1.-
ACEPTACIÓN DE LAS BASES ADMINISTRATIVAS Y ESPECIFICACIONES TÉCNICAS
Las presentes Bases Administrativas, Especificaciones Técnicas y Anexos de esta licitación, como, asimismo, cualquier documento que las interprete o complemente, se entenderán conocidas y obligatorias para todos los participantes y para todos los efectos legales serán parte integrante de la relación contractual que se establezca con la Junta Nacional de Jardines Infantiles. El oferente deberá manifestar dicha aceptación para lo cual se adjunta formato de aceptación de bases como Anexo N°1 a la presente licitación, que debe ser presentado por el oferente debidamente completado y de manera digital en el sitio www.mercadopublico.cl al momento de ingresar su oferta.
Todos los participantes deberán haber analizado las presentes bases administrativas, técnicas y anexos y tomar debido y oportuno conocimiento de las aclaraciones efectuadas durante el proceso licitatorio a fin de que sean consideradas al momento de presentar la oferta.
Los costos derivados de la elaboración y presentación de las ofertas serán de cargo exclusivo del oferente, no existiendo para la Junta Nacional de Jardines Infantiles responsabilidad alguna en dicha materia, cualquiera sea el resultado de la licitación.
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2.-
REQUISITOS DE LOS PARTICIPANTES.
Los proveedores sólo deben estar inscritos en forma gratuita en la plataforma www.mercadopublico.cl para poder ofertar en procesos de compra que publican los organismos del Estado. Para ello se les solicitará firmar en línea una Declaración Jurada que muestra que cumplen con los requisitos normativos para ofertar al Estado, los que de describen a continuación:
• No haber sido condenado por prácticas antisindicales o infracción a los derechos fundamentales del trabajador, en los dos años previos a la oferta o el contrato (Art. 4 Ley N°19.886)
• Como persona jurídica, no haber sido condenado a la prohibición de contratar con el Estado, por cohecho, lavado de activos, financiamiento al terrorismo o delitos de la Ley General de Pesca (Art. 10 Ley N°20.393)
• No haber sido condenado por los delitos concursales establecido en el código penal Art. 4 Ley N°19.886)
• No haber sido condenado por el Tribunal de Defensa de la Libre Competencia a la prohibición de contratar por el Estado Art. 26, letra d, de DL 211)
• No debe tener vínculos con los funcionarios directivos de la entidad compradora (Art. 4 Ley N°19.886)
Esta Declaración Jurada se genera en línea cuando el proveedor carga su oferta en el proceso de licitación en www.mercadopublico.cl dando así cumplimiento legal a los requisitos exigidos por la normativa.
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3.-
UNION TEMPORAL DE PROVEEDORES.
Con relación a las Uniones Temporales de proveedores, éstas deberán cumplir con los requisitos establecidos en el artículo 67 bis del decreto N°250, el que fue agregado conforme a lo establecido en el decreto N°1410, de 2015, que modifica el Decreto Supremo N°250, de 2004, que aprueba el Reglamento de la Ley N°19.886, de Bases sobre Compras Públicas.
La Unión Temporal de Proveedores estará conformada por personas naturales y/o jurídicas. Para tal efecto, los integrantes deberán autorizar a un representante legal común para que ejerza a su nombre todos los derechos y cumpla con todas las obligaciones de la Unión Temporal de Proveedores frente a la JUNJI, frente al servicio o bien a contratar que refieren las respectivas bases de licitación.
Las causales de inhabilidad contempladas en las bases y en la legislación vigente, para la representación de las ofertas, formulación de propuestas o para la suscripción del contrato, afectarán a cada uno de los integrantes de la Unión Temporal de Proveedores, individualmente considerados.
Para la presentación de ofertas, la Unión Temporal de Proveedores deberá cumplir con los siguientes requisitos, acompañando los siguientes antecedentes:
- Suscribir el Anexo N°2C, en que todos y cada uno de los oferentes integrantes de la Unión Temporal de Proveedores deberá designar entre sus miembros a un representante común, con facultades suficientes para actuar en el proceso licitatorio en representación de todos ellos.
- Cada uno de los participantes de la Unión Temporal de Proveedores deberá presentar los siguientes anexos: i. Aceptación de las bases; ii. Declaración jurada simple de persona natural y/o jurídica; y iii. Identificación del Oferente.
