Licitación ID: 890-2-LE25
CONSERVACIÓN DE LA RED HIDROMÉTRICA REGIONAL ÑUBLE
Reclamos recibidos por incumplir plazo de pago: 20
Este número indica los reclamos recibidos por esta institución desde los últimos 12 meses hasta el día de ayer. Recuerde interpretar esta información considerando la cantidad de licitaciones y órdenes de compra que esta institución genera en el Mercado Público.
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Productos o servicios
1
Servicios de gestión de la construcción 1 Unidad
Cod: 81101513
1. Rio Ñuble en Pte. Ruta 5 Sur  

2
Servicios de gestión de la construcción 1 Unidad
Cod: 81101513
2. Rio Chillán en Puente Pinto  

3
Servicios de gestión de la construcción 1 Unidad
Cod: 81101513
3. Estero Coyanco en Puente Coyanco  

4
Servicios de gestión de la construcción 1 Unidad
Cod: 81101513
4. Rio Ñuble en San Fabián 2  

5
Servicios de gestión de la construcción 1 Unidad
Cod: 81101513
5. Rio Ñuble en Punilla  

6
Servicios de gestión de la construcción 1 Unidad
Cod: 81101513
6. Rio Ñuble en Punilla 2  

7
Servicios de gestión de la construcción 1 Unidad
Cod: 81101513
7. Río Sauces antes Junta con Ñuble  

8
Servicios de gestión de la construcción 1 Unidad
Cod: 81101513
8. Rio Ñuble en Confluencia  

9
Servicios de gestión de la construcción 1 Unidad
Cod: 81101513
9. Rio Diguillín en San Lorenzo  

10
Servicios de gestión de la construcción 1 Unidad
Cod: 81101513
10.Río Chillán en Esperanza 2  

11
Servicios de gestión de la construcción 1 Unidad
Cod: 81101513
11.Río Renegado en La Invernada  

12
Servicios de gestión de la construcción 1 Unidad
Cod: 81101513
12.Río Diguillín en Longitudinal  

13
Servicios de gestión de la construcción 1 Unidad
Cod: 81101513
13. Rio Chillan en Camino a Confluencia  

14
Servicios de gestión de la construcción 1 Unidad
Cod: 81101513
14.Rio Cato en Puente Cato  

15
Servicios de gestión de la construcción 1 Unidad
Cod: 81101513
15.Canal De La Luz en Chillán  

16
Servicios de gestión de la construcción 1 Unidad
Cod: 81101513
16.Rio Niblinto ante bocatoma canal alimentador Embalse Coihueco.  

17
Servicios de gestión de la construcción 1 Unidad
Cod: 81101513
17.Canal Alimentador Embalse Coihueco.  

18
Servicios de gestión de la construcción 1 Unidad
Cod: 81101513
18.Rio Itata en Trilaleo  

19
Servicios de gestión de la construcción 1 Unidad
Cod: 81101513
19.Rio Itata en General Cruz  

20
Servicios de gestión de la construcción 1 Unidad
Cod: 81101513
20.Rio Itata En Nueva Aldea  

21
Servicios de gestión de la construcción 1 Unidad
Cod: 81101513
21.Rio Itata en Paso Hondo  

22
Servicios de gestión de la construcción 1 Unidad
Cod: 81101513
22.Rio Lonquen en Trehuaco  

23
Servicios de gestión de la construcción 1 Unidad
Cod: 81101513
23. Desagüe de Laguna Avendaño.  

24
Servicios de gestión de la construcción 1 Unidad
Cod: 81101513
24.Caracol  

25
Servicios de gestión de la construcción 1 Unidad
Cod: 81101513
25. Nueva Aldea  

26
Servicios de gestión de la construcción 1 Unidad
Cod: 81101513
26.Coelemu  

27
Servicios de gestión de la construcción 1 Unidad
Cod: 81101513
27.San Agustin de Puñual  

28
Servicios de gestión de la construcción 1 Unidad
Cod: 81101513
28. Mangarral  

29
Servicios de gestión de la construcción 1 Unidad
Cod: 81101513
29.San Fabian  

30
Servicios de gestión de la construcción 1 Unidad
Cod: 81101513
30.Chillancito  

31
Servicios de gestión de la construcción 1 Unidad
Cod: 81101513
31. Las Cruces  

32
Servicios de gestión de la construcción 1 Unidad
Cod: 81101513
32. Pozo El Carmen  

33
Servicios de gestión de la construcción 1 Unidad
Cod: 81101513
33. Pozo San Carlos en Ninquihue  

34
Servicios de gestión de la construcción 1 Unidad
Cod: 81101513
34. Pozo Chillán en Esc. camino a Pinto  

1. Características de la licitación
Nombre de la licitación:
CONSERVACIÓN DE LA RED HIDROMÉTRICA REGIONAL ÑUBLE
Estado:
Adjudicada
Descripción:
El objetivo general de la licitación es contratar la prestación de servicios para la conservación de la red hidrométrica en la Región de Ñuble, con el objetivo de mantenerla operativa y mejorar la gestión hídrica regional, para el cumplimiento de las labores propias del Servicio
Tipo de licitación:
Pública-Licitación Pública igual o superior a 100 UTM e inferior a 1.000 UTM (LE)
Tipo de convocatoria:
ABIERTO
Moneda:
Peso Chileno
Etapas del proceso de apertura:
Una Etapa
Contrato
Se requerirá suscripción de contrato
Toma de razón por Contraloría:
No requiere Toma de Razón por Contraloría
Publicidad de ofertas técnicas:
Las ofertas técnicas serán de público conocimiento una vez realizada la apertura técnica de las ofertas.
2. Organismo demandante
Unidad de compra:
Dirección General de Aguas - XVI Región de Ñuble
R.U.T.:
61.202.000-0
Dirección:
Vega de Saldías 651
Comuna:
Chillán
Región en que se genera la licitación:
Región del Ñuble
3. Etapas y plazos
Fecha de cierre de recepción de la oferta: 24-03-2025 15:01:00
Fecha de Publicación: 11-03-2025 20:47:00
Fecha inicio de preguntas: 13-03-2025 8:00:00
Fecha final de preguntas: 17-03-2025 12:00:00
Fecha de publicación de respuestas: 20-03-2025 12:00:00
Fecha de acto de apertura técnica: 24-03-2025 15:01:00
Fecha de acto de apertura económica (referencial): 24-03-2025 15:01:00
Fecha de Adjudicación: 10-04-2025 9:37:24
Fecha de entrega en soporte fisico No hay información
Fecha estimada de firma de contrato No hay información
Tiempo estimado de evaluación de ofertas No hay información
VISITA TERRENO, CONSIDERAR:JORNADA COMPLETA, MOVILIZACION, ALIMENTACION Y ELEMENTOS DE PROTECCION PERSONAL PROPIOS. HORARIO DE RECEPCION E INSCRIPCION DE OFERENTES HASTA LAS 10:00 HRS AM DEL DÍA 14/03/2025 EN DGA: CALLE 18 DE SEPTIEMBRE #246, OF 516 14-03-2025 10:00:00
4. Antecedentes para incluir en la oferta
Adicionalmente, todos los proveedores para ofertar en esta licitación, deberán obligatoriamente confirmar y firmar electrónicamente la Declaración Jurada de Requisitos para Ofertar.
Documentos Administrativos
1.- 1. INSCRIPCIÓN OBLIGATORIA EN EL REGISTRO DE PROVEEDORES. Para ofertar los proponentes deben considerar lo siguiente, en conformidad con el inciso 9 del artículo 16 de la Ley N°19.886. La D.G.A., sólo aceptará las ofertas de aquellos proveedores que se encuentren debidamente inscritos y hábiles en el Registro de Proveedores, a cargo de la Dirección de Compras y Contratación Pública. En dicho registro, se inscribirán todas las personas naturales y jurídicas, chilenas y extranjeras que no tengan causal de inhabilidad para contratar con los organismos del estado. En el Registro de Proveedores, se deberá individualizar, además, a los socios, accionistas, administradores y beneficiarios finales de las personas jurídicas inscritas, así como también contener información sobre los contratos adjudicados, ejecutados o terminados anticipadamente, de cada miembro del registro con algún organismo del Estado, conteniendo a su vez, información de las multas y sanciones respecto de los contratos en ejecución, y la calidad de habilitado o inhabilitado para contratar, de los proveedores. No podrán inscribirse o permanecer inscritos en el registro de proveedores, quienes incurran en algunas de las causales de inhabilidad que se señalan en el artículo 35 septies de la Ley N°19.886 y, en el artículo 154 de su reglamento. La inscripción se debe realizar mediante el llenado y presentación de un formulario electrónico, a través de la plataforma de www.mercadopublico.cl, acompañando todos los antecedentes que en dicho formulario y plataforma, se solicitan. Sin perjuicio de lo que el sistema de información señala, al momento de la inscripción, algunos de los antecedentes que se deben tener en consideración para la inscripción y la presentación de la oferta, dependiendo de cada caso, son los siguientes: a) Personas Naturales o Jurídicas, chilenas. De acuerdo a la ficha generada por el Registro de Proveedores, cada persona natural o jurídica que desee participar en el presente proceso de licitación, deberá aportar al menos, la siguiente información, entre otra que solicite el Sistema de Información y las presentes bases: - Declaración jurada simple, conforme al formato que se adjunta como Anexo N° 1, debidamente firmada por el proponente. - Descripción del proponente, conforme al formato que se adjunta como Anexo N° 2-A, debidamente firmada por el proponente. - Fotocopia legalizada de la cédula de identidad. - Antecedentes Generales, nombre o razón social según corresponda. Rut, dirección, correo electrónico y actividad económica que desarrolla el proveedor. - Antecedentes técnicos, de especialidades y certificaciones que tenga el proveedor. - Antecedentes Legales y financieros, como escritura de constitución social, certificados de vigencia de la sociedad y de poderes de sus representantes. Los documentos que se presenten, deben tener una antigüedad no superior a 60 días corridos desde su emisión. - Información de los socios, administradores, beneficiarios finales, (artículo 16 de la ley N°19.886.) - Calificación establecida por la Dirección de Compras, en base al comportamiento contractual del proveedor. 7 b) Personal Naturales o Jurídicas extranjeras. Las personas naturales o jurídicas extranjeras que deseen participar en el presente proceso de licitación podrán inscribirse en el Registro de Proveedores. Dichos interesados, sin perjuicio de los demás requisitos que deberán tener en cuenta al momento de presentar sus ofertas, deberán aportar al menos la siguiente documentación para gestionar su inscripción en el Registro de Proveedores, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 146 del Reglamento: - Documentos que acrediten la identidad, nacionalidad y domicilio del interesado; - Constitución de sociedad u otro similar que respecto a su país de origen; - Certificad de vigencia u otro similar de su país de origen; - Certificado de vigencia de poderes de sus representantes; - Declaración jurada de no estar en la lista de personas naturales o jurídicas, declaradas como inelegibles para la adjudicación de contratos, por las instituciones que correspondan; - Declaraciones de sus socios, accionistas, administradores y beneficiarios finales. Los documentos indicados en el inciso precedente deben ser otorgados por las instituciones o funcionarios que según las leyes del país de origen estén autorizados a su emisión. Estos documentos deberán ser entregados en copia simple, sin embargo, al momento de contratar, la entidad contratante deberá solicitar los documentos apostillados o legalizados, según corresponda. Además, en caso de que los documentos presentados para la inscripción en el Registro de Proveedores sean extendidos en idioma extranjero, deberá ser acompañados en su respectiva traducción al español. La Dirección de Compras podrá realizar las gestiones necesarias para verificar la veracidad de la información entregada. c) Universidades Respecto de las universidades, también podrán participar del presente proceso de licitación, con distinción de si corresponden a universidades estatales o privadas. En el primer caso, se regirán por la normativa especial aplicable de la Ley N°21.094 de Universidades Estatales, y en el caso de ser universidades privadas, se les tratará como personas jurídicas, por lo que deberán cumplir con los requisitos señalado para dichas instituciones. Algunos de los antecedentes a considerar, tanto para su inscripción del registro de proveedores, como para oferta del presente proceso, sin perjuicio de otros que se puedan solicitar en el sistema de información, son: - Declaración jurada simple, conforme al formato que se adjunta como Anexo Nº1, debidamente firmada por el representante legal del proponente. - Descripción e Individualización del proponente, conforme a formato que se adjunta como Anexo Nº3-A, debidamente firmada por el representante legal de la Universidad. - Carta patrocinio de la Universidad para la propuesta. - Si la Universidad no es de aquellas que pertenecen al Consejo de Rectores, debe acompañar los siguientes documentos: a) Descripción del proponente, conforme al formato que se adjunta como Anexo N°2-B, debidamente firmada por el proponente. b) Fotocopia legalizada de la cédula de identidad o cédula de identidad para extranjeros, en su caso. - La declaración jurada de ausencia de conflictos de interés e inhabilidades por condenas que se encuentra en el portal de la licitación. d) Unión Temporal de Proveedores (UTP) En el caso de tratarse de una unión temporal de proveedores (UTP), deberán tener en consideración lo siguiente al momento de postular con una oferta, y respecto a la inscripción que corresponda en el registro de proveedores, conforme al artículo 180 del reglamento de la ley N°19.886: 8 - Declaración jurada simple, conforme al formato que se adjunta como Anexo Nº1, debidamente firmada por el representante legal del proponente. - Identificación de los integrantes, firma y presentación Anexo N°3-B, debidamente firmada por el representante de la Unión Temporal de Proveedores y la declaración jurada de ausencia de conflictos de interés del portal de licitación. - Estará integrada por una o más empresas de menor tamaño. La oferta presentada por una unión compuesta por proveedores que no corresponden a una empresa de menor tamaño será declarada inadmisible, sin perjuicio de lo anterior, de manera excepcional, conforme al artículo 55 de la ley N°19.886 y el artículo 184 de su reglamento, una Unión Temporal de Proveedores podrá constituirse sin limitaciones por tamaño de empresa, solo para los efectos de los procedimientos de contratos para la innovación o de diálogo competitivo, en los términos que dispone la presente ley. - Dicha Unión Temporal de Proveedores debe tener por objeto unirse, para efectos de ofertar en caso de licitación o convenio marco, o para a suscripción de un contrato, en caso de una contratación directa, sin que sea necesario constituir una sociedad. - Se constituirá para el presente proceso en particular, sin embargo, su vigencia no podrá ser inferior a las del contrato que se adjudica, lo que debe contemplar la posible renovación y/o prórroga. - Deberá materializarse por escritura pública. Sin embargo, cuando se trate de adquisiciones inferiores a 1.000 UTM, el acuerdo en que conste la unión podrá materializarse por instrumento público o privado. - La designación de un representante común, que será el encargado de mantener las comunicaciones con la D.G.A. durante la realización de la licitación, explicitando el otorgamiento de poderes suficientes para representar a todos sus integrantes. El documento en que conste la designación de facultades deberá adjuntarse al momento de ofertar, y contendrá la indicación de las obligaciones que se le encomienden al apoderado, como por ejemplo, presentar los antecedentes, subsanar las solicitudes de aclaración, concurrir a visitas a terreno, actuar como supervisor del contrato, entregar los bienes, facturar, entregar informes renovar o modificar garantías y toda otra facultad atingente a la UTP. - Pacto expreso de la obligación solidaria entre los integrantes de la UTP, respecto del cumplimiento de las exigencias que se señalan en las presentes bases, de los contenidos de su propuesta y de las normas legales pertinentes. Este aspecto se debe tener presente respecto de todos y cada uno de los integrantes de una UTP, quienes serán solidariamente responsables respecto de las obligaciones derivados de la licitación y del respectivo contrato. Por ello, al momento de la suscripción del instrumento de la UTP no pueden incluirse cláusulas de exención o limitación de responsabilidad para alguno de los integrantes de la UTP. - Se recomienda que quienes suscriben el contrato de constitución de la UTP regule la facultad de repetir del integrante de la UTP que haya asumido la responsabilidad en contra del integrante incumplidor, en casos derivados de su culpa. Sin perjuicio de lo anterior, la D.G.A. podrá exigir la responsabilidad a cualquiera de los integrantes de la UTP, a su arbitrio. - Quienes conforman la Unión Temporal de proveedores, deberán determinar qué antecedentes presentarán para ser considerados en la evaluación, siempre y cuando lo anterior no signifique ocultar información relevante para la ejecución del respectivo contrato que afecte a alguno de los integrantes de la misma. - Deberá constar la inscripción individual de cada proveedor, integrante de la Unión Temporal de Proveedores, en el Registro de Proveedores, al momento de la presentación de la oferta. - En la constitución de la UTP, se debe establecer la modalidad de pago, es decir, individualizar al integrante que emitirá la factura o documento tributario de cobro y recepcionará el pago; en caso de omisión en su designación la D.G.A. entenderá que el integrante encargado de dicha obligación es quien represente la UTP, sin posibilidad de modificar su nominación. 9 - Se deberá identificar el domicilio legal de la unión temporal de proveedores, no solo indicando la ciudad y/o comuna, sino la dirección que asumirá la UTP. 2. POSTULACIÓN A TRAVÉS DEL SISTEMA DE INFORMACIÓN Y GESTIÓN DE COMPRAS Y CONTRATACIONES DEL ESTADO. La D.G.A., solo adjudicará el presente proceso a quienes hayan postulado por medio del sistema de información, según lo mandata el artículo 105 del reglamento, en que todo el proceso de compra y administración de sus contratos, se debe realizar sólo por este medio, incluyendo todos los actos, documentos y resoluciones relacionadas directa o indirectamente con los procesos de compra y ejecución del presente contrato. La D.G.A., no recibirá ofertas que no hayan sido realizadas por este medio, salvo las excepciones que señala el artículo 115 del reglamento. Sin perjuicio de lo anterior, los proveedores al momento de presentar sus ofertas, deberán acompañar las declaraciones que se soliciten como parte integrante del presente proceso, firmadas, tales como los anexos y declaraciones juradas que se soliciten, así como también toda documentación adicional que se pueda llegar a solicitar. Si algún proveedor tiene dificultades para ingresar su oferta administrativa, técnica y/o económica, deberá contactarse inmediatamente con la Mesa de Ayuda del portal Mercado Público, Fono 600-7000-600, para obtener orientación precisa que le permita ingresar sus ofertas. Cuando falla el Sistema de Información www.mercadopublico.cl, los oferentes pueden solicitar un certificado de indisponibilidad de dicha plataforma electrónica, dentro de los plazos establecidos, pudiendo entregar su oferta fuera del Sistema de Información, esto de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 115° del Reglamento de la Ley N°19.886. 3. PROHIBICIONES PARA CONTRATAR. No podrán contratar con la D.G.A., aquellos proveedores que no se encuentren inscritos y habilitados en el Registro de Proveedores, y a su vez, cuando incurran en algunas de las causales establecidas en el artículo 154 del reglamento y 35 septies de la Ley N°19.886, respecto de las cuales mencionamos de forma no taxativa, las siguientes: - Quienes, dentro de los dos años anteriores al momento de la presentación de la oferta, de la formulación de la propuesta o de la suscripción de la convención, según se trate de licitaciones públicas, privadas o contratación directa, hayan sido condenados por prácticas antisindicales o infracción a los derechos fundamentales del trabajador, o por delitos concursales establecidos en el Código Penal. - La D.G.A. no suscribirá contratos administrativos con el personal del Servicio, cualquiera que sea su calidad jurídica, o con las personas naturales contratadas a honorarios por ese organismo, ni con sus cónyuges o convivientes civiles, ni con las demás personas unidas por los vínculos de parentesco en segundo grado de consanguinidad o afinidad, ni con sociedades de personas o empresas individuales de responsabilidad limitada de las que formen parte o sean beneficiarios finales, ni con sociedades en comanditas por acciones, sociedades por acciones o anónimas cerradas en que sean accionistas directamente, o como beneficiarios finales, ni con sociedades anónimas abiertas en que aquéllos o éstas sean dueños de acciones que representen el 10% o más del capital, directamente o como beneficiarios finales, ni con los gerentes, administradores, representantes o directores de cualquiera de las sociedades antedichas. - Tampoco podrá suscribir contratos respecto de las autoridades y de los funcionarios directivos del servicio, hasta el nivel de jefe de departamento o su equivalente, y de los funcionarios definidos en el reglamento que participen en procedimientos de contratación, a las personas unidas a ellos por los vínculos de parentesco descritos en la letra b) del artículo 54 de la ley N°18.575, Orgánica Constitucional de Bases Generales de la Administración del Estado, que señala que se extiende esta prohibición respecto de las personas que tengan la calidad de cónyuge, hijo, adoptado 10 o pariente hasta el tercer grado de consanguinidad y segundo de afinidad inclusive; y a las sociedades en que aquellos o éstas participen en los términos expuestos anteriormente, durante el tiempo en que ejerzan sus funciones, y hasta el plazo de un año contado desde el día en que el respectivo funcionario o funcionaria haya cesado en su cargo. - Haber sido condenado por alguno de los delitos concursales establecidos en el código Penal. - Haber sido condenado en virtud de una sentencia firme y ejecutoriada, por incumplimiento contractual, por incumplimiento en un contrato sujeto a la ley de compras. - Haber sido condenado por prácticas antisindicales o infracción de los derechos fundamentales del trabajador. - Haber sido condenado por delito de cohecho. - Haber sido eliminado o suspendido del Registro de Proveedores, por resolución fundada. - Cualquier otra causal establecida en la Ley N°19.886 o su reglamento, o que dispongan los tribunales de justicia que inhabiliten para contratar con algún organismo del estado. En caso de ofertar en el presente proceso, una persona natural o jurídica, que se encuentre en alguna de las causales previamente señaladas, u otras establecidas en la Ley N°19.886 o su reglamento, será declarada inadmisible mediante acto administrativo fundado. 4. INTEGRIDAD DE LOS PROVEEDORES. Este factor tiene como finalidad evaluar que las personas que trabajan para los oferentes, durante el periodo en que se desarrolle la presente licitación, y en la ejecución de la misma y del contrato que se suscriba, en caso de resultar adjudicado, cumplan con los mismos estándares de integridad exigidos al proveedor. Para evidenciar lo anterior, el oferente deberá acreditar que el programa de integridad se encuentra difundido y conocido por sus trabajadores, entendiendo por tal, cualquier sistema de gestión que tenga como objetivo prevenir, y si resulta necesario, identificar y sancionar las infracciones de leyes, regulaciones, códigos o procedimientos internos que tienen lugar en una organización, promoviendo una cultura de cumplimiento. Para acreditar lo anterior, el proveedor deberá adjuntar a la oferta, el referido programa de integridad y el medio de difusión, por ejemplo: enlaces a la página web del oferente de donde conste su publicación o copia del o los correos electrónicos mediante los cuales se ha difundido dicho programa entre los trabajadores, u otro medio que acredite este hecho. El puntaje de este factor se asignará conforme se señala en la tabla de evaluación de criterios, establecida en el título Numeral XIII de las presentes bases. Sin perjuicio de lo anterior, se deberá suscribir, firma y presentar el Anexo N°4, conforme a lo que en dicha declaración se señala, y acompañando el programa de integridad correspondiente, en conjunto a dicho anexo. VI. REQUISITOS DE LA OFERTA Las ofertas tendrán una validez mínima de sesenta (60) días corridos desde la fecha de cierre de recepción de ofertas. Si dentro del plazo antes referido no se pudiera efectuar la adjudicación, la D.G.A. podrá solicitar a los proponentes, antes de la fecha de su expiración, una prórroga de la validez de estas por igual período. El solo hecho de la presentación de una oferta significa la aceptación por parte del oferente de su vigencia durante el proceso licitatorio, sin necesidad de declaración expresa al respecto. No obstante, si la oferta presenta una validez mínima inferior a sesenta (60) días corridos, la propuesta será rechazada por la comisión evaluadora y declarada inadmisible por medio de acto administrativo de la Autoridad Competente, totalmente tramitado. 11 Las ofertas deberán ser presentadas a través del Sistema de Información, pero además, deberán cumplir con los requisitos que se señalan en las presentes bases y acompañando los anexos que correspondan a cada caso, de forma obligatoria, debidamente firmados por quien tenga las facultades para representar al proveedor. Posibilidad de multioferta por un mismo proveedor Conforme al artículo 48 del Reglamento, las ofertas presentadas deben cumplir con los principios de seriedad, pureza y simplicidad. Por regla general, se entiende que cada proveedor puede presentar una única oferta, salvo que las bases del proceso permitan explícitamente la presentación de múltiples ofertas por parte de un mismo participante. En el marco del presente proceso licitatorio, dada la complejidad técnica del producto en cuestión, se autoriza excepcionalmente a los proveedores a presentar más de una oferta. No obstante, cada oferta deberá ser presentada de manera independiente, acompañada de toda la documentación requerida de forma autónoma, sin que pueda hacerse referencia ni establecer relación alguna entre ellas. Respecto a las Uniones Temporales de Proveedores (UTP), el reglamento establece una limitación específica: los integrantes de una UTP no podrán participar simultáneamente mediante una propuesta individual y otra a través de la misma UTP. En este sentido, deberán optar por una única modalidad de participación en el proceso.
Documentos Técnicos
1.- Los antecedentes que conforman la propuesta técnica deberán presentarse electrónicamente conforme a los requisitos que se solicitan en las Bases Técnicas, los cuales deberán reflejarse íntegramente en su oferta y debiendo ser lo más completa y específica posible. Los proponentes que formen una unión temporal de proveedores deberán presentar una propuesta técnica común
 
