Resolución de Empates |
REVISAR BASES ADJUNTAS
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3. PARTICIPANTES E INHABILIDAD PARA PRESENTAR OFERTAS |
Pueden participar aquellas personas naturales y jurídicas, nacionales o extranjeras, que cumplan con los requisitos establecidos en la legislación vigente y en las presentes bases de licitación.
Podrán participar también grupos de personas jurídicas o naturales que se unan para presentar una oferta en conjunto, en cuyo caso, el representante de la Unión Temporal de Proveedores deberá adjuntar, al momento de ofertar, el documento público o privado que da cuenta de acuerdo para participar de esta forma, el que deberá establecer, a lo menos, la identificación de sus integrantes, la solidaridad entre las partes respecto de todas las obligaciones que se generen con el Ministerio, el nombramiento de un representante o apoderado común con poderes suficientes, y la determinación de su vigencia, la que no podrá ser inferior a la del contrato que se suscriba como resultado de esta licitación.
Será obligación de la Unión Temporal de Proveedores dar aviso inmediato a este Ministerio en caso de retiro de uno o más de sus integrantes, o en caso de modificación de la Unión Temporal de Proveedores, debiendo acompañar el respectivo documento modificatorio.
Tanto las Uniones Temporales de Proveedores que participen en la presente licitación, como el Ministerio, deberán ceñirse a las disposiciones del artículo 67 bis del Reglamento de la Ley N° 19.886 y a las recomendaciones contenidas en la Directiva N° 22 de la Dirección de Compras y Contratación Pública, sobre “Orientaciones sobre la participación de las uniones temporales de proveedores en los procesos de compra”, disponible en disponible en http://www.chilecompra.cl/category/centro-de-documentación/normativa/directivas-de-compra/.
Los oferentes no podrán incurrir en las inhabilidades o prohibiciones señaladas en el inciso primero y en el inciso sexto, del artículo 4° de la Ley Nº 19.886, que a continuación se indican, para cuyo efecto el respectivo proponente deberá firmar en línea, la Declaración Jurada de Requisitos Para Ofertar, que se generará automáticamente en el portal www.mercadopublico.cl:
a) Haber sido condenado por prácticas antisindicales o infracción a los derechos fundamentales del trabajador, o por los delitos concursales establecidos en los artículos 463 y siguientes del Código Penal, dentro de los 2 años anteriores;
b) Ser funcionario directivo del Ministerio, o tener respecto de alguno de dichos directivos los vínculos de parentesco descritos en la letra b), del artículo 54, de la Ley N° 18.575, Orgánica Constitucional de Bases Generales de la Administración del Estado (cónyuge, hijo, adoptado, o pariente hasta el tercer grado de consanguinidad y segundo de afinidad, inclusive);
c) Ser una sociedad de personas en la que formen parte los funcionarios directivos del Ministerio, o las personas unidas a ellos por los vínculos de parentesco descritos en la letra b) del artículo 54 de la Ley N° 18.575, Orgánica Constitucional de Bases Generales de la Administración del Estado;
d) Ser una sociedad comandita por acciones o anónima cerrada en que una o más de las personas indicadas en la letra b) anterior sean accionistas;
e) Ser una sociedad anónima abierta en que alguna de las personas indicadas en la letra b) precedente sea dueña de acciones que representen el 10% o más del capital.
f) Ser gerente, administrador, representante o director de cualquiera de las sociedades antedichas.
Sin perjuicio de lo anterior, no podrán contratar con el Ministerio aquellos participantes que se encuentren en una o más de las situaciones que se indican a continuación:
1. Incurrir en las inhabilidades o prohibiciones señaladas en el inciso primero y en el inciso sexto, del artículo 4° de la Ley Nº 19.886. Para estos efectos, el adjudicatario deberá suscribir la correspondiente Declaración Jurada de Requisitos para Contratar que se acompaña como Anexo N° 2 de estas Bases.
