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1. ANTECEDENTES GENERALES DE LA LICITACIÓN. |
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ANTECEDENTES:
La Universidad de Aysén llama a Licitación Pública para la adquisición de EQUIPOS COMPUTACIONALES
PARA LA UNIVERSIDAD DE AYSÉN, según especificaciones técnicas que formarán parte de las presentes
bases.
Este proceso de licitación se sujeta, en lo pertinente, a la siguiente normativa:
a) Las presentes Bases Administrativas y Especificaciones Técnicas, los anexos aclaratorios, si los
hubieren, lo establecido en la Ley de Compras y Contrataciones Públicas Nº19.886, su Reglamento y sus
modificaciones, demás normas generales vigentes.
b) Las especificaciones técnicas para la adquisición de EQUIPOS COMPUTACIONALES PARA LA
UNIVERSIDAD DE AYSÉN.
c) Los anexos y formularios de presentación.
d) Ley N° 19.886 sobre Contratos Administrativos de Suministro y Prestación de Servicios.
e) Decreto Nº 250 del año 2004 del Ministerio de Hacienda que aprueba el reglamento de la Ley Nº
19.886 y sus modificaciones.
f) Directivas e instrucciones emitidas por la Dirección de Compras Públicas.
g) Ley N° 19.799 sobre documentos electrónicos, firma electrónica y servicios de certificación de dicha
firma.
h) El Código del trabajo, que regula la relación laboral entre los empleadores y los trabajadores por este
Código y por sus leyes complementarias, contratados bajo vínculo de subordinación o dependencia, en virtud
de un contrato de trabajo, donde se establece cumplimiento de horario de trabajo, seguir instrucciones
impartidas por el empleador, remuneraciones por los servicios contratados, etc
i) Ley N° 16.744 de accidentes del Trabajo y Enfermedades Profesionales.
j) Ley N° 20.763 establece ingreso Mínimo mensual, de las asignaciones familiar y maternal y el
subsidio familiar.
k) Reglamento del artículo 183-C inciso segundo del código del trabajo, incorporado por la ley
Nº20.123, sobre acreditación de cumplimiento de obligaciones laborales y previsionales.
Sin perjuicio de la normativa legal vigente, la presente licitación y contrato respectivo a que pudiere dar lugar
se regirán por los siguientes documentos, cuyo orden de precedencia, en caso de existir discrepancia entre
ellos, será el que se indica a continuación:
- Aclaraciones
- Consultas y respuestas
- Las presentes bases administrativas y sus anexos
- Otros antecedentes técnicos que se incluyan en la licitación
- Los términos de referencia/especificaciones técnicas
- Ficha de licitación del portal Mercado Público
- Oferta del proponente con sus anexos
- Contrato
- Orden de compra
Las Bases estarán a disposición de todos los proveedores, a través del portal www.mercadopublico.cl y los
oferentes deberán ingresar en este obligatoriamente la oferta técnica y la oferta económica.
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2. NOTIFICACIONES Y PLAZOS. |
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Todas las notificaciones del proceso de licitación se realizarán a través del Portal Mercado Público y se
entenderán realizadas luego de transcurridas 24 horas desde que se publique en el mismo el respectivo acto
o resolución objeto de la notificación.
Cuando se modifiquen los plazos establecidos en las bases de licitación, la institución mandante realizará el
acto administrativo que apruebe dichas modificaciones, ingresando el documento al sistema de información de
compras y contratación, para conocimiento de todos los oferentes interesados.
Los plazos establecidos en las presentes bases, son de días corridos. Excepto si expresamente se indique
que son de días hábiles.
Los plazos que se cumplieren en día inhábil, se prorrogarán al día hábil siguiente. Se considerarán inhábiles
los sábados, domingos y festivos.
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3. CALENDARIZACIÓN. |
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Las etapas de la presente Licitación estarán de acuerdo al calendario informado a través del portal Mercado
Público. El plazo mínimo entre el llamado y la recepción de ofertas será de 5 días corridos, de acuerdo con lo
establecido en el artículo 25 del Reglamento de la Ley de Compras, para adquisición de bienes de simple y
objetiva especificación, cuyo monto de adquisición sea igual o superior a 100 UTM e inferior a 1000 UTM.
(ver cuadro en bases adjuntas)
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4. PARTICIPANTES. |
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4. PARTICIPANTES.
Podrán participar en esta licitación pública todas las personas naturales y jurídicas, nacionales o extranjeras,
que cumplan con los requisitos establecidos en las presentes bases de licitación. En el evento que resulte
adjudicada esta licitación a una persona jurídica extranjera, para contratar se le exigirá tener constituido
domicilio en Chile. No obstante, lo antes indicado y por aplicación de lo establecido en el artículo 4º de la ley
Nº 19.886 no podrán participar en esta Licitación y quedarán excluidos:
a) Quienes, dentro de los dos años anteriores al momento de la presentación de las ofertas, de la
formulación de la propuesta o de la suscripción del contrato, hayan sido condenados por prácticas
antisindicales o infracción a los derechos fundamentales del trabajador, o por delitos concursales establecidos
en el Código Penal.
No obstante, en conformidad con lo dispuesto en el artículo 4 inciso 2° de la Ley 19.886, en caso de que la
empresa que obtiene la licitación o celebre convenio registre saldos insolutos de remuneraciones o
cotizaciones de seguridad social con sus actuales trabajadores o con trabajadores contratados en los últimos
dos años, los primeros estados de pago producto del contrato licitado deberán ser destinados al pago de
dichas obligaciones, debiendo la empresa acreditar que la totalidad de las obligaciones se encuentran
liquidadas al cumplirse la mitad del período de ejecución del contrato, con un máximo de seis meses. La
Universidad de Aysén exigirá de concurrir las circunstancias anteriormente expresadas, que la empresa
contratada proceda a dichos pagos y le presente comprobantes y planillas que demuestren el total
cumplimiento de la obligación. El incumplimiento de estas obligaciones por parte de la empresa contratada
dará derecho a dar por terminado el respectivo contrato, pudiendo adjudicar a la empresa que obtuvo segundo
mejor puntaje o llamarse a una nueva licitación en la que la empresa referida no podrá participar.
b) Asimismo quedarán excluidos de participar en este proceso licitatorio los oferentes que hayan sido
condenado por el Tribunal de Defensa de la Libre Competencia a la medida dispuesta en la letra d) del
artículo 26 del Decreto con Fuerza de Ley N°1, de 2004, del Ministerio de Economía, Fomento y
Reconstrucción, que fija normas para la defensa de la libre competencia.
c) Los funcionarios directivos de la Universidad de Aysén, y las personas unidas por los vínculos de
parentesco descritos en la letra b) del art. 54 de la Ley Nº 18.575, Orgánica Constitucional de Bases
Generales de la Administración del Estado, las sociedades de personas de las que aquéllos o éstas formen
parte, los accionistas, las sociedades anónimas abiertas en que aquéllos sean dueños de acciones que
representen el 10% o más del capital, los gerentes administradores, representantes o directores de cualquiera
de las sociedades antedichas.
Lo dispuesto en los dos párrafos precedentes deberá ser acreditado por el oferente mediante presentación de
una declaración jurada según el formato del Anexo 3 de las presentes bases. Lo anterior, sin perjuicio de las
facultades de la entidad licitante de verificar esta información, en cualquier momento, a través de los medios
oficiales disponibles.
