Licitación ID: 886954-4-LE24
Convenio Suministro Sonda Tonómetro para el HGGB
Responsable de esta licitación: HOSPITAL GUILLERMO GRANT BENAVENTE DE CO, Abastecimiento Insumos
Reclamos recibidos por incumplir plazo de pago: 114
Este número indica los reclamos recibidos por esta institución desde los últimos 12 meses hasta el día de ayer. Recuerde interpretar esta información considerando la cantidad de licitaciones y órdenes de compra que esta institución genera en el Mercado Público.
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Productos o servicios
1
Sondas quirúrgicas 9360 Unidad
Cod: 42293603
Sonda Tonómetro/Según Especificaciones Técnicas.  

1. Características de la licitación
Nombre de la licitación:
Convenio Suministro Sonda Tonómetro para el HGGB
Estado:
Adjudicada
Descripción:
La necesidad de abastecer del insumo a usuarios y usuarias del HGGB.
Tipo de licitación:
Pública-Licitación Pública igual o superior a 100 UTM e inferior a 1.000 UTM (LE)
Tipo de convocatoria:
ABIERTO
Moneda:
Peso Chileno
Etapas del proceso de apertura:
Una Etapa
Contrato
El contrato se formalizará con la orden de compra
Toma de razón por Contraloría:
No requiere Toma de Razón por Contraloría
Publicidad de ofertas técnicas:
Las ofertas técnicas serán de público conocimiento una vez realizada la apertura técnica de las ofertas.
2. Organismo demandante
Razón social:
HOSPITAL GUILLERMO GRANT BENAVENTE DE CO
Unidad de compra:
Abastecimiento Insumos
R.U.T.:
61.602.189-3
Dirección:
San Martin 1436
Comuna:
Concepción
Región en que se genera la licitación:
Región del Biobío
3. Etapas y plazos
Fecha de cierre de recepción de la oferta: 22-01-2024 17:00:00
Fecha de Publicación: 11-01-2024 16:35:59
Fecha inicio de preguntas: 11-01-2024 17:05:00
Fecha final de preguntas: 15-01-2024 17:05:00
Fecha de publicación de respuestas: 18-01-2024 17:05:00
Fecha de acto de apertura técnica: 22-01-2024 17:05:00
Fecha de acto de apertura económica (referencial): 22-01-2024 17:05:00
Fecha de Adjudicación: 15-02-2024 16:42:12
Fecha de entrega en soporte fisico No hay información
Fecha estimada de firma de contrato No hay información
Tiempo estimado de evaluación de ofertas 40 Días
4. Antecedentes para incluir en la oferta
Adicionalmente, todos los proveedores para ofertar en esta licitación, deberán obligatoriamente confirmar y firmar electrónicamente la Declaración Jurada de Requisitos para Ofertar.
Documentos Administrativos
1.- Documentos Administrativos a) El oferente deberá incluir en su oferta la información requerida en los formularios N° 1A o N°1B, N°2, N°3, N°4A o N°4B, N°5, N°7, N°10 y N°11, según corresponda, debidamente firmado y timbrado por representante legal o persona natural. b) Copia simple de Autorización Sanitaria de distribuidor. En caso de no requerir, adjuntar certificado que señale que, por rubro de negocio, no requiere. c) En el caso de presentarse alguna oferta de Unión Temporal de Proveedores (UTP),se debe adjuntar un documento privado del acuerdo solidario, individualizando los integrantes de esta unión, donde conste ID y nombre de licitación en la que comparecen, donde conste su solidaridad respecto de las obligaciones que se derivan de la o las ofertas que presenten, asimismo que las causales de inhabilidad para la presentación de ofertas, formulación de propuesta o suscripción de contrato afectarán a cada integrante de la Unión Temporal de Proveedores individualmente considerado, que no podrán ceder derechos de la participación de los miembros integrantes de la UTP, indicar que la vigencias cubrirá el periodo del contrato más 60 días hábiles, fijar domicilio de la UTP y nombrar un representante o apoderado común de ésta, designando un suplente.
Documentos Técnicos
1.- Documentos Técnicos a) El oferente deberá presentar su oferta en formato electrónico, adjuntando todos los antecedentes técnicos que respalden el cumplimiento de lo solicitado en la letra b) “especificaciones técnicas” (catálogos, fichas técnicas, certificados, entre otros). b) Debe completar Formulario N° 6 y 8 adjunto, con Especificaciones Técnicas, debidamente firmado y timbrado por representante legal o persona natural. c) Debe presentar Formulario N°9 firmado por el representante Legal o Persona Natural que acredite que los productos ofertados en esta licitación presentan políticas de canje donde estipule reemplazo dentro de 48 horas de presentada la falla, en los siguientes casos: • Fallas del empaque: empaque que permita contaminación del insumo. • Envase en mal estado: que el envase se encuentre aplastado, o abierto al momento de su recepción. • Conservación del insumo inadecuada: que el insumo presente algún tipo de objeto extraño, por ejemplo: pelo, pelusa, basura, etc. • Fallas del insumo: al momento de utilizar el insumo, esté se encuentre defectuoso. • Vencimiento de 1 año del insumo: desde la recepción del insumo en la institución. d) Deben incluir las Fichas Técnicas o Catálogo en Idioma Español. Sólo de los productos o servicios solicitados en esta Licitación (sin incluir otros insumos no requeridos), si adjuntan catálogo señalar en que N° de página se encuentra el insumo. e) Idealmente las Fichas Técnicas o Catálogo que se adjunte debe ser en formato PDF, WORD, o en algún formato que se pueda descargar sin problema. f) Las Fichas Técnicas o Catálogos que adjunten deben tener la mayor información de Especificaciones Técnicas e imágenes legibles de lo ofrecido. (Centímetros, milímetros, largo, ancho, alto, forma, color, etc). g) Toda la información completada en el Formulario N° 8, debe estar respaldada en las Fichas Técnicas o Catálogo que se adjunten (Oferta con información que no esté respaldada o con diferencias, serán inadmisible).
 
