Licitación ID: 885-130-LE19
Contratación de Servicio de Análisis Microbiológico
Responsable de esta licitación: CONTRALORIA GENERAL DE LA REPUBLICA, Contraloría General de la República
Reclamos recibidos por incumplir plazo de pago: 2
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Productos o servicios
1
Servicios de análisis de los alimentos 1 Unidad
Cod: 85151508
CONTRATACIÓN DE SERVICIOS DE ANÁLISIS MICROBIOLÓGICO PARA EL SERVICIO DE ALIMENTACIÓN DEL JARDÍN INFANTIL Y SALA CUNA DE LA CONTRALORÍA GENERAL DE LA REPÚBLICA, UBICADO EN ROBERTO ESPINOZA N°1256, COMUNA DE SANTIAGO.  

1. Características de la licitación
Nombre de la licitación:
Contratación de Servicio de Análisis Microbiológico
Estado:
Adjudicada
Descripción:
La Contraloría General de la República –en adelante CGR- llama a presentar ofertas para la contratación del servicio de análisis microbiológico para el personal del servicio de alimentación perteneciente al Jardín Infantil y Sala Cuna de la Institución, cuyos resultados permitirán verificar el cumplimiento de las normas de higiene y manipulación al interior del servicio de alimentación, además de posibilitar las medidas correctivas tendientes a mejorar el servicio entregado a los infantes.
Tipo de licitación:
Pública-Licitación Pública igual o superior a 100 UTM e inferior a 1.000 UTM (LE)
Tipo de convocatoria:
ABIERTO
Moneda:
Peso Chileno
Etapas del proceso de apertura:
Una Etapa
Contrato
Se requerirá suscripción de contrato
Toma de razón por Contraloría:
No requiere Toma de Razón por Contraloría
Publicidad de ofertas técnicas:
Las ofertas técnicas serán de público conocimiento una vez realizada la apertura técnica de las ofertas.
2. Organismo demandante
Razón social:
CONTRALORIA GENERAL DE LA REPUBLICA
Unidad de compra:
Contraloría General de la República
R.U.T.:
60.400.000-9
Dirección:
Teatinos 56
Comuna:
Santiago
Región en que se genera la licitación:
Región Metropolitana de Santiago
3. Etapas y plazos
Fecha de cierre de recepción de la oferta: 06-12-2019 16:00:00
Fecha de Publicación: 26-11-2019 11:30:48
Fecha inicio de preguntas: 26-11-2019 12:00:00
Fecha final de preguntas: 02-12-2019 8:00:00
Fecha de publicación de respuestas: 03-12-2019 22:00:00
Fecha de acto de apertura técnica: 06-12-2019 16:30:00
Fecha de acto de apertura económica (referencial): 06-12-2019 16:30:00
Fecha de Adjudicación: 03-02-2020 11:00:45
Fecha de entrega en soporte fisico No hay información
Fecha estimada de firma de contrato No hay información
Tiempo estimado de evaluación de ofertas No hay información
Fecha estimada firma del contrato 06-01-2020 18:00:00
4. Antecedentes para incluir en la oferta
Documentos Administrativos
1.- Según lo indicado en el numeral 3.1 de las bases administrativas
Documentos Técnicos
1.- Según lo indicado en el numeral 3.2 de las bases administrativas
 
Documentos Económicos
1.- Según lo indicado en el numeral 3.3 de las bases administrativas
5. Requisitos para contratar al proveedor adjudicado
Persona natural
Encontrarse hábil en el Registro de Proveedores, registro que verificará NO haber incurrido en las siguientes causales de inhabilidad:

1 .- Haber sido condenado por cualquiera de los delitos de cohecho contemplados en el título V del Libro Segundo del Código Penal.
 
2 .- Registrar una o más deudas tributarias por un monto total superior a 500 UTM por más de un año, o superior a 200 UTM e inferior a 500 UTM por un período superior a 2 años, sin que exista un convenio de pago vigente. En caso de encontrarse pendiente juicio sobre la efectividad de la deuda, esta inhabilidad regirá una vez que se encuentre firme o ejecutoriada la respectiva resolución.
 