Es necesario que el adjudicatario se encuentre inscrito en el Registro de CHILEPROVEEDORES, en un plazo
de 5 días hábiles una vez notificada la adjudicación y durante todo periodo de duración de la relación
contractual con la Universidad de Aysén.
4.1 Unión Temporal de Proveedores.
4.1 Uniones Temporales de Proveedores.
Tratándose de Uniones Temporales de Proveedores, deberá darse cumplimiento al artículo 67 bis del
Reglamento de Compras Públicas, para contrataciones iguales o superiores a 1000 UTM, como es el caso de
esta licitación, y sin perjuicio del resto de las disposiciones legales y reglamentarias que resulten aplicables, el
acuerdo en que conste la unión temporal deberá materializarse por escritura pública, como documento para
contratar, sin que sea necesario constituir una sociedad. Si la Entidad exige la inscripción en el Registro de
Proveedores para suscribir el contrato, cada proveedor de dicha unión temporal deberá inscribirse. Al
momento de la presentación de las ofertas, los integrantes de la Unión determinarán qué antecedentes
presentarán para ser considerados en la evaluación respectiva, siempre y cuando lo anterior no signifique
ocultar información relevante para la ejecución del respectivo contrato que afecte a alguno de los integrantes de la misma.
Las ofertas que sean presentadas por Unión Temporal de Proveedores (UTP), deberán considerar lo
siguiente:
a) Completar Anexo N° 2 para identificación de sus integrantes.
b) El o la representante titular identificado/a en el anexos 2 será quien deba presentar los antecedentes
de la oferta y de la contratación; subsanar solicitudes de aclaración, y entregar información que pudiese
requerir la Universidad. En caso de ausencia del representante titular, podrá asumir quien ha sido designado
en el anexo de UTP, como suplente.
c) Con respecto a la facturación, de acuerdo a lo indicado en la Directiva de Compras y Contratación
Pública N°22, sobre la participación de uniones temporales de proveedores en los procesos de compra, la
UTP, podrá determinar la modalidad de facturación en el instrumento de constitución, que se debe presentar
para contratar.
d) La vigencia de la UTP no podrá ser inferior al contrato adjudicado.
e) Todos/as los/las integrantes de la UTP, deben estar inscritos/as y hábil en Registro Nacional de
Proveedores del Estado de Chile, en adelante www.chileproveedores.cl, al momento de la suscripción y
durante todo el periodo del contrato.
f) Se deja establecido que los/as oferentes e integrantes de la UTP, cuyos antecedentes hubieran sido
material de evaluación o hubiera reunido una o más características objeto de la evaluación de la oferta, éstos
no podrán retirarse de la UTP o ser reemplazados por otra persona natural o jurídica, posterior a la
contratación. Si ello ocurre, será causal de término anticipado del contrato.
g) Los/as integrantes de la UTP, sean éstos persona natural o jurídica deberán presentar los
antecedentes como se describe en el punto 12.1 y deberán cumplir con todos los requisitos establecidos en
las bases, tanto para personas naturales o jurídicas.
h) La UTP no puede ocultar información relevante para ejecutar el respectivo contrato, que afecte a
alguno/a de sus integrantes. En caso de hacerlo, será considerado un incumplimiento grave y será causal de
término anticipado del contrato. En caso de que la Universidad de Aysén, detecte este actuar por parte de la
UTP, se informará por escrito, a través de la forma más expedita, para que la UTP pueda presentar sus
descargos al Director de Administración y Finanzas, en un plazo no mayor a 5 días hábiles, y la Universidad
pueda resolver, lo que será informado en un plazo no mayor a 10 días hábiles al correo electrónico del
proveedor, y se emitirá el acto administrativo correspondiente.
i) Si posterior a la adjudicación se presentara una inhabilidad sobreviniente en alguno/a de los/as
integrantes de la UTP, en la medida de que ésta no pueda continuar ejecutando el contrato con los restantes
miembros, en los mismos términos adjudicados, será causal de término anticipado del contrato.
j) En caso de disolución de la UTP, será causal de término anticipado del contrato.
k) En el caso de los instrumentos de garantía, debe cumplir los requisitos establecidos en las bases.
Adicionalmente, independiente del tipo de instrumento presentado, deberán adjuntar el Anexo 7,
especificando en la glosa, que el instrumento en cuestión se presenta en calidad de UTP.
Ejemplo:
“Glosa: La unión temporal de proveedores, representada por el/la Sr.(a) Nombre y Apellido, RUT 1.111.111-5,
presenta Garantía de Seriedad de la Oferta o Fiel Cumplimiento Licitación Pública para la adquisición de EQUIPOS COMPUTACIONALES PARA LA UNIVERSIDAD DE AYSÉN” y las obligaciones que ordena el
Artículo 11° de la Ley 19.886.”
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5. MATERIA DE LA PROPUESTA. |
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La Universidad de Aysén requiere adquirir equipos computacionales que se detallan en las especificaciones
técnicas de las presentes bases.
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6. ESPECIFICACIONES TÉCNICAS |
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A continuación, se describen detalle de los equipos computacionales que se pretenden adquirir a través de
este proceso licitatorio, los que deben ser nuevos, sellados cuando corresponda. Es decir, no se aceptarán
insumos que hayan sido utilizados (segunda mano) o que presenten defectos, y en caso de que esto ocurra,
serán los proveedores quienes deberán hacerse cargo del retiro de estos productos, desde la Universidad de
Aysén.
El oferente debe completar el Anexo N°7, describiendo la cantidad ofertada, que no puede ser inferior a la
cantidad requerida, el nombre del producto, plazo de entrega, si cumple con todas las especificaciones
técnicas mínimas solicitadas y con Productos o Servicios adicionales dado que, si no cumple con las
especificaciones técnicas mínimas requeridas, no se procederá a analizar la línea ofertada. Además, debe
indicar el valor unitario del producto (IVA Incluido), el valor total, que es la multiplicación del valor unitario, por
la cantidad ofertada. Los valores informados deben contemplar flete y cualquier otro costo extra, para que el
proveedor pueda entregar el producto en dependencias de la Universidad de Aysén.
La totalidad de los productos ofertados, deben ser entregados en Campus Simpson, ubicado en Obispo
Vielmo Nº 62, Coyhaique.
(ver cuadro en Bases adjuntas)
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7. PLAZO DE EJECUCIÓN. |
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La vigencia del contrato se extenderá hasta el cumplimiento íntegro de todas las obligaciones que se
contraigan por la suscripción de él, del cual forman parte la oferta que se adjudique, las presentes bases,
aclaraciones, adiciones y todo otro antecedente de esta licitación. Así el oferente que resulte contratado
cumplirá con todas las obligaciones impuestas por el contrato.
El plazo de entrega de los insumos no debe superar los 30 días de corridos. El plazo se contabilizará
desde la emisión de la orden de compra. El oferente adjudicado tendrá un plazo de 24 horas o día hábil
siguiente a la adjudicación para aceptar la respectiva orden de compra, lo anterior contado desde la
notificación realizada por el sistema. .