Documentos Económicos
1.- Documentos Económicos • El oferente debe cotizar el costo unitario neto de los insumos ofertados, considerando el despacho de éstos a la Bodega de Insumos, así como cualquier otro costo asociado. • El oferente adjudicado no podrá rechazar o condicionar los pedidos de despacho por pago pendiente. • Las ofertas que no cumplan con lo anteriormente solicitado, se declararán inadmisibles.
5. Requisitos para contratar al proveedor adjudicado
Persona natural
Encontrarse hábil en el Registro de Proveedores, registro que verificará NO haber incurrido en las siguientes causales de inhabilidad:

1 .- Haber sido condenado por cualquiera de los delitos de cohecho contemplados en el título V del Libro Segundo del Código Penal.
 
2 .- Registrar una o más deudas tributarias por un monto total superior a 500 UTM por más de un año, o superior a 200 UTM e inferior a 500 UTM por un período superior a 2 años, sin que exista un convenio de pago vigente. En caso de encontrarse pendiente juicio sobre la efectividad de la deuda, esta inhabilidad regirá una vez que se encuentre firme o ejecutoriada la respectiva resolución.
 
3 .- Registrar deudas previsionales o de salud por más de 12 meses por sus trabajadores dependientes, lo que se acreditará mediante certificado de la autoridad competente.
 
4 .- La presentación al Registro Nacional de Proveedores de uno o más documentos falsos, declarado así por sentencia judicial ejecutoriada.
 
5 .- Haber sido declarado en quiebra por resolución judicial ejecutoriada.
 
6 .- Haber sido eliminado o encontrarse suspendido del Registro Nacional de Proveedores por resolución fundada de la Dirección de Compras.
 
7 .- Haber sido condenado por prácticas antisindicales o infracción a los derechos fundamentales del trabajador.
 
8 .- Registrar condenas asociadas a responsabilidad penal jurídica (incumplimiento artículo 10, Ley 20.393).
 
Documentos persona natural
- Fotocopia Legalizada de Cédula de Identidad
- Declaración jurada acreditando que no se encuentra afecto al art. 4 inciso 6 de la ley 19.886, en el cual se establece que "ningún órgano de la administración del Estado podrá suscribir contratos administrativos de provisión de bienes y servicios con los funcionarios directivos del mismo órgano o empresa, ni con personas unidas a ellos por los vínculos de parentesco."
Persona jurídica
Encontrarse hábil en el Registro de Proveedores, registro que verificará NO haber incurrido en las siguientes causales de inhabilidad:

1 .- Haber sido condenado por cualquiera de los delitos de cohecho contemplados en el título V del Libro Segundo del Código Penal.

2 .- Registrar una o más deudas tributarias por un monto total superior a 500 UTM por más de un año, o superior a 200 UTM e inferior a 500 UTM por un período superior a 2 años, sin que exista un convenio de pago vigente. En caso de encontrarse pendiente juicio sobre la efectividad de la deuda, esta inhabilidad regirá una vez que se encuentre firme o ejecutoriada la respectiva resolución.

3 .- Registrar deudas previsionales o de salud por más de 12 meses por sus trabajadores dependientes, lo que se acreditará mediante certificado de la autoridad competente.

4 .- La presentación al Registro Nacional de Proveedores de uno o más documentos falsos, declarado así por sentencia judicial ejecutoriada.

5 .- Haber sido declarado en quiebra por resolución judicial ejecutoriada.

6 .- Haber sido eliminado o encontrarse suspendido del Registro Nacional de Proveedores por resolución fundada de la Dirección de Compras.

7 .- Haber sido condenado por prácticas antisindicales o infracción a los derechos fundamentales del trabajador.

8 .- Registrar condenas asociadas a responsabilidad penal jurídica (incumplimiento artículo 10, Ley 20.393).

