Licitación ID: 886182-17-LE22
LICENCIAS PERPETUAS DE ADOBE ACROBAT PRO DC
Responsable de esta licitación: UNIVERSIDAD DE AYSEN, Universidad de Aysen
Reclamos recibidos por incumplir plazo de pago: 87
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Productos o servicios
1
Software de gestión de licencias 36 Unidad
Cod: 43231512
LICENCIAS PERPETUAS DE ADOBE ACROBAT PRO DC  

1. Características de la licitación
Nombre de la licitación:
LICENCIAS PERPETUAS DE ADOBE ACROBAT PRO DC
Estado:
Adjudicada
Descripción:
La Universidad de Aysén requiere contratar la adquisición de 36 licencias perpetuas de Adobe Acrobat Pro DC multiplataforma en español bajo valor educacional User Education o su equivalente. No se aceptarán ofertas por otro tipo de licencias similares ni homologadas. El plazo de entrega no podrá exceder de 10 días hábiles desde aceptada la Orden de Compra respectiva.
Tipo de licitación:
Pública-Licitación Pública igual o superior a 100 UTM e inferior a 1.000 UTM (LE)
Tipo de convocatoria:
ABIERTO
Moneda:
Peso Chileno
Etapas del proceso de apertura:
Una Etapa
Contrato
El contrato se formalizará con la orden de compra
Toma de razón por Contraloría:
No requiere Toma de Razón por Contraloría
Publicidad de ofertas técnicas:
Las ofertas técnicas serán de público conocimiento una vez realizada la apertura técnica de las ofertas.
2. Organismo demandante
Razón social:
UNIVERSIDAD DE AYSEN
Unidad de compra:
Universidad de Aysen
R.U.T.:
61.980.520-8
Dirección:
Calle Obispo Vielmo N° 62
Comuna:
Coyhaique
Región en que se genera la licitación:
Región Aysén del General Carlos Ibáñez del Campo
3. Etapas y plazos
Fecha de cierre de recepción de la oferta: 09-11-2022 15:00:00
Fecha de Publicación: 02-11-2022 15:52:00
Fecha inicio de preguntas: 02-11-2022 19:16:00
Fecha final de preguntas: 03-11-2022 19:17:00
Fecha de publicación de respuestas: 04-11-2022 21:15:00
Fecha de acto de apertura técnica: 09-11-2022 21:00:00
Fecha de acto de apertura económica (referencial): 09-11-2022 21:00:00
Fecha de Adjudicación: 30-11-2022 18:07:33
Fecha de entrega en soporte fisico No hay información
Fecha estimada de firma de contrato No hay información
Tiempo estimado de evaluación de ofertas No hay información
4. Antecedentes para incluir en la oferta
Adicionalmente, todos los proveedores para ofertar en esta licitación, deberán obligatoriamente confirmar y firmar electrónicamente la Declaración Jurada de Requisitos para Ofertar.
Documentos Administrativos
1.- Anexo Administrativo
Documentos Técnicos
1.- Anexo Técnico y Económico
 
No hay información de Antecedentes Económicos
5. Requisitos para contratar al proveedor adjudicado
Persona natural
Encontrarse hábil en el Registro de Proveedores, registro que verificará NO haber incurrido en las siguientes causales de inhabilidad:

1 .- Haber sido condenado por cualquiera de los delitos de cohecho contemplados en el título V del Libro Segundo del Código Penal.
 
2 .- Registrar una o más deudas tributarias por un monto total superior a 500 UTM por más de un año, o superior a 200 UTM e inferior a 500 UTM por un período superior a 2 años, sin que exista un convenio de pago vigente. En caso de encontrarse pendiente juicio sobre la efectividad de la deuda, esta inhabilidad regirá una vez que se encuentre firme o ejecutoriada la respectiva resolución.
 
3 .- Registrar deudas previsionales o de salud por más de 12 meses por sus trabajadores dependientes, lo que se acreditará mediante certificado de la autoridad competente.
 
4 .- La presentación al Registro Nacional de Proveedores de uno o más documentos falsos, declarado así por sentencia judicial ejecutoriada.
 
5 .- Haber sido declarado en quiebra por resolución judicial ejecutoriada.
 
6 .- Haber sido eliminado o encontrarse suspendido del Registro Nacional de Proveedores por resolución fundada de la Dirección de Compras.
 
7 .- Haber sido condenado por prácticas antisindicales o infracción a los derechos fundamentales del trabajador.
 
8 .- Registrar condenas asociadas a responsabilidad penal jurídica (incumplimiento artículo 10, Ley 20.393).
 
Documentos persona natural
- Fotocopia Legalizada de Cédula de Identidad
- Declaración jurada acreditando que no se encuentra afecto al art. 4 inciso 6 de la ley 19.886, en el cual se establece que "ningún órgano de la administración del Estado podrá suscribir contratos administrativos de provisión de bienes y servicios con los funcionarios directivos del mismo órgano o empresa, ni con personas unidas a ellos por los vínculos de parentesco."
Persona jurídica
Encontrarse hábil en el Registro de Proveedores, registro que verificará NO haber incurrido en las siguientes causales de inhabilidad:

1 .- Haber sido condenado por cualquiera de los delitos de cohecho contemplados en el título V del Libro Segundo del Código Penal.

2 .- Registrar una o más deudas tributarias por un monto total superior a 500 UTM por más de un año, o superior a 200 UTM e inferior a 500 UTM por un período superior a 2 años, sin que exista un convenio de pago vigente. En caso de encontrarse pendiente juicio sobre la efectividad de la deuda, esta inhabilidad regirá una vez que se encuentre firme o ejecutoriada la respectiva resolución.

3 .- Registrar deudas previsionales o de salud por más de 12 meses por sus trabajadores dependientes, lo que se acreditará mediante certificado de la autoridad competente.

4 .- La presentación al Registro Nacional de Proveedores de uno o más documentos falsos, declarado así por sentencia judicial ejecutoriada.

5 .- Haber sido declarado en quiebra por resolución judicial ejecutoriada.

6 .- Haber sido eliminado o encontrarse suspendido del Registro Nacional de Proveedores por resolución fundada de la Dirección de Compras.

7 .- Haber sido condenado por prácticas antisindicales o infracción a los derechos fundamentales del trabajador.

8 .- Registrar condenas asociadas a responsabilidad penal jurídica (incumplimiento artículo 10, Ley 20.393).

Documentos persona jurídica
- Fotocopia Legalizada del Rut de la Empresa
- Declaración jurada acreditando que no se encuentra afecto al art. 4 inciso 6 de la ley 19.886, en el cual se establece que "ningún órgano de la administración del Estado podrá suscribir contratos administrativos de provisión de bienes y servicios con los funcionarios directivos del mismo órgano o empresa, ni con personas unidas a ellos por los vínculos de parentesco."
- Certificado de Vigencia de la Sociedad
- (1) Certificado de Boletín de Informes Comerciales
- (1) Certificado de Quiebras/Convenio Judicial
6. Criterios de evaluación
ÍtemObservacionesPonderación
1 Plazo de Entrega Puntaje = (plazo de entrega mínimo ofertado/ plazo de entrega de la oferta en evaluación) x 10 20%
2 Precio Puntaje = (precio mínimo ofertado/precio de la oferta en evaluación) x 10 70%
3 Completitud de la Oferta Presentó información completa a través del portal y sin observaciones: 10 puntos La información presentada a través del portal presenta observaciones: 0 puntos 10%