Documentos Económicos
1.- a) El oferente, al registrar su oferta en el Sistema de Información, deberá ingresar el precio neto unitario correspondiente a cada equipo ofertado. Dicho precio deberá expresarse en moneda nacional y no podrá exceder el presupuesto máximo disponible para esta contratación, conforme a lo señalado en el numeral XVI, denominado "Presupuesto Disponible", de las presentes Bases Administrativas. b) La oferta económica deberá incluir explícitamente la garantía técnica aplicable a los productos, conforme a lo establecido en las Bases Técnicas de este proceso. c) Cada oferente deberá adjuntar un anexo económico que detalle lo siguiente: - El monto total de la oferta, incluyendo impuestos. - El desglose de los precios unitarios, especificando los accesorios, si corresponde. - La cantidad exacta (número) de bienes ofertados. d) En caso de discrepancia entre el valor ofertado en el anexo económico y el registrado en el Sistema de Información, prevalecerá lo consignado en el anexo económico. Si la oferta económica supera el presupuesto máximo indicado en el numeral XVI de las Bases Administrativas, será rechazada por la comisión evaluadora y declarada inadmisible mediante resolución fundada de la Autoridad Competente de la (D.G.A.). La falta de presentación o la omisión de cualquiera de los antecedentes requeridos para la oferta económica o técnica facultará a la D.G.A. a excluir al oferente del proceso licitatorio. Dicha exclusión será declarada inadmisible mediante resolución fundada por no cumplir con los requisitos establecidos en las Bases. Es responsabilidad exclusiva de los oferentes presentar su 12 oferta conforme a lo estipulado en las Bases, entendiendo que la comisión evaluadora no está obligada a requerir, corregir o subsanar la falta u omisión de ningún antecedente o documento que forme parte de la propuesta. La D.G.A. podrá, durante la etapa de evaluación, solicitar a través del Sistema de Información que los oferentes subsanen errores u omisiones formales, siempre que dicha solicitud no contravenga los principios de igualdad entre los oferentes ni el de estricta sujeción a las Bases. Es importante destacar que los errores relacionados con el precio ofertado no se considerarán formales y no podrán ser objeto de subsanación. La solicitud de aclaración o subsanación es una facultad discrecional de la comisión evaluadora y no constituye una obligación. Los oferentes podrán subsanar exclusivamente lo que haya sido solicitado, en atención a los principios de estricta sujeción a las Bases y de igualdad entre los proveedores. Toda solicitud de aclaración o subsanación será informada al resto de los oferentes a través del Sistema de Información. Todos los costos y gastos derivados del estudio y presentación de las ofertas serán de exclusiva responsabilidad de los oferentes. No procederá, bajo ninguna circunstancia, indemnización, reembolso ni compensación alguna por parte de la D.G.A.
5. Requisitos para contratar al proveedor adjudicado
Persona natural
Encontrarse hábil en el Registro de Proveedores, registro que verificará NO haber incurrido en las siguientes causales de inhabilidad:

1 .- Haber sido condenado por cualquiera de los delitos de cohecho contemplados en el título V del Libro Segundo del Código Penal.
 
2 .- Registrar una o más deudas tributarias por un monto total superior a 500 UTM por más de un año, o superior a 200 UTM e inferior a 500 UTM por un período superior a 2 años, sin que exista un convenio de pago vigente. En caso de encontrarse pendiente juicio sobre la efectividad de la deuda, esta inhabilidad regirá una vez que se encuentre firme o ejecutoriada la respectiva resolución.
 
3 .- Registrar deudas previsionales o de salud por más de 12 meses por sus trabajadores dependientes, lo que se acreditará mediante certificado de la autoridad competente.
 
4 .- La presentación al Registro Nacional de Proveedores de uno o más documentos falsos, declarado así por sentencia judicial ejecutoriada.
 
5 .- Haber sido declarado en quiebra por resolución judicial ejecutoriada.
 
6 .- Haber sido eliminado o encontrarse suspendido del Registro Nacional de Proveedores por resolución fundada de la Dirección de Compras.
 
7 .- Haber sido condenado por prácticas antisindicales o infracción a los derechos fundamentales del trabajador.
 
8 .- Registrar condenas asociadas a responsabilidad penal jurídica (incumplimiento artículo 10, Ley 20.393).
 
Documentos persona natural
- Fotocopia Legalizada de Cédula de Identidad
- Declaración jurada acreditando que no se encuentra afecto al art. 4 inciso 6 de la ley 19.886, en el cual se establece que "ningún órgano de la administración del Estado podrá suscribir contratos administrativos de provisión de bienes y servicios con los funcionarios directivos del mismo órgano o empresa, ni con personas unidas a ellos por los vínculos de parentesco."
Persona jurídica
Encontrarse hábil en el Registro de Proveedores, registro que verificará NO haber incurrido en las siguientes causales de inhabilidad:

1 .- Haber sido condenado por cualquiera de los delitos de cohecho contemplados en el título V del Libro Segundo del Código Penal.

2 .- Registrar una o más deudas tributarias por un monto total superior a 500 UTM por más de un año, o superior a 200 UTM e inferior a 500 UTM por un período superior a 2 años, sin que exista un convenio de pago vigente. En caso de encontrarse pendiente juicio sobre la efectividad de la deuda, esta inhabilidad regirá una vez que se encuentre firme o ejecutoriada la respectiva resolución.

3 .- Registrar deudas previsionales o de salud por más de 12 meses por sus trabajadores dependientes, lo que se acreditará mediante certificado de la autoridad competente.

4 .- La presentación al Registro Nacional de Proveedores de uno o más documentos falsos, declarado así por sentencia judicial ejecutoriada.

5 .- Haber sido declarado en quiebra por resolución judicial ejecutoriada.

6 .- Haber sido eliminado o encontrarse suspendido del Registro Nacional de Proveedores por resolución fundada de la Dirección de Compras.

7 .- Haber sido condenado por prácticas antisindicales o infracción a los derechos fundamentales del trabajador.

8 .- Registrar condenas asociadas a responsabilidad penal jurídica (incumplimiento artículo 10, Ley 20.393).

Documentos persona jurídica
- Fotocopia Legalizada del Rut de la Empresa
- Declaración jurada acreditando que no se encuentra afecto al art. 4 inciso 6 de la ley 19.886, en el cual se establece que "ningún órgano de la administración del Estado podrá suscribir contratos administrativos de provisión de bienes y servicios con los funcionarios directivos del mismo órgano o empresa, ni con personas unidas a ellos por los vínculos de parentesco."
- Certificado de Vigencia de la Sociedad
- (1) Certificado de Boletín de Informes Comerciales
- (1) Certificado de Quiebras/Convenio Judicial
6. Criterios de evaluación
ÍtemObservacionesPonderación
1 Precio Ofertado Se asignará 100 puntos a la oferta de menor precio y a las demás ofertas se les asignará puntaje mediante la siguiente fórmula: (precio mínimo/precio oferta)*100. 40%
2 Experiencia del Oferente La experiencia de los oferentes será evaluada por medio de certificados emitidos por los Inspectores Fiscales de los proyectos o Jefes de Proyectos de las empresas con quienes hubiere contratado. Dichos certificados no podrán tener una antigüedad superior a cinco (5) años, contados desde la fecha de apertura de las propuestas. También el oferente podrá ingresar con el objeto de acreditar experiencia, órdenes de compra de proyectos de construcción en las cuales 17 sea posible verificar que los trabajos fueron ejecutados correctamente y a conformidad del mandante (por ejemplo, acompañadas mediante el respectivo certificado de recepción conforme). La sola orden de compra que no permita acreditar fehacientemente la correcta ejecución de los trabajos realizados, no acreditará experiencia. El factor experiencia del oferente será evaluado según la siguiente tabla: FACTOR EXPERIENCIA PUNTAJE El oferente ha realizado 7 o más contratos en trabajos de iguales o de similares características a los 30%
3 Garantía de los trabajos Los trabajos deberán contar con una garantía mínima de 12 meses. Se asignará 100 puntos a la oferta de mayor garantía, y a las demás ofertas se les asignará puntaje mediante la siguiente fórmula: (garantía oferta/garantía máxima)*100 15%
4 Plazo de ejecución de los trabajos Se le asignará el máximo puntaje (100 puntos) al mínimo plazo de entrega ofertado, y a las restantes ofertas se les asignará puntaje mediante la siguiente fórmula: (plazo mínimo/plazo oferta)*100. Se hace presente que, para efectos de evaluar este criterio, los proponentes deberán ofertar plazos de entrega o ejecución en días corridos. El plazo de entrega o ejecución ofertado no podrá superar los setenta (70) días corridos. contados desde las 24 horas siguiente a la fecha de la emisión de la orden de compra a través del Sistema de Información www.mercadopublico.cl, previa formalización de la contratación, conforme con lo estipulado en las presentes Bases. 5%
5 Programa de Integridad Para evaluar este criterio se evaluará si el oferente posee un programa de integridad que sea conocido por su personal, lo cual deberá ser declarado en el Anexo N°4. En caso que el anexo no se presente firmado junto con la oferta, o no se encuentre debidamente completado y firmado, se entenderá que el proveedor no cuenta con el programa en la forma señalada y se ponderará conforme a ello. Se entenderá que se cumple con el programa de integridad, cuando se cuente con un sistema que tenga como objetivo prevenir, identificar y sancionar las posibles infracciones de leyes, regulaciones, códigos o procedimientos internos que son propios de una organización, lo que promueve su cumplimiento. Se evaluará con o sin valor, conforme al siguiente criterio: - Presenta Anexo N°4 y adjunta copia del programa de integridad = 100 - No presenta Anexo N°4, pero adjunta la copia del Programa de Integridad = 0 - Presenta Anexo N°4, pero no adjunta la copia del Programa de Integridad =0 18 - No presenta Ane 5%
6 Cumplimiento de Requisitos Formales La presentación correcta y oportuna por parte de los oferentes de sus respectivas ofertas será evaluada de la siguiente forma: - La oferta presentada no contiene errores u omisiones formales, y el formato utilizado corresponde al indicado en las bases de licitación = 100 puntos. - La oferta presentada contiene errores u omisiones formales y deben ser subsanadas por solicitud de la D.G.A., o la oferta administrativa, técnica y/o económica está en un formato distinto del indicado en estas bases, toda vez que los documentos solicitados y en el orden que han sido requeridos tienen por objeto hacer una evaluación de las mismas en una forma más expedita = 0 puntos. En el caso de un empate en el puntaje, se resolverá cotejando el puntaje obtenido por los oferentes en cada criterio de evaluación, en el siguiente orden de prioridad: 1° Criterio 1 “Precio ofertado”; 2° Criterio 2 “Experiencia del oferente”; 3° Criterio 3 “Garantía de los trabajos”; 4° Criterio 4; Plazo de ejecución de los trabaj 5%