Documentos persona jurídica
- Fotocopia Legalizada del Rut de la Empresa
- Certificado de deuda de la Tesorería General de la República.
- Declaración jurada acreditando que no se encuentra afecto al art. 4 inciso 6° de la ley 19.886, en el cual se establece que "ningún órgano de la administración del Estado podrá suscribir contratos administrativos de provisión de bienes y servicios con los funcionarios directivos del mismo órgano o empresa, ni con personas unidas a ellos por los vínculos de parentesco."
- Copia Legalizada de Escritura de Constitución Social y Estatuto.
- Boletín Laboral y Previsional de la Dirección del Trabajo.
- Certificado de quiebras de la Superintendencia de Quiebras..
- Certificado de Vigencia del poder del Representante Legal.
- Copia Legalizada de las Modificaciones Sociales
- Certificado de Vigencia de la Sociedad
- I18n entry not found: Fotocopia Legalizada del Rut de la Empresa.
- I18n entry not found: Declaración jurada acreditando que no se encuentra afecto al art. 4 inciso 6° de la ley 19.886.
- I18n entry not found: Copia de escritura de Constitución Social y Estatuto y sus modificaciones.
- I18n entry not found: Declaración jurada respecto de inhabilidad del artículo 10, Ley 20.393.
- I18n entry not found: Certificado de Vigencia de Sociedad no superior a 30 días.
- I18n entry not found: Certificado de Vigencia de Poder.
- I18n entry not found: a) Fotocopia Legalizada del Rut de la Empresa
- I18n entry not found: b) Declaración jurada acreditando que no se encuentra afecto al art. 4 inciso 6° de la ley 19.886.
- I18n entry not found: c) Declaración jurada respecto de inhabilidad del artículo 10, Ley 20.393.
- I18n entry not found: d) Copia Legalizada de escritura de Constitución y Estatuto y sus modificaciones.
- I18n entry not found: e) Certificado de Vigencia de Persona Jurídica no superior a 30 días a contar desde la presentación de la oferta.
- I18n entry not found: g) Certificado cumplimiento de obligaciones laborales y remuneraciones, del proveedor para con sus trabajadores, del mes anterior a la firma del contrato
- I18n entry not found: f) Certificado de Vigencia de Poder no superior a 30 días a contar desde la presentación de la oferta.
- I18n entry not found: Certificado cumplimiento de obligaciones laborales y remuneraciones, del proveedor para con sus trabajadores, del mes anterior a la firma del contrato
- I18n entry not found: Declaración jurada acreditando que no se encuentra afecto al art. 4 inciso 6° de la ley 19.8
- I18n entry not found: Declaración jurada respecto de inhabilidad del artículo 10, Ley 20.393.
- I18n entry not found: Certificado de Vigencia de Persona Jurídica no superior a 30 días a contar desde la presentación de la oferta.
- I18n entry not found: Certificado de Vigencia de Poder no superior a 30 días a contar desde la presentación de la oferta.
- I18n entry not found: Fotocopia Legalizada del Rut de la Empresa.
- I18n entry not found: Copia Legalizada de escritura de Constitución y Estatuto y sus modificaciones.
- I18n entry not found: Fotocopia Legalizada del Rut de la Empresa.
- I18n entry not found: Declaración jurada acreditando que no se encuentra afecto al art. 4 inciso 6° de la ley 19.886.
- I18n entry not found: Declaración jurada respecto de inhabilidad del artículo 10, Ley 20.393.
- I18n entry not found: Copia Legalizada de escritura de Constitución y Estatuto y sus modificaciones.
- I18n entry not found: Certificado de Vigencia de Persona Jurídica no superior a 30 días a contar desde la presentación de la oferta.
- I18n entry not found: Certificado de Vigencia de Poder no superior a 30 días a contar desde la presentación de la oferta.
- I18n entry not found: Certificado cumplimiento de obligaciones laborales y remuneraciones, del proveedor para con sus trabajadores, del mes anterior a la firma del contrato
6. Criterios de evaluación
ÍtemObservacionesPonderación
1 Servicio de Post-venta MONTO MINIMO DE DESPACHO DE LOS INSUMOS. Fórmula: (Puntaje Obtenido x factor x 100) • Si NO limita el monto de despacho, obtendrá 10 Pts. • Si limita el monto de despacho o no lo informa, obtendrá 0 Pts. Se evaluará según información entregada en Formulario N° 6. 13%
2 Programa de integridad entre los trabajadores de l Programa de Integridad entre los trabajadores de la empresa y su difusión. Este criterio evalúa la existencia de un programa de integridad y si éste fue difundido entre los trabajadores de la empresa oferente. Fórmula: Puntaje obtenido * factor * 100 * Proveedor sí cuenta con programas de integridad y éstos son conocidos por su personal: 100 puntos * Proveedor sí cuenta con programas de integridad, pero no son conocidos por su personal, o no respalda su difusión: 0 puntos. * Proveedor no cuenta con programas de integridad: 0 puntos. Se evaluará si la empresa cuenta con programas de integridad y si éstos son conocidos por su personal, para lo cual, se considerará como medio de verificación el Formulario N° 11 de los anexos a la oferta. 2%
3 Precio A MENOR PRECIO, MEJOR PUNTAJE. Fórmula: (menor precio ofertado/ precio evaluado) x factor x100 60%
4 Plazo de Entrega A MENOR PLAZO DE ENTREGA, MEJOR PUNTAJE Fórmula: (menor plazo de entrega ofertado/ plazo de entrega evaluado) x factor x100 El plazo de entrega será evaluado en días corridos, según punto N°30 de las Bases Administrativas. Este plazo no puede ser superior a 15 días corridos, en caso contrario, la oferta será declarada inadmisible. 20%
5 Cumplimiento de documentación y requisitos formale Fórmula: puntaje obtenido x factor - Cumple con los requisitos formales contenidos en las presentes Bases antes del día y hora de cierre = 100. - Cumple con los requisitos formales contenidos en las presentes Bases dentro del nuevo plazo de 48 horas, contados desde la solicitud= 10 - No ingresa documentos faltantes o no responde dentro del nuevo plazo de 48 hrs. contados desde la solicitud= OFERTA INADMISIBLE 5%

