:
Pública-Licitación Pública igual o superior a 1.000 UTM e inferior a 2.000 UTM (LP)
Tipo de convocatoria:
ABIERTO
Moneda:
Peso Chileno
Etapas del proceso de apertura:
Una Etapa
Toma de razón por Contraloría:
No requiere Toma de Razón por Contraloría
Publicidad de ofertas técnicas:
Las ofertas técnicas serán de público conocimiento una vez realizada la apertura técnica de las ofertas.
2. Organismo demandante
Razón social:
SERVICIO MEDICO LEGAL
Unidad de compra:
SERVICIO MEDICO LEGAL
R.U.T.:
61.003.000-9
Dirección:
Av. La Paz 1012 - CP 8380454
Comuna:
Independencia
Región en que se genera la licitación:
Región Metropolitana de Santiago
3. Etapas y plazos
Fecha de cierre de recepción de la oferta: 12-08-2021 15:01:00
Fecha de Publicación: 22-07-2021 14:35:50
Fecha inicio de preguntas: 22-07-2021 16:00:00
Fecha final de preguntas: 30-07-2021 15:01:00
Fecha de publicación de respuestas: 03-08-2021 20:00:00
Fecha de acto de apertura técnica: 12-08-2021 15:10:00
Fecha de acto de apertura económica (referencial): 12-08-2021 15:10:00
Fecha de Adjudicación: 09-09-2021 18:27:36
Fecha de entrega en soporte fisico No hay información
Fecha estimada de firma de contrato No hay información
Tiempo estimado de evaluación de ofertas No hay información
Extensión automática del plazo de ofertas:

Se estableció para esta licitación que: "Si a la fecha de recepción de ofertas, se han recibido 2 o menos propuestas, el plazo de cierre se ampliará automáticamente en 2 días hábiles, por una sola vez, bajo las condiciones establecidas en el artículo 25, inciso octavo, del Reglamento de la ley 19.886."
4. Antecedentes para incluir en la oferta
Adicionalmente, todos los proveedores para ofertar en esta licitación, deberán obligatoriamente confirmar y firmar electrónicamente la Declaración Jurada de Requisitos para Ofertar.
Documentos Administrativos
1.- 1. Podrán participar del proceso de licitación todas las personas naturales o personas jurídicas, nacionales o extranjeras, o Uniones Temporales de Proveedores (UTPs), que cumplan con las exigencias que se indican en las especificaciones técnicas y que acrediten condiciones de participación establecidas en las presentes bases. De conformidad al inciso primero del artículo 4 de la ley N° 19.886 “Quedarán excluidos quienes, al momento de la presentación de la oferta, de la formulación de la propuesta o de la suscripción de la convención, según se trate de licitaciones públicas, privadas o contratación directa, hayan sido condenados por prácticas antisindicales o infracción a los derechos fundamentales del trabajador, dentro de los anteriores dos años”. De acuerdo a la letra d), del artículo 26 del Decreto N° 211 que fija normas para la defensa de la libre competencia “En el caso de las conductas previstas en la letra a) del artículo 3° (hechos, actos o convenciones que impiden, restringen o entorpecen la libre competencia o que tienden a producir dichos efectos), podrá imponer (el Tribunal), además, la prohibición de contratar a cualquier título con órganos de la administración centralizada o descentralizada del Estado, con organismos autónomos o con instituciones, organismos, empresas o servicios en los que el Estado efectúe aportes, con el Congreso Nacional y el Poder Judicial, así como la prohibición de adjudicarse cualquier concesión otorgada por el Estado, hasta por el plazo de cinco años contado desde que la sentencia definitiva quede ejecutoriada.
Documentos Técnicos
1.- 1.- La propuesta técnica deberá ser presentada con sujeción estricta a lo señalado en las Bases Técnicas, para lo cual, los oferentes deberán remitirse a dicho documento. Los participantes deberán adjuntar todos y cada uno de los documentos a www.mercadopublico.cl, que permitan la evaluación de sus propuestas de conformidad a los parámetros de evaluación expuestos en las bases de licitación. Los proponentes deberán ajustar sus propuestas a los requerimientos mínimos según Bases Técnicas; no obstante, podrán presentar ofertas de mejor calidad técnica a la señalada. El Servicio Médico Legal NO evaluará aquellas ofertas que NO se ajusten a las Bases y Requerimientos Técnicos. 2.- Ofertas Alternativas: En el caso que un mismo proveedor, presente más de una oferta respecto de los requerimientos planteados; deberá identificarlas claramente y adjuntar para cada una, la documentación e información requerida para una correcta aplicación de los criterios de evaluación (Antecedentes Administrativos, Antecedentes Técnicos y Antecedentes Económicos).
 
Documentos Económicos
1.- Documentos Económicos 1.- La Oferta Económica debe contemplar claramente lo siguiente: a) Valor total de la oferta a ingresar en la línea de licitación del portal Mercado Público. b) Detalle del valor total de la oferta. Todos los valores serán expresados en pesos, primero en montos netos (glosa del portal www.mercadopublico.cl) y luego, con los impuestos legales correspondientes (IVA) en la oferta adjunta.
5. Requisitos para contratar al proveedor adjudicado
Persona natural
Encontrarse hábil en el Registro de Proveedores, registro que verificará NO haber incurrido en las siguientes causales de inhabilidad:

1 .- Haber sido condenado por cualquiera de los delitos de cohecho contemplados en el título V del Libro Segundo del Código Penal.
 
2 .- Registrar una o más deudas tributarias por un monto total superior a 500 UTM por más de un año, o superior a 200 UTM e inferior a 500 UTM por un período superior a 2 años, sin que exista un convenio de pago vigente. En caso de encontrarse pendiente juicio sobre la efectividad de la deuda, esta inhabilidad regirá una vez que se encuentre firme o ejecutoriada la respectiva resolución.
 
3 .- Registrar deudas previsionales o de salud por más de 12 meses por sus trabajadores dependientes, lo que se acreditará mediante certificado de la autoridad competente.
 
4 .- La presentación al Registro Nacional de Proveedores de uno o más documentos falsos, declarado así por sentencia judicial ejecutoriada.
 
5 .- Haber sido declarado en quiebra por resolución judicial ejecutoriada.
 
6 .- Haber sido eliminado o encontrarse suspendido del Registro Nacional de Proveedores por resolución fundada de la Dirección de Compras.
 
7 .- Haber sido condenado por prácticas antisindicales o infracción a los derechos fundamentales del trabajador.
 
8 .- Registrar condenas asociadas a responsabilidad penal jurídica (incumplimiento artículo 10, Ley 20.393).
 
Persona jurídica
Encontrarse hábil en el Registro de Proveedores, registro que verificará NO haber incurrido en las siguientes causales de inhabilidad:

1 .- Haber sido condenado por cualquiera de los delitos de cohecho contemplados en el título V del Libro Segundo del Código Penal.

