2. REGULACIÓN DE LA LICITACIÓN |
La presente licitación pública se rige por la Ley N°19.886, de Bases sobre Contratos Administrativos de
Suministro y Prestación de Servicios, en adelante “Ley de Compras”; su reglamento, aprobado mediante
Decreto Supremo N°250 de 2004, del Ministerio de Hacienda, en adelante el “Reglamento”; por la Ley N°19.880,
que establece Bases de los Procedimientos Administrativos que Rigen los Actos de los Órganos de la
Administración del Estado; por las presentes Bases Administrativas, Bases Técnicas y Anexos, en adelante las
“Bases”, modificaciones a las Bases –de haberlas,
y por las consultas, respuestas y aclaraciones efectuadas
para proveedores.
La Intendencia de la Región Metropolitana, en adelante, indistintamente “la Intendencia” o “el Licitante” efectuará
el llamado a licitación mediante su publicación en el sitio web www.mercadopublico.cl, en adelante “el Portal”.
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2.1.SIGLAS, ABREVIATURAS Y DEFINICIONES |
Para la correcta interpretación de los documentos de la contratación, cada vez que aparezcan los siguientes
términos en las presentes bases, se entenderá la definición que para cada caso se indica, siendo extensivas
tales definiciones a su forma singular o plural y a sus géneros masculino o femenino:
a. Ley o Ley de Compras Públicas: Ley N°19.886, Bases sobre Contratos Administrativos de Suministro y
Prestación de Servicios.
b. Reglamento: Reglamento de la Ley N°19.886, aprobado mediante Decreto Supremo N°250 de 2004, del
Ministerio de Hacienda.
c. Bases: Bases administrativas, Bases Técnicas y Anexos del presente llamado a licitación.
d. Intendencia, licitante, mandante o IRM: Intendencia de la Región Metropolitana.
e. Portal: Sistema de Información de Compras y Contratación Pública, alojado en el sitio web
www.mercadopublico.cl
f. Días corridos: Son todos los días de la semana, que se computan uno a uno en forma correlativa.
g. Días hábiles: Son todos los días de la semana, excepto los sábados, domingos, y festivos.
h. Proveedor: Persona natural o jurídica, chilena o extranjera, que pueda proporcionar a la IRM los servicios que
se requieren en esta licitación.
i. Oferente: Proveedor que participa en el presente proceso presentando una oferta.
j. Adjudicatario: Oferente al cual le ha sido aceptada su oferta en el presente proceso, para la suscripción del
contrato definitivo.
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3. DATOS BÁSICOS LICITACIÓN |
a. Número de Adquisición: 8776LE20
b. Entidad Licitante: Intendencia Región Metropolitana
c. Unidad de Compra: Intendencia Región Metropolitana
d. Rut: 60.511.130-0
e. Dirección: Morandé N° 93, Región Metropolitana de Santiago
f. Nombre de la Licitación: SANITIZACIÓN PARA EDIFICIO INSTITUCIONAL Y OFICINA DE
DEPARTAMENTO SOCIAL DE LA INTENDENCIA REGIONAL METROPOLITANA
g. Publicidad de ofertas técnicas: Todas las ofertas técnicas serán visibles al público en general, través del
portal www.mercadopublico.cl, desde el momento de la apertura electrónica.
h. Tipo de Licitación: Licitación Pública igual o superior a 100 UTM e inferior a 1.000 UTM (LE)
i. Etapas del proceso de Apertura: Un solo Acto de Apertura
j. Contrato: Se requerirá suscripción de contrato
k. Toma de Razón por Contraloría: No requiere toma de razón por contraloría.
l. Monto referencial: $6.000.000
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4. CRONOGRAMA DE LA LICITACIÓN |
Los plazos se considerarán en días hábiles que serán los días de lunes a viernes, exceptuando los días feriados:
a. Fecha de publicación de la licitación:
La Publicación de las Bases de Licitación se realizará dentro de primer día hábil siguiente a la fecha de la total
tramitación de la Resolución de Aprobación de Bases Administrativas y Especificaciones Técnicas de la
Licitación.
b. Plazo para realizar consultas sobre la licitación:
Los oferentes podrán generar preguntas de aclaración de las Bases de Licitación dentro de los 3 días hábiles
siguientes a la fecha de publicación de la licitación.
c. Plazo para publicar respuestas a las consultas:
La Intendencia de la RM responderá las preguntas ingresadas dentro de 2 días hábiles siguientes, una vez
transcurrido el plazo señalado en el punto anterior.
d. Fecha de cierre para presentar ofertas:
La presentación de ofertas podrá realizarse una vez transcurridos 10 días corridos siguientes a la fecha de
publicación de la Licitación en el Sistema Mercado Público o el día hábil siguiente. El cierre de la recepción de
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ofertas se concretará a las 13:30 horas del referido día.
El cierre para la recepción de ofertas no podrá vencer en días inhábiles ni en un día lunes o en un día siguiente a
un día inhábil, antes de las quince horas.
En caso que a la fecha y hora de cierre de la licitación se hayan presentado menos de 2 ofertas, la presentación
de ofertas podrá extenderse en 2 días hábiles.
En caso que las Bases sean modificadas, el plazo de presentación de ofertas se extenderá en 2 días hábiles a la
fecha de término de dicho plazo.
e. Acto de apertura técnica y económica:
Este acto de apertura técnica y económica se realizará en la fecha de cierre de recepción de ofertas. La apertura
de las ofertas se concretará a las 15:00 horas del referido día.
f. Fecha de adjudicación:
La adjudicación se concretará a partir de la total tramitación de la Resolución de adjudicación. La Intendencia
tendrá un plazo máximo de 1 día hábil, posterior a la fecha de trámite de la Resolución de adjudicación, para
registrar este hecho en el Sistema Mercado Público.
g. Fecha estimada de firma de contrato
El Representante Legal del adjudicatario deberá firmar en un plazo no mayor a 10 días hábiles después de la
entrega de notificación de la adjudicación en el Portal Mercado Público, el Contrato correspondiente a la
licitación.
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5. DE LA OFERTA |
Los oferentes deberán presentar sus ofertas a través del portal Mercado Público, por medio del formulario
electrónico disponible en dicha plataforma, dentro del plazo de recepción de las mismas establecido en el
Cronograma de Actividades.
La oferta se compone de los Antecedentes Administrativos, de los Antecedentes Económicos y de los
Antecedentes Técnicos, según se detalla en los siguientes puntos 5.4.a., 5.4.b. y 5.4.c. La falta de presentación
de cualquiera de los antecedentes indicados en esos puntos, será condición suficiente para no considerar la
propuesta en el proceso de evaluación y adjudicación, sin perjuicio de lo indicado en el párrafo siguiente de las
presentes bases administrativas, en los casos allí señalados.
