Definiciones. |
Para la correcta interpretación de los documentos de la contratación, cada vez que aparezcan los siguientes términos en
las presentes bases, se entenderá la definición que para cada caso se indica, siendo extensivas tales definiciones a su
forma singular o plural y a sus géneros masculino o femenino:
a) Ley de Compras: la ley N°19.886, de Bases sobre Contratos Administrativos de Suministro y Prestación de
Servicios.
b) Reglamento: el reglamento de la Ley de Compras, contenido en el decreto supremo N°250, de 2004, del
Ministerio de Hacienda.
c) Cronograma de Actividades: es el cuadro, contenido en el punto 2.4 de las bases administrativas de la presente
licitación, en el que se define la oportunidad para la realización de las etapas o fases del presente proceso de
compras.
d) Días corridos: son todos los días de la semana, que se computan uno a uno en forma correlativa.
e) Días hábiles: son todos los días de la semana, excepto los sábados, domingos, y festivos.
f) Fuerza mayor o caso fortuito: el imprevisto a que no es posible resistir.
g) Contraloría o CGR: Contraloría General de la República.
h) Proveedor: persona natural o jurídica, chilena o extranjera, que pueda proporcionar a la CGR los servicios que se
requieren en esta licitación.
i) Oferente: proveedor que participa en el presente proceso presentando una oferta.
j) Adjudicatario: oferente al cual le ha sido aceptada su oferta en el presente proceso, para la suscripción del
contrato definitivo.
k) Contratista: proveedor que suministra a la CGR los servicios a que se refiere esta licitación, en virtud de la Ley de
Compras, el Reglamento de Compras y las presentes Bases.
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Gastos |
Los gastos en que incurran los oferentes con motivo de la presente licitación serán de su exclusivo cargo, sin derecho a
ningún tipo de reembolso por parte de la CGR.
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Documentación que rige esta Licitación |
Esta licitación se rige por lo previsto en la ley N° 19.886 y su Reglamento, aprobado por decreto N°250, de 2004, del
Ministerio de Hacienda y por los documentos que a continuación se indican, los que en caso de discrepancias se
interpretarán en forma armónica:
a) Bases Administrativas, Técnicas y Anexos de la Licitación.
b) Modificaciones a las Bases, que eventualmente podrá hacer la Contraloría, a través de la resolución
correspondiente.
c) Respuestas a las Preguntas de los proveedores.
d) Aclaraciones a las ofertas que hayan sido solicitadas por la Contraloría.
Los interesados en conocer los documentos señalados anteriormente podrán hacerlo accediendo al portal Mercado
Público.
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Contenido de la Oferta |
Los oferentes deberán presentar sus ofertas a través del portal Mercado Público, en formato electrónico o digital, dentro
del plazo de recepción de las mismas establecido en el Cronograma de Actividades.
La oferta se compone de los Antecedentes Administrativos, de la Oferta Técnica y de la Oferta Económica, según se
detalla en los siguientes puntos 3.1, 3.2 y 3.3. La falta de presentación de cualquiera de los antecedentes indicados en
esos puntos, será condición suficiente para no considerar la propuesta en el proceso de evaluación y adjudicación, sin
perjuicio de lo indicado en el punto 5 de las presentes bases administrativas, en los casos allí señalados.
Las ofertas deberán presentarse en los formularios definidos para tal efecto en los Anexos de las presentes bases, los
que, para estos efectos, se encontrarán disponibles en formato word en el Portal. En caso que el oferente quiera
complementar su información, podrá hacerlo en archivos adicionales. Asimismo, los oferentes podrán ingresar sus
ofertas en documentos que no sean los anexos puestos a disposición, siempre que contengan a lo menos la misma
información solicitada.
Para la presentación de las ofertas, los formularios definidos en los Anexos de las presentes bases se encontrarán
disponibles en formato Word o Excel, según corresponda, en el portal Mercado Público. En caso que el oferente quiera
complementar su información, podrá hacerlo en archivos adicionales.
Se deja establecido que la sola circunstancia de presentar una oferta para esta licitación, implica que el respectivo
oferente ha analizado las Bases Administrativas y Técnicas, aclaraciones y respuestas a las preguntas de la licitación,
con anterioridad a la presentación de su oferta, y que manifiesta su conformidad y aceptación sin ningún tipo de
reservas ni condiciones a toda la documentación referida.