7. Montos y duración del contrato
Estimación en base a: Presupuesto Disponible
Fuente de financiamiento: subtitulo 31.02.004, Código BIP 40049132-0
Monto Total Estimado: 45750000
Justificación del monto estimado el gasto que irrogue la licitación pública referente a la prestación de servicios denominada “CONSERVACIÓN DE LA RED HIDROMÉTRICA REGIONAL, REGIÓN DE ÑUBLE”, por un monto máximo de 45.750.000 según lo dispuesto en la Ley N° 21.7222024, de Presupuestos
Contrato con Renovación: NO
Observaciones Sin observaciones
Plazos de pago: 30 días contra la recepción conforme de la factura
Opciones de pago: Transferencia Electrónica
Nombre de responsable de pago: ROBERTO CERNA CARRASCO
e-mail de responsable de pago: ROBERTO.CERNA@MOP.GOV.CL
Nombre de responsable de contrato: JUAN BASTÍAS GUAJARDO
e-mail de responsable de contrato: JUAN.BASTIAS@MOP.GOV.CL
Teléfono de responsable del contrato: 56-42-2422304-
Prohibición de subcontratación: Se permite subcontratación
8. Garantías requeridas
    Garantía fiel de Cumplimiento de Contrato
Beneficiario: Ministerio de Obras Públicas – RUT: 61.202.000-0
Fecha de vencimiento: 31-12-2025
Monto: 5 %
Descripción: Cualquier instrumento que asegure el cobro de manera rápida y efectiva, tales como boleta de garantía, vale vista, certificado de fianza, póliza de seguro y otros. Expresada en Pesos Chilenos. En caso que la garantía que se presente sea una póliza de seguro o certificado de fianza y el monto asegurado se indique en unidad de fomento (UF), dicha cifra además, deberá señalarse en pesos de forma numérica y escrita, expresando claramente que es pagadera a la vista o primer requerimiento, de ejecución inmediata, sin liquidador ni cláusula de arbitraje, emitida por una compañía aseguradora inscrita en la Comisión para el Mercado Financiero (CMF), que deberá cubrir, ya sea a través de endoso o cláusula, el importe para los casos que fuere necesario hacerla efectiva, o en su defecto, no deberá considerar en sus cláusulas la exclusión de dichos importes.
Glosa: “Para garantizar el fiel y oportuno cumplimiento del contrato denominado CONSERVACIÓN DE LA RED HIDROMÉTRICA REGIONAL, REGIÓN DE ÑUBLE”
Forma y oportunidad de restitución: El contratista deberá solicitar la devolución de la garantía de fiel y oportuno cumplimiento del contrato, al término de su vigencia, por escrito, mediante presentación dirigida al Inspector Fiscal, según corresponda, efectuada a través de la Oficina de Partes de la D.G.A. Cabe señalar que el Inspector Fiscal y la jefatura del Departamento Administrativo y Secretaría General, deberán dejar constancia de su conformidad en un acta, manifestando la recepción conforme de la prestación de servicios, indicando si se cursaron multas y/o sanciones, y si estas fueron tramitadas y cobradas en tiempo y forma. Dicha acta deberá ser aprobada mediante acto administrativo de la Autoridad Competente de la D.G.A. El retiro de la garantía de fiel y oportuno cumplimiento será obligación y responsabilidad exclusiva del contratista.
9. Requerimientos técnicos y otras cláusulas
Cláusula de Readjudicación
En caso que el adjudicatario se desista de su oferta o si el oferente adjudicado no presentara la garantía de fiel y oportuno cumplimiento del contrato yo no entregara los antecedentes legales para contratar yo no firmara el contrato correspondiente en el plazo establecido en las Bases Administrativas yo no aceptara la orden de compra en el plazo establecido yo no pudiera cumplir con la entrega de los bienes, o cualquier otra circunstancia que según la Ley N°19.886 yo su reglamento, no permita continuar con la anuencia con el proveedor, la D.G.A. podrá readjudicar la licitación al oferente cuya oferta le suceda en la calificación o podrá declararla desierta mediante acto administrativo totalmente tramitado. En este caso, conforme con lo establecido en el numeral XI de las Bases Administrativas, se hará efectiva la garantía de seriedad de la oferta, si fuera el caso.
Resolución de Empates
En el caso de un empate en el puntaje, se resolverá cotejando el puntaje obtenido por los oferentes en cada criterio de evaluación, en el siguiente orden de prioridad: 1° Criterio 1 “Precio ofertado”; 2° Criterio 2 “Experiencia del oferente”; 3° Criterio 3 “Garantía de los trabajos”; 4° Criterio 4; Plazo de ejecución de los trabajos”; 5° Criterio 5 “Programa de integridad”; 6° Criterio 6 “Cumplimiento de los requisitos formales”. Se logrará el desempate en uno de los criterios de evaluación, verificados en el orden establecido anteriormente, cuando exista en el mencionado criterio una diferencia en el puntaje de los oferentes, correspondiendo adjudicar la licitación a aquel oferente que haya obtenido el puntaje mayor en el respectivo criterio, no cotejando los siguientes criterios de evaluación. En caso de persistir el empate, se adjudicará al oferente que hubiese ingresado primero su oferta en el Sistema de Información, www.mercadopublico.cl, considerando la fecha y hora registradas en éste. La oferta que obtenga el mayor puntaje final en la evaluación de los criterios estipulados y resulte conveniente a los intereses del Servicio, se adjudicará la presente licitación pública. Cualquier error de concordancia de la presente pauta de evaluación, será resuelto por la Comisión evaluadora, sin modificar en lo sustancial, la lógica de objetividad de los criterios de evaluación. Es necesario tener presente, que en el caso de las UTP, estas tienen la obligación de informar inmediatamente a la D.G.A. sobre el retiro de uno o más de sus integrantes. Si el retiro se produce durante la evaluación de las ofertas, la UTP debe informar además en forma inmediata, si producto de ese retiro se continuará participando en la licitación, o bien, si se desistirá de esta. La UTP debe continuar funcionando con, al menos, dos (2) integrantes. Una vez iniciado el proceso de evaluación de las ofertas, resulta improcedente que el integrante que se retira de una UTP sea reemplazado por otro integrante, aun cuando el reemplazante reúna características iguales o superiores al integrante retirado. Si durante la evaluación de las ofertas se retira alguno de los integrantes de una UTP, que hubiese reunido una o más características objeto de la evaluación de la oferta, tal circunstancia debiera constituir una causal de declaración de inadmisibilidad de la propuesta. La Comisión evaluadora levantará un Acta de Evaluación del presente concurso –informe completo y fundado–, con su propuesta de adjudicación a la autoridad competente, la que deberá adoptar la decisión final, a través de un acto administrativo fundado. 19 Para resguardar la conveniencia de los intereses de la Institución, la Dirección General de Aguas, se reserva el derecho de adjudicar o no la licitación, cuando la nota de la oferta mejor evaluada sea inferior a 70 puntos.
NUEVA ADJUDICACIÓN DE LA LICITACIÓN
En caso que el adjudicatario se desista de su oferta o si el oferente adjudicado no presentara la garantía de fiel y oportuno cumplimiento del contrato y/o no entregara los antecedentes legales para contratar y/o no firmara el contrato correspondiente en el plazo establecido en las Bases Administrativas y/o no aceptara la orden de compra en el plazo establecido y/o no pudiera cumplir con la entrega de los bienes, o cualquier otra circunstancia que según la Ley N°19.886 y/o su reglamento, no permita continuar con la anuencia con el proveedor, la D.G.A. podrá readjudicar la licitación al oferente cuya oferta le suceda en la calificación o podrá declararla desierta mediante acto administrativo totalmente tramitado. En este caso, conforme con lo establecido en el numeral XI de las Bases Administrativas, se hará efectiva la garantía de seriedad de la oferta, si fuera el caso
I. INTRODUCCIÓN
La Dirección General de Aguas, en adelante también “D.G.A.”, llama a presentar ofertas mediante licitación pública para la prestación de servicios denominada “CONSERVACIÓN DE LA RED HIDROMÉTRICA REGIONAL, REGIÓN DE ÑUBLE”, La D.G.A., de conformidad a las políticas gubernamentales sobre equidad de género, expresa que no discrimina por género, ni por ninguna otra condición, por lo tanto, en la redacción de estas Bases Administrativas, Técnicas y Anexos, y en todos aquellos instrumentos que se elaboren a consecuencia del presente documento, se utilizará un lenguaje “no sexista”, es decir, que no discrimine ni marque diferencias entre todas las personas. La licitación pública se regirá por las disposiciones de la Ley N°19.886, de bases sobre Contratos Administrativos de Suministro y Prestación de Servicios, y sus modificaciones, en adelante “Ley de Compras”; su Reglamento, aprobado mediante Decreto Supremo N°661, de 2024, del Ministerio de Hacienda, en adelante el “Reglamento”; la Ley N°19.880, que establece bases de los procedimientos administrativos que rigen los actos de los órganos de la Administración del Estado; por las Bases Administrativas y Técnicas, y sus correspondientes anexos; y por las consultas, respuestas y aclaraciones realizadas en el Sistema de Información de Compras y Contratación Pública, portal www.mercadopublico.cl, durante la licitación. Los documentos del proceso de licitación pública estarán constituidos por las presentes Bases Administrativas, Técnicas y Anexos, y por las consultas, respuestas y aclaraciones realizadas. Todos estos documentos estarán a disposición de los interesados en forma gratuita en el Sistema de Información www.mercadopublico.cl. La presentación de ofertas implica la aceptación por parte del oferente de todas y cada una de las disposiciones contenidas en las presentes Bases, las normas y condiciones que regulan tanto el mecanismo de licitación, selección y adjudicación, así como la ejecución del contrato, sin necesidad de declaración expresa. El participante u oferente, deberá examinar todas las instrucciones, condiciones y especificaciones que figuran en las Bases Administrativas, Técnicas y Anexos de la licitación pública, las cuales, junto con las eventuales consultas y respuestas que dé esta Entidad Licitante, constituyen la única fuente de información que debe el proponente considerar al preparar su oferta. Cabe hacer presente, que las Bases Administrativas y Técnicas con los anexos de la licitación pública, como cualquier otro documento referido en este pliego de condiciones, se entenderán conocidas y obligatorias para todos los participantes y para todos los efectos legales serán parte integrante de la relación contractual que se establezca con la D.G.A.
II. DEFINICIONES
Sin perjuicio de lo dispuesto en el artículo 2° del Decreto Supremo N° 250, de 2004, del Ministerio de Hacienda, que aprueba el Reglamento de la Ley N° 19.886, para la correcta interpretación de los documentos de la licitación pública, se establece el significado o definición de los siguientes términos: - Adjudicatario: Oferente al cual le ha sido aceptada su oferta en el presente proceso, para la suscripción del contrato definitivo. - Bases: Las presentes Bases Administrativas, Técnicas y Anexos para la licitación pública de prestación de servicios denominada “CONSERVACIÓN DE LA RED HIDROMÉTRICA REGIONAL, REGIÓN DE ÑUBLE”. - Días Corridos: Son todos los días de la semana que se computan uno a uno en forma correlativa. Si un plazo inicia su computo en un día inhábil, se entenderá ampliado e iniciará su contabilización, a partir del día hábil siguiente. 4 - Días Hábiles: Son todos los días de la semana, excepto los sábados, domingos y festivos. - Fuerza Mayor o Caso Fortuito: De acuerdo con lo dispuesto en el artículo 45° del Código Civil. - Ley de Compras: La Ley N° 19.886, de Bases sobre Contratos Administrativos de Suministro y Prestación de Servicios, y sus modificaciones. - Oferente: Proveedor que participa en el presente proceso de compra presentando una oferta. - Proveedor/Contratista: Proveedor que suministra bienes o servicios a la D.G.A., en virtud de la Ley de Compras y su Reglamento. - Reglamento: El Reglamento de la Ley N°19.886, contenido en el Decreto Supremo N°661, de 2024, del Ministerio de Hacienda. - Servicio o D.G.A.: Dirección General de Aguas. - Sistema de Información o Portal: www.mercadopublico.cl - Unión Temporal de Proveedores (UTP): Asociación de personas naturales y/o jurídicas, para la presentación de una oferta en caso de licitaciones.
III. ETAPAS Y PLAZOS DE LA LICITACIÓN
Llamado y Publicación de las Bases: Las presentes bases se publicarán en el sitio www.mercadopublico.cl, una vez que se encuentre completamente tramitado el acto administrativo que las aprueba. • Consultas y aclaraciones: Las consultas que los oferentes deseen formular con relación a la materia de esta licitación, se deberán realizar a través del sitio www.mercadopublico.cl, en el ID asignado por dicho Sistema, en la sección “Preguntas y Respuestas”, dentro del plazo de cinco (5) días corridos, contados desde las 24 horas posteriores a la publicación de estas Bases. Las respuestas, igualmente, serán publicadas en la citada sección “Preguntas y Respuestas”, a más tardar al tercer (3°) día corrido de expirado el plazo de la recepción de preguntas, a través de un archivo adjunto. Dichas respuestas se considerarán parte integrante de las normas que rigen esta licitación. Por lo anterior, será responsabilidad de cada postulante el informarse acerca de las aclaraciones, sin que pueda alegar desconocimiento respecto de estas. Cabe hacer presente que no se atenderán consultas telefónicas o por otro canal que no sea el dispuesto anteriormente. La D.G.A. podrá consolidar las consultas relacionadas al mismo tema, publicando una sola respuesta general. Las aclaraciones a las presentes bases que la D.G.A. estime necesario realizar de oficio, se considerarán parte integrante del pliego de condiciones que rige la licitación y se comunicarán conjuntamente con las respuestas a las consultas en la página web mencionada, según lo dispuesto en el cronograma. Todas las comunicaciones que deban efectuarse con motivo de esta licitación pública se harán por medio del portal electrónico www.mercadopublico.cl. • Visita Obligatoria: Los participantes de la licitación pública deberán asistir a una inspección previa (visita a terreno), cuyo carácter es obligatorio, con el fin de tomar conocimiento acerca de las condiciones y la magnitud de los servicios de habilitación de oficinas requeridos por la D.G.A. El día, hora y lugar para la realización de dicha visita se informará a través de la Ficha de la Licitación, junto con la publicación del llamado a licitación pública, mediante la plataforma electrónica www.mercadopublico.cl. Se tolerará un máximo de cinco (5) minutos de atraso con respecto de la hora establecida en la Ficha de Licitación para la realización de la visita a las dependencias de la D.G.A. Transcurrido dicho plazo, el interesado no podrá participar de la visita. 5 De dicha visita se firmará un Acta de Visita. El Acta de Visita, firmada por los participantes que asistan, se publicará en forma oportuna en el Sistema de Información, www.mercadopublico.cl. El oferente que no asista a la visita programada no podrá presentar ofertas, y si lo hace, su oferta será rechazada de plano por el evaluador, por incumplimiento a las bases de licitación, puesto que, como ya se indicó, la visita es de carácter obligatorio para todos los participantes. Finalmente, cabe señalar, que la realización de la visita obligatoria es imprescindible, por cuanto permitirá a los oferentes realizar consultas y verificar las condiciones físicas de las instalaciones de la Institución, para la ejecución de los trabajos de habilitación cuyo detalle se especifica en las Bases Técnicas. • Cierre de recepción de ofertas: El plazo para la recepción de ofertas será de diez (10) días corridos, contados luego de transcurridas las 24 horas siguientes a la publicación del llamado a licitación y sus correspondientes Bases. No obstante lo anterior, si a la fecha de cierre de recepción de ofertas se han recibido dos (2) o menos propuestas, el plazo de cierre se ampliará automáticamente en dos (2) días hábiles, por una sola vez. De ocurrir la extensión del plazo de cierre de recepción de ofertas, se modificará también en forma automática, la fecha de apertura y fecha de adjudicación, según corresponda. • Acto de apertura: La presente licitación es en una sola etapa, esto es, que en el acto de apertura se procederá a abrir tanto la oferta técnica como la oferta económica. El acto de apertura se efectuará a través del Sistema de Información el mismo día de cierre de recepción de ofertas. Se aceptará la recepción de los antecedentes, sin que dicha comunicación implique la aceptación del contenido de estos, ni que el archivo sea válido o correcto. • Evaluación de ofertas: El plazo de evaluación de las ofertas será, como máximo, de diez (10) días corridos, contados desde el día siguiente al de apertura de las ofertas. • Adjudicación: La adjudicación de la licitación será dentro de los cinco (5) días hábiles siguientes al de término de la evaluación de las ofertas. Sin perjuicio de lo anterior, los plazos podrán ser modificados según las necesidades del Servicio, lo que será oportunamente informado a través del Sistema de Información, www.mercadopublico.cl.
IV. MODIFICACIÓN A LAS BASES
La D.G.A. podrá modificar las presentes bases de licitación y sus anexos, ya sea por iniciativa propia o en atención a una aclaración solicitada por algún oferente, y hasta antes del cierre de la recepción de ofertas. Las modificaciones podrán referirse a todo tipo de aspectos técnicos y administrativos, prórrogas o suspensiones de plazos o de cualquier otra índole, que sean relevantes para el desarrollo del presente concurso, debiendo ser oportunamente informado en el sistema de información www.mercadopublico.cl, por lo que será responsabilidad de los proveedores revisar periódicamente los avances que experimente el proceso en dicho portal. El servicio prorrogará el plazo de cierre de la recepción de ofertas en atención a la complejidad de los cambios que incorpore en las presentes bases, permitiendo a los proveedores que conozcan de dichas modificaciones para incorporarlas en sus ofertas, respecto de lo cual, el servicio fijará un nuevo plazo de cierre de recepción de ofertas, de forma prudencial.
V. REQUISITOS DE LOS PARTICIPANTES
En esta licitación pública podrán participar personas naturales y jurídicas, tanto nacionales como extranjeras, de derecho público o privado, ya sea en forma individual o en unión temporal de 6 proveedores, que al momento de la presentación de la oferta, acrediten su situación financiera y técnica, en cumplimiento con los requisitos establecidos en la Ley N°19.886 y su reglamento. Los oferentes y/o participantes por el solo hecho de presentar sus ofertas en la presente licitación, se entenderán en cabal conocimiento de todos y cada uno de los instrumentos que integran estas Bases, incluyendo las eventuales respuestas a las consultas y aclaraciones y las normas jurídicas que les son aplicables en las materias que dicen relación con ellas, sus anexos y todo lo relativo a las mismas. 1. INSCRIPCIÓN OBLIGATORIA EN EL REGISTRO DE PROVEEDORES. Para ofertar los proponentes deben considerar lo siguiente, en conformidad con el inciso 9 del artículo 16 de la Ley N°19.886. La D.G.A., sólo aceptará las ofertas de aquellos proveedores que se encuentren debidamente inscritos y hábiles en el Registro de Proveedores, a cargo de la Dirección de Compras y Contratación Pública. En dicho registro, se inscribirán todas las personas naturales y jurídicas, chilenas y extranjeras que no tengan causal de inhabilidad para contratar con los organismos del estado. En el Registro de Proveedores, se deberá individualizar, además, a los socios, accionistas, administradores y beneficiarios finales de las personas jurídicas inscritas, así como también contener información sobre los contratos adjudicados, ejecutados o terminados anticipadamente, de cada miembro del registro con algún organismo del Estado, conteniendo a su vez, información de las multas y sanciones respecto de los contratos en ejecución, y la calidad de habilitado o inhabilitado para contratar, de los proveedores. No podrán inscribirse o permanecer inscritos en el registro de proveedores, quienes incurran en algunas de las causales de inhabilidad que se señalan en el artículo 35 septies de la Ley N°19.886 y, en el artículo 154 de su reglamento. La inscripción se debe realizar mediante el llenado y presentación de un formulario electrónico, a través de la plataforma de www.mercadopublico.cl, acompañando todos los antecedentes que en dicho formulario y plataforma, se solicitan. Sin perjuicio de lo que el sistema de información señala, al momento de la inscripción, algunos de los antecedentes que se deben tener en consideración para la inscripción y la presentación de la oferta, dependiendo de cada caso, son los siguientes: a) Personas Naturales o Jurídicas, chilenas. De acuerdo a la ficha generada por el Registro de Proveedores, cada persona natural o jurídica que desee participar en el presente proceso de licitación, deberá aportar al menos, la siguiente información, entre otra que solicite el Sistema de Información y las presentes bases: - Declaración jurada simple, conforme al formato que se adjunta como Anexo N° 1, debidamente firmada por el proponente. - Descripción del proponente, conforme al formato que se adjunta como Anexo N° 2-A, debidamente firmada por el proponente. - Fotocopia legalizada de la cédula de identidad. - Antecedentes Generales, nombre o razón social según corresponda. Rut, dirección, correo electrónico y actividad económica que desarrolla el proveedor. - Antecedentes técnicos, de especialidades y certificaciones que tenga el proveedor. - Antecedentes Legales y financieros, como escritura de constitución social, certificados de vigencia de la sociedad y de poderes de sus representantes. Los documentos que se presenten, deben tener una antigüedad no superior a 60 días corridos desde su emisión. - Información de los socios, administradores, beneficiarios finales, (artículo 16 de la ley N°19.886.) - Calificación establecida por la Dirección de Compras, en base al comportamiento contractual del proveedor. 7 b) Personal Naturales o Jurídicas extranjeras. Las personas naturales o jurídicas extranjeras que deseen participar en el presente proceso de licitación podrán inscribirse en el Registro de Proveedores. Dichos interesados, sin perjuicio de los demás requisitos que deberán tener en cuenta al momento de presentar sus ofertas, deberán aportar al menos la siguiente documentación para gestionar su inscripción en el Registro de Proveedores, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 146 del Reglamento: - Documentos que acrediten la identidad, nacionalidad y domicilio del interesado; - Constitución de sociedad u otro similar que respecto a su país de origen; - Certificad de vigencia u otro similar de su país de origen; - Certificado de vigencia de poderes de sus representantes; - Declaración jurada de no estar en la lista de personas naturales o jurídicas, declaradas como inelegibles para la adjudicación de contratos, por las instituciones que correspondan; - Declaraciones de sus socios, accionistas, administradores y beneficiarios finales. Los documentos indicados en el inciso precedente deben ser otorgados por las instituciones o funcionarios que según las leyes del país de origen estén autorizados a su emisión. Estos documentos deberán ser entregados en copia simple, sin embargo, al momento de contratar, la entidad contratante deberá solicitar los documentos apostillados o legalizados, según corresponda. Además, en caso de que los documentos presentados para la inscripción en el Registro de Proveedores sean extendidos en idioma extranjero, deberá ser acompañados en su respectiva traducción al español. La Dirección de Compras podrá realizar las gestiones necesarias para verificar la veracidad de la información entregada. c) Universidades Respecto de las universidades, también podrán participar del presente proceso de licitación, con distinción de si corresponden a universidades estatales o privadas. En el primer caso, se regirán por la normativa especial aplicable de la Ley N°21.094 de Universidades Estatales, y en el caso de ser universidades privadas, se les tratará como personas jurídicas, por lo que deberán cumplir con los requisitos señalado para dichas instituciones. Algunos de los antecedentes a considerar, tanto para su inscripción del registro de proveedores, como para oferta del presente proceso, sin perjuicio de otros que se puedan solicitar en el sistema de información, son: - Declaración jurada simple, conforme al formato que se adjunta como Anexo Nº1, debidamente firmada por el representante legal del proponente. - Descripción e Individualización del proponente, conforme a formato que se adjunta como Anexo Nº3-A, debidamente firmada por el representante legal de la Universidad. - Carta patrocinio de la Universidad para la propuesta. - Si la Universidad no es de aquellas que pertenecen al Consejo de Rectores, debe acompañar los siguientes documentos: a) Descripción del proponente, conforme al formato que se adjunta como Anexo N°2-B, debidamente firmada por el proponente. b) Fotocopia legalizada de la cédula de identidad o cédula de identidad para extranjeros, en su caso. - La declaración jurada de ausencia de conflictos de interés e inhabilidades por condenas que se encuentra en el portal de la licitación. d) Unión Temporal de Proveedores (UTP) En el caso de tratarse de una unión temporal de proveedores (UTP), deberán tener en consideración lo siguiente al momento de postular con una oferta, y respecto a la inscripción que corresponda en el registro de proveedores, conforme al artículo 180 del reglamento de la ley N°19.886: 8 - Declaración jurada simple, conforme al formato que se adjunta como Anexo Nº1, debidamente firmada por el representante legal del proponente. - Identificación de los integrantes, firma y presentación Anexo N°3-B, debidamente firmada por el representante de la Unión Temporal de Proveedores y la declaración jurada de ausencia de conflictos de interés del portal de licitación. - Estará integrada por una o más empresas de menor tamaño. La oferta presentada por una unión compuesta por proveedores que no corresponden a una empresa de menor tamaño será declarada inadmisible, sin perjuicio de lo anterior, de manera excepcional, conforme al artículo 55 de la ley N°19.886 y el artículo 184 de su reglamento, una Unión Temporal de Proveedores podrá constituirse sin limitaciones por tamaño de empresa, solo para los efectos de los procedimientos de contratos para la innovación o de diálogo competitivo, en los términos que dispone la presente ley. - Dicha Unión Temporal de Proveedores debe tener por objeto unirse, para efectos de ofertar en caso de licitación o convenio marco, o para a suscripción de un contrato, en caso de una contratación directa, sin que sea necesario constituir una sociedad. - Se constituirá para el presente proceso en particular, sin embargo, su vigencia no podrá ser inferior a las del contrato que se adjudica, lo que debe contemplar la posible renovación y/o prórroga. - Deberá materializarse por escritura pública. Sin embargo, cuando se trate de adquisiciones inferiores a 1.000 UTM, el acuerdo en que conste la unión podrá materializarse por instrumento público o privado. - La designación de un representante común, que será el encargado de mantener las comunicaciones con la D.G.A. durante la realización de la licitación, explicitando el otorgamiento de poderes suficientes para representar a todos sus integrantes. El documento en que conste la designación de facultades deberá adjuntarse al momento de ofertar, y contendrá la indicación de las obligaciones que se le encomienden al apoderado, como por ejemplo, presentar los antecedentes, subsanar las solicitudes de aclaración, concurrir a visitas a terreno, actuar como supervisor del contrato, entregar los bienes, facturar, entregar informes renovar o modificar garantías y toda otra facultad atingente a la UTP. - Pacto expreso de la obligación solidaria entre los integrantes de la UTP, respecto del cumplimiento de las exigencias que se señalan en las presentes bases, de los contenidos de su propuesta y de las normas legales pertinentes. Este aspecto se debe tener presente respecto de todos y cada uno de los integrantes de una UTP, quienes serán solidariamente responsables respecto de las obligaciones derivados de la licitación y del respectivo contrato. Por ello, al momento de la suscripción del instrumento de la UTP no pueden incluirse cláusulas de exención o limitación de responsabilidad para alguno de los integrantes de la UTP. - Se recomienda que quienes suscriben el contrato de constitución de la UTP regule la facultad de repetir del integrante de la UTP que haya asumido la responsabilidad en contra del integrante incumplidor, en casos derivados de su culpa. Sin perjuicio de lo anterior, la D.G.A. podrá exigir la responsabilidad a cualquiera de los integrantes de la UTP, a su arbitrio. - Quienes conforman la Unión Temporal de proveedores, deberán determinar qué antecedentes presentarán para ser considerados en la evaluación, siempre y cuando lo anterior no signifique ocultar información relevante para la ejecución del respectivo contrato que afecte a alguno de los integrantes de la misma. - Deberá constar la inscripción individual de cada proveedor, integrante de la Unión Temporal de Proveedores, en el Registro de Proveedores, al momento de la presentación de la oferta. - En la constitución de la UTP, se debe establecer la modalidad de pago, es decir, individualizar al integrante que emitirá la factura o documento tributario de cobro y recepcionará el pago; en caso de omisión en su designación la D.G.A. entenderá que el integrante encargado de dicha obligación es quien represente la UTP, sin posibilidad de modificar su nominación. 