Licitación ID: 859378-3-LE23
Serv. de Certificación carreras de pregrado
Responsable de esta licitación: UNIVERSIDAD DE VALPARAISO, 14 Convenio Desempeño - Proyectos
Reclamos recibidos por incumplir plazo de pago: 373
Este número indica los reclamos recibidos por esta institución desde los últimos 12 meses hasta el día de ayer. Recuerde interpretar esta información considerando la cantidad de licitaciones y órdenes de compra que esta institución genera en el Mercado Público.
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Productos o servicios
1
Asesorías en diseño organizacional 1 Unidad
Cod: 80101506
P1 Ingeniería Ambiental  

2
Asesorías en diseño organizacional 1 Unidad
Cod: 80101506
P2 Obstetricia y Puericultura  

3
Asesorías en diseño organizacional 1 Unidad
Cod: 80101506
P3 Administración Hotelera y Gastronómica  

4
Asesorías en diseño organizacional 1 Unidad
Cod: 80101506
P4 Cine  

5
Asesorías en diseño organizacional 1 Unidad
Cod: 80101506
P5 Tecnología Médica  

1. Características de la licitación
Nombre de la licitación:
Serv. de Certificación carreras de pregrado
Estado:
Adjudicada
Descripción:
Servicio de Certificación para carreras de pregrado de la Universidad de Valparaíso, en virtud del proyecto UVA 21992
Tipo de licitación:
Pública-Licitación Pública igual o superior a 100 UTM e inferior a 1.000 UTM (LE)
Tipo de convocatoria:
ABIERTO
Moneda:
Unidad de Fomento
Etapas del proceso de apertura:
Una Etapa
Contrato
El contrato se formalizará con la orden de compra
Toma de razón por Contraloría:
No requiere Toma de Razón por Contraloría
Publicidad de ofertas técnicas:
Las ofertas técnicas serán de público conocimiento una vez realizada la apertura técnica de las ofertas.
2. Organismo demandante
Razón social:
UNIVERSIDAD DE VALPARAISO
Unidad de compra:
14 Convenio Desempeño - Proyectos
R.U.T.:
60.921.000-1
Dirección:
DIRECCIÓN DE DESPACHO EN OBSERVACIONES
Comuna:
Valparaíso
Región en que se genera la licitación:
Región de Valparaíso
3. Etapas y plazos
Fecha de cierre de recepción de la oferta: 09-06-2023 17:00:00
Fecha de Publicación: 02-06-2023 16:48:23
Fecha inicio de preguntas: 02-06-2023 17:01:00
Fecha final de preguntas: 06-06-2023 17:00:00
Fecha de publicación de respuestas: 07-06-2023 18:00:00
Fecha de acto de apertura técnica: 09-06-2023 17:00:00
Fecha de acto de apertura económica (referencial): 09-06-2023 17:00:00
Fecha de Adjudicación: 04-08-2023 11:18:22
Fecha de entrega en soporte fisico No hay información
Fecha estimada de firma de contrato No hay información
Tiempo estimado de evaluación de ofertas No hay información
4. Antecedentes para incluir en la oferta
Adicionalmente, todos los proveedores para ofertar en esta licitación, deberán obligatoriamente confirmar y firmar electrónicamente la Declaración Jurada de Requisitos para Ofertar.
Documentos Administrativos
1.- Anexo 1:
2.- Anexo 2:
Documentos Técnicos
1.- Anexo 4
 
Documentos Económicos
1.- Anexo 3
5. Requisitos para contratar al proveedor adjudicado
Persona natural
Encontrarse hábil en el Registro de Proveedores, registro que verificará NO haber incurrido en las siguientes causales de inhabilidad:

1 .- Haber sido condenado por cualquiera de los delitos de cohecho contemplados en el título V del Libro Segundo del Código Penal.
 
2 .- Registrar una o más deudas tributarias por un monto total superior a 500 UTM por más de un año, o superior a 200 UTM e inferior a 500 UTM por un período superior a 2 años, sin que exista un convenio de pago vigente. En caso de encontrarse pendiente juicio sobre la efectividad de la deuda, esta inhabilidad regirá una vez que se encuentre firme o ejecutoriada la respectiva resolución.
 
3 .- Registrar deudas previsionales o de salud por más de 12 meses por sus trabajadores dependientes, lo que se acreditará mediante certificado de la autoridad competente.
 
4 .- La presentación al Registro Nacional de Proveedores de uno o más documentos falsos, declarado así por sentencia judicial ejecutoriada.
 
5 .- Haber sido declarado en quiebra por resolución judicial ejecutoriada.
 
6 .- Haber sido eliminado o encontrarse suspendido del Registro Nacional de Proveedores por resolución fundada de la Dirección de Compras.
 
7 .- Haber sido condenado por prácticas antisindicales o infracción a los derechos fundamentales del trabajador.
 
8 .- Registrar condenas asociadas a responsabilidad penal jurídica (incumplimiento artículo 10, Ley 20.393).
 
Documentos persona natural
- Fotocopia Legalizada de Cédula de Identidad
- Declaración jurada acreditando que no se encuentra afecto al art. 4 inciso 6 de la ley 19.886, en el cual se establece que "ningún órgano de la administración del Estado podrá suscribir contratos administrativos de provisión de bienes y servicios con los funcionarios directivos del mismo órgano o empresa, ni con personas unidas a ellos por los vínculos de parentesco."
Persona jurídica
Encontrarse hábil en el Registro de Proveedores, registro que verificará NO haber incurrido en las siguientes causales de inhabilidad:

1 .- Haber sido condenado por cualquiera de los delitos de cohecho contemplados en el título V del Libro Segundo del Código Penal.

2 .- Registrar una o más deudas tributarias por un monto total superior a 500 UTM por más de un año, o superior a 200 UTM e inferior a 500 UTM por un período superior a 2 años, sin que exista un convenio de pago vigente. En caso de encontrarse pendiente juicio sobre la efectividad de la deuda, esta inhabilidad regirá una vez que se encuentre firme o ejecutoriada la respectiva resolución.

3 .- Registrar deudas previsionales o de salud por más de 12 meses por sus trabajadores dependientes, lo que se acreditará mediante certificado de la autoridad competente.

4 .- La presentación al Registro Nacional de Proveedores de uno o más documentos falsos, declarado así por sentencia judicial ejecutoriada.

5 .- Haber sido declarado en quiebra por resolución judicial ejecutoriada.

6 .- Haber sido eliminado o encontrarse suspendido del Registro Nacional de Proveedores por resolución fundada de la Dirección de Compras.

7 .- Haber sido condenado por prácticas antisindicales o infracción a los derechos fundamentales del trabajador.

8 .- Registrar condenas asociadas a responsabilidad penal jurídica (incumplimiento artículo 10, Ley 20.393).