Los productos podrán ser entregados en forma parcializada según el stock disponible por parte del proveedor,
los que deberán enviarse con guía de despacho. Posteriormente, luego de la recepción de los productos, por
parte del encargado del contrato, el proveedor podrá emitir la factura por la entrega realizada. En ningún caso
la entrega parcializada debe superar el plazo de 20 días corridos, según lo indicado precedentemente.
El contrato no incluirá cláusula de renovación automática, sin perjuicio de lo anterior, la entidad licitante podrá
renovar la vigencia del mismo, por decreto fundado, en idénticas condiciones a aquellas en que se esté
ejecutando, por decisión unilateral de la autoridad antes de que finalice la contratación, sólo por un período,
según lo establecido en el Artículo 12 del Reglamento de la ley de Compras. Asimismo, el adjudicatario podrá
solicitar, vía correo electrónico dirigido al encargado del contrato, previo a que se cumpla el plazo para la
entrega de los productos adquiridos, la ampliación en el plazo para el término de contrato, siempre y cuando
estas demoras sean por razones justificadas y ajenas a su responsabilidad. Esta solicitud será analizada y
evaluada por la Universidad de Aysén, y en caso de ser aceptada la solicitud, ésta será formalizada a través
del acto administrativo correspondiente.
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8. PRESUPUESTO |
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La presente licitación es de carácter público. Las propuestas deben estar expresadas en la ficha electrónica
en moneda nacional, sin incluir impuestos, considerando la operatividad del portal
[https://www.mercadopublico.cl].
No obstante, los oferentes deberán tener presente que, al momento que la Universidad de Aysén realice la
evaluación comparativa de las ofertas económicas, exigirá en el anexo respectivo la consideración del IVA a
las ofertas, si es que la contratación en cuestión estuviere gravada con tal tributo. Ante cualquier
inconsistencia presentada en la oferta, entre el anexo económico y la ficha electrónica, se considerará para la
revisión y evaluación, la información entregada en el anexo económico.
Existe un presupuesto referencial por parte de la Universidad de Aysén para la contratación antes
mencionada, que alcanza la suma de $35.000.000.- impuestos incluidos, no obstante que el valor
definitivo será declarado en el Decreto Universitario de Adjudicación, la cual será en función del
presupuesto efectivamente asignado.
El oferente deberá calcular en base a su propio análisis, los precios, gastos generales, leyes sociales, gastos
financieros y las obligaciones contractuales que se contraigan para la prestación de los servicios y productos
requeridos. Los oferentes al tiempo de realizar sus propuestas deben considerar la totalidad de las
especificaciones técnicas y requerimientos específicos y normativos.
De acuerdo a las características de las ofertas presentadas, la Universidad de Aysén procederá a la
adjudicación, o a desestimar las propuestas si éstas no fueren convenientes a los intereses de la Universidad.
La presente propuesta se contratará por el monto ofertado, el que no podrá considerar reajustes ni intereses.
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9. MODIFICACIONES DE CONTRATO |
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El contrato podrá ser modificado, sin perjuicio de lo indicado en el Punto N°7 “Plazo Ejecución” de las
presentes Bases, en conformidad a lo señalado en el artículo 77 del Reglamento de Compras Públicas, de
común acuerdo por las partes; en tanto dichas modificaciones se atengan a lo estipulado en las presentes
Bases, según se indicará.
Para que estas modificaciones surtan efectos, deberán formalizarse mediante acuerdo suscrito por ambas
partes y debidamente autorizado por el acto administrativo correspondiente.
La modificación de contrato procederá por caso fortuito o fuerza mayor, entendiendo esto como:
a) La inimputabilidad del hecho, esto es, que provenga de una causa totalmente ajena a la voluntad del
afectado, quien no debe haber contribuido en forma alguna a su ocurrencia.
b) La imprevisibilidad del hecho, es decir, que no se haya podido prever dentro de cálculos ordinarios o
corrientes.
c) La irresistibilidad del hecho, vale decir, que no se haya podido evitar ni aún en el evento de oponer las defensas idóneas para lograr tal objetivo.
Tratándose de aumentos de servicios o trabajos a desarrollar, se podrá requerir tal circunstancia por la
contraparte técnica, tratándose de circunstancias no previstas a la fecha de esta licitación.
En ningún caso las modificaciones del contrato podrán implicar un aumento en el valor del contrato, superior a un 30% del valor contratado.
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10. CONSULTAS, ACLARACIONES Y MODIFICACIONES A LAS BASES. |
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De conformidad a lo establecido en el artículo 27 del Decreto N° 250-2004 del Ministerio de Hacienda que
aprueba el reglamento de la Ley Nº 19.886 y sus modificaciones, los oferentes podrán realizar consultas de
carácter administrativo o técnico que estimen necesarias a través del sistema de información, por medio del
foro establecido en www.mercadopublico.cl, dentro de los plazos fijados para este efecto en el Calendario de
la Licitación, indicados en la ficha de licitación, no pudiendo los proveedores contactar de ninguna otra
forma con la entidad licitante o sus funcionarios/as, por la respectiva licitación, durante el curso del
proceso, salvo lo que esté expresamente indicado en las presente bases.
Las consultas serán debidamente contestadas o aclaradas por la entidad licitante mediante el mismo Sistema
de Información en el plazo indicado para ello. Las respuestas a las preguntas formuladas se considerarán
parte integrante de las presentes bases de licitación, en conformidad con lo dispuesto en la Ley 19.886.
La entidad licitante podrá introducir modificaciones a las presentes bases mediante acto administrativo, ya sea
por iniciativa propia o en atención a una aclaración o consulta solicitada a través del portal y hasta 48 horas
antes del término del plazo para recibir ofertas, informándose de ello a través del mismo portal; estas
modificaciones se entenderán que forman parte integral de las bases de licitación.
El proceso de licitación se regirá según las fechas y plazos establecidos en el punto 3 de las bases de
licitación, sin perjuicio de lo cual, frente a alguna aclaración o modificación en caso de que se requiera de un plazo adicional, se indicará tal circunstancia en el portal, según se ha expresado.
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11. VIGENCIA DE LAS OFERTAS |
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Las ofertas tendrán un plazo de validez de 60 días corridos, contados desde la fecha fijada para su
presentación en el cronograma de licitación.
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12. PRESENTACIÓN DE OFERTAS |
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Las ofertas se presentarán en forma virtual a través del Portal Internet www.mercadopublico.cl, en el cual el
oferente deberá ingresar su oferta, incluidos los documentos solicitados en los puntos siguientes, los que
deben ser subidos como archivos adjuntos y/o documentos escaneados.
Si el oferente se encuentra con inscripción vigente en Chile Proveedores, podrá obviar la presentación de
aquellos antecedentes exigidos que se encuentren en dicho portal y que a la fecha de la apertura estén
vigentes.
Todos los anexos deberán estar redactados en idioma español, debidamente firmados por el oferente o su
representante legal. Los cuáles serán escaneados e ingresados al portal www.mercadopublico.cl, así también,
la documentación anexa debe ser subida al portal en formato digital no modificable.
Las ofertas deberán ser ingresadas al portal de Compras Públicas en el plazo establecido en las presentes
bases. Posterior a la fecha y hora de cierre indicada en la ficha de licitación del portal, el sistema se cierra
automáticamente y no permite el ingreso de ninguna otra oferta, ni archivo adjunto.
