Licitación ID: 837-66-LE20
LP INSUMOS CROMATOGRAFÍA LABORATORIO
Responsable de esta licitación: SERVICIO MEDICO LEGAL, SERVICIO MEDICO LEGAL
Reclamos recibidos por incumplir plazo de pago: 9
Este número indica los reclamos recibidos por esta institución desde los últimos 12 meses hasta el día de ayer. Recuerde interpretar esta información considerando la cantidad de licitaciones y órdenes de compra que esta institución genera en el Mercado Público.
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Productos o servicios
1
Baterías de litio 9 Unidad
Cod: 26111711
Batería 6,4 V Lithium Ion ( LiFePO4) 1250 mAmp.Hr HPB6-A (sellador y decapitador viales).  

2
Batería de oxido de mercurio 1 Unidad
Cod: 26111716
Batería 4,8 V NiMH para sellador y decapitador de viales, tipo o equivalente Agilent 5188-6565.  

3
Columnas de cromatografía 7 Unidad
Cod: 23151816
Columnas BAC 1 (Largo 30 m, ID 0,32 mm, df 1,8 um, cod.18003, tipo Restek, Tipo o equivalente Perkin Elmer)  

4
Columnas de cromatografía 7 Unidad
Cod: 23151816
Columnas BAC 2 (Largo 30 m, ID 0,32 mm, df 1,2 um, cod.18002, tipo Restek, Tipo o equivalente a Perkin Elmer)  

5
Cortadores 2 Unidad
Cod: 23151901
Decapitador de vial con sello de 20-22mm, manual tipo alicate.  

6
Cortadores 7 Unidad
Cod: 23151901
Decapitador de viales 20mm electrónico, tipo o equivalente Agilent 5190-3191, Tipo CR5A20D0.  

7
Llave de tuercas de boca abierta 4 Unidad
Cod: 27111706
Llave francesa ajustable N°10  

8
Accesorios de cromatografía de gases 25 Caja
Cod: 41115717
Capilar Micropipeta 100/200 µL, caja x 50 unds, tipo o equivalente a Brand Nº cat.701910.  

9
Selladores de tubos de laboratorio 1 Unidad
Cod: 41122412
Sellador análogo de viales (crimper), 20mm  

10
Selladores de tubos de laboratorio 6 Unidad
Cod: 41122412
Sellador electrónico de viales (Electronic Crimper), (encapsulador tipo o equivalente Agilent 5190-3189) 20mm.Tipo CR 5A20C0  

11
Accesorios de cromatografía de gases 19 Kit
Cod: 41115717
Kit de reparación para micropipeta capilar 100-200 µl, Vástago con teflón incorporado, tipo Brand, referencia cat. BR 701968, cada Kit contiene 3 vástagos.  

12
Espátulas quirúrgicos 500 Unidad
Cod: 42294002
Cucharilla Matraz Alcoholemia  

13
Matraces de laboratorio 500 Unidad
Cod: 41121804
Matraz Widmark  

14
Selladores de tubos de laboratorio 2 Unidad
Cod: 41122412
Sellador electrónico de viales (Electronic Crimper) 11mm, tipo o equivalente a modelo N°5A11CO  

15
Accesorios de cromatografía de gases 2 Unidad
Cod: 41115717
Destapador Electrónico de viales (Electronic Decapper) 11mm, tipo o equivalente a Modelo N°5A11DO  

16
Columnas de cromatografía 4 Unidad
Cod: 23151816
Columnas Elite-BAC 1 Advantage, 10 m x 0.18 mm x 1.0 μm. o equivalente con requerimiento resolver la sobreposición de los pick de acetona y terbutanol (estándar interno) en una cromatografía en menos de 2 minutos.  

17
Columnas de cromatografía 4 Unidad
Cod: 23151816
Columnas Elite-BAC 2 Advantage, 10 m x 0.18 mm x 0.34 μm. o equivalente con requerimiento resolver la sobreposición de los pick de acetona y terbutanol (estándar interno) en una cromatografía en menos de 2 minutos.  

18
Columnas de cromatografía 1 Unidad
Cod: 23151816
Columna Elite-BAC 1 ADVANTAGE 30 m, 0.32 mmID, 1.8 μm  

19
Columnas de cromatografía 1 Unidad
Cod: 23151816
Columna Elite-BAC 2 ADVANTAGE 30 m, 0.32 mmID, 0.6 μm  

20
Jeringas médicas con aguja 5 Unidad
Cod: 42142609
Jeringa para Gases con aguja removible de 1 ML, Tipo Hamilton Catalog. N°81330.  

21
Jeringas médicas con aguja 2 Unidad
Cod: 42142609
Jeringa para Gases con aguja removible de 2,5 ML, Tipo Hamilton Catalog. N°81430.  

22
Agujas de jeringa de cromatografía 2 Paquete
Cod: 41122002
Aguja removible de repuesto, de 24 ga, tipo Hamilton Catalogo N° 7806-06, point 2  

23
Agujas de jeringa de cromatografía 2 Paquete
Cod: 41122002
Aguja removible de repuesto, de 22 ga, tipo Hamilton Catalogo N° 7806-01, point 2  

24
Accesorios de cromatografía de gases 30 Unidad
Cod: 41115717
Micropipeta capilar, de 200 µL (tipo o equivalente a trasferpettor Fix 200 µL, cod. Nº 701878), volumen fijo, para uso de capilar vidrio,envase individual.  

