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Resolución de Empates |
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En caso de presentarse un empate entre 2 o más ofertas, ello se resolverá adjudicando al oferente que hubiese obtenido el mayor puntaje en el criterio “USTED DEBE COMPLETAR ESTE CAMPO”. Si aplicando la fórmula anterior aún persiste el empate entre oferentes, dicha situación se resolverá adjudicando al oferente que hubiese obtenido el mayor puntaje en el sub-criterio “USTED DEBE COMPLETAR ESTE CAMPO”. De persistir el empate, se adjudicará al oferente que hubiese obtenido el mayor puntaje en el sub-criterio "USTED DEBE COMPLETAR ESTE CAMPO” y, finalmente, de continuar aun así empatados los oferentes, se adjudicará al oferente que hubiese obtenido el mayor puntaje en el sub-criterio “USTED DEBE COMPLETAR ESTE CAMPO”.
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Pacto de integridad |
El oferente declara que, por el sólo hecho de participar en la presente licitación, acepta expresamente el presente pacto de integridad, obligándose a cumplir con todas y cada una de las estipulaciones que contenidas el mismo, sin perjuicio de las que se señalen en el resto de las bases de licitación y demás documentos integrantes. Especialmente, el oferente acepta el suministrar toda la información y documentación que sea considerada necesaria y exigida de acuerdo a las presentes bases de licitación, asumiendo expresamente los siguientes compromisos:
1.- El oferente se compromete a respetar los derechos fundamentales de sus trabajadores, entendiéndose por éstos los consagrados en la Constitución Política de la República en su artículo 19, números 1º, 4º, 5º, 6º, 12º, y 16º, en conformidad al artículo 485 del código del trabajo. Asimismo, el oferente se compromete a respetar los derechos humanos, lo que significa que debe evitar dar lugar o contribuir a efectos adversos en los derechos humanos mediante sus actividades, productos o servicios, y subsanar esos efectos cuando se produzcan, de acuerdo a los Principios Rectores de Derechos Humanos y Empresas de Naciones Unidas.
2.-El oferente se obliga a no ofrecer ni conceder, ni intentar ofrecer o conceder, sobornos, regalos, premios, dádivas o pagos, cualquiera fuese su tipo, naturaleza y/o monto, a ningún funcionario público en relación con su oferta, con el proceso de licitación pública, ni con la ejecución de él o los contratos que eventualmente se deriven de la misma, ni tampoco a ofrecerlas o concederlas a terceras personas que pudiesen influir directa o indirectamente en el proceso licitatorio, en su toma de decisiones o en la posterior adjudicación y ejecución del o los contratos que de ello se deriven.
3.- El oferente se obliga a no intentar ni efectuar acuerdos o realizar negociaciones, actos o conductas que tengan por objeto influir o afectar de cualquier forma la libre competencia, cualquiera fuese la conducta o acto específico, y especialmente, aquellos acuerdos, negociaciones, actos o conductas de tipo o naturaleza colusiva, en cualquier de sus tipos o formas.
4.- El oferente se obliga a revisar y verificar toda la información y documentación, que deba presentar para efectos del presente proceso licitatorio, tomando todas las medidas que sean necesarias para asegurar la veracidad, integridad, legalidad, consistencia, precisión y vigencia de la misma.
5.- El oferente se obliga a ajustar su actuar y cumplir con los principios de legalidad, ética, moral, buenas costumbres y transparencia en el presente proceso licitatorio.
6.- El oferente manifiesta, garantiza y acepta que conoce y respetará las reglas y condiciones establecidas en las bases de licitación, sus documentos integrantes y él o los contratos que de ellos se derivase.
7.- El oferente se obliga y acepta asumir, las consecuencias y sanciones previstas en estas bases de licitación, así como en la legislación y normativa que sean aplicables a la misma.
8.- El oferente reconoce y declara que la oferta presentada en el proceso licitatorio es una propuesta seria, con información fidedigna y en términos técnicos y económicos ajustados a la realidad, que aseguren la posibilidad de cumplir con la misma en las condiciones y oportunidad ofertadas.
9.- El oferente se obliga a tomar todas las medidas que fuesen necesarias para que las obligaciones anteriormente señaladas sean asumidas y cabalmente cumplidas por sus empleados y/o dependientes y/o asesores y/o agentes y en general, todas las personas con que éste o éstos se relacionen directa o indirectamente en virtud o como efecto de la presente licitación, incluidos sus subcontratistas, haciéndose plenamente responsable de las consecuencias de su infracción, sin perjuicio de las responsabilidades individuales que también procediesen y/o fuesen determinadas por los organismos correspondientes.
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Adjudicación |
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Una vez evaluadas las ofertas, La Comisión recomendará a la Autoridad competente adjudicar la licitación al oferente que presente la oferta más conveniente a los intereses de la Entidad Licitante, en base a los resultados obtenidos con la aplicación de los criterios de evaluación.
La adjudicación se realizará mediante Resolución Fundada, la cual contendrá el acta de apertura y evaluación realizada por La Comisión y la recomendación de adjudicación obtenida en base a la calificación de oferta más conveniente, lo anterior de acuerdo a lo dispuesto en el artículo 58 del Reglamento.
La Resolución de Adjudicación y/o los resultados de la evaluación se publicarán de forma posterior a la total tramitación de dicha Resolución, en el Sistema de Información www.mercadopublico.cl.
