|
Resolución de Empates |
|
En caso de producirse un empate en el resultado final de la evaluación, la JUNJI adjudicará el proceso de licitación al proponente que presente mejor puntaje conforme al orden de prelación que se señala:
1° Mayor puntaje en el criterio experiencia (Cantidad de contratos suscritos desde el año 2015 a la fecha).
2° Mayor puntaje en el criterio precio (Formato Presupuesto, Anexo N° 8).
3° Menor plazo de Ejecución (Anexo N° 9 ).
|
|
|
|
Acreditación de cumplimiento de remuneraciones o cotizaciones de seguridad social |
|
El contratista adjudicado, a solicitud del supervisor de obra, deberá acreditar el oportuno y cabal cumplimiento de sus obligaciones laborales y de seguridad social, en relación con el personal que destine a la ejecución del contrato. Para ello deberá presentar un certificado emitido por la Inspección del Trabajo, o un organismo idóneo, de cumplimiento de obligaciones laborales y de seguridad social y copias de las planillas de pago de cotizaciones previsionales.
En caso que el adjudicatario no acredite oportunamente el cumplimiento de las obligaciones antedichas, la JUNJI podrá retener los pagos que tenga a favor de éste y pagar con ellos al trabajador o institución previsional acreedora y/o hacer efectiva la garantía de fiel cumplimiento del contrato prevista en las presentes bases.
El contratista deberá acompañar al inicio de los servicios una planilla (nómina) que indique los nombres de los trabajadores que se desempeñan en virtud del contrato e informar a la JUNJI ante cualquier modificación que se produzca, copia de dicha planilla deberá adjuntarse al libro de obra, así como sus modificaciones.
|
|
|
|
Presentación de antecedentes omitidos por los oferentes |
|
La comisión evaluadora o el Encargado del proceso de compras, a requerimiento de esta última, durante el proceso de evaluación de las ofertas, podrá solicitar aclaraciones a los proponentes a través del foro dispuesto al efecto en el Sistema de Información de la Dirección de Compras y de Contratación Pública [http://www.mercadopublico.cl], siempre y cuando éstas no les confieran una situación de privilegio respecto de los demás competidores, esto es, en tanto no se afecten los principios de estricta sujeción a las bases y de igualdad de los oferentes.
|
|
|
|
Pacto de integridad |
El oferente declara que, por el sólo hecho de participar en la presente licitación, acepta expresamente el presente pacto de integridad, obligándose a cumplir con todas y cada una de las estipulaciones que contenidas el mismo, sin perjuicio de las que se señalen en el resto de las bases de licitación y demás documentos integrantes. Especialmente, el oferente acepta el suministrar toda la información y documentación que sea considerada necesaria y exigida de acuerdo a las presentes bases de licitación, asumiendo expresamente los siguientes compromisos:
1.- El oferente se compromete a respetar los derechos fundamentales de sus trabajadores, entendiéndose por éstos los consagrados en la Constitución Política de la República en su artículo 19, números 1º, 4º, 5º, 6º, 12º, y 16º, en conformidad al artículo 485 del código del trabajo. Asimismo, el oferente se compromete a respetar los derechos humanos, lo que significa que debe evitar dar lugar o contribuir a efectos adversos en los derechos humanos mediante sus actividades, productos o servicios, y subsanar esos efectos cuando se produzcan, de acuerdo a los Principios Rectores de Derechos Humanos y Empresas de Naciones Unidas.
2.-El oferente se obliga a no ofrecer ni conceder, ni intentar ofrecer o conceder, sobornos, regalos, premios, dádivas o pagos, cualquiera fuese su tipo, naturaleza y/o monto, a ningún funcionario público en relación con su oferta, con el proceso de licitación pública, ni con la ejecución de él o los contratos que eventualmente se deriven de la misma, ni tampoco a ofrecerlas o concederlas a terceras personas que pudiesen influir directa o indirectamente en el proceso licitatorio, en su toma de decisiones o en la posterior adjudicación y ejecución del o los contratos que de ello se deriven.
3.- El oferente se obliga a no intentar ni efectuar acuerdos o realizar negociaciones, actos o conductas que tengan por objeto influir o afectar de cualquier forma la libre competencia, cualquiera fuese la conducta o acto específico, y especialmente, aquellos acuerdos, negociaciones, actos o conductas de tipo o naturaleza colusiva, en cualquier de sus tipos o formas.
4.- El oferente se obliga a revisar y verificar toda la información y documentación, que deba presentar para efectos del presente proceso licitatorio, tomando todas las medidas que sean necesarias para asegurar la veracidad, integridad, legalidad, consistencia, precisión y vigencia de la misma.
