Garantías de Seriedad de Ofertas
Beneficiario:
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JUNTA NACIONAL DE AUXILIO ESCOLAR Y BECAS
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Fecha de vencimiento:
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02-06-2023
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Monto:
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500000
Peso Chileno
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Descripción:
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En el evento que las bases administrativas especiales dispongan la exigencia de presentar garantías o cauciones para garantizar la seriedad de la oferta y posterior cumplimiento del contrato, estas deberán revestir las siguientes características: pagaderas a la vista, con carácter irrevocable y que aseguren el cobro de esta, de manera rápida y efectiva. Las garantías deberán ser extendidas en forma nominativa a nombre de la Junta Nacional de Auxilio Escolar y Becas, RUT N° 60.908.000-0, expresadas en la moneda indicada en las bases administrativas especiales, sin perjuicio de aquellos instrumentos que por su naturaleza sólo puedan ser emitidos en unidades de fomento (UF).
En el evento que el oferente o adjudicatario presente una póliza de seguro, de conformidad a lo dispuesto en el artículo 583 del Código de Comercio, para efectos de cumplir con el requisito de ser pagadera a la vista, aquella deberá ser pagada a primer requerimiento, y el pago de la indemnización al beneficiario deberá efectuarse dentro del plazo máximo de 30 días corridos, sin que la oposición de excepciones pueda ser invocada para condicionar o diferir dicho pago. Asimismo, deberá adjuntar el comprobante de pago de la respectiva prima, debiendo además el oferente o adjudicatario, solicitar a la institución aseguradora que se exceptúe a la entidad pública de someterse a arbitraje.
La garantía podrá otorgarse física o electrónicamente. Cuando se entregue físicamente, deberá hacerlo en Oficina de Partes de JUNAEB, ubicada en Monjitas 565, piso 6, Santiago.
En los casos en que se otorgue de manera electrónica, deberá ajustarse a la Ley N° 19.799, y su reglamento, aprobado por Decreto Supremo N° 181, de 2002, del Ministerio de Economía, Fomento y Turismo, y sus modificaciones, debiendo adjuntar dicha garantía como anexo administrativo al momento de presentar su oferta en el portal Mercado Público.
Las características específicas de las garantías para cada proceso licitatorio y sus respectivos plazos de entrega estarán indicadas en las bases administrativas especiales. Para garantizar la seriedad de la oferta y posterior cumplimiento del contrato, estas deberán revestir las siguientes características: pagaderas a la vista, con carácter irrevocable y que aseguren el cobro de esta, de manera rápida y efectiva. Las garantías deberán ser extendidas en forma nominativa a nombre de la Junta Nacional de Auxilio Escolar y Becas, RUT N° 60.908.000-0, expresadas en la moneda indicada en las bases administrativas especiales, sin perjuicio de aquellos instrumentos que por su naturaleza sólo puedan ser emitidos en unidades de fomento (UF).
En el evento que el oferente o adjudicatario presente una póliza de seguro, de conformidad a lo dispuesto en el artículo 583 del Código de Comercio, para efectos de cumplir con el requisito de ser pagadera a la vista, aquella deberá ser pagada a primer requerimiento, y el pago de la indemnización al beneficiario deberá efectuarse dentro del plazo máximo de 30 días corridos, sin que la oposición de excepciones pueda ser invocada para condicionar o diferir dicho pago. Asimismo, deberá adjuntar el comprobante de pago de la respectiva prima, debiendo además el oferente o adjudicatario, solicitar a la institución aseguradora que se exceptúe a la entidad pública de someterse a arbitraje.
La garantía podrá otorgarse física o electrónicamente. Cuando se entregue físicamente, deberá hacerlo en Oficina de Partes de JUNAEB, ubicada en Monjitas 565, piso 6, Santiago.
En los casos en que se otorgue de manera electrónica, deberá ajustarse a la Ley N° 19.799, y su reglamento, aprobado por Decreto Supremo N° 181, de 2002, del Ministerio de Economía, Fomento y Turismo, y sus modificaciones, debiendo adjuntar dicha garantía como anexo administrativo al momento de presentar su oferta en el portal Mercado Público.
Garantía de seriedad de la oferta
Cuando la contratación supere las 2.000 UTM, el oferente deberá presentar junto a su oferta una o más garantías de seriedad de la oferta, equivalentes al monto que indiquen las bases administrativas especiales.
Tratándose de contrataciones iguales o inferiores a las 2.000 UTM, JUNAEB ponderará el riesgo involucrado en cada contratación para determinar si requiere la presentación de garantía(s) de seriedad de la oferta, quedando aquello reflejado en las bases administrativas especiales.
La garantía de seriedad de la oferta se hará efectiva, especialmente, en los siguientes casos:
Si el oferente se desiste de su oferta, una vez cerrado el período de presentación de ofertas.
Si el adjudicatario se desiste de su oferta.
Cuando el adjudicatario no entrega su garantía de fiel cumplimiento del contrato dentro del plazo señalado en el título “Etapas y plazos”, de las bases administrativas especiales.