7. Montos y duración del contrato
Estimación en base a: Precio Referencial
Fuente de financiamiento: Presupuesto del Hospital Guillermo Grant Benavente
Contrato con Renovación: NO
Observaciones Sin observaciones
Tiempo del Contrato 36 Meses
Plazos de pago: 30 días contra la recepción conforme de la factura
Opciones de pago: Transferencia Electrónica, Cheque
Nombre de responsable de pago: Loreto Rodríguez Neira
e-mail de responsable de pago: lrodriguezn@ssconcepcion.cl
Nombre de responsable de contrato: Ana K. Celis Astudillo
e-mail de responsable de contrato: ksaavedra@ssconcepcion.cl
Teléfono de responsable del contrato: 56-41-2723050-
Prohibición de subcontratación: No permite subcontratación
Se permite subcontratación.
8. Garantías requeridas
No hay información de Garantías
9. Requerimientos técnicos y otras cláusulas
CLAÚSULAS
21. RESOLUCION DE EMPATES En caso de empate entre dos o más oferentes, aun cuando de la evaluación se esté usando el máximo de decimales posibles, se privilegiará al prestador cuyo puntaje parcial en el criterio que se indica en orden de prelación, sea el más alto: 1) Precio 2) Plazo de Entrega 3) Servicio de Post-venta 4) Cumplimiento de los requisitos Formales 5) Programa de integridad entre los trabajadores de la empresa y difusión. 22. DE LA ADJUDICACION Finalizado el proceso de evaluación de las Ofertas, el Hospital adjudicará bajo la modalidad de Adjudicación múltiple aceptando la oferta que obtenga el mayor puntaje en la evaluación de la Licitación de Publicación, emitiendo al efecto la Resolución Fundada de Adjudicación, la que se publicará a través del Sistema de Informaciones www.mercadopublico.cl, entendiéndose notificada luego de las 24 horas transcurridas desde su publicación en el portal. El Hospital declarará inadmisible la oferta cuando ésta no cumpla con los requisitos establecidos en las bases y podrá declarar desierta la licitación en forma total, cuando no se presenten ofertas, o bien cuando estas no resulten convenientes a sus intereses. Lo anterior, de acuerdo a lo establecido en la normativa legal y reglamentaria aplicable, previa resolución fundada dictada al efecto. La adjudicación será dejada sin efecto por el Hospital dictando la resolución fundada correspondiente, en los siguientes casos: a) Si el adjudicatario rechaza la adjudicación: Se entenderá por rechazada la adjudicación cuando el adjudicatario rechaza expresamente, ya sea por escrito o a través del portal. b) Si el adjudicatario no acredita encontrarse inscrito en el Registro Electrónico Oficial de Proveedores del Estado, de la Dirección de Compras y Contratación Pública, previa emisión de la orden de compra. c) Si el adjudicatario infringiere la Ley N° 19.886 en cualquier modo que afecte su capacidad y calidad para contratar con la Administración del Estado, en los términos contemplados en el artículo 4° de la referida Ley. d) Si el adjudicatario no acompaña la Garantía de Fiel y Oportuno Cumplimiento del Contrato y/o no suscribe y/o no entrega el respectivo Contrato, dentro de los plazos establecidos en estas Bases, según corresponda. En todos estos casos, el Hospital podrá readjudicar la licitación, para lo cual se volverá a evaluar el o los ítems en cuestión y se reasignarán los puntajes, eliminando al o a los proveedores que por las razones expuestas anteriormente desisten de la adjudicación, lo que generará un nuevo cuadro de evaluación y acta de readjudicación respectiva, definiendo al siguiente proveedor adjudicado que cumple íntegramente con las Bases Administrativas y Especificaciones Técnicas, y siempre que resulte convenientes a los intereses institucionales. En caso de no existir otro oferente, se deberá dejar sin efecto la adjudicación y declarar desierta la licitación. El HGGB tendrá la facultad de adjudicar en una fecha distinta a la establecida originalmente. Luego, este cambio de fecha, se formalizará a través del acto administrativo correspondiente, el cual se publicará en el portal para que estén en conocimientos los oferentes. (En concordancia con lo establecido en artículo 41 de Decreto N°250 que establece Reglamento de compras). 23. MECANISMO PARA LA SOLUCION DE CONSULTAS RESPECTO A LA ADJUDICACION Las consultas generadas producto de la adjudicación deberán realizarse a través de correo electrónico a Jefa de la Unidad Abastecimiento de Insumos y al responsable del proceso de compra penriquez@ssconcepcion.cl ; ksaavedra@ssconcepcion.cl. 24. AUMENTAR O DISMINUIR PARTIDAS Al momento de la adjudicación, el Hospital Guillermo Grant Benavente se reserva el derecho de aumentar o disminuir las partidas requeridas, sin variar el presupuesto, hasta en un 30% de lo solicitado, fundadamente conforme a sus intereses y presupuestos disponibles, sin alterar el principio de estricta sujeción a las bases y de igualdad de los oferentes. FÓRMULA: Cantidad requeridas de insumos por línea x 0.3 25. CONTRATO Por tratarse una licitación de bienes estándar y de simple especificación el contrato correspondiente se entenderá como formalizado una vez que el proveedor acepte la OC. 26. DE LA ORDEN DE COMPRA La primera orden de compra será emitida una vez que esté totalmente tramitada Resolución Adjudicatoria. Cada Orden de Compra se entenderá notificada al adjudicatario desde la publicación en el portal www.mercadopublico.cl. El proveedor tendrá un plazo de 48 horas para aceptar la orden de Compra desde la notificación en el portal Mercado Público. 27. VIGENCIA Y RENOVACIÓN. El suministro tendrá una vigencia de 36 meses a contar desde la total tramitación del contrato y la Resolución de Adjudicación. No se contempla renovación. 