2. Haberle sido aplicada, por el Tribunal de Defensa de la Libre Competencia, la medida de prohibición de contratar a cualquier título con órganos públicos de la administración centralizada o descentralizada del Estado, con organismos autónomos o con instituciones, organismos o empresas o servicios en lo que el Estado efectúe aportes, con el Congreso Nacional y el Poder Judicial, así como la prohibición de adjudicarse cualquier concesión otorgada por el Estado, hasta por el plazo de cinco años contados desde que la sentencia definitiva quede ejecutoriada, en conformidad con lo dispuesto en la letra d), del artículo 26, del Decreto Ley N° 211, de 1973. Para estos efectos, el adjudicatario deberá suscribir la correspondiente declaración jurada que se acompaña como Anexo N°2 de estas Bases.
3. Tratándose de entidades privadas, encontrarse incorporada en algún registro por incumplimientos laborales o de remuneraciones, para cuyo efecto el adjudicatario deberá acompañar certificado de cumplimiento de obligaciones laborales y de remuneración, en los términos previstos en el inciso 4°, del artículo 6°, de la Ley N° 21.395, de Presupuestos para el Sector Público correspondiente al año 2022.
4. Tratándose de entidades privadas, haber incumplido, con posterioridad a la dictación de la Ley N° 21.395, de Presupuestos para el Sector Público correspondiente al año 2022 y mientras dure su vigencia, un contrato suscrito con uno o más órganos de la Administración del Estado. Esta prohibición se hace extensiva al representante legal, ejecutivos principales, dueños y controladores del adjudicado, siempre que la conducta sancionada fuere consecuencia de un incumplimiento de sus deberes de dirección y supervisión. Todo lo anterior, en conformidad con lo establecido en el artículo 6°, inciso final, de la Ley N° 21.395, ya citada.
5. Tratándose exclusivamente de personas jurídicas, tener condena vigente que le prohíba celebrar actos con los Órganos de la Administración del Estado, en conformidad con lo dispuesto en los artículos 8° y 10 de la Ley N° 20.393, para cuyo efecto el adjudicatario deberá suscribir la Declaración Jurada de Requisitos Para Contratar que se acompaña como Anexo N°2 de estas Bases.
Asimismo, no podrán presentar ofertas aquellos a quienes se les puso término anticipado a contratos anteriores, relacionados con el servicio que por este acto se licita, en razón de haber registrado saldos insolutos de remuneraciones o cotizaciones de seguridad social a la mitad del período de ejecución del mismo, con un máximo de seis meses desde su suscripción, en conformidad a lo dispuesto en el artículo 4º, inciso segundo, de la ley Nº 19.886.
Tratándose de una Unión Temporal de Proveedores formalizada en los términos señalados en el párrafo segundo precedente, las causales de inhabilidad para ofertar y para contratar establecidas en la legislación vigente, afectarán a cada integrante de la Unión Temporal de Proveedores individualmente considerado, debiendo en consecuencia:
i. Suscribir cada uno de ellos la Declaración Jurada de Requisitos para Ofertar, según se indica a continuación:
- El proveedor que presente la oferta en representación de la Unión Temporal de Proveedores, deberá firmar en línea la Declaración disponible en el portal www.mercadopublico.cl.
- Los demás integrantes de la Unión Temporal de Proveedores deberán suscribir la Declaración que se acompaña como Anexo N°1 de estas Bases, debiendo acompañar las respectivas declaraciones al momento de presentar la oferta en el portal www.mercadopublico.cl
ii. Suscribir, cada uno de los integrantes de la Unión Temporal de Proveedores, en caso de resultar adjudicada, la Declaración Jurada de Requisitos Para Contratar que se acompaña como Anexo N°2, y presentar los certificados que correspondan.
En caso de afectar una causal de inhabilidad a un integrante de la Unión Temporal de Proveedores, ésta deberá decidir si continuará el respectivo procedimiento de contratación con los restantes integrantes no inhábiles de la misma o se desiste de su participación en el respectivo proceso.
