Licitación ID: 868-37-LP23
Reposición Planta Térmica en Gral. Parra 101
Responsable de esta licitación: GOBIERNO REGIONAL DE AYSEN, Gobierno Regional de Aysen - XI Región
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Productos o servicios
1
Instalación, reparación o mantenimiento de sistemas de calefacción 1 Unidad
Cod: 72102302
Las presentes Bases Administrativas, tienen por objeto realizar el cambio de la Caldera actual a Petróleo, por un sistema de calefacción en base a bombas de calor Aerotérmicas en las dependencias del edificio institucional del Gobierno Regional de Aysén u  

1. Características de la licitación
Nombre de la licitación:
Reposición Planta Térmica en Gral. Parra 101
Estado:
Cerrada
Descripción:
Las presentes Bases Administrativas, tienen por objeto realizar el cambio de la Caldera actual a Petróleo, por un sistema de calefacción en base a bombas de calor Aerotérmicas en las dependencias del edificio institucional del Gobierno Regional de Aysén ubicado en calle General Parra N°101, Coyhaique, el cual permitirá mejorar las condiciones de sistema de calefacción existente en las Dependencias y Oficinas ubicadas en el Edificio
Tipo de licitación:
Pública-Licitación Pública igual o superior a 1.000 UTM e inferior a 2.000 UTM (LP)
Tipo de convocatoria:
ABIERTO
Moneda:
Peso Chileno
Etapas del proceso de apertura:
Una Etapa
Toma de razón por Contraloría:
No requiere Toma de Razón por Contraloría
Publicidad de ofertas técnicas:
Las ofertas técnicas serán de público conocimiento una vez realizada la apertura técnica de las ofertas.
2. Organismo demandante
Razón social:
GOBIERNO REGIONAL DE AYSEN
Unidad de compra:
Gobierno Regional de Aysen - XI Región
R.U.T.:
72.222.000-5
Dirección:
Ejército N° 405
Comuna:
Coyhaique
Región en que se genera la licitación:
Región Aysén del General Carlos Ibáñez del Campo
3. Etapas y plazos
Fecha de cierre de recepción de la oferta: 03-10-2023 15:00:00
Fecha de Publicación: 22-09-2023 10:46:44
Fecha inicio de preguntas: 22-09-2023 11:05:00
Fecha final de preguntas: 28-09-2023 16:00:00
Fecha de publicación de respuestas: 29-09-2023 16:00:00
Fecha de acto de apertura técnica: 03-10-2023 15:05:00
Fecha de acto de apertura económica (referencial): 03-10-2023 15:05:00
Fecha de Adjudicación: 12-10-2023 17:26:47
Fecha de entrega en soporte fisico No hay información
Fecha estimada de firma de contrato No hay información
Tiempo estimado de evaluación de ofertas No hay información
Extensión automática del plazo de ofertas:

Se estableció para esta licitación que: "Si a la fecha de recepción de ofertas, se han recibido 2 o menos propuestas, el plazo de cierre se ampliará automáticamente en 2 días hábiles, por una sola vez, bajo las condiciones establecidas en el artículo 25, inciso octavo, del Reglamento de la ley 19.886."
Visita a terreno 26-09-2023 11:00:00
4. Antecedentes para incluir en la oferta
Adicionalmente, todos los proveedores para ofertar en esta licitación, deberán obligatoriamente confirmar y firmar electrónicamente la Declaración Jurada de Requisitos para Ofertar.
Documentos Administrativos
1.- Formularios Administrativos en word
2.- Formularios Administrativos en PDF
Documentos Técnicos
1.- Formularios Técnicos en word
 
2.- Formularios Técnicos en PDF
 
Documentos Económicos
1.- Formulario Económico en Word
2.- Formulario Económico en PDF
5. Requisitos para contratar al proveedor adjudicado
Persona natural
Encontrarse hábil en el Registro de Proveedores, registro que verificará NO haber incurrido en las siguientes causales de inhabilidad:

1 .- Haber sido condenado por cualquiera de los delitos de cohecho contemplados en el título V del Libro Segundo del Código Penal.
 
2 .- Registrar una o más deudas tributarias por un monto total superior a 500 UTM por más de un año, o superior a 200 UTM e inferior a 500 UTM por un período superior a 2 años, sin que exista un convenio de pago vigente. En caso de encontrarse pendiente juicio sobre la efectividad de la deuda, esta inhabilidad regirá una vez que se encuentre firme o ejecutoriada la respectiva resolución.
 
3 .- Registrar deudas previsionales o de salud por más de 12 meses por sus trabajadores dependientes, lo que se acreditará mediante certificado de la autoridad competente.
 
4 .- La presentación al Registro Nacional de Proveedores de uno o más documentos falsos, declarado así por sentencia judicial ejecutoriada.
 
5 .- Haber sido declarado en quiebra por resolución judicial ejecutoriada.
 
6 .- Haber sido eliminado o encontrarse suspendido del Registro Nacional de Proveedores por resolución fundada de la Dirección de Compras.
 
7 .- Haber sido condenado por prácticas antisindicales o infracción a los derechos fundamentales del trabajador.
 
8 .- Registrar condenas asociadas a responsabilidad penal jurídica (incumplimiento artículo 10, Ley 20.393).
 
Persona jurídica
Encontrarse hábil en el Registro de Proveedores, registro que verificará NO haber incurrido en las siguientes causales de inhabilidad:

1 .- Haber sido condenado por cualquiera de los delitos de cohecho contemplados en el título V del Libro Segundo del Código Penal.

2 .- Registrar una o más deudas tributarias por un monto total superior a 500 UTM por más de un año, o superior a 200 UTM e inferior a 500 UTM por un período superior a 2 años, sin que exista un convenio de pago vigente. En caso de encontrarse pendiente juicio sobre la efectividad de la deuda, esta inhabilidad regirá una vez que se encuentre firme o ejecutoriada la respectiva resolución.

3 .- Registrar deudas previsionales o de salud por más de 12 meses por sus trabajadores dependientes, lo que se acreditará mediante certificado de la autoridad competente.

4 .- La presentación al Registro Nacional de Proveedores de uno o más documentos falsos, declarado así por sentencia judicial ejecutoriada.

5 .- Haber sido declarado en quiebra por resolución judicial ejecutoriada.

6 .- Haber sido eliminado o encontrarse suspendido del Registro Nacional de Proveedores por resolución fundada de la Dirección de Compras.

7 .- Haber sido condenado por prácticas antisindicales o infracción a los derechos fundamentales del trabajador.

8 .- Registrar condenas asociadas a responsabilidad penal jurídica (incumplimiento artículo 10, Ley 20.393).

6. Criterios de evaluación
ÍtemObservacionesPonderación
1 Criterio Servicio Técnico El plazo a evaluar corresponde al Servicio Técnico con presencia en la Región de Aysén demostrable, según lo informado por el oferente en formato H con su respectivo adjunto. El puntaje para la ponderación de este criterio se determinará con el siguiente cuadro: Servicio Técnico Puntaje Presenta Documento con presencia en la Región de Aysén (Certificado, Patente Comercial) 100 No adjunta, no informa o no presenta presencia en la Región de Aysén 0 20%
2 Criterio Experiencia Por este criterio se evaluará la oferta que cuente con certificados u Órdenes de compras comprobables de mantenimiento de Calderas en diferentes Instituciones Públicas o Privadas. El detalle debe indicar el servicio prestado en mantención, mejoramiento, conservación o reparaciones, no se revisarán listados, solo se comprobará con documentos anexos. - Oferta entrega 5 o más certificados u Órdenes de compra comprobables = 100 puntos - Oferta entrega 1 a 4 certificados u Órdenes de compra comprobables = 50 puntos - No Presenta o no informa certificados u Órdenes de compra comprobables = 0 puntos 30%
3 Criterio Garantía de los Servicios Por este criterio se evaluará la oferta que cuente con garantía por los Servicios de “Reposición Planta Térmica en las dependencias del edificio institucional del Gobierno Regional de Aysén, ubicado en calle General Parra N°101, Coyhaique”, se revisará de acuerdo al Formulario G, anexado a esta Licitación. - Oferta suscribe Garantía mayor o igual a 24 meses = 100 puntos - Oferta suscribe Garantía menor a 24 meses e igual o mayor a 12 meses = 50 puntos - Oferta suscribe Garantía menor a 12 meses = 0 puntos - No Presenta o no informa Garantía en Formulario G. = 0 puntos 15%
4 Criterio Cumplimiento de Requisitos Formales Por este criterio se evaluará la presentación de todos los antecedentes solicitados en los anexos técnicos y administrativos en las presentes bases, siempre que no sean requisitos de admisibilidad o estén considerados dentro de los criterios de Evaluación. El puntaje se asignará en una escala de 0 a 100 puntos, cuyo mecanismo de determinación corresponde a: Puntaje_4 = de acuerdo a la siguiente tabla - Presenta todos los antecedentes solicitados dentro del plazo 100 puntos - Presenta antecedentes omitidos dentro del plazo 50 puntos No informa o no subsana dentro del plazo 0 puntos 5%
5 Criterio Oferta Económica Por este criterio se evaluará la oferta económica más conveniente para la Entidad Licitante. Formulario J “Oferta Económica”. • El puntaje se asignará en una escala de 0 a 100 puntos, cuyo mecanismo de determinación corresponde a la aplicación de la siguiente fórmula: Puntaje_1 = (menor precio / precio oferente) * 100 El valor deberá ser expresado en pesos chilenos. 30%

