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II. DEFINICIONES |
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Sin perjuicio de lo dispuesto en el artículo 2° del Decreto Supremo N° 250, de 2004, del Ministerio de Hacienda, que aprueba el Reglamento de la Ley N° 19.886, para la correcta interpretación de los documentos de la licitación pública, se establece el significado o definición de los siguientes términos:
- Adjudicatario: Oferente al cual le ha sido aceptada su oferta en el presente proceso, para la suscripción del contrato definitivo.
- Bases: Las presentes Bases Administrativas, Técnicas y Anexos para la LICITACIÓN PÚBLICA DENOMINADA “CONSTRUCCIÓN 2 PIEZÓMETROS SHAC COBQUECURA Y CHANCO ALTO, REGIÓN DE ÑUBLE”.
- Días Corridos: Son todos los días de la semana que se computan uno a uno en forma correlativa. Si un plazo inicia su computo en un día inhábil, se entenderá ampliado e iniciará su contabilización, a partir del día hábil siguiente.
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- Días Hábiles: Son todos los días de la semana, excepto los sábados, domingos y festivos.
- Fuerza Mayor o Caso Fortuito: De acuerdo con lo dispuesto en el artículo 45° del Código Civil.
- Ley de Compras: La Ley N° 19.886, de Bases sobre Contratos Administrativos de Suministro y Prestación de Servicios, y sus modificaciones.
- Oferente: Proveedor que participa en el presente proceso de compra presentando una oferta.
- Proveedor/Contratista: Proveedor que suministra bienes o servicios a la D.G.A., en virtud de la Ley de Compras y su Reglamento.
- Reglamento: El Reglamento de la Ley N°19.886, contenido en el Decreto Supremo N°661, de 2024, del Ministerio de Hacienda.
- Servicio o D.G.A.: Dirección General de Aguas.
- Sistema de Información o Portal: www.mercadopublico.cl
- Unión Temporal de Proveedores (UTP): Asociación de personas naturales y/o jurídicas, para la presentación de una oferta en caso de licitaciones.
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III. ETAPAS Y PLAZOS DE LA LICITACIÓN |
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Llamado y Publicación de las Bases: Las presentes bases se publicarán en el sitio www.mercadopublico.cl, una vez que se encuentre completamente tramitado el acto administrativo que las aprueba.
• Consultas y aclaraciones: Las consultas que los oferentes deseen formular con relación a la materia de esta licitación, se deberán realizar a través del sitio www.mercadopublico.cl, en el ID asignado por dicho Sistema, en la sección “Preguntas y Respuestas”, dentro del plazo de cinco (5) días corridos, contados desde las 24 horas posteriores a la publicación de estas Bases.
Las respuestas, igualmente, serán publicadas en la citada sección “Preguntas y Respuestas”, a más tardar al tercer (3°) día corrido de expirado el plazo de la recepción de preguntas, a través de un archivo adjunto. Dichas respuestas se considerarán parte integrante de las normas que rigen esta licitación. Por lo anterior, será responsabilidad de cada postulante el informarse acerca de las aclaraciones, sin que pueda alegar desconocimiento respecto de estas.
Cabe hacer presente que no se atenderán consultas telefónicas o por otro canal que no sea el dispuesto anteriormente.
La D.G.A. podrá consolidar las consultas relacionadas al mismo tema, publicando una sola respuesta general.
Las aclaraciones a las presentes bases que la D.G.A. estime necesario realizar de oficio, se considerarán parte integrante del pliego de condiciones que rige la licitación y se comunicarán conjuntamente con las respuestas a las consultas en la página web mencionada, según lo dispuesto en el cronograma.
Todas las comunicaciones que deban efectuarse con motivo de esta licitación pública se harán por medio del portal electrónico www.mercadopublico.cl.
• Visita Obligatoria: No se considera.
• Cierre de recepción de ofertas: El plazo para la recepción de ofertas será de diez (10) días corridos, contados luego de transcurridas las 24 horas siguientes a la publicación del llamado a licitación y sus correspondientes Bases.
No obstante lo anterior, si a la fecha de cierre de recepción de ofertas se han recibido dos (2) o menos propuestas, el plazo de cierre se ampliará automáticamente en dos (2) días hábiles, por una sola vez. De ocurrir la extensión del plazo de cierre de recepción de ofertas, se modificará también en forma automática, la fecha de apertura y fecha de adjudicación, según corresponda.