3 .- Registrar deudas previsionales o de salud por más de 12 meses por sus trabajadores dependientes, lo que se acreditará mediante certificado de la autoridad competente.
 
4 .- La presentación al Registro Nacional de Proveedores de uno o más documentos falsos, declarado así por sentencia judicial ejecutoriada.
 
5 .- Haber sido declarado en quiebra por resolución judicial ejecutoriada.
 
6 .- Haber sido eliminado o encontrarse suspendido del Registro Nacional de Proveedores por resolución fundada de la Dirección de Compras.
 
7 .- Haber sido condenado por prácticas antisindicales o infracción a los derechos fundamentales del trabajador.
 
8 .- Registrar condenas asociadas a responsabilidad penal jurídica (incumplimiento artículo 10, Ley 20.393).
 
Documentos persona natural
- Fotocopia Legalizada de Cédula de Identidad
- Declaración jurada acreditando que no se encuentra afecto al art. 4 inciso 6 de la ley 19.886, en el cual se establece que "ningún órgano de la administración del Estado podrá suscribir contratos administrativos de provisión de bienes y servicios con los funcionarios directivos del mismo órgano o empresa, ni con personas unidas a ellos por los vínculos de parentesco."
Persona jurídica
Encontrarse hábil en el Registro de Proveedores, registro que verificará NO haber incurrido en las siguientes causales de inhabilidad:

1 .- Haber sido condenado por cualquiera de los delitos de cohecho contemplados en el título V del Libro Segundo del Código Penal.

2 .- Registrar una o más deudas tributarias por un monto total superior a 500 UTM por más de un año, o superior a 200 UTM e inferior a 500 UTM por un período superior a 2 años, sin que exista un convenio de pago vigente. En caso de encontrarse pendiente juicio sobre la efectividad de la deuda, esta inhabilidad regirá una vez que se encuentre firme o ejecutoriada la respectiva resolución.

3 .- Registrar deudas previsionales o de salud por más de 12 meses por sus trabajadores dependientes, lo que se acreditará mediante certificado de la autoridad competente.

4 .- La presentación al Registro Nacional de Proveedores de uno o más documentos falsos, declarado así por sentencia judicial ejecutoriada.

5 .- Haber sido declarado en quiebra por resolución judicial ejecutoriada.

6 .- Haber sido eliminado o encontrarse suspendido del Registro Nacional de Proveedores por resolución fundada de la Dirección de Compras.

7 .- Haber sido condenado por prácticas antisindicales o infracción a los derechos fundamentales del trabajador.

8 .- Registrar condenas asociadas a responsabilidad penal jurídica (incumplimiento artículo 10, Ley 20.393).

Documentos persona jurídica
- Fotocopia Legalizada del Rut de la Empresa
- Declaración jurada acreditando que no se encuentra afecto al art. 4 inciso 6 de la ley 19.886, en el cual se establece que "ningún órgano de la administración del Estado podrá suscribir contratos administrativos de provisión de bienes y servicios con los funcionarios directivos del mismo órgano o empresa, ni con personas unidas a ellos por los vínculos de parentesco."
- Certificado de Vigencia de la Sociedad
- (1) Certificado de Boletín de Informes Comerciales
- (1) Certificado de Quiebras/Convenio Judicial
6. Criterios de evaluación
ÍtemObservacionesPonderación
1 Oferta económica Según lo indicado en el numeral 6.3 de las bases administrativas. 70%
2 Experiencia en trabajos similares. Según lo indicado en el numeral 6.3 de las bases administrativas. 30%