2 .- Registrar una o más deudas tributarias por un monto total superior a 500 UTM por más de un año, o superior a 200 UTM e inferior a 500 UTM por un período superior a 2 años, sin que exista un convenio de pago vigente. En caso de encontrarse pendiente juicio sobre la efectividad de la deuda, esta inhabilidad regirá una vez que se encuentre firme o ejecutoriada la respectiva resolución.

3 .- Registrar deudas previsionales o de salud por más de 12 meses por sus trabajadores dependientes, lo que se acreditará mediante certificado de la autoridad competente.

4 .- La presentación al Registro Nacional de Proveedores de uno o más documentos falsos, declarado así por sentencia judicial ejecutoriada.

5 .- Haber sido declarado en quiebra por resolución judicial ejecutoriada.

6 .- Haber sido eliminado o encontrarse suspendido del Registro Nacional de Proveedores por resolución fundada de la Dirección de Compras.

7 .- Haber sido condenado por prácticas antisindicales o infracción a los derechos fundamentales del trabajador.

8 .- Registrar condenas asociadas a responsabilidad penal jurídica (incumplimiento artículo 10, Ley 20.393).

Inscritos en Chileproveedores En caso que el o los proveedores adjudicados no estén inscritos en el Registro electrónico oficial de contratistas de la Administración, Chileproveedores, estarán obligados a inscribirse dentro del plazo de 15 días hábiles contados desde la adjudicación o la emisión de la orden de compra respectiva
En relación a la Inscripción en ChileProveedores La inscripción deberá ser hábil.
6. Criterios de evaluación
ÍtemObservacionesPonderación
1 Precio Para mayor detalle, ver Bases Técnicas adjuntas. 40%
2 Cumplimiento de Requisitos de la Oferta Para mayor detalle, ver Bases Técnicas adjuntas. 3%
3 Criterio Inclusivo Para mayor detalle, ver Bases Técnicas adjuntas. 6%
4 Plazo de Entrega Para mayor detalle, ver Bases Técnicas adjuntas. 25%
5 Calidad Técnica de los Bienes Para mayor detalle, ver Bases Técnicas adjuntas. 18%
6 Servicio Post Venta Para mayor detalle, ver Bases Técnicas adjuntas. 8%