7. Montos y duración del contrato
Estimación en base a: Precio Referencial
Fuente de financiamiento: Institucional
Contrato con Renovación: NO
Observaciones Sin observaciones
Plazos de pago: 30 días contra la recepción conforme de la factura
Opciones de pago: Transferencia Electrónica
Nombre de responsable de pago: Evelyn Henriquez
e-mail de responsable de pago: evelyn.henriquez@uaysen.cl
Nombre de responsable de contrato: Cinthya Villarroel Paillacar
e-mail de responsable de contrato: cinthya.villarroel@uaysen.cl
Teléfono de responsable del contrato: 56-67-2332232-
Prohibición de subcontratación: Se permite subcontratación
8. Garantías requeridas
No hay información de Garantías
9. Requerimientos técnicos y otras cláusulas
Cláusula de Readjudicación
Se procederá a readjudicar la licitación al proponente que haya obtenido la siguiente prioridad como oferta más conveniente, que haya obtenido el segundo mejor puntaje, de acuerdo al acta de evaluación de la propuesta, en el caso de que el oferente inicialmente adjudicado: ? Se desistiera de su oferta. ? No presenta el certificado de inscripción en el Registro de Proveedores, a más tardar dentro de 5 días hábiles siguientes a la fecha de publicación de la resolución de adjudicación en el sitio www.mercadopublico.cl. ? No aceptar la orden de compra en los términos establecidos en las presentes bases. ? Incumplimiento de las demás condiciones y requisitos establecidos en las bases para la emisión de la orden de compra. Se readjudicará al oferente que le seguía en puntaje, dentro del plazo máximo de 45 días corridos contados desde la publicación de la adjudicación. Y así sucesivamente, a menos que, de acuerdo a los intereses del servicio, se estime declarar desierta la presente licitación.
1. ANTECEDENTES GENERALES DE LA LICITACIÓN.
ANTECEDENTES: La Universidad de Aysén llama a Licitación Pública para la adquisición de 36 LICENCIAS PERPETUAS DE ADOBE ACROBAT PRO DC, según especificaciones técnicas que formarán parte de las presentes bases. Este proceso de licitación se sujeta, en lo pertinente, a la siguiente normativa: a) Las presentes Bases Administrativas y Especificaciones Técnicas, los anexos aclaratorios, si los hubieren, lo establecido en la Ley de Compras y Contrataciones Públicas Nº19.886, su Reglamento y sus modificaciones, demás normas generales vigentes. b) Los anexos y formularios de presentación. c) Ley N° 19.886 sobre Contratos Administrativos de Suministro y Prestación de Servicios. d) Decreto Nº 250 del año 2004 del Ministerio de Hacienda que aprueba el reglamento de la Ley Nº 19.886 y sus modificaciones. e) Directivas e instrucciones emitidas por la Dirección de Compras Públicas. f) Lo dispuesto en la Ley Nº 20.730 que regula el lobby y las gestiones que representen intereses particulares ante las autoridades y funcionarios. g) Ley N° 19.799 sobre documentos electrónicos, firma electrónica y servicios de certificación de dicha firma. h) El Código del trabajo, que regula la relación laboral entre los empleadores y los trabajadores. i) Ley N° 16.744 de accidentes del Trabajo y Enfermedades Profesionales. j) Reglamento del artículo 183-C inciso segundo del Código del Trabajo, incorporado por la ley Nº20.123, sobre acreditación de cumplimiento de obligaciones laborales y previsionales. k) Ley N° 20. 763 establece ingreso Mínimo mensual, de las asignaciones familiar y maternal y el subsidio familiar. l) Reglamento del artículo 183-C inciso segundo del código del trabajo, incorporado por la ley Nº20.123, sobre acreditación de cumplimiento de obligaciones laborales y previsionales. m) Ley N°20.285: Ley sobre acceso a la información pública Sin perjuicio de la normativa legal vigente, la presente licitación y contrato respectivo a que pudiere dar lugar se regirán por los siguientes documentos, cuyo orden de precedencia, en caso de existir discrepancia entre ellos, será el que se indica a continuación: - Aclaraciones - Consultas y respuestas - Las presentes bases administrativas y sus anexos - Otros antecedentes técnicos que se incluyan en la licitación - Los términos de referencia/especificaciones técnicas - Ficha de licitación del portal Mercado Público - Oferta del proponente con sus anexos - Orden de compra Las Bases estarán a disposición de todos los proveedores, a través del portal www.mercadopublico.cl y los oferentes deberán ingresar en este obligatoriamente la oferta técnica y la oferta económica.
2. PRESUPUESTO
Existe un presupuesto referencial por parte de la Universidad de Aysén para la adquisición antes mencionada, que alcanza la suma de $7.200.000.- impuestos incluidos. No obstante, el valor definitivo será declarado en el Decreto Universitario de Adjudicación, la cual será en función del presupuesto efectivamente asignado.
3. NOTIFICACIONES Y PLAZOS.
Todas las notificaciones del proceso de licitación se realizarán a través del Portal www.mercadopublico.cl y se entenderán realizadas luego de transcurridas 24 horas desde que se publique en el mismo el respectivo acto o resolución objeto de la notificación. Cuando se modifiquen los plazos establecidos en las bases de licitación, la institución mandante realizará el acto administrativo que apruebe dichas modificaciones, ingresando el documento al sistema de información de compras y contratación, para conocimiento de todos los oferentes interesados. Los plazos establecidos en las presentes bases, son de días corridos. Excepto si expresamente se indique que son de días hábiles. Los plazos que se cumplieren en día inhábil, se prorrogarán al día hábil siguiente. Se considerarán inhábiles los sábados, domingos y festivos.
4. CALENDARIZACIÓN.
Las etapas de la presente Licitación estarán de acuerdo al calendario informado a través del portal Mercado Público. El plazo mínimo entre el llamado y la recepción de ofertas será de 5 días corridos, de acuerdo con lo establecido en el artículo 25 del Reglamento de la Ley de Compras, para adquisición de bienes de simple y objetiva especificación, cuyo monto de adquisición sea igual o superior a 100 UTM e inferior a 1000 UTM (ver cuadro adjunto)
5. CONSULTAS, ACLARACIONES Y MODIFICACIONES A LAS BASES.
De conformidad a lo establecido en el artículo 27 del Decreto N° 250-2004 del Ministerio de Hacienda que aprueba el reglamento de la Ley Nº 19.886 y sus modificaciones, los oferentes podrán realizar consultas de carácter administrativo o técnico que estimen necesarias a través del sistema de información, por medio del foro establecido en www.mercadopublico.cl, dentro de los plazos fijados para este efecto en el Calendario de la Licitación, indicados en la ficha de licitación, no pudiendo los proveedores contactar de ninguna otra forma con la entidad licitante o sus funcionarios/as, por la respectiva licitación, durante el curso del proceso, salvo lo que esté expresamente indicado en las presente bases. Las consultas serán debidamente contestadas o aclaradas por la entidad licitante mediante el mismo Sistema de Información en el plazo indicado para ello. Las respuestas a las preguntas formuladas se considerarán parte integrante de las presentes bases de licitación, en conformidad con lo dispuesto en la Ley 19.886. La entidad licitante podrá introducir modificaciones a las presentes bases mediante acto administrativo, ya sea por iniciativa propia o en atención a una aclaración o consulta solicitada a través del portal y hasta 48 horas antes del término del plazo para recibir ofertas, informándose de ello a través del mismo portal; estas modificaciones se entenderán que forman parte integral de las bases de licitación. El proceso de licitación se regirá según las fechas y plazos establecidos en el punto 3 de las bases de licitación, sin perjuicio de lo cual, frente a alguna aclaración o modificación en caso de que se requiera de un plazo adicional, se indicará tal circunstancia en el portal, según se ha expresado.
6. PARTICIPANTES.
Podrán participar en esta licitación pública todas las personas naturales y jurídicas, nacionales o extranjeras que se encuentren hábiles para contratar como proveedores del Estado, de acuerdo a lo establecido en la Ley de Compras y su Reglamento. En el evento que resulte adjudicada esta licitación a una persona jurídica extranjera, para contratar se le exigirá tener constituido domicilio en Chile. Las personas naturales o jurídicas, chilenas o extranjeras podrán participar en esta licitación celebrando un Pacto de Unión Temporal de Proveedores (UTP), de acuerdo a lo dispuesto en el artículo 67 bis del Decreto N° 250 de 2004 del Ministerio de Hacienda. En este caso, ninguno de los integrantes de la UTP podrá registrar alguna de las inhabilidades establecidas en los incisos 1° y 6° del artículo 4° de la Ley N° 19.886, de Bases sobre Contratos Administrativos de Suministro y Prestación de Servicios. El acuerdo en que conste la Unión Temporal de Proveedores deberá materializarse de acuerdo a lo preceptuado en el artículo 67 bis del Reglamento de la Ley de Compras, como documento para contratar, sin que sea necesario constituir una sociedad. El instrumento que formalice la Unión Temporal de Proveedores deberá establecer, a lo menos, la identificación de sus integrantes, la solidaridad entre las partes respecto de todas las obligaciones que se generen con la Universidad de Aysén, el nombramiento de un representante o apoderado común con poderes suficientes, y la determinación de su vigencia, la que no podrá ser inferior al plazo de ejecución de esta contratación. El representante de la Unión Temporal de Proveedores identificado en el anexo N° 2, deberá presentar los antecedentes de la oferta y de la contratación; subsanar solicitudes de aclaración y entregar información que pudiese requerir la Universidad. Será obligación de la Unión Temporal de Proveedores dar aviso inmediato a la Universidad de Aysén, en caso de retiro de uno o más de sus integrantes, o en caso de modificación de la Unión Temporal de Proveedores, debiendo