7. Montos y duración del contrato
Estimación en base a: Precio Referencial
Fuente de financiamiento: No hay información
Monto Total Estimado: 6000000
Contrato con Renovación: NO
Observaciones Precio referencial a pagar por el servicio de análisis microbiológico por el período de 24 meses.
Tiempo del Contrato 24 Meses
Plazos de pago: 30 días contra la recepción conforme de la factura
Opciones de pago: Transferencia Electrónica
Nombre de responsable de pago: Daniela Toro
e-mail de responsable de pago: dtoropa@contraloria.cl
Nombre de responsable de contrato: Franco Cataldo
e-mail de responsable de contrato: fcataldos@contraloria.cl
Teléfono de responsable del contrato: 56-2-32401243-
Prohibición de subcontratación: Se permite subcontratación
8. Garantías requeridas
    Garantía fiel de Cumplimiento de Contrato
Beneficiario: Contraloría General de la República. RUT: 60.400.000-9.
Fecha de vencimiento: 31-03-2022
Monto: 5 %
Descripción: No hay información
Glosa: Para garantizar el fiel y oportuno cumplimiento del proceso ID 885-114-LE19.
Forma y oportunidad de restitución: A la fecha de su vencimiento y una vez verificado el cumplimiento de las obligaciones del contratista a satisfacción de la CGR.
9. Requerimientos técnicos y otras cláusulas
Gastos
Los gastos en que incurran los oferentes con motivo de la presente licitación serán de su exclusivo cargo, sin derecho a ningún tipo de reembolso por parte de la Contraloría.
Documentación que rige esta licitación.
La presente licitación se rige por lo previsto en la ley N° 19.886 y su reglamento de compras, aprobado por decreto N° 250, de 2004, del Ministerio de Hacienda y por los documentos que a continuación se indican, los que en caso de discrepancias se interpretarán de acuerdo al siguiente orden de prelación: a) Bases administrativas, técnicas y anexos de la licitación. b) Modificaciones a las bases, que eventualmente podrá hacer la Contraloría, a través de la resolución correspondiente. c) Respuestas a las preguntas de los proveedores. d) Aclaraciones a las ofertas que hayan sido solicitadas por la Contraloría. Los interesados en conocer los documentos señalados anteriormente podrán hacerlo accediendo al portal Mercado Público.
Modificaciones a las bases
La Contraloría podrá modificar las bases administrativas, bases técnicas y sus anexos hasta antes del vencimiento del plazo para presentar ofertas. Estas modificaciones deberán ser aprobadas mediante resolución totalmente tramitada y publicada en el portal, en caso de ser necesario, deberán fijar prudencialmente un nuevo plazo para la presentación de ofertas, de manera de permitir que los proveedores interesados puedan conocer y adecuar su oferta a tales modificaciones.
Contenido de la oferta
Los oferentes deberán presentar sus ofertas a través del portal Mercado Público, en formato electrónico o digital, dentro del plazo de recepción de las mismas establecido en el cronograma de actividades. Los proveedores podrán presentar más de una oferta, no obstante, cada una de ellas deberá cumplir íntegramente con lo exigido en estas bases. La propuesta se compone de los antecedentes administrativos, de la oferta técnica y de la oferta económica, según se detalla en los siguientes puntos 3.1, 3.2 y 3.3. La falta de presentación de cualquiera de los antecedentes indicados en esos puntos, será condición suficiente para no considerar la propuesta en el proceso de evaluación y adjudicación, sin perjuicio de lo indicado en el punto 5 de las presentes bases administrativas. Para la presentación de las ofertas, los formularios definidos en los anexos de las presentes bases se encontrarán disponibles en formato Word o Excel, según corresponda, en el portal Mercado Público. Si el oferente quisiere complementar su información, podrá hacerlo adjuntando archivos adicionales. Se deja establecido que la sola circunstancia de presentar una oferta para esta licitación, implica que el respectivo oferente ha analizado las bases administrativas y técnicas, y respuestas a las preguntas de la licitación, con anterioridad a la presentación de su oferta, y que manifiesta su conformidad y aceptación sin ningún tipo de reservas ni condiciones a toda la documentación referida. Cuando haya indisponibilidad técnica del portal, circunstancia que deberá ser ratificada por la Dirección de Compras y Contratación Pública mediante el pertinente certificado, el cual deberá ser solicitado por las vías que informe dicho servicio, dentro de las 24 horas siguientes al cierre de la recepción de las ofertas, los oferentes afectados tendrán un plazo de 2 días hábiles contados desde la fecha del envío del certificado de indisponibilidad, para la presentación de sus ofertas fuera del portal.