7. Montos y duración del contrato
Estimación en base a: Presupuesto Disponible
Fuente de financiamiento: Funcionamiento del Gobierno Regional de Aysén
Monto Total Estimado: 115000000
Justificación del monto estimado El financiamiento será emanado del Programa de Funcionamiento del Gobierno Regional de Aysén, contando con presupuesto referencial de 115.000.000.- ciento quince millones de pesos impuestos incluidos.
Contrato con Renovación: NO
Observaciones Los oferentes deberán presentar propuesta técnica y económica que cumpla todas las características y requerimientos que se señalan en las Especificaciones Técnicas solicitadas en este proceso de licitación.
Tiempo del Contrato 80 Días
Plazos de pago: 30 días contra la recepción conforme de la factura
Opciones de pago: Transferencia Electrónica, Cheque
Nombre de responsable de pago: José Luis Novoa López
e-mail de responsable de pago: jnovoa@goreaysen.cl
Prohibición de subcontratación: No permite subcontratación
No se permite subcontratación
8. Garantías requeridas
    Garantías de Seriedad de Ofertas
Beneficiario: Gobierno Regional de Aysén
Fecha de vencimiento: 11-01-2024
Monto: 1000000 Peso Chileno
Descripción: Tipo de Documento: para la presente licitación el oferente deberá garantizar la seriedad de su oferta mediante instrumento de Garantía que sea pagadera a la vista y tener carácter de irrevocable por un medio que asegure su cobro de manera rápida y efectiva, en soporte papel o electrónico, siempre que se cumplan las condiciones dispuestas en el artículo 31° del Reglamento de la Ley N°19.886. No se aceptarán cheques. Monto y vigencia: Deberá otorgarse por un monto de $1.000.000.-, por un plazo de vigencia mínimo de 90 días corridos contados desde la fecha fijada para el cierre de la recepción de las ofertas. Beneficiario y Glosa: La garantía deberá extenderse a nombre del Gobierno Regional de Aysén, con la siguiente glosa: PARA GARANTIZAR SERIEDAD DE LA OFERTA LICITACIÓN PÚBLICA “Reposición Planta Térmica en las dependencias del edificio institucional del Gobierno Regional de Aysén, ubicado en calle General Parra N°101, Coyhaique”. Fecha y forma de entrega: Si el instrumento es otorgado de forma electrónica conforme a la Ley N°19.799 deberá ser ingresada en la carpeta digital correspondiente en el sitio www.mercadopublico.cl. De ser emitida manualmente por el banco o institución que corresponda deberá ser presentada en la Oficina de Partes del Gobierno Regional de Aysén, ubicada en calle Ejército N°405, Coyhaique hasta la fecha y hora indicada para estos efectos en el numeral 02 ETAPAS Y PLAZOS, CRONOGRAMA DE LICITACIÓN. En caso de que el oferente corresponda a una UTP la garantía podrá ser tomada por el Apoderado o un integrante de ésta según se establezca en instrumento de constitución de ésta. Forma y Oportunidad de Restitución: En caso de oferente adjudicado, la Garantía por Seriedad de la Oferta será devuelta contra la presentación de Garantía de Fiel y Oportuno Cumplimiento de Contrato, dentro del plazo de 5 días corridos siguientes a la fecha de publicación en el Sistema de Información www.mercadopublico.cl de la Resolución que aprueba la contratación. En caso de oferentes no adjudicados, cuyas ofertas hayan sido inadmisible o desestimadas, la devolución se hará dentro de los 5 días corridos desde la notificación de la resolución que da cuenta de tal circunstancia, la cual será publica en el Sistema de Información www.mercadopublico.cl, además de lo dispuesto en el Artículo 43° del Reglamento de la Ley N°19.886. Si dicho trámite no se efectuara con anterioridad a la fecha de vencimiento de la garantía, el oferente podrá desistir de su oferta o ratificarla previa solicitud escrita por un período adicional de 30 días corridos. En este último caso se deberá extender la vigencia de la presente garantía por igual período de tiempo. La garantía por seriedad de la oferta se hará efectiva en los siguientes casos: a) Si el oferente se desistiere de su oferta después de haber sido ésta abierta. b) Cuando no presente oportunamente la garantía de fiel cumplimiento del contrato, en el plazo requerido en las presentes bases de licitación. c) Si no se procediera a efectuar la inscripción en el Registro de PROVEEDORES exigida para la suscripción del contrato dentro del plazo de 15 días hábiles desde la publicación de la resolución de adjudicación. d) Por causa sobreviniente de inhabilidad para contratar con la Administración del Estado entre la fecha de la adjudicación y antes de la suscripción del contrato respectivo. e) En caso de disolución de la Unión Temporal de Proveedores. f) Si el proponente adjudicatario se negare a firmar el contrato dentro del plazo establecido en las bases sin causa justificada.
Glosa: PARA GARANTIZAR SERIEDAD DE LA OFERTA LICITACIÓN PÚBLICA “Reposición Planta Térmica en las dependencias del edificio institucional del Gobierno Regional de Aysén, ubicado en calle General Parra N°101, Coyhaique”.
Forma y oportunidad de restitución: Forma y Oportunidad de Restitución: En caso de oferente adjudicado, la Garantía por Seriedad de la Oferta será devuelta contra la presentación de Garantía de Fiel y Oportuno Cumplimiento de Contrato, dentro del plazo de 5 días corridos siguientes a la fecha de publicación en el Sistema de Información www.mercadopublico.cl de la Resolución que aprueba la contratación. En caso de oferentes no adjudicados, cuyas ofertas hayan sido inadmisible o desestimadas, la devolución se hará dentro de los 5 días corridos desde la notificación de la resolución que da cuenta de tal circunstancia, la cual será publica en el Sistema de Información www.mercadopublico.cl, además de lo dispuesto en el Artículo 43° del Reglamento de la Ley N°19.886.
    Garantía fiel de Cumplimiento de Contrato
Beneficiario: Gobierno Regional de Aysén
Fecha de vencimiento: 22-03-2024
Monto: 10 %
Descripción: Tipo de Documento: Hasta el día hábil anterior a la fecha fijada para la firma del contrato, se deberá ingresar Garantía por Fiel y Oportuno Cumplimiento de Contrato, que sea pagadera a la vista y tener carácter de irrevocable por un medio que asegure su cobro de manera rápida y efectiva, en soporte papel o electrónico, siempre que se cumplan las condiciones dispuestas en el artículo 68° del Reglamento de la Ley N°19.886. No se aceptarán cheques. Monto y vigencia: Deberá otorgarse en pesos chilenos, por un monto equivalente al 10 % (10 por ciento) del valor total de lo contratado, impuestos incluidos, la que deberá tener una vigencia que supere al menos en 90 días el plazo contractual. Beneficiario y Glosa: La garantía deberá extenderse a nombre del Gobierno Regional de Aysén, con la siguiente glosa: Para garantizar fiel y oportuno cumplimiento del contrato “Reposición Planta Térmica en las dependencias del edificio institucional del Gobierno Regional de Aysén, ubicado en calle General Parra N°101, Coyhaique”. Fecha y forma de entrega: Hasta el día hábil anterior fijado para la suscripción del contrato se deberá hacer entrega de Garantía de Fiel y Oportuno Cumplimiento de Contrato, en caso de que la Garantía sea entregada por medio soporte papel, será presentada directamente en la Oficina de Partes del Gobierno Regional de Aysén, ubicada en calle Ejército N°405, Coyhaique, en horario de Atención de Público de 08:30 y hasta 14:00 horas de lunes a viernes. En caso de otorgarse de manera electrónica deberá hacerse llegar mediante correo electrónico institucional e ingresada a través de oficina de partes, al correo oficinadepartes@goreaysen.cl. En caso de que el oferente corresponda a una Unión Temporal de Proveedores la garantía podrá ser tomada por el Apoderado o un integrante de ésta según se establezca en instrumento de constitución de la Unión Temporal de Proveedores. Forma y Oportunidad de Restitución: Procedimiento de Devolución de Garantías Fiel Cumplimiento de Contrato. La Unidad de Servicios Generales, informará de dicho acontecimiento por escrito a la Unidad de Tesorería, para que se proceda a la devolución de Garantía por Fiel Cumplimiento de Contrato. Será la Unidad de Tesorería quien proceda a endosar dichos documentos, elaboración de oficios y/o comprobantes de devolución y comunicarle al Proveedor. Las Garantía por Fiel Cumplimiento de Contrato, será devuelta al Proveedor dentro de los 60 días hábiles siguientes, una vez efectuada la Recepción Total de los componentes contratados, conforme a lo establecido en la cláusula precedente. La garantía por Fiel y Oportuno Cumplimiento de Contrato de la oferta se hará efectiva en los siguientes casos: a) Por la concurrencia de cualquier causal que haga procedente la aplicación de multa y la terminación anticipada del contrato, establecidas en las presentes Bases Administrativas. b) Además de lo anterior, se comunica a los oferentes que, de conformidad a lo establecido en el Decreto N°250 del año 2004 del Ministerio de Hacienda, la Garantía por Fiel y Oportuno Cumplimiento de Contrato asegura también el pago de las obligaciones laborales y sociales de los trabajadores del contratante, si fuere el caso. c) Si no cumpliere, en forma, cantidad y calidad, con lo contratado.
Glosa: Para garantizar fiel y oportuno cumplimiento del contrato “Reposición Planta Térmica en las dependencias del edificio institucional del Gobierno Regional de Aysén, ubicado en calle General Parra N°101, Coyhaique”.
Forma y oportunidad de restitución: Las Garantía por Fiel Cumplimiento de Contrato, será devuelta al Proveedor dentro de los 60 días hábiles siguientes, una vez efectuada la Recepción Total de los componentes contratados, conforme a lo establecido en la cláusula precedente.
9. Requerimientos técnicos y otras cláusulas
NORMATIVA LEGAL VIGENTE
Este proceso de licitación se sujeta, en lo pertinente, a la siguiente normativa: a) Las presentes Bases, que regulan el proceso de licitación, contratación y ejecución de los servicios licitados. b) Los anexos y formularios de presentación. c) Ley N°19.886 sobre Contratos Administrativos de Suministro y Prestación de Servicios. d) Decreto N°250 del año 2004 del Ministerio de Hacienda que aprueba el reglamento de la Ley N°19.886 sus modificaciones. e) Directivas e instrucciones emitidas por La Dirección de Compras Públicas. f) Lo dispuesto en la Ley N°20.730 que regula el lobby y las gestiones que representen intereses particulares ante las autoridades y funcionarios. g) Ley N°19.799 sobre documentos electrónicos, firma electrónica y servicios de certificación de dicha firma. h) El Código del trabajo, que regula las relaciones laborales entre los empleadores y los trabajadores por este Código y por sus leyes complementarias, contratados bajo vínculo subordinación o dependencias en virtud de un contrato de trabajo, donde se establece cumplimiento de horario de trabajo, seguir instrucciones impartidas por el empleador, remuneraciones por los servicios contratados, etc. Las infracciones a las normas que regulan las entidades a que se refiere este artículo se sancionan de conformidad con lo dispuesto en el artículo 507 de este Código. Los derechos establecidos por las leyes Laborales son irrenunciables, mientras subsista el contrato de trabajo. i) Ley N°16.744 de accidentes del Trabajo y Enfermedades Profesionales. j) Ley N°20.763 establece ingreso Mínimo mensual, de las asignaciones familiar y maternal y el subsidio familiar. k) Reglamento del artículo 183-C inciso segundo del código del trabajo, incorporado por la Ley N°20.123, sobre acreditación de cumplimiento de obligaciones laborales y previsionales. l) Decreto N°10 Aprueba Reglamento de calderas autoclaves y equipos que utilizan vapor de agua, que regula su funcionamiento, con el objeto de proteger la vida y la salud de quienes trabajan o se sirven de ellas y de la población en general. Sin perjuicio de la normativa legal vigente, la presente licitación y contrato respectivo a que pudiere dar lugar se regirán por los siguientes documentos, cuyo orden de precedencia, en caso de existir discrepancia entre ellos, será el que se indica a continuación: - Aclaraciones. - Consultas y respuestas. - Las presentes bases administrativas y sus anexos. - Otros antecedentes técnicos que se incluyan en la licitación. - Los términos de referencia/especificaciones técnicas. - Ficha de licitación del portal Mercado Publico. - Modificaciones y aclaratorias publicadas en relación a las bases antes del cierre de recepción de ofertas. - Modificaciones al cronograma de licitación. - La designación de la Comisión Evaluadora y sus modificaciones respecto de quienes reemplacen. - Oferta del proponente con sus formularios de presentación. - Las aclaraciones de las ofertas a través del foro inverso, sin afectar el principio de estricta sujeción a las bases, libre concurrencia y/o de igualdad de los oferentes. - El acta de apertura, admisibilidad y evaluación de licitación pública, realizada por la comisión evaluadora y su propuesta de adjudicación a la autoridad competente. - La Resolución que aprueba la Adjudicación y/o Desierta licitación pública. - La Resolución que formaliza contrato de servicios. - La emisión y aceptación de orden de compra en portal www.mercadopublico.cl.
OFERENTES DE LA LICITACIÓN.
Podrán participar de la presente licitación, todas aquellas personas naturales o jurídicas, chilenas o extranjeras, uniones temporales de proveedores que acrediten su situación financiera e idoneidad técnica, conforme lo disponga la normativa vigente, que no se encuentren afectadas por alguna de las causales de inhabilidad o incompatibilidad establecida en el artículo 4° incisos 1° y 6° de la ley 19.886, y que cumplan todos los requisitos establecidos en las presentes Bases. Persona Natural Las personas naturales deberán al momento de contratar encontrarse hábiles para contratar con el Estado. Si un oferente no se encuentra inscrito en el registro de Proveedores o bien los antecedentes requeridos no se encuentren disponibles, se solicitará la siguiente documentación al momento de contratar:  Fotocopia de cédula identidad. Personas Jurídicas Las personas jurídicas que sean sociedades deberán estar válidamente constituidas, lo que deberá acreditarse una vez adjudicada la propuesta y antes del vencimiento del plazo para la firma del contrato respectivo. Lo anterior, siempre que los antecedentes se encuentren validados y vigentes por el portal Registro de Chileproveedores. En caso en que los antecedentes sean insuficientes, o no se encuentren disponibles, se solicitará la siguiente documentación al momento de contratar:  Rol único Tributario.  Cédula de identidad del Representante Legal.  Certificado de vigencia de la sociedad o empresa, del Registro de Comercio respectivo, de fecha no superior a seis meses.  Certificado de vigencia de poderes, del Registro de Comercio respectivo de fecha no superior a seis meses.  Escritura de constitución de sociedad o empresa, con indicación de su inscripción en el Registro de Comercio y fecha de publicación en el Diario Oficial.  En el caso de las personas jurídicas que se hayan acogido a las normas de la Ley N°20.659, les corresponderá presentar la certificación a que alude el artículo 12 de dicha ley, emitida por la Subsecretaría de Economía y Empresas de Menor Tamaño, o la Autoridad a quien se le haya delegado tal facultad, en conformidad a las normas legales”. Se hace presente que las personas jurídicas extranjeras, deberán adjuntar información que permita determinar su nacionalidad, además al momento de la adjudicación deberán estar constituidas como una sociedad de nacionalidad chilena o una agencia del extranjero en el país o constituir mandatario con poder suficiente, y cumplir con lo dispuesto en el artículo 4° de la Ley N°19.886. Unión Temporal De Proveedores UTP Tratándose de Uniones Temporales de Proveedores, deberá dar cumplimiento al artículo 67 bis del Reglamento de Compras Públicas. - Para las contrataciones iguales o superiores a 1.000 UTM y sin perjuicio del resto de las disposiciones legales y reglamentarias que resulten aplicables, el acuerdo en que conste la unión temporal deberá materializarse por escritura pública, como documento para contratar, bastando esta única formalidad para la constitución de la Unión Temporal de Proveedores debiendo adjuntarse una vez adjudicado la presente licitación, señalándose la solidaridad entre las partes respecto de todas las obligaciones que se generen con la entidad, y se deberá nombrar un representante o apoderado con poderes suficientes. Sin embargo, se recomienda a los proveedores que, suscriban igualmente un documento privado para la constitución de la Unión Temporal de Proveedores, afín de ser presentado conjuntamente con la oferta, con el compromiso de formalizar lo anterior a través de una escritura pública, una vez adjudicada la licitación. En caso de Unión Temporal de Proveedores se exige la inscripción al momento de contratar de cada proveedor de dicha unión temporal en el Registro de CHILEPROVEEDORES. Se exigirá que dentro del objeto del acto constitutivo del mismo se encuentre contemplado el desarrollo y ejecución de los servicios de la presente licitación. Del mismo modo, tratándose de una Unión Temporal de Proveedores se exige que cualquier modificación al citado acuerdo deberá efectuarse por escritura pública y debe ser informado a la entidad licitante. Además, se exigirá a cada integrante de la unión, al momento de postular, la declaración de no estar afecto a las prohibiciones e inhabilidades contenidas en el artículo 4° de la Ley N°19.886, sin perjuicio de las disposiciones contenidas en el Reglamento de la citada Ley, en las condiciones previstas más adelante. Del mismo modo, se exige que todos quienes formen parte de la Unión Temporal de Proveedores se encuentren inscritos en el Registro de Proveedores previo a la suscripción del contrato y se encuentren hábiles para contratar con el Estado al momento de la adjudicación (artículo 41 D.S. N°250/2004); la vigencia de la unión en ningún caso sea inferior al plazo de vigencia del contrato incluyendo posible renovación, prorrogas o aumentos de plazo. Aquella oferta presentada por una Unión Temporal de Proveedores que no dé cumplimiento a lo señalado en el presente numeral, será declarada inadmisible. Cabe hacer presente que de resultar adjudicada la Unión Temporal de Proveedores, uno de sus integrantes (que