Garantías de Seriedad de Ofertas
|
Tipo de documento:
|
Boleta de Garantía
|
|
Beneficiario:
|
junta nacional de jardines infantiles
|
|
Fecha de vencimiento:
|
31-12-2024
|
|
Monto:
|
500000
Peso Chileno
|
|
|
Descripción:
|
La presentación de la garantía de seriedad de la oferta puede ser efectuada mediante correo electrónico a oficina de partes: oficina_partesrm@junjired.cl para los casos de garantías de emisión y verificación electrónica.
Las garantías que no sean electrónicas deberán ser entregadas físicamente en oficina de partes, ubicada en Ahumada #11, piso 9, comuna de Santiago, Región Metropolitana (Metro Universidad de Chile), en los siguientes horarios:
Lunes a jueves de 09:00 a 17:00 horas y los viernes de 09:00 a 16:00 horas.
Cuando ingrese la garantía JUNJI Metropolitana, se estampará en ella un timbre con la fecha de recepción y horario de ingreso para su posterior verificación con las bases de licitación.
Se deja explicitado que, independiente si la presentación de la garantía de seriedad de la oferta es a través del correo del correo o manera presencial a oficina de partes, para ambos casos corre como fecha máxima de presentación lo señalado en el cronograma de esta licitación.
Solo cuando el documento presentado en garantía sea en vale vista, dicha glosa deberá consignarse en una declaración jurada simple acompañada a tal instrumento, según formato tipo en el Anexo N° 8, para otro tipo de documento de garantía no es necesaria la presentación de este anexo.
Toda propuesta que no esté acompañada de la garantía de seriedad de la oferta será declarada inadmisible por la Junta Nacional de Jardines Infantiles por no ajustarse a los términos de las presentes bases.
Si al momento de la apertura electrónica fuere constatado un error u omisión que no diga relación con el monto de la garantía, JUNJI solicitará a través del foro inverso, el cambio o subsanación del instrumento de garantía presentado, para lo cual el proponente tendrá un plazo de 48 horas y utilizará el procedimiento contemplado en el numeral 26 “CONSULTAS ACLARATORIAS A OFERENTES Y CORRECCIÓN DE ERRORES U OMISIONES FORMALES” de estas mismas bases, para la corrección del documento de garantía. Aquellas cauciones que de no sean corregidos, subsanados o enmendados, dejará automáticamente fuera de bases la oferta presentada por la empresa ofertante. En el caso que la empresa subsane o cambie el instrumento presentado, se le descontaran puntos en el criterio de evaluación “Cumplimiento de requisitos formales”, establecido en estas bases. Toda solicitud realizada al oferente se hará a través del portal www.mercadopublico.cl.
|
|
|
Glosa:
|
23. GARANTÍA DE SERIEDAD DE LA OFERTA DE LA LICITACIÓN
Para garantizar la Seriedad de la Oferta, cada oferente deberá presentar una caución, consistente en cualquier instrumento financiero que asegure el cobro de esta de manera rápida y efectiva, siempre que cumpla con las condiciones dispuestas en el artículo 31 de Decreto N° 250 del Ministerio de Hacienda.
La garantía de seriedad deberá contener lo siguiente:
Beneficiario nominativo o en favor) Junta Nacional de Jardines Infantiles, RUT 70.072.600-2
Monto de la garantía de seriedad $500.000
Tomador Oferente
Pagadera A la vista
Vigencia 120 días corridos contados desde la fecha de cierre de recepción de ofertas del Sistema de Información de la Dirección de Compras y Contratación Pública www.mercadopublico.cl. Si el día de vencimiento cayera en un día inhábil (sábado, domingo o festivo), deberá extenderse la vigencia al día hábil siguiente.
Expresada en Pesos chilenos
Características Pagadera a la vista, nominativo, no endosable e irrevocable, dando cumplimiento a lo estipulado en el decreto Nº250 artículo 31.
En caso de tratarse de una Póliza de Seguro, deberá ser emitida a favor de organismos públicos, a la vista, de ejecución inmediata, sin liquidador, ni cláusula de arbitraje, por una compañía aseguradora inscrita en la Superintendencia de Valores y Seguros de Chile.
Glosa "EN GARANTÍA DE SERIEDAD DE LA OFERTA DE LA LICITACIÓN PÚBLICA DEL SERVICIO DE OBRAS DE REPOSICION SALA CUNA Y JARDÍN INFANTIL SEMILLITAS, COMUNA DE ESTACIÓN CENTRAL REGIÓN METROPOLITANA” o similar.