acompañarse el respectivo documento modificatorio. Para la emisión de la orden de compra cada proveedor de dicha unión temporal deberá encontrarse inscrito en estado hábil en el Registro Oficial de Proveedores del Estado, dentro del plazo fijado en las presentes bases, debiendo mantener tal calidad hasta el término de la vigencia de la relación contractual con la Universidad de Aysén. Al momento de la presentación de las ofertas, los integrantes de la Unión determinarán qué antecedentes presentarán para ser considerados en la evaluación respectiva, siempre y cuando lo anterior no signifique ocultar información relevante para la ejecución del respectivo contrato que afecte a alguno de los integrantes de la misma. Tanto las Uniones Temporales de Proveedores que participen en la presente licitación, como la Universidad de Aysén, deberán ceñirse a las disposiciones del artículo 67 bis del Reglamento de la Ley N° 19.886 y a las recomendaciones contenidas en la Directiva N° 22 de la Dirección de Compras y Contratación Pública, sobre “Orientaciones sobre la participación de las uniones temporales de proveedores en los procesos de compra”, disponible en http://www.chilecompra.cl/category/centro-de-documentación/normativa/directivas-de-compra / 6.1. Inscripción en el Registro de Proveedores del Estado de Mercado Público. No es de carácter obligatorio que los proponentes se encuentren inscritos en el Registro de Proveedores del Estado de Mercado Público, al momento de presentar sus ofertas. No obstante, en caso de resultar adjudicado, deberá inscribirse dentro del plazo de 5 días hábiles, contados desde la notificación del decreto de adjudicación, publicado en el Sistema de Información de Mercado Público. Si resultare adjudicada la licitación a una Unión Temporal de Proveedores, cada uno de sus integrantes deberá inscribirse en el Registro de Proveedores, dentro del plazo referido previamente. Se deja establecido, además, que se exigirá que el adjudicatario se encuentre inscrito y hábil en el Registro de Proveedores del Estado de Mercado Público, durante toda la vigencia de la relación contractual con la Universidad de Aysén. 6.2 Inhabilidades y Prohibiciones: No podrán participar de este proceso licitatorio los proveedores respecto de los cuales se configure alguna de las inhabilidades o prohibiciones que a continuación se indican. En relación a las inhabilidades por condena: a) Haber sido condenados por prácticas antisindicales o infracción a los derechos fundamentales del trabajador, o por los delitos concursales establecidos en los artículos 463 y siguientes del Código Penal, dentro de los 2 años anteriores a la presentación de la oferta. b) Haber sido condenados por el Tribunal de Defensa de la Libre Competencia, dentro de los 5 años anteriores, contados desde que la sentencia definitiva quede ejecutoriada, con la prohibición de contratar a cualquier título con órganos de la administración, contemplada en el artículo 26, letra d), del Decreto con Fuerza de Ley N°1, de 2004, del Ministerio de Economía, Fomento y Reconstrucción, que fija el texto refundido, coordinado y sistematizado del decreto ley N° 211, de 1973. c) Haber sido condenados con la pena de prohibición de celebrar actos y contratos con organismos del Estado, por los delitos mencionados en la Ley N°20.393. d) Aquellos proveedores cuyos dependientes o asociados, tengan alguna inhabilidad o incompatibilidad establecida en la legislación vigente, que les impida realizar ofertas o ser adjudicatarios de procesos licitatorios con la Administración del Estado. Inhabilidades por conflictos de interés: No podrán participar en el proceso de licitación: e) Los funcionarios directivos de la Universidad de Aysén, ni quienes se encuentren unidos a un funcionario directivo de la entidad licitante, por los vínculos de parentesco descritos en la letra b) del artículo 54, de la ley N° 18.575, Ley Orgánica Constitucional de Bases Generales de la Administración del Estado. f) Las sociedades de personas de las que formen parte los funcionarios directivos de la Universidad de Aysén, o las personas unidas a ellos por los vínculos de parentesco descritos en la letra b) del artículo 54, de la Ley N° 18.575, ley Orgánica Constitucional de Bases Generales de la Administración del Estado. g) Las sociedades comandita por acciones o anónimas cerradas en que una o más de las personas indicadas en la letra b) anterior sean accionistas. h) Las sociedades anónimas abiertas en que alguna de las personas indicadas en la letra b) precedente sea dueña de acciones que representen el 10% o más del capital. i) Los gerentes, administradores, representantes o directores de cualquiera de las sociedades anteriores. Para estos efectos, los participantes deberán suscribir la Declaración Jurada de Requisitos Para Ofertar contenida en el Portal de Mercado Público. Tratándose de una Unión Temporal de Proveedores formalizada en los términos señalados en las presentes bases, las causales de inhabilidad para ofertar y para contratar establecidas en la legislación vigente, afectarán a cada uno de sus integrantes, individualmente considerado, debiendo en consecuencia: a) Suscribir cada uno de ellos la Declaración Jurada de Requisitos Para Ofertar, generada por la plataforma de Mercado Público, según se indica a continuación: - El proveedor que presente la oferta en representación de la Unión Temporal de Proveedores, deberá firmar en línea la Declaración disponible en el portal www.mercadopublico.cl - Los demás integrantes de la Unión Temporal de Proveedores deberán suscribir la Declaración que se acompaña como Anexo N° 3-A de estas Bases, debiendo acompañar las respectivas declaraciones al momento de presentar la oferta en el portal www.mercadopublico.cl b) Cada uno de los integrantes de la Unión Temporal de Proveedores, en caso de resultar adjudicada, deberá presentar los antecedentes que correspondan, para la emisión de la orden de compra, cuya aceptación por parte del adjudicatario dará por formalizada la contratación. En caso de afectar una causal de inhabilidad a un integrante de la Unión Temporal de Proveedores, ésta deberá decidir si continuará el respectivo procedimiento de contratación con los restantes integrantes no inhábiles de la misma o se desiste de su participación en el respectivo proceso.
7. DE LAS PROPUESTAS PÚBLICAS
7.1 Materia de la Propuesta. La Universidad de Aysén requiere adquirir 36 Licencias perpetuas de Adobe Acrobat Pro DC multiplataforma en español bajo valor educacional (User Education) o su equivalente, que contengan necesariamente todos los programas profesionales. La oferta que no cumpla con dichos requerimientos será declarada inadmisible. La contratación detallada anteriormente se considera como de simple y objetiva especificación, ya que las licencias a licitar son bienes estándar, cuya oferta no reviste necesidad de fijar otras condiciones más que las ya indicadas, situación que no tiene mayor complejidad y no requiere de un estudio, análisis complejo ni detallado por parte del proveedor al momento de elaborar su oferta. Asimismo, su entrega no reviste complejidad toda vez que se realiza de manera electrónica. 7.2 Forma de presentar la propuesta Las propuestas se ingresarán en el Portal Mercado Público, dentro del plazo establecido en el Numeral 4 “Calendarización” de las presentes bases, en formato electrónico, escaneadas y debidamente completadas y/o firmadas por el oferente, su representante legal o apoderado, según el detalle y clasificación establecido en las presentes bases de licitación. Sin perjuicio del antecedente que puede entregarse en soporte papel. De encontrarse con indisponibilidad técnica del Sistema de Información, según expresa el artículo 62 del Reglamento de la Ley Nº 19.886, podrán enviar o entregar en soporte papel en un sobre cerrado en cuyo anverso deberá indicarse el nombre o razón social del proponente y nombre de la licitación, “para la adquisición de 36 LICENCIAS PERPETUAS DE ADOBE ACROBAT PRO DC” hasta las 15.30 horas del segundo día hábil desde la fecha del envío del certificado de indisponibilidad emitido por la Dirección de Compras Públicas, en la Oficina de Partes de la Universidad de Aysén, ubicada en Campus Simpson, Calle Obispo Vielmo 62, Coyhaique, Región de Aysén. Los oferentes que no ingresen su oferta vía portal, quedarán fuera de las bases y por ello, serán eliminados del proceso licitatorio, excepto en la situación referida en el párrafo anterior. Por el solo hecho de ofertar en la presente licitación, se entenderá, para todos los efectos legales, que el proponente conoce y acepta todas y cada una de las disposiciones contenidas en estas bases administrativas y técnicas. 7.3 Vigencia de las Ofertas Las ofertas tendrán un plazo de validez de 60 días corridos, contados desde la fecha fijada para su presentación en el cronograma de licitación. En el evento de que la adjudicación no se pudiere realizar dentro del plazo señalado, la Universidad dictará un decreto, exponiendo las razones que lo justifican, indicando un nuevo plazo para la adjudicación. Los archivos de todos los formularios se publicarán en www.mercadopublico.cl. Si dentro del plazo de vigencia de las ofertas antes referido no se pudiera efectuar la adjudicación o la readjudicación, la Universidad de Aysén podrá solicitar a los proponentes, antes de la fecha de su expiración, una prórroga de las mismas. Si alguno/s de ellos no lo hiciera, dicha oferta se entenderá desistida. 