forma parte inherente del oferente), se encuentra inhabilitada para contratar con el Estado, se procederá a la readjudicar de acuerdo al procedimiento establecido en las presentes Bases. Del mismo modo, si con posterioridad a la adjudicación y previo a la firma del contrato uno de los integrantes de la Unión Temporal es inhábil. Por otro lado, si previo a la suscripción del contrato uno de los integrantes de la Unión Temporal de Proveedores, que aportó experiencia a la evaluación de las ofertas (sea esta como empresa oferente o como parte del equipo de profesionales ofertados) decide retirarse de la misma, el Gobierno Regional de Aysén procederá a readjudicar la propuesta. El contenido del acuerdo de la Unión Temporal de Proveedores deberá señalar los siguientes aspectos básicos: a) La responsabilidad solidaria de todos quienes conforman esta unión temporal de proveedores, respecto de todas las obligaciones que se generen con la Entidad licitante. b) El nombramiento de un representante o apoderado común con poderes suficientes de administración y representación para actuar por la Unión Temporal de Proveedores tanto con la entidad licitante. c) Serán socios de esta unión temporal sólo quienes hayan concurrido a la presentación de la oferta en la presente licitación, no se permitirá el ingreso de terceros que no hayan sido debidamente incorporados en la presentación de las ofertas. Asimismo, se debe asegurar la presencia de cada uno de los miembros durante la ejecución del contrato. d) La no suscripción del instrumento de constitución de la Unión Temporal de Proveedores por parte de todos quienes acudieron a la presentación de la oferta, será suficiente para tener por desestimada la oferta y readjudicar. e) Definir la forma de facturación de la Unión Temporal de Proveedores. f) Definir quién de los integrantes de la Unión Temporal de Proveedores va a tomar las garantías a nombre del Gobierno Regional de Aysén. g) La Duración de la Unión Temporal será el periodo de ejecución y hasta la liquidación del contrato con la entidad licitante, más la renovación de contrato si procediere. Asimismo, de conformidad con lo previsto en la parte final del inciso primero del artículo 4° de la Ley N°19.886, modificado por el artículo 401 de la Ley N°20.720, no podrán participar en este proceso los oferentes que dentro de los dos años anteriores a la formulación de la propuesta hayan sido condenados por delitos concursales establecidos en el Código Penal, o hayan sido condenados por prácticas antisindicales o infracción a los derechos fundamentales del trabajador. No obstante lo anterior, en conformidad con lo dispuesto en el artículo 4 inc. 2° de la Ley 19.886, en caso de que la empresa que obtiene la licitación o celebre convenio registre saldos insolutos de remuneraciones o cotizaciones de seguridad social con sus actuales trabajadores o con trabajadores contratados en los últimos dos años, los primeros estados de pago producto del contrato licitado deberán ser destinados al pago de dichas obligaciones, debiendo la empresa acreditar que la totalidad de las obligaciones se encuentran liquidadas al cumplirse la mitad del período de ejecución del contrato, con un máximo de seis meses. El Gobierno Regional exigirá, de concurrir las circunstancias anteriormente expresadas, que la empresa contratada proceda a dichos pagos y le presente los comprobantes y planillas que demuestren el total cumplimiento de la obligación. El incumplimiento de estas obligaciones por parte de la empresa contratada, dará derecho a dar por terminado el respectivo contrato, pudiendo llamarse a una nueva licitación en la que la empresa referida no podrá participar.
PLAZO MÍNIMO Y MÁXIMO PARA LA EJECUCIÓN DE LA OBRA Y PRÓRROGA.
El plazo de ejecución a ofertar no podrá exceder de 80 días corridos ni ser inferior 50 días corridos. La oferta que exceda el plazo de ejecución o presente plazos inferiores a los establecidos será declarada inadmisible. El plazo de ejecución se contabiliza desde la fecha publicación en la plataforma web www.mercadopublico.cl de la Resolución que aprueba el Contrato, hasta fecha en que el Contratista comunique la terminación de las obras al A.T.O. por los medios regulados en las presentes bases y este ratifique que las obras están efectivamente terminadas. Lo anterior según el procedimiento establecido para la recepción de las obras en las presentes bases. El contratista está obligado a cumplir durante la ejecución de las obras con el plazo estipulado en el contrato. El Gobierno Regional de Aysén podrá, por razones fundadas, mediante acto administrativo dictado para tal efecto, otorgar aumentos de plazo a petición de parte en las siguientes circunstancias: a) Por caso fortuito o fuerza mayor, debidamente comprobada por el A.T.O. según lo que se regula en las presentes bases. b) Por consecuencia de modificaciones en el contrato: Si por causas no imputables al Contratista, durante la ejecución de los trabajos se hiciere necesario el aumento de obras o la realización de obras extraordinarias. Respecto de los plazos ofertados por el Contratista adjudicado se estará sujeto a lo señalado en las presentes bases respecto de las multas por atraso en la entrega de las obras licitadas, sin perjuicio de la prórroga que corresponda otorgar si se verificase alguna causal constitutiva descrita en a) o b) precedentes. Por caso fortuito o fuerza mayor se entenderá todos los casos en que, de conformidad a lo establecido en el artículo 45 del Código Civil, ocurran un imprevisto imposible de resistir no imputable a las partes y que haga inevitable incurrir en un atraso en la entrega de las obras licitadas. Para esto, el Contratista deberá poner en conocimiento del A.T.O. dicha circunstancia, a más tardar dentro del quinto día hábil desde que ésta se configure, solicitando en el mismo acto la ampliación del plazo para la entrega de acuerdo a los canales de comunicación establecidos en las presentes bases. El incumplimiento por parte del Contratista de su deber de dar aviso y de presentar la solicitud de prórroga en los términos indicados, se entenderá como simple atraso y hará procedente la aplicación Multas y Sanciones y/o el Término del Contrato según lo establecido en los números 27 y 28 de esta Bases. Si por causas no imputables al contratista, durante la ejecución de los trabajos se hiciere necesario el aumento de obras o la realización de obras extraordinarias, esta prórroga no se contabilizará para determinar el límite del 10% del plazo de ejecución de la obra, según se indica en las presentes Bases. Las paralizaciones de las obras a consecuencia del rechazo que haga el A.T.O. de los materiales, equipos y/o obras que no cumplan con las condiciones establecidas en las Especificaciones Técnicas y/o en Bases, no darán derecho a prórroga alguna y hará procedente a la aplicación de multas y sanciones establecidas en esta Bases.
BASES
El proceso de licitación se conducirá bajo las disposiciones que establecen la Ley N°19.886 y su Reglamento. Las presentes Bases Administrativas, anexos y formularios, disponibles en el portal www.mercadopublico.cl.
CONSULTAS, ACLARACIONES Y MODIFICACIONES A LAS BASES
Consultas y aclaraciones. De conformidad a lo establecido en el artículo 27 del Decreto 250-2004 del Ministerio de Hacienda, los oferentes podrán realizar consultas de carácter administrativo o técnico que estimen necesarias a través del Sistema de Información del sitio www.mercadopublico.cl, dentro los plazos establecidos al efecto. Las consultas serán debidamente contestadas o aclaradas por la Entidad Licitante mediante el mismo Sistema de Información en el plazo indicado para ello. Las respuestas a las preguntas formuladas se considerarán parte integrante de las presentes bases de la licitación, en conformidad con lo dispuesto en la ley N°19.886. Modificaciones de las bases. La Entidad licitante podrá introducir modificaciones o declaraciones a las presentes Bases mediante acto administrativo fundado, por parte del Jefe de División que corresponda, ya sea por iniciativa propia o en atención a una aclaración o consulta solicitada a través del portal www.mercadopublico.cl, y hasta antes del término del plazo para recibir las ofertas, informándose de ello a través del mismo portal; estas modificaciones se entenderá forman parte integral de las bases de licitación. Modificación a las bases de licitación en relación con los plazos y cronograma de licitación. De igual forma el Gobierno Regional de Aysén, hasta antes del cierre de presentación de ofertas, otorgará un nuevo plazo para la presentación de las propuestas mediante resolución fundada, por parte del Jefe de División que corresponda, lo que también será informado oportunamente en el sitio www.mercadopublico.cl, de manera que todos los interesados puedan adecuar sus ofertas. El proceso de licitación se regirá según las fechas y plazos establecidos en el número 02: “Etapas y Plazos: Cronograma de la Licitación” y expresados en la ficha del portal www.mercadopublico.cl, sin perjuicio de lo cual, frente a alguna aclaración o modificación, inclusive el plazo de adjudicación, en caso que se requiera de un plazo adicional, se indicará tal circunstancia en el portal, según se ha expresado. Sin perjuicio de los plazos mínimos entre llamado y recepción de ofertas señalados en Artículo 25 Decreto N°250 del año 2004 del Ministerio de Hacienda. Esta Entidad podrá aumentar el plazo mínimo de llamado en dos (2) días hábiles: “Si a la fecha de recepción de ofertas, se han recibido 2 o menos propuestas, aumentándose automáticamente en 2 días hábiles por una sola vez”, siempre y cuando esta opción haya sido indicada al momento de crear la ficha de llamado de licitación en sistema de Información del sitio www.mercadopublico.cl, dispuesto para este efecto. En conformidad con el artículo 41 del Reglamento de Compras Públicas, en caso de no cumplirse con la fecha indicada de adjudicación en las presentes bases de licitación, se publicará una nueva fecha en el portal www.mercadopublico.cl, informando allí las razones. En caso que exista incongruencia o contradictoriedad entre la ficha ingresada en el portal www.mercadopublico.cl y las bases administrativas, técnicas y sus formularios anexos aprobados por la autoridad competente, primará lo que contiene las bases de esta licitación. Sin embargo, esta entidad podrá subsanar los vicios de que adolezcan los actos que emita, siempre que con ello no se afectaren intereses de terceros.
VIGENCIA DE LAS OFERTAS Y PRESENTACIÓN DE LAS OFERTAS.
Vigencia de las ofertas: Las ofertas tendrán un plazo de validez de 80 días corridos, contados desde la fecha fijada para su presentación en el cronograma de la licitación. Si dentro del plazo antes referido no se pudiera efectuar la adjudicación, el Gobierno Regional de Aysén, podrá solicitar a los proponentes, antes de la fecha de expiración, una prórroga de la validez de sus ofertas por otro periodo igual. Si alguno de ellos no lo hiciere, dicha oferta se entenderá desistida. Presentación de ofertas: Las ofertas y todos los antecedentes que le sustenten, deberán ser ingresados en formato digital, a través del portal www.mercadopublico.cl. Por la sola presentación de la propuesta, se entenderá que el oferente acepta las presentes Bases, Términos Técnicos de Referencia, aclaraciones y todos los antecedentes que forman parte de la presente licitación. Las únicas ofertas válidas serán aquellas presentadas a través del Sistema de Información www.mercadopublico.cl. No se aceptarán ofertas que se presenten por un medio distinto al establecido en las Bases de Licitación. En consecuencia, será responsabilidad de los oferentes adoptar las precauciones necesarias para ingresar oportuna y adecuadamente sus ofertas y anexos, así como constatar que el envío de su propuesta, a través del Sistema de Información, haya sido efectuado con éxito. Se recomienda verificar el despliegue automático del “Comprobante de Envío de Oferta” que se entrega en dicho Sistema, el cual puede ser impreso por el proponente para su resguardo. Lo anterior sin perjuicio de lo establecido en el Artículo 62 del Reglamento. Una vez vencido el plazo de presentación de ofertas, los proveedores no podrán introducir correcciones ni enmiendas a su oferta. El Gobierno Regional de Aysén no se hace responsable por los errores contenidos en la oferta, los que deberán ser asumidos por el oferente íntegramente. La omisión, distorsión o falsedad en cualquiera de los documentos o antecedentes presentados y requeridos en las Bases de Licitación, de los documentos que sustentan la oferta o la entrega de datos o información falsa, será causal suficiente para rechazar la propuesta presentada o para rescindir el Contrato cuando procediere, dictando la Resolución fundada correspondiente.
ENTREGA DE ANTECEDENTES DE LA LICITACIÓN
ANEXOS: Los documentos deben ser ingresados digitalmente al portal www.mercadopublico.cl, en idioma español en cualquier formato de preferencia (PDF, Word, Excel), con el título del documento respectivo. (El nombre de cada archivo, debe indicar su contenido). Se deberá adjuntar digitalmente los formatos sugeridos como anexos administrativos, técnicos y económicos que se detallan a continuación, serán aceptadas aquellas propuestas con formato propio solo en el caso que contengan todo lo solicitado en estos formatos anexos. En caso de ser el oferente una Unión Temporal de Proveedores, deberá prestarse firmado por quien actué como Apoderado o Representante de ella, quien tiene las facultades designadas para la presentación de las propuestas. Las ofertas solo podrán ser efectuadas hasta la hora y fecha de cierre señalados en la ficha del portal www.mercadopublico.cl y en el numeral 02 de las presentes Bases de Licitación “Cronograma y plazos de Licitación”. Las ofertas económicas deberán ser ingresadas en valores netos y por el total del servicio. Al tenor de los dispuesto en el artículo N°63 del Reglamento de la ley N°19.886 de Bases Sobre Contratos Administrativos de Suministro y Prestación de Servicios, solo podrán efectuarse los procesos de Compras y la recepción total o parcial de ofertas fuera del sistema de Información de acuerdo a los causales y circunstancias señalados en este artículo. FORMULARIOS SOLICITADOS ANEXOS ADMINISTRATIVOS: El Postulante deberá remitir por el portal los siguientes documentos: Formulario A: “Identificación del Oferente” Formulario B: “Declaración de Inhabilidades e Incompatibilidades” Declaración en línea de “Inhabilidades e Incompatibilidades”, electrónica denominada en el Sistema “Declaración Jurada Requisitos para Ofertar”, para personas naturales y jurídicas, que se generará completamente en línea a través de www.mercadopublico.cl, en el módulo de presentación de ofertas. Formulario B: “Declaración de Inhabilidades e Incompatibilidades” – para integrantes de la Unión Temporal de Proveedores que debe ser presentada por cada uno de sus integrantes, a excepción del integrante o miembro de la UTP que presenta la oferta en el Sistema, quien deberá suscribir “Declaración Jurada Requisitos para Ofertar”, la cual se generará completamente en línea a través de www.mercadopublico.cl en el módulo de presentación de ofertas. Formulario C: “Declaración Jurada Simple de Socios” Formulario D: “Declaración Jurada Simple de Estudio de Antecedentes y Conocimiento de Bases” ANEXOS TÉCNICOS Formulario E: “Documentos solicitados” (Admisibilidad) Formulario F: “Detalle Técnica de los Servicios” (Admisibilidad) Formulario G: “Garantía por los Servicios” Formulario H: “Plazo de Ejecución” (Admisibilidad) Formulario I: “Servicio Técnico” ANEXO ECONÓMICO Formulario J: “Oferta Económica (Admisibilidad) Cuyo detalle se indica a continuación: ANEXOS ADMINISTRATIVOS: Los documentos que deben ser ingresados en la carpeta de antecedentes administrativos del portal mercado público son los siguientes: Formulario A: “Identificación del Oferente”: Nombre o Razón social y RUT, en caso de ser persona jurídica, los mismos antecedentes respecto de su representante legal, además de dirección comercial, teléfonos, correo electrónico, persona contacto, giro comercial. Tratándose de Unión Temporal de Proveedores (UTP): Deberá figurar como representante el apoderado que designe en el respectivo instrumento documento público o privado que dé cuenta del acuerdo, dando cumplimiento al artículo 67 bis del Reglamento de Compras Públicas. En adquisiciones iguales o superiores 1.000 UTM, obligatoriedad de presentar documento al momento de contratar escritura pública que dé cuenta del acuerdo. Al momento de contratar deberá el oferente participante encontrarse inscrito en Chileproveedores y tener el estado de Hábil, en caso de UTP, cada uno de los proveedores deberá cumplir con esta disposición. Al momento de contratar cumplir con los requisitos exigidos en numeral 05 de las presentes bases, lo que deberá ser acreditado en su oportunidad, con la documentación correspondiente. Formulario B: “Declaración Jurada Simple de Inhabilidades e Incompatibilidades”: Declaración en línea de “Inhabilidades e Incompatibilidades” electrónica denominada en el Sistema “Declaración Jurada Requisitos para Ofertar”, para personas naturales y jurídicas, que se generará completamente en línea a través de www.mercadopublico.cl, en el módulo de presentación de ofertas. Formulario B: “Declaración de Inhabilidades e Incompatibilidades” – para integrantes de la Unión Temporal de Proveedores que debe ser presentada por cada uno de sus integrantes, a excepción del integrante o miembro de la UTP que presenta la oferta en el Sistema, quien deberá suscribir “Declaración Jurada Requisitos para Ofertar”, la cual se generará completamente en línea a través de www.mercadopublico.cl en el módulo de presentación de ofertas. Formulario C: “Declaración Jurada Simple de Socios”: En caso que proceda. Se deja constancia que la presentación de este Formulario es sólo para los oferentes que sean personas jurídicas. En caso de ser el oferente una Unión Temporal de Proveedores, deberá prestarse la declaración firmada por cada uno de los integrantes. Formulario D: “Declaración Jurada Simple de Estudio de Antecedentes y Conocimiento de Bases”: Declaración Jurada simple, en que se acredite haber estudiado todos los antecedentes de la licitación, en virtud de los cuales se