Documentos persona jurídica
- Fotocopia Legalizada del Rut de la Empresa
- Declaración jurada acreditando que no se encuentra afecto al art. 4 inciso 6 de la ley 19.886, en el cual se establece que "ningún órgano de la administración del Estado podrá suscribir contratos administrativos de provisión de bienes y servicios con los funcionarios directivos del mismo órgano o empresa, ni con personas unidas a ellos por los vínculos de parentesco."
- Certificado de Vigencia de la Sociedad
- (1) Certificado de Boletín de Informes Comerciales
- (1) Certificado de Quiebras/Convenio Judicial
6. Criterios de evaluación
ÍtemObservacionesPonderación
1 Costo de la propuesta Ver criterios de evaluación en Resolución Exenta N°2604 de 2023 en Archivo Adjunto. 60%
2 Cumplimiento formal de los requisitos Ver criterios de evaluación en Resolución Exenta N°2604 de 2023 en Archivo Adjunto. 1%
3 Exp. acreditación internacional en últimos 10 años Ver criterios de evaluación en Resolución Exenta N°2604 de 2023 en Archivo Adjunto. 20%
4 Experiencia de trabajo Ver criterios de evaluación en Resolución Exenta N°2604 de 2023 en Archivo Adjunto. 19%

7. Montos y duración del contrato
Estimación en base a: Presupuesto Disponible
Fuente de financiamiento: No hay información
Contrato con Renovación: NO
Observaciones Sin observaciones
Plazos de pago: 30 días contra la recepción conforme de la factura
Opciones de pago: Transferencia Electrónica
Nombre de responsable de pago: Director DGE
e-mail de responsable de pago: finanzas.proveedores@uv.cl
Nombre de responsable de contrato: Alvaro Jeria Madariaga
e-mail de responsable de contrato: alvaro.jeria@uv.cl
Teléfono de responsable del contrato: 56-32-2603174-
Prohibición de subcontratación: Se permite subcontratación
8. Garantías requeridas
No hay información de Garantías
9. Requerimientos técnicos y otras cláusulas
Cláusula de Readjudicación
Si el respectivo adjudicatario se desiste de su oferta, no entrega los antecedentes legales para contratar y/o la garantía de fiel cumplimiento, no firma el contrato o no se inscribe en Chileproveedores en los plazos que se establecen en las presentes bases, la entidad licitante podrá dejar sin efecto la adjudicación y seleccionar al oferente que, de acuerdo al resultado de la evaluación le siga en puntaje, y así sucesivamente, a menos que, de acuerdo a los intereses del servicio, se estime conveniente declarar desierta la licitación.
Bases Administrativas y técnicas

APRUÉBANSE las siguientes bases de licitación, con sus Anexos, cuyo texto se transcribe a continuación:

1.     Características de la licitación

Nombre de adquisición: “Servicio de Certificación para carreras de pregrado de la Universidad de Valparaíso, en virtud del proyecto UVA 21992”.

Descripción: Servicio de Certificación para carreras de pregrado de la Universidad de Valparaíso, en virtud del proyecto denominado “Fortalecimiento y Modernización de la gestión en la Universidad de Valparaíso, UVA 21992.

P1   Ingeniería Ambiental

P2   Obstetricia y Puericultura (dos sedes)

P3   Administración Hotelera y Gastronómica

P4   Cine

P5   Tecnología Médica (dos sedes)

Tipo licitación: Pública-Licitación Pública igual o superior a 100 UTM e inferior a 1.000 UTM (LE) con contrato.

Tipo convocatoria: Abierta.

Moneda: Unidades de Fomento (U.F.)

Etapas del proceso de apertura: Una etapa (Etapa de apertura electrónica)

Opciones de pago: Transferencia electrónica, Vale Vista.

Presupuesto referencial: 1.400 Unidades de Fomento (U.F.).- por el total de carreras a certificar.

2.     Antecedentes básicos del organismo demandante

Razón Social: Universidad de Valparaíso.

Unidad de compra: Convenio de Desempeño – Proyectos.

R.U.T.: 60.921.000-1.

Comuna: Valparaíso.

Región en que se genera la adquisición: Valparaíso.

3.     Etapas y plazos

a)       Fecha inicio de preguntas:

Desde la publicación de las bases en el portal www.mercadopublico.cl

b)       Fecha final de preguntas

Al 4º día corrido posterior a la fecha de publicación de las bases en el portal www.mercadopublico.cl.

c)        Fecha publicación de respuestas

Al 5° día corrido posterior a la fecha de publicación de las bases en el portal www.mercadopublico.cl. En el caso que el número de preguntas que se realicen sea superior a 50, la Universidad podrá aumentar el plazo de respuesta hasta por 2 días, mediante Acto Administrativo que se publicará en el portal www.mercadopublico.cl.

d)       Fecha de cierre recepción de ofertas

Al 7° día corrido posterior a la fecha de publicación del llamado a las 17:00 horas.

e)       Fecha acto de apertura

El mismo día del cierre de recepción de ofertas en el portal www.mercadopublico.cl.

f)         Fecha de adjudicación

Hasta 60 días corridos posteriores a la fecha de cierre de recepción de ofertas en el portal www.mercadopublico.cl.

En el evento que la adjudicación no se realice dentro del plazo señalado, la Universidad informará mediante nota aclaratoria en el Sistema de Información de Compras Públicas las razones que justifiquen el incumplimiento del plazo para adjudicar, e indicará un nuevo plazo para la adjudicación.

4.     Modalidad de aclaraciones y modificaciones de las bases

a)       Preguntas y respuestas

Los interesados en participar en la presente licitación podrán formular consultas y solicitar aclaraciones dentro de los plazos señalados en la cláusula 3 de estas bases. Las preguntas deberán formularse a través del Sistema www.mercadopublico.cl. La Universidad pondrá las preguntas y sus respuestas en conocimiento de todos los interesados, a través de su publicación en www.mercadopublico.cl, sin indicar el autor de las preguntas, dentro del plazo señalado en las presentes bases.

Las preguntas y respuestas deberán estar relacionadas estrictamente con el proceso licitatorio y las bases que la regulan.

Las preguntas no podrán ser de carácter genérico.

Cuando la información solicitada esté permanentemente a disposición del público, o lo esté en medios impresos tales como libros, compendios, folletos, archivos públicos de la Administración, así como también en formatos electrónicos disponibles en internet o en cualquier otro medio, se comunicará al oferente la fuente, el lugar y la forma en que puede tener acceso a dicha información.

b)       Modificaciones a las bases

Se podrán modificar las presentes bases y sus anexos, ya sea por iniciativa propia o en atención a una aclaración solicitada por alguno de los oferentes, durante el proceso de la propuesta, hasta antes del vencimiento del plazo para presentar ofertas.