Las ofertas deberán presentarse en los formularios definidos para tal efecto en los Anexos de las presentes
bases, los que, para estos efectos, se encontrarán disponibles en formato pdf en el Portal. En caso que el
oferente quiera complementar su información, podrá hacerlo en archivos adicionales. Asimismo, los oferentes
podrán ingresar sus ofertas en documentos que no sean los anexos puestos a disposición, siempre que
contengan a lo menos la misma información solicitada.
Se deja establecido que la sola circunstancia de presentar una oferta para esta licitación, implica que el
respectivo oferente ha analizado las Bases Administrativas y Técnicas, aclaraciones y respuestas a las
preguntas de la licitación, con anterioridad a la presentación de su oferta, y que manifiesta su conformidad y
aceptación sin ningún tipo de reservas ni condiciones a toda la documentación referida.
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5.1.VISITA A TERRENO |
Se efectuará una(s) visita(s) obligatoria a terreno en día y hora a convenir con la persona responsable del
contrato, desde las 10:00 horas, siendo esta obligatoria, y pudiéndose cambiar respecto a las contingencias
sanitarias del país. La entidad licitante organizará las visitas por turnos, siendo la previa calendarización de la
visita a terreno obligatoria, con el fin de inspeccionar las dependencias de la Intendencia Metropolitana y las
dependencias del Departamento Social, en donde se realizará el servicio de sanitización, considerando
aspectos técnicos del mismo.
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5.2.INHABILIDADES PARA OFERTAR |
El oferente no debe haber sido condenado por prácticas antisindicales o infracción a los derechos
fundamentales del trabajador o por los delitos concursales establecidos en el Código Penal, dentro de los dos
años anteriores a la fecha de presentación de la oferta. Esto se acreditará mediante la declaración jurada
disponible a través de la plataforma www.mercadopublico.cl, sin perjuicio de las facultades de la entidad licitante
de verificar esta información, en cualquier momento, a través de los medios que se encuentren a su disposición.
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5.3.PLAZO DE VALIDEZ DE LAS OFERTAS |
Las ofertas tendrán una validez mínima de 60 días corridos, contados desde la notificación de la adjudicación.
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5.4.ANTECEDENTES PARA INCLUIR EN LA OFERTA |
a. Antecedentes Administrativos
i. ANEXO N. 1 DECLARACIÓN JURADA SIMPLE PARA OFERTAR
ii. ANEXO N.2. A. DECLARACIÓN JURADA PARA CONTRATAR: Deudas Vigentes con Trabajadores
iii. ANEXO N.2. B. DECLARACIÓN JURADA PARA CONTRATAR: Conflictos de interés y ratificación de lo
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obrado
Nota: Los oferentes que sean personas jurídicas deberán acompañar, además, una copia escaneada en formato
electrónico de su escritura de constitución vigente. Los oferentes que se encuentren inscritos en el Registro
Electrónico Oficial de Proveedores del Estado (www.chileproveedores.cl), no deberán acompañar estos
documentos si ellos, u otros similares, se encuentren disponibles en dicho Registro a la fecha de apertura de las
ofertas.
b. Antecedentes Económicos
i. ANEXO N.3 OFERTA ECONÓMICA
c. Antecedentes Técnicos
i. ANEXO N.4 OFERTA TÉCNICA
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5.5.DE LA APERTURA DE LAS OFERTAS |
La apertura electrónica de las ofertas, se efectuará el día señalado en el cronograma de actividades, en un solo
acto, a través del Sistema de Información Mercado Público.
Primeramente, se procederá a constatar la remisión de todos los antecedentes requeridos para la presentación
de las ofertas.
Cuando haya indisponibilidad técnica del Sistema de Información, circunstancia que deberá ser ratificada por la
Dirección mediante el correspondiente certificado, el cual deberá ser solicitado por las vías que informe dicho
Servicio, dentro de las 24 horas siguientes al cierre de la recepción de las ofertas, en tal caso, los oferentes
afectados tendrán un plazo de dos días hábiles contados desde la fecha del envío del certificado de
indisponibilidad, para la presentación de sus ofertas fuera del Sistema de Información.
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5.6.MODIFICACIONES A LAS BASES |
La entidad licitante podrá mediante resolución fundada, modificar las presentes bases, ya sea por iniciativa
propia o en atención a una consulta efectuada por alguno de los oferentes, hasta antes del vencimiento del plazo
para presentar ofertas. Las modificaciones que se lleven a cabo serán informadas a través del sitio Web
www.mercadopublico.cl. Estas modificaciones formarán parte integral de las bases. Las modificaciones de
bases estarán vigentes desde la total tramitación del acto administrativo que las apruebe. Junto con aprobar la
modificación, se establecerá un nuevo plazo prudencial para el cierre o recepción de las propuestas, a fin de que
los proveedores interesados puedan conocer y adecuar su oferta a tal modificación.
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5.7.PRESENTACIÓN DE ANTECEDENTES OMITIDOS POR LOS OFERENTES |
Una vez realizada la apertura electrónica de las ofertas, la entidad licitante podrá solicitar a los oferentes que
salven errores u omisiones formales, siempre y cuando las rectificaciones de dichos vicios u omisiones no les
confieran a esos oferentes una situación de privilegio respecto de los demás competidores, esto es, en tanto no
se afecten los principios de estricta sujeción a las bases y de igualdad de los oferentes, y se informe de dicha
solicitud al resto de los oferentes si correspondiere, a través del Sistema de Información.
Asimismo, la entidad licitante tiene la facultad de permitir la presentación de certificaciones o antecedentes que
los oferentes hayan omitido presentar al momento de efectuar la oferta, siempre que dichas certificaciones o
antecedentes se hayan producido u obtenido con anterioridad al vencimiento del plazo para presentar ofertas, o
se refieran a situaciones no mutables entre el vencimiento del plazo para presentar ofertas y el período de
evaluación.
Para dichas aclaraciones y presentaciones de antecedentes se otorgará un plazo de 3 días hábiles, contados
desde el requerimiento de la entidad licitante, el que se informará a través del Sistema de información
www.mercadopublico.cl.
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6. DE LA EVALUACIÓN |
La Intendencia Regional Metropolitana evaluará los antecedentes que constituyen la oferta de los proveedores de
acuerdo a los criterios de evaluación definidos en las presentes Bases. Durante la etapa de evaluación, la
comisión podrá verificar todos aquellos antecedentes que estime pertinentes con el objeto de asegurar una
correcta evaluación de las ofertas. En especial, podrá requerir información de los medios de contacto indicados
por los propios oferentes.
