Licitación ID: 867990-204-LE22
Solicitud N 62731 - Lockers
Responsable de esta licitación: UNIVERSIDAD DE SANTIAGO DE CHILE, Unidad de Coordinación Institucional - UCI
Reclamos recibidos por incumplir plazo de pago: 320
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Productos o servicios
1
Armarios 25 Unidad
Cod: 30161801
Lockers Lockers metálicos color negro de 5 cuerpos, 10 puertas con 4 ruedas sobre perfiles omega (2 ruedas fijas y 2 ruedas móviles) para desplazamiento. Sus medidas deben ser de 1.37 de largo x 45 de fondo x 1.66 alto más las ruedas con puertas d  

1. Características de la licitación
Nombre de la licitación:
Solicitud N 62731 - Lockers
Estado:
Cerrada
Descripción:
Lockers 62731 Detalle del Proyecto: Código Proyecto PS: 1427 Código Mineduc: USA2155 POE2022_ARQ1. Memo 50729 Lockers metálicos
Tipo de licitación:
Pública-Licitación Pública igual o superior a 100 UTM e inferior a 1.000 UTM (LE)
Tipo de convocatoria:
ABIERTO
Moneda:
Peso Chileno
Etapas del proceso de apertura:
Una Etapa
Contrato
El contrato se formalizará con la orden de compra
Toma de razón por Contraloría:
No requiere Toma de Razón por Contraloría
Publicidad de ofertas técnicas:
Las ofertas técnicas serán de público conocimiento una vez realizada la apertura técnica de las ofertas.
2. Organismo demandante
Razón social:
UNIVERSIDAD DE SANTIAGO DE CHILE
Unidad de compra:
Unidad de Coordinación Institucional - UCI
R.U.T.:
60.911.000-7
Dirección:
No hay información
Comuna:
No hay información
Región en que se genera la licitación:
Región Metropolitana de Santiago
3. Etapas y plazos
Fecha de cierre de recepción de la oferta: 03-04-2023 17:00:00
Fecha de Publicación: 23-03-2023 18:07:04
Fecha inicio de preguntas: 23-03-2023 18:16:00
Fecha final de preguntas: 27-03-2023 17:00:00
Fecha de publicación de respuestas: 29-03-2023 18:00:00
Fecha de acto de apertura técnica: 03-04-2023 17:01:00
Fecha de acto de apertura económica (referencial): 03-04-2023 17:01:00
Fecha de Adjudicación: 22-06-2023 18:00:00
Fecha de entrega en soporte fisico No hay información
Fecha estimada de firma de contrato No hay información
Tiempo estimado de evaluación de ofertas No hay información
4. Antecedentes para incluir en la oferta
Adicionalmente, todos los proveedores para ofertar en esta licitación, deberán obligatoriamente confirmar y firmar electrónicamente la Declaración Jurada de Requisitos para Ofertar.
Documentos Administrativos
1.- ANEXO Nº 1 DECLARACIÓN JURADA DE REQUISITOS PARA OFERTAR1
2.- ANEXO N°2 DECLARACIÓN JURADA SIMPLE SOBRE SALDOS INSOLUTOS DE REMUNERACIONES Y COTIZACIONES PREVISIONALES
No hay información de Antecedentes Técnicos
Documentos Económicos
1.- ANEXO N°3 PLAZO DE ENTREGA Y OFERTA TÉCNICA
2.- ANEXO Nº 4 OFERTA ECONÓMICA
5. Requisitos para contratar al proveedor adjudicado
Persona natural
Encontrarse hábil en el Registro de Proveedores, registro que verificará NO haber incurrido en las siguientes causales de inhabilidad:

1 .- Haber sido condenado por cualquiera de los delitos de cohecho contemplados en el título V del Libro Segundo del Código Penal.
 
2 .- Registrar una o más deudas tributarias por un monto total superior a 500 UTM por más de un año, o superior a 200 UTM e inferior a 500 UTM por un período superior a 2 años, sin que exista un convenio de pago vigente. En caso de encontrarse pendiente juicio sobre la efectividad de la deuda, esta inhabilidad regirá una vez que se encuentre firme o ejecutoriada la respectiva resolución.
 
3 .- Registrar deudas previsionales o de salud por más de 12 meses por sus trabajadores dependientes, lo que se acreditará mediante certificado de la autoridad competente.
 
4 .- La presentación al Registro Nacional de Proveedores de uno o más documentos falsos, declarado así por sentencia judicial ejecutoriada.
 
5 .- Haber sido declarado en quiebra por resolución judicial ejecutoriada.
 
6 .- Haber sido eliminado o encontrarse suspendido del Registro Nacional de Proveedores por resolución fundada de la Dirección de Compras.
 
7 .- Haber sido condenado por prácticas antisindicales o infracción a los derechos fundamentales del trabajador.
 
8 .- Registrar condenas asociadas a responsabilidad penal jurídica (incumplimiento artículo 10, Ley 20.393).
 