7. Montos y duración del contrato
Estimación en base a: Precio Referencial
Fuente de financiamiento: Presupuesto Servicio Médico Legal
Monto Total Estimado: 52500000
Justificación del monto estimado ESTUDIO DE MERCADO
Contrato con Renovación: NO
Observaciones VALOR INCLUYE IMPUESTOS
Plazos de pago: 30 días contra la recepción conforme de la factura
Opciones de pago: Transferencia Electrónica, Cheque
Nombre de responsable de pago: Cristian Rosales Pacheco
e-mail de responsable de pago: facturas@sml.gob.cl
Nombre de responsable de contrato: Sr. Alejandro Morales Barra
e-mail de responsable de contrato: amorales@sml.gob.cl
Teléfono de responsable del contrato: 56-2-8929516-
Prohibición de subcontratación: Se permite subcontratación
8. Garantías requeridas
    Garantías de Seriedad de Ofertas
Beneficiario: Servicio Médico Legal
Fecha de vencimiento: 29-12-2021
Monto: 300000 Peso Chileno
Descripción: Para garantizar la seriedad de cada una de sus ofertas, los proponentes deberán presentar instrumento pagadero a la vista, irrevocable, por el monto señalado, a nombre del Servicio Médico Legal, con la vigencia antes señalada. Dicha garantía de seriedad de oferta (en el caso de instrumentos financieros como vale vistas o boletas de garantías que requieren entrega material del mismo documento) deberá ser entregada hasta las 13:00 horas del día fijado para el cierre de la licitación en las dependencias de Oficina de Partes del SML, ubicada en Avenida La Paz N ° 1012, Independencia, Santiago, cuyo horario de atención es de 09:30 a 14:00 horas de lunes a viernes, el que se puede confirmar a los teléfonos 227823514 y 227823614. La entrega del documento debe realizarse en sobre cerrado indicando "Garantía por Seriedad de la Oferta" y deberá señalar el ID del proceso al que se refiere. Si dicho instrumento no se presenta dentro del plazo señalado, la oferta no será admitida, siendo rechazada y quedando, por tanto, excluida del proceso. Para el caso de instrumentos de garantía de carácter electrónico (garantías que no requieren entrega material del mismo documento); su entrega consistirá en el envío de dichos documentos al correo garantiasml@sml.gob.cl, indicando en el asunto "Garantía por Seriedad de la Oferta" y señalando el ID del proceso al que se refiere, dentro de los mismos plazos y horarios antes señalados. Del cobro de la Garantía de Seriedad de la Oferta: El SML hará efectiva dicha garantía o caución en cualquiera de los siguientes casos: a) Que se compruebe que cualquiera de los antecedentes entregados por el oferente es falsos o inductivos a error en la adjudicación; b) Si el proponente se desiste de su propuesta o la retira unilateralmente, sin expresar motivos fundados, durante el período de vigencia de la misma (oferta) o encontrándose en evaluación su propuesta. “Se considera también la no firma del contrato o la no aceptación de la orden de compra”; c) Si siéndole adjudicada la licitación, no se inscribe dentro de plazo señalado en lo referente a la inscripción en el Registro Electrónico Oficial de Proveedores del Estado (www.chileproveedores.cl) o bien, encontrándose inscrito, no regularice su habilidad en dicho registro en el plazo otorgado, de acuerdo con lo señalado en punto 5 "Requisitos para contratar al proveedor adjudicado" de las presentes Bases de Licitación; d) Si el proponente adjudicado no cumpliera con los plazos máximos establecidos para la firma del contrato o entrega de garantía de fiel cumplimiento de contrato. IMPORTANTE: Dado el contexto de Emergencia Sanitaría producto de la Pandemia Mundial por COVID-19, se recomienda para la obtención de garantías, optar por instrumentos de carácter electrónico, dado que no requieren entrega material del mismo documento, bastando su envío a la dirección de correo antes señalada. Tanto para el caso de instrumentos financieros que requieren una entrega física, como aquellos instrumentos electrónicos que no lo requieren, se sugiere adjuntar una copia, como parte de los antecedentes de la oferta en el portal www.mercadopublico.cl. Para el caso de instrumentos financieros que requieren una entrega física, se sugiere, además; que la copia, conste de timbre de recepción de Oficina de Partes del SML.
Glosa: Garantía de Seriedad de Oferta Licitación ID 837-62-LP21 INSUMOS CROMATOGRAFÍA
Forma y oportunidad de restitución: Esta garantía será devuelta a todos los proponentes (salvo al 2° y 3° oferente) una vez adjudicada la licitación, en el plazo de diez (10) días hábiles, con la salvedad del adjudicado, en cuyo caso se procederá a la devolución previa firma del contrato y entrega de la Garantía por Fiel Cumplimiento de Contrato, en los casos que corresponda. Procedimiento de Devolución: La Unidad de Tesorería es la responsable del resguardo, cobro y devolución de las garantías, por lo que el Área de Compras por medio del Asesor Jurídico que revisó el proceso de compras que da origen al presente acto administrativo, informara a dicha Unidad por medio de correo electrónico cuando corresponda la devolución, por lo que se recomienda al oferente de igual manera enviar un correo electrónico solicitando la devolución de la garantía, indicando ID de la licitación, Nombre y RUT de la empresa, a la casilla electrónica del asesor jurídico.
    Garantía fiel de Cumplimiento de Contrato
Beneficiario: Servicio Médico Legal
Fecha de vencimiento: 30-03-2022
Monto: 5 %
Descripción: : El oferente cuya propuesta se adjudique el presente proceso de licitación, deberá presentar esta caución o garantía, antes de la suscripción del contrato. Dicha Garantía de Fiel Cumplimiento (en el caso de instrumentos financieros como vale vistas o boletas de garantías que requieren entrega material del mismo documento) deberá ser entregada en las dependencias de Oficina de Partes del SML, ubicada en Avenida La Paz N ° 1012, Independencia, Santiago, cuyo horario de atención es de 09:30 a 14:00 horas de lunes a viernes, el que puede confirmarse a los teléfonos 227823514 y 227823614. La entrega del documento debe realizarse en sobre cerrado indicando "Garantía de Fiel Cumplimiento del Contrato" e ID de licitación. Para el caso de instrumentos de garantía de carácter electrónico (garantías que no requieren entrega material del mismo documento); su entrega consistirá en el envío de dichos documentos al correo del asesor jurídico a cargo de la confección del contrato, indicando en el asunto "Garantía por fiel cumplimiento" y señalando el ID del proceso al que se refiere, dentro del mismo plazo antes señalado. Esta garantía deberá otorgarse mediante instrumento pagadero a la vista, irrevocable, a nombre del Servicio Médico Legal, por el monto que corresponda al porcentaje antes indicado sobre el valor adjudicado a la empresa, con la vigencia indicada. En caso de término anticipado del Contrato, por causa imputable al ADJUDICATARIO, el SML hará efectiva la garantía de fiel y oportuno cumplimiento del Contrato, de acuerdo con lo especificado en la sección Término Anticipado del Contrato, de estas Bases. En caso que se proceda a hacer efectiva la garantía de fiel y oportuno cumplimiento del Contrato, sin poner término anticipado al contrato (en el caso de multas), el ADJUDICATARIO deberá presentar una nueva garantía de fiel y oportuno cumplimiento de Contrato, en conformidad con lo establecido en la presente sección. IMPORTANTE: Dado el contexto de Emergencia Sanitaría producto de la Pandemia Mundial por COVID-19, se recomienda para la obtención de garantías, optar por instrumentos de carácter electrónico, dado que no requieren entrega material del mismo documento, bastando su envío a la dirección de correo del asesor jurídico a cargo del contrato, el cual tomara contacto con el proveedor, únicamente una vez realizada la adjudicación, para efectos de la coordinación en la realización, firma y tramitación del contrato correspondiente. Para el caso de instrumentos que requieren una entrega física, se sugiere adjuntar una copia, con timbre de recepción de Oficina de Partes al correo del asesor jurídico a cargo del proceso.
Glosa: Garantía de Fiel y Oportuno Cumplimiento de Contrato Licitación Pública ID 837-62-LP21 INSUMOS CROMATOGRAFÍA
Forma y oportunidad de restitución: Procedimiento de Devolución: La Unidad de Tesorería es la responsable del resguardo, cobro y devolución de las garantías, por lo que el Área de Compras por medio del Asesor Jurídico que revisó el proceso de compras que da origen al presente acto administrativo, informara a dicha Unidad por medio de correo electrónico cuando corresponda la devolución, por lo que se recomienda al oferente de igual manera enviar un correo electrónico solicitando la devolución de la garantía, indicando ID de la licitación, Nombre y RUT de la empresa, a la casilla electrónica del asesor jurídico.
9. Requerimientos técnicos y otras cláusulas
9.1 DE LA FECHA DE PUBLICACIÓN DE RESPUESTAS
La publicación de las respuestas, entendiendo la complejidad del presente proceso licitatorio, podría ser, eventualmente, retrasada; por tanto, se faculta el cambio de la fecha de publicación de respuestas y la fecha de cierre del proceso licitatorio en el portal www.mercadopublico.cl, dada la necesidad de que los oferentes tengan el tiempo suficiente para la elaboración de sus ofertas. De ocurrir el cambio de fecha indicado anteriormente, éste deberá ser sancionado mediante la dictación del correspondiente acto administrativo que lo apruebe.
9.2 DE LOS INTEGRANTES DE LA COMISIÓN DE EVALUACIÓN Y SUS OBLIGACIONES
En consideración a lo contemplado en el Manual de Compras Institucional aprobado mediante Resolución Exenta Nº 1096, de fecha 13 de mayo de 2021 la Comisión de Evaluación, dependiendo del tipo de proceso de licitación efectuado; previo al acto de publicación, será designada y aprobada en el presente acto administrativo el cual será publicado en el Sistema de Información www.mercadopublico.cl. Dicha Comisión emitirá una proposición de adjudicación a la autoridad competente del SML para su resolución. 
La proposición de adjudicación consistirá en un Acta de Evaluación y Cuadro Comparativo de las ofertas evaluadas y las calificaciones obtenidas por los oferentes en la aplicación de los parámetros de evaluación, concluyendo con un informe sobre la evaluación y la propuesta de adjudicación.


9.3 DE LOS CRITERIOS DE DESEMPATE

En el caso que aplicados los criterios de evaluación el resultado sea un empate de dos (2) o más propuestas en la más alta calificación final, el criterio que utilizará la Comisión para desempatar será PRECIO, es decir ganará la oferta que obtenga mayor nota en ese criterio de las que se encuentren empatadas, y en caso de mantenerse el empate, el siguiente criterio para dirimir será PLAZO DE ENTREGA, otorgando la preferencia a la mayor nota en ese criterio. Y, en caso de persistir el empate entre dos (2) o más ofertas, el criterio para dirimir CALIDAD TÉCNICA DE LOS BIENES, ganando la oferta de mejor nota en ese criterio de evaluación. Y, en caso de persistir el empate, se resolverá de acuerdo a la oferta que hubiere ingresado primero a través del Sistema de Información www.mercadopublico.cl. Para resguardar la conveniencia de los intereses de la Institución, el Servicio Médico Legal se reserva el derecho de adjudicar o no las líneas de la licitación, cuando la nota de la oferta mejor evaluada sea inferior a 3,5.