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6.1.DE LA COMISIÓN EVALUADORA |
Esta comisión estará integrada por los siguientes funcionarios:
a. Catalina Marín Anguita, representante de la Sección de Adquisiciones
b. Dennis Fernández Cerda, representante de la Sección de Servicios Generales
c. Melanie Farías Farías, representante del Departamento Jurídico
En caso de que uno o más de los integrantes designados se encuentre impedido de ejercer su función como
integrante de la comisión evaluadora de ofertas, se designa como sus reemplazantes a los funcionarios que a
continuación se señalan: María Jesús Riveros Cavada representante de la Sección de Adquisiciones, José
Gutiérrez Galdames como representante de la Sección de Servicios Generales y Valentina Guerra Monsalve,
representante del Departamento Jurídico.
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En caso de que uno o más de los integrantes designados y sus suplentes se encuentren impedidos de ejercer su
función como integrantes de la comisión evaluadora de ofertas, se designará a su reemplazante mediante
Resolución Exenta de la Intendencia Metropolitana. Excepcionalmente, y de manera fundada, algunos de los
integrantes de la Comisión designados por la autoridad competente, podrán ser personas ajenas a la
Administración, aunque siempre en número inferior a los funcionarios públicos que integran dicha comisión. Los
miembros de la Comisión Evaluadora no podrán tener contactos con los oferentes, salvo a través del mecanismo
de las aclaraciones regulado por los artículos 27 y 39 del Reglamento de la Ley N° 19.886. Los integrantes de la
Comisión Evaluadora no podrán aceptar solicitudes de reunión, de parte de terceros, sobre asuntos vinculados
directa o indirectamente con esta licitación, mientras integren aquella. Del mismo modo, no podrán aceptar
ningún donativo de parte de terceros.
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6.2.INFORME DE LA COMISIÓN EVALUADORA |
La comisión evaluadora emitirá un informe, el que contendrá un resumen del proceso de licitación, con todos sus
participantes y las evaluaciones realizadas, indicando el puntaje que hayan obtenido los respectivos
proponentes, en la oportunidad establecida en el cronograma de actividades.
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6.3.CRITERIOS DE EVALUACIÓN |
Evaluación
Descripción % Asignación de Puntajes y Fórmula de Cálculo
Precio Para evaluar la oferta económica se
utilizará el método de la oferta de
menor precio. Se deberá incluir
tanto el valor unitario del servicio
como el valor total del contrato.
70Tendrá 100 puntos quien presenta el precio menor
ofertado según la siguiente Fórmula de evaluación:
((Precio Menor Ofertado/Precio Ofertado) * 100) * 0,7
Experiencia
en trabajos
similares
Por cada trabajo similar, señalado
en el anexo N°4, el oferente deberá
acompañar documentos que
acrediten la efectividad del trabajo
realizado, como copias de
contratos, facturas, u órdenes de
compra en estado “Aceptada”, y
además indicar un medio de
contacto del cliente.
Los trabajos respecto de los cuales
no se acompañen estos
documentos, no serán
considerados para la evaluación
20Se evaluará un máximo de 5 trabajos realizados en los
últimos doce meses, según:
- 100 puntos si tiene entre 5 y más servicios como
experiencia en trabajos similares
- 50 puntos si tiene entre 2 a 4 servicios como
experiencia en trabajos similares
- 10 puntos si tiene entre 0 y 1 servicio como
experiencia en trabajos similares.
La fórmula de evaluación será:
(Puntaje * 0,2)
Cumplimiento
de requisitos
formales (*)
Se evaluará que el oferente haya
ingresado todos los requisitos
formales de la oferta que influye
Anexo 1; Anexo 2, Anexo 3 y Anexo
4.
10Se evaluará según el cumplimiento de requisitos:
- 100 puntos si el oferente que ingrese su oferta
cumpliendo todos los requisitos formales de presentación
de esta y acompañando todos los antecedentes
requeridos.
- 50 puntos si los oferentes que hayan presentado la
totalidad de los antecedentes hasta el cierre de licitación
pero que deban realizar una segunda presentación de los
formatos donde se hayan detectado errores menores de
llenado, o que no presentaron todos los documentos
requeridos antes del cierre de recepción de ofertas, pero
sí lo hicieron dentro del plazo adicional otorgado por la
Intendencia requeridos mediante el foro inverso del Portal
de Mercado Público.
La fórmula de evaluación será:
(Puntaje * 0,1)
(*) Los oferentes que haya incumplido los requisitos formales o haya omitido antecedentes o certificaciones al
momento de presentar su oferta, aun cuando los haya acompañado con posterioridad al cierre de presentación
de las ofertas, en virtud del artículo 40, inciso segundo, del Reglamento de la Ley 19.886, no se evaluará por ser
requisitos esenciales en esta Licitación.
El puntaje final será determinado por la siguiente suma: (Total Criterio Precio + Total Criterio Experiencia en
trabajos similares + Total Cumplimiento de requisitos formales).
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6.4.RESOLUCIÓN DE EMPATES |
En caso de presentarse un empate entre 2 o más ofertas, ello se resolverá adjudicando al oferente que hubiese
obtenido el mayor puntaje en el criterio “Precio”. Si aplicando la fórmula anterior aún persiste el empate entre
oferentes, dicha situación se resolverá adjudicando al oferente que hubiese obtenido el mayor puntaje en criterio
“Experiencia en trabajos similares” y, finalmente, de continuar aun así empatados los oferentes, se adjudicará al
oferente que hubiese obtenido el mayor puntaje en el criterio “Cumplimiento de requisitos formales”.
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6.5.ERRORES U OMISIONES DURANTE LA EVALUACIÓN |
La IRM podrá solicitar a través del Portal, de conformidad a lo establecido en el inciso primero del artículo 40 del
Reglamento, que los oferente salven errores u omisiones formales, siempre y cuando las rectificaciones de
dichos vicios u omisiones no les confieran a éstos una situación de privilegio respecto de los demás
competidores, esto es, en tanto no se afecten los principios de estricta sujeción a las Bases y de igualdad entre
los oferentes, lo que se informará al resto de los proponentes a través del Portal.
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7.1.ADJUDICACIÓN |
Se adjudicará al oferente que obtenga el mayor puntaje ponderado entre el total de las ofertas presentadas en la
presente licitación pública. La licitación se adjudicará a través de una resolución dictada por la autoridad
competente, la que será publicada en www.mercadopublico.cl, una vez que se encuentre totalmente tramitada.
Esta licitación será adjudicada a un solo proveedor.
Antes de la adjudicación la Intendencia podrá revocar el llamado a licitación mediante resolución fundada.
También podrá declarar desierta la licitación cuando no se presenten ofertas, o bien, cuando éstas no resulten
convenientes a sus intereses.
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7.2.FORMALIZACIÓN DE LA CONTRATACIÓN |
El contrato que emane del presente proceso de licitación pública, se formalizará mediante la emisión de la orden
de compra y la aceptación de ésta por parte del proveedor adjudicado. El plazo para que el proveedor acepte la
orden de compra será de 3 días hábiles desde su emisión. Sin perjuicio de lo anterior, se realizará contrato con
el proveedor adjudicado, según lo estipulado en el numeral 8 de las presentes bases de licitación.
