28.- CUMPLIMIENTO DE OBLIGACIONES LABORALES Y DE SEGURIDAD SOCIAL
El contratista adjudicado, en forma previa al pago efectivo de cada estado de pago, deberá acreditar el oportuno y cabal cumplimiento de sus obligaciones laborales y de seguridad social, en relación con el personal que destine a la ejecución del contrato. Para ello deberá presentar un certificado mensual emitido por la Inspección del Trabajo (certificado F30-1), o un organismo idóneo, de cumplimiento de obligaciones laborales y de seguridad social mensual, copias de las planillas de pago de cotizaciones previsionales mensuales y copia de las liquidaciones de sueldos debidamente firmadas por el trabajador. En caso que el adjudicatario no acredite oportunamente el cumplimiento de las obligaciones antedichas, la JUNJI podrá retener los pagos que tenga a favor de éste y pagar con ellos al trabajador o institución previsional acreedora y/o hacer efectiva la garantía de fiel cumplimiento del contrato prevista en las presentes bases.
La JUNJI tendrá el mismo derecho señalado en el párrafo anterior respecto de los subcontratistas del adjudicatario.
Al inicio de los servicios de vigilancia, el contratista deberá entregar al supervisor del contrato Junji, una planilla (nómina) que indique los nombres de los trabajadores que se desempeñan en virtud del contrato e informar a la JUNJI ante cualquier modificación que se produzca, copia de dicha planilla deberá adjuntarse al libro de servicios, así como sus modificaciones. También deben acompañarse los respectivos certificados vigentes que acreditan que cada uno de los guardias poseen el curso OS10, impartido por Carabineros de Chile.
Sin perjuicio de ello, este órgano de la Administración del Estado también podrá solicitar al adjudicatario, en cualquier momento los certificados de la Dirección del Trabajo u otros antecedentes que estime pertinentes para acreditar el debido cumplimiento de las obligaciones laborales y previsionales del proveedor.
De igual manera, y mientras se mantenga trabajadores prestando servicios en virtud del contrato con junji, el contratista deberá presentar mensualmente al supervisor del contrato, servicios generales, una planilla con la lista actualizada de trabajadores, certificado emitido por la Inspección del Trabajo, o un organismo idóneo, de cumplimiento de obligaciones laborales y de seguridad social, copias de las planillas de pago de cotizaciones previsionales y copia de las liquidaciones de sueldos debidamente firmadas por el trabajador. Servicios generales, deberá verificar la autenticad de los certificados de cumplimiento de obligaciones laborales y previsionales acompañados por el contratista, en la plataforma que la Dirección del Trabajo a dispuesto para ello, y se deberá mantener un registro digital de dichos certificados, todo lo cual se dejará constancia en el respectivo libro de servicios.
El sueldo de un trabajador que preste servicios, en virtud del contrato que se suscriba fruto de la adjudicación de la presente licitación, entre 30 a 45 horas semanales debe ser integro al ofertado en licitación, bajo las 30 horas puede ser proporcional.
también indicar el tema de los aguinaldos ofertados, los cuales deben ser para todos los trabajadores cuyos períodos de contratos de vigencia, consideren fechas festivas, tales como, los días 18, 19 de septiembre, una o ambas fechas; fiestas de navidad 24 de diciembre y año nuevo 01 de enero.
Los bonos de locomoción y colación deben ser completos para los trabajadores que cumplan las 45 horas laborales asociadas al contrato con Junji, y respecto a los trabajadores que cumplan jornadas laborales parciales, respecto al contrato suscrito por su empleador con Junji, les correspondería pago proporcional de bonos.
Se entiende como documentación laboral y previsional lo siguiente:
1- Nómina/Anexo mensual de trabajadores que prestan servicios en instalaciones/obras JUNJI, visada por el ITO o supervisor del contrato.
2- Planilla o certificado de pago de cotizaciones previsionales de todos los trabajadores indicados en la nómina.
3- Liquidaciones de remuneraciones de los trabajadores que están incluidos en nómina/anexo, firmadas por el trabajador y el empleador.
4- Certificado de Antecedentes Laborales y previsionales F30 emitido por la Dirección del Trabajo (debe mantenerse vigente a la fecha de ingreso de la factura del servicio y no debe presentar deudas laborales de ninguna índole).
5- Certificado de Cumplimiento de Obligaciones Laborales y previsionales, F30-1 emitido por la Dirección del Trabajo (debe ser coincidente con los mismos trabajadores en nómina/anexo entregado) en que conste que no existen deudas pendientes en relación al mes rendido.
6- En caso de situación extraordinaria en cuanto a los trabajadores acreditados en nómina se solicitará la siguiente documentación:
·Trabajadores jubilados: Certificado de calidad de pensionado, emitido por la institución por la cual se encuentra el trabajador pensionado, o cualquier otro documento que acredite dicha situación.
·Trabajadores con finiquito: la empresa debe enviar copia finiquito; en caso de finiquito firmado: copia finiquito (si finiquito incluye pago de remuneraciones, copia de la liquidación de sueldo). En caso finiquito no firmado se debe adjuntar carta de aviso emitida por la Dirección del trabajo (si finiquito incluye pago de remuneraciones, copia de la liquidación de sueldo).
- Trabajadores con licencia médica:
Comprobante licencia médica, donde se indican fechas de la licencia.
· Trabajadores con situaciones de inasistencia:
Copia de Libro de asistencia respectivo u Constancia electrónica de la Dirección del Trabajo.
7- Trabajadores nuevos en nómina/anexo, respecto a mes anterior, se debe adjuntar copia del contrato/anexo.”