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Resolución de Empates |
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En caso de presentarse un empate entre 2 o más ofertas, ellos se resolverán adjudicando al oferente que hubiese obtenido el mayor puntaje en el criterio “PRECIO”, si persiste el empate, se adjudicará al oferente con mayor puntaje en el criterio “Plazo de entrega”. De persistir el empate, se adjudicará al oferente que hubiese obtenido el mayor puntaje en el “CUMPLIMIENTO DE LOS REQUISITOS” finalmente, de continuar aun así empatados los
Oferentes, se adjudicará al oferente que hubiese ingresado primero la oferta al portal.
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Plazo de entrega. |
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Este plazo considera los días en que la empresa adjudicada revisa su stock disponible, los días de despacho a la empresa de transporte, los días en que la empresa de transporte se demora en entregar el producto al Hospital de Porvenir previa solicitud del Jefe de la Central de Alimentación, ubicado en Carlos Wood N°480, cuidad de Porvenir, Tierra del Fuego-XII Región de Magallanes. El Plazo de Entrega se debe estipular en formulario Plazo de entrega anexado a la licitación, este plazo debe ser en días hábiles.
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Modificación de bases. |
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La dirección del Hospital de Porvenir podrá modificar las bases de la licitación hasta antes del vencimiento del plazo para presentar ofertas, a iniciativa propia o en atención a una aclaración solicitada por algunos de los interesados en el proceso. La que será publicada en el sistema de información www.mercadopublico.cl y formarán parte integral de las presentes bases. De existir modificación de bases, deberán considerarse un plazo prudencial para que los proveedores puedan conocer y adecuar su oferta a tales modificaciones.
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Aceptación de orden de compra. |
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En caso que una orden de compra no haya sido aceptada, los organismos públicos podrán solicitar su rechazo, entendiéndose definitivamente rechazada una vez transcurridas 24 horas desde dicha solicitud. (artículo 63, Reglamento de la Ley de Compras).
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Causales de Termino. |
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La Unidad técnica estará facultada para resolver de pleno y declarar administrativamente el termino anticipado del contrato, en los siguientes casos:
1.-Resciliacion o mutuo acuerdo entre los contratantes.
2.-Incumplimiento grave de las obligaciones contraídas por el contratante.
3.-Estado de notaria insolvencia del contratante, a menos que se mejoren las cauciones entregadas o las existentes sean suficientes para garantizar el cumplimiento del contrato.
4.- Por exigirlo el interés público o la seguridad nacional.
5.-Registrar saldos insolutos en remuneraciones o cotizaciones de seguridad social con sus actuales trabajadores o con trabajadores contratados en los últimos dos años, a la mitad del periodo de ejecución del contrato con un máximo de seis meses.
6.-Las demás que se establezcan en las respectivas bases de la licitación o en el contrato.
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Prohibición de cesión. |
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El adjudicatario no podrá ceder ni transferir en forma alguna, total ni parcialmente, los derechos y obligaciones que nacen del desarrollo de esta licitación.
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Derecho de Aceptar y Desestimar Ofertas. |
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La entidad licitante se reserva el derecho de declarar desierta la licitación, así como desestimar, desechar y aceptar, parcial o totalmente, cualquiera de las ofertas presentadas, independientemente de sus montos, precios y condiciones, si así conviniera al interés de la comisión o no anexen los formularios con la información solicitada . Los fundamentos de esta decisión serna expuestos en la resolución fundada que dictará la entidad licitante, y de, asimismo, serán incluidos en el informe de evaluación correspondiente que efectuará el comité de evaluación. Esta resolución fundada será publicada en el sistema de información.
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Comisión Evaluadora. |
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La comisión evaluadora de las ofertas presentadas por los proponentes, y designada en conformidad con el art. 37 del Decreto N° 250 que establece el reglamento de la Ley N° 19.886, estará constituida por a lo menos tres funcionarios designados por la institución.
La comisión evaluadora, emitirá un acta de evaluación de ofertas, debidamente fundada considerando todos los antecedentes exigidos, y estableciendo el puntaje que se le asigna a cada una de las ofertas, y su correspondiente orden de prelación, el que deberá remitirse al director del Hospital de Porvenir.
Esta comisión estará compuesta por:
- Sub directora Administrativa.
- Jefa depto. De Abastecimiento.
- Jefe de central de alimentación
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Facturación. |
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El proveedor deberá facturar al Hospital Marcos Chamorro Iglesias de Porvenir, Rut N° 61.607.903-4, Dirección Carlos Wood N°480, Porvenir, indicando claramente en el detalle de su glosa lo siguiente: N° de la orden de compra, detalle del insumo adjudicado. En caso de facturas electrónicas, el envió debe obligatoriamente ser remitido al correo: jose.cuevas.r@redsalud.gov.cl y manuel.vidal@redsalud.gov.cl .
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Multas por incumplimiento en el plazo de Entrega. |
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En caso de que el proveedor no cumpla con la fecha de entrega se considerará la aplicación de una multa equivalente al 1% por cada día hábil de atraso con tope máximo de 20% sobre el monto total del Pedido y se descontará del pago de la factura a través de la emisión de una resolución que se curse multa, previo al pago de la misma, teniendo el proveedor un plazo de 5 días hábiles para presentar un recurso de reposición, el que será resuelto por la Dirección del Servicio, de caso contrario se procederá a la realización de descuento. Esta multa podrá ser ejecutada de manera mensual o según los pedidos que se realicen.
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Evaluación de las Ofertas |
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Serán Evaluadas las Ofertas que cuenten con todo lo estipulado en las bases, descripción de los productos acorde a lo solicitado y Plazo de entrega en días Hábiles. Si las Ofertas no cumplen con lo estipulado anteriormente serán evaluadas con 0 puntos en la correspondiente acta de evaluación.
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