Los proponentes podrán adjuntar los detalles que estimen pertinentes acerca de su oferta. La existencia de
documentos ajenos a la nómina señalada se considerará complementaria y, por lo tanto, su presentación no
dará motivo de descalificación del oferente.
12.1 Antecedentes Administrativos
La Oferta Administrativa deberá contener, debidamente completados, los siguientes archivos:
a) Anexo Nº1 y N°2 Identificación del Oferente
b) Anexo Nº3 y 4 Declaración Jurada
c) Anexo Nº5 Antecedentes Legales para Poder Ofertar
c.1) En el caso de que el oferente sea una Persona Jurídica:
✓ Fotocopia de la Cédula de Identidad (por ambos lados) del (los/as) Representante (s) Legal (es) de la
Empresa
✓ Certificado de Vigencia de la Sociedad (vigencia no superior a 60 días)
✓ Certificado Representante Legal (vigencia no superior a 6 meses a la fecha de presentación de la
propuesta)
✓ Certificado de deuda de la Tesorería General de la República (con vigencia a la fecha de
presentación de la propuesta)
✓ Certificado de antecedentes laborales y previsionales emitido por la Dirección del Trabajo (con
vigencia a la fecha de presentación de la propuesta)
✓ Copia de Escritura de Constitución de la Sociedad
En el caso de las personas jurídicas que se hayan constituido en conformidad al sistema simplificado que
contempla la ley N° 20.659, certificado de vigencia obtenido desde el Registro de Empresas y Sociedades
creados en virtud de la ley N° 20.659, al cual se accede desde los sitios electrónicos
www.tuempresaenundia.cl y www.registroempresas.cl administrados por el ministerio de Economía, Fomento
y Turismo.
Respecto de las personas jurídicas distintas de las sociedades, deberá adjuntar certificado de vigencia
(Ministerio de Justicia; Subsecretaría de Economía o Servicio de Registro Civil e Identificación, según
corresponda) y rol único tributario.
c.2) De tratarse de una Persona Natural, deberá presentar:
✓ Certificado de Antecedentes. Con una antigüedad inferior a diez días desde la fecha de apertura de
la propuesta
✓ Fotocopia de la Cédula de Identidad (por ambos lados)
✓ Certificado de deuda de la Tesorería General de la República, con vigencia a la fecha de
presentación de la oferta.
✓ Certificado de cumplimiento de obligaciones laborales y previsionales emitido por la Dirección del
Trabajo con vigencia a la fecha de presentación de la oferta.
✓ Copia de Iniciación de Actividades. Si no cuenta con el anterior certificado, podrá presentar la
Cartola Tributaria emitida por el Servicio de Impuestos Internos, donde indica la fecha de Inicio de Actividades.
Los Proveedores con Servicios contratados en Chile Proveedores no requieren presentar los antecedentes si
estos se encuentran acreditados electrónicamente en el portal ChileProveedores.
Los Proveedores sin Servicios contratados en Chile Proveedores deberán entregar según lo indicado en las
Bases o en los Términos de Referencia.
En el caso, que el oferente se encuentre inscrito en el Portal Chile Proveedores, deberá ser informado por
éste, no siendo obligatoria la presentación de los antecedentes que se encuentren alojados en dicho sitio.
12.2 Antecedentes Económicos y Técnicos:
a) Anexo 7 Propuesta técnica y económica. Detalle sobre especificación de los productos ofertados.
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13. ADMISIBILIDAD DE LAS OFERTAS. |
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Para que las ofertas sean declaradas admisibles, esto es, que sean susceptibles de ser evaluadas por la
comisión respectiva, es necesario que cumplan con lo indicado:
a) Adjuntar anexo N° 7, indicando el plazo de entrega.
b) Adjuntar anexo N° 7, indicando detalle de productos ofertados.
Se deja constancia que la no presentación de los antecedentes requeridos para la admisibilidad de las ofertas en la forma establecida, no podrán ser subsanados en la etapa de evaluación de las mismas.
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14. APERTURA Y EVALUACIÓN DE LAS PROPUESTAS. |
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La apertura, evaluación técnica y económica de las ofertas se efectuará por una comisión evaluadora, en
adelante “la Comisión”, integrada por funcionarios/as de la Universidad de Aysén, que se describen a
continuación y en ausencia de ellos(as), participara quien los subrogue o reemplace:
- Christian Vásquez Navarrete, Encargado Unidad de Tecnologías de Información y Comunicación.
- Andrés Cuevas Cuevas, Encargado Unidad de Adquisiciones
- Pablo Olivares, Encargado Biblioteca en la Dirección Académica
- Fabian Duran Muñoz, Profesional de Apoyo Informático Dirección de Planificación
- Marco Uribe Molina, Encargado de Infraestructura
La comisión será apoyada por un funcionario/a de la Unidad de Adquisiciones que actuará como secretario/a
de actas.
Teniendo en cuenta que el sentido de la comisión es garantizar imparcialidad y competencia en la evaluación
de las ofertas, se prohíbe el contacto con ésta, ya sea mediante reuniones, contacto telefónico o correo
electrónico, durante el curso del proceso.
Los integrantes de la comisión evaluadora deberán suscribir la DECLARACIÓN JURADA SIMPLE RELATIVA
A INTERESES Y CONFIDENCIALIDAD DE LOS MIEMBROS DE LA COMISIÓN EVALUADORA.
La Universidad de Aysén, deja establecido que está estrictamente prohibido que los miembros de la Comisión
Evaluadora del proceso licitatorio acepten cualquier tipo de solicitud de reunión, audiencias y/o regalos de
parte de terceros sobre procesos licitatorios mientras integren dicha comisión. Todo esto bajo el marco legal
de la ley N° 20.730 y su reglamento, contenido en el decreto supremo N° 71 de 2014, del Ministerio Secretaría
General de la Presidencia, que regula el lobby y las gestiones que representen intereses particulares ante las Autoridades y Funcionarios de la Administración del Estado.
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15. FUNCIONES DE LA COMISIÓN EVALUADORA. |
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a) Verificación de antecedentes:
Durante el proceso de evaluación, la Universidad de Aysén podrá requerir a los oferentes salvar los errores u
omisiones formales detectados, siempre y cuando las rectificaciones de dichos errores u omisiones no les
confieran a estos oferentes una situación de privilegio respecto de los demás competidores; esto es, en tanto
no se afecten los principios de estricta sujeción a las bases y de igualdad de los oferentes y se informe de
dicha solicitud al resto de los oferentes, a través del Sistema de Información.
La Entidad Licitante, en conformidad con el artículo 40 del Reglamento de Compras Públicas, podrá también
permitir la presentación de certificaciones o antecedentes omitidos al tiempo de presentar las ofertas, siempre
y cuando no se refieran a los necesarios para su admisibilidad y que se hayan producido u obtenido con
anterioridad al vencimiento del plazo para la presentación de las propuestas o se refieran a situaciones no
sujetas a variación. En el caso de que el proveedor presente documentos que registren fecha posterior a la
presentación de las ofertas, estos no serán considerados para la evaluación.