9 - Se deberá identificar el domicilio legal de la unión temporal de proveedores, no solo indicando la ciudad y/o comuna, sino la dirección que asumirá la UTP. 2. POSTULACIÓN A TRAVÉS DEL SISTEMA DE INFORMACIÓN Y GESTIÓN DE COMPRAS Y CONTRATACIONES DEL ESTADO. La D.G.A., solo adjudicará el presente proceso a quienes hayan postulado por medio del sistema de información, según lo mandata el artículo 105 del reglamento, en que todo el proceso de compra y administración de sus contratos, se debe realizar sólo por este medio, incluyendo todos los actos, documentos y resoluciones relacionadas directa o indirectamente con los procesos de compra y ejecución del presente contrato. La D.G.A., no recibirá ofertas que no hayan sido realizadas por este medio, salvo las excepciones que señala el artículo 115 del reglamento. Sin perjuicio de lo anterior, los proveedores al momento de presentar sus ofertas, deberán acompañar las declaraciones que se soliciten como parte integrante del presente proceso, firmadas, tales como los anexos y declaraciones juradas que se soliciten, así como también toda documentación adicional que se pueda llegar a solicitar. Si algún proveedor tiene dificultades para ingresar su oferta administrativa, técnica y/o económica, deberá contactarse inmediatamente con la Mesa de Ayuda del portal Mercado Público, Fono 600-7000-600, para obtener orientación precisa que le permita ingresar sus ofertas. Cuando falla el Sistema de Información www.mercadopublico.cl, los oferentes pueden solicitar un certificado de indisponibilidad de dicha plataforma electrónica, dentro de los plazos establecidos, pudiendo entregar su oferta fuera del Sistema de Información, esto de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 115° del Reglamento de la Ley N°19.886. 3. PROHIBICIONES PARA CONTRATAR. No podrán contratar con la D.G.A., aquellos proveedores que no se encuentren inscritos y habilitados en el Registro de Proveedores, y a su vez, cuando incurran en algunas de las causales establecidas en el artículo 154 del reglamento y 35 septies de la Ley N°19.886, respecto de las cuales mencionamos de forma no taxativa, las siguientes: - Quienes, dentro de los dos años anteriores al momento de la presentación de la oferta, de la formulación de la propuesta o de la suscripción de la convención, según se trate de licitaciones públicas, privadas o contratación directa, hayan sido condenados por prácticas antisindicales o infracción a los derechos fundamentales del trabajador, o por delitos concursales establecidos en el Código Penal. - La D.G.A. no suscribirá contratos administrativos con el personal del Servicio, cualquiera que sea su calidad jurídica, o con las personas naturales contratadas a honorarios por ese organismo, ni con sus cónyuges o convivientes civiles, ni con las demás personas unidas por los vínculos de parentesco en segundo grado de consanguinidad o afinidad, ni con sociedades de personas o empresas individuales de responsabilidad limitada de las que formen parte o sean beneficiarios finales, ni con sociedades en comanditas por acciones, sociedades por acciones o anónimas cerradas en que sean accionistas directamente, o como beneficiarios finales, ni con sociedades anónimas abiertas en que aquéllos o éstas sean dueños de acciones que representen el 10% o más del capital, directamente o como beneficiarios finales, ni con los gerentes, administradores, representantes o directores de cualquiera de las sociedades antedichas. - Tampoco podrá suscribir contratos respecto de las autoridades y de los funcionarios directivos del servicio, hasta el nivel de jefe de departamento o su equivalente, y de los funcionarios definidos en el reglamento que participen en procedimientos de contratación, a las personas unidas a ellos por los vínculos de parentesco descritos en la letra b) del artículo 54 de la ley N°18.575, Orgánica Constitucional de Bases Generales de la Administración del Estado, que señala que se extiende esta prohibición respecto de las personas que tengan la calidad de cónyuge, hijo, adoptado 10 o pariente hasta el tercer grado de consanguinidad y segundo de afinidad inclusive; y a las sociedades en que aquellos o éstas participen en los términos expuestos anteriormente, durante el tiempo en que ejerzan sus funciones, y hasta el plazo de un año contado desde el día en que el respectivo funcionario o funcionaria haya cesado en su cargo. - Haber sido condenado por alguno de los delitos concursales establecidos en el código Penal. - Haber sido condenado en virtud de una sentencia firme y ejecutoriada, por incumplimiento contractual, por incumplimiento en un contrato sujeto a la ley de compras. - Haber sido condenado por prácticas antisindicales o infracción de los derechos fundamentales del trabajador. - Haber sido condenado por delito de cohecho. - Haber sido eliminado o suspendido del Registro de Proveedores, por resolución fundada. - Cualquier otra causal establecida en la Ley N°19.886 o su reglamento, o que dispongan los tribunales de justicia que inhabiliten para contratar con algún organismo del estado. En caso de ofertar en el presente proceso, una persona natural o jurídica, que se encuentre en alguna de las causales previamente señaladas, u otras establecidas en la Ley N°19.886 o su reglamento, será declarada inadmisible mediante acto administrativo fundado. 4. INTEGRIDAD DE LOS PROVEEDORES. Este factor tiene como finalidad evaluar que las personas que trabajan para los oferentes, durante el periodo en que se desarrolle la presente licitación, y en la ejecución de la misma y del contrato que se suscriba, en caso de resultar adjudicado, cumplan con los mismos estándares de integridad exigidos al proveedor. Para evidenciar lo anterior, el oferente deberá acreditar que el programa de integridad se encuentra difundido y conocido por sus trabajadores, entendiendo por tal, cualquier sistema de gestión que tenga como objetivo prevenir, y si resulta necesario, identificar y sancionar las infracciones de leyes, regulaciones, códigos o procedimientos internos que tienen lugar en una organización, promoviendo una cultura de cumplimiento. Para acreditar lo anterior, el proveedor deberá adjuntar a la oferta, el referido programa de integridad y el medio de difusión, por ejemplo: enlaces a la página web del oferente de donde conste su publicación o copia del o los correos electrónicos mediante los cuales se ha difundido dicho programa entre los trabajadores, u otro medio que acredite este hecho. El puntaje de este factor se asignará conforme se señala en la tabla de evaluación de criterios, establecida en el título Numeral XIII de las presentes bases. Sin perjuicio de lo anterior, se deberá suscribir, firma y presentar el Anexo N°4, conforme a lo que en dicha declaración se señala, y acompañando el programa de integridad correspondiente, en conjunto a dicho anexo.
VI. REQUISITOS DE LA OFERTA
Las ofertas tendrán una validez mínima de sesenta (60) días corridos desde la fecha de cierre de recepción de ofertas. Si dentro del plazo antes referido no se pudiera efectuar la adjudicación, la D.G.A. podrá solicitar a los proponentes, antes de la fecha de su expiración, una prórroga de la validez de estas por igual período. El solo hecho de la presentación de una oferta significa la aceptación por parte del oferente de su vigencia durante el proceso licitatorio, sin necesidad de declaración expresa al respecto. No obstante, si la oferta presenta una validez mínima inferior a sesenta (60) días corridos, la propuesta será rechazada por la comisión evaluadora y declarada inadmisible por medio de acto administrativo de la Autoridad Competente, totalmente tramitado. 11 Las ofertas deberán ser presentadas a través del Sistema de Información, pero además, deberán cumplir con los requisitos que se señalan en las presentes bases y acompañando los anexos que correspondan a cada caso, de forma obligatoria, debidamente firmados por quien tenga las facultades para representar al proveedor. Posibilidad de multioferta por un mismo proveedor Conforme al artículo 48 del Reglamento, las ofertas presentadas deben cumplir con los principios de seriedad, pureza y simplicidad. Por regla general, se entiende que cada proveedor puede presentar una única oferta, salvo que las bases del proceso permitan explícitamente la presentación de múltiples ofertas por parte de un mismo participante. En el marco del presente proceso licitatorio, dada la complejidad técnica del producto en cuestión, se autoriza excepcionalmente a los proveedores a presentar más de una oferta. No obstante, cada oferta deberá ser presentada de manera independiente, acompañada de toda la documentación requerida de forma autónoma, sin que pueda hacerse referencia ni establecer relación alguna entre ellas. Respecto a las Uniones Temporales de Proveedores (UTP), el reglamento establece una limitación específica: los integrantes de una UTP no podrán participar simultáneamente mediante una propuesta individual y otra a través de la misma UTP. En este sentido, deberán optar por una única modalidad de participación en el proceso. 1. Oferta Técnica. Los antecedentes que conforman la propuesta técnica deberán presentarse electrónicamente conforme a los requisitos que se solicitan en las Bases Técnicas, los cuales deberán reflejarse íntegramente en su oferta y debiendo ser lo más completa y específica posible. Los proponentes que formen una unión temporal de proveedores deberán presentar una propuesta técnica común. 2. Oferta Económica a) El oferente, al registrar su oferta en el Sistema de Información, deberá ingresar el precio neto unitario correspondiente a cada equipo ofertado. Dicho precio deberá expresarse en moneda nacional y no podrá exceder el presupuesto máximo disponible para esta contratación, conforme a lo señalado en el numeral XVI, denominado "Presupuesto Disponible", de las presentes Bases Administrativas. b) La oferta económica deberá incluir explícitamente la garantía técnica aplicable a los productos, conforme a lo establecido en las Bases Técnicas de este proceso. c) Cada oferente deberá adjuntar un anexo económico que detalle lo siguiente: - El monto total de la oferta, incluyendo impuestos. - El desglose de los precios unitarios, especificando los accesorios, si corresponde. - La cantidad exacta (número) de bienes ofertados. d) En caso de discrepancia entre el valor ofertado en el anexo económico y el registrado en el Sistema de Información, prevalecerá lo consignado en el anexo económico. Si la oferta económica supera el presupuesto máximo indicado en el numeral XVI de las Bases Administrativas, será rechazada por la comisión evaluadora y declarada inadmisible mediante resolución fundada de la Autoridad Competente de la (D.G.A.). La falta de presentación o la omisión de cualquiera de los antecedentes requeridos para la oferta económica o técnica facultará a la D.G.A. a excluir al oferente del proceso licitatorio. Dicha exclusión será declarada inadmisible mediante resolución fundada por no cumplir con los requisitos establecidos en las Bases. Es responsabilidad exclusiva de los oferentes presentar su 12 oferta conforme a lo estipulado en las Bases, entendiendo que la comisión evaluadora no está obligada a requerir, corregir o subsanar la falta u omisión de ningún antecedente o documento que forme parte de la propuesta. La D.G.A. podrá, durante la etapa de evaluación, solicitar a través del Sistema de Información que los oferentes subsanen errores u omisiones formales, siempre que dicha solicitud no contravenga los principios de igualdad entre los oferentes ni el de estricta sujeción a las Bases. Es importante destacar que los errores relacionados con el precio ofertado no se considerarán formales y no podrán ser objeto de subsanación. La solicitud de aclaración o subsanación es una facultad discrecional de la comisión evaluadora y no constituye una obligación. Los oferentes podrán subsanar exclusivamente lo que haya sido solicitado, en atención a los principios de estricta sujeción a las Bases y de igualdad entre los proveedores. Toda solicitud de aclaración o subsanación será informada al resto de los oferentes a través del Sistema de Información. Todos los costos y gastos derivados del estudio y presentación de las ofertas serán de exclusiva responsabilidad de los oferentes. No procederá, bajo ninguna circunstancia, indemnización, reembolso ni compensación alguna por parte de la D.G.A.
VII. DERECHO A DECLARAR INADMISIBLES TODAS LAS PROPUESTAS Y DECLARAR DESIERTA LA LICITACIÓN PÚBLICA
La D.G.A. declarará inadmisibles las ofertas que no cumplan los requerimientos establecidos en las Bases, respecto a la exigencias técnicas o económicas, como por ejemplo cuando se excedan de los marcos presupuestarios disponibles. Por otra parte, de acuerdo al artículo 62 del reglamento, se declarará desierta la licitación pública cuando no se presentan ofertas, cuando todas las presentadas resultan inadmisibles, o bien, si las propuestas presentadas por los oferentes no resultan convenientes a los intereses del servicio. En la eventualidad de ocurrir esta situación, el servicio se excluye de toda responsabilidad, por tratarse del ejercicio de potestades facultativas propias, así reconocidas expresamente por los proponentes. En ambos casos, dicha declaración será por resolución fundada, conforme con lo establecido en el artículo 9° de la Ley N°19.886. La D.G.A. se reserva el derecho a no adjudicar a oferente alguno el presente llamado a licitación pública, en el evento de producirse un caso fortuito o fuerza mayor, debidamente calificado por el Servicio, que le impida continuar con el proceso. La D.G.A. rechazará de forma fundada, aquellas propuestas que no cumplan con lo exigido en las presentes bases de licitación. Las propuestas rechazadas lo serán en forma permanente y definitiva.
VIII. REVOCACIÓN DE LA LICITACIÓN
La D.G.A. se reserva el derecho de revocar el presente proceso de licitación pública, aun existiendo ofertas. Esta revocación puede ser declarada de forma unilateral por la D.G.A. mediante acto administrativo fundado que así lo autorice, y se podrá realizar hasta antes de adjudicado el procedimiento. No se devolverá la documentación que presenten los oferentes en esta eventualidad ni en ningún otro caso, salvo que la autoridad del Servicio la autorice expresamente, o bien, en el caso de las garantías de seriedad de la oferta entregadas por los participantes (si fuera el caso), las que deberán ser solicitadas de acuerdo con lo estipulado en el numeral XI de las Bases Administrativas.
IX. PACTO DE INTEGRIDAD
El oferente declara que, por el solo hecho de participar en la respectiva licitación, acepta expresamente el presente Pacto de Integridad, obligándose a cumplir con todas y cada una de las estipulaciones contenidas en el mismo, sin perjuicio de las que se señalen en el resto de las Bases Administrativas, Técnicas y Anexos, y demás documentos integrantes. Especialmente, el oferente acepta suministrar toda la información y documentación que sea considerada necesaria y exigida de acuerdo a las presentes Bases Administrativas, Técnicas y Anexos, asumiendo expresamente los siguientes compromisos: a) El oferente se obliga a no ofrecer ni conceder, ni intentar ofrecer o conceder, sobornos, regalos, premios, dádivas o pagos, cualquiera fuese su tipo, naturaleza y/o monto, a ningún funcionario público en relación con su oferta, con el proceso licitatorio, ni con la ejecución del contrato que se derive de la misma, ni tampoco a ofrecerlas o concederlas a terceras personas que pudiesen influir directa o indirectamente en el proceso de licitación, en su toma de decisiones o en la posterior adjudicación de la oferta y ejecución del contrato que de ello se deriven. b) El oferente se obliga a no intentar ni efectuar acuerdos o realizar negociaciones, actos o conductas que tengan por objeto influir o afectar de cualquier forma la libre competencia. Cualquiera fuese la conducta o acto específico, y especialmente, aquellos acuerdos, negociaciones, actos o conductas de tipo o naturaleza colusiva, en cualquiera de sus tipos o formas. c) El oferente se obliga a revisar y verificar toda la información y documentación, que deba presentar para efectos del proceso licitatorio, tomando todas las medidas que sean necesarias para asegurar la veracidad, integridad, legalidad, consistencia, precisión y vigencia de la misma. d) El oferente se obliga a ajustar su actuar y cumplir con los principios de legalidad, ética, moral, buenas costumbres y transparencia en el presente proceso licitatorio. e) El oferente manifiesta, garantiza y acepta que conoce y respetará las reglas y condiciones establecidas en las Bases, sus documentos integrantes y el convenio que de ello se derive. f) El oferente se obliga y acepta asumir las consecuencias y sanciones previstas en las Bases, así como en la legislación y normativa que sean aplicables a la misma. g) El oferente reconoce y declara que la oferta reflejada en el presente proceso licitatorio es una propuesta seria, con información fidedigna y en términos técnicos y económicos ajustados a la realidad, que aseguren la posibilidad de cumplir con la misma en las condiciones y oportunidades ofertadas. h) El oferente se obliga a tomar las medidas que fuesen necesarias para que las obligaciones anteriormente señaladas sean asumidas y cabalmente cumplidas por sus empleados dependientes y/o asesores y/o agentes y, en general, todas las personas con que este o estos se relacionen directa o indirectamente en virtud o como efecto de la presente licitación.
X. ANTECEDENTES PARA LA SUSCRIPCIÓN DEL CONTRATO
Una vez comunicada la adjudicación, la D.G.A. podrá requerir toda la información legal necesaria para la protección de sus intereses. En el caso que el proponente adjudicado sea una persona jurídica, deberá acompañar, a petición de la D.G.A., en un plazo no superior a diez (10) días corridos, contados desde el día hábil siguiente de notificada la resolución que adjudica la presente licitación, lo que ocurrirá luego de transcurridas las 24 horas siguientes a la publicación de la adjudicación, conforme al artículo 9 reglamento de la Ley N°19.886. Para la suscripción del contrato se requerirán los siguientes antecedentes: 14 a) Copia simple del instrumento de constitución de la persona jurídica de que se trata, y de todas las modificaciones hasta la fecha de presentación de la propuesta. b) Copia simple de la escritura pública en que consten sus socios y representantes legales a la fecha de presentación de la propuesta. Si este antecedente ya consta en el instrumento de constitución, deberá señalarlo expresamente. En el caso de las sociedades anónimas, se requerirá, además, presentar una copia del o los folios que correspondan del registro de accionistas de la compañía, u otro documento equivalente según su legislación de origen, en los que consten los accionistas de la sociedad. En caso de tratarse de una persona jurídica extranjera, deberá adjuntar copia íntegra y debidamente legalizada en Chile de su escritura de constitución y de la representación legal, además de todo documento que en su país sirva para acreditar la existencia y vigencia de la persona jurídica a la fecha de presentación de la propuesta. Por último, en el caso de tratarse de universidades, el decreto de nombramiento o acta de nombramiento del rector. c) Copia simple de inscripción con certificación de vigencia (sociedades) o certificado de vigencia extendido por la autoridad competente (otras personas jurídicas), con antigüedad no superior a seis (6) meses anteriores a la fecha de cierre de presentación de ofertas. d) Certificado de antecedentes laborales y previsionales de la empresa, emitido por la Dirección del Trabajo, de fecha no anterior a sesenta (60) días contados desde la fecha de cierre de la presentación de propuestas. e) Escritura Pública de constitución de la Unión Temporal de Proveedores en aquellas contrataciones iguales o superiores a 1.000 UTM, la que deberá contener todas aquellas estipulaciones a las que se hace mención en la del numeral V, N° 1 letra d) de estas Bases Administrativas.
XI. GARANTÍA DE SERIEDAD DE LA OFERTA
Conforme al artículo 52° del reglamento de la Ley N°19.886, las entidades licitantes podrán requerir garantía de seriedad de la oferta, de forma excepcional por razones de interés público y tratándose de licitaciones superiores a 5.000 UTM. La presente licitación no cumple con dichos requerimientos, por lo cual, se excluye la garantía de seriedad del presente proceso, no siendo procedente su aplicación.
XII. COMISIÓN DE EVALUACIÓN DE LA LICITACIÓN
Las ofertas presentadas serán revisadas y evaluadas, técnica y económicamente, por una Comisión de Evaluación (en adelante e indistintamente, la “Comisión”), que estará conformada por tres (3) funcionarios de la D.G.A., quienes estarán sujetos a la Ley N°20.730, que regula el Lobby y las gestiones que representen intereses particulares ante autoridades y funcionarios, sólo en lo que respecta al ejercicio de dichas funciones y mientras integren esas Comisiones. Los funcionarios o funcionarias que se designen podrán ser reemplazados por otro, debidamente especificado, en la eventualidad de que en el plazo establecido para la evaluación de las propuestas no puedan cumplir con esta labor. Serán funciones de la Comisión de Evaluación, una vez realizada la apertura de las ofertas, las siguientes: a) Revisar que los oferentes que hayan postulado mediante el Sistema de Información y Gestión de Compras y Contrataciones del Estado, además de encontrarse inscritos en el Registro de Proveedores, dichos oferentes se encuentren habilitados en dicho registro. 15 b) Revisar y evaluar los antecedentes que constituyen las ofertas (técnica y económica) de los proveedores, y rechazar aquellas que no cumplan con los requisitos mínimos establecidos en las Bases. c) Solicitar a los oferentes, en caso de errores u omisiones meramente formales, detectados durante la evaluación, que salven dichos errores, dentro del marco establecido por el artículo 56° del Reglamento de la Ley N°19.886, es decir, siempre y cuando las rectificaciones de dichos vicios u omisiones no les confieran a esos oferentes una situación de privilegio respecto de los demás competidores, esto es, en tanto no se afecten los principios de estricta sujeción a las bases y de igualdad de los oferentes, y se informe de dicha solicitud al resto de los oferentes a través del Sistema de Información. La Comisión concederá un plazo fatal para la corrección, el cual será informado a través del Sistema de Información www.mercadopublico.cl, y se contará desde efectuado el requerimiento. La D.G.A. no considerará las respuestas o antecedentes recibidos una vez vencido dicho plazo. Mediante la aclaración, no podrán modificarse aspectos sustanciales de la propuesta, de tal forma que la oferta no podrá, mediante las aclaraciones, transformarse en otra diferente, ni constituir una nueva oferta. d) Establecer un ranking con todas las ofertas evaluadas. En él se ordenarán las ofertas, de acuerdo al puntaje que hayan obtenido luego de haberles aplicado los factores de evaluación con los correspondientes puntajes y ponderaciones que se indican en el numeral siguiente. e) La Comisión, analizará las ofertas técnicas y las ofertas económicas presentadas por cada oferente en el plazo establecido en las Bases, y tendrá en cuenta los criterios y pautas establecidos en este documento para la adjudicación. La comisión deberá tener en consideración los beneficios y costos presentes y futuros del bien y servicio ofrecido. Durante el desarrollo de su trabajo, la Comisión podrá requerir a los oferentes las aclaraciones respecto de sus propuestas para efectos de la evaluación, y no podrá mantener contacto con ningún oferente. En todo caso, las aclaraciones que se pidan y las que se den, ambas por escrito, no podrán alterar las bases de la licitación, ni la esencia de la oferta ni violar el principio de igualdad entre los oferentes. La Comisión de Evaluación levantará un acta, completa y fundada, con la evaluación de las ofertas de acuerdo con lo establecido en el artículo 40° bis del Reglamento de la Ley N° 19.886, en la cual consignará los puntajes obtenidos por cada oferente en los criterios a evaluar, previamente especificados en estas Bases. Dicha acta será suscrita por los evaluadores y se publicará en el Sistema de Información, junto al acto administrativo que dé cuenta del resultado de la licitación. Finalmente, de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 35° nonies de la Ley N°19.886, cada miembro que integre la Comisión, deberá suscribir una declaración jurada en la que declare expresamente la ausencia de conflictos de intereses en el proceso licitatorio y se obligue a guardar confidencialidad en relación al proceso de evaluación. Las respectivas declaraciones juradas, se adjuntarán en los documentos del proceso de compra que se publiquen en el Sistema de Información.