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• Acto de apertura: La presente licitación es en una sola etapa, esto es, que en el acto de apertura se procederá a abrir tanto la oferta técnica como la oferta económica. El acto de apertura se efectuará a través del Sistema de Información el mismo día de cierre de recepción de ofertas. Se aceptará la recepción de los antecedentes, sin que dicha comunicación implique la aceptación del contenido de estos, ni que el archivo sea válido o correcto.
• Evaluación de ofertas: El plazo de evaluación de las ofertas será, como máximo, de diez (10) días corridos, contados desde el día siguiente al de apertura de las ofertas.
• Adjudicación: La adjudicación de la licitación será dentro de los cinco (5) días hábiles siguientes al de término de la evaluación de las ofertas.
Sin perjuicio de lo anterior, los plazos podrán ser modificados según las necesidades del Servicio, lo que será oportunamente informado a través del Sistema de Información, www.mercadopublico.cl.
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IV. MODIFICACIÓN A LAS BASES |
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Ver. Página 5
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V. REQUISITOS DE LOS PARTICIPANTES |
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Ver página 5 de las Bases Administrativas, Técnicas y Anexos
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VI. REQUISITOS DE LA OFERTA |
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Las ofertas tendrán una validez mínima de sesenta (60) días corridos desde la fecha de cierre de recepción de ofertas. Si dentro del plazo antes referido no se pudiera efectuar la adjudicación, la D.G.A. podrá solicitar a los proponentes, antes de la fecha de su expiración, una prórroga de la validez de estas por igual período.
El solo hecho de la presentación de una oferta significa la aceptación por parte del oferente de su vigencia durante el proceso licitatorio, sin necesidad de declaración expresa al respecto.
No obstante, si la oferta presenta una validez mínima inferior a sesenta (60) días corridos, la propuesta será rechazada por la comisión evaluadora y declarada inadmisible por medio de acto administrativo de la Autoridad Competente, totalmente tramitado. Las ofertas deberán ser presentadas a través del Sistema de Información, pero además, deberán cumplir con los requisitos que se señalan en las presentes bases y acompañando los anexos que correspondan a cada caso, de forma obligatoria, debidamente firmados por quien tenga las facultades para representar al proveedor.
Posibilidad de multioferta por un mismo proveedor
Conforme al artículo 48 del Reglamento, las ofertas presentadas deben cumplir con los principios de seriedad, pureza y simplicidad. Por regla general, se entiende que cada proveedor puede presentar una única oferta, salvo que las bases del proceso permitan explícitamente la presentación de múltiples ofertas por parte de un mismo participante.
En el marco del presente proceso licitatorio, dada la complejidad técnica del producto en cuestión, se autoriza excepcionalmente a los proveedores a presentar más de una oferta. No obstante, cada oferta deberá ser presentada de manera independiente, acompañada de toda la documentación requerida de forma autónoma, sin que pueda hacerse referencia ni establecer relación alguna entre ellas.
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Respecto a las Uniones Temporales de Proveedores (UTP), el reglamento establece una limitación específica: los integrantes de una UTP no podrán participar simultáneamente mediante una propuesta individual y otra a través de la misma UTP. En este sentido, deberán optar por una única modalidad de participación en el proceso.
1. Oferta Técnica.
Los antecedentes que conforman la propuesta técnica deberán presentarse electrónicamente conforme a los requisitos que se solicitan en las Bases Técnicas, los cuales deberán reflejarse íntegramente en su oferta y debiendo ser lo más completa y específica posible. Los proponentes que formen una unión temporal de proveedores deberán presentar una propuesta técnica común.
2. Oferta Económica
a) El oferente, al registrar su oferta en el Sistema de Información, deberá ingresar el precio neto unitario correspondiente a cada equipo ofertado. Dicho precio deberá expresarse en moneda nacional y no podrá exceder el presupuesto máximo disponible para esta contratación, conforme a lo señalado en el numeral XVI, denominado "Presupuesto Disponible", de las presentes Bases Administrativas.
b) La oferta económica deberá incluir explícitamente la garantía técnica aplicable a los productos, conforme a lo establecido en las Bases Técnicas de este proceso.
c) Cada oferente deberá adjuntar un anexo económico que detalle lo siguiente:
- El monto total de la oferta, incluyendo impuestos.
- El desglose de los precios unitarios, especificando los accesorios, si corresponde.