Cuando el adjudicatario no es hábil para contratar con el Estado, no se encuentra inscrito en el Registro Electrónico Oficial de Proveedores del Estado o no se inscriba dentro del plazo del subtítulo “Antecedentes a entregar previo a la firma del contrato”.
Cuando el adjudicatario no suscriba el contrato dentro del plazo establecido por JUNAEB.
Cuando uno de los integrantes de la Unión Temporal de Proveedores, se retire y sea quien reúne una o más características objeto de la evaluación
En el evento que se constaten inconsistencias o falta de veracidad en los antecedentes presentados por el oferente.
La garantía de seriedad de la oferta será devuelta en los siguientes plazos:
Para el caso los oferentes cuyas ofertas hayan sido declaradas inadmisibles o desestimadas, se efectuará dentro del plazo de 10 días contados desde la notificación de la resolución que dé cuenta de la inadmisibilidad o de la adjudicación.
Cuando la licitación sea declarada desierta o revocada, se efectuará devolución dentro del plazo de dos días hábiles contados desde la notificación de la Resolución que lo disponga.
Para el caso de los adjudicados, se efectuará devolución dentro del plazo de 2 días hábiles contados desde el día siguiente a la total tramitación del acto administrativo que apruebe el respectivo contrato.
En el caso que la contratación se perfeccione mediante la mera aceptación de la orden de compra por parte del adjudicatario, el plazo se contará desde el día hábil siguiente a dicha aceptación.
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Glosa:
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Para garantizar la seriedad de la oferta presentada en la licitación pública ID 85-46-LP22.
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Forma y oportunidad de restitución:
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La garantía de seriedad de la oferta será devuelta en los siguientes plazos:
Para el caso de los oferentes cuyas ofertas hayan sido declaradas inadmisibles o desestimadas, se efectuará dentro del plazo de 10 días contados desde la notificación de la resolución que dé cuenta de la inadmisibilidad o de la adjudicación.
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Garantía fiel de Cumplimiento de Contrato
Beneficiario:
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JUNTA NACIONAL DE AUXILIO ESCOLAR Y BECAS
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Fecha de vencimiento:
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11-05-2026
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Monto:
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5
%
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Descripción:
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Cuando la contratación supere las 1.000 UTM, el adjudicatario deberá presentar una o más garantías, equivalentes en total, al porcentaje que indiquen las bases administrativas especiales, para efectos de caucionar el fiel y oportuno cumplimiento de las obligaciones del contrato, las multas que deriven de su incumplimiento y las obligaciones laborales y/o previsionales del personal destinado a la ejecución del servicio o adquisición contratada.
Tratándose de contrataciones iguales o inferiores a las 1.000 UTM, JUNAEB ponderará el riesgo involucrado en cada contratación para determinar si requiere la presentación de garantía de fiel y oportuno cumplimiento de contrato, lo cual estará determinado en la base administrativa especial.
JUNAEB procederá a hacer efectiva la garantía de fiel cumplimiento, sin perjuicio del término anticipado del contrato y demás sanciones que establezca el ordenamiento jurídico, especialmente en los siguientes casos:
Cuando el adjudicatario renuncie a suministrar los productos o a prestar los servicios contratados;
Cuando el adjudicatario no pague total o parcialmente las multas cursadas y ejecutadas en virtud de incumplimientos contractuales. En este caso, el adjudicatario deberá renovar la caución por el monto total y período de su vigencia original, debiendo presentarla en un plazo máximo de 10 días hábiles contados desde la notificación de la resolución que ordene ejecutar la garantía;
Que se ponga término anticipado al contrato, por causa imputable al adjudicatario;
Cuando el adjudicatario incurra en incumplimiento(s) de las obligaciones laborales y/o previsionales del personal destinado a la ejecución del servicio o adquisición contratada en el marco de la licitación, y
Por incumplimiento del Anexo N° 3, “Pacto de Integridad”.
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Glosa:
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Para garantizar el fiel y oportuno cumplimiento del contrato, de las obligaciones laborales y sociales con los trabajadores del proveedor y las multas, en el marco de la propuesta pública ID 85-46-LP22
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Forma y oportunidad de restitución:
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La garantía será devuelta al adjudicatario, una vez vencido su plazo de vigencia o cuando se hayan cumplido la totalidad de las obligaciones establecidas y derivadas de las bases y/o contrato, previa aprobación de la contraparte técnica, en la que señale su total conformidad con el cumplimiento de estas obligaciones.
De conformidad a lo dispuesto en el artículo 68 del Reglamento, en las bases administrativas especiales que regulen contratos de ejecución sucesiva se podrá asociar el valor de las garantías a las etapas, hitos o periodos de cumplimiento y permitir al contratante la posibilidad de sustituir la garantía de fiel y oportuno cumplimiento, debiendo en todo caso respetarse los porcentajes estipulados en las bases administrativas especiales, en relación con los saldos insolutos del contrato a la época de la sustitución.
Por otra parte, de conformidad al artículo 42 del Reglamento, JUNAEB podrá solicitar una ampliación de las garantías de fiel cumplimiento.
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