22. Mecanismos de
reclamación disponibles
La realización de reclamos,
durante el proceso de licitación, se orienta al cumplimiento del principio de
trasparencia que rige los procesos de adquisiciones y contrataciones en el
Estado. Es por ello, que los oferentes podrán realizar reclamaciones respecto
de actos u omisiones que puedan ocurrir entre la aprobación de las bases de la
respectiva licitación y su adjudicación, a través del formulario dispuesto para
aquello, en el sitio web www.mercadopublico.cl.
Para la generación de respuestas
oportunas a los reclamos recibidos, se deberá considerar lo dispuesto en la
Resolución Exenta N° 484/B, de 15 de mayo de 2007, de la Dirección de Compras y
Contratación Pública, que señala que se entenderá por respuesta oportuna
aquella emitida dentro del plazo de dos días hábiles dicho tiempo es
contabilizado en horas (48 horas) por el portal www.mercadopublico.cl; en el
caso de alguna situación de alta complejidad y que imposibilite el cumplimiento
de éste , es posible solicitar la ampliación del plazo (24 horas), no obstante,
deberá ser debidamente fundamentado . Para la contabilización de las horas
mencionadas, se debe tener en cuenta desde el ingreso del reclamo al/la
Administrador /a (Jefe/a de Servicio), hasta la publicación de la respuesta en
la plataforma www.mercadopublico.cl.
Adicionalmente, la plataforma se
encuentra habilitada en horas hábiles para esta materia, es decir, a partir del
lunes (hábil) a las 00:00:01 a.m., y hasta el viernes (hábil) a las 23:59:59
p.m., posteriormente se inhabilita automáticamente. A modo de ejemplo, un
proveedor ingresa un reclamo un viernes (hábil) a las 17:00:00 p.m., por tanto,
el plazo para su publicación finaliza el martes de la semana siguiente a las
17:00:00 p.m.
Los reclamos realizados a través
del a través del formulario dispuesto para aquello, en el sitio web www.mercadopublico.cl, deberán
contener la identificación del reclamante, la del reclamado, del proceso
cuestionado, y los antecedentes en los que se funda dicho reclamo.
La Dirección de Compras y
Contratación Pública derivará dichos reclamos a los Organismos Públicos
aludidos, para que respondan de manera completa y oportuna, a través de la
Plataforma de Probidad Activa o de los medios electrónicos que dicha Dirección
disponga.
Los Organismos Públicos, serán los
responsables de emitir respuestas satisfactorias y oportunas, a todos los
reclamos que realicen en su contra, aun cuando quien lo realice no haya
participado directamente en el proceso cuestionado, como, asimismo, de enviar a
la Dirección de Compras y Contratación Pública, copia de la respuesta enviada
al reclamante a través de la Plataforma de Probidad Activa o de los medios que
la Dirección de Compras disponga.
Para estos efectos, se entenderá
por respuesta oportuna aquella emitida dentro del plazo de dos días hábiles
desde la recepción del respectivo reclamo por parte del Organismo Público;
plazo que podrá ampliarse en caso de ser necesaria la recopilación de mayores
antecedentes para responder debiéndose igualmente, comunicar al reclamante el
estado de su reclamo, a través de la mencionada Plataforma.
En caso de disconformidad con la
respuesta entregada, el proveedor podrá ingresar un nuevo reclamo a través de
la Sección de Probidad Activa.
De la misma forma, la Dirección de
Compras y Contratación Pública, en caso de detectar respuestas incompletas,
poco claras, o que no respondan directamente la materia del reclamo, catalogará
dicho reclamo como insatisfactorio y lo derivará nuevamente al organismo
público correspondiente, enviando un correo electrónico de aviso al jefe de
Servicio de dicha Institución. Este último tendrá nuevamente un plazo de dos
días hábiles para entregar la correspondiente respuesta.
Por otro lado, y considerando la
naturaleza de los actos que puede dictar este Servicio durante el proceso de
licitación, los oferentes, además, podrán realizar las siguientes
reclamaciones, en las instituciones que se indicarán a continuación:
1. El proveedor
tiene derecho a interponer los recursos administrativos establecidos en la Ley
19.880, directamente ante la Junta Nacional de Jardines Infantiles, los que
deberán ser presentados a través de la Oficina de Partes de la Dirección
Regional Metropolitana de JUNJI, la que está ubicada en Ahumada 11, comuna de
Santiago, o a través del correo electrónico oficina_partesrm@junjired.cl. En el caso,
que el oferente desee presentar el recurso jerárquico, directamente ante la
Dirección Nacional de JUNJI, la presentación deberá en Marchant Pereira N° 726,
comuna Providencia, o mediante correo electrónico oficina_partes@junji.cl
2. El proveedor
tiene derecho a interponer una demanda ante el Tribunal de Contratación Pública
en caso de verse afectado por actos u omisiones, ilegales o arbitrarios,
ocurridos en los procedimientos de contratación pública. El mencionado tribunal
se encuentra ubicado en calle San Antonio 427, Piso 8°, Santiago, Chile y para
la gestión anterior, se requiere asesoría de un abogado/a.
3. El proveedor
tiene derecho a reclamar ante el Consejo para la Transparencia si algún
organismo de la Administración del Estado incurre en los siguientes actos u
omisiones: no informa sus procedimientos de contrataciones para el suministro
de bienes muebles y/o para la prestación de servicios, no responde solicitudes
de acceso a la información o se niega a entregar información pública
solicitada, salvo que la negativa se deba a la oposición de un tercero. Dicha
gestión puede realizar se manera virtual, en la página web https://www.consejotransparencia.cl/formularioproblema/.
4. Por otro
lado, el oferente podrá solicitar la intervención de la Contraloría General de
la Republica.
5. Lo anterior,
sin perjuicio, de la posibilidad de accionar ante los Tribunales Ordinarios de
Justicia, que tiene los oferentes.
La Dirección de Compras y
Contratación Pública implementará un canal reservado para recibir denuncias
sobre irregularidades en los procedimientos de contratación regidos por la ley
N°19.886.
25. DE LA
NOTIFICACIÓN
La Junta Nacional de Jardines
Infantiles, notificará la resolución de adjudicación de la licitación,
debidamente tramitada, y todos los otros actos administrativos que se dicten
dentro de este proceso a través del portal mercado público, en el ID de la licitación
respectiva, y se entenderán notificadas luego de las 24 horas de la respectiva
publicación del documento, acto o resolución en el sistema de información.