ha elaborado la oferta técnica y económica que se presenta, conocer y aceptar las condiciones generales de las bases administrativas especiales, y demás antecedentes que forman parte de la licitación a ejecutar y haber incorporado las Aclaraciones y Adicionales realizadas durante el proceso de licitación. En caso de ser el oferente una Unión Temporal de Proveedores, el formulario deberá ser firmado por quién actúa como Apoderado o Representante de ella. FORMULARIOS TÉCNICOS: Formulario E: “Documentos solicitados” (ADMISIBILIDAD): Para que las ofertas sean declaradas admisibles, es decir, que sean susceptibles de ser evaluadas, es necesario señalarlo en Formulario E, que cumple con lo requerido que cumpla y se debe adjuntar los siguientes documentos: a) Certificado o Autorización SEC para instalación de estas características (Eléctrico y Gas). b) Registro y/o Autorización de SEREMI de Salud, de acuerdo a D.S. 10, período 2022-2023. Este formulario transcribe todas las características mínimas requeridas para que la oferta sea admisible. Debe adjuntar autorización SEC. Formulario F: “Detalle Técnica de los Servicios” (ADMISIBILIDAD) El Oferente deberá considerar todos los trabajos requeridos en el cambio de la caldera actual por un sistema de calefacción en base a bombas de calor Aero térmicas, según las Especificaciones Técnicas que conforman las presentes Bases de Licitación y Procesos de Certificación de funcionamiento acorde al D.S. 10. El oferente que no se ajusta a los trabajos requeridos por lo señalado en las Especificaciones Técnicas de las presentes Bases, será declarado INADMISIBLE. Formulario G: “Garantía por los Servicios” El oferente deberá garantizar servicios contratados por el plazo mínimo de 24 meses por el plazo de garantía propuesta por el oferente, en el Formulario G, que será considerado desde la fecha del acta de recepción conforme por los servicios de “Reposición Planta Térmica en las dependencias del edificio institucional del Gobierno Regional de Aysén, ubicado en calle General Parra N°101, Coyhaique”. Esta garantía debe considerar cualquier desperfecto, falla o mal funcionamiento atribuible a la realización de los trabajos realizados. El oferente adjudicado deberá subsanar las problemáticas planteadas, en forma correcta y de buena fe, de igual forma y con la misma calidad de servicios realizados que han presentado problemas, que tengan estricta sujeción a las especificaciones técnicas y descripción detallada en las presentes bases. Formulario H: “Plazo de Ejecución de la Obra”: (ADMISIBILIDAD) El plazo de ejecución a ofertar no podrá exceder de 80 días corridos ni ser inferior 50 días corridos. La oferta que exceda el plazo de ejecución o presente plazos inferiores a los establecidos será declarada inadmisible. El plazo de ejecución se contabiliza desde la fecha publicación en la plataforma web www.mercadopublico.cl de la Resolución que aprueba el Contrato, hasta fecha en que el Contratista comunique la terminación de las obras al A.T.O. por los medios regulados en las presentes bases y este ratifique que las obras están efectivamente terminadas. Lo anterior según el procedimiento establecido para la recepción de las obras en las presentes bases. El contratista está obligado a cumplir durante la ejecución de las obras con el plazo estipulado en el contrato. El Gobierno Regional de Aysén podrá, por razones fundadas, mediante acto administrativo dictado para tal efecto, otorgar aumentos de plazo a petición de parte en las siguientes circunstancias: a) Por caso fortuito o fuerza mayor, debidamente comprobada por el A.T.O. según lo que se regula en las presentes bases. b) Por consecuencia de modificaciones en el contrato: Si por causas no imputables al Contratista, durante la ejecución de los trabajos se hiciere necesario el aumento de obras o la realización de obras extraordinarias. Respecto de los plazos ofertados por el Contratista adjudicado se estará sujeto a lo señalado en las presentes bases respecto de las multas por atraso en la entrega de las obras licitadas, sin perjuicio de la prórroga que corresponda otorgar si se verificase alguna causal constitutiva descrita en a) o b) precedentes. Por caso fortuito o fuerza mayor se entenderá todos los casos en que, de conformidad a lo establecido en el artículo 45 del Código Civil, ocurran un imprevisto imposible de resistir no imputable a las partes y que haga inevitable incurrir en un atraso en la entrega de las obras licitadas. Para esto, el Contratista deberá poner en conocimiento del A.T.O. dicha circunstancia, a más tardar dentro del quinto día hábil desde que ésta se configure, solicitando en el mismo acto la ampliación del plazo para la entrega de acuerdo a los canales de comunicación establecidos en las presentes bases. El incumplimiento por parte del Contratista de su deber de dar aviso y de presentar la solicitud de prórroga en los términos indicados, se entenderá como simple atraso y hará procedente la aplicación Multas y Sanciones y/o el Término del Contrato según lo establecido en los números 27 y 28 de esta Bases. Si por causas no imputables al Contratista, durante la ejecución de los trabajos se hiciere necesario el aumento de obras o la realización de obras extraordinarias, esta prórroga no se contabilizará para determinar el límite del 10% del plazo de ejecución de la obra, según se indica en las presentes Bases. Las paralizaciones de las obras a consecuencia del rechazo que haga el A.T.O. de los materiales, equipos y/o obras que no cumplan con las condiciones establecidas en las Especificaciones Técnicas y/o en Bases, no darán derecho a prórroga alguna y hará procedente a la aplicación de multas y sanciones establecidas en esta Bases. ANEXO ECONÓMICO: Formulario J: “Oferta Económica: Éste debe ser completado en moneda nacional, indicando el precio neto ofertado por los servicios requeridos y el bruto correspondiente, esto es con todo impuesto y/o gravamen. El presupuesto es referencial, para la contratación de la “Reposición Planta Térmica en las Dependencias del Edificio Institucional del Gobierno Regional de Aysén, ubicado en calle General Parra N° 101, Coyhaique”. En caso de existir discrepancia entre los valores informados en el sitio www.mercadopublico.cl comprobante de oferta y del anexo Formulario J: “Oferta económica”, primará el Formulario. Todos los formularios deben presentarse, en formato PDF, debidamente firmados por el oferente o bien por su representante legal, en caso de ser persona jurídica o apoderado en caso de UTP. Cada uno de los anexos requeridos y sus documentos afines, deben ser ingresados a la carpeta correspondiente también en formato PDF y con el título del documento respectivo.
VISITA A TERRENO OBLIGATORIA (ADMISIBILIDAD)
La vista a terreno tiene por objeto, permitir que los oferentes tomen conocimiento de las características en terreno de las calderas y los sistemas de calefacción en las dependencias del Edificio Corporativo del Gobierno Regional de Aysén ubicado en calle General Parra N°101 para la elaboración de su propuesta, no pudiendo a posterior alegar desconocimiento de ellas al tiempo de elaborar su propuesta. Así, se efectuará visita a terreno guiada por un funcionario de la Unidad de Servicios Generales del Gobierno Regional de Aysén, o quien lo subrogue y cuya fecha será indicada según el calendario del proceso licitatorio numeral 02 de las bases de licitación “Etapas y Cronograma de licitación” a las 11:00 horas, solo se realizará espera de 20 minutos, comenzando esta visita a las 11:20 horas en Edificio Corporativo de calle General Parra N°101, Coyhaique, lugar en que se llevará control de participación, el cual quedará estampado en ACTA DE VISITA A TERRENO, donde el participante deberá indicar nombre de la Persona Jurídica y/o Natural o Unión Temporal de Proveedores al que represente. Quienes no se presenten e inscriban en el periodo de 11:00 a 11:20 horas, no podrán participar de ella, en atención al principio de igualdad de los oferentes. Así, el oferente que desee participar de esta licitación pública, podrá asistir a la visita guiada en terreno en las dependencias del Gobierno Regional de Aysén, la que se efectuará entre el tercer día hábil, a las 11 a.m. desde la publicación de este proceso de licitación. El lugar de encuentro para la visita en terreno será en hall de acceso edificio institucional ubicado en calle General Parra N°101, esta visita será coordinada y dirigida por funcionarios del Gobierno Regional de Aysén de la División de Administración y Finanzas. El Gobierno Regional de Aysén, levantará acta de visita, donde se consignará las empresas que se presentaron en visita guiada, la que será publicada posteriormente por esta entidad Gobierno Regional de Aysén el sitio www.mercadopublico.cl, igualmente se señalara las empresas que se presentaron fuera de los días considerados para visita a terreno. Cada participante deberá contar con su propia movilización. Cabe señalar que la visita a terreno no contempla: alojamiento, traslado y/o alimentación de los participantes, costos que deberán ser financiados por cada oferente participante. Este será el único contacto que se mantendrá con los oferentes durante la presente licitación. La visita a terreno es un factor considerado como admisibilidad de las ofertas.
GARANTÍAS
Para efectos de las garantías que se requieren en las presentes bases el oferente deberá considerar lo establecido en el reglamento de la Ley 19.886, principalmente en los artículos 31 y 68. La garantía podrá otorgarse física o electrónicamente, mediante uno o varios instrumentos financieros, irrevocables y pagaderos a la vista, de la misma naturaleza, que en conjunto representen el monto o porcentaje a caucionar. En los casos en que se otorgue de manera electrónica deberán ajustarse a la ley N°19.799 sobre documentos electrónicos, firma electrónica y servicios de certificación de dicha firma. Siempre deberán ser pagaderas a la vista e irrevocables. Cuando se trate de Póliza de Seguro de Garantía deberán ser pagaderas a primer requerimiento y de ejecución inmediata, de conformidad a lo dispuesto en el artículo 583 del Código de Comercio. Deberá indicar expresamente que es pagadera a todo evento, esto es que el pago de la prima corresponde a una obligación del contratante, en consecuencia la falta de pago de la misma, no será oponible ni afectará en modo alguno los derechos del asegurado frente al asegurador. Solo se aceptan garantías en los términos descritos. Los plazos de renovación serán los establecidos en estas bases, ante modificaciones de contrato o plazos no establecidos el contratista tendrá un plazo máximo de 10 días hábiles de solicitada su renovación por parte del A.T.O. para entregar las garantías que corresponda o realizar las modificaciones que corresponda a éstas. Tipos de Garantías exigidas para el presente proceso: a) Garantía por Seriedad de la Oferta: Instrumento de caución para proteger el eventual desistimiento de una oferta seleccionada, cuyo monto y vigencia se encuentra estipulado en las presentes Bases Administrativas. Esta Garantía se hace efectiva en el evento que, una vez adjudicada una propuesta, el oferente seleccionado, se negare a suscribir el respectivo contrato en los plazos establecidos. b) Garantía por Fiel Cumplimiento del Contrato: Instrumento de caución para resguardar el normal desarrollo del contrato, cuyo monto y período de vigencia, instancias de renovación se encuentra establecido en las presentes Bases Administrativas. Esta Garantía debe ser entregada por el oferente hasta el día anterior de fecha fijada para la suscripción del contrato, manteniéndose siempre vigente y renovándose cada vez que se otorgue un aumento de plazo. Procede hacer efectivas las garantías, generalmente, en las siguientes circunstancias: • No suscribir el adjudicatario el respectivo contrato en los plazos establecidos para aquello. • Si la UTP se disuelve, y/o se desiste de continuar, o por inhabilidad para continuar en la etapa de evaluación, adjudicación o ejecución del contrato. • No entrega de productos y servicios licitados. • No acatamiento de las observaciones formuladas por la respectiva Comisión Técnica Receptora. • Término Anticipado del contrato por incumplimiento del Oferente. • Cobro de Multas. • Otras causales establecidas en las correspondientes Bases Administrativas. Garantías emitidas por una UTP; condiciones generales Los instrumentos de garantía (garantías de seriedad de la oferta, de fiel cumplimiento del contrato) no necesariamente deben ser otorgados por el apoderado de una UTP, sino que pueden ser aportados por cualquiera de los integrantes de la UTP o incluso por un tercero ajeno a ellas, debiendo siempre ser a la vista e irrevocables y siempre en concordancia con el instrumento de constitución de éstas. a) Garantía por Seriedad de la Oferta. Tipo de Documento: para la presente licitación el oferente deberá garantizar la seriedad de su oferta mediante instrumento de Garantía que sea pagadera a la vista y tener carácter de irrevocable por un medio que asegure su cobro de manera rápida y efectiva, en soporte papel o electrónico, siempre que se cumplan las condiciones dispuestas en el artículo 31° del Reglamento de la Ley N°19.886. No se aceptarán cheques. Monto y vigencia: Deberá otorgarse por un monto de $1.000.000.-, por un plazo de vigencia mínimo de 90 días corridos contados desde la fecha fijada para el cierre de la recepción de las ofertas. Beneficiario y Glosa: La garantía deberá extenderse a nombre del Gobierno Regional de Aysén, con la siguiente glosa: PARA GARANTIZAR SERIEDAD DE LA OFERTA LICITACIÓN PÚBLICA “Reposición Planta Térmica en las dependencias del edificio institucional del Gobierno Regional de Aysén, ubicado en calle General Parra N°101, Coyhaique”. Fecha y forma de entrega: Si el instrumento es otorgado de forma electrónica conforme a la Ley N°19.799 deberá ser ingresada en la carpeta digital correspondiente en el sitio www.mercadopublico.cl. De ser emitida manualmente por el banco o institución que corresponda deberá ser presentada en la Oficina de Partes del Gobierno Regional de Aysén, ubicada en calle Ejército N°405, Coyhaique hasta la fecha y hora indicada para estos efectos en el numeral 02 ETAPAS Y PLAZOS, CRONOGRAMA DE LICITACIÓN. En caso de que el oferente corresponda a una UTP la garantía podrá ser tomada por el Apoderado o un integrante de ésta según se establezca en instrumento de constitución de ésta. Forma y Oportunidad de Restitución: En caso de oferente adjudicado, la Garantía por Seriedad de la Oferta será devuelta contra la presentación de Garantía de Fiel y Oportuno Cumplimiento de Contrato, dentro del plazo de 5 días corridos siguientes a la fecha de publicación en el Sistema de Información www.mercadopublico.cl de la Resolución que aprueba la contratación. En caso de oferentes no adjudicados, cuyas ofertas hayan sido inadmisible o desestimadas, la devolución se hará dentro de los 5 días corridos desde la notificación de la resolución que da cuenta de tal circunstancia, la cual será publica en el Sistema de Información www.mercadopublico.cl, además de lo dispuesto en el Artículo 43° del Reglamento de la Ley N°19.886. Si dicho trámite no se efectuara con anterioridad a la fecha de vencimiento de la garantía, el oferente podrá desistir de su oferta o ratificarla previa solicitud escrita por un período adicional de 30 días corridos. En este último caso se deberá extender la vigencia de la presente garantía por igual período de tiempo. La garantía por seriedad de la oferta se hará efectiva en los siguientes casos: a) Si el oferente se desistiere de su oferta después de haber sido ésta abierta. b) Cuando no presente oportunamente la garantía de fiel cumplimiento del contrato, en el plazo requerido en las presentes bases de licitación. c) Si no se procediera a efectuar la inscripción en el Registro de PROVEEDORES exigida para la suscripción del contrato dentro del plazo de 15 días hábiles desde la publicación de la resolución de adjudicación. d) Por causa sobreviniente de inhabilidad para contratar con la Administración del Estado entre la fecha de la adjudicación y antes de la suscripción del contrato respectivo. e) En caso de disolución de la Unión Temporal de Proveedores. f) Si el proponente adjudicatario se negare a firmar el contrato dentro del plazo establecido en las bases sin causa justificada. b) Garantía por Fiel y Oportuno Cumplimiento de Contrato. Tipo de Documento: Hasta el día hábil anterior a la fecha fijada para la firma del contrato, se deberá ingresar Garantía por Fiel y Oportuno Cumplimiento de Contrato, que sea pagadera a la vista y tener carácter de irrevocable por un medio que asegure su cobro de manera rápida y efectiva, en soporte papel o electrónico, siempre que se cumplan las condiciones dispuestas en el artículo 68° del Reglamento de la Ley N°19.886. No se aceptarán cheques. Monto y vigencia: Deberá otorgarse en pesos chilenos, por un monto equivalente al 10 % (10 por ciento) del valor total de lo contratado, impuestos incluidos, la que deberá tener una vigencia que supere al menos en 90 días el plazo contractual. Beneficiario y Glosa: La garantía deberá extenderse a nombre del Gobierno Regional de Aysén, con la siguiente glosa: Para garantizar fiel y oportuno cumplimiento del contrato “Reposición Planta Térmica en las dependencias del edificio institucional del Gobierno Regional de Aysén, ubicado en calle General Parra N°101, Coyhaique”. Fecha y forma de entrega: Hasta el día hábil anterior fijado para la suscripción del contrato se deberá hacer entrega de Garantía de Fiel y Oportuno Cumplimiento de Contrato, en caso de que la Garantía sea entregada por medio soporte papel, será presentada directamente en la Oficina de Partes del Gobierno Regional de Aysén, ubicada en calle Ejército N°405, Coyhaique, en horario de Atención de Público de 08:30 y hasta 14:00 horas de lunes a viernes. En caso de otorgarse de manera electrónica deberá hacerse llegar mediante correo electrónico institucional e ingresada a través de oficina de partes, al correo oficinadepartes@goreaysen.cl. En caso de que el oferente corresponda a una Unión Temporal de Proveedores la garantía podrá ser tomada por el Apoderado o un integrante de ésta según se establezca en instrumento de constitución de la Unión Temporal de Proveedores. Forma y Oportunidad de Restitución: Procedimiento de Devolución de Garantías Fiel Cumplimiento de Contrato. La Unidad de Servicios Generales, informará de dicho acontecimiento por escrito a la Unidad de Tesorería, para que se proceda a la devolución de Garantía por Fiel Cumplimiento de Contrato. Será la Unidad de Tesorería quien proceda a endosar dichos documentos, elaboración de oficios y/o comprobantes de devolución y comunicarle al Proveedor. Las Garantía por Fiel Cumplimiento de Contrato, será devuelta al Proveedor dentro de los 60 días hábiles siguientes, una vez efectuada la Recepción Total de los componentes contratados, conforme a lo establecido en la cláusula precedente. La garantía por Fiel y Oportuno Cumplimiento de Contrato de la oferta se hará efectiva en los siguientes casos: a) Por la concurrencia de cualquier causal que haga procedente la aplicación de multa y la terminación anticipada del contrato, establecidas en las presentes Bases Administrativas. b) Además de lo anterior, se comunica a los oferentes que, de conformidad a lo establecido en el Decreto N°250 del año 2004 del Ministerio de Hacienda, la Garantía por Fiel y Oportuno Cumplimiento de Contrato asegura también el pago de las obligaciones laborales y sociales de los trabajadores del contratante, si fuere el caso. c) Si no cumpliere, en forma, cantidad y calidad, con lo contratado.