Cuando existan discrepancias en los antecedentes o estos estén incompletos, la Comisión podrá solicitar que
estos se clarifiquen o se entreguen a través del foro inverso del portal mercado público, sin afectar el principio
de estricta sujeción a las bases, libre concurrencia y de igualdad de los oferentes; para lo anterior se le
otorgará un plazo de 48 horas para subsanar los defectos u observaciones detectadas. Al subsanar estas
observaciones el oferente podrá estar afecto a descuento de la ponderación de su evaluación.
b) Declaración de admisibilidad:
Las ofertas que en esta etapa sean calificadas como inadmisibles, por encontrarse incompletas o porque los
antecedentes acompañados no se ajustan a las exigencias del proceso licitatorio, serán descartadas de plano
y por ende no avanzará a la etapa de evaluación técnica y económica. Lo observado en este punto será
descrito en la respectiva acta de evaluación.
c) Evaluación:
Una vez verificado el cumplimiento estricto de los requisitos de admisibilidad, las ofertas se evaluarán
considerando los criterios que se indican a continuación, adjudicándose la licitación a la oferta con mayor
puntaje y que convenga a los intereses de la Universidad de Aysén, para efectos de cálculos, resultado y aplicación de fórmulas siempre se considerarán 2 decimales.
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16. CRITERIOS DE EVALUACIÓN |
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Los criterios objetivos de evaluación y sus ponderaciones se indican en el cuadro siguiente:
(ver cuadro en bases adjuntas)
El puntaje global será calculado conforme al puntaje obtenido en cada criterio de evaluación con su respectiva
ponderación, informando las razones o fundamentos considerados para el otorgar el puntaje asignado.
Para efectos de cálculos, resultado y aplicación de fórmulas siempre se considerarán 2 decimales.
La base de cálculo para cada criterio de evaluación se presenta a continuación: (ver cuadro en bases aduntas)
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17. MECANISMOS DE RESOLUCIÓN DE EMPATES |
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En caso de que dos o más ofertas tengan igual puntaje final, la Comisión propondrá dirimir el empate de
acuerdo a los siguientes criterios, en estricto orden de aplicación:
1.- Se preferirá la oferta que tenga mayor ponderación de evaluación “plazo de entrega”.
2.- Si persiste el empate se preferirá la oferta que tenga mayor ponderación de evaluación en “precio”.
3.- Si persiste la igualdad, la Comisión propondrá a la autoridad la solución para dirimir el empate, expresando
fundadamente su decisión.
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18. ACTA DE EVALUACIÓN |
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Será la Comisión, quien evaluará y calificará, desde el punto de vista técnico y económico, los antecedentes
de los oferentes, información con que elaborará un Acta de Evaluación, firmada por todos sus integrantes, en
virtud de la cual, a partir del puntaje final obtenido por cada oferente, se confeccionará un cuadro comparativo
que establezca el orden de prelación entre ellos, para posteriormente proceder a presentar, a la autoridad de
la institución, una propuesta de adjudicación o deserción del proceso, con todos los antecedentes que
permitan resolver sobre la materia, y donde además consten, las observaciones respecto a los oferentes
cuyas ofertas hayan quedado inadmisibles en el proceso de evaluación de antecedentes, especificando los motivos que determinaron la inadmisibilidad de la oferta.
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19. ADJUDICACIÓN. |
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Una vez evaluadas las ofertas, la Comisión recomendará a la Autoridad, adjudicar la licitación al oferente que
presente la oferta más conveniente a los intereses de la Entidad Licitante, en base a los resultados obtenidos
en cada criterio de evaluación, la asignación de puntajes y la formulación de cálculo realizado.
Se adjudicará la licitación a la oferta que obtenga mayor puntaje total ponderado, sin perjuicio de que la
Autoridad pueda ejercer la facultad de declarar desierta la licitación si las ofertas no resultaren convenientes
para los intereses de la Entidad Licitante, según lo previsto en el artículo 9° de la Ley N°19.886.
La adjudicación se hará por resolución fundada y contendrá los criterios de evaluación establecidos en las
Bases de Licitación y que permitieron al adjudicatario obtener la calificación de oferta más conveniente, lo
anterior de acuerdo a lo dispuesto en el artículo 41 del reglamento de Compras Públicas.
Si, verificada la adjudicación a un proponente cuya inscripción en el Registro de Proveedores no figure hábil; o
que no registre inscripción en el Registro de Proveedores y no se inscribiere en un plazo máximo de 5 (cinco)
días hábiles desde la publicación del decreto de adjudicación, se entenderá desistido de su oferta y se procederá a readjudicar de acuerdo al mecanismo descrito en los párrafos posteriores.
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20. READJUDICACIÓN. |
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Se procederá a readjudicar la licitación al proponente que haya obtenido la siguiente prioridad como oferta
más conveniente, que haya obtenido el segundo mejor puntaje, de acuerdo al acta de evaluación de la
propuesta, en el caso de que el oferente inicialmente adjudicado:
● Se desistiera de su oferta.
● No presenta el certificado de inscripción en el Registro de CHILEPROVEEDORES, a más tardar
dentro de 5 días hábiles siguientes a la fecha de publicación de la resolución de adjudicación en el sitio
www.mercadopublico.cl.
● No presenta la Garantía de Fiel cumplimiento, en los términos establecidos en las presentes bases.
● No aceptar la orden de compra en los términos establecidos en las presentes bases.
● Incumplimiento de las demás condiciones y requisitos establecidos en las bases para la suscripción
del contrato.
Se readjudicará al oferente que le seguía en puntaje, dentro del plazo máximo de 60 días corridos contados
desde la publicación de la adjudicación.
Y así sucesivamente, a menos que, de acuerdo a los intereses del servicio, se estime declarar desierta la
presente licitación.
20.1 Declarar desierta licitación.
En el caso de que no se hayan presentado más ofertas o si se estima que el resto de las ofertas no son
convenientes a los intereses a la Universidad de Aysén, se procederá a declarar desierta la licitación por
resolución fundada, sin derecho a indemnización alguna para los oferentes, y se podrá realizar un nuevo llamado a licitación, conforme el artículo 9 de la Ley de Compras.
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21. EVENTUAL RECHAZO DE LAS OFERTAS O DECLARACIÓN DE LICITACIÓN DESIERTA. |
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La Universidad se reserva el derecho de declarar inadmisible o rechazar, por Decreto, cualquier oferta de
algún proponente, cuando estimare que no cumple los requisitos establecidos en las Bases, o a partir de la
ponderación que haga de los documentos referidos en los Antecedentes Legales del oferente.
Además, la Universidad podrá declarar desierta la Licitación cuando no se presenten ofertas, cuando se
excedan los marcos presupuestarios disponibles, o cuando, en general, éstas no resulten convenientes a los intereses institucionales, sin incurrir por ello en responsabilidad alguna.
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22 GARANTÍAS |
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22.1 Instrumento De Garantía De Fiel Y Oportuno Cumplimiento Del Contrato
El proveedor adjudicado deberá entregar en un plazo no superior a 5 días hábiles posteriores a la fecha de
notificación del decreto de adjudicación totalmente tramitado, un documento de Garantía para garantizar el
Fiel y Oportuno Cumplimiento del Contrato por el 5% del monto total de la oferta adjudicada. No obstante lo
anterior, si para esta fecha la Universidad de Aysén mantiene el resguardo de cierre de edificios, por la
actual contingencia sanitaria, el adjudicatario será contactado por la Universidad, para coordinar la entrega
de este instrumento de garantía, previo al cumplimiento del plazo establecido.