1. Características de la licitación
Nombre de la licitación:
LP INSUMOS CROMATOGRAFÍA LABORATORIO
Estado:
Adjudicada
Descripción:
El Servicio Médico Legal requiere adquirir mediante licitación pública, los insumos de cromatografía que a continuación se detallan, con el objetivo de dar cumplimiento a los quehaceres diarios que realizan los diferentes Laboratorios de Alcoholemia del SML a Nivel Nacional.
Tipo de licitación:
Pública-Licitación Pública igual o superior a 100 UTM e inferior a 1.000 UTM (LE)
Tipo de convocatoria:
ABIERTO
Moneda:
Peso Chileno
Etapas del proceso de apertura:
Una Etapa
Contrato
Se requerirá suscripción de contrato
Toma de razón por Contraloría:
No requiere Toma de Razón por Contraloría
Publicidad de ofertas técnicas:
Las ofertas técnicas serán de público conocimiento una vez realizada la apertura técnica de las ofertas.
2. Organismo demandante
Razón social:
SERVICIO MEDICO LEGAL
Unidad de compra:
SERVICIO MEDICO LEGAL
R.U.T.:
61.003.000-9
Dirección:
Juan de Dios Angulo N° 435 Osorno CONTACTO: MIRYAN SANTANA, FONO: 642231366
Comuna:
Osorno
Región en que se genera la licitación:
Región Metropolitana de Santiago
3. Etapas y plazos
Fecha de cierre de recepción de la oferta: 10-07-2020 15:01:00
Fecha de Publicación: 26-06-2020 17:49:43
Fecha inicio de preguntas: 26-06-2020 19:11:00
Fecha final de preguntas: 03-07-2020 18:30:00
Fecha de publicación de respuestas: 07-07-2020 17:01:00
Fecha de acto de apertura técnica: 10-07-2020 15:11:00
Fecha de acto de apertura económica (referencial): 10-07-2020 15:11:00
Fecha de Adjudicación: 28-08-2020 14:56:47
Fecha de entrega en soporte fisico No hay información
Fecha estimada de firma de contrato No hay información
Tiempo estimado de evaluación de ofertas No hay información
4. Antecedentes para incluir en la oferta
Documentos Administrativos
1.- Documentos Administrativos Requisitos Básicos: Podrán participar del proceso de licitación todas las personas naturales que tengan iniciación de actividades o personas jurídicas, nacionales o extranjeras, e incluso uniones temporales de proveedores; que cumplan con las instrucciones para la presentación de las ofertas establecidas en las presentes bases. Declaración Jurada del Proponente: Deberán ingresar al portal www.mercadopublico.cl, como parte integrante de la propuesta: 1) Declaración Jurada Simple de conformidad a formato anexo Nº 1 en esta publicación. En el caso de no presentación del presente documento los oferentes podrán adjuntarlo dentro del plazo establecido más adelante en relación al cumplimiento de los requisitos de la oferta, mereciendo las sanciones que ahí se mencionan. Si el documento tampoco se presenta dentro los plazos señalados, dicha oferta será excluida del proceso.
Documentos Técnicos
1.- La propuesta técnica deberá ser presentada con sujeción estricta a lo señalado en las Bases Técnicas, para lo cual, los oferentes deberán remitirse a dicho documento. Los participantes deberán adjuntar todos y cada uno de los documentos a www.mercadopublico.cl, que permitan la evaluación de sus propuestas de conformidad a los parámetros de evaluación expuestos en las bases de licitación. Los proponentes deberán ajustar sus propuestas a los requerimientos mínimos según Bases Técnicas; no obstante, podrán presentar ofertas de mejor calidad técnica a la señalada. El Servicio Médico Legal NO evaluará aquellas ofertas que NO se ajusten a las Bases y Requerimientos Técnicos.
 
2.- Ofertas Alternativas: En el caso que un mismo proveedor, presente más de una oferta respecto de los requerimientos planteados; deberá identificarlas claramente y adjuntar para cada una, la documentación e información requerida para una correcta aplicación de los criterios de evaluación (Antecedentes Administrativos, Antecedentes Técnicos y Antecedentes Económicos).
 
Documentos Económicos
1.- La Oferta Económica debe contemplar claramente lo siguiente: a) Valor total de la oferta a ingresar en la línea de licitación del portal Mercado Público. b) Detalle del valor total de la oferta. Todos los valores serán expresados en pesos, primero en montos netos (glosa del portal www.mercadopublico.cl) y luego, con los impuestos legales correspondientes (IVA) en la oferta adjunta.
5. Requisitos para contratar al proveedor adjudicado
Persona natural
Encontrarse hábil en el Registro de Proveedores, registro que verificará NO haber incurrido en las siguientes causales de inhabilidad:

1 .- Haber sido condenado por cualquiera de los delitos de cohecho contemplados en el título V del Libro Segundo del Código Penal.
 
2 .- Registrar una o más deudas tributarias por un monto total superior a 500 UTM por más de un año, o superior a 200 UTM e inferior a 500 UTM por un período superior a 2 años, sin que exista un convenio de pago vigente. En caso de encontrarse pendiente juicio sobre la efectividad de la deuda, esta inhabilidad regirá una vez que se encuentre firme o ejecutoriada la respectiva resolución.
 
3 .- Registrar deudas previsionales o de salud por más de 12 meses por sus trabajadores dependientes, lo que se acreditará mediante certificado de la autoridad competente.
 
4 .- La presentación al Registro Nacional de Proveedores de uno o más documentos falsos, declarado así por sentencia judicial ejecutoriada.
 
5 .- Haber sido declarado en quiebra por resolución judicial ejecutoriada.
 
6 .- Haber sido eliminado o encontrarse suspendido del Registro Nacional de Proveedores por resolución fundada de la Dirección de Compras.
 
7 .- Haber sido condenado por prácticas antisindicales o infracción a los derechos fundamentales del trabajador.
 
8 .- Registrar condenas asociadas a responsabilidad penal jurídica (incumplimiento artículo 10, Ley 20.393).
 
Documentos persona natural
- Fotocopia Legalizada de Cédula de Identidad
- Declaración jurada acreditando que no se encuentra afecto al art. 4 inciso 6 de la ley 19.886, en el cual se establece que "ningún órgano de la administración del Estado podrá suscribir contratos administrativos de provisión de bienes y servicios con los funcionarios directivos del mismo órgano o empresa, ni con personas unidas a ellos por los vínculos de parentesco."
Persona jurídica
Encontrarse hábil en el Registro de Proveedores, registro que verificará NO haber incurrido en las siguientes causales de inhabilidad:

1 .- Haber sido condenado por cualquiera de los delitos de cohecho contemplados en el título V del Libro Segundo del Código Penal.

