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Resolución de Empates |
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En aquellos casos en que dos o más oferentes obtuviesen igual puntaje final como resultado de la evaluación practicada por la Comisión Evaluadora, se procederá a realizar el desempate, conforme al siguiente orden de prelación:
En primera instancia, será la obtención de mayor puntaje en el punto “13.2.-Experiencia y capacitación del profesional que prestará el servicio.”; en segunda instancia, será la obtención de mayor puntaje en el punto “13.2 –Experiencia del oferente”; en tercera instancia, será la obtención de mayor puntaje en el punto” “13.1.- Oferta Económica”; en cuarta instancia, será la obtención de mayor puntaje en el punto“13.4.-Presentación de antecedentes; en quinta instancia, será la obtención de mayor puntaje en el punto ”13.5 - Programa de Integridad”; en sexta instancia será la obtención de mayor puntaje en el punto “13.6 - Sello Mujer Consultores”.
Finalmente, si aún persiste el empate, se seleccionará a la propuesta que ingresó primero en el portal www.mercadopublico.cl.
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Pacto de integridad |
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El oferente declara que, por el sólo hecho de participar en la presente Licitación, acepta expresamente el presente pacto de integridad, obligándose a cumplir con todas y cada una de las estipulaciones contenidas en el mismo, sin perjuicio de las que se señalen en las presentes Bases de Licitación y demás documentos integrantes. Especialmente, el oferente acepta el suministrar toda la información y documentación que sea considerada necesaria y exigida de acuerdo a las presentes Bases, asumiendo expresamente los siguientes compromisos:
- El oferente se obliga a no ofrecer ni conceder, ni intentar ofrecer o conceder, sobornos, regalos, premios, dádivas o pagos, cualquiera fuese su tipo, naturaleza y/o monto, a ningún funcionario público en relación con su oferta, con el proceso de licitación, ni con la ejecución de él o los contratos que eventualmente se deriven de la misma, ni tampoco a ofrecerlas o concederlas a terceras personas que pudiesen influir directa o indirectamente en el proceso licitatorio, en su toma de decisiones o en la posterior adjudicación y ejecución del o los contratos que de ello se deriven.
- El oferente se obliga a no intentar ni efectuar acuerdos o realizar negociaciones, actos o conductas que tengan por objeto influir o afectar de cualquier forma la libre competencia, cualquiera fuese la conducta o acto específico, y especialmente, aquellos acuerdos, negociaciones, actos o conductas de tipo o naturaleza colusiva, en cualquier de sus tipos o formas.
- El oferente se obliga a revisar y verificar toda la información y documentación, que deba presentar para efectos del presente proceso licitatorio, tomando todas las medidas que sean necesarias para asegurar la veracidad, integridad, legalidad, consistencia, precisión y vigencia de la misma.
- El oferente manifiesta, garantiza y acepta que conoce y respetará las reglas y condiciones establecidas en las presentes Bases de Licitación, sus documentos integrantes y el o los contratos que de ellos se derivase.
- El oferente se obliga a ajustar su actuar y cumplir con los principios de legalidad, ética, moral, buenas costumbres y transparencia en el presente proceso licitatorio y durante la ejecución del contrato respectivo.
- El oferente se obliga y acepta asumir las consecuencias y sanciones previstas en las presentes Bases de Licitación, así como en la legislación y normativa que sean aplicables a la misma.
- El oferente reconoce y declara que la oferta presentada en el proceso licitatorio es una propuesta seria, con información fidedigna y en términos técnicos de referencia y económicos ajustados a la realidad, que aseguren la posibilidad de cumplir con la misma en las condiciones y oportunidad ofertadas.
- El oferente se compromete especialmente a respetar y acatar el punto LEGISLACIÓN LABORAL Y PREVISIONAL Y DERECHOS FUNDAMENTALES DE LOS TRABAJADORES, de las Bases Administrativas.
- El oferente se obliga a tomar todas las medidas que fuesen necesarias para que las obligaciones anteriormente señaladas sean asumidas y cabalmente cumplidas por sus empleados, dependientes, asesores, agentes y, en general, todas las personas con que éste o éstos se relacionen directa o indirectamente en virtud o como efecto de la presente licitación, incluidos sus subcontratistas, haciéndose plenamente responsable de las consecuencias de su infracción, sin perjuicio de las responsabilidades individuales que también procediesen y/o fuesen determinadas por los organismos correspondientes.
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Mecanismo para solución de consultas respecto a la adjudicación |
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Las consultas sobre la adjudicación deberán realizarse dentro del plazo de cinco días hábiles, contados desde la publicación en el Sistema de Información www.mercadopublico.cl, a través del siguiente correo electrónico: pcregioncoquimbo@minvu.cl.
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Acreditación de cumplimiento de remuneraciones o cotizaciones de seguridad social |
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La persona contratada, en su calidad de empleador, en los casos que ostente dicha calidad, será responsable exclusivo del cumplimiento íntegro y oportuno de las normas del Código del Trabajo y leyes complementarias, leyes sociales, de previsión, de seguros, de enfermedades profesionales, de accidentes del trabajo y demás pertinentes respecto de sus trabajadores y/o integrantes de sus respectivos equipos de trabajo, si corresponde. En consecuencia, el proveedor contratado será responsable, en forma exclusiva, y sin que la enumeración sea taxativa, del pago oportuno de las remuneraciones, honorarios, indemnizaciones, desahucios, gratificaciones, gastos de movilización, beneficios y, en general, de toda suma de dinero que, por cualquier concepto, deba pagarse a sus trabajadores y/o integrantes de sus respectivos equipos de trabajo. También deberá velar para que el servicio se preste de tal forma que se respeten los derechos de los trabajadores del proveedor, en especial respecto de la jornada de trabajo, horas extraordinarias, fuero, descanso y feriado.
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Presentación de antecedentes omitidos por los oferentes |
- SERVIU Región de Coquimbo declarará INADMISIBLE cualquiera de las ofertas presentadas que no cumplan los requisitos o condiciones establecidos en las presentes bases, sin perjuicio de la facultad de la entidad licitante de solicitar a los oferentes que salven errores u omisiones formales, de acuerdo con lo establecido en el artículo 56, inciso primero, del Reglamento de la Ley N°19.886.
- En conformidad con el artículo 56, del Reglamento de la Ley N°19.886, una vez realizada la apertura electrónica de las ofertas, SERVIU Región de Coquimbo, podrá solicitar a los oferentes que:
a. Salvar los errores u omisiones formales en que ha incurrido. No se considerará error formal errores en el precio de la oferta.
b. La presentación de certificaciones o antecedentes que hayan omitido presentar al momento de efectuarla la oferta, siempre que dichas certificaciones o antecedentes se hayan producido u obtenido con anterioridad al vencimiento del plazo para presentar ofertas; y,
c. La presentación de certificaciones o antecedentes que se refieran a situaciones no mutables entre el vencimiento del plazo para presentar ofertas y el periodo de evaluación de éstas.
- Para la subsanación, señalada en el punto anterior, se otorgará un plazo fatal de 24 horas, contados desde su comunicación al oferente por parte de la entidad licitante, la que se informará a través del Sistema de información www.mercadopublico.cl. La responsabilidad de revisar oportunamente dicho sistema durante el período de evaluación recae exclusivamente en los respectivos oferentes.
- Si se presentaren las respuestas o antecedentes, en tiempo y forma por el oferente que fue objeto de un requerimiento, éstos serán considerados en la evaluación, de acuerdo con la tabla establecida en las presentes bases de licitación.
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