9.4 DEL CIERRE Y APERTURA ELECTRÓNICA DE LA LICITACIÓN
El SML podrá ampliar consecutivamente el plazo del presente proceso de licitación por el sólo hecho que al día de cierre no se encuentren tres (3) ofertas, por lo que, de ocurrir esa situación, se faculta el cambio de fecha de cierre del proceso directamente en el Portal Mercado Público; dicha situación será sancionada mediante la dictación de un Acto Administrativo que lo apruebe. La modalidad de la apertura será en una (1) etapa, en la cual se hará una revisión de las garantías solicitadas, si fuere el caso y de los antecedentes legales para ofertar subidos por los proponentes al Portal Mercado Público, por parte de un profesional de la Unidad de Compras de Bienes y Servicios, quien luego de cotejar el cumplimiento de los requisitos solicitados a los oferentes, procederá a aceptar o rechazar las ofertas recibidas, indicando el fundamento de ello en la misma plataforma de Compras y Contrataciones Públicas, luego de lo que se procederá a la Apertura Electrónica, emitiéndose, automáticamente, un Acta de Apertura.
9.5 OMISIÓN DE ANTECEDENTES

En el evento que un oferente omita presentar certificaciones o antecedentes al momento de presentar su oferta, tendrá un plazo según lo establecido en el portal Mercado Público para subirlos (Aclaración de ofertas, que podrá solicitar el SML), siempre y cuando dichas certificaciones o antecedentes se hubiesen producido u obtenido con anterioridad al vencimiento del plazo para presentar ofertas o se refiriesen a situaciones no mutables entre el vencimiento del plazo para presentar ofertas y el período de evaluación. Sin perjuicio de lo anterior, el oferente que hubiere incurrido en la omisión indicada y luego la subsanare, será penalizado con la nota inferior que se indica en los criterios de evaluación en el parámetro Cumplimiento de Requisitos.

9.6 SOBRE LA EXCLUSIÓN O LA INADMISIBILIDAD DE OFERTAS

Existen diferentes situaciones que pueden determinar la exclusión o inadmisibilidad de una oferta en un proceso licitatorio, debido al incumplimiento de los requisitos establecidos en las Bases Administrativas o Técnicas, las que a modo de resumen son las siguientes; Al momento de la Apertura del proceso (Requisitos Legales-Administrativos): Exclusión: Casos (1): 1.- Cuando el proceso exige la entrega de una garantía de seriedad de oferta, y ésta no se entrega o se entrega en forma posterior a la hora fijada en el Portal. Al momento de Evaluación de las Ofertas: Inadmisibilidad: Cuando la oferta no cumple con requerimientos o especificaciones establecidos en las Bases Técnicas. Respecto de las ofertas excluidas o declaradas inadmisibles tanto en la apertura como en la etapa de evaluación de ofertas, deberá dejarse constancia expresa en el acto administrativo que adjudique o declare la deserción del proceso.




9.7 DE LA FECHA DE ADJUDICACIÓN

El plazo establecido para la adjudicación es una fecha estimada, teniendo en consideración la complejidad del proceso y los montos involucrados, razón por la cual nada obsta a que pueda efectuarse con anterioridad o posterioridad a la fecha indicada en las bases, la cual podrá ser modificada en el Sistema de Información, de acuerdo con lo indicado en el art. 41 del Reglamento de la Ley N° 19.886, antecedentes que deberán ser indicados en la resolución de adjudicación.

9.8 MECANISMO PARA SOLUCIÓN DE CONSULTAS RESPECTO A LA ADJUDICACIÓN
Los proveedores participantes del presente proceso, podrán realizar las consultas que estimen pertinentes respecto de la adjudicación, dentro del plazo de dos (2) días hábiles contados desde la adjudicación electrónica, por medio del correo electrónico: consultasadjudicacion@sml.gob.cl

Dichas consultas serán respondidas dentro de tres (3) días hábiles contados desde la realización de la misma.
9.9 CONDICIONES DE CONTRATACIÓN

Derechos de Patente y Propiedad Intelectual: El adjudicatario liberará de toda responsabilidad al SML en caso de acciones entabladas por terceros en razón de transgresiones de derechos de patente, marca registrada o diseños industriales como consecuencia de la utilización de los bienes o servicios parte de ellos en el territorio nacional.

Jurisdicción y Domicilio: Para todos los efectos, los oferentes fijan domicilio en la comuna y ciudad de Santiago de Chile y se someterán a la ley chilena y a la jurisdicción de sus Tribunales de Justicia, sin perjuicio de las facultades fiscalizadora s de Contraloría General de la República. Sin perjuicio de lo anterior, la relación comercial entre las partes se regulará básicamente por las bases de licitación (Bases Administrativas y Bases Técnicas), sus aclaraciones y anexos, la oferta adjudicada y toda su documentación anexa.

9.10 INTEGRACIÓN AL CONTRATO
Se deja constancia que todas y cada una de las cláusulas contenidas en las Bases Administrativas y Anexos de la Licitación, se entenderán incorporadas sin necesidad de mención expresa en el o los contratos que se celebren con el adjudicado y este se hará responsable del cumplimiento de las obligaciones que de tales documentos se derivan. Por lo anterior, constituirán parte integrante del contrato, las Bases Administrativas, Bases Técnicas, las consultas, respuestas y aclaraciones, la oferta adjudicada y toda su documentación anexa, lo cual se entenderá por enteramente reproducido en el mismo.
9.11 CONTRAPARTE TÉCNICA – ADMINISTRADOR DE CONTRATO

Con la finalidad de efectuar una mejor coordinación y control del correcto cumplimiento de la ejecución del contrato, el SML designará a un(os) funcionarios por sede, quienes cumplirán las funciones de Contraparte Técnica y además, designará a un Administrador de Contrato, quien tendrán al efecto las siguientes facultades-responsabilidades, según corresponda: 1) Fiscalizar el estricto y oportuno cumplimiento del contrato; 2) Aprobar el pago, considerando los descuentos y/o multas a que hubiere lugar por atraso en los tiempos de respuesta comprometidos; 3) Solicitar aplicación de multas en los casos definidos en el contrato o la orden de compra; 4) Cuando correspondan garantías de fiel y oportuno cumplimiento deberá velar que durante el tiempo de ejecución del contrato se mantengan vigentes; 5) Velar porque el prestador del servicio contratado mantenga al día las cotizaciones previsionales de sus trabajadores, solicitando mensualmente los comprobantes del pago de éstas (si correspondiese); 6) Confeccionar el documento que dé cuenta de la recepción conforme de los bienes; 7) En general, desarrollar todas las acciones referidas de control y de gestión que faciliten la ejecución del contrato. Asimismo, el adjudicatario deberá designar un Coordinador Técnico que se relacionará con el Administrador del Contrato para todos los efectos señalados. Todas las definiciones adoptadas por el Administrador del Contrato y el Coordinador Técnico, deberán constar en Actas firmadas por ambos. Para estos efectos, la Administración del contrato recaerá en el Profesional del Departamento de Laboratorios Sr. Alejandro Morales Barra, dependiente de la Subdirección Médica del SML, y en caso de ausencia, a su subrogante o superior jerárquico.