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Plazo de vigencia de las Ofertas. |
Las ofertas mantendrán su vigencia por un plazo de sesenta (60) días corridos, contados desde la fecha de cierre de
presentación de las propuestas.
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De la apertura de las Ofertas. |
La apertura electrónica de las ofertas, se efectuará el día señalado en el cronograma de actividades, en un solo acto, a
través del Sistema de Información Mercado Público.
Primeramente, se procederá a constatar la remisión de todos los antecedentes requeridos para la presentación de las
ofertas.
Cuando haya indisponibilidad técnica del Sistema de Información, circunstancia que deberá ser ratificada por la
Dirección mediante el correspondiente certificado, el cual deberá ser solicitado por las vías que informe dicho Servicio,
dentro de las 24 horas siguientes al cierre de la recepción de las ofertas. En tal caso, los oferentes afectados tendrán un
plazo de dos días hábiles contados desde la fecha del envío del certificado de indisponibilidad, para la presentación de
sus ofertas fuera del Sistema de Información.
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Errores u omisiones durante la evaluación |
La CGR podrá solicitar a través del Portal, de conformidad a lo establecido en el inciso primero del artículo 40 del
Reglamento, que los oferente salven errores u omisiones formales, siempre y cuando las rectificaciones de dichos vicios
u omisiones no les confieran a éstos una situación de privilegio respecto de los demás competidores, esto es, en tanto
no se afecten los principios de estricta sujeción a las Bases y de igualdad entre los oferentes, lo que se informará al
resto de los proponentes a través del Portal.
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De la evaluación |
La CGR evaluará los antecedentes que constituyen la oferta de los proveedores de acuerdo a los criterios de evaluación
definidos en las presentes Bases
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Comisión Evaluadora |
La evaluación de las ofertas, estará a cargo de una comisión evaluadora, que estará integrada por los siguientes
funcionarios de la Secretaría General de la Contraloría General de la República, o en caso de impedimento, por quienes
los subroguen legalmente:
1. Christian Arroyo Pineida, Jefe del Departamento de Obras y Mantención, R.U.T. 10.696.473-4.
2. César Prado Yáñez, Jefe de Unidad de Mantención, del Departamento de Obras y
Mantención, R.U.T. 15.456.883-2.
3. Franco Cataldo Cataldo, Analista de Abastecimiento, R.U.T. 19.232.297-9.
Durante la etapa de evaluación, la comisión podrá verificar todos aquellos antecedentes que estime pertinentes con el
objeto de asegurar una correcta evaluación de las ofertas. En especial, podrá requerir información de los medios de
contacto indicados por los propios oferentes.
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Informe de la comisión evaluadora |
La comisión evaluadora emitirá un informe, el que contendrá un resumen del proceso de licitación, con todos sus
participantes y las evaluaciones realizadas, indicando el puntaje que hayan obtenido los respectivos proponentes, en la
oportunidad establecida en el cronograma de actividades.
En caso de producirse empates entre los oferentes que sean mejor evaluados, se aplicarán, en forma sucesiva, las
siguientes reglas de desempate:
· Primer decimal en el puntaje final.
· Mayor puntaje de la oferta técnica.
· Mayor puntaje de la oferta económica.
· Entre aquellos oferentes que continúen empatados luego de aplicar todos los criterios anteriores, se preferirá a
aquel que primero haya ingresado su oferta en el portal, de acuerdo a la información que conste en los respectivos
comprobantes de ingreso de oferta.
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De la Adjudicación |
La Contraloría aceptará la oferta más ventajosa, considerando los criterios de evaluación con sus respectivos puntajes y
ponderaciones establecidos en estas bases, mediante acto administrativo en el que se especificarán los criterios de
evaluación aplicados.
Cuando el precio de la oferta presentada por un oferente sea menor al 50% del precio presentado por el oferente que le
sigue, y se verifique por parte de la CGR que los costos de dicha oferta son inconsistentes económicamente, la CGR
podrá, de acuerdo a lo establecido en el artículo 42 del reglamento, adjudicar la presente licitación a través de una
resolución fundada a esa oferta, solicitándole una ampliación de la garantía de fiel y oportuno cumplimiento, hasta por la
diferencia del precio con la oferta que le sigue.