Recepción de la garantía Deberá ser entregada en oficina de partes de la JUNJI Metropolitana hasta el día y horario de cierre de recepción de ofertas de lunes a jueves podrá entregarla de 09:00 a 17:00 horas, cuando cierre un viernes de 09:00 a 16:00 horas, según lo que se detalla más abajo en este numeral.
|
|
|
Forma y oportunidad de restitución:
|
a. COBRO DE GARANTÍAS DE SERIEDAD
La garantía de seriedad de la oferta se hará efectiva por la JUNJI, en los siguientes casos:
A. El oferente retira su oferta durante el período transcurrido entre la presentación de la oferta y la adjudicación.
B. Una vez aceptada la oferta, el adjudicatario no firma el contrato de servicios o se desiste.
C. El oferente adjudicado no entrega la garantía definitiva de fiel y oportuno cumplimiento del contrato al momento de su suscripción.
D. La JUNJI comprueba la falsedad de la información presentada, por cualquier medio fehaciente, o que corresponda a proveedores que se encuentran inhabilitados para contratar con el Estado.
E. Por cualquier otra causa imputable al proponente, que haga imposible la adjudicación de la licitación o la suscripción del contrato.
F. Si el adjudicatario no se encuentra habilitado o no se inscribe en el Registro Electrónico Oficial de Proveedores del Estado (ChileProveedores) previo a la fecha de suscripción del contrato.
La resolución que disponga el cobro de esa garantía deberá, en todo caso, estar debidamente fundada.
b. DEVOLUCIÓN DE GARANTÍAS DE SERIEDAD
La devolución de las garantías de seriedad a aquellos proponentes cuyas ofertas hayan sido declaradas inadmisibles se efectuará dentro del plazo de diez (10) días hábiles, contados desde la notificación de la resolución que dé cuenta de la inadmisibilidad.
La devolución de las garantías de seriedad a aquellos oferentes cuyas ofertas hayan sido desestimadas, salvo el caso del 2° proponente mejor evaluado, se efectuará dentro de diez (10) días hábiles siguientes, contados desde la total tramitación de la adjudicación.
La devolución de la garantía del 2° proponente mejor evaluado se efectuará una vez firmado el contrato o dentro de un plazo de 45 días corridos contados desde la publicación de la adjudicación, lo que ocurra primero.
La Garantía por seriedad de la oferta será devuelta al adjudicatario una vez suscrito el contrato correspondiente con su acto administrativo debidamente tramitado y después de efectuada la entrega de la garantía de Fiel y Oportuno Cumplimiento del Contrato a que se refiere el numeral 38 “GARANTÍA DE FIEL CUMPLIMIENTO DEL CONTRATO” de las presentes bases.
24. DE LA PRESENTACIÓN DE LAS OFERTAS
Las ofertas técnicas y económicas deberán ser presentadas, a través del sistema de información www.mercadopublico.cl, antes de la fecha y hora de cierre de las ofertas indicada en el cronograma de licitación, salvo en las situaciones previstas en el artículo 62 del Reglamento de la Ley N° 19.886.
Durante este proceso, se verificará que estén los anexos solicitados por bases y que son indispensables para poder declarar admisible la oferta.
Se deja expresamente establecido que frente a situaciones técnicas que afecten la plataforma electrónica impidiendo el desarrollo de la apertura electrónica, la JUNJI estará facultada para interrumpir la continuidad administrativa de tal proceso y disponer su prosecución el día hábil siguiente, debiendo contar para ello con la certificación respectiva de la Dirección de Compras y Contratación Pública.
Asimismo, en caso de producirse indisponibilidad técnica del Sistema de Información www.mercadopublico.cl, circunstancia que deberá ser ratificada por la Dirección mediante el correspondiente certificado, el cual deberá ser solicitado por las vías que informe dicho Servicio, dentro de las 24 horas siguientes al cierre de la recepción de las ofertas. En tal caso, los oferentes afectados tendrán un plazo de 2 días hábiles contados desde la fecha del envío del certificado de indisponibilidad, para la presentación de sus ofertas fuera del Sistema de Información.
