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Resolución de Empates |
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En el caso de un empate en el puntaje, se resolverá cotejando el puntaje obtenido por los
oferentes en cada criterio de evaluación, en el siguiente orden de prioridad:
1° Criterio 1 “Precio ofertado”;
2° Criterio 2 “Experiencia del oferente”;
3° Criterio 3 “Garantía de los trabajos”;
4° Criterio 4; Plazo de ejecución de los trabajos”;
5° Criterio 5 “Programa de integridad”;
6° Criterio 6 “Cumplimiento de los requisitos formales”.
Se logrará el desempate en uno de los criterios de evaluación, verificados en el orden establecido
anteriormente, cuando exista en el mencionado criterio una diferencia en el puntaje de los
oferentes, correspondiendo adjudicar la licitación a aquel oferente que haya obtenido el puntaje
mayor en el respectivo criterio, no cotejando los siguientes criterios de evaluación.
En caso de persistir el empate, se adjudicará al oferente que hubiese ingresado primero su oferta
en el Sistema de Información, www.mercadopublico.cl, considerando la fecha y hora registradas
en éste.
La oferta que obtenga el mayor puntaje final en la evaluación de los criterios estipulados y resulte
conveniente a los intereses del Servicio, se adjudicará la presente licitación pública.
Cualquier error de concordancia de la presente pauta de evaluación, será resuelto por la Comisión
evaluadora, sin modificar en lo sustancial, la lógica de objetividad de los criterios de evaluación.
Es necesario tener presente, que en el caso de las UTP, estas tienen la obligación de informar
inmediatamente a la D.G.A. sobre el retiro de uno o más de sus integrantes. Si el retiro se produce
durante la evaluación de las ofertas, la UTP debe informar además en forma inmediata, si
producto de ese retiro se continuará participando en la licitación, o bien, si se desistirá de esta.
La UTP debe continuar funcionando con, al menos, dos (2) integrantes. Una vez iniciado el
proceso de evaluación de las ofertas, resulta improcedente que el integrante que se retira de una
UTP sea reemplazado por otro integrante, aun cuando el reemplazante reúna características
iguales o superiores al integrante retirado.
Si durante la evaluación de las ofertas se retira alguno de los integrantes de una UTP, que hubiese
reunido una o más características objeto de la evaluación de la oferta, tal circunstancia debiera
constituir una causal de declaración de inadmisibilidad de la propuesta.
La Comisión evaluadora levantará un Acta de Evaluación del presente concurso
–informe completo y fundado–, con su propuesta de adjudicación a la autoridad competente, la
que deberá adoptar la decisión final, a través de un acto administrativo fundado.
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Para resguardar la conveniencia de los intereses de la Institución, la Dirección General de Aguas,
se reserva el derecho de adjudicar o no la licitación, cuando la nota de la oferta mejor evaluada
sea inferior a 70 puntos.
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NUEVA ADJUDICACIÓN DE LA LICITACIÓN |
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En caso que el adjudicatario se desista de su oferta o si el oferente adjudicado no presentara la
garantía de fiel y oportuno cumplimiento del contrato y/o no entregara los antecedentes legales
para contratar y/o no firmara el contrato correspondiente en el plazo establecido en las Bases
Administrativas y/o no aceptara la orden de compra en el plazo establecido y/o no pudiera cumplir
con la entrega de los bienes, o cualquier otra circunstancia que según la Ley N°19.886 y/o su
reglamento, no permita continuar con la anuencia con el proveedor, la D.G.A. podrá readjudicar
la licitación al oferente cuya oferta le suceda en la calificación o podrá declararla desierta
mediante acto administrativo totalmente tramitado. En este caso, conforme con lo establecido
en el numeral XI de las Bases Administrativas, se hará efectiva la garantía de seriedad de la
oferta, si fuera el caso
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I. INTRODUCCIÓN |
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La Dirección General de Aguas, en adelante también “D.G.A.”, llama a presentar ofertas mediante
licitación pública para la prestación de servicios denominada “CONSERVACIÓN DE LA RED
HIDROMÉTRICA REGIONAL, REGIÓN DE ÑUBLE”,
La D.G.A., de conformidad a las políticas gubernamentales sobre equidad de género, expresa
que no discrimina por género, ni por ninguna otra condición, por lo tanto, en la redacción de
estas Bases Administrativas, Técnicas y Anexos, y en todos aquellos instrumentos que se
elaboren a consecuencia del presente documento, se utilizará un lenguaje “no sexista”, es decir,
que no discrimine ni marque diferencias entre todas las personas.
La licitación pública se regirá por las disposiciones de la Ley N°19.886, de bases sobre Contratos
Administrativos de Suministro y Prestación de Servicios, y sus modificaciones, en adelante “Ley
de Compras”; su Reglamento, aprobado mediante Decreto Supremo N°661, de 2024, del
Ministerio de Hacienda, en adelante el “Reglamento”; la Ley N°19.880, que establece bases de
los procedimientos administrativos que rigen los actos de los órganos de la Administración del
Estado; por las Bases Administrativas y Técnicas, y sus correspondientes anexos; y por las
consultas, respuestas y aclaraciones realizadas en el Sistema de Información de Compras y
Contratación Pública, portal www.mercadopublico.cl, durante la licitación.
Los documentos del proceso de licitación pública estarán constituidos por las presentes Bases
Administrativas, Técnicas y Anexos, y por las consultas, respuestas y aclaraciones realizadas.
Todos estos documentos estarán a disposición de los interesados en forma gratuita en el Sistema
de Información www.mercadopublico.cl. La presentación de ofertas implica la aceptación por
parte del oferente de todas y cada una de las disposiciones contenidas en las presentes Bases,
las normas y condiciones que regulan tanto el mecanismo de licitación, selección y adjudicación,
así como la ejecución del contrato, sin necesidad de declaración expresa.
El participante u oferente, deberá examinar todas las instrucciones, condiciones y
especificaciones que figuran en las Bases Administrativas, Técnicas y Anexos de la licitación
pública, las cuales, junto con las eventuales consultas y respuestas que dé esta Entidad Licitante,
constituyen la única fuente de información que debe el proponente considerar al preparar su
oferta.
Cabe hacer presente, que las Bases Administrativas y Técnicas con los anexos de la licitación
pública, como cualquier otro documento referido en este pliego de condiciones, se entenderán
conocidas y obligatorias para todos los participantes y para todos los efectos legales serán parte
integrante de la relación contractual que se establezca con la D.G.A.
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II. DEFINICIONES |
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Sin perjuicio de lo dispuesto en el artículo 2° del Decreto Supremo N° 250, de 2004, del Ministerio
de Hacienda, que aprueba el Reglamento de la Ley N° 19.886, para la correcta interpretación de
los documentos de la licitación pública, se establece el significado o definición de los siguientes
términos:
- Adjudicatario: Oferente al cual le ha sido aceptada su oferta en el presente proceso, para
la suscripción del contrato definitivo.
- Bases: Las presentes Bases Administrativas, Técnicas y Anexos para la licitación pública de
prestación de servicios denominada “CONSERVACIÓN DE LA RED HIDROMÉTRICA
REGIONAL, REGIÓN DE ÑUBLE”.
- Días Corridos: Son todos los días de la semana que se computan uno a uno en forma
correlativa. Si un plazo inicia su computo en un día inhábil, se entenderá ampliado e iniciará
su contabilización, a partir del día hábil siguiente.
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- Días Hábiles: Son todos los días de la semana, excepto los sábados, domingos y festivos.
- Fuerza Mayor o Caso Fortuito: De acuerdo con lo dispuesto en el artículo 45° del Código
Civil.
- Ley de Compras: La Ley N° 19.886, de Bases sobre Contratos Administrativos de Suministro
y Prestación de Servicios, y sus modificaciones.
- Oferente: Proveedor que participa en el presente proceso de compra presentando una oferta.
- Proveedor/Contratista: Proveedor que suministra bienes o servicios a la D.G.A., en virtud
de la Ley de Compras y su Reglamento.
- Reglamento: El Reglamento de la Ley N°19.886, contenido en el Decreto Supremo
N°661, de 2024, del Ministerio de Hacienda.
- Servicio o D.G.A.: Dirección General de Aguas.
- Sistema de Información o Portal: www.mercadopublico.cl
- Unión Temporal de Proveedores (UTP): Asociación de personas naturales y/o jurídicas,
para la presentación de una oferta en caso de licitaciones.
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III. ETAPAS Y PLAZOS DE LA LICITACIÓN |
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Llamado y Publicación de las Bases: Las presentes bases se publicarán en el sitio
www.mercadopublico.cl, una vez que se encuentre completamente tramitado el acto
administrativo que las aprueba.
• Consultas y aclaraciones: Las consultas que los oferentes deseen formular con relación a
la materia de esta licitación, se deberán realizar a través del sitio www.mercadopublico.cl,
en el ID asignado por dicho Sistema, en la sección “Preguntas y Respuestas”, dentro del
plazo de cinco (5) días corridos, contados desde las 24 horas posteriores a la publicación de
estas Bases.
Las respuestas, igualmente, serán publicadas en la citada sección “Preguntas y Respuestas”,
a más tardar al tercer (3°) día corrido de expirado el plazo de la recepción de preguntas, a
través de un archivo adjunto. Dichas respuestas se considerarán parte integrante de las
normas que rigen esta licitación. Por lo anterior, será responsabilidad de cada postulante el
informarse acerca de las aclaraciones, sin que pueda alegar desconocimiento respecto de
estas.
Cabe hacer presente que no se atenderán consultas telefónicas o por otro canal que no sea
el dispuesto anteriormente.
La D.G.A. podrá consolidar las consultas relacionadas al mismo tema, publicando una sola
respuesta general.
Las aclaraciones a las presentes bases que la D.G.A. estime necesario realizar de oficio, se
considerarán parte integrante del pliego de condiciones que rige la licitación y se
comunicarán conjuntamente con las respuestas a las consultas en la página web
mencionada, según lo dispuesto en el cronograma.
Todas las comunicaciones que deban efectuarse con motivo de esta licitación pública se
harán por medio del portal electrónico www.mercadopublico.cl.
• Visita Obligatoria: Los participantes de la licitación pública deberán asistir a una inspección
previa (visita a terreno), cuyo carácter es obligatorio, con el fin de tomar conocimiento acerca
de las condiciones y la magnitud de los servicios de habilitación de oficinas requeridos por la
D.G.A.
El día, hora y lugar para la realización de dicha visita se informará a través de la Ficha de
la Licitación, junto con la publicación del llamado a licitación pública, mediante la plataforma
electrónica www.mercadopublico.cl.
Se tolerará un máximo de cinco (5) minutos de atraso con respecto de la hora
establecida en la Ficha de Licitación para la realización de la visita a las dependencias de la
D.G.A. Transcurrido dicho plazo, el interesado no podrá participar de la visita.
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De dicha visita se firmará un Acta de Visita. El Acta de Visita, firmada por los participantes
que asistan, se publicará en forma oportuna en el Sistema de Información,
www.mercadopublico.cl.
El oferente que no asista a la visita programada no podrá presentar ofertas, y si lo hace, su
oferta será rechazada de plano por el evaluador, por incumplimiento a las bases de licitación,
puesto que, como ya se indicó, la visita es de carácter obligatorio para todos los participantes.
Finalmente, cabe señalar, que la realización de la visita obligatoria es imprescindible, por
cuanto permitirá a los oferentes realizar consultas y verificar las condiciones físicas de las
instalaciones de la Institución, para la ejecución de los trabajos de habilitación cuyo detalle
se especifica en las Bases Técnicas.
• Cierre de recepción de ofertas: El plazo para la recepción de ofertas será de diez (10)
días corridos, contados luego de transcurridas las 24 horas siguientes a la publicación del
llamado a licitación y sus correspondientes Bases.
No obstante lo anterior, si a la fecha de cierre de recepción de ofertas se han recibido dos
(2) o menos propuestas, el plazo de cierre se ampliará automáticamente en dos (2) días
hábiles, por una sola vez. De ocurrir la extensión del plazo de cierre de recepción de ofertas,
se modificará también en forma automática, la fecha de apertura y fecha de adjudicación,
según corresponda.
• Acto de apertura: La presente licitación es en una sola etapa, esto es, que en el acto de
apertura se procederá a abrir tanto la oferta técnica como la oferta económica. El acto de
apertura se efectuará a través del Sistema de Información el mismo día de cierre de
recepción de ofertas. Se aceptará la recepción de los antecedentes, sin que dicha
comunicación implique la aceptación del contenido de estos, ni que el archivo sea válido o
correcto.
• Evaluación de ofertas: El plazo de evaluación de las ofertas será, como máximo, de diez
(10) días corridos, contados desde el día siguiente al de apertura de las ofertas.
• Adjudicación: La adjudicación de la licitación será dentro de los cinco (5) días hábiles
siguientes al de término de la evaluación de las ofertas.
Sin perjuicio de lo anterior, los plazos podrán ser modificados según las necesidades del Servicio,
lo que será oportunamente informado a través del Sistema de Información,
www.mercadopublico.cl.
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IV. MODIFICACIÓN A LAS BASES |
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La D.G.A. podrá modificar las presentes bases de licitación y sus anexos, ya sea por iniciativa
propia o en atención a una aclaración solicitada por algún oferente, y hasta antes del cierre de la
recepción de ofertas. Las modificaciones podrán referirse a todo tipo de aspectos técnicos y
administrativos, prórrogas o suspensiones de plazos o de cualquier otra índole, que sean
relevantes para el desarrollo del presente concurso, debiendo ser oportunamente informado en
el sistema de información www.mercadopublico.cl, por lo que será responsabilidad de los
proveedores revisar periódicamente los avances que experimente el proceso en dicho portal.
El servicio prorrogará el plazo de cierre de la recepción de ofertas en atención a la complejidad
de los cambios que incorpore en las presentes bases, permitiendo a los proveedores que
conozcan de dichas modificaciones para incorporarlas en sus ofertas, respecto de lo cual, el
servicio fijará un nuevo plazo de cierre de recepción de ofertas, de forma prudencial.
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V. REQUISITOS DE LOS PARTICIPANTES |
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En esta licitación pública podrán participar personas naturales y jurídicas, tanto nacionales como
extranjeras, de derecho público o privado, ya sea en forma individual o en unión temporal de
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proveedores, que al momento de la presentación de la oferta, acrediten su situación financiera y
técnica, en cumplimiento con los requisitos establecidos en la Ley N°19.886 y su reglamento.
Los oferentes y/o participantes por el solo hecho de presentar sus ofertas en la presente licitación,
se entenderán en cabal conocimiento de todos y cada uno de los instrumentos que integran estas
Bases, incluyendo las eventuales respuestas a las consultas y aclaraciones y las normas jurídicas
que les son aplicables en las materias que dicen relación con ellas, sus anexos y todo lo relativo
a las mismas.
1. INSCRIPCIÓN OBLIGATORIA EN EL REGISTRO DE PROVEEDORES.
Para ofertar los proponentes deben considerar lo siguiente, en conformidad con el inciso 9 del
artículo 16 de la Ley N°19.886. La D.G.A., sólo aceptará las ofertas de aquellos proveedores que
se encuentren debidamente inscritos y hábiles en el Registro de Proveedores, a cargo de la
Dirección de Compras y Contratación Pública. En dicho registro, se inscribirán todas las personas
naturales y jurídicas, chilenas y extranjeras que no tengan causal de inhabilidad para contratar
con los organismos del estado.
En el Registro de Proveedores, se deberá individualizar, además, a los socios, accionistas,
administradores y beneficiarios finales de las personas jurídicas inscritas, así como también
contener información sobre los contratos adjudicados, ejecutados o terminados anticipadamente,
de cada miembro del registro con algún organismo del Estado, conteniendo a su vez, información
de las multas y sanciones respecto de los contratos en ejecución, y la calidad de habilitado o
inhabilitado para contratar, de los proveedores. No podrán inscribirse o permanecer inscritos en
el registro de proveedores, quienes incurran en algunas de las causales de inhabilidad que se
señalan en el artículo 35 septies de la Ley N°19.886 y, en el artículo 154 de su reglamento.
La inscripción se debe realizar mediante el llenado y presentación de un formulario electrónico, a
través de la plataforma de www.mercadopublico.cl, acompañando todos los antecedentes que en
dicho formulario y plataforma, se solicitan.
Sin perjuicio de lo que el sistema de información señala, al momento de la inscripción, algunos
de los antecedentes que se deben tener en consideración para la inscripción y la presentación de
la oferta, dependiendo de cada caso, son los siguientes:
a) Personas Naturales o Jurídicas, chilenas.
De acuerdo a la ficha generada por el Registro de Proveedores, cada persona natural o jurídica
que desee participar en el presente proceso de licitación, deberá aportar al menos, la siguiente
información, entre otra que solicite el Sistema de Información y las presentes bases:
- Declaración jurada simple, conforme al formato que se adjunta como Anexo N° 1,
debidamente firmada por el proponente.
- Descripción del proponente, conforme al formato que se adjunta como Anexo N° 2-A,
debidamente firmada por el proponente.
- Fotocopia legalizada de la cédula de identidad.
- Antecedentes Generales, nombre o razón social según corresponda. Rut, dirección,
correo electrónico y actividad económica que desarrolla el proveedor.
- Antecedentes técnicos, de especialidades y certificaciones que tenga el proveedor.
- Antecedentes Legales y financieros, como escritura de constitución social, certificados
de vigencia de la sociedad y de poderes de sus representantes. Los documentos que
se presenten, deben tener una antigüedad no superior a 60 días corridos desde su
emisión.
- Información de los socios, administradores, beneficiarios finales, (artículo 16 de la ley
N°19.886.)
- Calificación establecida por la Dirección de Compras, en base al comportamiento
contractual del proveedor.
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b) Personal Naturales o Jurídicas extranjeras.
Las personas naturales o jurídicas extranjeras que deseen participar en el presente proceso de
licitación podrán inscribirse en el Registro de Proveedores. Dichos interesados, sin perjuicio de
los demás requisitos que deberán tener en cuenta al momento de presentar sus ofertas, deberán
aportar al menos la siguiente documentación para gestionar su inscripción en el Registro de
Proveedores, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 146 del Reglamento:
- Documentos que acrediten la identidad, nacionalidad y domicilio del interesado;
- Constitución de sociedad u otro similar que respecto a su país de origen;
- Certificad de vigencia u otro similar de su país de origen;
- Certificado de vigencia de poderes de sus representantes;
- Declaración jurada de no estar en la lista de personas naturales o jurídicas, declaradas
como inelegibles para la adjudicación de contratos, por las instituciones que
correspondan;
- Declaraciones de sus socios, accionistas, administradores y beneficiarios finales.
Los documentos indicados en el inciso precedente deben ser otorgados por las instituciones o
funcionarios que según las leyes del país de origen estén autorizados a su emisión. Estos
documentos deberán ser entregados en copia simple, sin embargo, al momento de contratar, la
entidad contratante deberá solicitar los documentos apostillados o legalizados, según
corresponda. Además, en caso de que los documentos presentados para la inscripción en el
Registro de Proveedores sean extendidos en idioma extranjero, deberá ser acompañados en su
respectiva traducción al español. La Dirección de Compras podrá realizar las gestiones necesarias
para verificar la veracidad de la información entregada.
c) Universidades
Respecto de las universidades, también podrán participar del presente proceso de licitación, con
distinción de si corresponden a universidades estatales o privadas. En el primer caso, se regirán
por la normativa especial aplicable de la Ley N°21.094 de Universidades Estatales, y en el caso
de ser universidades privadas, se les tratará como personas jurídicas, por lo que deberán cumplir
con los requisitos señalado para dichas instituciones. Algunos de los antecedentes a considerar,
tanto para su inscripción del registro de proveedores, como para oferta del presente proceso, sin
perjuicio de otros que se puedan solicitar en el sistema de información, son:
- Declaración jurada simple, conforme al formato que se adjunta como Anexo Nº1,
debidamente firmada por el representante legal del proponente.
- Descripción e Individualización del proponente, conforme a formato que se adjunta
como Anexo Nº3-A, debidamente firmada por el representante legal de la Universidad.
