Licitación ID: 893366-2-LE24
SOLUCIONES CONSTRUCTIVAS PROGRAMA HABITABILIDAD
Responsable de esta licitación: MUNICIPALIDAD DE PORVENIR, DIRECCION DESARROLLO SOCIAL
Reclamos recibidos por incumplir plazo de pago: 0
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Productos o servicios
1
Instalación o reparación de paredes 1 Global
Cod: 72101607
SOLUCIONES CONSTRUCTIVAS, HABITABILIDAD, DE ACUERDO A ESPECIFICACIONES ADJUNTAS  

1. Características de la licitación
Nombre de la licitación:
SOLUCIONES CONSTRUCTIVAS PROGRAMA HABITABILIDAD
Estado:
Desierta (o art. 3 ó 9 Ley 19.886)
Descripción:
El objeto de la Licitación será regular los procesos los procesos de evaluación, adjudicación y contratación de soluciones constructivas para la ejecución del Programa de Habitabilidad 2021, de la comuna de Porvenir.
Tipo de licitación:
Pública-Licitación Pública igual o superior a 100 UTM e inferior a 1.000 UTM (LE)
Tipo de convocatoria:
ABIERTO
Moneda:
Peso Chileno
Etapas del proceso de apertura:
Una Etapa
Contrato
El contrato se formalizará con la orden de compra
Toma de razón por Contraloría:
No requiere Toma de Razón por Contraloría
Publicidad de ofertas técnicas:
Las ofertas técnicas serán de público conocimiento una vez realizada la apertura técnica de las ofertas.
2. Organismo demandante
Razón social:
MUNICIPALIDAD DE PORVENIR
Unidad de compra:
DIRECCION DESARROLLO SOCIAL
R.U.T.:
69.250.300-7
Dirección:
AVENIDA SANTA MARIA N°40
Comuna:
Porvenir
Región en que se genera la licitación:
Región de Magallanes y de la Antártica
3. Etapas y plazos
Fecha de cierre de recepción de la oferta: 02-04-2024 13:00:00
Fecha de Publicación: 22-03-2024 9:12:00
Fecha inicio de preguntas: 22-03-2024 9:30:00
Fecha final de preguntas: 26-03-2024 16:00:00
Fecha de publicación de respuestas: 01-04-2024 15:00:00
Fecha de acto de apertura técnica: 03-04-2024 10:00:00
Fecha de acto de apertura económica (referencial): 03-04-2024 10:00:00
Fecha de Adjudicación: 05-04-2024 15:00:00
Fecha de entrega en soporte fisico 02-04-2024
Fecha estimada de firma de contrato 08-04-2024
Tiempo estimado de evaluación de ofertas No hay información
VISITA A TERRENO 25-03-2024 9:00:00
4. Antecedentes para incluir en la oferta
Adicionalmente, todos los proveedores para ofertar en esta licitación, deberán obligatoriamente confirmar y firmar electrónicamente la Declaración Jurada de Requisitos para Ofertar.
Documentos Administrativos
1.- ANEXO 1
2.- ANEXO 2
3.- ANEXO 3
Documentos Técnicos
1.- ANEXO 5
 
2.- ANEXO 6
 
3.- ANEXO 7
 
Documentos Económicos
1.- ANEXO 4
5. Requisitos para contratar al proveedor adjudicado
Persona natural
Encontrarse hábil en el Registro de Proveedores, registro que verificará NO haber incurrido en las siguientes causales de inhabilidad:

1 .- Haber sido condenado por cualquiera de los delitos de cohecho contemplados en el título V del Libro Segundo del Código Penal.
 
2 .- Registrar una o más deudas tributarias por un monto total superior a 500 UTM por más de un año, o superior a 200 UTM e inferior a 500 UTM por un período superior a 2 años, sin que exista un convenio de pago vigente. En caso de encontrarse pendiente juicio sobre la efectividad de la deuda, esta inhabilidad regirá una vez que se encuentre firme o ejecutoriada la respectiva resolución.
 
3 .- Registrar deudas previsionales o de salud por más de 12 meses por sus trabajadores dependientes, lo que se acreditará mediante certificado de la autoridad competente.
 
4 .- La presentación al Registro Nacional de Proveedores de uno o más documentos falsos, declarado así por sentencia judicial ejecutoriada.
 
5 .- Haber sido declarado en quiebra por resolución judicial ejecutoriada.
 