Documentos persona natural
- Fotocopia Legalizada de Cédula de Identidad
- Declaración jurada acreditando que no se encuentra afecto al art. 4 inciso 6 de la ley 19.886, en el cual se establece que "ningún órgano de la administración del Estado podrá suscribir contratos administrativos de provisión de bienes y servicios con los funcionarios directivos del mismo órgano o empresa, ni con personas unidas a ellos por los vínculos de parentesco."
Persona jurídica
Encontrarse hábil en el Registro de Proveedores, registro que verificará NO haber incurrido en las siguientes causales de inhabilidad:

1 .- Haber sido condenado por cualquiera de los delitos de cohecho contemplados en el título V del Libro Segundo del Código Penal.

2 .- Registrar una o más deudas tributarias por un monto total superior a 500 UTM por más de un año, o superior a 200 UTM e inferior a 500 UTM por un período superior a 2 años, sin que exista un convenio de pago vigente. En caso de encontrarse pendiente juicio sobre la efectividad de la deuda, esta inhabilidad regirá una vez que se encuentre firme o ejecutoriada la respectiva resolución.

3 .- Registrar deudas previsionales o de salud por más de 12 meses por sus trabajadores dependientes, lo que se acreditará mediante certificado de la autoridad competente.

4 .- La presentación al Registro Nacional de Proveedores de uno o más documentos falsos, declarado así por sentencia judicial ejecutoriada.

5 .- Haber sido declarado en quiebra por resolución judicial ejecutoriada.

6 .- Haber sido eliminado o encontrarse suspendido del Registro Nacional de Proveedores por resolución fundada de la Dirección de Compras.

7 .- Haber sido condenado por prácticas antisindicales o infracción a los derechos fundamentales del trabajador.

8 .- Registrar condenas asociadas a responsabilidad penal jurídica (incumplimiento artículo 10, Ley 20.393).

Documentos persona jurídica
- Fotocopia Legalizada del Rut de la Empresa
- Declaración jurada acreditando que no se encuentra afecto al art. 4 inciso 6 de la ley 19.886, en el cual se establece que "ningún órgano de la administración del Estado podrá suscribir contratos administrativos de provisión de bienes y servicios con los funcionarios directivos del mismo órgano o empresa, ni con personas unidas a ellos por los vínculos de parentesco."
- Certificado de Vigencia de la Sociedad
- (1) Certificado de Boletín de Informes Comerciales
- (1) Certificado de Quiebras/Convenio Judicial
6. Criterios de evaluación
ÍtemObservacionesPonderación
1 Plazo de Entrega (Anexo N° 3) Las ofertas presentadas se evaluarán según la siguiente fórmula (MP X 100 / PA) x (%), donde: MP: Menor Plazo de Entrega PA: Plazo de entrega a analizar %: Ponderación asignada al criterio (20%) 20%
2 Cumplimiento de requisitos formales Remitirse a las bases de licitación. 5%
3 Oferta Económica (Anexo N° 4) Las ofertas presentadas se evaluarán según la siguiente fórmula: (MO X 100/OA) x (%) Donde, MO: menor oferta OA: oferta a analizar %: ponderación asignada al criterio 40%
4 Características técnicas (Anexo N° 3) Remitirse a las bases de licitación. 35%