- Carta patrocinio de la Universidad para la propuesta.
- Si la Universidad no es de aquellas que pertenecen al Consejo de Rectores, debe
acompañar los siguientes documentos: a) Descripción del proponente, conforme al
formato que se adjunta como Anexo N°2-B, debidamente firmada por el proponente.
b) Fotocopia legalizada de la cédula de identidad o cédula de identidad para
extranjeros, en su caso.
- La declaración jurada de ausencia de conflictos de interés e inhabilidades por
condenas que se encuentra en el portal de la licitación.
d) Unión Temporal de Proveedores (UTP)
En el caso de tratarse de una unión temporal de proveedores (UTP), deberán tener en
consideración lo siguiente al momento de postular con una oferta, y respecto a la inscripción que
corresponda en el registro de proveedores, conforme al artículo 180 del reglamento de la ley
N°19.886:
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- Declaración jurada simple, conforme al formato que se adjunta como Anexo Nº1,
debidamente firmada por el representante legal del proponente.
- Identificación de los integrantes, firma y presentación Anexo N°3-B, debidamente
firmada por el representante de la Unión Temporal de Proveedores y la declaración
jurada de ausencia de conflictos de interés del portal de licitación.
- Estará integrada por una o más empresas de menor tamaño. La oferta presentada
por una unión compuesta por proveedores que no corresponden a una empresa de
menor tamaño será declarada inadmisible, sin perjuicio de lo anterior, de manera
excepcional, conforme al artículo 55 de la ley N°19.886 y el artículo 184 de su
reglamento, una Unión Temporal de Proveedores podrá constituirse sin limitaciones
por tamaño de empresa, solo para los efectos de los procedimientos de contratos para
la innovación o de diálogo competitivo, en los términos que dispone la presente ley.
- Dicha Unión Temporal de Proveedores debe tener por objeto unirse, para efectos de
ofertar en caso de licitación o convenio marco, o para a suscripción de un contrato,
en caso de una contratación directa, sin que sea necesario constituir una sociedad.
- Se constituirá para el presente proceso en particular, sin embargo, su vigencia no
podrá ser inferior a las del contrato que se adjudica, lo que debe contemplar la posible
renovación y/o prórroga.
- Deberá materializarse por escritura pública. Sin embargo, cuando se trate de
adquisiciones inferiores a 1.000 UTM, el acuerdo en que conste la unión podrá
materializarse por instrumento público o privado.
- La designación de un representante común, que será el encargado de mantener las
comunicaciones con la D.G.A. durante la realización de la licitación, explicitando el
otorgamiento de poderes suficientes para representar a todos sus integrantes. El
documento en que conste la designación de facultades deberá adjuntarse al momento
de ofertar, y contendrá la indicación de las obligaciones que se le encomienden al
apoderado, como por ejemplo, presentar los antecedentes, subsanar las solicitudes
de aclaración, concurrir a visitas a terreno, actuar como supervisor del contrato,
entregar los bienes, facturar, entregar informes renovar o modificar garantías y toda
otra facultad atingente a la UTP.
- Pacto expreso de la obligación solidaria entre los integrantes de la UTP, respecto del
cumplimiento de las exigencias que se señalan en las presentes bases, de los
contenidos de su propuesta y de las normas legales pertinentes. Este aspecto se debe
tener presente respecto de todos y cada uno de los integrantes de una UTP, quienes
serán solidariamente responsables respecto de las obligaciones derivados de la
licitación y del respectivo contrato. Por ello, al momento de la suscripción del
instrumento de la UTP no pueden incluirse cláusulas de exención o limitación de
responsabilidad para alguno de los integrantes de la UTP.
- Se recomienda que quienes suscriben el contrato de constitución de la UTP regule la
facultad de repetir del integrante de la UTP que haya asumido la responsabilidad en
contra del integrante incumplidor, en casos derivados de su culpa. Sin perjuicio de lo
anterior, la D.G.A. podrá exigir la responsabilidad a cualquiera de los integrantes de
la UTP, a su arbitrio.
- Quienes conforman la Unión Temporal de proveedores, deberán determinar qué
antecedentes presentarán para ser considerados en la evaluación, siempre y cuando
lo anterior no signifique ocultar información relevante para la ejecución del respectivo
contrato que afecte a alguno de los integrantes de la misma.
- Deberá constar la inscripción individual de cada proveedor, integrante de la Unión
Temporal de Proveedores, en el Registro de Proveedores, al momento de la
presentación de la oferta.
- En la constitución de la UTP, se debe establecer la modalidad de pago, es decir,
individualizar al integrante que emitirá la factura o documento tributario de cobro y
recepcionará el pago; en caso de omisión en su designación la D.G.A. entenderá que
el integrante encargado de dicha obligación es quien represente la UTP, sin posibilidad
de modificar su nominación.
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- Se deberá identificar el domicilio legal de la unión temporal de proveedores, no solo
indicando la ciudad y/o comuna, sino la dirección que asumirá la UTP.
2. POSTULACIÓN A TRAVÉS DEL SISTEMA DE INFORMACIÓN Y GESTIÓN DE COMPRAS
Y CONTRATACIONES DEL ESTADO.
La D.G.A., solo adjudicará el presente proceso a quienes hayan postulado por medio del sistema
de información, según lo mandata el artículo 105 del reglamento, en que todo el proceso de
compra y administración de sus contratos, se debe realizar sólo por este medio, incluyendo todos
los actos, documentos y resoluciones relacionadas directa o indirectamente con los procesos de
compra y ejecución del presente contrato. La D.G.A., no recibirá ofertas que no hayan sido
realizadas por este medio, salvo las excepciones que señala el artículo 115 del reglamento.
Sin perjuicio de lo anterior, los proveedores al momento de presentar sus ofertas, deberán
acompañar las declaraciones que se soliciten como parte integrante del presente proceso,
firmadas, tales como los anexos y declaraciones juradas que se soliciten, así como también toda
documentación adicional que se pueda llegar a solicitar.
Si algún proveedor tiene dificultades para ingresar su oferta administrativa, técnica y/o
económica, deberá contactarse inmediatamente con la Mesa de Ayuda del portal Mercado Público,
Fono 600-7000-600, para obtener orientación precisa que le permita ingresar sus ofertas.
Cuando falla el Sistema de Información www.mercadopublico.cl, los oferentes pueden solicitar
un certificado de indisponibilidad de dicha plataforma electrónica, dentro de los plazos
establecidos, pudiendo entregar su oferta fuera del Sistema de Información, esto de acuerdo con
lo dispuesto en el artículo 115° del Reglamento de la Ley N°19.886.
3. PROHIBICIONES PARA CONTRATAR.
No podrán contratar con la D.G.A., aquellos proveedores que no se encuentren inscritos y
habilitados en el Registro de Proveedores, y a su vez, cuando incurran en algunas de las causales
establecidas en el artículo 154 del reglamento y 35 septies de la Ley N°19.886, respecto de las
cuales mencionamos de forma no taxativa, las siguientes:
- Quienes, dentro de los dos años anteriores al momento de la presentación de la oferta,
de la formulación de la propuesta o de la suscripción de la convención, según se trate
de licitaciones públicas, privadas o contratación directa, hayan sido condenados por
prácticas antisindicales o infracción a los derechos fundamentales del trabajador, o
por delitos concursales establecidos en el Código Penal.
- La D.G.A. no suscribirá contratos administrativos con el personal del Servicio,
cualquiera que sea su calidad jurídica, o con las personas naturales contratadas a
honorarios por ese organismo, ni con sus cónyuges o convivientes civiles, ni con las
demás personas unidas por los vínculos de parentesco en segundo grado de
consanguinidad o afinidad, ni con sociedades de personas o empresas individuales de
responsabilidad limitada de las que formen parte o sean beneficiarios finales, ni con
sociedades en comanditas por acciones, sociedades por acciones o anónimas cerradas
en que sean accionistas directamente, o como beneficiarios finales, ni con sociedades
anónimas abiertas en que aquéllos o éstas sean dueños de acciones que representen
el 10% o más del capital, directamente o como beneficiarios finales, ni con los
gerentes, administradores, representantes o directores de cualquiera de las
sociedades antedichas.
- Tampoco podrá suscribir contratos respecto de las autoridades y de los funcionarios
directivos del servicio, hasta el nivel de jefe de departamento o su equivalente, y de
los funcionarios definidos en el reglamento que participen en procedimientos de
contratación, a las personas unidas a ellos por los vínculos de parentesco descritos en
la letra b) del artículo 54 de la ley N°18.575, Orgánica Constitucional de Bases
Generales de la Administración del Estado, que señala que se extiende esta
prohibición respecto de las personas que tengan la calidad de cónyuge, hijo, adoptado
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o pariente hasta el tercer grado de consanguinidad y segundo de afinidad inclusive; y
a las sociedades en que aquellos o éstas participen en los términos expuestos
anteriormente, durante el tiempo en que ejerzan sus funciones, y hasta el plazo de
un año contado desde el día en que el respectivo funcionario o funcionaria haya cesado
en su cargo.
- Haber sido condenado por alguno de los delitos concursales establecidos en el código
Penal.
- Haber sido condenado en virtud de una sentencia firme y ejecutoriada, por
incumplimiento contractual, por incumplimiento en un contrato sujeto a la ley de
compras.
- Haber sido condenado por prácticas antisindicales o infracción de los derechos
fundamentales del trabajador.
- Haber sido condenado por delito de cohecho.
- Haber sido eliminado o suspendido del Registro de Proveedores, por resolución
fundada.
- Cualquier otra causal establecida en la Ley N°19.886 o su reglamento, o que
dispongan los tribunales de justicia que inhabiliten para contratar con algún organismo
del estado.
En caso de ofertar en el presente proceso, una persona natural o jurídica, que se encuentre en
alguna de las causales previamente señaladas, u otras establecidas en la Ley N°19.886 o su
reglamento, será declarada inadmisible mediante acto administrativo fundado.
4. INTEGRIDAD DE LOS PROVEEDORES.
Este factor tiene como finalidad evaluar que las personas que trabajan para los oferentes, durante
el periodo en que se desarrolle la presente licitación, y en la ejecución de la misma y del contrato
que se suscriba, en caso de resultar adjudicado, cumplan con los mismos estándares de
integridad exigidos al proveedor.
Para evidenciar lo anterior, el oferente deberá acreditar que el programa de integridad se
encuentra difundido y conocido por sus trabajadores, entendiendo por tal, cualquier sistema de
gestión que tenga como objetivo prevenir, y si resulta necesario, identificar y sancionar las
infracciones de leyes, regulaciones, códigos o procedimientos internos que tienen lugar en una
organización, promoviendo una cultura de cumplimiento.
Para acreditar lo anterior, el proveedor deberá adjuntar a la oferta, el referido programa de
integridad y el medio de difusión, por ejemplo: enlaces a la página web del oferente de donde
conste su publicación o copia del o los correos electrónicos mediante los cuales se ha difundido
dicho programa entre los trabajadores, u otro medio que acredite este hecho.
El puntaje de este factor se asignará conforme se señala en la tabla de evaluación de criterios,
establecida en el título Numeral XIII de las presentes bases.
Sin perjuicio de lo anterior, se deberá suscribir, firma y presentar el Anexo N°4, conforme a lo
que en dicha declaración se señala, y acompañando el programa de integridad correspondiente,
en conjunto a dicho anexo.
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VI. REQUISITOS DE LA OFERTA |
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Las ofertas tendrán una validez mínima de sesenta (60) días corridos desde la fecha de cierre de
recepción de ofertas. Si dentro del plazo antes referido no se pudiera efectuar la adjudicación, la
D.G.A. podrá solicitar a los proponentes, antes de la fecha de su expiración, una prórroga de la
validez de estas por igual período.
El solo hecho de la presentación de una oferta significa la aceptación por parte del oferente de su
vigencia durante el proceso licitatorio, sin necesidad de declaración expresa al respecto.
No obstante, si la oferta presenta una validez mínima inferior a sesenta (60) días corridos, la
propuesta será rechazada por la comisión evaluadora y declarada inadmisible por medio de acto
administrativo de la Autoridad Competente, totalmente tramitado.
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Las ofertas deberán ser presentadas a través del Sistema de Información, pero además, deberán
cumplir con los requisitos que se señalan en las presentes bases y acompañando los anexos que
correspondan a cada caso, de forma obligatoria, debidamente firmados por quien tenga las
facultades para representar al proveedor.
Posibilidad de multioferta por un mismo proveedor
Conforme al artículo 48 del Reglamento, las ofertas presentadas deben cumplir con los principios
de seriedad, pureza y simplicidad. Por regla general, se entiende que cada proveedor puede
presentar una única oferta, salvo que las bases del proceso permitan explícitamente la
presentación de múltiples ofertas por parte de un mismo participante.
En el marco del presente proceso licitatorio, dada la complejidad técnica del producto en cuestión,
se autoriza excepcionalmente a los proveedores a presentar más de una oferta. No obstante,
cada oferta deberá ser presentada de manera independiente, acompañada de toda la
documentación requerida de forma autónoma, sin que pueda hacerse referencia ni establecer
relación alguna entre ellas.
Respecto a las Uniones Temporales de Proveedores (UTP), el reglamento establece una limitación
específica: los integrantes de una UTP no podrán participar simultáneamente mediante una
propuesta individual y otra a través de la misma UTP. En este sentido, deberán optar por una
única modalidad de participación en el proceso.
1. Oferta Técnica.
Los antecedentes que conforman la propuesta técnica deberán presentarse electrónicamente
conforme a los requisitos que se solicitan en las Bases Técnicas, los cuales deberán reflejarse
íntegramente en su oferta y debiendo ser lo más completa y específica posible. Los proponentes
que formen una unión temporal de proveedores deberán presentar una propuesta técnica común.
2. Oferta Económica
a) El oferente, al registrar su oferta en el Sistema de Información, deberá ingresar el precio
neto unitario correspondiente a cada equipo ofertado. Dicho precio deberá expresarse en
moneda nacional y no podrá exceder el presupuesto máximo disponible para esta
contratación, conforme a lo señalado en el numeral XVI, denominado "Presupuesto
Disponible", de las presentes Bases Administrativas.
b) La oferta económica deberá incluir explícitamente la garantía técnica aplicable a los
productos, conforme a lo establecido en las Bases Técnicas de este proceso.
c) Cada oferente deberá adjuntar un anexo económico que detalle lo siguiente:
- El monto total de la oferta, incluyendo impuestos.
- El desglose de los precios unitarios, especificando los accesorios, si corresponde.
- La cantidad exacta (número) de bienes ofertados.
d) En caso de discrepancia entre el valor ofertado en el anexo económico y el registrado en
el Sistema de Información, prevalecerá lo consignado en el anexo económico.
Si la oferta económica supera el presupuesto máximo indicado en el numeral XVI de las Bases
Administrativas, será rechazada por la comisión evaluadora y declarada inadmisible mediante
resolución fundada de la Autoridad Competente de la (D.G.A.).
La falta de presentación o la omisión de cualquiera de los antecedentes requeridos para la oferta
económica o técnica facultará a la D.G.A. a excluir al oferente del proceso licitatorio. Dicha
exclusión será declarada inadmisible mediante resolución fundada por no cumplir con los
requisitos establecidos en las Bases. Es responsabilidad exclusiva de los oferentes presentar su
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oferta conforme a lo estipulado en las Bases, entendiendo que la comisión evaluadora no está
obligada a requerir, corregir o subsanar la falta u omisión de ningún antecedente o documento
que forme parte de la propuesta.
La D.G.A. podrá, durante la etapa de evaluación, solicitar a través del Sistema de Información
que los oferentes subsanen errores u omisiones formales, siempre que dicha solicitud no
contravenga los principios de igualdad entre los oferentes ni el de estricta sujeción a las Bases.
Es importante destacar que los errores relacionados con el precio ofertado no se considerarán
formales y no podrán ser objeto de subsanación.
La solicitud de aclaración o subsanación es una facultad discrecional de la comisión evaluadora y
no constituye una obligación. Los oferentes podrán subsanar exclusivamente lo que haya sido
solicitado, en atención a los principios de estricta sujeción a las Bases y de igualdad entre los
proveedores. Toda solicitud de aclaración o subsanación será informada al resto de los oferentes
a través del Sistema de Información.
Todos los costos y gastos derivados del estudio y presentación de las ofertas serán de exclusiva
responsabilidad de los oferentes. No procederá, bajo ninguna circunstancia, indemnización,
reembolso ni compensación alguna por parte de la D.G.A.
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VII. DERECHO A DECLARAR INADMISIBLES TODAS LAS PROPUESTAS Y DECLARAR DESIERTA LA LICITACIÓN PÚBLICA |
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La D.G.A. declarará inadmisibles las ofertas que no cumplan los requerimientos establecidos en
las Bases, respecto a la exigencias técnicas o económicas, como por ejemplo cuando se excedan
de los marcos presupuestarios disponibles. Por otra parte, de acuerdo al artículo 62 del
reglamento, se declarará desierta la licitación pública cuando no se presentan ofertas, cuando
todas las presentadas resultan inadmisibles, o bien, si las propuestas presentadas por los
oferentes no resultan convenientes a los intereses del servicio. En la eventualidad de ocurrir esta
situación, el servicio se excluye de toda responsabilidad, por tratarse del ejercicio de potestades
facultativas propias, así reconocidas expresamente por los proponentes. En ambos casos, dicha
declaración será por resolución fundada, conforme con lo establecido en el artículo 9° de la Ley
N°19.886.
La D.G.A. se reserva el derecho a no adjudicar a oferente alguno el presente llamado a licitación
pública, en el evento de producirse un caso fortuito o fuerza mayor, debidamente calificado por
el Servicio, que le impida continuar con el proceso.
La D.G.A. rechazará de forma fundada, aquellas propuestas que no cumplan con lo exigido en
las presentes bases de licitación. Las propuestas rechazadas lo serán en forma permanente y
definitiva.
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VIII. REVOCACIÓN DE LA LICITACIÓN |
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La D.G.A. se reserva el derecho de revocar el presente proceso de licitación pública, aun
existiendo ofertas. Esta revocación puede ser declarada de forma unilateral por la D.G.A.
mediante acto administrativo fundado que así lo autorice, y se podrá realizar hasta antes de
adjudicado el procedimiento.
No se devolverá la documentación que presenten los oferentes en esta eventualidad ni en ningún
otro caso, salvo que la autoridad del Servicio la autorice expresamente, o bien, en el caso de las
garantías de seriedad de la oferta entregadas por los participantes (si fuera el caso), las que
deberán ser solicitadas de acuerdo con lo estipulado en el numeral XI de las Bases
Administrativas.
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IX. PACTO DE INTEGRIDAD |
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El oferente declara que, por el solo hecho de participar en la respectiva licitación, acepta
expresamente el presente Pacto de Integridad, obligándose a cumplir con todas y cada una
de las estipulaciones contenidas en el mismo, sin perjuicio de las que se señalen en el
resto de las Bases Administrativas, Técnicas y Anexos, y demás documentos
integrantes.
Especialmente, el oferente acepta suministrar toda la información y documentación que sea
considerada necesaria y exigida de acuerdo a las presentes Bases Administrativas, Técnicas y
Anexos, asumiendo expresamente los siguientes compromisos:
a) El oferente se obliga a no ofrecer ni conceder, ni intentar ofrecer o conceder, sobornos,
regalos, premios, dádivas o pagos, cualquiera fuese su tipo, naturaleza y/o monto, a ningún
funcionario público en relación con su oferta, con el proceso licitatorio, ni con la ejecución
del contrato que se derive de la misma, ni tampoco a ofrecerlas o concederlas a terceras
personas que pudiesen influir directa o indirectamente en el proceso de licitación, en su toma
de decisiones o en la posterior adjudicación de la oferta y ejecución del contrato que de ello
se deriven.
b) El oferente se obliga a no intentar ni efectuar acuerdos o realizar negociaciones, actos o
conductas que tengan por objeto influir o afectar de cualquier forma la libre competencia.