XIII. APERTURA Y EVALUACIÓN DE LAS OFERTAS
El acto de apertura se efectuará a través del Sistema de Información www.mercadopublico.cl, de acuerdo con lo dispuesto en el numeral III de las presentes Bases Administrativas, sin perjuicio de lo señalado en el artículo 115 del reglamento, en que se podrá recibir la oferta en soporte papel en los casos excepcionales que indica. 16 A solicitud de la D.G.A., los oferentes deberán aclarar o subsanar su oferta a más tardar dentro de las 48 horas hábiles siguientes de recibida dicha solicitud, a través del Sistema de Información o, en su defecto, en caso de inoperatividad de la referida plataforma electrónica, ingresando los antecedentes requeridos en la Oficina de Partes de la D.G.A., en un sobre cerrado dirigido al Jefe del Departamento o División que llamó a la respectiva licitación pública, rotulado: “Antecedentes Complementarios Licitación Pública denominada “CONSERVACIÓN DE LA RED HIDROMÉTRICA REGIONAL, REGIÓN DE ÑUBLE”, con el nombre del oferente y con el respectivo certificado de indisponibilidad de la referida plataforma electrónica. Si la Comisión lo estima pertinente, podrá solicitar a algún proponente, por escrito, en una sola oportunidad, salvar errores u omisiones formales en que ha incurrido, siempre que no sea relativo al precio ofertado, también solicitar certificaciones o antecedentes que hayan omitido al presentar la oferta y cuyos antecedentes hayan sido obtenidos previo al vencimiento del plazo para presentar ofertas, conforme a lo señalado en el artículo 56 del reglamento, los que pasarán a formar parte integrante de los antecedentes del convenio (contrato), en caso de resultar adjudicado. En todo caso, tanto la solicitud de aclaraciones, como las respuestas del interesado, no podrán referirse a puntos que alteren elementos esenciales de la propuesta, ni vulnerar el principio de igualdad de los proponentes, o que pueda generar una situación de privilegio entre los oferentes. Las respuestas deberán ser entregadas, mediante carta o formulario suscrito por el representante legal del proponente, dentro del plazo señalado por la comisión evaluadora, siempre a través del Sistema de Información www.mercadopublico.cl. Las respuestas deberán ser puestas en conocimiento de todos los postulantes a través del portal antes señalado. Se aceptará la recepción de los antecedentes, sin que dicha comunicación implique la aceptación del contenido de estos, ni que el archivo sea válido o correcto. La Comisión de Evaluación procederá a revisar y evaluar los antecedentes exigidos en estas Bases, descalificando a quienes no den cumplimiento a lo requerido. La calificación de las distintas propuestas y el correspondiente proceso de selección, se realizará en atención a los siguientes criterios de evaluación: N° CRITERIO DE EVALUACIÓN PONDERACIÓN 1 Precio Ofertado 40% 2 Experiencia del Oferente 30% 3 Garantía de los trabajos 15% 4 Plazo de ejecución de los trabajos 5% 5 Cumplimiento de Requisitos Formales 5% 6 Programa de Integridad 5% TOTAL: 100% 1. Precio Ofertado (Ponderación: 40%) Se asignará 100 puntos a la oferta de menor precio y a las demás ofertas se les asignará puntaje mediante la siguiente fórmula: (precio mínimo/precio oferta)*100. 2. Experiencia del Oferente (Ponderación: 30%) La experiencia de los oferentes será evaluada por medio de certificados emitidos por los Inspectores Fiscales de los proyectos o Jefes de Proyectos de las empresas con quienes hubiere contratado. Dichos certificados no podrán tener una antigüedad superior a cinco (5) años, contados desde la fecha de apertura de las propuestas. También el oferente podrá ingresar con el objeto de acreditar experiencia, órdenes de compra de proyectos de construcción en las cuales 17 sea posible verificar que los trabajos fueron ejecutados correctamente y a conformidad del mandante (por ejemplo, acompañadas mediante el respectivo certificado de recepción conforme). La sola orden de compra que no permita acreditar fehacientemente la correcta ejecución de los trabajos realizados, no acreditará experiencia. El factor experiencia del oferente será evaluado según la siguiente tabla: FACTOR EXPERIENCIA PUNTAJE El oferente ha realizado 7 o más contratos en trabajos de iguales o de similares características a los indicados en las bases técnicas. 100 El oferente ha realizado entre cinco (5) y seis (6) contratos en trabajos de iguales o de similares características a los indicados en las bases técnicas. 75 El oferente ha realizado entre tres (3) y cuatro (4) contratos en trabajos de iguales o de similares características a los indicados en las bases técnicas. 40 El oferente ha realizado menos de tres (3) contratos en trabajos de iguales o se similares características a los indicados en las bases técnicas 0 Se considerará obras similares, tanto en tipo de actividad (estructuras metálicas, obras civiles, hormigones, soldaduras, pinturas, soldaduras, moldajes, etc.), como en monto (±30% del monto disponible). 3. Garantía de los trabajos (Ponderación: 15%) Los trabajos deberán contar con una garantía mínima de 12 meses. Se asignará 100 puntos a la oferta de mayor garantía, y a las demás ofertas se les asignará puntaje mediante la siguiente fórmula: (garantía oferta/garantía máxima)*100 4. Plazo de ejecución de los trabajos (Ponderación: 5%) Se le asignará el máximo puntaje (100 puntos) al mínimo plazo de entrega ofertado, y a las restantes ofertas se les asignará puntaje mediante la siguiente fórmula: (plazo mínimo/plazo oferta)*100. Se hace presente que, para efectos de evaluar este criterio, los proponentes deberán ofertar plazos de entrega o ejecución en días corridos. El plazo de entrega o ejecución ofertado no podrá superar los setenta (70) días corridos. contados desde las 24 horas siguiente a la fecha de la emisión de la orden de compra a través del Sistema de Información www.mercadopublico.cl, previa formalización de la contratación, conforme con lo estipulado en las presentes Bases. 5. Programa de Integridad (Ponderación 5%) Para evaluar este criterio se evaluará si el oferente posee un programa de integridad que sea conocido por su personal, lo cual deberá ser declarado en el Anexo N°4. En caso que el anexo no se presente firmado junto con la oferta, o no se encuentre debidamente completado y firmado, se entenderá que el proveedor no cuenta con el programa en la forma señalada y se ponderará conforme a ello. Se entenderá que se cumple con el programa de integridad, cuando se cuente con un sistema que tenga como objetivo prevenir, identificar y sancionar las posibles infracciones de leyes, regulaciones, códigos o procedimientos internos que son propios de una organización, lo que promueve su cumplimiento. Se evaluará con o sin valor, conforme al siguiente criterio: - Presenta Anexo N°4 y adjunta copia del programa de integridad = 100 - No presenta Anexo N°4, pero adjunta la copia del Programa de Integridad = 0 - Presenta Anexo N°4, pero no adjunta la copia del Programa de Integridad =0 18 - No presenta Anexo N°4 y no adjunta la copia del Programa de Integridad =0 6. Cumplimiento de Requisitos Formales (Ponderación: 5%) La presentación correcta y oportuna por parte de los oferentes de sus respectivas ofertas será evaluada de la siguiente forma: - La oferta presentada no contiene errores u omisiones formales, y el formato utilizado corresponde al indicado en las bases de licitación = 100 puntos. - La oferta presentada contiene errores u omisiones formales y deben ser subsanadas por solicitud de la D.G.A., o la oferta administrativa, técnica y/o económica está en un formato distinto del indicado en estas bases, toda vez que los documentos solicitados y en el orden que han sido requeridos tienen por objeto hacer una evaluación de las mismas en una forma más expedita = 0 puntos. En el caso de un empate en el puntaje, se resolverá cotejando el puntaje obtenido por los oferentes en cada criterio de evaluación, en el siguiente orden de prioridad: 1° Criterio 1 “Precio ofertado”; 2° Criterio 2 “Experiencia del oferente”; 3° Criterio 3 “Garantía de los trabajos”; 4° Criterio 4; Plazo de ejecución de los trabajos”; 5° Criterio 5 “Programa de integridad”; 6° Criterio 6 “Cumplimiento de los requisitos formales”. Se logrará el desempate en uno de los criterios de evaluación, verificados en el orden establecido anteriormente, cuando exista en el mencionado criterio una diferencia en el puntaje de los oferentes, correspondiendo adjudicar la licitación a aquel oferente que haya obtenido el puntaje mayor en el respectivo criterio, no cotejando los siguientes criterios de evaluación. En caso de persistir el empate, se adjudicará al oferente que hubiese ingresado primero su oferta en el Sistema de Información, www.mercadopublico.cl, considerando la fecha y hora registradas en éste. La oferta que obtenga el mayor puntaje final en la evaluación de los criterios estipulados y resulte conveniente a los intereses del Servicio, se adjudicará la presente licitación pública. Cualquier error de concordancia de la presente pauta de evaluación, será resuelto por la Comisión evaluadora, sin modificar en lo sustancial, la lógica de objetividad de los criterios de evaluación. Es necesario tener presente, que en el caso de las UTP, estas tienen la obligación de informar inmediatamente a la D.G.A. sobre el retiro de uno o más de sus integrantes. Si el retiro se produce durante la evaluación de las ofertas, la UTP debe informar además en forma inmediata, si producto de ese retiro se continuará participando en la licitación, o bien, si se desistirá de esta. La UTP debe continuar funcionando con, al menos, dos (2) integrantes. Una vez iniciado el proceso de evaluación de las ofertas, resulta improcedente que el integrante que se retira de una UTP sea reemplazado por otro integrante, aun cuando el reemplazante reúna características iguales o superiores al integrante retirado. Si durante la evaluación de las ofertas se retira alguno de los integrantes de una UTP, que hubiese reunido una o más características objeto de la evaluación de la oferta, tal circunstancia debiera constituir una causal de declaración de inadmisibilidad de la propuesta. La Comisión evaluadora levantará un Acta de Evaluación del presente concurso –informe completo y fundado–, con su propuesta de adjudicación a la autoridad competente, la que deberá adoptar la decisión final, a través de un acto administrativo fundado. 19 Para resguardar la conveniencia de los intereses de la Institución, la Dirección General de Aguas, se reserva el derecho de adjudicar o no la licitación, cuando la nota de la oferta mejor evaluada sea inferior a 70 puntos.
XIV. ADJUDICACIÓN
La D.G.A. adjudicará la licitación pública mediante resolución fundada, la cual se notificará a los oferentes a través del Sistema de Información, www.mercadopublico.cl, y se entenderá perfeccionada transcurridas 24 horas desde su publicación en dicha plataforma electrónica. Se hace presente que la D.G.A. adjudicará la licitación pública, a la oferta que considere más adecuada a sus objetivos, que cumpla con los requisitos mínimos establecidos en las presentes Bases, conforme con los criterios de evaluación ya considerados, y que resulte conveniente al interés fiscal. Es preciso señalar que, no necesariamente se adjudicará la licitación pública a la empresa u oferente que presente la oferta más económica, dado que se evaluará si se ajusta técnicamente a lo requerido. En el caso que la adjudicación no se realice en el plazo señalado al efecto en el numeral III de las presentes Bases Administrativas, la D.G.A. informará en el portal electrónico www.mercadopublico.cl, las razones que justifiquen el incumplimiento del referido plazo, e indicará un nuevo plazo para ello. Los oferentes que no resulten seleccionados no tendrán derecho a indemnización de ninguna especie o naturaleza.
XV. NUEVA ADJUDICACIÓN DE LA LICITACIÓN
En caso que el adjudicatario se desista de su oferta o si el oferente adjudicado no presentara la garantía de fiel y oportuno cumplimiento del contrato y/o no entregara los antecedentes legales para contratar y/o no firmara el contrato correspondiente en el plazo establecido en las Bases Administrativas y/o no aceptara la orden de compra en el plazo establecido y/o no pudiera cumplir con la entrega de los bienes, o cualquier otra circunstancia que según la Ley N°19.886 y/o su reglamento, no permita continuar con la anuencia con el proveedor, la D.G.A. podrá readjudicar la licitación al oferente cuya oferta le suceda en la calificación o podrá declararla desierta mediante acto administrativo totalmente tramitado. En este caso, conforme con lo establecido en el numeral XI de las Bases Administrativas, se hará efectiva la garantía de seriedad de la oferta, si fuera el caso.
XVI. PRESUPUESTO DISPONIBLE
El contrato de prestación de servicios que se origine de la licitación pública dispone de un presupuesto máximo de $45.750.000.- (cuarenta y cinco millones setecientos cincuenta mil de pesos chilenos), impuestos incluidos, y no considera reajustes
XVII. CONTRATO
a) Suscripción del Contrato: 1. Adjudicaciones iguales o superiores a 1.000 UTM En las licitaciones cuyo monto adjudicado es superior a 1.000 UTM, el adjudicatario deberá suscribir un contrato, dentro del plazo de treinta (30) días corridos, contados desde la notificación de la adjudicación. En primer término, firmará el contrato el adjudicatario y, una vez firmado este, corresponderá a la Autoridad Competente del Servicio la suscripción del mismo, en representación de la Dirección General de Aguas. De acuerdo al artículo 119° del reglamento, tratándose de licitaciones superiores a 5.000 UTM, 20 la suscripción del contrato sólo podrá efectuarse una vez transcurrido el plazo de diez días hábiles desde la notificación de la resolución de Adjudicación, a través del sistema de información. Una vez suscrito el contrato, dicho acuerdo será sancionado por resolución de la Autoridad Competente, y con posterioridad a la total tramitación del referido acto administrativo que aprueba el contrato, la D.G.A. emitirá la orden de compra respectiva a través del Sistema de Información. La orden de compra deberá ser aceptada en el plazo establecido al efecto. Si el adjudicatario se desistiera de firmar el contrato o de aceptar la orden de compra, de acuerdo con lo establecido en este numeral, o no cumpliera con las demás condiciones y requisitos establecidos en las Bases, para la suscripción o aceptación de los referidos documentos, la D.G.A. podrá, junto con dejar sin efecto la adjudicación original, adjudicar la licitación al proponente que le siga en puntaje, dentro del plazo de sesenta (60) días corridos contados desde la publicación de la adjudicación original. Formarán parte integrante del contrato, los siguientes documentos: • La Ley Nº19.886, de 2003, de bases sobre Contratos Administrativos de Suministro y Prestación de Servicios, y sus modificaciones. • El Decreto Supremo Nº661, de 2024, del Ministerio de Hacienda, que aprueba el Reglamento de la Ley Nº19.886, y sus modificaciones. • La Resolución que aprueba las presentes Bases Administrativas, Técnicas y Anexos. • La serie de preguntas, respuestas y aclaraciones, si las hubiere. • La oferta técnica y económica del adjudicatario. • La Resolución de Adjudicación que acepta la propuesta del adjudicatario. • Los antecedentes legales para contratar, que se detallan en el numeral X de las presentes Bases. • El Contrato y la Resolución que lo aprueba (si fuera el caso). • La orden de compra respectiva. En caso que el adjudicatario no suscriba el contrato dentro del plazo citado, se tendrá a este como desistido de su oferta, y se hará efectivo el cobro de la garantía de seriedad de la misma (si fuera el caso). 2. Suscripción del Contrato para adjudicaciones inferiores a 1.000 UTM Conforme con lo dispuesto en el artículo 117° del Reglamento de la Ley N°19.886, aprobado por el Decreto Supremo N°661, de 2024, del Ministerio de Hacienda, las adquisiciones menores a 100 UTM podrán formalizarse mediante la emisión de la orden de compra y la aceptación de esta por parte del proveedor. Tratándose de una adquisición superior a ese monto e inferior a 1.000 UTM, el contrato podrá formalizarse en los términos antes señalados, sólo cuando se trate de bienes o servicios estándar de simple y objetiva especificación, y se haya establecido así en las bases de licitación. En otros casos, el contrato deberá formalizarse y suscribirse según se señala en el numeral anterior. b) Inicio y Vigencia del Contrato Emitida la orden de compra a través del Sistema de Información de www.mercadopublico.cl, y transcurridas 24 horas, se entenderá notificada la orden de compra al proveedor, por lo que el contrato derivado de la presente licitación, comenzará a regir al día hábil siguiente de realizada dicha notificación. El adjudicatario tendrá un plazo máximo de dos (2) días hábiles para aceptar la orden de compra en el Sistema de Información www.mercadopublico.cl (el plazo se contará desde las 24 horas siguiente a la fecha de emisión de la orden de compra). 21 Si la referida orden de compra no fuera aceptada por el adjudicatario, la D.G.A. podrá solicitar su rechazo, entendiéndose definitivamente rechazada una vez transcurridas 24 horas desde dicha solicitud, conforme a lo señala el artículo 117° del reglamento de la ley 19.886. c) Etapas del Contrato y Productos Asociados El contrato de prestación de servicios que se origine de la licitación se ejecutará en dos (2) etapas: ETAPA PRODUCTO O SERVICIO PLAZO DE ENTREGA PORCENTAJE DE PAGO ASOCIADO 1 Recepción de los trabajos a conformidad de la D.G.A. con un máximo de 50% Al 15 de mayo de 2025. Máximo 50% 2 Recepción de 100% de los trabajos a conformidad de la D.G.A. Según plazo de ejecución ofertado por el proveedor, el cual no puede ser superior a 70 días corridos. 100% d) Adaptabilidad del Contrato Sin perjuicio de lo anteriormente señalado, atendida la posibilidad de que, por circunstancias extraordinarias o no previstas, varíen las actuales necesidades, se establece expresamente la alternativa de disminuir o aumentar en hasta un 30% los servicios contratados, durante la vigencia del contrato, sujeto a disponibilidad presupuestaria. En tales circunstancias, las partes se comprometen, en relación a dichas variaciones, a efectuar las respectivas adecuaciones de cantidades y valores en base al concepto de estricta proporcionalidad, manteniendo vigentes todas las demás condiciones del contrato. En todo caso, las órdenes de compra emanadas a raíz de la aplicación de la presente cláusula, sumadas a las emanadas producto de la adjudicación, deberán ser inferiores a 1.000 UTM. e) Integración al Contrato Se deja constancia que todas y cada una de las cláusulas contenidas en las Bases Administrativas, Técnicas y Anexos de la licitación, se entenderán incorporadas sin necesidad de mención expresa en el contrato que se celebre con el adjudicatario y este se hará responsable del cumplimiento de las obligaciones que de tales documentos se derivan. Por lo anterior, constituirán parte integrante del contrato, las Bases Administrativas, Técnicas y sus Anexos, las consultas, respuestas, aclaraciones, la oferta adjudicada y toda su documentación anexa, lo que se entenderá por enteramente reproducido en el mismo. Los documentos antes mencionados forman un todo integrado y se complementan recíprocamente, especialmente respecto de las obligaciones que aparezcan en uno u otro de los documentos señalados. Se deja constancia que se considerará el principio de preeminencia de las Bases de Licitación.
XVIII. GARANTÍA DE FIEL Y OPORTUNO CUMPLIMIENTO DEL CONTRATO
El adjudicatario deberá entregar dentro del plazo de diez (10) días corridos, contados desde el día hábil siguiente a la fecha de publicación de la resolución de adjudicación en el Sistema de Información, www.mercadopublico.cl, una garantía de fiel y oportuno cumplimiento del contrato, que tendrá el carácter de irrevocable, tomada por el mismo adjudicatario o por terceros en un banco comercial o compañía aseguradora, con oficinas en Santiago, con las siguientes características: Tipo de documento Cualquier instrumento que asegure el cobro de manera rápida y efectiva, tales como boleta de garantía, vale vista, certificado de fianza, póliza de seguro y otros. Beneficiario Ministerio de Obras Públicas – RUT: 61.202.000-0 22 Esta garantía deberá entregarse en la Oficina de Partes de la D.G.A., ubicada en 18 de septiembre 246, piso 5, oficina 516, comuna y ciudad de Chillán, y en el caso de presentar un instrumento electrónico –el que deberá ajustarse a la Ley Nº 19.799 sobre Documentos Electrónicos y Servicios de Certificación de Firma Electrónica–, este deberá suscribirse mediante firma electrónica avanzada, y podrá ser enviado por el adjudicatario a través de la Oficina de Partes Virtual (OPV) de la D.G.A., disponible en el sitio electrónico institucional del Servicio: https://recepciondocumental.mop.gob.cl/, indicando en el asunto el ID de la licitación pública. La garantía que se extienda por una institución bancaria en soporte de papel solo podrá ser ingresada a través de la Oficina de Partes de la D.G.A., de forma presencial. La entrega de la garantía deberá realizarse en el plazo máximo de diez (10) días corridos desde el día hábil siguiente a la notificación de la resolución que adjudica, publicada en el portal electrónico www.mercadopublico.cl. En caso que la garantía no fuera entregada dentro del plazo señalado, la D.G.A., podrá aplicar las sanciones que correspondan y adjudicar el contrato definitivo al oferente que le siga en la escala de evaluación. Si la vigencia de la garantía individualizada precedentemente fuera insuficiente por cualquier causa, a requerimiento de la D.G.A., el adjudicatario deberá presentar, a lo menos el antepenúltimo día hábil bancario a su vencimiento, una garantía en las mismas condiciones señaladas precedentemente, de lo contrario, la D.G.A. hará efectiva la garantía vigente antes de su vencimiento. La garantía de fiel y oportuno cumplimiento del contrato, caucionará el cumplimiento de todas y cada una de las obligaciones que se imponen a la contratada de conformidad con lo dispuesto por el artículo 11° de la Ley N°19.886, y además asegurará el pago de las obligaciones laborales y sociales con los trabajadores de esta, cuando el contrato corresponda a una prestación de servicios, pudiendo ser ejecutada, en caso de incumplimiento, unilateralmente, por la vía administrativa y sin necesidad de requerimiento ni acción judicial o arbitral alguna, a través de la dictación de la correspondiente resolución fundada. Pagadera A la vista e irrevocable. Vigencia mínima 31/12/2025 Expresada en Pesos Chilenos. En caso que la garantía que se presente sea una póliza de seguro o certificado de fianza y el monto asegurado se indique en unidad de fomento (UF), dicha cifra además, deberá señalarse en pesos de forma numérica y escrita, expresando claramente que es pagadera a la vista o primer requerimiento, de ejecución inmediata, sin liquidador ni cláusula de arbitraje, emitida por una compañía aseguradora inscrita en la Comisión para el Mercado Financiero (CMF), que deberá cubrir, ya sea a través de endoso o cláusula, el importe para los casos que fuere necesario hacerla efectiva, o en su defecto, no deberá considerar en sus cláusulas la exclusión de dichos importes. Monto Equivalente a un 5% del monto total adjudicado. Glosa “Para garantizar el fiel y oportuno cumplimiento del contrato denominado CONSERVACIÓN DE LA RED HIDROMÉTRICA REGIONAL, REGIÓN DE ÑUBLE” Forma y Oportunidad Restitución El contratista deberá solicitar la devolución de la garantía de fiel y oportuno cumplimiento del contrato, al término de su vigencia, por escrito, mediante presentación dirigida al Inspector Fiscal, según corresponda, efectuada a través de la Oficina de Partes de la D.G.A. Cabe señalar que el Inspector Fiscal y la jefatura del Departamento Administrativo y Secretaría General, deberán dejar constancia de su conformidad en un acta, manifestando la recepción conforme de la prestación de servicios, indicando si se cursaron multas y/o sanciones, y si estas fueron tramitadas y cobradas en tiempo y forma. Dicha acta deberá ser aprobada mediante acto administrativo de la Autoridad Competente de la D.G.A. El retiro de la garantía de fiel y oportuno cumplimiento será obligación y responsabilidad exclusiva del contratista. 23 Se hace presente que el incumplimiento al que se refiere el presente numeral, también aplicará en el evento que exista cumplimiento imperfecto o tardío de las obligaciones asumidas por la contratista. En caso de que exista alguna infracción durante la ejecución del contrato que amerite el cobro de estas garantías, la D.G.A. notificará por correo electrónico, en conformidad con el artículo 140° del reglamento de la Ley N°19.886, respecto de la cual, se comunicarán las causales o razones que se tienen en vista para dicho cobro. Se hace presente, que el cobro de toda garantía se encuentra sujeta a las reglas en el Reglamento de Compras en el artículo 137°, por lo que deberán respetarse los principios de contradictoriedad e impugnabilidad. El adjudicatario, por su parte, dispondrá de un plazo de tres (3) días hábiles desde la notificación para efectuar sus descargos, resolviendo la D.G.A., mediante resolución fundada, si acepta los mismos o ratifica el cobro de la garantía. Para tal efecto, la autoridad deberá pronunciarse en el plazo de cinco (5) días hábiles. En contra de esta última resolución procederán los recursos dispuestos en la Ley N° 19.880. Lo anterior, sin perjuicio de las acciones que la D.G.A. pueda ejercer para exigir el cumplimiento forzado de lo pactado o la resolución del contrato, en ambos casos con la correspondiente indemnización de perjuicios. Finalmente, en caso de que el cobro de esta garantía no implique el término del contrato, el contratista deberá reemplazar la garantía de fiel y oportuno cumplimiento del contrato por una de igual monto y vigencia, dentro del plazo de diez (10) días corridos, contados desde la fecha de cobro de la caución, bajo sanción de poner término administrativo y anticipado del contrato, sin derecho a indemnización. No procederá esta sanción si se estableciera la concurrencia de un caso fortuito o fuerza mayor –el cual deberá ser alegado y acreditado previamente por el contratista, con la respectiva documentación de respaldo–, calificado así y reconocido por la D.G.A., mediante resolución fundada.