28. ACREDITACIÓN DE CUMPLIMIENTO DE REMUNERACIONES O COTIZACIONES DE SEGURIDAD SOCIAL: Para ser contratados, el proveedor adjudicado deberá adjuntar el formulario 4A o 4B según corresponda y certificado de cumplimiento de obligaciones laborales y previsionales emitido por la Dirección del Trabajo, con una vigencia no superior a 30 días, acreditando o no el cumplimiento de remuneraciones o cotizaciones de seguridad social para con sus trabajadores. Si el proveedor registra saldos insolutos de remuneraciones o cotizaciones de seguridad social con trabajadores actuales o con trabajadores contratados durante los últimos dos años, deberá destinar los primeros estados de pago producto del contrato licitado al pago de dichas obligaciones, debiendo acreditar que la totalidad de las obligaciones se encuentran liquidadas al cumplirse la mitad de ejecución del contrato, con un máximo de seis meses. 29. OPERATIVIDAD DEL SUMINISTRO Los Insumos serán solicitados según necesidades del Servicio de Oftalmología del Hospital Guillermo Grant Benavente. La Unidad de Abastecimiento, generará las órdenes de compra al proveedor adjudicado, las que deben despachar en su totalidad. Es fundamental que el proveedor dé estricto cumplimiento al plazo de entrega ofertado, ya que la provisión de los insumos licitados se considera críticos para responder a las necesidades de los usuarios del Hospital. Los insumos deberán ingresar a través de la Bodega de Insumos, ubicada en San Martín N° 1436. 30. PLAZO DE ENTREGA El proveedor es libre de ofertar el plazo que estime en días hábiles, según sus procesos internos y capacidad. En caso de señalar “entrega inmediata” se considerará 1 día; si no señala plazo de entrega, la oferta obtendrá 0 puntos en criterio de evaluación “Plazo de entrega” y en caso de obtener el mejor puntaje de evaluación y ser propuesto para adjudicar por la comisión evaluadora, se realizará la consulta, que debería ser respondida en un plazo máximo de 48 hrs. posterior a realizada la consulta. El plazo entregado por el proveedor por este medio, será considerado como obligatorio para todos los casos. Finalmente, en caso de que el proveedor oferte un rango de días como plazo de entrega o que dentro de su oferta se señalen dos plazos diferentes, se considerará el máximo señalado, para efectos de la evaluación. Si el requerimiento se realiza posterior a las 15:00 horas, el plazo de entrega comenzará a ser contabilizado desde el día siguiente. Sin embargo, sí existiera una condición impuesta por parte del proveedor en su oferta, esta será considerada con 1 día corrido más en la etapa de evaluación de criterios. Se entenderá por día hábil, los días de lunes a jueves de 08:00 a 17:00 hrs y los días viernes de 08.00 a 16:00 hrs. Se excluyen de los días señalados, los establecidos como “feriados” por una Ley de la República. 31. DE LA RECEPCIÓN El suministro deberá ser recepcionado conforme por el responsable del contrato o bodeguero, según corresponda, documento requerido para proceder al pago del mismo. Debe considerar horarios de Bodegas de lunes a jueves de 8:00 a 17:00 hrs. y para los viernes desde las 8:00 a las 16:00 hrs. 32. MODALIDAD DE PAGO El pago se realizará contra factura o boleta de honorarios, previa recepción conforme, dentro del plazo de 30 días contados desde la aceptación de la factura o boleta de honorarios respectiva. La factura o boleta de honorarios deberá ser emitida a nombre del Hospital Guillermo Grant Benavente RUT: 61.602.189-3, dirección San Martín N° 1436, Concepción, cancelada en original y dos copias. ADJUNTANDO ORDEN DE COMPRA E INDICANDO EL NUMERO DE ID DE ÉSTA. En el caso de una Unión Temporal de Proveedores (UTP), será el representante de esta, indicando en el documento de su constitución, quien deberá emitir la boleta o factura respectiva, para cursar los pagos que generen la ejecución contractual. Si el proveedor adjudicado posee emisión de facturas electrónicas, deberá actualizar en su ERP correspondiente el listado de contribuyentes respectivo desde SII, para que la factura sea recepcionada mediante los sistemas informáticos del Hospital Guillermo Grant Benavente. a) Se solicita revisar o actualizar su sistema de facturación electrónica a fin de que su factura ingrese vía WEB del SII al correo dipresrecepcion@custodium.com de nuestro Hospital. Donde Posteriormente como proveedor puede validar recepción, en página Web hospital regional, acceso proveedores. b) En razón de ello se sugiere que los archivos XML sean enviados desde su sistema de facturación a dipresrecepcion@custodium.com para poder ser rescatados por nuestro sistema. Recuerde que dichos XML deben contener en el área de referencia la indicación de la OC correspondiente, de lo contrario también serán rechazados. Es obligatorio incluir en su XML en el área de referencias la indicación a la orden de compra correspondiente como en el ejemplo siguiente: Verifique que el XML enviado cumpla con lo mencionado para evitar problemas de rechazo factura en SII. DTE debe indicar la condición de Dispositivo médico en despacho, además de los siguientes datos de trazabilidad: - Nombre del Producto, Identificación del Proveedor, Modelo (sólo cuando corresponda) - N° lote/serie - Fecha de vencimiento Según las exigencias indicadas en norma técnica N° 226 del 06.09.2022. 33. DEL FACTORING Y PROHIBICIÓN DE CESIÓN. El Hospital respetará los contratos de factoring suscritos por sus adjudicatarios, siempre y cuando se le notifique oportunamente dicho contrato y no existan obligaciones o multas pendientes. Por otro lado, el adjudicatario no podrá ceder ni transferir en forma alguna, total ni parcialmente los derechos y obligaciones que nacen del desarrollo de una licitación, salvo que una norma legal especial permita la cesión de derechos y obligaciones. Lo anterior, es sin perjuicio que los documentos justificativos de los créditos que emanen de estos contratos podrán transferirse de acuerdo a las normas del derecho común. 