Garantías de Seriedad de Ofertas
Beneficiario:
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JUNTA NACIONAL DE AUXILIO ESCOLAR Y BECAS
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Fecha de vencimiento:
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16-06-2021
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Monto:
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1000000
Peso Chileno
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Descripción:
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Para garantizar la seriedad de la oferta y posterior cumplimiento del contrato, los oferentes y adjudicatarios, según corresponda, deberán presentar cauciones pagaderas a la vista, con carácter irrevocable y que aseguren el cobro de la misma, de manera rápida y efectiva. La referida garantía deberá ser extendida en forma nominativa a nombre de la Junta Nacional de Auxilio Escolar y Becas, RUT N° 60.908.000-0, expresada en pesos chilenos, sin perjuicio de aquellos instrumentos que por su naturaleza sólo puedan ser emitidos en unidades de fomento (UF).
En el evento que el oferente presente una póliza de seguro, deberá ser pagada a primer requerimiento, cumpliendo con esto que sea pagada a la vista, de conformidad a lo dispuesto en el artículo 583 del Código de Comercio, y el pago de la indemnización al beneficiario deberá efectuarse dentro del plazo máximo de 30 días corridos, sin que la oposición de excepciones pueda ser invocada para condicionar o diferir dicho pago. Asimismo, deberá adjuntar el comprobante de pago de la respectiva prima, debiendo además el oferente solicitar a la institución aseguradora que se exceptúe a la entidad pública de someterse a arbitraje y que considere en su cobertura, y expresamente en su condición particular, las multas derivadas de incumplimiento contractuales, tratándose de la caución de fiel cumplimiento.
La garantía podrá otorgarse física o electrónicamente. Cuando se otorguen físicamente, los oferentes deberán entregarla en Oficina de Partes de JUNAEB, ubicada en Monjitas 565, piso 6, Santiago centro, dentro del plazo establecido en el título “Etapas y plazos” de las presentes bases administrativas. En los casos en que se otorgue de manera electrónica, deberán ajustarse a la ley N° 19.799 sobre documentos electrónicos, firma electrónica y servicios de certificación de dicha firma, y su reglamento aprobado por decreto supremo N° 181, de 2002 y sus modificaciones, del Ministerio de Economía, Fomento y Turismo. Para el caso de la garantía de seriedad de la oferta, esta se deberá adjuntar como anexo administrativo al presentar su oferta en el portal Mercado Público. En el caso de la garantía de fiel cumplimiento del contrato, el adjudicatario deberá enviarla al correo electrónico oficina.partes@junaeb.cl. 7.1. Garantía de seriedad de la oferta.
Previo al cierre de recepción de ofertas, el oferente o un tercero a su nombre, deberá entregar una garantía de seriedad de la oferta que cumpla con las siguientes características:
Garantía del proceso Presentar una garantía.
Glosa Para garantizar la seriedad de la oferta presentada en la licitación pública ID 85-27-LR21.
Vigencia 100 días corridos, contados desde el cierre de recepción de ofertas.
Monto $ 1.000.000.- o su equivalente en pesos para aquellos instrumentos que por su naturaleza sólo puedan ser emitidos en UF.
En el evento que JUNAEB amplíe el plazo de recepción de ofertas, la vigencia mínima de la garantía de seriedad de la oferta se reducirá en igual número de días.
La garantía de seriedad de la oferta se hará efectiva, especialmente, en los siguientes casos:
a. Si el oferente se desiste de su oferta, dentro del período de vigencia de la misma.
b. Cuando el oferente ha sido adjudicado y no ha entregado su garantía de fiel cumplimiento del contrato dentro del plazo señalado en el título “Etapas y plazos”.
c. Cuando el adjudicatario no se encuentre hábil para contratar con el Estado, e inscrito en el registro electrónico oficial de proveedores del Estado o no se inscriba dentro del plazo del subtítulo “Antecedentes a entregar previo a la firma del contrato”.
d. Cuando el adjudicatario, no suscribe el contrato dentro del plazo establecido por JUNAEB.
e. Tratándose de unión temporal de proveedores, en el evento que uno de sus integrantes se retire o sea inhábil, y dicha unión opte por desistirse de su oferta.
f. Cuando se constante falta de coincidencia o veracidad en los antecedentes presentados por el oferente.
La garantía de seriedad de la oferta será devuelta en el plazo de 2 días hábiles, en los siguientes casos:
a. Cuando la licitación sea declarada desierta o revocada, el plazo se contará desde la fecha de publicación en el portal de Mercado Público de la resolución que lo disponga.
b. Cuando las ofertas hayan sido declaradas inadmisibles, contados desde la fecha de publicación en el portal de Mercado Público de la resolución que lo disponga.
c. En el caso de oferentes desestimados y adjudicados, contados desde el día siguiente a la suscripción del contrato .
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Glosa:
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Para garantizar la seriedad de la oferta presentada en la licitación pública ID 85-27-LR21.
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Forma y oportunidad de restitución:
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La garantía de seriedad de la oferta será devuelta en el plazo de 2 días hábiles, en los siguientes casos:
a. Cuando la licitación sea declarada desierta o revocada, el plazo se contará desde la fecha de publicación en el portal de Mercado Público de la resolución que lo disponga.
b. Cuando las ofertas hayan sido declaradas inadmisibles, contados desde la fecha de publicación en el portal de Mercado Público de la resolución que lo disponga.
c. En el caso de oferentes desestimados y adjudicados, contados desde el día siguiente a la suscripción del contrato .