Si la Garantía de Fiel Cumplimiento no fuere entregada en la oportunidad señalada, la Universidad podrá
adjudicar el contrato definitivo al oferente siguiente mejor evaluado, o declarar desierta la licitación.
El Documento de Garantía por el Fiel y Oportuno Cumplimiento del Contrato, se deberá emitir a favor de la
Universidad de Aysén, RUT 61.980.520-8. La glosa debe señalar “Para el Fiel Cumplimiento de la
LICITACIÓN PÚBLICA PARA LA ADQUISICIÓN DE EQUIPOS COMPUTACIONALES PARA LA
UNIVERSIDAD DE AYSÉN, ID (agregar el número asignado en el portal de mercado público)”. La vigencia
no debe ser inferior a 60 días corridos después de la fecha estimada para el término del contrato. Este debe
ser pagadero a la Vista, tener el carácter de irrevocable y que se asegure el cobro de manera rápida y
efectiva. En el caso de presentar Vale Vista, se deberá adjuntar declaración jurada simple, que contenga
los datos descritos en el Anexo N°6.
En caso que el documento de garantía se otorgue de manera electrónica, deberá ajustarse a la Ley Nº
19.799 sobre Documentos Electrónicos, Firma Electrónica y Servicios de Certificación de dicha firma, y
deberá ser enviado, en el plazo establecido anteriormente, al correo electrónico licitaciones@uaysen.cl.
Los documentos que sean generados de manera física (que no se ajusten a la Ley 19.799), deberán
presentarse en el plazo establecido previamente, en dependencias de la Universidad de Aysén, ubicada en
Obispo Vielmo 62 de Coyhaique.
El instrumento de Garantía de Fiel Cumplimiento del contrato tiene por objeto, caucionar el fiel y oportuno
cumplimiento de las obligaciones del contrato como el pago de las obligaciones laborales y sociales de los
trabajadores del adjudicatario.
La garantía podrá hacerse inmediatamente efectiva sin necesidad de requerimiento, ni acción judicial, ni
arbitral alguna, en los siguientes casos:
i) Cuando incurra en alguna de las causales de término anticipado de contrato imputables al adjudicatario;
ii) Cuando el proveedor incurra en alguna de las causales de incumplimiento grave, en los términos
definidos en el punto 28 de las presentes Bases sobre término anticipado de contrato;
y iii) Cuando la multa cursada, o la suma de ellas, alcancen el 5% del valor total del contrato;
También se considerará incumplimiento el cumplimiento tardío o imperfecto de las obligaciones.
Una vez cumplido el plazo de vigencia del documento de Garantía y/o extinguida las obligaciones del
proveedor, dicho documento deberá ser retirado dentro de un plazo de 10 días hábiles, previa coordinación
la Unidad de Finanzas de la Universidad de Aysén.
En todo caso, la Institución deberá exigir la renovación del documento de Garantía de Fiel Cumplimiento del
Contrato, cuantas veces sea necesario mediante correo electrónico, a fin de mantener vigente dicha
garantía y mientras existan obligaciones pendientes por parte del proveedor derivadas del contrato.
Solicitada esta renovación, ella deberá hacerse a lo menos con 10 días hábiles de anticipación al respectivo
vencimiento, fecha a partir de la cual la Institución podrá hacer efectiva la garantía que se encuentre
vigente, sin necesidad de nuevo aviso o notificación del proveedor.
De efectuarse aumento al contrato en su valor o en el plazo de ejecución del servicio, el adjudicatario
deberá presentar un nuevo instrumento de garantía o una ampliación de la garantía original, por el 5% del
monto de aumentado o por el período de ampliación de plazo autorizado según corresponda, en las mismas
condiciones descritas precedentemente
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23 DOCUMENTACIÓN INTEGRANTE DEL CONTRATO. |
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El presente contrato se formalizará con la aceptación de la orden de compra, y considerará como parte
integrante del mismo, los documentos establecidos en el numeral 12.1 “Presentación de Ofertas”.
23.1. ANTECEDENTES DEL ADJUDICATARIO Y PLAZO DE CELEBRACIÓN DEL CONTRATO.
El proveedor adjudicado deberá acreditar estar inscritos en el Registro de Proveedores del Estado de
Chileproveedores, al momento de la emisión de la orden de compra y durante toda la vigencia de éste.
La orden de compra se emitirá posterior a la fecha del decreto que adjudica la presente licitación y posterior a
la entrega del instrumento de garantía de fiel cumplimiento del contrato.
Una vez emitida la orden de compra en el portal de Chilecompras, el oferente adjudicado tendrá un plazo de
24 horas o día hábil siguiente para aceptar la respectiva orden de compra, lo anterior contado desde la
notificación realizada por el sistema.
Si no se aceptara la orden de compra dentro de este término, por causas imputables al proveedor, la
Universidad podrá dejar sin efecto el acto administrativo en virtud del cual se produjo la respectiva
adjudicación. Sin perjuicio de lo anterior, la Universidad podrá mediante resolución fundada, ampliar el plazo
de emisión de orden de compra de acuerdo a sus necesidades.
23.2. ANTECEDENTES LEGALES REQUERIDOS A LAS PERSONAS NATURALES PARA LA
SUSCRIPCIÓN DEL CONTRATO:
El oferente adjudicado, persona natural deberá proporcionar para la emisión de la orden de compra, original o
copia de los siguientes documentos:
a. Fotocopia legalizada de Cédula Nacional de Identidad;
b. Declaración Jurada Simple de: "No mantener vínculos de parentesco e inhabilidades señalados en el
párrafo 6º del artículo 4° de la Ley Nº 19.886" y No estar condenado por los delitos concursales establecidos
en los artículos 463º y siguientes del Código Penal o en otra norma legal o reglamentaria".
23.3. ANTECEDENTES LEGALES DE LAS PERSONAS JURÍDICAS PARA LA SUSCRIPCIÓN DEL
CONTRATO.
El oferente adjudicado, persona jurídica, proporcionará a través del Registro de Proveedores, para la emisión
de la orden , en original o copia de los siguientes documentos,:
a. R.U.T.
b. Copia simple de escritura de constitución de la sociedad y de sus modificaciones.
c. Certificado de Vigencia de la sociedad o empresa individual de responsabilidad limitada, extendido
por el Conservador respectivo o Certificado de Vigencia de la Sociedad emitido por el Registro de Empresas y
Sociedades administrado por el Ministerio de Economía, Fomento y Turismo, con una antigüedad no superior
a 60 días corridos, contados desde la fecha de notificación de la adjudicación, o el antecedente que acredite la
existencia jurídica del oferente.
d. Certificado de vigencia del poder del representante legal, con una antigüedad no superior a 60 días
corridos, contados desde la fecha de notificación de la adjudicación, otorgado por el Conservador de Bienes
Raíces correspondiente o, en los casos que resulte procedente, cualquier otro antecedente que acredite la
vigencia del poder del representante legal del oferente a la época de presentación de la oferta.
e. Declaración Jurada Simple de: "No mantener vínculos de parentesco e inhabilidades señalados en el
párrafo 6º del artículo 4° de la Ley Nº 19.886" y no estar condenado por los delitos concursales establecidos
en los artículos 463º y siguientes del Código Penal o en otra norma legal o reglamentaria".
f. Declaración Jurada Simple, de no encontrarse afecto a penas y prohibiciones establecidas en los
artículos 8º y 10º de la ley 20.393, sobre Responsabilidad Penal de las Personas Jurídicas.
g. Declaración Jurada Simple que acredite que: "No se encuentra condenado por prácticas
antisindical/es o infracción a los derechos fundamentales del trabajador".