34. SANCIONES Y MULTAS 34.1 Los siguientes incumplimientos, obligarán al Hospital para aplicar las multas que se detallan a continuación: 34.1.1. Faltas Graves y sus multas: • Retraso en el Plazo de Entrega: El atraso en el plazo de entrega por cada día hábil, en relación al plazo propuesto por el Proveedor, salvo que se trate de caso fortuito o fuerza mayor, obligará al HGGB a aplicar una multa equivalente al 5% del Monto Neto, respecto al valor del producto y a las cantidades que se entreguen atrasadas. • Por incumplimiento en las Políticas de Canje: El atraso en la entrega de insumo nuevo en un plazo igual o inferior 48 horas por cada día hábil, en relación al plazo propuesto por el Proveedor, salvo que se trate de caso fortuito o fuerza mayor, obligará al HGGB a aplicar una multa equivalente al 5% del Monto Neto, respecto al valor del producto y al retraso de realización de cirugías. 34.1.2. Faltas Gravísimas y sus multas: • Por incumplimiento en las especificaciones técnicas de los productos recibidos, en relación a lo requerido en la presente Licitación y a la oferta técnica del proveedor, salvo que se trate de caso fortuito o fuerza mayor, se aplicará una multa equivalente al 7% del Monto Neto, respecto al valor del producto y por cada día hábil de retraso que exista en el reemplazo del producto entregado. En toda sanción, el HGGB deberá: 34.2 Los hechos que constituyen las causales de multa deberán ser informadas por el responsable del convenio mediante informe al Jefe Unidad Abastecimiento de Insumos para proceder con el proceso de evaluación de multa. 34.3 Las multas de que trata el presente artículo, se devengarán desde la fecha en que se haya verificado el hecho que la origina. 34.4 El Hospital podrá descontar las multas detalladas precedentemente en forma administrativa de los Estados de Pago hasta por el monto de la multa, salvo que el proveedor deposite el valor de la multa en la cuenta del Hospital. Si no existiere pago pendiente o el proveedor no hace el depósito, la multa deberá ser pagada dentro del plazo de 15 días contados desde el requerimiento que al efecto formulará el Hospital. En caso de no pago, dicha multa devengará el máximo de interés para operaciones no reajustables hasta la fecha del pago. El HGGB podrá cobrar esta multa a la empresa, judicial o extrajudicialmente. 34.5 El cobro de una o más de las multas precedentes, es sin perjuicio del derecho del Hospital para poner término al Contrato por causa imputable al proveedor y exigir, en tal caso, la indemnización de los perjuicios. 34.6 Las multas serán aplicables hasta un tope del 30% del valor del producto y a las cantidades que se entreguen atrasadas. 34.7 No obstante, lo anterior, el incumplimiento en la prestación de los servicios contratados, significará realizar la adquisición en el mercado, asumiendo el costo diferencial el oferente adjudicado. 35. PROCEDIMIENTO DE APLICACIÓN DE MULTAS En todos estos casos, detectada una situación que amerite la aplicación de multas, por parte de la entidad o del funcionario responsable, éste le informará al adjudicatario por carta certificada, indicando la infracción cometida, los hechos que la constituyen y el monto de la multa. A contar del tercer día hábil del despacho de la comunicación precedente, el adjudicatario tendrá un plazo de cinco días hábiles (lunes a viernes), para efectuar sus descargos, los que sólo podrán fundarse por caso fortuito o fuerza mayor, debiendo acompañar todos los antecedentes fundantes que lo justifiquen (utilizar formato adjunto en Anexos). Vencido el plazo para presentar descargos, y sin que éstos se hayan presentado, la entidad dictará la respectiva Resolución o Acto Administrativo aplicando o no la multa. Si el adjudicatario hubiera presentado descargos en tiempo y forma, la entidad tendrá un plazo de veinte días hábiles a contar de la recepción de los mismos, para rechazarlos o acogerlos, total o parcialmente, lo que se determinará mediante resolución o acto administrativo, aplicando o no la multa que corresponda, notificándose por carta certificada al adjudicatario o a su representante legal. Se hace presente las notificaciones se realizarán al domicilio que el proveedor haya informado en el Formulario N° 6 o, en su defecto, el que tenga registrado en Mercado Público. En caso que la carta sea devuelta por cambio de domicilio u otro motivo, se volverá a enviar una segunda notificación, entendiéndose notificado el proveedor transcurrido el plazo de 3 días hábiles desde el segundo envío, manteniendo el plazo posterior de 5 días hábiles para presentar descargos. Sin perjuicio de lo expuesto, posterior a la tramitación de la Resolución que determina la aplicación de multa, el adjudicatario podrá interponer los Recursos establecidos en la Ley 19.880 de Bases de los Procedimientos Administrativos que rigen los Actos de los Órganos de la Administración del Estado. 36. DE LAS MODIFICACIONES Y TÉRMINO ANTICIPADO DEL CONTRATO. 36.1 De las modificaciones: El Hospital podrá modificar el contrato por mutuo acuerdo entre los contratantes, no pudiendo alterar la aplicación de los principios de estricta sujeción a las bases y de igualdad de los oferentes, así como tampoco podrá aumentarse el monto del contrato más allá de un 30% del monto originalmente pactado (Art. 77 del Reglamento). 36.2 Del Término Anticipado del Contrato: Por otro lado, el HGGB, previo procedimiento administrativo, declarará el término del contrato por alguna de las siguientes causales: 1. Que el proveedor, en los casos en que procediere, fuere multado por el acto administrativo correspondiente: a. Dos veces por Faltas Graves. b. Por una Falta Gravísima y una Falta Grave previa. c. Dos Faltas Gravísimas. 