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7.3.MECANISMO PARA SOLUCIÓN DE CONSULTAS RESPECTO A LA ADJUDICACIÓN |
Los oferentes podrán hacer consultas sobre la adjudicación a la entidad licitante, hasta el plazo de 7 días hábiles,
contados desde la publicación de la resolución de adjudicación en el sistema www.mercadopublico.cl, a través
de la siguiente casilla electrónica cmarin@interior.gob.cl.
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7.4.AMPLIACIÓN O MODIFICACIÓN DE LOS PLAZOS PARA EL PROCESO DE ADJUDICACIÓN |
La entidad licitante podrá ampliar o modificar el plazo establecido para la adjudicación de la licitación. La
ampliación o modificación que se lleve a cabo será informada a través del sitio Web www.mercadopublico.cl.
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7.5.INADMISIBILIDAD DE LAS OFERTAS Y DECLARACIÓN DESIERTA DE LA LICITACIÓN |
La entidad licitante declarará inadmisible las ofertas presentadas que no cumplan los requisitos o condiciones
establecidos en las presentes bases de licitación, sin perjuicio de la facultad para solicitar a los oferentes que
salven errores u omisiones formales de acuerdo con lo establecido en las presentes bases. La entidad licitante
podrá, además, declarar desierta la licitación cuando no se presenten ofertas o cuando éstas no resulten
convenientes a sus intereses. Dichas declaraciones deberán materializarse a través de la dictación de una
resolución fundada y no darán derecho a indemnización alguna a los oferentes.
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7.6.READJUDICACIÓN |
Si el adjudicatario se desistiere de firmar el contrato, o aceptar la orden de compra, o no cumpliese con las
demás condiciones y requisitos establecidos en las presentes bases para la suscripción o aceptación de los
referidos documentos, la entidad licitante podrá, junto con dejar sin efecto la adjudicación original, adjudicar la
licitación al oferente que le seguía en puntaje, o a los que le sigan sucesivamente, dentro del plazo de 60 días
corridos contados desde la publicación de la adjudicación original.
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8.1.1 Requisitos para contratar al proveedor adjudicado: |
8.1.1.1 Persona jurídica: Encontrarse hábil en ChileProveedores, registro que verificará NO haber
incurrido en las siguientes causales de inhabilidad:
i. Condenas por delito de cohecho: Haber sido condenado por cualquiera de los delitos de cohecho
contemplados en el título V del Libro Segundo del Código Penal.
ii. Deudas tributarias: Registrar una o más deudas tributarias por un monto total superior a 500 UTM por
más de un año, o superior a 200 UTM e inferior a 500 UTM por un período superior a 2 años, sin que exista un
convenio de pago vigente. En caso de encontrarse pendiente juicio sobre la efectividad de la deuda, esta
inhabilidad regirá una vez que se encuentre firme o ejecutoriada la respectiva resolución.
iii. Deudas previsionales y laborales: Registrar deudas previsionales o de salud por más de 12 meses
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por sus trabajadores dependientes, lo que se acreditará mediante certificado de la autoridad competente.
iv. Sentencia por presentación de documentos falsos: La presentación al Registro Nacional de
Proveedores de uno o más documentos falsos, declarado así por sentencia judicial ejecutoriada.
v. Deudas Estado de quiebra: Haber sido declarado en quiebra por resolución judicial ejecutoriada.
vi. Suspensión o eliminación del registro: Haber sido eliminado o encontrarse suspendido del Registro
Nacional de Proveedores por resolución fundada de la Dirección de Compras.
vii. Condenas por prácticas antisindicales o infracción a los derechos de los trabajadores: Haber
sido condenado por prácticas antisindicales o infracción a los derechos fundamentales del trabajador.
viii. Haber sido condenado por prácticas antisindicales o infracción a los derechos fundamentales
del trabajador: Registrar condenas asociadas a responsabilidad penal jurídica (incumplimiento artículo 10, Ley
20.393).
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8.1.1.2 INSCRIPCIÓN EN CHILEPROVEEDORES |
En caso de que el adjudicatario no se encuentre inscrito en el Registro Electrónico Oficial de Contratistas de la
Administración, deberá inscribirse dentro del plazo de 10 días hábiles, contados desde la notificación de la
resolución de adjudicación, fecha que coincidirá con el plazo máximo para suscribir el contrato. Si resulta
adjudicada una unión temporal de proveedores, cada proveedor integrante de ésta deberá inscribirse en
ChileProveedores.
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8.1.1.3 ACREDITACIÓN DE CUMPLIMIENTO DE REMUNERACIONES O COTIZACIONES DE SEGURIDAD SOCIAL |
En caso de que la empresa adjudicada registre saldos insolutos de remuneraciones o cotizaciones de seguridad
social con sus actuales trabajadores o con trabajadores contratados en los últimos dos años, los primeros
estados de pago producto de esta licitación deberán ser destinados al pago de dichas obligaciones, debiendo la
empresa acreditar que la totalidad de las obligaciones se encuentran liquidadas al cumplirse la mitad del período
de ejecución de las prestaciones, con un máximo de seis meses.
La entidad licitante deberá exigir que la empresa adjudicada proceda a dichos pagos y le presente los
comprobantes y planillas que demuestren el total cumplimiento de la obligación. El incumplimiento de estas
obligaciones por parte de la empresa adjudicada, dará derecho a terminar la relación contractual,
pudiendo llamarse a una nueva licitación en la que la empresa referida no podrá participar.
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8.2 ANTECEDENTES ESPECÍFICOS DEL CONTRATO |
Fuente de financiamiento: Presupuestaria
Presupuesto Estimado: $6.000.000
Plazo de Pago: 30 días corridos contra la recepción conforme de la factura
Opciones de Pago: Transferencia Electrónica
Unidad Técnica: Servicios Generales
Nombre de responsable de pago: Claudio Muñoz
Email responsable de pago: cemunoz@interior.gob.cl
Nombre de responsable de contrato: Dennis Fernández
Email responsable de contrato: dfernandez@interior.gob.cl
Subcontratación: No Permitida
Requiere suscripción de contrato: SÍ
Requiere garantía de fiel cumplimiento: SÍ
La garantía de fiel cumplimiento del contrato podrá ser cobrada en los siguientes casos:
- Incumplimiento de cualquiera de las obligaciones establecidas con esta medida en las presentes bases y
en el contrato respectivo.
- Cuando por una causa imputable al adjudicatario, se haya puesto término anticipado al correspondiente
contrato.
Los servicios a que se refiere la presente licitación deberán ser facturados en forma mensual y de acuerdo a los
servicios prestados.