PROCESO DE APERTURA DE LA LICITACIÓN
El proceso de apertura de la licitación se efectuará electrónicamente el día y hora señalado en el portal www.mercadopublico.cl. a) La Comisión Evaluadora abrirá y constatará la existencia de los formularios administrativos, técnicos y económicos, en el orden recientemente mencionado. La apertura se efectuará en una etapa, en la que se abrirán tanto la oferta técnica como la económica, lo que será formalizado por la Comisión nombrada para el efecto, proceso del que se levantará la denominada Acta de Apertura, y en la que se registrará la Apertura de los Anexos Administrativos, Oferta Técnica y Económica (Formularios). La ausencia de los documentos requeridos será igualmente registrada en el Acta de Apertura. Acta de Apertura: todo el proceso de apertura quedará registrado en un documento denominado “Acta de Apertura”, el cual no podrá ser modificado en forma posterior. Observaciones de la Comisión Evaluadora: En caso de considerarlo pertinente la Comisión Evaluadora podrá dejar observaciones en el Acta de Apertura.
ADMISIBILIDAD DE LAS OFERTAS
Para que las ofertas sean declaradas admisibles, es decir, que sean susceptibles de ser evaluadas, es necesario que cumpla y adjunte los siguientes documentos: 1.- La presentación dentro de plazo del Instrumento de Garantía por Seriedad de la Oferta (ADMISIBILIDAD), de conformidad a lo establecido en el artículo número 13 de las presentes Bases. Cualquier disconformidad observada será causal suficiente para declarar inadmisible la oferta en el acto de apertura. 2.- Que el plazo ofertado para la ejecución (ADMISIBILIDAD) para la “Reposición Planta Térmica en las dependencias del edificio institucional del Gobierno Regional de Aysén, ubicado en calle General Parra N°101, Coyhaique”; no debe exceder los 80 días corridos, ni menos de 50 días (A partir de la firma del Contrato). 3.- Formulario J, “Oferta Económica” (ADMISIBILIDAD) Se tendrá por no presentado si no contiene información, y/o ésta no es clara, o es contradictoria, o no se condice con lo informado en el portal de las presentes bases. El Oferente deberá considerar todos los trabajos requeridos en la Oferta Económica debiendo incorporar todos los trabajos considerados y no incluidos para lograr la correcta instalación y funcionamiento de la caldera instalada de la Licitación “Reposición Planta Térmica en las dependencias del edificio institucional del Gobierno Regional de Aysén, ubicado en calle General Parra N° 101, Coyhaique”, según las Especificaciones Técnicas, artículo 04, que conforman las presentes Bases de Licitación y Procesos de Certificación de funcionamiento acorde al D.S. 10. 4.- Formulario E “Documentos solicitados” (ADMISIBILIDAD): Para que las ofertas sean declaradas admisibles, es decir, que sean susceptibles de ser evaluadas, es necesario señalarlo en Formulario E, que cumple con lo requerido que cumpla y se debe adjuntar los siguientes documentos: a) Certificado o Autorización SEC para instalación de estas características (Eléctrico y Gas). b) Registro y/o Autorización de Seremi de Salud, de acuerdo a D.S. 10, período 2022-2023. Este formulario transcribe todas las características mínimas requeridas para que la oferta sea admisible. Debe adjuntar autorización SEC. 5.- Formulario F: “Detalle Técnica de los Servicios” ADMISIBILIDAD El Oferente deberá considerar todos los trabajos requeridos en el cambio de la caldera actual por un sistema de calefacción en base a bombas de calor Aero térmicas, según las Especificaciones Técnicas que conforman las presentes Bases de Licitación y Procesos de Certificación de funcionamiento acorde al D.S. 10. El oferente que no se ajusta a lo señalado en las Bases Administrativas y Especificaciones Técnicas, será declarado INADMISIBLE. 6.- Visita a Terreno Obligatoria (ADMISIBILIDAD) La vista a terreno tiene por objeto, permitir que los oferentes tomen conocimiento de las características en terreno de la calderas y los sistemas de calefacción en las dependencias del Edificio Corporativo del Gobierno Regional de Aysén ubicado en calle General Parra N°101, Coyhaique, para la elaboración de su propuesta, no pudiendo a posterior alegar desconocimiento de ellas al tiempo de elaborar su propuesta. Se deja constancia que la no presentación de los antecedentes requeridos para la admisibilidad de las ofertas en la forma establecida, no podrá ser subsanada durante la etapa de evaluación de las mismas. La Comisión designada verificará el cumplimiento de lo establecido en las letras precedentes, indicando en el acta de apertura respectiva a las ofertas que no se ajusten a los requerimientos de presentación, las que serán declaradas inadmisibles mediante resolución fundada y publicada en el sitio www.mercadopublico.cl.
EVALUACIÓN DE LAS OFERTAS
Los oferentes cuyas ofertas fueren aceptadas en conformidad al punto anterior, pasarán al proceso de comprobación de antecedentes o documentos entregados y a revisión del contenido de dichos antecedentes; esta revisión permitirá distinguir aquellas ofertas que pasarán a evaluación de aquellas que queden inadmisibles. La Comisión informará acerca de cada oferta aceptada, dejándose además constancia de las observaciones respecto de los oferentes que hayan quedado inadmisibles. Se verificará el cumplimiento de aspectos legales o reglamentarios que impidan contratar con el Estado. La Comisión Evaluadora estará facultada de admitir aquellas propuestas que presenten defectos de forma o errores menores evidentes o que obedezcan a una justa causa de error, siempre que la información defectuosa o errónea no sea de fondo, no se refiera a aspectos esenciales , no altere el tratamiento igualitario de todos los proponentes y no impida la correcta evaluación de las propuestas; asimismo, la Comisión podrá solicitar a los oferentes salvar errores u omisiones formales siempre que no se refieran a los requisitos exigidos para la presentación de las ofertas, ni implique otorgar ventajas o privilegios respecto de los demás oferentes y siempre con estricta sujeción a las bases que rigen la presente licitación. La Entidad licitante, en conformidad con el artículo 40 del Reglamento de Compras Públicas, podrá también permitir la presentación de certificaciones o antecedentes omitidos al tiempo de presentar las ofertas, siempre y cuando no se refieran a los necesarios para su admisibilidad y que se hayan producido u obtenido con anterioridad al vencimiento del plazo para la presentación de las propuestas o se refieran a situaciones no sujetas a variación. En el caso de que existan discrepancias en los antecedentes o estos estén incompletos, la Comisión podrá solicitar que estos se clarifiquen o se entreguen a través del foro inverso del Portal Mercado Público, sin afectar el principio de estricta sujeción a las bases, libre concurrencia y de igualdad de los oferentes; para lo anterior se le otorgará un plazo de 24 horas para subsanar los defectos u observaciones detectadas. Al subsanar estas observaciones el oferente estará afecto a descuento de la ponderación de su evaluación. Para los efectos de lo establecido anteriormente sobre errores formales, certificaciones faltantes, aclaraciones a discrepancias el plazo fatal para responder por parte de los oferentes será de 24 horas, a contar de la fecha y hora en que fue formulada la solicitud. La Comisión Evaluadora deberá informar de dicha solicitud al resto de los oferentes a través del Sistema de Información. Todo de acuerdo al Artículo 9° de la Ley de Compras y al Artículo 40° del Reglamento. En estos casos, estas bases contemplan, dentro de los criterios de evaluación, una asignación de puntaje según si las ofertas cumplieron o no dentro del plazo para presentación con todo lo requerido. Toda la información obtenida en esta etapa, quedará registrada en el Acta de Evaluación que emitirá la “Comisión Evaluadora”, considerando el análisis de admisibilidad de cada una de las propuestas presentadas, el cumplimiento de los antecedentes solicitados y la calificación fundada de cada una de las ofertas según los Criterios de Evaluación establecidos en el numeral siguiente (utilizándose la aproximación a dos decimales para la ponderación). Se consignará además una tabla resumen en que conste la prelación de los oferentes que se encuentran habilitados para adjudicarse el contrato, de acuerdo con el puntaje obtenido y demás requisitos legales. La información alterada, falsificada o maliciosamente incompleta entregada por los oferentes, los documentos anexos a ella o aquellos que la Comisión requiera, será constitutiva de dolo y eliminará automáticamente al Oferente del proceso licitatorio “Reposición Planta Térmica en las dependencias del edificio institucional del Gobierno Regional de Aysén, ubicado en calle General Parra N°101, Coyhaique”. El puntaje se obtendrá de la aplicación de los siguientes criterios de evaluación del proceso licitatorio: N° CRITERIOS DE EVALUACIÓN PONDERACIÓN 1 OFERTA ECONÓMICA 30% 2 EXPERIENCIA 30% 3 SERVICIO TÉCNICO 20% 3 GARANTÍA DE LOS SERVICIOS 15% 4 CUMPLIMIENTO DE REQUISITOS FORMALES 5% TOTAL 100% Los criterios de evaluación de las ofertas serán evaluados por la Comisión Evaluadora de acuerdo a los siguientes puntajes o notas de acuerdo a las fórmulas contenidas: 1. Criterio Oferta Económica – (30% del total ponderado): Por este criterio se evaluará la oferta económica más conveniente para la Entidad Licitante. Formulario J “Oferta Económica”. • El puntaje se asignará en una escala de 0 a 100 puntos, cuyo mecanismo de determinación corresponde a la aplicación de la siguiente fórmula: Puntaje_1 = (menor precio / precio oferente) * 100 El valor deberá ser expresado en pesos chilenos. 2. Criterio Experiencia (30% del total ponderado): Por este criterio se evaluará la oferta que cuente con certificados u Órdenes de compras comprobables de mantenimiento de Calderas en diferentes Instituciones Públicas o Privadas. El detalle debe indicar el servicio prestado en mantención, mejoramiento, conservación o reparaciones, no se revisarán listados, solo se comprobará con documentos anexos. - Oferta entrega 5 o más certificados u Órdenes de compra comprobables = 100 puntos - Oferta entrega 1 a 4 certificados u Órdenes de compra comprobables = 50 puntos - No Presenta o no informa certificados u Órdenes de compra comprobables = 0 puntos 3. Criterio Servicio Técnico (20% del total ponderado): El plazo a evaluar corresponde al Servicio Técnico con presencia en la Región de Aysén demostrable, según lo informado por el oferente en formato H con su respectivo adjunto. El puntaje para la ponderación de este criterio se determinará con el siguiente cuadro: Servicio Técnico Puntaje Presenta Documento con presencia en la Región de Aysén (Certificado, Patente Comercial) 100 No adjunta, no informa o no presenta presencia en la Región de Aysén 0 4. Criterio Garantía de los Servicios (15% del total ponderado): Por este criterio se evaluará la oferta que cuente con garantía por los Servicios de “Reposición Planta Térmica en las dependencias del edificio institucional del Gobierno Regional de Aysén, ubicado en calle General Parra N°101, Coyhaique”, se revisará de acuerdo al Formulario G, anexado a esta Licitación. - Oferta suscribe Garantía mayor o igual a 24 meses = 100 puntos - Oferta suscribe Garantía menor a 24 meses e igual o mayor a 12 meses = 50 puntos - Oferta suscribe Garantía menor a 12 meses = 0 puntos - No Presenta o no informa Garantía en Formulario G. = 0 puntos 5. Criterio Cumplimiento de Requisitos Formales (5% del total ponderado): Por este criterio se evaluará la presentación de todos los antecedentes solicitados en los anexos técnicos y administrativos en las presentes bases, siempre que no sean requisitos de admisibilidad o estén considerados dentro de los criterios de Evaluación. El puntaje se asignará en una escala de 0 a 100 puntos, cuyo mecanismo de determinación corresponde a: Puntaje_4 = de acuerdo a la siguiente tabla - Presenta todos los antecedentes solicitados dentro del plazo 100 puntos - Presenta antecedentes omitidos dentro del plazo 50 puntos No informa o no subsana dentro del plazo 0 puntos Criterio Detalle Puntaje Criterio Oferta Económica El puntaje se asignará en una escala de 0 a 100 puntos, cuyo mecanismo de determinación corresponde a la aplicación de la siguiente fórmula: Puntaje_1 = (menor precio / precio oferente) * 100 30 % del total ponderado Criterio Garantía de los Servicios “Reposición Planta Térmica en las dependencias del edificio institucional del Gobierno Regional de Aysén, ubicado en calle General Parra N°101, Coyhaique”. Oferta suscribe Garantía mayor o igual a 24 meses = 100 puntos Oferta suscribe Garantía menor a 24 meses e igual o mayor a 12 meses = 50 puntos Oferta suscribe Garantía menor a 12 meses = 0 punto No Presenta o no informa Garantía en Formulario G. = 0 punto 15% del total ponderado Criterio Experiencia Oferta entrega 5 o más certificados u Órdenes de compra comprobables = 100 puntos Oferta entrega 1 a 4 certificados u Órdenes de compra comprobables = 50 puntos No Presenta o no informa certificados u Órdenes de compra comprobables = 0 punto 30% del total ponderado Criterio Servicio Técnico “Reposición Planta Térmica en las dependencias del edificio institucional del Gobierno Regional de Aysén, ubicado en calle General Parra N°101, Coyhaique”. Presenta Documento con presencia en la Región de Aysén (Certificado, Patente Comercial)= 100 puntos No adjunta, no informa o no presenta presencia en la Región de Aysén = 0 punto 20% del total ponderado CUMPLIMIENTO DE REQUISITOS FORMALES Presenta todos los antecedentes solicitados dentro del plazo 100 puntos 5% del total ponderado Presenta los antecedentes omitidos dentro del plazo 50 puntos No informa o no subsana dentro del plazo 0 puntos TABLA RESUMEN Puntaje total oferta = puntaje_1 * 30% + puntaje_2 * 15% + puntaje_3 * 30%+puntaje 4 * 20%+puntaje 5 * 5%
DE LA COMISIÓN DE APERTURA Y EVALUACIÓN
La Comisión Evaluadora (Apertura y Evaluación) estará conformada por al menos tres funcionarios del Gobierno Regional de Aysén, designados por la autoridad competente, mediante acto administrativo, que será la encargada de efectuar la apertura de las ofertas y su evaluación conforme a los criterios antes señalados en las presentes bases. Los integrantes de la Comisión Evaluadora designada, así como todos los intervinientes en este proceso licitatorio deberán dar especial cumplimiento a lo dispuesto en los artículos 6 bis, 27, 37, 39 y 40 bis, del Decreto 250 Reglamento de Compras Públicas. Esta Comisión deberá firmar Declaración Jurada Simple sobre conflictos de intereses y confidencialidad de los miembros de las comisiones evaluadoras, comprometiéndose a informar sus actuaciones durante el ejercicio de sus funciones como integrantes de la comisión evaluadora. La comisión Evaluadora deberá realizar lo siguiente: - Proceso de apertura de licitación: Deberá realizar “Acta de Apertura”, en que se deberá registrar los nombres o razones sociales de oferentes participantes, la descripción básica de los servicios ofrecidos y valor total de la oferta”, que no podrá ser modificada en forma posterior y cumplir con lo indicado en el Art. 33 del Reglamento de Compras Públicas. - Proceso de Admisibilidad de las ofertas: La Comisión Evaluadora en primer lugar verificará respecto de cada propuesta que haya sido presentada el cumpla con los requerimientos solicitados en las presentes bases de licitación y que no exista ninguna deficiencia en la presentación que pueda alterar los principios de igualdad entre los oferentes y de estricta sujeción a las bases, contenidos en los artículos 6° y 10° de la Ley N°19.886. Toda la información quedará registrada en el acta de evaluación de las ofertas. - Evaluación de las Ofertas: La Comisión Evaluadora, deberá realizar el acta de evaluación de acuerdo a lo indicado en las presentes bases de licitación. - Proceso de Adjudicación y/o readjudicación: La Comisión Evaluadora, deberá reflejar en el acta de evaluación lo señalado en las presentes bases de licitación. El informe final denominado “Acta de Evaluación” de la Comisión Evaluadora, deberá referirse a lo indicado en los párrafos anteriores y las materias señaladas en el Artículo N° 40 Bis del Decreto 250 Reglamento de Compras Públicas.
PROCESO DE ADJUDICACIÓN Y READJUDICACIÓN