Si alguno de los documentos requeridos para la suscripción del contrato se encuentra digitalizado y a
disposición de la Universidad de Aysén en el Registro de Proveedores, no será necesario adjuntarlos
físicamente.
En el caso, que el oferente se encuentre inscrito en el Portal ChileProveedores, deberá informarlo a la entidad licitante, no siendo obligatoria la presentación de los antecedentes que se encuentren alojados en dicho sitio
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24. CONSECUENCIA DE LA OMISIÓN DE LOS ANTECEDENTES REQUERIDOS PARA CONTRATAR. |
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La Universidad de Aysén podrá dejar sin efecto el Acto Administrativo de adjudicación y disponer la
re-adjudicación de esta licitación al siguiente proponente mejor calificado, o declarar desierta la licitación si las
ofertas presentadas no son convenientes a los intereses de este órgano de la Administración del Estado, si
concurre alguno de los siguientes casos:
a) Si el adjudicatario omitiere los antecedentes contemplados en el punto anterior.
b) Si el adjudicatario no acepta la orden de compra según lo establecido en las presentes bases, por
causas que le sean imputables, dentro del plazo contemplado en el punto Nº 23.1 “REQUISITOS DEL
PROVEEDOR Y PLAZO DE CELEBRACIÓN DEL CONTRATO” de estas Bases Administrativas.
c) Si el adjudicatario no se inscribiere en el Registro Electrónico Oficial de Proveedores del Estado
Chileproveedores (Registro Avanzado o Contratación), previo a la emisión de la orden de compra, según el
plazo establecido en las presentes bases.
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25. SUBCONTRATACIÓN |
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El adjudicatario no podrá subcontratar la ejecución total o parcial del presente contrato y será responsable de
suministrar la totalidad de los productos ofertados. En caso de detectarse que el adjudicatario ha
subcontratado el suministro de computadores adjudicados, será causal de término de contrato, según lo establecido en el Punto 29 sobre Término anticipado del Contrato.
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26. PAGO. |
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El pago de los productos adquiridos será conforme a la normativa vigente. Los productos deberán enviarse
con una guía de despacho, y una vez que se de recepción conforme, el proveedor, podrá emitir la factura
correspondiente, la que deberá ser remitida a facturacion@uaysen.cl, indicando: Nombre de licitación, ID y
guía de despacho.
Se permitirá pago parcializado siempre y cuando el envío sea menor al 80% de los productos adjudicados,
previa recepción conforme del producto, por parte del encargado del contrato.
El proceso de pago será el siguiente: una vez que el proveedor realice la entrega de los productos, que
permita la parcialidad del pago, le informará, vía correo electrónico al encargado del contrato, quien, en un
plazo no mayor a 5 días hábiles, informará la recepción conforme para la emisión de la factura.
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27. ENCARGADO DEL CONTRATO. |
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El encargado del contrato será designado en la emisión de la orden de compra y tendrá las siguientes
obligaciones:
- Velar por el cumplimiento de la ejecución del servicio contratado.
- Informar a la autoridad universitaria cuando corresponda la aplicación de multas o cuando se
concurra en causal de término anticipado.
- Remitir información necesaria para el proceso de pago.
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28. MULTAS |
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La Universidad, podrá establecer multas, sin que ello limite la responsabilidad a esa suma cuando proceda, ya
sea, por el incumplimiento de cualquiera de las condiciones establecidas en las presentes bases
administrativas, técnicas y/o la oferta adjudicada.
Sin perjuicio de las sanciones pecuniarias a las que se exponga el adjudicatario y que lo obliguen con
autoridades o empresas externas, se establecen las siguientes infracciones con sus respectivas multas para
aquellos actos y faltas en que incurra el obligado debiéndose pagar en un plazo no superior a los diez días
hábiles, desde el momento en que se cursa la infracción: (ver cuadro en bases adjuntas)
Si los productos no han sido recibidos en un plazo superior a 10 días del plazo indicado en la oferta, y el
proveedor no ha justificado este retraso, se considerará que el oferente no ha dado cumplimiento a la oferta
realizada, por lo cual la Universidad podrá dar por terminada en forma anticipada la contratación, por
incumplimiento grave por parte del proveedor.
Además, la Universidad quedará autorizada para iniciar el procedimiento judicial encaminado a exigir el pago,
por parte del contratista responsable del incumplimiento, de las indemnizaciones por los daños y perjuicios
ocasionados, que excedan el monto de la garantía otorgada, en los casos que corresponda.
La empresa deberá proceder al pago de la multa, pudiendo la Universidad hacer efectiva la garantía de fiel y
oportuno cumplimiento en caso contrario, transcurridos diez días desde que se notifique al contratista la multa
cursada y firme.
En caso de hacerse efectiva la garantía de fiel y oportuno cumplimiento, el contratista deberá reponerla
manteniendo su monto y vigencia original, en un plazo de 10 días hábiles.
La aplicación de las multas no exime del derecho de poner término anticipado al contrato por incumplimiento
grave o reiterado de las obligaciones contractuales por parte del contratista.
En caso de aplicación de multas se informará al proveedor por correo certificado de la aplicación de la
sanción, el que tendrá un plazo de 5 días hábiles, contados desde el día siguiente a aquél en que se
notifique, para realizar sus descargos al Director de Administración y Finanzas o quien lo reemplace, vía
correo electrónico, debiendo ser resueltos a través de Decreto Universitario Exento, y cuya respuesta
definitiva será remitida al proveedor por correo certificado; lo anterior, sin perjuicio de los recursos
establecidos en la Ley Nº 19.880, que sean pertinentes.
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29. TÉRMINO ANTICIPADO DEL CONTRATO. |
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Sin perjuicio de lo dispuesto en el artículo 77 del Reglamento de Compras Públicas, y del hecho que el
contrato termine naturalmente por su completa y correcta ejecución, la Universidad de Aysén podrá poner
TÉRMINO ANTICIPADO AL CONTRATO, administrativamente, y sin requerimiento judicial previo, sin derecho
a indemnización alguna, para el adjudicatario o contratista adjudicado, salvo los recursos administrativos
pertinentes, cuando concurran las causales establecidas en el Artículo 13 de la Ley de Compras y/o
incumplimientos atribuibles al proveedor y especialmente por alguna de las siguientes causales:
1) Si se comprobase la omisión, distorsión o falsificación de cualquiera de los documentos o
antecedentes requeridos en las Bases de Licitación, de los documentos que sustentan la oferta del
adjudicatario o la entrega de datos o información falsa por parte del proveedor. Se entenderá parte de esta
cláusula, especialmente cuando un bien y/o servicio no cumple técnicamente con lo señalado en la oferta del
proveedor.
2) Si el adjudicatario subcontratase sin previa autorización de la Universidad de Aysén o cediese de
cualquier forma sus obligaciones emanadas del contrato.