9.12 DEL PERFECCIONAMIENTO DE LA CONTRATACIÓN

A) CONTRATACIONES INFERIORES A 100 UTM: En conformidad con el art. 63 del Reglamento de la Ley Nº 19.886, en la presente licitación, los contratos inferiores a 100 UTM se formalizarán mediante la emisión de la orden de compra (OC) y la aceptación de ésta por el proveedor. En caso que una OC no hubiere sido aceptada por un adjudicado, el Servicio Médico Legal podrá solicitar su rechazo, entendiéndose definitivamente rechazada una vez transcurridas veinticuatro (24) horas desde dicha solicitud. Los proveedores que hubieren rechazado la orden de compra, en forma expresa o en la forma indicada anteriormente, serán evaluados negativamente como proveedores, lo cual tendrá incidencia en licitaciones futuras del SML en las cuales, eventualmente, participaren, de acuerdo con los criterios de evaluación que en las mismas bases se establecieren.
B) CONTRATACIONES IGUALES O SUPERIORES A 100 UTM: Tratándose de una contratación igual o superior a 100 UTM, esta se formalizará mediante la suscripción de un Contrato de Suministro o Prestación de Servicios, según sea el caso. Sin perjuicio de lo anterior, las contrataciones iguales o superiores a 100 UTM e inferiores a 1.000 UTM podrán formalizarse mediante la emisión de la orden de compra y su aceptación por parte del proveedor, cuando se trate de bienes o servicios de simple y objetiva especificación, lo que será determinado en las presentes bases de licitación, si fuese procedente.
B.1) Confección del contrato y sus fuentes: Notificada la adjudicación, el SML procederá, a redactar el contrato en conformidad al contenido de estas Bases, a las consultas formuladas y respuestas emitidas, a los documentos aclaratorios, a la oferta del adjudicatario y a las disposiciones pertinentes de la Ley Nº 19.886, de Compras Públicas, y su Reglamento.
B.2) De la firma y plazo: Confeccionado el contrato, el SML lo ofrecerá a la firma al adjudicatario otorgándole un plazo máximo de siete (7) días hábiles para suscribirlo, contado desde la fecha en que el SML notifique, vía correo electrónico, que el contrato se encuentra a su disposición para tal efecto. Dentro de este mismo plazo, el adjudicatario deberá proporcionar los antecedentes requeridos para contratar. Si el adjudicatario no firma por cualquier razón el contrato, el SML hará efectiva la garantía de seriedad de la oferta (si se hubiese exigido en las bases de licitación) y podrá, seguidamente, resolver que se adjudica la licitación al proponente que obtuvo el segundo mejor puntaje, o bien, declarar desierto el proceso.

9.13 DE LA ENTREGA Y RECEPCIÓN DE LOS BIENES

La entrega del (los) bien (es) deberá coordinarla el Administrador de Contrato respectivo, con la empresa y la Sede involucrada. La entrega de los bienes será efectuada en días hábiles, de lunes a jueves, en horario de 09:00 a 12:00 horas y de 14:30 a 16:00 horas; y viernes de 09:00 a 12:00 horas y de 14:30 a 15:30 horas, en las oficinas del Servicio Médico Legal especificadas en las Bases Técnicas. El plazo máximo de entrega será el establecido en la oferta económica y contrato de compraventa de existir, y se contabilizará desde el día posterior al envió de la orden de compra, sin perjuicio de lo anterior en el caso de que la adquisición requiera la suscripción de contrato, para todos los efectos el proveedor deberá esperar total tramitación del acto administrativo que apruebe el contrato. Dicho plazo será contabilizado en días hábiles. En el caso que el proveedor requiera prorrogar la entrega de uno o más productos, por causa justificada, deberá formularlo por escrito al Administrador de contrato a más tardar dos (2) días hábiles antes del vencimiento de la entrega original, acompañando todos los fundamentos que la justifiquen. Toda solicitud que se presente fuera del plazo no será válida y el proveedor deberá asumir las multas y sanciones que correspondan. Si el proveedor sufriere algún atraso por fuerza mayor o caso fortuito, debidamente acreditado y probado por él, deberá solicitar por escrito al SML la postergación del plazo de entrega dentro de los dos (2) días hábiles siguientes al vencimiento del plazo de entrega original. En caso de atraso o incumplimiento injustificado de la entrega de los productos o en la reposición de ellos, el SML resolverá sobre la aplicación de multas considerando los antecedentes pertinentes. El adjudicatario deberá entregar los bienes en la forma, cantidad, calidad, plazo y lugar convenido. En caso de no despacho de productos por parte del adjudicatario, el SML se reserva el derecho de pactar una nueva fecha de entrega con la aplicación de las multas pertinentes o llamar a una segunda licitación. El proveedor deberá emitir, por cada entrega no facturada en forma inmediata una Guía de Despacho a nombre del SML, y en ella, éste dejará constancia de la recepción material de los productos y de las respectivas observaciones. La Guía de Despacho deberá contener, además de las menciones tributarias, el número y la fecha de la orden de compra, el código y nombre asignados al producto. La recepción administrativa o provisoria de la mercadería (Material) por parte del SML, no constituye recepción conforme, razón por la cual y para estos efectos el SML por intermedio del Inspector Técnico designado, emitirá un documento de recepción conforme de los respectivos bienes, salvo deficiencia de la calidad que inhabilite el producto respecto de su objeto o función, o por incongruencia de cantidades, presentaciones, calidad u otras causas señaladas en las Bases Administrativas y Técnicas de la presente licitación o por no corresponder al producto materia del contrato de suministro. En el caso de entrega de bienes o prestación de servicios que no cumplan con las exigencias señaladas en los párrafos precedentes, el SML devolverá y/o exigirá por escrito al proveedor la reposición de dichos productos, sin costo alguno para el SML, siendo por lo tanto obligación del proveedor darle solución, dentro de un plazo no superior al ofrecido por el proveedor desde la exigencia escrita por parte del SML, pudiendo el SML aplicar sanciones equivalentes a la multa aplicada por atrasos, rigiendo las mismas condiciones indicadas para ella. Para este caso, las multas correrán desde la solicitud escrita de reposición.