6 .- Haber sido eliminado o encontrarse suspendido del Registro Nacional de Proveedores por resolución fundada de la Dirección de Compras.
 
7 .- Haber sido condenado por prácticas antisindicales o infracción a los derechos fundamentales del trabajador.
 
8 .- Registrar condenas asociadas a responsabilidad penal jurídica (incumplimiento artículo 10, Ley 20.393).
 
Documentos persona natural
- Fotocopia Legalizada de Cédula de Identidad
- Declaración jurada acreditando que no se encuentra afecto al art. 4 inciso 6 de la ley 19.886, en el cual se establece que "ningún órgano de la administración del Estado podrá suscribir contratos administrativos de provisión de bienes y servicios con los funcionarios directivos del mismo órgano o empresa, ni con personas unidas a ellos por los vínculos de parentesco."
Persona jurídica
Encontrarse hábil en el Registro de Proveedores, registro que verificará NO haber incurrido en las siguientes causales de inhabilidad:

1 .- Haber sido condenado por cualquiera de los delitos de cohecho contemplados en el título V del Libro Segundo del Código Penal.

2 .- Registrar una o más deudas tributarias por un monto total superior a 500 UTM por más de un año, o superior a 200 UTM e inferior a 500 UTM por un período superior a 2 años, sin que exista un convenio de pago vigente. En caso de encontrarse pendiente juicio sobre la efectividad de la deuda, esta inhabilidad regirá una vez que se encuentre firme o ejecutoriada la respectiva resolución.

3 .- Registrar deudas previsionales o de salud por más de 12 meses por sus trabajadores dependientes, lo que se acreditará mediante certificado de la autoridad competente.

4 .- La presentación al Registro Nacional de Proveedores de uno o más documentos falsos, declarado así por sentencia judicial ejecutoriada.

5 .- Haber sido declarado en quiebra por resolución judicial ejecutoriada.

6 .- Haber sido eliminado o encontrarse suspendido del Registro Nacional de Proveedores por resolución fundada de la Dirección de Compras.

7 .- Haber sido condenado por prácticas antisindicales o infracción a los derechos fundamentales del trabajador.

8 .- Registrar condenas asociadas a responsabilidad penal jurídica (incumplimiento artículo 10, Ley 20.393).

Documentos persona jurídica
- Fotocopia Legalizada del Rut de la Empresa
- Declaración jurada acreditando que no se encuentra afecto al art. 4 inciso 6 de la ley 19.886, en el cual se establece que "ningún órgano de la administración del Estado podrá suscribir contratos administrativos de provisión de bienes y servicios con los funcionarios directivos del mismo órgano o empresa, ni con personas unidas a ellos por los vínculos de parentesco."
- Certificado de Vigencia de la Sociedad
- (1) Certificado de Boletín de Informes Comerciales
- (1) Certificado de Quiebras/Convenio Judicial
6. Criterios de evaluación
ÍtemObservacionesPonderación
1 Comportamiento contractual anterior PUNTAJE PONDERADO: PUNTAJE OBTENIDO X 0.10 10%
2 Cumplimiento de los requisitos PUNTAJE PONDERADO: PUNTAJE OBTENIDO X 0.10 10%
3 Experiencia de los Oferentes PUNTAJE PONDERADO: PUNTAJE OBTENIDO (DE ACUERDO A EXPERIENCIA COMPROBADA) X 0.30 30%
4 Plazo de Entrega PUNTAJE PONDERADO: ((OFERTA MENOR/OFERTA EVALUADA) X 100) X 0.20 20%
5 Precio PUNTAJE PONDERADO: ((OFERTA MENOR VALOR/OFERTA EVALUADA) X 100) X 0.30 30%