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4. CONSULTAS, RESPUESTAS Y ACLARACIONES |
Los interesados podrán formular a través del Portal las consultas que estimen necesarias, tanto de carácter técnico como de índole administrativo, en el período comprendido entre el día de inicio y el día final de las consultas que se indica en el calendario de la licitación.
Las consultas se responderán, por esa misma vía, siempre que sean pertinentes al desarrollo del proceso y que su respuesta no involucre información confidencial.
No se aceptarán ni responderán consultas planteadas por un conducto diferente al señalado o vencido el plazo dispuesto al efecto.
En todo caso, el Ministerio podrá efectuar, por iniciativa propia, aclaraciones a las Bases, para precisar su alcance, mediante documentos Anexos del proceso licitatorio que se comunicarán a través de la funcionalidad “ver adjuntos” que estará habilitada en el Portal; como también complementar, rectificar o interpretar algún elemento de su contenido. Estas aclaraciones deberán ser consideradas por los oferentes en la preparación de sus ofertas.
En caso que se efectúen modificaciones a elementos de las Bases, cuando esto resultare esencial para los fines y/o el correcto desarrollo del proceso licitatorio, ello deberá efectuarse mediante la correspondiente resolución, hasta antes del cierre de recepción de ofertas, debiendo necesariamente extenderse el plazo de cierre de recepción de ofertas hasta por 7 días hábiles, según determine el Ministerio, a fin que los proveedores puedan conocer y adecuar su oferta a tales modificaciones.
En todos los casos, será obligación de los interesados, revisar periódicamente el proceso de licitación, por medio del portal www.mercadopublico.cl, y considerar para la preparación de sus ofertas las respuestas y aclaraciones emitidas por el Ministerio, como asimismo toda modificación introducida a las Bases.
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7. CONTENIDO DE LAS OFERTAS |
Las ofertas deberán contener en formato electrónico o digital, la siguiente documentación:
I.- Antecedentes Generales del Proponente:
a) Tratándose de Personas Jurídicas
• Declaración Jurada de Requisitos para Ofertar que se generará automáticamente en el portal www.mercadopublico.cl, debidamente completada y firmada en línea, que dé cuenta que el proponente no incurre en ninguna de las prohibiciones o inhabilidades para ofertar.
b) Tratándose de Personas Naturales
• Declaración Jurada de Requisitos para Ofertar que se generará automáticamente en el portal www.mercadopublico.cl, debidamente completada y firmada en línea, que dé cuenta que el proponente no incurre en ninguna de las prohibiciones o inhabilidades para ofertar.
c) Tratándose de Uniones Temporales de Proveedores
• Documento público o privado que da cuenta del acuerdo para participar de esta forma, en el que se indique, a lo menos, la identificación de sus integrantes, la solidaridad entre las partes respecto de todas las obligaciones que se generen con el Ministerio, el nombramiento de un representante o apoderado común con poderes suficientes, y la determinación de su vigencia, la que no podrá ser inferior a la del contrato que se suscriba como resultado de esta licitación.
• Declaración Jurada de Requisitos para Ofertar del proveedor que presenta la oferta en representación de la Unión Temporal de Proveedores, que se generará automáticamente en el portal www.mercadopublico.cl, debidamente completada y firmada en línea, que dé cuenta de que no incurre en ninguna de las prohibiciones o inhabilidades para ofertar.
• Declaración Jurada de Requisitos Para Ofertar de cada una de las demás personas naturales o jurídicas que formarán la Unión Temporal de Proveedores que se constituirá al efecto, debidamente completadas y firmadas, que den cuenta de que el respectivo integrante no incurre en ninguna de las prohibiciones o inhabilidades para ofertar (según formulario contenido en Anexo Nº 1 de estas Bases).
II.- Oferta Técnica:
La Oferta Técnica deberá ajustarse a lo previsto en el apartado “Bases Técnicas”, y presentarse electrónicamente a través del portal www.mercadopublico.cl en la sección Anexos Técnicos, acompañando el Anexo N° 4 y el Anexo N° 5, debidamente completados, así como adjuntar una oferta técnica – formato libre – que contenga el desarrollo de los requerimientos mínimos señalados en Bases Técnicas.