9.14 DEL PAGO Y FACTURACIÓN

Emisión de la Factura: El proveedor deberá facturar o emitir el documento tributario correspondiente por la entrega realizada al SML, recibida conforme por éste y aceptada la correspondiente orden de compra en el portal de compras públicas. La factura deberá emitirse a nombre del Servicio Médico Legal, Rut. 61.003.000-9, dirección Avda. La Paz 1012, Comuna de Independencia, Santiago, indicando el número de la Orden de Compra, el detalle del bien/insumo, y cualquier otra indicación señalada en las Bases Técnicas. Se pagará la factura dentro del plazo de treinta (30) días corridos desde su ingreso mediante el sistema DTE “Acepta”, previa recepción conforme por parte del SML, sin observaciones. La obligación de pagar el precio no será exigible, cuando se hubiere rechazado en todo o parte el producto, en cuyo caso se podrá suspender el pago de la respectiva factura. Asimismo, no será exigible el pago cuando el proveedor no hubiese cumplido con alguna de las exigencias establecidas en las bases de licitación.
En el caso de una UTP, será el representante de la misma, indicado en el documento de su constitución, quien deberá emitir la boleta o factura respectiva para cursar los pagos que generen la ejecución contractual.
De la Recepción de los Documentos Tributarios: Todo Documento Tributario Electrónico “DTE” (facturas, boletas de honorarios, notas de crédito, etc.) el proveedor deberá emitirlo bajo las condiciones para proveedores del estado estipuladas en los correspondientes instructivos y Guías emanados de la Dirección de Presupuesto y del Servicio de Impuestos Internos y remitir el archivo xml a la casilla de intercambio (correo electrónico) destinado para dicho fin: dipresrecepcion@custodium.com, en el plazo máximo estipulado en instrucciones de uso del sistema de 48 horas una vez emitido el documento.
Para la realización de consultas, respecto del estado de tramitación de los correspondientes documentos; los proveedores dispondrán de la casilla facturas@sml.gob.cl.
La fecha de ingreso del documento al Servicio, se considerará desde el ingreso del documento tributario mediante el sistema de pago a proveedores del Estado “Acepta”, fecha desde la cual comenzarán a regir los plazos de mérito ejecutivo y el posterior pago del documento, si correspondiese.
Si la factura es ingresada de forma distinta a la antes señalada y no conforme a las guías e instructivos que, para estos efectos, dispuso la autoridad (Guía para proveedores de la Dirección de Presupuesto; Factura y llenado de la Orden de compra e Instructivo Técnico Factura Electrónica del Servicio de Impuestos Internos); dicho ingreso no tendrá efecto, ya que no existe otro sistema que permita gestionar el pago de la factura, distinto al antes mencionado “Acepta”. Será responsabilidad del proveedor efectuar la emisión e ingreso del documento tributario, según los parámetros establecidos por lo instructivos para dicho fin, emitidos por el SII y Dipres.
Del plazo para reclamar la factura: La factura tiene un mérito ejecutivo de 8 días corridas desde su ingreso a la plataforma de pago a proveedores del Estado “Acepta” y desde su validación por el SII el cual está integrado al sistema, y de acuerdo con lo indicado en la Ley Nº 19.983, art. 3, N° 2; plazo en el cual y concurriendo las causales descritas en la ley, el SML podrá rechazar el documento de la siguiente manera: Modalidad de reclamación de la factura: a) Devolviendo la factura y la guía o guías de despacho, en su caso, al momento de la entrega, b) Reclamando en contra o la falta en su contenido por el SII, tratándose de un documento emitido mediante sistema DTE, o c) Reclamando en contra de su contenido o de la falta total o parcial de la entrega de las mercaderías o de la prestación del servicio, dentro del plazo ya indicado; en cuyo caso, el reclamo/ rechazo del documento, será puesto en conocimiento del emisor de la factura mediante la misma plataforma, o por cualquier otro modo fehaciente, para lo cual es fundamental que los proveedores mantengan actualizada su ficha de proveedor en el portal www.mercadopublico.cl, ya que de ella se consideraran los datos de contactos, frente a cualquier inconveniente en el pago; conjuntamente con la devolución de la factura y la guía o guías de despacho, o bien junto con la solicitud de emisión de la nota de crédito correspondiente. El reclamo se entenderá practicado en la fecha de envío de la comunicación.
Reclamos ante el SII de DTE en la plataforma Acepta:
1) Archivo DTE no recibido en casilla de intercambio definida en SII.
2) Archivo DTE no aceptado por el SII.
3) Archivo DTE no contiene orden de compra de Mercado Público.
4) Archivo DTE contiene orden de compra, pero no existe en Mercado Público.
5) Archivo DTE contiene orden de compra, pero no ha sido aceptada está rechazada por el proveedor.
9.15 DE LAS MULTAS, SANCIONES, PROCEDIMIENTO PARA SU APLICACIÓN, COBRO Y PAGO

Multas:

Multas y Sanciones: De no estar establecidas las multas y sanciones expresamente en las Bases Técnicas; en el caso de otros incumplimientos a los compromisos adquiridos u ofertados por la empresa, el Administrador de Contrato solicitará la aplicación de una multa a la empresa por el 1,5 % del valor bruto de los bienes no entregados, por cada día de incumplimiento, con tope de 20 días corridos. Sin perjuicio de lo anterior, en caso que por razones fortuitas o fuerza mayor la Empresa no pudiese cumplir su obligación dentro de los plazos señalados, el Servicio ampliará el plazo de entrega, por un término equivalente a la duración del impedimento, previa comunicación por escrito del proveedor y calificación conforme por parte del Servicio, en orden a que los hechos invocados efectivamente configuran el caso. Los plazos de revisión empleados por el SML no serán computados para efectos de medir los atrasos. No obstante, se considerarán para tales efectos los plazos que el adjudicatario emplee en la corrección de las observaciones formuladas por el SML. La multa será enterada (pagada) al SML de las formas que establece la cláusula “PROCEDIMIENTO PARA APLICACIÓN Y COBRO Y PAGO DE MULTAS”, previa Resolución fundada que disponga su aplicación. El procedimiento de aplicación de multas y de cobro y pago de ellas se establece en otra cláusula en las presentes Bases Administrativas. Nota: el total de multas que pudiere aplicarse durante la vigencia del contrato, tiene como límite el 30% del valor adjudicado.

Procedimiento de aplicación de Multas: De ocurrir alguna de las situaciones previstas para la aplicación de multa(s), el Administrador de Contrato informará mediante correo electrónico al contratado sobre la falta incurrida, el fundamento para la aplicación de la multa (indicando con precisión los hechos que se le imputan) y el cálculo del monto de ésta. El contratado dispondrá de un plazo fatal de cinco (5) días corridos desde el envío del correo electrónico de notificación, para evacuar sus descargos por esa misma vía, presentación a la que deberá acompañar todos los antecedentes que estime pertinentes para fundamentar su alegación. Recibidos los descargos o habiendo expirado el plazo otorgado sin que hubiere ejercido su derecho, el Administrador de Contrato propondrá mediante un Informe dirigido al Encargado del Área de Compras de Bienes y Servicios, sobre la aplicación o no de la multa. Si el Informe es concluyente en cuanto a que se debe aplicar una multa, ésta se dispondrá por resolución fundada de la Autoridad Administrativa del SML, la cual señalará el hecho que configura la causal, el fundamento y el monto de la multa con el cálculo explicativo de la misma, la que se notificará al afectado mediante correo electrónico enviado por el Administrador de Contrato, adjuntando copia legible e íntegra de dicho Acto Administrativo sancionatorio. La resolución que determine el pago de una multa podrá ser impugnada conforme lo establece la ley Nº 19.880. La multa que sea procedente se cursará administrativamente, sin forma de juicio y para su pago se estará a lo siguiente;