7. Montos y duración del contrato
Estimación en base a: Presupuesto Disponible
Fuente de financiamiento: Programa Habitabilidad 2021 - MIDESO
Contrato con Renovación: NO
Observaciones Presupuesto Disponible para ejecución del Programa de Habitabilidad 2021, para la comuna de Porvenir
Plazos de pago: 30 días contra la recepción conforme de la factura
Opciones de pago: Transferencia Electrónica
Nombre de responsable de pago: Rosa Vidal Vidal
e-mail de responsable de pago: rvidal@muniporvenir.cl
Nombre de responsable de contrato: Daniela Rayen Rosas Riveros
e-mail de responsable de contrato: drosas@muniporvenir.cl
Teléfono de responsable del contrato: 56-9-32594058-
Prohibición de subcontratación: Se permite subcontratación
8. Garantías requeridas
    Garantías de Seriedad de Ofertas
Beneficiario: I. Municipalidad de Porvenir
Fecha de vencimiento: 03-05-2024
Monto: 100000 Peso Chileno
Descripción: La garantía tendrá por objeto resguardar el correcto cumplimiento de las obligaciones emanadas del mismo, por ende, deberá encontrarse vigente, a lo menos durante todo el tiempo de duración de la respectiva contratación, o bien en aquel período superior señalado en las correspondientes bases administrativas, a fin de caucionar los riesgos involucrados en la misma. El oferente adjudicado, deberá presentar un instrumento bancario para garantizar el Fiel Cumplimiento del Contrato: Instrumentos aceptados: Boleta de Garantía, certificado de fianza, póliza de seguro, póliza de seguro electrónica o Vale Vista. La caución o garantía deberá ser pagadera a la vista, tener el carácter de irrevocable, rápido y efectivo cobro y tomada por el oferente.
Glosa: Para garantizar la Seriedad de la Oferta de la Licitación Pública ID N° 893366-2-LE24 “SOLUCIONES CONSTRUCTIVAS, PROGRAMA HABITABILIDAD”
Forma y oportunidad de restitución: Custodia: La boleta de garantía será custodiada por la Tesorería Municipal, quien será responsable de la mantención y vigencia de las garantías solicitadas. Entrega de la boleta: Se recibirá materialmente en Oficina de Partes de la Municipalidad de Porvenir, ubicada en Padre Mario Zavattaro 434, Porvenir de lunes a viernes de 08:00 a 13:00 horas, dicho documento deberá ser entregado previo al inicio de la obra, SOLO si la boleta de garantía es ELECTRONICA se puede enviar al correo electrónico oficinadepartes@muniporvenir.cl La Municipalidad estará facultado para hacer efectiva la garantía de fiel cumplimiento, administrativamente y sin necesidad de requerimiento ni acción judicial o arbitral alguna, en caso de incumplimiento del adjudicatario de las obligaciones que le impone el contrato. El incumplimiento comprende también el cumplimiento imperfecto o tardío de las obligaciones del adjudicatario. Lo anterior es sin perjuicio de las acciones, que el Municipio pueda ejercer, para exigir el cumplimiento forzado de lo pactado o la resolución del contrato, en ambos casos con la correspondiente indemnización de perjuicios. El cobro de la boleta será compatible con esta última
    Garantía fiel de Cumplimiento de Contrato
Beneficiario: I.Municipalidad de Porvenir
Fecha de vencimiento: 04-06-2024
Monto: 10 %
Descripción: La garantía tendrá por objeto resguardar el correcto cumplimiento de las obligaciones emanadas del mismo, por ende, deberá encontrarse vigente, a lo menos durante todo el tiempo de duración de la respectiva contratación, o bien en aquel período superior señalado en las correspondientes bases administrativas, a fin de caucionar los riesgos involucrados en la misma. El oferente adjudicado, deberá presentar un instrumento bancario para garantizar el Fiel Cumplimiento del Contrato: Instrumentos aceptados: Boleta de Garantía, certificado de fianza, póliza de seguro, póliza de seguro electrónica o Vale Vista. La caución o garantía deberá ser pagadera a la vista, tener el carácter de irrevocable, rápido y efectivo cobro y tomada por el oferente.
Glosa: Para garantizar el fiel cumplimiento del contrato de la Licitación Pública ID N° 893366-2-LE24 “SOLUCIONES CONSTRUCTIVAS, PROGRAMA HABITABILIDAD”
Forma y oportunidad de restitución: Custodia: La boleta de garantía será custodiada por la Tesorería Municipal, quien será responsable de la mantención y vigencia de las garantías solicitadas. Entrega de la boleta: Se recibirá materialmente en Oficina de Partes de la Municipalidad de Porvenir, ubicada en Padre Mario Zavattaro 434, Porvenir de lunes a viernes de 08:00 a 13:00 horas, dicho documento deberá ser entregado previo al inicio de la obra, SOLO si la boleta de garantía es ELECTRONICA se puede enviar al correo electrónico oficinadepartes@muniporvenir.cl La Municipalidad estará facultado para hacer efectiva la garantía de fiel cumplimiento, administrativamente y sin necesidad de requerimiento ni acción judicial o arbitral alguna, en caso de incumplimiento del adjudicatario de las obligaciones que le impone el contrato. El incumplimiento comprende también el cumplimiento imperfecto o tardío de las obligaciones del adjudicatario. Lo anterior es sin perjuicio de las acciones, que el Municipio pueda ejercer, para exigir el cumplimiento forzado de lo pactado o la resolución del contrato, en ambos casos con la correspondiente indemnización de perjuicios. El cobro de la boleta será compatible con esta última
9. Requerimientos técnicos y otras cláusulas
Cláusula de Readjudicación
Si el respectivo adjudicatario se desiste de su oferta, no entrega los antecedentes legales para contratar y/o la garantía de fiel cumplimiento, no firma el contrato o no se inscribe en Chileproveedores en los plazos que se establecen en las presentes bases, la entidad licitante podrá dejar sin efecto la adjudicación y seleccionar al oferente que, de acuerdo al resultado de la evaluación le siga en puntaje, y así sucesivamente, a menos que, de acuerdo a los intereses del servicio, se estime conveniente declarar desierta la licitación.
Resolución de Empates
En caso de presentarse un empate entre 2 o más ofertas, ello se resolverá adjudicando al oferente que hubiese obtenido el mayor puntaje en el criterio “USTED DEBE COMPLETAR ESTE CAMPO”. Si aplicando la fórmula anterior aún persiste el empate entre oferentes, dicha situación se resolverá adjudicando al oferente que hubiese obtenido el mayor puntaje en el sub-criterio “USTED DEBE COMPLETAR ESTE CAMPO”. De persistir el empate, se adjudicará al oferente que hubiese obtenido el mayor puntaje en el sub-criterio "USTED DEBE COMPLETAR ESTE CAMPO” y, finalmente, de continuar aun así empatados los oferentes, se adjudicará al oferente que hubiese obtenido el mayor puntaje en el sub-criterio “USTED DEBE COMPLETAR ESTE CAMPO”.
Presentación de antecedentes omitidos por los oferentes