5.- El oferente se obliga a ajustar su actuar y cumplir con los principios de legalidad, ética, moral, buenas costumbres y transparencia en el presente proceso licitatorio.
6.- El oferente manifiesta, garantiza y acepta que conoce y respetará las reglas y condiciones establecidas en las bases de licitación, sus documentos integrantes y él o los contratos que de ellos se derivase.
7.- El oferente se obliga y acepta asumir, las consecuencias y sanciones previstas en estas bases de licitación, así como en la legislación y normativa que sean aplicables a la misma.
8.- El oferente reconoce y declara que la oferta presentada en el proceso licitatorio es una propuesta seria, con información fidedigna y en términos técnicos y económicos ajustados a la realidad, que aseguren la posibilidad de cumplir con la misma en las condiciones y oportunidad ofertadas.
9.- El oferente se obliga a tomar todas las medidas que fuesen necesarias para que las obligaciones anteriormente señaladas sean asumidas y cabalmente cumplidas por sus empleados y/o dependientes y/o asesores y/o agentes y en general, todas las personas con que éste o éstos se relacionen directa o indirectamente en virtud o como efecto de la presente licitación, incluidos sus subcontratistas, haciéndose plenamente responsable de las consecuencias de su infracción, sin perjuicio de las responsabilidades individuales que también procediesen y/o fuesen determinadas por los organismos correspondientes.
|
|
|
|
DEL PRECIO Y FORMA DE PAGO |
|
El precio que el Servicio pagará al Contratista por la obra será la suma fijada en el contrato.
Asimismo, se establece que las partidas del presupuesto del contratista, en que la unidad de mensura sea global o unitaria, no se podrán cursar pagos en forma fraccionada, por lo cual se cancelará una vez ejecutada totalmente.
Parte 1: Entrega de informe por cada jardín infantil y valoración de trabajos de red de gas para certificación: Pago del valor ofertado según Anexo N°6 y 6A.
Parte 2: Entrega de la Certificaciones (sellos verdes) por jardín infantil y copia del expediente de especialidad (Planimetría/ EETT/ Certificaciones etc.: Pago del valor ofertado según Anexo N°6.
La Unidad de Construcción y Mantención de Espacios Educativos de JUNJI, Región de Los Lagos, será la encargada de Recepcionar los informes y certificaciones mediante acta de recepción conforme, autorizada por un profesional de la referida Unidad.
CONDICIONES DE FACTURACIÓN:
La factura o boleta electrónica sólo podrá ser emitida después que se haya dado la Recepción Conforme por parte de la Unidad Requirente, y deberá ser remitida en formato XML al correo electrónico junjirecepcion@custodium.com conforme las indicaciones del Servicio de Impuestos Internos.
La recepción conforme y aceptación de facturas o documentos electrónicos tributarios (DTE) de cobro, se realizarán dentro del plazo de 8 días corridos desde su recepción en el Servicio de Impuestos, a través del Registro de Aceptación y Reclamo dispuesto por el Servicio, conforme lo establecido en el artículo 3°de la Ley 19.983.
Serán requisitos excluyentes para la aceptación de documentos tributarios electrónicos (DTE) los siguientes:
• La orden de compra respectiva debe encontrarse en estado ”ACEPTADA” en el portal www.mercadopublico.cl.
• Debe existir Recepción Conforme de la Institución de los bienes y/o servicios, para lo cual el proveedor sólo podrá emitir un DTE previa aprobación de la Unidad responsable según lo establecido en las condiciones de contratación.
• El DTE debe incluir en su contenido el número de orden de compra, en formato idéntico al generado por Mercado Público, respetando estrictamente la separación por guiones.
• El número de orden de compra debe señalarse en el “Campo o TAG” .
• El archivo XML deben ser enviados al correo electrónico junjirecepcion@custodium.com, casilla exclusiva para la recepción de DTE.
Todo documento tributario que no cumpla con las condiciones señaladas previamente será RECLAMADO automáticamente en el Servicio de Impuestos Internos, perdiendo así su título ejecutivo, y quedará bajo responsabilidad del proveedor su regularización mediante la emisión de una Nota de Crédito que anule el documento RECLAMADO y emitiendo uno nuevo que cumpla con las condiciones señaladas.
El proveedor podrá emitir el documento tributario electrónico al tercer día, posterior a la recepción conforme del producto y/o servicio entregado por nuestra Institución.
La Junta Nacional de Jardines Infantiles no entregará anticipos de ninguna especie.
Dado que el pago se está realizando de forma centralizada por la Tesorería General de la República, todos los pagos deben ser consultados en su página principal https://www.tgr.cl/, opción “Institución y Proveedores”, posteriormente seleccionar “Proveedores”.