Cobro y pago de multas; debido a la operatoria del nuevo sistema de pago centralizado, en el Sistema Público y ante lo informado por la Unidad de Tesorería, dependiente del Departamento de Presupuesto y Finanzas del SML, según lo cual, no es posible deducir las multas de los estados de pago existentes de los proveedores; se ha determinado, que en el caso de resolverse la aplicación de multas, el proveedor multado deberá pagar la multa directamente en la Unidad de Tesorería del SML (Alameda Libertador Bernardo O’Higgins 1583, Piso 7°, Santiago), dentro del plazo de 5 días hábiles de notificado del acto administrativo que determina la multa, y en el evento que aquél no pagare dicha sanción directamente dentro de plazo señalado; la Unidad de Tesorería, obtendrá el pago de la multa mediante el cobro de la garantía de fiel cumplimiento de contrato que hubiere entregado el proveedor (si fuere el caso), y de existir un remanente, de la garantía, éste será devuelto al proveedor. Previo al cobro de la garantía por fiel cumplimiento de contrato; el contratante, hará entrega dentro de quinto (5º) día hábil siguiente a la notificación efectuada respecto de la aplicación de multa, de una nueva garantía de fiel cumplimiento de contrato, por el total establecido en las Bases e igual vencimiento, para el caso que no pagase directamente su monto. La no entrega de la garantía en el plazo establecido, para el caso de no haber pagado la multa directamente, será causal de término anticipado del contrato. Se deja establecido que en caso que el proveedor no pague la multa directamente; o no exista garantía de fiel cumplimiento de contrato o habiendo una, resultare insuficiente para cubrir la multa, la Unidad de Tesorería del SML deberá informar al Departamento Jurídico del SML, para que requiera la intervención del Consejo de Defensa del Estado (CDE) a fin de resguardar el interés fiscal.

9.16 DEL TÉRMINO ANTICIPADO DEL CONTRATO

Sin perjuicio del derecho a cobrar las multas que procedan, de hacer efectiva la garantía de fiel y oportuno cumplimiento de contrato y de solicitar indemnización de perjuicios, adicionalmente, el SML tendrá la facultad de poner término al contrato, en forma administrativa, unilateral y anticipada, en los siguientes casos: a) Si la Empresa se excediere en quince (15) días hábiles del plazo original o prorrogado por el SML, sin dar cumplimiento a la entrega; b) Si la Empresa no cumpliere con alguna de las obligaciones especificadas en el contrato y sus anexos; lo que será determinado por el SML de manera fundada; c) Si la Empresa no diere cumplimiento a los requerimientos o instrucciones del SML que se hubieren, previamente, establecido en el requerimiento técnico; lo que será determinado por el SML, de manera fundada; d) Si la Empresa fuere declarada en quiebra, o caiga en estado de notoria insolvencia. En este último caso, a menos que se mejoren las cauciones entregadas o las existentes sean suficientes para garantizar el cumplimiento del contrato; e) Por término de la existencia jurídica y/o natural de la Empresa; f) En las situaciones previstas en las Bases Técnicas o en la situación establecida en la cláusula "De las Multas, Sanciones,, Procedimiento para su aplicación, Cobro y Pago"; g) Por incumplimiento de las obligaciones laborales y sociales de la Empresa respecto de sus trabajadores (si fuese el caso). En todos los casos señalados anteriormente, no operará indemnización alguna para el o los Adjudicatarios. No obstante, lo anterior, el SML también podrá disponer el término anticipado del contrato en el caso de verificarse algunas de las causales previstas en los artículos 13 de la Ley N° 19.886 y 77 de su reglamento, contenido en el D.S. N° 250, de 2004, del Ministerio de Hacienda. En el caso de la causal N° 1 del art 77 del Reglamento de Compras (Resciliación o mutuo acuerdo), dará lugar a la posibilidad de modificar el contrato hasta por un monto equivalente al 30 %. La terminación antes referida, se cursará mediante resolución fundada de la Autoridad Competente del SML debidamente tramitada. Se establece que, en caso de término anticipado del contrato por causa imputable al proveedor, el SML hará efectiva la garantía de fiel y oportuno cumplimiento de contrato (si fuese el caso).

9.17 PROCEDIMIENTO TÉRMINO ANTICIPADO DE CONTRATO

De ocurrir alguna de las situaciones previstas para el término anticipado del contrato, el Administrador del mismo, informará mediante correo electrónico al proveedor contratado (Empresa) sobre la causal de término y el fundamento para su aplicación de acuerdo a lo establecido en las bases de licitación y contrato suscrito. El proveedor contratado dispondrá de un plazo fatal de cinco (5) días corridos desde el envío del correo electrónico, para evacuar sus descargos por escrito, presentación a la que deberá acompañar todos los antecedentes que estime pertinentes para fundamentar su alegación. Recibidos los descargos o habiendo expirado el plazo otorgado sin que hubiere ejercido su derecho, el Administrador de Contrato propondrá mediante un Informe dirigido al Encargado del Área de Compras de Bienes y Servicios, sobre el término o no del contrato. Si el Informe es concluyente en cuanto a que se debe terminar el contrato, éste se dispondrá por resolución fundada de la Autoridad Administrativa del SML, la cual señalará el hecho que configura la causal y el fundamento de la misma, la que se notificará al proveedor, mediante correo electrónico enviado por el Administrador de Contrato, adjuntando copia íntegra de dicho Acto Administrativo. La resolución que determine el término del contrato podrá ser impugnada conforme lo establece la Ley N° 19.880. Nota: Estos procedimientos se utilizarán, en lo que sean aplicables, para el caso de otras medidas que pudiesen tener lugar con ocasión del incumplimiento de la Empresa de una o más obligaciones; por ejemplo, cobro de garantías (efectos derivados del incumplimiento contractual de la Empresa).