- La cantidad exacta (número) de bienes ofertados.
d) En caso de discrepancia entre el valor ofertado en el anexo económico y el registrado en el Sistema de Información, prevalecerá lo consignado en el anexo económico.
Si la oferta económica supera el presupuesto máximo indicado en el numeral XVI de las Bases Administrativas, será rechazada por la comisión evaluadora y declarada inadmisible mediante resolución fundada de la Autoridad Competente de la (D.G.A.).
La falta de presentación o la omisión de cualquiera de los antecedentes requeridos para la oferta económica o técnica facultará a la D.G.A. a excluir al oferente del proceso licitatorio. Dicha exclusión será declarada inadmisible mediante resolución fundada por no cumplir con los requisitos establecidos en las Bases. Es responsabilidad exclusiva de los oferentes presentar su oferta conforme a lo estipulado en las Bases, entendiendo que la comisión evaluadora no está obligada a requerir, corregir o subsanar la falta u omisión de ningún antecedente o documento que forme parte de la propuesta.
La D.G.A. podrá, durante la etapa de evaluación, solicitar a través del Sistema de Información que los oferentes subsanen errores u omisiones formales, siempre que dicha solicitud no contravenga los principios de igualdad entre los oferentes ni el de estricta sujeción a las Bases. Es importante destacar que los errores relacionados con el precio ofertado no se considerarán formales y no podrán ser objeto de subsanación.
La solicitud de aclaración o subsanación es una facultad discrecional de la comisión evaluadora y no constituye una obligación. Los oferentes podrán subsanar exclusivamente lo que haya sido solicitado, en atención a los principios de estricta sujeción a las Bases y de igualdad entre los proveedores. Toda solicitud de aclaración o subsanación será informada al resto de los oferentes a través del Sistema de Información.
Todos los costos y gastos derivados del estudio y presentación de las ofertas serán de exclusiva responsabilidad de los oferentes. No procederá, bajo ninguna circunstancia, indemnización, reembolso ni compensación alguna por parte de la D.G.A.
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VII. DERECHO A DECLARAR INADMISIBLES TODAS LAS PROPUESTAS Y DECLARAR DESIERTA LA LICITACIÓN PÚBLICA |
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Ver página 12 de las Bases Administrativas, Técnicas y Anexos
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VIII. REVOCACIÓN DE LA LICITACIÓN |
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Ver página 12 de las Bases Administrativas, Técnicas y Anexos
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IX. PACTO DE INTEGRIDAD |
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El oferente declara que, por el solo hecho de participar en la respectiva licitación, acepta expresamente el presente Pacto de Integridad, obligándose a cumplir con todas y cada una de las estipulaciones contenidas en el mismo, sin perjuicio de las que se señalen en el resto de las Bases Administrativas, Técnicas y Anexos, y demás documentos integrantes.
Especialmente, el oferente acepta suministrar toda la información y documentación que sea considerada necesaria y exigida de acuerdo a las presentes Bases Administrativas, Técnicas y Anexos, asumiendo expresamente los siguientes compromisos:
a) El oferente se obliga a no ofrecer ni conceder, ni intentar ofrecer o conceder, sobornos, regalos, premios, dádivas o pagos, cualquiera fuese su tipo, naturaleza y/o monto, a ningún funcionario público en relación con su oferta, con el proceso licitatorio, ni con la ejecución del contrato que se derive de la misma, ni tampoco a ofrecerlas o concederlas a terceras personas que pudiesen influir directa o indirectamente en el proceso de licitación, en su toma de decisiones o en la posterior adjudicación de la oferta y ejecución del contrato que de ello se deriven.
b) El oferente se obliga a no intentar ni efectuar acuerdos o realizar negociaciones, actos o conductas que tengan por objeto influir o afectar de cualquier forma la libre competencia. Cualquiera fuese la conducta o acto específico, y especialmente, aquellos acuerdos,
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negociaciones, actos o conductas de tipo o naturaleza colusiva, en cualquiera de sus tipos o formas.
c) El oferente se obliga a revisar y verificar toda la información y documentación, que deba presentar para efectos del proceso licitatorio, tomando todas las medidas que sean necesarias para asegurar la veracidad, integridad, legalidad, consistencia, precisión y vigencia de la misma.
d) El oferente se obliga a ajustar su actuar y cumplir con los principios de legalidad, ética, moral, buenas costumbres y transparencia en el presente proceso licitatorio.