La Tesorería General de la República efectuará el pago vía transferencia cuenta corriente, para lo cual el proveedor deberá indicar el número de cuenta corriente, el banco, razón social, RUT y el correo electrónico.
Si el oferente quisiese utilizar la alternativa de factorizar su factura, podrá hacerlo una vez que haya sido prestado el servicio y aceptada la factura electrónica en el Registro de Aceptación y Reclamo del SII. La Junta Nacional de Jardines Infantiles validará la cesión de créditos a través del Registro Electrónico de Cesión de Créditos del SII y la descarga del respectivo certificado.
Si el oferente quisiese utilizar la alternativa de factorizar su factura, de acuerdo con lo indicado en el artículo 4° inciso primero letra b) de la ley 19.983, podrá hacerlo una vez que la Contraparte Técnica de la JUNJI haya recepcionado conforme el producto o servicio final, informando oportunamente a la Junta Nacional de Jardines Infantiles de los contratos de factoring que haya suscrito. En aquellos pagos acordados a treinta (30) días, se entenderá por oportuna aquella información realizada a lo menos con quince (15) días de anticipación a la fecha de pago.
No obstante, lo señalado precedentemente, y en virtud de lo prescrito por el artículo 75 del Reglamento de la Ley de Compras Públicas, mediante el cual se obliga a las entidades licitantes a cumplir con lo establecido en los contratos de factoring suscritos por sus contratistas, la Institución debe verificar la notificación oportuna de dicho contrato y que no existan obligaciones o multas pendientes.
El documento tributario electrónico que se utilicen como guía de despacho, deberán ser emitidos el mismo día se efectúe la entrega real o simbólica de las especies, y en el caso que la entrega sea posterior a la emisión de este, el proveedor deberá anular la factura y reemitir una nueva.
El pago de los documentos tributarios electrónico se está realizando de forma centralizada por la Tesorería General de la Republica 30 días corridos posterior a la recepción del documento electrónico ante el SII.
Procedimiento de documentos asociados a multa y/o anticipo:
Todo proveedor el cual emita documentos tributarios electrónicos afectos a descuentos ya sea por multas y/o anticipos entregados a proveedores, poseerá dos opciones las cuales estarán condicionadas al posible pago.
Opción 1:
El proveedor podrá realizar el depósito del monto asociado por multas y/o anticipos a la cuenta de la Junta Nacional de Jardines Infantiles, y en caso de que corresponda la liberación de los montos recibidos por el proveedor, la JUNJI deberá dejar constancia de dicha acción mediante el/los correspondiente/s acto/s administrativo/s.
Opción 2:
El proveedor deberá anular la factura inicial mediante una correspondiente Nota de Crédito y deberá emitir de forma separada, 2 (dos) documentos tributarios electrónicos de la siguiente manera;
Factura N° 1: Por el monto de la multa o descuento. “Estado: Pagado al Contado”
El Estado Pagado al Contado es una opción que tiene el proveedor cuando emite la factura, la particularidad que tiene es que no puede ser reclamada, pero tampoco puede ser cedida, ya que se presume que se pagó contra la recepción de la factura. Esta factura seguirá el curso del proceso de multa, y una vez sancionada la multa se liquidará la factura contra la multa y en caso de que haya algún descargo y se rebaje parcial o totalmente la multa, se pagará al proveedor el remanente.
Factura N° 2: Por el Saldo (Monto total de factura original menos el descuento por multa/anticipo).
Esta factura quedará libre de todo tipo de descuento y por lo tanto podrá ser ACEPTADA y quedará apta para ser cedida, sin obstaculizar la libre circulación del crédito.
Todo documento tributario electrónico que se encuentre asociado a multas y/o anticipos, y no cumpla con alguna de estas opciones estipuladas, será reclamado inmediatamente por la Institución.
|
|
|
|
CLAUSULA DE PROVEEDORES DE BIENES Y SERVICIOS DE LA JUNJI |
|
El proveedor declara conocer los lineamientos y directrices contenidos en el Manual de Prevención de delitos de Lavado de Activos, Delitos Funcionarios y Financiamiento al Terrorismo de JUNJI, las normas legales vigentes sobre la materia y las sanciones establecidas frente a una eventual vulneración de ellas. A mayor abundamiento, se obliga el proveedor a no realizar alguna actividad o desarrollar conductas que puedan ser consideradas o constitutivas de delitos de Lavado de Activos, Financiamiento al Terrorismo u otras ilicitudes que puedan afectar a la Junta Nacional de Jardines Infantiles. Para estos efectos, en señal de conocimiento y de conformidad, el proveedor suscribirá el Anexo N°5.
|
|
|
|