Cualquiera fuese la conducta o acto específico, y especialmente, aquellos acuerdos,
negociaciones, actos o conductas de tipo o naturaleza colusiva, en cualquiera de sus tipos o
formas.
c) El oferente se obliga a revisar y verificar toda la información y documentación, que deba
presentar para efectos del proceso licitatorio, tomando todas las medidas que sean
necesarias para asegurar la veracidad, integridad, legalidad, consistencia, precisión y
vigencia de la misma.
d) El oferente se obliga a ajustar su actuar y cumplir con los principios de legalidad, ética, moral,
buenas costumbres y transparencia en el presente proceso licitatorio.
e) El oferente manifiesta, garantiza y acepta que conoce y respetará las reglas y condiciones
establecidas en las Bases, sus documentos integrantes y el convenio que de ello se derive.
f) El oferente se obliga y acepta asumir las consecuencias y sanciones previstas en las Bases,
así como en la legislación y normativa que sean aplicables a la misma.
g) El oferente reconoce y declara que la oferta reflejada en el presente proceso licitatorio es
una propuesta seria, con información fidedigna y en términos técnicos y económicos
ajustados a la realidad, que aseguren la posibilidad de cumplir con la misma en las
condiciones y oportunidades ofertadas.
h) El oferente se obliga a tomar las medidas que fuesen necesarias para que las obligaciones
anteriormente señaladas sean asumidas y cabalmente cumplidas por sus empleados
dependientes y/o asesores y/o agentes y, en general, todas las personas con que este o
estos se relacionen directa o indirectamente en virtud o como efecto de la presente licitación.
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X. ANTECEDENTES PARA LA SUSCRIPCIÓN DEL CONTRATO |
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Una vez comunicada la adjudicación, la D.G.A. podrá requerir toda la información legal
necesaria para la protección de sus intereses. En el caso que el proponente adjudicado sea una
persona jurídica, deberá acompañar, a petición de la D.G.A., en un plazo no superior a diez
(10) días corridos, contados desde el día hábil siguiente de notificada la resolución que adjudica
la presente licitación, lo que ocurrirá luego de transcurridas las 24 horas siguientes a la
publicación de la adjudicación, conforme al artículo 9 reglamento de la Ley N°19.886.
Para la suscripción del contrato se requerirán los siguientes antecedentes:
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a) Copia simple del instrumento de constitución de la persona jurídica de que se trata, y de
todas las modificaciones hasta la fecha de presentación de la propuesta.
b) Copia simple de la escritura pública en que consten sus socios y representantes legales a
la fecha de presentación de la propuesta. Si este antecedente ya consta en el instrumento
de constitución, deberá señalarlo expresamente. En el caso de las sociedades anónimas,
se requerirá, además, presentar una copia del o los folios que correspondan del registro
de accionistas de la compañía, u otro documento equivalente según su legislación de
origen, en los que consten los accionistas de la sociedad. En caso de tratarse de una
persona jurídica extranjera, deberá adjuntar copia íntegra y debidamente legalizada en
Chile de su escritura de constitución y de la representación legal, además de todo
documento que en su país sirva para acreditar la existencia y vigencia de la persona
jurídica a la fecha de presentación de la propuesta. Por último, en el caso de tratarse de
universidades, el decreto de nombramiento o acta de nombramiento del rector.
c) Copia simple de inscripción con certificación de vigencia (sociedades) o certificado de
vigencia extendido por la autoridad competente (otras personas jurídicas), con
antigüedad no superior a seis (6) meses anteriores a la fecha de cierre de presentación
de ofertas.
d) Certificado de antecedentes laborales y previsionales de la empresa, emitido por la
Dirección del Trabajo, de fecha no anterior a sesenta (60) días contados desde la fecha
de cierre de la presentación de propuestas.
e) Escritura Pública de constitución de la Unión Temporal de Proveedores en aquellas
contrataciones iguales o superiores a 1.000 UTM, la que deberá contener todas aquellas
estipulaciones a las que se hace mención en la del numeral V, N° 1 letra d) de estas
Bases Administrativas.
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XI. GARANTÍA DE SERIEDAD DE LA OFERTA |
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Conforme al artículo 52° del reglamento de la Ley N°19.886, las entidades licitantes podrán
requerir garantía de seriedad de la oferta, de forma excepcional por razones de interés público y
tratándose de licitaciones superiores a 5.000 UTM. La presente licitación no cumple con dichos
requerimientos, por lo cual, se excluye la garantía de seriedad del presente proceso, no siendo
procedente su aplicación.
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XII. COMISIÓN DE EVALUACIÓN DE LA LICITACIÓN |
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Las ofertas presentadas serán revisadas y evaluadas, técnica y económicamente, por una
Comisión de Evaluación (en adelante e indistintamente, la “Comisión”), que estará conformada
por tres (3) funcionarios de la D.G.A., quienes estarán sujetos a la Ley N°20.730, que regula el
Lobby y las gestiones que representen intereses particulares ante autoridades y funcionarios, sólo
en lo que respecta al ejercicio de dichas funciones y mientras integren esas Comisiones.
Los funcionarios o funcionarias que se designen podrán ser reemplazados por otro, debidamente
especificado, en la eventualidad de que en el plazo establecido para la evaluación de las propuestas
no puedan cumplir con esta labor.
Serán funciones de la Comisión de Evaluación, una vez realizada la apertura de las ofertas, las
siguientes:
a) Revisar que los oferentes que hayan postulado mediante el Sistema de Información y
Gestión de Compras y Contrataciones del Estado, además de encontrarse inscritos en el
Registro de Proveedores, dichos oferentes se encuentren habilitados en dicho registro.
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b) Revisar y evaluar los antecedentes que constituyen las ofertas (técnica y económica) de
los proveedores, y rechazar aquellas que no cumplan con los requisitos mínimos
establecidos en las Bases.
c) Solicitar a los oferentes, en caso de errores u omisiones meramente formales, detectados
durante la evaluación, que salven dichos errores, dentro del marco establecido por el
artículo 56° del Reglamento de la Ley N°19.886, es decir, siempre y cuando las
rectificaciones de dichos vicios u omisiones no les confieran a esos oferentes una situación
de privilegio respecto de los demás competidores, esto es, en tanto no se afecten los
principios de estricta sujeción a las bases y de igualdad de los oferentes, y se informe de
dicha solicitud al resto de los oferentes a través del Sistema de Información.
La Comisión concederá un plazo fatal para la corrección, el cual será informado a través
del Sistema de Información www.mercadopublico.cl, y se contará desde efectuado el
requerimiento. La D.G.A. no considerará las respuestas o antecedentes recibidos una vez
vencido dicho plazo.
Mediante la aclaración, no podrán modificarse aspectos sustanciales de la propuesta, de
tal forma que la oferta no podrá, mediante las aclaraciones, transformarse en otra
diferente, ni constituir una nueva oferta.
d) Establecer un ranking con todas las ofertas evaluadas. En él se ordenarán las ofertas, de
acuerdo al puntaje que hayan obtenido luego de haberles aplicado los factores de
evaluación con los correspondientes puntajes y ponderaciones que se indican en el
numeral siguiente.
e) La Comisión, analizará las ofertas técnicas y las ofertas económicas presentadas por cada
oferente en el plazo establecido en las Bases, y tendrá en cuenta los criterios y pautas
establecidos en este documento para la adjudicación. La comisión deberá tener en
consideración los beneficios y costos presentes y futuros del bien y servicio ofrecido.
Durante el desarrollo de su trabajo, la Comisión podrá requerir a los oferentes las
aclaraciones respecto de sus propuestas para efectos de la evaluación, y no podrá
mantener contacto con ningún oferente. En todo caso, las aclaraciones que se pidan y las
que se den, ambas por escrito, no podrán alterar las bases de la licitación, ni la esencia
de la oferta ni violar el principio de igualdad entre los oferentes.
La Comisión de Evaluación levantará un acta, completa y fundada, con la evaluación de las
ofertas de acuerdo con lo establecido en el artículo 40° bis del Reglamento de la Ley N° 19.886,
en la cual consignará los puntajes obtenidos por cada oferente en los criterios a evaluar,
previamente especificados en estas Bases. Dicha acta será suscrita por los evaluadores y se
publicará en el Sistema de Información, junto al acto administrativo que dé cuenta del resultado
de la licitación.
Finalmente, de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 35° nonies de la Ley N°19.886, cada
miembro que integre la Comisión, deberá suscribir una declaración jurada en la que declare
expresamente la ausencia de conflictos de intereses en el proceso licitatorio y se obligue a guardar
confidencialidad en relación al proceso de evaluación. Las respectivas declaraciones juradas, se
adjuntarán en los documentos del proceso de compra que se publiquen en el Sistema de
Información.
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XIII. APERTURA Y EVALUACIÓN DE LAS OFERTAS |
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El acto de apertura se efectuará a través del Sistema de Información www.mercadopublico.cl, de
acuerdo con lo dispuesto en el numeral III de las presentes Bases Administrativas, sin perjuicio
de lo señalado en el artículo 115 del reglamento, en que se podrá recibir la oferta en soporte
papel en los casos excepcionales que indica.
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A solicitud de la D.G.A., los oferentes deberán aclarar o subsanar su oferta a más tardar dentro
de las 48 horas hábiles siguientes de recibida dicha solicitud, a través del Sistema de Información
o, en su defecto, en caso de inoperatividad de la referida plataforma electrónica, ingresando los
antecedentes requeridos en la Oficina de Partes de la D.G.A., en un sobre cerrado dirigido al Jefe
del Departamento o División que llamó a la respectiva licitación pública, rotulado: “Antecedentes
Complementarios Licitación Pública denominada “CONSERVACIÓN DE LA RED
HIDROMÉTRICA REGIONAL, REGIÓN DE ÑUBLE”, con el nombre del oferente y con el
respectivo certificado de indisponibilidad de la referida plataforma electrónica.
Si la Comisión lo estima pertinente, podrá solicitar a algún proponente, por escrito, en una sola
oportunidad, salvar errores u omisiones formales en que ha incurrido, siempre que no sea relativo
al precio ofertado, también solicitar certificaciones o antecedentes que hayan omitido al presentar
la oferta y cuyos antecedentes hayan sido obtenidos previo al vencimiento del plazo para
presentar ofertas, conforme a lo señalado en el artículo 56 del reglamento, los que pasarán a
formar parte integrante de los antecedentes del convenio (contrato), en caso de resultar
adjudicado.
En todo caso, tanto la solicitud de aclaraciones, como las respuestas del interesado, no podrán
referirse a puntos que alteren elementos esenciales de la propuesta, ni vulnerar el principio de
igualdad de los proponentes, o que pueda generar una situación de privilegio entre los oferentes.
Las respuestas deberán ser entregadas, mediante carta o formulario suscrito por el representante
legal del proponente, dentro del plazo señalado por la comisión evaluadora, siempre a través del
Sistema de Información www.mercadopublico.cl.
Las respuestas deberán ser puestas en conocimiento de todos los postulantes a través del portal
antes señalado.
Se aceptará la recepción de los antecedentes, sin que dicha comunicación implique la aceptación
del contenido de estos, ni que el archivo sea válido o correcto. La Comisión de Evaluación
procederá a revisar y evaluar los antecedentes exigidos en estas Bases, descalificando a quienes
no den cumplimiento a lo requerido.
La calificación de las distintas propuestas y el correspondiente proceso de selección, se realizará
en atención a los siguientes criterios de evaluación:
N° CRITERIO DE EVALUACIÓN PONDERACIÓN
1 Precio Ofertado 40%
2 Experiencia del Oferente 30%
3 Garantía de los trabajos 15%
4 Plazo de ejecución de los trabajos 5%
5 Cumplimiento de Requisitos Formales 5%
6 Programa de Integridad 5%
TOTAL: 100%
1. Precio Ofertado (Ponderación: 40%)
Se asignará 100 puntos a la oferta de menor precio y a las demás ofertas se les asignará puntaje
mediante la siguiente fórmula: (precio mínimo/precio oferta)*100.
2. Experiencia del Oferente (Ponderación: 30%)
La experiencia de los oferentes será evaluada por medio de certificados emitidos por los
Inspectores Fiscales de los proyectos o Jefes de Proyectos de las empresas con quienes hubiere
contratado. Dichos certificados no podrán tener una antigüedad superior a cinco (5) años,
contados desde la fecha de apertura de las propuestas. También el oferente podrá ingresar con el
objeto de acreditar experiencia, órdenes de compra de proyectos de construcción en las cuales
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sea posible verificar que los trabajos fueron ejecutados correctamente y a conformidad
del mandante (por ejemplo, acompañadas mediante el respectivo certificado de recepción
conforme). La sola orden de compra que no permita acreditar fehacientemente la correcta
ejecución de los trabajos realizados, no acreditará experiencia.
El factor experiencia del oferente será evaluado según la siguiente tabla:
FACTOR EXPERIENCIA PUNTAJE
El oferente ha realizado 7 o más contratos en trabajos de iguales o de similares
características a los indicados en las bases técnicas. 100
El oferente ha realizado entre cinco (5) y seis (6) contratos en trabajos de
iguales o de similares características a los indicados en las bases técnicas. 75
El oferente ha realizado entre tres (3) y cuatro (4) contratos en trabajos de
iguales o de similares características a los indicados en las bases técnicas. 40
El oferente ha realizado menos de tres (3) contratos en trabajos de iguales o
se similares características a los indicados en las bases técnicas 0
Se considerará obras similares, tanto en tipo de actividad (estructuras metálicas, obras civiles,
hormigones, soldaduras, pinturas, soldaduras, moldajes, etc.), como en monto (±30% del monto
disponible).
3. Garantía de los trabajos (Ponderación: 15%)
Los trabajos deberán contar con una garantía mínima de 12 meses.
Se asignará 100 puntos a la oferta de mayor garantía, y a las demás ofertas se les asignará
puntaje mediante la siguiente fórmula: (garantía oferta/garantía máxima)*100
4. Plazo de ejecución de los trabajos (Ponderación: 5%)
Se le asignará el máximo puntaje (100 puntos) al mínimo plazo de entrega ofertado, y a las
restantes ofertas se les asignará puntaje mediante la siguiente fórmula: (plazo mínimo/plazo
oferta)*100.
Se hace presente que, para efectos de evaluar este criterio, los proponentes deberán ofertar plazos
de entrega o ejecución en días corridos. El plazo de entrega o ejecución ofertado no podrá
superar los setenta (70) días corridos. contados desde las 24 horas siguiente a la fecha de la
emisión de la orden de compra a través del Sistema de Información www.mercadopublico.cl,
previa formalización de la contratación, conforme con lo estipulado en las presentes Bases.
5. Programa de Integridad (Ponderación 5%)
Para evaluar este criterio se evaluará si el oferente posee un programa de integridad que sea
conocido por su personal, lo cual deberá ser declarado en el Anexo N°4. En caso que el anexo
no se presente firmado junto con la oferta, o no se encuentre debidamente completado y firmado,
se entenderá que el proveedor no cuenta con el programa en la forma señalada y se ponderará
conforme a ello. Se entenderá que se cumple con el programa de integridad, cuando se cuente
con un sistema que tenga como objetivo prevenir, identificar y sancionar las posibles infracciones
de leyes, regulaciones, códigos o procedimientos internos que son propios de una organización,
lo que promueve su cumplimiento.
Se evaluará con o sin valor, conforme al siguiente criterio:
- Presenta Anexo N°4 y adjunta copia del programa de integridad = 100
- No presenta Anexo N°4, pero adjunta la copia del Programa de Integridad
= 0
- Presenta Anexo N°4, pero no adjunta la copia del Programa de
Integridad =0
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- No presenta Anexo N°4 y no adjunta la copia del Programa de
Integridad =0
6. Cumplimiento de Requisitos Formales (Ponderación: 5%)
La presentación correcta y oportuna por parte de los oferentes de sus respectivas ofertas será
evaluada de la siguiente forma:
- La oferta presentada no contiene errores u omisiones formales, y el formato utilizado
corresponde al indicado en las bases de licitación = 100 puntos.
- La oferta presentada contiene errores u omisiones formales y deben ser subsanadas por
solicitud de la D.G.A., o la oferta administrativa, técnica y/o económica está en un formato
distinto del indicado en estas bases, toda vez que los documentos solicitados y en el orden
que han sido requeridos tienen por objeto hacer una evaluación de las mismas en una
forma más expedita = 0 puntos.
En el caso de un empate en el puntaje, se resolverá cotejando el puntaje obtenido por los
oferentes en cada criterio de evaluación, en el siguiente orden de prioridad:
1° Criterio 1 “Precio ofertado”;
2° Criterio 2 “Experiencia del oferente”;
3° Criterio 3 “Garantía de los trabajos”;
4° Criterio 4; Plazo de ejecución de los trabajos”;
5° Criterio 5 “Programa de integridad”;
6° Criterio 6 “Cumplimiento de los requisitos formales”.
Se logrará el desempate en uno de los criterios de evaluación, verificados en el orden establecido
anteriormente, cuando exista en el mencionado criterio una diferencia en el puntaje de los
oferentes, correspondiendo adjudicar la licitación a aquel oferente que haya obtenido el puntaje
mayor en el respectivo criterio, no cotejando los siguientes criterios de evaluación.
En caso de persistir el empate, se adjudicará al oferente que hubiese ingresado primero su oferta
en el Sistema de Información, www.mercadopublico.cl, considerando la fecha y hora registradas
en éste.
La oferta que obtenga el mayor puntaje final en la evaluación de los criterios estipulados y resulte
conveniente a los intereses del Servicio, se adjudicará la presente licitación pública.
Cualquier error de concordancia de la presente pauta de evaluación, será resuelto por la Comisión
evaluadora, sin modificar en lo sustancial, la lógica de objetividad de los criterios de evaluación.
Es necesario tener presente, que en el caso de las UTP, estas tienen la obligación de informar
inmediatamente a la D.G.A. sobre el retiro de uno o más de sus integrantes. Si el retiro se produce
durante la evaluación de las ofertas, la UTP debe informar además en forma inmediata, si
producto de ese retiro se continuará participando en la licitación, o bien, si se desistirá de esta.
La UTP debe continuar funcionando con, al menos, dos (2) integrantes. Una vez iniciado el
proceso de evaluación de las ofertas, resulta improcedente que el integrante que se retira de una
UTP sea reemplazado por otro integrante, aun cuando el reemplazante reúna características
iguales o superiores al integrante retirado.
Si durante la evaluación de las ofertas se retira alguno de los integrantes de una UTP, que hubiese
reunido una o más características objeto de la evaluación de la oferta, tal circunstancia debiera
constituir una causal de declaración de inadmisibilidad de la propuesta.
La Comisión evaluadora levantará un Acta de Evaluación del presente concurso
–informe completo y fundado–, con su propuesta de adjudicación a la autoridad competente, la
que deberá adoptar la decisión final, a través de un acto administrativo fundado.
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Para resguardar la conveniencia de los intereses de la Institución, la Dirección General de Aguas,
se reserva el derecho de adjudicar o no la licitación, cuando la nota de la oferta mejor evaluada
sea inferior a 70 puntos.
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XIV. ADJUDICACIÓN |
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La D.G.A. adjudicará la licitación pública mediante resolución fundada, la cual se notificará a los
oferentes a través del Sistema de Información, www.mercadopublico.cl, y se entenderá
perfeccionada transcurridas 24 horas desde su publicación en dicha plataforma electrónica.
Se hace presente que la D.G.A. adjudicará la licitación pública, a la oferta que considere más
adecuada a sus objetivos, que cumpla con los requisitos mínimos establecidos en las presentes
Bases, conforme con los criterios de evaluación ya considerados, y que resulte conveniente al
interés fiscal. Es preciso señalar que, no necesariamente se adjudicará la licitación pública a la
empresa u oferente que presente la oferta más económica, dado que se evaluará si se ajusta
técnicamente a lo requerido.
En el caso que la adjudicación no se realice en el plazo señalado al efecto en el numeral III de
las presentes Bases Administrativas, la D.G.A. informará en el portal electrónico
www.mercadopublico.cl, las razones que justifiquen el incumplimiento del referido plazo, e
indicará un nuevo plazo para ello.