9.18 PACTO DE INTEGRIDAD.
El oferente declara que, por el sólo hecho de participar en la presente licitación, acepta expresamente el presente pacto de integridad, obligándose a cumplir con todas y cada una de las estipulaciones que contenidas el mismo, sin perjuicio de las que se señalen en el resto de las bases de licitación y demás documentos integrantes. Especialmente, el oferente acepta el suministrar toda la información y documentación que sea considerada necesaria y exigida de acuerdo a las presentes bases de licitación, asumiendo expresamente los siguientes compromisos: 1.- El oferente se obliga a no ofrecer ni conceder, ni intentar ofrecer o conceder, sobornos, regalos, premios, dádivas o pagos, cualquiera fuese su tipo, naturaleza y/o monto, a ningún funcionario público en relación con su oferta, con el proceso de licitación pública, ni con la ejecución de él o los contratos que eventualmente se deriven de la misma, ni tampoco a ofrecerlas o concederlas a terceras personas que pudiesen influir directa o indirectamente en el proceso licitatorio, en su toma de decisiones o en la posterior adjudicación y ejecución del o los contratos que de ello se deriven. 2.- El oferente se obliga a no intentar ni efectuar acuerdos o realizar negociaciones, actos o conductas que tengan por objeto influir o afectar de cualquier forma la libre competencia, cualquiera fuese la conducta o acto específico, y especialmente, aquellos acuerdos, negociaciones, actos o conductas de tipo o naturaleza colusiva, en cualquier de sus tipos o formas. 3.- El oferente se obliga a revisar y verificar toda la información y documentación, que deba presentar para efectos del presente proceso licitatorio, tomando todas las medidas que sean necesarias para asegurar la veracidad, integridad, legalidad, consistencia, precisión y vigencia de la misma. 4.- El oferente se obliga a ajustar su actuar y cumplir con los principios de legalidad, ética, moral, buenas costumbres y transparencia en el presente proceso licitatorio. 5.- El oferente manifiesta, garantiza y acepta que conoce y respetará las reglas y condiciones establecidas en las bases de licitación, sus documentos integrantes y él o los contratos que de ellos se derivase. 6.- El oferente se obliga y acepta asumir, las consecuencias y sanciones previstas en estas bases de licitación, así como en la legislación y normativa que sean aplicables a la misma. 7.- El oferente reconoce y declara que la oferta presentada en el proceso licitatorio es una propuesta seria, con información fidedigna y en términos técnicos y económicos ajustados a la realidad, que aseguren la posibilidad de cumplir con la misma en las condiciones y oportunidad ofertadas. 8.- El oferente se obliga a tomar todas las medidas que fuesen necesarias para que las obligaciones anteriormente señaladas sean asumidas y cabalmente cumplidas por sus empleados y/o dependientes y/o asesores y/o agentes y en general, todas las personas con que éste o éstos se relacionen directa o indirectamente en virtud o como efecto de la presente licitación, incluidos sus subcontratistas, haciéndose plenamente responsable de las consecuencias de su infracción, sin perjuicio de las responsabilidades individuales que también procediesen y/o fuesen determinadas por los organismos correspondientes.
9.19 OBLIGACIÓN DE CONFIDENCIALIDAD Y RESERVA DE INFORMACIÓN.
a.- La parte contratada (Empresa) se obliga a mantener en estricta reserva respecto de terceros ajenos al contrato, toda la información intercambiada, facilitada o creada con el Servicio Médico Legal, en el transcurso del cumplimiento del presente convenio. Sólo podrá intercambiar la información adquirida a consecuencia de las comunicaciones con el Servicio, a quienes la estén autorizados previamente por el administrador del contrato o la jefatura o funcionario que cumpla con esa función. b.- Por estricta reserva se entenderá: No divulgar, directa ni indirectamente la información obtenida, intercambiada o creada con el Servicio Médico Legal; en adelante "Información de Servicio"; Abstenerse de usar indebidamente esta información, es decir por canales no autorizados según los administradores del contrato respectivo; Incurrir en omisión dolosa o culposa que permita a terceros sin autorización expresa tener acceso, conocer y/o utilizar tal información de Servicio, y guardar la seguridad y reserva, adoptando todas las medidas que fueren necesarias para evitar la violación de dicha confidencialidad de la información de Servicio. c.- Se compromete además al resguardo de las instalaciones y mantenimiento de equipos que eventualmente y sólo para la prestación de servicio/o la entrega de productos, facilite el Servicio Médico Legal. d.- Acepta que, el Servicio Médico Legal, tiene derecho exclusivo de uso de todo producto generado por el trabajo realizado, en el cumplimiento y ejecución de los servicios pactados.
9.20 ESPECIFICACIONES TÉCNICAS.
Ver Anexos de Bases y Especificaciones Técnicas de los bienes requeridos.
9.21 MARCA O EQUIVALENTES.
Cualquier referencia a marcas y modelos respecto de lo solicitado en la presente licitación, entiéndase con la posibilidad de ofertar equivalentes del mismo, de acuerdo con lo establecido en la normativa de compras públicas.
9.22 VIGENCIA DE LAS PROPUESTAS
Las propuestas, deberán contemplar una vigencia de sesenta (60) días hábiles (como mínimo), tal como indican las bases técnicas en su punto 7.- “Validez de las Ofertas”, contados desde la fecha de apertura electrónica de la licitación. Si dentro de ese plazo no se puede efectuar la adjudicación, el SML deberá efectuar una consulta a los proponentes antes de su expiración de la vigencia de las ofertas y de las correspondientes Garantía de Seriedad de la Oferta (si correspondiese), para que señalen si prorrogan o no la vigencia de sus propuestas (que deberá incluir la garantía por seriedad de la oferta). Si alguno de los proponentes no accediere a la solicitud, su propuesta no será considerada en la licitación. La consulta deberá efectuarse por medio del portal www.mercadopublico.cl, otorgándoles un plazo no inferior a 7 días hábiles, y no superior a 10 días hábiles, para que puedan revisar sus propuestas, y preparar eventualmente nuevas garantías.
9.23 VIGENCIA DE LA CONTRATACIÓN
El contrato o contratos que se suscriban comenzarán a regir desde la fecha de emisión de la/s orden/es de compra previa entrega de la/s garantía/as de fiel cumplimiento de contrato (si fuere el caso) y la suscripción y aprobación de la/s contratación/es mediante el respectivo acto administrativo, y estará vigente hasta la total entrega y recepción conforme por parte del SML de los insumos o bienes.
9.24 ADAPTABILIDAD DEL CONTRATO
Atendida la posibilidad de que, por circunstancias extraordinarias o no previstas, varíen las actuales necesidades, se establece expresamente la alternativa de disminuir o aumentar en hasta un 30% las cantidades adjudicadas por cada ítem y contenidas en el contrato, durante la vigencia del mismo. En tales circunstancias, las partes se comprometen, en relación a dichas variaciones, a efectuar las respectivas adecuaciones de cantidades y valores en base al concepto de estricta proporcionalidad, manteniendo vigentes todas las demás condiciones del contrato. En todo caso, las órdenes de compra emanadas a raíz de la aplicación de la presente cláusula, sumadas a las emanadas producto de la adjudicación, deberán ser inferiores a 2.000 UTM.
9.25 NORMATIVA APLICABLE
Los bienes (insumos) se licitarán, adjudicarán y contratarán de acuerdo con las normas contenidas en los siguientes documentos, según corresponda: a) Bases Administrativas (BA) y sus modificaciones. b) Bases Técnicas (BT), Especificaciones Técnicas (EETT), Fichas Técnicas y sus modificaciones. c) Anexos d) Aclaraciones y respuestas elaboradas por la Entidad Licitante. e) Contrato celebrado entre la entidad licitante y el adjudicado.