e) El oferente manifiesta, garantiza y acepta que conoce y respetará las reglas y condiciones establecidas en las Bases, sus documentos integrantes y el convenio que de ello se derive.
f) El oferente se obliga y acepta asumir las consecuencias y sanciones previstas en las Bases, así como en la legislación y normativa que sean aplicables a la misma.
g) El oferente reconoce y declara que la oferta reflejada en el presente proceso licitatorio es una propuesta seria, con información fidedigna y en términos técnicos y económicos ajustados a la realidad, que aseguren la posibilidad de cumplir con la misma en las condiciones y oportunidades ofertadas.
h) El oferente se obliga a tomar las medidas que fuesen necesarias para que las obligaciones anteriormente señaladas sean asumidas y cabalmente cumplidas por sus empleados dependientes y/o asesores y/o agentes y, en general, todas las personas con que este o estos se relacionen directa o indirectamente en virtud o como efecto de la presente licitación.
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X. ANTECEDENTES PARA LA SUSCRIPCIÓN DEL CONTRATO |
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Una vez comunicada la adjudicación, la D.G.A. podrá requerir toda la información legal necesaria para la protección de sus intereses. En el caso que el proponente adjudicado sea una persona jurídica, deberá acompañar, a petición de la D.G.A., en un plazo no superior a diez (10) días corridos, contados desde el día hábil siguiente de notificada la resolución que adjudica la presente licitación, lo que ocurrirá luego de transcurridas las 24 horas siguientes a la publicación de la adjudicación, conforme al artículo 9 reglamento de la Ley N°19.886.
Para la suscripción del contrato se requerirán los siguientes antecedentes:
a) Copia simple del instrumento de constitución de la persona jurídica de que se trata, y de todas las modificaciones hasta la fecha de presentación de la propuesta.
b) Copia simple de la escritura pública en que consten sus socios y representantes legales a la fecha de presentación de la propuesta. Si este antecedente ya consta en el instrumento de constitución, deberá señalarlo expresamente. En el caso de las sociedades anónimas, se requerirá, además, presentar una copia del o los folios que correspondan del registro de accionistas de la compañía, u otro documento equivalente según su legislación de origen, en los que consten los accionistas de la sociedad. En caso de tratarse de una persona jurídica extranjera, deberá adjuntar copia íntegra y debidamente legalizada en Chile de su escritura de constitución y de la representación legal, además de todo documento que en su país sirva para acreditar la existencia y vigencia de la persona jurídica a la fecha de presentación de la propuesta. Por último, en el caso de tratarse de universidades, el decreto de nombramiento o acta de nombramiento del rector.
c) Copia simple de inscripción con certificación de vigencia (sociedades) o certificado de vigencia extendido por la autoridad competente (otras personas jurídicas), con antigüedad no superior a seis (6) meses anteriores a la fecha de cierre de presentación de ofertas.
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d) Certificado de antecedentes laborales y previsionales de la empresa, emitido por la Dirección del Trabajo, de fecha no anterior a sesenta (60) días contados desde la fecha de cierre de la presentación de propuestas.
e) Escritura Pública de constitución de la Unión Temporal de Proveedores en aquellas contrataciones iguales o superiores a 1.000 UTM, la que deberá contener todas aquellas estipulaciones a las que se hace mención en la del numeral V, N° 1 letra d) de estas Bases Administrativas.
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XI. GARANTÍA DE SERIEDAD DE LA OFERTA |
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Conforme al artículo 52° del reglamento de la Ley N°19.886, las entidades licitantes podrán requerir garantía de seriedad de la oferta, de forma excepcional por razones de interés público y tratándose de licitaciones superiores a 5.000 UTM. La presente licitación no cumple con dichos requerimientos, por lo cual, se excluye la garantía de seriedad del presente proceso, no siendo procedente su aplicación.
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XII. COMISIÓN DE EVALUACIÓN DE LA LICITACIÓN |
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Las ofertas presentadas serán revisadas y evaluadas, técnica y económicamente, por una Comisión de Evaluación (en adelante e indistintamente, la “Comisión”), que estará conformada por tres (3) funcionarios de la D.G.A., quienes estarán sujetos a la Ley N°20.730, que regula el Lobby y las gestiones que representen intereses particulares ante autoridades y funcionarios, sólo en lo que respecta al ejercicio de dichas funciones y mientras integren esas Comisiones.