2 .- Registrar una o más deudas tributarias por un monto total superior a 500 UTM por más de un año, o superior a 200 UTM e inferior a 500 UTM por un período superior a 2 años, sin que exista un convenio de pago vigente. En caso de encontrarse pendiente juicio sobre la efectividad de la deuda, esta inhabilidad regirá una vez que se encuentre firme o ejecutoriada la respectiva resolución.

3 .- Registrar deudas previsionales o de salud por más de 12 meses por sus trabajadores dependientes, lo que se acreditará mediante certificado de la autoridad competente.

4 .- La presentación al Registro Nacional de Proveedores de uno o más documentos falsos, declarado así por sentencia judicial ejecutoriada.

5 .- Haber sido declarado en quiebra por resolución judicial ejecutoriada.

6 .- Haber sido eliminado o encontrarse suspendido del Registro Nacional de Proveedores por resolución fundada de la Dirección de Compras.

7 .- Haber sido condenado por prácticas antisindicales o infracción a los derechos fundamentales del trabajador.

8 .- Registrar condenas asociadas a responsabilidad penal jurídica (incumplimiento artículo 10, Ley 20.393).

Documentos persona jurídica
- Fotocopia Legalizada del Rut de la Empresa
- Declaración jurada acreditando que no se encuentra afecto al art. 4 inciso 6 de la ley 19.886, en el cual se establece que "ningún órgano de la administración del Estado podrá suscribir contratos administrativos de provisión de bienes y servicios con los funcionarios directivos del mismo órgano o empresa, ni con personas unidas a ellos por los vínculos de parentesco."
- Certificado de Vigencia de la Sociedad
- (1) Certificado de Boletín de Informes Comerciales
- (1) Certificado de Quiebras/Convenio Judicial
6. Criterios de evaluación
ÍtemObservacionesPonderación
1 Cumplimiento de los requisitos de la Oferta Ver detalle en bases técnicas adjuntas. (Especificaciones Técnicas) 3%
2 Servicio Post Venta Ver detalle en bases técnicas adjuntas. (Especificaciones Técnicas) 8%
3 Criterio inclusivo Ver detalle en bases técnicas adjuntas. (Especificaciones Técnicas) 6%
4 Plazo de Entrega Ver detalle en bases técnicas adjuntas. (Especificaciones Técnicas) 28%
5 Calidad Técnica de los Bienes o Servicios Ver detalle en bases técnicas adjuntas. (Especificaciones Técnicas) 20%
6 Precio Ver detalle en bases técnicas adjuntas. (Especificaciones Técnicas) 35%