Antecedentes administrativos
1. Identificación del oferente: Anexo N°1-A (Persona jurídica)- Anexo N°1-B (Persona natural). 2 Declaración jurada simple: Anexo N°2-A (Persona jurídica) - Anexo N°2-B (Persona natural). 3 Acreditación según lo estipulado por el Instituto Nacional de Normalización, INN y NCH– ISO 17.025. Adjuntar certificados correspondientes de acreditación.
Errores u omisiones durante la evaluación.
La CGR podrá solicitar a través del portal, de conformidad a lo establecido en el inciso primero del artículo 40 del reglamento de compras, que los oferentes salven errores u omisiones formales, siempre y cuando las rectificaciones de dichos vicios u omisiones no les confieran a éstos una situación de privilegio respecto de los demás competidores, esto es, en tanto no se afecten los principios de estricta sujeción a las bases y de igualdad entre los oferentes, lo que se informará al resto de los proponentes a través del portal.
De la evaluación
La CGR evaluará los antecedentes que constituyen la oferta de los proveedores de acuerdo a los criterios de evaluación definidos en las presentes bases.
Comisión evaluadora
La evaluación de las ofertas estará a cargo de una comisión evaluadora, que estará integrada por los siguientes funcionarios de la Contraloría General de la República, o en caso de impedimento, por quienes los subroguen legalmente: 1. Tomislav Ostoic Muñoz, Jefe Departamento de Bienestar y Calidad de Vida Laboral, R.U.T 6.474.675-8. 2.María Constanza Hidalgo Rencoret, Jefa Unidad de Administración de Recintos, Deportes y Recreación, R.U.T 16.362.111-8. 3. Claudia Marchant Henríquez, Nutricionista Jardín Infantil y Sala Cuna, R.U.T 14.161.713-3 4. Franco Cataldo Salinas, Analista del Departamento de Abastecimiento, R.U.T 19.232.297-9. Durante la etapa de evaluación, la comisión podrá verificar todos aquellos antecedentes que estime pertinentes con el objeto de asegurar una correcta evaluación de las ofertas. En especial, podrá requerir información de los medios de contacto indicados por los propios oferentes.
Informe de la comisión evaluadora
La comisión evaluadora emitirá un informe, dirigido a la autoridad facultada para adoptar la decisión, en el que se contendrá un resumen del proceso de licitación, con todos sus participantes y las evaluaciones realizadas, indicando el puntaje que hayan obtenido los respectivos proponentes, en la oportunidad establecida en el cronograma de actividades. En caso de producirse un empate entre los oferentes que sean mejor evaluados, se aplicarán, en forma sucesiva, las siguientes reglas de desempate: • Primer decimal en el puntaje final. • Mayor puntaje de la oferta técnica. • Mayor puntaje de la oferta económica. Entre aquellos oferentes que continúen empatados luego de aplicar todos los criterios anteriores, se preferirá a aquel que primero haya ingresado su oferta en el portal, de acuerdo a la información que conste en los respectivos comprobantes de ingreso de oferta.
De la adjudicación
La CGR aceptará la oferta más ventajosa, considerando los criterios de evaluación con sus respectivos puntajes y ponderaciones establecidos en estas bases, mediante resolución fundada, en el que se especificarán los criterios de evaluación aplicados. Cuando el precio de la oferta presentada por un oferente sea menor al 50% del precio presentado por el oferente que le sigue, y se verifique por parte de la CGR que los costos de dicha oferta son inconsistentes económicamente, la CGR podrá, de acuerdo a lo establecido en El artículo 42 del reglamento de compras, adjudicar la presente licitación a través de una resolución fundada a esa oferta, solicitándole una ampliación de la garantía de fiel y oportuno cumplimiento, hasta por la diferencia del precio con la oferta que le sigue. La CRG notificará a través del portal la resolución fundada de adjudicación a quien resulte adjudicado e informará por ese mismo medio las ofertas no adjudicadas al resto de oferentes. Cuando la adjudicación no se realice en los plazos establecidos en las presentes bases (punto 2.4), la CGR ingresará en el portal las razones que justifican el incumplimiento del plazo de adjudicación e informará el nuevo plazo. La presente licitación será adjudicada a un solo proveedor.