Las modificaciones que se lleven a cabo serán informadas a través del sitio Web www.mercadopublico.cl. Estas modificaciones formarán parte integral de las bases. Las modificaciones de bases estarán vigentes desde la total tramitación del acto administrativo que las apruebe.

Las aclaraciones que se efectúen se entenderán que forman parte de las presentes bases.

Junto con aprobar la modificación, se podrá establecer un nuevo plazo prudencial para el cierre o recepción de las propuestas, a fin de que los potenciales oferentes puedan adecuar sus ofertas.

5.     Requisitos mínimos para participar

No haber sido condenado por prácticas antisindicales o infracción a los derechos fundamentales del trabajador dentro de los dos últimos años anteriores a la fecha de presentación de las ofertas o por delitos concursables establecidos en el Código Penal.

Esto se acreditará mediante la declaración jurada que deben presentar los interesados en participar en la presente licitación, sin perjuicio de las facultades de este organismo para verificar esta información, en cualquier momento, a través de Chileproveedores.

6.     Requisitos y condiciones que deben cumplir los oferentes para que sus ofertas sean aceptadas

a)       Antecedentes para incluir en la oferta

  i.                   Documentos administrativos

ANEXO 1: Formulario de datos del oferente. (Obligatorio si no se encuentra inscrito en registro Chileproveedores)

ANEXO 2: Declaración jurada de aceptación de condiciones. (Obligatorio)

  1. Documentos económicos

ANEXO 3: Oferta económica. (Obligatorio)

  1. Documentos técnicos

ANEXO 4: Oferta técnica (Documento que describa las características técnicas del producto/servicio ofertado) (Obligatorio)

b)       Condiciones para aceptar ofertas

Las únicas ofertas válidas, serán las presentadas a través del portal www.mercadopublico.cl dentro de los plazos indicados en punto “etapa y plazos” de las presentes bases.

No se aceptarán ofertas que se presenten por un medio distinto al establecido en estas bases, excepto en las situaciones previstas en el artículo 62 del Reglamento de la ley N° 19.886.

Tratándose de las situaciones previstas en el artículo 62 del Reglamento de la ley N° 19.886, solo se considerarán las ofertas que ingresen a la oficina de partes de la Universidad ubicada en Blanco 1829, Valparaíso.

En el evento de indisponibilidad técnica contemplado en el artículo 62 Nº2 Reglamento de la ley N° 19.886, los oferentes afectados tendrán un plazo de 2 días hábiles contados desde la fecha del envío del certificado de indisponibilidad, para la presentación de sus ofertas fuera del sistema de Información en la Oficina de partes de la Universidad mencionada precedentemente.

Todos los antecedentes y certificaciones mencionadas en los anexos deberán ser enviados a través del Sistema www.mercadopublico.cl, junto con los anexos.

En los casos que se solicite suscripción de los anexos cuyos formatos se adjuntan en bases de licitación, estos deberán ser suscritos por los oferentes personas naturales o por los representantes legales de los oferentes, en el caso de que éstos sean personas jurídicas.

Los oferentes deben constatar que el envío de sus ofertas técnicas y económicas a través del portal www.mercadopublico.cl haya sido realizado con éxito, incluyendo el previo ingreso de todos los archivos anexos requeridos, para ello se debe verificar el posterior despliegue automático del "Comprobante de Envío de Oferta" que entrega el Sistema, el cual puede ser impreso por el proponente para su resguardo.

Será responsabilidad de los oferentes adoptar las precauciones necesarias para ingresar oportuna y adecuadamente sus ofertas.

En el acto de evaluación de las ofertas, no será considerada información adicional adjuntada por el Proveedor que no esté contemplada en las presentes bases de licitación.

En el caso que lo indicado en los formularios anexos obligatorios sea diferente a lo ingresado en la Ficha de la Adquisición del portal, prevalecerá lo informado en los Anexos obligatorios.

Las ofertas deberán mantener su vigencia hasta la fecha de aceptación del contrato.

La Universidad de Valparaíso se reserva el derecho de declarar inadmisible cualquiera de las ofertas presentadas que no cumplan los requisitos o condiciones establecidos en las presentes bases, sin perjuicio de la facultad de la Universidad de solicitar a los oferentes que salven errores u omisiones formales de acuerdo con lo establecido en la normativa de compras públicas y en las presentes bases.

Las ofertas técnicas y/o económicas deberán ser puras y simples y en ningún caso podrán estar asociadas a beneficios de ninguna especie (por ejemplo: promociones, productos 2 x 1, dádivas, regalos, entrega de productos en comodato y otros similares) ni sometidas a condición alguna para su adjudicación. La sola mención en la oferta de alguna de las circunstancias señaladas será causal suficiente para declararla inadmisible.

Las ofertas técnicas deberán ser integras, completas y claras, de manera que permitan facilitar de manera más precisa e inequívoca la información que es materia de evaluación, no siendo aceptable la pura y única afirmación del oferente del cumplimiento de las condiciones requeridas.

7.     Antecedentes legales para poder ser contratado

a)       Persona Natural

        Encontrarse Inscrito en ChileProveedores.

        Declaración jurada simple, según formato Anexo N° 2, que acredite que no se encuentra en ninguna de las inhabilidades contempladas en el artículo 4° de la ley N° 19.886.

        Fotocopia simple de cédula de identidad persona natural que deberá Acreditar en ChileProveedores.

b)       Persona Jurídica

•    Encontrase Inscrito en ChileProveedores.

•    Declaración jurada simple, según formato Anexo N° 2, que acredite que no se encuentra en ninguna de las inhabilidades contempladas en el artículo 4° de la ley N° 19.886.

•    Certificado de vigencia del poder del representante legal; o bien, cualquier otro antecedente legal que acredite la vigencia del poder del Representante legal.

•    Certificado de Vigencia de la Sociedad.

Tratándose exclusivamente de las personas jurídicas, no podrán contratar con organismos del Estado, aquellas que hayan sido condenadas por los delitos previstos en los artículos 8° y 10° de la Ley 20.393.

Los antecedentes legales para poder ser contratado, sólo se requerirán respecto del oferente que resulte adjudicado y deberán estar disponibles en ChileProveedores o bien ser entregados físicamente o enviados por correo certificado a la Universidad en Blanco 1829 Valparaíso dentro de los 30 días hábiles contados desde la notificación de la resolución de adjudicación totalmente tramitada.

En caso de que el adjudicatario no esté inscrito en el registro electrónico oficial de contratistas de la administración, ChileProveedores, deberá inscribirse dentro del plazo de 15 días hábiles contados desde la notificación de la resolución de adjudicación totalmente tramitada.