Los funcionarios o funcionarias que se designen podrán ser reemplazados por otro, debidamente especificado, en la eventualidad de que en el plazo establecido para la evaluación de las propuestas no puedan cumplir con esta labor.
Serán funciones de la Comisión de Evaluación, una vez realizada la apertura de las ofertas, las siguientes:
a) Revisar que los oferentes que hayan postulado mediante el Sistema de Información y Gestión de Compras y Contrataciones del Estado, además de encontrarse inscritos en el Registro de Proveedores, dichos oferentes se encuentren habilitados en dicho registro.
b) Revisar y evaluar los antecedentes que constituyen las ofertas (técnica y económica) de los proveedores, y rechazar aquellas que no cumplan con los requisitos mínimos establecidos en las Bases.
c) Solicitar a los oferentes, en caso de errores u omisiones meramente formales, detectados durante la evaluación, que salven dichos errores, dentro del marco establecido por el artículo 56° del Reglamento de la Ley N°19.886, es decir, siempre y cuando las rectificaciones de dichos vicios u omisiones no les confieran a esos oferentes una situación de privilegio respecto de los demás competidores, esto es, en tanto no se afecten los principios de estricta sujeción a las bases y de igualdad de los oferentes, y se informe de dicha solicitud al resto de los oferentes a través del Sistema de Información.
La Comisión concederá un plazo fatal para la corrección, el cual será informado a través del Sistema de Información www.mercadopublico.cl, y se contará desde efectuado el requerimiento. La D.G.A. no considerará las respuestas o antecedentes recibidos una vez vencido dicho plazo.
Mediante la aclaración, no podrán modificarse aspectos sustanciales de la propuesta, de tal forma que la oferta no podrá, mediante las aclaraciones, transformarse en otra diferente, ni constituir una nueva oferta.
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d) Establecer un ranking con todas las ofertas evaluadas. En él se ordenarán las ofertas, de acuerdo al puntaje que hayan obtenido luego de haberles aplicado los factores de evaluación con los correspondientes puntajes y ponderaciones que se indican en el numeral siguiente.
e) La Comisión, analizará las ofertas técnicas y las ofertas económicas presentadas por cada oferente en el plazo establecido en las Bases, y tendrá en cuenta los criterios y pautas establecidos en este documento para la adjudicación. La comisión deberá tener en consideración los beneficios y costos presentes y futuros del bien y servicio ofrecido. Durante el desarrollo de su trabajo, la Comisión podrá requerir a los oferentes las aclaraciones respecto de sus propuestas para efectos de la evaluación, y no podrá mantener contacto con ningún oferente. En todo caso, las aclaraciones que se pidan y las que se den, ambas por escrito, no podrán alterar las bases de la licitación, ni la esencia de la oferta ni violar el principio de igualdad entre los oferentes.
La Comisión de Evaluación levantará un acta, completa y fundada, con la evaluación de las ofertas de acuerdo con lo establecido en el artículo 40° bis del Reglamento de la Ley N° 19.886, en la cual consignará los puntajes obtenidos por cada oferente en los criterios a evaluar, previamente especificados en estas Bases. Dicha acta será suscrita por los evaluadores y se publicará en el Sistema de Información, junto al acto administrativo que dé cuenta del resultado de la licitación.
Finalmente, de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 35° nonies de la Ley N°19.886, cada miembro que integre la Comisión, deberá suscribir una declaración jurada en la que declare expresamente la ausencia de conflictos de intereses en el proceso licitatorio y se obligue a guardar confidencialidad en relación al proceso de evaluación. Las respectivas declaraciones juradas, se adjuntarán en los documentos del proceso de compra que se publiquen en el Sistema de Información.
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XIII. APERTURA Y EVALUACIÓN DE LAS OFERTAS |
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Ver página 15 de las Bases Administrativas, Técnicas y Anexos.
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XIV. ADJUDICACIÓN |
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Ver página 18 de las Bases Administrativas, Técnicas y Anexos
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XV. NUEVA ADJUDICACIÓN DE LA LICITACIÓN |
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Ver página 19 de las Bases Administrativas, Técnicas y Anexos
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XVI. PRESUPUESTO DISPONIBLE |
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Ver página 19 de las Bases Administrativas, Técnicas y Anexos
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XVII. CONTRATO |
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Ver página 19 de las Bases Administrativas, Técnicas y Anexos
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XVIII. GARANTÍA DE FIEL Y OPORTUNO CUMPLIMIENTO DEL CONTRATO |
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Ver página 21 de las Bases Administrativas, Técnicas y Anexos
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XIX. PROGRAMA DE TRABAJO DEFINITIVO |
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No aplica para la presente licitación pública.