El administrador del contrato calificará en cada caso la falta de uno o más de estos documentos, y podrá
autorizar el pago correspondiente o hacer las retenciones que estime convenientes para resguardar los intereses
de la Intendencia Región Metropolitana, pudiendo retener hasta el total del valor a pagar.
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8.3 DOCUMENTOS INTEGRANTES |
La relación contractual que se genere entre la entidad licitante y el adjudicatario se ceñirá a los siguientes
documentos:
i. Bases de licitación.
ii. Aclaraciones, respuestas y modificaciones a las Bases, si las hubiere.
iii. Oferta.
iv. Contrato definitivo suscrito entre las partes.
v. Orden de compra.
Todos los documentos antes mencionados forman un todo integrado y se complementan recíprocamente,
especialmente respecto de las obligaciones que aparezcan en uno u otro de los documentos señalados. Se deja
constancia que se considerará el principio de preeminencia de las Bases.
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8.4 SUSCRIPCIÓN DEL CONTRATO |
El respectivo contrato deberá suscribirse dentro de los 10 días hábiles siguientes a la notificación de la
resolución de adjudicación. Si el plazo de vigencia de la oferta venciera antes de la fecha de suscripción del
contrato, se entenderá que el adjudicatario la amplía por el período que falte. Para suscribir el contrato el
proveedor o los proveedores deberán acompañar la garantía de fiel cumplimiento del contrato respectivo. Si por
cualquier causa que no sea imputable a la entidad licitante, el contrato no se suscribe dentro de dicho plazo, se
entenderá que hay desistimiento de la oferta. En este caso, se podrá readjudicar al siguiente proveedor mejor
evaluado o a quien le siga a éste en puntaje, sucesivamente, si tampoco se logra suscribir el contrato con aquél.
También se entenderá como desistimiento de la oferta, si al momento de suscribir el contrato no se acompaña la
Garantía de Fiel y Oportuno Cumplimiento respectiva, si fue exigida en las bases. Finalmente, para suscribir el
contrato el adjudicatario deberá estar inscrito en Chileproveedores.
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8.5.GARANTÍA DE FIEL CUMPLIMIENTO DEL CONTRATO |
El proveedor que se adjudique la presente licitación deberá presentar una garantía por un monto equivalente al
5% del monto adjudicado. La garantía deberá contener la siguiente glosa: “Para garantizar el fiel y oportuno
cumplimiento de la Licitación Pública ID 8776LE20”,
su vigencia será hasta 60 días hábiles posteriores a la del
plazo de vencimiento del contrato.
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8.6.FORMA Y MOMENTO DE RESTITUCIÓN |
En el caso de las garantías de fiel cumplimiento de contrato, se devolverán a su vencimiento. Cuando haya sido
reemplazada, producto de la renovación o prórroga de un contrato vigente, será restituida una vez prestados los
servicios en su totalidad, previa recepción conforme de los mismos.
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8.7.VIGENCIA Y RENOVACIÓN |
El plazo de vigencia de la contratación comenzará a partir de la fecha de suscripción de dicho instrumento, hasta
seis meses después de la fecha de inicio del servicio. El contrato podrá ser renovado, fundadamente, por el
mismo período, por una sola vez.
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8.8.MONTO Y FORMA DE PAGO |
El monto de la contratación será aquel que el oferente adjudicado haya señalado en su oferta económica
contenida en el Anexo N.3 Oferta Económica, impuestos incluidos, considerando todos los gastos que involucren
cumplir el contrato, ya sea directos o indirectos, hasta su liquidación final. La Intendencia Metropolitana pagará el
servicio contra recepción conforme del responsable de contrato. El proveedor deberá entregar la factura en
Oficina de Partes de la Intendencia Metropolitana, ubicada en Morandé 93, piso 1, desde las 09:00 a las 14:00
horas.
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8.9.EFECTOS DERIVADOS DE INCUMPLIMIENTO DEL PROVEEDOR |
Procedimiento para la aplicación de medidas derivadas de incumplimientos: Detectada una situación que
amerite la aplicación de una multa u otra medida contemplada en las presentes bases, la entidad licitante, a
través del encargado del contrato, o quien lo subrogue, notificará inmediatamente de ello al adjudicado, mediante
correo electrónico o por carta certificada, informándole sobre la medida a aplicar y sobre los hechos que la
fundamentan.
A contar de la notificación singularizada en el párrafo anterior, el proveedor tendrá un plazo de 5 días hábiles
para efectuar sus descargos por escrito, acompañando todos los antecedentes que lo fundamenten.
Vencido el plazo indicado, el encargado del contrato, si no está de acuerdo en los fundamentos del proveedor, o
éste último no presentó descargos en el plazo indicado, aplicará la correspondiente medida por medio de una
resolución fundada de la entidad licitante aplicada por encargado del contrato. Si el proveedor ha presentado
descargos dentro del plazo establecido para estos efectos, la entidad licitante tendrá un plazo de 10 días hábiles,
contados desde la recepción de los descargos del proveedor, para rechazarlos o acogerlos, total o parcialmente.
Al respecto, el rechazo total o parcial de los descargos del respectivo proveedor deberá formalizarse a través de
la dictación de una resolución fundada de la entidad licitante gestionada por encargado de contrato, en la cual
deberá detallarse el contenido y las características de la medida. La indicada resolución, deberá notificarse al
respectivo proveedor adjudicado personalmente o mediante carta certificada.
8
El proveedor adjudicado dispondrá de un plazo de 5 días hábiles, contados desde la notificación de la resolución
fundada singularizada en los párrafos anteriores, para impugnar dicho acto administrativo mediante los recursos
contemplados en la Ley 19.880, debiendo acompañar todos los antecedentes que justifiquen eliminar, modificar
o reemplazar la respectiva medida. La entidad licitante tendrá un plazo no superior a 15 días hábiles para
resolver el citado recurso. La resolución que acoja el recurso podrá modificar, reemplazar o dejar sin efecto el
acto impugnado. En caso que el proveedor deba pagar alguna multa por algún incumplimiento del contrato,
establecida por resolución fundada de esta Intendencia Regional, deberá depositar el monto señalado a la
siguiente cuenta:
CUENTA CORRIENTE BANCO ESTADO: 9005814
RUT: 60.511.130-0
INTENDENCIA METROPOLITANA DE SANTIAGO
FACTURACIONIRM@GOBIERNOSANTIAGO.CL
En caso de no efectuarse el pago, se faculta de manera irrevocable a la Intendencia Regional Metropolitana de
Santiago para proceder a hacer efectiva la multa descontando su monto del pago mensual o único del contrato.
Lo cual se comunicará por escrito, mediante carta certificada, dirigido al domicilio del Contratado.