7.4 Contenido de las Ofertas La(s) oferta(s) está(n) compuesta(s) por las ofertas técnicas y económicas y los documentos anexos que los proveedores deben presentar al proceso de compra. La Universidad arbitrará los medios para mantener la confidencialidad de las ofertas, en tanto ello no contravenga la obligación de publicidad y transparencia referida a los procesos de compras públicas. Los proponentes podrán adjuntar los detalles que estimen pertinentes acerca de su oferta. La existencia de documentos ajenos a los requeridos en las presentes bases se considerará complementario y, por lo tanto, su presentación no dará motivo de descalificación del oferente. Las ofertas deberán acompañar y/o contener, debidamente completados, los siguientes documentos y/o anexos, en forma electrónica: 7.4.1 Antecedentes y Anexos Administrativos. a) Identificación del Oferente a.1) Anexo 1 personas Naturales o Jurídicas a.2) Anexo 2 para Unión temporal de Proveedores b) Declaración Jurada de Requisitos Para Ofertar, que se generará automáticamente en el portal www.mercadopublico.cl debidamente completada y firmada en línea, que dé cuenta de que el proponente no incurre en ninguna de las prohibiciones o inhabilidades para ofertar y/o contratar. - Anexo Nº3 A; Declaración Jurada, en el caso de los integrantes de la UTP que no suscriban la declaración jurada proporcionada por el Portal de Mercado Público. - Anexo N°3 B: Declaración Jurada de Socios (en caso de corresponder) c) Antecedentes Administrativos c.1) En el caso de que el oferente sea una Persona Jurídica: - Fotocopia de la Cédula de Identidad del (los) Representante (s) Legal (es) de la Empresa. - Copia simple de escritura pública de constitución de la sociedad y de sus modificaciones, si las hubiera. En el caso de las personas jurídicas que se hayan constituido en conformidad al sistema simplificado que contempla la ley N° 20.659, certificado de vigencia obtenido desde el Registro de Empresas y Sociedades creados en virtud de la ley N° 20.659, al cual se accede desde los sitios electrónicos www.tuempresaenundia.cl y www.registroempresas.cl administrados por el Ministerio de Economía, Fomento y Turismo. Respecto de las personas jurídicas distintas de las sociedades, deberá adjuntar certificado de vigencia (Ministerio de Justicia; Subsecretaría de Economía o Servicio de Registro Civil e Identificación, según corresponda) y rol único tributario. - RUT de la empresa. - Copia simple del documento en que conste la personería del representante legal del oferente, de una antigüedad no superior a 30 días hábiles a la presentación de la oferta. c.2) En el caso de que el oferente sea una Persona Natural. - Fotocopia simple de la Cédula de Identidad. c.3) En caso de que la oferta se presente por una Unión Temporal de Proveedores, junto con los antecedentes y anexos administrativos señalados en los puntos precedentes, según corresponda, de acuerdo a su conformación, para poder ofertar, deberá dar cumplimiento a los siguientes requisitos: - El representante de la unión temporal deberá adjuntar el anexo 2, individualización de cada uno de los proveedores que se unen para el efecto de participar en este proceso de compras, según proceda. - Documento público o privado que dé cuenta de la intención de participar de esta forma, en el que se indique a lo menos el nombre o razón social y el RUT de cada una de las personas naturales o jurídicas que integrarán la Unión Temporal de Proveedores que se constituirá al efecto. - Declaración Jurada de Requisitos Para Ofertar del proveedor que presenta la oferta en representación de la Unión Temporal de Proveedores, que se generará automáticamente en el portal www.mercadopublico.cl, debidamente completada y firmada en línea, que dé cuenta que no incurre en ninguna de las prohibiciones o inhabilidades para ofertar. - Declaración Jurada de Requisitos Para Ofertar de cada una de las demás personas naturales o jurídicas que integran la Unión Temporal de Proveedores que se constituirá al efecto, debidamente completadas y firmadas, que den cuenta que el respectivo integrante no incurre en ninguna de las prohibiciones o inhabilidades para ofertar (según formulario contenido en Anexo Nº 3 A .de estas Bases). Los Proveedores inscritos en el Registro Electrónico Oficial de la Dirección de Compras y Contratación Pública no requieren presentar los antecedentes enunciados precedentemente, siempre y cuando se encuentren vigentes y disponibles para la entidad licitante al tiempo de la apertura y revisión de las ofertas. 7.4.2 Anexo Técnico y Económico a) Anexo 4 Propuesta técnica y económica. Los oferentes deberán completar el formulario de oferta técnica con el número y tipo de licencias requeridas, según indican las presentes Bases. La oferta técnica deberá presentarse electrónicamente a través del portal www.mercadopublico.cl, en la sección anexos técnicos, debiendo completar el anexo N° 4 adjunto, además de las especificaciones técnicas del producto. La presentación de éste anexo es obligatorio, por tanto, las ofertas que no lo contengan, serán declaradas inadmisibles para la etapa de apertura. Los oferentes deberán procurar que los documentos que integren su propuesta técnica, sean claramente visibles y contengan las características pertinentes del producto requerido por la Universidad de Aysén, en atención a lo establecido en las presentes Bases. Si el oferente presenta documentos en un idioma distinto al español, la comisión evaluadora podrá exigir su traducción al idioma español, en caso que lo considere indispensable para su evaluación. Los proveedores deberán considerar en la oferta económica que publiquen para la presente licitación, todos los gastos, incluidos los de traslado, fletes, permisos, derechos, otros impuestos y, en general, todo cuanto implique un gasto para el cumplimiento del contrato, sea este directo, indirecto o a causa de él. 7.5 Aclaración de las Ofertas Una vez realizada la apertura de las ofertas, la comisión evaluadora, a fin de facilitar la evaluación y comparación de aquellas, podrá solicitar información complementaria a través del foro inverso del Portal Mercado Público, la que de ninguna manera puede referirse a aspectos determinantes de la licitación. La respuesta deberá ser canalizada por el mismo medio. También podrá solicitar a cualquier proponente que aclare su oferta, que salve errores u omisiones formales, siempre y cuando las aclaraciones y/o rectificaciones de dichos vicios u omisiones no les confieran a esos oferentes una situación de privilegio respecto de los demás competidores, esto es, en tanto no se afecten los principios de estricta sujeción a las bases y de igualdad de los oferentes, y se informe de dicha solicitud al resto de los oferentes a través del Sistema de Información. Del mismo modo, conforme lo establecido en el artículo 40, inciso 2°, del Reglamento de la Ley N°19.886, la Universidad podrá permitir la entrega de certificaciones o antecedentes que los oferentes hayan omitido presentar al momento de efectuar la oferta, siempre que dichas certificaciones o antecedentes se hayan producido u obtenido con anterioridad al vencimiento del plazo para presentar las ofertas o se refieran a situaciones no mutables entre el vencimiento del plazo para presentar las ofertas y el periodo de evaluación y que se trate de antecedentes que no alteren la oferta económica o técnica. Para tal efecto el o los oferentes tendrán un plazo de 48 horas contados desde el ingreso de la Solicitud en el Sistema de Información, asignando menor puntaje a las ofertas que no cumplieron, dentro del plazo para la presentación de ofertas, con todo lo requerido.
8. PLAZO DE EJECUCIÓN.
El plazo de entrega de las licencias deberá ser indicado en el Anexo N°4, y éste no debe superar los 10 días corridos, desde la aceptación de la orden de compra. El oferente adjudicado tendrá un plazo de 24 horas o día hábil siguiente a la adjudicación para aceptar la respectiva orden de compra, lo anterior contado desde la notificación realizada por el sistema. El plazo de entrega se contabilizará desde el día hábil siguiente desde la aceptación de la orden de compra. Toda propuesta que no indique el plazo de entrega o en que éste sea mayor a 10 días será declarada inadmisible, y no será analizada en el proceso de evaluación de ofertas.
9. EVALUACIÓN DE LAS PROPUESTAS.
9.1 De la Integración de la Comisión Evaluadora. La comisión evaluadora, en adelante “la Comisión”, integrada por funcionarios/as de la Universidad de Aysén, que se describen a continuación y en ausencia de ellos(as), participara quien los subrogue o reemplace: - Coordinadora del Área de Soporte y Redes, de la Unidad de Tecnología y Gestión de la Información, de la Dirección de Planificación y Aseguramiento de la Calidad, o en su ausencia quien subrogue o reemplace. - Encargado de la Unidad de Tecnologías y Gestión de la Información, o en su ausencia quien subrogue o reemplace. - Encargado de Unidad de Adquisiciones, Dirección de Administración y Finanzas, o en su ausencia quien subrogue o reemplace. La comisión será apoyada por un funcionario/a de la Unidad de Adquisiciones que actuará como secretario/a de actas. Teniendo en cuenta que el sentido de la comisión es garantizar imparcialidad y competencia en la evaluación de las ofertas, se prohíbe el contacto con ésta, ya sea mediante reuniones, contacto telefónico o correo electrónico, durante el curso del proceso. Los integrantes de la comisión evaluadora deberán suscribir la DECLARACIÓN JURADA SIMPLE RELATIVA A INTERESES Y CONFIDENCIALIDAD DE LOS MIEMBROS DE LA COMISIÓN EVALUADORA. La Universidad de Aysén, deja establecido que está estrictamente prohibido que los miembros de la Comisión Evaluadora del proceso licitatorio acepten cualquier tipo de solicitud de reunión, audiencias y/o regalos de parte de terceros sobre procesos licitatorios mientras integren dicha comisión. Todo esto bajo el marco legal de la ley N° 20.730 y su reglamento, contenido en el decreto supremo N° 71 de 2014, del Ministerio Secretaría General de la Presidencia, que regula el lobby y las gestiones que representen intereses particulares ante las Autoridades y Funcionarios de la Administración del Estado. 9.2 Funciones de la Comisión Evaluadora. 