Los oferentes que no resulten seleccionados no tendrán derecho a indemnización de ninguna
especie o naturaleza.
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XV. NUEVA ADJUDICACIÓN DE LA LICITACIÓN |
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En caso que el adjudicatario se desista de su oferta o si el oferente adjudicado no presentara la
garantía de fiel y oportuno cumplimiento del contrato y/o no entregara los antecedentes legales
para contratar y/o no firmara el contrato correspondiente en el plazo establecido en las Bases
Administrativas y/o no aceptara la orden de compra en el plazo establecido y/o no pudiera cumplir
con la entrega de los bienes, o cualquier otra circunstancia que según la Ley N°19.886 y/o su
reglamento, no permita continuar con la anuencia con el proveedor, la D.G.A. podrá readjudicar
la licitación al oferente cuya oferta le suceda en la calificación o podrá declararla desierta
mediante acto administrativo totalmente tramitado. En este caso, conforme con lo establecido
en el numeral XI de las Bases Administrativas, se hará efectiva la garantía de seriedad de la
oferta, si fuera el caso.
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XVI. PRESUPUESTO DISPONIBLE |
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El contrato de prestación de servicios que se origine de la licitación pública dispone de un
presupuesto máximo de $45.750.000.- (cuarenta y cinco millones setecientos cincuenta mil de
pesos chilenos), impuestos incluidos, y no considera reajustes
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XVII. CONTRATO |
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a) Suscripción del Contrato:
1. Adjudicaciones iguales o superiores a 1.000 UTM
En las licitaciones cuyo monto adjudicado es superior a 1.000 UTM, el adjudicatario deberá
suscribir un contrato, dentro del plazo de treinta (30) días corridos, contados desde la
notificación de la adjudicación. En primer término, firmará el contrato el adjudicatario y, una vez
firmado este, corresponderá a la Autoridad Competente del Servicio la suscripción del mismo,
en representación de la Dirección General de Aguas.
De acuerdo al artículo 119° del reglamento, tratándose de licitaciones superiores a 5.000 UTM,
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la suscripción del contrato sólo podrá efectuarse una vez transcurrido el plazo de diez días hábiles
desde la notificación de la resolución de Adjudicación, a través del sistema de información.
Una vez suscrito el contrato, dicho acuerdo será sancionado por resolución de la Autoridad
Competente, y con posterioridad a la total tramitación del referido acto administrativo que
aprueba el contrato, la D.G.A. emitirá la orden de compra respectiva a través del Sistema de
Información. La orden de compra deberá ser aceptada en el plazo establecido al efecto.
Si el adjudicatario se desistiera de firmar el contrato o de aceptar la orden de compra, de acuerdo
con lo establecido en este numeral, o no cumpliera con las demás condiciones y requisitos
establecidos en las Bases, para la suscripción o aceptación de los referidos documentos, la D.G.A.
podrá, junto con dejar sin efecto la adjudicación original, adjudicar la licitación al proponente que
le siga en puntaje, dentro del plazo de sesenta (60) días corridos contados desde la publicación
de la adjudicación original.
Formarán parte integrante del contrato, los siguientes documentos:
• La Ley Nº19.886, de 2003, de bases sobre Contratos Administrativos de Suministro y
Prestación de Servicios, y sus modificaciones.
• El Decreto Supremo Nº661, de 2024, del Ministerio de Hacienda, que aprueba el
Reglamento de la Ley Nº19.886, y sus modificaciones.
• La Resolución que aprueba las presentes Bases Administrativas, Técnicas y Anexos.
• La serie de preguntas, respuestas y aclaraciones, si las hubiere.
• La oferta técnica y económica del adjudicatario.
• La Resolución de Adjudicación que acepta la propuesta del adjudicatario.
• Los antecedentes legales para contratar, que se detallan en el numeral X de las presentes
Bases.
• El Contrato y la Resolución que lo aprueba (si fuera el caso).
• La orden de compra respectiva.
En caso que el adjudicatario no suscriba el contrato dentro del plazo citado, se tendrá a este
como desistido de su oferta, y se hará efectivo el cobro de la garantía de seriedad de la misma
(si fuera el caso).
2. Suscripción del Contrato para adjudicaciones inferiores a 1.000 UTM
Conforme con lo dispuesto en el artículo 117° del Reglamento de la Ley N°19.886, aprobado por
el Decreto Supremo N°661, de 2024, del Ministerio de Hacienda, las adquisiciones menores a
100 UTM podrán formalizarse mediante la emisión de la orden de compra y la aceptación de esta
por parte del proveedor.
Tratándose de una adquisición superior a ese monto e inferior a 1.000 UTM, el contrato podrá
formalizarse en los términos antes señalados, sólo cuando se trate de bienes o servicios estándar
de simple y objetiva especificación, y se haya establecido así en las bases de licitación.
En otros casos, el contrato deberá formalizarse y suscribirse según se señala en el numeral
anterior.
b) Inicio y Vigencia del Contrato
Emitida la orden de compra a través del Sistema de Información de www.mercadopublico.cl, y
transcurridas 24 horas, se entenderá notificada la orden de compra al proveedor, por lo que el
contrato derivado de la presente licitación, comenzará a regir al día hábil siguiente de realizada
dicha notificación.
El adjudicatario tendrá un plazo máximo de dos (2) días hábiles para aceptar la orden de
compra en el Sistema de Información www.mercadopublico.cl (el plazo se contará desde
las 24 horas siguiente a la fecha de emisión de la orden de compra).
21
Si la referida orden de compra no fuera aceptada por el adjudicatario, la D.G.A. podrá solicitar su
rechazo, entendiéndose definitivamente rechazada una vez transcurridas 24 horas desde dicha
solicitud, conforme a lo señala el artículo 117° del reglamento de la ley 19.886.
c) Etapas del Contrato y Productos Asociados
El contrato de prestación de servicios que se origine de la licitación se ejecutará en dos (2) etapas:
ETAPA PRODUCTO O SERVICIO PLAZO DE ENTREGA PORCENTAJE DE
PAGO ASOCIADO
1
Recepción de los trabajos
a conformidad de la D.G.A.
con un máximo de 50%
Al 15 de mayo de 2025. Máximo 50%
2
Recepción de 100% de los
trabajos a conformidad de
la D.G.A.
Según plazo de ejecución
ofertado por el proveedor,
el cual no puede ser
superior a 70 días
corridos.
100%
d) Adaptabilidad del Contrato
Sin perjuicio de lo anteriormente señalado, atendida la posibilidad de que, por circunstancias
extraordinarias o no previstas, varíen las actuales necesidades, se establece expresamente la
alternativa de disminuir o aumentar en hasta un 30% los servicios contratados, durante la
vigencia del contrato, sujeto a disponibilidad presupuestaria. En tales circunstancias, las partes
se comprometen, en relación a dichas variaciones, a efectuar las respectivas adecuaciones de
cantidades y valores en base al concepto de estricta proporcionalidad, manteniendo vigentes
todas las demás condiciones del contrato. En todo caso, las órdenes de compra emanadas a raíz
de la aplicación de la presente cláusula, sumadas a las emanadas producto de la adjudicación,
deberán ser inferiores a 1.000 UTM.
e) Integración al Contrato
Se deja constancia que todas y cada una de las cláusulas contenidas en las Bases Administrativas,
Técnicas y Anexos de la licitación, se entenderán incorporadas sin necesidad de mención expresa
en el contrato que se celebre con el adjudicatario y este se hará responsable del cumplimiento
de las obligaciones que de tales documentos se derivan. Por lo anterior, constituirán parte
integrante del contrato, las Bases Administrativas, Técnicas y sus Anexos, las consultas,
respuestas, aclaraciones, la oferta adjudicada y toda su documentación anexa, lo que se
entenderá por enteramente reproducido en el mismo.
Los documentos antes mencionados forman un todo integrado y se complementan
recíprocamente, especialmente respecto de las obligaciones que aparezcan en uno u otro de los
documentos señalados. Se deja constancia que se considerará el principio de preeminencia de
las Bases de Licitación.
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XVIII. GARANTÍA DE FIEL Y OPORTUNO CUMPLIMIENTO DEL CONTRATO |
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El adjudicatario deberá entregar dentro del plazo de diez (10) días corridos, contados desde el
día hábil siguiente a la fecha de publicación de la resolución de adjudicación en el Sistema de
Información, www.mercadopublico.cl, una garantía de fiel y oportuno cumplimiento del contrato,
que tendrá el carácter de irrevocable, tomada por el mismo adjudicatario o por terceros en un
banco comercial o compañía aseguradora, con oficinas en Santiago, con las siguientes
características:
Tipo de
documento
Cualquier instrumento que asegure el cobro de manera rápida y
efectiva, tales como boleta de garantía, vale vista, certificado de fianza,
póliza de seguro y otros.
Beneficiario Ministerio de Obras Públicas – RUT: 61.202.000-0
22
Esta garantía deberá entregarse en la Oficina de Partes de la D.G.A., ubicada en 18 de septiembre
246, piso 5, oficina 516, comuna y ciudad de Chillán, y en el caso de presentar un instrumento
electrónico –el que deberá ajustarse a la Ley Nº 19.799 sobre Documentos Electrónicos y
Servicios de Certificación de Firma Electrónica–, este deberá suscribirse mediante firma
electrónica avanzada, y podrá ser enviado por el adjudicatario a través de la Oficina de Partes
Virtual (OPV) de la D.G.A., disponible en el sitio electrónico institucional del Servicio:
https://recepciondocumental.mop.gob.cl/, indicando en el asunto el ID de la licitación pública. La
garantía que se extienda por una institución bancaria en soporte de papel solo podrá ser
ingresada a través de la Oficina de Partes de la D.G.A., de forma presencial.
La entrega de la garantía deberá realizarse en el plazo máximo de diez (10) días corridos
desde el día hábil siguiente a la notificación de la resolución que adjudica, publicada en el portal
electrónico www.mercadopublico.cl. En caso que la garantía no fuera entregada dentro del plazo
señalado, la D.G.A., podrá aplicar las sanciones que correspondan y adjudicar el contrato
definitivo al oferente que le siga en la escala de evaluación.
Si la vigencia de la garantía individualizada precedentemente fuera insuficiente por cualquier
causa, a requerimiento de la D.G.A., el adjudicatario deberá presentar, a lo menos el
antepenúltimo día hábil bancario a su vencimiento, una garantía en las mismas condiciones
señaladas precedentemente, de lo contrario, la D.G.A. hará efectiva la garantía vigente antes de
su vencimiento.
La garantía de fiel y oportuno cumplimiento del contrato, caucionará el cumplimiento de todas y
cada una de las obligaciones que se imponen a la contratada de conformidad con lo dispuesto
por el artículo 11° de la Ley N°19.886, y además asegurará el pago de las obligaciones laborales
y sociales con los trabajadores de esta, cuando el contrato corresponda a una prestación de
servicios, pudiendo ser ejecutada, en caso de incumplimiento, unilateralmente, por la vía
administrativa y sin necesidad de requerimiento ni acción judicial o arbitral alguna, a través de
la dictación de la correspondiente resolución fundada.
Pagadera A la vista e irrevocable.
Vigencia mínima 31/12/2025
Expresada en
Pesos Chilenos. En caso que la garantía que se presente sea una póliza
de seguro o certificado de fianza y el monto asegurado se indique en
unidad de fomento (UF), dicha cifra además, deberá señalarse en
pesos de forma numérica y escrita, expresando claramente que es
pagadera a la vista o primer requerimiento, de ejecución inmediata, sin
liquidador ni cláusula de arbitraje, emitida por una compañía
aseguradora inscrita en la Comisión para el Mercado Financiero (CMF),
que deberá cubrir, ya sea a través de endoso o cláusula, el importe
para los casos que fuere necesario hacerla efectiva, o en su defecto,
no deberá considerar en sus cláusulas la exclusión de dichos importes.
Monto Equivalente a un 5% del monto total adjudicado.
Glosa
“Para garantizar el fiel y oportuno cumplimiento del contrato
denominado CONSERVACIÓN DE LA RED HIDROMÉTRICA
REGIONAL, REGIÓN DE ÑUBLE”
Forma y
Oportunidad
Restitución
El contratista deberá solicitar la devolución de la garantía de fiel y
oportuno cumplimiento del contrato, al término de su vigencia, por
escrito, mediante presentación dirigida al Inspector Fiscal, según
corresponda, efectuada a través de la Oficina de Partes de la D.G.A.
Cabe señalar que el Inspector Fiscal y la jefatura del Departamento
Administrativo y Secretaría General, deberán dejar constancia de su
conformidad en un acta, manifestando la recepción conforme de la
prestación de servicios, indicando si se cursaron multas y/o sanciones,
y si estas fueron tramitadas y cobradas en tiempo y forma. Dicha acta
deberá ser aprobada mediante acto administrativo de la Autoridad
Competente de la D.G.A. El retiro de la garantía de fiel y oportuno
cumplimiento será obligación y responsabilidad exclusiva del
contratista.
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Se hace presente que el incumplimiento al que se refiere el presente numeral, también aplicará
en el evento que exista cumplimiento imperfecto o tardío de las obligaciones asumidas por la
contratista.
En caso de que exista alguna infracción durante la ejecución del contrato que amerite el cobro
de estas garantías, la D.G.A. notificará por correo electrónico, en conformidad con el artículo
140° del reglamento de la Ley N°19.886, respecto de la cual, se comunicarán las causales o
razones que se tienen en vista para dicho cobro. Se hace presente, que el cobro de toda garantía
se encuentra sujeta a las reglas en el Reglamento de Compras en el artículo 137°, por lo que
deberán respetarse los principios de contradictoriedad e impugnabilidad.
El adjudicatario, por su parte, dispondrá de un plazo de tres (3) días hábiles desde la notificación
para efectuar sus descargos, resolviendo la D.G.A., mediante resolución fundada, si acepta los
mismos o ratifica el cobro de la garantía. Para tal efecto, la autoridad deberá pronunciarse en el
plazo de cinco (5) días hábiles.
En contra de esta última resolución procederán los recursos dispuestos en la Ley N° 19.880.
Lo anterior, sin perjuicio de las acciones que la D.G.A. pueda ejercer para exigir el cumplimiento
forzado de lo pactado o la resolución del contrato, en ambos casos con la correspondiente
indemnización de perjuicios.
Finalmente, en caso de que el cobro de esta garantía no implique el término del contrato, el
contratista deberá reemplazar la garantía de fiel y oportuno cumplimiento del contrato por una
de igual monto y vigencia, dentro del plazo de diez (10) días corridos, contados desde la fecha
de cobro de la caución, bajo sanción de poner término administrativo y anticipado del contrato,
sin derecho a indemnización.
No procederá esta sanción si se estableciera la concurrencia de un caso fortuito o fuerza mayor
–el cual deberá ser alegado y acreditado previamente por el contratista, con la respectiva
documentación de respaldo–, calificado así y reconocido por la D.G.A., mediante resolución
fundada.
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XIX. PROGRAMA DE TRABAJO DEFINITIVO |
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No aplica para la presente licitación pública.
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XX. INTERPRETACIÓN DE LOS DOCUMENTOS DEL CONTRATO |
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Toda discrepancia entre los distintos documentos del contrato, así como toda diferencia de
interpretación de su contenido, será resuelta por el Director General de Aguas, sin perjuicio de
las atribuciones legales correspondientes a la Ministra de Obras Públicas, y al Contralor General
de la República.
Los requisitos mínimos establecidos en las Bases del presente concurso prevalecerán sobre lo
ofrecido por el proveedor en su propuesta.
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XXI. DEBERES Y FACULTADES DE LA INSPECCIÓN FISCAL |
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El Inspector Fiscal de la D.G.A. será el funcionario o funcionaria a cargo de velar por el buen y
oportuno cumplimiento del contrato, además de supervigilar el cumplimiento cabal y oportuno
de la oferta adjudicada (contrato), y tendrá los siguientes deberes y facultades:
a) Relacionarse directamente con el proveedor de la Dirección General de Aguas.
b) Fiscalizar el estricto y oportuno cumplimiento del contrato (por ejemplo: velar por el
cumplimiento de los plazos estipulados; corroborar que el proveedor acate y cumpla en
forma oportuna, con todas y cada una de las obligaciones establecidas en las bases y sus
anexos, y en el contrato de suministro respectivo; entre otras). Por lo tanto, el Inspector
24
Fiscal deberá supervisar, coordinar y fiscalizar el cumplimiento de los procedimientos
establecidos en las Bases, para el fiel y oportuno cumplimiento del contrato.
c) Fijar las reuniones que estime necesarias, utilizando los medios formales.
d) Dejar constancia en Actas firmadas por el proveedor y el Inspector Fiscal, de todas las
definiciones y resoluciones respecto del desarrollo del contrato, enviando copia del Acta a
su jefatura directa. En caso de Actas originadas en reuniones telemáticas, estas deberán
ser suscritas por el Inspector Fiscal y el proveedor, en un plazo no superior a 72 horas
hábiles, contado desde su finalización.
e) Analizar y autorizar o rechazar las prórrogas de plazos y/o modificaciones de productos de
las Bases de Licitación, emitiendo el informe correspondiente, debidamente justificado,
dirigido a la Autoridad Competente, de acuerdo con lo establecido en el pliego de
condiciones que rige el contrato.
f) Solicitar en forma oportuna, al Subdepartamento de Abastecimiento dependiente del
Departamento Administrativo y Secretaría General, el acto administrativo correspondiente
para formalizar posibles modificaciones al contrato, por necesidades de la D.G.A.
g) Notificar, oportunamente, al proveedor y al Subdepartamento de Abastecimiento, de las
falencias en el cumplimiento del contrato, ateniéndose a los mecanismos que se establecen
en las Bases, y ejecutar las actividades necesarias para el cálculo y cobro de las multas y
garantías.
h) Informar al proveedor, de manera oficial y fundada de acuerdo con lo establecido en las
Bases, acerca de las multas acaecidas en el ejercicio del contrato.
i) Solicitar, cuando corresponda:
i. La aplicación de multas, efectuando el cálculo correspondiente.
ii. El cobro de garantías, de acuerdo con lo estipulado en las Bases.
iii. El término administrativo y anticipado del contrato, cuando corresponda y así lo
determine la D.G.A.
j) Velar por la rápida gestión de las multas y sanciones, en los casos que corresponda.
k) Coordinar con la Contraparte Técnica (si la hubiere), el envío de la información necesaria
que respalde la recepción conforme, solicitudes de ampliación de plazos de entrega y/o
ejecución, o cobro de multa y/o garantía.
l) Efectuar la recepción conforme de los bienes y/o servicios, de acuerdo con las formalidades
establecidas en las Bases, y enviarla al área que corresponda.
m) Aprobar el pago, a través de la recepción conforme de los bienes y/o servicios (y sus
respectivos documentos tributarios), considerando los descuentos y/o multas a que hubiere
lugar, ajustándose al procedimiento descrito en las Bases, cuando corresponda.
n) Supervigilar el cumplimiento de las obligaciones previsionales y de los derechos laborales
con respecto a los trabajadores que se desempeñen en la Dirección General de Aguas y
que mantengan una relación contractual con el proveedor adjudicado
(Empresa/Proveedora), manteniendo carpetas con liquidaciones y pagos previsionales al
día por cada trabajador que esté destinado por el contratista (Empresa/Proveedora) en las
instalaciones de la D.G.A. y disponibles en caso de ser solicitadas por la Autoridad. Además,
deberá velar por el cumplimiento de las disposiciones legales y reglamentarias sobre
prevención de accidentes y enfermedades profesionales, cuando corresponda.
o) Mantener actualizada una carpeta (expediente) física, electrónica o híbrida, de acuerdo con
los lineamientos institucionales, con todos los antecedentes del contrato, informando de
sus avances y de todo aspecto relevante, a su jefatura (Área o Unidad Requirente).
p) Atender situaciones emergentes no consideradas, lo que deberá siempre ser propuesto
para aprobación o rechazo de la Autoridad Competente, mediante el respectivo informe
técnico o minuta técnica en la que deberá establecer los hechos que se deben considerar
más su conclusión técnica, lo que no solamente deberá ser un detalle pormenorizado de
los hechos, sino que temas técnicos relevantes que deberán ser considerados al momento
de resolver.
q) Y, en general, coordinar y desarrollar todas las acciones referidas de control y de gestión
que faciliten la ejecución del contrato y cautelen los intereses fiscales.