- Al momento de la presentación de ofertas, los integrantes de la Unión Temporal de Proveedores determinarán qué antecedentes presentarán para ser considerados en la evaluación respectiva, siempre y cuando lo anterior no signifique ocultar información relevante para la ejecución del respectivo contrato que afecta a alguno de los integrantes de la misma. En el caso que uno de los miembros de la Unión sea inhábil y ésta decidiera excluirlo del presente proceso, y continuar con su propuesta, se excluirán asimismo los antecedentes que el participante inhábil hubiese presentado para la evaluación.
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4.-
IDENTIFICACION DEL OFERENTE.
Los oferentes deberán acompañar una carta de identificación, en formato de documento portátil [.pdf], Word [.doc], Excel [.xls] u otro archivo compatible, que contenga el nombre o razón social, RUT del oferente, teléfono, dirección, correo electrónico, nombre completo y RUN vigente del representante legal.
Dicho documento de identificación deberá adjuntarse al Sistema de Información de Compras y Contratación Pública www.mercadopublico.cl al momento de ingresar su oferta, según el Anexo N°2 A (Persona Natural), Anexo 2B (Persona Jurídica) o 2C (Unión Temporal de Proveedores)
Este requisito no será exigido a los oferentes con personalidad natural o jurídica inscritos en el registro Chileproveedores, que hayan ingresado la documentación al portal www.mercadopublico.cl.
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5.-
CLAUSULA DE PROVEEDORES DE BIENES Y SERVICIOS DE LA JUNJI.
Los oferentes deberán realizar una declaración jurada simple, en los términos del Anexo N°5 en la cual declaran conocer los lineamientos y directrices contenidos en el Manual de Prevención de delitos de Lavado de Activos, Delitos funcionarios y Financiamiento al Terrorismo de JUNJI, disponible en portal de transparencia activa (http://gobiernotransparente.junji.gob.cl/portal/transparencia/actos_resoluciones/regiones/instit ucional/2020/651.pdf), las normas legales vigentes sobre la materia y las sanciones establecidas frente a la eventual vulneración de aquellas.
Esta declaración jurada deberá adjuntarse al Sistema de Información de Compras y Contratación Pública [mercadopublico.cl] al momento de ingresar su oferta.
A mayor abundamiento, se obliga el proveedor a no realizar alguna actividad o desarrollar conductas que puedan ser consideradas o constitutivas de delitos de Lavado de Activos, Financiamiento al Terrorismo u otras ilicitudes que puedan afectar a la Junta Nacional de Jardines Infantiles.
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6.-
SUBCONTRATACIONES.
En caso de que, para el cumplimiento de la presente licitación, el oferente requiera subcontratar a otra empresa, junto con indicarlo claramente en su oferta, deberá proporcionar los antecedentes que la identifique, incluyendo aquellos que acreditan que no se encuentran afectados por ninguna de las inhabilidades e incompatibilidades previstas en el artículo 92, indicado en numeral 2 del inciso segundo, en relación con el artículo 76, ambos del Reglamento de la Ley 19.886, presentando Anexo N°6. Asimismo, deberá indicar que parte del trabajo será realizada por la empresa subcontratada.
El monto total de los servicios subcontratados en su conjunto no debe exceder del 30% del monto total del contrato celebrado con el contratista. En todo caso, el contratista no podrá pretender modificaciones de especificaciones, de precios o de plazos de entrega. La Junta Nacional de Jardines Infantiles se reserva el derecho de objetar fundadamente a un subcontratista.
El contratista será el único responsable ante la Junta Nacional de Jardines Infantiles del cumplimiento de los servicios de la presente licitación.
Si durante la vigencia del contrato, fuere necesario efectuar subcontrataciones, el contratista deberá informar previamente a la JUNJI, cumpliendo con los mismos requisitos y limitaciones señalados en los párrafos 1 y 2 del presente punto.
El oferente que no entregue el Anexo N°6 o que no complete la información del anexo, se entenderá que no realizará subcontrataciones.
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7.-
REGLAMENTO PARA CONTRATISTAS.
Los participantes, al momento de presentar su oferta deberán adjuntar en el sitio www.mercadopublico.cl los Anexos N°1, N°2, N°3 del Reglamento Especial para empresas Contratistas y Subcontratistas de la Junta Nacional de Jardines Infantiles, aprobado por la Resolución Exenta N°015/195 de fecha 28 de abril de 2021, el que para todos los efectos legales forma parte integrante de las presentes Bases.
El indicado reglamento se encuentra publicado en el sistema www.mercadopublico.cl en el respectivo ID.
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