Tratándose de una Unión Temporal de Proveedores, sus integrantes determinarán qué antecedentes presentarán para ser considerados en la evaluación respectiva, siempre y cuando lo anterior no signifique ocultar información relevante para la ejecución del respectivo contrato que afecte a alguno de los integrantes de la misma.
III.- Oferta Económica:
Para el solo efecto de cumplir con las exigencias administrativas del Sistema de Información y asegurar la postulación, en el formulario electrónico del portal www.mercadopublico.cl todos los oferentes deberán informar el valor del servicio (el indicado en el anexo 3A), expresado en pesos chilenos, sin impuestos (neto).
Adicionalmente, deberá presentarse en forma obligatoria adjunto a través del portal, la Oferta Económica que se acompaña como Anexo N° 3A, 3B y 3C de estas Bases, debidamente completado.
La evaluación de las ofertas se efectuará exclusivamente en base a la información contenida en el referido Anexo N° 3A, 3B y 3C, por lo que los oferentes que no lo acompañen debidamente completo, no serán evaluados por resultar sus ofertas INADMISIBLES.
De existir inconsistencias entre la oferta económica ingresada en el formulario electrónico con la detallada en el Anexo N° 3A, prevalecerá la señalada en el referido Anexo. Asimismo, en caso de que se presente disconformidad entre los precios y/o impuestos desglosados informados por el oferente en el Anexo N° 3A y los precios totales con impuestos incluidos señalados en el mismo anexo, primará el precio total por los 12 meses con impuestos incluidos informado, y se procederá a ajustar los montos desglosados proporcionalmente, de manera que la suma del valor mensual, impuestos incluidos, por los 12 meses, cuadre con el precio total del servicio, impuestos incluidos, informado por el oferente. En este caso se procederá a descontar puntaje del criterio de evaluación “cumplimiento de requisitos formales”.
Se deja constancia que las ofertas económicas deben ser expresadas en pesos chilenos. Las ofertas económicas que sean expresadas en una moneda o unidad de reajustabilidad distinta a la señalada serán declaradas INADMISIBLES.
Asimismo, se deja constancia que el Ministerio contempla un presupuesto máximo disponible de $22.000.000.- (veintidós millones de pesos) incluyendo el I.V.A. y cualquier otro costo o impuesto que sea de cargo del oferente, tanto para la ejecución del servicio de mantenciones programadas y el resto será una bolsa de dinero para las eventuales reparaciones requeridas, durante toda la vigencia del contrato. En consecuencia, las ofertas que excedan dicho valor se considerarán fuera de Bases y no serán evaluadas por resultar INADMISIBLES, sin perjuicio de las facultades de la Comisión Evaluadora, señaladas en las presentes Bases, de presentarse alguna contradicción en la información presentada por alguna oferta que eventualmente podría ser aclarada.
El Ministerio no se verá obligado por limitación, restricción u obligación alguna impuesta por los oferentes en sus propuestas, sino sólo por aquellas establecidas en las presentes Bases, por la Ley de Compras y su Reglamento. En consecuencia, cualquier documento acompañado a las ofertas que imponga algún tipo de restricción u obligación al Ministerio, no será considerado como parte de la oferta, debiendo el contratante cumplir igualmente el contrato en conformidad a lo establecido en las Bases de Licitación, en caso de resultar adjudicado.
La omisión de cualquiera de los requisitos y documentos detallados en las Bases, en forma oportuna, clara y completa, será motivo de rechazo de la propuesta en su totalidad, sin perjuicio de las facultades de la Comisión Evaluadora en la materia.