Cualquier duda o situación no contemplada en las presentes Bases y que surja durante la vigencia
del contrato, será evaluada por el Inspector Fiscal y consultada entre las partes. En todo caso,
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previa consulta y negociación, primará lo que resuelva la jefatura del Departamento
Administrativo y Secretaría General de la D.G.A., conforme lo consignado en el numeral XX de
las presentes Bases Administrativas.
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XXII. CONSULTAS Y ACLARACIONES SOBRE EL CONTRATO |
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Las preguntas que el contratista estime necesario efectuar durante la vigencia del contrato, solo
serán consideradas si son dirigidas, por escrito, al Inspector Fiscal de la D.G.A.
Estas consultas serán resueltas, por escrito, por el Inspector Fiscal dentro de un plazo máximo
de tres (3) días hábiles, contados desde la fecha de recepción de la consulta en la Oficina de
Partes de la D.G.A., ubicada en 18 de septiembre 246, piso 5, oficina 516, comuna y ciudad de
Chillán, o bien, Oficina de Partes Virtual de la D.G.A.: https://recepciondocumental.mop.gob.cl/,
lo que deberá indicar, a lo menos, en el asunto (Observación), el ID de la Licitación Pública o la
individualización del contrato.
De igual forma, el contratista solo podrá considerar válidas y oficiales las aclaraciones escritas,
firmadas por el Inspector Fiscal.
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XXIII. INGRESO DE DOCUMENTOS E INFORMES |
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La Oficina de Partes DGA ha dispuesto de dos canales oficiales para la recepción oficial de
documentación, solicitudes e información relacionadas con los procesos de compras.
El primer canal para la recepción de documentación, corresponde a la Oficina de Partes que se
encuentra ubicada físicamente en calle en 18 de septiembre 246, piso 5, oficina 516, comuna y
ciudad de Chillán, en el horario de atención de público habilitado para estos efectos. A través de
este canal, el interesado podrá ingresar toda documentación y especialmente, cualquier tipo de
Garantía o Caución.
El segundo canal de recepción oficial es la Oficina de Partes Virtual (OPV) D.G.A.,
https://recepciondocumental.mop.gob.cl/, la cual está facultada para recepcionar la
documentación y/o instrumentos electrónicos –que deberán ajustarse a la Ley Nº19.799, sobre
Documentos Electrónicos, Firma Electrónica y Servicios de Certificación de dicha firma– estos
deberán suscribirse mediante firma electrónica avanzada. En este caso, se consideran
especialmente, los Certificados de Fianza, Pólizas de Seguro, entre otras garantías que estén
suscritas acorde a la Ley Nº19.799.
Para ambos canales de ingreso de documentación, solicitud y/o información, se debe adjuntar
una carta conductora, en la cual se identifique, a lo menos, los siguientes datos:
1. Asunto del envío.
2. ID de la Licitación Pública y/o nombre completo del contrato.
3. Nombre completo del Inspector Fiscal o Inspectora Fiscal a quien va dirigida la comunicación.
4. Departamento/División/Unidad D.G.A. ejecutora del contrato.
5. Detalle resumido de la documentación y/o información que compone la comunicación que se
remite a la D.G.A.
Es de responsabilidad del Contratista/Proveedor solicitar, mantener y resguardar el número de
registro de la admisión que asigne la D.G.A., al momento de recibir la documentación. Los
documentos, solicitudes o informes que no cumplan con los puntos precedentes, se entenderán
como no recibidos oficialmente por el Servicio.
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XXIV. APROBACIÓN DE ETAPAS |
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La presente prestación de servicios se desarrollará en dos etapas, las que deberán quedar
reflejadas en el Programa de Trabajo Definitivo aprobado por el Inspector Fiscal, el cual deberá
considerar como plazo de ejecución el propuesto por el Contratista, contados desde el día hábil
siguiente a la emisión de la orden de compra.
26
Finalizada cada una de estas etapas, el Contratista deberá comunicar formalmente (y al correo
electrónico) al Inspector Fiscal el término de los trabajos establecidos en el Programa de Trabajo
Definitivo para cada una de ellas. El Inspector Fiscal notificará por correo electrónico al
contratista, indicando la fecha y hora en que se constituirán en terreno, en un plazo de 7 días
corridos, y levantará Acta de Recepción Conforme de los Trabajos, la que se otorgará sólo en el
evento de que los trabajos hayan sido terminados en forma íntegra y no existan observaciones
por parte del Inspector Fiscal. Si los trabajos no son aprobados, la Inspección Fiscal tendrá 5 días
corridos, contados desde la visita a terreno, para elaborar un "Acta de Observaciones", la que
será notificada por correo electrónico al contratista. El contratista dispondrá de 5 días corridos,
contados a partir de la remisión del correo electrónico con las observaciones realizadas por la
Inspección Fiscal, para subsanarlas, informándole al Inspector Fiscal -a través del mismo medioel término de las correcciones solicitadas.
Terminado este plazo, el Inspector Fiscal notificará por correo electrónico al contratista, indicando
la fecha y hora para realizar una nueva visita a terreno en un plazo de 5 días corridos, para
verificar que el contratista haya corregido las observaciones. En el caso que los trabajos sean
rechazados nuevamente, la Inspección Fiscal enviará oficio al contratista, informando un plazo
perentorio de cinco (5) días hábiles, para acoger las observaciones realizadas. La forma de
notificación contemplada en este período es mediante correo electrónico, entendiéndose dicho
medio como la forma de comunicación más expedita y certera para estos efectos. Dicho plazo
estará sujeto a las multas correspondientes. De no realizar las correcciones solicitadas dentro del
plazo estipulado, facultará a la D.G.A. para terminar el contrato, por incumplimiento grave de las
obligaciones contraídas por el contratista (Numeral XXVIII de las Bases Administrativas), y la
D.G.A. hará efectiva la Garantía de Fiel y Oportuno Cumplimiento del Contrato.
Se hace presente que el Contratista, al inicio de los trabajos, indicará un correo electrónico, con
el que se podrá mantener comunicación formal con él, especialmente para efectos de las actas
de observaciones que le deban ser notificadas
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XXV. APROBACIÓN FINAL DE LOS TRABAJOS |
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• Plazo de ejecución de los trabajos: El contratista deberá ejecutar la totalidad de los
trabajos contratados por la D.G.A. en el plazo ofertado, según su propuesta técnicoeconómica. Dicho plazo se hará efectivo a contar del día hábil siguiente a la fecha de
emisión de la orden de compra a través del Sistema de Información,
www.mercadopublico.cl. Cabe hacer presente, según consta del numeral XIII de las
Bases Administrativas, que el plazo ofertado para la ejecución de los trabajos se
encuentra establecido como un criterio de evaluación.
• Condiciones de entrega: Una vez que los trabajos hayan sido terminados en su
totalidad por parte del contratista, este deberá comunicar, formalmente al Inspector
Fiscal, acerca de la finalización o término de estos. El Inspector Fiscal otorgará su
aprobación solo en el evento de que los trabajos hayan sido terminados en forma íntegra
y no existan observaciones, mediante la suscripción de un acta de recepción, en la que
manifieste su conformidad (Acta de Recepción). Si los trabajos no son aprobados, el
Inspector Fiscal tendrá cinco (5) días hábiles contados desde la notificación por parte
del contratista para elaborar un “Acta de Observación”, la cual será notificada por medios
electrónicos al contratista, quien dispondrá de cinco (5) días hábiles contados a partir
de la remisión del correo electrónico con las observaciones realizadas por el Inspector
Fiscal para subsanarlas. Terminado este plazo, el Inspector Fiscal verificará, en un plazo
máximo de cinco (5) días hábiles, que el contratista haya corregido las observaciones.
En el caso que los trabajos sean rechazados nuevamente, el Inspector Fiscal enviará
Oficio al contratista informando un plazo perentorio de cinco (5) días hábiles para
acoger y subsanar las observaciones realizadas. Dicho plazo está sujeto a las multas
correspondientes. Una vez transcurrido dicho plazo, el Inspector Fiscal verificará si las
observaciones fueron subsanadas y, en caso de no realizar el contratista las correcciones
solicitadas, el Inspector Fiscal solicitará el término anticipado y administrativo del
contrato, con cobro de garantía de fiel y oportuno cumplimiento del mismo, por
incumplimiento grave de las obligaciones contractuales del proveedor, sin derecho a
indemnización.
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• Fotografías: El contratista deberá entregar al Inspector Fiscal un informe final que
contenga un conjunto de fotografías a color, en formato de 10 x 15 cm
aproximadamente, que ilustren debidamente la situación antes del inicio del contrato de
las actividades y obras principales que se desarrollen en los períodos siguientes, vale
decir, fotografías que demuestren el desarrollo de los trabajos antes, durante y final de
las obras.
Es importante reiterar que solo se pagarán los bienes y/o servicios entregados y/o ejecutados, y
recibidos a entera y total conformidad del Inspector Fiscal de la D.G.A., conforme con lo dispuesto
en el artículo 133° del Reglamento de la Ley N° 19.886.
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XXVI. PAGOS Y MULTAS |
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a) Forma de Pago
El pago se efectuará en el plazo de treinta (30) días corridos desde la presentación de la factura
o boleta, documento tributario electrónico de cobro (DTE) que solo podrá ser emitido una vez
que el Inspector Fiscal de la D.G.A. comunique al contratista la recepción conforme de la
prestación de servicios (trabajos). Lo anterior, sin perjuicio de lo dispuesto en el artículo 135° del
Decreto Supremo N°661, de 2024, del Ministerio de Hacienda, que aprueba el Reglamento de la
Ley N° 19.886.
La prestación de servicios será financiada por la asignación correspondiente al presupuesto
vigente de la Dirección General de Aguas.
El pago al contratista se realizará bajo condición de cumplimiento de los siguientes requisitos:
1. Que el Inspector Fiscal haya aprobado los trabajos ejecutados por el contratista a entera y
total conformidad, mediante un acta suscrita en la que manifieste su conformidad (Acta de
Recepción).
2. Que el proveedor o contratista realice su cobro mediante facturación electrónica, que deberá
ser emitida a nombre del MINISTERIO DE OBRAS PÚBLICAS,
RUT: 61.202.000-0, ingresando en su archivo XML de factura el código de unidad de pago:
2405, y descripción de unidad de pago:
DIRECCIÓN_GENERAL_DE_AGUAS_REGIÓN_DE ÑUBLE, según Instructivo del MOP
sobre facturación electrónica, cuyos principales puntos se indican en el ANEXO Nº 6.
3. Además, el contratista deberá indicar, en su factura o boleta respectiva, la Orden de Compra.
Con la presentación de la boleta o factura, el contratista deberá entregar lo siguiente:
a) Informe de personal correspondiente al mes calendario anterior al estado de pago, señalando
la cantidad de días efectivamente trabajados, así como también, copias de comprobante de
pago de las remuneraciones firmadas por el trabajador o boletas de honorarios, según
corresponda.
b) Copia de la planilla de cotizaciones enteradas ante los organismos previsionales
correspondientes, si fuese procedente.
c) Certificado de Cumplimiento de las Obligaciones Laborales y Previsionales (F30-1) emitido
por la Inspección del Trabajo, que se encuentre vigente, y que acredite que no existen
reclamos laborales ni previsionales pendientes en su contra, respecto del personal que se
encuentre prestando servicios en este contrato. Se aceptará el certificado correspondiente
al mes anterior al de la prestación del servicio.
La factura o boleta correspondiente será visada, además, por la jefatura del Departamento
Conservación y Protección de Recursos Hídricos de la D.G.A.
Una vez adjudicada la licitación, el adjudicatario deberá dar cumplimiento a lo establecido en el
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ANEXO N°7, denominado “Autorización de Pagos a Través de Bancos (Anexo Trámite Digital
DCyF)”, con el objeto de autorizar a la Dirección de Contabilidad y Finanzas (DCyF), del Ministerio
de Obras Públicas, a efectuar el pago por medio de transferencia bancaria, con el fin de dar
cumplimiento a lo establecido en el artículo 8° de la Ley N° 21.640, indicando, al efecto, Banco,
cuenta corriente, chequera electrónica o cuenta vista, cuenta RUT, nombre o razón social a quien
se deba efectuar dicha transferencia, RUT, correo electrónico. Si el proveedor no ha realizado el
trámite en Tesorería MOP, deberá rellenar el ANEXO N°7, firmado ante notario y presentarlo en
cajas de Tesorería MOP.
En atención a la Ley N° 21.131, que establece el pago a treinta (30) días, el pago del saldo
insoluto contenido en la factura o documento tributario de cobro respectivo deberá ser cumplido
de manera efectiva en el plazo máximo de treinta (30) días corridos, contados desde la fecha de
recepción de la factura o boleta. Cabe hacer presente que, en ausencia de mención expresa en
la factura (o boleta) y su copia transferible del plazo de pago, se entenderá que deberá ser pagada
dentro de los treinta (30) días corridos siguientes a la recepción de la factura (o boleta).
Cabe hacer presente que la Ley N° 21.131, de pago a treinta días, permite a las partes establecer
un plazo mayor, siempre y cuando se cumplan ciertos requisitos y formalidades, tales como que
el acuerdo de estipular un plazo de pago mayor conste por escrito, siendo suscrito por todas las
partes, además que, este no constituya abuso para el acreedor; y, finalmente, que sea inscrito
en el registro que lleva el Ministerio de Economía, Fomento y Turismo para este efecto, dentro
de un plazo máximo de cinco (5) días hábiles desde su celebración.
Es importante destacar que, para proceder al pago, se requerirá que previamente el Inspector
Fiscal de la D.G.A. certifique la recepción conforme del bien y/o servicio adquirido y/o contratado.
Sin ello, no podrá proseguirse con el proceso de pago. Lo anterior, en los términos dispuestos en
el artículo 133° del Decreto Supremo N°661, de 2024, del Ministerio de Hacienda, que aprueba
el Reglamento de la Ley N° 19.886.
b) Multas
El contratista sancionado con una multa, en caso de incumplimiento en la entrega o ejecución:
i. De los trabajos en los plazos ofertados para la revisión del Inspector Fiscal de la D.G.A.,
quien tendrá cinco (5) días hábiles para efectuar la revisión de los mismos; o,
ii. De los trabajos que cuenten con las modificaciones solicitadas por el Inspector Fiscal y a
conformidad de este, dentro del plazo de cinco (5) días hábiles contados a partir de la
remisión del correo electrónico con las observaciones realizadas por dicho funcionario,
conforme lo dispuesto en el numeral XXVI de las presentes Bases Administrativas.
La multa por atraso en la entrega o ejecución de los trabajos será de 1% del valor neto de la
prestación de servicios, por cada día corrido de atraso, con tope de diez (10) días de atraso.
Estas multas serán exigibles de inmediato y descontadas de la factura que presente el contratista
o cualquier suma que se le adeude o adeudase, con motivo del presente contrato, o le serán
cobradas judicialmente, si así lo estima conveniente la D.G.A.
Si el valor total acumulado de las multas alcanza el 10% del valor del contrato de prestación de
servicios, la D.G.A. podrá ponerle término anticipado y cobrar la garantía de fiel y oportuno
cumplimiento del contrato, si fuera el caso. En todo caso, si el incumplimiento es grave, antes de
acumular un 10% del valor del contrato, la D.G.A. podrá poner término anticipado al mismo, con
cobro de garantías.
Verificado el incumplimiento de contrato, la D.G.A. notificará de acuerdo a lo establecido en el
artículo 140° del reglamento, es decir, en la dirección de correo electrónico que haya aportado el
proveedor, comunicando las causales o razones que se tienen en vista para la aplicación de la
multa con indicación de su cálculo y monto, o en su caso, para poner término anticipado al
contrato. Será responsabilidad del proveedor mantener dicha dirección actualizada e informar en
caso de cambios.
29
El adjudicatario, por su parte, dispondrá de un plazo de tres (3) días hábiles desde la notificación
para efectuar sus descargos, resolviendo la D.G.A. mediante resolución fundada, si acepta los
mismos o ratifica la aplicación de la multa o el término contractual, para tal efecto la autoridad
deberá pronunciarse en el plazo de cinco (5) días hábiles.
En contra de esta última resolución procederán los recursos dispuestos en la Ley N° 19.880.
No procederá el cobro de las multas y sanciones señaladas previamente, si se estableciera
la concurrencia de caso fortuito o fuerza mayor, debidamente acreditado por el contratista,
de acuerdo con los artículos 45 y 1547 del Código Civil, o una causa enteramente ajena a la
voluntad de las partes, lo que será calificado como tal por la D.G.A., mediante resolución
fundada, sobre la base del estudio de los antecedentes respectivos (documentación de
respaldo).
Nota: Para el efecto señalado en el acápite que antecede, el contratista deberá comunicar
al Inspector Fiscal, por escrito, y dentro del plazo máximo de cinco (5) días hábiles desde
producido dicho evento o antes del vencimiento del plazo correspondiente (según sea el
caso), la ocurrencia del hecho que impide el cumplimiento de sus obligaciones
contractuales, adjuntando toda la documentación de respaldo necesaria para validar el
imprevisto. Al respecto, el Inspector Fiscal confeccionará una minuta y enviará toda
documentación a la Autoridad Competente, sugiriendo aprobar o rechazar, fundadamente,
el caso fortuito o fuerza mayor alegado por el contratista. Toda solicitud que se presente
fuera de plazo no tendrá validez y el contratista deberá asumir las multas y sanciones que
correspondan. La D.G.A. resolverá sobre la aplicación de multas considerando los
antecedentes pertinentes. La multa que sea procedente se cursará administrativamente,
sin forma de juicio, y se tramitará por parte del Subdepartamento de Presupuesto y
Contabilidad, dependiente del Departamento Administrativo y Secretaría General de la
D.G.A., para obtener el importe de esta; la que se descontará del más próximo pago.
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XXVII. MODIFICACIÓN Y TÉRMINO ANTICIPADO DEL CONTRATO |
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1. Modificación del contrato.
De acuerdo al artículo 129° del reglamento, el contrato sólo podrá modificarse durante su
vigencia, cuando se dé alguno de los siguientes supuestos:
a) Cuando haya sido previsto en las bases sin que se alteren los elementos esenciales
del contrato, como cuando se sustituya alguna unidad de suministro o servicio
puntual. No se podrán modificar elementos que:
- Alteren el principio de igualdad entre los oferentes y de estricta sujeción de
las bases, como si la modificación podría haber generado la aceptación de
una oferta diferente o podría haber atraído a más oferentes.
- Si altera el equilibrio financiero
- Si da como resultado un contrato de naturaleza diferente
b) Respecto de modificaciones no previstas en las bases, sólo se podrán realizar
modificaciones cuando concurran los siguientes requisitos, b.1) que exista una
situación de caso fortuito o fuerza mayor debidamente justificada ante la D.G.A.;
b.2) que el cambio de contratista generara inconvenientes significativos o un
aumento sustancial de costos para el servicio, b.3) que las modificaciones sólo
introduzcan las variaciones indispensables para responder a la causa que haga
necesaria la modificación, b.4) y que se respete el equilibrio financiero del contrato.
La D.G.A., tendrá la facultad de aumentar el plazo de ejecución del contrato o la Orden de
Compra, mientras dure el impedimento. A su vez, podrá realizar modificación a los bienes o
servicios comprometidos en el contrato u orden de compra, siempre que existan razones de
interés público y que esta modificación permita satisfacer de igual o mejor forma la necesidad
que dio origen al procedimiento de contratación.
30
En ningún caso las modificaciones podrán superar el 30% del valor total del contrato y siempre
que el organismo cuenta con disponibilidad presupuestaria. Para las presentes bases las
modificaciones que se realicen no podrán superar las 1.000 UTM.