XIX. PROGRAMA DE TRABAJO DEFINITIVO
No aplica para la presente licitación pública.
XX. INTERPRETACIÓN DE LOS DOCUMENTOS DEL CONTRATO
Toda discrepancia entre los distintos documentos del contrato, así como toda diferencia de interpretación de su contenido, será resuelta por el Director General de Aguas, sin perjuicio de las atribuciones legales correspondientes a la Ministra de Obras Públicas, y al Contralor General de la República. Los requisitos mínimos establecidos en las Bases del presente concurso prevalecerán sobre lo ofrecido por el proveedor en su propuesta.
XXI. DEBERES Y FACULTADES DE LA INSPECCIÓN FISCAL
El Inspector Fiscal de la D.G.A. será el funcionario o funcionaria a cargo de velar por el buen y oportuno cumplimiento del contrato, además de supervigilar el cumplimiento cabal y oportuno de la oferta adjudicada (contrato), y tendrá los siguientes deberes y facultades: a) Relacionarse directamente con el proveedor de la Dirección General de Aguas. b) Fiscalizar el estricto y oportuno cumplimiento del contrato (por ejemplo: velar por el cumplimiento de los plazos estipulados; corroborar que el proveedor acate y cumpla en forma oportuna, con todas y cada una de las obligaciones establecidas en las bases y sus anexos, y en el contrato de suministro respectivo; entre otras). Por lo tanto, el Inspector 24 Fiscal deberá supervisar, coordinar y fiscalizar el cumplimiento de los procedimientos establecidos en las Bases, para el fiel y oportuno cumplimiento del contrato. c) Fijar las reuniones que estime necesarias, utilizando los medios formales. d) Dejar constancia en Actas firmadas por el proveedor y el Inspector Fiscal, de todas las definiciones y resoluciones respecto del desarrollo del contrato, enviando copia del Acta a su jefatura directa. En caso de Actas originadas en reuniones telemáticas, estas deberán ser suscritas por el Inspector Fiscal y el proveedor, en un plazo no superior a 72 horas hábiles, contado desde su finalización. e) Analizar y autorizar o rechazar las prórrogas de plazos y/o modificaciones de productos de las Bases de Licitación, emitiendo el informe correspondiente, debidamente justificado, dirigido a la Autoridad Competente, de acuerdo con lo establecido en el pliego de condiciones que rige el contrato. f) Solicitar en forma oportuna, al Subdepartamento de Abastecimiento dependiente del Departamento Administrativo y Secretaría General, el acto administrativo correspondiente para formalizar posibles modificaciones al contrato, por necesidades de la D.G.A. g) Notificar, oportunamente, al proveedor y al Subdepartamento de Abastecimiento, de las falencias en el cumplimiento del contrato, ateniéndose a los mecanismos que se establecen en las Bases, y ejecutar las actividades necesarias para el cálculo y cobro de las multas y garantías. h) Informar al proveedor, de manera oficial y fundada de acuerdo con lo establecido en las Bases, acerca de las multas acaecidas en el ejercicio del contrato. i) Solicitar, cuando corresponda: i. La aplicación de multas, efectuando el cálculo correspondiente. ii. El cobro de garantías, de acuerdo con lo estipulado en las Bases. iii. El término administrativo y anticipado del contrato, cuando corresponda y así lo determine la D.G.A. j) Velar por la rápida gestión de las multas y sanciones, en los casos que corresponda. k) Coordinar con la Contraparte Técnica (si la hubiere), el envío de la información necesaria que respalde la recepción conforme, solicitudes de ampliación de plazos de entrega y/o ejecución, o cobro de multa y/o garantía. l) Efectuar la recepción conforme de los bienes y/o servicios, de acuerdo con las formalidades establecidas en las Bases, y enviarla al área que corresponda. m) Aprobar el pago, a través de la recepción conforme de los bienes y/o servicios (y sus respectivos documentos tributarios), considerando los descuentos y/o multas a que hubiere lugar, ajustándose al procedimiento descrito en las Bases, cuando corresponda. n) Supervigilar el cumplimiento de las obligaciones previsionales y de los derechos laborales con respecto a los trabajadores que se desempeñen en la Dirección General de Aguas y que mantengan una relación contractual con el proveedor adjudicado (Empresa/Proveedora), manteniendo carpetas con liquidaciones y pagos previsionales al día por cada trabajador que esté destinado por el contratista (Empresa/Proveedora) en las instalaciones de la D.G.A. y disponibles en caso de ser solicitadas por la Autoridad. Además, deberá velar por el cumplimiento de las disposiciones legales y reglamentarias sobre prevención de accidentes y enfermedades profesionales, cuando corresponda. o) Mantener actualizada una carpeta (expediente) física, electrónica o híbrida, de acuerdo con los lineamientos institucionales, con todos los antecedentes del contrato, informando de sus avances y de todo aspecto relevante, a su jefatura (Área o Unidad Requirente). p) Atender situaciones emergentes no consideradas, lo que deberá siempre ser propuesto para aprobación o rechazo de la Autoridad Competente, mediante el respectivo informe técnico o minuta técnica en la que deberá establecer los hechos que se deben considerar más su conclusión técnica, lo que no solamente deberá ser un detalle pormenorizado de los hechos, sino que temas técnicos relevantes que deberán ser considerados al momento de resolver. q) Y, en general, coordinar y desarrollar todas las acciones referidas de control y de gestión que faciliten la ejecución del contrato y cautelen los intereses fiscales. Cualquier duda o situación no contemplada en las presentes Bases y que surja durante la vigencia del contrato, será evaluada por el Inspector Fiscal y consultada entre las partes. En todo caso, 25 previa consulta y negociación, primará lo que resuelva la jefatura del Departamento Administrativo y Secretaría General de la D.G.A., conforme lo consignado en el numeral XX de las presentes Bases Administrativas.
XXII. CONSULTAS Y ACLARACIONES SOBRE EL CONTRATO
Las preguntas que el contratista estime necesario efectuar durante la vigencia del contrato, solo serán consideradas si son dirigidas, por escrito, al Inspector Fiscal de la D.G.A. Estas consultas serán resueltas, por escrito, por el Inspector Fiscal dentro de un plazo máximo de tres (3) días hábiles, contados desde la fecha de recepción de la consulta en la Oficina de Partes de la D.G.A., ubicada en 18 de septiembre 246, piso 5, oficina 516, comuna y ciudad de Chillán, o bien, Oficina de Partes Virtual de la D.G.A.: https://recepciondocumental.mop.gob.cl/, lo que deberá indicar, a lo menos, en el asunto (Observación), el ID de la Licitación Pública o la individualización del contrato. De igual forma, el contratista solo podrá considerar válidas y oficiales las aclaraciones escritas, firmadas por el Inspector Fiscal.
XXIII. INGRESO DE DOCUMENTOS E INFORMES
La Oficina de Partes DGA ha dispuesto de dos canales oficiales para la recepción oficial de documentación, solicitudes e información relacionadas con los procesos de compras. El primer canal para la recepción de documentación, corresponde a la Oficina de Partes que se encuentra ubicada físicamente en calle en 18 de septiembre 246, piso 5, oficina 516, comuna y ciudad de Chillán, en el horario de atención de público habilitado para estos efectos. A través de este canal, el interesado podrá ingresar toda documentación y especialmente, cualquier tipo de Garantía o Caución. El segundo canal de recepción oficial es la Oficina de Partes Virtual (OPV) D.G.A., https://recepciondocumental.mop.gob.cl/, la cual está facultada para recepcionar la documentación y/o instrumentos electrónicos –que deberán ajustarse a la Ley Nº19.799, sobre Documentos Electrónicos, Firma Electrónica y Servicios de Certificación de dicha firma– estos deberán suscribirse mediante firma electrónica avanzada. En este caso, se consideran especialmente, los Certificados de Fianza, Pólizas de Seguro, entre otras garantías que estén suscritas acorde a la Ley Nº19.799. Para ambos canales de ingreso de documentación, solicitud y/o información, se debe adjuntar una carta conductora, en la cual se identifique, a lo menos, los siguientes datos: 1. Asunto del envío. 2. ID de la Licitación Pública y/o nombre completo del contrato. 3. Nombre completo del Inspector Fiscal o Inspectora Fiscal a quien va dirigida la comunicación. 4. Departamento/División/Unidad D.G.A. ejecutora del contrato. 5. Detalle resumido de la documentación y/o información que compone la comunicación que se remite a la D.G.A. Es de responsabilidad del Contratista/Proveedor solicitar, mantener y resguardar el número de registro de la admisión que asigne la D.G.A., al momento de recibir la documentación. Los documentos, solicitudes o informes que no cumplan con los puntos precedentes, se entenderán como no recibidos oficialmente por el Servicio.
XXIV. APROBACIÓN DE ETAPAS
La presente prestación de servicios se desarrollará en dos etapas, las que deberán quedar reflejadas en el Programa de Trabajo Definitivo aprobado por el Inspector Fiscal, el cual deberá considerar como plazo de ejecución el propuesto por el Contratista, contados desde el día hábil siguiente a la emisión de la orden de compra. 26 Finalizada cada una de estas etapas, el Contratista deberá comunicar formalmente (y al correo electrónico) al Inspector Fiscal el término de los trabajos establecidos en el Programa de Trabajo Definitivo para cada una de ellas. El Inspector Fiscal notificará por correo electrónico al contratista, indicando la fecha y hora en que se constituirán en terreno, en un plazo de 7 días corridos, y levantará Acta de Recepción Conforme de los Trabajos, la que se otorgará sólo en el evento de que los trabajos hayan sido terminados en forma íntegra y no existan observaciones por parte del Inspector Fiscal. Si los trabajos no son aprobados, la Inspección Fiscal tendrá 5 días corridos, contados desde la visita a terreno, para elaborar un "Acta de Observaciones", la que será notificada por correo electrónico al contratista. El contratista dispondrá de 5 días corridos, contados a partir de la remisión del correo electrónico con las observaciones realizadas por la Inspección Fiscal, para subsanarlas, informándole al Inspector Fiscal -a través del mismo medioel término de las correcciones solicitadas. Terminado este plazo, el Inspector Fiscal notificará por correo electrónico al contratista, indicando la fecha y hora para realizar una nueva visita a terreno en un plazo de 5 días corridos, para verificar que el contratista haya corregido las observaciones. En el caso que los trabajos sean rechazados nuevamente, la Inspección Fiscal enviará oficio al contratista, informando un plazo perentorio de cinco (5) días hábiles, para acoger las observaciones realizadas. La forma de notificación contemplada en este período es mediante correo electrónico, entendiéndose dicho medio como la forma de comunicación más expedita y certera para estos efectos. Dicho plazo estará sujeto a las multas correspondientes. De no realizar las correcciones solicitadas dentro del plazo estipulado, facultará a la D.G.A. para terminar el contrato, por incumplimiento grave de las obligaciones contraídas por el contratista (Numeral XXVIII de las Bases Administrativas), y la D.G.A. hará efectiva la Garantía de Fiel y Oportuno Cumplimiento del Contrato. Se hace presente que el Contratista, al inicio de los trabajos, indicará un correo electrónico, con el que se podrá mantener comunicación formal con él, especialmente para efectos de las actas de observaciones que le deban ser notificadas
XXV. APROBACIÓN FINAL DE LOS TRABAJOS
• Plazo de ejecución de los trabajos: El contratista deberá ejecutar la totalidad de los trabajos contratados por la D.G.A. en el plazo ofertado, según su propuesta técnicoeconómica. Dicho plazo se hará efectivo a contar del día hábil siguiente a la fecha de emisión de la orden de compra a través del Sistema de Información, www.mercadopublico.cl. Cabe hacer presente, según consta del numeral XIII de las Bases Administrativas, que el plazo ofertado para la ejecución de los trabajos se encuentra establecido como un criterio de evaluación. • Condiciones de entrega: Una vez que los trabajos hayan sido terminados en su totalidad por parte del contratista, este deberá comunicar, formalmente al Inspector Fiscal, acerca de la finalización o término de estos. El Inspector Fiscal otorgará su aprobación solo en el evento de que los trabajos hayan sido terminados en forma íntegra y no existan observaciones, mediante la suscripción de un acta de recepción, en la que manifieste su conformidad (Acta de Recepción). Si los trabajos no son aprobados, el Inspector Fiscal tendrá cinco (5) días hábiles contados desde la notificación por parte del contratista para elaborar un “Acta de Observación”, la cual será notificada por medios electrónicos al contratista, quien dispondrá de cinco (5) días hábiles contados a partir de la remisión del correo electrónico con las observaciones realizadas por el Inspector Fiscal para subsanarlas. Terminado este plazo, el Inspector Fiscal verificará, en un plazo máximo de cinco (5) días hábiles, que el contratista haya corregido las observaciones. En el caso que los trabajos sean rechazados nuevamente, el Inspector Fiscal enviará Oficio al contratista informando un plazo perentorio de cinco (5) días hábiles para acoger y subsanar las observaciones realizadas. Dicho plazo está sujeto a las multas correspondientes. Una vez transcurrido dicho plazo, el Inspector Fiscal verificará si las observaciones fueron subsanadas y, en caso de no realizar el contratista las correcciones solicitadas, el Inspector Fiscal solicitará el término anticipado y administrativo del contrato, con cobro de garantía de fiel y oportuno cumplimiento del mismo, por incumplimiento grave de las obligaciones contractuales del proveedor, sin derecho a indemnización. 27 • Fotografías: El contratista deberá entregar al Inspector Fiscal un informe final que contenga un conjunto de fotografías a color, en formato de 10 x 15 cm aproximadamente, que ilustren debidamente la situación antes del inicio del contrato de las actividades y obras principales que se desarrollen en los períodos siguientes, vale decir, fotografías que demuestren el desarrollo de los trabajos antes, durante y final de las obras. Es importante reiterar que solo se pagarán los bienes y/o servicios entregados y/o ejecutados, y recibidos a entera y total conformidad del Inspector Fiscal de la D.G.A., conforme con lo dispuesto en el artículo 133° del Reglamento de la Ley N° 19.886.
XXVI. PAGOS Y MULTAS
a) Forma de Pago El pago se efectuará en el plazo de treinta (30) días corridos desde la presentación de la factura o boleta, documento tributario electrónico de cobro (DTE) que solo podrá ser emitido una vez que el Inspector Fiscal de la D.G.A. comunique al contratista la recepción conforme de la prestación de servicios (trabajos). Lo anterior, sin perjuicio de lo dispuesto en el artículo 135° del Decreto Supremo N°661, de 2024, del Ministerio de Hacienda, que aprueba el Reglamento de la Ley N° 19.886. La prestación de servicios será financiada por la asignación correspondiente al presupuesto vigente de la Dirección General de Aguas. El pago al contratista se realizará bajo condición de cumplimiento de los siguientes requisitos: 1. Que el Inspector Fiscal haya aprobado los trabajos ejecutados por el contratista a entera y total conformidad, mediante un acta suscrita en la que manifieste su conformidad (Acta de Recepción). 2. Que el proveedor o contratista realice su cobro mediante facturación electrónica, que deberá ser emitida a nombre del MINISTERIO DE OBRAS PÚBLICAS, RUT: 61.202.000-0, ingresando en su archivo XML de factura el código de unidad de pago: 2405, y descripción de unidad de pago: DIRECCIÓN_GENERAL_DE_AGUAS_REGIÓN_DE ÑUBLE, según Instructivo del MOP sobre facturación electrónica, cuyos principales puntos se indican en el ANEXO Nº 6. 3. Además, el contratista deberá indicar, en su factura o boleta respectiva, la Orden de Compra. Con la presentación de la boleta o factura, el contratista deberá entregar lo siguiente: a) Informe de personal correspondiente al mes calendario anterior al estado de pago, señalando la cantidad de días efectivamente trabajados, así como también, copias de comprobante de pago de las remuneraciones firmadas por el trabajador o boletas de honorarios, según corresponda. b) Copia de la planilla de cotizaciones enteradas ante los organismos previsionales correspondientes, si fuese procedente. c) Certificado de Cumplimiento de las Obligaciones Laborales y Previsionales (F30-1) emitido por la Inspección del Trabajo, que se encuentre vigente, y que acredite que no existen reclamos laborales ni previsionales pendientes en su contra, respecto del personal que se encuentre prestando servicios en este contrato. Se aceptará el certificado correspondiente al mes anterior al de la prestación del servicio. La factura o boleta correspondiente será visada, además, por la jefatura del Departamento Conservación y Protección de Recursos Hídricos de la D.G.A. Una vez adjudicada la licitación, el adjudicatario deberá dar cumplimiento a lo establecido en el 28 ANEXO N°7, denominado “Autorización de Pagos a Través de Bancos (Anexo Trámite Digital DCyF)”, con el objeto de autorizar a la Dirección de Contabilidad y Finanzas (DCyF), del Ministerio de Obras Públicas, a efectuar el pago por medio de transferencia bancaria, con el fin de dar cumplimiento a lo establecido en el artículo 8° de la Ley N° 21.640, indicando, al efecto, Banco, cuenta corriente, chequera electrónica o cuenta vista, cuenta RUT, nombre o razón social a quien se deba efectuar dicha transferencia, RUT, correo electrónico. Si el proveedor no ha realizado el trámite en Tesorería MOP, deberá rellenar el ANEXO N°7, firmado ante notario y presentarlo en cajas de Tesorería MOP. En atención a la Ley N° 21.131, que establece el pago a treinta (30) días, el pago del saldo insoluto contenido en la factura o documento tributario de cobro respectivo deberá ser cumplido de manera efectiva en el plazo máximo de treinta (30) días corridos, contados desde la fecha de recepción de la factura o boleta. Cabe hacer presente que, en ausencia de mención expresa en la factura (o boleta) y su copia transferible del plazo de pago, se entenderá que deberá ser pagada dentro de los treinta (30) días corridos siguientes a la recepción de la factura (o boleta). Cabe hacer presente que la Ley N° 21.131, de pago a treinta días, permite a las partes establecer un plazo mayor, siempre y cuando se cumplan ciertos requisitos y formalidades, tales como que el acuerdo de estipular un plazo de pago mayor conste por escrito, siendo suscrito por todas las partes, además que, este no constituya abuso para el acreedor; y, finalmente, que sea inscrito en el registro que lleva el Ministerio de Economía, Fomento y Turismo para este efecto, dentro de un plazo máximo de cinco (5) días hábiles desde su celebración. Es importante destacar que, para proceder al pago, se requerirá que previamente el Inspector Fiscal de la D.G.A. certifique la recepción conforme del bien y/o servicio adquirido y/o contratado. Sin ello, no podrá proseguirse con el proceso de pago. Lo anterior, en los términos dispuestos en el artículo 133° del Decreto Supremo N°661, de 2024, del Ministerio de Hacienda, que aprueba el Reglamento de la Ley N° 19.886. b) Multas El contratista sancionado con una multa, en caso de incumplimiento en la entrega o ejecución: i. De los trabajos en los plazos ofertados para la revisión del Inspector Fiscal de la D.G.A., quien tendrá cinco (5) días hábiles para efectuar la revisión de los mismos; o, ii. De los trabajos que cuenten con las modificaciones solicitadas por el Inspector Fiscal y a conformidad de este, dentro del plazo de cinco (5) días hábiles contados a partir de la remisión del correo electrónico con las observaciones realizadas por dicho funcionario, conforme lo dispuesto en el numeral XXVI de las presentes Bases Administrativas. La multa por atraso en la entrega o ejecución de los trabajos será de 1% del valor neto de la prestación de servicios, por cada día corrido de atraso, con tope de diez (10) días de atraso. Estas multas serán exigibles de inmediato y descontadas de la factura que presente el contratista o cualquier suma que se le adeude o adeudase, con motivo del presente contrato, o le serán cobradas judicialmente, si así lo estima conveniente la D.G.A. Si el valor total acumulado de las multas alcanza el 10% del valor del contrato de prestación de servicios, la D.G.A. podrá ponerle término anticipado y cobrar la garantía de fiel y oportuno cumplimiento del contrato, si fuera el caso. En todo caso, si el incumplimiento es grave, antes de acumular un 10% del valor del contrato, la D.G.A. podrá poner término anticipado al mismo, con cobro de garantías. Verificado el incumplimiento de contrato, la D.G.A. notificará de acuerdo a lo establecido en el artículo 140° del reglamento, es decir, en la dirección de correo electrónico que haya aportado el proveedor, comunicando las causales o razones que se tienen en vista para la aplicación de la multa con indicación de su cálculo y monto, o en su caso, para poner término anticipado al contrato. Será responsabilidad del proveedor mantener dicha dirección actualizada e informar en caso de cambios. 29 El adjudicatario, por su parte, dispondrá de un plazo de tres (3) días hábiles desde la notificación para efectuar sus descargos, resolviendo la D.G.A. mediante resolución fundada, si acepta los mismos o ratifica la aplicación de la multa o el término contractual, para tal efecto la autoridad deberá pronunciarse en el plazo de cinco (5) días hábiles. En contra de esta última resolución procederán los recursos dispuestos en la Ley N° 19.880. No procederá el cobro de las multas y sanciones señaladas previamente, si se estableciera la concurrencia de caso fortuito o fuerza mayor, debidamente acreditado por el contratista, de acuerdo con los artículos 45 y 1547 del Código Civil, o una causa enteramente ajena a la voluntad de las partes, lo que será calificado como tal por la D.G.A., mediante resolución fundada, sobre la base del estudio de los antecedentes respectivos (documentación de respaldo). Nota: Para el efecto señalado en el acápite que antecede, el contratista deberá comunicar al Inspector Fiscal, por escrito, y dentro del plazo máximo de cinco (5) días hábiles desde producido dicho evento o antes del vencimiento del plazo correspondiente (según sea el caso), la ocurrencia del hecho que impide el cumplimiento de sus obligaciones contractuales, adjuntando toda la documentación de respaldo necesaria para validar el imprevisto. Al respecto, el Inspector Fiscal confeccionará una minuta y enviará toda documentación a la Autoridad Competente, sugiriendo aprobar o rechazar, fundadamente, el caso fortuito o fuerza mayor alegado por el contratista. Toda solicitud que se presente fuera de plazo no tendrá validez y el contratista deberá asumir las multas y sanciones que correspondan. La D.G.A. resolverá sobre la aplicación de multas considerando los antecedentes pertinentes. La multa que sea procedente se cursará administrativamente, sin forma de juicio, y se tramitará por parte del Subdepartamento de Presupuesto y Contabilidad, dependiente del Departamento Administrativo y Secretaría General de la D.G.A., para obtener el importe de esta; la que se descontará del más próximo pago.
XXVII. MODIFICACIÓN Y TÉRMINO ANTICIPADO DEL CONTRATO
