24.
Mecanismos
de reclamación disponibles
La realización de reclamos, durante el proceso de
licitación, se orienta al cumplimiento del principio de trasparencia que rige
los procesos de adquisiciones y contrataciones en el Estado. Es por ello, que
los oferentes podrán realizar reclamaciones respecto de actos u omisiones que
puedan ocurrir entre la aprobación de las bases de la respectiva licitación y
su adjudicación, a través del formulario dispuesto para aquello, en el sitio
web www.mercadopublico.cl.
Para la generación de respuestas oportunas a los reclamos
recibidos, se deberá considerar lo dispuesto en la Resolución Exenta N° 484/B,
de 15 de mayo de 2007, de la Dirección de Compras y Contratación Pública, que
señala que se entenderá por respuesta oportuna aquella emitida dentro del plazo
de dos días hábiles dicho tiempo es contabilizado en horas (48 horas) por el
portal www.mercadopublico.cl; en el caso de alguna situación de alta
complejidad y que imposibilite el cumplimiento de éste , es posible solicitar
la ampliación del plazo (24 horas), no obstante, deberá ser debidamente
fundamentado . Para la contabilización de las horas mencionadas, se debe tener
en cuenta desde el ingreso del reclamo al/la Administrador /a (Jefe/a de
Servicio), hasta la publicación de la respuesta en la plataforma www.mercadopublico.cl.
Adicionalmente, la plataforma se encuentra habilitada en
horas hábiles para esta materia, es decir, a partir del lunes (hábil) a las
00:00:01 a.m., y hasta el viernes (hábil) a las 23:59:59 p.m., posteriormente
se inhabilita automáticamente. A modo de ejemplo, un proveedor ingresa un
reclamo un viernes (hábil) a las 17:00:00 p.m., por tanto, el plazo para su
publicación finaliza el martes de la semana siguiente a las 17:00:00 p.m.
Los reclamos realizados a través del a través del
formulario dispuesto para aquello, en el sitio web www.mercadopublico.cl, deberán contener la
identificación del reclamante, la del reclamado, del proceso cuestionado, y los
antecedentes en los que se funda dicho reclamo.
La Dirección de Compras y Contratación Pública derivará
dichos reclamos a los Organismos Públicos aludidos, para que respondan de
manera completa y oportuna, a través de la Plataforma de Probidad Activa o de
los medios electrónicos que dicha Dirección disponga.
Los Organismos Públicos, serán los responsables de emitir
respuestas satisfactorias y oportunas, a todos los reclamos que realicen en su
contra, aun cuando quien lo realice no haya participado directamente en el
proceso cuestionado, como, asimismo, de enviar a la Dirección de Compras y
Contratación Pública, copia de la respuesta enviada al reclamante a través de
la Plataforma de Probidad Activa o de los medios que la Dirección de Compras
disponga.
Para estos efectos, se entenderá por respuesta oportuna
aquella emitida dentro del plazo de dos días hábiles desde la recepción del
respectivo reclamo por parte del Organismo Público; plazo que podrá ampliarse
en caso de ser necesaria la recopilación de mayores antecedentes para responder
debiéndose igualmente, comunicar al reclamante el estado de su reclamo, a
través de la mencionada Plataforma.
En caso de disconformidad con la respuesta entregada, el
proveedor podrá ingresar un nuevo reclamo a través de la Sección de Probidad
Activa.
De la misma forma, la Dirección de Compras y Contratación
Pública, en caso de detectar respuestas incompletas, poco claras, o que no
respondan directamente la materia del reclamo, catalogará dicho reclamo como insatisfactorio
y lo derivará nuevamente al organismo público correspondiente, enviando un
correo electrónico de aviso al jefe de Servicio de dicha Institución. Este
último tendrá nuevamente un plazo de dos días hábiles para entregar la
correspondiente respuesta.
Por otro lado, y considerando la naturaleza de los actos
que puede dictar este Servicio durante el proceso de licitación, los oferentes,
además, podrán realizar las siguientes reclamaciones, en las instituciones que
se indicarán a continuación:
1.
El
proveedor tiene derecho a interponer los recursos administrativos establecidos
en la Ley 19.880, directamente ante la Junta Nacional de Jardines Infantiles,
los que deberán ser presentados a través de la Oficina de Partes de la
Dirección Regional Metropolitana de JUNJI, la que está ubicada en Ahumada 11,
comuna de Santiago, o a través del correo electrónico oficina_partesrm@junjired.cl. En el caso, que el oferente
desee presentar el recurso jerárquico, directamente ante la Dirección Nacional
de JUNJI, la presentación deberá en Marchant Pereira N° 726, comuna
Providencia, o mediante correo electrónico oficina_partes@junji.cl
2.
El
proveedor tiene derecho a interponer una demanda ante el Tribunal de
Contratación Pública en caso de verse afectado por actos u omisiones, ilegales
o arbitrarios, ocurridos en los procedimientos de contratación pública. El
mencionado tribunal se encuentra ubicado en calle San Antonio 427, Piso 8°,
Santiago, Chile y para la gestión anterior, se requiere asesoría de un
abogado/a.
3.
El
proveedor tiene derecho a reclamar ante el Consejo para la Transparencia si
algún organismo de la Administración del Estado incurre en los siguientes actos
u omisiones: no informa sus procedimientos de contrataciones para el suministro
de bienes muebles y/o para la prestación de servicios, no responde solicitudes
de acceso a la información o se niega a entregar información pública
solicitada, salvo que la negativa se deba a la oposición de un tercero. Dicha
gestión puede realizar se manera virtual, en la página web https://www.consejotransparencia.cl/formularioproblema/.
4.
Por
otro lado, el oferente podrá solicitar la intervención de la Contraloría
General de la Republica.
5.
Lo
anterior, sin perjuicio, de la posibilidad de accionar ante los Tribunales
Ordinarios de Justicia, que tiene los oferentes.
La Dirección de Compras y Contratación Pública
implementará un canal reservado para recibir denuncias sobre irregularidades en
los procedimientos de contratación regidos por ley N°19.886.
25.
DE
LA NOTIFICACIÓN
La Junta Nacional de Jardines Infantiles, notificará la
resolución de adjudicación de la licitación, debidamente tramitada, y todos los
otros actos administrativos que se dicten dentro de este proceso a través del
portal mercado público, en el ID de la licitación respectiva, y se entenderán
notificadas luego de las 24 horas de la respectiva publicación del documento,
acto o resolución en el sistema de información.