  1. Naturaleza y monto de las garantías requeridas

a)       Garantía Seriedad de Oferta

No se requiere presentación de garantía.

b)       Garantía Fiel de Cumplimiento de Contrato

No se requiere presentación de garantía.

9.     Evaluación y adjudicación de las ofertas

a)       Criterios y procedimiento de evaluación de las ofertas

Todos los puntajes de los criterios tendrán una escala de evaluación de 0 a 10 puntos.

Estos criterios son:

  1. Tipo de criterio: Económico

Descripción: Costo de la propuesta.

Ponderación del puntaje final: 60%

Forma de cálculo: considerando una escala de evaluación de 0 a 10 puntos, se evaluará con mayor calificación (máximo 10  puntos) de acuerdo a lo siguiente:

ii.       Tipo criterio: Técnico 1

Descripción: Experiencia acreditación internacional en últimos 10 años.

Ponderación del puntaje final: 20%

Forma de cálculo: considerando una escala de evaluación de 0 a 10 puntos, se evaluará con mayor calificación (máximo 10 puntos) de acuerdo con lo siguiente:

Criterio

Puntaje

Demuestra experiencia de acreditaciones internacionales – Listado de carreras/programas/pais

10

No demuestra experiencia de acreditaciones internacionales

0

iii.      Tipo criterio: Técnico 2

Descripción: Experiencia de trabajo

Ponderación del puntaje final: 19%

Forma de cálculo: considerando una escala de evaluación de 0 a 10 puntos, se evaluará con mayor calificación (máximo 10 puntos) de acuerdo a lo siguiente:

Criterio

Puntaje

N° de procesos de acreditación/certificaciones de pregrado y postgrado >=150

10

N° de procesos de acreditación/certificaciones de pregrado y postgrado >=100 y<150

5

N° de procesos de acreditación/certificaciones de pregrado y postgrado <100

0

  1. Tipo de criterio: Administrativo

Descripción: Cumplimiento formal de los requisitos.

Ponderación del puntaje final: 1%

Forma de cálculo: Con una escala de 0 a 10 puntos,

-    Se calificará con puntaje máximo (10 puntos) al oferente que adjunte la información administrativa solicitada.

-    Aquellos que presenten documentación solicitada después del cierre de las ofertas, dentro de las 48hrs hábiles después de la apertura se evaluarán con 0 puntos.

-    Quienes no presentes dicha documentación, su oferta será declarada inadmisible.

El puntaje final de la suma ponderada de los criterios de evaluación cada oferta se expresará utilizando dos decimales, aplicando regla de redondeo.

b)       Solicitud de aclaraciones y antecedentes de las ofertas

Una vez realizada la apertura electrónica de las ofertas, la Universidad podrá solicitar a los oferentes que salven errores u omisiones formales, siempre y cuando las rectificaciones de dichos vicios u omisiones no les confieran a esos oferentes una situación de privilegio respecto de los demás competidores, esto es, en tanto no se afecten los principios de estricta sujeción a las bases y de igualdad de los oferentes, y se informe de dicha solicitud al resto de los oferentes si correspondiere a través del Sistema de Información.

Se permitirá, asimismo, la presentación de certificaciones o antecedentes que los oferentes hayan omitido presentar al momento de efectuar la oferta, siempre que dichas certificaciones o antecedentes se hayan producido u obtenido con anterioridad al vencimiento del plazo para presentar ofertas o se refieran a situaciones NO mutables entre el vencimiento del plazo para presentar ofertas y el periodo de evaluación.

Los oferentes tendrán un plazo máximo de 24 horas corridas, establecidas en el foro de Aclaración de ofertas, contados desde la notificación del respectivo requerimiento, para responder a lo solicitado por la Universidad o para acompañar los antecedentes requeridos por ésta.

La Universidad no considerará las respuestas o los antecedentes recibidos una vez vencido dicho plazo.

Las aclaraciones de las ofertas no podrán modificar los elementos esenciales de la oferta, especialmente los que determinan admisibilidad y los elementos que forman parte de los criterios de evaluación, exceptuándose de esta condición las aclaraciones que se refieran a errores aritméticos.

c)        Conversión de monedas de las ofertas

Para la conversión de monedas se considerará como fuente de datos la base de datos estadística del Banco Central del Chile, que se accede a través de su sitio web. Se considerará la fecha de cierre de recepción de ofertas para efectuar toda conversión de monedas.

d)       Adjudicación de ofertas

La Universidad declarará inadmisibles cualquiera de las ofertas presentadas que no cumplan los requisitos o condiciones establecidos en las presentes bases de licitación, sin perjuicio de la facultad para solicitar a los oferentes que salven errores u omisiones formales de acuerdo con lo establecido en la normativa de compras públicas y en las presentes bases.

La Universidad licitante podrá, además, declarar desierta la licitación cuando no se presenten ofertas o cuando éstas no resulten convenientes a sus intereses.

Dichas declaraciones deberán materializarse a través de la dictación de una resolución fundada.

La licitación se adjudicará al proponente que haya obtenido el más alto puntaje, de acuerdo con los criterios de evaluación y sus ponderaciones, establecidos en las presentes bases, a través de una resolución que será publicada en www.mercadopublico.cl, una vez que se encuentre totalmente tramitada.

e)       Concordancia entre el producto ofertado y el producto entregado

El proveedor que resulte adjudicado deberá siempre entregar el tipo de producto de acuerdo a la especificación técnica que haya declarado en su oferta.

f)         Resolución de empates en puntajes de ofertas

En caso de presentarse un empate entre 2 o más ofertas, ello se resolverá adjudicando al oferente de menor precio.

Si aplicando la fórmula anterior aún persiste el empate entre oferentes, dicha situación se resolverá adjudicando al oferente que hubiese obtenido el mayor puntaje en el criterio Técnico 1.

Solo para la resolución de empates el puntaje los criterios de evaluación cada oferta se expresará utilizando tres decimales, aplicando regla de redondeo.

Entre aquellos oferentes que continúen empatados luego de aplicar todos los criterios anteriores, se preferirá a aquel que primero haya ingresado su oferta en el portal, de acuerdo con la información que conste en los respectivos comprobantes de ingreso de oferta.

En el caso que el oferente adjudicado desistiera de su oferta, esto habilitará a la Universidad de Valparaíso a cobrar la caución de seriedad de la oferta respectiva e informar a la plataforma Mercado Público de su incumplimiento.

g)       Notificación de la adjudicación de oferta

Una vez que se encuentre totalmente tramitada la resolución de adjudicación, se procederá a notificar dicha decisión a los adjudicatarios, mediante su publicación en el sistema www.mercadopublico.cl.