1. Modificación del contrato. De acuerdo al artículo 129° del reglamento, el contrato sólo podrá modificarse durante su vigencia, cuando se dé alguno de los siguientes supuestos: a) Cuando haya sido previsto en las bases sin que se alteren los elementos esenciales del contrato, como cuando se sustituya alguna unidad de suministro o servicio puntual. No se podrán modificar elementos que: - Alteren el principio de igualdad entre los oferentes y de estricta sujeción de las bases, como si la modificación podría haber generado la aceptación de una oferta diferente o podría haber atraído a más oferentes. - Si altera el equilibrio financiero - Si da como resultado un contrato de naturaleza diferente b) Respecto de modificaciones no previstas en las bases, sólo se podrán realizar modificaciones cuando concurran los siguientes requisitos, b.1) que exista una situación de caso fortuito o fuerza mayor debidamente justificada ante la D.G.A.; b.2) que el cambio de contratista generara inconvenientes significativos o un aumento sustancial de costos para el servicio, b.3) que las modificaciones sólo introduzcan las variaciones indispensables para responder a la causa que haga necesaria la modificación, b.4) y que se respete el equilibrio financiero del contrato. La D.G.A., tendrá la facultad de aumentar el plazo de ejecución del contrato o la Orden de Compra, mientras dure el impedimento. A su vez, podrá realizar modificación a los bienes o servicios comprometidos en el contrato u orden de compra, siempre que existan razones de interés público y que esta modificación permita satisfacer de igual o mejor forma la necesidad que dio origen al procedimiento de contratación. 30 En ningún caso las modificaciones podrán superar el 30% del valor total del contrato y siempre que el organismo cuenta con disponibilidad presupuestaria. Para las presentes bases las modificaciones que se realicen no podrán superar las 1.000 UTM. En caso de modificación, se deberá emitir una nueva orden de compra conforme a lo señalado en el artículo 117 del reglamento de la Ley N°19.886. 2. Término Anticipado. De acuerdo al artículo 130 del reglamento, la D.G.A., está facultada para declarar administrativamente el término anticipado al contrato, en cualquier momento, sin derecho a indemnización alguna para el adjudicatario, si concurren alguna de las siguientes causales. 1. La muerte o incapacidad sobreviniente de la persona natural (proveedora), o extinción de la personalidad jurídica de la sociedad contratista. 2. Resciliación o mutuo acuerdo entre los contratantes. La D.G.A. y el proveedor podrán dar término anticipado al contrato, de común acuerdo, cuando a juicio de ambas partes, se hayan hecho presente motivos que hagan imposible su cumplimiento y cuya solución no esté contemplada en el contrato. En este caso, no corresponderá pagar indemnización y el proveedor no debe encontrarse en mora de cumplir sus obligaciones. 3. Incumplimiento grave o tardío de las obligaciones contraídas por el proveedor, cuando sea imputable a este. Se entiende por incumplimiento grave la no ejecución o la ejecución parcial, por parte del adjudicatario de las obligaciones contractuales, descritas en las bases o el contrato, sin que exista alguna causal que lo exima de responsabilidad y que dicho incumplimiento, genere perjuicio a la entidad contratante. Entre estas, por ejemplo, se enumera de forma no taxativa la siguientes: - Si el proveedor no efectuara la entrega de los equipos (productos o accesorios) adquiridos por la D.G.A., dentro del plazo ofertado, superando el tope máximo establecido para el cobro de multa señalado en las presentes bases. - Si la D.G.A. considera que el contratista ha incurrido en negligencia, lo que se traduce en que la calidad del trabajo ejecutado, no corresponde a lo estipulado en el contrato o las presentes Bases Administrativas y/o Técnicas. - Si el proveedor efectuara la entrega de equipos (productos o accesorios) distintos de los ofertados y adjudicados (contratados). - Si el proveedor transgrede de forma injustificada y no bajo los términos previstos, lo estipulado en las presentes Bases Administrativas, Técnicas y sus Anexos y/o en el contrato que se suscriba (si fuera el caso). - Incumplimiento de uno o más de los compromisos asumidos por el proveedor, en virtud del “Pacto de integridad” contenido en el numeral IX de estas Bases Administrativas. - Si el proveedor no diera cumplimiento a los requerimientos o instrucciones de la D.G.A. que se hubiesen previamente establecido en el requerimiento técnico, lo que será determinado por el Servicio de manera fundada. - Si el proveedor efectuara la cesión del contrato. - Si el contratista subcontrata servicios, sin contar con la autorización del Inspector Fiscal, de acuerdo con el procedimiento establecido al efecto en las presentes Bases Administrativas. - Si el proveedor no hiciera entrega de la garantía de Fiel y Oportuno cumplimiento del contrato de reemplazo, en caso de haberse hecho efectivo su cobro (si fuera el caso) 31 - Cualquier acción u omisión efectuada por el proveedor, que dificulte u obstaculice el cumplimiento de los fines propios de la Dirección General de Aguas referentes a la ejecución y cumplimiento del presente contrato. 4. El estado de notoria insolvencia del proveedor a menos que se mejoren las cauciones entregadas, o las existentes sean suficientes para garantizar el cumplimiento del contrato. 5. La imposibilidad de ejecutar la prestación en los términos inicialmente pactados, cuando no sea posible modificar el contrato conforme al numeral XXVII punto 1., precedente, en concordancia con el artículo 129 del reglamento. En este caso la D.G.A., solo pagará el precio por los bienes y/o servicios que efectivamente se hubieran entregado o prestado. 6. Por exigirlo el interés público o la seguridad nacional, por razones de ley o de autoridad ministerial de Salud, dictadas en caso de epidemias, pandemias u otras emergencias sanitarias en el país, que hagan imperiosa su inmediata terminación, debidamente justificado. 7. En caso de ser adjudicatario de una Unión Temporal de Proveedores (UTP) y concurran alguna de las siguientes circunstancias: - Inhabilidad sobreviniente de alguno de los integrantes de la UTP en el registro de proveedores, y que dicha situación no permita seguir ejecutando el contrato con los restantes miembros en los términos pactados. - Cuando conste que la UTP se constituye con el objeto de vulnerar la libre competencia. - Retiro de algún integrante de la UTP que hubiera reunido una o más características objeto de la evaluación de ofertas. - Disolución de la UTP. Producidas cualquiera de las causales enumeradas u otras señaladas en los documentos del contrato, la D.G.A. notificará por correo electrónico al proveedor, en los términos que señala el artículo 140 del reglamento, la causal del incumplimiento fijándole un plazo perentorio para que lo solucione o corrija, si la causal producida es susceptible de corregir. Si transcurrido este plazo el proveedor no ha solucionado o corregido la causal de incumplimiento, la D.G.A. pondrá administrativamente término anticipado al contrato. En este caso, no corresponderá indemnizar al proveedor y se harán efectivas las garantías del contrato, (si corresponde). Sólo se pagarán los bienes (productos o accesorios) entregados por el proveedor y recibidos a plena conformidad del Inspector Fiscal, en representación de la D.G.A. En caso de término administrativo y anticipado del contrato, el proveedor deberá satisfacer íntegramente los bienes y/o servicios requeridos hasta antes de la notificación del referido término. Los actos administrativos que dispongan de las medidas de modificación o término anticipado del contrato, deberán ser fundados y publicados en el sistema de información dentro del plazo de 24 horas desde que se haya dictado el mismo, conforme al artículo 132 del reglamento.
XXVIII. NORMAS DE TRABAJO
Las actividades deberán ser ejecutadas por el contratista en conformidad con las siguientes normas de trabajo: 32 a) Normas Generales de Contratación, Remuneraciones y Cotizaciones Previsionales El personal que contrate el contratista, con motivo de la ejecución o durante la vigencia del contrato que se origine de la licitación pública, no tendrá, en caso alguno, relación laboral ni vínculo de subordinación y/o dependencia y/o funcionario con la D.G.A., sino exclusivamente con el contratista. Sin perjuicio de lo anterior, y cada vez que la D.G.A. así lo requiera, el contratista estará obligado a informar respecto del estado de cumplimiento de las obligaciones laborales y previsionales que a este último le correspondan respecto a sus trabajadores, como asimismo de igual tipo de obligaciones que tengan los subcontratistas con sus trabajadores. El monto y estado de cumplimiento de las obligaciones laborales y previsionales deberá ser acreditado mediante certificados emitidos por la respectiva Inspección del Trabajo, o bien por aquellos medios idóneos reglamentados por el Ministerio del Trabajo y Previsión Social que garanticen la veracidad de dicho monto y estado de cumplimiento. En caso que el contratista registre saldos insolutos de remuneraciones o cotizaciones de seguridad social con sus actuales trabajadores o con trabajadores contratados en los últimos dos (2) años, los primeros estados de pago producto del contrato licitado deberán ser destinados al pago de dichas obligaciones, debiendo el contratista acreditar que la totalidad de las obligaciones se encuentran liquidadas al cumplirse la mitad del período de ejecución del contrato. La D.G.A. exigirá que el contratista proceda a dichos pagos y le presente los documentos que demuestren el total cumplimiento de la obligación. El incumplimiento del contratista de las obligaciones laborales y previsionales respecto de sus trabajadores será estimado como incumplimiento grave y facultará a la D.G.A. para poner término anticipado a la contratación. Lo anterior sin perjuicio de lo establecido en la Ley N° 20.123. b) Confidencialidad de la Información Quienes ejecuten una prestación de servicios en favor de la Dirección General de Aguas (D.G.A.), en calidad de contratistas o proveedores, deberán tener presente lo siguiente: • El contratista y su personal, deberán guardar absoluta confidencialidad sobre los antecedentes (activos de información en general), reservados o no, a los que tengan acceso durante el desarrollo de la prestación del servicio o con ocasión de este, tanto durante la vigencia del contrato como con posterioridad a su finalización. Respecto a este último término se hace presente, que los contratistas y proveedores deberán considerar lo siguiente, siempre y cuando no contravenga los principios de publicidad y transparencia que rigen los actos de los órganos de la Administración del Estado, según lo preceptuado en el artículo 8°, inciso 2° de la Constitución Pública de la República. • Una vez terminada la vigencia del contrato, y habiéndose verificado la publicación del informe técnico correspondiente en el sistema de información de la D.G.A., el contratista podrá generar publicaciones científicas, presentaciones en congresos, u otros productos de difusión académica no comercial con los datos obtenidos durante la ejecución de la prestación de servicios. Se hace presente que, en las publicaciones generadas se deberá reconocer el aporte de la D.G.A. en la sección referencias bibliográficas1 y agradecimientos correspondientes. • El contratista acepta que la D.G.A. tiene el derecho exclusivo de uso de todo producto generado por el trabajo realizado, en el cumplimiento y ejecución de los servicios pactados. • El contratista o proveedores, durante su gestión y durante la vigencia del contrato, debe cumplir las normas, procedimientos y las Políticas de Seguridad de la Información que se encuentren vigentes en el Ministerio de Obras Públicas (MOP), las cuales se encuentran 1 Para las referencias bibliográficas deberá considerarse la línea editorial de la D.G.A. que se encuentra en el siguiente link: https://snia.mop.gob.cl/PIA/items/af16e7f3-48f7-4be2-b69a-1439135f75c8 33 publicadas en el portal web del MOP: https://dga.mop.gob.cl/acercadeladga/pmgssi/Paginas/default.aspx. • Para estos efectos, la Información Confidencial comprende todo tipo de información y/o idea de cualquier especie, tangible o intangible, a las que el contratista pueda tener acceso con motivo u ocasión de las labores que realicen en el MOP y toda aquella información cuya divulgación o revelación no autorizada pueda causar daño a los intereses del MOP, o de terceros, aun cuando dicha información no haya sido definida expresamente como confidencial. • La confidencialidad de la información definida debe cumplirse a cabalidad por parte del contratista y su personal con excepción de la orden de dar cumplimiento a una disposición legal, a una orden judicial o a algún requerimiento de alguna autoridad gubernamental con potestades legales para requerir la entrega de información, siempre que la parte requerida notifique previa e inmediatamente a la otra que tal divulgación le ha sido solicitada. • El Ministerio de Obras Públicas, a través de la D.G.A., se reserva el derecho de ejercer las acciones legales que correspondan de acuerdo a las normas legales vigentes, en el caso de que no se cumplan las condiciones de confidencialidad y seguridad de la información señalada. • En caso de incumplimiento de la obligación de confidencialidad que se establece en estas Bases, tanto por el contratista como por sus trabajadores o por cualquiera de las personas con las cuales este se relacione para la prestación de servicios que se contrata, la D.G.A. dará término anticipado al contrato, sin perjuicio de ejercer además las acciones legales que correspondan. c) Cambios en el equipo de trabajo definido inicialmente en la Oferta No aplica para la presente licitación pública. d) Subcontratación Los contratos para prestación de servicios personales se celebran en especial consideración de las personas naturales, personas jurídicas o empresarios individuales que prestarán el servicio, esto sin perjuicio de los reemplazos, sustituciones e incorporación de alguno de los trabajadores del contratista. Durante la ejecución del trabajo, el contratista solo podrá efectuar las subcontrataciones que sean estimadas como indispensables para la realización de tareas específicas, lo que deberá ser aprobado previamente por la Inspección Fiscal respectiva (Inspector Fiscal). Para proceder con estas subcontrataciones, el contratista deberá solicitar, por escrito, autorización al Inspector Fiscal, a quien corresponderá calificar y resolver respecto de la subcontratación solicitada, emitiendo el respectivo informe sobre el particular. En todo caso, cualquiera sea el tipo de subcontratación, el contratista seguirá siendo el único responsable de las obligaciones contraídas en virtud del respectivo contrato suscrito con la D.G.A. De igual manera toda subcontratación de algún servicio que justifique un mejor desarrollo de las materias deberá ser planteada al Inspector Fiscal respectivo, quien deberá aprobar finalmente. En ningún caso se podrá subcontratar la totalidad del servicio contratado. e) Cesión El contratista no podrá ceder ni transferir en forma alguna, total ni parcialmente, los derechos y obligaciones que emanen del desarrollo del contrato que se suscriba, salvo que una norma legal lo permita. 34 f) De los Dependientes de la Empresa La empresa contratada, en su calidad de empleador, será responsable exclusivo del cumplimiento íntegro y oportuno de las normas del Código del Trabajo y leyes complementarias, leyes sociales, de previsión, de seguros, de enfermedades profesionales, de accidentes del trabajo y demás pertinentes respecto de todos los integrantes de su equipo de trabajo. En consecuencia, la empresa será responsable en forma exclusiva del pago oportuno de las remuneraciones, honorarios, indemnizaciones, desahucios, beneficios, y en general, de toda suma de dinero que por cualquier concepto deba pagarse a los integrantes de su equipo de trabajo. Se deja constancia que entre el personal asignado por la empresa para el cumplimiento del contrato y la D.G.A. no existirá vínculo de dependencia alguna. Lo anterior, sin perjuicio de las normas que sobre la materia establece el Código del Trabajo. Para los efectos de cursar el pago, el contratante deberá informar en forma mensual el cumplimiento de obligaciones laborales y previsionales conforme a lo dispuesto en el artículo 183-C del Código del Trabajo y en el Decreto Supremo N° 319, de 2006, del Ministerio del Trabajo y Previsión Social, Reglamento sobre acreditación de Cumplimiento de Obligaciones Laborales y Previsionales. En el caso que el contratista no acredite oportunamente el cumplimiento íntegro de las obligaciones laborales y previsionales, la D.G.A. podrá retener de las obligaciones que tenga a favor de aquél, el monto de que es responsable. Asimismo, el incumplimiento de esta obligación dará derecho de hacer efectiva la garantía de fiel y oportuno cumplimiento del contrato (si fuera el caso), caso en el cual, previo a su cobro, el contratante deberá entregar una nueva garantía de fiel y oportuno cumplimiento del contrato, en un plazo máximo de cinco (5) días hábiles, bajo sanción de decretar el término anticipado al contrato en caso de no entregarla y, como se señaló, cobrar la garantía anterior. g) Aplicación del Pago a Obligaciones pendientes con los Trabajadores De conformidad con lo dispuesto en el artículo 4° inciso 2° de la Ley N° 19.886, el adjudicatario que hubiese declarado que registra saldos insolutos de remuneraciones o cotizaciones de seguridad social con sus actuales trabajadores o con trabajadores contratados en los últimos dos (2) años, deberá destinar los primeros estados de pago producto del contrato licitado al pago de dichas obligaciones, debiendo acreditar que la totalidad de las obligaciones se encuentran liquidadas al cumplirse la mitad del período de ejecución del contrato, con un máximo de seis (6) meses. La D.G.A. exigirá que el contratante proceda a dichos pagos y le presente los comprobantes y planillas que demuestren el total cumplimiento de obligación. El incumplimiento de estas obligaciones dará derecho a la D.G.A. a dar por terminado el respectivo contrato, pudiendo llamar a una nueva licitación. h) Responsabilidad del Contratista sobre Prevención de Accidentes y Enfermedades Profesionales El contratista es responsable de la prevención de accidentes y enfermedades profesionales que puedan afectar a los trabajadores de su dependencia, por lo que deberá velar por el cumplimiento de las disposiciones legales y reglamentarias vigentes sobre la materia, sin perjuicio que el contratista deberá cumplir con todas las disposiciones legales vigentes en materia de protección a los trabajadores, las cuales se encuentran contenidas en la Ley N° 16.744 y la Ley N° 20.123, en el Código del Trabajo, y en otros cuerpos legales que regulen estas materias. Al respecto, cabe hacer presente que al contratista le caben las responsabilidades con el organismo administrador de la Ley N° 16.744 al que esté afiliado, además de la responsabilidad civil y penal en los accidentes que se puedan producir en los trabajos por el cumplimiento de las medidas de prevención de riesgos, y asimismo de lo estipulado en el ANEXO N°8 de las presentes Bases de Licitación. 35 i) Propiedad Intelectual Toda la información que se maneje y los productos resultantes del presente trabajo (si fuera el caso) serán de propiedad exclusiva de la D.G.A., de modo que su uso, administración, intervención o publicación le corresponde sólo a la D.G.A. Sin perjuicio de lo anterior, la contratista tiene la obligación de ceder y garantizar la cesión de cualquier derecho de propiedad intelectual o industrial que diga relación con el trabajo desarrollado con objeto del convenio que se origine de la presente licitación. Esta obligación subsistirá inclusive después de terminada la vigencia del contrato, y en caso de incumplimiento de la obligación impuesta, la D.G.A. se reserva el derecho de accionar en contra de los responsables ante los Tribunales de Justicia. El adjudicatario libera de toda responsabilidad al comprador (D.G.A.) en caso de acciones entabladas por terceros en razón de transgresiones de derechos de patente, marca registrada o diseños industriales como consecuencia de la utilización de los bienes o servicios parte de ellos en el territorio nacional. j) Responsabilidad por la Información El contratista será responsable por todos y cada uno de los antecedentes, cálculos, conclusiones, y en general, de todas las materias que forman parte del trabajo. En el caso de disolución de la empresa, las personas que actuaron como representante legal y jefe de proyecto en el contrato pertinente, asumirán esta responsabilidad, que se entenderá en su más amplia acepción, y en caso de incumplimiento de la obligación impuesta, la D.G.A. se reserva el derecho de accionar en contra de los responsables ante los Tribunales de Justicia.
XXIX. PRÓRROGA DE PLAZOS
De acuerdo al artículo 42 del reglamento, será posible realizar una prórroga de plazo, si el proveedor lo requiere por ser estrictamente necesario y siempre que lo solicite dentro de plazo, esto es, previo a encontrarse vencidos los plazos para la entrega de los bienes. Deberá basar su solicitud ya sea por fuerza mayor o caso fortuito, o un atraso por parte del Servicio en la entrega de algún insumo básico para la entrega. Esta solicitud deberá presentarse, antes del vencimiento del plazo correspondiente, con la respectiva documentación de respaldo, a través de la Oficina de Partes de la D.G.A. ubicada físicamente en 18 de septiembre 246, of.516, piso 5, Chillán, en el horario de atención de público habilitada para estos efectos, o bien, enviar sus documentos, solicitudes o informaciones por medio de la aplicación Oficina de Partes Virtual D.G.A.: https://recepciondocumental.mop.gob.cl/, dirigida al Inspector Fiscal, quien deberá aprobar o rechazar las justificaciones entregadas, enviando luego toda la documentación para que sea resuelto finalmente por el Jefe del Departamento Administrativo y Secretaría General de la D.G.A. Toda solicitud que se presente fuera de plazo no tendrá validez, y el proveedor deberá asumir las multas y sanciones que correspondan. En caso de atraso o incumplimiento injustificado de la entrega del bien o ejecución del servicio, la D.G.A. resolverá sobre la aplicación de multas considerando los antecedentes pertinentes. Sin perjuicio de lo anterior, toda prórroga se evaluará y concederá conforme al artículo 129 del reglamento de la Ley N°19.886, mediante resolución fundada.
XXX. MODIFICACIÓN DE PRODUCTO
No aplica para la presente licitación pública.
XXXI. MARCA O EQUIVALENTES
Cualquier mención a marcas y/o modelos respecto de lo solicitado, es solo referencial, razón por la que cada oferente podrá ofertar equivalentes del mismo, siempre y cuando cumpla con los requisitos mínimos establecidos en el pliego de condiciones que rige la presente licitación, conforme lo preceptuado en la normativa vigente de compras y contratación pública.
XXXII. DOMICILIO Y JURISDICCIÓN
Para todos los efectos del contrato que se suscriba, las partes fijarán domicilio en la ciudad de Chillán, Región de Ñuble, prorrogando la competencia ante los Tribunales Ordinarios de Justicia. Lo anterior, sin perjuicio de las facultades fiscalizadoras que correspondan a la Contraloría General de la República (CGR).
BASES TÉCNICAS I. INTRODUCCIÓN
La Dirección General de Aguas (D.G.A.), a través del presente instrumento, establece los requerimientos técnicos que deberán cumplir las ofertas presentadas por los oferentes participantes en la licitación denominada “CONSERVACIÓN DE LA RED HIDROMÉTRICA REGIONAL, REGIÓN DE ÑUBLE”.
II. OBJETIVO
El objetivo general de la licitación es contratar la prestación de servicios para la conservación de la red hidrométrica en la Región de Ñuble, con el objetivo de mantenerla operativa y mejorar la gestión hídrica regional, para el cumplimiento de las labores propias del Servicio, trabajos que más adelante se detallan.
III. DESCRIPCION DE ESTACIONES Y ESPECIFICACIONES TÉCNICAS DE LOS TRABAJOS
Las estaciones incluidas en el programa de conservación de la red hidrométricas regional son: Estaciones Fluviométricas 1. Rio Ñuble en Pte. Ruta 5 Sur 2. Rio Chillán en Puente Pinto 3. Estero Coyanco en Puente Coyanco 4. Rio Ñuble en San Fabián 2. 5. Rio Ñuble en Punilla 6. Rio Ñuble en Punilla 2 7. Río Sauces antes Junta con Ñuble 8. Rio Ñuble en Confluencia 9. Rio Diguillín en San Lorenzo 10.Río Chillán en Esperanza 2 11.Río Renegado en La Invernada 12.Río Diguillín en Longitudinal 13. Rio Chillan en Camino a Confluencia 14.Rio Cato en Puente Cato 15.Canal De La Luz en Chillán 16.Rio Niblinto ante bocatoma canal alimentador Embalse Coihueco. 17.Canal Alimentador Embalse Coihueco. 18.Rio Itata en Trilaleo 19.Rio Itata en General Cruz 20.Rio Itata En Nueva Aldea 21.Rio Itata en Paso Hondo 22.Rio Lonquen en Trehuaco 23. Desagüe de Laguna Avendaño. 37 Estaciones Meteorológicas 24.Caracol 25. Nueva Aldea 26.Coelemu 27.San Agustin de Puñual 28. Mangarral 29.San Fabian 30.Chillancito 31. Las Cruces Estaciones Piezométricas 32. Pozo El Carmen 33. Pozo San Carlos en Ninquihue 34. Pozo Chillán en Esc. camino a Pinto Estaciones Fluviométricas 1. Rio Ñuble en Pte. Ruta 5 Sur: Ubicación de la estación: coordenadas UTM (m): N=5.950.998 m; Este=760.158 m, WGS84. Puente Ñuble en Ruta 5 Sur, salida Norte de Chillán. Trabajos de conservación a realizar: • Proveer e Instalar en ribera izquierda 6 reglas limnimétricas de fierro fundido, con las respetivas fichas (N°s 1 al 6) en lugar a definir con ITO. Dichas reglas deben quedar de forma escalonada afianzadas a perfil metálico tipo C de 150x25x3 mm, o similar, previamente aprobado por ITO, el cual quedará fundado y empotrado a machón de hormigón de 50x50x80 cm de profundidad. Se debe considerar un machón de fundación para cada una e las reglas con su respectivo perfil metálico tipo C ya individualizado. 2. Rio Chillán en Puente Pinto: Ubicación de la estación: coordenadas UTM (m): N=5.935.205 m; Este=241.656 m, WGS84. Río Chillan en Puente Pinto que une Pinto con Tanilvoro. Trabajos de conservación a realizar: • Proveer e Instalar en ribera derecha 5 reglas limnimétricas de fierro fundido, con las respetivas fichas (N°s 1 al 5) en cepa de hormigón de puente en lugar a definir con ITO. Dichas reglas deben quedar de forma escalonada afianzadas a perfil metálico tipo C de 150x25x3 mm, o similar, previamente aprobado por ITO, el cual quedará empotrado a la cepa mediante pernos Hilti. • Se debe considerar un machón de fundación de 50x50x80 cm para la regla 0-1 m. 3. Estero Coyanco en Puente Coyanco: Ubicación de la estación: coordenadas UTM (m): N=5.930.269 m; Este=721.400 m, WGS84. Salida poniente de Quillón, camino a Florida. Trabajos de conservación a realizar: • Proveer e Instalar en ribera derecha 4 reglas limnimétricas de fierro fundido, con las respetivas fichas (N°s 1 al 4) en cepa de hormigón de puente en lugar a definir con ITO. Dichas reglas deben quedar de forma escalonada afianzadas a perfil metálico tipo C de 150x25x3 mm, o similar, previamente aprobado por ITO, el cual quedará empotrado a la cepa mediante pernos Hilti. • Se debe considerar un machón de fundación de 50x50x80 cm para la regla 0-1 m. 4. Rio Ñuble en San Fabián 2. Ubicación: en coordenadas UTM (m): Ubicación: en coordenadas UTM (m: (m): N=5.948.117 m; E= 274.060 m, WGS84, San Fabian. Trabajos a realizar: ▪ Desmalezado de una franja de 10 m de ancho por 100m de largo, que va por debajo del cable andarivel en la ribera izquierda hasta donde comienza a bajar camino de acceso, contiene arbustos, pasto, árboles secos, etc., dejar el libre acceso al vehículo fiscal ▪ Luego debe aplicar herbicida de contacto marca Rango. ▪ Pintura de las sgtes. estructuras metálicas: ▪ Caseta de instrumental (60x60x60 cm). 38 - Plataforma de acceso a carro de aforo de ribera derecha (norte) con baranda. - Torre metálica en fierro ángulo de 4 patas por 6 m de altura. ▪ Pintar mástil en ribera sur de tubería 4” y 6 m de altura. ▪ Provisión y reemplazo de letrero de identificación ubicado en lado norte de estación, camino a Punilla, incluyendo poste (formato proporcionado por DGA). 5. Rio Ñuble en Punilla: Ubicación de la estación: coordenadas UTM (m): N=5.940.025 m; Este=292.079 m, WGS84. A 80 km al Oriente de San Carlos. Trabajos de conservación a realizar: ▪ Desmalezado de franja de 10m de ancho por 50m de largo, desde el camino acceso hasta el borde del río donde está ubicado el sensor de nivel, contiene arbustos, malezas, pasto, etc. ▪ Luego debe aplicar herbicida de contacto marca Rango. 6. Rio Ñuble en Punilla 2: Ubicación de la estación: coordenadas UTM (m): N=5.939.960 m; Este=292.527 m, WGS84. A 81 km al Oriente de San Carlos. Trabajos de conservación a realizar: • Desmalezado de franja de 10m de ancho por 50m de largo, desde el camino principal hasta las reglas limnimetricas, contiene arbustos, malezas, pasto, etc. • Luego debe aplicar herbicida de contacto marca Rango. • Desembanque de reglas y sensor de 3m3 de arena y piedras 7. Río Sauces antes Junta con Ñuble: Ubicación de la estación: coordenadas UTM (m): N=5.939.431 m; Este=296.522 m, datum WGS84. A 25 km al norte de Chillán y 85 km al Oriente de San Carlos. Trabajos de conservación a realizar: • Desmalezado de una franja de 20x40m, que considera como centro el cable andarivel, dejando desprotegido los machones, el entorno y acceso a caseta y escalera de acceso a reglas, en O.D. 8. Rio Ñuble en Confluencia: Ubicación de la estación en coordenadas UTM (m): N=5.941.712 m; Este=727.995 m; WGS84, 6 metros aguas arriba de puente confluencia antiguo en ribera izquierda, comuna de Chillán. Trabajos a realizar: • Desmalezado de franja de 10x40m, limpieza de escalera metálica y entorno a cerco y caseta, limpieza de reglas (retiro de malezas). • Desembanque de 20m3 de material, piedras arena borlones, creando un canal que une el agua del río de aguas arriba con las reglas de 0.8m de ancho x 1m de profundidad y 25m de largo. • Pintura de reglas limnimétricas y pérfiles (1, 2 y 3) 9. Rio Diguillín en San Lorenzo: Ubicación: coordenadas UTM (m) N=5.910.410 m; E= 270.575 m, datum WGS84. A 50 km al Oriente de Chillán camino a Los Lleuques y luego 15 km al Sur-Oriente por camino a sector Atacalco. Trabajos de conservación a realizar: • Instalar por fuera del tubo aquietador (tubo existente de 1,2 m diámetro y 8 m de altura) tubería de 3” en 10m de longitud para sensor de nivel. Este tubería baja desde la parte superior de tubo aquietador (8 m) hasta el fondo del canal de ingreso de agua al tubo. Yde sde este punto hasta conectar al río. Se debe anclar y afianzar al río mediante fierros estriados de construcción de 19 mm anclados al lecho en una profundidad mínima de 1 metro. • Cambiar letrero de indentificación al cerco existente en la caseta. • Ampliar en 1x1m el cerco en todo su perímetro (4 lados) manteniendo configuración y dejando libre el camino público, retirar mástil más corto. • Desmalezado de franja de 20m de ancho por 80m de largo, que considera ambas riberas, utilizando como centro cable andarivel, despejar entorno quitando arbustos secos cerca de pluviómetros. 