De acuerdo con lo mencionado en los párrafos anteriores, los oferentes que presenten indisponibilidad técnica deberán ingresar sus ofertas por Oficina de partes, ubicada en ahumada 11 piso 6 comuna Santiago (estación Universidad de Chile), o de forma electrónica al correo oficina_partesrm@junjired.cl con el certificado de indisponibilidad de la Dirección de Compras, en conformidad con el artículo 62 del Reglamento de Compras.
|
|
Garantía fiel de Cumplimiento de Contrato
|
Tipo de documento:
|
Boleta de Garantía
|
|
Beneficiario:
|
junta nacional de jardines infantiles
|
|
Fecha de vencimiento:
|
27-07-2026
|
|
Monto:
|
7
%
|
|
|
Descripción:
|
La Garantía, deberá ser de ejecución inmediata, nominativa, no endosable, pagadera a la vista, tomada a la orden de la Junta Nacional de Jardines Infantiles y tener el carácter de irrevocable. Esta garantía cubrirá especialmente el cabal, íntegro y oportuno cumplimiento de cada una de las actividades comprendidas en la oferta y de las obligaciones estipuladas en el contrato.
En caso de tratarse de una Póliza de Seguro, deberá ser de ejecución inmediata, a la vista, sin liquidador, ni cláusula de arbitraje, emitida por una compañía aseguradora inscrita en la Comisión para el Mercado Financiero, extendida a nombre de la Junta Nacional de Jardines Infantiles y que deberá cubrir, ya sea a través de endoso o cláusula, el importe por las multas derivadas de incumplimientos a estas Bases de Licitación, o en su defecto, no deberá considerar en sus cláusulas la exclusión de dichos importes.
La JUNJI estará facultada para hacer efectiva la garantía de fiel cumplimiento, administrativamente y sin necesidad de requerimiento ni acción judicial o arbitral alguna, en caso de incumplimiento del adjudicatario de las obligaciones que le impone el contrato. El incumplimiento comprende también el cumplimiento imperfecto o tardío de las obligaciones del adjudicatario.
Lo anterior es sin perjuicio de las acciones, que la JUNJI pueda ejercer, para exigir el cumplimiento forzado de lo pactado o la resolución del contrato, en ambos casos con la correspondiente indemnización de perjuicios. El cobro de la garantía será compatible con esta última.
En caso de existir aumentos de obras y/o plazo, el contratista estará obligado, dentro del término de 5 días hábiles de notificado de la resolución que autoriza dicha modificación, a aumentar el monto y vigencia de la garantía del contrato, según corresponda.
|
|
|
Glosa:
|
38. GARANTÍA DE FIEL CUMPLIMIENTO DEL CONTRATO, SEGURIDAD SOCIAL Y MULTAS
El contratista que se adjudique el proyecto estarán obligados a entregar una garantía, consistente en una boleta bancaria de Garantía, vale vista o Póliza de Seguro, depósito a la vista o certificado de fianza, o cualquier otra que asegure el cobro de la misma manera rápida y efectiva, siempre que cumpla con las condiciones dispuestas en el Artículo 68 del reglamento de la Ley de Compras y Contratación Pública, para caucionar el fiel y oportuno cumplimiento del contrato y el pago de las obligaciones laborales y de seguridad social con sus trabajadores, así como el pago de eventuales multas.
Garantía de fiel cumplimiento del contrato
Beneficiario (nominativa o en favor) Junta Nacional de Jardines Infantiles, RUT 70.072.600-2
Tomador Oferente
Pagadera A la vista, nominativa y no endosable.
Expresada en Pesos chilenos
Monto 7 % del valor total del contrato.
Glosa En garantía de fiel y oportuno cumplimiento del contrato, ejecución de las Obras, y pago de obligaciones laborales, sociales; y eventuales multas de la contratación del servicio de Reposición Sala cuna y Jardín Infantil SEMILLITAS, comuna ESTACIÓN CENTRAL, código BIP 30486917-0, Licitación ID N° 856–xx-LR2X
Vigencia Su vigencia deberá cubrir el plazo de ejecución de obras, más 45 días corridos que se estipula para la recepción provisoria sin observaciones.
|
|
|
Forma y oportunidad de restitución:
|
a. COBRO DE GARANTÍA DE FIEL CUMPLIMIENTO
La JUNJI estará facultada para hacer efectiva la garantía de fiel cumplimiento, administrativamente y sin necesidad de requerimiento ni acción judicial o arbitral alguna, en caso de incumplimiento del adjudicatario de las obligaciones que le impone el contrato. El incumplimiento comprende también el cumplimiento imperfecto o tardío de las obligaciones del adjudicatario.