En caso de modificación, se deberá emitir una nueva orden de compra conforme a lo señalado
en el artículo 117 del reglamento de la Ley N°19.886.
2. Término Anticipado.
De acuerdo al artículo 130 del reglamento, la D.G.A., está facultada para declarar
administrativamente el término anticipado al contrato, en cualquier momento, sin derecho a
indemnización alguna para el adjudicatario, si concurren alguna de las siguientes causales.
1. La muerte o incapacidad sobreviniente de la persona natural (proveedora), o extinción de la
personalidad jurídica de la sociedad contratista.
2. Resciliación o mutuo acuerdo entre los contratantes. La D.G.A. y el proveedor podrán dar
término anticipado al contrato, de común acuerdo, cuando a juicio de ambas partes, se hayan
hecho presente motivos que hagan imposible su cumplimiento y cuya solución no esté
contemplada en el contrato. En este caso, no corresponderá pagar indemnización y el
proveedor no debe encontrarse en mora de cumplir sus obligaciones.
3. Incumplimiento grave o tardío de las obligaciones contraídas por el proveedor, cuando sea
imputable a este. Se entiende por incumplimiento grave la no ejecución o la ejecución parcial,
por parte del adjudicatario de las obligaciones contractuales, descritas en las bases o el
contrato, sin que exista alguna causal que lo exima de responsabilidad y que dicho
incumplimiento, genere perjuicio a la entidad contratante. Entre estas, por ejemplo, se
enumera de forma no taxativa la siguientes:
- Si el proveedor no efectuara la entrega de los equipos (productos o accesorios)
adquiridos por la D.G.A., dentro del plazo ofertado, superando el tope máximo
establecido para el cobro de multa señalado en las presentes bases.
- Si la D.G.A. considera que el contratista ha incurrido en negligencia, lo que se traduce
en que la calidad del trabajo ejecutado, no corresponde a lo estipulado en el contrato
o las presentes Bases Administrativas y/o Técnicas.
- Si el proveedor efectuara la entrega de equipos (productos o accesorios) distintos de
los ofertados y adjudicados (contratados).
- Si el proveedor transgrede de forma injustificada y no bajo los términos previstos, lo
estipulado en las presentes Bases Administrativas, Técnicas y sus Anexos y/o en el
contrato que se suscriba (si fuera el caso).
- Incumplimiento de uno o más de los compromisos asumidos por el proveedor, en
virtud del “Pacto de integridad” contenido en el numeral IX de estas Bases
Administrativas.
- Si el proveedor no diera cumplimiento a los requerimientos o instrucciones de la D.G.A.
que se hubiesen previamente establecido en el requerimiento técnico, lo que será
determinado por el Servicio de manera fundada.
- Si el proveedor efectuara la cesión del contrato.
- Si el contratista subcontrata servicios, sin contar con la autorización del Inspector
Fiscal, de acuerdo con el procedimiento establecido al efecto en las presentes Bases
Administrativas.
- Si el proveedor no hiciera entrega de la garantía de Fiel y Oportuno cumplimiento del
contrato de reemplazo, en caso de haberse hecho efectivo su cobro (si fuera el caso)
31
- Cualquier acción u omisión efectuada por el proveedor, que dificulte u obstaculice el
cumplimiento de los fines propios de la Dirección General de Aguas referentes a la
ejecución y cumplimiento del presente contrato.
4. El estado de notoria insolvencia del proveedor a menos que se mejoren las cauciones
entregadas, o las existentes sean suficientes para garantizar el cumplimiento del contrato.
5. La imposibilidad de ejecutar la prestación en los términos inicialmente pactados, cuando no
sea posible modificar el contrato conforme al numeral XXVII punto 1., precedente, en
concordancia con el artículo 129 del reglamento. En este caso la D.G.A., solo pagará el precio
por los bienes y/o servicios que efectivamente se hubieran entregado o prestado.
6. Por exigirlo el interés público o la seguridad nacional, por razones de ley o de autoridad
ministerial de Salud, dictadas en caso de epidemias, pandemias u otras emergencias
sanitarias en el país, que hagan imperiosa su inmediata terminación, debidamente
justificado.
7. En caso de ser adjudicatario de una Unión Temporal de Proveedores (UTP) y concurran alguna
de las siguientes circunstancias:
- Inhabilidad sobreviniente de alguno de los integrantes de la UTP en el registro de
proveedores, y que dicha situación no permita seguir ejecutando el contrato con
los restantes miembros en los términos pactados.
- Cuando conste que la UTP se constituye con el objeto de vulnerar la libre
competencia.
- Retiro de algún integrante de la UTP que hubiera reunido una o más características
objeto de la evaluación de ofertas.
- Disolución de la UTP.
Producidas cualquiera de las causales enumeradas u otras señaladas en los documentos del
contrato, la D.G.A. notificará por correo electrónico al proveedor, en los términos que señala el
artículo 140 del reglamento, la causal del incumplimiento fijándole un plazo perentorio para que
lo solucione o corrija, si la causal producida es susceptible de corregir.
Si transcurrido este plazo el proveedor no ha solucionado o corregido la causal de incumplimiento,
la D.G.A. pondrá administrativamente término anticipado al contrato. En este caso, no
corresponderá indemnizar al proveedor y se harán efectivas las garantías del contrato, (si
corresponde).
Sólo se pagarán los bienes (productos o accesorios) entregados por el proveedor y recibidos a
plena conformidad del Inspector Fiscal, en representación de la D.G.A.
En caso de término administrativo y anticipado del contrato, el proveedor deberá satisfacer
íntegramente los bienes y/o servicios requeridos hasta antes de la notificación del referido
término.
Los actos administrativos que dispongan de las medidas de modificación o término anticipado del
contrato, deberán ser fundados y publicados en el sistema de información dentro del plazo de 24
horas desde que se haya dictado el mismo, conforme al artículo 132 del reglamento.
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XXVIII. NORMAS DE TRABAJO |
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Las actividades deberán ser ejecutadas por el contratista en conformidad con las siguientes
normas de trabajo:
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a) Normas Generales de Contratación, Remuneraciones y Cotizaciones
Previsionales
El personal que contrate el contratista, con motivo de la ejecución o durante la vigencia del
contrato que se origine de la licitación pública, no tendrá, en caso alguno, relación laboral ni
vínculo de subordinación y/o dependencia y/o funcionario con la D.G.A., sino exclusivamente con
el contratista.
Sin perjuicio de lo anterior, y cada vez que la D.G.A. así lo requiera, el contratista estará obligado
a informar respecto del estado de cumplimiento de las obligaciones laborales y previsionales que
a este último le correspondan respecto a sus trabajadores, como asimismo de igual tipo de
obligaciones que tengan los subcontratistas con sus trabajadores. El monto y estado de
cumplimiento de las obligaciones laborales y previsionales deberá ser acreditado mediante
certificados emitidos por la respectiva Inspección del Trabajo, o bien por aquellos medios idóneos
reglamentados por el Ministerio del Trabajo y Previsión Social que garanticen la veracidad de
dicho monto y estado de cumplimiento. En caso que el contratista registre saldos insolutos de
remuneraciones o cotizaciones de seguridad social con sus actuales trabajadores o con
trabajadores contratados en los últimos dos (2) años, los primeros estados de pago producto del
contrato licitado deberán ser destinados al pago de dichas obligaciones, debiendo el contratista
acreditar que la totalidad de las obligaciones se encuentran liquidadas al cumplirse la mitad del
período de ejecución del contrato. La D.G.A. exigirá que el contratista proceda a dichos pagos y
le presente los documentos que demuestren el total cumplimiento de la obligación.
El incumplimiento del contratista de las obligaciones laborales y previsionales respecto de sus
trabajadores será estimado como incumplimiento grave y facultará a la D.G.A. para poner
término anticipado a la contratación. Lo anterior sin perjuicio de lo establecido en la Ley
N° 20.123.
b) Confidencialidad de la Información
Quienes ejecuten una prestación de servicios en favor de la Dirección General de Aguas (D.G.A.),
en calidad de contratistas o proveedores, deberán tener presente lo siguiente:
• El contratista y su personal, deberán guardar absoluta confidencialidad sobre los
antecedentes (activos de información en general), reservados o no, a los que tengan
acceso durante el desarrollo de la prestación del servicio o con ocasión de este, tanto
durante la vigencia del contrato como con posterioridad a su finalización. Respecto a este
último término se hace presente, que los contratistas y proveedores deberán considerar
lo siguiente, siempre y cuando no contravenga los principios de publicidad y transparencia
que rigen los actos de los órganos de la Administración del Estado, según lo preceptuado
en el artículo 8°, inciso 2° de la Constitución Pública de la República.
• Una vez terminada la vigencia del contrato, y habiéndose verificado la publicación del
informe técnico correspondiente en el sistema de información de la D.G.A., el contratista
podrá generar publicaciones científicas, presentaciones en congresos, u otros productos
de difusión académica no comercial con los datos obtenidos durante la ejecución de la
prestación de servicios. Se hace presente que, en las publicaciones generadas se deberá
reconocer el aporte de la D.G.A. en la sección referencias bibliográficas1 y
agradecimientos correspondientes.
• El contratista acepta que la D.G.A. tiene el derecho exclusivo de uso de todo
producto generado por el trabajo realizado, en el cumplimiento y ejecución de
los servicios pactados.
• El contratista o proveedores, durante su gestión y durante la vigencia del contrato, debe
cumplir las normas, procedimientos y las Políticas de Seguridad de la Información que se
encuentren vigentes en el Ministerio de Obras Públicas (MOP), las cuales se encuentran
1 Para las referencias bibliográficas deberá considerarse la línea editorial de la D.G.A. que se encuentra en
el siguiente link: https://snia.mop.gob.cl/PIA/items/af16e7f3-48f7-4be2-b69a-1439135f75c8
33
publicadas en el portal web del MOP: https://dga.mop.gob.cl/acercadeladga/pmgssi/Paginas/default.aspx.
• Para estos efectos, la Información Confidencial comprende todo tipo de información y/o
idea de cualquier especie, tangible o intangible, a las que el contratista pueda tener acceso
con motivo u ocasión de las labores que realicen en el MOP y toda aquella información
cuya divulgación o revelación no autorizada pueda causar daño a los intereses del MOP,
o de terceros, aun cuando dicha información no haya sido definida expresamente como
confidencial.
• La confidencialidad de la información definida debe cumplirse a cabalidad por parte del
contratista y su personal con excepción de la orden de dar cumplimiento a una disposición
legal, a una orden judicial o a algún requerimiento de alguna autoridad gubernamental
con potestades legales para requerir la entrega de información, siempre que la parte
requerida notifique previa e inmediatamente a la otra que tal divulgación le ha sido
solicitada.
• El Ministerio de Obras Públicas, a través de la D.G.A., se reserva el derecho de ejercer las
acciones legales que correspondan de acuerdo a las normas legales vigentes, en el caso
de que no se cumplan las condiciones de confidencialidad y seguridad de la información
señalada.
• En caso de incumplimiento de la obligación de confidencialidad que se establece en estas
Bases, tanto por el contratista como por sus trabajadores o por cualquiera de las personas
con las cuales este se relacione para la prestación de servicios que se contrata, la D.G.A.
dará término anticipado al contrato, sin perjuicio de ejercer además las acciones legales
que correspondan.
c) Cambios en el equipo de trabajo definido inicialmente en la Oferta
No aplica para la presente licitación pública.
d) Subcontratación
Los contratos para prestación de servicios personales se celebran en especial consideración de
las personas naturales, personas jurídicas o empresarios individuales que prestarán el servicio,
esto sin perjuicio de los reemplazos, sustituciones e incorporación de alguno de los trabajadores
del contratista.
Durante la ejecución del trabajo, el contratista solo podrá efectuar las subcontrataciones que
sean estimadas como indispensables para la realización de tareas específicas, lo que deberá ser
aprobado previamente por la Inspección Fiscal respectiva (Inspector Fiscal). Para proceder con
estas subcontrataciones, el contratista deberá solicitar, por escrito, autorización al Inspector
Fiscal, a quien corresponderá calificar y resolver respecto de la subcontratación solicitada,
emitiendo el respectivo informe sobre el particular. En todo caso, cualquiera sea el tipo de
subcontratación, el contratista seguirá siendo el único responsable de las obligaciones contraídas
en virtud del respectivo contrato suscrito con la D.G.A.
De igual manera toda subcontratación de algún servicio que justifique un mejor desarrollo de las
materias deberá ser planteada al Inspector Fiscal respectivo, quien deberá aprobar finalmente.
En ningún caso se podrá subcontratar la totalidad del servicio contratado.
e) Cesión
El contratista no podrá ceder ni transferir en forma alguna, total ni parcialmente, los derechos y
obligaciones que emanen del desarrollo del contrato que se suscriba, salvo que una norma legal
lo permita.
34
f) De los Dependientes de la Empresa
La empresa contratada, en su calidad de empleador, será responsable exclusivo del cumplimiento
íntegro y oportuno de las normas del Código del Trabajo y leyes complementarias, leyes sociales,
de previsión, de seguros, de enfermedades profesionales, de accidentes del trabajo y demás
pertinentes respecto de todos los integrantes de su equipo de trabajo.
En consecuencia, la empresa será responsable en forma exclusiva del pago oportuno de las
remuneraciones, honorarios, indemnizaciones, desahucios, beneficios, y en general, de toda
suma de dinero que por cualquier concepto deba pagarse a los integrantes de su equipo de
trabajo. Se deja constancia que entre el personal asignado por la empresa para el cumplimiento
del contrato y la D.G.A. no existirá vínculo de dependencia alguna.
Lo anterior, sin perjuicio de las normas que sobre la materia establece el Código del Trabajo.
Para los efectos de cursar el pago, el contratante deberá informar en forma mensual el
cumplimiento de obligaciones laborales y previsionales conforme a lo dispuesto en el artículo
183-C del Código del Trabajo y en el Decreto Supremo N° 319, de 2006, del Ministerio del Trabajo
y Previsión Social, Reglamento sobre acreditación de Cumplimiento de Obligaciones Laborales y
Previsionales. En el caso que el contratista no acredite oportunamente el cumplimiento íntegro
de las obligaciones laborales y previsionales, la D.G.A. podrá retener de las obligaciones que
tenga a favor de aquél, el monto de que es responsable.
Asimismo, el incumplimiento de esta obligación dará derecho de hacer efectiva la garantía de fiel
y oportuno cumplimiento del contrato (si fuera el caso), caso en el cual, previo a su cobro, el
contratante deberá entregar una nueva garantía de fiel y oportuno cumplimiento del contrato, en
un plazo máximo de cinco (5) días hábiles, bajo sanción de decretar el término anticipado al
contrato en caso de no entregarla y, como se señaló, cobrar la garantía anterior.
g) Aplicación del Pago a Obligaciones pendientes con los Trabajadores
De conformidad con lo dispuesto en el artículo 4° inciso 2° de la Ley N° 19.886, el adjudicatario
que hubiese declarado que registra saldos insolutos de remuneraciones o cotizaciones de
seguridad social con sus actuales trabajadores o con trabajadores contratados en los últimos dos
(2) años, deberá destinar los primeros estados de pago producto del contrato licitado al pago de
dichas obligaciones, debiendo acreditar que la totalidad de las obligaciones se encuentran
liquidadas al cumplirse la mitad del período de ejecución del contrato, con un máximo de seis (6)
meses. La D.G.A. exigirá que el contratante proceda a dichos pagos y le presente los
comprobantes y planillas que demuestren el total cumplimiento de obligación. El incumplimiento
de estas obligaciones dará derecho a la D.G.A. a dar por terminado el respectivo contrato,
pudiendo llamar a una nueva licitación.
h) Responsabilidad del Contratista sobre Prevención de Accidentes y
Enfermedades Profesionales
El contratista es responsable de la prevención de accidentes y enfermedades profesionales que
puedan afectar a los trabajadores de su dependencia, por lo que deberá velar por el cumplimiento
de las disposiciones legales y reglamentarias vigentes sobre la materia, sin perjuicio que el
contratista deberá cumplir con todas las disposiciones legales vigentes en materia de protección
a los trabajadores, las cuales se encuentran contenidas en la Ley N° 16.744 y la Ley N° 20.123,
en el Código del Trabajo, y en otros cuerpos legales que regulen estas materias.
Al respecto, cabe hacer presente que al contratista le caben las responsabilidades con el
organismo administrador de la Ley N° 16.744 al que esté afiliado, además de la responsabilidad
civil y penal en los accidentes que se puedan producir en los trabajos por el cumplimiento de las
medidas de prevención de riesgos, y asimismo de lo estipulado en el ANEXO N°8 de las
presentes Bases de Licitación.
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i) Propiedad Intelectual
Toda la información que se maneje y los productos resultantes del presente trabajo (si fuera el
caso) serán de propiedad exclusiva de la D.G.A., de modo que su uso, administración,
intervención o publicación le corresponde sólo a la D.G.A. Sin perjuicio de lo anterior, la
contratista tiene la obligación de ceder y garantizar la cesión de cualquier derecho de propiedad
intelectual o industrial que diga relación con el trabajo desarrollado con objeto del convenio que
se origine de la presente licitación. Esta obligación subsistirá inclusive después de terminada la
vigencia del contrato, y en caso de incumplimiento de la obligación impuesta, la D.G.A. se reserva
el derecho de accionar en contra de los responsables ante los Tribunales de Justicia.
El adjudicatario libera de toda responsabilidad al comprador (D.G.A.) en caso de acciones
entabladas por terceros en razón de transgresiones de derechos de patente, marca registrada o
diseños industriales como consecuencia de la utilización de los bienes o servicios parte de ellos
en el territorio nacional.
j) Responsabilidad por la Información
El contratista será responsable por todos y cada uno de los antecedentes, cálculos, conclusiones,
y en general, de todas las materias que forman parte del trabajo. En el caso de disolución de la
empresa, las personas que actuaron como representante legal y jefe de proyecto en el contrato
pertinente, asumirán esta responsabilidad, que se entenderá en su más amplia acepción, y en
caso de incumplimiento de la obligación impuesta, la D.G.A. se reserva el derecho de accionar
en contra de los responsables ante los Tribunales de Justicia.
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XXIX. PRÓRROGA DE PLAZOS |
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De acuerdo al artículo 42 del reglamento, será posible realizar una prórroga de plazo, si el
proveedor lo requiere por ser estrictamente necesario y siempre que lo solicite dentro de plazo,
esto es, previo a encontrarse vencidos los plazos para la entrega de los bienes.
Deberá basar su solicitud ya sea por fuerza mayor o caso fortuito, o un atraso por parte del
Servicio en la entrega de algún insumo básico para la entrega. Esta solicitud deberá presentarse,
antes del vencimiento del plazo correspondiente, con la respectiva documentación de respaldo,
a través de la Oficina de Partes de la D.G.A. ubicada físicamente en 18 de septiembre 246, of.516,
piso 5, Chillán, en el horario de atención de público habilitada para estos efectos, o bien, enviar
sus documentos, solicitudes o informaciones por medio de la aplicación Oficina de Partes Virtual
D.G.A.: https://recepciondocumental.mop.gob.cl/, dirigida al Inspector Fiscal, quien deberá
aprobar o rechazar las justificaciones entregadas, enviando luego toda la documentación para
que sea resuelto finalmente por el Jefe del Departamento Administrativo y Secretaría General de
la D.G.A.
Toda solicitud que se presente fuera de plazo no tendrá validez, y el proveedor deberá asumir
las multas y sanciones que correspondan. En caso de atraso o incumplimiento injustificado de la
entrega del bien o ejecución del servicio, la D.G.A. resolverá sobre la aplicación de multas
considerando los antecedentes pertinentes. Sin perjuicio de lo anterior, toda prórroga se evaluará
y concederá conforme al artículo 129 del reglamento de la Ley N°19.886, mediante resolución
fundada.
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XXX. MODIFICACIÓN DE PRODUCTO |
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No aplica para la presente licitación pública.