7. Montos y duración del contrato
Estimación en base a: Presupuesto Disponible
Fuente de financiamiento: Presupuesto Servicio Médico Legal
Monto Total Estimado: 41000000
Contrato con Renovación: NO
Observaciones Monto considera IVA
Plazos de pago: 30 días contra la recepción conforme de la factura
Opciones de pago: Transferencia Electrónica, Cheque
Nombre de responsable de pago: Soledad Moya, Encargada Unidad de Tesorería
e-mail de responsable de pago: smoya@sml.cl
Nombre de responsable de contrato: Zunilda Soledad Benítez Vidal
e-mail de responsable de contrato: sbenitez@sml.gob.cl
Teléfono de responsable del contrato: 56-2-27823730-
Prohibición de subcontratación: Se permite subcontratación
8. Garantías requeridas
No hay información de Garantías
9. Requerimientos técnicos y otras cláusulas
9.1 De la Fecha de Publicación de Respuestas.
Teniendo presente la complejidad de la presente contratación, el plazo establecido para la publicación de las respuestas pudiese ser retrasado, razón por la cual se faculta el cambio de la fecha de publicación de respuestas y la fecha de cierre del proceso licitatorio en el portal www.mercadopublico.cl, dada la necesidad de que los oferentes tengan el tiempo suficiente para la elaboración de sus ofertas. El cambio de fecha indicado anteriormente será sancionado mediante la dictación del correspondiente Acto Administrativo que lo apruebe.
9.2 De los Integrantes de la Comisión de Evaluación y sus Obligaciones.
Después de publicado el proceso y en forma previa a su apertura electrónica, se designará, mediante Acto Administrativo publicado en el Sistema de Información www.mercadopublico.cl, una Comisión de Evaluación o un Comisionado Evaluador, dependiendo del tipo de proceso de licitación efectuado. Dicha Comisión o Comisionado emitirá una proposición de adjudicación a la autoridad competente del SML para su resolución. La proposición de adjudicación consistirá en un Acta de Evaluación y Cuadro Comparativo de las ofertas evaluadas y las calificaciones obtenidas por los oferentes en la aplicación de los parámetros de evaluación, concluyendo con un informe sobre la evaluación y la propuesta de adjudicación.
9.3 De los Criterios de Desempate.
En el caso que aplicados los criterios de evaluación el resultado sea un empate de dos (2) o más propuestas en la más alta calificación final, el criterio que utilizará la Comisión para desempatar será PRECIO , es decir ganará la oferta que obtenga mayor nota en ese criterio de las que se encuentren empatadas, y en caso de mantenerse el empate, el siguiente criterio para dirimir será PLAZO DE ENTREGA, otorgando la preferencia a la mayor nota en ese criterio. Y, en caso de persistir el empate entre dos (2) o más ofertas, el criterio para dirimir será CALIDAD TÉCNICA DE LOS BIENES, ganando la oferta de mejor nota en ese criterio de evaluación. Y, en caso de persistir el empate, se resolverá de acuerdo a la oferta que hubiere ingresado primero a través del Sistema de Información www.mercadopublico.cl. Para resguardar la conveniencia de los intereses de la Institución, el Servicio Médico Legal se reserva el derecho de adjudicar o no las líneas de la licitación, cuando la nota de la oferta mejor evaluada sea inferior a 3,5.
9.4 Del Cierre y Apertura electrónica de la Licitación.
El SML podrá ampliar consecutivamente el plazo del presente proceso de licitación por el sólo hecho que al día de cierre no se encuentren tres (3) ofertas, por lo que, de ocurrir esa situación, se faculta el cambio de fecha de cierre del proceso directamente en el Portal Mercado Público; dicha situación será sancionada mediante la dictación de un Acto Administrativo que lo apruebe. La modalidad de la apertura será en una (1) etapa, en la cual se hará una revisión de las garantías solicitadas, si fuere el caso y de los antecedentes legales para ofertar subidos por los proponentes al Portal Mercado Público, por parte de un profesional de la Unidad de Compras de Bienes y Servicios, quien luego de cotejar el cumplimiento de los requisitos solicitados a los oferentes, procederá a aceptar o rechazar las ofertas recibidas, indicando el fundamento de ello en la misma plataforma de Compras y Contrataciones Públicas, luego de lo que se procederá a la Apertura Electrónica, emitiéndose, automáticamente, un Acta de Apertura.
9.5 Omisión de Antecedentes.
En el evento que un oferente omita presentar certificaciones o antecedentes al momento de presentar su oferta, tendrá un plazo según lo establecido en el portal Mercado Público para subirlos (Aclaración de ofertas, que podrá solicitar el SML), siempre y cuando dichas certificaciones o antecedentes se hubiesen producido u obtenido con anterioridad al vencimiento del plazo para presentar ofertas o se refiriesen a situaciones no mutables entre el vencimiento del plazo para presentar ofertas y el período de evaluación. Sin perjuicio de lo anterior, el oferente que hubiere incurrido en la omisión indicada y luego la subsanare, será penalizado con la nota inferior que se indica en los criterios de evaluación en el parámetro Cumplimiento de Requisitos.
9.6 Sobre la Exclusión o la Inadmisibilidad de Ofertas.
Existen diferentes situaciones que pueden determinar la exclusión o inadmisibilidad de una oferta en un proceso licitatorio, debido al incumplimiento de los requisitos establecidos en las Bases Administrativas o Técnicas, las que a modo de resumen son las siguientes; Al momento de la Apertura del proceso (Requisitos Legales-Administrativos): Exclusión: Casos (2): 1.- No presentación del Anexo Declaración Jurada al momento de ofertar ni luego de otorgarse el plazo adicional para subir dicho Anexo al portal www.mercadopublico.cl. 2.- Cuando el proceso exige la entrega física de una garantía de seriedad de oferta, y ésta no se entrega o se entrega en forma posterior a la hora fijada en el Portal. Al momento de Evaluación de las Ofertas: Inadmisibilidad: Cuando la oferta no cumple con requerimientos o especificaciones establecidos en las Bases Técnicas. Respecto de las ofertas excluidas o declaradas inadmisibles tanto en la apertura como en la etapa de evaluación de ofertas, deberá dejarse constancia expresa en el acto administrativo que adjudique o declare la deserción del proceso.
9.7 De la Fecha de Adjudicación.
El plazo establecido para la adjudicación es una fecha estimada, teniendo en consideración la complejidad del proceso y los montos involucrados, razón por la cual nada obsta a que pueda efectuarse con anterioridad o posterioridad a la fecha indicada en las bases, la cual podrá ser modificada en el Sistema de Información, de acuerdo con lo indicado en el art. 41 del Reglamento de la Ley N° 19.886, antecedentes que deberán ser indicados en la resolución de adjudicación.
9.8 Mecanismo para Solución de Consultas respecto a la Adjudicación.
Los proveedores participantes del presente proceso, podrán realizar las consultas que estimen respecto de la adjudicación, dentro del plazo de dos (2) días hábiles contados desde la adjudicación electrónica, por medio del correo electrónico: consultasadjudicacion@sml.gob.cl 

Dichas consultas serán respondidas dentro de tres (3) días hábiles contados desde la realización de la misma.

9.9 Condiciones de Contratación.
Derechos de Patente y Propiedad Intelectual: El adjudicatario liberará de toda responsabilidad al SML en caso de acciones entabladas por terceros en razón de transgresiones de derechos de patente, marca registrada o diseños industriales como consecuencia de la utilización de los bienes o servicios parte de ellos en el territorio nacional. Jurisdicción y Domicilio: Para todos los efectos, los oferentes fijan domicilio en la comuna y ciudad de Santiago de Chile y se someterán a la ley chilena y a la jurisdicción de sus Tribunales de Justicia. Sin perjuicio de lo anterior, la relación comercial entre las partes se regulará básicamente por las bases de licitación (Bases Administrativas y Bases Técnicas), sus aclaraciones y anexos, la oferta adjudicada y toda su documentación anexa.
9.10 Integración al Contrato.

Se deja constancia que todas y cada una de las cláusulas contenidas en las Bases Administrativas y Anexos de la licitación, se entenderán incorporadas sin necesidad de mención expresa en el o los contratos que se celebren con el adjudicado y este se hará responsable del cumplimiento de las obligaciones que de tales documentos se derivan. Por lo anterior, constituirán parte integrante del contrato, las Bases Administrativas, Bases Técnicas, las consultas, respuestas y aclaraciones, la oferta adjudicada y toda su documentación anexa, lo cual se entenderá por enteramente reproducido en el mismo.