a) Adjudicación: Una vez evaluadas las ofertas de los servicios solicitados en esta licitación pública, la Comisión Evaluadora recomendará a la Autoridad competente adjudicar al oferente que presente la oferta más conveniente a los intereses de la Entidad Licitante, en base a los resultados obtenidos en cada criterio de evaluación, la asignación de puntajes y la formulación de cálculo realizado. La adjudicación se realizará mediante acto administrativo: Resolución Fundada, la cual contendrá el acta de apertura y evaluación realizada por la Comisión Evaluadora y la recomendación de adjudicación obtenida en base al resultado de los criterios de evaluación establecidos en las Bases de Licitación y que permitieron al adjudicatario obtener la calificación de oferta más conveniente, lo anterior de acuerdo a lo dispuesto en el artículo 41 del Reglamento de Compras y Contratación Pública. La Resolución de Adjudicación y/o los resultados de la evaluación se publicarán posteriormente a su total tramitación, en el Sistema de Información www.mercadopublico.cl. En caso de que sea adjudicada esta licitación a una Unión Temporal de Proveedores, el informe de evaluación y el acto administrativo de adjudicación deberán individualizar a cada uno de los proveedores que forman la Unión Temporal de Proveedores. Si la Unión Temporal de Proveedores durante la evaluación de la licitación se disuelve, no podrá ser adjudicada, sin perjuicio de lo anterior si esta Unión Temporal de Proveedores está constituida por 3 o más integrantes y uno de ellos se retira, aquella podría continuar ejecutando el contrato adjudicado con los restantes dos integrantes siempre que ello se verifique en los mismos términos comprometidos en la oferta, si el integrante que se retira hubiese reunido una o más características objeto de evaluación de la oferta se procederá a lo señalado en el numeral 24 “término anticipado de contrato”. La Unión Temporal de Proveedores, deberá informar inmediatamente a esta entidad el retiro de uno o más de sus integrantes, si ésta fuera durante el proceso de evaluación de las ofertas o de su adjudicación, se deberá indicar además si continuará participando de este proceso de licitación o si desisten de su oferta, la Unión Temporal de Proveedores podrá continuar funcionando con al menos 2 integrantes. b) Resolución de empates: Si se produce empate, coincidencia entre dos o más ofertas, se adjudicará la licitación al oferente que haya obtenido mayor puntuación en el “Criterio Oferta Económica”. Si persiste la igualdad, se adjudicará en segundo lugar a quien haya obtenido mayor puntaje en el “Criterio Garantía de los Servicios”, de persistir la igualdad, se adjudicará en segundo lugar a quien haya obtenido mayor puntaje en el “Criterio Experiencia, de no resolverse aún el empate, se le adjudicará al que haya obtenido el mayor puntaje en el “Criterio de Cumplimiento de Requisitos Formales”, de persistir coincidencia o empate se resolverá la adjudicación por aquella primera oferta ingresada en el portal www.mercadopublico.cl, cotejando la Comisión Evaluadora esta información teniendo a la vista el Comprobante de Oferta en la que consta la fecha y hora de ingreso de oferta en el Sistema de Información de Mercado Público. c) Cláusula de readjudicación: Se procederá a readjudicar la licitación al proponente que haya obtenido la siguiente prioridad como oferta más conveniente, si el oferente Adjudicatario: • Se desistiere de su oferta. • No presentare el certificado de inscripción en el Registro de Proveedores, a más tardar dentro de 15 días hábiles siguientes a la fecha de la resolución de adjudicación en el sitio www.mercadopublico.cl • Por causa sobreviniente de inhabilidad para contratar con la Administración del Estado entre la fecha de la Adjudicación y antes de la resolución que aprueba la contratación. • Por no aceptar la Orden de Compra en el plazo de 24 horas. • Por alteración de los integrantes de la UTP. Inhabilidad de alguno de éstos o disolución conforme a lo establecido en las presentes bases. • Si, en caso de ser UTP no presentare el acuerdo mediante escritura pública dentro del plazo establecido en Bases para la firma de contrato. • Po no suscribir el contrato dentro de los 15 días siguientes a la fecha de publicación de resolución de adjudicación en el sitio www.mercadopublico.cl • Incumplimiento de las demás condiciones y requisitos establecidos en las Bases para la suscripción del contrato. Se readjudicará al oferente que le siga en puntaje, dentro del plazo de 60 días corridos contados desde la publicación de la adjudicación. Así también el Gobierno Regional de Aysén, adjudicará la licitación al oferente que le siga en puntaje, de acuerdo al acta de evaluación de la propuesta y así sucesivamente hasta agotar todas las ofertas evaluadas y que se estime son convenientes a los intereses del Gobierno Regional de Aysén. d) Declarará Desierta Licitación: En el caso de que no se hayan presentado ofertas o si se estima que las ofertas presentadas no son convenientes a los intereses del Gobierno Regional de Aysén, se procederá a declarar desierta la licitación por Resolución Fundada, sin derecho a indemnización alguna para los oferentes. (Art. 9, Ley de Compras). Sin perjuicio de lo anterior el Gobierno Regional de Aysén podrá: - Revocar, el proceso licitatorio cuando exista algún problema insubsanable a través de acto administrativo debidamente fundado. - Retrotraer el proceso licitatorio cuando exista algún problema insubsanable a través de acto administrativo debidamente fundado. - Declarar desierto el proceso de licitación, previo a la resolución de adjudicación, si no se cuenta con la aprobación presupuestaria para adjudicar (Art.3 del Reglamento). Adjudicada la propuesta, no podrá el proponente formular petición o reclamo de ninguna especie fundamentando el desconocimiento de las Bases de Licitación o de alguno de los documentos que forman parte de la presente licitación. e) Consultas referentes a la adjudicación: Los oferentes que tengan consultas respecto a la adjudicación, podrán realizarlas después de publicado en el portal sistema de información www.mercadopublico.cl, la resolución de adjudicación, para lo cual deberá ingresar su consulta al remitente: rvera@goreaysen.cl. Tanto la adjudicación como la readjudicación serán notificadas mediante acto administrativo fundado, debidamente publicado en el Sistema de Información del sitio www.mercadopublico.cl La fecha fijada en el cronograma para la adjudicación podrá ser modificada por la Entidad Licitante mediante acto administrativo fundado y publicado en el sistema de información.
FORMALIDADES
Previo a la formalización del contrato, se exigirá que el oferente adjudicado acredite estar hábil para contratar con el Estado, a través de certificado que acredite su inscripción en el Registro Oficial de Proveedores del Estado sitio www.proveedores.cl y no encontrarse afecto por algunas de las causales de inhabilidad o incompatibilidad establecidas en el artículo 4° de la Ley 19.886. Además deberá adjuntar los antecedentes solicitados de las presentes bases, dependiendo de la naturaleza del oferente (persona natural, jurídica, unión temporal de proveedores), salvo que dichos antecedentes se encuentren en el registro electrónico de Proveedores. El oferente deberá estar inscrito en el Registro de Proveedores, dentro del plazo de 15 días corridos siguientes a la publicación de la resolución de adjudicación, la inobservancia a esta formalidad facultará a la Entidad licitante para readjudicar los servicios en los términos establecidos en las presentes bases de licitación. Se deberá suscribir contrato dentro de los 7 días corridos siguientes a la fecha de publicación de la resolución que apruebe la adjudicación en el sitio www.mercadopublico.cl, acreditando estar Hábil para contratar con el Estado, certificando su inscripción en el Registro Oficial de Proveedores del Estado, y no encontrarse afecto a laguna de las causales de inhabilidad o incompatibilidad establecidas en el Artículo 4° de la Ley N°19.886, en el caso de la Unión Temporal de Proveedores, estas obligaciones deberán ser cumplidas por cada uno de sus integrantes. Además deberán adjuntar los antecedentes solicitados en las presentes Bases dependiendo de la naturaleza del Oferente (Persona Natural, Jurídica, Unión Temporal de Proveedores), salvo que dichos antecedentes se encuentren en el Registro de Proveedores. En el caso de la Unión Temporal de Proveedores: a) En el caso de Unión Temporal de Proveedores, deberá encontrarse inscrito en ChileProveedores cada proveedor que la integre y tener el estado de Hábil. Las causales de inhabilidades para la presentación de las ofertas, para la formulación de propuesta o para la suscripción de la convención establecidas en la legislación vigente, afectarán a cada integrante de la Unión individualmente considerado. b) Deberá presentar documento escritura pública al momento de firmar contrato, firmada por el apoderado o representante de ella, nombrando a cada una de las personas jurídicas que la compongan, además de designar en forma expresa al representante o apoderado común, con los poderes suficientes para actuar en representación de la Unión Temporal, la vigencia de ésta no podrá ser inferior al plazo contractual. La inobservancia de estas formalidades facultará al Gobierno Regional de Aysén, para readjudicar los servicios en los términos establecidos en las presentes bases. Para todos los efectos legales el Adjudicatario deberá fijar domicilio en la ciudad de Coyhaique.
VIGENCIA DEL CONTRATO Y DURACIÓN DEL CONTRATO
El contrato con el oferente adjudicado comenzará a regir desde la fecha de la Resolución Exenta que apruebe el contrato, por lo que el oferente deberá inmediatamente comenzar con la provisión del servicio y/o productos de acuerdo a los requerimientos y especificaciones técnicas de las presentes bases de licitación. La vigencia del contrato se extenderá hasta el cumplimiento íntegro de todas las obligaciones que se contraigan por la suscripción de él, del cual forman parte la oferta que se adjudique, las presentes bases, aclaraciones, adiciones y todo otro antecedente de la esta licitación. Así, el Oferente que resulte contratado cumplirá con las obligaciones impuestas por el contrato sólo una vez que el Gobierno Regional de Aysén, haya aprobado el total de los servicios contratados esta obligación culminará. El plazo establecido para la ejecución de los servicios es una obligación del contrato, el que no debe confundirse con la vigencia del mismo. Sin embargo, mediante resolución fundada se podrá renovar el contrato por única vez y en los mismos términos cuando haya finalizado la vigencia del periodo del contrato adjudicado en esta licitación, previa evaluación positiva de los servicios efectuado por la Unidad de Servicios Generales del Gobierno Regional de Aysén, o se llamará a una nueva licitación; verificándose la disponibilidad presupuestaria para tales efectos, además de las condiciones del mercado en el rubro. Sin perjuicio de lo anterior, cualquiera de las partes podrá poner término anticipado, dando aviso mediante carta certificada con 30 días corridos de anticipación, si derecho a ningún tipo de indemnización. El contrato no incluirá cláusula de renovación automática.
MODIFICACIONES DE CONTRATO
El contrato podrá ser modificado por la Entidad Licitante en atención a un cambio de proyecto que no pudo tener en cuenta el contratista al momento de analizar las partidas que determinaron los precios ofertados, en los siguientes casos y siempre por razones fundadas y calificadas por el A.T.O. y aprobadas por Gobierno Regional de Aysén mediante Acto Administrativo correspondiente: a) Aumentos de Obra: Esto es, las partidas contratadas inicialmente deban sufrir un incremento, las cuales se aumentarán en proporción y/o de acuerdo a los precios inicialmente pactados. b) Disminuciones de Obra: Esto es, partidas contratadas inicialmente deban ser disminuidas en proporción y/o de acuerdo a los precios inicialmente pactados. Esta disminución se realizará siempre que se trate de modificaciones del proyecto contratado y que la disminución comprenda partidas o porcentajes de ellas perfectamente determinadas y valorizadas. c) Obras Extraordinarias o Nuevas: Esto es, que se deban aprobar partidas adicionales al contrato pactado inicialmente, las cuales se contratarán a precios convenidos por Gobierno Regional de Aysen con el Contratista. Para que estas modificaciones tengan lugar, es necesario que el Contratista así lo requiera, justificando las razones o las causas que las hicieran procedentes, contando además con un informe técnicamente favorable del A.T.O. Si en el curso del contrato se introdujeren aumentos de obras u obras extraordinarias, el Contratista deberá también rendir garantías sobre ellas, en el porcentaje y plazo adicional si corresponde, procediéndose a su reemplazo de ser necesario o aumentos de monto y plazo de las mismas. En caso de implicar aumento de plazo del contrato, el Contratista deberá extender consecuentemente el plazo de vigencia de las garantías y pólizas. Las modificaciones no podrán superar el 30% del monto contratado, según lo señalado en el artículo 77 del Reglamento de Compras Públicas.
ASESORÍA TÉCNICA DE LAS OBRAS (A.T.O.)
El A.T.O. quien será el interlocutor válido del Contratista por parte de Gobierno Regional de Aysen, será designada por resolución de la autoridad máxima del servicio, nombrando un inspector titular y un suplente. El A.T.O solicitará al contratista un libro denominado Libro de Obras, foliado y en triplicado, en el cual se individualizará la obra a ejecutar, al contratista y al A.T.O. con mención de las resoluciones pertinentes, y que servirá como medio oficial de comunicación oficial entre el A.T.O. y el contratista, entendiéndose notificado este de cualquier observación o instrucción del A.T.O., por el solo hecho de ser escrito en el libro, la firma de ambas partes se validará el comunicado. Este libro deberá permanecer siempre en obra o bajo custodia del Contratista. Se aceptará, también, como medio de comunicación entre el A.T.O y el Contratista, el correo electrónico, cartas ingresadas a la oficina de partes del Gobierno Regional de Aysen. En la construcción de las obras regidas por las presentes bases, la responsabilidad de su correcta y oportuna ejecución conforme al proyecto aprobado, a las bases administrativas y a las normas técnicas vigentes, recaerá en el contratista. Sin perjuicio de lo descrito en el punto anterior, el A.T.O., le corresponderá velar, en los términos que se señalan en el las presentes bases, para que las obras que se ejecuten cumplan con las especificaciones técnicas y planos, mejoras ofertadas y normativa vigente. El Contratista estará obligado a prestar toda la colaboración y otorgar el máximo de facilidades que requiera el A.T.O. para desempeñar su labor, de no existir tal colaboración se entenderá como un incumplimiento a las instrucciones del A.T.O., aplicándose las multas correspondientes. El A.T.O. podrá observar la labor de los trabajadores del contratista, y exigir su reemplazo cuando por insubordinación, desórdenes, incapacidad u otro motivo grave debidamente comprobado, a juicio del A.T.O., siendo responsable el contratista de los fraudes, vicios de construcción o abusos que haya podido cometer la persona observada. El A.T.O. tendrá la facultad de solicitar demolición parcial de las obras o solicitar el reemplazo de materiales que a su juicio estén deteriorados, sean de segunda mano o no cumplan con las Especificaciones Técnicas o no acrediten las certificaciones respectivas. Las instrucciones que imparta el A.T.O. deberá realizarlas por escrito en el Libro de Obras, en caso de que se impartan instrucciones mediante oficio o correo electrónico, deberán ser siempre registradas y ratificadas por el A.T.O. en el Libro de Obras. Dichas órdenes deberán ser cumplidas por el contratista en el plazo indicado por el A.T.O. El contratista podrá apelar, realizar observaciones, etc., siempre por escrito dirigido al A.T.O., para ello tendrá un plazo máximo de 3 días hábiles. Dicha apelación deberá ser resuelta en un plazo máximo de 10 días hábiles por parte del A.T.O. El incumplimiento de una orden no apelada, faculta al A.T.O., para paralizar las faenas hasta que dicha orden sea acatada o para hacerla ejecutar la orden por cuenta y cargo del contratista, sin perjuicio de aplicar una multa. Si se produjere un atraso injustificado en la ejecución de las obras, superior al treinta por ciento con respecto al avance consultado en el mencionado proyecto, el A.T.O., informará a la autoridad respectiva, quien podrá poner término anticipado al contrato, sin perjuicio de la aplicación de las multas establecidas en las presentes bases. El contratista, a solicitud del A.T.O. deberá presentar una reprogramación financiera al A.T.O. y de ser pertinente conforme a lo señalado en las presentes bases, podrá presentar solicitud de aumento de plazo.
PAGO DE LOS SERVICIOS CONTRATADOS