Inadmisibilidad de las ofertas y declaración de desierta de la licitación
La Contraloría declarará inadmisibles las ofertas cuando éstas no cumplieren los requisitos establecidos en las bases, ya sea en uno o más actos específicos, o en el mismo acto de adjudicación. Además, la Contraloría declarará desierta la licitación si es que no se presentan ofertas, o bien, si éstas no resultan convenientes a sus intereses. En todo caso, las declaraciones de la Contraloría se efectuarán siempre mediante resolución fundada.
Facultad de readjudicar.
La CGR podrá readjudicar la licitación al oferente que siga en orden de prelación de acuerdo con el puntaje obtenido, en los siguientes casos: a) Si el adjudicatario se desiste de su oferta. b) Si el adjudicatario es inhábil para contratar con el Estado en los términos del artículo 4° de la ley N° 19.886 o en virtud de la ley N° 20.393, o no proporciona los documentos que le sean requeridos para verificar dicha condición. c) Si el adjudicatario se desiste de su oferta.
De la contratación
Una vez adjudicada la mejor propuesta, el adjudicatario deberá suscribir el contrato dentro del plazo establecido para tales efectos en el cronograma de actividades. Para la firma del contrato, el adjudicatario que sea persona natural deberá acompañar una copia de su cédula de identidad; el adjudicatario que sea persona jurídica, deberá acompañar una copia de su escritura de constitución y de sus modificaciones, un certificado de vigencia de la persona jurídica y de los poderes de su(s) representante(s), emitidos con una antelación no superior a seis meses, y una copia de la cédula de identidad de su(s) representante(s). Si se trata de personas jurídicas que no se constituyan mediante escritura pública inscrita en el registro de comercio correspondiente, deberá acompañar los documentos que resulten idóneos para acreditar su existencia y la personería del representante, emitidos con una antelación no superior a seis meses. En todo caso, el adjudicatario no deberá acompañar los documentos especificados en el párrafo anterior si ellos u otros similares se encuentren disponibles en el Registro Electrónico Oficial de Proveedores del Estado (www.chileproveedores.cl). En el evento que el contrato no se firme en el plazo estipulado por causas atribuibles al adjudicatario, se desista de su oferta o sea inhábil para contratar con el Estado en los términos del artículo 4° de la ley N° 19.886, o en virtud de la ley N° 20.393, la CGR podrá readjudicar la licitación al oferente que le siga en orden de prelación de acuerdo con el puntaje obtenido, o a declarar desierta la licitación.
Obligaciones del contratista
Sin perjuicio de las obligaciones que derivan de la naturaleza de la contratación, el contratista estará sujeto al cumplimiento de las siguientes obligaciones: a) Cumplir el contrato siguiendo rigurosamente las especificaciones contenidas en las bases de la licitación. b) Asumir la responsabilidad en cuanto a la buena ejecución del contrato. c) Responder de todo accidente o daño que durante la vigencia del contrato le pudiera ocurrir al personal, a las dependencias o a los bienes de la Contraloría, que le sean imputables. d) Cumplir fielmente las obligaciones que le corresponden como empleador, en aspectos tales como remuneraciones, previsión, seguridad social, alimentación, y demás que resulten aplicables. e) Cuidar los bienes, materiales, equipos e instalaciones de su propiedad. En consecuencia, no tendrá derecho alguno a indemnización de ninguna especie por perdida, destrucción, deterioro, desgaste producidos por robo, uso, mal uso u otra razón, incluyendo la fuerza mayor y caso fortuito. f) Mantener en óptimas condiciones las dependencias de Contraloría General de la República utilizadas en la prestación de los servicios. g) Conservar en buen estado de funcionamiento los bienes y elementos que le suministre la Contraloría General de la República, y