2. Que el proveedor presente retraso en plazo de entrega, superior a 10 días en comparación a lo ofertado. 3. Que el proveedor fuese declarado en quiebra o en estado de notoria insolvencia, a menos que mejoren las cauciones entregadas o las existentes sean suficientes para garantizar el cumplimiento del contrato. 4. Registrar saldos insolutos de remuneraciones o cotizaciones de seguridad social con sus actuales trabajadores o con trabajadores contratados en los últimos dos años, a la mitad del período de ejecución del contrato, con un máximo de seis meses. 5. En caso de término de giro, liquidación o disolución de la sociedad ejecutora. 6. Si cede o transfiere en forma alguna, total o parcialmente, los derechos y obligaciones que nacen del desarrollo de la presente licitación, y en especial los establecidos en la Resolución y/o Contrato definitivo. 7. Por exigirlo el interés público o la seguridad nacional. 8. Incumplir el pacto de integridad u obligación de confidencialidad, en lo que a la ejecución del contrato se refiere. 9. En el caso de la Unidad Temporal del Proveedores (UTP), será causal de término anticipado en los siguientes casos: a) La constatación de que los integrantes de la UTP constituyeron dicha figura con el objeto de vulnerar la libre competencia. De verificarse tal circunstancia, se remitirán los antecedentes pertinentes a la Fiscalía Nacional Económica. b) Si uno de los integrantes de la UTP se retira de ésta, y dicho integrante reuniese una o más características objeto de la evaluación de la oferta. c) Ocultar información relevante para ejecutar el contrato, que afecte a cualquiera de sus miembros. d) Inhabilidad sobreviniente de alguno de sus integrantes, en la medida que la UTP no pueda continuar ejecutando el contrato con los restantes miembros, en los mismos términos adjudicados. e) Disolución de la UTP. 10. Por Interés de la Institución, lo que será respaldado mediante certificado emitido por Servicio Clínico que utiliza el insumo. 11. Resciliación o mutuo acuerdo entre los contratantes o No procederá el pago de indemnización alguna a favor del contratista. o Las partes fijarán de mutuo acuerdo en el contrato que suscriban, el resto de las condiciones de resciliación. 37. PROCEDIMIENTO PARA REALIZAR EL TÉRMINO ANTICIPADO DE CONTRATO: 37.1 En el caso de que se genere una o más de las situaciones señaladas en los numerales 1 a 10, detectada la situación por parte de la entidad o del funcionario responsable, se informará al adjudicatario por carta certificada, indicando la causal, los hechos que la constituyen y la decisión de poner término al contrato pactado. A contar del tercer día hábil del despacho de la comunicación precedente, el adjudicatario tendrá un plazo de cinco días hábiles para hacer sus descargos acompañando los antecedentes que lo justifiquen. Vencido el plazo para presentar descargos y sin que éstos se hayan presentado, la entidad dictará la respectiva resolución o acto administrativo dando término al contrato y procederá si corresponde al cobro de garantía de Fiel Cumplimiento de Contrato. Si el adjudicatario hubiera presentado descargos en tiempo y forma la entidad tendrá un plazo de veinte días hábiles a contar de la recepción de los mismos para rechazarlos o acogerlos ya sea total o parcialmente lo que se determinará mediante resolución o acto administrativo, comunicándose por carta certificada al adjudicatario o a su representante legal, en el caso de las personas jurídicas. Sin perjuicio de lo expuesto, posterior a la tramitación de la Resolución que determina el término anticipado del contrato, el adjudicatario podrá interponer los Recursos establecidos en la Ley 19.880 de Bases de los Procedimientos Administrativos que rigen los Actos de los Órganos de la Administración del Estado. El Hospital Guillermo Grant Benavente tomará las demás acciones legales que le pudieren corresponder en contra del adjudicatario, en el evento de que el perjuicio originado sea mayor al valor de la mencionada Garantía. 37.2 El término del contrato por la causal establecida en el numeral 8 se deberá generar mediante la inscripción de mutuo acuerdo del convenio de término anticipado del contrato, que deberá ser aprobado por Resolución o Acto Administrativo sin necesidad de trámite judicial alguno. Las partes de este contrato han acordado dar el valor esencial a la presente clausula. 38. PACTO DE INTEGRIDAD El oferente declara que, por el sólo hecho de participar en la presente licitación, acepta expresamente el presente pacto de integridad, obligándose a cumplir con todas y cada una de las estipulaciones contenidas en el mismo, sin perjuicio de las que se señalen en el resto de las bases de licitación y demás documentos integrantes. Especialmente, el oferente acepta el suministrar toda la información y documentación que sea considerada necesaria y exigida de acuerdo a las presentes bases de licitación, asumiendo expresamente los siguientes compromisos:1.- El oferente se obliga a no ofrecer ni conceder, ni intentar ofrecer o conceder, sobornos, regalos, premios, dádivas o pagos, cualquiera fuese su tipo, naturaleza y/o monto, a ningún funcionario público en relación con su oferta, con el proceso de licitación pública, ni con la ejecución de él o los contratos que eventualmente se deriven de la misma, ni tampoco a ofrecerlas o concederlas a terceras personas que pudiesen influir directa o indirectamente en el proceso licitatorio, en su toma de decisiones o en la posterior adjudicación y ejecución del o los contratos que de ello se deriven.2.- El oferente se obliga a no intentar ni efectuar acuerdos o realizar negociaciones, actos o conductas que tengan por objeto influir o afectar de cualquier forma la libre competencia, cualquiera fuese la conducta o acto específico, y especialmente, aquellos acuerdos, negociaciones, actos o conductas de tipo o naturaleza colusiva, en cualquier de sus tipos o formas.3.