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Garantía fiel de Cumplimiento de Contrato
Beneficiario:
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JUNTA NACIONAL DE AUXILIO ESCOLAR Y BECAS
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Fecha de vencimiento:
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08-06-2025
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Monto:
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5
%
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Descripción:
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Para garantizar la seriedad de la oferta y posterior cumplimiento del contrato, los oferentes y adjudicatarios, según corresponda, deberán presentar cauciones pagaderas a la vista, con carácter irrevocable y que aseguren el cobro de la misma, de manera rápida y efectiva. La referida garantía deberá ser extendida en forma nominativa a nombre de la Junta Nacional de Auxilio Escolar y Becas, RUT N° 60.908.000-0, expresada en pesos chilenos, sin perjuicio de aquellos instrumentos que por su naturaleza sólo puedan ser emitidos en unidades de fomento (UF).
En el evento que el oferente presente una póliza de seguro, deberá ser pagada a primer requerimiento, cumpliendo con esto que sea pagada a la vista, de conformidad a lo dispuesto en el artículo 583 del Código de Comercio, y el pago de la indemnización al beneficiario deberá efectuarse dentro del plazo máximo de 30 días corridos, sin que la oposición de excepciones pueda ser invocada para condicionar o diferir dicho pago. Asimismo, deberá adjuntar el comprobante de pago de la respectiva prima, debiendo además el oferente solicitar a la institución aseguradora que se exceptúe a la entidad pública de someterse a arbitraje y que considere en su cobertura, y expresamente en su condición particular, las multas derivadas de incumplimiento contractuales, tratándose de la caución de fiel cumplimiento.
La garantía podrá otorgarse física o electrónicamente. Cuando se otorguen físicamente, los oferentes deberán entregarla en Oficina de Partes de JUNAEB, ubicada en Monjitas 565, piso 6, Santiago centro, dentro del plazo establecido en el título “Etapas y plazos” de las presentes bases administrativas. En los casos en que se otorgue de manera electrónica, deberán ajustarse a la ley N° 19.799 sobre documentos electrónicos, firma electrónica y servicios de certificación de dicha firma, y su reglamento aprobado por decreto supremo N° 181, de 2002 y sus modificaciones, del Ministerio de Economía, Fomento y Turismo. Para el caso de la garantía de seriedad de la oferta, esta se deberá adjuntar como anexo administrativo al presentar su oferta en el portal Mercado Público. En el caso de la garantía de fiel cumplimiento del contrato, el adjudicatario deberá enviarla al correo electrónico oficina.partes@junaeb.cl. 7.2. Garantía de fiel cumplimiento del contrato.
Glosa Para garantizar el fiel y oportuno cumplimiento del contrato, de las obligaciones laborales y sociales con los trabajadores del contratante y las multas, en el marco de la propuesta pública ID 85-27-LR21
Vigencia 100 días corridos, contados desde el término del contrato.
Monto 5% del monto total del contrato o su equivalente en pesos para aquellos instrumentos que por su naturaleza sólo puedan ser emitidos en UF.
El o los adjudicatarios transcurridos cada año de ejecución del servicio, tendrán la posibilidad de sustituir la garantía de fiel cumplimiento del contrato, por el equivalente al monto del 5% del saldo insoluto del contrato, debiendo dar estricto cumplimiento a lo indicado en el artículo 68 del DS 250/2004 del Ministerio de Hacienda que contiene el Reglamento de la Ley 19.886.
JUNAEB, procederá a hacer efectiva la garantía de fiel cumplimiento, especialmente, en los siguientes casos:
a) Cuando el adjudicatario renuncie al contrato.
b) No pago total o parcial de las multas ejecutadas en virtud de incumplimientos contractuales. En este caso, el adjudicatario deberá renovar la caución por el monto total y período de su vigencia original, debiendo presentarla en un plazo máximo de 10 días hábiles contados desde la notificación de la resolución que ejecuta la garantía.
c) Que se ponga término anticipado al contrato, por causa imputable al adjudicatario.
d) incumplimiento de las obligaciones laborales y previsionales del personal asignado a prestar servicios en la ejecución de la presente licitación.
e) Por incumplimiento de los puntos 1, 2, 4 y 7 del Anexo N°3 “Pacto de Integridad”, sin perjuicio del término anticipado del contrato y demás sanciones que establezca el ordenamiento jurídico.
La garantía será devuelta al adjudicatario, una vez vencido su plazo de vigencia o cuando se hayan cumplido la totalidad de las obligaciones establecidas en las presentes bases y/o contrato, previa aprobación por la contraparte técnica, donde señale su total conformidad con el cumplimiento de estas obligaciones y se solicite expresamente la devolución de la garantía antes de su fecha de vencimiento.
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Glosa:
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Para garantizar el fiel y oportuno cumplimiento del contrato, de las obligaciones laborales y sociales con los trabajadores del contratante y las multas, en el marco de la propuesta pública ID 85-27-LR21
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Forma y oportunidad de restitución:
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La garantía será devuelta al adjudicatario, una vez vencido su plazo de vigencia o cuando se hayan cumplido la totalidad de las obligaciones establecidas en las presentes bases y/o contrato, previa aprobación por la contraparte técnica, donde señale su total conformidad con el cumplimiento de estas obligaciones y se solicite expresamente la devolución de la garantía antes de su fecha de vencimiento.
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