De acuerdo a la naturaleza del contrato, la ejecución del mismo se cancelará mediante “Un único Estado de Pago”, al finalizar el proyecto “Reposición Planta Térmica en las dependencias del edificio institucional del Gobierno Regional de Aysén, ubicado en calle General Parra N°101, Coyhaique”, instalada, operativa sin observaciones, con toda su documentación de inscripción y recibida conforme por una Comisión de Recepción del Gobierno Regional de Aysén. La solicitud respectiva deberá efectuarse utilizando el formato proporcionado por el Gobierno Regional de Aysén, el que deberá ser presentado por el Contratista al A.T.O., quien otorgará su visto bueno, con el resultado de la recepción conforme de la Comisión de Recepción para generar el estado de pago, tramitado por el Encargado del Contrato. Para este pago, será necesario que los productos y servicios hayan sido entregados y recibida conforme por el A.T.O, Encargado, Supervisor del Contrato y la Comisión de Recepción del Gobierno Regional de Aysén. Recepción conforme de los servicios. (Aplicativo online en Plataforma Mercado Publico) Previo a la facturación, se deberán considerar los siguientes antecedentes para la “Recepción conforme”: - Carta o documento formal de Solicitud firmado por el representante legal de la empresa Contratista. - Estado de pago de acuerdo a formato proporcionado por el Gobierno Regional de Aysén, debidamente firmado y autorizado. - Factura extendida a nombre del Gobierno Regional de Aysén, RUT 72.222.000 – 5, con domicilio en calle Ejercito N°405, Coyhaique. En caso de ser UTP la facturación debe ser realizada conforme a lo establecido en el instrumento de constitución presentado. - Certificado de cumplimiento de obligaciones laborales y previsionales de la Inspección del trabajo, respecto de los trabajadores dependientes del contratista y/o subcontratistas, con individualización del nombre del contrato. - Que el Gobierno Regional de Aysén, haya realizado la “Recepción Conforme” en el Portal de Mercado Público – posteriormente se le solicitará al proveedor emitir y enviar el DTE (Documento tributario electrónico) factura correspondiente. Facturación o documento tributario SISTEMA DTE: El proveedor deberá extender factura electrónica correspondiente, considerando lo siguiente: Razón Social : Gobierno Regional de Aysén RUT : 72.222.000-5 Dirección : Calle Ejército N° 405- Coyhaique Giro : Servicio Público. Enviar archivo XML a Casilla intercambio SII: dipresrecepcion@custodium.com Campo 801: Se deberá indicar en la referencia del DTE datos de la orden de compra (campo 801 del archivo XML). En caso de Unión Temporal de Proveedores la facturación de los servicios deberá ser realizada por el apoderado de esta unión, quien emitirá documento tributario quien facture estos servicios, será este quien recibirá respectivamente el pago. La simple recepción de una factura no implica la aceptación del pago, solo corresponderá la recepción conforme de la recepción final de los servicios contratados. Todo ello, sin perjuicio de las demás exigencias establecidas en la ley N°19.993. Procedimiento para la aceptación de pago por los productos y servicios contratados Para que el pago sea cursado es necesario que se encuentren debidamente recepcionados conforme los productos y servicios contratados por el A.T.O del contrato, Encargado, Supervisor del Contrato y la Comisión de Recepción del Gobierno Regional de Aysén. Se deberán indicar al Gobierno Regional de Aysén Datos Bancarios: Tipo de Cuenta Bancaria, Banco del titular de la empresa, número de cuenta Bancaria y correo electrónico para notificación. Forma de pago: Los cobros se harán en un solo estado de pago, al finalizar conforme según lo siguiente: Estado de Pago N° 1: Al finalizar todos los ítems de los productos y servicios hayan sido entregados y recibida conforme por el Encargado del Contrato o quien le subrogue. Procedimiento para los casos de factoring o cesión de crédito. En el evento de celebrar el oferente adjudicado un contrato de factoring o cesión de crédito, el proveedor deberá notificar al Gobierno Regional de Aysén dentro de un plazo de 72 horas siguientes de su celebración mediante oficio dirigido a Calle Ejercito N°405, Coyhaique, XI Región – Departamento de Finanzas, y ampliar hasta 30 días corridos el plazo para reclamar del contenido de la factura. Todo ello, sin perjuicio de las demás exigencias establecidas en la ley N°19.983.
OBLIGACIONES DEL CONTRATISTA
• Ejecutar correctamente, de buena fe, con estricta sujeción a los requerimientos técnicos exigidos y dentro del plazo establecido o de su prórroga, la obra contratada. • El Contratista deberá contar con el Profesional inscrito en el Registro Nacional de Instaladores de la Superintendencia de Electricidad y Combustibles (SEC), Clase 1, quién será el Jefe de Obra y representará al Contratista en ella. La dirección de la obra estará a cargo de este profesional, quien será el vínculo o contraparte del A.T.O. del GORE, cuyo nombre y datos deben ser proporcionados al Gobierno Regional, al iniciarse la obra. • El Contratista deberá proveer un Libro de Obras, foliado y en triplicado, el que se deberá mantener bajo su custodia. • En caso que en que el Contratista en su oferta haya informado la subcontratación de todo o parte de la obra, no podrá recontratarse los servicios a una persona natural o jurídica distinta, sin previa autorización expresa del Gobierno Regional de Aysen en base a la experiencia que se acredite al efecto. • Con el objeto de prevenir perjuicios o demoras, el Contratista deberá informar a través de los canales de comunicación establecidos al Gobierno Regional toda circunstancia que eventualmente pueda alterar o afectar la ejecución del contrato y/o de la obra, en cuanto tome conocimiento de ella. El no cumplimiento de este deber a sabiendas de las posibles consecuencias, le hará exclusivamente responsable de los daños o retrasos ocasionados. • Es obligación del Contratista asistir a las reuniones a que le cite el A.T.O., la Unidad Técnica y/o el Gobierno Regional, sin perjuicio a su derecho de excusa por causa justificada, siendo el propio A.T.O quien evaluará el mérito de la excusa presentada. • Deberá el Contratista entregar oportunamente todos los antecedentes que el A.T.O., la Unidad Técnica y/o el Gobierno Regional de Aysén le requiera. • El Contratista es responsable de mantener vigentes las garantías que otorgue, en virtud de lo establecido en estas bases. • Será responsabilidad del Contratista evitar todo impacto ambiental adverso en la obra y en su área circundante, cuando proceda a realizar traslados, retiros y/o reposición de equipos, debiendo cumplir con las condiciones en cada sector donde se trabaje y donde se exija o recomienden el organismo pertinente. • Al término de las obras, el Contratista deberá despejar y retirar del sitio todos los materiales excedentes, obras provisorias, escombros y basuras de cualquier especie. • Desde el inicio hasta el término total de las obras el Contratista asumirá plena responsabilidad por la seguridad y el cuidado de éstas y de todas las obras provisionales, debiendo responder por los daños que pudieran producirse en ellas, por cualquier causa. • Así mismo será el contratista responsable, desde el inicio hasta el término total de las obras, de los daños a particulares causados por su acción o la de sus trabajadores o por defecto de las obras. • El Contratista deberá dar cumplimiento a lo determinado en las presentes bases de licitación del contrato, respecto a la calidad y número de profesionales u operarios que debe mantener en terreno durante la ejecución de la obra. • El Contratista a cargo de los trabajos, estará obligado a acompañar a los funcionarios de Gobierno Regional que tengan encargo de visitar o inspeccionar la obra, debiendo dar todas las facilidades que les permitan hacer una revisión prolija de ella y, asimismo, verificar los controles y otros documentos que guarden relación con el contrato. • El Contratista estará obligado a proporcionar a sus trabajadores de la presente obra, las condiciones de seguridad, salubridad y seguridad, y en general estará obligado a cumplir cabalmente las exigencias contempladas en la legislación vigente. • El Contratista deberá dar oportuno cumplimiento al pago de las obligaciones previsionales y laborales del personal ocupado en las faenas, incluido el personal de las empresas Sub- Contratistas, exigiéndose para ello el certificado correspondiente emitido por la Dirección del Trabajo respectiva, documento que será requisito para la cancelación de estados de pago de la obra. Si el Contratista no diere oportuno cumplimiento al pago de las remuneraciones o de las imposiciones previsionales del personal ocupado en las faenas, incluido el personal de las empresas Sub- Contratistas, el Gobierno Regional de Aysén estará facultado para pagar, por intermedio de la Inspección del Trabajo, dichas remuneraciones, cumpliendo en tales casos con la normativa del derecho laboral. El Contratista estará obligado a proporcionar al Gobierno Regional de Aysén los datos que se le soliciten, en conformidad a las instrucciones que para este objeto se le impartan. • El Contratista deberá inscribir en la Superintendencia de Electricidad y Combustibles los proyectos de instalación eléctrica interior del sistema de “Reposición Planta Térmica en las dependencias del edificio institucional del Gobierno Regional de Aysén, ubicado en calle General Parra N°101, Coyhaique”, dentro del plazo establecido para la ejecución de la obra. Debiendo entregar copia al A.T.O. de la planimetría (Diagrama de conexiones de los sistemas o los planos de las instalaciones eléctricas interiores, certificados de inscripción en SEC) cuando, según lo establecido en bases corresponda. Si esta obligación no es cumplida se hará aplicable lo establecido sobre multas y sanciones de estas Bases Administrativas. • En el evento de celebrar el oferente adjudicado un contrato de factoring o cesión de crédito, el Contratista deberá notificar al Gobierno Regional de Aysén dentro de un plazo de 72 horas siguientes de su celebración mediante oficio dirigido a Calle Ejercito N°405, Coyhaique, XI Región – Departamento de Finanzas. Todo ello, sin perjuicio de las demás exigencias establecidas en la ley N°19.983.
PROCESO DE RECEPCIÓN DE LAS OBRAS
RECEPCIÓN PROVISORIA DE LAS OBRAS. a) El Contratista, una vez terminada la obra, deberá solicitar la Recepción Provisoria por escrito mediante, carta, enviada a la Unidad Técnica del Gobierno Regional de Aysén. Sin perjuicio de lo anterior, el A.T.O., ratificará en terreno lo indicado por el contratista o informará fundadamente el verdadero avance de las obras. b) Una vez que el contratista haya comunicado el término de las obras y el A.T.O. ratifique lo informado, Gobierno Regional en un plazo de 5 días hábiles nombrará por resolución una Comisión Técnica Receptora integrada por a lo menos tres (3) profesionales pertenecientes a la Unidad Técnica, nombrándose un Coordinador quién deberá redactar las actas que corresponda. La asistencia de dos de los miembros de la Comisión será suficiente para proceder a la inspección correspondiente y levantamiento del Acta de Recepción Provisoria Conforme o Acta de Observaciones si correspondiere. c) Una vez que el A.T.O. ratifique el término de las obras la Comisión de Recepción deberá constituirse en terreno e inspeccionar la “Reposición Planta Térmica en las dependencias del edificio institucional del Gobierno Regional de Aysén, ubicado en calle General Parra N°101, Coyhaique”, teniendo a la vista de la Comisión la documentación correspondiente a: • Planos de las instalaciones nuevas • La inscripción en SEC. • Documentación exigida para su puesta en marcha. • Informe favorable del A.T.O de la totalidad de las Obras ejecutadas. Para estos efectos se fijará una fecha de mutuo acuerdo entre el Gobierno Regional de Aysén y el Contratista de las Obras. De no existir un acuerdo el Gobierno Regional comunicará a la empresa Contratista, con al menos 5 días hábiles de antelación, la fecha fijada para la visita, esto con el objeto de facilitar la presencia del Contratista durante el actuar de la Comisión de Recepción, así también como el poder contar con todos los antecedentes y certificados requeridos en la presente licitación. d) El plazo contractual o de su prórroga, se suspenderá automáticamente una vez hecha la solicitud de recepción y esta haya sido ratificada por el A.T.O. y hasta que ésta se pronuncie respecto al cumplimiento del contratista:  Si la obra no presenta observaciones, la Comisión Técnica Receptora, levantará Acta de Recepción Provisoria Conforme.  Si las obras presentan errores o falencias respecto a lo contratado, se aplicará lo señalado en letra e). e) Si la obra presenta observaciones, la Comisión Técnica Receptora las consignará en el Acta de Observaciones a Recepción Provisoria, lo cual se comunicará al Contratista mediante oficio, otorgándosele un plazo en días corridos para salvar las observaciones formuladas, este plazo de subsanación de observaciones deberá tener en cuenta los tiempos requeridos de desplazamiento y disponibilidad de transporte requeridos para levantar las observaciones. f) Este plazo no podrá superar el 10 % del plazo de ejecución de las obras señalado en el contrato inicial en días corridos, pudiendo aplicarse, cuando corresponda, un aumento de este por Caso Fortuito o Fuerza Mayor. g) Una vez resueltas las observaciones, la empresa Contratista informará este hecho por carta, oficio, o correo electrónico enviado al A.T.O., siendo la fecha de recepción de dicha comunicación, la que se considerará como fecha del término del proceso. h) Una vez recibida la comunicación del levantamiento de las observaciones la Comisión de Recepción designada, deberá concurrir nuevamente a las obras para ratificar el correcto levantamiento de las observaciones en un plazo máximo de 10 días hábiles. i) Si en esta nueva inspección la Comisión levantara nuevamente observaciones en base a las efectuadas con anterioridad, procederá la aplicación de las multas previstas de las presentes Bases Administrativas, sin perjuicio de las multas establecidas por concepto de atraso en la ejecución. j) Si el Contratista no resolviere las observaciones dentro del plazo fijado por la Comisión Técnica Receptora, se aplicaran las multas por atraso en entrega de la obra, periodo que se calculará de acuerdo a lo indicado en las presentes bases considerando el periodo entre la fecha establecida por la Comisión en el Acta de Observaciones a la Recepción Provisoria para resolver los aspectos pendientes y la fecha en que se resolvieron efectivamente las observaciones, descontándose de éste, los días que tardó el A.T.O. o la Comisión Técnica Receptora en constituirse en terreno y evacuar los informes respectivos. Para dicho cálculo el A.T.O., deberá informar la fecha de término real de la obra con la finalidad de aplicar la multa, la que se descontará de los estados de pago pendientes o de garantías vigentes. k) Los plazos que otorgue la Comisión Técnica Receptora para subsanar las observaciones a la ejecución de la obra, deberán quedar dentro de los plazos cubiertos por la garantía del proyecto, debiendo el Contratista ampliar el plazo de las garantías, en caso que los nuevos plazos otorgados excedan los plazos contemplados por las garantías. RECEPCIÓN DEFINITIVA DE LAS OBRAS. a) El Contratista deberá requerir por escrito al A.T.O. la Recepción Definitiva de la obra por parte de la Comisión de Recepción, una vez cumplidos los 5 días hábiles ofertados de efectuada la Recepción Provisoria Conforme de las obras (plazo contabilizado a partir de la fecha del Acta de Recepción Provisoria Conforme). b) La Comisión Receptora, dentro de un plazo de 5 días hábiles a partir de la fecha en que el Contratista requiera la Recepción Definitiva, se constituirá en terreno y revisará, con uno o más de sus integrantes y, con comparecencia del A.T.O. si las obras se encuentran funcionando correctamente. De no haber observaciones la Comisión Receptora emitirá un Acta de Recepción Definitiva. c) De existir algún desperfecto o falla en lo contratado que no haya sido resuelto en el periodo de garantía, esta situación se dejará indicada en detalle en un acta de observaciones, así como los plazos otorgados para su corrección, los que no podrán exceder del 10% del plazo contractual. d) Cumplido este plazo, la Comisión, con al menos 2 de sus integrantes se constituirá en terreno y verificará si se realizaron las correcciones solicitadas. Si las observaciones fueron ejecutadas conforme, se procederá a la Recepción Definitiva de las Obras, de lo contrario, la Unidad Técnica evaluará los méritos de otorgar nuevos plazos o realizar una recepción anticipada de las obras. e) Una vez emitida el Acta de Recepción Definitiva Conforme, el A.T.O. procederá, mediante Resolución fundada a la aprobación del acta. f) Si el Contratista no subsanara las observaciones formuladas por la Comisión Técnica Receptora en el plazo otorgado, el Gobierno Regional de Aysén procederá a dar término anticipado al contrato por incumplimiento grave de la obligación de ejecutar correctamente la obra, debiendo efectuarse la correspondiente liquidación y cobro de la garantía por fiel cumplimiento. Para tales efectos, el A.T.O. comunicará por escrito al Contratista de la resolución del contrato por incumplimiento y podrá solventar los gastos necesarios para el término de la obra con la caución otorgada por el contratista negligente, de conformidad a los procedimientos contemplados en la normativa que rige la materia. Lo anterior no obstará a que el Gobierno Regional de Aysén pueda ejercer acciones que estime pertinentes con el objeto de obtener lo que le corresponda, ya como resultado de la liquidación del contrato, ya por los perjuicios ocasionados. g) Si la obra sufriere desperfectos entre la Recepción Provisoria y la Definitiva, cuya causa sea única y directamente atribuibles a la ocurrencia de un evento que constituya caso fortuito o fuerza mayor, el Contratista no será responsable de ello.
MULTAS Y SANCIONES