- El oferente se obliga a revisar y verificar toda la información y documentación, que deba presentar para efectos del presente proceso licitatorio, tomando todas las medidas que sean necesarias para asegurar la veracidad, integridad, legalidad, consistencia, precisión y vigencia de la misma.4.- El oferente se obliga a ajustar su actuar y cumplir con los principios de legalidad, ética, moral, buenas costumbres y transparencia en el presente proceso licitatorio.5.- El oferente manifiesta, garantiza y acepta que conoce y respetará las reglas y condiciones establecidas en las bases de licitación, sus documentos integrantes y él o los contratos que de ellos se derivase.6.- El oferente se obliga y acepta asumir, las consecuencias y sanciones previstas en estas bases de licitación, así como en la legislación y normativa que sean aplicables a la misma.7.- El oferente reconoce y declara que la oferta presentada en el proceso licitatorio es una propuesta seria, con información fidedigna y en términos técnicos y económicos ajustados a la realidad, que aseguren la posibilidad de cumplir con la misma en las condiciones y oportunidad ofertadas.8.- El oferente se obliga a tomar todas las medidas que fuesen necesarias para que las obligaciones anteriormente señaladas sean asumidas y cabalmente cumplidas por sus empleados y/o dependientes y/o asesores y/o agentes y en general, todas las personas con que éste o éstos se relacionen directa o indirectamente en virtud o como efecto de la presente licitación, incluidos sus subcontratistas, haciéndose plenamente responsable de las consecuencias de su infracción, sin perjuicio de las responsabilidades individuales que también procediesen y/o fuesen determinadas por los organismos correspondientes. 39. DE LA OBLIGACION DE CONFIDENCIALIDAD El adjudicatario deberá guardar la confidencialidad de todos los antecedentes que conozca con motivo de la prestación del servicio o provisión del suministro, ya sean aquellos de los cuales conozca por la realización del mismo o proporcionados por el Hospital y no podrá hacer uso de ellos para fines ajenos a la contratación, salvo por aquellos obtenidos de los mecanismos establecidos por la ley. Cualquier infracción a lo anterior, podrá originar el término anticipado del contrato, según lo dispuesto en el p. 35.2 de las presentes bases. 40. PRESENTAR MUESTRAS Y/O PROTOTIPOS Luego de la evaluación de admisibilidad de las ofertas, es decir, de verificar el cumplimiento de los requisitos técnicos, administrativos y económicos, se solicitarán muestras de los insumos ofertados, con el fin de verificar que éstas cumplan con lo detallado en la oferta técnica. Las muestras de aquellos productos con los que el hospital haya trabajado durante los últimos 12 meses, no serán solicitadas, ya que éstos se encuentran probados clínicamente. La cantidad de insumos que se soliciten se realizará según el producto que se esté adquiriendo. Las muestras serán solicitadas mediante Foro Inverso del portal www.mercadopublico.cl y el plazo de entrega será de 48 horas. El proveedor que no envíe las muestras dentro del plazo señalado, quedará en estado de inadmisibilidad y no será considerado en etapa de evaluación. Sólo tendrá validez, pauta de evaluación que se adjunta en Anexo N° 1. 41. DE LA CALIDAD DE LOS PRODUCTOS OFERTADOS Los productos ofertados deberán tener un vencimiento mínimo de 1 año a contar de la fecha de recepción. No obstante, la empresa adjudicada deberá ofrecer políticas de canje, (Formulario N°10), para el caso de los productos sin rotación, según lo estipulado en el punto N° 42. 42. POLÍTICAS DE CANJE El proveedor adjudicado debe presentar políticas de canje en un plazo igual o inferior a 48 horas en los siguientes casos: • Fallas del empaque: empaque que permita contaminación del insumo. • Envase en mal estado: que el envase se encuentre aplastado, o abierto al momento de su recepción. • Conservación del insumo inadecuada: que el insumo presente algún tipo de objeto extraño, por ejemplo: pelo, pelusa, basura, etc. • Fallas del insumo: al momento de utilizar el insumo, esté se encuentre defectuoso. • Vencimiento de 1 año del insumo: desde la recepción del insumo en la institución. 43. DEVOLUCIONES Proveedores que se encuentren adjudicados y sin excepción alguna, deberán asumir los costos asociados a las devoluciones que sean requeridas y realizadas por bodega de insumos de manera inmediata y sin necesidad de completar ningún documento adicional que condiciones o imponga el proveedor de generar la devolución, ya que para ejecución sólo se considerara el Formulario N° 9, además, considerando los siguientes casos: • Pedido no solicitado • Pedido mal despachado (en cantidad o detalle) • Insumos mal rotulados • Insumos con fallas de empaque • Términos de convenios de licitaciones. • Muestras enviadas por parte del proveedor, sin haber sido solicitadas por el hospital. • Muestras posteriores a la evaluación de especificaciones técnicas. • U otro factor que sea causa de mal despacho de proveedor. 44. POR FALLA DE CALIDAD Conforme a la relación entre características y especificaciones adjudicadas y lo recepcionado por el servicio clínico usuario del insumo, en caso de existir diferencias, deberán ser correctamente formalizadas por parte de éstos, quienes son responsables de evaluar y llevar control de que lo recepcionado guarde relación con lo solicitado y adjudicado. Por otro lado, cualquier falla del insumo que se produzca antes o durante su uso y que no permita utilizarlo ni llevar a cabo el procedimiento, deberá ser informado oportunamente por el servicio clínico de acuerdo a protocolos del Hospital sobre incidentes de esta naturaleza