 En virtud de lo dispuesto en Artículo 40, inciso primero, del Reglamento de la ley N° 19.886, la comisión evaluadora podrá solicitar a los oferentes que salven errores u omisiones formales, siempre y cuando las rectificaciones de dichos vicios u omisiones no les confieran a esos oferentes una situación de privilegio respecto de los demás competidores, esto es, en tanto no se afecten los principios de estricta sujeción a las bases y de igualdad de los oferentes, y se informe de dicha solicitud al resto de los oferentes a través del Sistema de Información.

Así mismo, la comisión evaluadora podrá permitir la presentación de certificaciones o antecedentes que los oferentes hayan omitido presentar al momento de efectuar la oferta, siempre que dichas certificaciones o antecedentes se hayan producido u obtenido con anterioridad al vencimiento del plazo para presentar ofertas o se refieran a situaciones no mutables entre el vencimiento del plazo para presentar ofertas y el periodo de evaluación. Para ello, los oferentes deberán dar respuesta al requerimiento de la entidad dentro de los dos días hábiles siguientes, contados desde el requerimiento de la comisión evaluadora, el que se informara a través del sistema. De emplearse la facultad señalada, se procederá a evaluar con mayor puntaje a aquel de los oferentes que cumplió cabalmente, otorgando menor puntaje a quien se le solicitó salvar errores u omisiones, todo según se dispone en los criterios de evaluación de las Bases Administrativas Especiales.
Con todo, en cualquier caso, la posibilidad de solicitar antecedentes omitidos por los oferentes es una facultad para la Municipalidad, y, por tanto, la comisión evaluadora puede determinar, expresa o tácitamente no hacer uso de ella, teniendo en cuenta los principios que rigen en materia de licitaciones y compras públicas, especialmente la no formalización, de igualdad de trato a los oferentes, y estricta sujeción a las Bases Administrativas.