7. Montos y duración del contrato
Estimación en base a: Presupuesto Disponible
Fuente de financiamiento: 62731
Contrato con Renovación: NO
Observaciones Sin observaciones
Plazos de pago: 30 días contra la recepción conforme de la factura
Opciones de pago: Transferencia Electrónica
Nombre de responsable de pago: Ximena Acevedo
e-mail de responsable de pago: ximena.acevedo@usach.cl
Prohibición de subcontratación: Se permite subcontratación
8. Garantías requeridas
No hay información de Garantías
9. Requerimientos técnicos y otras cláusulas
Cláusula de Readjudicación
Si el respectivo adjudicatario se desiste de su oferta, no entrega los antecedentes legales para contratar y/o la garantía de fiel cumplimiento, no firma el contrato o no se inscribe en Chileproveedores en los plazos que se establecen en las presentes bases, la entidad licitante podrá dejar sin efecto la adjudicación y seleccionar al oferente que, de acuerdo al resultado de la evaluación le siga en puntaje, y así sucesivamente, a menos que, de acuerdo a los intereses del servicio, se estime conveniente declarar desierta la licitación.
Adjudicación
La Universidad de Santiago de Chile aceptará la propuesta más ventajosa considerando los criterios de evaluación señalados en las presentes bases de licitación, con sus correspondientes puntajes y no se encuentra obligada a adjudicar al proponente cuya oferta económica sea la de menor valor. La adjudicación será a un único proveedor, se efectuará mediante Resolución Exenta y se ceñirá a los puntajes obtenidos por los oferentes de acuerdo a la aplicación de los criterios de evaluación conforme al cuadro comparativo firmado por la Unidad Requirente, y será notificada al adjudicatario y demás oferentes a través de la página web www.mercadopublico.cl. No obstante, lo anterior, se declararán inadmisibles las ofertas y desierta la licitación, cuando estas no reúnan la totalidad de los requisitos establecidos en estas bases o no se recibieren ofertas. Asimismo, y de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 41 inciso segundo del Reglamento de la Ley N° 19.886, si la adjudicación no puede efectuarse dentro de los plazos establecidos, la Universidad informará de este hecho y sus causas en el Sistema de Información e indicará un nuevo plazo para ello. Sin perjuicio de lo expuesto, si se estima conveniente de acuerdo a los intereses del servicio, se podrá declarar desierta la licitación y efectuar la contratación mediante la realización de un nuevo proceso de compra.
Readjudicación
Conforme a lo estipulado en el artículo 41, inciso final del Decreto Supremo N° 250 de 2004 del Ministerio de Hacienda, se podrá dejar sin efecto la adjudicación y readjudicar al oferente que siga en puntaje en un plazo máximo de 60 días corridos, contados desde la notificación de la resolución que adjudica la licitación, en los siguientes casos: 1. Si el adjudicatario rechaza expresamente la adjudicación. 2. Si el adjudicatario rechaza la orden de compra emitida al efecto o no la acepta dentro del plazo señalado en el numeral 1 del Título X de las presentes bases. 3. Si el oferente adjudicado incurre en un conflicto de intereses con la Universidad de Santiago de Chile, de aquellos establecidos en el artículo 4 de la Ley N° 19.886 de 2003 y la Ley N° 20.393 de 2009. En caso de que el adjudicatario sea una UTP y alguno de sus integrantes estuviese afecto a la citada inhabilidad del artículo 4, inciso 6°, la UTP deberá informar por escrito dentro del plazo de 15 días hábiles, si se desiste o decide igualmente de proveer la oferta previamente adjudicada, con la integración del resto de los miembros, siempre que estos fueses hábiles. En el evento de no informar lo anterior o de manifestar su intención de desistirse, la licitación será readjudicada al siguiente oferente mejor evaluado. Sin perjuicio de lo expuesto, si se estima conveniente de acuerdo a los intereses del servicio, se podrá declarar desierta la licitación y efectuar la contratación mediante la realización de un nuevo proceso de compra.
Precio y Forma de pago
El precio total del contrato corresponderá al valor, expresado en pesos chilenos, manifestado en la propuesta económica del Anexo Nº 3 del proveedor adjudicado. La Universidad emitirá una orden de compra al adjudicatario, por el valor total de la contratación, con IVA incluido. El pago se efectuará dentro de los treinta (30) días corridos siguientes a la recepción de la factura correspondiente, previa expresión de recepción conforme por la unidad requirente. En el caso de la UTP, será el representante de ésta, indicado en el documento de constitución, quien deberá emitir la boleta o factura respectiva para cursar los pagos que genere la ejecución del contrato.
Multas
La Universidad aplicará multas al proveedor por infracciones a las condiciones de las presentes bases administrativas y técnicas y la oferta adjudicada, en el evento de ocurrir cualquiera de las situaciones que a continuación se señalan: Multa por atraso en la entrega de los bienes: En caso de atraso en la entrega del equipo(s), se aplicará una multa de 2% del valor total del contrato por cada día de atraso, el que se contará una vez vencido el plazo de entrega ofertado por el adjudicatario. El plazo de entrega comienza a contar desde la aceptación de la orden de compra. Sólo se considera cumplido el plazo de entrega en la medida en que se generé una entrega total y a conformidad de la Universidad. Las multas en su conjunto tendrán un tope del 20% del valor total de la Orden de Compra y si sobrepasaren ese porcentaje, encontrándose ejecutoriada la resolución que aplica la sanción, la Universidad podrá cancelar la orden de compra, dando término anticipado al contrato, sin perjuicio del cobro de las multas adeudadas, de acuerdo con las normas pertinentes. Una vez constatada una falta que amerite la aplicación de una multa, la unidad antedicha comunicará tal situación al adjudicatario por medio del correo electrónico registrado en el portal mercadopublico.cl, para que este efectúe los descargos respectivos dentro del plazo de cinco días hábiles contados desde recibida la comunicación. El proveedor deberá presentar sus descargos por escrito, junto con los antecedentes que sustenten sus alegaciones, mediante correo electrónico dirigido a la contraparte administrativa de la Universidad. Una vez recibidos los descargos, la Universidad decidirá en definitiva si procede o no la aplicación de la multa, para cuyo efecto se oficiará a la Dirección Jurídica para la elaboración de la resolución correspondiente. La resolución que aplica las multas se notificará a través del Sistema de Información (www.mercadopublico.cl), indicando la causa y el monto de la misma y podrá reclamarse de acuerdo a los procedimientos establecidos en la Ley N° 19.880. Las multas se harán efectivas con cargo al pago que se encuentre pendiente, y si este monto no fuere suficiente para cubrir el total de la multa, se podrá perseguir judicialmente su cobro, de acuerdo con las normas pertinentes. Sin perjuicio de lo señalado precedentemente, se considerará para todos los efectos, lo expuesto y dispuesto en los artículos 77 y siguientes del Reglamento de Compras Públicas y en la Ley N° 19.880, que establece las Bases de los Procedimientos Administrativos que rigen los Actos de los Órganos de la Administración del Estado, sobre dicha materia.