Multas Criterio de Aplicación Monto de Multa
Incumplimiento en el servicio
entregado respecto a días
no trabajados
Por oportunidad 3 UTM
Incumplimiento en el servicio
entregado según espacios
sanitizados
Por oficina 2 UTM
El valor de la UTM a considerar será la del mes en que se incurre la falta. Con todo, la aplicación de las multas en
su conjunto, no podrá exceder del 10% del precio total del contrato. En caso de excederse ese límite, se
entenderá que el adjudicatario ha incurrido en incumplimiento grave y la Intendencia podrá poner término a este
contrato. Sin perjuicio de lo anterior, se podrán los antecedentes en conocimiento del Consejo de Defensa del
Estado para que interpongan las acciones judiciales que fueren procedentes.
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8.10. TÉRMINO ANTICIPADO |
La entidad licitante está facultada para declarar administrativamente el
término anticipado de la relación contractual, en cualquier momento, sin derecho a indemnización alguna para el
adjudicado, si concurre en alguna de las causales que se señalan a continuación:
a. Si el adjudicado se encuentra en un procedimiento concursal de liquidación en calidad de deudor, o se
encuentra en manifiesta insolvencia financiera, a menos que se mejoren las cauciones entregadas.
b. Si se disuelve la empresa adjudicada.
c. Por incumplimiento grave de las obligaciones contraídas por el proveedor adjudicado. Se entenderá por
incumplimiento grave la no ejecución o la ejecución parcial por parte del adjudicatario de las obligaciones
contractuales, descritas en las presentes Bases, sin que exista alguna causal que le exima de responsabilidad, y
cuando dicho incumplimiento le genere a la entidad licitante perjuicio en el cumplimiento de sus funciones.
d. Si el adjudicatario, sus representantes, o el personal dependiente de aquél, no actuaren éticamente durante
la ejecución del respectivo contrato, o propiciaren prácticas corruptas, tales como:
i) Dar u ofrecer obsequios, regalías u ofertas especiales al personal de la entidad licitante, que pudiere implicar
un conflicto de intereses, presente o futuro, entre el respectivo adjudicatario y la entidad licitante.
ii) Dar u ofrecer cualquier cosa de valor con el fin de influenciar la actuación de un funcionario público durante la
relación contractual objeto de la presente licitación.
iii) Tergiversar hechos, con el fin de influenciar decisiones de la entidad licitante.
e. En caso de que el atraso en la entrega de los bienes o la prestación de los servicios supere los 30 días
hábiles.
f. En caso de que las multas cursadas por atrasos sobrepasen el 10 % del valor total contratado.
g. Por incumplimiento de obligaciones de confidencialidad que puedan establecer las presentes Bases.
h. Registrar, a la mitad del período de ejecución contractual, con un máximo de seis meses, saldos insolutos de
remuneraciones o cotizaciones de seguridad social con sus actuales trabajadores o con trabajadores
contratados en los últimos 2 años. En todos los casos señalados, además del término anticipado, se procederá
al cobro de la garantía de fiel cumplimiento del contrato. En estos casos de término anticipado se aplicará el
mismo procedimiento para la aplicación de las medidas derivadas de incumplimientos. Resuelto el término
anticipado, no operará indemnización alguna para el adjudicatario, debiendo la entidad licitante concurrir al pago
de las obligaciones ya cumplidas que se encontraren insolutas a la fecha. Sin perjuicio de lo anterior, la entidad
licitante y el respectivo adjudicatario podrán poner término a la relación contractual en cualquier momento, de
común acuerdo.
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8.11. DE LAS CESIONES DE CRÉDITO O FACTORING |
En caso de celebrar la empresa un contrato de factoring, ésta deberá notificarlo dentro de las 48 horas
siguientes a su celebración. Asimismo, la empresa de factoring deberá tomar las providencias necesarias y
oportunas de notificación, a fin de hacer efectivo el cobro de la respectiva factura. La Intendencia de la Región
Metropolitana no se obliga al pago del factoring en caso de existir obligaciones y/o multas pendientes de la
empresa.
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8.12. ADMINISTRADOR DE CONTRATO |
Para todos los efectos el Administrador de Contrato, será quien deberá velar directamente por la correcta
ejecución del contrato del servicio, y en general, por el cumplimiento del servicio contratado de acuerdo con las
presentes Bases. Durante el período de ejecución del contrato, habrá a lo menos un Administrador de Contrato.
Ante la ausencia del Administrador de Contrato designado por cualquier motivo deberá ser reemplazado por otro
funcionario. El Administrador del Contrato deberá nombrar a un reemplazante, a fin de no interrumpir el proceso,
lo cual deberá ser comunicado vía correo electrónico o carta certificada al adjudicado.
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8.13. NORMA LABORALES |
El adjudicatario, en su calidad de empleador, será responsable exclusivo del cumplimiento íntegro y oportuno de
las normas del Código del Trabajo y leyes complementarias, leyes sociales, de previsión, de seguros, de
enfermedades profesionales, de accidentes del trabajo y demás pertinentes respecto de sus trabajadores y/o
integrantes de sus respectivos equipos de trabajo. En consecuencia, el adjudicatario será responsable, en forma
exclusiva, y sin que la enumeración sea taxativa, del pago oportuno de las remuneraciones, honorarios,
indemnizaciones, desahucios, gratificaciones, gastos de movilización, beneficios y, en general, de toda suma de
dinero que, por cualquier concepto, deba pagarse a sus trabajadores y/o integrantes de sus respectivos equipos
de trabajo. El órgano comprador se reserva el derecho a exigir al contratista, a simple requerimiento de la
contraparte técnica, y sin perjuicio de lo dispuesto en el artículo 4° de la Ley de Compras y el artículo 183C
del
Código del Trabajo, un certificado que acredite el monto y estado de cumplimiento de las obligaciones laborales
y previsionales emitido por la Inspección del Trabajo respectiva, o bien, por medios idóneos que garanticen la
veracidad de dicho monto y estado de cumplimiento, respecto de sus trabajadores. Ello, con el propósito de
hacer efectivo por parte del órgano comprador, su derecho a ser informado y el derecho de retención,
consagrados en los incisos segundo y tercero del artículo 183C
del Código del Trabajo, en el marco de la
responsabilidad subsidiaria derivada de dichas obligaciones laborales y previsionales, a la que alude el artículo
183D
del mismo Código. Por otra parte, se deja expresa constancia que la suscripción del contrato respectivo
no significará en caso alguno que el adjudicatario, sus trabajadores o integrantes de los equipos presentados por
éstos, adquieran la calidad de funcionarios públicos, no existiendo vínculo alguno de subordinación o
dependencia de ellos con la entidad licitante.