Pacto de integridad
El oferente declara que, por el sólo hecho de participar en la presente licitación, acepta expresamente el presente pacto de integridad, obligándose a cumplir con todas y cada una de las estipulaciones que contenidas el mismo, sin perjuicio de las que se señalen en el resto de las bases de licitación y demás documentos integrantes. Especialmente, el oferente acepta el suministrar toda la información y documentación que sea considerada necesaria y exigida de acuerdo a las presentes bases de licitación, asumiendo expresamente los siguientes compromisos:
1.- El oferente se compromete a respetar los derechos fundamentales de sus trabajadores, entendiéndose por éstos los consagrados en la Constitución Política de la República en su artículo 19, números 1º, 4º, 5º, 6º, 12º, y 16º, en conformidad al artículo 485 del código del trabajo. Asimismo, el oferente se compromete a respetar los derechos humanos, lo que significa que debe evitar dar lugar o contribuir a efectos adversos en los derechos humanos mediante sus actividades, productos o servicios, y subsanar esos efectos cuando se produzcan, de acuerdo a los Principios Rectores de Derechos Humanos y Empresas de Naciones Unidas.
2.-El oferente se obliga a no ofrecer ni conceder, ni intentar ofrecer o conceder, sobornos, regalos, premios, dádivas o pagos, cualquiera fuese su tipo, naturaleza y/o monto, a ningún funcionario público en relación con su oferta, con el proceso de licitación pública, ni con la ejecución de él o los contratos que eventualmente se deriven de la misma, ni tampoco a ofrecerlas o concederlas a terceras personas que pudiesen influir directa o indirectamente en el proceso licitatorio, en su toma de decisiones o en la posterior adjudicación y ejecución del o los contratos que de ello se deriven.
3.- El oferente se obliga a no intentar ni efectuar acuerdos o realizar negociaciones, actos o conductas que tengan por objeto influir o afectar de cualquier forma la libre competencia, cualquiera fuese la conducta o acto específico, y especialmente, aquellos acuerdos, negociaciones, actos o conductas de tipo o naturaleza colusiva, en cualquier de sus tipos o formas.
4.- El oferente se obliga a revisar y verificar toda la información y documentación, que deba presentar para efectos del presente proceso licitatorio, tomando todas las medidas que sean necesarias para asegurar la veracidad, integridad, legalidad, consistencia, precisión y vigencia de la misma. 5.- El oferente se obliga a ajustar su actuar y cumplir con los principios de legalidad, ética, moral, buenas costumbres y transparencia en el presente proceso licitatorio. 6.- El oferente manifiesta, garantiza y acepta que conoce y respetará las reglas y condiciones establecidas en las bases de licitación, sus documentos integrantes y él o los contratos que de ellos se derivase.
7.- El oferente se obliga y acepta asumir, las consecuencias y sanciones previstas en estas bases de licitación, así como en la legislación y normativa que sean aplicables a la misma.
8.- El oferente reconoce y declara que la oferta presentada en el proceso licitatorio es una propuesta seria, con información fidedigna y en términos técnicos y económicos ajustados a la realidad, que aseguren la posibilidad de cumplir con la misma en las condiciones y oportunidad ofertadas.
9.- El oferente se obliga a tomar todas las medidas que fuesen necesarias para que las obligaciones anteriormente señaladas sean asumidas y cabalmente cumplidas por sus empleados y/o dependientes y/o asesores y/o agentes y en general, todas las personas con que éste o éstos se relacionen directa o indirectamente en virtud o como efecto de la presente licitación, incluidos sus subcontratistas, haciéndose plenamente responsable de las consecuencias de su infracción, sin perjuicio de las responsabilidades individuales que también procediesen y/o fuesen determinadas por los organismos correspondientes.
EVALUACION DE LAS OFERTAS
La evaluación de las ofertas se efectuará de conformidad con los criterios de evaluación, señalados en las Bases Administrativas Especiales, por la comisión definida al efecto por el respectivo acto administrativo, publicándose su integración en el sistema de información. 12.2 La comisión procurará garantizar la imparcialidad y competencia entre los oferentes. Excepcionalmente, y por resolución fundada, podrá autorizarse integrar la comisión personas ajenas a la administración, siempre que sean en número inferior a los funcionarios públicos y teniendo en consideración la normativa relativa a los conflictos de intereses vigente. 