Luego de notificada la adjudicación, se aceptará dentro de los plazos señalados en las presentes bases.

h)       Resolución de consultas respecto de la adjudicación

Si luego de realizado el proceso de evaluación de ofertas, hubiese consultas respecto de la adjudicación, deberán ser enviadas en el plazo de 10 días corridos contados desde la total tramitación de la resolución adjudicatoria, a través del Sistema de Información.

La Universidad dispondrá del mismo tiempo indicado precedentemente para dar respuesta a dichas consultas.

i)         Re-adjudicación

Si el respectivo adjudicatario se desiste de su oferta, no entrega los antecedentes legales para contratar, no acepta la orden de compra, no entrega los productos o modelos indicados en su oferta, o no se inscribe en Chileproveedores en los plazos que se establecen en las presentes bases, la entidad licitante podrá dejar sin efecto la adjudicación y seleccionar al oferente que, de acuerdo al resultado de la evaluación le siga en puntaje, y así sucesivamente, a menos que, de acuerdo a los intereses de la Universidad, se estime conveniente declarar desierta la licitación.

j)         Validez de la oferta

De conformidad a lo dispuesto en las letras precedentes, las ofertas deberán mantener su vigencia hasta la fecha de aceptación de la Orden de Compra y/o firma del contrato según sea el caso.

En el caso que el oferente adjudicado desistiera de su oferta, esto habilitará a la Universidad de Valparaíso a cobrar la caución de seriedad de la oferta respectiva e informar a la plataforma Mercado Público de su incumplimiento.

k)        Aplicación de redondeo de decimales

Si el siguiente decimal es menor que 5, el anterior no se modifica. Ejemplo: Al expresar el número 1,344 utilizando dos decimales, aplicando la regla de redondeo, el resultado es 1,34

Si el siguiente decimal es mayor o igual que 5, el anterior se incrementa en una unidad. Ejemplo: Al expresar el número 1,345 utilizando dos decimales, aplicando la regla de redondeo, el resultado es 1,35

l)         Interpretación de las bases

Las bases, así como el contrato, se interpretarán en forma armónica, de manera que exista entre todos ellos la debida correspondencia.

Todos los documentos relativos a la licitación se interpretarán siempre en el sentido de la más perfecta ejecución del contrato, de acuerdo con las reglas de la ciencia y la técnica aplicables según sea el caso particular de que se trate.

En caso de discrepancia en la interpretación, primará lo dispuesto en las bases por sobre lo establecido en la oferta del adjudicatario.

Cualquier falta, descuido u omisión de los oferentes o adjudicatarios en la obtención de información y estudio de los documentos relativos al proceso de licitación, no los exime de la responsabilidad de apreciar adecuadamente los costos necesarios para la elaboración y desarrollo de su propuesta o ejecución del contrato. Por lo tanto, serán del cargo del oferente todos los costos en que incurran para corregir faltas, errores, descuidos u omisiones resultantes de su análisis e interpretación de la información disponible o que se obtenga.

Para efectos de esta Licitación toda interpretación de las bases será resuelta por el Rector de la Universidad de Valparaíso, sin perjuicio de las facultades de la Contraloría General de la República.

m)      Regula el acoso sexual, la violencia y discriminación de género en el ámbito de la educación superior

Forma parte integrante de estas bases administrativas la siguiente normativa interna en materia de acoso sexual, violencia y discriminación de género: a) Decreto exento N°1302, de 2021, que fija el texto refundido del decreto exento N°613, de 2018, sobre “Reglamento de normas de conducta, criterios y protocolos de actuación para prevenir y enfrentar situaciones de acoso u hostigamiento sexual o sexista”; b) decreto exento N°685, de 2018, que aprueba la “Política sobre relaciones interpersonales entre miembros de la comunidad universitaria y otras recomendaciones de conducta”; c) decreto exento N°2033, de 2020, que reconoce y da protección al derecho a la identidad de género, autorizando el uso del nombre social al interior de la Universidad de Valparaíso; d) decreto exento N°1215, de 2022, que incorpora la variable de género, masculino o femenino, en la denominación de los grados académicos y títulos profesionales en la Universidad de Valparaíso; y e) decreto exento N°2649, de 2022, que aprueba la “Política integral contra las violencias de género y la discriminación de la Universidad de Valparaíso”; y f) Decreto exento N°291, de 2022, que crea la Unidad de Coordinación de Procesos Disciplinarios, dependiente de la Fiscalía General de la Universidad de Valparaíso.

Por el solo hecho de ofertar, se entiende que los oferentes han leído, entienden y aceptan expresamente el contenido de los documentos antes señalados, los que han descargado desde el enlace disponible en la página web https://igualdadydiversidad.uv.cl/documentos, sin tener reclamo alguno que formular y se obligan a su pleno cumplimiento.

10. Condiciones contractuales y otras cláusulas

a)       Definiciones

Caso fortuito y fuerza mayor: se configura el caso fortuito o la fuerza mayor cuando concurren copulativamente los siguientes elementos: a) la inimputabilidad del hecho, esto es, que provenga de una causa totalmente ajena a la voluntad del afectado, quien no debe haber contribuido en forma alguna a su ocurrencia; b) la imprevisibilidad del hecho, es decir, que no se haya podido prever dentro de cálculos ordinarios o corrientes, y c) la irresistibilidad del hecho, vale decir, que no se haya podido evitar ni aún en el evento de oponerle las defensas idóneas para lograr tal objetivo.

Incumplimiento grave: Se entenderá por incumplimiento grave la no ejecución o la ejecución parcial por parte del adjudicatario de las obligaciones del contrato, descritas en las presentes bases, sin que exista alguna causal que le exima de responsabilidad, y cuando dicho incumplimiento le genere a la Universidad un perjuicio significativo en el cumplimiento de sus funciones, especialmente durante el horario y días de funcionamiento normal de la Universidad cuando se imparta docencia o cuando se pueda comprobar de manera fehaciente que se haya afectado la ejecución o haya impedido el logro de algunos de los objetivos de un proyecto de investigación o extensión y esto genere un perjuicio económico a la institución.

Incumplimiento reiterado: se entenderá por incumplimiento reiterado aquella que ocurra al menos dos veces durante la vigencia del contrato, con una diferencia menor o igual a 15 días entre eventos de incumplimiento.

Atraso injustificado: Se entenderá como el simple retardo de la ejecución de lo contratado que provenga de acciones u omisiones o errores del proveedor durante la duración del contrato y que tengan relación con eventos previsibles.

Interrupción injustificada: Se entenderá como la paralización total o parcial de lo contratado que provenga de acciones u omisiones o errores del proveedor durante la duración del contrato y que tengan relación con eventos previsibles

b)       Plazo de suscripción del contrato

El respectivo contrato deberá suscribirse dentro de los 30 días hábiles siguientes a la notificación de la resolución de adjudicación totalmente tramitada.