En caso de que sea adjudicada esta licitación a la Unión Temporal de Proveedores – U.T.P., el informe de evaluación y el acto administrativo de adjudicación deberán individualizar a cada uno de los proveedores que forman la U.T.P.
Si la UTP durante la evaluación de la licitación se disuelve, ésta no podrá ser adjudicada, sin perjuicio de lo anterior si esta UTP es constituida por 3 o más integrantes, uno de ellos se retira, aquella podría continuar ejecutando el contrato adjudicado con los restantes integrantes siempre que:
1. La UTP pueda mantener los términos comprometidos en la oferta.
2. Los restantes integrantes mantengan el cumplimiento de los requisitos mínimos para que la oferta pueda ser admitida, de acuerdo con los antecedentes que cuente la comisión.
3. Que cuente con al menos 2 integrantes.
4. No reemplace al integrante retirado.
5. Informe en un plazo de 24 horas a esta entidad el retiro de uno o más de sus integrantes, si esto fuera durante el proceso de evaluación de las ofertas o de su adjudicación. Además, deberá informar si continuará participando de este proceso de licitación o si desisten de su oferta, lo que dará derecho a cobro de las garantías que corresponda conforme a estas bases.
Adjudicada la propuesta no podrá el proponente formular petición o reclamo de ninguna especie fundamentando el desconocimiento de las Bases de Licitación o de alguno de los documentos que forman parte de la presente licitación.
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Readjudicación |
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Se procederá a readjudicar la licitación al proponente que haya obtenido la siguiente prioridad como oferta más conveniente, si el oferente Adjudicatario:
a) Se desistiere de su oferta.
b) En caso que una orden de compra no haya sido aceptada por el oferente transcurridas 24 horas desde dicha solicitud en el Sistema de Información www.mercadopublico.cl, de acuerdo a lo que se refiere el inicio primero del artículo 115 del Reglamento de Compras y Contratación Pública.
c) Por la no presentación de garantías, en caso de que se soliciten en las presentes bases.
d) Encontrarse afecto por alguna de las causales de inhabilidad o incompatibilidad establecidas en la ley 19.886 o su reglamento DS 661 del Ministerio de Hacienda del año 2024.
e) Por no formalizar el contrato de acuerdo a lo señalado en el numeral “III Contrato 1.Formalidades” de las presentes bases de licitación.
f) Por decisión de los integrantes de la UTP, comunicada formalmente, debido a la inhabilidad de alguno de éstos o disolución conforme a lo establecido en las presentes bases.
g) Si, en caso de ser UTP no presentare el acuerdo mediante escritura pública o privada, según corresponda, dentro del plazo establecido en Bases para la firma de contrato.
h) Incumplimiento de las demás condiciones y requisitos establecidos en las Bases para la contratación.
Se readjudicará al oferente que le siga en puntaje y así sucesivamente hasta agotar todas las ofertas evaluadas y que se estime son convenientes a los intereses del Gobierno Regional de Aysén, dentro del plazo de 60 días corridos contados desde la publicación de la adjudicación.
Tanto la adjudicación como la readjudicación serán sancionadas mediante acto administrativo fundado, debidamente publicado en el Sistema de Información www.mercadopublico.cl.
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Declarará Desierta Licitación |
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a) Cuando no se presenten ofertas; cuando todas las presentadas no fueran admisibles; o bien, estas no fueran convenientes a los intereses de la Entidad licitante (artículo 62 del Reglamento)
b) Previo a la resolución de adjudicación si no se cuenta con la aprobación presupuestaria para adjudicar (Art.5° del Reglamento).
Revocar: El Gobierno Regional de Aysén también podrá revocar conforme al artículo N°61 de la Ley N°19.880 sobre Procedimientos Administrativos, precisando en su inciso segundo, que ella no procederá: a) Cuando se trate de actos declarativos o creadores de derechos adquiridos legítimamente;
b) Cuando La Ley haya determinado expresamente otra forma de extinción de los actos, o
c) Cuando por su naturaleza, la regulación legal del acto impida que sean dejados sin efecto”.
Tanto la adjudicación como la re-adjudicación serán notificadas mediante acto administrativo fundado, debidamente publicado en el Sistema de Información del sitio www.mercadopublico.cl
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Consultas referentes a la adjudicación. |
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Los oferentes que tengan consultas respecto a la adjudicación, podrán realizarlas después de publicada la resolución de adjudicación en el Sistema de Información www.mercadopublico.cl, para lo cual deberá ingresar su consulta al correo electrónico: fmora@goreaysen.cl y señalar un correo electrónico habilitado para la recepción de comunicaciones formales (previo a la suscripción del contrato).
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Vías de Comunicación |
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Durante el proceso de licitación la única vía de comunicación entre la Entidad y los Oferentes es por medio del “Foro de Consulta”.
Para otras comunicaciones formales previo a la suscripción del contrato y cualquiera otra necesaria posterior a la contratación, se utilizará el correo electrónico que haya informado el Proveedor mediante el Formulario A “Identificación del Oferente”.
El proveedor deberá indicar en el Sistema de Información una dirección de correo electrónica única para recibir notificaciones sobre medidas aplicadas por incumplimientos contractuales, la que deberá mantener actualizada.
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