repararlos, a su costa, de todo daño o desperfecto que ellos experimenten. h) Restituir, al término del contrato, los bienes y demás elementos proporcionados por la Contraloría General de la República, en el estado que le hubieren sido entregados, habida consideración del desgaste natural que se produzca por su uso legítimo. i) Proveer todos los elementos necesarios para prestar en forma óptima y eficiente el servicio contratado. j) Acatar las instrucciones e indicaciones que le imparte la contraparte técnica en lo relativo a los servicios a los que se refiere la presente licitación, en aspectos tales como vías de circulación para personas y alimentos, entre otros. k) Dar cumplimiento, en forma íntegra y oportuna, al Reglamento Especial para Empresas Contratistas y Subcontratistas de la Contraloría General de la República, aprobado mediante resolución exenta N° 05160, de 21 de diciembre de 2017, de la Contraloría General de la República.
Encargado del contratista
El contratista deberá nombrar en el contrato, un encargado para la ejecución del mismo, que tendrá, a lo menos, las siguientes funciones: a) Representar al contratista en la discusión de las materias relacionadas con la ejecución del contrato. b) Coordinar las acciones que sean pertinentes para la operación y cumplimiento del contrato. Todo cambio relativo a esta designación, deberá ser informado a la CGR por el representante legal, a más tardar dentro de las 24 horas siguientes de efectuado.
Contraparte técnica por parte de la CGR
La contraparte técnica corresponderá al Jefe del Departamento de Bienestar, junto a Jefe de Unidad de Administración de Recintos, Deportes y Recreación y una nutricionista de la Unida de Sala Cuna y Jardín Infantil, o quienes este designe, los cuales realizarán las siguientes actividades: a) Dar visto bueno y recepción conforme de los servicios, como asimismo informar de las circunstancias constituyentes de multas, mediante un informe dirigido al Departamento de Abastecimiento. b) Supervisar, coordinar y fiscalizar el cumplimiento de los procedimientos establecidos en estas bases. c) Fiscalizar que la ejecución del servicio se ciña estrictamente a lo indicado en las bases técnicas y otros documentos complementarios. d) Velar por el correcto desarrollo del servicio, informando mediante oficio al Departamento de Abastecimiento en caso de incumplimiento para la aplicación de multas. e) Entregar en forma oportuna al contratista un ejemplar del Reglamento Especial para Empresas Contratistas y Subcontratistas de la Contraloría General de la República, aprobado mediante resolución exenta N° 05160, de 21 de diciembre de 2017, de la Contraloría General de la República, debiendo verificar y controlar su cumplimiento de acuerdo a lo establecido en ese mismo instrumento. f) Las demás que le encomienden las presentes bases.
Multas
Cada vez que el contratista incurra en los incumplimientos definidos en las presentes bases, la CGR podrá aplicar administrativamente multas, salvo que sea debido a casos de fuerza mayor o caso fortuito, los que deberán ser justificados por el contratista ante la contraparte técnica.
Procedimiento de aplicación
Cuando se verifiquen hechos que, de acuerdo a lo establecido en estas bases sean constitutivos de multa, la contraparte técnica notificará esta circunstancia al contratista, indicando en forma precisa los hechos que se imputan. El contratista dispondrá de un plazo de cinco días hábiles, contados desde la fecha de su notificación, para efectuar los descargos que estime pertinentes, adjuntando los antecedentes que sustenten sus alegaciones, por escrito y entregado en Teatinos N°56, comuna de Santiago o mediante correo electrónico a contratos@Contraloría.cl. Una vez realizados los descargos por parte del contratista, o en su defecto, una vez transcurrido el plazo de cinco días hábiles sin que el contratista haya formulado descargos, la contraparte técnica informará esta situación al Departamento de Abastecimiento solicitando la aplicación de la multa, en caso de que ello sea procedente. La multa será aplicada mediante resolución, la que será notificada al contratista en forma personal o mediante carta certificada dirigida al domicilio señalado en el contrato. La notificación que se efectúe mediante carta certificada, se