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XXXI. MARCA O EQUIVALENTES |
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Cualquier mención a marcas y/o modelos respecto de lo solicitado, es solo referencial, razón por
la que cada oferente podrá ofertar equivalentes del mismo, siempre y cuando cumpla con los
requisitos mínimos establecidos en el pliego de condiciones que rige la presente licitación,
conforme lo preceptuado en la normativa vigente de compras y contratación pública.
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XXXII. DOMICILIO Y JURISDICCIÓN |
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Para todos los efectos del contrato que se suscriba, las partes fijarán domicilio en la ciudad de
Chillán, Región de Ñuble, prorrogando la competencia ante los Tribunales Ordinarios de Justicia.
Lo anterior, sin perjuicio de las facultades fiscalizadoras que correspondan a la Contraloría
General de la República (CGR).
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BASES TÉCNICAS I. INTRODUCCIÓN |
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La Dirección General de Aguas (D.G.A.), a través del presente instrumento, establece los
requerimientos técnicos que deberán cumplir las ofertas presentadas por los oferentes
participantes en la licitación denominada “CONSERVACIÓN DE LA RED HIDROMÉTRICA
REGIONAL, REGIÓN DE ÑUBLE”.
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II. OBJETIVO |
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El objetivo general de la licitación es contratar la prestación de servicios para la conservación
de la red hidrométrica en la Región de Ñuble, con el objetivo de mantenerla operativa y
mejorar la gestión hídrica regional, para el cumplimiento de las labores propias del Servicio,
trabajos que más adelante se detallan.
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III. DESCRIPCION DE ESTACIONES Y ESPECIFICACIONES TÉCNICAS DE LOS TRABAJOS |
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Las estaciones incluidas en el programa de conservación de la red hidrométricas regional
son:
Estaciones Fluviométricas
1. Rio Ñuble en Pte. Ruta 5 Sur
2. Rio Chillán en Puente Pinto
3. Estero Coyanco en Puente Coyanco
4. Rio Ñuble en San Fabián 2.
5. Rio Ñuble en Punilla
6. Rio Ñuble en Punilla 2
7. Río Sauces antes Junta con Ñuble
8. Rio Ñuble en Confluencia
9. Rio Diguillín en San Lorenzo
10.Río Chillán en Esperanza 2
11.Río Renegado en La Invernada
12.Río Diguillín en Longitudinal
13. Rio Chillan en Camino a Confluencia
14.Rio Cato en Puente Cato
15.Canal De La Luz en Chillán
16.Rio Niblinto ante bocatoma canal alimentador Embalse Coihueco.
17.Canal Alimentador Embalse Coihueco.
18.Rio Itata en Trilaleo
19.Rio Itata en General Cruz
20.Rio Itata En Nueva Aldea
21.Rio Itata en Paso Hondo
22.Rio Lonquen en Trehuaco
23. Desagüe de Laguna Avendaño.
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Estaciones Meteorológicas
24.Caracol
25. Nueva Aldea
26.Coelemu
27.San Agustin de Puñual
28. Mangarral
29.San Fabian
30.Chillancito
31. Las Cruces
Estaciones Piezométricas
32. Pozo El Carmen
33. Pozo San Carlos en Ninquihue
34. Pozo Chillán en Esc. camino a Pinto
Estaciones Fluviométricas
1. Rio Ñuble en Pte. Ruta 5 Sur:
Ubicación de la estación: coordenadas UTM (m): N=5.950.998 m; Este=760.158 m,
WGS84. Puente Ñuble en Ruta 5 Sur, salida Norte de Chillán.
Trabajos de conservación a realizar:
• Proveer e Instalar en ribera izquierda 6 reglas limnimétricas de fierro fundido, con
las respetivas fichas (N°s 1 al 6) en lugar a definir con ITO. Dichas reglas deben
quedar de forma escalonada afianzadas a perfil metálico tipo C de 150x25x3 mm,
o similar, previamente aprobado por ITO, el cual quedará fundado y empotrado a
machón de hormigón de 50x50x80 cm de profundidad. Se debe considerar un
machón de fundación para cada una e las reglas con su respectivo perfil metálico
tipo C ya individualizado.
2. Rio Chillán en Puente Pinto:
Ubicación de la estación: coordenadas UTM (m): N=5.935.205 m; Este=241.656 m,
WGS84. Río Chillan en Puente Pinto que une Pinto con Tanilvoro.
Trabajos de conservación a realizar:
• Proveer e Instalar en ribera derecha 5 reglas limnimétricas de fierro fundido, con
las respetivas fichas (N°s 1 al 5) en cepa de hormigón de puente en lugar a definir
con ITO. Dichas reglas deben quedar de forma escalonada afianzadas a perfil
metálico tipo C de 150x25x3 mm, o similar, previamente aprobado por ITO, el
cual quedará empotrado a la cepa mediante pernos Hilti.
• Se debe considerar un machón de fundación de 50x50x80 cm para la regla 0-1
m.
3. Estero Coyanco en Puente Coyanco:
Ubicación de la estación: coordenadas UTM (m): N=5.930.269 m; Este=721.400 m,
WGS84. Salida poniente de Quillón, camino a Florida.
Trabajos de conservación a realizar:
• Proveer e Instalar en ribera derecha 4 reglas limnimétricas de fierro fundido, con
las respetivas fichas (N°s 1 al 4) en cepa de hormigón de puente en lugar a definir
con ITO. Dichas reglas deben quedar de forma escalonada afianzadas a perfil
metálico tipo C de 150x25x3 mm, o similar, previamente aprobado por ITO, el
cual quedará empotrado a la cepa mediante pernos Hilti.
• Se debe considerar un machón de fundación de 50x50x80 cm para la regla 0-1
m.
4. Rio Ñuble en San Fabián 2.
Ubicación: en coordenadas UTM (m): Ubicación: en coordenadas UTM (m: (m):
N=5.948.117 m; E= 274.060 m, WGS84, San Fabian.
Trabajos a realizar:
▪ Desmalezado de una franja de 10 m de ancho por 100m de largo, que va por
debajo del cable andarivel en la ribera izquierda hasta donde comienza a bajar
camino de acceso, contiene arbustos, pasto, árboles secos, etc., dejar el libre
acceso al vehículo fiscal
▪ Luego debe aplicar herbicida de contacto marca Rango.
▪ Pintura de las sgtes. estructuras metálicas:
▪ Caseta de instrumental (60x60x60 cm).
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- Plataforma de acceso a carro de aforo de ribera derecha (norte) con
baranda.
- Torre metálica en fierro ángulo de 4 patas por 6 m de altura.
▪ Pintar mástil en ribera sur de tubería 4” y 6 m de altura.
▪ Provisión y reemplazo de letrero de identificación ubicado en lado norte de
estación, camino a Punilla, incluyendo poste (formato proporcionado por DGA).
5. Rio Ñuble en Punilla:
Ubicación de la estación: coordenadas UTM (m): N=5.940.025 m; Este=292.079 m,
WGS84. A 80 km al Oriente de San Carlos.
Trabajos de conservación a realizar:
▪ Desmalezado de franja de 10m de ancho por 50m de largo, desde el camino
acceso hasta el borde del río donde está ubicado el sensor de nivel, contiene
arbustos, malezas, pasto, etc.
▪ Luego debe aplicar herbicida de contacto marca Rango.
6. Rio Ñuble en Punilla 2:
Ubicación de la estación: coordenadas UTM (m): N=5.939.960 m; Este=292.527 m,
WGS84. A 81 km al Oriente de San Carlos.
Trabajos de conservación a realizar:
• Desmalezado de franja de 10m de ancho por 50m de largo, desde el camino
principal hasta las reglas limnimetricas, contiene arbustos, malezas, pasto, etc.
• Luego debe aplicar herbicida de contacto marca Rango.
• Desembanque de reglas y sensor de 3m3 de arena y piedras
7. Río Sauces antes Junta con Ñuble:
Ubicación de la estación: coordenadas UTM (m): N=5.939.431 m; Este=296.522 m,
datum WGS84. A 25 km al norte de Chillán y 85 km al Oriente de San Carlos.
Trabajos de conservación a realizar:
• Desmalezado de una franja de 20x40m, que considera como centro el cable
andarivel, dejando desprotegido los machones, el entorno y acceso a caseta y
escalera de acceso a reglas, en O.D.
8. Rio Ñuble en Confluencia:
Ubicación de la estación en coordenadas UTM (m): N=5.941.712 m; Este=727.995 m;
WGS84, 6 metros aguas arriba de puente confluencia antiguo en ribera izquierda,
comuna de Chillán.
Trabajos a realizar:
• Desmalezado de franja de 10x40m, limpieza de escalera metálica y entorno a
cerco y caseta, limpieza de reglas (retiro de malezas).
• Desembanque de 20m3 de material, piedras arena borlones, creando un canal
que une el agua del río de aguas arriba con las reglas de 0.8m de ancho x 1m de
profundidad y 25m de largo.
• Pintura de reglas limnimétricas y pérfiles (1, 2 y 3)
9. Rio Diguillín en San Lorenzo:
Ubicación: coordenadas UTM (m) N=5.910.410 m; E= 270.575 m, datum WGS84. A 50
km al Oriente de Chillán camino a Los Lleuques y luego 15 km al Sur-Oriente por camino
a sector Atacalco.
Trabajos de conservación a realizar:
• Instalar por fuera del tubo aquietador (tubo existente de 1,2 m diámetro y 8 m
de altura) tubería de 3” en 10m de longitud para sensor de nivel. Este tubería
baja desde la parte superior de tubo aquietador (8 m) hasta el fondo del canal de
ingreso de agua al tubo. Yde sde este punto hasta conectar al río. Se debe anclar
y afianzar al río mediante fierros estriados de construcción de 19 mm anclados al
lecho en una profundidad mínima de 1 metro.
• Cambiar letrero de indentificación al cerco existente en la caseta.
• Ampliar en 1x1m el cerco en todo su perímetro (4 lados) manteniendo
configuración y dejando libre el camino público, retirar mástil más corto.
• Desmalezado de franja de 20m de ancho por 80m de largo, que considera ambas
riberas, utilizando como centro cable andarivel, despejar entorno quitando
arbustos secos cerca de pluviómetros.
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10. Río Chillán en Esperanza 2:
Ubicación de la estación: coordenadas UTM (m): N=5.917.313 m; Este=265.957 m,
WGS84. A 40 Km. al Oriente de Chillán camino a Recinto.
Trabajos a realizar:
• Reemplazar cerco de protección de instrumental alrededor de radier existente de
5x5m, utilizando 21 m de rejas existentes en campamento DGA en Chillán Viejo
(calle Barboza N°1111), la reja debe quedar empotrada en hormigón bajo la
superficie de suelo en 40cm en toda su extensión, manteniendo la altura de la
reja y adaptar puerta de acceso, sobre el cerco y puerta instalar diente de tiburón
doble.
• La reja existente en Chillán Viejo que se debe utilizar, está conformada por:
- Paño lado Norte de portón: 7,75x2,53 m
- Paño lado Sur de portón: 8,15x2,53 m
- Portón de 4,1x2,53 m.
• Instalar 2 reglas reglas limnimétricas de fierro fundidocon sus respectivas ficha
N°1 y N°2, donde se ubica actualmente el nuevo sensor. Reglas deben irancladas
a la roca existente mediante pernos hilti.
• Desmalezar superficie de 15m de ancho por 80m de longitud, luego aplicar
herbicida, el desmalezado considera en ambas riberas, dejando despejado ambos
machones, utilizando como centro longitudinal el cable andarivel/desembancar
4m3 (2mx2mx1mprofundidad) de arena ripio en menor porcentaje, donde están
ubicadas las reglas limnimétricas.
▪ Pintura completa según especificaciones técnica, de las siguientes instalaciones:
- 1 torre metálica en fierro ángulo de 4 patas por 8 mts. de alto.
- 2 machón de anclaje
- 1 plataforma metálica con su respectiva baranda.
- 1 cable andarivel de acero de 1” por 65 m de luz, más 15 mts. por lado detrás
de las torres.
- 10 m de tubería metálica de 2”.
- 1 Caseta metálica de 1m de ancho, 1 de alto, 1m de largo
- 6 m de escala de 1m de ancho.
- 6 m. de regla limnimétrica de fierro fundido.
- 6 m escalera de Fierro ángulo de 1,5 m de ancho.
- Pintura de carro de aforo, según ET.
- Postes de letreros institucional y de advertencia de peligro, incluido machón
de hormigón.
11. Río Renegado en La Invernada:
Ubicación de la estación: coordenadas UTM (m): N=5.917.313 m; Este=265.957 m,
WGS84. A 10 km al oriente de localidad Los Lleuques, Pinto.
Trabajos a realizar:
• Demoler tubos aquietadores dañados por crecidas. tubería de concreto (1 m de
diámetro, 5 m de altura),
• Retirar y trasladar hasta chillan viejo puente metálico de 15m de largo por 1m de
ancho.
• Confeccionar 10m de escalera metálica para bajada a reglas limnimétricas,
anclada en la parte superior de losa, en el muro vertical y en la parte baja
mediante fierros estriados de construcción.
• Instalar regla 0-1 provista por este servicio, proveer e instalar ficha 1, dicha regla
debe ser instalada en machón H-30 de 0.6x0.6x0.8m(profundidad) en riel
empotrado en el machón, buscar un lugar visible desde ribera izquierda, donde
tiene mayor profundidad el agua, y que este protegido por rocas del cauce.
• En el machón de hormigón existente e inmediatamente al costado de las reglas
plásticas, instalar reglas 2,3,4 que serán provistas por este servicio, proveer e
instalar fichas 2,3,4.
• Desmalezado de 10m de ancho x 80m de longitud dejando limpio acceso
camioneta, escaleras, machones, centro de trabajos cable
andarivel/desembanque de sensor y reglas lm 3m3 (3x1m)
• Pintura completa de la estación, que Incluye:
- cable de andarivel (7/8”; 40 m),
- carro de aforo,
- baranda de protección (30 m),
- reglas limnimetros (3 m de altura, incluido perfil de soporte),
- tensor crossby,
- plataforma de acceso al carro (1.5x2 m),
40
- y caseta de protección del carro de hormigón (2.5x2.5x 4m).
12.Río Diguillín en Longitudinal:
Ubicación: coordenadas UTM (m) N=5.916.428 m; E= 738.504 m, WGS84. A unos 40
km al Sur de Chillán, aguas arriba de puente en ruta 5 Sur.
Trabajos a realizar:
▪ Desmalezado de franja de 15m de ancho por 100m de largo, desde el camino
acceso hasta el otro lado del río donde está el machón del cable andarivel que se
debe tomar como centro del desmalezado, considera acceso de la camioneta,
entorno escaleras de hormigón y de fierro, acceso al carro, al panel solar.
Contiene arbustos, malezas, pasto, etc.
▪ Desembanque de canal de aducción de 0,6m anchox1m de altura x 5m de
longitud, de material arcilloso duro, depositando siempre el material aguas abajo
de la sección de aforo en lugar a definir por ITO.
▪ Pintura completa según ET de las siguientes instalaciones:
- Caseta datalogger y tubería metálica lisa de diámetro D=0,8 m y altura H=
11m.
- Torre tipo A de 2 m de altura.
- Cable andarivel ( ¾”, longitud 60 m), anclajes y tensor crossby L=1,2m.
- Carro aforo.
- Limnímetros de fierro fundido. H= 5m
- Plataforma (1 x 2 m) y escalera de acceso a caseta (L=2 m)
- Escala de acceso a limnímetro con anillo de protección H= 6m.
- Baranda de protección con dos pasamanos de fierro liso L=16 m.
- Postes de letreros institucional y de advertencia de peligro, incluido machón
de hormigón.
13. Rio Chillan en Camino a Confluencia:
Ubicación: coordenadas UTM (m) N=5.944.232 m; E= 739.986 m, PSAD56. A unos 20
km al Sur de Chillán, aguas arriba de puente en ruta 5 Sur.
Trabajos a realizar:
• Desmalezado bajo el puente donde se ubica la sección aforo. Retiro de arbustos,
pasto, algas en el cauce. Sección a intervenir: 10m de ancho por 80m de largo
14.Rio Cato en Puente Cato:
Ubicación de la estación: Ubicación de la estación: coordenadas UTM (m):
N=5.950.139 m; E= 764.521 m, datum WGS84, a unos 15 km al Oriente de Chillán.
Trabajos a realizar:
▪ Construir vereda horizontal de hormigón de 0,6 m ancho por 40m de largo,
ubicada desde escalera de descenso hasta el sensor de nivel, para nivelar vereda
utilizar gradas de 30x15 cm anchoxalto.
▪ Proveer e Instalar 2 reglas limnimetricas de fierro fundido con sus respectivas
fichas N° 1 y N°2, en pilar empotrado en machón, niveladas respecto de reglas
del tubo aquietador (tubo de hormigón de 1 m de diámetro).
▪ Desmalezar todo el perímetro de la estación una franja de 20m por 50 m de largo
tomando como centro la caseta, desmalezar bajo el puente donde realizamos el
aforo.
15. Canal De La Luz en Chillán:
Ubicación de la estación: Ubicación de la estación: coordenadas UTM (m):
N=5.945.942 m; E= 759.383 m, datum WGS84, en Avda. Padre Hurtado s/nº,
interior Recinto Municipal, Chillán.
Trabajos de conservación a realizar:
• Montaje de caseta metálica existente de 60x60x60 centímetros, en ribera derecha
inmediatamente al lado del puente de aforo. Caseta y soporte de caseta según
planos.
• Montaje de Soporte de caseta existente anclado a machón de hormigón H-30, de
0,5x0,5x0,8 m. En el interior del machón de hormigón deben soldarse anclajes al
tubo mediante fierros de construcción estriados de 3/4”. Caseta debe ir montada
sobre soporte y anclado mediante una placa de anclaje y además de cartelas. La
caseta debe ser apernada a la estructura.
• Provisión e instalación de mástil de tubería galvanizada de 2” y 1,5 m de altura
fundado en poyo de hormigón (30x30x30) a unos 40m de distancia de caseta
para pluviómetro digital. La caseta y él mástil deberán quedar unidos mediante
41
tubería de polietileno lineal de 1" (plansa negra virgen) instalada sobre el terreno
pero afianzada a éste mediante anclajes de fierro de construcción de 3/4”.
• Desmalezado y desembanque de 3m de ancho por 0,10m de material por 20m de
longitud cuyo centro es el puente de aforo
16. Rio Niblinto ante bocatoma canal alimentador Embalse Coihueco.
Ubicación de la estación: coordenadas UTM (m): N=5.939.121 m;
Este=253.477m; WGS84.
Trabajos a realizar:
• Desmalezado leve de 3m3 de pastos en el acceso a caseta.
• Limpieza de vereda de acceso a instrumenta de tierra y piedra que cae de
cerro.
• Desembanque de 2m3 de tierra y arena acumulada dentro del pozo
aquietador (al costado de la caseta) limpiando tubería de ingreso del agua
desde el río (tubería de 2”)
• Pintura de caseta y mástil de 3”, según ET.
17. Canal Alimentador Embalse Coihueco.
Ubicación de la estación: coordenadas UTM (m): N=5.940.321 m; Este=252.670 m,
WGS84. Al oriente de Coihueco, en km 0,200 del canal al embalse.
Trabajos de conservación a realizar:
▪ desmalezado de 3 m de pastos y arbustos secos en el entorno del cerco de
protección (3x3 m) y en el interior de él.
18.Rio Itata en Trilaleo:
Ubicación: En coordenadas UTM (m): N= 5.889.992 m; E= 755.362 m, WGS84. A unos
200 metros aguas arriba del puente Cholguan, en comuna de Yungay.
Trabajos de conservación a realizar:
▪ Provisión e instalación de 2 reglas limnimétricas de fierro fundido con sus
respectivas fichas N°1 y N° 2ancladas a perfil metálicos U 150x50x3 mm, el cual
debe quedar fundado en machón de hormigón 30x30x50 cm y anclados a la roca
mediante pernos Hilti.
▪ Emparejar superficie en tierra de acceso a estación de 10x10m, para el ingreso y
estacionamiento de la la camioneta.