3) Si el adjudicatario delegare o cediere a cualquier título las obligaciones y derechos que adquiera en
virtud del contrato; grave con prendas; establezca otros gravámenes sobre el Contrato; o, transfiera el
contrato que suscriba con la Universidad de Aysén.
4) Si el adjudicatario no da cumplimiento a las normas de Confidencialidad de la Información o a las
cláusulas de confidencialidad contenidas en las bases de licitación.
5) Si el Proveedor fuere declarado en quiebra, cesión de bienes, convenio judicial, o cae en mora en el
cumplimiento de sus obligaciones, o en estado de notoria insolvencia.
6) Si el proveedor fuere procesado, acusado o condenado por delito que merezca pena aflictiva.
7) Si el proveedor no cumple cualquiera de sus obligaciones contractuales o las contempladas en las
Bases de Licitación. Cuando existiere incumplimiento de cualquiera de las obligaciones que el contratista
asuma en virtud del contrato; será suficiente para acreditarlo, un informe emanado de la unidad competente
de la Universidad de Aysén.
8) Si el proveedor registra incumplimiento de las disposiciones laborales, previsionales o tributarias
debidamente acreditada.
9) Si el oferente se negare a renovar las garantías del contrato al expirar la vigencia de éstas.
10) Por superar el conjunto de las multas el valor total de la boleta de garantía de fiel cumplimiento de
contrato y no renovar la garantía en el plazo establecido en las bases.
11) Por la muerte del Representante Legal, si es persona natural o Empresa Individual de
Responsabilidad Limitada o bien por la muerte de alguno de los socios de la sociedad de Responsabilidad
Limitada.
12) Si a criterio del supervisor del contrato, existen causas graves imputables al adjudicatario que
impidan una correcta ejecución de los servicios contratados, constituyéndose en incumplimiento contractual, lo
que deberá ser representado a lo menos en dos oportunidades; de mantenerse las causas graves acusadas,
se propondrá a la autoridad la terminación anticipada del contrato, lo que se hará siempre mediante resolución
fundada
En relación al término anticipado de mutuo acuerdo de las partes regulado en el artículo 13 de la Ley de
Compras, el contrato terminará por vía administrativa sin necesidad de intervención judicial alguna,
procediéndose a su liquidación y no teniendo por ello el contratista derecho a reclamación o derecho alguno
en contra de la Universidad de Aysén. Así también en este caso, no procederá el cobro de la garantía, si la
hubiere, salvo que existan obligaciones pendientes de la empresa para con sus dependientes o prestadores o
para con la Universidad de Aysén. La parte interesada en resciliar el contrato deberá formular una
presentación por escrito y, la otra parte, aceptarla.
Lo anterior sin perjuicio de ejecutar las Garantías relativas al cumplimiento del contrato, si las hubiere, aplicar
sanciones y multas que corresponda, de acuerdo lo estipulado en las Bases de Licitación.
Resuelto el Término Anticipado del Contrato, no operará indemnización alguna para el Adjudicatario, debiendo
éste concurrir al pago de las obligaciones que se encontraren insolutas a la fecha de liquidación del contrato,
para los casos de término anticipado de contrato, por razones atribuibles al proveedor, se procederá a dar el
aviso respectivo de el o los incumplimientos en el Registro de Proveedores.
Así también de acuerdo al Artículo 96 bis del Reglamento, esta sanción será informada a través del Sistema
de Información. Con excepción de la última causal que dice relación con el término anticipado de mutuo
acuerdo de las partes.
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30. ACEPTACIÓN DE CONDICIONES. |
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Al ofertar se entenderá que el proponente acepta cabalmente la totalidad de condiciones de la presente
licitación pública
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31. PACTO DE INTEGRIDAD. |
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El oferente declara que, por el sólo hecho de participar en la presente licitación, acepta expresamente el
presente pacto de integridad, obligándose a cumplir con todas y cada una de las estipulaciones que
contenidas el mismo, sin perjuicio de las que se señalen en el resto de las bases de licitación y demás
documentos integrantes. Especialmente, el oferente acepta el suministrar toda la información y
documentación que sea considerada necesaria y exigida de acuerdo a las presentes bases de licitación,
asumiendo expresamente los siguientes compromisos:
a) El oferente se obliga a no ofrecer ni conceder, ni intentar ofrecer o conceder, sobornos, regalos,
premios, dádivas o pagos, cualquiera fuese su tipo, naturaleza y/o monto, a ningún funcionario público en
relación con su oferta, con el proceso de licitación pública, ni con la ejecución de él o los contratos que
eventualmente se deriven de la misma, ni tampoco a ofrecerlas o concederlas a terceras personas que
pudiesen influir directa o indirectamente en el proceso licitatorio, en su toma de decisiones o en la posterior
adjudicación y ejecución del o los contratos que de ello se deriven.
b) El oferente se obliga a no intentar ni efectuar acuerdos o realizar negociaciones, actos o conductas
que tengan por objeto influir o afectar de cualquier forma la libre competencia, cualquiera fuese la conducta o acto específico, y especialmente, aquellos acuerdos, negociaciones, actos o conductas de tipo o naturaleza
colusiva, en cualquier de sus tipos o formas.
c) El oferente se obliga a revisar y verificar toda la información y documentación, que deba presentar
para efectos del presente proceso licitatorio, tomando todas las medidas que sean necesarias para asegurar
la veracidad, integridad, legalidad, consistencia, precisión y vigencia de la misma.
d) El oferente se obliga a ajustar su actuar y cumplir con los principios de legalidad, ética, moral, buenas
costumbres y transparencia en el presente proceso licitatorio.
e) El oferente manifiesta, garantiza y acepta que conoce y respetará las reglas y condiciones
establecidas en las bases de licitación, sus documentos integrantes y él o los contratos que de ellos se
derivase.
f) El oferente se obliga y acepta asumir, las consecuencias y sanciones previstas en estas bases de
licitación, así como en la legislación y normativa que sean aplicables a la misma.
g) El oferente reconoce y declara que la oferta presentada en el proceso licitatorio es una propuesta
seria, con información fidedigna y en términos técnicos y económicos ajustados a la realidad, que aseguren la
posibilidad de cumplir con la misma en las condiciones y oportunidad ofertadas.
h) El oferente se obliga a tomar todas las medidas que fuesen necesarias para que las obligaciones
anteriormente señaladas sean asumidas y cabalmente cumplidas por sus empleados y/o dependientes y/o
asesores y/o agentes y en general, todas las personas con que éste o éstos se relacionen directa o
indirectamente en virtud o como efecto de la presente licitación, incluídos sus subcontratistas, haciéndose
plenamente responsable de las consecuencias de su infracción, sin perjuicio de las responsabilidades
individuales que también procediesen y/o fuesen determinadas por los organismos correspondientes
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32. RESPONSABILIDAD. |
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La Universidad de Aysén no tendrá responsabilidad alguna en los conflictos, juicios o litigios que se susciten
entre el ejecutor y sus trabajadores con motivo de los trabajos contratados, los que serán de única y exclusiva
responsabilidad del ejecutor.
Cabe señalar que una vez suscrito el contrato, no se derivarán con la Universidad de Aysén vínculo de
dependencias ni subordinación, tanto con el oferente adjudicatario como para con los trabajadores del mismo.
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