9.11 Adaptabilidad del Contrato.
Atendida la posibilidad de que, por circunstancias extraordinarias o no previstas, varíen las actuales necesidades, se establece expresamente la alternativa de disminuir o aumentar en hasta un 20% las cantidades adjudicadas por cada ítem y contenidas en el contrato, durante la vigencia del mismo. En tales circunstancias, las partes se comprometen, en relación a dichas variaciones, a efectuar las respectivas adecuaciones de cantidades y valores en base al concepto de estricta proporcionalidad, manteniendo vigentes todas las demás condiciones del contrato. En todo caso, las órdenes de compra emanadas a raíz de la aplicación de la presente cláusula, sumadas a las emanadas producto de la adjudicación, deberán ser inferiores a 1.000 UTM.
9.12 Inspector Técnico – Administrador.
Con la finalidad de efectuar una mejor coordinación y control del correcto cumplimiento de la ejecución del contrato, el SML designará a un(os) funcionarios por sede, quienes cumplirán las funciones de Contraparte Técnica y además, designará a un Administrador de Contrato, quien tendrán al efecto las siguientes facultades-responsabilidades, según corresponda: 1) Fiscalizar el estricto y oportuno cumplimiento del contrato; 2) Aprobar el pago, considerando los descuentos y/o multas a que hubiere lugar por atraso en los tiempos de respuesta comprometidos; 3) Solicitar aplicación de multas en los casos definidos en el contrato o la orden de compra; 4) Cuando correspondan garantías de fiel y oportuno cumplimiento deberá velar que durante el tiempo de ejecución del contrato se mantengan vigentes; 5) Velar porque el prestador del servicio contratado mantenga al día las cotizaciones previsionales de sus trabajadores, solicitando mensualmente los comprobantes del pago de éstas (si correspondiese); 6) Confeccionar el documento que dé cuenta de la recepción conforme de los bienes; 7) En general, desarrollar todas las acciones referidas de control y de gestión que faciliten la ejecución del contrato. Asimismo, el adjudicatario deberá designar un Coordinador Técnico que se relacionará con el Administrador del Contrato para todos los efectos señalados. Todas las definiciones adoptadas por el Administrador del Contrato y el Coordinador Técnico, deberán constar en Actas firmadas por ambos. Para estos efectos, la Administración del contrato recaerá en la jefatura del Departamento de Laboratorios del SML y en caso de ausencia, en su subrogante o superior jerárquico.
9.13 Del Perfeccionamiento de la Contratación.
A) CONTRATACIONES INFERIORES A 100 UTM: En conformidad con el art. 63 del Reglamento de la Ley Nº 19.886, en la presente licitación, los contratos inferiores a 100 UTM se formalizarán mediante la emisión de la orden de compra (OC) y la aceptación de ésta por el proveedor. En caso que una OC no hubiere sido aceptada por un adjudicado, el Servicio Médico Legal podrá solicitar su rechazo, entendiéndose definitivamente rechazada una vez transcurridas veinticuatro (24) horas desde dicha solicitud. Los proveedores que hubieren rechazado la orden de compra, en forma expresa o en la forma indicada anteriormente, serán evaluados negativamente como proveedores, lo cual tendrá incidencia en licitaciones futuras del SML en las cuales, eventualmente, participaren, de acuerdo con los criterios de evaluación que en las mismas bases se establecieren. B) CONTRATACIONES IGUALES O SUPERIORES A 100 UTM: Tratándose de una contratación igual o superior a 100 UTM, esta se formalizará mediante la suscripción de un Contrato de Suministro o Prestación de Servicios, según sea el caso. Sin perjuicio de lo anterior, las contrataciones iguales o superiores a 100 UTM e inferiores a 1.000 UTM podrán formalizarse mediante la emisión de la orden de compra y su aceptación por parte del proveedor, cuando se trate de bienes o servicios de simple y objetiva especificación, lo que será determinado en las presentes bases de licitación, si fuese procedente. B.1) Confección del contrato y sus fuentes: Notificada la adjudicación, el SML procederá, a redactar el contrato en conformidad al contenido de estas Bases, a las consultas formuladas y respuestas emitidas, a los documentos aclaratorios, a la oferta del adjudicatario y a las disposiciones pertinentes de la Ley Nº 19.886, de Compras Públicas, y su Reglamento. B.2) De la firma y plazo: Confeccionado el contrato, el SML lo ofrecerá a la firma al adjudicatario otorgándole un plazo máximo de siete (7) días hábiles para suscribirlo, contado desde la fecha en que el SML notifique, vía correo electrónico, que el contrato se encuentra a su disposición para tal efecto. Dentro de este mismo plazo, el adjudicatario deberá proporcionar los antecedentes requeridos para contratar. Si el adjudicatario no firma por cualquier razón el contrato, el SML hará efectiva la garantía de seriedad de la oferta (si se hubiese exigido en las bases de licitación) y podrá, seguidamente, resolver que se adjudica la licitación al proponente que obtuvo el segundo mejor puntaje, o bien, declarar desierto el proceso.
9.14 Entrega y Recepción de los Bienes.
La entrega de los bienes será efectuada en días hábiles, de lunes a jueves, en horario de 09:00 a 12:00 horas y de 14:30 a 17:00 horas; y viernes, en horario de 09:00 a 12:00 horas y de 14:30 a 15:30 horas, en las dependencias del Servicio Médico Legal indicado en el punto 2: Entrega y Operatoria de las Bases Técnicas, debidamente coordinado con Referente Técnico, especialmente para los efectos de entrega. El plazo máximo de entrega será el establecido en la oferta económica y en el contrato respectivo, y se contará desde la emisión de la orden de compra (OC), previa suscripción del contrato. Dicho plazo será contabilizado en días hábiles. El proveedor deberá emitir por cada entrega no facturada en forma inmediata una Guía de Despacho a nombre del SML y en ella, éste dejará constancia de la recepción material de los bienes y de las respectivas observaciones. La Guía de Despacho deberá contener, además de las menciones tributarias, el número y fecha de la OC, el código y nombre asignados al bien. Ahora, en el caso que el proveedor requiera prorrogar la entrega de uno o más bienes, por