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8.14. ESTÁNDARES DE PROBIDAD |
El adjudicado que preste los servicios, deberán observar, durante toda la época de ejecución de la relación
contractual, el más alto estándar ético exigible a los funcionarios públicos. Los estándares de probidad exigibles
a el personal de apoyo, por lo tanto, deben entenderse equiparados a aquellos exigidos a los funcionarios de la
Administración Pública, en conformidad con el título III de la ley N° 18.575, Orgánica Constitucional de Bases
Generales de la Administración del Estado.
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8.14.1. PACTO DE INTEGRIDAD |
a. El oferente declara que, por el sólo hecho de participar en la presente licitación, acepta expresamente el
presente pacto de integridad, obligándose a cumplir con todas y cada una de las estipulaciones contenidas en el
mismo, sin perjuicio de las que se señalen en el resto de las bases de licitación y demás documentos
integrantes. Especialmente, el oferente acepta el suministrar toda la información y documentación que sea
considerada necesaria y exigida de acuerdo a las presentes bases de licitación, asumiendo expresamente los
siguientes compromisos:
a.El oferente se compromete a respetar los derechos fundamentales de sus trabajadores, entendiéndose por
éstos los consagrados en la Constitución Política de la República en su artículo 19, números 1º, 4º, 5º, 6º, 12º, y
16º, en conformidad al artículo 485 del código del trabajo. Asimismo, el oferente se compromete a respetar los
derechos humanos, lo que significa que debe evitar dar lugar o contribuir a efectos adversos en los derechos
humanos mediante sus actividades, productos o servicios, y subsanar esos efectos cuando se produzcan, de
acuerdo a los Principios Rectores de Derechos Humanos y Empresas de Naciones Unidas.
b. El oferente se obliga a no ofrecer ni conceder, ni intentar ofrecer o conceder, sobornos, regalos, premios,
dádivas o pagos, cualquiera fuese su tipo, naturaleza y/o monto, a ningún funcionario público en relación con su
oferta, con el proceso de licitación pública, ni con la ejecución de él o los contratos que eventualmente se deriven
de la misma, ni tampoco a ofrecerlas o concederlas a terceras personas que pudiesen influir directa o
indirectamente en el proceso licitatorio, en su toma de decisiones o en la posterior adjudicación y ejecución del o
los contratos que de ello se deriven.
c. El oferente se obliga a no intentar ni efectuar acuerdos o realizar negociaciones, actos o conductas que
tengan por objeto influir o afectar de cualquier forma la libre competencia, cualquiera fuese la conducta o acto
específico, y especialmente, aquellos acuerdos, negociaciones, actos o conductas de tipo o naturaleza colusiva,
en cualquier de sus tipos o formas.
d. El oferente se obliga a revisar y verificar toda la información y documentación, que deba presentar para
efectos del presente proceso licitatorio, tomando todas las medidas que sean necesarias para asegurar la
veracidad, integridad, legalidad, consistencia, precisión y vigencia de la misma.
e. El oferente se obliga a ajustar su actuar y cumplir con los principios de legalidad, ética, moral, buenas
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costumbres y transparencia en el presente proceso licitatorio.
f. El oferente manifiesta, garantiza y acepta que conoce y respetará las reglas y condiciones establecidas en
las bases de licitación, sus documentos integrantes y él o los contratos que de ellos se derivase.
g. El oferente se obliga y acepta asumir, las consecuencias y sanciones previstas en estas bases de licitación,
así como en la legislación y normativa que sean aplicables a la misma.
h. El oferente reconoce y declara que la oferta presentada en el proceso licitatorio es una propuesta seria, con
información fidedigna y en términos técnicos y económicos, ajustados a la realidad, que aseguren la posibilidad
de cumplir con la misma en las condiciones y oportunidad ofertadas.
i. El oferente se obliga a tomar todas las medidas que fuesen necesarias para que las obligaciones
anteriormente señaladas sean asumidas y cabalmente cumplidas por sus empleados y/o dependientes y/o
asesores y/o agentes y en general, todas las personas con que éste o éstos se relacionen directa o
indirectamente en virtud o como efecto de la presente licitación, incluidos sus subcontratistas, haciéndose
plenamente responsable de las consecuencias de su infracción, sin perjuicio de las responsabilidades
individuales que también procediesen y/o fuesen determinadas por los organismos correspondientes.
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1. ANTECEDENTES: |
El Departamento de Administración y Finanzas de la Intendencia de la Región Metropolitana requiere contratar
los servicios de sanitización para los edificios de la Intendencia de la Región Metropolitana, ubicados en las
calles Morandé N°93 y Bandera N°46, primer piso, Santiago Centro, que serán efectuados por el oferente con el
propósito de mantenerlos en óptimas condiciones, cumpliendo cada una de las obligaciones impuestas por
estas bases, en el marco de las medidas de prevención dispuestas para mitigar el riesgo de contagio producto
de la pandemia por el COVID-19 u otras condiciones sanitarias que pongan en peligro la salud de los
funcionarios.
Debido a la posible supervivencia del virus en el medio ambiente durante varias horas o días, las instalaciones y
áreas potencialmente contaminadas con el virus que produce la enfermedad COVID19
que deben limpiarse
periódicamente, utilizando productos que contengan agentes antimicrobianos que se sabe son efectivos contra
los coronavirus. La oferta deberá contener, como mínimo, la prestación de todos los trabajos solicitados que se
detallan en estas bases técnicas.
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2. NORMATIVA APLICABLE |
La presente contratación se regirá por lo previsto en el D.S. N°157/2005 MINSAL, Reglamento de Pesticidas de
Uso Sanitario y Doméstico y, además, en lo que corresponda, por lo dispuesto en los siguientes cuerpos
normativos:
a) Ley N° 16.744, sobre Accidentes del Trabajo y Enfermedades Profesionales;
b) Ley N° 19.300, sobre Bases Generales del Medio Ambiente;
c) Cualquier otro cuerpo legal o reglamentario que rija las actividades de Control de Plagas y que resulte
aplicable a la contratación de la especie, en especial por la autoridad sanitaria y ambiental, en uso de sus
facultades fiscalizadoras.
d) D.S.594 Reglamento Sanitario sobre Condiciones Sanitarias y Ambientales Básicas en los Lugares de
Trabajo.
e) Las demás normas aplicables de acuerdo a lo mencionado en las presentes bases.
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3. SERVICIOS MÍNIMOS PARA PRESTAR POR PARTE DEL ADJUDICATARIO: |
El oferente deberá considerar la sanitización en las dependencias y baños de los edificios institucionales.
Deberá, además, atender a llamadas originadas en casos de urgencia a cualquier imprevisto que resulte de la
naturaleza del servicio.
El prestador del servicio deberá contar con todos los insumos necesarios para la realización de la sanitización,
ya sea mano de obra, herramientas, materiales, elementos de seguridad, etc.