39 10. Río Chillán en Esperanza 2: Ubicación de la estación: coordenadas UTM (m): N=5.917.313 m; Este=265.957 m, WGS84. A 40 Km. al Oriente de Chillán camino a Recinto. Trabajos a realizar: • Reemplazar cerco de protección de instrumental alrededor de radier existente de 5x5m, utilizando 21 m de rejas existentes en campamento DGA en Chillán Viejo (calle Barboza N°1111), la reja debe quedar empotrada en hormigón bajo la superficie de suelo en 40cm en toda su extensión, manteniendo la altura de la reja y adaptar puerta de acceso, sobre el cerco y puerta instalar diente de tiburón doble. • La reja existente en Chillán Viejo que se debe utilizar, está conformada por: - Paño lado Norte de portón: 7,75x2,53 m - Paño lado Sur de portón: 8,15x2,53 m - Portón de 4,1x2,53 m. • Instalar 2 reglas reglas limnimétricas de fierro fundidocon sus respectivas ficha N°1 y N°2, donde se ubica actualmente el nuevo sensor. Reglas deben irancladas a la roca existente mediante pernos hilti. • Desmalezar superficie de 15m de ancho por 80m de longitud, luego aplicar herbicida, el desmalezado considera en ambas riberas, dejando despejado ambos machones, utilizando como centro longitudinal el cable andarivel/desembancar 4m3 (2mx2mx1mprofundidad) de arena ripio en menor porcentaje, donde están ubicadas las reglas limnimétricas. ▪ Pintura completa según especificaciones técnica, de las siguientes instalaciones: - 1 torre metálica en fierro ángulo de 4 patas por 8 mts. de alto. - 2 machón de anclaje - 1 plataforma metálica con su respectiva baranda. - 1 cable andarivel de acero de 1” por 65 m de luz, más 15 mts. por lado detrás de las torres. - 10 m de tubería metálica de 2”. - 1 Caseta metálica de 1m de ancho, 1 de alto, 1m de largo - 6 m de escala de 1m de ancho. - 6 m. de regla limnimétrica de fierro fundido. - 6 m escalera de Fierro ángulo de 1,5 m de ancho. - Pintura de carro de aforo, según ET. - Postes de letreros institucional y de advertencia de peligro, incluido machón de hormigón. 11. Río Renegado en La Invernada: Ubicación de la estación: coordenadas UTM (m): N=5.917.313 m; Este=265.957 m, WGS84. A 10 km al oriente de localidad Los Lleuques, Pinto. Trabajos a realizar: • Demoler tubos aquietadores dañados por crecidas. tubería de concreto (1 m de diámetro, 5 m de altura), • Retirar y trasladar hasta chillan viejo puente metálico de 15m de largo por 1m de ancho. • Confeccionar 10m de escalera metálica para bajada a reglas limnimétricas, anclada en la parte superior de losa, en el muro vertical y en la parte baja mediante fierros estriados de construcción. • Instalar regla 0-1 provista por este servicio, proveer e instalar ficha 1, dicha regla debe ser instalada en machón H-30 de 0.6x0.6x0.8m(profundidad) en riel empotrado en el machón, buscar un lugar visible desde ribera izquierda, donde tiene mayor profundidad el agua, y que este protegido por rocas del cauce. • En el machón de hormigón existente e inmediatamente al costado de las reglas plásticas, instalar reglas 2,3,4 que serán provistas por este servicio, proveer e instalar fichas 2,3,4. • Desmalezado de 10m de ancho x 80m de longitud dejando limpio acceso camioneta, escaleras, machones, centro de trabajos cable andarivel/desembanque de sensor y reglas lm 3m3 (3x1m) • Pintura completa de la estación, que Incluye: - cable de andarivel (7/8”; 40 m), - carro de aforo, - baranda de protección (30 m), - reglas limnimetros (3 m de altura, incluido perfil de soporte), - tensor crossby, - plataforma de acceso al carro (1.5x2 m), 40 - y caseta de protección del carro de hormigón (2.5x2.5x 4m). 12.Río Diguillín en Longitudinal: Ubicación: coordenadas UTM (m) N=5.916.428 m; E= 738.504 m, WGS84. A unos 40 km al Sur de Chillán, aguas arriba de puente en ruta 5 Sur. Trabajos a realizar: ▪ Desmalezado de franja de 15m de ancho por 100m de largo, desde el camino acceso hasta el otro lado del río donde está el machón del cable andarivel que se debe tomar como centro del desmalezado, considera acceso de la camioneta, entorno escaleras de hormigón y de fierro, acceso al carro, al panel solar. Contiene arbustos, malezas, pasto, etc. ▪ Desembanque de canal de aducción de 0,6m anchox1m de altura x 5m de longitud, de material arcilloso duro, depositando siempre el material aguas abajo de la sección de aforo en lugar a definir por ITO. ▪ Pintura completa según ET de las siguientes instalaciones: - Caseta datalogger y tubería metálica lisa de diámetro D=0,8 m y altura H= 11m. - Torre tipo A de 2 m de altura. - Cable andarivel ( ¾”, longitud 60 m), anclajes y tensor crossby L=1,2m. - Carro aforo. - Limnímetros de fierro fundido. H= 5m - Plataforma (1 x 2 m) y escalera de acceso a caseta (L=2 m) - Escala de acceso a limnímetro con anillo de protección H= 6m. - Baranda de protección con dos pasamanos de fierro liso L=16 m. - Postes de letreros institucional y de advertencia de peligro, incluido machón de hormigón. 13. Rio Chillan en Camino a Confluencia: Ubicación: coordenadas UTM (m) N=5.944.232 m; E= 739.986 m, PSAD56. A unos 20 km al Sur de Chillán, aguas arriba de puente en ruta 5 Sur. Trabajos a realizar: • Desmalezado bajo el puente donde se ubica la sección aforo. Retiro de arbustos, pasto, algas en el cauce. Sección a intervenir: 10m de ancho por 80m de largo 14.Rio Cato en Puente Cato: Ubicación de la estación: Ubicación de la estación: coordenadas UTM (m): N=5.950.139 m; E= 764.521 m, datum WGS84, a unos 15 km al Oriente de Chillán. Trabajos a realizar: ▪ Construir vereda horizontal de hormigón de 0,6 m ancho por 40m de largo, ubicada desde escalera de descenso hasta el sensor de nivel, para nivelar vereda utilizar gradas de 30x15 cm anchoxalto. ▪ Proveer e Instalar 2 reglas limnimetricas de fierro fundido con sus respectivas fichas N° 1 y N°2, en pilar empotrado en machón, niveladas respecto de reglas del tubo aquietador (tubo de hormigón de 1 m de diámetro). ▪ Desmalezar todo el perímetro de la estación una franja de 20m por 50 m de largo tomando como centro la caseta, desmalezar bajo el puente donde realizamos el aforo. 15. Canal De La Luz en Chillán: Ubicación de la estación: Ubicación de la estación: coordenadas UTM (m): N=5.945.942 m; E= 759.383 m, datum WGS84, en Avda. Padre Hurtado s/nº, interior Recinto Municipal, Chillán. Trabajos de conservación a realizar: • Montaje de caseta metálica existente de 60x60x60 centímetros, en ribera derecha inmediatamente al lado del puente de aforo. Caseta y soporte de caseta según planos. • Montaje de Soporte de caseta existente anclado a machón de hormigón H-30, de 0,5x0,5x0,8 m. En el interior del machón de hormigón deben soldarse anclajes al tubo mediante fierros de construcción estriados de 3/4”. Caseta debe ir montada sobre soporte y anclado mediante una placa de anclaje y además de cartelas. La caseta debe ser apernada a la estructura. • Provisión e instalación de mástil de tubería galvanizada de 2” y 1,5 m de altura fundado en poyo de hormigón (30x30x30) a unos 40m de distancia de caseta para pluviómetro digital. La caseta y él mástil deberán quedar unidos mediante 41 tubería de polietileno lineal de 1" (plansa negra virgen) instalada sobre el terreno pero afianzada a éste mediante anclajes de fierro de construcción de 3/4”. • Desmalezado y desembanque de 3m de ancho por 0,10m de material por 20m de longitud cuyo centro es el puente de aforo 16. Rio Niblinto ante bocatoma canal alimentador Embalse Coihueco. Ubicación de la estación: coordenadas UTM (m): N=5.939.121 m; Este=253.477m; WGS84. Trabajos a realizar: • Desmalezado leve de 3m3 de pastos en el acceso a caseta. • Limpieza de vereda de acceso a instrumenta de tierra y piedra que cae de cerro. • Desembanque de 2m3 de tierra y arena acumulada dentro del pozo aquietador (al costado de la caseta) limpiando tubería de ingreso del agua desde el río (tubería de 2”) • Pintura de caseta y mástil de 3”, según ET. 17. Canal Alimentador Embalse Coihueco. Ubicación de la estación: coordenadas UTM (m): N=5.940.321 m; Este=252.670 m, WGS84. Al oriente de Coihueco, en km 0,200 del canal al embalse. Trabajos de conservación a realizar: ▪ desmalezado de 3 m de pastos y arbustos secos en el entorno del cerco de protección (3x3 m) y en el interior de él. 18.Rio Itata en Trilaleo: Ubicación: En coordenadas UTM (m): N= 5.889.992 m; E= 755.362 m, WGS84. A unos 200 metros aguas arriba del puente Cholguan, en comuna de Yungay. Trabajos de conservación a realizar: ▪ Provisión e instalación de 2 reglas limnimétricas de fierro fundido con sus respectivas fichas N°1 y N° 2ancladas a perfil metálicos U 150x50x3 mm, el cual debe quedar fundado en machón de hormigón 30x30x50 cm y anclados a la roca mediante pernos Hilti. ▪ Emparejar superficie en tierra de acceso a estación de 10x10m, para el ingreso y estacionamiento de la la camioneta. ▪ Desmalezar franja de 15m por 100m que contempla acceso a estación, perímetro donde están caseta, escalera de bajada a reglas, acceso a carro, ambas riberas por debajo del cable andarivel. Se debe considerar la aplicación herbicida roundap ▪ Desembancar 3 m3 (1mx1mx3m de largo) arena-tierra-piedras en tubería acceso de agua a tubos aquietadores 19. Rio Itata en General Cruz: Ubicación de la estación: coordenadas UTM (m): N=5.909.176 m; E= 736.030 m, a unos 45 Km. al sur de Chillan por carretera 5 Sur. Trabajos a realizar: ▪ Desembanque de zona de sensor y reglas limnimétricas, 4 m3 de tierra grava arena, un tramo de 8m por 0,5m de ancho por 1m de profundidad. ▪ Reemplazar letrero de identificación en la carreta 5 sur, formato será entregado por este servicio. ▪ Pintura completa de estación según E.T. que incluye entre otras las siguientes instalaciones: ▪ 1 cable andarivel de acero de 1” por 115 m de luz, más 10 m detrás de la torre. Incluye tensor y anclaje. ▪ Torre de 4 patas y 2 m de altura. Incluye 4 machones de H.A. de las sgtes. medidas 60x60 cm y 50 cm de altura. ▪ Dos (2) machones de H.A. de las sgtes. medidas: 1,9x2,9x0,4 m y 1,7x2,6x0,4 m. ▪ 1 carro de aforo ▪ 8 metros de tubería de concreto de alto y 1.20 m de diámetro. ▪ 8 m de regla limnimétrica de 12 cm de ancho y 1 cm de espesor, fierro fundido. ▪ Escaleras de 4 m de alto, pasarela metálica y de madera de 8 m de largo y 1 de ancho; ▪ Escala acceso a limnímetros de 4 m de alto; ▪ plataforma de acceso a carro de aforo en madera de 2 x 2m. 42 ▪ Barandas (8 m) de baranda-pasamano de acceso a carro con tirante horizontal al medio, de 1 m de altura mediante tubería de 1 ½”. Pilares cada 1,5 m, anclados sobre peldaños de hormigón mediante placas de 15x15 cm y pernos hilti. ▪ Pintura de caseta de protección de carro de aforo de albañilería y hormigón. Pintura interior y exterior, Medidas ancho=2.5, largo =3, alto =3m. ▪ Pintura del mástil de 4m, que sustenta y protege el panel solar. ▪ Pintura de túnel metálico de acceso a caseta de instrumentos, de 1,5 m de ancho por 7 m de longitud. 20.Rio Itata En Nueva Aldea: Ubicación de la estación: coordenadas UTM (m): N=5.940.282 m; E= 727.913 m, datum WGS84, a unos 30 Km. al Sur-oeste de Chillán. Trabajos de conservación a realizar: • Desembanque de canal de acceso de agua hacia sensor: 1x1x5 m. canal de 5 m3 de arena, piedra y arcilla. • Desmalezado en la ribera derecha de una franja 20m de ancho por 40 metros de largo, en el entorno a cercos de carro y de caseta. 21.Rio Itata en Paso Hondo: Ubicación de la estación: coordenadas UTM (m): N=5.943.596 m; E= 724.449 m WGS84, a unos 35 Km. al Sur-oeste de Chillán. Trabajos de conservación a realizar: • Desembanque de sector de reglas y sensor consistente en 4m3 de arena pequeñas rocas tierra, dimensiones de 2m largo por 1,5 de ancho por 1 de profundidad, pintar reglas liminmétricas N°s 1 y 2. • Desmalezar franja de 40m de ancho por 50 mts de largo, entorno a toda la estación, cortando arbustos que impiden el libre acceso a reglas Lm. 22.Rio Lonquen en Trehuaco: Ubicación de la estación en coordenadas UTM (m): N=5.966.045 m; Este=709.410 m; WGS84, puente Trehuaco camino Quirique-Coelemu. Trabajos a realizar: • Desembanque de tubería del sensor de nivel, 3m3 (0,30m de ancho por 10m de largo, 1 m de profundidad) es arena gruesa, debe quedar despejado hasta donde donde termina la tubería en el río . Usar médios manuales • Pintura completa de estación según ET.: - Caseta - Mástil tuberías de 3” y 2” de 4 m de altura - Plataforma - Abscisas y N° de demarcación en baranda de puente y vereda (50 m) etc. - Barandas - Reglas limnimétricas - Tubería sensor - Postes de letreros de estación y de advertencia, incluido machones. 23. Desagüe de Laguna Avendaño. Ubicación de la estación: coordenadas UTM (m), datum WGS84; Norte= 5.931.143 m; Este= 727.572 m. Ruta N-48, salida Oriente de comuna de Quillón, km 15,1 desde Ruta 5 Sur. Trabajos de conservación a realizar: • Limpieza y retiro de malezas en torno a estación y reglas limnimétricas, sección de 20x30 m • Limpieza y retiro de arbustos secos en cauce que impiden el libre escurrimiento de las aguas, volumen de 2 m3. • Desembanque de arena y tierra y desmalezado en sección bajo puente, abarcando 10 m aguas abajo y 2 m aguas arriba. Estaciones Meteorológicas 24.Caracol: Ubicación de la estación: coordenadas UTM (m): N=5.941.184 m; E= 285.909 m, WGS84. A unos 20 km al Oriente de San Fabian. 43 Trabajos a realizar: • Confección de cerco perimetral de protección en base a malla de construcción cuadriculada y postes de fierro de construcción de 22 y 25, disponibles para ser provistos al contratista, de las sgtes. dimensiones: Longitud= 50 m; altura=1,25 m; anclados a postes de 22-25 mm cada 2 m, los cuales deben quedar fundados en poyos de hormigón de 25x25x30 cm • Se debe considerar dos corridas de alambre de púa en la parte alta de la reja, el cual debe ser provisto por el contratista. • Pintura de cerco perimetral de azul pacífico. 25.Nueva Aldea: Ubicación de la estación: coordenadas UTM (m): N=5.940.372; E= 727.358, WGS84, localidad de Nueva aldea, comuna de Ranquil. Trabajos a realizar: • Retiro y traslado de estación meteorológica dese la actual ubicación (coordenadas indicadas más arriba) hasta sitio ubicado a unos 600 m en línea recta y en ribera contraria del río Itata, en sector definido por las sgtes. coordenadas aproximadas: UTM (m): N=5.940.372; E= 727.358, WGS84, localidad de Confluencia • La estación existente que se debe trasladar está conformada por las sgtes. estructuras de soporte y de protección de equipos en el interior del sitio hasta punto a indicar por ITO (Ver fotos), incluye: ▪ caseta metálica (60x60x60 cm) reemplazando poste de soporte, de tubería de 100x100x3mm de 1,5 m de altura libre con placa en su parte de superior de 300x300x3 mm con 4 perforacion, el que debe quedar fundado en machón de hormigón de 40x40x50 cm. ▪ 3 postes de soporte de pluviómetros y sensor. Si se determina cortar a ras de piso se debe considerar el reemplazo de los postes. Ambos deben quedar fundados en machón de hormigón de 40x40x50 cm. ▪ Soporte de pluviómetro de acrílico de 1,5 m de altura libre, conformada por la sgtes. piezas metálicas soldadas entre sí: plancha lisa de 100x300x3 mm y 4 perforaciones de 5 mm, soldada en toda su extensión a; perfil tubular rectangular de 20x50x2 mm de 1,4 m de altura, soldado en una extensión de 10 cm a fierro estriado de 19 mm de 40 cm de longitud, el cual debe considerar una punta aguda en la parte baja (ver fotos). • Traslado e instalación de letrero de identificación. Ubicación en terreno será indicada por la ITO. • Desmalezado y escarpe de terreno donde se emplazará estación. • Pintura completa de estación según E.T. 26. Coelemu: Ubicación de la estación: coordenadas UTM (m): N=5.960.945 m; E= 707.052 m, WGS84, ciudad de Coelemu. Trabajos de conservación a realizar: ▪ Retiro y traslado de estructuras de soporte y de protección de equipos en el interior del sitio hasta punto a indicar por ITO (Ver fotos), incluye: ▪ caseta metálica (60x60x60 cm) reemplazando poste de soporte, de tubería de 100x100x3mm de 1,5 m de altura libre con placa en su parte de superior de 300x300x3 mm con 4 perforacion, el que debe quedar fundado en machón de hormigón de 40x40x50 cm. ▪ 3 postes de soporte de pluviómetros y sensor. Si se determinar cortar a ras de piso se debe considerar el reemplazo de los postes. Ambos deben quedar fundados en machón de hormigón de 40x40x50 cm. ▪ Pintura: - Caseta metálica 60x60x60 cm. Y Soporte de 100x100x3 mm - Mástil de 3” y tuberías de unión poste a caseta 3 m de altura. - Pintura de pluviómetro hellman (pintura externa) y soporte. 27.San Agustin de Puñual: Ubicación de la estación: coordenadas UTM (m): N=5.973.556; E= 733.807, WGS84, comuna de Ninhue. Trabajos a realizar: • Pintura completa de estación según E.T. - Caseta de 55x55x60 cm y soporte en base a perfil cuadrado de 100x100 mm por 1, m libre. 44 - Mástil en base a tubería de 100x100x3mm de 1,5 m de altura libre con placa en su parte de superior de 300x300x3 mm. - Poste de pluviómetro y pluviómetro exterior. - Cerco perimetral de 3x3x1,85 m de altura, completo considera perfiles, postes y reja. - Soportes de letreros de identificación • Desmalezado y escarpe de terreno de área interior de cerco perimetral y en un perímetro de 1 metro alrededor de éste. 28. Mangarral: Ubicación de la estación: coordenadas UTM (m): N=5.986.680; E= 738.813, WGS84, a unos 25 Km. al norte de Ninhue. Trabajos a realizar: • Pintura completa de estación según E.T. - Caseta de 55x55x60 cm y soporte en base a perfil cuadrado de 100x100 mm por 1, m libre. - Mástil en base a tubería de 100x100x3mm de 1,5 m de altura libre con placa en su parte de superior de 300x300x3 mm. - Poste de pluviómetro y pluviómetro exterior. - Cerco perimetral de 3x3x1,85 m de altura, completo considera perfiles, postes y reja. - Soportes de letreros de identificación • Desmalezado y escarpe de terreno de área interior de cerco perimetral y en un perímetro de 1 metro alrededor de éste. 29. San Fabian: Ubicación de la estación: coordenadas UTM (m): N=5.948.354; E= 274.127, WGS84, sector La Guardia, al lado Camping don Ignacio, comuna de San Fabian. Trabajos a realizar: • Pintura completa de estación según E.T. - Caseta de 55x55x60 cm y soporte en base a perfil cuadrado de 100x100 mm por 1, m libre. - Mástil en base a tubería de 100x100x3mm de 1,5 m de altura libre con placa en su parte de superior de 300x300x3 mm. - Poste de pluviómetro y pluviómetro exterior. - Cerco perimetral de 3x3x1,85 m de altura, completo considera perfiles, postes y reja. - Soportes de letreros de identificación incluido machones a la vista • Desmalezado y escarpe de terreno de área interior de cerco perimetral y en un perímetro de 1 metro alrededor de éste. 30.Chillancito: Ubicación de la estación: coordenadas UTM (m): N=5.928.397 m; Este=729.962 m, WGS84, sector Chillancito, Quillón Trabajos a realizar: • Pintura completa de estación según E.T. - Caseta de 55x55x60 cm y soporte en base a perfil cuadrado de 100x100 mm por 1, m libre. - Mástil en base a tubería de 100x100x3mm de 1,5 m de altura libre con placa en su parte de superior de 300x300x3 mm. - Poste de pluviómetro y pluviómetro exterior. - Cerco perimetral de 3x3x1,85 m de altura, completo considera perfiles, postes y reja. - Soportes de letreros de identificación incluido machones a la vista • Desmalezado y escarpe de terreno de área interior de cerco perimetral y en un perímetro de 1 metro alrededor de éste. 31. Las Cruces: Ubicación de la estación: coordenadas UTM (m): N=5.889.208; E= 254.304, WGS84, Yungay. Trabajos a realizar: • Pintura completa de estación según E.T. - Caseta de 55x55x60 cm y soporte en base a perfil cuadrado de 100x100 mm por 1, m libre. 45 - Mástil en base a tubería de 100x100x3mm de 1,5 m de altura libre con placa en su parte de superior de 300x300x3 mm. - Poste de pluviómetro y pluviómetro exterior. - Cerco perimetral de 3x3x1,85 m de altura, completo considera perfiles, postes y reja. - Pintura de portón vehicular de ingreso a la estación de 3,7 m de ancho por 1,8 m de altura. - Soportes de letreros de identificación incluido machones a la vista • Desmalezado y escarpe de terreno de área interior de cerco perimetral y en un perímetro de 1 metro alrededor de éste. 32.Chillan en Campus UdeC: Ubicación de la estación: coordenadas UTM (m): N=5.946.059; E= 761.128, WGS84, Campus Universidad de Concepción, Chillán. Trabajos a realizar: • Pintura completa de estación según E.T. - Caseta de 55x55x60 cm y soporte en base a perfil cuadrado de 100x100 mm por 1, m libre. - Mástil en base a tubería de 100x100x3mm de 1,5 m de altura libre con placa en su parte de superior de 300x300x3 mm. - Poste de pluviómetro y pluviómetro exterior. • Desmalezado y escarpe de terreno de área interior de cerco perimetral y en un perímetro de 1 metro alrededor de éste. Estaciones Piezométricas 33.Pozo El Carmen: Ubicación de la estación: coordenadas UTM, Datum WGS84: N=5.912.076 m; E= 764.975 m., calle Anibal Pinto 426, El Carmen. Trabajos a realizar: ▪ Pintura Exterior e interior de caseta y soporte. Previo debe considerarse raspado de pinturas sueltas, aplicación de anticorrosivos 2 manos y pintura azul según ET. Debe ser coordinado con ITO para retiro previo desde el interior de caseta de alto costo. 34.Pozo San Carlos Ninquihue: Ubicación de la estación: coordenadas UTM, Datum WGS84: N=5.956.710 m; E= 764.293 m. sector Ninquihue. Trabajos a realizar: ▪ Pintura Exterior e interior de caseta y soporte. Previo debe considerarse raspado de pinturas sueltas, aplicación de anticorrosivos 2 manos y pintura azul según ET. Debe ser coordinado con ITO para retiro previo desde el interior de caseta de alto costo. ▪ Pintura de cerco de protección de protección de 2x2x1,85 m en base a malla acma y paneles de perfiles 30x30mm. Previo debe considerarse raspado de pinturas sueltas, aplicación de anticorrosivos 2 manos y pintura azul según ET. 35.Pozo Chillán camino a Pinto: Ubicación de la estación: coordenadas UTM, Datum WGS84: N=5.938.295 m; E= 234.563 m. Escuela Jardines de Lautario, camino a Pinto Trabajos a realizar: ▪ Pintura Exterior e interior de caseta y soporte. Previo debe considerarse raspado de pinturas sueltas, aplicación de anticorrosivos 2 manos y pintura azul según ET. Debe ser coordinado con ITO para retiro previo desde el interior de caseta de alto costo. ▪ Pintura de cerco de protección de protección de 3x3x1,85 m en base a malla acma y paneles de perfiles 30x30mm. Previo debe considerarse raspado de pinturas sueltas, aplicación de anticorrosivos 2 manos y pintura azul según ET.
IV. ESPECIFICACIONES TÉCNICAS
4.1 Limpieza y Desmalezado de estaciones: Estaciones fluviométricas: según los detalles del punto 2. Descripción de los trabajos. Estaciones Meteorológicas y Pozos: Se deberá escarpar y desmalezar el terreno ubicado al interior del cerco de protección, considerando un ancho de 1 m alrededor del cerco, retirando todo pasto, maleza y arbustos que eventualmente perturben los registros pluviométricos. 4.2. Pintura y Conservación de estructuras: Previo al pintado de las estructuras, se deberá retirar toda la pintura anterior suelta, dejando las superficies limpias, secas, libres de polvo, grasa, herrumbre y/u óxido; la limpieza se deberá realizar con las herramientas (mecánicas) necesarias, que permitan cumplir con lo señalado anteriormente. No se aceptarán métodos de limpieza con aplicación de calor tanto a las estructuras, como al cable andarivel. Una vez recibido por parte de la Inspección Técnica de las Obras, se procederá a aplicar las dos manos de pintura o antioxido Alquídico, Anticorrosivo Maestranza , triple acción en metal o similar, según corresponda. No se aceptará ni recepcionará estructuras pintadas sin que previamente la ITO recibido el proceso de raspado de las estrcuturas y autorice el nuevo pintado. Para las estructuras nuevas, la primera mano será en color Rojo, con aplicación máxima de solvente 10 % y con secado de 24 hrs., a 25º C y 60% de humedad relativa del aire como máximo. La segunda mano se aplicará previo visto bueno de la I.T.O., será en color Gris Verdoso, con aplicación máxima de solvente 10% y con secado de 24 hrs., a 25° C y 60% de humedad relativa del aire como máximo. Para las estructuras antiguas, luego del raspado y retiro de los materiales sueltos, se aplicarán dos manos de esmalte sintético alto brillo. La primera mano se aplicará en color Blanco, o azul según corresponda, con 10% a 20% máximo de solvente, según aplicación con brocha o pistola, con un secado mínimo de 12 hrs., siempre que haya sido aplicado como mínimo a 20 ºC y 80% de humedad relativa del aire como máximo. La segunda mano se aplicará en color blanco o azul pacífico, previo visto bueno de la primera mano de la I.T.O., con 10% o 20% máximo de solvente, según aplicación con brocha o pistola, con un secado mínimo de 12 hrs., siempre que se haya aplicado como mínimo a 20º C y 80% de humedad relativa del aire como máximo. En el caso del cable andarivel, se deberá escobillar toda la pintura suelta para luego pintar de metro en metro alternadamente, con los colores Blanco para los diez metros y Azul Pacífico los diez metros siguientes y así sucesivamente, en el mismo orden que se encuentra cada estación en la actualidad. Las piezas de madera deben ser entregadas pintadas, con dos manos de esmalte sintético tricolor, color blanco y color azul pacífico en sus dos caras y cantos. Caseta: Se deben limpiar exteriormente y pintar; las tuberías limnigráficas y caseta datalogger, de acuerdo a normativa vigente, en colores Blanco (interior y cubierta de caseta) y Azul Pacífico alternadamente y a las instrucciones señaladas en ítem “Pintura de estructuras”. Terminación estaciones meteorológicas y fluviométricas: Color blanco: pluviómetros, pluviógrafos y soporte de madera, mallas de cerco perimetral, cable de aforo. Color Azul Pacífico: pilares de cerco perimetral, cable de aforo. Carro de Aforo: Techo completo blanco y maderas de asiento, respaldo y piso color blanco, cable de aforo. Caseta de instrumental: techo color blanco. 47 Soldaduras: previo a cualquier soldadura de tuberías de protección sensor o caseta de instrumental se debe coordinar con ITO para retiro de instrumental. Tuberías: deben quedar debidamente “enlauchadas”. Traslado de estructuras retiradas de estaciones por reemplazo: Todas las estructuras, paneles, postes, soporte, letreros, etc… retirados de terreno debe ser trasladados y entregados en Bodega D.G.A. ubicado en Barboza N°1111 Chillan Viejo, en horario y día a definir con ITO.
10. Demandas ante el Tribunal de Contratación Pública
No cuenta con demandas ante el Tribunal de Contratación Pública.