9.2.1 Apertura y Verificación de antecedentes: La apertura de los antecedentes de la propuesta se efectuará electrónicamente en un acto, según lo establecido en el cronograma de la licitación a través del Sistema de Información www.mercadopublico.cl. Se deja expresamente establecido que frente a situaciones técnicas que afecten la plataforma electrónica, impidiendo el desarrollo de la apertura electrónica, la Universidad estará facultada para interrumpir la continuidad administrativa de tal proceso y disponer su prosecución el día hábil siguiente, debiendo contar para ello con la certificación respectiva de la Dirección de Compras y Contratación Pública. Durante el proceso de evaluación, la comisión podrá requerir a los oferentes salvar los errores u omisiones formales detectados, en los términos referidos en el numeral 7.5 sobre “Aclaración de las ofertas”. 9.2.2 Declaración de admisibilidad o inadmisibilidad de las ofertas: Se dejará constancia en el acta de evaluación que suscriba la Comisión, de aquellas propuestas que sean declaradas admisibles, y aquellas que previo a la evaluación hayan sido rechazadas, declarándose inadmisibles, de acuerdo a los siguientes criterios: Las ofertas serán rechazadas y no pasarán a la etapa de evaluación, cuando los participantes no den cumplimiento a las siguientes exigencias: - Plazo de entrega mayor a 10 días (Anexo 4 Técnico y Económico) - Especificaciones técnicas (Anexo 4 Técnico y Económico) 9.3 Solicitud de complementación o aclaración de antecedentes. Cuando existan discrepancias en los antecedentes o estos estén incompletos, la Comisión podrá solicitar que estos se clarifiquen o se entreguen a través del foro inverso del Portal Mercado Público, sin afectar el principio de estricta sujeción a las bases, libre concurrencia y de igualdad de los oferentes; para lo anterior se otorgará un plazo de 48 horas para subsanar los defectos u observaciones detectadas, de acuerdo a lo indicado en el numeral 7.5 “Aclaración de las ofertas” de las presentes bases. Al subsanar estas observaciones el oferente podrá estar afecto a descuento de la ponderación de su evaluación. 9.4 Evaluación: Una vez verificado el cumplimiento estricto de los requisitos de admisibilidad, las ofertas se evaluarán considerando los criterios que se indican a continuación, adjudicándose la licitación a la oferta con mayor puntaje y que convenga a los intereses de la Universidad de Aysén. 9.5 Criterios de Evaluación Los criterios objetivos de evaluación y sus ponderaciones se indican en el cuadro siguiente: (ver cuadro en el adjunto) El puntaje global será calculado conforme a aquél obtenido en cada criterio de evaluación con su respectiva ponderación, considerando 2 decimales, y aproximando el resultado al número entero más cercano, informando las razones o fundamentos considerados para otorgar el puntaje asignado. El cumplimiento de las características técnicas, indicadas en las bases técnicas, es obligatorio, aquellas propuestas que no cumplan con el ofertar el tipo y número de licencia indicada se declarará inadmisible La base de cálculo para cada criterio de evaluación se presenta a continuación: (ver cuadro en el adjunto)
10. MECANISMOS DE RESOLUCIÓN DE EMPATES
En caso de que dos o más ofertas tengan igual puntaje final, la Comisión propondrá dirimir el empate de acuerdo a los siguientes criterios, en estricto orden de aplicación: 1.- Se preferirá la oferta que tenga mayor puntaje de evaluación “precio”. 2.- Si persiste el empate se preferirá la oferta que tenga mayor puntaje de evaluación en “plazo de entrega”. 3.- Si persiste la igualdad, la Comisión propondrá a la autoridad la solución para dirimir el empate, expresando fundadamente su decisión.
11. ACTA DE EVALUACIÓN
Será la Comisión, quien evaluará y calificará, desde el punto de vista técnico y económico, los antecedentes de los oferentes, información con que elaborará un Acta de Evaluación, firmada por todos sus integrantes, en virtud de la cual, a partir del puntaje final obtenido por cada oferente, se confeccionará un cuadro comparativo que establezca el orden de prelación entre ellos, para posteriormente proceder a presentar, a la autoridad de la institución, una propuesta de adjudicación o deserción del proceso, con todos los antecedentes que permitan resolver sobre la materia, y donde además consten, las observaciones respecto a los oferentes cuyas ofertas hayan quedado inadmisibles en el proceso de evaluación de antecedentes, especificando los motivos que determinaron la inadmisibilidad de la oferta 11.1 Declaración de Licitación Desierta. La Universidad se reserva el derecho de declarar desierta la licitación cuando no se presenten ofertas, cuando se excedan los marcos presupuestarios disponibles, o cuando, en general, las ofertas no resulten convenientes para los intereses de la corporación Universitaria, procediendo a emitir un decreto fundado. En este caso los oferentes no tendrán derecho a indemnización alguna y se podrá realizar un nuevo llamado a licitación, conforme el artículo 9° de la Ley N° 19.886.
12. ADJUDICACIÓN.
Una vez evaluadas las ofertas, la Comisión recomendará a la Autoridad, adjudicar la licitación al oferente que presente la oferta más conveniente a los intereses de la Entidad Licitante, en base a los resultados obtenidos en cada criterio de evaluación, la asignación de puntajes y la formulación de cálculo realizado. La Universidad comunicará mediante el portal www.mercadopublico.cl a los oferentes, el resultado de la adjudicación. La adjudicación se hará por resolución fundada y contendrá los criterios de evaluación establecidos en las Bases de Licitación y que permitieron al adjudicatario obtener la calificación de oferta más conveniente, lo anterior de acuerdo a lo dispuesto en el artículo 41 del reglamento de Compras Públicas. Si, verificada la adjudicación a un proponente cuya inscripción en el Registro de Proveedores no figure hábil; o que no registre inscripción en el Registro de Proveedores y no se inscribiere en un plazo máximo de 5 (cinco) días hábiles desde la publicación del decreto de adjudicación, se entenderá desistido de su oferta y se procederá a readjudicar de acuerdo al mecanismo descrito en los párrafos posteriores
13. MECANISMO PARA SOLUCIÓN DE CONSULTAS RESPECTO A LA ADJUDICACIÓN.
Los proponentes podrán hacer a través de correo electrónico licitaciones@uaysen.cl las consultas respecto a la adjudicación publicada en el portal, dentro del plazo fatal de 2 días hábiles, contados desde que se publicó la adjudicación y el decreto de la autoridad competente en el sistema www.mercadopublico.cl. La UNIVERSIDAD DE AYSÉN responderá dichas consultas, por la misma vía, dentro de las 48 horas siguientes al vencimiento del plazo para formular consultas a la adjudicación. En caso de que este plazo se cumpliera un día sábado, domingo o festivo, se prorrogará al día hábil siguiente.
14. READJUDICACIÓN.
Se procederá a readjudicar la licitación al proponente que haya obtenido la siguiente prioridad como oferta más conveniente, que haya obtenido el segundo mejor puntaje, de acuerdo al acta de evaluación de la propuesta, en el caso de que el oferente inicialmente adjudicado: ● Se desistiera de su oferta. ● No presenta el certificado de inscripción en el Registro de Proveedores, a más tardar dentro de 5 días hábiles siguientes a la fecha de publicación de la resolución de adjudicación en el sitio www.mercadopublico.cl. ● No aceptar la orden de compra en los términos establecidos en las presentes bases. ● Incumplimiento de las demás condiciones y requisitos establecidos en las bases para la emisión de la orden de compra. Se readjudicará al oferente que le seguía en puntaje, dentro del plazo máximo de 45 días corridos contados desde la publicación de la adjudicación. Y así sucesivamente, a menos que, de acuerdo a los intereses del servicio, se estime declarar desierta la presente licitación.
15. REVOCACIÓN
Los actos administrativos podrán ser revocados por la entidad licitante. Se podrá otorgar el estado de “revocada” en aquellas situaciones donde la licitación ya está publicada y, en base a una decisión debidamente justificada, sin ser posible seguir el flujo normal que conduce a la adjudicación. Este estado es similar al estado “desierta”, pero con la salvedad de que, aun existiendo ofertas, se detiene el proceso irrevocablemente. Este estado puede ser declarado en forma unilateral por la entidad licitante con la resolución fundada que así lo autorice y se podrá realizar hasta antes de adjudicado el procedimiento. Lo anterior de acuerdo a lo estipulado en el artículo 61 de la Ley N°19.886.
16. DE LA ORDEN DE COMPRA