12.3 Asimismo, y según lo dispuesto en el artículo 37 del Reglamento de la Ley N° 19.886, la Municipalidad de Porvenir podrá proveer a la comisión evaluadora de la asesoría de expertos de reconocido prestigio en las materias técnicas a revisar en la licitación, decisión que se materializará mediante acto administrativo fundado. La opinión técnica que emitan dichos expertos, deberá constar en un documento que se anexará al acta de evaluación. 12.4 El encargado de la Municipalidad, creará los perfiles en calidad de sujetos pasivos de la ley que regula el lobby, de los miembros de la comisión evaluadora, durante el periodo comprendido entre la publicación en el sistema www.mercadopublico.cl del acto administrativo que los designa en ella, y hasta la fecha de adjudicación señalada en las bases, y siempre que, la licitación exceda de las 1.000 UTM. Para estos efectos, el encargado de la licitación, informará de la integración de la comisión evaluadora al funcionario encargado de crear los aludidos perfiles, los que, deberán estar informados en el sistema (leylobby.gob.cl), a más tardar, antes de la fecha de cierre de presentación de ofertas. 12.5 Por otra parte, los miembros de la comisión evaluadora, en su calidad de sujetos pasivos según lo establecido en el artículo 4° de la Ley N° 20.730, y conforme lo establecido en la Ley N° 20.285, deberán, en la plataforma virtual correspondiente, adjuntar los antecedentes que determine la Ley, incluyendo copia del acto administrativo que llame a propuesta pública y autorice los documentos de la licitación.
DE LA ADJUDICACION
14.1 Evaluadas las ofertas, corresponderá a la comisión evaluadora confeccionar una propuesta de adjudicación o deserción, la que será remitida al Sr. Alcalde o quien lo subrogue 14.2 Junto con la propuesta de adjudicación o deserción, deben acompañarse los siguientes antecedentes: a) Copia del Acta de Apertura firmada por todos sus integrantes (incluida el acta de apertura que arroja el portal electrónico). b) Copia de las observaciones que se realicen al acto de apertura en el portal electrónico. c) Informe de la Comisión Evaluadora (que incluya la evaluación aplicada a las ofertas), firmada por todos sus integrantes. 14.3 Resuelta la proposición de adjudicación o deserción por el Sr. Alcalde o quien lo subrogue, la unidad encargada de la licitación notificará de la adjudicación o de la deserción de la licitación, en el portal www.mercadopublico.cl a través de la publicación del Decreto Alcaldicio que se dicte para dichos efectos. Dicho acto deberá contener a lo menos, la indicación del nombre completo del oferente adjudicado, cédula nacional de identidad o Rol único tributario, domicilio, monto adjudicado (en número y letra), plazo para de la consultoría (en número y letras). Además, deberá indicar expresamente, el listado de documentos que tiene que acompañar al Municipio para la firma del contrato, el plazo que tiene para aquello, y la fecha de suscripción del mismo. 14.4 La notificación de la adjudicación será a través del referido portal y de conformidad con lo establecido en el artículo 6 del Reglamento de la Ley N° 19.886, se entenderá formalmente practicada, dentro de las 24 horas siguientes después de la publicación del acto de adjudicación respectivo. 14.5 Cabe señalar que la voluntad de la Municipalidad de Porvenir de contratar se encuentra manifiesta una vez esté completamente tramitado el acto aprobatorio del contrato correspondiente, no existiendo derechos consolidados para las partes, sino desde ese momento, ya que desde dicha fecha se entiende que la Municipalidad manifestó su voluntad de contratar, salvo que la Contraloría General de la República determine que debe invalidarse el acto enunciado. 14.6 Los plazos aplicables, serán los dispuestos el cronograma contemplado en las Bases Administrativas Especiales.
TERMINO ANOMALO DE LA LICITACION
La Municipalidad de Porvenir podrá, declarar desierta la licitación, cuando no se presenten ofertas, o cuando éstas no resulten conveniente a sus intereses, lo que, se efectuará por resolución fundada. 15.2 Por otra parte, podrá revocar o invalidar la licitación, en los casos establecidos en la normativa aplicable a las actuaciones del Estado.
READJUDICACION
16.1 La Municipalidad podrá declarar desierta la licitación o readjudicar al oferente que siga en orden de prelación de acuerdo con el puntaje obtenido, en caso de que el oferente adjudicado no continúe el proceso de contratación. El proceso podrá repetirse hasta el último proponente evaluado. Lo anterior, se efectuará por resolución fundada. 16.2 La Municipalidad velará porque tanto las ofertas como las garantías de los oferentes participantes, que quieran mantener la mera expectativa de ser contratados, permanezcan vigentes, de manera tal que sea posible re adjudicar la licitación a una oferta efectiva.