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XX. INTERPRETACIÓN DE LOS DOCUMENTOS DEL CONTRATO |
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Toda discrepancia entre los distintos documentos del contrato, así como toda diferencia de interpretación de su contenido, será resuelta por el Director General de Aguas, sin perjuicio de las atribuciones legales correspondientes a la Ministra de Obras Públicas, y al Contralor General de la República.
Los requisitos mínimos establecidos en las Bases del presente concurso prevalecerán sobre lo ofrecido por el proveedor en su propuesta.
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XXI. DEBERES Y FACULTADES DE LA INSPECCIÓN FISCAL |
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Ver página 23 de las Bases Administrativas, Técnicas y Anexos
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XXII. CONSULTAS Y ACLARACIONES SOBRE EL CONTRATO |
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Las preguntas que el contratista estime necesario efectuar durante la vigencia del contrato, solo serán consideradas si son dirigidas, por escrito, al Inspector Fiscal de la D.G.A.
Estas consultas serán resueltas, por escrito, por el Inspector Fiscal dentro de un plazo máximo de tres (3) días hábiles, contados desde la fecha de recepción de la consulta en la Oficina de Partes de la D.G.A., ubicada en Vega de Saldías N°651, comuna y ciudad de Chillán, o bien, Oficina de Partes Virtual de la D.G.A.: https://opv.mop.gob.cl/, lo que deberá indicar, a lo menos, en el asunto (Observación), el ID de la Licitación Pública o la individualización del contrato.
De igual forma, el contratista solo podrá considerar válidas y oficiales las aclaraciones escritas, firmadas por el Inspector Fiscal.
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XXIII. INGRESO DE DOCUMENTOS E INFORMES |
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Ver página 24 de las Bases Administrativas, Técnicas y Anexos
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XXIV. APROBACIÓN DE ETAPAS |
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La presente prestación de servicios se podrá desarrollar en una (1) etapa, (Informe Final) o dos (2) etapas, (Informe de Avance n°1 e Informe Final), lo que será parte de la propuesta del oferente, las que deberán quedar reflejadas en el Programa de Trabajo Definitivo aprobado por el Inspector Fiscal, el cual deberá considerar como plazo de ejecución el propuesto por el Contratista, estados de pagos (EDP), contados desde el día hábil siguiente a la emisión de la orden de compra.
Finalizada la etapa, el Contratista deberá comunicar formalmente (y al correo electrónico) al Inspector Fiscal el término de los trabajos establecidos en el Programa de Trabajo Definitivo.
El Inspector Fiscal notificará por correo electrónico al contratista, indicando la fecha y hora en que se constituirán en terreno, en un plazo de 7 días corridos, y levantará Acta de Recepción Conforme de los Trabajos, la que se otorgará sólo en el evento de que los trabajos hayan sido terminados en forma íntegra y no existan observaciones por parte del Inspector Fiscal. Si los trabajos no son aprobados, la Inspección Fiscal tendrá 5 días corridos, contados desde la visita a terreno, para elaborar un "Acta de Observaciones", la que será notificada por correo electrónico al contratista. El contratista dispondrá de 5 días corridos, contados a partir de la remisión del correo electrónico con las observaciones realizadas por la Inspección Fiscal, para subsanarlas, informándole al Inspector Fiscal -a través del mismo medio- el término de las correcciones solicitadas.
Terminado este plazo, el Inspector Fiscal notificará por correo electrónico al contratista, indicando la fecha y hora para realizar una nueva visita a terreno en un plazo de 5 días corridos, para verificar que el contratista haya corregido las observaciones. En el caso que los trabajos sean rechazados nuevamente, la Inspección Fiscal enviará oficio al contratista, informando un plazo perentorio de cinco (5) días hábiles, para acoger las observaciones realizadas. La forma de notificación contemplada en este período es mediante correo electrónico, entendiéndose dicho medio como la forma de comunicación más expedita y certera para estos efectos. Dicho plazo estará sujeto a las multas correspondientes. De no realizar las correcciones solicitadas dentro del plazo estipulado, facultará a la D.G.A. para terminar el contrato, por incumplimiento grave de las obligaciones contraídas por el contratista (Numeral XXVIII de las Bases Administrativas), y la D.G.A. hará efectiva la Garantía de Fiel y Oportuno Cumplimiento del Contrato.