En el caso que el monto adjudicado sea inferior a 1.000 UTM no será necesario el contrato, bastará la Orden de Compra, que una vez aceptada suplirá el contrato. El plazo máximo de aceptación de la orden de compra por parte del adjudicado es de 10 días corridos.

c)        Contenido del contrato

La oferta adjudicada se entenderá como parte de lo adquirido.

La oferta no podrá contener cláusulas que contravengan los principios de continuidad del servicio y de eficacia, contenidos en los artículos 3° y 28, y 5°, respectivamente, de la ley N° 18.575, de Bases Generales de la Administración del Estado.

Las estipulaciones contempladas en el contrato suplido por la orden de compra no podrán restringir las facultades propias de la Administración del Estado ni pueden traducirse en renuncias a derechos y acciones que no estén permitidos en el ordenamiento jurídico.

d)       Modificación de lo contratado

Se podrá modificar el contrato.

Además de las causales contempladas en el artículo 77 del Decreto Supremo Nº 250 de 2004, del Ministerio de Hacienda, Reglamento de la ley Nº 19.886, se establecen las siguientes:

                       i.            Por mutuo acuerdo.

                      ii.            En el caso fortuito o la fuerza mayor.

                    iii.            En el caso de obsolescencia técnica o funcional de los productos o servicios adquiridos.

En el caso de servicios, si la Universidad requiera el aumento o disminución de cobertura y alcance del servicio conforme a lo establecido en las bases, para garantizar la continuidad y calidad de este. Toda modificación no podrá superar el 30% del total del original del servicio, impuestos incluidos.

e)       Término anticipado del contrato

Además de las causales contempladas en el artículo 77 del Decreto Supremo Nº 250 de 2004, del Ministerio de Hacienda, Reglamento de la ley Nº 19.886, se establecen las siguientes:

                       i.            Por mutuo acuerdo.

                      ii.            Si se disuelve la empresa adjudicada.

                    iii.            Por el incumplimiento reiterado de las obligaciones contraídas por el adjudicatario.

                    iv.            Si la empresa es multada o infraccionada 3 veces por cualquier autoridad externa conforme a la normativa aplicable.

                      v.            En el caso de atrasos, por atraso por más de cinco días corridos en su ejecución que no haya sido causada por fuerza mayor o justificada plenamente.

                    vi.            En el caso de incumplimientos, por cualquier interrupción en la ejecución que dure más de tres días corridos que no haya sido causada por fuerza mayor o caso fortuito.

                   vii.            En el caso de servicios, por la interrupción por más de 60 días por cualquier causa.

                 viii.            Si el adjudicatario, sus representantes, o el personal dependiente de aquél, no observaren el más alto estándar ético exigible, durante la ejecución del respectivo contrato, o propiciaren prácticas corruptas, tales como:

        Dar u ofrecer obsequios, regalías u ofertas especiales al personal adscrito a la Universidad, que pudiere implicar un conflicto de intereses, presente o futuro, entre el respectivo adjudicatario y la Universidad.

        Dar u ofrecer cualquier cosa de valor con el fin de influenciar la actuación de un funcionario público durante la ejecución del contrato objeto de la presente licitación.

        Tergiversar hechos, con el fin de influenciar la ejecución del contrato.

El proveedor no podrá dar término anticipado del contrato de manera unilateral, sin perjuicio de que la Universidad pague por los servicios efectivamente prestados y aplique las multas que en derecho correspondan.

El procedimiento por aplicar para el término anticipado del contrato será el indicado en el punto “Multas y Procedimiento para aplicación”.

f)         Vigencia del contrato y posibilidad de renovación

La vigencia del contrato tendrá directa relación con el programa ofertado de acuerdo a cada Lote de la presente licitación, plazo que será contado desde la total tramitación del respectivo acto administrativo que lo apruebe.

El contrato no tendrá posibilidad de renovación.

g)       Plazos y condiciones de entrega

El servicio deberá ser coordinado una vez se encuentre totalmente tramitada su aprobación.

h)       Multas y Procedimiento para Aplicación

Cada vez que el adjudicado incurra en los incumplimientos definidos en el presente pliego de condiciones, la Universidad podrá aplicar administrativamente multas, salvo que sea debido a casos de fuerza mayor o caso fortuito, los que deberán ser justificados por el proveedor ante la contraparte técnica.

  1. Procedimiento de aplicación

Cuando se verifiquen hechos que, de acuerdo a lo establecido en estas bases sean constitutivos de multa, la contraparte técnica notificará esta circunstancia al adjudicado, indicando en forma precisa los hechos que se imputan. El proveedor dispondrá de un plazo de cinco días hábiles, contados desde la fecha de su notificación, para efectuar los descargos que estime pertinentes, adjuntando los antecedentes que sustenten sus alegaciones, por escrito y entregado en la Oficina de partes ubicada en Errázuriz 1834, comuna de Valparaíso.

Una vez realizados los descargos por parte del contratista, o en su defecto, una vez transcurrido el plazo de cinco días hábiles sin que el contratista haya formulado descargos, la contraparte técnica informará esta situación a la Dirección de Administración y Logística solicitando la aplicación de la multa, en caso de que ello sea procedente.

La multa será aplicada mediante resolución, la que será notificada al contratista mediante carta certificada dirigida al domicilio señalado en el contrato. La notificación se entenderá practicada a contar del tercer día hábil siguiente a su recepción en la oficina de correos correspondiente.

El contratista podrá interponer recurso de reposición en contra de la resolución que le aplique la multa, dentro del plazo de cinco días hábiles contados desde la fecha de su notificación, por escrito y entregado en la Oficina de partes en Errázuriz 1834, comuna de Valparaíso. La Universidad resolverá la reposición presentada, acogiendo total o parcialmente los fundamentos dados por el contratista, o bien, la rechazará confirmando la multa aplicada, sin perjuicio de los demás recursos que contempla la ley N°19.880, que sean procedentes.

  1. Causales y monto de las multas.

Para los efectos de la aplicación de multas, la causal que puede originarlas es la siguiente:

1.-Atraso en la entrega de productos o comienzo de servicios: 1 UF por día corrido de atraso

Nota: La U.F. (unidad de fomento) aplicable, será la pertinente al día del pago efectivo.

Las multas se podrán aplicar por cada vez que se verifique una causal que individualmente considerada la haga procedente.

En todo caso, las multas se aplicarán solamente hasta alcanzar en total, en forma acumulada, un 30% del valor total del contrato.