causa justificada, deberá formularlo por escrito al Encargado de la Unidad de Compras de Bienes y Servicios, a más tardar dos (2) días hábiles antes del vencimiento de la entrega original, acompañando todos los fundamentos que la justifiquen. Toda solicitud que se presente fuera del plazo no será válida y el proveedor deberá asumir las multas y sanciones que correspondan, pudiendo ser estas pagadas directamente por el proveedor o en su defecto descontadas del estado de pago o de la garantía por fiel cumplimiento de contrato. Si el proveedor sufriere algún atraso por fuerza mayor o caso fortuito, debidamente acreditado y probado por él, deberá solicitar por escrito al SML la postergación del plazo de entrega dentro de los dos (2) días hábiles siguientes al vencimiento del plazo de entrega original. En caso de atraso o incumplimiento injustificado de la entrega de los productos o en la reposición de ellos, el SML resolverá sobre la aplicación de multas considerando los antecedentes pertinentes. El adjudicatario deberá entregar los bienes en la forma, cantidad, calidad, plazo y lugar convenido. En caso de no despacho de productos por parte del adjudicatario, el SML se reserva el derecho de poner término al contrato. La recepción administrativa o provisoria de los bienes por parte del SML, no constituye recepción conforme, razón por la cual y para estos efectos el SML por intermedio del Inspector Técnico designado, emitirá un documento de recepción conforme de los respectivos bienes, salvo deficiencia de la calidad que inhabilite el producto respecto de su objeto o función, o por incongruencia de cantidades, presentaciones, calidad u otras causas señaladas en las Bases Administrativas y Técnicas de la presente licitación o por no corresponder al producto materia del contrato de suministro. En el caso de devolución de bienes que no cumplan con las exigencias señaladas en los párrafos precedentes, el SML devolverá y exigirá por escrito al proveedor la reposición de dichos productos, sin costo alguno para el SML, siendo por tanto, obligación del proveedor darle solución, dentro de un plazo no superior al ofrecido por el proveedor desde la exigencia escrita por parte del SML, pudiendo el Servicio aplicar sanciones equivalentes a la multa aplicada por atrasos, rigiendo las mismas condiciones indicadas para ella. Para este caso, las multas correrán desde la solicitud escrita de reposición.
9.15 Del Pago y Facturación.
Emisión de la factura: El proveedor deberá facturar o emitir el documento tributario correspondiente por la entrega realizada al SML y recibida conforme por éste. La factura deberá emitirse a nombre del Servicio Médico Legal, indicando el número de código y denominación del servicio y el número de la correspondiente Orden de Compra (OC). El SML pagará la factura dentro del plazo de treinta (30) días corridos desde su ingreso a Oficina de Partes SML, previa recepción conforme por parte del SML y sin observaciones. La obligación de pagar el precio no será exigible, cuando se hubiere rechazado en todo o parte el producto, en cuyo caso se podrá suspender el pago de la respectiva factura. Asimismo, no será exigible el pago cuando el proveedor no hubiese cumplido con alguna de las exigencias establecidas en las bases de licitación. De la Recepción de los Documentos Tributarios: Todo documento tributario (facturas y boletas de honorarios) deberá ser ingresado a través de Oficina de Partes del SML, ubicada en avenida La Paz Nº 1012, comuna de Independencia, Santiago, RM. Tratándose de un Documento Tributario Electrónico (DTE), el proveedor deberá remitirlo al correo electrónico facturas@sml.gob.cl El Encargado/a de Oficina de Partes SML consignará, en el mismo documento tributario, la fecha de ingreso al Servicio, fecha desde la cual comenzarán a regir los plazos para el mérito ejecutivo y el posterior pago del documento, si correspondiese. Si la factura en soporte de papel es ingresada en una oficina distinta a la Oficina de Partes antes referida, se entenderá como fecha de ingreso al SML, la fecha de entrega a la Oficina de Partes, luego de la derivación realizada desde la oficina en que fuese presentada en primera instancia. Será responsabilidad del proveedor efectuar el ingreso del documento tributario, con una copia de la orden de compra, de la manera antedicha. Del plazo para reclamar la factura: La factura tiene un mérito ejecutivo de ocho (8) días corridos, de acuerdo con lo indicado en la Ley Nº 19.983, art. 3, N° 2; plazo en el cual y concurriendo las causales descritas en la ley, el SML podrá rechazar el documento de la siguiente manera: Modalidad de reclamación de la factura: a) Devolviendo la factura y la guía o guías de despacho, en su caso, al momento de la entrega, o b) Reclamando en contra de su contenido o de la falta total o parcial de la entrega de las mercaderías o de la prestación del servicio, dentro de los ocho (8) días corridos siguientes a su recepción; en cuyo caso, el reclamo deberá ser puesto en conocimiento del emisor de la factura por carta certificada, o por cualquier otro modo fehaciente, conjuntamente con la devolución de la factura y la guía o guías de despacho, o bien junto con la solicitud de emisión de la nota de crédito correspondiente. El reclamo se entenderá practicado en la fecha de envío de la comunicación.
9.16 De las Multas, Sanciones y Procedimiento para su aplicación.