entenderá practicada a contar del tercer día hábil siguiente a su recepción en la oficina de correos correspondiente. El contratista podrá interponer recurso de reposición en contra de la resolución que le aplique la multa, dentro del plazo de cinco días hábiles contados desde la fecha de su notificación, por escrito y entregado en Teatinos N°56, comuna de Santiago o mediante correo electrónico a contratos@Contraloría.cl. La CGR resolverá la reposición presentada, acogiendo total o parcialmente los fundamentos dados por el contratista, o bien, la rechazará confirmando la multa aplicada, sin perjuicio de los demás recursos que contempla la ley N° 19.880, que sean procedentes.
Pago de las multa
El contratista podrá pagar las multas directamente en la Unidad de Contabilidad y Presupuesto del CGR, debiendo otorgársele recibo para tal efecto. En caso contrario, el monto total de las multas impagas y que no se encuentren con reclamación pendiente o con el plazo vigente para reclamar de ella, será descontado del pago que corresponda. Lo anterior es sin perjuicio de la facultad de la Contraloría de hacer efectivo el cobro de la garantía de fiel y oportuno cumplimiento. En caso de hacerse efectivo su cobro, el contratista deberá entregar una nueva garantía, de igual monto y características, dentro de los 10 días siguientes al cobro de la anterior.
Modificación y término anticipado del contrato
El contrato podrá modificarse o terminarse anticipadamente, de conformidad a lo establecido en el artículo 13 de la ley de compras, por las siguientes causas: a) La resciliación o mutuo acuerdo entre los contratantes. b) El incumplimiento grave de las obligaciones contraídas por el contratante. c) El estado de notoria insolvencia del contratante, a menos que se mejoren las cauciones entregadas o las existentes sean suficientes para garantizar el cumplimiento del contrato. e) Por exigirlo el interés público o la seguridad nacional. f) Por registrar el contratista saldos insolutos de remuneraciones o contrataciones de seguridad social con sus actuales trabajadores o con trabajadores contratados en los últimos dos años, a la mitad del periodo de ejecución del contrato, con un máximo de seis meses. Las modificaciones al contrato podrán efectuarse con la finalidad de lograr un mejor cumplimiento de los objetivos del contrato o de hacerse cargo de situaciones imprevistas, ocurridas durante la ejecución del contrato, y que incidan en su normal desarrollo. Las modificaciones podrán afectar el precio del contrato en hasta un 30% de su valor total. En todo caso, las modificaciones del contrato siempre deberán constar en un instrumento suscrito por ambas partes, el que deberá ser aprobado mediante resolución que será sometida a la misma tramitación administrativa que la resolución mediante la cual se haya aprobado el contrato. Para efectos de terminar anticipadamente el contrato por la causal prevista en el literal b), se entenderá como incumplimiento grave de las obligaciones del contratista, facultando a la CGR para poner término anticipado del contrato, entre otras, las siguientes acciones, que serán siempre certificadas por la contraparte técnica de la CGR: 1. Incumplimiento en el pago de las multas. 2. Incumplimiento de las especificaciones técnicas de calidad ofrecidas por el adjudicatario en la oferta. 3. La negativa, sin causa justificada, de prestar cualquiera de los servicios a las que se hubiere comprometido en su oferta. 4. Acumulación de multas por sobre las 40 U.F. dentro de un período de 6 meses. 5. Aplicación de multas hasta los topes en ellas establecidos, no obstante haber superado el número de eventos en más de dos ocasiones durante la ejecución de los servicios. Para efectos de aplicar la causal de término anticipado por incumplimiento grave, se aplicará previamente el procedimiento establecido en el punto 12.1. Cuando se ponga término anticipado al contrato por las causales indicadas en las letras b), c) y e) precedentes, se procederá al cobro de la garantía de fiel y oportuno cumplimiento del contrato. Lo establecido en este acápite, es sin perjuicio de las acciones que la CGR pueda ejercer para exigir el cumplimiento forzado de lo pactado o la resolución del contrato, en ambos casos, con la correspondiente indemnización de perjuicios.