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17. GARANTÍA DE FIEL Y OPORTUNO CUMPLIMIENTO DEL CONTRATO. |
Atendida la importancia de la climatización para realizar las funciones dentro de esta Secretaría de Estado lo que implica que los equipos con que cuenta el Ministerio se encuentren en funcionamiento en óptimas condiciones, considerando el servicio licitado como crítico para la correcta gestión institucional, el proveedor adjudicado deberá entregar una garantía de fiel cumplimiento del contrato la cual podrá consistir en la presentación de boleta bancaria, vale vista, depósito a la vista, certificado de fianza a la vista, o cualquier otro instrumento financiero que pueda ser utilizado como caución y que asegure el cobro de manera rápida y efectiva.
La garantía podrá otorgarse física o electrónicamente al correo compras@msgg.gob.cl. En el mismo plazo que se indica en estas Bases para la entrega de documentos legales previo a la firma del contrato. En los casos en que se otorgue de manera electrónica, deberá ajustarse a la Ley N° 19.799, sobre Documentos Electrónicos, Firma Electrónica y Servicios de Certificación de dicha firma. En los casos en que se otorgue de manera física, deberá entregarse en Teatinos 92, piso 8, comuna Santiago Centro de Lunes a jueves de 08:30 a 17:00 y viernes de 8:30 a 16:00.
El referido documento de garantía deberá tener el carácter de irrevocable y extenderse a la vista, a la orden de “Ministerio Secretaría General de Gobierno”, R.U.T. N° 60.101.000-3, por un monto ascendente al 10% del monto total de la contratación, con una vigencia de, a lo menos, 60 días hábiles, contados desde la fecha término de la vigencia del contrato y deberá llevar la siguiente glosa: “Para garantizar el Fiel y Oportuno Cumplimiento del Contrato, las obligaciones laborales y previsionales de los trabajadores del contratista y las multas, correspondiente a la licitación pública ID N° 876-1-LE23”.
En caso de incumplimiento de esta obligación, el Ministerio podrá dejar sin efecto la adjudicación y readjudicar al oferente que hubiese obtenido el siguiente mejor puntaje en la evaluación.
El documento de garantía sólo será devuelto a su vencimiento y una vez que la Contraparte Técnica del Ministerio haya señalado, por escrito, su total conformidad con el servicio contratado y se encuentre acreditado el cumplimiento de las obligaciones laborales y previsionales de los trabajadores del contratante.
El adjudicatario podrá ser sancionado por el Servicio con el cobro del documento de garantía de fiel cumplimiento de contrato, en los siguientes casos:
a) No pago de multas dentro del plazo establecido, a requerimiento fundado del Ministerio.
b) Aplicación reiterada (en tres o más ocasiones) de algunas de las sanciones establecidas en las presentes Bases.
c) Incumplimiento grave de las obligaciones impuestas por las presentes Bases y el contrato imputable al proveedor, tales como: Seis o más reclamos mensuales por el deficiente desempeño del servicio; Incumplimiento de los plazos relacionados con el pago de eventuales multas; Todo otro incumplimiento imperfecto, parcial o tardío, que impida el cumplimiento de los objetivos para los cuales se contrató el servicio.
En el caso de los reclamos, el Ministerio se reserva el derecho de verificar que estos sean válidamente emitidos, los cuales serán informados al Adjudicatario.
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18. CONTRATO DE PRESTACIÓN DE SERVICIOS |
Resuelta la adjudicación de la oferta, se celebrará el contrato correspondiente, que será redactado por el Ministerio dentro de 10 días hábiles siguientes contados desde la notificación de la adjudicación realizada en conformidad al Reglamento de Compras; , a menos que el Ministerio requiera de un mayor lapso para un mejor estudio de los antecedentes del caso, debiendo el adjudicatario entregar dentro de plazo y en la forma y condiciones establecidas más adelante, los antecedentes financieros, legales y otros necesarios para el adecuado resguardo de los intereses públicos comprometidos, y la garantía exigida para asegurar el fiel y oportuno cumplimiento de las obligaciones contraídas.
El contrato contendrá las cláusulas necesarias para el debido resguardo de los intereses del Ministerio, pudiendo contemplar especialmente las relativas al cumplimiento de las obligaciones laborales y de seguridad social entre el adjudicatario y sus dependientes.
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