El Contrato estará afecto a la aplicación de multas, las que serán calculadas en base al monto neto del contrato inicial y descontadas en el Estado de Pago o, en su defecto, de las garantías que se encuentren vigentes. Así, la Unidad Técnica cursará y cobrará una multa o incumplimiento en los siguientes casos: a) Si el Contratista se retrasa en la ejecución total de las obras del Contrato o en plazos de subsanación de observaciones realizadas por la Comisión Receptora, se cursará y cobrará una multa por cada día de atraso de 2,5/1000 del monto neto total del contrato inicial de la obra. b) Si el contratista incumple una orden del A.T.O., no apelada o bien sea rechazada la apelación, se aplicará una multa equivalente al 2,5/1000 del monto neto del contrato inicial, por cada evento en que no se acaten las instrucciones impartidas. En caso de reincidencia la multa aumentará proporcionalmente a 4/1000, al segundo requerimiento, al 5/1000 al tercero. El tercer requerimiento dará derecho a poner fin anticipadamente al Contrato. c) Si el Contratista no entregare o renovare las garantías en los plazos indicados estará afecto a una multa de 0,5/1000 correspondiente monto neto del contrato inicial, por cada día de atraso en la entrega o renovación de las garantías. Sin embargo, cuando el Contratista se atrase en la entrega o renovación de instrumentos en más de 10 días hábiles a contar de la fecha máxima de entrega Gobierno Regional de Aysen quedara facultado para poner término anticipado al contrato y proceder al cobro de los instrumentos que corresponda. d) Si el A.T.O. requiere al contratista la entrega de antecedentes relacionados con las obras y equipos contratados y este se atrasa en la entrega de estos en los plazos indicados en las presentes Bases Administrativas o en el plazo dado por el A.T.O. En estos casos Gobierno Regional de Aysen podrá evaluar la continuidad del contrato en mérito a la importancia de los documentos solicitados. La evaluación de la continuidad del contrato, implica que Gobierno Regional, podrá, en forma unilateral disponer el término de las obras por incumplimiento del contratista, ya sea en la entrega de antecedentes, calidad de lo construido, o haberse excedido en los plazos, todo lo cual será evaluado de acuerdo al mérito de cada situación analizada. Con todo lo descrito, las multas acumuladas durante el desarrollo del contrato no podrán superar el 15% del monto total neto correspondiente al contrato inicial, situación que fundamentará la aplicación de las cláusulas de Término de Contrato de manera unilateral por parte de Gobierno Regional, establecidas en las presentes Bases. Procedimiento de aplicación de multas: En caso de incumplimiento de las obligaciones impuestas por el contrato o de instrucciones dadas por el Gobierno Regional de Aysén, se le comunicará dicha circunstancia al Contratista, mediante carta certificada dirigida al domicilio que figure en el contrato, la que se entenderá notificada en el plazo de tres días hábiles administrativos, en conformidad con lo dispuesto en el artículo 45 inciso segundo de la Ley 19.880, sin perjuicio de la posibilidad de que pueda efectuarse tal notificación en forma personal, si las circunstancias lo permiten. Una copia del documento también podrá ser remitido vía correo electrónico, entendiéndose recibida a la fecha del correo, al ser enviada por este medio. Desde la fecha estimada de recepción de la notificación el Contratista tendrá tres días hábiles para exponer lo que estime, mediante oficio dirigido al Jefe de División de Administración y Finanzas del Gobierno Regional de Aysén. A dicho oficio adjuntará todos los antecedentes que considere le sean de utilidad. Pasado el plazo sin que se hubiere formulado oposición por el Contratista, se entenderá que este acepta el cobro de la multa. El Gobierno Regional de Aysén se pronunciará favorable o desfavorablemente sobre la reclamación del Proveedor y los antecedentes que acompaña, dentro de los cinco días hábiles siguientes a la fecha de su presentación por escrito en la oficina de partes del Gobierno Regional de Aysén. Una vez establecido la pertinencia del cobro de las multas, se formalizará a través de resolución fundada emitida por Gobierno Regional de Aysén, la que contendrá la decisión que adopte la administración por el incumplimiento, el monto de la sanción, el detalle de lo acontecido para llegar a esta medida, principio conclusivo, y los descargos presentados por el oferente si existieren. Este acto administrativo será publicado oportunamente en el sistema de información en el sitio www.mercadopublico.cl. Las multas serán directamente descontadas del o los pagos, en caso de no ser suficiente, se imputarán al siguiente y subsiguiente pago, y así, hasta la última facturación, si el cobro anterior no hubiese sido practicado, en su defecto podrán descontarse de las garantías vigentes. Sin perjuicio de las acciones legales que Gobierno Regional de Aysén estime pertinente realizar. Ante la eventualidad de que la multa no hubiese sido cobrada en los pagos correspondientes, se autoriza al contratista que pague el valor de la multa mediante otro medio de pago como efectivo, vale vista extendida a nombre del Gobierno Regional de Aysén, a contar de que se le informe de dicha situación. Causales de exculpación o inaplicabilidad de la multa: Podrá alegarse como causales de exculpación o inaplicación de la multas los hechos o circunstancias de caso fortuito o fuerza mayor, entendiéndose lo establecido en el artículo 45 del Código Civil, que señala” Se llama fuerza mayor o caso fortuito el imprevisto a que no es posible resistir, como un naufragio, un terremoto, el apresamiento de enemigos, los actos de autoridad ejercidos por un funcionario público, etc.” El caso fortuito o de fuerza mayor, deberá ser acreditado por el Contratista y será calificado por el Gobierno Regional de Aysén, en base al estudio de los antecedentes por los cuales el hecho que le impide cumplir la ejecución de los servicios contratados. En el caso en que se interponga Recurso de Reposición ante la Gobernadora Regional en su calidad de Ejecutivo de Gobierno Regional, este se resolverá según la legislación vigente. En consecuencia, se entenderá como: Faltas graves: Las que pueden dar derecho al término anticipado del contrato. - Suspender el servicio sin causa justificada - No dar respuesta al tercer requerimiento por observaciones o fallas en la entrega de los servicios o productos - Incumplimiento reiterado en la fecha de entrega de los servicios o productos que superen los 5 días corridos. Faltas leves: Las que dan derecho a la aplicación de multas. - No subsanar reparos u observaciones informadas dentro del plazo establecido - No entrega de los servicios o productos en la fecha comprometida
TÉRMINO DEL CONTRATO
a) El contrato terminará naturalmente: una vez emitida el Acta de Recepción Definitiva de la Obra. b) De común acuerdo por las partes: La interesada en resciliar el contrato deberá formular una presentación por escrito y, la otra parte, aceptarla. De forma posterior y en conformidad al informe emanado por el A.T.O., se procederá a cuantificar lo realizado por el Contratista y cancelar si existiere saldo a favor del Contratista. c) Término anticipado del contrato: El Gobierno Regional de Aysén podrá anticipadamente poner fin administrativamente al contrato, sin forma de juicio en los siguientes casos: 1. En todos los casos en que se verifique el incumplimiento grave de las obligaciones, que el Contratista se encuentra obligado a realizar de acuerdo a lo contratado. 2. El retraso o la suspensión en la ejecución o terminación de la obra por uno o más periodos que en su totalidad sean superiores al equivalente en días corridos al 10% del plazo contractual inicialmente pactado. 3. Por cualquiera de las razones indicadas para este efecto en el numeral 26 MULTAS y SANCIONES, de las presentes Bases administrativas. 4. Si la calidad de lo construido no corresponde a lo contratado, no existiendo la voluntad del contratista de corregir dicha situación. 5. Si el Contratista no subsanara en el plazo otorgado las observaciones formuladas, durante la ejecución de las obras, por el A.T.O., o las hechas por la Comisión Receptora de las Obras encargada de efectuar la Recepción Provisoria o Definitiva. 6. Por incumplir gravemente las instrucciones impartidas por el A.T.O no reclamadas o cuya reclamación fue desestimada. Se considerará grave por efectuarse un tercer requerimiento de cumplimiento de una instrucción cualquiera sea su naturaleza. 7. Si el total de las multas aplicadas al Contratista fueren igual o superior al 15 % del valor neto del contrato inicial de la obra incluida sus modificaciones si las hubiere. 8. Si el Contratista unilateralmente modificara de cualquier forma todo o parte del proyecto licitado y se negare a efectuar a su costa las rectificaciones pertinentes. 9. Si el avance en la ejecución de las obras no se ajusta a la carta Gantt de avance de obras presentado por el contratista como parte de su oferta. 10. Haber detectado el Gobierno Regional de Aysén que el Contratista al tiempo de presentar su oferta omitió información o la presentada no era veraz. 11. Quiebra, cesión de bienes, Convenio Judicial o notoria insolvencia. Se presumirá notoria insolvencia si no iniciare las obras dentro de plazo o bien no renovare u otorgare las garantías en los plazos señalados en las presentes bases o a requerimiento del A.T.O. 12. Si el contratista fuera declarado reo por algún delito que merezca pena aflictiva. Tratándose de personas jurídicas, lo fuere alguno de sus socios, Directores, representantes legales o apoderados. 13. Si el Contratista fuere una persona jurídica, por su disolución o por haberse manifestado la voluntad de disolverla. 14. Por la muerte del Contratista si es persona natural o Empresa Individual de Responsabilidad Limitada o bien por la muerte de alguno de los socios de la sociedad de Responsabilidad Limitada y en general de las intuito persona, en que no se haya pactado su continuidad con los herederos. 15. Si el contratante se negara a renovar las garantías de contrato dentro de los plazos establecidos para ello o al expirar su vigencia, manteniendo obligaciones o servicios pendientes de entrega. 16. Si el contratista no destinara el personal y la cantidad indicada en su propuesta o recursos suficientes que, a juicio de esta entidad, ponga en peligro el poder llevar a cabo la entrega de los bienes contratados en la forma convenida. 17. Si a criterio de la entidad mandante, existan causas graves imputables a la empresa que impidan una correcta ejecución de los trabajos contratados. 18. Transgredir las prohibiciones establecidas en las presentes bases. 19. Será causal de término anticipado de contrato, en caso de UTP, la constatación de que la UTP ha ocultado información relevante para ejecutar el respectivo servicio adjudicado, que afecte a alguno de sus integrantes. En caso de hacerlo, ello deberá considerarse un incumplimiento grave por parte de Contratista. 20. Será causal de término anticipado del contrato, la constatación de que los integrantes de la UTP constituyeron dicha figura con el objeto de vulnerar la libre competencia, de verificarse tal circunstancia, se remitirán los antecedentes pertinentes a la Fiscalía Nacional Económica. 21. Si uno de los integrantes de la UTP se retira de ésta, y dicho integrante hubiese reunido una o más características objeto de la evaluación de la oferta de la presente licitación, se procederá a poner término anticipado de contrato. 22. Inhabilidades sobrevinientes de alguno de los integrantes de la UTP, en el caso que esta UTP no pueda continuar ejecutando el contrato con los restantes miembros, en los mismos términos adjudicados. 23. En el caso de que el adjudicatario sea una UTP y alguno de sus integrantes estuviera afecto a la citada inhabilidad del artículo cuarto inciso quinto, de la Ley N°19.886 sobre compras públicas, la UTP deberá informar por escrito dentro del plazo de 10 días hábiles, si se desiste o se decide igualmente a ejecutar el contrato adjudicado, con la integración del resto de sus miembros, siempre que estos fuesen hábiles. En el evento de no informar lo anterior o de manifestar su intención de desistirse, contrato será terminado anticipadamente. 24. Disolución de la UTP. El término anticipado del contrato no obsta al cobro de las Garantías que obren en poder de la Entidad Licitante ni al ejercicio de las acciones legales que le correspondan.
OBLIGACIONES DEL ADJUDICATARIO CONTRATADO
• Ejecutar correctamente, de buena fe los servicios contratados con estricta sujeción a los requerimientos exigidos y dentro del plazo establecido. • Con el objeto de prevenir perjuicios o demoras, el Contratante deberá informar al Gobierno Regional toda circunstancia que eventualmente pueda alterar o afectar la ejecución del contrato, en cuanto tome conocimiento de ella. El no cumplimiento de este deber a sabiendas de las posibles consecuencias, le hará exclusivamente responsable de los daños o retrasos ocasionados, facultando al Gobierno Regional al cobro de multas si corresponde. • El adjudicatario deberá dar cumplimiento a las instrucciones que imparta el Gobierno Regional de Aysén para la correcta ejecución de los servicios contratados. • Deberá el Adjudicatario entregar oportunamente todos los antecedentes que el Gobierno Regional de Aysén le requiera. • El Adjudicatario deberá dar cumplimiento a lo determinado en las bases de licitación del contrato y sujetarse a los términos en que efectuó su oferta. • Dar cumplimiento a todas las leyes, reglamentos que tengan relación con los servicios contratados que le son plenamente conocidas. • Será obligatorio en el caso de ser Unión Temporal de Proveedores el informar inmediatamente a esta entidad el retiro de uno o más de sus integrantes, se deberá indicar a demás si continuará ejecutando el contrato. La unión temporal podrá continuar funcionando con al menos 2 integrantes, de no ser así se aplicará lo consignado en el numeral 27 TÉRMINO DE CONTRATO, no se permitirá el reemplazo por otro integrante, aun cuando el reemplazante reúna características iguales o superiores al integrante retirado. • Se deberá dar cumplimiento con las obligaciones laborales y sociales de sus trabajadores, estos antecedentes serán verificados por la entidad durante el transcurso del contrato, en caso de unión temporal de proveedores esta obligación será verificada por cada uno de los integrantes de la unión temporal de proveedores, por lo que esta entidad se reserva el derecho de solicitar en cualquier minuto certificado emitido por la Dirección del Trabajo en el que se registre que se da cumplimiento con esta obligación.
PACTO DE INTEGRIDAD
El oferente declara que, por el sólo hecho de participar en la presente licitación, acepta expresamente el presente pacto de integridad, obligándose a cumplir con todas y cada una de las estipulaciones que contenidas el mismo, sin perjuicio de las que se señalen en el resto de las bases de licitación y demás documentos integrantes. Especialmente, el oferente acepta el suministrar toda la información y documentación que sea considerada necesaria y exigida de acuerdo a las presentes bases de licitación, asumiendo expresamente los siguientes compromisos: 1.- El oferente se obliga a no ofrecer ni conceder, ni intentar ofrecer o conceder, sobornos, regalos, premios, dádivas o pagos, cualquiera fuese su tipo, naturaleza y/o monto, a ningún funcionario público en relación con su oferta, con el proceso de licitación pública, ni con la ejecución de él o los contratos que eventualmente se deriven de la misma, ni tampoco a ofrecerlas o concederlas a terceras personas que pudiesen influir directa o indirectamente en el proceso licitatorio, en su toma de decisiones o en la posterior adjudicación y ejecución del o los contratos que de ello se deriven. 2.- El oferente se obliga a no intentar ni efectuar acuerdos o realizar negociaciones, actos o conductas que tengan por objeto influir o afectar de cualquier forma la Ilimitado competencia, cualquiera fuese la conducta o acto específico, y especialmente, aquellos acuerdos, negociaciones, actos o conductas de tipo o naturaleza colusiva, en cualquier de sus tipos o formas. 3.- El oferente se obliga a revisar y verificar toda la información y documentación, que deba presentar para efectos del presente proceso licitatorio, tomando todas las medidas que sean necesarias para asegurar la veracidad, integridad, legalidad, consistencia, precisión y vigencia de la misma. 4.- El oferente se obliga a ajustar su actuar y cumplir con los principios de legalidad, ética, moral, buenas costumbres y transparencia en el presente proceso licitatorio. 5.- El oferente manifiesta, garantiza y acepta que conoce y respetará las reglas y condiciones establecidas en las bases de licitación, sus documentos integrantes y él o los contratos que de ellos se derivase. 6.- El oferente se obliga y acepta asumir, las consecuencias y sanciones previstas en estas bases de licitación, así como en la legislación y normativa que sean aplicables a la misma. 7.- El oferente reconoce y declara que la oferta presentada en el proceso licitatorio es una propuesta seria, con información fidedigna y en términos técnicos y económicos ajustados a la realidad, que aseguren la posibilidad de cumplir con la misma en las condiciones y oportunidad ofertadas. 8.- El oferente se obliga a tomar todas las medidas que fuesen necesarias para que las obligaciones anteriormente señaladas sean asumidas y cabalmente cumplidas por sus empleados y/o dependientes y/o asesores y/o agentes y en general, todas las personas con que éste o éstos se relacionen directa o indirectamente en virtud o como efecto de la presente licitación, incluidos sus subcontratistas, haciéndose plenamente responsable de las consecuencias de su infracción, sin perjuicio de las responsabilidades individuales que también procediesen y/o fuesen determinadas por los organismos correspondientes.
RESPONSABILIDAD DEL OFERENTE
• El oferente será responsable por todos y cada uno de los antecedentes, cálculos, conclusiones, y en general, de todas las materias que forman parte de los servicios contratados. • En caso de disolución de la oficina, empresa o institución que actúa como oferente, las personas que actuaron como representantes legales del proponente, asumirán esta responsabilidad que se entenderá en su más amplia acepción. • Será responsable de mantener la totalidad de los compromisos contraídos en el contrato y a no cederlos ni transferirlos, total o parcialmente, a persona natural o jurídica alguna. • Cumplir a cabalidad las instrucciones impartidas por la Contraparte Técnica y/o Gobierno Regional, en las condiciones y plazos fijados por esta. • Independientemente de las demás consideraciones legales contempladas en Bases de Licitación, se establece que la Empresa adjudicada, deberá contar con todos los permisos y autorizaciones que la legislación vigente impone a las empresas de Calderas y Sistemas de Calefacción.
ACEPTACIÓN DE CONDICIONES
Al ofertar se entenderá que el proponente acepta cabalmente la totalidad de condiciones de la presente licitación pública.
RESPONSABILIDADES.
El Gobierno Regional de Aysén no tendrá responsabilidad alguna en los conflictos, juicios o litigios que se susciten entre el ejecutor y sus trabajadores con motivo de los trabajos contratados, los que serán de única y exclusiva responsabilidad del ejecutor. Cabe señalar que una vez suscrito el contrato, no se derivarán con el Gobierno Regional de Aysén vínculo de dependencias ni subordinación, tanto con el oferente adjudicatario como para con los trabajadores del mismo.
PROHIBICIONES
Bajo ninguna circunstancia el adjudicatario podrá efectuar el traspaso total o parcial de la responsabilidad del contrato a terceros.
SUBCONTRATACIÓN
No se permite subcontratación.
JURISDICCIÓN
Toda controversia que se suscite entre la aprobación de las bases de licitación y su adjudicación, será sometida a conocimiento del Tribunal de Contratación Pública. Las eventuales diferencias que existieren durante la vigencia del contrato, que no puedan ser resueltas de común acuerdo por las partes, serán conocidas por los Tribunales Ordinarios de Justicia con sede en la comuna de Coyhaique, prorrogándose competencia para ante sus tribunales.