Previo a la elaboración del acto administrativo de cobro de Garantía, cualquiera sea su naturaleza, se debe dar estricto cumplimiento al artículo 79 TER del Reglamento de la Ley N° 19.886, en virtud de lo cual “Los procedimientos de contratación deben contemplar un procedimiento para la aplicación de las medidas establecidas para los casos de incumplimientos, que respete los principios de contradictoriedad e impugnabilidad. En virtud del mencionado procedimiento siempre se deberá conceder traslado al respectivo contratista o proveedor, a fin de que éste manifieste sus descargos en relación con el eventual incumplimiento. La medida a aplicar deberá formalizarse a través de una resolución fundada, la que deberá pronunciarse sobre los descargos presentados, si existieren, y publicarse oportunamente en el Sistema de Información. En contra de dicha resolución procederán los recursos dispuestos en la Ley N°19.880, que Establece Bases de los Procedimientos Administrativos que rigen los Actos de los Órganos del Estado.”
“Detectada una situación que constituya incumplimiento y configure hipótesis que haga procedente el cobro de la Garantía, verificado por parte de la Unidad Requirente, a petición de la Unidad de gestión de Contrato, ésta última, le notificará al Proveedor o Contratista, por correo electrónico consignado en la plataforma, adjuntando oficio ordinario de la directora regional indicando la infracción cometida, los hechos que la constituyen y el monto del incumplimiento. A contar de la notificación de la comunicación precedente, el Proveedor o Contratista tendrá un plazo de cinco días hábiles administrativos para efectuar sus descargos acompañando todos los antecedentes que estime pertinentes los que deberán ser ingresados por oficina de partes físicamente o al correo oficina_partesrm@junjired.cl
Vencido el plazo sin presentar descargos, la Unidad de Gestión de Contrato Regional, enviará los antecedentes a la Subdirección Jurídica Regional, quienes emitirán la respectiva Resolución o Acto Administrativo que disponga el cobro de la Garantía, la que deberá notificarse por carta certificada al domicilio consignado en el contrato.
Si el proveedor hubiera presentado descargos en tiempo y forma, la Unidad Requirente tendrá un plazo de hasta treinta días hábiles a contar de la recepción de este para proponer a la autoridad regional, el rechazar o acoger, total o parcialmente, lo que se determinará mediante Resolución o Acto Administrativo, lo que se notificará al Contratista por carta certificada”.
Las notificaciones por carta certificada se entenderán practicadas a contar del tercer día hábil siguiente a su recepción en la oficina de correos que corresponda.
El cobro de la Garantía se ordenará en la Resolución Exenta que dé cuenta de la existencia del incumplimiento antes señalado, la que en todo evento debe estar debidamente fundada. Sin perjuicio de la anterior, el Contratista podrá disponer del mecanismo de impugnación contemplado en el artículo 59 de la Ley N° 19.880.
Habiéndose resuelto el cobro de la Garantía, la unidad de Tesorería Regional, cualquiera sea la naturaleza y cuantía del proceso, debe ejecuta la Garantía, disponiendo materialmente su cobro (devengo, cobranza).
b. PUBLICACIÓN DEL ACTO ADMINISTRATIVO
El acto administrativo de cobro de la garantía totalmente tramitado, cualquiera sea la naturaleza y cuantía del proceso, debe ser publicado en el Sistema de Información de la Unidad de Seguimiento y Control.
Lo anterior es sin perjuicio de las acciones, que la JUNJI pueda ejercer, para exigir el cumplimiento forzado de lo pactado o la resolución del contrato, en ambos casos con la correspondiente indemnización de perjuicios. El cobro de la garantía será compatible con esta última.
La resolución que disponga el cobro de la mencionada garantía deberá, en todo caso, estar debidamente fundada.
c. DEVOLUCIÓN DE LA GARANTÍA DE FIEL CUMPLIMIENTO
Una vez terminada la obra y obtenida la recepción provisoria sin observaciones, el contratista deberá ingresar por oficina de partes una garantía de Correcta Ejecución de las Obras, según se señala en el numeral 40 de las presente bases. Con ello, podrá solicitar al encargado del contrato que gestione la devolución de la Garantía de Fiel y Oportuno Cumplimiento de contrato.
|
|