16.1 Formalización de la contratación. La formalización del presente contrato se realizará mediante la emisión de la orden de compra por parte de la Universidad, y la aceptación por parte del proveedor dentro del plazo de 24 horas. De no ser aceptada la orden de compra, dentro del plazo estipulado en el presente numeral, se procederá a solicitar la cancelación al proveedor acorde a lo estipulado en el artículo N°63 del Reglamento de la ley N° 19.886. En un plazo no superior a 10 días hábiles, posterior a la fecha del decreto que adjudica la presente licitación, la Universidad de Aysén emitirá la orden de compra en la plataforma de Mercado Público, la que deberá ser aceptada por el adjudicatario/a para formalizar la contratación. Se considerará como parte integrante del contrato, los documentos establecidos en el numeral 7.4 “Contenido de las Ofertas” y en el numeral 18.2 “Antecedentes a entregar previo a la emisión de la orden de compra”. Si la Universidad de Aysén requiriese de un mayor plazo, deberá comunicarlo al adjudicatario, debiendo este último entregar dentro de plazo y en la forma y condiciones establecidas más adelante, los antecedentes financieros, legales y otros necesarios para el adecuado resguardo de los intereses públicos comprometidos. 16.2. Antecedentes a entregar previo a la emisión de la orden de compra. Previo a la emisión de la orden de compra, el adjudicatario deberá entregar y/o acreditar ante la Universidad de Aysén la información y documentación que a continuación se indica, la que deberá efectuarse dentro de los 8 días hábiles siguientes a la comunicación de la adjudicación, en el portal www.mercadopublico.cl: a) Encontrarse inscrito y hábil en el Registro Electrónico Oficial de Proveedores del Estado a cargo de la Dirección de Compras y Contratación Pública. En caso de que el oferente adjudicado no se encuentre inscrito y hábil en dicho Registro, deberá obtener ese estado en el plazo de 5 días hábiles, contados desde la notificación del decreto de adjudicación mediante el sistema de información. b) Tratándose de una Unión Temporal de Proveedores formalizada en los términos señalados en “Participantes” de estas Bases, cada integrante de la Unión Temporal de Proveedores individualmente considerado deberá encontrarse inscrito y hábil en el Registro señalado. En caso de que uno o más integrantes de la Unión Temporal de Proveedores no cumplan dicha exigencia, ésta deberá decidir si se desiste de su participación en el respectivo proceso o si continuará con el respectivo procedimiento de contratación con los restantes integrantes de la misma, siempre que el integrante inhábil de la Unión Temporal de Proveedores que se retira no haya reunido una o más de las características que fueron objeto de la evaluación de la oferta, en cuya virtud se haya decidido adjudicar la licitación a la respectiva Unión Temporal de Proveedores. La decisión que se adopte deberá ser comunicada por escrito por el representante o apoderado común con poderes suficientes, nombrado en el documento que formalice la Unión Temporal de Proveedores, dentro del plazo de 5 días corridos, contados desde que se le notifique la decisión de adjudicar la licitación. Se hace presente que será obligación del contratista mantener la vigencia de esta inscripción durante toda la vigencia del contrato c) Presentar Certificado de Antecedentes Laborales y Previsionales emitido por la Inspección del Trabajo respectiva que informa respecto de los antecedentes laborales y previsionales del contratista en los últimos dos años. d) Adjuntar Certificado de antecedentes laborales y previsionales (formulario N° 30), otorgado por la Inspección del Trabajo, con una antigüedad no superior a 30 días anteriores a la fecha de apertura de las ofertas, o bien el certificado emitido por una de las entidades o instituciones competentes que figuren en el listado mantenido por la Subsecretaría del Trabajo en conformidad con lo dispuesto en el Decreto N° 319 de 2006, del Ministerio del Trabajo y Previsión Social, que aprobó el Reglamento del Artículo 183-C inciso segundo del Código del Trabajo, con los requisitos de antigüedad requerido para el formulario N° 30. e) La siguiente información legal, en la medida que los respectivos antecedentes no se encuentren disponibles en el Sistema de Información, en el Registro de Proveedores del Estado, o en el Registro de Empresas y Sociedades creado por la Ley N° 20.659: A. Tratándose de personas jurídicas: Sociedades: - Escritura Pública de constitución y modificaciones necesarias para la acertada determinación de la razón social, objeto, administración y representación legal, si las hubiere, y sus correspondientes extractos, publicaciones en el Diario Oficial a inscripciones en el Conservador de Bienes Raíces y Comercio. - Copia autorizada de Inscripción del extracto de la escritura social en el Registro de Comercio del Conservador de Bienes Raíces que corresponda, de una antigüedad no superior a 60 días corridos, anteriores a la fecha de notificación de la adjudicación, o algún otro antecedente que acredite la existencia jurídica del oferente. - Certificado de vigencia del poder del Representante Legal, con una antigüedad no superior a 60 días corridos, contados desde la fecha de notificación de la adjudicación, otorgado por el Conservador de Bienes Raíces correspondiente o, en los casos que resulte procedente, cualquier otro antecedente que acredite la vigencia del poder del representante del oferente, a la época de presentación de la oferta. B. Tratándose de personas jurídicas constituidas bajo la Ley N° 20.659: Los oferentes deberán presentar los certificados digitales correspondientes a las letras c), d) y e) del artículo 29 del Decreto N° 45 de 2013, del del Ministerio de Hacienda, que aprueba el Reglamento de la ley N° 20.659, consistentes en: i. Certificado de vigencia, de una antigüedad no superior a 30 días corridos anteriores a la fecha de notificación de la adjudicación, ii. Certificado de Estatuto actualizado, de una antigüedad no superior a 30 días corridos anteriores a la fecha de notificación de la adjudicación, ii. Certificado de Anotaciones, de una antigüedad no superior a 30 días corridos anteriores a la fecha de notificación de la adjudicación, C. Tratándose de personas naturales: - Fotocopia de la cédula de identidad y fotocopia del RUT, si lo tuviere D. Tratándose de Uniones Temporales de Proveedores: a) Escritura pública o privada que formaliza el acuerdo en que consta la Unión Temporal de Proveedores, a menos que dicho instrumento haya sido presentado voluntariamente al momento de ofertar. En la referida escritura pública se deberá establecer, a lo menos, la identificación de sus integrantes, la solidaridad entre las partes respecto de todas las obligaciones que se generen con la Universidad de Aysén, el nombramiento de un representante o apoderado común con poderes suficientes, y la determinación de su vigencia, la que no podrá ser inferior a la del contrato adjudicado. b) Antecedentes legales de la persona natural o jurídica designada como representante o apoderado común, y los de cada una de las personas naturales o jurídicas que integran la Unión Temporal de Proveedores, según se indica en el literal a), del numeral precedente. c) En caso de que el adjudicatario no haga entrega de los documentos e información señalada, dentro del plazo establecido por la entidad licitante al efecto, la Universidad de Aysén podrá dejar sin efecto la adjudicación y hará efectiva la garantía de seriedad de la oferta entregada, en conformidad con lo señalado en el numeral sobre “Garantía de Seriedad de la Oferta”, pudiendo adjudicar la licitación al oferente que siga en puntaje, de acuerdo con lo dispuesto en el artículo “De la adjudicación y readjudicación”, ambos de estas Bases. Se deja expresamente establecido que no se exigirá al adjudicatario la presentación de los antecedentes señalados precedentemente en el caso que estos se encuentren digitalizados, en el Registro de Proveedores de la Dirección de Contratación y Compras Públicas, siempre y cuando se encuentren disponibles para la entidad licitante. 16.3 Modificaciones de lo Contratado. Lo indicado en el Punto N°8 “Plazo Ejecución” de las presentes Bases podrá ser modificado, en conformidad a lo señalado en el artículo 77 del Reglamento de Compras Públicas, de común acuerdo por las partes; en tanto dichas modificaciones se atengan a lo estipulado en las presentes Bases, según se indicará. Para que estas modificaciones surtan efectos, deberán formalizarse mediante el acto administrativo correspondiente. La modificación procederá por caso fortuito o fuerza mayor, entendiendo esto como: a) la inimputabilidad del hecho, esto es, que provenga de una causa totalmente ajena a la voluntad del afectado, quien no debe haber contribuido en forma alguna a su ocurrencia. b) la imprevisibilidad del hecho, es decir, que no se haya podido prever dentro de cálculos ordinarios o corrientes. c) la irresistibilidad del hecho, vale decir, que no se haya podido evitar ni aún en el evento de oponer las defensas idóneas para lograr tal objetivo. Tratándose de aumentos de servicios o trabajos a desarrollar, se podrá requerir tal circunstancia por la contraparte técnica, tratándose de circunstancias no previstas a la fecha de esta licitación. En ningún caso las modificaciones podrán implicar un aumento en el valor del proyecto a desarrollar, superior a un 30% del valor contratado. 16.4 Vigencia de la contratación. La vigencia se extenderá hasta el cumplimiento íntegro de todas las obligaciones que se contraigan por la suscripción de él, del cual forman parte la oferta que se adjudique, las presentes bases, aclaraciones, adiciones y todo otro antecedente de esta licitación. Así el oferente que resulte contratado cumplirá con todas las obligaciones impuestas en las presentes bases, adjudicación y en la orden de compra. Se entenderá que el proveedor ha cumplido la totalidad de sus obligaciones una vez que el adjudicatario ejecute todas las actividades descritas en las especificaciones técnicas, y éstas sean recibidas conforme en la etapa de recepción final por la contraparte de la Universidad de Aysén. El contrato no incluirá cláusula de renovación automática, sin perjuicio de lo anterior, la entidad licitante podrá renovar la vigencia del mismo, por decreto fundado, en idénticas condiciones a aquellas en que se esté ejecutando, por decisión unilateral de la autoridad antes de que finalice la contratación, sólo por un período, según lo establecido en el Artículo 12 del Reglamento de la ley de Compras. Asimismo, el adjudicatario podrá solicitar, vía correo electrónico dirigido al encargado del contrato, previo a que se cumpla el plazo para la entrega de los productos adquiridos, la ampliación en el plazo para el término de contrato, siempre y cuando estas demoras sean por razones justificadas y ajenas a su responsabilidad. Esta solicitud será analizada y evaluada por la Universidad de Aysén, y en caso de ser aceptada la solicitud, ésta será formalizada a través del acto administrativo correspondiente.
17. DE LAS OBLIGACIONES DEL ADJUDICATARIO.