  1. Pago de multas

El contratista podrá pagar las multas directamente en el departamento de Finanzas de la Universidad, debiendo otorgársele recibo para tal efecto. En caso contrario, el monto total de las multas impagas y que no se encuentren con reclamación pendiente o con el plazo vigente para reclamar de ella, será descontado del pago siguiente.

i)         Del pago de servicios prestados y/o productos entregados

Los documentos tributarios serán pagados en un plazo no superior a 30 días, desde la recepción conforme del documento, siempre que el documento cumpla con todos los requisitos indicados en el procedimiento de pago, ya que de caso contrario el documento de cobro será devuelto al adjudicatario.

La Universidad se reserva el derecho de revisar los antecedentes presentados.

El proveedor deberá indicar el número de Orden de Compra en la factura.

El proveedor deberá facturar toda vez que sean recibidas conforme la totalidad de los servicios y/o productos.

Los pagos que se generen con imputación a presupuestos futuros sólo procederán en la medida que exista disponibilidad presupuestaria y se cumplan las condiciones previstas para esos desembolsos.

De ser necesario el pago parcelado, en el contrato se establecerán los plazos, contra cumplimiento de hitos del proyecto, siendo este pago caucionado según lo establecen las bases de licitación, los documentos tributarios que emanen del pago serán pagados en un plazo no superior a 30 días, desde la recepción conforme del documento.

j)         Coordinador por parte del proveedor adjudicado

El proveedor adjudicado deberá nombrar un Coordinador de contrato, cuya identidad deberá ser informada a la Universidad de Valparaíso.

En el desempeño de su cometido, el Coordinador de contrato deberá, a lo menos:

i.         Informar oportunamente a la Universidad de Valparaíso de todo hecho relevante que pueda afectar el cumplimiento del contrato.

ii.       Representar al Proveedor, en la discusión de las materias relacionadas con la ejecución del contrato.

iii.      Coordinar las acciones que sean pertinentes para la operación y cumplimiento de este contrato.

La designación del coordinador y todo cambio relativo a este deberá ser informado a la Universidad de Valparaíso, o quien lo subrogue, por el proveedor a más tardar dentro de las 24 horas siguientes de efectuado la designación o cambio. La Universidad de Valparaíso, o quien le subrogue, podrá rechazar o aprobar dicha designación. En caso de rechazo, el proveedor deberá nombrar otro coordinador y seguir el mismo procedimiento señalado precedentemente.

k)        Supervisión y coordinación del contrato por parte de la Universidad

La Universidad definirá un administrador de contrato que será quien ejercerá las siguientes funciones:

i.         Supervisar, coordinar y fiscalizar el cumplimiento de los procedimientos establecidos en las bases para el oportuno cumplimiento del contrato.

ii.       Coordinar las acciones que sean pertinentes para la operación y cumplimiento de este contrato.

iii.      Dar visto bueno y recepción conforme de los productos y/o servicios, como también la tramitación de pagos y sanciones.

Las demás que le encomiende el presente instrumento

l)         Pacto de integridad

El oferente declara que, por el sólo hecho de participar en la presente licitación, acepta expresamente el presente pacto de integridad, obligándose a cumplir con todas y cada una de las estipulaciones que están contenidas en el mismo, sin perjuicio de las que se señalen en el resto de las bases de licitación y demás documentos integrantes. Especialmente, el oferente acepta el suministrar toda la información y documentación que sea considerada necesaria y exigida de acuerdo a las presentes bases de licitación, asumiendo expresamente los siguientes compromisos:

i.         El oferente se obliga a no ofrecer ni conceder, ni intentar ofrecer o conceder, sobornos, regalos, premios, dádivas o pagos, cualquiera fuese su tipo, naturaleza y/o monto, a ningún funcionario público en relación con su oferta, con el proceso de licitación pública, ni con la ejecución de él o los contratos que eventualmente se deriven de la misma, ni tampoco a ofrecerlas o concederlas a terceras personas que pudiesen influir directa o indirectamente en el proceso licitatorio, en su toma de decisiones o en la posterior adjudicación y ejecución del o los contratos que de ello se deriven.

ii.       El oferente se obliga a no intentar ni efectuar acuerdos o realizar negociaciones, actos o conductas que tengan por objeto influir o afectar de cualquier forma la libre competencia, cualquiera fuese la conducta o acto específico, y especialmente, aquellos acuerdos, negociaciones, actos o conductas de tipo o naturaleza colusiva, en cualquier de sus tipos o formas.

iii.      El oferente se obliga a revisar y verificar toda la información y documentación, que deba presentar para efectos del presente proceso licitatorio, tomando todas las medidas que sean necesarias para asegurar la veracidad, integridad, legalidad, consistencia, precisión y vigencia de la misma.

iv.      El oferente se obliga a ajustar su actuar y cumplir con los principios de legalidad, ética, buenas costumbres y transparencia en el presente proceso licitatorio.

v.        El oferente manifiesta, garantiza y acepta que conoce y respetará las reglas y condiciones establecidas en las bases de licitación, sus documentos integrantes y él o los contratos que de ellos se derivase.

vi.      El oferente se obliga y acepta asumir, las consecuencias y sanciones previstas en estas bases de licitación, así como en la legislación y normativa que sean aplicables a la misma.

vii.    El oferente reconoce y declara que la oferta presentada en el proceso licitatorio es una propuesta seria, con información fidedigna y en términos técnicos y económicos ajustados a la realidad, que aseguren la posibilidad de cumplir con la misma en las condiciones y oportunidad ofertadas.

viii.   El oferente se obliga a tomar todas las medidas que fuesen necesarias para que las obligaciones anteriormente señaladas sean asumidas y cabalmente cumplidas por sus empleados y/o dependientes y/o asesores y/o agentes y en general, todas las personas con que éste o éstos se relacionen directa o indirectamente en virtud o como efecto de la presente licitación, incluidos sus subcontratistas, haciéndose plenamente responsable de las consecuencias de su infracción, sin perjuicio de las responsabilidades individuales que también procediesen y/o fuesen determinadas por los organismos correspondientes.

m)      Acreditación de cumplimiento de remuneraciones o cotizaciones de seguridad social

Durante la vigencia del respectivo contrato, el adjudicatario deberá acreditar mediante la presentación del Certificado de Cumplimiento de Obligaciones Laborales y Previsionales (Ley de Subcontratación), emitido por la Dirección de Trabajo, que no registra saldos insolutos de remuneraciones o cotizaciones de seguridad social con sus actuales trabajadores o con trabajadores contratados en los últimos dos años. Estos certificados deberán ser presentados al cumplirse la mitad del período de ejecución del contrato, o cada seis meses de vigencia de éste. Sin perjuicio de ello, la Universidad también podrá solicitar al adjudicatario, en cualquier momento, la presentación de estos certificados de la Dirección del Trabajo u otros antecedentes que estime pertinentes para acreditar el cumplimiento de las obligaciones laborales antes señaladas.