La presente licitación será adjudicada a un solo proveedor.
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Inadmisibilidad de las ofertas y declaración de deserción |
La Contraloría declarará inadmisibles las ofertas cuando éstas no cumplieren los requisitos establecidos en las bases,
ya sea en uno o más actos específicos, o en el mismo acto de adjudicación.
Además, la Contraloría declarará desierta la licitación si es que no se presentan ofertas, o bien, si éstas no resultan
convenientes a sus intereses.
En todo caso, las declaraciones de la Contraloría se efectuarán siempre mediante resolución fundada.
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Facultad de readjudicar |
La CGR podrá readjudicar la licitación al oferente que siga en orden de prelación de acuerdo con el puntaje obtenido, en
los siguientes casos:
a) Si el contrato no se firma en el plazo estipulado por causas atribuibles al adjudicatario.
b) Si el adjudicatario no entrega la garantía de fiel y oportuno cumplimiento del contrato.
c) Si el adjudicatario se desiste de su oferta.
d) Si el adjudicatario es inhábil para contratar con el Estado en los términos del artículo 4° de la ley N° 19.886 o en
virtud de la ley N° 20.393, o no proporciona los documentos que le sean requeridos para verificar dicha condición.
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Obligaciones del Contratista |
Sin perjuicio de las obligaciones que derivan de la naturaleza de la contratación, el proveedor tendrá las siguientes
obligaciones:
a) No podrá hacer por iniciativa propia cambio alguno a las especificaciones técnicas contenidas en las bases.
b) Asumir la responsabilidad en cuanto a la buena ejecución del contrato.
c) Ejecutar el contrato con estricta sujeción a lo estipulado en las presentes bases, bases técnicas aclaraciones y
otros antecedentes entregados.
d) Dar fiel cumplimiento a las normas legales vigentes en materias de accidentes del trabajo y prevención de
riesgos, como asimismo a las directrices que establezca la contraparte técnica.
e) Es responsable de todo accidente o daño que durante la vigencia del contrato le pudiera ocurrir al personal o a
las dependencias de la Contraloría, que sean imputables al proveedor.
f) De igual modo, el proveedor será responsable de cumplir las obligaciones que le corresponden como
empleador, en aspectos de remuneraciones, previsión, seguridad social, alimentación, etc.
g) Cuidar los bienes, materiales, equipos e instalaciones de su propiedad. En consecuencia, no tendrá derecho
alguno a indemnización de ninguna especie por perdida, destrucción, deterioro, desgaste producidos por robo,
uso, mal uso u otra razón, incluyendo la fuerza mayor y caso fortuito.
h) Dar cumplimiento, en forma íntegra y oportuna, al Reglamento Especial para Empresas Contratistas y
Subcontratistas de la Contraloría General de la República, aprobado mediante resolución exenta N° 05160, de 21
de diciembre de 2017, de la Contraloría General de la República.
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Formalización de la contratación. |
La contratación se formalizará mediante la emisión de la orden de compra y la aceptación de ésta por parte del
proveedor adjudicado. No será necesaria la suscripción de un contrato.
En el caso que la orden de compra no haya sido aceptada, la CGR podrá solicitar su rechazo, y se entenderá que ha
sido definitivamente rechazada por el proveedor una vez transcurridas 24 horas desde dicha solicitud.
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Precio y forma de pago. |
El precio total será el ofertado por el proveedor adjudicado, y según lo expresado en su oferta económica, más I.V.A.
El mismo será pagado en una (01) cuota, contra presentación de la respectiva factura, pagadera en un plazo máximo de
treinta (30) días.
El documento de cobro, deberán extenderse a nombre de la Contraloría General de la República, R.U.T 60.400.000-9,
dirección Teatinos N° 56, los que deberán ser entregados dentro de los 5 días hábiles siguientes a la fecha de emisión,
en la oficina N°724, piso 7 del edificio ubicado en Teatinos N°56 o electrónicamente a contraloría_gr@artikos.cl.