Sin perjuicio de las obligaciones que derivan de la naturaleza de la contratación, el/la adjudicatario/a tendrá las siguientes obligaciones: - Ejecutar correctamente, de buena fe los servicios contratados con estricta sujeción a los requerimientos exigidos y dentro del plazo establecido. - Con el objeto de prevenir perjuicios o demoras, el/la adjudicatario deberá informar a toda circunstancia que eventualmente pueda alterar o afectar la ejecución del mismo, en cuanto tome conocimiento de ella. El no cumplimiento de este deber a sabiendas de las posibles consecuencias, le hará exclusivamente responsable de los daños y retrasos ocasionados. - El/la adjudicatario deberá dar cumplimiento a las instrucciones que imparta la contraparte del contrato de la Universidad de Aysén para la correcta ejecución del contrato. - Deberá el/la adjudicatario entregar oportunamente todos los antecedentes que la Universidad le requiera. - Confidencialidad: El Adjudicatario no podrá utilizar para ninguna finalidad ajena a la ejecución de la relación contractual, la documentación, los antecedentes y, en general, cualquier información, que haya conocido o a la que haya accedido, en virtud de cualquier actividad relacionada con aquélla. - El o la Adjudicatario/a, así como su personal dependiente que se haya vinculado a la ejecución de la relación contractual, en cualquiera de sus etapas, deben guardar confidencialidad sobre los antecedentes relacionados con el desarrollo de aquélla. - El Adjudicatario debe adoptar medidas para el resguardo de la confidencialidad de la información, reservándose el órgano comprador el derecho de ejercer las acciones legales que correspondan, de acuerdo a las normas legales vigentes, en caso de divulgación no autorizada, por cualquier medio, de la totalidad o parte de la información referida. - No podrá hacer por ninguna iniciativa propia cambio alguno a las especificaciones técnicas contenidas en las bases. - Asumir la responsabilidad en cuanto a la buena ejecución del contrato. - Ejecutar el contrato con estricta sujeción a las bases, bases técnicas, aclaraciones y otros antecedentes entregados. - Dar fiel cumplimiento a las normas legales vigentes, en materias de accidentes del trabajo y prevención de riesgos, como asimismo a las directrices que establezca la Universidad de Aysén. - De igual modo, el/la adjudicatario/a será responsable de cumplir con las obligaciones que le correspondan como empleador/a, en aspectos de remuneraciones, previsión, seguridad social, alimentación, etc. - Las demás que le encomienden las presentes bases.
18. ENCARGADO DEL CONTRATO.
La supervisión del contrato será llevada por la Coordinadora del Área de Soporte de Redes de la Unidad de Tecnología y Gestión de la Información, de la Dirección de Planificación y Aseguramiento de Calidad Institucional de la Universidad de Aysén, o quien la subrogue o reemplace, la designación de éste se formalizará en el decreto que adjudique el proceso licitatorio, y tendrá las siguientes obligaciones: - Velar por el cumplimiento de la ejecución del servicio contratado. - Informar a la autoridad universitaria cuando corresponda la aplicación de multas o cuando se incurra en causal de término anticipado. - Remitir información necesaria para el proceso de pago.
19. PAGO.
El pago se realizará en una única cuota, dentro de los 30 días corridos siguientes a la recepción conforme de la correspondiente factura o documento tributario de cobro no objetado, por el encargado del contrato. La Facturación deberá indicar a lo menos, los siguientes datos: - Razón Social: Universidad de Aysén - RUT: 61.980.520-8 - Giro: Universidades o Educación - Domicilio: Balmaceda N° 0215, Coyhaique - N° de la orden de compra La factura electrónica, deberá ser remitida al correo facturacion@uaysen.cl.
20. GARANTÍA.
Conforme al artículo 68 inciso final del Reglamento de la Ley 19.886, no se estima necesaria, por tratarse de una contratación inferior a 1.000 UTM y por considerarse debidamente cubiertos los intereses de la Universidad al contemplarse un plazo de entrega inferior al establecido legalmente para el pago, por lo que la obligación debiera encontrarse cumplida al momento de hacerse éste exigible
21. MULTAS Y PROCEDIMIENTO PARA SU APLICACIÓN
21.1 MULTAS La Universidad, podrá establecer multas, sin que ello limite la responsabilidad a esa suma cuando proceda, ya sea, por el incumplimiento de cualquiera de las condiciones establecidas en las presentes bases administrativas, técnicas y/o la oferta adjudicada. Sin perjuicio de las sanciones pecuniarias a las que se exponga el adjudicatario y que lo obliguen con autoridades o empresas externas, se establecen las siguientes infracciones con sus respectivas multas para aquellos actos y faltas en que incurra el obligado debiéndose pagar en un plazo no superior a los diez días hábiles, desde el momento en que se cursa la infracción: Descripción: Si el adjudicatario se retrasa en la entrega de los productos ofertados, sin haber presentado la justificación ante el encargado del contrato o sin haber requerido la ampliación de plazo de ejecución de manera oportuna, de acuerdo con lo establecido en las presentes bases en el punto 18.3 sobre “Modificaciones de lo contratado”. Monto Multa: 3% del valor neto del total de la contratación por cada día de retraso, con un máximo de 10 días. Si los productos no han sido recibidos en un plazo superior a 10 días del plazo indicado en la oferta, y el proveedor no ha justificado este retraso, se considerará que el oferente no ha dado cumplimiento a la oferta realizada, por lo cual la Universidad podrá dar por terminada en forma anticipada la contratación, por incumplimiento grave por parte del proveedor. Además, la Universidad quedará autorizada para iniciar el procedimiento judicial encaminado a exigir el pago, por parte del contratista responsable del incumplimiento, de las indemnizaciones por los daños y perjuicios ocasionados, que excedan el monto de la garantía otorgada, en los casos que corresponda. La aplicación de las multas no exime del derecho de poner término anticipado al contrato por incumplimiento grave o reiterado de las obligaciones contractuales por parte del contratista. En caso de aplicación de multas se informará al proveedor por correo certificado de la aplicación de la sanción, el que tendrá un plazo de 5 días hábiles, contados desde el día siguiente a aquél en que se notifique, para realizar sus descargos al Director de Administración y Finanzas o quien lo reemplace, vía correo electrónico, debiendo ser resueltos a través de Decreto Universitario Exento, y cuya respuesta definitiva será remitida al proveedor por correo certificado; lo anterior, sin perjuicio de los recursos establecidos en la Ley Nº 19.880, que sean pertinentes. 21.2 Procedimiento para la Aplicación de Sanciones Detectada una situación que amerite la aplicación de una o más sanciones al adjudicatario/a, se le notificará, personalmente o por carta certificada, al domicilio indicado en su oferta, la infracción y los hechos que la constituyen. A contar del día siguiente a la notificación, el adjudicatario tendrá 5 días hábiles para efectuar los descargos, que deberán ser dirigidos a la Rectora de la Universidad de Aysén o a quien lo reemplace, al correo electrónico licitaciones@uaysen.cl, acompañando todos los antecedentes que estime pertinentes. Vencido el plazo sin presentar descargos o se allana expresamente a la aplicación de la medida respectiva, se dictará decreto fundado dando cuenta de esta situación y aplicando la respectiva medida. Si el adjudicatario presenta descargos en tiempo y forma, la Universidad de Aysén tendrá un plazo de 15 días hábiles a contar de la fecha de recepción de los mismos, para rechazarlos o acogerlos, total o parcialmente, lo que se determinará, mediante acto administrativo, el cual será notificado al adjudicatario, personalmente o por carta certificada enviada al domicilio indicado en su oferta. En contra de esta resolución, el adjudicatario podrá presentar recurso de reposición dentro del plazo de 5 días hábiles contados desde la fecha de la notificación del decreto, debiendo acompañar todos los antecedentes que fundan el recurso, si los hubiere. Lo anterior, de acuerdo a lo dispuesto en la Ley N°19.880. La UNIVERSIDAD resolverá el recurso de reposición a través de decreto fundado, que podrá acoger totalmente el Recurso, dejando sin efecto la multa aplicada; acoger parcialmente el recurso; o bien, rechazar el Recurso, ratificando el monto de la multa aplicada. Este decreto será notificado al contratista mediante el envío de la copia de la misma por carta certificada al domicilio indicado en su oferta. Además de lo señalado, la UNIVERSIDAD quedará autorizada para iniciar el procedimiento judicial encaminado a exigir el pago, por parte del contratista responsable del incumplimiento, de las indemnizaciones por los daños y perjuicios ocasionados que excedan el monto de las garantías otorgadas. Cabe señalar que la multa se podrá deducir de cualquier pago que la Universidad deba efectuar, en especial de los estados de pago más próximos a la aplicación de la multa. La aplicación de las multas no exime del derecho de poner término anticipado al contrato por incumplimiento grave o reiterado de las obligaciones contractuales por parte del contratista. Una vez que la sanción aplicada se encuentre firme, procederá a aplicarse de acuerdo al mecanismo estatuido en las presentes bases.
22. TÉRMINO ANTICIPADO DEL CONTRATO.