Con todo, el respectivo adjudicatario deberá acreditar, al término del correspondiente contrato, el cumplimiento del pago de remuneraciones y cotizaciones de seguridad social en los términos descritos, a través de los certificados o antecedentes respectivos.

n)       Domicilio para efectos legales

Para todos los efectos legales que se deriven del contrato, las partes fijan su domicilio en la comuna de Valparaíso y se someten a la competencia de sus Tribunal Ordinarios de Justicia.

11. Servicio Requerido

ESPECIFICACIONES TÉCNICAS

CONTRATACIÓN DE AGENCIA O INSTITUCIÓN CERTIFICADORA PARA CERTIFICACIÓN DE CARRERAS

DE LA UNIVERSIDAD DE VALPARAÍSO.

1.            Antecedentes Generales

Con el objetivo de avanzar en los desafíos institucionales de aseguramiento de la calidad, se ha determinado que las carreras clasificadas como de acreditación no obligatoria, contarán con la aplicación de un proceso de autoevaluación y certificación realizada por una institución o agencia externa.

2.            Descripción del Requerimiento

Los servicios de certificación son para las siguientes carreras de la Universidad de Valparaíso.

P1: Ingeniería Ambiental

P2: Obstetricia y Puericultura (dos sedes)

P3: Administración Hotelera y Gastronómica

En el caso de específico de P3: Administración Hotelera y Gastronómica la metodología propuesta deberá ser compatible con el Marco General para los procesos de Evaluación con fines de Acreditación de Programas educativos de tipo Superior en Turismo y Gastronomía de México, que forma parte de las acreditaciones internacionales actuales del programa académico, que le permita ser acreditado internacionalmente por algunos de los organismos acreditadores del consejo nacional para la acreditación de la educación superior en México. Oferente deberá demostrar documentalmente esta condición.

P4: Cine

P5: Tecnología médica (dos sedes)

El proceso de certificación de las carreras considera las siguientes etapas:

a.            Autoevaluación

El proceso de certificación de las carreras antes indicadas, podrá estar precedido por su autoevaluación en atención a los criterios definidos por la CNA en base a los cuales cada carrera elaborará un Informe de Autoevaluación, el que estará en condiciones de ser entregado a la agencia o institución certificadora, junto con el formulario de antecedentes y anexos correspondientes. El oferente podrá proponer otra metodología que involucre menos esfuerzo en el proceso.

La Dirección de Autoevaluación y Acreditación será la responsable de entregar la documentación a la agencia o institución certificadora.

b.            Evaluación Externa

El proceso de evaluación externa será planificado y realizado en acuerdo entre la agencia o institución certificadora y la Universidad de Valparaíso, de manera remota.

La agencia deberá contar con un manual de procedimientos de certificación que detalle y cubra todas las etapas del proceso, que deberá entregar en su oferta.

La evaluación externa de las carreras será organizada por la agencia o institución certificadora, en consulta y coordinación con la Universidad.

La visita de evaluación externa será realizada por pares evaluadores pertenecientes al registro de pares de la agencia o institución certificadora. Estos pares evaluadores constituirán un “Comité de Pares Evaluadores”. La designación de los pares evaluadores externos la efectuará la agencia o institución certificadora, sin embargo, la Universidad de Valparaíso podrá vetar a uno o más pares propuestos, sin expresión de causa y hasta por dos veces.

Para efectos de una correcta realización de esta evaluación, la Universidad de Valparaíso requiere que la agencia o institución contratada considere un “Secretario técnico del Comité de Pares Evaluadores” (o secretario de visita), el cual coordine las actividades administrativas del comité, sin tener el carácter de par evaluador ni desempeñar funciones evaluativas.

La visita del Comité de Pares Evaluadores se realizará de acuerdo con un programa que deberá considerar, a lo menos las siguientes actividades:

-    Reuniones con los directivos de la Universidad de Valparaíso y de las Facultad a la cual se adscribe cada carrera.

-    Reuniones con los directivos de las carreras en evaluación.

-    Reuniones con académicos, estudiantes, egresados y empleadores de las carreras en evaluación.

-    Reunión con los directivos centrales y de las carreras en evaluación para su retroalimentación de los principales hallazgos  de la visita de pares.

El programa de la visita de los Pares Evaluadores deberá ser informado a la Universidad por parte de la agencia o institución certificadora, con a lo menos 14 días corridos de antelación. La Universidad podrá formular observaciones a este programa y solicitar por escrito los cambios respectivos, después de 7 días corridos siguientes a su recepción. Estas observaciones serán realizadas según los procedimientos establecidos con la agencia o institución, en acuerdo con la Universidad.

Si una agencia resulta contratada para dos o más programas, las visitas de pares no podrán ser ejecutadas de manera simultánea.

La agencia o institución certificadora, deberá responder por escrito ante las observaciones o cambios que la Universidad formule y fundar, en su caso, la negativa a realizar las modificaciones solicitadas.

El informe escrito que confeccione el Comité de Pares Evaluadores deberá ser puesto en conocimiento de la Universidad, que podrá efectuar las observaciones que le merezca, dentro de un plazo razonable acordado con la agencia o institución certificadora y señalado en el contrato que se suscriba, el que en todo caso no podrá ser inferior a 14 días corridos. En caso de que las observaciones formuladas por la Universidad sean consideradas por ésta como sustanciales respecto del informe elaborado por el Comité de Pares Evaluadores, la agencia o institución certificadora deberá contemplar el solicitar la opinión del presidente del Comité o del Comité en pleno, respecto de si las observaciones planteadas por la Universidad modifican el tenor del informe original.

Sin perjuicio de las facultades de veto en la designación de pares evaluadores que se entregan a la Universidad en estas Especificaciones Técnicas, corresponderá a la agencia o institución certificadora el garantizar que los evaluadores externos que contrate cumplan con los siguientes requisitos:

-    Que se constituyan en un equipo de evaluación adecuado a los requerimientos en competencias, experiencia y confianza de las carreras en evaluación;

-    Que tengan una experiencia como pares evaluadores en al menos 3 carreras de la misma área de conocimiento.

-    Que no presenten conflictos de interés, 

-    Que hayan sido adecuadamente capacitados, y

-    Que actúen con independencia.

c.            Pronunciamiento de certificación

La evaluación de cada carrera deberá ser posible de ser otorgada en años tomando en consideración cualquiera y todas las alternativas de los periodos numéricos enteros siguientes: 2,3,4,5,6 o 7 años.

La evaluación no podrá ser otorgada en tramos. Lo anterior deberá constar en sus manuales de procedimientos.

Además del documento con la decisión de años y los fundamentos de la evaluación, la agencia deberá emitir un certificado que indique los años de certificación que podrá ser utilizado por la universidad en publicaciones y medios masivos de difusión que éste determine.