3.1.Requerimientos Técnicos:
Para la realización de los servicios de sanitización el prestador deberá contar como mínimo con la autorización
sanitaria correspondiente y con productos aprobados y autorizados por resolución del Instituto de Salud Pública
(ISP), según lo regula el Decreto Supremo N°157 del año 2005, que aprueba el Reglamento de pesticidas de uso
sanitario y doméstico, del Ministerio de Salud.
El prestador del servicio para el caso de sanitización deberá registrar en todos los espacios del edificio de la
Intendencia de la Región Metropolitana, ubicados en Morandé N°93 y Bandera N°46 (primer piso), a través de
una etiqueta adhesiva el servicio realizado, indicando en ésta la fecha en que se prestó el servicio. Dicha
etiqueta deberá cumplir con las exigencias contenidas en el mencionado reglamento, aprobado por Decreto
Supremo N°157 de 2005, del Ministerio de Salud, además, en el caso en que no se efectuase la rotulación, el
proveedor será llamado para que vuelva a realizar el servicio y a que efectué la rotulación en la etiqueta adhesiva
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correspondiente.
El servicio de sanitización que se ejecute deberá cumplir con los requisitos que se indican a continuación:
Consiste en la aplicación de sanitizantes o desinfectantes con capacidades antimicrobianas que se aplican a
objetos no vivos para destruir microorganismos. Deberá ocuparse, asimismo, la utilización de amonio
cuaternario. Si bien existen otros insumos, según antecedentes, el amonio cuaternario tiene mayor residualidad,
lo que favorece la duración en días, en el lugar en que sea aplicado.
TRATAMIENTO Y FRECUENCIA DE LOS SERVICIOS:
Tratamiento Dependencias (3000 mt2 aprox.) Periodicidad Días y horarios de
r e a l i z a c i ó n d e l
servicio
SanitizaciónASCENSOR 2 v e c e s a l a
semana
Los días martes y
j u e v e s p o r e l
periodo
establecido para
la duración de la
c o n t r a t a c i ó n ( 6
meses).
1
SUBTERRÁNEO:
· OFICINAS
· PASILLOS
· SALA DE CONDUCTORES
· SALA DE ESTAFETAS
· BODEGAS
· SALA DE MONITOREO
· PATIOS
1°PISO:
· HALL CENTRAL
· RECEPCIÓN
· OFINA DE PARTES
· DEPARTAMENTO JURÍDICO
· ENTRADA DE
ACCESIBILIDAD UNIVERSAL
· BAÑOS
· SALA DE TERRITORIALES
· SECTOR CASINO
· BAÑOS PÚBLICOS
2° PISO:
· OFICINAS
· HALL CENTRAL PASILLO
GABINETE
· COCINA
· SALÓN BENJAMÍN VICULA
MACKENNA
· PASILLOS
· BAÑOS
3° PISO:
· OFICINAS
· BIBLIOTECA
· SALÓN COTAL
· PASILLOS
· BAÑOS
4° PISO:
· OFICINAS
· PASILLOS
· BAÑOS
5° PISO:
12
· SALA DE TRABAJO
PROGRAMAS INTEGRALES
· BAÑOS
DEPARTAMENTO DESARROLLO
SOCIAL (BANDERA N°46):
· PASILLOS
· OFICINAS
· SALA DE ESPERA
Se deberá entregar un certificado autorizado por la Autoridad Sanitaria para cada una de las instalaciones
tratadas.
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4. LLAMADAS ANTE EVENTOS O SITUACIONES DE EMERGENCIA |
En caso de emergencia Ia Intendencia a través de Ia contraparte técnica podrá requerir la prestación de servicios
en distintas frecuencias y periodicidades a las especificadas en las bases, contabilizando siempre el servicio 2
veces por semana. Estas situaciones no tendrán costo adicional para Ia IRM y Ia prestación de estos servicios
podrá ser requerida 1 o más veces durante el mes. El requerimiento de prestaciones será realizado mediante
llamado telefónico o vía correo electrónico al prestador del servicio.
El plazo para entregar Ia respuesta por parte del prestador del servicio al llamado telefónico no podrá exceder el
plazo máximo de 2 horas, o de 24 horas, en caso de que Ia solicitud de prestaciones fuese realizada mediante
correo electrónico
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5. MATERIALES A UTILIZAR: |
Se deben utilizar materiales e insumos debidamente registrados en el I.S.P. que no dañen y no perjudiquen el
Medio Ambiente.
Será responsabilidad del oferente velar porque los operarios utilicen adecuadamente los elementos de
protección personal y los implementos de trabajo, así como Ia correcta manipulación y aplicación de los
productos.
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6. FRECUENCIA Y HORARIOS |
Servicio de sanitización y fumigación de las dependencias deberá ser 2 veces por semanas, Martes y Jueves
entre 18:30 y 20:00 horas, sin perjuicio que por emergencia el horario se pueda anticipar o extender.
En caso de emergencias, la contraparte técnica podrá requerir labores de sanitización específicas, sin costo
adicional, y dentro de las 24 horas, con la finalidad de atender a situaciones concretas e impostergables,
dejando constancia por escrito la situación puntual que justifica.
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7. ELEMENTOS MÍNIMOS NECESARIOS PARA LA EJECUCIÓN DE LOS TRABAJOS |
El contratista deberá estudiar todos aquellos ítems que se relacionan con los requerimientos solicitados y
aquellos que estime necesario para la correcta ejecución del servicio.
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8. ASEO |
Será exigencia mantener un estricto orden y limpieza durante la ejecución, de los sectores aledaños que se vean
afectados, y del recinto mismo.
Se exigirá retirar de forma inmediata los desechos resultantes.
Se deberá tomar la precaución que por la naturaleza de algunas faenas puedan significar contaminar otras áreas
con polvo, ruido, etc.
Se deberá tener precaución con la sanitización en escritorios por los papeles que podrían ser afectados por el
líquido debiendo expresar la autorización del funcionario para la realización de sanitización en los espacios.
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9. SEGURIDAD |
La empresa deberá cumplir con todas las disposiciones sanitarias y de seguridad, siendo de su exclusiva
responsabilidad cualquier daño provocado a terceros. Asimismo, el contratista deberá responder por los daños
causados, o por cualquier deterioro que se cause a la infraestructura como resultado de los trabajos realizados
sin el debido cuidado, todo en concordancia con lo descrito en las presentes bases.
Durante el desarrollo del contrato, corresponderá al Contratista dar estricto cumplimiento a lo siguiente:
9.1.Entregar a los trabajadores todos los elementos de protección personal (EPP) necesarios para la realización
de sus trabajos, los cuales deben cumplir con la normativa vigente establecida en la Ley N°16.744 que establece
normas sobre Accidentes del Trabajo y Enfermedades Profesionales.
9.2.Dar cumplimiento en todo momento a los procedimientos de orden interno establecidos por la Intendencia
para el desarrollo del servicio requerido.
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