Sin perjuicio de lo dispuesto en el artículo 77 del Reglamento de Compras Públicas, y del hecho que el contrato termine naturalmente por su completa y correcta ejecución, la Universidad de Aysén podrá poner TÉRMINO ANTICIPADO AL CONTRATO, administrativamente, y sin requerimiento judicial previo, sin derecho a indemnización alguna, para el adjudicatario o contratista adjudicado, salvo los recursos administrativos pertinentes, cuando concurran las causales establecidas en el Artículo 13 de la Ley de Compras y/o incumplimientos atribuibles al proveedor y especialmente por alguna de las siguientes causales: 1) Si se comprobase la omisión, distorsión o falsificación de cualquiera de los documentos o antecedentes requeridos en las Bases de Licitación, de los documentos que sustentan la oferta del adjudicatario o la entrega de datos o información falsa por parte del proveedor. Se entenderá parte de esta cláusula, especialmente cuando un bien y/o servicio no cumple técnicamente con lo señalado en la oferta del proveedor. 2) Si el adjudicatario subcontratase sin previa autorización de la Universidad de Aysén o cediese de cualquier forma sus obligaciones emanadas de la aceptación de la orden de compra. 3) Si el adjudicatario delegare o cediere a cualquier título las obligaciones y derechos que adquiera en virtud de la aceptación de la orden de compra; grave con prendas; establezca otros gravámenes sobre el Contrato; o, transfiera el contrato que suscriba con la Universidad de Aysén. 4) Si el adjudicatario no da cumplimiento a las normas de Confidencialidad de la Información o a las cláusulas de confidencialidad contenidas en las bases de licitación 5) Si el Proveedor fuere declarado en quiebra, cesión de bienes, convenio judicial, o cae en mora en el cumplimiento de sus obligaciones, o en estado de notoria insolvencia. 6) Si el proveedor fuere procesado, acusado o condenado por delito que merezca pena aflictiva. 7) Si el proveedor no cumple cualquiera de sus obligaciones contractuales o las contempladas en las Bases de Licitación. Cuando existiere incumplimiento de cualquiera de las obligaciones que el contratista asuma en virtud de la aceptación de la orden de compra; será suficiente para acreditarlo, un informe emanado de la unidad competente de la Universidad de Aysén. 8) Si el proveedor registra incumplimiento de las disposiciones laborales, previsionales o tributarias debidamente acreditada. 9) Si el oferente se negare a renovar las garantías del contrato al expirar la vigencia de éstas. 10) Por superar el conjunto de las multas el valor total de la boleta de garantía de fiel cumplimiento de contrato y no renovar la garantía en el plazo establecido en las bases. 11) Por la muerte del Representante Legal, si es persona natural o Empresa Individual de Responsabilidad Limitada o bien por la muerte de alguno de los socios de la sociedad de Responsabilidad Limitada. 12) Si el oferente no destina profesionales en la cantidad y calidad indicada en su propuesta o recursos suficientes que, a juicio del supervisor del contrato, ponga en peligro el poder llevar a cabo el trabajo en la forma convenida. 13) Si a criterio del supervisor del contrato, existen causas graves imputables al adjudicatario que impidan una correcta ejecución de los servicios contratados, constituyéndose en incumplimiento contractual, lo que deberá ser representado a lo menos en dos oportunidades; de mantenerse las causas graves acusadas, se propondrá a la autoridad la terminación anticipada del contrato, lo que se hará siempre mediante resolución fundada. En relación al término anticipado de mutuo acuerdo de las partes regulado en el artículo 13 de la Ley de Compras, la relación contractual terminará por vía administrativa sin necesidad de intervención judicial alguna, procediéndose a su liquidación y no teniendo por ello el contratista derecho a reclamación o derecho alguno en contra de la Universidad de Aysén. Así también en este caso, no procederá el cobro de la garantía, si la hubiere, salvo que existan obligaciones pendientes de la empresa para con sus dependientes o prestadores o para con la Universidad de Aysén. La parte interesada en resciliar el contrato deberá formular una presentación por escrito y, la otra parte, aceptarla. Lo anterior sin perjuicio de ejecutar las Garantías relativas al cumplimiento del contrato, si las hubiere, aplicar sanciones y multas que corresponda, de acuerdo lo estipulado en las Bases de Licitación. Resuelto el Término Anticipado del Contrato, no operará indemnización alguna para el Adjudicatario, debiendo éste concurrir al pago de las obligaciones que se encontraren insolutas a la fecha de liquidación del contrato, para los casos de término anticipado de contrato, por razones atribuibles al proveedor, se procederá a dar el aviso respectivo de el o los incumplimientos en el Registro de Proveedores. Así también de acuerdo al Artículo 96 bis del Reglamento, esta sanción será informada a través del Sistema de Información. Con excepción de la última causal que dice relación con el término anticipado de mutuo acuerdo de las partes.
23. PROHIBICIÓN DE CESIÓN DEL CONTRATO.
En conformidad con el artículo 74 del Decreto Supremo 250/2004 del Ministerio de Hacienda, Reglamento de la Ley N° 19.866, se prohíbe al contratista ceder o transferir en forma alguna, total o parcialmente los derechos y obligaciones que nacen del desarrollo de una licitación, y en especial los establecidos en la orden de compra. Lo anterior, sin perjuicio que los documentos justificativos de los créditos que emanen de esta contratación podrán transferirse de acuerdo con las normas del derecho común.
24. SUBCONTRATACIÓN
El adjudicatario podrá subcontratar la ejecución parcial de la contratación, en cuyo caso deberá contar con la aprobación previa y expresa de la Universidad de Aysén. Si esto ocurriera, el adjudicatario continuará siendo responsable de todas las obligaciones contraídas con la UNIVERSIDAD por con la aceptación de la orden de compra y del pago de todas las obligaciones con los trabajadores, proveedores u otras contraídas por el subcontratista. En ningún caso el adjudicatario podrá ceder los derechos adquiridos por la adjudicación de esta licitación.
25. ACEPTACIÓN DE CONDICIONES.
Al ofertar se entenderá que el proponente acepta cabalmente la totalidad de condiciones de la presente licitación pública.
26. PACTO DE INTEGRIDAD.
El oferente declara que, por el sólo hecho de participar en la presente licitación, acepta expresamente el presente pacto de integridad, obligándose a cumplir con todas y cada una de las estipulaciones que contenidas el mismo, sin perjuicio de las que se señalen en el resto de las bases de licitación y demás documentos integrantes. Especialmente, el oferente acepta el suministrar toda la información y documentación que sea considerada necesaria y exigida de acuerdo a las presentes bases de licitación, asumiendo expresamente los siguientes compromisos: a) El oferente se obliga a no ofrecer ni conceder, ni intentar ofrecer o conceder, sobornos, regalos, premios, dádivas o pagos, cualquiera fuese su tipo, naturaleza y/o monto, a ningún funcionario público en relación con su oferta, con el proceso de licitación pública, ni con la ejecución de él o los contratos que eventualmente se deriven de la misma, ni tampoco a ofrecerlas o concederlas a terceras personas que pudiesen influir directa o indirectamente en el proceso licitatorio, en su toma de decisiones o en la posterior adjudicación y ejecución del o los contratos que de ello se deriven. b) El oferente se obliga a no intentar ni efectuar acuerdos o realizar negociaciones, actos o conductas que tengan por objeto influir o afectar de cualquier forma la libre competencia, cualquiera fuese la conducta o acto específico, y especialmente, aquellos acuerdos, negociaciones, actos o conductas de tipo o naturaleza colusiva, en cualquier de sus tipos o formas. c) El oferente se obliga a revisar y verificar toda la información y documentación, que deba presentar para efectos del presente proceso licitatorio, tomando todas las medidas que sean necesarias para asegurar la veracidad, integridad, legalidad, consistencia, precisión y vigencia de la misma. d) El oferente se obliga a ajustar su actuar y cumplir con los principios de legalidad, ética, moral, buenas costumbres y transparencia en el presente proceso licitatorio. e) El oferente manifiesta, garantiza y acepta que conoce y respetará las reglas y condiciones establecidas en las bases de licitación, sus documentos integrantes y él o los contratos que de ellos se derivase. f) El oferente se obliga y acepta asumir, las consecuencias y sanciones previstas en estas bases de licitación, así como en la legislación y normativa que sean aplicables a la misma. g) El oferente reconoce y declara que la oferta presentada en el proceso licitatorio es una propuesta seria, con información fidedigna y en términos técnicos y económicos ajustados a la realidad, que aseguren la posibilidad de cumplir con la misma en las condiciones y oportunidad ofertadas. h) El oferente se obliga a tomar todas las medidas que fuesen necesarias para que las obligaciones anteriormente señaladas sean asumidas y cabalmente cumplidas por sus empleados y/o dependientes y/o asesores y/o agentes y en general, todas las personas con que éste o éstos se relacionen directa o indirectamente en virtud o como efecto de la presente licitación, incluidos sus subcontratistas, haciéndose plenamente responsable de las consecuencias de su infracción, sin perjuicio de las responsabilidades individuales que también procediesen y/o fuesen determinadas por los organismos correspondientes.
27. RESPONSABILIDAD.
La Universidad de Aysén no tendrá responsabilidad alguna en los conflictos, juicios o litigios que se susciten entre el ejecutor y sus trabajadores con motivo de los trabajos contratados, los que serán de única y exclusiva responsabilidad del ejecutor. Cabe señalar que una vez aceptada la orden de compra por parte del adjudicatario, no se derivarán con la Universidad de Aysén vínculo de dependencias ni subordinación, tanto con el oferente adjudicatario como para con los trabajadores del mismo.
28. ESPECIFICACIONES TÉCNICAS
La Universidad de Aysén requiere contratar la adquisición de 36 licencias perpetuas de Adobe Acrobat Pro DC multiplataforma en español bajo valor educacional (User Education) o su equivalente. No se aceptarán ofertas por otro tipo de licencias similares ni homologadas. El plazo de entrega no podrá exceder de 10 días hábiles desde aceptada la Orden de Compra respectiva.