Se hace presente que el Contratista, al inicio de los trabajos, indicará un correo electrónico, con el que se podrá mantener comunicación formal con él, especialmente para efectos de las actas de observaciones que le deban ser notificadas.
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XXV. APROBACIÓN FINAL DE LOS TRABAJOS |
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Plazo de ejecución de los trabajos: El contratista deberá ejecutar la totalidad de los trabajos contratados por la D.G.A. en el plazo indicado en estas bases. Dicho plazo se hará efectivo a contar del día hábil siguiente a la fecha de emisión de la orden de compra a través del Sistema de Información, www.mercadopublico.cl.
• Condiciones de entrega: Una vez que los trabajos hayan sido terminados en su totalidad por parte del contratista, este deberá comunicar, formalmente al Inspector Fiscal, acerca de la finalización o término de estos. El Inspector Fiscal otorgará su aprobación solo en el evento de que los trabajos hayan sido terminados en forma íntegra y no existan observaciones, mediante la suscripción de un acta de recepción, en la que manifieste su conformidad (Acta de Recepción). Si los trabajos no son aprobados, el Inspector Fiscal tendrá cinco (5) días hábiles contados desde la notificación por parte del contratista para elaborar un “Acta de Observación”, la cual será notificada por medios electrónicos al contratista, quien dispondrá de cinco (5) días hábiles contados a partir de la remisión del correo electrónico con las observaciones realizadas por el Inspector Fiscal para subsanarlas. Terminado este plazo, el Inspector Fiscal verificará, en un plazo máximo de cinco (5) días hábiles, que el contratista haya corregido las observaciones. En el caso que los trabajos sean rechazados nuevamente, el Inspector Fiscal enviará Oficio al contratista informando un plazo perentorio de cinco (5) días hábiles para acoger y subsanar las observaciones realizadas. Dicho plazo está sujeto a las multas correspondientes. Una vez transcurrido dicho plazo, el Inspector Fiscal verificará si las observaciones fueron subsanadas y, en caso de no realizar el contratista las correcciones solicitadas, el Inspector Fiscal solicitará el término anticipado y administrativo del contrato, con cobro de garantía de fiel y oportuno cumplimiento del mismo, por incumplimiento grave de las obligaciones contractuales del proveedor, sin derecho a indemnización.
• Fotografías: El contratista deberá entregar al Inspector Fiscal un informe final que contenga un conjunto de fotografías a color, en formato de 10 x 15 cm aproximadamente, que ilustren debidamente la situación antes del inicio del contrato de las actividades y obras principales que se desarrollen en los períodos siguientes, vale decir, fotografías que demuestren el desarrollo de los trabajos antes, durante y final de las obras.
Es importante reiterar que solo se pagarán los bienes y/o servicios entregados y/o ejecutados, y recibidos a entera y total conformidad del Inspector Fiscal de la D.G.A., conforme con lo dispuesto en el artículo 133° del Reglamento de la Ley N° 19.886.
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XXVI. PAGOS Y MULTAS |
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Ver página 26 de las Bases Administrativas, Técnicas y Anexos
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XXVII. MODIFICACIÓN Y TÉRMINO ANTICIPADO DEL CONTRATO |
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Ver página 29 de las Bases Administrativas, Técnicas y Anexos
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XXVIII. NORMAS DE TRABAJO |
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Ver página 31 de las Bases Administrativas, Técnicas y Anexos
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XXX. MODIFICACIÓN DE PRODUCTO |
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No aplica para la presente licitación pública.
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XXXI. MARCA O EQUIVALENTES |
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Cualquier mención a marcas y/o modelos respecto de lo solicitado, es solo referencial, razón por la que cada oferente podrá ofertar equivalentes del mismo, siempre y cuando cumpla con los requisitos mínimos establecidos en el pliego de condiciones que rige la presente licitación, conforme lo preceptuado en la normativa vigente de compras y contratación pública.
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XXXII. DOMICILIO Y JURISDICCIÓN |
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Para todos los efectos del contrato que se suscriba, las partes fijarán domicilio en la ciudad de Chillán, Región de Ñuble, prorrogando la competencia ante los Tribunales Ordinarios de Justicia. Lo anterior, sin perjuicio de las facultades fiscalizadoras que correspondan a la Contraloría General de la República (CGR).
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