▪ Desmalezar franja de 15m por 100m que contempla acceso a estación, perímetro
donde están caseta, escalera de bajada a reglas, acceso a carro, ambas riberas
por debajo del cable andarivel. Se debe considerar la aplicación herbicida roundap
▪ Desembancar 3 m3 (1mx1mx3m de largo) arena-tierra-piedras en tubería acceso
de agua a tubos aquietadores
19. Rio Itata en General Cruz:
Ubicación de la estación: coordenadas UTM (m): N=5.909.176 m; E= 736.030 m, a
unos 45 Km. al sur de Chillan por carretera 5 Sur.
Trabajos a realizar:
▪ Desembanque de zona de sensor y reglas limnimétricas, 4 m3 de tierra grava
arena, un tramo de 8m por 0,5m de ancho por 1m de profundidad.
▪ Reemplazar letrero de identificación en la carreta 5 sur, formato será entregado
por este servicio.
▪ Pintura completa de estación según E.T. que incluye entre otras las siguientes
instalaciones:
▪ 1 cable andarivel de acero de 1” por 115 m de luz, más 10 m detrás de la
torre. Incluye tensor y anclaje.
▪ Torre de 4 patas y 2 m de altura. Incluye 4 machones de H.A. de las sgtes.
medidas 60x60 cm y 50 cm de altura.
▪ Dos (2) machones de H.A. de las sgtes. medidas: 1,9x2,9x0,4 m y
1,7x2,6x0,4 m.
▪ 1 carro de aforo
▪ 8 metros de tubería de concreto de alto y 1.20 m de diámetro.
▪ 8 m de regla limnimétrica de 12 cm de ancho y 1 cm de espesor, fierro
fundido.
▪ Escaleras de 4 m de alto, pasarela metálica y de madera de 8 m de largo
y 1 de ancho;
▪ Escala acceso a limnímetros de 4 m de alto;
▪ plataforma de acceso a carro de aforo en madera de 2 x 2m.
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▪ Barandas (8 m) de baranda-pasamano de acceso a carro con tirante
horizontal al medio, de 1 m de altura mediante tubería de 1 ½”. Pilares
cada 1,5 m, anclados sobre peldaños de hormigón mediante placas de
15x15 cm y pernos hilti.
▪ Pintura de caseta de protección de carro de aforo de albañilería y
hormigón. Pintura interior y exterior, Medidas ancho=2.5, largo =3, alto
=3m.
▪ Pintura del mástil de 4m, que sustenta y protege el panel solar.
▪ Pintura de túnel metálico de acceso a caseta de instrumentos, de 1,5 m de
ancho por 7 m de longitud.
20.Rio Itata En Nueva Aldea:
Ubicación de la estación: coordenadas UTM (m): N=5.940.282 m; E= 727.913 m,
datum WGS84, a unos 30 Km. al Sur-oeste de Chillán.
Trabajos de conservación a realizar:
• Desembanque de canal de acceso de agua hacia sensor: 1x1x5 m. canal de 5 m3
de arena, piedra y arcilla.
• Desmalezado en la ribera derecha de una franja 20m de ancho por 40 metros de
largo, en el entorno a cercos de carro y de caseta.
21.Rio Itata en Paso Hondo:
Ubicación de la estación: coordenadas UTM (m): N=5.943.596 m; E= 724.449 m
WGS84, a unos 35 Km. al Sur-oeste de Chillán.
Trabajos de conservación a realizar:
• Desembanque de sector de reglas y sensor consistente en 4m3 de arena pequeñas
rocas tierra, dimensiones de 2m largo por 1,5 de ancho por 1 de profundidad,
pintar reglas liminmétricas N°s 1 y 2.
• Desmalezar franja de 40m de ancho por 50 mts de largo, entorno a toda la
estación, cortando arbustos que impiden el libre acceso a reglas Lm.
22.Rio Lonquen en Trehuaco:
Ubicación de la estación en coordenadas UTM (m): N=5.966.045 m; Este=709.410 m;
WGS84, puente Trehuaco camino Quirique-Coelemu.
Trabajos a realizar:
• Desembanque de tubería del sensor de nivel, 3m3 (0,30m de ancho por 10m de
largo, 1 m de profundidad) es arena gruesa, debe quedar despejado hasta donde
donde termina la tubería en el río . Usar médios manuales
• Pintura completa de estación según ET.:
- Caseta
- Mástil tuberías de 3” y 2” de 4 m de altura
- Plataforma
- Abscisas y N° de demarcación en baranda de puente y vereda (50 m) etc.
- Barandas
- Reglas limnimétricas
- Tubería sensor
- Postes de letreros de estación y de advertencia, incluido machones.
23. Desagüe de Laguna Avendaño.
Ubicación de la estación: coordenadas UTM (m), datum WGS84; Norte= 5.931.143
m; Este= 727.572 m. Ruta N-48, salida Oriente de comuna de Quillón, km 15,1 desde
Ruta 5 Sur.
Trabajos de conservación a realizar:
• Limpieza y retiro de malezas en torno a estación y reglas limnimétricas, sección
de 20x30 m
• Limpieza y retiro de arbustos secos en cauce que impiden el libre escurrimiento
de las aguas, volumen de 2 m3.
• Desembanque de arena y tierra y desmalezado en sección bajo puente, abarcando
10 m aguas abajo y 2 m aguas arriba.
Estaciones Meteorológicas
24.Caracol:
Ubicación de la estación: coordenadas UTM (m): N=5.941.184 m; E= 285.909 m,
WGS84. A unos 20 km al Oriente de San Fabian.
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Trabajos a realizar:
• Confección de cerco perimetral de protección en base a malla de construcción
cuadriculada y postes de fierro de construcción de 22 y 25, disponibles para ser
provistos al contratista, de las sgtes. dimensiones: Longitud= 50 m; altura=1,25
m; anclados a postes de 22-25 mm cada 2 m, los cuales deben quedar fundados
en poyos de hormigón de 25x25x30 cm
• Se debe considerar dos corridas de alambre de púa en la parte alta de la reja, el
cual debe ser provisto por el contratista.
• Pintura de cerco perimetral de azul pacífico.
25.Nueva Aldea:
Ubicación de la estación: coordenadas UTM (m): N=5.940.372; E= 727.358, WGS84,
localidad de Nueva aldea, comuna de Ranquil.
Trabajos a realizar:
• Retiro y traslado de estación meteorológica dese la actual ubicación (coordenadas
indicadas más arriba) hasta sitio ubicado a unos 600 m en línea recta y en ribera
contraria del río Itata, en sector definido por las sgtes. coordenadas aproximadas:
UTM (m): N=5.940.372; E= 727.358, WGS84, localidad de Confluencia
• La estación existente que se debe trasladar está conformada por las sgtes.
estructuras de soporte y de protección de equipos en el interior del sitio hasta
punto a indicar por ITO (Ver fotos), incluye:
▪ caseta metálica (60x60x60 cm) reemplazando poste de soporte, de tubería
de 100x100x3mm de 1,5 m de altura libre con placa en su parte de
superior de 300x300x3 mm con 4 perforacion, el que debe quedar fundado
en machón de hormigón de 40x40x50 cm.
▪ 3 postes de soporte de pluviómetros y sensor. Si se determina cortar a ras
de piso se debe considerar el reemplazo de los postes. Ambos deben
quedar fundados en machón de hormigón de 40x40x50 cm.
▪ Soporte de pluviómetro de acrílico de 1,5 m de altura libre, conformada
por la sgtes. piezas metálicas soldadas entre sí: plancha lisa de 100x300x3
mm y 4 perforaciones de 5 mm, soldada en toda su extensión a; perfil
tubular rectangular de 20x50x2 mm de 1,4 m de altura, soldado en una
extensión de 10 cm a fierro estriado de 19 mm de 40 cm de longitud, el
cual debe considerar una punta aguda en la parte baja (ver fotos).
• Traslado e instalación de letrero de identificación. Ubicación en terreno será
indicada por la ITO.
• Desmalezado y escarpe de terreno donde se emplazará estación.
• Pintura completa de estación según E.T.
26. Coelemu:
Ubicación de la estación: coordenadas UTM (m): N=5.960.945 m; E= 707.052 m,
WGS84, ciudad de Coelemu.
Trabajos de conservación a realizar:
▪ Retiro y traslado de estructuras de soporte y de protección de equipos en el
interior del sitio hasta punto a indicar por ITO (Ver fotos), incluye:
▪ caseta metálica (60x60x60 cm) reemplazando poste de soporte, de tubería
de 100x100x3mm de 1,5 m de altura libre con placa en su parte de
superior de 300x300x3 mm con 4 perforacion, el que debe quedar fundado
en machón de hormigón de 40x40x50 cm.
▪ 3 postes de soporte de pluviómetros y sensor. Si se determinar cortar a
ras de piso se debe considerar el reemplazo de los postes. Ambos deben
quedar fundados en machón de hormigón de 40x40x50 cm.
▪ Pintura:
- Caseta metálica 60x60x60 cm. Y Soporte de 100x100x3 mm
- Mástil de 3” y tuberías de unión poste a caseta 3 m de altura.
- Pintura de pluviómetro hellman (pintura externa) y soporte.
27.San Agustin de Puñual:
Ubicación de la estación: coordenadas UTM (m): N=5.973.556; E= 733.807, WGS84,
comuna de Ninhue.
Trabajos a realizar:
• Pintura completa de estación según E.T.
- Caseta de 55x55x60 cm y soporte en base a perfil cuadrado de 100x100
mm por 1, m libre.
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- Mástil en base a tubería de 100x100x3mm de 1,5 m de altura libre con
placa en su parte de superior de 300x300x3 mm.
- Poste de pluviómetro y pluviómetro exterior.
- Cerco perimetral de 3x3x1,85 m de altura, completo considera perfiles,
postes y reja.
- Soportes de letreros de identificación
• Desmalezado y escarpe de terreno de área interior de cerco perimetral y en un
perímetro de 1 metro alrededor de éste.
28. Mangarral:
Ubicación de la estación: coordenadas UTM (m): N=5.986.680; E= 738.813, WGS84, a
unos 25 Km. al norte de Ninhue.
Trabajos a realizar:
• Pintura completa de estación según E.T.
- Caseta de 55x55x60 cm y soporte en base a perfil cuadrado de 100x100
mm por 1, m libre.
- Mástil en base a tubería de 100x100x3mm de 1,5 m de altura libre con
placa en su parte de superior de 300x300x3 mm.
- Poste de pluviómetro y pluviómetro exterior.
- Cerco perimetral de 3x3x1,85 m de altura, completo considera perfiles,
postes y reja.
- Soportes de letreros de identificación
• Desmalezado y escarpe de terreno de área interior de cerco perimetral y en un
perímetro de 1 metro alrededor de éste.
29. San Fabian:
Ubicación de la estación: coordenadas UTM (m): N=5.948.354; E= 274.127, WGS84,
sector La Guardia, al lado Camping don Ignacio, comuna de San Fabian.
Trabajos a realizar:
• Pintura completa de estación según E.T.
- Caseta de 55x55x60 cm y soporte en base a perfil cuadrado de 100x100
mm por 1, m libre.
- Mástil en base a tubería de 100x100x3mm de 1,5 m de altura libre con
placa en su parte de superior de 300x300x3 mm.
- Poste de pluviómetro y pluviómetro exterior.
- Cerco perimetral de 3x3x1,85 m de altura, completo considera perfiles,
postes y reja.
- Soportes de letreros de identificación incluido machones a la vista
• Desmalezado y escarpe de terreno de área interior de cerco perimetral y en un
perímetro de 1 metro alrededor de éste.
30.Chillancito:
Ubicación de la estación: coordenadas UTM (m): N=5.928.397 m; Este=729.962 m,
WGS84, sector Chillancito, Quillón
Trabajos a realizar:
• Pintura completa de estación según E.T.
- Caseta de 55x55x60 cm y soporte en base a perfil cuadrado de 100x100
mm por 1, m libre.
- Mástil en base a tubería de 100x100x3mm de 1,5 m de altura libre con
placa en su parte de superior de 300x300x3 mm.
- Poste de pluviómetro y pluviómetro exterior.
- Cerco perimetral de 3x3x1,85 m de altura, completo considera perfiles,
postes y reja.
- Soportes de letreros de identificación incluido machones a la vista
• Desmalezado y escarpe de terreno de área interior de cerco perimetral y en un
perímetro de 1 metro alrededor de éste.
31. Las Cruces:
Ubicación de la estación: coordenadas UTM (m): N=5.889.208; E= 254.304, WGS84,
Yungay.
Trabajos a realizar:
• Pintura completa de estación según E.T.
- Caseta de 55x55x60 cm y soporte en base a perfil cuadrado de 100x100
mm por 1, m libre.
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- Mástil en base a tubería de 100x100x3mm de 1,5 m de altura libre con
placa en su parte de superior de 300x300x3 mm.
- Poste de pluviómetro y pluviómetro exterior.
- Cerco perimetral de 3x3x1,85 m de altura, completo considera perfiles,
postes y reja.
- Pintura de portón vehicular de ingreso a la estación de 3,7 m de ancho por
1,8 m de altura.
- Soportes de letreros de identificación incluido machones a la vista
• Desmalezado y escarpe de terreno de área interior de cerco perimetral y en un
perímetro de 1 metro alrededor de éste.
32.Chillan en Campus UdeC:
Ubicación de la estación: coordenadas UTM (m): N=5.946.059; E= 761.128, WGS84,
Campus Universidad de Concepción, Chillán.
Trabajos a realizar:
• Pintura completa de estación según E.T.
- Caseta de 55x55x60 cm y soporte en base a perfil cuadrado de 100x100
mm por 1, m libre.
- Mástil en base a tubería de 100x100x3mm de 1,5 m de altura libre con
placa en su parte de superior de 300x300x3 mm.
- Poste de pluviómetro y pluviómetro exterior.
• Desmalezado y escarpe de terreno de área interior de cerco perimetral y en un
perímetro de 1 metro alrededor de éste.
Estaciones Piezométricas
33.Pozo El Carmen:
Ubicación de la estación: coordenadas UTM, Datum WGS84: N=5.912.076 m; E=
764.975 m., calle Anibal Pinto 426, El Carmen.
Trabajos a realizar:
▪ Pintura Exterior e interior de caseta y soporte. Previo debe considerarse raspado
de pinturas sueltas, aplicación de anticorrosivos 2 manos y pintura azul según ET.
Debe ser coordinado con ITO para retiro previo desde el interior de caseta de alto
costo.
34.Pozo San Carlos Ninquihue:
Ubicación de la estación: coordenadas UTM, Datum WGS84: N=5.956.710 m; E=
764.293 m. sector Ninquihue.
Trabajos a realizar:
▪ Pintura Exterior e interior de caseta y soporte. Previo debe considerarse raspado
de pinturas sueltas, aplicación de anticorrosivos 2 manos y pintura azul según ET.
Debe ser coordinado con ITO para retiro previo desde el interior de caseta de alto
costo.
▪ Pintura de cerco de protección de protección de 2x2x1,85 m en base a malla acma
y paneles de perfiles 30x30mm. Previo debe considerarse raspado de pinturas
sueltas, aplicación de anticorrosivos 2 manos y pintura azul según ET.
35.Pozo Chillán camino a Pinto:
Ubicación de la estación: coordenadas UTM, Datum WGS84: N=5.938.295 m; E=
234.563 m. Escuela Jardines de Lautario, camino a Pinto
Trabajos a realizar:
▪ Pintura Exterior e interior de caseta y soporte. Previo debe considerarse raspado
de pinturas sueltas, aplicación de anticorrosivos 2 manos y pintura azul según ET.
Debe ser coordinado con ITO para retiro previo desde el interior de caseta de alto
costo.
▪ Pintura de cerco de protección de protección de 3x3x1,85 m en base a malla acma
y paneles de perfiles 30x30mm. Previo debe considerarse raspado de pinturas
sueltas, aplicación de anticorrosivos 2 manos y pintura azul según ET.
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IV. ESPECIFICACIONES TÉCNICAS |
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4.1 Limpieza y Desmalezado de estaciones:
Estaciones fluviométricas: según los detalles del punto 2. Descripción de los
trabajos.
Estaciones Meteorológicas y Pozos: Se deberá escarpar y desmalezar el terreno
ubicado al interior del cerco de protección, considerando un ancho de 1 m alrededor
del cerco, retirando todo pasto, maleza y arbustos que eventualmente perturben los
registros pluviométricos.
4.2. Pintura y Conservación de estructuras:
Previo al pintado de las estructuras, se deberá retirar toda la pintura anterior
suelta, dejando las superficies limpias, secas, libres de polvo, grasa,
herrumbre y/u óxido; la limpieza se deberá realizar con las herramientas
(mecánicas) necesarias, que permitan cumplir con lo señalado anteriormente. No se
aceptarán métodos de limpieza con aplicación de calor tanto a las estructuras, como
al cable andarivel.
Una vez recibido por parte de la Inspección Técnica de las Obras, se procederá
a aplicar las dos manos de pintura o antioxido Alquídico, Anticorrosivo Maestranza ,
triple acción en metal o similar, según corresponda.
No se aceptará ni recepcionará estructuras pintadas sin que previamente la
ITO recibido el proceso de raspado de las estrcuturas y autorice el nuevo
pintado.
Para las estructuras nuevas, la primera mano será en color Rojo, con aplicación
máxima de solvente 10 % y con secado de 24 hrs., a 25º C y 60% de humedad
relativa del aire como máximo.
La segunda mano se aplicará previo visto bueno de la I.T.O., será en color Gris
Verdoso, con aplicación máxima de solvente 10% y con secado de 24 hrs., a 25° C
y 60% de humedad relativa del aire como máximo.
Para las estructuras antiguas, luego del raspado y retiro de los materiales sueltos, se
aplicarán dos manos de esmalte sintético alto brillo. La primera mano se aplicará en
color Blanco, o azul según corresponda, con 10% a 20% máximo de solvente, según
aplicación con brocha o pistola, con un secado mínimo de 12 hrs., siempre que haya
sido aplicado como mínimo a 20 ºC y 80% de humedad relativa del aire como
máximo.
La segunda mano se aplicará en color blanco o azul pacífico, previo visto bueno de
la primera mano de la I.T.O., con 10% o 20% máximo de solvente, según aplicación
con brocha o pistola, con un secado mínimo de 12 hrs., siempre que se haya
aplicado como mínimo a 20º C y 80% de humedad relativa del aire como máximo.
En el caso del cable andarivel, se deberá escobillar toda la pintura suelta para luego
pintar de metro en metro alternadamente, con los colores Blanco para los diez metros
y Azul Pacífico los diez metros siguientes y así sucesivamente, en el mismo orden que
se encuentra cada estación en la actualidad.
Las piezas de madera deben ser entregadas pintadas, con dos manos de esmalte
sintético tricolor, color blanco y color azul pacífico en sus dos caras y cantos.
Caseta:
Se deben limpiar exteriormente y pintar; las tuberías limnigráficas y caseta
datalogger, de acuerdo a normativa vigente, en colores Blanco (interior y cubierta de
caseta) y Azul Pacífico alternadamente y a las instrucciones señaladas en ítem
“Pintura de estructuras”.
Terminación estaciones meteorológicas y fluviométricas:
Color blanco: pluviómetros, pluviógrafos y soporte de madera, mallas de cerco
perimetral, cable de aforo.
Color Azul Pacífico: pilares de cerco perimetral, cable de aforo.
Carro de Aforo: Techo completo blanco y maderas de asiento, respaldo y piso color
blanco, cable de aforo.
Caseta de instrumental: techo color blanco.
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Soldaduras: previo a cualquier soldadura de tuberías de protección sensor o caseta de
instrumental se debe coordinar con ITO para retiro de instrumental.
Tuberías: deben quedar debidamente “enlauchadas”.
Traslado de estructuras retiradas de estaciones por reemplazo:
Todas las estructuras, paneles, postes, soporte, letreros, etc… retirados de terreno
debe ser trasladados y entregados en Bodega D.G.A. ubicado en Barboza N°1111
Chillan Viejo, en horario y día a definir con ITO.
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