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Plazo de entrega. |
El plazo de entrega de los hornos ofertados se comenzará a contar a partir del día de envío de la orden de compra a
través del portal Mercado Público.
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Procedimiento de aplicación de multas |
Cuando se verifiquen hechos que, de acuerdo a lo establecido en estas bases sean constitutivos de multa, la
contraparte técnica notificará esta circunstancia al contratista, indicando en forma precisa los hechos que se imputan. El
contratista dispondrá de un plazo de cinco días hábiles, contados desde la fecha de su notificación, para efectuar los
descargos que estime pertinentes, adjuntando los antecedentes que sustenten sus alegaciones, por escrito y entregado
en Teatinos N°56, comuna de Santiago o mediante correo electrónico a contratos@contraloria.cl.
Una vez realizados los descargos por parte del contratista, o en su defecto, una vez transcurrido el plazo de cinco días
hábiles sin que el contratista haya formulado descargos, la contraparte técnica informará esta situación al Departamento
de Abastecimiento solicitando la aplicación de la multa, en caso de que ello sea procedente.
La multa será aplicada mediante resolución, la que será notificada al contratista en forma personal o mediante carta
certificada dirigida al domicilio señalado en la orden de compra. La notificación que se efectúe mediante carta
certificada, se entenderá practicada a contar del tercer día hábil siguiente a su recepción en la oficina de correos
correspondiente.
El contratista podrá interponer recurso de reposición en contra de la resolución que le aplique la multa, dentro del plazo
de cinco días hábiles contados desde la fecha de su notificación, por escrito y entregado en Teatinos N°56, comuna de
Santiago o mediante correo electrónico a contratos@contraloria.cl. La CGR resolverá la reposición presentada,
acogiendo total o parcialmente los fundamentos dados por el contratista, o bien, la rechazará confirmando la multa
aplicada, sin perjuicio de los demás recursos que contempla la ley N° 19.880, que sean procedentes.
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Pago de las multas. |
El contratista podrá pagar las multas directamente en el departamento de Presupuesto de la Contraloría, debiendo
otorgársele recibo para tal efecto. En caso contrario, el monto total de las multas impagas y que no se encuentren con
reclamación pendiente o con el plazo vigente para reclamar de ella, será descontado del siguiente pago que
corresponda.
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Modificación del contrato y término anticipado del contrato. |
La contratación podrá modificarse o terminarse anticipadamente, de conformidad a lo establecido en el artículo 13 de la
ley de compras, por las siguientes causas:
a) La resciliación o mutuo acuerdo entre los contratantes.
b) El incumplimiento grave de las obligaciones contraídas por el contratante.
c) El estado de notoria insolvencia del contratante, a menos que se mejoren las cauciones entregadas o las existentes
sean suficientes para garantizar el cumplimiento del contrato.
d) Por exigirlo el interés público o la seguridad nacional.
e) Por registrar el contratista saldos insolutos de remuneraciones o contrataciones de seguridad social con sus actuales
trabajadores o con trabajadores contratados en los últimos dos años, a la mitad del periodo de ejecución del contrato,
con un máximo de seis meses. Para efectos de terminar anticipadamente el contrato por la causal prevista en el literal
b), se entenderá como incumplimiento grave de las obligaciones del contratista, facultando a la CGR para poner término
anticipado al contrato, entre otras, las siguientes acciones, que serán siempre certificadas por la contraparte técnica de
la CGR:
1. La negativa, sin causa justificada, de prestar cualquiera de los servicios a los que se hubiere comprometido en su
oferta, que sean procedentes.
2. El incumplimiento de lo establecido en el punto 11 de las bases administrativas
3. Aplicación de multas por un total acumulado equivalente al 5% del valor del contrato.
4. Superar los topes establecidos para cada situación o condición constitutiva de multa.
Para efectos de aplicar la causal de término anticipado por incumplimiento grave, se aplicará previamente el
procedimiento establecido en el punto 15.2. Lo establecido en este acápite, es sin perjuicio de las acciones que la CGR
pueda ejercer para exigir el cumplimiento forzado de lo pactado o la resolución del contrato, en ambos casos, con la
correspondiente indemnización de perjuicios.
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