Multas y Sanciones: El SML aplicará a la Empresa (proveedor contratado) en caso de incumplimiento de sus obligaciones, salvo acreditación de caso fortuito o fuerza mayor, una multa ascendente a 2% del monto bruto contratado, por cada día hábil de atraso, con un tope de quince (15) días hábiles. Sin perjuicio de lo anterior, en caso que por razones fortuitas o fuerza mayor, la Empresa no pudiese cumplir su obligación dentro de los plazos señalados, el SML ampliará el plazo de entrega, por un término equivalente a la duración del impedimento, previa comunicación por escrito del proveedor y calificación conforme por parte del Servicio, en orden a que los hechos invocados efectivamente configuran el caso. El límite de multas que pueden cursarse a la empresa adjudicataria no podrá superar un equivalente al 30 % del monto total del contrato. En caso de superar el porcentaje señalado, el SML podrá determinar el término anticipado del contrato, de manera fundada. Procedimiento de aplicación de Multas: De ocurrir alguna de las situaciones previstas para la aplicación de multa(s), el Administrador de Contrato informará mediante correo electrónico al proveedor contratado (Empresa) sobre la falta incurrida, el fundamento para la aplicación de la multa (indicando con precisión los hechos que se le imputan) y el cálculo del monto de ésta. El proveedor contratado dispondrá de un plazo fatal de cinco (5) días corridos desde el envío del correo electrónico para evacuar sus descargos por escrito, presentación a la que deberá acompañar todos los antecedentes que estime pertinentes para fundamentar su alegación. Recibidos los descargos o habiendo expirado el plazo otorgado sin que hubiere ejercido su derecho, el Administrador de Contrato propondrá mediante un Informe dirigido al Encargado de la Unidad de Compras de Bienes y Servicios, sobre la aplicación o no de la multa. Si el Informe es concluyente en cuanto a que se debe aplicar una multa, ésta se dispondrá por resolución fundada de la Autoridad Administrativa del SML, la cual señalará el hecho que configura la causal, el fundamento y el monto de la multa con el cálculo explicativo de la misma, la que se notificará al proveedor mediante correo electrónico enviado por el Administrador de Contrato, adjuntando copia íntegra de dicho Acto Administrativo. La resolución que determine el pago de una multa podrá ser impugnada conforme lo establece la ley Nº 19.880. La multa que sea procedente se cursará administrativamente, sin forma de juicio y se deducirá del estado de pago que exista pendiente o de la garantía de fiel cumplimiento de contrato (si fuese el caso), salvo que el proveedor opte por enterar el pago de la multa directamente. Si la multa fuera deducida de la garantía de fiel cumplimiento de contrato (si se hubiere exigido), el proveedor contratado deberá entregar una nueva garantía de fiel cumplimiento antes del cobro de la garantía original. La garantía de reemplazo deberá ser por el total establecido en las Bases e igual vencimiento, y si la empresa no entrega la garantía será causal de término anticipado del contrato. Nota: El presente procedimiento, se utilizará en lo que sea aplicable, para el caso de otras medidas que pueden tener lugar con ocasión del incumplimiento de la Empresa de una o más obligaciones; por ejemplo, término de contrato o cobro de garantía (si fuere el caso) como efectos derivados del incumplimiento contractual de la Empresa.
9.17 Del Termino Anticipado del Contrato.
Sin perjuicio del derecho a cobrar las multas que procedan, de hacer efectiva la garantía de fiel y oportuno cumplimiento de contrato y de solicitar indemnización de perjuicios, adicionalmente, el SML tendrá la facultad de poner término al contrato, en forma administrativa, unilateral y anticipada, en los siguientes casos: a) Si la Empresa se excediere en quince (15) días hábiles del plazo original o prorrogado por el SML, sin dar cumplimiento a la entrega; b) Si la Empresa no cumpliere con alguna de las obligaciones especificadas en el contrato y sus anexos; lo que será determinado por el SML de manera fundada; c) Si la Empresa no diere cumplimiento a los requerimientos o instrucciones del SML que se hubieren, previamente, establecido en el requerimiento técnico; lo que será determinado por el SML, de manera fundada; d) Si la Empresa fuere declarada en quiebra, o caiga en estado de notoria insolvencia. En este último caso, a menos que se mejoren las cauciones entregadas o las existentes sean suficientes para garantizar el cumplimiento del contrato; e) Por término de la existencia jurídica y/o natural de la Empresa; f) En las situaciones previstas en las Bases Técnicas o en la situación establecida en la cláusula "De las Multas, Sanciones y Procedimiento para su aplicación"; g) Por incumplimiento de las obligaciones laborales y sociales de la Empresa respecto de sus trabajadores (si fuese el caso); h) Por la no entrega de la garantía de fiel cumplimiento de contrato de reemplazo en caso de haberse hecho efectivo su cobro, en los términos establecidos en las presentes Bases Administrativas. En todos los casos señalados anteriormente, no operará indemnización alguna para el o los Adjudicatarios. No obstante, lo anterior, el SML también podrá disponer el término anticipado del contrato en el caso de verificarse algunas de las causales previstas en los artículos 13 de la Ley N° 19.886 y 77 de su reglamento, contenido en el D.S. N° 250, de 2004, del Ministerio de Hacienda. La terminación antes referida, se cursará mediante resolución fundada de la Autoridad Competente del SML debidamente tramitada. Se establece que, en caso de término anticipado del contrato por causa imputable al proveedor, el SML hará efectiva la garantía de fiel y oportuno cumplimiento de contrato.
9.18 Procedimiento de Termino de Contrato.
De ocurrir alguna de las situaciones previstas para el término anticipado del contrato, el Administrador del mismo, informará mediante correo electrónico al proveedor contratado (Empresa) sobre la causal de término y el fundamento para su aplicación de acuerdo a lo establecido en las bases de licitación y contrato suscrito. El proveedor contratado dispondrá de un plazo fatal de cinco (5) días corridos desde el envío del correo electrónico, para evacuar sus descargos por escrito, presentación a la que deberá acompañar todos los antecedentes que estime pertinentes para fundamentar su alegación. Recibidos los descargos o habiendo expirado el plazo otorgado sin que hubiere ejercido su derecho, el Administrador de Contrato propondrá mediante un Informe dirigido al Encargado de la Unidad de Compras de Bienes y Servicios, sobre el término o no del contrato. Si el Informe es concluyente en cuanto a que se debe terminar el contrato, éste se dispondrá por resolución fundada de la Autoridad Administrativa del SML, la cual señalará el hecho que configura la causal y el fundamento de la misma, la que se notificará al proveedor, mediante correo electrónico enviado por el Administrador de Contrato, adjuntando copia íntegra de dicho Acto Administrativo. La resolución que determine el término del contrato podrá ser impugnada conforme lo establece la Ley N° 19.880. Nota: Estos procedimientos se utilizarán, en lo que sean aplicables, para el caso de otras medidas que pudiesen tener lugar con ocasión del incumplimiento de la Empresa de una o más obligaciones; por ejemplo, cobro de garantías (efectos derivados del incumplimiento contractual de la Empresa).
9.19 Pacto de integridad.
El oferente declara que, por el sólo hecho de participar en la presente licitación, acepta expresamente el presente pacto de integridad, obligándose a cumplir con todas y cada una de las estipulaciones que contenidas el mismo, sin perjuicio de las que se señalen en el resto de las bases de licitación y demás documentos integrantes. Especialmente, el oferente acepta el suministrar toda la información y documentación que sea considerada necesaria y exigida de acuerdo a las presentes bases de licitación, asumiendo expresamente los siguientes compromisos: 1.- El oferente se obliga a no ofrecer ni conceder, ni intentar ofrecer o conceder, sobornos, regalos, premios, dádivas o pagos, cualquiera fuese su tipo, naturaleza y/o monto, a ningún funcionario público en relación con su oferta, con el proceso de licitación pública, ni con la ejecución de él o los contratos que eventualmente se deriven de la misma, ni tampoco a ofrecerlas o concederlas a terceras personas que pudiesen influir directa o indirectamente en el proceso licitatorio, en su toma de decisiones o en la posterior adjudicación y ejecución del o los contratos que de ello se deriven. 2.- El oferente se obliga a no intentar ni efectuar acuerdos o realizar negociaciones, actos o conductas que tengan por objeto influir o afectar de cualquier forma la libre competencia, cualquiera fuese la conducta o acto específico, y especialmente, aquellos acuerdos, negociaciones, actos o conductas de tipo o naturaleza colusiva, en cualquier de sus tipos o formas. 3.- El oferente se obliga a revisar y verificar toda la información y documentación, que deba presentar para efectos del presente proceso licitatorio, tomando todas las medidas que sean necesarias para asegurar la veracidad, integridad, legalidad, consistencia, precisión y vigencia de la misma. 4.- El oferente se obliga a ajustar su actuar y cumplir con los principios de legalidad, ética, moral, buenas costumbres y transparencia en el presente proceso licitatorio. 5.- El oferente manifiesta, garantiza y acepta que conoce y respetará las reglas y condiciones establecidas en las bases de licitación, sus documentos integrantes y él o los contratos que de ellos se derivase. 6.- El oferente se obliga y acepta asumir, las consecuencias y sanciones previstas en estas bases de licitación, así como en la legislación y normativa que sean aplicables a la misma. 7.- El oferente reconoce y declara que la oferta presentada en el proceso licitatorio es una propuesta seria, con información fidedigna y en términos técnicos y económicos ajustados a la realidad, que aseguren la posibilidad de cumplir con la misma en las condiciones y oportunidad ofertadas. 8.- El oferente se obliga a tomar todas las medidas que fuesen necesarias para que las obligaciones anteriormente señaladas sean asumidas y cabalmente cumplidas por sus empleados y/o dependientes y/o asesores y/o agentes y en general, todas las personas con que éste o éstos se relacionen directa o indirectamente en virtud o como efecto de la presente licitación, incluidos sus subcontratistas, haciéndose plenamente responsable de las consecuencias de su infracción, sin perjuicio de las responsabilidades individuales que también procediesen y/o fuesen determinadas por los organismos correspondientes.
9.20 Obligación de Confidencialidad y Reserva de Información.
a.- La parte contratada (Empresa) se obliga a mantener en estricta reserva respecto de terceros ajenos al contrato, toda la información intercambiada, facilitada o creada con el Servicio Médico Legal, en el transcurso del cumplimiento del presente convenio. Sólo podrá intercambiar la información adquirida a consecuencia de las comunicaciones con el Servicio, a quienes la estén autorizados previamente por el administrador del contrato o la jefatura o funcionario que cumpla con esa función. b.- Por estricta reserva se entenderá: No divulgar, directa ni indirectamente la información obtenida, intercambiada o creada con el Servicio Médico Legal; en adelante "Información de Servicio"; Abstenerse de usar indebidamente esta información, es decir por canales no autorizados según los administradores del contrato respectivo; Incurrir en omisión dolosa o culposa que permita a terceros sin autorización expresa tener acceso, conocer y/o utilizar tal información de Servicio, y guardar la seguridad y reserva, adoptando todas las medidas que fueren necesarias para evitar la violación de dicha confidencialidad de la información de Servicio. c.- Se compromete además al resguardo de las instalaciones y mantenimiento de equipos que eventualmente y sólo para la prestación de servicio/o la entrega de productos, facilite el Servicio Médico Legal. d.- Acepta que, el Servicio Médico Legal, tiene derecho exclusivo de uso de todo producto generado por el trabajo realizado, en el cumplimiento y ejecución de los servicios pactados.
9.21 Especificaciones Técnicas.
Ver Anexos de Bases y Especificaciones Técnicas de los bienes requeridos.
9.22 Marca o Equivalentes.
Cualquier referencia a marcas y modelos respecto de lo solicitado en la presente licitación, entiéndase con la posibilidad de ofertar equivalentes del mismo, de acuerdo con lo establecido en la normativa de compras públicas.
9.23 Normativa Aplicable
Los bienes (insumos) se licitarán, adjudicarán y contratarán de acuerdo con las normas contenidas en los siguientes documentos, según corresponda: a) Bases Administrativas (BA) y sus modificaciones. b) Bases Técnicas (BT), Especificaciones Técnicas (EETT), Fichas Técnicas y sus modificaciones. c) Anexos d) Aclaraciones y respuestas elaboradas por la Entidad Licitante. e) Contrato celebrado entre la entidad licitante y el adjudicado.